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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL MODALIDAD PARTICULAR DEL PROYECTO OPERACIÓN DEL HOTEL DIAMANTE K, EN TULUM, QUINTANA ROO LOCALIZADO EN Km. 2 + 270 de la carretera costera Tulum Ruinas-Punta Allen, Municipio de Tulum, Quintana Roo, México PROMOVIDO POR GRUPO SAINT GERMAIN, S. A. DE C. V. ELABORADO POR BIOL. LUIS A. GUILLERMO GARCÍA MARZO DE 2010

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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL MODALIDAD PARTICULAR

DEL PROYECTO

OPERACIÓN DEL HOTEL DIAMANTE K, EN TULUM, QUINTANA ROO

LOCALIZADO EN

Km. 2 + 270 de la carretera costera Tulum Ruinas-Punta Allen, Municipio de Tulum, Quintana Roo, México

PROMOVIDO POR

GRUPO SAINT GERMAIN, S. A. DE C. V.

ELABORADO POR

BIOL. LUIS A. GUILLERMO GARCÍA

MARZO DE 2010

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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR OPERACIÓN DEL HOTEL DIAMANTE K, EN TULUM, QUINTANA ROO

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ÍNDICE

I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ....................................................................................................... 1

I.1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO ..................................................................................... 1

I.2. DATOS GENERALES DEL PROMOVENTE ............................................................................... 3

I.3. DATOS GENERALES DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ................ 3

II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ........................................................................................... 4

II.1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO ............................................................................ 4

II.2. CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL PROYECTO ............................................................ 12

II.3. PROGRAMA GENERAL DE TRABAJO ................................................................................... 23

II.4. ETAPA DE ABANDONO DEL SITIO ....................................................................................... 28

III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DE SUELO ................................... 29

III.1. ANÁLISIS DE LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS ......................................................... 29

III.2. ANÁLISIS DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN ...................................................... 34

III.3. OTROS INSTRUMENTOS NORMATIVOS......................................................................... 68

III.4. ESTATUS JURÍDICO AMBIENTAL DEL PROYECTO ........................................................... 83

IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL REGIONAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO ........... 85

IV.1. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO .......................................................................... 85

IV.2. CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL: MEDIO ABIÓTICO .............. 85

IV.3. CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL: MEDIO BIÓTICO ................ 99

IV.4. CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL: MEDIO SOCIOECONÓMICO ... .................................................................................................................................... 109

IV.5. DIAGNÓSTICO AMBIENTAL ......................................................................................... 114

V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES QUE GENERARÁ EL PROYECTO .................................................................................................... 116

V.1. IDENTIFICACIÓN DE LAS ACCIONES DEL PROYECTO QUE PUEDEN CAUSAR IMPACTOS .. 116

V.2. IDENTIFICACIÓN DE LOS FACTORES AMBIENTALES DEL ENTORNO SUSCEPTIBLES DE

RECIBIR IMPACTOS ..................................................................................................................... 126

V.3. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES................ 127

V.4. DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN O

CORRECCIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES ................................................................................ 140

V.5. VALORACIÓN CUALITATIVA DE LAS ACCIONES IMPACTANTES Y DE LOS FACTORES

AMBIENTALES IMPACTADOS ..................................................................................................... 150

V.6. PROGRAMA CALENDARIZADO DE INSTRUMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y

DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ........................................................................... 153

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V.7. PROGRAMA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL ...................................................................... 154

VI. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS ......... 159

VII. CONCLUSIONES ...................................................................................................... 161

VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES ............... 163

VIII.1. FORMATOS DE PRESENTACIÓN ................................................................................... 163

VIII.2. METODOLOGÍA PARA IDENTIFICAR Y EVALUAR LOS IMPACTOS AMBIENTALES ......... 163

IX. ANEXOS DOCUMENTALES ....................................................................................... 175

X. REFERENCIAS............................................................................................................... 177

X.1. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ........................................................................................ 177

X.2. FUENTES DE CONSULTA ELECTRÓNICA ............................................................................ 178

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I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

I.1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO

I.1.1 Nombre del proyecto Operación del Hotel Diamante K, en Tulum, Quintana Roo.

I.1.2 Ubicación del proyecto El Hotel Diamante K se localiza a la altura del Km. 2 + 270 de la carretera costera Tulum Ruinas-Punta Allen, en la zona costera del Municipio de Tulum, Quintana Roo (Figura 1), al cual se puede acceder por la carretera federal 307 Puerto Juárez-Reforma Agraria, doblando al Este en el entronque localizado al Norte de la localidad de Tulum y doblando al Norte en el entronque con la carretera costera.

Figura 1. Croquis de localización del predio.

I.1.3 Tiempo de vida útil del proyecto Considerando el tipo y la calidad de los materiales de construcción que predominan en el Hotel Diamante K y que se dará el mantenimiento preventivo y correctivo adecuado, se estima que el

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tiempo de vida útil del proyecto es de 25 años. Sin embargo, este tiempo puede ampliarse indefinidamente mediante el reemplazo o sustitución de materiales que permitan la funcionalidad de las obras existentes.

I.1.4 Presentación de la documentación legal Se adjunta al presente copia simple de la escritura pública No. 45,760 de fecha 29 de enero de 2002 pasada ante la fe del Lic. Eduardo Flores Castro Altamirano, titular de la notaría No. 33 del Distrito Federal, mediante la que hace constar la protocolización de un acta de asamblea general ordinaria de accionistas de “Grupo Saint Germain, S.A. de C.V. que transcribe la escritura No. 36,752 de fecha 25 de abril de 1996 pasada ante la fe del Lic. Eduardo Flores Castro Altamirano, titular de la notaría No. 33 del Distrito Federal, mediante la que hace constar el contrato de sociedad por el que se constituye la empresa Grupo Saint Germain, S.A. de C.V., así como la designación del C. Roberto Palazuelos Badeaux como Administrador Único de la Sociedad lo que le otorga facultad para representar legalmente a la empresa.

Se adjunta al presente copia simple de la escritura pública No. 1,860 de fecha 17 de junio de 1996 pasada ante la fe del Lic. Ángel Enrique Aguilar Nuñez, titular de la notaría No. 17 con sede en la ciudad de Chetumal, Quintana Roo, mediante la cual hace constar el contrato de compraventa celebrado entre el Sr. Pablo Canché Balam (la parte vendedora) y el Sr. Roberto Palazuelos Badeaux (la parte compradora) de las fracciones 5, 6, 7 y 8 de un lote de terreno del fundo legal de Tulum Ruinas, Quintana Roo, del cual el Sr. Canché Balam es legítimo propietario.

Se adjunta al presente copia simple de la escritura pública No. 41,550 de fecha 5 de septiembre de 2007 pasada ante la fe del Lic. Luis Miguel Cámara Patrón, titular de la notaría No. 30 con sede en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, mediante la cual hace constar el contrato de compraventa celebrado entre el Sr. Pablo Canché Balam (la parte vendedora) y el Sr. Roberto Palazuelos Badeaux (la parte compradora) de la fracción 4 de un lote de terreno del fundo legal de Tulum Ruinas, Quintana Roo, del cual el Sr. Canché Balam es legítimo propietario.

Se adjunta al presente copia simple del contrato de promesa de venta de fecha 16 de enero de 2001 que celebran el Gobierno del Estado de Quintana Roo (la parte vendedora) y el C. Roberto Palazuelos Badeaux (el comprador promitente) respecto de un predio ubicado en la carretera costera Tulum Ruinas-Punta Allen en la localidad de Tulum con clave catastral 8030100125-A.

Se adjunta al presente copia simple del contrato de compraventa con reserva de dominio de fecha 26 de enero de 2004 que celebran el Gobierno del Estado de Quintana Roo (la parte vendedora) y el C. Roberto Palazuelos Badeaux (la parte compradora) respecto de un predio ubicado en la carretera costera Tulum Ruinas-Punta Allen en la localidad de Tulum con clave catastral 8031199204.

Se adjunta al presente copia simple del Título de Concesión ISO MR DGZF 831/06 de fecha 6 de agosto de 206 a favor de Grupo Saint Germain, S.A. de C.V., que le otorga el derecho de usar, ocupar y aprovechar por un término de 15 años una superficie de 1,333.88 m2 de zona federal marítimo terrestre localizada en el camino costero Tulum-Boca Paila kilómetro 2-270, frac. 4, 5, 6, 7 y 8, frente al Hotel Cabañas “Diamante K”, sin autorización para realizar obras, exclusivamente para uso vinculado al turístico con beneficio económico.

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I.2. DATOS GENERALES DEL PROMOVENTE El promovente es la empresa Grupo Saint Germain, S.A. de C.V., representada por el C. Roberto Palazuelos Badeaux en su carácter de representante legalmente, con domicilio para oír y recibir notificaciones en Carretera Tulum Ruinas-Punta Allen Km. 2 + 270, Fracciones 4 a 8, C.P. 77780, Municipio de Tulum, Quintana Roo. Tel. (984) 876 21 15. Correo electrónico: [email protected].

I.3. DATOS GENERALES DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL La elaboración de la manifestación de impacto ambiental, modalidad particular, estuvo a cargo de la empresa LG Soluciones Ambientales, S.C., siendo el responsable técnico el Biol. Luis Armando Guillermo García con cédula profesional número 2213115, cuyo domicilio para recibir y oír notificaciones es Avenida CNC esquina con Francisco Villa, Lote 2, Mz. 99, SM 308, C. P. 77560, Alfredo V. Bonfil, Municipio Benito Juárez, Quintana Roo. Teléfono: (998) 252 33 39. Correo electrónico: [email protected] o [email protected].

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II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

II.1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO

II.1.1 Naturaleza del Proyecto El Hotel Diamante K es un desarrollo turístico de concepto ecológico que ofrece servicio de hospedaje en 30 cabañas de diferentes categorías, desde cabañas de dos estrellas con baños compartidos hasta lujosas cabañas con discretos toques de elegancia mexicana y amplios baños, todas con energía solar y localizadas a unos metros del mar; así como servicio de alimentos y bebidas a través de su restaurante bar que se especializa en comida típica de la región y comida internacional; y SPA en el que se ofrecen masajes y todo tipo de terapias de salud, incluido el auténtico y ancestral baño de temascal. En términos jurídico ambientales, se trata de un desarrollo inmobiliario en un ecosistema costero y de acuerdo con la Clasificación Mexicana de Actividades y Productos1 (CMAP) se trata de una actividad económica que corresponde a la clave 932002 “servicio de hoteles económicos”. Es importante señalar que el Hotel Diamante K cuenta con las autorizaciones correspondientes para operar que establece el marco normativo estatal y municipal. Se anexa al presente copia de la licencia de funcionamiento número GSG08003625-80001 08016966 de fecha 11 de junio de 2009 emitida por la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Quintana Roo a favor de Grupo Saint Germain, S. A. de C.V. que ampara el funcionamiento del hotel “Cabañas Diamante K” para el desarrollo de la actividad 4276 Hotel/Alojamiento únicamente. Se anexa al presente copia de la licencia de funcionamiento número GSG08003625-80002 08016965 de fecha 11 de junio de 2009 emitida por la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Quintana Roo a favor de Grupo Saint Germain, S. A. de C.V. que ampara el funcionamiento del restaurante “Restaurant Diamante K” para el desarrollo de la actividad 4540 Restaurante con venta de cerveza, vinos y licores al copeo. Se anexa al presente copia de la licencia de funcionamiento número 000521 de fecha 3 de abril de 2009 emitida por la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal del Municipio de Tulum a favor de Grupo Saint Germain, S. A. de C.V. que ampara el funcionamiento del hotel “Diamante K” con el giro Hoteles Pequeños. Se anexa al presente copia de la licencia de funcionamiento número 000522 de fecha 3 de abril de 2009 emitida por la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal del Municipio de Tulum a favor de Grupo Saint Germain, S. A. de C.V. que ampara el funcionamiento del hotel “Diamante K” con el giro Restaurante con venta de cerveza, vinos y licores al copeo, con horario autorizado de 9 a 23 hrs.

1 CMAP es un clasificador de actividades económicas elaborado por el Instituto Nacional de Estadística,

Geografía e Informática (INEGI) para agrupar datos económicos según categorías de actividad.

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II.1.2 Selección del sitio Este sitio fue seleccionado para su uso ecoturístico por su facilidad de acceso desde los principales puertos de arribo a Quintana Roo que lo ponen al alcance de todo el mundo; por sus espectaculares vistas y la belleza de su entorno natural; por su cercanía a uno de los principales sitios arqueológicos del mundo Maya; por su historia y usos ancestrales que le confieren un entorno mágico o místico; y por la privacidad interior que le ofrecen las formaciones rocosas que rodean la propiedad y permiten la prestación de servicios con exclusividad.

II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización El predio de interés está conformado por un conjunto de seis fracciones cuya poligonal se construye con las coordenadas geográficas que se indican en el Cuadro 1. La propiedad está localizada a la altura del Km 2 + 270 de la carretera costera Tulum Ruinas-Punta Allen, en la zona costera del Municipio de Tulum, Quintana Roo. El plano georreferenciado de localización se muestra en la Figura 2. La superficie total del predio –conformado por las seis fracciones descritas previamente-, es de 6,543.21 m2, de los cuales, 2,700 m2 corresponden a la sección poniente del predio y 3,843.21 m2 corresponden a la sección costera. La mayor parte de las obras construidas están localizadas en la sección costera del predio.

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Cuadro 1. Cuadro de construcción de la poligonal del predio, en su secciones costera y poniente, señalando las coordenadas geográficas de sus vértices en UTM, Datum WGS-84 para la zona 16 Q. FUENTE: Levantamiento topográfico, D. Palacios, 2010. Delimitación de la zona federal de acuerdo con el plano de clave F16C88-0825 de fecha septiembre de 2007, elaborado por la Dirección General De Zona Federal Maritimo Terrestre y ambientes costeros.

Fracción Vértice X Y Representación gráfica

Sección costera

A 454,222.32 2,233,255.60

B 454,234.25 2,233,249.29

C 454,251.06 2,233,238.27

D 454,246.90 2,233,229.67

E 454,242.08 2,233,214.63

F 454,233.97 2,233,201.43

G 454,228.70 2,233,192.93

H 454,220.81 2,233,180.17

I 454,192.93 2,233,173.76

J 454,170.29 2,233,140.32

K 454,153.78 2,233,149.27

L 454,183.73 2,233,195.40

M 454,191.84 2,233,208.03

N 454,197.24 2,233,216.44

O 454,205.68 2,233,229.44

P 454,213.74 2,233,242.09

Sección poniente

Q 454,151.82 2,233,276.03

R 454,194.15 2,233,249.43

S 454,165.42 2,233,203.70

T 454,123.09 2,233,230.31

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Figura 2. Plano georreferenciado de localización del predio. Proyección UTM, Datum WGS-84, Zona 16 Q.

II.1.4 Inversión requerida La inversión realizada para iniciar la operación del inmueble, incluyendo los costos de adquisición del terreno, equipamiento, pagos de permisos y derechos, se estima en 2’300,000.00 pesos.

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II.1.5 Dimensiones del proyecto La superficie total del predio –conformado por las seis fracciones descritas previamente-, es de 6,543.21 m2, de los cuales las obras construidas ocupan una huella de desplante estimada en 1,335.78 m2 por lo que el coeficiente de ocupación del suelo es de 20.41 % (1,335.78 m2/6,543.21 m2) (Cuadro 2). La mayor parte de las estructuras construidas tienen una base de piedra unida con cemento, con estructuras en muros y techos a base de madera dura de la región y techumbres de huano y son de una sola planta, sin embargo se contabilizaron algunas obras de dos niveles. La superficie de construcción, es decir, la suma de todas las losas, es de 1,558.45 m2 por lo que el coeficiente de uso del suelo es 0.24 (1,558.45 m2/6,543.21 m2) (Cuadro 2). La superficie total de aprovechamiento del terreno, calculada en función de las áreas ocupadas por las obras, así como de los espacios intermedios de tránsito y donde tienen lugar las actividades turístico-recreativas que oferta el Hotel Diamante K, se estimó en 3,427 m2, mismos que representan 52 % del predio. La mayor parte se localiza en la zona costera, ya que la fracción ubicada en al poniente del camino Tulum Ruinas-Punta Allen, se mantiene prácticamente sin uso. Desde el punto de vista de la capacidad instalada, el promovente manifiesta que el Hotel Diamante K oferta actualmente 30 espacios o unidades de alojamiento en cabañas rústicas de diferentes capacidades y características, que le permiten recibir hasta 74 huéspedes de manera simultánea; por lo que la densidad neta es de 45.8 unidades por hectárea (30 unidades/0.6543 hectáreas). Adicionalmente existen siete cabañas que eventualmente son utilizadas por los empleados, mismas que no se incluyen en el cálculo de la capacidad de alojamiento. Únicamente 11 cabañas cuentan con servicio sanitario al interior de la habitación. El hotel cuenta también con un restaurante bar en el que se ofrece el servicio de alimentos y bebidas, con capacidad de hasta 26 comensales en restaurant y 17 en el bar; un área SPA en la que se ofrecen masajes y todo tipo de terapias de salud, incluido el auténtico y ancestral baño de temascal y un cuarto de meditación.

Cuadro 2. Coeficiente de ocupación del suelo (COS) y coeficiente de uso del suelo (CUS) estimado para el conjunto de obras que conforman el Hotel Diamante K. FUENTE: Elaboración propia con base en el levantamiento topográfico de D. Palacios (2010). Identificador según nomenclatura de las habitaciones del Hotel Diamante K.

Tipo de obra construida Identificador COS CUS

Cabañas para alojamiento de huéspedes

cabaña 1 22.90 22.90

cabaña 2

62.45 62.45 cabaña 3

cabaña 4

cabaña 5 22.90 22.90

cabaña 6 27.26 27.26

cabaña 7 39.66 39.66

cabaña 8 27.76 27.76

cabaña 9 14.00 14.00

cabaña 11 23.66 23.66

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Tipo de obra construida Identificador COS CUS

cabaña 12 23.56 23.56

cabaña 13 25.15 25.15

cabaña 14 28.45 28.45

cabaña 15 42.44 42.44

cabaña 16 5.46 5.46

cabaña 19 12.89 12.89

cabaña 20 0.00 116.77

cabaña Penthouse

cabaña A 43.04 86.08

cabaña B

cabaña C 20.00 40.00

cabaña D

cabaña E 51.06 51.06

cabaña F

cabaña M 1

41.73 41.73 cabaña M 2

cabaña M 3

cabaña Junior suite

171.82 171.82 cabaña Azul

cabaña Presidencial

sumatoria 706.19 886.00

Cabañas para empleados

cabaña 18 0.00 21.80

cabaña 21

cabaña 22 18.21 18.21

cabaña T1 35.44 35.44

cabaña T2

cabaña G 6.60 6.60

cabaña 10 0.00 21.06

sumatoria 60.25 103.11

Alimentos y Bebidas Restaurante bar 200.42 200.42

sumatoria 200.42 200.42

Otras instalaciones turísticas

Servicios sanitarios exteriores

63.56 63.56

Palapa SPA 99.92 99.92

Cuarto de masajes 7.89 7.89

Sala de meditación 12.52 12.52

Tienda de buceo 21.80 21.80

sumatoria 205.69 205.69

Obras de apoyo

Recepción 11.83 11.83

Oficina administrativa

103.88 103.88

Talleres, bodegas 47.52 47.52

sumatoria 163.23 163.23

Sumatoria total 1,335.78 1,558.45

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Figura 2. Plano de conjunto del proyecto Hotel Diamante K.

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II.1.6 Uso actual del suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias Considerando los usos y costumbres tradicionales, la zona costera del Municipio de Tulum en las inmediaciones del predio –1.5 Km a la redonda- tiene uso turístico y recreativo, caracterizado por la presencia de desarrollos que ofrecen servicio de hospedaje principalmente en cabañas rústicas, así como servicio de alimentos y bebidas en palapas. También se ofrecen diversos servicios para el uso recreativo de la playa y actividades náuticas. Dos kilómetros al Norte se localiza la zona arqueológica de Tulum la cual es un sitio tradicional de visita por parte de nacionales y extranjeros en cuyo interior se prestan servicios comerciales, turísticos y culturales. De acuerdo con los diferentes instrumentos de planeación ambiental y urbana aplicables para la zona, los usos del suelo son “área natural”, “flora y Fauna”, “infraestructura” y “turismo” según el Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de la región denominada Corredor Cancún-Tulum 2 y “parque natural”, “playa popular” y “equipamiento” según el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tulum 2006-20303. Adicionalmente, la zona en que se enclava el predio corresponde a un área natural protegida denominada Parque Nacional Tulum4, decretada en abril de 1981 y también a una zona de monumentos arqueológicos5, según decreto de 1993. Sin embargo, se aclara que el predio de interés está excluido de ésta, hecho que se sustenta en la sentencia del 16 de julio de 2009 al juicio de amparo 496/07 dictada por el Segundo Juez de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Quintana Roo (Anexa).

II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos El área cuenta con un camino de acceso pavimentado a través del cual se ofrece el servicio de limpia pública y de seguridad pública, pero carece de otros servicios públicos básicos como alumbrado público, transporte urbano, red de agua potable y red de drenaje sanitario. Debido a estas carencias la empresa promovente opera el Hotel Diamante K de manera prácticamente autónoma. El abasto de agua potable se hace a través de una pipa de agua que adquiere el líquido a la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Quintana Roo a través del Organismo Operador Tulum; la electricidad se provee con paneles y celdas solares y eventualmente con apoyo de una planta generadora operada a gasolina; el manejo de aguas residuales se hace con una red interna de drenaje sanitario que descarga a un par de fosas sépticas localizadas al interior del predio y cuya limpieza se realiza con prestadores de servicio autorizados quienes son los responsables del destino final de los lodos. El abasto de combustibles –gasolina y gas butano-, se realiza en la ciudad de Tulum desde la cual se transporta en vehículos particulares y se almacena en bidones o cilindros, según corresponde.

2 Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo del 16 de noviembre de 2001.

3 Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo del 09 de abril de 2008.

4 Diario Oficial de la Federación del 23 de abril de 1981.

5 Diario Oficial de la Federación del 8 de diciembre de 1993.

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II.2. CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL PROYECTO

II.2.1 Instalaciones para hospedaje El Hotel Diamante K cuenta con 30 cabañas de diferentes características y categorías que se utilizan para su renta por noche, es decir, para hospedaje de huéspedes. La totalidad de estas cabañas cuenta con techumbre de huano y la mayor parte presenta muros y estructura de madera dura tropical sobre una base o plataforma de material pétreo. Únicamente algunas presentan partes elaboradas con materiales de construcción, pero en general todas incorporan madera, piedra y ornamentos elaborados con elementos naturales (Figura 3).

Figura 3. Instalaciones para hospedaje.

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El conjunto de estas instalaciones permite el alojamiento simultáneo de hasta 74 huéspedes (Cuadro 3), sin embargo, la ocupación promedio mensual es de 56 %, siendo el período de diciembre a febrero el de mayor ocupación histórica. La huella o desplante de estas estructuras es de 706.19 m2, es decir, 10.79 % de la superficie del predio, en tanto que la superficie de construcción se calculó en 886.00 m2, por lo que el coeficiente de uso del suelo en alojamiento es de 0.14. Sólo 11 de las 30 cabañas presentan baño al interior de la habitación, en tanto que el resto carece de sanitarios, por lo que los huéspedes deben hacer uso de las instalaciones sanitarias exteriores, que son compartidas. El conjunto de sanitarios comunitarios ocupa una superficie de desplante estimada en 63.56 m2. La distribución de las cabañas en el predio se ilustra en la Figura 4 y su descripción es la siguiente:

Cabaña 1: es una estructura de forma ovalada, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de palizada de 0.025 m de diámetro, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cantera Tikul, sin baño, de 4.27 m por 6.27 m, ocupando un área de 22.9 m2, frente a la playa y frente al acceso al hotel.

Cabañas 2, 3 y 4: habilitadas en una sola estructura de forma ovalada, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de palizada de 0.025 m de diámetro, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cantera Tikul, sin baño, de 13.98 m por 4.69 m y divisiones cada 4.67 m para formar tres espacios de alojamiento, ocupando en área de 62.45 m2, frente a la playa, entre la cabaña 1 y el restaurante. Adicionada a este estructura hay una bodeguita de 7.75 m2.

Cabaña 5: es una estructura de forma ovalada, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de palizada de 0.025 m de diámetro, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cantera Tikul, con baño completo, de 6.74 m por 3.75 m, ocupando un área de 22.9 m2, localizada frente a la cabaña 2.

Cabaña 6: es una estructura de forma circular, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cemento, sin baño, de 5.941 m de diámetro, con huella de desplante de 27.26 m2, localizada frente a la cabaña 4.

Cabaña 7: es una estructura de forma circular, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, pisos de madera dura de la región, con baño completo, de 7.01 m de diámetro, con huella de desplante de 39.66 m2, localizada detrás de la cabaña 5.

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Figura 4. Localización y denominación de las cabañas rústicas que funcionan como unidades de alojamiento turístico del Hotel Diamante K.

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Cabaña 8: es una estructura de forma circular, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cemento, sin baño, de 5.94 m de diámetro, con huella de desplante de 27.76 m2, localizada entre las cabañas 6 y 9, frente al restaurante.

Cabaña 9: es una estructura cuadrangular, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cemento, sin baño, de 3.50 m por 4.00 m, ocupando un área de 14.0 m2, localizada entre la cabaña 8 y las regaderas.

Cabaña 11: es una estructura de forma ovalada, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cemento, sin baño, de 4.62 m por 6.52 m, ocupando un área de 23.66 m2, localizada frente al restaurante.

Cabaña 12: es una estructura de forma ovalada, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cemento, sin baño, de 5.02 m por 5.99 m, con huella de desplante de 23.56 m2, localizada frente al restaurante.

Cabaña 13: es una estructura de forma cuadrangular con los bordes redondeados, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cemento, sin baño, de 4.38 m por 6.00 m, huella de desplante de 25.15 m2, localizada entre la cabaña 12 y la palapa para masajes, frente a la playa.

Cabaña 14: es una estructura cuadrangular, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cemento, sin baño, de 5.69 m por 5.00 m, ocupando 28.45 m2 de desplante, localizada detrás de la cabaña 12.

Cabaña 15: es una estructura cuadrangular, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cemento, con baño completo, de 10.61 m por 4.00 m y huella de desplante de 42.44 m2, en la parte posterior del terreno, frente a la cabaña 14 y las regaderas. Debajo de esta cabaña se ubica una fosa séptica.

Cabaña 16: es una estructura de forma semicircular, de una sola planta, techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cemento, sin baño, de 3.98 m de diámetro y huella de desplante de 5.46 m2, localizada en la sección Norte del predio, junto a un pozo sin uso en la actualidad, frente a la tienda de buceo.

Cabaña 19: es una cabaña habilitada en planta baja, a un costado de la oficina administrativa del hotel, detrás de la tienda de buceo, de forma cuadrangular, con muros y loza de material pétreo, con piso de cemento, sin baño, que ocupa un área aproximada de 12.89 m2.

Cabañas 20 y “penthouse”: habilitadas en la planta alta de un área de servicios donde se ubican los talleres, almacén, bodega y oficinas, de forma irregular, presentan techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo,

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muros de madera, loza de entrepiso de cemento, ambas con baño completo. En conjunto ocupan un área de 116.77 m2.

Cabañas A y B: es una estructura ovalada de dos plantas, de 5.85 m por 10.61 m, ocupando una huella de desplante de 43.04 m2. Presenta muros de madera dura de la región, planta alta con tapa de huano sujetada con hilo cáñamo, en planta baja presenta base de piedra caliza pegada con cemento y piso cantera Tikul, con madera en el entrepiso y loza de concreto, con escalera exterior de madera. Cada unidad cuenta con baño completo. Se localizan a un costado del acceso al hotel, frente a la cabaña 1.

Cabañas C y D: es una estructura cuadrangular de dos plantas, de 4.00 m por 5.00 m, ocupando un área de desplante de 20.0 m2. En planta alta con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, en planta baja presenta base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cantera Tikul, con madera en el entrepiso y loza de concreto. Cada unidad cuenta con baño completo. La escalera es exterior y de madera. Está localizada a un costado de la cabaña 15.

Cabañas E y F: es una sola estructura de forma irregular con división interna para dar lugar a dos espacios de alojamiento, de una sola planta, presentan techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento y piso de piedra caliza, ocupan un área conjunta de 51.06 m2. Se localizan detrás de la palapa para masajes. La cabaña E presenta baño completo en tanto que la F únicamente tiene regadera.

Cabañas M1, M2 y M3: habilitadas en una sola estructura de forma ovalada con subdivisiones interiores para formar tres espacios de alojamiento, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento y piso de piedra caliza, sin baño, de 8.55 por 5.53 m y huella de desplante de 41.73 m2, ubicada junto al acceso al hotel.

Cabañas junior, azul y presidencial: habilitadas en una sola estructura de forma irregular, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros madera, base de piedra caliza pegada con cemento, pisos de loseta y piedra caliza, de 23.44 m de largo por 6.77 m en su parte más ancha y divisiones internas para formar tres espacios de alojamiento, ocupando un área de desplante de 171.82 m2, frente a la playa en la sección norte del predio. Las cabañas “azul” –al centro- y “presidencial” –al Norte- cuentan con baño completo, mientras que la “junior suite” –al Sur- carece de baño interno.

Cuadro 3. Identificador de las unidades de alojamiento, capacidad de hospedaje y disponibilidad de servicio sanitario. FUENTE: promovente.

Número Identificador de

habitación Capacidad

Servicio sanitario Camas Huéspedes

1 cabaña 1 2 3 externo

2 cabaña 2 1 2 externo

3 cabaña 3 1 2 externo

4 cabaña 4 2 3 externo

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Número Identificador de

habitación Capacidad

Servicio sanitario Camas Huéspedes

5 cabaña 5 2 3 interior

6 cabaña 6 1 2 externo

7 cabaña 7 1 2 interior

8 cabaña 8 1 2 externo

9 cabaña 9 1 2 externo

10 cabaña 11 2 4 externo

11 cabaña 12 2 4 externo

12 cabaña 13 2 4 externo

13 cabaña 14 2 3 externo

14 cabaña 15 2 4 interior

15 cabaña 16 1 2 externo

16 cabaña 19 1 2 externo

17 cabaña 20 1 2 interior

18 cabaña Penthouse 1 2 interior

19 cabaña A 1 2 interior

20 cabaña B 2 4 interior

21 cabaña C 1 2 interior

22 cabaña D 1 2 interior

23 cabaña E 1 2 interior

24 cabaña F 1 2 externo

25 cabaña M 1 1 2 externo

26 cabaña M 2 1 2 externo

27 cabaña M 3 1 2 externo

28 cabaña Junior suite 1 2 externo

29 cabaña Azul 1 2 interior

30 cabaña Presidencial 1 2 interior

II.2.2 Instalaciones para servicio de alimentos y bebidas El Hotel Diamante K cuenta con un restaurante bar a través del cual se brinda el servicio de alimentos y bebidas, ofreciendo un menú variado con especialidades tradicionales e internacionales. Desde aquí también se distribuyen alimentos y bebidas a las habitaciones o a la zona de playa. Esta instalación ocupa 200.42 m2 de desplante (3.06 % de la superficie del predio) y cuenta con un área de cocina y preparación de alimentos, bar con capacidad para 17 personas y área de comensales con capacidad para 26 personas de manera simultánea (Figura 5). El restaurante bar está conformado por un conjunto de tres palapas, de las cuales sólo algunas secciones –principalmente de la cocina y el bar- presentan cimentación y muros de material revestido de piedra, en tanto que la mayor parte corresponde a una estructura a base de madera dura de la región, con techo estructurado de madera dura de la región y huano, con piso firme de concreto con acabado de mosaico y subdivisiones internas con palizada de madera de la

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región. El mobiliario es rústico, mesas a base de madera, sillas de bambú con mimbre, cortinas de tela, con ornamentaciones artesanales y de buen gusto. Parte de esta obra se localiza fuera del predio ya que una sección de aproximadamente 68 m2 está asentada sobre la zona federal marítimo terrestre misma que está concesionada al promovente.

Figura 5. Instalaciones para el servicio de alimentos y bebidas.

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II.2.3 Otras instalaciones turísticas El Hotel Diamante K cuenta con una palapa que funciona como SPA y área de relajación y descanso, así como para la prestación de servicios turísticos alternos como masajes y todo tipo de terapias para la salud, incluidos un temazcal y cuarto de meditación (Figura 6). Fiel al concepto de desarrollo, casi todas estas instalaciones están elaboradas a base de madera dura de la región y piedra, con ornamentos de tela y artesanías y mobiliario de madera de teca, rodajas de troncos de madera dura de la región y piedra, sin paredes o muros para permitir el libre flujo de la brisa y disfrutar del paisaje. Sólo el cuarto de meditación está elaborado a base materiales de construcción revestidos con piedra de la región. En conjunto estas obras ocupan 205.69 m2 que representan 3.14 % de la superficie del predio. Desde la palapa del SPA se puede acceder a través de un puente colgante a una zona rocosa que se mantiene en condiciones naturales y ofrece una terraza o plataforma desde la cual se puede observar el mar durante el día o el cielo durante la noche. En la zona de playa Sur, en donde se localiza la única sección de la zona federal marítimo terrestre frente al predio con una playa arenosa, se levanta una sombrilla con techumbre de zacate (ofrece 7.0 m2 de sombra) y se distribuyen sillas, mesitas y tumbonas de madera de teca para disfrute de los huéspedes. En la zona de playa frente al restaurante y las cabañas 1 a 4, delante de la zona rocosa, también se colocan tumbonas y mesitas para uso de los huéspedes. En la zona de playa Norte se levanta una palapa de zacate –con techumbre reciente- con huella de desplante de 16.50 m2. Dada la profusión de palmeras de coco existentes en la zona de playa al interior del predio, que derivan del antiguo aprovechamiento como rancho coprero de la costa de Tulum, éstas se aprovechan para colgar hamacas. Al interior del hotel se ubica una “tienda de buceo” que está concesionada a un prestador de servicios independiente del promovente y que ofrece servicios náuticos recreativos a los huéspedes del hotel.

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Figura 6. Instalaciones para la prestación de servicios turísticos alternos. Palapa para masaje, cuarto de meditación, palapa de playa (norte), SPA, tumbonas y sillas en la playa sur.

II.2.4 Instalaciones de apoyo turístico El Hotel Diamante K cuenta con instalaciones propias para apoyar la operación turística (Figura 7), tales como recepción, administración, almacén, bodega, taller, área de lavado y sanitarios para empleados, mismos que en conjunto ocupan una huella de desplante estimada en 163.23 m2. En conjunto estas instalaciones ocupan un área que representa 2.49 % de la superficie del predio.

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La recepción, localizada en el costado sur del acceso al hotel, es de forma ovalada, de 3.21 m por 4.70 m y huella de desplante de 11.83 m2; está construida con muros de block y piso de cemento, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano sujetada con hilo de cáñamo.

Figura 7. Instalaciones de apoyo para la prestación del servicio turístico. Recepción, taller, depósitos de agua potable, área de lavado y uno de los baños para empleados.

La oficina administrativa, localizada en la sección Norte del predio, es la única obra construida totalmente a base de block y de materiales de construcción; ocupa un área estimada en 103.88 m2 y arriba de ella se localizan las cabañas identificadas como 20 y “penthouse”, en tanto que en su derredor se ubican los talleres que ocupan 15.14 m2 y los lavaderos y la cabaña 19. Los talleres se conformaron aprovechando un espacio creado por el corrimiento de la loza de la oficina administrativa y están delimitados con muros de palizada de madera dura de la región. También hay una bodega pequeña adosada a la cabaña 4, que se utiliza como maletero. De acuerdo con el promovente en el predio existen siete espacios habilitados como dormitorios para empleados –actualmente sin uso- (Figura 8), mismos que en conjunto ocupan una huella de desplante estimada en 60.25 m2 y que se describen enseguida:

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Cabañas 18 y 21: localizadas en la planta alta de una estructura ovalada en cuya planta baja están las oficinas y almacén de una tienda de buceo –que sin ser propiedad de la promovente opera en el interior del hotel- y unos sanitarios. La estructura tiene 7.43 m de longitud, 4.09 m en su parte más ancha y 2.21 m en la más baja, con una huella de desplante de 21.80 m2. En planta alta presenta techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, con madera en el entrepiso y loza de concreto, con escalera exterior de madera, sin baño. Se localiza en la porción norte del predio, entre la cabaña 18 y las cabañas 30 y 30-A.

Cabaña 22: es una estructura de forma ovalada, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento, piso de cemento, sin baño, de 6.26 m por 3.08 m, con huella de desplante de 18.21 m2, localizada fuera del predio en la esquina Noroeste del mismo.

Cabañas T 1 y T 2: habilitadas en una sola estructura de forma casi cuadrangular, de una sola planta, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento y piso de cemento, sin baño, de 9.32 m por 4.00 m, área de desplante de 35.44 m2, localizada en la parte posterior del predio, frente a la cabaña 25.

Cabaña G: es una estructura de forma cuadrangular, de una sola planta, de 2.20 m por 3.00 m, ocupando un área de desplante de 6.60 m2, con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera, base de piedra caliza pegada con cemento y piso de cemento, sin baño, localizada detrás de los baños, frente a la cisterna elevada.

Cabaña 10: está habilitada en la parte alta, sobre la cisterna para depósito de agua que está soportada en columnas de concreto armado. Ocupa 21.06 m2, 4.81 m por 4.37 m, cuenta con techo estructurado de madera dura de la región, con tapa de huano, sujetada con hilo cáñamo, muros de madera y loza de concreto armado, sin baño. Se localiza en la parte posterior del predio, al sur del acceso principal al hotel.

Figura 8. Cabañas para empleados.

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II.3. PROGRAMA GENERAL DE TRABAJO

II.3.1 Cronograma El Hotel Diamante K está abierto todo el año, sin embargo, la operación del hotel fluctúa a lo largo del año, ya que se registran períodos de “alta” o “baja” ocupación que responden a las condiciones climáticas, las condiciones del mercado turístico y la situación económica general, tal como se observa en la siguiente gráfica.

Figura 9. Fluctuación anual de la ocupación del Hotel Diamante K.

II.3.2 Personal, insumos y materiales ocupados en la etapa de operación y mantenimiento

II.3.2.1. Personal El personal que labora en el Hotel Diamante K incluye un total de 16 personas, que ocupan los siguientes cargos o puestos:

Cargo o puesto Número

Administrador 1

Recepcionista 1

Chef 2

Stewart 2

Mesero 3

Cajeras 2

Mantenimiento 1

Camarista 1

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

100

Porcentaje de ocupación

OCUPACIÓN

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Cargo o puesto Número

Lavandería 1

Chofer 1

Velador 1

II.3.2.2. Demanda de agua El volumen de agua que se requiere para la operación diaria del hotel varía en función de la ocupación, sin embargo, en promedio se requieren 169,750 litros de agua al mes (2,037 m3/año), y hasta 248,000 litros promedio en los meses de mayor ocupación (diciembre a febrero). El abasto de agua potable se hace a través de una pipa de agua propiedad de la empresa, que adquiere el líquido a la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Quintana Roo a través del Organismo Operador Tulum. Al interior del predio se almacena en dos depósitos principales desde los que se distribuye el líquido por un sistema interno de distribución.

II.3.2.3. Demanda de energía y combustible La electricidad se provee con paneles y celdas solares y con apoyo de una planta generadora a diesel marca Lister Petters, modelo LLD 410, que opera unas 10 horas al día, de 50 Hz o 33 kVA de capacidad (Anexa ficha técnica). Además se utiliza gas butano para la operación de la cocina. El abasto de estos combustibles se realiza en la ciudad de Tulum desde la cual se transporta en vehículos particulares y se almacena en bidones o cilindros, según corresponde. El volumen de combustibles que se requiere para la operación diaria del hotel varía en función de la ocupación, sin embargo, en promedio se requieren 50 litros/día de diesel y 80 Kg/semana de gas butano al mes.

II.3.3 Insumos de consumo empleados para la operación del hotel Para el aseo y limpieza de las cabañas y el restaurante se emplean detergentes y otros productos de limpieza comunes adquiridos en el comercio local. Esta actividad consiste básicamente en el barrido de pisos utilizando escobas de plástico; sacudido y desempolve de muebles utilizando trapos impregnados con aceite lubricante para madera y sacudidores; trapeado de pisos con trapeadores y mechudos, utilizando limpiadores aromatizados diluidos en agua; y lavado de vajilla utilizando detergentes biodegradables. Los baños se desinfectan con cloro diluido. Las sábanas y manteles se lavan en el hotel utilizando detergentes comerciales que se adquieren en la localidad. Aproximadamente cada cuatro meses se aplica a la madera de las palapas una nueva capa de barniz rebajado con thiner, utilizando brocha. Este es único mantenimiento que reciben las palapas. Para el control de insectos personal del hotel aplica cada dos meses un concentrado emulsionable cuyo nombre comercial es Killer 200 Ce, el cual es un insecticida piretroide que

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actúa por contacto e ingestión con buen efecto inicial y residual. Este insecticida está indicado para uso en interiores y exteriores contra plagas voladoras y rastreras, su ingrediente activo es Cipermetrina (Anexa ficha técnica). En el predio se le da uso urbano y se utiliza en suspensión acuosa en equivalentes en gramos de ingrediente activo (I.A./kg o L) de 100, con Cipermetrina al 22.47 % que se aplica diluida mediante mezcla de 10 a 20 ml por litro de agua por cada 33 m2. Lo anterior permite mantener bajo control a los insectos y arácnidos que podrían ser perjudiciales para los huéspedes y que eventualmente pueden ocupar los múltiples espacios que crean los techos de huano de las obras construidas, sin perjuicio del ambiente ya que este compuesto es eliminado relativamente rápido del ambiente y sus residuos no se acumulan en forma significativa. También se entrega insecticidas comerciales a los huéspedes –como raid casa y jardín-, para su uso al interior de las habitaciones según su criterio; y en los exteriores se prenden velas de citronela para ahuyentar a los mosquitos. Las áreas verdes no reciben tratamientos de abono y fertilización ya que se trata en su mayor parte de plantas de especies nativas, adaptadas a las condiciones de clima, suelo y disponibilidad de agua de la región. Al interior del predio eventualmente se almacenan pequeñas cantidades de diesel, aproximadamente 50 litros, que se utilizan para la operación de la planta generadora de energía eléctrica. Este combustible es almacenado en bidones de 50 litros de capacidad, al interior del área de taller, el cual no cuenta con firme de concreto con lo que existe riesgo o posibilidad de contaminación del suelo por derrames accidentales. En los talleres también se almacenan pequeñas cantidades de pintura, barniz, thiner, cal, cemento, pega-azulejo, pegamentos, insecticidas (Figura 10), es decir, nada que pueda ser considerado como un agente de riesgo grave al ambiente por sus características CRETIB.

Figura 10. Sustancias y productos almacenados en el taller.

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II.3.4 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos o líquidos y emisiones a la atmósfera

II.3.4.1. Residuos sólidos La operación del Hotel Diamante K genera residuos que de acuerdo con la Ley general para la prevención y gestión integral de los residuos corresponden a la clasificación “residuos sólidos urbanos”, es decir, son residuos que resultan de la eliminación de los materiales que utilizan en sus actividades domésticas, de los productos que consumen y de sus envases, embalajes o empaques. De acuerdo con el volumen de generación de residuos, la empresa corresponde a un “pequeño generador”, pues al año se generan entre 400 Kg y 10 Toneladas en peso bruto de residuos. Al interior del hotel los residuos sólidos se colectan en botes de plástico colocados al interior de las habitaciones, sanitarios, recepción, pasillos y otras áreas comunes, así como en contenedores de plástico ubicados en la cocina o cestas de mimbre localizadas en la playa (Figura 11). Diariamente personal del hotel recupera los residuos y los almacena temporalmente al interior del predio y con la frecuencia que disponga el Ayuntamiento los entrega al servicio de limpia para su transporte al sitio de disposición final, ya que la empresa Grupo Saint Germain, S.A. de C.V. cuenta con licencia para el servicio de recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos expedida por el Municipio de Tulum. Es importante señalar que durante los recorridos para el levantamiento de datos para la elaboración del presente manifiesto no se apreció al interior del predio evidencia de lixiviados o presencia de sitios contaminados, ni tampoco riesgo de que el manejo de los residuos ocasione efectos adversos a la salud humana, en los demás organismos vivos, en el agua, aire, suelo, en los ecosistemas o en los bienes o propiedades pertenecientes a los particulares. También se observó que no se realiza la separación primaria o secundaria de residuos y que no se cuenta con un plan de manejo a fin de minimizar la generación de residuos y maximizar su valorización.

Figura 11. Recipientes para la colecta de residuos al interior del predio.

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Por otra parte, se registró en la zona federal marítimo terrestre la presencia de residuos sólidos derivados del arrastre de la marea. Estos residuos son recolectados con frecuencia de una vez por semana por personal del Hotel Diamante K y dispuestos a través del servicio de limpia municipal.

II.3.4.2. Aguas residuales y lodos Las aguas residuales que se generan al interior del predio son captadas a través de un sistema de drenaje interno, y canalizadas hacia un par de fosas sépticas las cuales han recibido mantenimiento periódico para garantizar que estén libres de fuga. Con la frecuencia que demanda la propia capacidad de las fosas, se lleva a cabo su limpieza y retiro de lodos por parte de personal especializado en estas faenas utilizando bombas y pipas de aguas residuales. El destino final de los lodos y su tratamiento se desconoce, sin embargo, dado que las empresas que prestan el servicio cuentan con autorización para llevar a cabo estas actividades se asume que no representan un riesgo para el ambiente. El promovente cuenta con una fe de hechos notarial que corrobora que la fosa séptica localizaba bajo la cabaña 15 “se encuentra completamente sellada en el fondo por una gruesa capa de concreto puro sin que esta tenga filtración alguna”. (Se adjunta copia certificada de la escritura 9,627). Durante los recorridos para el levantamiento de datos para la elaboración del presente manifiesto no se percibieron olores fétidos que indicaran un mal manejo de aguas residuales, ni se apreciaron escurrimientos o encharcamientos que evidencien contaminación por aguas residuales.

II.3.4.3. Residuos peligrosos Al interior del predio no se registró la presencia de residuos peligrosos señalados como tales en la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos; sin embargo, es posible que a lo largo del año se generen pequeñas cantidades de éstos, constituidos principalmente por envases de aceites y lubricantes, de insecticidas o pesticidas, o de con residuos clorados o ácidos.

II.3.4.4. Emisiones a la atmósfera Al interior del predio se registró la presencia de una planta generadora de electricidad, la cual puede considerarse como una fuente fija de acuerdo con lo que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-1994 y que por sus características puede señalarse como un agente emisor de contaminantes a la atmósfera. Sin embargo, el equipo es nuevo y está en buenas condiciones mecánicas, además cumple con la Norma ISO 8528-1 y con la Directiva Europea de Ruido 200/14/EC, por lo que se duda que represente un riesgo de emisión de

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contaminantes producto de la combustión o por ruido. No obstante, el promovente no ha llevado a cabo las mediciones pertinentes que permitan sostener técnicamente esta hipótesis.

II.4. ETAPA DE ABANDONO DEL SITIO No se tiene contemplado el abandono del sitio en un futuro próximo. Sin embargo, en caso de ocurrencia, a fin de facilitar el retorno del predio a su condición natural, se deberían considerar las siguientes acciones:

Desmantelamiento de habitaciones, es decir, retiro de muebles, equipos y ornamentos; y traslado de éstos a alguna bodega para su probable comercialización o remate.

Demolición de las obras y estructuras construidas, incluidos los cimientos, y traslado de los residuos pétreos a algún sitio en el que se puedan emplear como material de relleno. Los productos orgánicos pueden ser picados o triturados para acelerar su descomposición y podrían, en caso dado, conservarse al interior del predio para que se reintegren, mediante la cadena de detritus, al suelo.

Excavación de líneas de distribución de electricidad y agua potable y de conductos de la red de drenaje sanitario; así como su retiro del predio para su probable comercialización como material de segunda y su desecho como residuo sólido.

Limpieza general.

Reforestación de las áreas clareadas utilizando especies nativas propias de los ecosistemas presentes en la región, a fin de acelerar la recuperación natural del terreno.

Monitoreo del proceso de recuperación y, en su caso, aplicación de las medidas pertinentes que permitan el retorno gradual de las condiciones naturales.

Se estima que el período de tiempo para retornar a condiciones naturales el predio de interés oscilaría alrededor de los 25 años.

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III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DE SUELO

III.1. ANÁLISIS DE LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS

III.1.1 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en materia de evaluación del impacto ambiental Debido a que la operación del Hotel Diamante K se realiza en un ecosistema costero de acuerdo con el artículo 28, fracción IX, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), y el artículo 5, inciso Q, del Reglamento de la LGEEPA en materia de evaluación del impacto ambiental (REIA), se requiere la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la SEMARNAT establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de la LGEEPA, los interesados deberán presentar a la SEMARNAT una manifestación de impacto ambiental, la cual deberá contener, por lo menos, una descripción de los posible efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente (artículo 30). Para la autorización de las obras o actividades a que se refiere el artículo 28 de la LGEEPA, la SEMARNAT se sujetará a lo que establezcan esta Ley, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas aplicables, así como los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables (artículo 35). Así mismo, para la autorización a que se refiere este artículo, la Secretaría deberá evaluar los posibles efectos de dichas obras o actividades en el o los ecosistemas de que se trate, considerando el conjunto de elementos que los conforman y no únicamente los recursos que, en su caso, serían sujetos de aprovechamiento o afectación. Una vez evaluada la manifestación de impacto ambiental, la SEMARNAT emitirá, debidamente fundada y motivada, la resolución correspondiente en la que podrá autorizar la obra o actividad en los términos solicitados; autorizar de manera condicionada la obra o actividad a la modificación del proyecto o al establecimiento de medidas adicionales de prevención y mitigación; o negar la autorización solicitada cuando se contravenga lo establecido en la LGEEPA, sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables; la obra o actividad de que se trate pueda propiciar que una o más especies sean declaradas como amenazadas o en peligro de extinción o cuando se afecte a una de dichas especies; o exista

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falsedad en la información proporcionada por los promoventes, respecto de los impactos ambientales de la obra o actividad de que se trate (artículo 35).

III.1.2 Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento Esta Ley tiene por objeto regular y fomentar la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX inciso G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable. Debido a que la operación del Hotel Diamante K no implica el cambio de uso del suelo en terrenos forestales porque ninguna de las acciones presentes o futuras vinculadas con la operación del hotel requieren el desmonte total o parcial de la vegetación existente en el predio, no se necesita la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, que por excepción otorga la SEMARNAT y al que se refiere el artículo 58 de la Ley. Es importante señalar que existe evidencia que la zona fue ocupada por dignatarios mayas para el fomento de un rancho desde el año de 1955 al cual denominaron “Dzibac-Tun” y que en los años posteriores a esta fecha llevaron a cabo diversas obras, entre ellas un par de pozos (uno de los cuales está al interior del predio y el otro fuera de sus límites, al poniente, para el cual abrieron un camino que existe hasta la fecha y que atraviesa la porción poniente del predio), y unas cabañas rústicas de las cuales da fe la autoridad estatal como consta en los oficios DS.142.0.001 y 412/3661 ambos de fecha 15 de marzo y el escrito del 30 de noviembre de 1989 suscrito por el C. Pablo Canché Balam –anterior propietario del inmueble que nos ocupa-. Lo anterior prueba que las afectaciones a la vegetación en el predio iniciaron hace poco más de 50 años (Se anexa copia de estos documentos que forman parte del Recurso de Revisión interpuesto por la Delegación Federal en el Estado de Quintana Roo en el cual los citados documentos son aportados como prueba por la C. Delegada Lic. Gabriela Lima Laurents en las pág.33 y 34, de su escrito de fecha 31 de julio de 2008, interpuesto contra la sentencia del juicio de Amparo número 496/2007 promovido por el C. Roberto Palazuelos Badeaux, misma que ha causado estado, toda vez que fue revocado por el Órgano Colegiado de la Segunda Sala en el mes de febrero del presente año).

III.1.3 Ley General de Vida Silvestre La Ley General de Vida Silvestre (LGVS) es de orden público y de interés social, es reglamentaria del párrafo tercero del artículo 27 y de la fracción XXIX, inciso G del artículo 73 constitucionales. Su objeto es establecer la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, relativa a la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República Mexicana y en las zonas en donde la Nación ejerce su jurisdicción. En su Artículo 18 la LGVS establece que “los propietarios y legítimos poseedores de predios en donde se distribuye la vida silvestre, tendrán el derecho a realizar su aprovechamiento sustentable y la obligación de contribuir a conservar el hábitat conforme a lo establecido en la presente Ley; asimismo podrán

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transferir esta prerrogativa a terceros, conservando el derecho a participar de los beneficios que se deriven de dicho aprovechamiento. Los propietarios y legítimos poseedores de dichos predios, así como los terceros que realicen el aprovechamiento, serán responsables solidarios de los efectos negativos que éste pudiera tener para la conservación de la vida silvestre y su hábitat.” El predio de interés se localiza en una zona con antecedentes de aprovechamiento incluso prehispánicos ya que a escasos 2,000 m se levanta la ciudad maya de Tulum. En el siglo pasado la zona costera fue utilizada para el establecimiento de ranchos copreros en los que se plantaron palmas de coco para explotar y comercializar el aceite de coco y en el pasado más reciente, con la apertura de la zona arqueológica al turismo, a lo largo de la costa se fundaron pequeños pero numerosos establecimientos que ofrecían alimentos y áreas de descanso a los visitantes, aprovechando además el camino costero Tulum Ruinas-Punta Allen. Uno de estos es ahora el Hotel Diamante K, que en el año 1955 fue fundado por el dignatario maya C. Pablo Canché Balam y su esposa, bajo la denominación de rancho “Dzibac-Tun”. No obstante las afectaciones previas, al interior del predio aún es posible registrar algunos individuos aislados de flora y fauna silvestre, cuya presencia se procura y fomenta ya que contribuyen a formar el escenario natural que vende el hotel. También se conserva un pequeño parche de matorral costero que ocupa la sección más sureña del predio, de aproximadamente 528 m2 de extensión (Figura 12) en el que se preservan sus condiciones naturales.

Figura 12. Vegetación nativa presente al interior del predio.

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El único aprovechamiento de la flora y fauna silvestre que se realiza actualmente al interior del predio es como elemento del paisaje, lo que no afecta en modo alguno las poblaciones que en él se distribuyen.

III.1.4 Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la protección al ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos, en el territorio nacional. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación. Durante toda la vida útil del proyecto, es decir, en su etapa de operación, se espera la generación de residuos sólidos urbanos, es decir, de características domésticas, que en peso bruto no alcanzará las 10 Toneladas anuales por lo que la empresa promovente clasifica como “pequeño generador” y por ende su obligación se restringe a la recolección interna de residuos, su almacenamiento temporal al interior del predio garantizando la ausencia de lixiviados y su entrega al servicio de limpia municipal para su disposición final. Adicionalmente, debido a la ausencia de una red de drenaje pública, la operación del hotel genera lodos derivados de las aguas residuales, los que se acumulan en las fosas sépticas al interior del predio y que se consideran como residuos de manejo especial. De acuerdo con la Ley el promovente deberá evitar que estos residuos se conviertan en agentes contaminantes procurando un manejo adecuado y responsable de los mismos, situación que ocurre. Por otra parte, en materia de residuos peligrosos, se manifiesta que al interior del hotel se generan pequeñas cantidades de residuos peligrosos, no cuantificados, constituidos por envases de aceites y lubricantes, de insecticidas empleados en la fumigación de las cabañas y de diversos productos clorados o con residuos de ácidos. Esto convierte al particular en un microgenerador que de acuerdo con el artículo 48 de la LGPGIR está obligado a registrarse ante las autoridades competentes, sujetar a los planes de manejo los residuos peligrosos que generen y que se establezcan para tal fin y a las condiciones que establezcan las autoridades competentes; así como a llevar sus propios residuos peligrosos a los centros de acopio autorizados o enviarlos a través de transporte autorizado, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

III.1.5 Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Residuos Peligrosos En este mismo sentido, el Reglamento de la LGEEPA en materia de residuos peligrosos (RRP) señala en su artículo 7 que “quienes pretendan realizar obras o actividades públicas o privadas

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por las que puedan generarse o manejarse residuos peligrosos, deberán contar con autorización de la Secretaría, en los términos de los artículos 28 y 29 de la LGEEPA. En la manifestación de impacto ambiental correspondiente, deberán señalarse los residuos peligrosos que vayan a generarse o manejarse con motivo de la obra o actividad de que se trate, así como las cantidades de los mismos.” Adicionalmente, de acuerdo con el artículo 8, el generador de residuos peligrosos deberá: I.- Inscribirse en el registro que para tal efecto establezca la Secretaría;

II.- Llevar una bitácora mensual sobre la generación de sus residuos peligrosos;

III.- Dar a los residuos peligrosos, el manejo previsto en el Reglamento y en las normas ecológicas correspondientes;

IV.- Manejar separadamente los residuos peligrosos que sean incompatibles en los términos de las normas técnicas ecológicas respectivas;

V.- Envasar sus residuos peligrosos, en recipientes que reúnan las condiciones de seguridad previstas en este Reglamento y en las normas técnicas ecológicas correspondientes.

VI.- Identificar a sus residuos peligrosos con las indicaciones previstas en este Reglamento y en las normas técnicas ecológicas respectivas;

VII.- Almacenar sus residuos peligrosos en condiciones de seguridad y en áreas que reúnan los requisitos previstos en el presente Reglamento y en las normas técnicas ecológicas correspondientes.

VIII.- Transportar sus residuos peligrosos en los vehículos que determine la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y bajo las condiciones previstas en este Reglamento y en las normas técnicas ecológicas que correspondan;

IX.- Dar a sus residuos peligrosos el tratamiento que corresponda de acuerdo con los dispuesto en el Reglamento y las normas técnicas ecológicas respectivas;

X.- Dar a sus residuos peligrosos la disposición final que corresponda de acuerdo con los métodos previstos en el reglamento y conforme a lo dispuesto por las normas técnicas ecológicas aplicables;

XI.- Remitir a la Secretaría, en el formato que ésta determine, un informe semestral sobre los movimientos que hubiere efectuado con sus residuos peligrosos durante dicho período; y

XII.- Las demás previstas en el Reglamento y en otras disposiciones aplicables.

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III.2. ANÁLISIS DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN

III.2.1 Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de la región denominada corredor Cancún-Tulum6

De acuerdo con el Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de la región denominada corredor Cancún-Tulum (POET-CT) el predio de interés se localiza en dos unidades de gestión ambiental (UGA); la sección costera se ubica en la UGA número 3, denominada Costa Tulum-Sian Ka’an la cual tiene asignada una política ambiental de “Conservación”, nivel de fragilidad 3, vocación de uso del suelo predominante “Flora y Fauna” y usos del suelo condicionados “infraestructura” y “turismo”, en tanto que la sección poniente se ubica en la UGA número 5, denominada Zonas Arqueológicas de Tulum y Xel-Ha, X'cacel-X'cacelito, cuya política ambiental es “Protección”, con vocación de uso del suelo predominante “Área Natural” y nivel de fragilidad 5 (Figura 13). Para la UGA 03 aplican 122 criterios de regulación ecológica: 17 de construcción (C), 28 de equipamiento e infraestructura (EI), 26 de flora y fauna (FF), 35 de manejo de ecosistemas (MAE), 15 de turismo (TU) y 1 de actividades forestales (AF). Para la UGA 05 aplican 93 criterios de regulación ecológica: 9 de construcción (C), 23 de equipamiento e infraestructura (EI), 23 de flora y fauna (FF), 24 de manejo de ecosistemas (MAE) y 14 de turismo (TU). De los 93 criterios que aplican para la UGA 05 únicamente 12 son diferentes de los que aplican en la UGA 03, se trata de los criterios EI 4, 26, 37, 44, 51, MAE 22, 39, 50 y TU 5, 12, 13, 14. En el Cuadro 4 se transcriben y analizan la totalidad de estos criterios, para determinar el grado de cumplimiento o apego del proyecto con éstos.

6 Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo del 16 de noviembre de 2001.

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Figura 13. Vinculación con el Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de la región denominada corredor Cancún-Tulum, Quintana Roo. FUENTE: Elaboración propia con base en el decreto del POET-CT.

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Cuadro 4. Vinculación del proyecto Operación del Hotel Diamante K, en Tulum, Quintana Roo, con los criterios de regulación ecológica aplicables que establece el Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de la región denominada corredor Cancún-Tulum, Quintana Roo.

CRITERIO TEXTO DEL CRITERIO VINCULACIÓN CON EL PROYECTO

C-01 Solo la superficie mínima indispensable para el proyecto constructivo podrá ser despalmada.

La operación del Hotel Diamante K no requiere del despalme de superficie alguna al interior del predio. Las áreas que no tienen aprovechamiento turístico mantienen su cobertura vegetal original, por lo que se considera se cumple con este criterio.

C-02 Previo a la preparación y construcción del terreno, se deberá llevar a cabo un programa de rescate de ejemplares de flora y fauna susceptibles de ser reubicados en áreas aledañas, o en el mismo predio.

La operación del Hotel Diamante K no implica ninguna actividad que requiera desmonte por lo que no se requiere llevar a cabo algún programa de rescate de flora o fauna.

C-03 Los campamentos de construcción deberán ubicarse en áreas perturbadas como potreros y acahuales jóvenes, dentro del predio y sobre los sitios de desplante del proyecto, pero nunca sobre humedales, zona federal o vegetación nativa.

La operación del Hotel Diamante K no requiere de campamentos de construcción, por lo que no le es aplicable este criterio.

C-04 Los campamentos de construcción deberán contar con un sistema de manejo in situ de desechos sanitarios.

La operación del Hotel Diamante K no requiere de campamentos de construcción, por lo que no le es aplicable este criterio.

C-05 Los campamentos de construcción deberán contar con un sistema de manejo integral (minimización, separación, recolección y disposición) de desechos sólidos.

La operación del Hotel Diamante K no requiere de campamentos de construcción, por lo que no le es aplicable este criterio.

C-07 Al finalizar la obra deberá removerse toda la infraestructura asociada al campamento.

Al interior del predio no existe infraestructura alguna asociada al campamento de construcción.

C-08 Cualquier cambio o abandono de actividad deberá presentar y realizar un programa autorizado de restauración de sitio.

En caso de ocurrir el cambio o abandono de la actividad actual del Hotel Diamante K se presentará a la autoridad un programa de restauración del sitio para su valoración y autorización.

C-10 No se permite la utilización de explosivos, excepto para la apertura de pozos domésticos de captación de agua potable aprobados por un Informe Preventivo Simplificado y en apego a los lineamientos de la SEDENA.

La operación del Hotel Diamante K no requiere del uso de explosivos.

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CRITERIO TEXTO DEL CRITERIO VINCULACIÓN CON EL PROYECTO

C-11 No se permite la disposición de materiales derivados de las obras, producto de excavaciones o rellenos sobre la vegetación.

Al interior del predio no se registró evidencia que indique la disposición de materiales derivados de las obras, producto de excavaciones o rellenos sobre la vegetación.

C-12 Los Residuos Sólidos y Líquidos derivados de la Construcción deben contar con un programa integral de manejo y disponerse en confinamientos autorizados por el Municipio.

Al interior del predio no se registró evidencia de residuos sólidos o líquidos derivados de la construcción.

C-13 Deberán tomarse medidas preventivas para la eliminación de grasas, aceites, emisiones atmosféricas, hidrocarburos y ruidos provenientes de la maquinaria en uso en las etapas de preparación del sitio, construcción y operación.

El manejo de los residuos al interior del predio es un tema relevante para el promovente el cual manifiesta que éstos son colectados, envasados o embolsados y mantenidos temporalmente al interior del predio, hasta ser entregados al camión recolector operado por la Dirección de Servicios Públicos Municipales del Ayuntamiento de Tulum. Durante los recorridos de campo para la recoja de datos para este manifiesto no se observó evidencia alguna que señale un mal manejo de los residuos o emisiones atmosféricas o contaminación con grasa, aceites o hidrocarburos, por lo que se deduce que se toman las medidas preventivas adecuadas.

C-14 No se permite la utilización de palmas de las especies Thrinax radiata, Pseudophoenix sargentii, y Coccothrinax readii (chit, cuca y nakás ), como material de construcción excepto las provenientes de Unidades de Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMAS) o viveros autorizados.

Parte de las construcciones existentes en el Hotel Diamante K incorporan como material de construcción troncos de palmas de la especie Thrinax radiata cuya fuente de obtención se desconoce. Estos materiales no son recientes y de acuerdo con el promovente fueron incorporados a las construcciones por el anterior propietario.

C-15 El almacenamiento y manejo de materiales deberá evitar la dispersión de polvos.

Al interior del predio no se registró el almacenamiento o manejo de materiales que pudieran causar dispersión de polvos.

C-16 Todo material calizo, tierra negra, tierra de despalme, arena del fondo marino, piedra de muca, y residuos vegetales, deberá provenir de fuentes y/o bancos de préstamo de material pétreo autorizados.

De acuerdo con el promovente los materiales pétreos utilizados para la rehabilitación de las construcciones existentes fueron adquiridos de establecimientos comerciales localizados en la localidad de Tulum.

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C-17 Los campamentos de obras ubicadas fuera del centro de población no deberán ubicarse a una distancia menor de 4 km. de los centros de población.

La operación del Hotel Diamante K no requiere de campamentos de construcción, por lo que no le es aplicable este criterio.

C-18 Las cimentaciones no deben interrumpir la circulación del agua subterránea entre el humedal y el mar.

Las cimentaciones existentes en el predio tienen, en promedio, 60 cm de profundidad, por tanto no interrumpen la posible circulación del agua subterránea entre el humedal y el mar en el área del proyecto. Con base en el nivel de agua observado en un pozo existente en el predio –hoy sin uso- el nivel del acuífero en la zona del proyecto está a unos 6 m de profundidad.

C-19 Se recomienda la instalación subterránea de infraestructura de

conducción de energía eléctrica y comunicación, evitando la contaminación visual del paisaje.

Las instalaciones de distribución de agua potable, drenaje y eléctrica en el Hotel Diamante K, son subterráneas y no causan la contaminación visual del paisaje.

EI-03 La instalación de infraestructura estará sujeta a Manifestación de Impacto Ambiental.

La operación del Hotel Diamante K no requiere de la instalación de nueva infraestructura.

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EI-04 La instalación de infraestructura estará sujeta al Programa de Manejo.

En la sección poniente del predio existe infraestructura instalada y en el futuro se proyecta la instalación de un sistema de manejo de aguas residuales y la colocación de generadores eólicos siempre que la autoridad lo determine como viable.

EI-05 Los asentamientos humanos y/o las actividades turísticas deberán contar con un programa integral de manejo y aprovechamiento de residuos sólidos.

El manejo de los residuos sólidos al interior del Hotel Diamante K, aunque no se realiza con sustento en un plan de manejo, satisface el propósito de no generar agentes contaminantes al ambiente o lixiviados que pudieran poner en riesgo la salud humana, la calidad de los ecosistemas o de los seres vivos que en ellos viven. No obstante, como parte de las medidas de mitigación que se proponen para la adecuada operación del Hotel Diamante K, se elaborará e instrumentará un plan de manejo de residuos.

EI-08 Se promoverá el composteo de los desechos orgánicos, para su utilización como fertilizantes orgánicos degradables en las áreas verdes.

En el programa integral de manejo y aprovechamiento de residuos sólidos que se desarrollará se incluirá el composteo de los desechos orgánicos que se generan en el restaurante.

EI-09 Se promoverá la instalación de sanitarios secos composteros que eviten la contaminación del suelo y subsuelo y la proliferación de fauna nociva en las zonas suburbanas y rurales.

El Hotel Diamante K cuenta con instalaciones sanitarias conectadas a un par de fosas sépticas, las cuales están selladas para evitar la contaminación del suelo, subsuelo y la proliferación de fauna nociva.

EI-10 Los desarrollos turísticos y asentamientos humanos que incluyan clínicas, hospitales y centros médicos deberán contar con un sistema integral para el manejo y disposición de desechos biológico infecciosos.

El Hotel Diamante K no incluye clínicas, hospitales o centros médicos que pudieran dar lugar a desechos biológico infecciosos. Las terapias que se aplican en el SPA incluyen diversas técnicas de relajación, aromaterapia, musicoterapia y la aplicación de productos naturales.

EI-11 Los desarrollos turísticos y/o asentamientos humanos deberán contar con infraestructura para el acopio y manejo de residuos líquidos y sólidos.

El Hotel Diamante K cuenta con infraestructura para el acopio y manejo al interior del predio de los residuos sólidos y líquidos que genera. Los residuos sólidos son depositados en recipientes pequeños ubicados en sanitarios, habitaciones, pasillos y áreas de playa,

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mismos que cuentan con bolsas plásticas para facilitar el manejo de los residuos. Los residuos se recuperan diariamente y se almacenan en el área de almacén localizada en la sección Noroeste del predio –cerca del acceso al inmueble-, desde donde se entregan al servicio de limpia municipal que los traslada y deposita en el sitio de disposición final del municipio. Los residuos líquidos se canalizan a un par de fosas sépticas localizada una debajo de la palapa No. 15 y la otra frente a las oficinas administrativas, las cuales cuentan con revestimiento y sello para evitar fugas y desde las cuales se retiran periódicamente los residuos por una empresa especializada en el manejo de aguas residuales la cual se encarga de su transporte al sitio de tratamiento que le ha sido autorizado.

EI-12 Los desarrollos turísticos y los asentamientos humanos deberán contar con un sistema integral de minimización, tratamiento y disposición final de las aguas residuales in situ, de acuerdo a la normatividad de la Ley de Aguas Nacionales, su Reglamento y demás normatividad aplicable vigente.

Al interior del Hotel Diamante K no existen las condiciones para el tratamiento y disposición finales de aguas residuales, por lo que éstas son captadas en dos fosas sépticas desde las cuales se retiran periódicamente los residuos por una empresa especializada en el manejo de aguas residuales la cual se encarga de su transporte al sitio de tratamiento que le ha sido autorizado. Para minimizar la generación de aguas residuales, el agua de las regaderas y lavamanos que se utilizan los turistas para enjuagarse la arena y el agua de mar, se canaliza directamente al suelo permitiendo su libre infiltración.

EI-13 Se 40rohíbe la canalización del drenaje pluvial hacia el mar y cuerpos de agua superficiales y en caso de ser necesaria la perforación de pozos de absorción para su solución, se deberá obtener la anuencia de la SEMARNAT y la Comisión Nacional del Agua.

El Hotel Diamante K no cuenta con drenaje pluvial ni con pozos de absorción ya que el agua de lluvia escurre directamente al suelo, el cual mantiene su permeabilidad natural, y se infiltra naturalmente.

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EI-14 Deberá estar separada la canalización del drenaje pluvial y sanitario en el diseño de calles y avenidas, además de considerar el flujo y colecta de aguas pluviales.

El Hotel Diamante K no cuenta con calles ni avenidas por lo que no le es aplicable este criterio.

EI-16 Se promoverá la reutilización de las aguas residuales previo cumplimiento de la normatividad vigente en materia de contaminación de aguas.

Las aguas residuales que se generan en el Hotel Diamante K no están tratadas y por tanto no se utilizan al interior del predio. Tampoco se utilizan aguas tratadas en ninguna de las actividades del hotel ya que en la zona no existe infraestructura para la distribución de estas aguas.

EI-17 Las plantas de tratamiento de aguas residuales deberán contar con un sistema que minimice la generación de lodos y contarán con un programa operativo que considere la desactivación y disposición final de los lodos.

El Hotel Diamante K no cuenta con planta de tratamiento de aguas residuales, por lo que no le es aplicable este criterio. No obstante a fin de mejorar la eficiencia de los procesos anaerobios en las fosas sépticas se aplicará un producto a base de enzimas y bacterias que permitirán reducir la generación de lodos. La disposición de lodos se realiza a través del servicio de limpieza de fosas sépticas que se ofrece en la localidad de Tulum.

EI-18 Se deberá utilizar aguas tratadas para el riego de jardines y/o campos de golf. El sistema de riego deberá estar articulado a los sistemas de tratamiento de aguas residuales.

En el Hotel Diamante K no se utilizan aguas tratadas para el riego de jardines porque no existe infraestructura para el tratamiento y aprovechamiento de estas aguas.

EI-19 Queda prohibida la descarga de aguas residuales al suelo y subsuelo.

Las aguas residuales son captadas y canalizadas mediante una red interna de drenaje sanitario hacia una par de fosas sépticas al interior del predio, las cuales cuentan con sello y revestimiento para impedir escurrimientos al suelo y subsuelo.

EI-20 No se permitirá la disposición final de aguas tratadas en el Manglar. El Hotel Diamante K dispone sus aguas tratadas en un par de fosas sépticas al interior del predio.

EI-21 Quedan prohibidas las quemas de desechos sólidos y vegetación, la aplicación de herbicidas y defoliantes y el uso de maquinaria pesada para el mantenimiento de derechos de vía.

Al interior del predio no se registró evidencia alguna que indique que se practique la quema de desechos sólidos o vegetación, ni la aplicación de herbicidas y defoliantes, por lo que se concluye que se está dando cumplimiento a este criterio. El Hotel Diamante K colinda con el camino Tulum Ruinas-Punta Allen y para el mantenimiento de derechos de vía únicamente

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se utilizan medios manuales, tales como el chapeo y deshierbe con machete.

EI-22 Los taludes en caminos se deberán estabilizar con vegetación nativa.

Ambos márgenes del camino Tulum Ruinas-Punta Allen que atraviesa la propiedad conserva parte de su vegetación arbórea natural, aunque también están presentes ejemplares de especies introducidas.

EI-23 Los paramentos de los caminos de acceso deberán ser protegidos

con árboles y arbustos nativos. El Hotel Diamante K no cuenta con caminos de acceso propios, ya que al predio se accede por el camino Tulum Ruinas-Punta Allen, el cual conserva árboles y arbustos nativos en sus márgenes, como se ve en la imagen previa.

EI-24 No se permite el derribo de árboles y arbustos ubicados en la orilla de los caminos.

Ambos márgenes del camino Tulum Ruinas-Punta Allen que atraviesa la propiedad conserva parte de su vegetación arbórea natural. Únicamente se han desmontado parcialmente las áreas de acceso al Hotel Diamante K y parte del derecho de vía Oeste que se aprovecha como estacionamiento.

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EI-25 Los caminos de acceso deberán contar con reductores de velocidad y señalamientos de protección de la fauna.

El Hotel Diamante K no cuenta con camino de acceso propio. El camino Tulum Ruinas-Punta Allen carece de reductores de velocidad aunque si presenta señalamientos para moderarla; tampoco cuenta con señalamientos de protección de la fauna.

EI-26 Se prohibe la realización de caminos sobre manglares. No se tiene intensión de realizar caminos sobre manglares.

EI-27 Los caminos que se construyan sobre zonas inundables deberán realizarse sobre pilotes o puentes, evitando el uso de alcantarillas, de tal forma que se conserven los flujos hidrodinámicos así como los corredores biológicos.

La operación del Hotel Diamante K no implica la construcción de caminos sobre áreas inundables, por lo que no le es aplicable este criterio.

EI-28 Se 43rohíbe la instalación de infraestructura para la disposición final de residuos sólidos.

Al interior del predio no se registró la existencia de infraestructura para la disposición final de residuos sólidos.

EI-36 No se permite la construcción de muelles. El hotel Diamante K no cuenta con muelle ni pretende construir alguno.

EI-37 No se permite la construcción de embarcaderos. El hotel Diamante K no cuenta con embarcaderos ni pretende construir alguno.

EI-38 Se desarrollaran programas para la instalación de fuentes alternativas de energía.

La operación del Hotel Diamante K se realiza con el aprovechamiento de fuentes alternativas de energía, tales como paneles solares que se utilizan para la iluminación de las palapas.

EI-43 Se prohíben los campos de golf. El hotel Diamante K no incluye campo de golf.

EI-44 Solo se permite el establecimiento de infraestructura destinada a la conservación y rescate de la zona arqueológica.

El predio de interés está fuera de la zona arqueológica.

EI-48 Todo proyecto de desarrollo turístico en la zona costera, deberá contar con accesos públicos a la zona federal marítimo terrestre, por lo que en la realización de cualquier obra o actividad, deberá evitarse la obstrucción de los accesos actuales a dicha zona, debiendo proveer accesos a ésta, en el caso de que se carezca de ellos. Eventualmente, podrá permitirse la reubicación de los accesos existentes, cuando los proyectos autorizados así lo justifiquen.

El hotel Diamante K cuenta con acceso hacia la zona federal marítimo terrestre a través del hotel.

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EI-49 No deberá permitirse la instalación de infraestructura de comunicación (postes, torres, estructuras, equipamiento, edificios, líneas y antenas) en ecosistemas vulnerables y sitios de alto valor escénico, cultural o histórico.

El sitio donde se ubica el hotel Diamante K tiene alto valor escénico y para conservarlo la infraestructura al interior del predio es subterránea.

EI-50 En las obras de infraestructura sobre áreas marinas o cuerpos de

agua, se 44rohíbe el uso de aceite quemado y de otras sustancias tóxicas en el tratamiento de la madera.

Ninguna de las áreas aprovechadas por el Hotel Diamante K corresponde a áreas marinas o cuerpos de agua, por lo que no le es aplicable este criterio.

EI-51 Se prohibe la construcción de nuevos caminos perpendiculares a la costa.

No se proyecta la construcción de nuevos caminos perpendiculares a la costa, por lo que no se incumple con este criterio.

EI-53 Los caminos ya existentes sobre humedales deberán adecuarse con obras, preferentemente puentes, que garanticen los flujos hidrodinámicos y el libre tránsito de fauna, tanto acuática como terrestre.

La operación del Hotel Diamante K no afecta caminos existentes sobre humedales, por lo que no le es aplicable este criterio.

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FF-01 Se prohibe la tala y aprovechamiento de leña para uso turístico y comercial.

Al interior del predio no se observó evidencia alguna que indique que se realiza la tala y aprovechamiento de leña para uso turístico y comercial, por lo que se concluye que se está dando cumplimiento a este criterio.

FF-02 Los desarrollos turísticos y/o habitacionales, deberán minimizar el impacto a las poblaciones de mamíferos, reptiles y aves, en especial el mono araña.

El promovente minimiza el impacto sobre la fauna silvestre manteniendo, en condiciones naturales, 2,958 m2 de matorral costero y vegetación de selva, superficie que representa 45.21 % del total del predio y conservando al interior del área de aprovechamiento vegetación nativa, misma que brinda áreas de anidación, percha y descanso, así como alimento y refugio a la fauna silvestre de la zona.

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FF-05 Los usos del suelo en las áreas adyacentes a las playas de anidación de tortugas estarán sujetos a autorización de impacto ambiental que demuestre la no afectación de las nidadas.

La mayor parte de la playa frente al predio de interés presenta un macizo rocoso que impide su aprovechamiento para la anidación de tortugas marinas. En la única sección con playa arenosa –con aproximadamente 10 m de frente de playa-, de acuerdo con el promovente, no se han registrado arribos o anidaciones de tortugas marinas.

FF-06 En las playas de arribazón de tortugas sólo se permite la instalación

de infraestructura fuera del área de influencia marina que será de 50 m después de la línea de marea alta o lo que, en su caso, determinen los estudios ecológicos.

La playa frente al predio no corresponde a una playa de arribazón de tortugas, por lo que le aplica este criterio.

FF-07 Durante el período de anidación los propietarios del predio deberán coordinarse con la autoridad competente para la protección de las áreas de anidación de tortugas.

La playa frente al predio no corresponde a un área de arribazón de tortugas, por lo que le aplica este criterio.

FF-08 La autorización de actividades en sitios de anidación de tortugas, estará sujeta al programa de manejo.

La playa frente al predio no corresponde a una playa de anidación de tortugas, por lo que le aplica este criterio.

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FF-09 Se prohíbe alterar las dunas y playas en áreas de arribazón de tortugas.

La playa frente al predio no corresponde a un área de arribazón de tortugas, por lo que le aplica este criterio.

FF-10 En playas de arribazón de tortugas se prohíbe la iluminación directa al mar y la playa.

La playa frente al predio no corresponde a una playa de anidación de tortugas, por lo que le aplica este criterio.

FF-11 En las áreas adyacentes a las playas de arribazón de tortugas, de requerirse iluminación artificial, ésta será ámbar, para garantizar la arribazón de las tortugas, debiendo restringirse alturas e inclinación en función de estudios específicos.

Aunque el Hotel Diamante K se localiza a más de 50 m de distancia de la playa arenosa con potencial de arribo de tortugas marinas, puede calificar como un área adyacente a las playas de arribazón de tortugas y por lo tanto le es aplicable este criterio. En este sentido, se manifiesta que la iluminación utilizada en el hotel no genera reflejos que incidan hasta la zona potencial de arribo y anidación de tortugas, ya que las luminarias se localizan principalmente en el interior de las habitaciones y la luz escapa a alturas no mayores a 5 m, por lo que su alcance es a lo mucho de 9 m –considerando un ángulo de dispersión de 30 :-. Además, las luces exteriores son ámbar.

FF-12 Se prohibe el tránsito de vehículos automotores sobre la playa salvo el necesario para acciones de vigilancia y mantenimiento autorizados.

Debido a las características de la playa frente al Hotel Diamante K no es posible el tránsito de vehículos, ni siquiera para acciones de vigilancia y mantenimiento autorizados, por lo que se concluye que se está dando cumplimiento a este criterio.

FF-13 Se realizará la señalización de las áreas de paso y uso de las tortugas marinas durante la época de anidación y desove de la tortuga marina.

La playa frente al predio no corresponde a una playa de anidación de tortugas, por lo que le aplica este criterio.

FF-14 En playas de arribazón de tortugas no se permite el acceso a ganado vacuno, porcino, caballar, ovino o de cualquier otra índole, la introducción de especies exóticas, ni el acceso de perros y gatos, así como la permanencia de residuos fecales de los mismos en la playa.

La playa frente al predio no corresponde a una playa de arribazón de tortugas, no obstante, no se permite la introducción al predio de perros que pudieran afectar las áreas cercanas con potencial de arribo y anidación de tortugas marinas.

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FF-15 En las áreas verdes deberán dejarse en pie los árboles más desarrollados de la vegetación nativa según la especie.

El promovente conserva al interior de las áreas de aprovechamiento áreas verdes en las que crecen árboles y palmas nativas.

FF-16 Se prohibe la extracción, captura o comercialización de especies de

flora y fauna silvestre, salvo lo que la Ley General de Vida Silvestre prevea.

No se registró al interior del predio evidencia alguna que apunte hacia la extracción, captura o comercialización de especies de flora y fauna silvestre, por lo que se concluye que se está dando cumplimiento a este criterio.

FF-17 Se permite establecer viveros e invernaderos autorizados. El Hotel Diamante K no cuenta con vivero o invernadero.

FF-18 Se prohibe el uso de compuestos químicos para el control de malezas o plagas. Se promoverá el control mecánico o biológico.

De acuerdo con el promovente no se emplea en el predio ninguna sustancia química para el control de malezas, ya que éstas son retiradas de manera mecánica.

FF-19 Se promoverá la instalación de Unidades de Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMAS) no extractivas.

La promoción de UMAS es una acción que compete a la autoridad y no a los promoventes de proyectos.

FF-20 No se permite la extracción de flora y fauna acuática en cenotes, excepto para fines de investigación autorizado por la SEMARNAT.

Al interior del predio de interés no existen cenotes por lo que no le aplica este criterio.

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FF-21 Se prohibe el aprovechamiento de las plantas Thrinax radiata, Pseudophoenix sargentii, Chamaedorea seifrizii, Coccothrinax readii y Beaucarnea ameliae (chit, cuca, xiat, nakás y despeinada o tsipil) y todas las especies de orquídeas, a excepción de las provenientes de Unidades de Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMAS).

Al interior del predio se desarrollan de manera natural ejemplares de la especie Thrinax radiata, por lo que su presencia en las áreas naturales y áreas verdes existentes no puede considerarse como un aprovechamiento, al menos no como uno que ponga en riesgo la continuidad de la especie.

FF-22 Se prohibe la introducción de especies de flora y fauna exóticas invasivas.

Considerando los listados de especies exóticas invasoras señalados por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO, En: http://www.conabio.gob.mx/invasoras/index.php/especies), al interior del predio no se desarrollan especies de flora o fauna exóticas invasivas, por lo que se concluye que se está dando cumplimiento a este criterio.

FF-23 Se promoverá la erradicación de las plantas exóticas perjudiciales a la flora nativa, particularmente el pino de mar Casuarina equisetifolia y se restablecerá la flora nativa.

Al interior del predio no se desarrollan ejemplares de la especie Casuarina equisetifolia.

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FF-24 En las áreas verdes se emplearán plantas nativas y se restringirán aquellas especies que sean perjudiciales a esta flora.

En las áreas verdes al interior del predio existen principalmente plantas nativas y las especies de plantas exóticas presentes no son perjudiciales a la flora o fauna nativas, por lo que se satisface este criterio.

FF-26 Se prohibe el uso de explosivos, dragados y construcciones

cercanas a arrecifes y manglares. El predio de interés no se ubica en un área cercana a arrecifes y manglares, por lo que no le es aplicable este criterio.

FF-32 Se prohíben los dragados, apertura de canales, boca y cualquier obra o acción que afecte a la comunidad coralina y la línea de costa.

La operación del Hotel Diamante K no causará la afectación de la comunidad coralina o la línea de costa, ya que las actividades que se ofertan se circunscriben al interior del predio, a la zona federal marítimo terrestre concesionada a favor del promovente y a la playa inmediatamente adjunta al predio y no existe intensión alguna de realizar dragados o canales en la costa.

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FF-34 En zonas donde exista la presencia de especies incluidas en la NOM ECOL-059-1994, deberán realizarse los estudios necesarios para determinar las estrategias que permitan minimizar el impacto negativo sobre las poblaciones de las especies aludidas en esta norma.

En el ecosistema en el que se enclava el Hotel Diamante K existen especies de flora y fauna incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, sin embargo, ninguna de las obras y actividades que tienen lugar en el hotel ponen en riesgo el hábitat o la sobrevivencia de tales especies. No obstante lo anterior, se presentan en este manifiesto algunas estrategias para minimizar el impacto negativo sobre las poblaciones aludidas en esta Norma.

FF-36 Se prohiben los dragados y explosivos en áreas de manglar. La operación del Hotel Diamante K no implica el dragado o uso de explosivos en áreas de manglar por lo que se satisface este criterio.

MAE-01 En las playas sólo se permite la construcción de estructuras temporales como palapas de madera o asoleaderos.

En la playa frente al Hotel Diamante K únicamente existe un par de sombrillas de madera con techumbre de zacate por lo que se satisface este criterio.

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MAE-04 No se permite encender fogatas en las playas. No se encontró evidencia alguna que indique que entre las actividades del Hotel Diamante K se incluye el encendido de fogatas en la playa, por lo que se concluye que se está dando cumplimiento a este criterio.

MAE-05 Se prohibe la extracción de arena de playas, dunas y lagunas costeras.

La operación del Hotel Diamante K no implica la extracción de arena de playas, dunas y lagunas costeras, por lo que se satisface este criterio.

MAE-06 Se prohibe el vertimiento de hidrocarburos y productos químicos no biodegradables.

Al interior del predio no se encontró evidencia alguna que señale que ocurre el vertimiento de hidrocarburos y productos químicos no biodegradables, por lo que se concluye que se satisface este criterio.

MAE-07 No se permite la infraestructura recreativa y de servicios en el cordón de las dunas frontal.

El predio de interés se localiza detrás de un macizo rocoso y no existe un cordón de dunas frontal, por lo que no le es aplicable este criterio.

MAE-08 La construcción de edificaciones podrá llevarse a cabo después del cordón de dunas, a una distancia no menor de 40 m. de la Zona Federal y en altura máxima de 6 m.

El predio de interés se localiza detrás de un macizo rocoso y no existe un cordón de dunas frontal, por lo que no le es aplicable este criterio.

MAE-09 No deberán realizarse nuevos caminos sobre dunas. El predio de interés se localiza detrás de un macizo rocoso y no existe un cordón de dunas frontal, por lo que no le es aplicable este criterio.

MAE-10 Solo se permite la construcción de accesos peatonales elevados y transversales sobre las dunas.

El predio de interés se localiza detrás de un macizo rocoso y no existe un cordón de dunas frontal, por lo que no le es aplicable este criterio.

MAE-11 No se permite la remoción de la vegetación nativa en el cordón de las dunas, ni la modificación de éstas.

El predio de interés se localiza detrás de un macizo rocoso y no existe un cordón de dunas frontal, por lo que no le es aplicable este criterio.

MAE-12 La utilización de los humedales estará sujeta a la autorización de impacto ambiental que garantice el mantenimiento de los procesos geohidrológicos, calidad de agua, flujo de nutrientes y diversidad biológica

La operación del Hotel Diamante K no implica la utilización de humedales por lo que no le aplica este criterio.

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CRITERIO TEXTO DEL CRITERIO VINCULACIÓN CON EL PROYECTO

MAE-13 Se prohibe la desecación, dragado y relleno de cuerpos de agua, cenotes, lagunas, reholladas y manglar.

La operación del Hotel Diamante K no implica la desecación, dragado y relleno de cuerpos de agua, cenotes, lagunas, reholladas y manglar, por lo que se satisface este criterio.

MAE-14 Complementario a los sistemas de abastecimiento de agua potable, en todas las construcciones se deberá contar con infraestructura para la captación de agua de lluvia.

No existe un sistema de abasto de agua potable en la zona del proyecto. El agua se transporta al predio en pipas y se almacena en depósitos elevados desde los que se distribuye por gravedad. Las construcciones existentes carecen de infraestructura para la captación de agua de lluvia dado que son estructuras rústicas, con techumbre de huano o zacate y en la zona no se adolece de falta de abasto del líquido. Sin embargo, en caso que la autoridad lo señale se implementará algún sistema de captación.

MAE-15 El aprovechamiento de aguas subterráneas deberá justificarse con estudios geohidrológicos, aprobadas por la CNA para garantizar que la extracción no produce intrusión salina.

La empresa promovente no lleva a cabo el aprovechamiento de aguas subterráneas ya que adquiere todo el líquido que se requiere en la operación del Hotel Diamante K del organismo operador del agua –CAPA- con sede en la localidad de Tulum (se anexan recibos comprobatorios).

MAE-17 Se deberá mantener o en su caso restaurar la vegetación de la zona federal y cuerpos de agua.

Las obras ejecutadas no han alterado la presencia de vegetación nativa en la zona federal frente al predio, la cual se mantiene en condiciones naturales. No existen cuerpos de agua al interior del predio.

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CRITERIO TEXTO DEL CRITERIO VINCULACIÓN CON EL PROYECTO

MAE-18 Se deberá mantener o en su caso restaurar la vegetación de la zona

perimetral a los cuerpos de agua. No existen cuerpos de agua al interior del predio, por lo que no es aplicable este criterio.

MAE-21 Sólo se permite despalmar hasta el 15 % de la cobertura vegetal del predio, con excepción del polígono de la UGA 7 que incluye al área de X´cacel- X´cacelito.

El área de aprovechamiento total al interior del predio se estima en 3,427 m2 que representa 52 % de su superficie, sin embargo, las obras que hoy conforman el Hotel Diamante K ocupan una huella o superficie de desplante de 1,335.78 m2 que representan 20.41 % de la superficie total del predio y 34.71 % de la sección costera. La operación del Hotel Diamante K no implica incremento alguno en la superficie ya despalmada al interior del predio y los desmontes fueron realizados por el anterior propietario.

MAE-22 Para cualquier despalme de la cobertura vegetal en predios privados, además de la SEMARNAT, será necesario contar con la aprobación del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

No se pretende realizar despalme alguno, pero en caso necesario se solicitará la aprobación del INAH.

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MAE-23 La reforestación deberá realizarse con flora nativa. Al interior del predio no se requieren acciones de reforestación ya que no existen áreas sin vegetación suficientemente grandes para llevar a cabo esta actividad. Sin embargo, en caso de necesidad, la reforestación se haría sólo con especies de flora nativa.

MAE-24 No se permite modificar o alterar física y/o escénicamente dolinas, cenotes y cavernas.

Al interior del predio no existen dolinas, cenotes o cavernas susceptibles de ser alteradas, por lo que es aplicable este criterio.

MAE-25 No se permitirá el dragado, relleno, excavaciones, ampliación de los cenotes y la remoción de la vegetación, salvo en caso de rescate, previo estudio de impacto ambiental.

Al interior del predio no existen cenotes por lo que no es aplicable este criterio.

MAE-26 Se prohibe el desmonte, despalme o modificaciones a la topografía en un radio de 50 m. alrededor de los cenotes, dolinas y/o cavernas.

Al interior del predio no existen dolinas, cenotes o cavernas, por lo que es aplicable este criterio.

MAE-27 La utilización de cavernas y cenotes estará sujeta a una evaluación de impacto ambiental y estudios ecológicos que permitan generar medidas que garanticen el mantenimiento de la biodiversidad; promoviendo además la autorización para su uso ante la Comisión Nacional del Agua.

Al interior del predio no existen cenotes o cavernas, por lo que es aplicable este criterio.

MAE-29 Los proyectos a desarrollar deberán garantizar la conectividad de la vegetación nativa entre predios colindantes para la movilización de fauna silvestre.

El proyecto que se manifiesta no es una obra a desarrollar, sin embargo, al interior del predio se conserva la conectividad de la vegetación, por lo que se cumple con este criterio.

MAE-30 En zonas inundables no se permite la alteración de los drenajes naturales principales.

La fracción poniente del predio –localizada al Oeste del camino Tulum Ruinas-Punta Allen- presenta una sección que corresponde a una zona inundable la cual se mantiene en condiciones naturales, por lo que se cumple con este criterio.

MAE-31 Las obras autorizadas sobre manglares deberán garantizar el flujo y reflujo superficial del agua a través de un estudio geohidrológico.

La operación del Hotel Diamante K no incluye obras sobre manglares, por lo que no es aplicable este criterio.

MAE-32 Se prohibe la obstrucción y modificación de escurrimientos pluviales.

Las obras existentes en el predio no obstruyen los escurrimientos pluviales naturales ni impiden el libre flujo de éstos o su infiltración.

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MAE-33 Se promoverá el control integrado en el manejo de plagas, tecnologías, espacio y disposición final, de envases de plaguicidas.

Las plagas se controlan al interior del predio mediante fumigación periódica con un insecticida comercial a base de Cipermetrina que es un compuesto que es eliminado relativamente rápido del ambiente y sus residuos no se acumulan en forma significativa (se anexa ficha técnica). Como parte de las medidas de mitigación propuestas se incluye el manejo de los envases vacíos como residuos peligrosos y su disposición final a través de una empresa autorizada por la SEMARNAT.

MAE-40 Solo se permitirá desmontar la cobertura vegetal necesaria para la restauración y mantenimiento del sitio arqueológico.

El predio de interés se localiza fuera del sitio arqueológico propiamente dicho y, además, la operación del Hotel Diamante K no implica el desmonte de la cobertura vegetal por lo que no se incumple este criterio.

MAE-45 El aprovechamiento, tala y relleno del manglar en ningún caso deberá de exceder el 10% de la cobertura incluida en el predio y deberá realizarse de tal forma que no se afecte la continuidad y calidad de los procesos hidrodinámicos y dinámica poblacional de las especies de manglar, así mismo deberá garantizarse la permanencia del 90 % de manglar restante. La porción a desmontar no deberá rebasar el porcentaje de despalme permitido para el predio.

La operación del Hotel Diamante K no implica el aprovechamiento, tala o relleno de manglar por lo que no se incumple este criterio.

MAE-47 El aprovechamiento de los cuerpos de agua se deberá justificar con estudios geohidrológicos aprobados por la Comisión Nacional del Agua.

La operación del Hotel Diamante K no implica el aprovechamiento de cuerpos de agua por lo que no se incumple este criterio.

MAE-48 Solo se permite la utilización de fertilizantes orgánicos, herbicidas y plaguicidas biodegradables en malezas, zonas arboladas, derechos de vía y áreas verdes.

De acuerdo con el promovente no se utilizan fertilizantes, herbicidas o plaguicidas en las zonas arboladas y áreas verdes del hotel, ya que sólo se practican controles de fauna nociva al interior de las cabañas y del restaurante.

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MAE-49 En las áreas verdes solo se permite sembrar especies de vegetación nativa.

En las áreas verdes del proyecto se mantienen ejemplares adultos de flora nativa y no se tiene previsto la siembra de nuevos ejemplares o semillas de especies exóticas, por lo que se considera se cumple con este criterio.

MAE-50 En las unidades aptas para la protección ecológica, únicamente se permitirá llevar a cabo las actividades recreativas, científicas o ecológicas, que contemple el programa de manejo que se diseñe para tal efecto.

En la sección poniente del predio promovente pretende llevar a cabo actividades como la instalación de un sistema de tratamiento de aguas residuales y de generadores eólicos, siempre y cuando la autoridad lo determine viable.

MAE-52 La reforestación en áreas urbanas y turísticas deberá realizarse con flora nativa, o aquella tropical que no afecte a esta misma vegetación, que no perjudique el Desarrollo Urbano y que sea acorde al paisaje caribeño.

Al interior del predio no se requieren acciones de reforestación ya que no existen áreas sin vegetación suficientemente grandes para llevar a cabo esta actividad. Sin embargo, en caso de necesidad, la reforestación se haría sólo con especies de flora nativa.

MAE-53 Se prohíbe la utilización de fuego o productos químicos para la eliminación de la cobertura vegetal y/o quema de deshechos vegetales producto del desmonte.

Al interior del predio no se observó evidencia alguna de uso del fuego o de productos químicos para la eliminación de cobertura vegetal o quema de desechos vegetales producto del desmonte, por lo que se concluye que no se incumple este criterio.

MAE-54 Las áreas que se afecten sin autorización, por incendios, movimientos de tierra, productos o actividades que eliminen y/o modifiquen la cobertura vegetal no podrán ser comercializados o aprovechados para ningún uso en un plazo de 10 años y deberán ser reforestados con plantas nativas por sus propietarios, previa notificación al municipio.

El promovente manifiesta que adquirió el predio con las construcciones o edificaciones que éste presenta actualmente y únicamente ha llevado a cabo la restauración de las mismas y de las instalaciones para garantizar una adecuada operación. Dichas obras fueron realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y por ende no requirieron autorización en materia de impacto ambiental. Existe documentación que prueba el uso del predio desde el año 1955 cuando su anterior propietario fundó el rancho “Dzibac-Tun” y llevó a cabo la construcción de obras mismas que fueron documentadas por la SEDUE en el año 1990 de acuerdo con el oficio DS.142.0.001. (ver anexos).

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MAE-55 Se prohíbe la acuacultura en cuerpos de agua naturales. La operación del Hotel Diamante K no incluye la práctica de acuacultura en cuerpos de agua por lo que no le es aplicable este criterio.

TU-03 Se podrán llevar a cabo desarrollos turísticos con una densidad neta de hasta 30 cuartos/ha en el área de despalme permitida.

19 de las 30 cabañas rústicas que oferta el Hotel Diamante K para uso turístico, no pueden ser consideradas como cuarto de hotel en los términos en que el glosario de este instrumento los define, ya que carecen de baños al interior de la habitación. Adicionalmente, no existe en este instrumento equivalencia alguna entre cuarto de hotel y cabaña, por lo que no es posible determinar la densidad neta del proyecto apoyándose en este instrumento. No obstante, si se contabiliza el número de cabañas, considerando cada una como unidad de alojamiento, entonces la densidad neta del hotel es de 45.85 unidades/hectárea (30 unidades/0.6543 hectáreas); por otra parte, si se contabiliza las cabañas con baño interno (11) como un cuarto y las demás en función de los baños que comparten (6), considerando cada uno como si se tratase de un cuarto, entonces la densidad neta del hotel es 25.98 unidades/hectárea (17 baños/0.6543 hectáreas); o bien, si se considera la capacidad de alojamiento como unidad de medida, se tiene que la densidad máxima es de hasta 113 huéspedes/hectárea (74 huéspedes/0.6543 hectáreas). De cualquier manera lo importante no es determinar la densidad en términos cuantitativos, sino establecer se ésta da lugar a impactos ambientales significativos, situación que se discute y valora en el capítulo V de este manifiesto.

TU-05 Se prohibe la construcción de cuartos hoteleros. El promovente no pretende la construcción de más cuartos hoteleros, sino la operación de los ya existentes.

TU-10 Las actividades recreativas deberán contar con un programa integral de manejo de residuos sólidos y líquidos.

El promovente no ofrece actividades recreativas entre sus servicios, ya que únicamente se orienta a los servicios de alojamiento y de alimentos y bebidas; de cualquier manera

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como parte de las medidas de mitigación de impactos que se proponen para la adecuada operación del Hotel Diamante K, se elaborará e instrumentará un plan de manejo de residuos.

TU-11 Las actividades recreativas deberán contar con un reglamento que minimice impactos ambientales hacia la flora, fauna y formaciones geológicas.

El promovente no ofrece como parte de los servicios del Hotel Diamante K actividades recreativas, por lo que no le es aplicable este criterio.

TU-15 Las edificaciones no deberán rebasar la altura promedio de la vegetación arbórea del Corredor que es de 12.0 m.

Las edificaciones que forman parte del hotel, salvo el depósito de agua elevado en el cual se ha habilitado una habitación, cumplen con este criterio y no rebasan la altura promedio de la vegetación arbórea del Corredor.

TU-12 En el espeleobuceo no se permitirá molestar, capturar o lastimar a la fauna cavernícola ni modificar, ni alterar o contaminar el ambiente de la caverna.

El promovente no ofrece servicios que impliquen actividades de espeleobuceo por lo que le es aplicable este criterio.

TU-13 Solo se permitirá el uso eco turístico del manglar y los humedales bajo las modalidades de contemplación de la naturaleza, senderismo, campismo y paseos fotográficos.

El promovente no ofrece servicios que impliquen actividades en los manglares o humedales.

TU-14 Solo se permite la práctica del campismo, rutas interpretativas, observación de flora y fauna y paseos fotográficos.

El promovente no lleva a cabo actividades en la sección poniente del predio.

TU-17 La construcción de hoteles e infraestructura asociada ocupará como máximo el 10 % del frente de playa del predio que se pretenda desarrollar.

El proyecto que se manifiesta no incluye la construcción de un hotel sino su operación, en el que las obras ya están construidas, por lo que no se puede aplicar este criterio al proyecto.

TU-18 Las actividades turísticas y/o recreativas estarán sujetas a estudios ecológicos especiales que determinen áreas y horarios de actividades, así como la capacidad de carga de conformidad con la legislación vigente en la materia.

La “capacidad de carga” es un concepto difuso en la normatividad mexicana ya que el concepto no está definido en ninguna ley o reglamento, no obstante el REIA de la LGEEPA lo señala como uno de los aspectos a evaluar en las manifestaciones de impacto ambiental (artículo 44). La capacidad de carga turística es un tipo específico de capacidad de carga ambiental, que es la capacidad que posee un ecosistema para mantener organismos mientras mantiene su productividad, adaptabilidad y capacidad de regeneración, se

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refiere a la capacidad biofísica y social del entorno respecto de la actividad turística y su desarrollo (Wolters, 1991, citado por Ceballos-Lascuráin, 1996) y representa el máximo nivel de uso por visitantes que un área puede mantener, esto es, el límite de la actividad humana, pues si éste es excedido, el recurso se deteriorará (Ceballos-Lascuráin, 1996). Para determinarla la técnica más reconocida en los últimos tiempos es el “límite de cambio aceptable” o LCA (LAC por sus siglas en inglés), que es un procedimiento que permite establecer un umbral a partir del cual se pueden tomar decisiones de manejo que lleven a reducir el nivel de impacto en un área definida, mientras se garantiza su aprovechamiento sustentable. El proyecto no compromete la capacidad de carga de los ecosistemas del área de estudio, pues el volumen anual de turistas que aporta a la zona representa apenas 1.45 % de la carga turística que recibe la zona arqueológica de Tulum (datos de 2005), cifra seguramente se diluye en el volumen no cuantificado de visitantes a los desarrollos turísticos y recreativos asentados en la zona costera del área de estudio.

TU-21 En los casos en que las zonas aptas para el turismo colinden con alguna área natural protegida, deberán establecerse zonas de amortiguamiento entre ambas, a partir del límite del área natural protegida hacia la zona de aprovechamiento.

Existió controversia entre si el predio de interés formaba parte de la superficie decretada como área natural protegida o no, situación que ya has sido resuelta en juzgados, a favor del promovente, en el sentido que no le es aplicable el decreto de creación del área natural protegida Parque Nacional Tulum. Independientemente de lo anterior este criterio no establece ni las características, ni las dimensiones, ni los propósitos, ni la cantidad de “las zonas de amortiguamiento” que señala, convirtiéndolo así en imposible de cumplir. Dado que nadie está obligado a la imposible, se considera que no se incumple este criterio.

TU-22 En el desarrollo de los proyectos Turísticos, se deberán mantener La operación del Hotel Diamante K no pone en riesgo

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los ecosistemas excepcionales tales como formaciones arrecifales, selvas subperennifolias, manglares, cenotes y caletas, entre otros; así como las poblaciones de flora y fauna incluidos en la NOM 059.

ecosistemas excepcionales o las poblaciones de especies de flora o fauna incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, por lo que está garantizado que se mantendrán. Lo anterior se deduce con base en las características del hotel y de las actividades que en él se realizan, descritas en el capítulo II de este manifiesto; la proporción del predio respecto de los ecosistemas y áreas de distribución de las poblaciones a las que alude este criterio y que se discuten en el capítulo IV de este manifiesto; y la valoración de los impactos ambientales identificados cuyo análisis se realiza en el capítulo V de este manifiesto.

TU-23 Excepto lo mencionado en el criterio TU 22, en las actividades y los desarrollos turísticos, el área no desmontada quedará distribuida perimetralmente alrededor del predio y del conjunto de las edificaciones e infraestructura construidas.

La operación del Hotel Diamante K no implica llevar a cabo desmontes en áreas actualmente con vegetación, la cual se distribuye prácticamente en todo el predio, salvo en las superficies ocupadas por el desplante de las construcciones existentes.

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TU-24 En las actividades y desarrollos turísticos, el cuidado conservación y mantenimiento de la vegetación del área no desmontada es obligación de los dueños del desarrollo o responsable de las actividades mencionadas, y en caso de no cumplir dicha obligación, se aplicarán las sanciones correspondientes conforme a la normatividad aplicable vigente.

La empresa promovente se encarga del cuidado, conservación y mantenimiento de las áreas con vegetación natural localizadas al interior del predio, así como de los ejemplares de flora nativa dispersos en el predio, por lo que se cumple con este criterio. Sin embargo, no hay que perder de vista que eventualmente se registran afectaciones naturales a la vegetación por efecto del paso de meteoros o por enfermedad.

TU-34 Los prestadores de servicios turísticos o comerciales y los instructores o guías, deberán proporcionar a los usuarios las condiciones de seguridad necesarias para realizar las actividades para las cuales contraten sus servicios, de acuerdo a la legislación aplicable en la materia.

Los servicios que se ofrecen en el Hotel Diamante K incluyen hospedaje, alimentos y bebidas y tratamientos alternativos de salud, todos los cuales se proporcionan con las condiciones de seguridad que establece la Dirección de Protección Civil.

TU-40 Se prohibe dar alimento a la Fauna silvestre. La operación del Hotel Diamante K no incluye la alimentación de fauna silvestre por lo que no se incumple este criterio.

TU-43 En las Zonas Arqueológicas solo se permite la construcción de obras, infraestructura o desarrollo avaladas por el Instituto Nacional de Antropología e Historia.

El predio de interés no forma parte de la zona arqueológica de Tulum, la cual se ubica a unos 2 Km al Norte.

TU-44 Antes de efectuar cualquier tipo de desarrollo e infraestructura se deberá efectuar un reconocimiento arqueológico y notificar al Instituto Nacional de Antropología e Historia de cualquier vestigio o sacbé (camino blanco maya) que se encuentre.

Al interior del predio no existe en la actualidad vestigio arqueológico alguno, pero no puede asegurarse que no haya existido en el pasado.

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TU-45 Se consideran como equivalentes: Una villa a 2.5 cuarto de hotel. Un departamento, estudio o llave hotelera a 2.0 cuarto de hotel. Un cuarto de clínica hotel a 2.0 cuarto de hotel Un Camper sencillo y cuarto de motel a 2.0 cuarto de hotel. Una Junior suite a 1.5 cuarto de hotel. Una suite a 2.0 cuarto de hotel. Se define como cuarto hotelero tipo al espacio de alojamiento destinado a la operación de renta por noche, cuyos espacios permiten brindar al huésped servicios sanitarios, área dormitorio para dos personas, guarda de equipaje y área de estar y no incluirá locales para preparación o almacenamiento de alimentos y bebidas. La cuantificación del total de cuartos turísticos incluye las habitaciones necesarias del personal de servicio, sin que esto incremente su número total.

Este criterio no establece equivalencia para el tipo de espacios de hospedaje que oferta el Hotel Diamante K, que son cabañas rústicas de diferentes características y capacidades, algunas de las cuales no incluyen el servicio sanitario al interior de la habitación (19), por lo que, con base en la definición de cuarto hotelero no pueden ser consideradas como tales. De hecho sólo sólo 11 de las 30 cabañas con uso turístico presentes en el predio cumplen con las características para ser consideradas cuarto hotelero, mientras que las demás no. Independientemente de lo anterior, la capacidad de alojamiento instalada, es decir, el número máximo de huéspedes que puede soportar el Hotel Diamante K en un momento dado, es de 74 personas; mientras que la capacidad máxima de comensales que se puede atender simultáneamente en el restaurante es de 26 personas y de 17 en el bar.

AF-01 Solo se permite colectar frutos, semillas o restos de madera con fines de subsistencia.

La operación del Hotel Diamante K no incluye actividades como la colecta de frutos, semillas o restos de madera por lo que no se incumple este criterio.

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III.2.2 Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tulum 2006-20307 De acuerdo con la zonificación de usos y destinos del suelo que establece el Programa de desarrollo urbano del centro de población de Tulum 2006-2007 (PDU-CPT) aprobado en junio de 2007 por el Cabildo del Municipio de Tulum pero publicado hasta abril de 2008, el predio de interés se localiza en un área clasificada como Parque Natural (PN) comprende áreas de preservación ambiental que funcionarán como áreas de amortiguamiento entre la zonificación de preservación de cauces de ríos subterráneos y las usos rústicos de transición urbano–rurales (Figura 14). En esta zona sólo se permite el aprovechamiento de bajo impacto dirigido a la generación de infraestructura turística de apoyo bajo las siguientes normas:

Se prohíbe la construcción de cuartos hoteleros.

Solo podrá utilizarse el 7 % de la superficie del terreno para instalaciones turísticas entendiéndose a aquellas que faciliten actividades recreativas, culturales, consumo de alimentos, sanitarios y vestidores. El resto del 90 % se destinará a la cobertura vegetal y se sujetará a las actividades de preservación ecológica de flora y fauna.

Se utilizarán elementos característicos de arquitectura tradicional con edificaciones de baja altura (máximo 5 metros) o un nivel constructivo. Toda edificación se agrupará para maximizar espacios naturales con vegetación endémica.

Los materiales permitidos serán de tipo rústicos y sustentables (carrizos, bambú, palmas, embarro o bajareque y madera) en pisos, techos y paredes. No se permite la construcción de ningún tipo de estructura temporal o permanente en áreas superficiales y subterráneas con los siguientes materiales: concretos, tabique, láminas de asbesto, plásticos, losetas, estructuras metálicas y todo aquel material en piso, paredes y techos que obstruya, altere o modifique la calidad paisajística y que impida la permeabilidad.

Los elementos complementarios como: mobiliario urbano, señalización turística, preventiva e informativa deberán ser elaborados con materiales alternativos y serán acordes al contexto paisajístico.

Las rutas y senderos ecológicos no excederán el 3 % de la superficie total del predio, serán delimitados con materiales permeables: madera, gravas, rocas o arenas etc. que garantice la permeabilidad total. Queda prohibida la pavimentación de cualquier camino y acceso al predio. Se deberán considerar la accesibilidad para personas con discapacidad y adultos mayores con criterios de seguridad y alta calidad en sus materiales constructivos.

No se permitirá la realización de caminos sobre manglares, aquellos caminos existentes sobre humedales deberán adecuarse con puentes, que garanticen los flujos hidrodinámicos y el libre tránsito de fauna, tanto acuática como terrestre.

La infraestructura para la dotación de alumbrado y energía eléctrica requerida deberá contemplar fuentes alternativas de energía (captación de luz solar, etc.).

7 Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo del 9 de abril de 2008, en el Tomo I, número

37, extraordinario.

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Se prohíbe la instalación de infraestructura de comunicación (postes, torres, estructuras, equipamiento, edificios, líneas y antenas). Salvo la que determine en su momento el Programa de Manejo del Área Natural Protegida.

Los prestadores de servicios turísticos o comerciales y los instructores o guías, deberán proporcionar a los usuarios las condiciones de seguridad necesarias para realizar las actividades para las cuales contraten sus servicios, de acuerdo a la legislación.

Se promoverá el composteo de los desechos orgánicos, para su utilización como fertilizantes orgánicos degradables en las áreas verdes.

Los sanitarios serán de tipo secos compostero que eviten la contaminación al suelo y subsuelo y la proliferación de fauna nociva hacia las zonas suburbanas y rurales.

Queda prohibida la descarga de aguas residuales crudas al suelo y subsuelo.

Queda prohibida la construcción de pozos de absorción para el drenaje doméstico.

Se prohíbe la desecación, dragado y relleno de cuerpos de agua, cenotes, lagunas, rejolladas y manglar.

Se deberá contar con infraestructura para la captación y aprovechamiento del agua de lluvia.

El aprovechamiento de aguas subterráneas deberá garantizarse con estudios geohidrológicos, aprobadas por la CNA para justificar que la extracción no produce intrusión salina.

Se prohíbe el desmonte, despalme o modificaciones a la topografía en un radio de 50 metros alrededor de los cenotes, dolinas y/o cavernas.

La utilización de cavernas y cenotes estará sujeta a una evaluación de impacto ambiental y estudios ecológicos que permitan generar medidas que garanticen el mantenimiento de la biodiversidad; promoviendo además la autorización para uso ante la Comisión Nacional del Agua.

El aprovechamiento de los cuerpos de agua se deberá justificar con estudios geohidrológicos aprobados por la CNA.

Toda actividad recreativa deberá contar con un programa integral de manejo de residuos sólidos y líquidos y con un reglamento que minimice impactos ambientales hacia la flora, fauna y formaciones geológicas.

Previo a la realización de cualquier tipo de desarrollo e infraestructura se realizará un reconocimiento arqueológico y notificar al Instituto de Antropología e Historia de cualquier vestigio o sacbé (camino blanco maya) que se encuentre.

El proyecto “Operación del Hotel Diamante K, en Tulum, Quintana Roo” no tiene una etapa constructiva por lo que no le son aplicables las normas urbanas que establece este instrumento y que dictan los criterios de construcción, superficie de aprovechamiento o tipo de construcciones que se permiten. Sin embargo, son de interés los criterios que norman la operación de proyectos como la promoción del composteo y evitar la descarga de aguas residuales al suelo y subsuelo.

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En este sentido, se manifiesta que estas normas se incorporan a los compromisos ambientales que asumirá el promovente con la autorización del presente manifiesto de impacto ambiental. No hay que perder de vista que aunque este instrumento de política urbana está vigente las obras que conforman el Hotel Diamante K fueron construidas con antelación a su publicación −incluso con antelación a cualquier instrumento de política urbana que se haya generado para la zona- y no éste no puede ser aplicado de manera retroactiva en perjuicio del promovente.

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Figura 14. Carta de zonificación de usos y destinos del suelo del Programa de desarrollo urbano del centro de población de Tulum 2006-2007.

Hotel Diamante K

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III.3. OTROS INSTRUMENTOS NORMATIVOS

III.3.1 Normas Oficiales Mexicanas

III.3.1.1. Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 Esta Norma Oficial Mexicana establece el listado de especies nativas de México de flora y fauna silvestres, categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio. Es de observancia obligatoria para las personas físicas o morales que promuevan la inclusión, exclusión o cambio de las especies o poblaciones silvestres en alguna de las categorías de riesgo en el territorio nacional, establecidas por esta Norma. Dado que el promovente no pretende promover inclusión, exclusión o cambio de especies o poblaciones silvestres en alguna de las categorías de riesgo, esta Norma no es aplicable al proyecto en este sentido, sin embargo, es un referente para la aplicabilidad de algunos artículos de la Ley General del Equilibrio y la Protección al Ambiente así como de la Ley General de Vida Silvestre.

III.3.1.2. Norma Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-1994 Esta Norma establece, para fuentes fijas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos o gaseosos o cualquiera de sus combinaciones, los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de humos, partículas suspendidas totales, bióxido de azufre y óxidos de nitrógeno y los requisitos y condiciones para la operación de los equipos de calentamiento indirecto por combustión, así como los niveles máximos permisibles de emisión de bióxido de azufre en los equipos de calentamiento directo por combustión. Es de observancia obligatoria para el uso de los equipos de generación eléctrica que utilizan la tecnología de ciclo combinado. De acuerdo con la Norma una fuente fija es “la instalación o conjunto de instalaciones pertenecientes a una sola persona física o moral, ubicadas en una poligonal cerrada que tenga como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, comerciales o de servicios o actividades que generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera”, por lo que la planta generadora instalada en el predio puede considerarse una fuente fija. Los responsables de los equipos de combustión de las fuentes fijas deberán observar, según proceda, los siguientes requisitos de operación:

Llevar una bitácora de operación y mantenimiento de los equipos de combustión, medición y análisis de las emisiones y de los certificados de calidad del combustible empleado.

La bitácora deberá tener como mínimo la siguiente información:

Control de operación: fecha, turno, hora de reporte, presión de vapor, temperatura de gases, temperatura del agua de alimentación, temperatura y presión de combustión, color del humo, purga de fondo, purga de nivel, disparo de válvula de seguridad, consumo de

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combustible. Controles: de presión, bomba de agua de alimentación paro y arranque, paro por fallo de flama.

Control de emisiones contaminantes: eficiencia, temperatura de gases, aire en exceso, O2, CO2, opacidad de humo, datos del combustible empleado según certificado, análisis de emisiones según Tabla 6: densidad de humo, partículas (PST), bióxido de azufre, óxidos de nitrógeno y análisis de agua de alimentación.

La medición y análisis deben realizarse con la frecuencia y métodos que establece la Norma en su Tabla 6.

Los equipos nuevos deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera, establecidos en la Tabla 5 de la Norma.

III.3.2 Decreto del área natural protegida Parque Nacional Tulum El Parque Nacional Tulum8 se localiza en el estado de Quintana Roo en el municipio de Tulum, entre los kilómetros 179 y 183 de la carretera federal número 307, aproximadamente a 130 km al sur de Cancún, dentro de la región turística costera denominada Riviera Maya. Esta área natural protegida ocupa una superficie total de 6’643,213.00 m2 y se delimita al norte por la latitud 20o 15’ 55”, hacia el este por la longitud 87o 24’ 34”, hacia el sur por la latitud 20o 11’ 00” y hacia el oeste por la longitud 87o 27’ 00”. El Parque Nacional Tulum colinda hacia el noroeste con la carretera federal 307 y terrenos de propiedad privada, hacia el este con la zona federal marítimo terrestre, al sur con la zona federal marítimo terrestre y con el camino Tulum-Boca Paila y la Fracción I del Fundo Legal Tulum, y hacia el oeste con la carretera federal 307 y terrenos de la Fracción I del Fundo Legal Tulum. De acuerdo con el plan de manejo del área9, los días 23 y 30 de abril de 1981 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que por causa de utilidad pública se declaró esta área natural protegida, con categoría de parque nacional, con los objetivos de conservar y acondicionar esta zona en beneficio de la comunidad debido a su belleza, valor científico, educativo y recreacional, así como el de proteger los manglares y cenotes que albergan una flora y fauna características de la región, y que están ligados a las tradiciones, ceremonias y leyendas del pueblo Maya. El decreto delimita un polígono de forma irregular que ocupa una superficie total de 664.32 hectáreas y excluye a la zona arqueológica amurallada de Tulum. El área se distribuye fundamentalmente a lo largo de la zona costera desde el norte del poblado de Tulum, y hasta la zona denominada como Casa Cenote, colindando hacia el este con la zona federal marítimo terrestre y al oeste con la Carretera Federal 307.

8 Texto tomado del documento: Diagnóstico ambiental del Municipio Solidaridad para el Programa de

Ordenamiento Ecológico Local del Municipio Solidaridad (CNEC, 2007).

9Programa de Conservación y Manejo Parque Nacional Tulum, CONANP, 2007, En:

http://pyucatan.conanp.gob.mx/pcymtulum.pdf

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Más aún, con fecha 15 de noviembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se destina al Servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, por conducto de la Región Península de Yucatán, la superficie de 184,409.58 m2 de zona federal marítimo terrestre ubicada en playas adyacentes al Parque Nacional Tulum, con el objeto de que la utilice para la protección y mantenimiento del estado natural para la conservación de flora y fauna nativa, específicamente para la instrumentación del Programa Nacional de Conservación de las Tortugas Marinas, caguama y blanca en peligro de extinción. El objetivo general del área es conservar, proteger y recuperar los ecosistemas del Parque Nacional Tulum y sus elementos, a través de un adecuado manejo y administración del área, con la participación de los sectores gubernamentales y sociales involucrados. Mientras que los objetivos particulares son:

Conservar los recursos naturales del Parque Nacional Tulum y proteger sus comunidades y ecosistemas.

Permitir la recuperación de esta área debido a su importancia ecológica, valor científico, educativo y recreacional, así como por su belleza escénica.

Preservar una zona representativa de los ambientes costeros de la Riviera Maya.

Proteger los manglares y cenotes que albergan una flora y fauna características de la región, y que están ligados a las tradiciones, ceremonias y leyendas del pueblo Maya.

Favorecer la realización de investigaciones y estudios, que por un lado amplíen y profundicen el conocimiento del Parque y que contribuyan a plantear métodos de manejo y alternativas de uso sustentable de los recursos.

Generar, rescatar y divulgar conocimientos, prácticas y tecnologías, tradicionales o nuevas que permitan la preservación del área.

Debido a imprecisiones cartográficas propias de la época en que fue decretada esta área natural protegida, con el tiempo surgieron dudas respecto de sus límites. La superficie definitiva del Parque Nacional de Tulum (648-25-39.44 hectáreas) y su ubicación geográfica correcta fue determinada por la CONANP en 2006 en un plano oficial denominado “Parque Nacional de Tulum” con clave PN 064, con escala 1:15,000 elaborado por la Dirección General de Manejo para la Conservación en Mayo de 2006 (Figura 15). Al vincular espacialmente el predio de interés con el plano oficial del área natural protegida Parque Nacional Tulum se observa que éste está incluido en el área decretada (Figura 16), sin embargo, la promovente interpuso un juicio de amparo ante el Juez Segundo Federal en el Estado de Quintana Roo, con número 496/2007, cuya sentencia definitiva del 16 de julio de 2009 indica que dicho decreto no le es aplicable.

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Figura 16. Plano Oficial del Parque Nacional Tulum, CONANP, 2006.

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Figura 16. Carta de vinculación con el área natural protegida Parque Nacional Tulum. FUENTE: Elaboración propia a partir del plano oficial del Parque Nacional Tulum, CONANP, 2006.

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III.3.3 Decreto de Zona de Monumentos Arqueológicos El 8 de diciembre de 1993, para atender convenientemente a la preservación del legado arqueológico que contiene el área de Tulum-Tankah, sin alterar o lesionar su armonía, se publicó en el DOF el decreto por el cual se declaró como Zona de Monumentos Arqueológicos un polígono que abarca el Parque Nacional Tulum y las zonas arqueológicas de Tulum y Tankah, cubriendo una superficie total de 691.49 hectáreas, incorporándolo al régimen de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. Dicha ley dispone que sea de utilidad pública la investigación, protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos y zonas de monumentos arqueológicos como parte integrante del patrimonio cultural de la nación.

III.3.4 Regiones prioritarias para la biodiversidad Con el fin de optimar los recursos financieros, institucionales y humanos en materia de conocimiento de la biodiversidad en México, la CONABIO ha impulsado un programa de identificación de regiones prioritarias para la biodiversidad, considerando los ámbitos terrestre (regiones terrestres prioritarias), marino (regiones prioritarias marinas) y acuático epicontinental (regiones hidrológicas prioritarias), para los cuales, mediante sendos talleres de especialistas, se definieron las áreas de mayor relevancia en cuanto a la riqueza de especies, presencia de organismos endémicos y áreas con un mayor nivel de integridad ecológica, así como aquéllas con mayores posibilidades de conservación en función a aspectos sociales, económicos y ecológicos. Con este marco de planeación regional, se espera orientar los esfuerzos de investigación que optimicen el conocimiento de la biodiversidad en México (CONABIO10, 2008).

III.3.4.1. Regiones terrestres prioritarias El Proyecto Regiones Terrestres Prioritarias (RTP), en particular, tiene como objetivo general la determinación de unidades estables desde el punto de vista ambiental en la parte continental del territorio nacional, que destaquen la presencia de una riqueza ecosistémica y específica comparativamente mayor que en el resto del país, así como una integridad ecológica funcional significativa y donde, además, se tenga una oportunidad real de conservación (Arriaga, L., et al11, 2000). Como producto de este proyecto se obtuvo un mapa en escala 1:1’000,000 con 152 regiones prioritarias terrestres para la conservación de la biodiversidad en México, que cubren una superficie de 515,558 Km2, correspondiente a más de la cuarta parte del territorio.

10

En: http://www.conabio.gob.mx/conocimiento/regionalizacion/doctos/regionalizacion.html

11 Arriaga, L., J.M. Espinoza, C. Aguilar, E. Martínez, L. Gómez y E. Loa (coordinadores). 2000. Regiones

terrestres prioritarias de México. Comisión Nacional para el Conocimiento y uso de la Biodiversidad. México. En: http://www.conabio.gob.mx/conocimiento/regionalizacion/doctos/terrestres.html

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En Quintana Roo se identifican al menos cinco regiones terrestres prioritarias (RTP 146, 147, 148, 149 y 150), sin embargo, ninguna de ellas se establece sobre el área de interés. La más próxima corresponde a la región 147 denominada Sian Ka’an-Uaymil-Xcalak, localizada al sur (Figura 17).

III.3.4.2. Regiones prioritarias marinas La vastedad de los ecosistemas marinos es una de las principales razones por las que su conocimiento e información son, frecuentemente, escasos y fragmentados. Sin embargo, la intrincada dependencia del hombre de los recursos y la conciencia de que estos recursos están siendo fuertemente impactados por las mismas actividades humanas, ha planteado la necesidad de incrementar el conocimiento sobre el medio marino, a todos los niveles, para emprender acciones que conlleven a su mantenimiento, conservación, recuperación o restauración (Arriaga Cabrera, L., et al 12, 1998). Se identificaron, delimitaron y caracterizaron 70 áreas costeras y oceánicas consideradas prioritarias por su alta diversidad biológica, por el uso de sus recursos y por su falta de conocimiento sobre biodiversidad. De la misma forma, se identificaron las amenazas al medio marino de mayor incidencia o con impactos significativos en nuestras costas y mares, de acuerdo con las cuales se hicieron recomendaciones para su prevención, mitigación, control o cancelación. La totalidad del litoral costero de Quintana Roo está inscrito como una región marina prioritaria. En total existen nueve regiones (RMP 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69 y 70) pero el predio de interés se localiza en la región 64 denominada Tulum-Xpuha (Figura 18), que de acuerdo con la ficha técnica de la CONABIO es la zona con mayor aporte de agua dulce al mar y soporta una biodiversidad compuesta por moluscos, poliquetos, corales, equinodermos, crustáceos, peces, tortugas, aves, mamíferos marinos, manglares y selva baja. Además, presenta endemismo de vegetación en dunas y manglares (Echites yucatanensis, Vallesia antillana, Rhacoma gaumeri, Caesalpinia yucatanensis, Hampea trilobata, Coccothrinax readi, Thrinax radiata, Coccoloba ortizii, Hymenocallis caribae, Ziziplus yucatanensis, Passiflora xiikzodz, Chamaesyce cozumelensis, Matelea yucatanensis, Solanum yucatanum), peces (Ophisternon infernale, Ogilbia pearsei, Astyanax altior), Speleonectes tulumensis. Y es zona de reproducción y refugio de manatí, tortugas y peces ciegos (hábitat permanente). Para la conservación la CONABIO sugiere ampliar el perímetro de protección de cenotes, más allá de los 100 m que tiene actualmente, considerando las áreas de alimentación subterráneas, los cambios en el desarrollo urbano y turístico. También propone como áreas protegidas los arrecifes de Xaman-Ha y Xcacel (área de reproducción de tortugas).

12

Arriaga Cabrera, L., E. Vázquez Domínguez, J. González Cano, R. Jiménez Rosenberg, E. Muñoz López, V. Aguilar Sierra (coordinadores). 1998. Regiones marinas prioritarias de México. Comisión Nacional para el Conocimiento y uso de la Biodiversidad. México. En: http://www.conabio.gob.mx/ conocimiento/regionalizacion/doctos/marinas.html

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III.3.4.3. Regiones hidrológicas prioritarias En mayo de 1998, la CONABIO inició el Programa de Regiones Hidrológicas Prioritarias, con el objetivo de obtener un diagnóstico de las principales subcuencas y sistemas acuáticos del país considerando las características de biodiversidad y los patrones sociales y económicos de las áreas identificadas, para establecer un marco de referencia que pueda ser considerado por los diferentes sectores para el desarrollo de planes de investigación, conservación uso y manejo sostenido (Arriaga, L., et al 13, 2002). Se identificaron 110 regiones hidrológicas prioritarias por su biodiversidad, de las cuales 82 corresponden a áreas de uso y 75 a áreas de alta riqueza biológica con potencial para su conservación; dentro de estas dos categorías, 75 presentaron algún tipo de amenaza. Se identificaron también 29 áreas que son importantes biológicamente pero carecen de información científica suficiente sobre su biodiversidad. La totalidad de la franja costera y las islas de Quintana Roo están inscritas como alguna región hidrológica prioritaria. En total existen once regiones (RHP 96, 99, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109 y 110) pero los lotes de interés se localizan en la región 107 denominada Cenotes Tulum-Cobá (Figura 19), para la cual se reportan los tipos de vegetación selva mediana subcaducifolia, selva baja inundable, palmar inundable y sabana. De acuerdo con la ficha técnica para esta región, la Flora característica corresponde a Acacia globulifera, tasiste Acoelorrhaphe wrightii, Annona glabra, Atriplex cristata, Bactris balanoidea, Bucida buceras, chaca Bursera simaruba, Caesalpinia gaumeri, Cameraria latifolia, Capparis flexuosa, C. incana, Coccoloba reflexiflora, C. uvifera, palmas nakax Coccothrinax readii y Pseudophoenix sargentii, Cordia sebestena, Crescentia cujete, Curatella americana, Cyperus planifolius, Dalbergia glabra, Eugenia lundellii, palo tinte Haematoxylum campechianum, Hampea trilobata, Hyperbaena winzerlingii, Ipomoea violacea, chechén Metopium brownei, Pouteria campechiana, P. chiricana, Roystonea dunlapiana. La flora fitoplanctónica de los cenotes generalmente está dominada por diatomeas como Amphora ovalis, Cocconeis placentula, Cyclotella meneghiniana, Cymbella turgida, Diploneis puella, Eunotia maior, E. monodon, Gomphonema angustatum, G. lanceolatum, Nitzchia scalaris, Synedra ulna y Terpsinoe musica.

13

Arriaga, L., V. Aguilar, J. Alcocer. 2002. "Aguas continentales y diversidad biológica de México". Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad. México. En: http://www.conabio.gob.mx/conocimiento/regionalizacion/doctos/hidrologicas.html

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Figura 17. La zona de estudio no se encuentra al interior de alguna de las Regiones Terrestres Prioritarias. La más cercana es la región Sian Ka’an-Uaymil-Xcalak.

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Figura 18. El área de interés se encuentra al interior de la Región Marina Prioritaria Tulum-Xpuha.

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Figura 19. El área de interés se encuentra al interior de la Región Hidrológica Prioritaria número 107, denominada Cenotes Tulum-Cobá.

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La Fauna característica se compone del misidáceo Antromysis cenotensis; el palemónido Creaseria morleyi; el isópodo Creaseriella anops; los copépodos Arctodiaptomus dorsalis, Eucyclops agilis, E. conrowae, Halicyclops caneki, Macrocyclops albidus, Mesocyclops edax, M. longisetus curvatus, M. reidae, Mesocyclops sp., Paracyclops fimbriatus chiltoni, Schizopera toabe cubana, Thermocyclops inversus, Tropocyclops prasinus mexicanus, T. prasinus aff. aztequei, T. prasinus s.str.; los anfípodos Hyalella azteca, Mayaweckelia cenoticola, Quadrivisio lutzi y Tulumella unidens; los decápodos Typhlatya mitchelli y T. pearsei; los ostrácodos Candonocypris serratomarginata, Chlamydotheca mexicana Cypridopsis niagrensis, C. rhomboidea, Cyprinotus symmetricus, C. putei, Darwinula stevensoni, Eucypris cisternina, E. serratomarginata, Herpetocypris meridiana, Metacypris americana, Stenocypris fontinalis, Strandesia intrepida, S. obtusata; los cladóceros Ceriodaphnia rigaudi, Echinisca rosea; de peces como los cíclidos Archocentrus octofasciatus, Cichlasoma friedrichsthali, C. meeki, C. octofasciatum, C. robertsoni, C. salvini, C. synspilum, C. urophthalmus, Petenia splendida y Thorichthys meeki, los poecílidos Belonesox belizanus, el guayacón yucateco Gambusia yucatana, Heterandria bimaculata, Poecilia latipinna, P. mexicana, P. orri y P. petenensis; el carácido Astyanax altior; la anguila americana Anguilla rostrata, Eleotris picta, Megalops atlanticus, Rhamdia guatemalensis, Synbranchus marmoratus. Las especies endémicas reportadas son la planta Enriquebeltrania crenatifolia; el remípedo Speleonectes tulumensis, el ostrácodo Danielopolina mexicana, los anfípodos Mayaweckelia cenoticola, Tuluweckelia cernua y Bahadzia bozanici, el termosbenáceo Tulumella unidens y el isópodo Bahalana mayana, los cuales habitan en cenotes y cuevas; de peces Astyanax altior, Atherinella nov. sp., la brótula ciega Ogilbia pearsei, la anguila Ophisternon infernale y Poecilia velifera, las cuales se encuentran amenazadas por lo reducido y aislado de sus hábitats; de aves la paloma cabeciblanca Columba leucocephala, la chara yucateca Cyanocorax yucatanica, el mímido negro Dumetella glabrirostris, la troglodita yucateca Thryothorus albinucha; todas estas especies amenazadas por aislamiento y contaminación. Otras especies amenzadas de aves son el pavo ocelado Agriocharis ocellata, el zopilote cabeza amarilla Cathartes burrovianus, el hocofaisán Crax rubra, el halcón peregrino Falco peregrinus, el tucán pico multicolor Ramphastos sulfuratus, el zopilote rey Sarcoramphus papa; de mamíferos el tepescuintle Agouti paca, el puercoespín Coendou mexicanus, el jaguarundi Herpailurus yagouaroundi, el ocelote Leopardus pardalis, el tigrillo L. wiedii, el jaguar Panthera onca, el puma Puma concolor, el tapir Tapirus bairdii, el oso hormiguero Tamandua mexicana. Para la conservación la CONABIO recomienda frenar la desforestación, restringir la introducción de especies exóticas y controlar el manejo de aguas residuales.

III.3.5 Áreas de importancia para la conservación de las aves El programa de las AICAS surgió como una idea conjunta de la Sección Mexicana del Consejo Internacional para la preservación de las aves (CIPAMEX) y BirdLife International. Inició con apoyo de la Comisión para la Cooperación Ambiental de Norteamérica (CCA) con el propósito de crear una red regional de áreas importantes para la conservación de las aves, que además sirva como una herramienta para los sectores de toma de decisiones que ayude a normar criterios de priorización y de asignación de recursos para la conservación.

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El programa ha incorporado un total 230 áreas, que incluyen más de 26,000 registros de 1,038 especies de aves (96.3% del total de especies para México según el American Ornithologist’s Union). Adicionalmente, se incluye en al menos un área, al 90.2% de las especies listadas como amenazadas por la ley Mexicana (306 de 339 especies) y al 100 % de las especies incluidas en el libro de Collar et al. (1994, Birds to Watch 2). De las 95 especies endémicas de México (Arizmendi y Ornelas, en prep.) todas están registradas en al menos un área (CONABIO14, 2004). En Quintana Roo se cuentan al menos 10 AICAS identificadas con las claves 171, 174, 176, 177, 178, 179, 180, 187, 197 y 203. Sin embargo, ninguna de ellas abarca el área de interés como puede apreciarse en la Figura 20. La más próxima es el AICA 179 denominada Sian Ka’an y localizada al sur.

III.3.6 Sitios RAMSAR La Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, llamada la Convención de Ramsar, es un tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos. La misión de la Convención es “la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales y nacionales y gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo” (Official site of the secretariat for the Convention on Wetlands15). El Convenio de Ramsar, o Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitats de Aves Acuáticas, fue firmado en la ciudad de Ramsar, Irán, el 2 de febrero de 1971 y entró en vigor en 1975. En diciembre de 2000 contaba con 123 Partes Contratantes (Estados miembros) en todo el mundo (ProDiversitas16). México se adhiere a la Convención a partir del 4 de noviembre de 1986 al incluir a la Reserva de la Biosfera Ría Lagartos como humedal de importancia internacional. En Febrero de 2008, existen 158 partes contratantes, dando un total de 1,720 sitios designados, cubriendo un área de 159 millones de hectáreas. México, por su parte, cuenta con 112 sitios Ramsar en una superficie de ocho millones de hectáreas (CONANP17). En Quintana Roo existen 12 sitios incorporados (claves 1320, 1323, 1329, 1332, 1343, 1351, 1353, 1360, 1364, 1449, más dos sitios sin clave), sin embargo, ninguno de ellos se establece sobre el área de estudio por lo que no son relevantes para el presente manifiesto (Figura 21).

14

En: http://conabioweb.conabio.gob.mx/aicas/doctos/aicas.html

15 http://www.ramsar.org/cda/ramsar/display/main/main.jsp?zn=ramsar&cp=1_4000_2__

16 http://www.prodiversitas.bioetica.org/des23.htm

17CONANP, Dirección de Cooperación Internacional, 2007 En: http://www.conanp.gob.mx/

que_hacemos/humedales1.php

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Figura 20. El área de interés no se encuentra al interior de alguna de las áreas de importancia para la conservación de las aves. La más cercana es el AICA Sian Ka’an.

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Figura 14. El área de interés no se encuentra al interior de alguno de los sitios RAMSAR declarados para Quintana Roo. Al Sur está el más cercano que corresponde al sitio 1329 Sian Ka’an; y al Norte se localiza el sitio 1351 que corresponde a la playa Xcacel-Xcacelito.

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III.4. ESTATUS JURÍDICO AMBIENTAL DEL PROYECTO Las obras que constituyen el Hotel Diamante K y las actividades que se llevan a cabo, servicios de alojamiento y expendio de alimentos y bebidas, han sido objeto de un procedimiento administrativo en contra de Grupo Saint Germain, S.A de C.V. por los hechos y omisiones circunstanciados en el acta de inspección PFPA/SRN/DGIAZ/54/IA-003/08 de fecha 2 de julio de 2008, derivado del cual se ordenó a la empresa la presentación de la autorización en materia de impacto ambiental por la autoridad federal competente. Por lo que, mediante escrito de 15 de diciembre de 2009, la empresa promovente, a través de su representante legal, se allanó al procedimiento administrativo señalado y solicitó se concediera un término prudente para que realice las medidas correctivas ordenadas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA). En respuesta, la PROFEPA emitió el Acuerdo de fecha 13 de enero de 2010 que indica en su acuerdo tercero lo siguiente: “Por lo que se refiere al requerimiento del promovente de que se le conceda un término prudente para que realice las medidas correctivas ordenadas por esta autoridad y subsane las irregularidades detectadas, esta autoridad, de conformidad con el artículo 167 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ordena a la empresa GRUPO SAINT GERMAIN, S.A. DE C.V., que realice las siguientes medidas correctivas:

1. Abstenerse de realizar cualquier obra distinta a la ya construida, así como de realizar las actividades de operación del proyecto “Hotel Diamante K”, en tanto no obtenga la respectiva autorización de impacto ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2. …” Por tanto, para cumplir con dicha orden se elaboró el presente manifiesto de impacto ambiental, modalidad particular, misma que cumple con el contenido mínimo necesario que establece el artículo 30 de la LEGEEPA, pues describe los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la actividad que se manifiesta e incluye medidas preventivas y de mitigación para los impactos detectados, a fin de reducirlos a su mínima expresión, evitando que afecten de manera significativa el ambiente. Además, se ajusta en contenido y alcances a lo señalado en el artículo 12 del REIA de la LGEEPA. Derivado de la vinculación del proyecto con la normatividad aplicable se concluye que no resultan aplicables a este proyecto la LGDFS y la LGVS, toda vez que el proyecto no requiere solicitar el cambio de uso del suelo de áreas forestales o el aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, debido a que el predio se ocupó y parte de las obras se construyeron desde el año de 1955, y posteriormente se realizaron otras en los años 1970 y 1980 como se menciona en la página 30 de este documento. Tampoco es aplicable al proyecto el decreto de área natural protegida del Parque Nacional Tulum, hecho que se sustenta en la sentencia del 16 de julio de 2009 al juicio de amparo 496/07 dictada por el Segundo Juez de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Quintana Roo, (se adjunta copia de la Sentencia) misma que ha quedado firme según lo declararon los Magistrados del Órgano Colegiado de la Segunda Sala en el mes de febrero del 2010. De las obligaciones que establece la LGPGIR, se determina que el promovente, como “microgenerador” de residuos peligrosos, deberá asegurar un manejo adecuado de estos

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residuos y deberá atenderse a lo señalado en el RRS de la LGEEPA, para lo cual se anticipa la contratación de una empresa autorizada para hacerse cargo del transporte y disposición de estos residuos, situación prevista en el artículo 13 del reglamento que señala que “el generador podrá contratar los servicios de empresas de manejo de residuos peligrosos, para cualquiera de las operaciones que comprende el manejo”. En materia de residuos sólidos urbanos, puesto que los volúmenes de generación clasifican al promovente en un “pequeño generador” su única obligación es la entrega oportuna al servicio de limpia municipal, situación que lleva a cabo con oportunidad y regularidad ya que cuenta con licencia para el servicio de recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos para el hotel y el restaurante (licencias No. 23 y No. 1482, respectivamente, anexas), para el período 1/2009 a 12/2009, cuya renovación está en proceso. No obstante, de manera voluntaria el promovente pretende llevar a cabo e implementar un Plan de Manejo de Residuos en los términos que establece la Ley para la Gestión Integral de Residuos Sólidos del Estado de Quintana Roo. Adicionalmente, atendiendo lo señalado en la Norma Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-1994, el promovente deberá llevar a cabo el monitoreo y evaluación de las emisiones a la atmósfera que desprende la planta de generación de energía eléctrica, misma que clasifica como una fuente fija. Respecto a los lineamientos ambientales que establece el programa de ordenamiento ecológico aplicable, se concluye que las actividades descritas en el capítulo II, vinculadas con la operación del hotel, no contravienen ni en lo general ni en lo particular los criterios de regulación ecológica señalados en el POET CT, el cual asigna a la zona costera una política de conservación y establece el uso “turismo” como un uso del suelo condicionado. Atendiendo los lineamientos de otros instrumentos aplicables al área de estudio, se incorporan como medidas de mitigación y prevención de impactos ambientales las normas que establece el PDU-CPT respecto de llevar a cabo el composteo de desechos orgánicos y evitar las descargas de aguas residuales al suelo y subsuelo. Esta última atiende también a la recomendación de la CONABIO en el sentido de proteger la frágil geohidrología regional. Siguiendo con el artículo 35 de la LGEEPA, una vez evaluada la manifestación de impacto ambiental, la Secretaría emitirá, debidamente fundada y motivada, la resolución correspondiente, y únicamente podrá negar la autorización solicitada cuando:

a) Se contravenga lo establecido en esta Ley, sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables;

b) La obra o actividad de que se trate pueda propiciar que una o más especies sean declaradas como amenazadas o en peligro de extinción o cuando se afecte a una de dichas especies, o

c) Exista falsedad en la información proporcionada por los promoventes, respecto de los impactos ambientales de la obra o actividad de que se trate. Considerando lo anterior, no hay razón jurídica para que la Secretaría niegue la autorización del proyecto “Operación del Hotel Diamante K, en Tulum, Quintana Roo”, puesto que las actividades descritas no contravienen la normatividad aplicable; no propician que una o más especies sean declaradas como amenazadas o en peligro de extinción o su afectación; ni existe falsedad respecto de los impactos ambientales identificados o de sus efectos sobre el ambiente.

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IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL REGIONAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

IV.1. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO El área de estudio comprende la zona costera de Tulum, en su tramo comprendido entre las Zona Arqueológica de Tulum y el entronque del camino costero con la carretera que conecta a Tulum con Punta Allen, limitando al Oeste con la carretera federal 307 y al Este con el mar. Ciertamente esta área no corresponde a un sistema naturalmente definido, es decir, por ecosistemas; y tampoco a una unidad de gestión ambiental establecida por el instrumento de planeación ambiental vigente; sin embargo, los elementos físicos utilizados para delimitarla constituyen barreras físicas reales que limitan la distribución de la flora y fauna en el lugar. Por otro lado, los impactos ambientales potenciales que pudieran generarse desde el predio de interés por las obras y actividades que ahí se desarrollan difícilmente podrían tener efecto sobre un territorio mayor al delimitado. Para la caracterización ambiental del área de estudio, se recurrió a fuentes de información oficial como son el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO), la Comisión Nacional Forestal y de Suelos (CONAFOR), la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) y el Gobierno del Estado de Quintana Roo.

IV.2. CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL: MEDIO ABIÓTICO

IV.2.1 Clima De acuerdo con la carta de climas de la República Mexicana, escala 1:1’000,000 (García, E. - Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO), 1998 18 ), clasificación de Köppen, modificado por García, el área de estudio presenta el tipo climático Aw1(x’), es decir, cálido subhúmedo, con temperatura media anual mayor de 22 :C y temperatura del mes más frio mayor de 18 :C, precipitación del mes más seco menor de 60 mm; lluvias de verano y porcentaje de lluvia invernal mayor al 10.2 % del total anual. En Quintana Roo este el tipo climático más común ya que abarca prácticamente toda la entidad, con excepción de las islas y porciones de la costa.

18 García, E. - Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO), (1998). 'Climas' (clasificación de Köppen, modificado por García). Escala 1:1000000. México. En: http://www.conabio.gob.mx/informacion/gis/

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IV.2.1.1. Temperaturas promedio, mensuales, anuales y extremas De acuerdo con los datos proporcionados por la Comisión Nacional del Agua (CNA), estación 23025 Tulum, para el período 1995-2008, las temperaturas más bajas se registraron en los meses de diciembre y enero y las más altas entre mayo y septiembre. La temperatura promedio anual fue de 26.1 :C, en tanto que la media mensual osciló de 21.5 :C, en el mes más frío (enero), a 29.9 :C en el mes más cálido (junio), por lo que la oscilación térmica es de 8.4 :C. Además la CNA reporta que la temperatura máxima registrada para la zona fue de 41.5 :C, medida el mes de mayo de 2007, en tanto que la temperatura mínima se registró en febrero de 2000, con 7 :C (Figura 22).

Figura 22. Variación anual de los parámetros precipitación (en mm) y temperatura (en ⁰C) en la Estación meteorológica 23025; Tulum, para el período 1995-2008. FUENTE: CNA, 2008.

IV.2.1.2. Precipitación promedio, mensual, anual y extrema De acuerdo con los datos proporcionados por la Comisión Nacional del Agua (CNA) estación 23025 Tulum para el período 1995-2008, el promedio anual de precipitación pluvial fue de 896.4 mm. El año de mayor precipitación fue 2005, durante el cual se registraron 1,657.9 mm de lluvia –debido al paso de los huracanes Emily y Wilma-; mientras que el año 2003 presentó la menor precipitación pluvial con 860 mm. La mayor precipitación mensual ocurre generalmente en el mes de octubre, el cual presenta un promedio de 290.7 mm de lluvia mensual; mientras que marzo es el mes que presenta la menor precipitación mensual promedio, con un registro de 38.1 mm. En este período la precipitación máxima registrada en 24 horas ocurrió en el mes de octubre de 2005 y fue de 185.5 mm.

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Periodo 1995-2008

Precipitación mm T °C

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IV.2.1.3. Humedad relativa Los valores medios de humedad relativa están en un rango del 80 al 90 % como consecuencia del régimen de lluvias prevaleciente en la zona.

IV.2.1.4. Balance hidrometeorológico En la zona de estudio se precipita un volumen medio anual del orden de 97.5 Mm3, que en su mayor parte ocurre durante los meses de mayo a octubre. El balance hidrometeorológico de la zona en estudio queda integrado con una evapotranspiración anual es de unos 85.7 Mm3, equivalente al 88 % del volumen llovido (de estos 21.6 Mm3 llegan al acuífero) y la fracción complementaria conforma el volumen que descarga libremente al mar superficial y subterráneamente; asimismo, una fracción insignificante es aprovechada para diversos usos mediante extracciones subterráneas y existe un volumen que es transferido fuera de la zona en estudio.

IV.2.1.5. Vientos dominantes y eventos climáticos extremos Los vientos dominantes tienen una dirección Este-Sureste (ESE), se presentan prácticamente todo el año y tienen velocidades entre 3 m/s y 4 m/s. En invierno, particularmente en los meses de octubre y noviembre, los vientos disminuyen su velocidad y cambian de dirección debido a la influencia de las masas polares que descienden desde el Ártico. Posterior a la temporada de febrero a julio se hace evidente una mayor variabilidad en la dirección de los vientos dominantes oscilando entre los del Sureste y el Norte. Por otra parte, Quintana Roo se encuentra constantemente expuesto a fenómenos meteorológicos debido a su posición geográfica, que lo hace vulnerable a huracanes y tormentas tropicales, así como a “nortes” y suradas o “suestes”. Entre los Huracanes que se distinguen por su efecto en la zona del proyecto pueden citarse a los denominados Hallie ocurrido en 1966, Doroty, en 1970, Eloise en 1975, Gilberto en 1988, Roxana en 1995, Emily y Wilma en 2005 y Dean en 2007. Otros eventos climáticos periódicos que ocurren en la zona son los “nortes”, que se refieren a masas de aire polar que ocurren durante el otoño y el invierno, provocando el descenso de la temperatura, precipitaciones intensas y fuertes vientos que en ocasiones alcanzan velocidades de hasta 100 Km/hr. Estos meteoros son capaces de provocar cambios en la fisiografía de las playas arenosas y derribar árboles en la parte continental. Las suradas o suestes son tormentas que se desplazan con dirección al norte y afectan principalmente la costa con vientos fuertes generalmente acompañados de precipitación abundante.

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De acuerdo con la CNEC (200719), “en los últimos años los efectos de los eventos meteorológicos han ocasionado pérdidas económicas y ambientales incuantificables afectando la industria turística a lo largo de la costa, así como la calidad de los ecosistemas costeros. Entre las principales afectaciones se pueden citar la pérdida de gran parte de la vegetación de duna costera por efecto de las marejadas de tormenta, erosión de la playa, muerte de gran parte de los manglares de cuenca. Adicionalmente, la reducción del ancho de la playa trae consigo el incremento de la vulnerabilidad costera; mientras que la muerte de la vegetación, el incremento de la propensión a incendios forestales. En los años recientes ha sido común la afectación y perdida de gran parte de la vegetación de duna costera por efecto de las marejadas de tormenta, uno de los ejemplos más notorios se derivan de los efectos del huracán Mitch en el año de 1998 que aún cuando no impactó directamente el Estado de Quintana Roo, la marejada de tormenta que generó ocasionó la pérdida de las amplias dunas que se ubicaban en la zona costera localizada entre Punta Bete (Capitán Laffite) y Chuchuen (Tres Ríos) y en algunos sitios llegó a generar un desnivel de hasta 4 metros de altura por la erosión de la duna. Los huracanes que han pasado después de Mitch han obstaculizado el reestablecimiento de la vegetación de duna costera así como del proceso sedimentario que forma la estructura de las dunas. Con la consecuente pérdida de servicios ambientales que esta estructura presta. Los manglares de cuenca que se localizan posteriores a la duna costera a lo largo del territorio municipal, también han sido fuertemente afectados por el paso de los huracanes, en la actualidad aún son evidentes los daños a esta vegetación causados por el impacto de los huracanes Emily y Wilma en 2005. La fauna sufre severas crisis poblacionales tras el paso de los huracanes. Estudios recientes sobre poblaciones de mamíferos en selva mediana subperennifolia, indican que las poblaciones de roedores y quirópteros desaparecieron tras el paso del huracán Wilma, y a dos años del evento, aún no alcanzan a recolonizar sus áreas naturales de dispersión (J. Palma, comunicación personal). Las selvas que ocupan el municipio de Solidaridad20 también han sido afectadas en diversos grados, principalmente en cuanto a su estructura y composición. Estos cambios se derivan de los efectos del paso de Huracanes, ya que estos meteoros, derriban una gran cantidad del arbolado o causan la muerte en pié de los árboles, dando lugar a una gran cantidad de material combustible lo que se traduce en una amenaza de incendios forestales. Se estima que por lo menos el 40 % de la superficie ocupada por selvas ha sido afectada en algún momento por estos meteoros. El ejemplo más palpable de lo anterior se presentó en 1989, tras el paso del Huracán Gilberto en septiembre de 1988, donde cerca de un millón de hectáreas de selva presentaron incendios masivos.”

19

Diagnóstico ambiental del Municipio Solidaridad para el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio Solidaridad (CNEC, 2007).

20 Aunque el texto hacer referencia al Municipio de Solidaridad no debe perderse de vista que su territorio

fue subdividido en los actuales municipios de Solidaridad y Tulum.

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IV.2.2 Geología

IV.2.2.1. Fisiografía21 El Estado de Quintana Roo se encuentra dentro de una sola provincia fisiográfica llamada Península de Yucatán. La mayor parte de esta provincia está constituida por estratos calizos más o menos horizontales que hacen de ella una región relativamente plana, cuyas mayores alturas se acercan a los 300 msnm, hacia el centro de la península cerca del límite con Campeche, alrededor de Zoh Laguna, Campeche y en la parte suroeste del estado, extendiéndose esta zona con dirección aproximada Norte-Sur. El paso de las partes altas de la región anterior a las bajas situadas en el Este de Quintana Roo, se realiza por una serie de escalones bruscos que corresponden a líneas de fallas, mostrando las características de una meseta baja tectónica (horst), que se extiende hacia el Sur. Esta zona presenta en su porción media y occidental, junto a las elevaciones, frecuentes depresiones y pequeñas cimas interrumpidas por grandes áreas de menor relieve, casi planas, con altitudes en Quintana Roo de 20 a 40 m. La parte centro oriental del estado –de interés porque aquí se localiza el predio bajo análisis-, se caracteriza por su relieve escalonado, descendente de poniente a oriente, con reducida elevación sobre el nivel del mar, con presencia de cenotes de gran tamaño, varias lagunas y vastas áreas inundables, algunas de las cuales permanecen cubiertas por el agua casi todo el año. En general, las planicies de la Península de Yucatán presentan una microtopografía de interés, en la que la roca calcárea alterna en mayor o menor frecuencia con pequeñas hondonadas, lo que da lugar a una constante alternancia de suelos en los puntos más bajos. La peculiaridad de estas formaciones se debe a la carsticidad, que también ha propiciado la formación de cavernas y conductos subterráneos. En el estado la conformación del territorio puede ser descrita en términos de las subprovincias fisiográficas que se encuentran en él, y que son Carso y Lomeríos de Campeche, Carso Yucateco y Costa Baja de Quintana Roo. El área de estudio se localiza en esta última (Figura 23). La Costa Baja de Quintana Roo está integrada por una llanura rocosa suavemente ondulada con altitudes poco significativas, en las que existen zonas de inundación temporal; en la franja litoral la conforman numerosas lagunas, áreas pantanosas, puntas rocosas y paralela a ella se ha desarrollado una barrera arrecifal que delimita una extensa zona lagunar. En particular, en el área de estudio se presenta una playa o barra arenosa de piso rocoso o cementado cuya clave de topoforma es P00-2/01.

21

Gobierno del Estado de Quintana Roo - INEGI, 2002. Estudio Hidrológico del Estado de Quintana Roo. México. 79 p.

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Figura 23. Carta fisiográfica para el área de estudio.

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IV.2.2.2. Estratigrafía22 Las unidades litológicas superficiales en el estado están compuestas por rocas sedimentarias originadas desde el Terciario (Paloeoceno) hasta el Cuaternario, aflorando las más antiguas en el suroeste y conforme se avanza rumbo al norte y este se van haciendo más jóvenes. En el área de estudio las rocas calcáreas de la formación Carrillo Puerto del Terciario Superior (Ts(cz)), que son las dominantes en el estado, casi llegan a la costa pero entre ésta y el mar se desarrolla una franja rocosa del Plioceno (Tpl(cz)) que corresponde a la parte superior de la formación Carrillo Puerto, seguida de calizas coquiníferas de ambiente litoral y eolianitas pleistocénicas, así como depósitos recientes sin consolidar; suelos de origen aluvial, lacustre y palustre que muchas veces sobreyacen discordantes a las rocas calcáreas expuestas que corresponden a rocas del Cuaternario (Figura 24). Los depósitos y suelos en el área del predio se clasifican como eolíticos (Q(eo)), mismos que están integrados por eolianitas plestocénicas cementadas que forman cantiles en el Mar Caribe; presentan ubicaciones que corresponden a moldes de raíces, formando montículos de poca altitud paralelos a la línea de costa. Su textura es de ooespatitas con los núcleos de los oolitos constituidos por fragmentos de moluscos, microforaminíferos bentónicos o planctónicos, por placas de algas en cloroficias o coralinaceas o pelets. En esta clasificación se incluyen también los depósitos eólicos recientes sin cementar conformados por arena mediana bien clasificada, formada de fragmentos de moluscos, corales, equinodermos y foraminíferos esencialmente.

22

Gobierno del Estado de Quintana Roo - INEGI, 2002. Estudio Hidrológico del Estado de Quintana Roo. México. 79 p.

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Figura 24. Carta geológica.

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IV.2.3 Edafología El Estado de Quintana Roo se ubica en una área que se distingue por la predominancia de suelos someros y pedregosos, de colores que van del rojo al negro, pasando por diversas tonalidades de café, con abundante contenido de fragmentos de roca de 10 y 15 cm de diámetro, tanto en la superficie como en el interior de su perfil, además que regularmente se ve acompañada de grandes y repetidos afloramientos de la típica coraza calcárea yucateca. Dentro de la clasificación de la FAO (1974) el conjunto de suelos presentes en el Estado se conforma por litosoles, rendzinas, gleysoles, luvisoles, vertisoles, solonchaks, regosoles y nitosoles. El suelo presente en el área de estudio está compuesto por Litosol como suelo predominante con Rendzina como suelo secundario y presenta clase textural media cuya clave edafológica es I+E /2 (Figura 25). Los litosoles (l) presentan abundante pedregosidad o afloramiento de la coraza calcárea, con profundidades menores de 10 cm, limitada por la presencia de rocas, tepetate o caliche endurecido. Su fragilidad natural y la susceptibilidad a la erosión es muy variable y varían en color de café claro a casi negro. Este tipo de suelo presenta fuertes restricciones para su utilización con propósitos agrícolas, pues su escaso espesor y su abundante pedregosidad afectan el crecimiento de las raíces de plantas cultivadas; sin embargo, presentan buen drenaje, que favorece la infiltración de las aguas meteorológicas. Las rendzinas (E) son suelos arcillosos y poco profundos –por debajo de los 25 cm-reposando sobre el material calcáreo, con más de 40 % de carbonato de calcio, con un contenido de materia orgánica de entre 6 y 15 % y capacidad de intercambio catiónico de 20 a 45 meq/100 g de suelo. Estos presentan fase física (lítica somera), pero no química y tienen buen drenaje. Son moderadamente susceptibles a la erosión. El número 2 se refiere a suelos de textura media, comúnmente llamados francos, equilibrados generalmente en el contenido de arena, arcilla y limo

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Figura 25. Carta edafológica.

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IV.2.4 Hidrología superficial y subterránea

IV.2.4.1. Hidrología superficial De acuerdo a la clasificación hidrológica de la Comisión Nacional del Agua, la zona de estudio se encuentra enclavada en la Región Hidrológica No. 32 (Yucatán Norte) en los límites con la Región Hidrológica 33 (Yucatán Este). En esta zona, no se encuentran escurrimientos superficiales de importancia y los que existen son de régimen transitorio, bajo caudal, muy corto recorrido y desembocan a depresiones topográficas. La región presenta dos cuencas denominadas: 32A Quintana Roo y 32 B Yucatán, aunque de esta última sólo una pequeña área interesa territorio de Quintana Roo. El predio de interés se ubica en la Cuenca 32A Quintana Roo (Figura 26). Esta cuenca ocupa 31 % de la superficie estatal e incluye las islas Cozumel, Mujeres y Contoy; recibe una precipitación anual que va desde 800 mm en el Norte a más de 1,500 al Sureste de la cuenca, presentando un rango de escurrimiento de 0 a 5 % que la abarca prácticamente toda la porción continental, excepto las franjas costeras que tienen de 5 a 10 % o 10 a 20 % debido a la presencia de arcillas y limos; tiene como límites, al Norte el Golfo de México, al Este el Mar Caribe, al Sur la división con la RH-33 que coincide aproximadamente con el paralelo 20 de latitud Norte y al Oeste con el límite de Yucatán. En esta cuenca no existen corrientes superficiales, así como tampoco cuerpos de agua de gran importancia; sólo pequeñas lagunas como la de Cobá, Punta Laguna y La Unión, así como lagunas costeras como la de Conil, Chacmochuch y Nichupté. El predio se ubica en la microcuenca hidrológica denominada Tulum, clave 33-131-01-009, que ocupa la porción más al Sureste de la Cuenca y en la cual no se encuentran escurrimientos superficiales de importancia y los que existen son de régimen transitorio, bajo caudal, muy corto recorrido y desembocan a depresiones topográficas. En la zona de estudio como al interior del predio no existen cuerpos de agua superficiales, aunque la fracción poniente es una zona sujeta a inundación periódica debido a sus características edáficas y condición topográfica.

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Figura 26. Carta hidrológica de aguas superficiales.

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IV.2.4.2. Hidrología subterránea El acuífero es de tipo freático, con marcada heterogeneidad respecto a sus características hidráulicas. En la llanura el acuífero presenta notable desarrollo kárstico, a lo que se debe su gran permeabilidad secundaria, a la vez cuenta con espectaculares manifestaciones en la superficie caracterizadas por cenotes de gran tamaño y formación de cavernas y domos conocidos localmente como “ríos subterráneos” de grandes longitudes. En la zona, tanto al Sur como al Norte de la localidad de Tulum se conocen cuatro sistemas de ríos subterráneas que destacan por su longitud y belleza, se trata de los sistemas Ox-belha en la parte norte y Saccactun, Nohoch Nah Chich y Dos Ojos en la parte sur, los que siguen un flujo preferencial al mar con dirección Oeste-Este (Figura 27). Estos sistemas, cuya formación fue originada por la acción geoquímica del agua con el contacto de los carbonatos y bicarbonatos del subsuelo, hace que sean la parte más susceptible a contaminación, por lo que se tienen que aplicar medidas que permitan conservar sus condiciones naturales, ya que tienen un extraordinario valor ambiental por sus especiales configuraciones de cenotes y corrientes subterráneas y por su gran belleza como sitios de turismo ecológico especialmente para el buceo (Gobierno Municipal de Solidaridad, 200723).

Figura 27. Sistemas de ríos subterráneos en el área de estudio. FUENTE: Gobierno Municipal de Solidaridad, 2007. Actualización del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tulum 2006-2030. En el área de estudio se presentan dos unidades geohidrológicas. La parte poniente corresponde a material consolidado con posibilidades altas de funcionar como acuífero (A), en tanto que la franja costera –que comprende al predio de interés- corresponde a una unidad de material no consolidado con posibilidades bajas de funcionar como acuífero (Figura 28). Lo anterior significa que la recarga del acuífero tiene lugar en la parte poniente (A), en donde gracias a su gran permeabilidad se infiltra hasta 80 % de la precipitación pluvial.

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Actualización del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tulum 2006-2030.

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Figura 28. Carta hidrológica de aguas subterráneas.

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El acuífero en la zona de Tulum recibe un volumen medio anual del orden de 21.6 millones de metros cúbicos de agua (Mm3) mediante la infiltración, de los cuales, 12.8 Mm3 retornan a la atmósfera por evapotranspiración, 7.7 Mm3 escurren hacia el mar y 1.1 Mm3 se extraen con fines de aprovechamiento. El acuífero se explota por medio de siete pozos ubicados en al poniente de la localidad de Tulum –a unos 7 Km- y que abastecen a la población asentada en la cabecera municipal; adicionalmente se tienen registrados 14 pozos que abastecen a desarrollos turísticos y de servicios, y un pozo para uso agrícola. La calidad del agua, en razón del total de sólidos disueltos en miligramos por litro, es tolerable, toda vez que en la faja costera de 5 Km a partir del litoral, se registran valores de alrededor de 1,500 mg/l, con predominancia de la familia sódica-clorurada. Lo anterior es consecuencia de la interacción de tres procesos hidrogeoquímicos: la disolución de la roca calcárea, la mezcla de agua dulce con la salada subyacente y la dilución provocada por la infiltración del agua pluvial favorecida por la alta permeabilidad del terreno. En la zona de estudio la vulnerabilidad a la contaminación es alta. Las oquedades del terreno y la ausencia de material filtrante, facilitan el acceso de todo tipo de contaminantes al subsuelo y su rápida propagación en él; por otra parte, las características hidráulicas y la copiosa alimentación del acuífero favorecen el rápido tránsito subterráneo de los contaminantes, evitando su acumulación en éste, pero dirigiéndolas hacia el mar.

IV.3. CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL: MEDIO BIÓTICO

IV.3.1 Caracterización vegetal del área de estudio De acuerdo con la carta de uso del suelo y vegetación, serie III, de INEGI, en la zona de estudio se desarrolla vegetación de selva mediana subperennifolia (SMQ) y vegetación secundaria arbórea derivada de selva mediana subperennifolia (VSA/SQM) (Figura 29). Esta selva está ampliamente distribuida en el estado y su condición prevaleciente es la secundaria en fase arbórea de regeneración. Esta selva está dominada en el estrato arbóreo de los 12 a los 30 m por chicozapote (Manilkara zapota), ramón (Brosimum allicastrum), amapola (Pseudobombax ellipticum), caoba (Swietenia macrophylla), huaya (Talisia olivaeformis); en el estrato de 7 a 12 m están elementos de ts’its’ilche (Gymnopodium antigonoides), box catsim (Acacia gaumeri), chaka’ (Bursera simaruba); y en los estratos menores a 5 m abundan cordoncillo (Piper sp.), palma xiat (Chamaedorea sp.), huano (Sabal sp.) y k’askat (Luehea speciosa) indicadora de disturbios. Cuando se encuentra bien conservada y/o en condiciones de humedad propicia se presenta sobre los árboles el heno (Tillandsia polystachia). En el estrato arbustivo están bob (Coccoloba sp.), tanche’ (Ardisia escallonioides), ik’iche’ (Erythroxylum rutundifolium) que es una planta endémica de la Península de Yucatán (Gobierno del Estado de Quintana Roo - INEGI, 2002).

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Figura 29. Vinculación con la Carta de Uso del Suelo y Vegetación, Serie III.

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Es interesante destacar que al comparar las series I y II de las cartas de uso del suelo y vegetación, que recogen y proyectan información de las décadas 1980 y 1990, con la serie III correspondiente a la primer década del siglo XXI, se aprecia que la dinámica en los usos de la tierra se ha mantenido prácticamente sin cambio, excepción hecha por el evidente incremento de la mancha urbana de la localidad de Tulum. Al nivel del predio, en la sección oriental o costera, la composición vegetal corresponde más a la de matorral costero que a la de selva mediana subperennifolia (Figura 30). Desarrollándose sobre la capa rocosa en el extremo sur del predio, se encuentran un área calculada en 528 m2 con ejemplares de pantsil (Suriana maritima), uvero (Coccoloba uvifera), siricote (Cordia dodecandra), palma chit (Thrinax radiata), sakyab (Gliricidia sepium), chaca (Bursera simaruba) y varios arbustos como lavanda (Tournefortia gnaphalodes), Lantana involucrata, Ambrosia hispida, Ernodea littoralis, Hymenocallis litoralis, entre otros. Esta zona del predio se conserva en condiciones naturales y en ella se observaron ejemplares de la iguana rayada (Ctenosaura similis), típica de estos ambientes.

Figura 30. Vegetación de matorral costero presente en la zona costera sur del predio. FOTOS: L. Guillermo, 2010. También se observó vegetación nativa creciendo sobre las rocas de la zona federal marítimo terrestre, desarrollándose en forma rastrera o postrada o emergiendo entre las oquedades

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(Figura 31). En esta zona se observaron ejemplares de uvero (Coccoloba uvifera), siricote (Cordia dodecandra), lavanda (Tournefortia gnaphalodes), Lantana involucrata, Sesuvium portulacastrum, Ambrosia hispida e incluso palma de coco (Cocos nucifera) y palma chit (Thrinax radiata), en las zonas más alejadas del mar. En la zona intermareal se registraron principalmente algas cafés como Acanthophora sp. y Laurecia sp. cubriendo las rocas.

Figura 31. Vegetación silvestre sobre las rocas de la zona federal. FOTOS: L. Guillermo, 2010.

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Además, la sección costera del predio presenta palmas cocoteras (Cocos nucifera), que son remanente del uso previo como rancho coprero; así como vegetación nativa que crece entre las cabañas (Figura 32). Entre las especies mejor representadas se encuentran palma chit (Thrinax radiata), álamo (Ficus sp.) y chacah (Bursera simaruba). Cabe mencionar que muchos de los ejemplares presentes en el predio presentaron fruto y también que se registró gran cantidad de plántulas, principalmente de palma chit.

Figura 32. Palmas de coco y vegetación nativa al interior del predio. FOTOS: L. Guillermo, 2010. En la sección del predio localizada al poniente (lote 4), se desarrolla vegetación típica de la selva mediana prácticamente en toda su extensión (Figura 33), sin embargo, es evidente que se trata de vegetación secundaria en estado arbóreo y que su estado actual fue provocado por actividades antropogénicas, sin que pueda determinarse la fecha en que ocurrieron las afectaciones ni las causas, mismas que podrían remontarse incluso a la época prehispánicas, aunque sin duda hay afectaciones más recientes, que corresponden al pasado inmediato. Entre las especies vegetales reconocidas en esta sección del predio pueden citarse a las palmas chit (Thrinax radiata), huano (Sabal yapa) y xiat (Chamaedorea seifrizii); así como a los árboles álamo (Ficus sp.), chacah (Bursera simaruba), ramón (Brosimum allicastrum), chicozapote (Manilkara zapota), huaya (Talisia olivaeformis), cornezuelo (Acacia cornigera), ya’axnik (Vitex gaumeri), akitz (Thevetia gaumeri) y boob (Coccoloba spicata). No se identificó una

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estratificación consolidada en esta sección del predio, ya que la mayor parte de la superficie carece de meso y sotobosque, sin embargo, se apreciaron plantas jóvenes y plántulas que indican que no se ha perdido la capacidad de regeneración natural de esta sección del predio.

Figura 33. Vegetación secundaria arbórea derivada de selva mediana subperennifolia en la sección poniente del predio. FOTOS: L. Guillermo, 2010. Al menos unos 200 m2 de los 2,700 m2 de cobertura vegetal de esta sección del predio han sido rellenados con sascab y nivelados para habilitar un estacionamiento frente al acceso principal del Hotel Diamante K (Figura 34a) afectando también el derecho de vía del camino, sin embargo, se han mantenido los árboles en ambos márgenes del camino Tulum Ruinas-Punta Allen que divide el predio en dos secciones (Figura 34b). Una brecha antigua atraviesa el predio de este a oeste, la cual conduce hasta un pozo localizado fuera de la propiedad de la promovente pero que de acuerdo con éste fue construido por los anteriores propietarios del predio y fue utilizado para el abasto de agua dulce. La brecha tiene unos 5 m en la zona más cercana al camino pavimentado y se angosta conforme se adentra en la selva hasta perderse entre la vegetación que lo está cerrando. Al interior del predio también se encontró vegetación exótica, principalmente asociada a las áreas verdes ajardinadas, pero también en forma dispersa entre las construcciones y a los lados del camino Tulum Ruinas-Punta Allen (Figura 34c-g). Entre las especies identificadas están el

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almendro (Terminalia catappa), palma kerpis (Veitchia merrillii), Sansevieria trifasciata, Codiaeum sp., Philodendron sp., el cactus Lemaireocereus sp., chaya (Cnidoscolus sp.), buganvilia rosada (Bougainvillea glabra). Cabe señalar que ninguna de éstas está considerada como invasiva por la CONABIO. Algunas plantas utilizadas en la jardinería son nativas pero no propias del ecosistema costero, por lo que se les consideró introducidas, como la Yucca sp., y la despeinada (Beaucarnea pliabilis).

Figura 34. Vegetación arbórea en los márgenes del camino Tulum Ruinas-Punta Allen y plantas exóticas en áreas verdes ajardinadas. FOTOS: L. Guillermo, 2010. En el Cuadro 5 se presenta la lista de especies de flora nativa más representativa identificada en el predio o sus inmediaciones, en tanto que en la Figura 35 se muestra la planta de conjunto del

a b

c d e

f g

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predio que ilustra la distribución de la vegetación en su interior e inmediaciones, así como su estado de conservación. De las especies identificadas, destacan las palmas chit y nacax por estar incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 en la categoría de “Amenazada”. La cobertura vegetal al interior del predio, por tipo de vegetación se estimó en 528 m2 de matorral costero y 1,927 m2 de vegetación secundaria arbórea derivada de selva mediana subperennifolia. Adicionalmente se estima que unos 1,600 m2 de superficie de la zona costera presentan vegetación arbórea dispersa y palmas adultas que crecen entre las construcciones existentes.

Cuadro 5. Listado de especies de flora nativa identificada en el predio. Abreviaturas: VD: vegetación de duna costera o matorral costero; VH: Vegetación halófila; VSA/SMQ: vegetación secundaria arbórea de selva mediana subperennifolia; J: vegetación en áreas verdes ajardinadas.

Nombre científico Nombre común Ambiente

Acacia cornigera cornezuelo VSA/SMQ

Ageratum littorale hawayche VD, VH

Ambrosia hispida VD, VH

Anona glabra anona VSA/SMQ

Anthurium schlechtendalii bobtun VSA/SMQ

Brosimum allicastrum ramón VSA/SMQ

Bursera simaruba chacah VD, VSA/SMQ, J

Chamaedorea seifrizii xiat VSA/SMQ

Coccoloba spicata boob VSA/SMQ

Coccoloba uvifera uvero VD, J

Coccothrinax readii nacax VSA/SMQ, J

Cordia dodecandra siricote VD, VH

Ernodea littoralis VD, VH

Ficus sp. álamo J, VSA/SMQ

Gliricidia sepium sakyab VD

Hymenocallis litoralis VD, J

Lantana involucrata VD, VH

Manilkara zapota chicozapote VSA/SMQ

Psidium sartorianum VSA/SMQ

Sabal yapa huano VSA/SMQ

Sesuvium portulacastrum VD

Suriana maritima pantsil VD, VH

Talisia olivaeformis huaya VSA/SMQ

Thevetia gaumeri akitz VSA/SMQ

Thrinax radiata palma chit VD, VH, VSA/SMQ, J

Tournefortia gnaphalodes lavanda VD, VH

Vitex gaumeri ya’axnik VSA/SMQ

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Figura 35. Distribución de los tipos vegetales en el predio y sus inmediaciones.

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IV.3.2 Caracterización de la fauna silvestre Al interior del predio o en sus inmediaciones se observaron algunos ejemplares de fauna silvestre, siendo los más conspicuos las aves. En la costa se observaron un par de ejemplares juveniles de la iguana rayada (Ctenosaura similis), especie que tiene relevancia por estar incluida en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001 en la categoría de “Amenazada”. Estos ejemplares se observaron en la zona sur del predio, en el área cubierta por matorral costero y la zona rocosa. En esta misma zona se observaron algunos ejemplares de cenzontle (Mimus gilvus) y de la paloma torcasa (Zenaida sp.), así como un ejemplar de bolsero (Icterus sp). También se registraron ejemplares del zanate (Quiscalus mexicanus). En la zona marina se observó en vuelo algunos ejemplares de rabihorcado (Fregata magnifiscens) y pelícano café (Pelecanus occidentalis), sin que pueda decirse que tengan alguna relación directa con el predio o los recursos naturales que en éste se encuentran, ya que se trata de aves marinas que obtienen su alimento directamente del mar. De acuerdo con el Programa de Manejo del área natural protegida Parque Nacional Tulum (CONANP, 2006), en el corredor Cancún Tulum se registran 309 especies de fauna silvestre y entre la fauna que cita como presente dentro del parque y por tanto con alto potencial de estar presente dentro del área de estudio, que no del predio, están las siguientes: “Mamíferos. Entre las especies más importantes que aún es posible encontrar dentro del Parque destaca el ocelote (Leopardus pardalis), el tigrillo (L. weidii) y el leoncillo (Herpailurus yagouarundi), así como el venado cola blanca (Odocoileus virginianus), venado temazate (Mazama americana) y el pecarí de collar (Pecari tajasu). Los mamíferos medianos y pequeños más comunes son el mapache (Procyon lotor), la zorra gris (Urocyon cineroargenteus), el coatí (Nasua narica), el sereque (Dasyprocta punctata), el tepezcuintle (Agouti paca), así como ratones de campo y ardillas; por la noche abundan los murciélagos, entre los que se encuentran los géneros Artibeus, Centurio y Carollia. Aves. El Parque Nacional Tulum funciona como sitio de paso obligado para gran cantidad de aves migratorias que se dirigen hacia la Reserva de la Biosfera Sian Ka’an durante el invierno, provenientes de Estados Unidos y Canadá. Además, se considera que la zona de la Península de Yucatán es la segunda en abundancia de especies confinadas (no migratorias), por lo que el grupo de las aves es el más rico y notable en el Parque, con especies propias de selvas medianas y bajas, así como especies vadeadoras que encuentran en los humedales un área propicia. Entre las especies de selva más frecuentes están los pericos (Amazona spp.). Se pueden observar al pelícano café (Pelecanus occidentalis), la fragata (Fregata magnifiscens), la garza blanca (Egreta sp.), el halcón negro (Buteogallus anthracinus), el águila pescadora (Pandion haeliatus), el milano plomizo (Ictinea plumbea) y el zopilote cabeza negra (Cathartes aura). Reptiles. Están representados particularmente por lagartijas, iguanas grises (Ctenosaura similis) e iguanas verdes (Iguana iguana). La zona federal marítimo terrestre aledaña es sitio de anidación de tortugas marinas, principalmente de caguama (Caretta caretta), blanca (Chelonia mydas) y

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eventualmente carey (Eretmochelys imbricada). Las playas del Parque Nacional, por la densidad de anidación que presentan son una de las cuatro más importantes del estado. Anfibios. Incluyen diversas especies de ranas acuáticas, arborícolas y terrestres, principalmente Hyla microcephala, Phrynohyas venulosa, Scinax staufferi, Smilisca baudinii e Hypopachus variolosus. Mariposas. En la zona de Tulum, se han determinado 212 especies de mariposas diurnas, pertenecientes a las superfamilias papilionoidea y hesperioidea (De la Maza y Bezaury, 1992). Zona intermareal. La zona intermareal aledaña ha sido objeto de estudios, en los que se menciona un total de 5,705 organismos identificados, representados por 74 especies y cinco tipos (Mollusca, Annelida, Arthropoda, Echinodermata y Chordata). Los moluscos fueron el grupo taxonómico dominante con 35 especies y 3,281 organismos. Los moluscos Nodolittorina angustior y Nodollitorina tuberculata fueron las especies más abundantes, comprendiendo el 46.2 % del total de organismos colectados. En cuanto a las algas, se encontraron 21 especies en tres divisiones y nueve familias. Las especies dominantes incluían Acanthophora spicifera y Laurencia sp.” Es importante señalar que la zona de playa frente al predio no es susceptible de aprovechamiento para anidación de tortugas marinas, ya que se trata de una playa rocosa.

IV.4. CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL: MEDIO SOCIOECONÓMICO24

IV.4.1 Demografía Al interior del área de estudio no existen asentamientos humanos, sin embargo, ésta está incluida en el Centro de Población de Tulum de acuerdo con la última actualización del programa de desarrollo urbano publicado en 2007 por el Gobierno del Estado de Quintana Roo. En 1990, según INEGI, el número de habitantes en la zona continental del Municipio de Cozumel –ahora Solidaridad- era de 10,771 habitantes, de los cuales 2,111 eran pobladores de Tulum. El conteo de población y vivienda realizado por INEGI en 1995 reportó para el Municipio de Solidaridad, una población total de 28,747 habitantes, de los cuales 17,621 residían en Playa del Carmen y 3,603 en Tulum, la localidad más habitada después de la cabecera Municipal. De acuerdo con la misma fuente, para el 2000, en Solidaridad se registró un total de 63,478 habitantes, de los cuales 43,613 residían en Playa del Carmen habitantes y 6,733 en Tulum. De acuerdo con el II Conteo General de Población y Vivienda del 2005, se registraron 135,512 habitantes en el Municipio de Solidaridad, Playa del Carmen concentró el 70 % de la población del total del Municipio de Solidaridad con 100,383 habitantes mientras que Tulum solo el 10 % con 14,790 habitantes.

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Los datos y cifras que se citan se obtuvieron de la Memoria Técnica del Programa Director de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tulum (Gobierno del Estado de Quintana Roo, 2007) y del Plan de Manejo del Área Natural Protegida Parque Nacional Tulum (CONANP, 2006).

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De lo anterior se ve que la población en Tulum pasó de 2,111 a 14,790 en 15 años (1990-2005), lo que representa una tasa de crecimiento25 de 6.0 o una razón de crecimiento26 de 60 %, lo que comparativamente con las tasas de crecimiento de otras ciudades en el estado –Cancún, Playa del Carmen- no es significativa, pero sí lo es si se compara con la tasa media de crecimiento poblacional en México de 1.6 entre 1995 y 2000. Lo anterior tiene su origen en la migración, fenómeno característico de toda la entidad y que obedece a la dinámica económica vinculada al turismo que permanentemente abre nuevas posibilidades de empleo. Las estadísticas derivadas de los censos realizados por el INEGI muestran en Quintana Roo una tendencia distinta al promedio nacional en cuanto a la distribución de la población según su lugar de nacimiento. En efecto, casi el 55 % de los mexicanos que viven en Quintana Roo nacieron en otra entidad. Por supuesto, esta situación está más polarizada en las ciudades turísticas del estado donde el porcentaje de inmigrantes alcanza hasta 69 % de la población como es el caso de Cancún, en tanto que en localidades como Tulum, los inmigrantes representan alrededor de 33 %. La proporción de hombres y mujeres es más o menos equitativa, con una dominancia de la población joven sobre la adulta. Se estima que 32 % de la población es menor a 14 años, 39 % tiene entre 15 y 29 años, 21 % tiene entre 30 y 45 y sólo 9 % es mayor de 45, por lo que el promedio de edad de la población es de 22 años. En 2005, para el municipio de Solidaridad la población mayor de 5 años que hablaba alguna lengua indígena fue de 19,855, que representó 14.65 % del total municipal. De esta población indígena el 87.9 % (17,454 personas) pertenece a la etnia maya, los cuales en su gran mayoría hablan español y maya (87.55 %) y el resto no habla español.

IV.4.2 Características socioeconómicas Con la creación del Centro Integralmente Planeado, Cancún, las actividades terciarias sustituyeron, a partir de 1975, a las actividades primarias de los sectores agropecuario, silvícola y pesquero, como principal actividad económica en el joven estado de Quintana Roo. En la actualidad, indiscutiblemente, el turismo es el sector económico preponderante del estado, y los servicios que lo rodean han registrado un crecimiento sostenido a lo largo de los últimos años. 25

La tasa de crecimiento es la tarifa fraccionaria en la cual el número de individuos en una población aumenta. Específicamente, se refiere ordinariamente al cambio en la población durante un período de tiempo de unidad, expresado a menudo como un porcentaje del número de individuos en la población al principio de ese período. Esto se puede escribir como la fórmula:

26 La manera más común de expresar el crecimiento demográfico es mostrarlo como una razón aritmética,

y no como porcentaje. El cambio en la población durante un período de tiempo de unidad se expresa como porcentaje de la población al principio del período de tiempo. Esto es:

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El turismo arqueológico constituye una de las fuentes más importantes de ingresos al poblado de Tulum. De acuerdo con cálculos del H. Ayuntamiento de Solidaridad, en el año 2000 la zona arqueológica amurallada tuvo una afluencia de 703,494 visitantes; cifra que aumentó en el año 2003 a 923,527 visitantes. De acuerdo con cifras del INAH, para 2005 se rebasó el millón de visitantes (1, 041,971), de los cuales 65 % corresponde a extranjeros y el restante a turismo nacional. Las actividades económicas que se llevan a cabo dentro el Parque Nacional Tulum son dirigidas a la atención al turismo. Existen hoteles de diversas categorías, locales comerciales que en su mayoría expenden artesanías, restaurantes y clubes de playa. La mayor parte de estos comercios se establecieron después del decreto del Área Natural Protegida, pero no es el caso de las instalaciones que hoy constituyen el Hotel Diamante K, cuyos antecedentes se remontan a la década de los 70’s del siglo pasado. La Riviera Maya ubicada, dentro de la cual se incluye en su extremo Sur a Tulum, es un destino de alta competitividad global que presenta un acelerado crecimiento de su infraestructura turística. Actualmente la Riviera Maya acumula un mayor número de cuartos de hotel que los que presenta la Ciudad de Cancun, y sus tasas de crecimiento hacen prever que la diferencia a favor de la Riviera Maya va a ser cada vez mayor. Tulum por su ubicación estratégica en el extremo sur de la Riviera Maya comparte con esta la actividad turística como base de su economía. Los indicadores más recientes (Feb/2007) indican que la oferta hotelera de la Riviera Maya rebasa los 30,000 cuartos de hotel. Por su parte la localidad de Tulum concentra una oferta hotelera cercana a los 2,000 cuartos de hotel. Sin embargo, la oferta hotelera de Tulum presenta diferencias sustantivas con respecto al resto de la Riviera Maya: son hoteles de baja densidad, orientados a un mercado de turistas de mediano y alto ingreso interesado en la cultura, el contacto con la naturaleza. Las inversiones en materia turística continúan su tendencia ascendente y la participación del sector privado en la ampliación de la oferta de espacios turísticos en el período 2001-2004 sobrepasó los mil millones de dólares e incorporó al mercado 8,696 habitaciones en Quintana Roo, 6,554 de las cuales fueron construidos en la Riviera Maya, con una inversión de 846 millones de dólares. En la Riviera Maya el turista tiene un gasto promedio de 630 dólares, con una estancia promedio de 6.5 días, la más alta en todo el Estado. Quintana Roo en su conjunto, contribuye con el 34 % de la captación total de divisas que ingresan al país por concepto de turismo. En Quintana Roo 70 % de la población económicamente activa (PEA) se dedica a actividades terciarias, fundamentalmente en los sectores comercial, turístico, de transporte, servicios y administración pública y, a pesar de la dinámica económica y aparente éxito como destino turístico, 32 % de la PEA tiene ingresos menores a dos veces el salario mínimo de la región y otro 40 % recibe entre 2 y 5 salarios mínimos, lo que apunta a inequidad en la distribución de la riqueza. Quizás una de las causas de esta situación radique en una referencia obtenida de las encuestas del Consejo Estatal de Población que señala que un gran número de personas manifiesta que trabaja en áreas distintas a aquellas en las que ha sido capacitado profesionalmente. Además,

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hay que añadir el hecho que el promedio de escolaridad de la población en el estado, según datos de la SEIC Quintana Roo para 2003, era de sólo 8.3 años, cifra que aunque es mayor que la media nacional, 7.8, no deja de ser baja.

IV.4.3 Servicios y vías de comunicación La ciudad de Tulum es el más importante centro de distribución del reciente Municipio de Tulum. Los principales giros comerciales son: compraventa de artesanías, compraventa de abarrotes, minisuper-licorería, compraventa de prendas de vestir, actividades subacuáticas y materiales de construcción; así como servicios de alimentos y bebidas y hospedaje. De acuerdo con datos del Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) a noviembre de 2004, la microempresa es el tipo de empresa más común con 95 % del total registrado. De éstas, 58.6 % corresponden al sector comercio, 40.6 % al de servicios y el resto al industrial. El municipio de Tulum cuenta con atención médica proporcionada por SESA. Existe un centro de salud con hospitalización de atención intermedia, pero los pacientes que requieren de atención de segundo nivel son trasladados a la ciudad de Cancún. El abasto procede principalmente de la ciudad de Cancún y eventualmente de la ciudad de Chetumal, a través de la carretera federal 307 que atraviesa el municipio de sur a norte. Otra vía de comunicación importante es la carretera secundaria Tulum-Cobá-Nuevo Xcan que atraviesa el municipio de este a oeste y la carretera interestatal Cobá-Chemax. En la costa la única vía de importancia es el camino Tulum Ruinas-Punta Allen. La disposición de residuos sólidos de la localidad es un tiradero a cielo abierto que no cumple con las especificaciones que establece la normatividad vigente, lo que representa un problema de contaminación grave, debido a las características del sustrato y condiciones geohidrológicas de la zona. En la localidad de Tulum el abasto de agua es administrado por la junta local de agua potable CAPA, organismo dependiente del Gobierno del Estado de Quintana Roo. Para 2004 se reportan 2,535 tomas domiciliarias y un consumo anual de 47,692.5 m3, mismos que se extraen de 7 pozos profundos ubicados al poniente de la ciudad. No existe un sistema de tratamiento de aguas residuales en la localidad. El 90 % de las áreas urbanas existentes en la localidad cuentan con servicio de energía eléctrica, suministrado por la CFE. Este servicio se genera a través de la sub-estación eléctrica ubicada a 5 Km de Tulum, sobre la carretera a Cobá, y es alimentada por una línea de alta tensión de 34.5 Kv. El tipo de tendido para la distribución es aéreo, principalmente con postes de concreto armado. El trazo urbano de Tulum está conformado por una irregularidad en la Zona Centro, el resto se caracteriza por una red ortogonal con ejes de comunicación terrestre de norte-sur y oriente-poniente, siendo uno de los ejes primario la carretera 307, así como un crecimiento hacia el poniente sobre los terrenos del ejido. La comunicación terrestre predominante en la localidad es

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a través de autobuses, cuenta con una central de Autobuses sobre la carretera federal, con destinos a las localidades de los puntos intermedios y hacia Chetumal y Cancún. En la localidad se observa que el transporte predominante se compone de taxis, no existe una regulación del transporte sobre rutas precisas ni paradas. Respecto a las condiciones de las vías de comunicación terrestre, dentro del área ocupada el 60 % están pavimentadas y el resto son terracerías consolidadas. Las comunicaciones con los asentamientos irregulares y de borde son a través de brechas. Existe una pequeña aeropista que permite el servicio para vuelos cortos regionales, actualmente ocupada por el Ejército Mexicano.

IV.4.4 Factores socioculturales La localización y estado de las escuelas públicas presenta deficiencias tanto en el número de unidades, en su aspecto físico y en su equipamiento, así como en los grados de escolaridad disponibles. En 2007 las escuelas ubicadas en Tulum eran 4 jardines de niños, 2 escuelas primarias, 1 escuela secundaria, 1 preparatoria y colegio de bachilleres y 1 CECYT. La cobertura en el sector salud no es suficiente para la población que radica en Tulum, existe carencia de estos servicios, un grave problema de déficit de equipo y recursos operativos y de un servicio más especializado para la población y para turistas ya que no existe y se tiene que recurrir a la ciudad de Playa del Carmen o Cancún. Las áreas existentes para recreación y deporte se encuentran en condiciones de mantenimiento, son insuficientes para la práctica popular de todo tipo de deportes. Cuentan con una unidad deportiva con canchas de básquetbol, fútbol soccer y rápido; el Parque Maya que cuenta con bancas y cancha de básquetbol; un parque cívico con kiosco, canchas deportivas y áreas verdes. La comunidad no cuenta con este tipo de infraestructura lo cual es muy importante implementar para población infantil y joven. En la ciudad se corre un serio peligro de salud, el 30 % de las viviendas no están conectadas a ningún sistema de drenaje, el 66 % cuenta con fosa séptica y el 1 % directamente a fosas o grietas. No obstante que se cuenta con un número considerable de viviendas que cuentan con fosas sépticas , estas no se encuentran debidamente construidas, ya que son colocadas aprovechando grietas y cenotes, sin un sistema de cuidado para no contaminar mantos acuíferos. Como agravante de lo anterior se debe señalar la falta de infraestructura para el manejo adecuado de residuos urbanos, de manejo especial y peligrosos. Existen organizaciones civiles que inciden directamente en el desarrollo urbano de la localidad, como son: el Colegio de Arquitectos del Municipio de Solidaridad, Asociación de Ingenieros y Arquitectos de Solidaridad, Colegio de Ingenieros Civiles del Municipio de Solidaridad, Fideicomiso para la Promoción Turística de la Riviera Maya, Asociación de Propietarios e Inversionistas de la Riviera Maya, además de diversas Asociaciones de Hoteleros, Restauranteros, Comerciantes, Servicios Turísticos y Asociaciones de Colonos. Adicionalmente, se deben tener presentes grupos organizados con interés en el cuidado y protección del medio ambiente con interés en la zona, entre los que destacan Amigos de Sian Ka’an y el Centro Ecológico Akumal.

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IV.5. DIAGNÓSTICO AMBIENTAL El área de interés, entiéndase la zona costera localizada entre la zona arqueológica Tulum y el crucero del camino Tulum Ruinas-Punta Allen con su entronque a la carretera federal, es un área ambientalmente relevante por sus atributos florísticos, faunísticos y paisajísticos; así como un área relativamente frágil por sus características geohidrológicas. La zona presenta evidencias de aprovechamientos desde tiempos prehispánicos, pero sin duda son los usos recientes los que más han transformado el paisaje e introducido las principales afectaciones. Hay clara evidencia de aprovechamiento de los recursos forestales, en particular de especies maderables y de palmas, entre ellas chit (Thrinax radiata), ceiba (Ceiba sp.) y zapote (Manilkara zapota) que se han utilizado, intensivamente, como material de construcción; deforestación de selva mediana subperennifolia y matorral costero; el desmonte y relleno de humedal; el fraccionamiento del hábitat debido a la construcción de obras y caminos; destrucción de dunas costeras e impacto paisajístico; y afectaciones por disposición inadecuada de aguas residuales. En tanto que la fauna ha sido afectada debido, principalmente, a la cacería e intensa actividad humana. De acuerdo con algunos pobladores del lugar, en la zona se han llevado a cabo actividades de cacería de venado cola blanca (Odocoileus virginianus), venado temazate (Mazama americana) y jabalíes (Tayassu tajacu y T. pecari), entre otras especies. Además, algunos desarrollos turísticos son responsables de la modificación del hábitat que favorece la anidación de tortugas marinas en las playas arenosas; y algunos asentamientos son responsables de la introducción de perros y gatos cuyo impacto sobre la fauna es evidente aunque se desconozca su magnitud. Los caminos existentes y en particular la carretera federal, constituyen barreras físicas infranqueables para muchos organismos, que constantemente son arrollados por los vehículos. Existen algunas especies que son más susceptibles, como las tortugas terrestres (Kynosternon sp.), el tamandúa (Tamandua mexicana), tlacuaches (Didelphis sp., Marmosa sp. y Philander opossum), tejones (Nasua nasua), mapaches (Procyon lotor), zorrillos (Conepatus semistriatus), la boa (Boa constrictor) y la iguana gris (Ctenosaura similis). La presión más fuerte la ejerce el conflicto sobre la tenencia de la tierra, pues por una parte el gobierno municipal reclama que el área es parte de su fundo legal y por tanto está sujeta a las disposiciones que en materia de ordenación urbana dicte y, por otra parte, la federación reclama su derecho a la administración del área decretada como área natural protegida puesto que dicho decreto tuvo carácter de expropiatorio. A esto se suma el interés de los propietarios de los predios que buscan el aprovechamiento legítimo de sus tierras, principalmente mediante la actividad turística de bajo impacto. No obstante los innegables problemas ambientales, la zona conserva gran parte de sus atributos naturales relativamente inalterados y puede, con la debida regulación, sostener la actividad turística asentada, sin menoscabo de su calidad ambiental.

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El marco de referencia puede ser el que establece el Programa de Manejo del Área Natural Protegida Parque Nacional Tulum, en su Subprograma de Protección, cuyo objetivo general es “Proteger permanentemente los recursos naturales presentes dentro de los límites del Parque Nacional, mediante acciones de prevención, mitigación, inspección, vigilancia y observancia de la legislación ambiental para la conservación de su patrimonio natural y cultural, así como su uso y aprovechamiento bajo un esquema de sustentabilidad.” Al interior del predio se conserva sólo una fracción de la cobertura vegetal original pero se mantiene la continuidad de la vegetación aún entre las obras existentes. Es notorio el dominio de la vegetación nativa sobre la vegetación exótica presente en el predio, afortunadamente ninguna de las especies exóticas registradas es considerada invasiva. Destacan en la zona de playa las palmas cocoteras que proceden de un uso precio, como rancho coprero, que fue característico durante los primeros años del siglo pasado en la costa de Quintana Roo. También destaca un pequeño manchón con vegetación de matorral costero en la sección sur del predio, en la que están presentes ejemplares de la palma chit (Thrinax radiata), especie incluida en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001. La fauna registrada al interior del predio fue escasa, probablemente debido a que los recorridos de campo fueron diurnos o probablemente porque efectivamente existe poca fauna asociada a éste. La fauna más común fueron aves, seguida de los reptiles. Destaca el registro de una iguana rayada (Ctenosaura similis) en el matorral costero del predio, porque se trata de una especie incluida en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001. Debido a que, en términos generales, se aplican buenas prácticas de manejo de residuos sólidos y líquidos, la operación del hotel no da lugar a afectaciones visibles sobre el suelo, subsuelo, agua subterránea o agua marina, o sobre la fauna nativa, no obstante existen áreas de oportunidad para minimizar las posibilidades de impacto ambiental. La zona federal marítimo terrestre frente al predio es rocosa y no muestra signos de afectación, salvo acumulación de residuos procedentes del mar abierto y que son arrastrados a la costa por efecto del oleaje y las mareas. No obstante, presenta vegetación halófila dispersa típica de estos ambientes, así como biota intermareal. Se registran algunas afectaciones a la vegetación de origen natural, particularmente por efecto del paso de huracanes y del amarillamiento letal del cocotero –palmas descopetadas y muertas en pie o con hojas amarillentas-, algunas de las cuales han sido recortadas por el promovente por cuestiones estéticas y de seguridad.

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V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES QUE GENERARÁ EL PROYECTO

De acuerdo con Conesa Fernández (1997) y Gómez Orea (1999), el proceso de evaluación del impacto ambiental inicia con la identificación de las acciones que pueden causar impactos sobre uno o más factores del medio susceptibles de recibirlos; en segundo término se procede a valorar los impactos para determinar su grado de significancia y, por último, se establecen las medidas preventivas, correctivas o compensatorias necesarias. No debe perderse de vista que el propósito de la evaluación del impacto ambiental, según el Artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente es establecer las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente.

V.1. IDENTIFICACIÓN DE LAS ACCIONES DEL PROYECTO QUE PUEDEN CAUSAR IMPACTOS

V.1.1 Acciones que modifican el uso del suelo El uso del suelo en la zona de interés está establecido por dos instrumentos de política ambiental y urbana que son concurrentes. Por una parte el Programa de Ordenamiento Ecológico de la región denominada corredor Cancún-Tulum asigna a esta zona dos unidades de gestión ambiental, la UGA 3 que aplica del camino Tulum Ruinas-Boca Paila a la costa y la UGA 5 que aplica para la sección poniente. Las obras construidas y las actividades que se realizan como parte de la operación del hotel Diamante K tienen lugar en la UGA 3, para la cual este instrumento establece el uso “turismo” como un uso condicionado, por lo que su operación no implica la modificación del uso del suelo establecido en este instrumento. En la fracción poniente del predio no se llevan a cabo actividades de aprovechamiento, por lo que no se modificará el uso del suelo actual. Por otro lado, está el Programa de desarrollo urbano del centro de población de Tulum que señala que el predio de interés se localiza en un área clasificada como Parque Natural (PN) en la cual está prohibida la construcción de nuevos cuartos hoteleros y sólo se permite el aprovechamiento de bajo impacto dirigido a la generación de infraestructura turística de apoyo; por lo que si el proyecto que se valora se tratase de una obra nueva este no podría ejecutarse tal como está. Sin embargo, no se trata de una obra nueva y este instrumento no puede ser aplicado de forma retroactiva, por lo que en realidad la operación del hotel no modifica el uso del suelo que establece, sino simplemente no es acorde con él. Por último, desde el punto de vista del Programa de Manejo del Área Natural Protegida Parque Nacional Tulum –independientemente que por resolución judicial este instrumento no aplica para el proyecto que se valora y que por su carácter y jerarquía no tiene el peso jurídico para imponer modalidades de uso del suelo a los particulares- habría que tomar en cuenta que este

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instrumento estableció mediante la Zonificación27 del área tres subzonas de manejo (Figura 36), así como los usos y las actividades permitidas dentro del mismo, de conformidad con su Decreto de creación y las disposiciones legales aplicables. El Hotel Diamante K se localiza en la subzona de uso público que ocupa la sección sureste del Parque Nacional, colindante al norte con la zona arqueológica amurallada de Tulum, al este con la zona federal marítima, al sur con en Fundo Legal Tulum, y al oeste con el camino Tulum Ruinas-Punta Allen y Fundo Legal Tulum. En la subzona de uso público está permitido el desarrollo de actividades turístico recreativas, tales como días de campo, campamentos y recorridos recreativos, apoyados con casetas y senderos, observatorios de aves y miradores, se acepta la presencia e influencia de concentraciones de visitantes, siempre y cuando éstas no excedan los límites de cambio aceptable que se establezcan. Se buscará facilitar la educación ambiental y recreación intensiva, de tal manera que estas actividades armonicen con el ambiente y provoquen el menor impacto posible sobre éste y sobre la belleza escénica. Así mismo, el espeleobuceo se permite para fines turísticos y científicos, siempre y cuando se acredite la experiencia requerida y se cuente con los permisos correspondientes. Se permite la explotación de cuerpos de agua únicamente para las necesidades del área de servicios de la subzona de uso público del Parque, como sanitarios, lavamanos, etc. Se permite la instalación de infraestructura de bajo impacto, que apoye las actividades turísticas, para investigación, así como las necesarias para el manejo y administración del área. Con base en lo anterior se concluye que la operación del Hotel Diamante K no implica acción alguna que modifique el uso actual del suelo.

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Zonificación. Instrumento técnico de planeación que puede ser utilizado en el establecimiento de las áreas naturales protegidas, que permite ordenar su territorio en función del grado de conservación y representatividad de sus ecosistemas, la vocación natural del terreno, de su uso actual y potencial, de conformidad con los objetivos dispuestos en la misma declaratoria. Asimismo, la subzonificación consiste en el instrumento técnico y dinámico de planeación, y que es utilizado en el manejo de las áreas naturales protegidas con el fin de ordenarlas detalladamente.

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Figura 36. Plano Oficial de zonificación del Parque Nacional Tulum, CONANP, 2006.

V.1.2 Acciones que implican emisión de contaminantes La operación del Hotel Diamante K se realiza sin el concurso de equipo industrial o de maquinaria pesada; sin embargo, se emplea un generador eléctrico a base de diesel –marca Lister Petters, modelo LLD 410- el cual consume 50 L diarios en promedio y opera un máximo de 10 horas al día. Este equipo emite contaminantes al ambiente ya que se trata de un motor de combustión interna y puede ser considerado como una fuente fija en los términos de la Norma Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-1994, cuya evaluación y monitoreo debe ser parte del proceso de mantenimiento del hotel.

Hotel Diamante K

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El equipo con el que se cuenta actualmente tiene una antigüedad de tres meses toda vez que fue adquirido en el mes de noviembre, por lo que no se ha llevado a cabo la medición y análisis de gases de combustión; sin embargo, se asume que su operación no genera contaminación atmosférica, ni en emisiones ni en ruido, puesto que el equipo cumple con las especificaciones la norma ISO 8528-1:2005. De acuerdo con la ficha técnica del equipo, éste genera hasta 70 dB por lo que no representa un riesgo para la fauna silvestre o la población (se anexa). De acuerdo con la Norma la empresa promovente deberá llevar una bitácora de operación y mantenimiento del equipo, medición y análisis de las emisiones y de los certificados de calidad del combustible empleado. Esta práctica aún no está implementada en el hotel. Por otra parte, periódicamente se aplica al interior de las cabañas un insecticida comercial a base de cipermetrina, el cual tiene uso doméstico o urbano. Su código de peligrosidad es Azul para la salud, Rojo para inflamabilidad y Amarillo para riesgo de explosión; de acuerdo con su ficha técnica este compuesto es eliminado relativamente rápido del ambiente y sus residuos no se acumulan en forma significativa; además, la cipermetrina muestra una fuerte tendencia a adsorberse a las arcillas y materia orgánica del suelo, por ello es poco probable que contamine las aguas subterráneas. No obstante, su tipo toxicológico es III y es extremadamente tóxico para peces e invertebrados acuáticos, sin embargo, en condiciones de uso recomendado, no representa un peligro para el ambiente debido a su degradación acelerada, a la baja toxicidad de sus metabolitos y a sus reducidos volúmenes de aplicación. Los mayores riesgos ambientales generados por este compuesto provienen de derrames, sobre aplicación y mal uso.

V.1.3 Acciones derivadas de almacenamiento de residuos Al interior del Hotel Diamante K los residuos son depositados por los usuarios u operadores en recipientes estratégicamente distribuidos para abarcar todas las posibles áreas de generación, como son baños, habitaciones, spa, cocina, bar, comedor, recepción y áreas abiertas recreativas. Todos los días personal del hotel recupera los residuos y los concentra en bolsas plásticas que son almacenadas temporalmente al interior del predio, en el área de “talleres”. Estos residuos no permanecen por más de dos días en el predio ya que son entregados al camión recolector operado por personal adscrito a la Dirección de Servicios Públicos del Municipio de Tulum. No existe en el hotel un área de almacenamiento de residuos con cámara fría y sello de concreto para contener posibles lixiviados, sin embargo, ésta es innecesaria por el volumen de residuos que se maneja, que es del orden de los 30 a 70 Kg diarios en promedio, así como por la composición de los residuos que califican como “domésticos”. Por otra parte, una instalación con cámara fría demandaría consumos de energía eléctrica que no están disponibles para el área de interés. Durante los recorridos de campo realizados para la elaboración del presente manifiesto no se observó impacto ambiental alguno derivado del almacenamiento de residuos al interior del predio, ya que no se apreciaron olores fétidos, fauna nociva, lixiviados o escurrimiento. No obstante, existen áreas de oportunidad para el manejo de residuos sólidos al interior del predio, tales como la separación de los mismos en orgánicos e inorgánicos, la entrega separada de los

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residuos al camión recolector y mejoras en el almacén de residuos para reducir los riesgos de contaminación por escurrimientos o derrames involuntarios de sustancias, entre ellas, combustibles. Por otra parte, los residuos orgánicos derivados de las aguas residuales, lodos, se acumulan en las fosas sépticas existentes en el predio, las cuales están libres de fuga gracias a que están revestidas con concreto y por ello almacenan este residuo sin causar daño o riesgo ambiental. Según demanda las aguas negras son retiradas del predio mediante bombeo a pipas especialmente adaptadas para ello y trasladadas a una planta de tratamiento de aguas residuales para su disposición final. Durante los recorridos de campo para la integración de este manifiesto no se observaron residuos peligrosos al interior del hotel, sin embargo, estos podrían producirse durante el mantenimiento de la planta generadora de electricidad, tras la aplicación de insecticidas o de la fumigación, o podrían provenir de la cocina, en forma de grasas y aceites quemados, o de intendencia, en forma de envases con residuos clorados o ácidos. No existe ninguna medida de control de estos residuos al interior del hotel y se desconoce cuál al sido el tipo de disposición final que se ha dado a estos residuos en el pasado.

V.1.4 Acciones que implican sobreexplotación de recursos La sobreexplotación de los recursos naturales se produce cuando se extraen los organismos o se explota los ecosistemas a un ritmo mayor que el de su regeneración natural. En este sentido la operación del Hotel Diamante K no representa sobreexplotación de recursos, ni siquiera indirectamente, ya que los insumos que demanda para su operación –cárnicos, lácteos, pescado, frutas, verduras, etc.- son, por su volumen, insignificantes para la capacidad de abasto de la zona. Por supuesto que si se considera la operación del hotel de manera acumulativa a la operación turística de la Riviera Maya, cabría suponer que la demanda conjunta pone bajo presión algunos sectores productivos y éstos, en su afán de satisfacer el abasto, están, posiblemente, causando la sobreexplotación de algunos recursos. Pero aún bajo esta óptica habría que dimensionar adecuadamente la participación de este proyecto que en términos de unidades de alojamiento representa 1.5 % de la oferta en Tulum y 0.1 % de la Riviera Maya. Por otra parte, la operación del hotel no implica desmontes o aprovechamientos forestales que puedan causar afectación de los recursos florísticos de los ecosistemas presentes en el área; ni captura, caza o pesca de fauna silvestre que pudiera disminuir el número, composición o -distribución de los recursos faunísticos de estos mismos ecosistemas. El único recurso que se aprovecha hoy día es el paisajístico, el cual no se ve afectado por las actividades que lleva a cabo el promovente. Por el contrario, se procura su conservación y mantenimiento en la zona de interés porque ello contribuye a la continuidad del servicio que se presta y oferta y mantiene competitivo el negocio.

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En términos de demanda de agua, la operación del hotel tampoco causa sobreexplotación del recurso, ni siquiera al considerarlo de forma acumulativa a la demanda de los prestadores de servicios turísticos en la zona, ya que el acuífero que se aprovecha en la zona está subexplotado de acuerdo con la condición geohidrológica que se reporta. En efecto, el volumen de agua que alcanza el acuífero anualmente se estima en 21.6 Mm3, de los cuales 1.1 Mm3 se extraen con fines de aprovechamiento, es decir, 5.0 %, de los cuales 0.18 % corresponde a la demanda anual del Hotel Diamante K, ya que en promedio se aprovechan 2,037 m3 de agua al año. En términos de capacidad de carga turística al interior del área natural protegida o de la zona arqueológica de Tulum, no puede afirmarse o negarse que la operación del Hotel Diamante K contribuya a rebasar los límites de cambio aceptables, ya que dichas capacidades y límites no han sido establecidos por la SEMARNAT, la CONANP o el INAH. No obstante, considerando que la capacidad de alojamiento del hotel es de hasta 74 huéspedes y que su promedio de ocupación anual es de 56 %, el número medio anual usuarios que aporta el hotel a la zona es de 15,125 que comparados con el 1’041,971 de visitantes que reportó el INAH sólo para la zona arqueológica en 2005, representa apenas 1.45 % de la carga turística que recibe la zona. Además esta cifra seguramente se diluye en el volumen no cuantificado de visitantes a los desarrollos turísticos y recreativos asentados en la zona costera del área de estudio.

V.1.5 Acciones que implican subexplotación de recursos La subexplotación de un recurso ocurre cuando éste no se aprovecha o su aprovechamiento se hace por debajo de su umbral de capacidad de explotación. Dado que no se conocen las capacidades de carga de los recursos naturales en la zona no pueden aventurarse conjeturas respecto de la subexplotación de los recursos. En la zona el acuífero se considera un recurso subexplotado debido a la abundancia del líquido que escurre hacia al mar de manera libre, del orden de 7.7 Mm3/año, sin embargo esto es discutible puesto que no se conocen los efectos en la reducción del volumen natural de escorrentía. De cualquier modo, no se considera que el proyecto promueva la subexplotación de ningún recurso.

V.1.6 Acciones que actúan sobre el medio biótico El medio biótico, entendido como el conjunto de elementos vivos que conforman el ambiente, está representado en la zona de estudio por los ecosistemas vegetación secundaria arbórea de selva mediana subperennifolia, matorral costero y vegetación halófila y las especies de flora y fauna que en ellos habitan. La operación del Hotel Diamante K, dado que no implica la ejecución de obras que demande el desmonte de áreas naturales, no contribuye a incrementar la tasa de deforestación ni a reducir el hábitat de la fauna silvestre, no introduce nuevas barreras físicas, ni incrementa la

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fragmentación del hábitat. Dado que tampoco implica aprovechamiento de los recursos naturales presentes en la zona, salvo el paisaje, no contribuye a incrementar la problemática ambiental reportada para el área por la CONANP, en relación con la tala y caza ilegales. El proyecto tampoco afecta las zonas de anidación de tortuga marina ya que los usuarios del hotel únicamente aprovechan una playa pequeña que se abre entre las rocas que dominan la playa del predio y la cual no tiene las condiciones que favorezcan el arribo y anidación de tortuga marina (Figura 37).

Figura 37. Playa frente al Hotel Diamante K. Las obras construidas o la operación del hotel no afectan el flujo natural del agua en el humedal localizado al poniente del predio, ni causan interrupción de los flujos subterráneos de agua, de tal suerte que el proyecto no tiene un impacto sobre la flora y fauna que depende de dichos flujos. Al interior del hotel no se observó un manejo inadecuado de residuos que pudiera convertirse en promotor de fauna nociva, o que por su incorrecto almacenamiento o disposición pudiera utilizarse como fuente de alimento por la fauna silvestre oportunista causándoles con ello una posible afectación por una dieta no natural. Tampoco se encontraron evidencias de contaminación por emisiones, lixiviados, ruido o de otro tipo. Por supuesto la existencia misma de las obras y las actividades que se realizan en el predio ocupan un espacio que alguna vez fue natural, pero debe recocerse que aún antes de la actividad turística que hoy existe, dicho espacio había sido transformado por usos y aprovechamientos que se remontan, de manera documentada, a principios del siglo pasado y posiblemente a la época prehispánica. En efecto está ampliamente documentado el uso como rancho coprero de prácticamente toda la costa de sur y centro de Quintana Roo, que prevaleció en la primera mitad del siglo XX, pero que decayó a raíz del Huracán Janet en 1955 y posteriormente desapareció con el paso de la enfermedad que causa el amarillamiento letal de la palma de coco y el cambio de uso del suelo a la actividad turística. En este orden de ideas cabe cuestionarse que tan natural era el área donde hoy se asienta el hotel ya que existe documentación que prueba el uso del predio desde el año 1955 cuando su anterior propietario fundó el rancho “Dzibac-Tun” y llevó a cabo la construcción de obras mismas que fueron documentadas por la SEDUE en el año 1990 de

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acuerdo con el oficio DS.142.0.001. Lo cierto es que las obras construidas del lado de la costa constituyen un elemento de fragmentación del ecosistema, cuyo efecto es de una magnitud mucho menor al causado, por ejemplo, por la zona arqueológica de Tulum o por los grandes desarrollos turísticos localizados en los bordes del área de estudio. Gracias a que se conserva parte de la vegetación nativa al interior del predio, al nivel del dosel, se conserva la continuidad de la vegetación con los predios aledaños y debido a que no hay bardas o muros en los linderos de la propiedad, al nivel del piso no se interrumpe del todo el potencial de tránsito de la fauna silvestre, particularmente la de hábitos nocturnos. Al interior del predio no se han introducido especies exóticas consideradas invasoras por la CONABIO. En las jardineras y áreas verdes ajardinadas se emplean preferentemente ejemplares de flora nativa y las pocas especies exóticas no se consideran invasoras. La conservación de la vegetación nativa en el predio favorece la presencia de fauna silvestre y aunque porcentualmente los 528 m2 de matorral costero que se mantienen en condiciones naturales no son significativos al nivel del ecosistema, al menos representan un pequeño refugio en el que se han establecido algunos individuos de iguana rayada (Ctenosaura similis) y palma chit (Thrinax radiata), especies incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001. El acceso al predio, a través del camino Tulum Ruinas-Punta Allen, aunque no es de uso exclusivo del Hotel Diamante K, si es un elemento de presión sobre la fauna local, ya que carece de señalización que induzca su uso responsable. La única actividad directa e intencionada con afectaciones al medio biótico registrada al interior del hotel se vincula con la aplicación constante de insecticidas y con la fumigación que se realiza al interior de las palapas de manera periódica, aproximadamente cada dos meses, utilizando cipermetrina que permite mantener bajo control las poblaciones de arañas, alacranes, chinches, cucarachas, pulgas, hormigas, moscas, mosquitos, triatominos, piojos, ciempiés, grillos, jejen, garrapata de perro, abejas, termitas, pescadito de plata, cochinillas, milpies, abejorros, escarabajos, palomillas, termitas de madera seca, mosquita blanca, tijeretas, tijerillas, mosquita de la fruta, moquita, polillas y grillo doméstico. Esta práctica no es dañina para el ambiente y la mayoría de las poblaciones se recupera tras un período de 15 semanas.

V.1.7 Acciones que dan lugar al deterioro del paisaje El proyecto Hotel Diamante K, lejos de deteriorar el paisaje propio de la zona costera de Tulum lo conserva porque forma parte de la imagen de venta del sitio. Las cabañas que conforman el hotel mantienen la imagen propia de los desarrollos ecoturísticos de la zona, pues están elaboradas con materiales propios de la región, en colores naturales y con alturas que se encuentran por debajo del dosel de la vegetación local (Figura 38). Adicionalmente, las instalaciones son subterráneas y se mantiene una gran cantidad de ejemplares y superficie con vegetación nativa costera propia del lugar, por tanto, el proyecto no da lugar al deterioro del paisaje. La única circunstancia que compromete de alguna forma la aseveración anterior corresponde a la presencia de algunos ejemplares de especies vegetales exóticas como el almendro (Terminalia

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catappa) o la buganvilia (Bougainvillea glabra), que si bien no están clasificadas como invasoras por la CONABIO, están señaladas como non gratas en la mayoría de los instrumentos de planeación ambiental publicados recientemente por el Gobierno del Estado de Quintana Roo.

Figura 38. El Hotel Diamante K mantiene el paisaje costero típico de la costa de Tulum. Por otra parte, debido al material con que están construidas las cabañas existe riesgo de incendio de alguna de las estructuras, siendo la cocina el área de mayor riesgo seguida por las habitaciones. Para minimizar este riesgo la empresa promovente debe acatar la normatividad en materia de protección civil y, particularmente, aplicar retardante a los techos de las palapas, distribuir extintores adecuados en las áreas de mayor riesgo y capacitar al personal.

V.1.8 Acciones que repercuten sobre las infraestructuras El Hotel Diamante K opera prácticamente de manera autónoma ya que no recibe los servicios de distribución de energía eléctrica, abasto de agua potable, disposición de aguas residuales a través de una red de drenaje, por lo que no representa una carga para la infraestructura pública. Por otro lado, debido a que el Municipio de Tulum carece de un relleno sanitario que cumpla con la normatividad aplicable, así como de infraestructura adecuada para el manejo de residuos de manejo especial –lodos sépticos, aguas residuales- o residuos peligrosos, cualquier generación de estos residuos repercute, en términos de presión por demanda, sobre la administración municipal que tiene la obligación legal de prestar servicios públicos municipales. Aunque la generación de residuos sólidos urbanos provenientes de las habitaciones y la cocina del hotel son insignificantes en comparación con el volumen total de residuos que recibe el Ayuntamiento para su disposición final, existe la posibilidad de contribuir a minimizar el problema mediante acciones que tiendan a reducir el volumen de residuos que se entrega, tales como el composteo de residuos orgánicos y la separación de residuos reciclables y su disposición a través de terceros autorizados.

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En cuanto a los lodos sépticos que se generan, una alternativa para minimizar el problema es contar con una planta de tratamiento de aguas residuales interna, sin embargo, no parece factible su instalación en el predio debido a que contraviene los criterios y normativas, ambientales y urbanos, aplicables para la zona. Adicionalmente, debido a que no se cuenta con un suministro constante de energía eléctrica los sistemas aerobios no son opción viable y los anaerobios requieren complementarse con lagunas de oxidación que demandan la modificación de áreas relativamente grandes de terreno, situación que no está permitida en el área del proyecto. Por tanto, habrá que buscar soluciones que favorezcan el desarrollo de las bacterias facultativas en las fosas para ayudar a la degradación de grasas y aceites en particular y de la carga orgánica en general.

V.1.9 Acciones que modifican el entorno social, económico y cultural La operación del Hotel Diamante K no modifica el entorno social, económico o cultural de la zona costera de Tulum ya que la prestación de servicios ecoturísticos y de hospedaje en cabañas rústicas es una práctica que tiene al menos 30 años en esta zona de Quintana Roo. La aportación económica del hotel al entorno de Tulum, si bien es poco significativa en términos de la derrama regional o estatal, es importante para las 16 familias que dependen de esta actividad, así como para los proveedores de bienes y servicios vinculados a la operación del hotel, el restaurante y el spa. Ninguna de las actividades que se realizan al interior del predio repercute de forma negativa en la calidad histórica o cultural de la zona.

V.1.10 Acciones derivadas del incumplimiento de la normatividad ambiental vigente Como se demostró en el capítulo III de este manifiesto la operación del Hotel Diamante K no incumple, en lo general, la normatividad ambiental vigente, existen sin embargo, situaciones que deben ser corregidas, como es el caso del monitoreo de emisiones a la atmósfera, el manejo de residuos o las condiciones del taller o almacén de combustibles. Para todas ellas se proponen medidas que minimicen su impacto sobre el ambiente. En síntesis, las acciones o actividades vinculadas a la operación del Hotel Diamante K susceptibles de generar impactos de naturaleza negativa son el empleo de la planta generadora de electricidad, que al ser una fuente fija emite contaminantes a la atmósfera y ruido potencialmente perturbador para la fauna; el manejo de residuos sólidos urbanos que potencialmente pueden afectar a la fauna silvestre y degradar la calidad del paisaje natural; el manejo de residuos sólidos de manejo especial y peligrosos que potencialmente puede degradar la calidad del suelo, subsuelo, agua subterránea y agua marina; la cantidad y tipo de residuos que se generan que en alguna medida contribuyen a generar presión en la cobertura de los servicios públicos municipales y la infraestructura instalada; el manejo de sustancias peligrosas e inflamables, combinada con el tipo de materiales de construcción empleados y otros agentes

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propicios, dan lugar al riesgo de incendio, amén que los derrames de estas sustancias generan contaminación; la presencia de flora exótica que compite con la flora nativa por espacios y recursos; y el empleo del camino de acceso que conlleva un riesgo de atropellamiento de la fauna silvestre. Por otra parte, las acciones o actividades vinculadas a la operación del Hotel Diamante K susceptibles de generar impactos de naturaleza positiva son la renta de espacios de alojamiento y el expendio de alimentos y bebidas que propician la generación de empleo, la captación de divisas y el sostenimiento de cadenas productivas, comerciales y de servicios, además del pago de impuestos y derechos.

V.2. IDENTIFICACIÓN DE LOS FACTORES AMBIENTALES DEL ENTORNO SUSCEPTIBLES DE RECIBIR IMPACTOS

Los factores ambientales del entorno susceptibles de recibir impactos son la atmósfera que recibe las posibles emisiones de contaminantes de la planta generadora de electricidad; la fauna silvestre que percibe ruidos perturbadores derivados del generador o que tiene acceso a residuos sólidos urbanos que eventualmente podrían causarles enfermedades o que se expone a ser atropellada al atravesar los caminos o que podría verse afectada por el manejo o disposición inadecuada de residuos peligrosos; el suelo y subsuelo que podrían ser afectados por potenciales escurrimientos y lixiviados; el acuífero que podría ser alcanzado por potenciales filtraciones de aguas residuales desde la fosa séptica o la infraestructura de la red de drenaje interna; las infraestructuras existentes –más por sus propias deficiencias que por la presión que ejerce el hotel sobre ellas-, particularmente para la disposición final de residuos sólidos y para el tratamiento de aguas residuales; la flora nativa debido a la presencia de especies exóticas en el predio. También el medio socioeconómico puede verse afectado, en este caso, por la decisión que tome la autoridad respecto de la evaluación del proyecto que se presenta, ya que en caso de negar la operación del hotel se genera un impacto negativo que afectaría directamente al empresario y a los empleados del hotel e indirectamente a los proveedores del mismo. Se impactaría además al sector turismo pues representaría una reducción en la oferta turística del estado y por ende en la captación de divisas. También el sector público sería impactado porque dejaría de percibir los pagos por concepto de impuestos y derechos a los que está obligado el promovente. Los factores del medio susceptibles de recibir impactos derivados de las acciones del proyecto están representados mediante un árbol de acciones o mapa conceptual como lo indica el Cuadro 6. A la derecha de cada componente ambiental se ha asignado un valor de importancia estimado a partir de su relevancia en el sistema ambiental, determinado con base en la experiencia del equipo técnico responsable de este manifiesto, siguiendo los criterios de Conesa (1997) y con base en la caracterización incluida en el capítulo IV de este manifiesto.

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Cuadro 6. Elementos del ambiente susceptibles de recibir impactos ambientales.

Sistema Subsistema Componente

Ambiental Factor Ambiental

Afectable UIP

Medio Físico

Medio Abiótico

Atmósfera Calidad 50

Agua subterránea Calidad 100

Agua marina Calidad 100

Suelo y subsuelo Calidad 50

Medio Biótico

Flora Cobertura 100

Fauna

Abundancia 50

Distribución 50

Calidad de vida 50

Medio Perceptual Paisaje natural Calidad y valor escénico 150

Medio Socioeconómico

Medio Económico Economía local

Empleo 100

Sector turismo 100

Sector comercio 50

Sector público 50

1,000

V.3. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES

V.3.1 Identificación de impactos potenciales El resultado de la interacción entre las acciones del proyecto susceptibles de generar impactos y los elementos del ambiente susceptibles de recibirlos; así como los impactos ambientales potenciales identificados que genera el proyecto con base en la metodología propuesta, se muestran en los siguientes cuadros y se describen enseguida. En síntesis, los impactos ambientales potenciales que se generan por la operación del hotel Diamante K, suman 14, todos ellos permanentes; 11 de naturaleza negativa y tres de naturaleza positiva. Ninguno de los impactos potenciales identificados es ambientalmente crítico o severo.

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Cuadro 7. Matriz de doble entrada que muestra las interacciones entre las acciones del proyecto que pueden causar impactos y los factores del ambiente susceptibles de recibirlos. Cada cruce representa un impacto potencial.

Sistema SubsistemaComponente

Ambiental

Factor Ambiental

Afectable

UIP Emp

leo

de

pla

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ge

ne

rad

ora

de

en

erg

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Exp

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Sum

a d

e im

pac

tos

al f

acto

r

Atmósfera Calidad 50 X X 2

Agua subterránea Calidad 100 X X X X 4

Agua marina Calidad 100 X X X 3

Suelo y subsuelo Calidad 50 X X X X 4

Flora Composición 100 X X 2

Distribución y

abundancia100 X 1

Calidad de vida 50 X X 2

Medio

PerceptualPaisaje natural Calidad y valor escénico 150 X X X X 4

Empleo 100 X X 2

Sector turismo 100 X X X X 4

Sector comercio 50 X X X X X 5

Sector público 50 X X X X X 5

1,000 2 6 6 6 5 1 1 3 4 4

ACCIONES IMPACTANTES

Economía local

Suma de impactos por acción

Operación del hotel Diamante KFACTORES AMBIENTALES SUSCEPTIBLES DE SER IMPACTADOS

Medio Socio-

económico

Medio

Natural

Fauna

Medio Abiótico

Medio Biótico

Medio

Económico

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Cuadro 8. Impactos ambientales potenciales identificados.

Impacto ambiental potencial Naturaleza

Emisión de contaminantes a la atmósfera Negativo

Emisión de ruido perturbador Negativo

Afectación a la fauna por exposición a residuos de tipo doméstico Negativo

Afectación a la fauna por atropellamiento Negativo

Contaminación por filtración de aguas residuales Negativo

Contaminación por vertimientos de sustancias peligrosas Negativo

Contaminación por manejo inadecuado de residuos Negativo

Desplazamiento de flora nativa por especies exóticas Negativo

Degradación de la calidad del paisaje Negativo

Riesgo de incendio Negativo

Presión sobre la infraestructura de servicios públicos Negativo

Generación de empleo directo e indirecto Positivo

Sostenimiento de cadenas productivas, comerciales y de servicios Positivo

Beneficios económicos por pago de impuestos y derechos Positivo

V.3.2 Descripción y valoración de impactos potenciales

V.3.2.1. Emisión de contaminantes a la atmósfera La emisión de contaminantes a la atmósfera es un impacto ambiental potencial, de naturaleza negativa, derivado del uso de la planta de generación eléctrica que es una fuente fija que emplea diesel como combustible y emite residuos contaminantes como resultado de su proceso de combustión interna. Se trata de un impacto potencial cuyo grado de destrucción se califica como bajo (IN = 1) puesto que no se trata de un equipo industrial, sino de un generador pequeño que incluso podría tener uso doméstico, que cumple con las normas técnicas de calidad y posee aditamentos internos que reducen las emisiones a la atmósfera. Además, el tipo de emisiones generadas, dióxido y monóxido de carbono, son de relativamente baja toxicidad, se liberarán en cantidades por debajo del umbral permitido por la Norma Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-1994 y lo harán en espacios abiertos no clasificados como críticos. El área de influencia de las emisiones se restringe a unos pocos metros desde su origen por lo que debe calificarse como de efecto puntual (EX = 1), sin embargo, el momento en que se manifiesta es inmediato (MO = 4), toda vez que las emisiones tienen lugar en el momento mismo que se enciende el equipo y cesan hasta que se apaga, con una persistencia del efecto fugaz (PE = 1), ya que las emisiones se diluyen inmediatamente en el ambiente y no pueden ser percibidas a los pocos minutos. El efecto causado por las emisiones, dado su volumen, es susceptible de revertirse de manera natural en el corto plazo mediante el proceso de fotosíntesis gracias a la gran masa vegetal presente en el área de influencia del impacto (RV = 1) y las únicas acciones que se requieren para

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hacer retornar la atmósfera a su condición original es mantener el equipo funcionando dentro de los parámetros establecidos en la Norma, para lo que cual se necesita implementar la evaluación y monitoreo del equipo como parte del proceso de mantenimiento del hotel (MC = 1). El efecto es simple en cuanto a su sinergia (SI = 1) y aunque la acción que lo genera se produce de manera reiterada, unas 10 horas cada día (PR = 2), no tiene efectos acumulativos a escala local (AC = 1). La relación causa-efecto es directa (EF = 4), ya que el impacto potencial puede presentarse sí y sólo sí se hace uso del equipo y sólo durante el período de tiempo que está encendido. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 20 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = - (3 (1) + 2 (1) + 4 + 1 + 1 + 1 + 1 + 4 + 2 + 1) = - 20.

V.3.2.2. Emisión de ruido perturbador El ruido es un impacto ambiental potencial, de naturaleza negativa, derivado del uso de la planta de generación eléctrica que es una fuente fija que emplea diesel como combustible y emite ruido potencialmente contaminante como resultado de su operación. Se trata de un impacto potencial cuyo grado de destrucción se califica como bajo (IN = 1) puesto que el ruido como máximo ahuyentará a la fauna pero no le causará la muerte. El área de influencia de las emisiones se restringe a unos pocos metros desde su origen –radio de acción menor a 10 m-, por lo que debe calificarse como de efecto puntual (EX = 1), sin embargo, el momento en que se manifiesta es inmediato (MO = 4), toda vez que las emisiones tienen lugar en el momento mismo que se enciende el equipo y cesan hasta que se apaga, con una persistencia del efecto fugaz (PE = 1), ya que las emisiones desaparecen al apagar el equipo. El efecto causado por las emisiones, dado su intensidad estimada en hasta 70 dB operando normalmente, es susceptible de revertirse de manera natural de manera inmediata –corto plazo- simplemente alejándose de la fuente (RV = 1) y las únicas acciones que se requieren para hacer retornar el ambiente a su condición original es mantener el equipo funcionando dentro de los parámetros establecidos en la Norma, para lo que cual se necesita implementar la evaluación y monitoreo del equipo como parte del proceso de mantenimiento del hotel (MC = 1) El efecto es simple en cuanto a su sinergia (SI = 1) y aunque la acción que lo genera se produce de manera reiterada, unas 10 horas cada día (PR = 2), no tiene efectos acumulativos a escala local (AC = 1). La relación causa-efecto es directa (EF = 4), ya que el impacto potencial puede presentarse sí y sólo sí se hace uso del equipo y sólo durante el período de tiempo que está encendido. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 20 como se muestra en la siguiente ecuación:

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I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = - (3 (1) + 2 (1) + 4 + 1 + 1 + 1 + 1 + 4 + 2 + 1) = - 20.

V.3.2.3. Afectación a la fauna por exposición a residuos de tipo doméstico La fauna silvestre puede ser afectada en la calidad de su dieta si es expuesta al consumo de residuos domésticos, ya sea de manera fortuita o intencional y ello puede derivar en enfermedades gastrointestinales, parásitos o en el incremento de contacto con humanos, lo que a la postre puede generar situaciones negativas para ambos. Es un impacto ambiental potencial, de naturaleza negativa, que puede derivar de un manejo inadecuado de los residuos sólidos de tipo doméstico que se generan por la operación del restaurante. Se trata de un impacto potencial cuyo grado de destrucción se califica como bajo (IN = 1) puesto que, por un lado la cantidad de residuos que se genera es baja y normalmente permanecen poco tiempo en el predio, y por otro lado son pocas las especies oportunistas que pueden aprovechar la mala o ineficiente disposición de éstos, entre ellas se pueden contar algunas especies de aves (zanates, tordos), roedores y mamíferos (tlacuaches, tejones, mapaches), respecto del universo de fauna silvestre que habita los ecosistemas dentro del área de influencia del proyecto. El área de influencia puede abarcar varios cientos de metros, ya que los animales son capaces de detectar olores que representan una potencial fuente de alimento a grandes distancias, por lo que este impacto tiene una extensión parcial (EX = 2), aunque crítica (+ 4), por ocurrir al interior de un área natural protegida. El plazo de manifestación del efecto –la enfermedad o la interacción con humanos- puede considerarse de corto plazo, es decir, inferior a un año (MO = 4), siempre y cuando la disposición inadecuada ocurra de manera reiterada o continuada en cuyo caso se consideraría acumulativo y se califica con 4 (AC). Sin embargo, si cesa la acción es posible que se recupere la condición inicial por medio naturales (RV = 1) y que esto ocurra de manera fugaz, es decir, en menos de un año (PE = 1). Se trata de un impacto ambiental mitigable (MC = 4) que demanda un manejo responsable de los residuos sólidos de tipo doméstico, que incluye su recolección oportuna, almacenamiento en recipientes con tapa y en áreas no accesibles para la fauna oportunista y su disposición oportuna a través del servicio de limpia municipal. El efecto se considera sinérgico, pero moderado (SI = 2) porque la disponibilidad de alimento además de conllevar un riesgo de enfermedad para los animales, puede incrementar el contacto con los huéspedes, lo que daría lugar a posibles accidentes –mordeduras, arañazos, golpes- y convirtiendo a los animales en plaga a los ojos de los operadores del hotel, exponiéndolos a ser exterminados. La acción que genera este impacto potencial se produciría únicamente de manera irregular (PR = 1). La relación causa-efecto es indirecta (EF = 1), ya que el impacto potencial puede presentarse sí y sólo sí se hace un manejo inadecuado de los residuos sólidos urbanos y no a causa de la operación del hotel.

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Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 29 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = - (3 (1) + 2 (2) + 4 + 4 + 1 + 1 + 2 + 4 + 1 + 1 + 4) = - 29.

V.3.2.4. Afectación a la fauna por atropellamiento El camino de acceso al hotel es una barrera física que implica el riesgo de atropellamiento de la fauna silvestre y dado que tanto clientes como operadores y proveedores requieren usar esta vía, normalmente con vehículo automotor, pues se dan las condiciones para que el impacto tenga lugar. Se trata de un impacto potencial, de naturaleza negativa, cuyo grado de destrucción se califica como bajo (IN = 1) puesto aunque el riesgo es latente las probabilidades de encuentro son relativamente bajas y cuando ocurre la afectación es a individuos aislados o como máximo a un grupo de individuos –cuando se afecta a una hembra con crías-. El área de influencia del impacto es puntual (EX = 1), pues sólo ocurre a lo largo de la vía, aunque crítica (+ 4), por ocurrir al interior de un área natural protegida. El impacto se manifiesta de inmediato (MO = 4), es decir, en el momento mismo que hay proyecto puesto que necesariamente se debe transitar por este camino para acceder al predio, por lo que además es permanente (PE = 4). El efecto causado por el atropellamiento suele ser mortal para la víctima pero su efecto sobre las poblaciones no es tan dramático, es decir, no tiene una intensidad tan alta que ponga en riesgo o peligro a las poblaciones de fauna silvestre, por lo que se califica de reversible en el corto plazo (RV = 1) y como mitigable (MC = 4) mediante acciones preventivas –control de la velocidad, señalización, educación ambiental a los usuarios- o mediante acciones correctivas como la reproducción en cautiverio y liberación por citar un ejemplo. En cuanto a su sinergia el efecto se considera simple (SI = 1) y en cuanto su periodicidad se considera continuo (PR = 4), ya que es un impacto latente mientras exista tráfico y éste puede tener lugar a cualquier hora del día. Su efecto se considera simple (AC = 1), porque afecta al individuo y no a la población y la relación causa-efecto es indirecta (EF = 1), pues el atropellamiento finalmente es fortuito y no es una consecuencia de la operación del hotel sino del modo de conducir de los choferes y de la conducta de los animales. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 29 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = - (3 (1) + 2 (1) +4 + 4 + 4 + 1 + 1 + 1 + 1 + 4 + 4) = - 29.

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V.3.2.5. Contaminación por vertimientos de sustancias peligrosas La fauna, particularmente la marina –peces e invertebrados acuáticos-, podría verse afectada si ocurriese la disposición inadecuada los envases de cipermetrina o residuos de esta sustancia alcanzaran el mar, no debe perderse de vista que los mayores riesgos ambientales generados por este compuesto provienen de derrames, sobre aplicación y mal uso. Se trata de un impacto potencial, de naturaleza negativa, cuyo grado de destrucción se califica como bajo (IN = 1) puesto este compuesto se utiliza cantidades relativamente pequeñas al interior del predio y con una frecuencia baja, cada dos meses aproximadamente. El área de influencia del impacto es puntual (EX = 1), pues de ocurrir afectaría únicamente alguna sección del frente de playa del predio, diluyéndose rápidamente en el mar y perdiendo así la toxicidad. El efecto de este impacto en potencia se manifestaría inmediatamente que tuviese lugar el derrame sobre el cuerpo de agua marino (MO = 4), pero su efecto sería fugaz (PE = 1) y reversible de manera natural (RV = 1), por lo que no requeriría de acciones de remediación, sino de medidas preventivas que minimicen la posibilidad de ocurrencia (MC = 1). En cuanto a su sinergia el efecto se considera simple (SI = 1) y en cuanto su periodicidad se considera irregular, aperiódico y discontinuo (PR = 1), de carácter acumulativo (AC = 4) si el mal manejo de las sustancias peligrosas o sus residuos se diera de manera recurrente. La relación causa-efecto es indirecta (EF = 1), pues el impacto no depende de la operación per se del hotel, sino de un posible mal manejo por parte de empleados mal capacitados o licenciosos. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 19 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = - (3 (1) + 2 (1) + 4 + 1 + 1 + 1 + 4 + 1 + 1 + 1) = - 19.

V.3.2.6. Contaminación por filtración de aguas residuales La contaminación por aguas residuales es un impacto ambiental potencial de naturaleza negativa que puede ocurrir por filtraciones en el sistema de drenaje interno causadas por falta de mantenimiento preventivo y correctivo, desgaste natural de la instalación o como consecuencia de eventos catastróficos, como huracanes. Se trata de un impacto potencial de bajo grado de destrucción (IN = 1) considerando los bajos volúmenes de aguas residuales que se manejan en el hotel y que éstas no son consideradas como residuos peligrosos. El área de influencia de este impacto se considera parcial (EX = 2), pues debido a la carsticidad del terreno es posible que las aguas residuales alcancen rápidamente el freático (MO = 4) y escurran hacia el mar siguiendo el flujo preferencial del acuífero, por lo que además se califica como de extensión crítica (4). Una vez allí, debido a la dilución la persistencia del efecto es fugaz (PE = 1) y capaz de retornar a su condición natural una vez que cesa la fuente de afectación (RV = 1).

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Considerando la intensidad, extensión, persistencia y reversibilidad de este impacto potencial, la única acción que se requiere para hacer retornar el ambiente a su condición original es eliminar la fuente de contaminación, tras lo cual se alcanza la recuperación total de manera inmediata (MC = 1), es decir, en menos de un año. El efecto es moderadamente sinérgico (SI = 2), pues la contaminación por aguas residuales propicia condiciones que favorecen otras afectaciones en los organismos receptores; además su efecto es acumulativo si persiste de forma reiterada la acción que lo genera (AC = 4). Sin embargo, se considera que la posible aparición de este impacto será irregular (PR = 1). La relación causa-efecto se considera indirecta (EF = 1), ya que el impacto potencial no depende de la operación del hotel, sino de una falla en el control del sistema de drenaje interno por inadecuado mantenimiento o por causa fortuita como consecuencia de algún evento meteorológico. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 26 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = - (3 (1) + 2 (2) + 4 + 4 + 1 + 1 + 2 + 4 + 1 + 1 + 1) = - 26.

V.3.2.7. Contaminación por manejo inadecuado de residuos El manejo inadecuado de residuos al interior del Hotel Diamante K puede dar lugar a contaminación del suelo, subsuelo, agua subterránea, agua marina e incluso el paisaje, con consecuencias negativas para el entorno en general. Se trata de un impacto potencial, de naturaleza negativa, cuyo grado de destrucción se califica como bajo (IN = 1) por la cantidad y tipo de residuos que se generan en el hotel –recuérdese que este establecimiento califica como pequeño generador- y cuya área de influencia puede llegar a ser parcial (EX = 2), es decir, abarcar áreas fuera del predio, en cuyo caso afectaría un área crítica (4) porque se trata de un área natural protegida. El efecto de este impacto en potencia se manifestaría en el corto plazo (MO = 4) y su efecto puede llegar a ser permanente (PE = 4) en función del agente contaminante, por ejemplo si se trata de un residuo peligroso, en cuyo caso el ambiente podría ser incapaz de revertir el efecto por sí mismo (RV = 4), y se requeriría de la intervención humana para mitigar la afectación, la cual puede alcanzarse en el medio plazo (MC = 2). Este escenario es poco probable que tenga lugar en el hotel, pero se valora su importancia por ser el peor que podría ocurrir. El efecto es moderadamente sinérgico (SI = 2), pues la contaminación propicia condiciones que favorecen otras afectaciones en los organismos receptores; además su efecto es acumulativo si persiste de forma reiterada la acción que lo genera (AC = 4). Sin embargo, se considera que la posible aparición de este impacto será irregular (PR = 1).

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La relación causa-efecto se considera indirecta (EF = 1), ya que el impacto potencial no depende de la operación del hotel, sino de posibles manejos inadecuados de los residuos, descuidos o por causa fortuita como consecuencia de algún evento meteorológico. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 33 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = - (3 (1) + 2 (2) + 4 + 4 + 4 + 4 + 2 + 4 + 1 + 1 + 2) = - 33.

V.3.2.8. Desplazamiento de flora nativa por especies exóticas La flora nativa compite de manera natural entre sí por espacio, nutrientes y agua. La presencia de especies exótica, particularmente de aquellas consideradas pioneras que tienen alta capacidad para aprovechar los claros que se presentan en el terreno para establecerse y han desarrollado formas y estrategias de crecimiento para ocupar primero los espacios que se abren en el dosel, representan una forma de competencia nueva que puede, en alguna medida, desplazar la flora nativa. Es un impacto ambiental potencial de naturaleza negativa cuyo grado de destrucción o intensidad se califica como bajo (IN = 1), porque las especies exóticas registradas en el predio no están consideradas como invasivas y están representadas por pocos ejemplares. El área de influencia del impacto potencial es puntual (EX = 1), porque las plantas exóticas empleadas en las áreas verdes ajardinadas difícilmente pueden alcanzar áreas fuera del predio. Este impacto está presente ya en el predio porque en su interior existen plantas exóticas (MO = 4), y su efecto es permanente (PE = 4), dado que la competencia es cotidiana. Aunque la adaptación de la flora nativa a las condiciones particulares del ambiente le ofrece mayores posibilidades de éxito en el largo plazo el efecto debe considerarse como irreversible (RV = 4) y mitigable en el mediano plazo (MC = 2), con la intervención humana –erradicación de especies exóticas, reforestación de las áreas con especies nativas-. Es un impacto cuyo efecto tiene un incremento progresivo (AC = 4) porque las nuevas plantas que germinan en los nuevos claros que se abren en el ecosistema fortalecen la competitividad de la especie exótica agregando más semilla para dispersar en cada nueva temporada reproductiva (PR = 4). También se considera un impacto sin sinergismo (SI = 1). La relación causa efecto es indirecta (EF = 1), ya que el efecto nocivo de las plantas exóticas sobre las nativas no obedece a la operación del hotel y el promovente no ha sido responsable de la introducción de los ejemplares arbóreos adultos presentes en el predio. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 29 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC)

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I = - (3 (1) + 2 (1) + 4 + 4 + 4 + 1 + 4 + 1 + 4 + 2) = - 29.

V.3.2.9. Degradación de la calidad del paisaje La calidad del paisaje natural puede ser degradada por varias causas, entre ellas la disposición inadecuada de residuos al interior del predio. Se trata de un impacto potencial de naturaleza negativa cuyo grado de destrucción se califica como bajo (IN = 1) por la cantidad y tipo de residuos que se generan en el hotel, cuya área de influencia es puntual (EX = 1), es decir, no abarca áreas fuera del predio, aunque podrían ser percibidas desde fuera de éste. En caso de acumulación inadecuada de residuos al interior del predio el efecto sobre el paisaje ocurre inmediatamente (MO = 4), pero su persistencia es fugaz (PE = 1), ya que éste se recupera inmediatamente que cesa la acción que lo genera. Considerando la naturaleza de algunos de los residuos que cabría esperar se acumularan, se considera como irreversible (RV = 4), lo que significa que de manera natural al ambiente le tomaría más de una década revertir el efecto, haciéndose necesaria la intervención humana para reconstruir la calidad ambiental, lo cual puede permitir la recuperación de manera inmediata (MC = 1). Es un impacto sin sinergismo (SI = 1), cuya periodicidad sería irregular (PR = 1), cuya ocurrencia no depende directamente de la operación del hotel (EF = 1), sino de posibles malas prácticas por parte del personal o por eventos fortuitos y temporales. No se considera que tenga un efecto acumulativo (AC = 1), puesto que la percepción de degradación no se matiza, se tiene o no se tiene calidad en el paisaje. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 19 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = - (3 (1) + 2 (1) + 4 + 1 + 4 + 1 + 1 + 1 + 1 + 1) = - 19.

V.3.2.10. Riesgo de incendio Considerando los materiales de construcción empleados en las obras que conforman el Hotel Diamante K, que existe una cocina que utiliza gas butano como combustible, que en el interior del predio se almacena diesel y otras sustancias inflamables –aunque sea en pequeñas cantidades-, y que algunos de los usuarios de las instalaciones fuman, aún dentro de las habitaciones, existe riesgo de incendio al interior del predio. En caso de ocurrencia, aún en áreas muy localizadas el fuego podría fácilmente propagarse a otras áreas y aún fuera del predio, con consecuencias económicas y ambientales severas y posible afectación a la vida humana. Considerando lo anterior, el impacto ambiental puede llegar a ser de una intensidad alta (IN = 4) y abarcar un área de influencia extensa (EX = 4), afectando parte del área natural protegida por lo que debe considerarse crítico (4). Un incendio puede ocurrir en cualquier momento, está

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latente, y su efecto se manifiesta de inmediato sobre las áreas que alcanza (MO = 4), pero su persistencia es fugaz (PE = 1). Las selvas tardan en recuperarse de manera natural de incendio alrededor de 50 años, por lo que bajo los criterios de calificación propuestos se trata de un impacto irreversible (RV = 1), el cual tiene sinergismo moderado (SI = 2), puesto que depende del concurso de otras circunstancias para que su efecto sea mayor sobre el ambiente. Se trata de un impacto prevenible y mitigable (MC = 4), mediante la aplicación oportuna de las medidas de seguridad que establece protección civil. Se considera además un impacto cuyo efecto no es acumulable (AC = 1), irregular o discontinuo (PR = 1), cuya relación causa-efecto es indirecta (EF = 1), pues el hecho que opere el hotel no es condición sine qua non para que un incendio tenga lugar, el cual puede ocurrir aún en ausencia de este, incluso de manera natural. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 39 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = - (3 (4) + 2 (4) + 4 + 4 + 1 + 1 + 2 + 1 + 1 + 1 + 4) = - 39.

V.3.2.11. Presión sobre la infraestructura de servicios públicos La insuficiente cobertura de servicios públicos y las carencias en la infraestructura instalada en el reciente Ayuntamiento de Tulum son la causa de fondo de que cualquier incremento en la demanda eleve la presión que ya tiene para atender las circunstancias actuales. Ciertamente la operación del Hotel Diamante K no es nueva y de alguna forma la presión que ejerce ya está atemperada, pero se han detectado áreas de oportunidad que podrían aliviar la carga a las instancias de gobierno encargadas de prestar los servicios públicos. La presión que ejerce el Hotel Diamante K es sobre la infraestructura para la disposición de residuos sólidos municipales y sobre la infraestructura para el tratamiento de aguas residuales. La primera porque no se lleva a cabo un manejo integral de residuos sólidos que permita la reducción en peso y volumen de los residuos que se entregan al servicio de limpia pública y la segunda porque la carga orgánica de los lodos sépticos que se generan dan lugar a disminución en la eficiencia del proceso en las plantas de tratamiento receptoras. Este impacto tiene una intensidad baja (IN = 1) en función de las cantidades de residuos que se disponen a través de los servicios públicos y su extensión es puntual (EX = 1), aunque fuera del predio, pues tiene lugar en los sitios de disposición final. El efecto se manifiesta de manera inmediata (MO = 4), la permanencia del efecto será permanente (PE = 4) mientras no se instrumenten acciones para mitigar el impacto (MC = 4). Es un impacto acumulativo (AC = 4), sinérgico (SI = 2) y continuo (PR = 4), pues la operación del hotel es cotidiana y todos los días genera residuos que se suman a los que generan los otros

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operadores turísticos en la zona y los pobladores del municipio. Desde el punto de vista de su reversibilidad por medios naturales, hay que señalar que es un impacto irreversible dentro de los parámetros metodológicos utilizados (RV = 4). Considerando la relación causa-efecto es indirecto (EF = 1). Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza negativa es de - 32 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = - (3 (1) + 2 (1) + 4 + 4 + 4 + 2+ 4 + 1 + 4 + 4) = - 32.

V.3.2.12. Generación de empleo directo e indirecto La operación del Hotel Diamante K genera empleos directos (16), así como indirectos (estadísticamente 1:3), cuya conservación en una época de crisis económica como la actual cobra mayor relevancia. Se trata de un impacto positivo real cuya intensidad es baja (IN = 1), puesto que comparativamente con la PEA es insignificante y cuya efecto es parcial (EX = 2), puesto que la derrama económica beneficia a familias en Tulum, Playa del Carmen y Cancún. El efecto se manifiesta de inmediato (MO = 4), con una persistencia permanente (PE = 4), mientras los trabajadores conserven sus empleos. El efecto es simple en cuanto a su sinergia (SI = 1), y continuo (PR = 4), con efectos acumulativos a escala local (AC = 4). La relación causa-efecto es directa (EF = 4), ya que el impacto se presenta sí y sólo sí el hotel se mantiene en operación. Por ser un impacto benéfico no se califican los parámetros reversibilidad y recuperabilidad. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza positiva es de + 26 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + SI + AC + EF + PR) I = - (3 (1) + 2 (2) + 4 + 4 + 1 + 4 + 4 + 4) = + 26.

V.3.2.13. Sostenimiento de cadenas productivas, comerciales y de servicios La operación del Hotel Diamante K genera cadenas productivas, comerciales y de servicios y contribuye a impulsar y a sostener la economía local y regional, ya que cotidianamente demanda insumos, bienes y servicios que principalmente son abastecidos o proporcionados por comerciantes y prestadores locales, que a su vez se abastecen de productores, comerciantes o prestadores regionales y aún nacionales e internacionales. Se trata de un impacto positivo real cuya intensidad es baja (IN = 1), considerando su aporte económico dentro de los flujos locales y regionales, cuyo efecto es extenso (EX = 4), puesto que la derrama económica, aunque muy diluida, rebasa el ámbito local y alcanza el ámbito nacional y hasta internacional (v. gr. factoraje de boletos de avión, transfers Aeropuerto-Tulum-

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Aeropuerto, compra de naranjas producidas en Veracruz o de mariscos capturados por pescadores de la Asociación de Pescadores de Cozumel). El efecto se manifiesta de inmediato (MO = 4), con una persistencia permanente (PE = 4), mientras el hotel siga vendiendo espacios de alojamiento y prestando el servicio de alimentos y bebidas. El efecto es moderado en cuanto a su sinergia (SI = 2), y continuo (PR = 4), con efectos acumulativos a escala local (AC = 4). La relación causa-efecto es directa (EF = 4), ya que el impacto se presenta sí y sólo sí el hotel se mantiene en operación. Por ser un impacto benéfico no se califican los parámetros reversibilidad y recuperabilidad. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza positiva es de + 33 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + SI + AC + EF + PR) I = - (3 (1) + 2 (4) + 4 + 4 + 2 + 4 + 4 + 4) = + 33.

V.3.2.14. Beneficios económicos por pago de impuestos y derechos La operación del Hotel Diamante K obliga, por ley, al pago de impuestos al promovente, mismos que tras llegar a las arcas municipales, estatales o federales, se revierten en beneficios para los mexicanos. Se trata de un impacto positivo real cuya intensidad es baja (IN = 1), considerando la magnitud del hotel y el volumen de su aporte en el paquete económico del sector, cuyo efecto es extenso (EX = 4), de alcance nacional almenos. El efecto se manifiesta de inmediato (MO = 4), con una persistencia permanente (PE = 4), pues mientras el hotel siga vendiendo espacios de alojamiento y prestando el servicio de alimentos y bebidas continuará pagando el impuesto al hospedaje, el impuesto al valor agregado en la compra de insumos, bienes y servicios; el impuesto sobre la renta y las cuotas del seguro social, entre otros. El efecto es moderado en cuanto a su sinergia (SI = 2), ya que las relativamente pequeñas aportaciones de la promovente en materia de impuestos, suman finalmente a la economía nacional y local. Su efecto es también continuo (PR = 4) o lo será mientras opere el hotel, sin efectos acumulativos (AC = 1), porque los impuestos y derechos captados por el gobierno éste los invierten en beneficio de la sociedad. La relación causa-efecto es directa (EF = 4), ya que el impacto se presenta sí y sólo sí el hotel se mantiene en operación. Por ser un impacto benéfico no se califican los parámetros reversibilidad y recuperabilidad. Con base en lo anterior, se estima que el valor de importancia de este impacto de naturaleza positiva es de + 30 como se muestra en la siguiente ecuación: I = ± (3IN + 2EX + MO + PE + SI + AC + EF + PR) I = - (3 (1) + 2 (4) + 4 + 4 + 2 + 1 + 4 + 4) = + 30.

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V.4. DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN O CORRECCIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES

No se debe pasar a las conclusiones respecto de la evaluación de los impactos, sin tomar en cuenta que éstos pueden ser mitigados o compensados por las acciones propuestas. Sin embargo, la eficiencia y eficacia de tales medidas, dependerá de la adecuada y oportuna aplicación de las mismas en los momentos sugeridos. De acuerdo con Conesa Fernández (1997), prevenir, paliar o corregir el impacto ambiental significa introducir medidas preventivas y/o correctoras durante y después de implementar el proyecto a fin de explotar en mayor medida las oportunidades que brinda el medio en aras al mejor logro ambiental del proyecto o actividad; anular, atenuar, evitar, corregir o compensar los efectos negativos que las acciones derivadas del proyecto producen sobre el medio ambiente, en el entorno de aquellas; e incrementar, mejorar y potenciar los efectos positivos que pudieran existir. Las medidas de prevención, mitigación o corrección para los impactos ambientales potenciales identificados se describen enseguida, señalando en cada caso el impacto al que se dirige o efecto que se pretende corregir, la definición y objetivo de la medida, el momento óptimo de aplicación, así como su prioridad, costos estimados, estrategia de verificación para su aplicación y valor de importancia de acuerdo con la metodología propuesta.

V.4.1 Descripción y valoración de las medidas de mitigación de impactos ambientales

V.4.1.1. Elaboración e implementación de un Plan de Manejo de Residuos A fin de cumplir con la normatividad aplicable en materia de prevención y gestión integral de residuos, y con objeto de promover la prevención de la generación y su manejo integral, se propone la elaboración e instrumentación de un plan de manejo de residuos a fin de alcanzar los siguientes objetivos: a) Realizar una auditoría para determinar las modalidades de Residuos que están generando y

distinguir aquellas que sean potencialmente aprovechables o susceptibles de valorización; así como para determinar el grado de concordancia con la normatividad aplicable de las instalaciones existentes para el acopio y almacenamiento temporal de Residuos;

b) Identificar oportunidades para disminuir la generación de Residuos a través de modificaciones en las prácticas de consumo y producción;

c) Determinar las opciones disponibles para la comercialización y reciclado de los materiales susceptibles de valorización contenidos en los Residuos que genera el hotel;

d) Diseñar las estrategias a seguir para reducir la generación de Residuos y para separar, reutilizar, reciclar, co-procesar, donar o intercambiar materiales para su valorización;

e) Establecer las medidas correctivas en las condiciones de acopio y almacenamiento temporal que resulten aplicables;

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f) Definir los procedimientos para el acopio, almacenamiento, transporte y envío a reciclaje, tratamiento o disposición final de los Residuos;

g) Dar a los residuos peligrosos el manejo previsto en la normatividad aplicable;

h) Capacitar al personal que será involucrado en el manejo de los Residuos; Esta medida, de tipo preventiva, está encaminada a mitigar los impactos ambientales potenciales que puede causar el manejo inadecuado de residuos sólidos urbanos, de manejo especial y peligrosos que se generan en el Hotel Diamante K como parte de su operación diaria. Su implementación permitirá minimizar el riesgo de afectar a la fauna silvestre por exposición a residuos sólidos de tipo doméstico; reducir la posibilidad de que ocurran escurrimientos o vertimientos que puedan comprometer la calidad del suelo, subsuelo y acuífero; prevenir riesgos a la salud y al ambiente en el manejo de residuos; y cumplir con la normatividad ambiental vigente en materia de residuos, coadyuvando además con los esfuerzos de la autoridad por fomentar el desarrollo sustentable de la zona y reduciendo la presión sobre la infraestructura instalada para la disposición final de residuos sólidos urbanos. Por ello, se considera una medida importante y urgente. Se estima que el costo de elaboración del plan de manejo es del orden de 25,000 pesos, en tanto que la implementación del mismo no puede establecerse a priori, ya que para ello debe conocerse primero el resultado de la auditoría que se propone. Una vez elaborado el plan, éste se someterá a la aprobación de la SEMARNAT y de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Estado de Quintana Roo, para que en el ámbito de sus respectivas competencias integren los expedientes respectivos y estén en posibilidad de vigilar su cumplimiento efectivo. El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis. La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada se estima alta, 75 % o más, por lo que el valor de su intensidad es 8; en tanto que su extensión se considera parcial (EX = 2), ya que aunque el ámbito de aplicación del plan de manejo se restringe al predio, los impactos que previene salen de éste. La persistencia del efecto mitigador es fugaz (PE = 1), además de reversible (RV = 1) ya que en caso de no implementar las medidas preventivas que se señalen en el plan o de su implementación incorrecta o inadecuada, el impacto potencial se presenta de manera inmediata. De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 30 como se muestra en la siguiente ecuación: M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (8) + 2 (2) + 1 + 1) = + 30

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V.4.1.2. Medición y análisis de las emisiones de la planta generadora mediante la implementación del monitoreo al que se refiere la Norma Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-1994

Tal como lo establece la Norma Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-1994 se requiere monitorear las emisiones que la planta generadora de electricidad emita al ambiente, a fin de asegurarse que estén por debajo de los límites máximos establecidos en esta. El monitoreo debe realizarse con la frecuencia y métodos que establece la Norma en su Tabla 6. Adicionalmente, es menester llevar una bitácora de operación y mantenimiento de los equipos de combustión, medición y análisis de las emisiones y de los certificados de calidad del combustible empleado. La bitácora deberá tener como mínimo la siguiente información: a) Control de operación: fecha, turno, hora de reporte, presión de vapor, temperatura de

gases, temperatura del agua de alimentación, temperatura y presión de combustión, color del humo, purga de fondo, purga de nivel, disparo de válvula de seguridad, consumo de combustible. Controles: de presión, bomba de agua de alimentación paro y arranque, paro por fallo de flama.

b) Control de emisiones contaminantes: eficiencia, temperatura de gases, aire en exceso, O2, CO2, opacidad de humo, datos del combustible empleado según certificado, análisis de emisiones según Tabla 6: densidad de humo, partículas (PST), bióxido de azufre, óxidos de nitrógeno y análisis de agua de alimentación.

Esta medida está dirigida a prevenir la contaminación atmosférica por emisiones a partir de una fuente fija y minimizar la afectación a la fauna silvestre por exposición a ruido perturbador, situación que puede incidir en su distribución y abundancia. Por ello, se considera una medida importante y urgente, que deberá reforzarse con el oportuno mantenimiento preventivo que establece el manual de operación del equipo y el mantenimiento correctivo que resulte necesario. Se estima que el costo del monitoreo ambiental es del orden de 10,000 pesos trimestrales. Los resultados del monitoreo deben ser presentados a la autoridad federal para que esta conozca y registre lo conducente, con la periodicidad que la Secretaría determine. El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis. La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada se estima alta, 75 % o más, por lo que el valor de su intensidad es 8; en tanto que su extensión se considera puntual (EX = 1), igual a la extensión de los impactos potenciales que previene. La persistencia del efecto mitigador es fugaz (PE = 1), además de reversible (RV = 1) ya que en caso de no implementar las medidas preventivas que se señalen en el plan o de su implementación incorrecta o inadecuada, el impacto potencial se presenta de manera inmediata. De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 27 como se muestra en la siguiente ecuación:

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M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (8) + 2 (1) + 1 + 1) = + 27

V.4.1.3. Mantenimiento preventivo de instalaciones sanitarias El mantenimiento preventivo a las fosas sépticas al interior del predio, así como a la red de drenaje interno, para asegurarse que se mantiene el sello de las instalaciones y que no existe fuga de aguas residuales, es una medida necesaria para prevenir la contaminación ambiental por aguas residuales. Por ello, su aplicación debe ser frecuente y periódica, al menos de una vez por mes para las líneas de conducción y una vez al año para las fosas sépticas. Se considera una medida importante y no urgente. Esta actividad no lleva un sobrecosto al costo de operación actual del proyecto, toda vez que este procedimiento ya forma parte del programa de trabajo del hotel. Se estima que el costo de mantenimiento anual es de 110,000 pesos. El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis. La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada es alta, 75 % o más, por lo que el valor de su intensidad es 8; en tanto que su extensión se considera parcial (EX = 2), ya que aunque el ámbito de aplicación del mantenimiento preventivo se restringe al predio, los impactos que previene salen de éste. La persistencia del efecto mitigador es fugaz (PE = 1), además de reversible en el corto plazo (RV = 2), ya que en caso de no implementar el mantenimiento preventivo o de su implementación incorrecta o inadecuada, el impacto potencial puede presentarse dentro del primera año en que se suspenda el mantenimiento. De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 31 como se muestra en la siguiente ecuación: M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (8) + 2 (2) + 1 + 2) = + 31

V.4.1.4. Mejoramiento de las condiciones de almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas

Al interior del predio las condiciones actuales de almacenamiento de residuos y de sustancias peligrosas no son las más adecuadas, ya que las áreas destinadas para ello no cumplen con las medidas que establece la normatividad aplicable en materia de seguridad. Esta medida está encaminada a minimizar el riesgo de contaminación por derrames o vertimientos accidentales de hidrocarburos y otras sustancias que se almacenan al interior del predio, incluidos los escurrimientos de los residuos. Previene la contaminación del suelo y del

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agua subterránea; promueve la salud y calidad de vida de trabajadores y de los huépedes; reduce el riesgo de accidentes. Se considera que es una medida importante y urgente, en función de la localización espacial del predio y de las condiciones de carsticidad que prevalecen. Su implementación tiene un costo aproximado de 35,000 pesos. El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis. La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada es alta, 75 % o más, por lo que el valor de su intensidad es 8; en tanto que su extensión se considera parcial (EX = 2), ya que aunque el ámbito de aplicación se restringe al predio, los impactos que previene salen de éste. La persistencia del efecto mitigador es fugaz (PE = 1), además de reversible en el corto plazo (RV = 2), ya que en caso de no cumplir con las condiciones adecuadas de almacenamiento, el impacto potencial puede presentarse inmediatamente tras las ocurrencia de un derrame accidental. De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 31 como se muestra en la siguiente ecuación: M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (8) + 2 (2) + 1 + 2) = + 31

V.4.1.5. Mejoramiento del proceso de degradación anaerobia en las fosas sépticas Los lodos sépticos son un residuo considerado de manejo especial cuyo tratamiento y disposición se realiza fuera del predio utilizando infraestructura instalada por el Gobierno del Estado. Estos residuos tienen una elevada concentración de nutrientes y cuando son descargados en las plantas de tratamiento en ocasiones reducen su eficiencia y pueden incrementar los costos de tratamiento. Con objeto de contribuir a reducir la presión sobre la infraestructura instalada por el gobierno para el tratamiento de aguas residuales, así como para hacer más eficiente el funcionamiento de las fosas sépticas y de los sistemas sanitarios del hotel, mediante el incremento en el desarrollo activo de lodos –de 1 a 5 ml/m3-, eliminación de olores producto de la descomposición anaeróbica y reducción de volumen de sólidos con lo que se incrementa la capacidad de almacenamiento y se reduce la frecuencia de descarga; se propone el empleo TQM BIO GTT que aporta micronutrientes a base de enzimas y bacterias (Bacilus sp.), que aceleran las reacciones químicas naturales de digestión de carga orgánica, favoreciendo el desarrollo de bacterias facultativas presentes en el sistema sanitario. TQM BIO GTT es un producto diseñado para la eliminación de incrustaciones dentro de tuberías a causa de triglicéridos, fluidificando las mismas y eliminando olores. Se aplica directamente al drenaje en dosis que dependen directamente de las condiciones específicas del área a tratar. Se estima que la aplicación de este producto tiene un costo de 6,000 pesos anuales. Se considera una medida importante y no urgente.

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El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis. La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada es muy baja, menos de 25 %, por lo que el valor de su intensidad es 1; lo anterior obedece a que el volumen de aguas residuales que el hotel envía para su tratamiento es minúscula con respecto del volumen total de aguas residuales que la planta recibe. Por otra parte, en cuanto a su extensión se considera puntual (EX = 1), ya que aunque el efecto no está restringido al predio, sólo en su interior tendrá importancia. La persistencia del efecto mitigador es fugaz (PE = 1), con reversibilidad alta (RV = 1), ya que en caso de no aplicar el tratamiento de las aguas residuales, se retorna a la condición de impacto potencial de manera inmediata. De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 7 como se muestra en la siguiente ecuación: M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (1) + 2 (1) + 1 + 1) = + 7

V.4.1.6. Implementación de un programa permanente de limpieza de playas A fin de contribuir en la conservación de la calidad del paisaje natural en el área, se propone la implementación de un programa permanente de limpieza de playas aplicable en la playa frente al predio propiedad del promovente, con lo cual se conservará libre de residuos sólidos la zona federal marítimo terrestre, a la cual recalan constantemente residuos sólidos provenientes de mar abierto y que son empujados a la costa por el oleaje y las mareas. Esta medida se ejecutará con personal del hotel, con una frecuencia mínima de una vez por semana. Los residuos que se recuperen serán depositados en bolsas plásticas para basura y almacenados de manera temporal en el almacén de residuos del hotel y posteriormente se entregarán al servicio de limpia pública del Ayuntamiento, para que éste lleve a cabo el transporte y disposición final de los residuos. La ejecución de esta medida debe documentarse con evidencia fotográfica y mediante una bitácora en la que se asentará la fecha, hora de inicio y término de la actividad, nombre del responsable de coordinarla, nombre de las personas que participaron y el peso seco de los residuos recogidos. Esta información será enviada a la Secretaría con la frecuencia que esta determine para su conocimiento y registro. Se estima que esta práctica puede alcanzar un costo anual de 26,000 pesos, sin contar los sueldos de los empleados que participen ya que éstos forman parte del costo de operación anual del hotel. Se trata de una medida importante y urgente (por la velocidad de acumulación de residuos en la playa). El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis.

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La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada es moderada, 50 % o más, por lo que el valor de su intensidad es 4; lo anterior obedece a que la calidad del paisaje natural no depende únicamente de conservar limpia la playa. Por otra parte, en cuanto a su extensión se considera puntual (EX = 1), ya que este esfuerzo únicamente abarcará el frente de playa del predio. La persistencia del efecto mitigador es fugaz (PE = 1), y su reversibilidad es alta (RV = 1), ya que en caso de no llevar a cabo la limpieza de playas los residuos sólidos simplemente se acumularán deteriorando la calidad del paisaje, ya que desafortunadamente existe una gran cantidad de residuos flotando en las aguas marinas. De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 16 como se muestra en la siguiente ecuación: M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (4) + 2 (1) + 1 + 1) = + 16

V.4.1.7. Fomento de la educación ambiental de los usuarios del hotel Considerando el entorno en el que se encuentra el predio es importante introducir en la conciencia de los usuarios del hotel, tanto huéspedes como operadores, la importancia del cuidado y protección del ambiente, la flora y fauna silvestre. Para ello, se propone el diseño y colocación de letreros alusivos a este tema en sitios estratégicos al interior del hotel, así como el diseño de trípticos, que serán puestos a disposición de los huéspedes en sus habitaciones y la impartición de cursos de educación ambiental al personal. Esta medida contribuirá a minimizar varios impactos ambientales potenciales, como la afectación a la fauna silvestre por atropellamiento, por disposición inadecuada de residuos o por manejo inadecuado de hidrocarburos o sustancias peligrosas; así como la contaminación ambiental por manejo inadecuado de residuos o hidrocarburos o sustancias peligrosas; mediante la sensibilización de los usuarios. Se estima que la implementación de esta medida de mitigación tendrá un costo inicial de 50,000 pesos y un costo anual de 24,000 pesos. Se considera una medida importante y no urgente, aunque en materia de conservación ambiental no hay tiempo que perder. El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis. La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada es moderada, 50 % o más, pues la señalización y la educación ambiental despiertan la conciencia humana de a poco, pero su efecto actúa lentamente sobre la cultura de las personas por lo que el valor de su intensidad es 4. Su extensión se considera extenso (EX = 4), porque aunque esta medida únicamente involucrará a los huéspedes y empleados del hotel, su efecto beneficiará la totalidad del área de influencia del proyecto.

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La persistencia del efecto mitigador es temporal (PE = 2), pues su efecto durará un corto plazo, el cual se espera sea el suficiente para cubrir la estancia de los huéspedes en el hotel. Su reversibilidad es alta (RV = 1), pues se requiere repetición del estímulo para fijar en la mente la idea de la conservación; a la larga, lo que se gane en fortalecer la cultura de conservación ambiental de huéspedes y empleados afectará su conducta y reducirá el impacto al que va dirigido aunque eventualmente ya no se les estimule con nuevas acciones. De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 23 como se muestra en la siguiente ecuación: M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (4) + 2 (4) + 2 + 1) = + 23

V.4.1.8. Señalización del Área Natural Protegida Resulta desafortunada la falta de señalización a lo largo del camino de acceso al área natural protegida en el área de influencia del proyecto, por lo que se propone la colocación en este, desde el entronque con la carretera federal hasta el acceso a la zona arqueológica, de letreros alusivos a la existencia del área natural protegida, al cuidado y protección al ambiente, la flora y fauna silvestre. Se sugiere la colocación de un letrero a cada kilómetro del camino. Los letreros serán de 1.5 m de alto por 1.2 m de ancho, de madera dura de la región. Esta medida puede contribuir a reducir los atropellamientos de fauna silvestre que es uno de los problemas ambientales detectados por la CONANP para el área natural protegida Parque Nacional Tulum, por lo que se considera una medida importante, no urgente. Se estima que la implementación de esta medida de mitigación tendrá un costo inicial de 40,000 pesos y de 4,000 pesos anuales por concepto de mantenimiento. El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis. La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada es moderada, 50 % o más, pues la señalización despierta la conciencia humana, pero no sustituye la negligencia de los choferes, por lo que el valor de su intensidad es 4. Su extensión se considera parcial (EX = 2), porque su efecto beneficiará más allá del predio afectando buena parte del área de influencia del proyecto. La persistencia de la medida es permanente (PE = 4), pues la señalización es fija y permanente y estará a la vista de todos los usuarios que ingresen al predio, en tanto que la reversibilidad se considera alta (RV = 1). De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 21 como se muestra en la siguiente ecuación: M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (4) + 2 (2) + 4 + 1) = + 21

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V.4.1.9. Introducción de nuevas energías renovables o incremento de las actuales para reducir el consumo actual de combustibles fósiles y su combustión

El consumo de combustibles fósiles es una de las prácticas modernas que más problemas ambientales ha desencadenado, entre los que se cuentan la contaminación atmosférica, la reducción de la capa de ozono, el calentamiento global, por citar algunas. En el Hotel Diamante K se utilizan fotoceldas para la generación de energía eléctrica y también se hace uso de una planta generadora. La intensión de esta medida es incrementar la capacidad instalada con nuevas fuentes de energía, como la eólica, para reducir gradualmente el consumo de combustibles fósiles e incrementar el uso de energías renovables. La energía eólica es un recurso abundante, renovable, limpio y ayuda a disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero al reemplazar termoeléctricas a base de combustibles fósiles, lo que la convierte en un tipo de energía verde. Su principal inconveniente es su intermitencia, pero en la zona puede aprovecharse con cierta regularidad gracias a las brisas mar-tierra. En caso de obtener el visto bueno de la autoridad federal, se espera poder introducir un par de aerogeneradores en los próximos meses y dependiendo de la eficiencia –y de los costos-, incrementar gradualmente su número hasta reducir al 50 % la necesidad de operación de la planta generadora. De momento se desconocen el costo de inversión, y se considera una medida importante y no urgente. El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis. La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada es moderada, 50 % o más, por lo que el valor de su intensidad es 4. Su extensión se considera puntual (EX = 1), pues está encaminada a atender un impacto cuyo alcance está localizado al interior del predio. En cuanto a su persistencia se considera permanente (PE = 4), y en cuanto a su reversibilidad irreversible (RV = 8), una vez que se haga la sustitución de tecnologías. De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 24 como se muestra en la siguiente ecuación: M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (4) + 2 (1) + 4 + 8) = + 24

V.4.1.10. Estrategias para el ahorro de agua Se propone reducir los actuales consumos de agua, mediante la aplicación de tecnologías en cocina, baños y lavandería, a fin de contribuir con el cuidado del líquido, más como una estrategia para fortalecer entre los usuarios la conciencia del cuidado del ambiente que como atención a una problemática local, porque como se sabe, no existe en la zona un problema de abasto de agua.

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La implementación de esta medida tendrá un costo inicial que se estima en 50,000 pesos que se aplicarán en la compra e instalación de llaves ahorradoras en lavabos de baños y cocina (que funcionan por medio de aereadores los cuales incluyen aire y dispersan el chorro incrementando el área de cobertura y, por lo tanto, la eficiencia de lavado); sustitución de regaderas en baños para asegurar que la descarga en estos dispositivos no sea mayor de 10 l/min; sustitución de depósitos de agua en baños por otros de menor consumo (los inodoros tradicionales utilizan de 16 a 20 litros por descarga, lo que significa un consumo promedio de 80 litros diarios por huésped; los de bajo consumo que funcionan con 6 litros por descarga pueden reducirlo a 30 litros diarios por huésped). Adicionalmente, como parte de la operación del hotel se procurará la detección temprana de fugas para evitar pérdidas por este concepto. El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis. La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada es moderada, 50 % o más, por lo que el valor de su intensidad es 4. Su extensión se considera puntual (EX = 1), pues está encaminada a atender un impacto cuyo alcance está localizado al interior del predio. En cuanto a su persistencia se considera permanente (PE = 4), y en cuanto a su reversibilidad irreversible (RV = 8), una vez que se haga la sustitución de tecnologías. De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 24 como se muestra en la siguiente ecuación: M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (4) + 2 (1) + 4 + 8) = + 24

V.4.1.11. Actualización e instrumentación del programa interno de protección civil Para minimizar el riesgo de incendio al interior de las instalaciones deberá acatarse la normatividad en materia de protección civil. En este sentido, se hace necesario contar de manera permanente con un programa interno de protección civil actualizado y que sea del conocimiento de todos los empleados para asegurar su oportuna y correcta aplicación. Esta medida previene de manera indirecta impactos ambientales como contaminación atmosférica, afectación de la calidad del paisaje natural, afectaciones a la flora y fauna, que se hacen críticos en función de la ubicación del hotel. Por ello, se considera una medida importante y urgente. Tiene un costo de aplicación que se estima en alrededor de 35,000 pesos anuales. El valor de importancia de esta medida, de acuerdo con los parámetros establecidos en la metodología utilizada (Conesa, 1997), resulta del siguiente análisis. La eficacia de la medida para minimizar el impacto ambiental potencial al cual está encaminada es alta, 75 % o más, por lo que el valor de su intensidad es 8, y su extensión se considera puntual (EX = 1), en cuanto a que previene el impacto al interior del predio, aunque sin duda la medida ayuda a proteger un área mucho mayor. La persistencia del efecto mitigador es temporal (PE =

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2), y su reversibilidad es alta (RV = 1), ya que en caso de no llevar a cabo la aplicación oportuna del programa se incrementa el riesgo y se reduce la eficiencia de la medida. De acuerdo con lo anterior, el valor de importancia de la medida de mitigación es de + 29 como se muestra en la siguiente ecuación: M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV) M = (3 (8) + 2 (1) + 2 + 1) = + 29

V.5. VALORACIÓN CUALITATIVA DE LAS ACCIONES IMPACTANTES Y DE LOS FACTORES AMBIENTALES IMPACTADOS

A partir de la descripción y análisis previos, se procedió a la valoración de los impactos ambientales potenciales identificados siguiendo la metodología propuesta por Conesa (1997) y que resulta del análisis la operación del Hotel Diamante K y su influencia en el entorno, así como de las posibilidades de prevención y mitigación de los impactos. De las acciones impactantes identificadas la de mayor potencial de afectación es el riesgo de incendio, impacto para el cual se identificó un valor de importancia de - 39. Enseguida está el riesgo de contaminación por manejo inadecuado de residuos (- 33), seguido por la presión sobre la infraestructura de servicios públicos (- 32). Entre los factores del medio susceptibles de recibir impactos, la fauna silvestre es el factor potencialmente más amenazado con un valor acumulado de impactos potenciales de -68, seguido del paisaje natural con - 58. Sin embargo, las medias de mitigación propuestas son suficientes para minimizar la posibilidad de ocurrencia de tales impactos, como se ve en el Cuadro 9.

Cuadro 9. Valor de importancia estimado para los impactos ambientales potenciales (VI Ip), valor de importancia de la medida de mitigación (VI m) y valor de importancia resultante o esperado.

Impactos ambientales potenciales VI Ip VI m VI r

Emisión de contaminantes a la atmósfera -20 15 -5

Emisión de ruido perturbador -20 15 -5

Afectación a la fauna por exposición a residuos de tipo doméstico -29 22 -7

Afectación a la fauna por atropellamiento -29 21 -8

Contaminación por filtración de aguas residuales -19 14 -5

Contaminación por vertimientos de sustancias peligrosas -26 18 -8

Contaminación por manejo inadecuado de residuos -33 24 -9

Desplazamiento de flora nativa por especies exóticas -29

-29

Degradación de la calidad del paisaje -19 9 -10

Riesgo de incendio -39 29 -10

Presión sobre la infraestructura de servicios públicos -32 7 -25

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En el Cuadro 10 se presenta la matriz resultante de la valoración de los impactos ambientales potenciales ya atenuados con el valor de la medida de mitigación correspondiente. Como se observa, sólo uno de los impactos ambientales identificados está en el rango de “impacto moderado”, mientras que los demás se califican como “irrelevantes”. El factor ambiental con mayor impacto final es la flora (- 29) debido al efecto potencial de la flora exótica sobre la nativa y su presencia en un área considerada como área natural protegida, no obstante lo anterior se desestimó proponer alguna medida de mitigación –como la erradicación de la flora exótica-, porque este problema no está focalizado en el predio sino en la región y cualquier esfuerzo individual en este sentido no tendrá éxito. En segundo lugar, el factor ambiental con mayor impacto final es el paisaje natural (- 20), que podría perder su calidad y valor escénico en caso que se llegaran a presentar los impactos potenciales identificados. El tercer factor que podría ser afectado es la fauna silvestre (-18), la cual puede afectarse tanto en su distribución como abundancia. Los valores de importancia absoluta y relativa obtenidos para el proyecto en su conjunto, resultaron se I = -32, IR = - 4.6, lo que significa que el proyecto “Operación del Hotel Diamante K, en Tulum, Quintana Roo”, implica o representa un impacto moderado para el entorno natural en el que se asienta. Por ello cobran mayor relevancia las medidas de mitigación propuestas, así como la aplicación del programa de vigilancia ambiental que se propone, a fin de asegurarse que se mantenga en el largo plazo la calidad ambiental del entorno.

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Cuadro 10. Matriz de valoración de impactos ambientales potenciales del proyecto “Operación del Hotel Diamante K, en Tulum, Quintana Roo”.

Sistema SubsistemaComponente

Ambiental

Factor Ambiental

Afectable

UIP Emis

ión

de

co

nta

min

ante

s a

la

atm

ósf

era

Emis

ión

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rech

os

Abs. Rel.

Atmósfera Calidad 50 -5 -5 -0.3

Agua subterránea Calidad 100 -4 -3 -7 -0.7

Agua marina Calidad 100 -4 -3 -7 -0.7

Suelo y subsuelo Calidad 50 -3 -3 -0.2

Flora Composición 100 -29 -29 -2.9

Distribución y

abundancia100 -5 -8 -5 -18 -1.8

Calidad de vida 50 -7 -7 -0.4

Medio

PerceptualPaisaje natural

Calidad y valor

escénico150 -10 -10 -20 -3.0

Empleo 100 26 26 2.6

Sector turismo 100 16 16 1.6

Sector comercio 50 17 17 0.9

Sector público 50 -25 30 5 0.3

1,000

Abs. -5 -5 -7 -8 -5 -8 -9 -29 -10 -10 -25 26 33 30 -32 -

Rel. -0.3 -0.5 -0.4 -0.8 -0.5 -0.8 -0.8 -2.9 -1.5 -1.5 -1.3 2.6 2.5 1.5 - -4.6

Total

Medio

Natural

Medio Abiótico

Medio BióticoFauna

Total

Medio Socio-

económico

Medio

EconómicoEconomía local

Suma de impactos por acción

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V.6. PROGRAMA CALENDARIZADO DE INSTRUMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES

El programa calendarizado de instrumentación de las medidas de mitigación se muestra en el siguiente Cuadro. Cuadro 11. Programa calendarizado de instrumentación de las medidas de mitigación propuestas en un ciclo anual.

Supervisión: ________________________

Fecha de inicio: Rev Rev

Fecha de término: 1 2 3 4 5 6 A 7 8 9 10 11 12 B

Medida preventiva o de mitigación

P

R

P

R

P

R

P

R

P

R

P

R

P

R

P

R

P

R

P

R

P

R

Marcadores

Fecha actual de avances

P: Fecha compromiso de la tarea

R: Fecha final de ejecucion de la tarea

X% Porcentaje de avance en la tarea

Fecha de corte o revision

11Actualización e instrumentación del programa interno

de protección civil

9 Introducción de nuevas energías renovables

10 Estrategias para el ahorro del agua

8 Señalización del área natural protegida

Semestre 2Semestre 1

PROGRAMA CALENDARIZADO DE INSTRUMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL HOTEL

DIAMANTE K (CICLO ANUAL)

2Medición y análisis de las emisiones de la planta

generadora

Elaboración e implementación de un Plan de Manejo de

Residuos1

3 Mantenimiento preventivo de instalaciones sanitarias

4Mejoramiento de las condiciones de almacenamiento

de residuos y sustancias peligrosas

5Mejoramiento del proceso de degradación aerobia en

las fosas sépticas

6Implementación de un programa permanente de

limpieza de playas

7Fomento de la educación ambiental de los usuarios del

hotel

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V.7. PROGRAMA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

V.7.1 Nombre del programa Programa de supervisión ambiental del hotel Diamante K

V.7.2 Objetivos del programa 1. Minimizar o prevenir el impacto ambiental significativo sobre los recursos naturales, así

como el daño grave a los ecosistemas presentes en el área de influencia del hotel Diamante K.

2. Establecer una serie de estrategias que se proponen para asegurar que la operación de las obras y actividades del hotel Diamante K no generen impactos ambientales significativos o daño grave a los ecosistemas.

3. Establecer los indicadores que se requieren medir para determinar la correcta aplicación de las estrategias que se proponen para asegurar que la operación de las obras y actividades del hotel Diamante K no generen impactos ambientales significativos o daño grave a los ecosistemas.

4. Determinar las metas que es deseable alcanzar para cada una de las estrategias que se proponen para asegurar que la operación de las obras y actividades del hotel Diamante K no generen impactos ambientales significativos o daño grave a los ecosistemas.

5. Describir y programar las actividades que se derivan de las estrategias que se proponen para asegurar que la operación de las obras y actividades del hotel Diamante K no generen impactos ambientales significativos o daño grave a los ecosistemas.

V.7.3 Estrategias

V.7.3.1. Supervisión ambiental del hotel Diamante K Para alcanzar los objetivos del programa se realizará la supervisión ambiental del hotel Diamante K mediante visitas mensuales de inspección con por lo menos un técnico debidamente capacitado y con la debida experiencia en el proceso de inspección o auditoría ambiental, quién en compañía de la persona que designe la empresa Grupo Saint Germain, S.A. de C.V., realizará un recorrido de las instalaciones, verificando el manejo adecuado –es decir, aquel que no da lugar a impacto ambiental significativo, contaminación ambiental o daño grave a los ecosistemas- de las aguas residuales; de los residuos sólidos urbanos, de manejo especial y peligrosos; de los detergentes y otros químicos empleados en la limpieza de las obras existentes; que se estén aplicando adecuadamente las medidas de mitigación ambiental propuestas; y, en general, que las actividades cotidianas del hotel ocurran sin menoscabo de la calidad del entorno. Para documentar los hechos respecto del manejo ambiental adecuado, se llevará un registro o bitácora en hojas de verificación o chequeo. Al término del recorrido por las instalaciones, luego

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de leídas las anotaciones y escritas las observaciones que fueren necesarias, las hojas de registro serán firmadas en original y copia por el responsable de la supervisión ambiental y la persona que designe la empresa, quedando el original en poder de esta última. En caso necesario y para documentar algunas de las acciones emprendidas, la empresa entregará al responsable de la supervisión ambiental, copias de los reportes documentales o de los recibos o de los documentos que las avalen o prueben. En un lapso no mayor a cinco días naturales posteriores a la visita de supervisión, se hará llegar al representante de la empresa un informe técnico escrito derivado de las visitas. El informe incluirá una valoración del grado de cumplimiento de las condicionantes ambientales estipuladas. En este informe se señalarán aquellas condicionantes que estén siendo incumplidas y, en su caso, se sugerirán las medidas que deberán ser adoptadas para dar cumplimiento a la legislación ambiental vigente, así como para minimizar o prevenir el efecto negativo sobre el ambiente. La empresa contará con un término de cinco días hábiles para llevar a cabo las recomendaciones y sugerencias señaladas en el informe técnico, en el entendido que dicho plazo no aplicará para el caso de presentarse la autoridad ambiental a realizar alguna visita de inspección y ésta fije los plazos y términos en que deban ser atendidas sus recomendaciones. La empresa responsable de la supervisión ambiental elaborará informes de seguimiento ambiental que serán turnados a la PROFEPA y a la SEMARNAT para su respectiva valoración y, en su caso, validación. Se proponen ciclos cuatrimestrales.

V.7.4 Indicadores

No hay evidencia física de escurrimientos o fugas de aguas residuales.

No hay evidencia física de contaminación del agua marina con grasas, aceites, hidrocarburos, detergentes u otros químicos.

Las instalaciones, la zona federal marítimo terrestre y la zona marina adyacente están libres de residuos sólidos urbanos.

Los residuos sólidos urbanos se disponen a través del servicio de limpia municipal.

Los residuos peligrosos se almacenan temporalmente en el contenedor especialmente dispuesto para ello y se dispone a través de una empresa autorizada o se entrega al centro de acopio que establezca el Ayuntamiento. Existe una bitácora para el manejo de residuos peligrosos.

No hay ampliación de las obras existentes.

El hotel Diamante K se mantiene libre de especies vegetales exóticas invasoras incluidas en el listado de la CONABIO.

Las áreas de almacén, talleres y bodegas cumplen con las especificaciones de ley para el adecuado almacenamiento temporal de residuos, sustancias peligrosas o inflamables, según sea el caso.

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El hotel cuenta con señalización alusiva a la protección del medio ambiente y el cuidado a la flora y fauna.

Se reparten trípticos a los huéspedes con información alusiva a la protección del medio ambiente y el cuidado a la flora y fauna.

Existe una bitácora de control de emisiones a la atmósfera.

La planta generadora de energía eléctrica opera dentro de los rangos de eficiencia previstos y cumple con las especificaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-1994.

Al término del primer año la operación de la planta generadora de energía eléctrica ha reducido su operación al 75 % gracias a la introducción de energías alternativas renovables.

Se cuenta con un programa interno de protección civil y éste es de conocimiento de los trabajadores.

V.7.5 Meta La operación del hotel Diamante K transcurre, permanentemente, sin dar lugar a impactos ambientales significativos, contaminación del ambiente o daño ambiental grave a los ecosistemas o recursos naturales presentes en su área de influencia.

V.7.6 Desglose de actividades y programación Las actividades, tal como se desglosan en el diagrama de bloques inserto más abajo, se desarrollan en ciclos de cuatro meses. El programa tiene una duración mínima de tres ciclos o un año, como se ve en el Cuadro 12.

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Figura 39. Diagrama de bloques para las actividades de supervisión ambiental, que esquematiza la secuencia de las actividades a lo largo de un ciclo mensual. Cada cuatro meses se elabora un reporte cuatrimestral para la autoridad, de tal manera que se envían tres reportes al año.

1.- Visita de supervisión ambiental

Inicio de ciclo mensual

2.- Documentación de hechos mediante lista

de verificación y fotografía

3.- Documentación de acciones mediante prueba documental

4.- Integración de la bitácora ambiental

5.- Elaboración y envío del informe interno con

recomendaciones

6.- Aplicación de medidas correctivas o

preventivas

7.- Documentación de las mediadas

instrumentadas y reporte al supervisor

8.- Registro de las medidas

instrumentadas

Fin de ciclo mensual

mes 1

mes 2

mes 3

mes 4

1.- Elaboración de reporte cuatrimestral y

envío a la autoridad

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Cuadro 12. Programa de trabajo para la supervisión ambiental del proyecto “Operación del Hotel Diamante K, en Tulum, Quintana Roo”.

Supervisión: ________________________

Fecha de inicio: Rev Rev Rev RevFecha de término: 1 2 3 4 A 1 2 3 4 B 1 2 3 4 C 1 2 3 4 C

ACTIVIDADES RESPONSABLE1 Supervisión ambiental (SEAM)

P

R

P

R

P

R

P

R

P

R

P

R

P

R

Marcadores

Fecha actual de avances

P: Fecha compromiso de la tarea

R: Fecha final de ejecucion de la tarea

X% Porcentaje de avance en la tarea

Fecha de corte o revision

1.1 Visita de inspección al hotel Supervisor ambiental

1.2

Mes 4

PROGRAMA DE TRABAJO PARA EL PROYECTO "PROGRAMA DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DEL HOTEL DIAMANTE K"

ESTRATEGIA: SUPERVISIÓN AMBIENTAL (CICLO CUATRIMESTRAL)

Mes 2 Mes 3Mes 1

Elaboración y entrega a la autoridad del

informe de supervisión ambiental

Supervisor ambientalElaboración y envío del reporte interno con

recomendaciones

Documentación de hechos y acciones Supervisor ambiental

Instrumentación de las medidas preventivas o

correctivas y reporte al supervisor

Registro de las medidas preventivas o

correctivas instrumentadas1.6

1.5

1.4

Grupo Saint Geramin

1.3 Integración de la bitácora ambiental Supervisor ambiental

1.7

Supervisor ambiental

Supervisor ambiental

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VI. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS Debido a que las obras y actividades que se manifiestan corresponden a un proyecto actualmente en operación las únicas alternativas que se evalúan son las de operación del proyecto en su condición actual y las de operación con la aplicación de las medidas de mitigación propuestas.

VI.1.1 Escenario con el proyecto sin la aplicación de medidas de mitigación El hotel Diamante K opera actualmente sin causar impactos ambientales significativos o daños graves al ambiente, sin embargo, presenta algunas deficiencias en infraestructura, en particular aquellas habilitadas para el almacenamiento temporal de residuos y de sustancias peligrosas, que ponen en riesgo la integridad y calidad del ambiente, máxime que debido a las características de los materiales de construcción y la realización de actividades que implican uso de fuego –cocina- o de fumadores tanto en interiores como en exteriores de las habitaciones, existe riesgo de incendio. Las actividades de manejo de residuos sólidos se realizan sin un plan de manejo que permita minimizar la generación de residuos, valorizarlos, almacenarlos y disponerlos de tal forma que representen el menor riesgo posible para el ambiente. También se opera una planta generadora de energía eléctrica sin que se lleve a cabo el monitoreo y evaluación de emisiones que establece la normatividad vigente; y se generan pequeñas cantidades de residuos peligrosos sin que se lleve un control del manejo que se realiza. De continuar la operación en las condiciones en que se encuentra es posible, que como hasta ahora, las operaciones se realicen sin impactos significativos al ambiente, pero están latentes varias circunstancias de riesgo que es conveniente prevenir.

VI.1.2 Escenario con el proyecto con la aplicación de medidas de mitigación En caso de aplicar las medidas de mitigación propuestas, se logrará una sensible reducción del riesgo de contaminación ambiental por manejo de residuos urbanos y peligrosos, por escurrimientos o filtraciones de aguas residuales y por vertimiento de hidrocarburos y otras sustancias peligrosas, contribuyendo a salvaguardar el suelo, subsuelo, agua subterránea y el agua marina, así como la flora y fauna que sustentan. También se logrará fortalecer la imagen natural del entorno del proyecto y se incrementará la sensibilización de los usuarios respecto a la importancia de la protección del medio ambiente, la flora y la fauna, haciéndolos consientes que están inmersos en un área natural protegida de alto valor e importancia para la conservación biodiversidad y necesaria para garantizar el equilibrio ambiental de los ecosistemas.

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Parte de las medidas de mitigación propuestas están encaminadas a la regularización de la empresa promovente en el control de sus emisiones a la atmósfera y en el manejo de sus residuos, particularmente de los peligrosos. De tal suerte que en el corto plazo se podrá garantizar la operación dentro de los estándares que establece la normatividad ambiental aplicable. En la siguiente gráfica se ilustra el escenario de operación del hotel sin la aplicación de medidas de mitigación (línea roja) y con la aplicación de las medidas de mitigación (línea amarilla), con lo que se muestra la expectativa de mejora ambiental del proyecto en el escenario de operación con la aplicación de las medidas de mitigación.

Figura 40. Valor de importancia de los impactos ambientales identificados, de la medida de mitigación propuesta y del impacto ambiental mitigado (final), que ilustra los distintos escenarios considerados.

-50

-40

-30

-20

-10

0

10

20

30

40

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11

Impacto potencial

Mitigación

Impacto final

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VII. CONCLUSIONES Considerando que existe evidencia que la zona fue ocupada por dignatarios mayas para el fomento de un rancho desde el año de 1955 al cual denominaron “Dzibac-Tun” y que en los años posteriores a esta fecha llevaron a cabo diversas obras, entre ellas un par de pozos (uno de los cuales está al interior del predio y el otro fuera de sus límites, al poniente, para el cual abrieron un camino que existe hasta la fecha y que atraviesa la porción poniente del predio), y unas cabañas rústicas de las cuales da fe la autoridad estatal como consta en los oficios DS.142.0.001 y 412/3661 ambos de fecha 15 de marzo y el escrito del 30 de noviembre de 1989 suscrito por el C. Pablo Canché Balam –anterior propietario del inmueble que nos ocupa-. Lo anterior prueba que las afectaciones a la vegetación en el predio iniciaron hace poco más de 50 años (Se anexa copia de estos documentos que forman parte del Recurso de Revisión interpuesto por la Delegación Federal en el Estado de Quintana Roo en el cual los citados documentos son aportados como prueba por la C. Delegada Lic. Gabriela Lima Laurents en las pág. 33 y 34, de su escrito de fecha 31 de julio de 2008, interpuesto contra la sentencia del juicio de Amparo número 496/2007 promovido por el C. Roberto Palazuelos Badeaux, misma que ha causado estado, toda vez que fue revocado por el Órgano Colegiado de la Segunda Sala en el mes de febrero del presente año), es decir, previamente al inicio de la vigencia de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (1994) y de los instrumentos de planeación ambiental (2001) y urbana aplicables (2007) actualmente al área del proyecto.

Que de acuerdo con lo declara el promovente las obras que constituyen el hotel Diamante K fueron adquiridas en 2006 prácticamente con las mismas características que tienen en la actualidad y desde entonces han sido mejoradas estructuralmente mediante trabajos de reparación, rehabilitación y remozamiento y se ha dado mantenimiento a la infraestructura para el manejo de aguas residuales para asegurarse que no existan filtraciones de aguas residuales que puedan afectar el ambiente, hecho del cual ha dado fe el Lic. Fernando Ayora Sarlat mediante escritura número 9,627.

Que el promovente no ha llevado a cabo acciones de desmonte al interior del predio que comprometan la integridad funcional de los ecosistemas en los cuales está inmersa la obra y en la que se realizan las actividades manifestadas.

Que el proyecto no contraviene la política ambiental y usos del suelo que establece el programa de ordenamiento ecológico aplicable para la zona, mismo que permite el uso turístico de manera condicionada.

Que derivado de la vinculación del proyecto con la normatividad aplicable se concluye que no resultan aplicables a este proyecto la LGDFS y la LGVS, toda vez que el proyecto no requiere solicitar el cambio de uso del suelo de áreas forestales o el aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, debido a que las obras se construyeron desde el año de 1955, y posteriormente en los años 1970 y 1980 como se menciona en la página 30 de este documento. Tampoco es aplicable al proyecto el decreto de área natural protegida del Parque Nacional Tulum, hecho que se sustenta en la sentencia del 16 de julio de 2009 al juicio de amparo 496/07 dictada por el Segundo Juez de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Quintana Roo, (se adjunta copia de la Sentencia) misma que ha quedado firme según lo declararon los Magistrados del Órgano Colegiado de la Segunda Sala en el mes de febrero del 2010.

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Que a pesar que el proyecto está inmerso en un área natural destacada como de importancia para la tortuga marina, la playa frente al predio es en su mayor parte rocosa y no tiene importancia como área de anidación para estos quelonios, por lo que la operación del proyecto no representa afectación alguna a estas especies.

Que la operación del Hotel Diamante K no compromete la calidad ambiental del área natural en la que está inmersa pues no lleva a cabo actividades altamente riesgosas, ni se compromete la capacidad de carga de los ecosistemas del área de estudio, pues el volumen anual de turistas que aporta a la zona representa apenas 1.45 % de la carga turística que recibe la zona arqueológica de Tulum (datos de 2005), cifra seguramente se diluye en el volumen no cuantificado de visitantes a los desarrollos turísticos y recreativos asentados en la zona costera del área de estudio.

Que no compromete la disponibilidad de los recursos naturales en la zona, puesto que en términos de unidades de alojamiento representa 1.5 % de la oferta en Tulum y 0.1 % de la Riviera Maya; y en cuanto a la demanda anual de agua, el proyecto representa apenas 0.18 % del volumen de extracción del líquido en la zona.

Que el proyecto cuenta con autorización del Ayuntamiento de Tulum y del Gobierno del Estado de Quintana Roo para operar bajo las circunstancias actuales en que esto ocurre, tal como lo demuestran las licencias de funcionamiento No. GSG08003625-80001 08016966 de fecha 11 de junio de 2009 emitida por la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Quintana y No. 000521 de fecha 3 de abril de 2009 emitida por la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal del Municipio de Tulum, ambas a favor de Grupo Saint Germain, S. A. de C.V. y que amparan el funcionamiento del hotel “Diamante K”; y licencias de funcionamiento No. GSG08003625-80002 08016965 de fecha 11 de junio de 2009 emitida por la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Quintana Roo y No. 000522 de fecha 3 de abril de 2009 emitida por la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal del Municipio de Tulum, ambas a favor de Grupo Saint Germain, S. A. de C.V. y que amparan el funcionamiento del “Restaurant Diamante K” para el desarrollo de la actividad “restaurante con venta de cerveza, vinos y licores al copeo”.

Que de acuerdo con la valoración de las acciones susceptibles de causar impactos se identificaron 14 impactos ambientales potenciales, 11 de ellos de naturaleza negativa, pero ninguno de carácter crítico capaz de generar impactos ambientales significativos o daños graves al ambiente y para los cuales se propusieron medidas de prevención y mitigación que reducen al mínimo su posibilidad de afectación al ambiente.

Y, con fundamento en los análisis técnicos presentados en el presente manifiesto, sustentados en las observaciones y registros de los levantamientos de campo e información documental a mi alcance, con base en mi leal saber y entender, se concluye:

Que las obras y actividades de operación del Hotel Diamante K no causan impactos ambientales significativos o daño ambiental grave al ecosistema sobre el cual se asienta, ni provoca alteraciones en los ecosistemas y sus recursos naturales o en la salud, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales.

Biol. Luis Armando Guillermo García

Cédula profesional 2213115

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VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES

VIII.1. FORMATOS DE PRESENTACIÓN En el cuerpo del presente manifiesto se han incluido, para una lectura más ágil los planos definitivos, imágenes, listado faunístico y descripciones metodológicas para la evaluación del impacto ambiental que sustentan el proceso de integración de la manifestación de impacto y valoración de los impactos potenciales. Todos los planos y cartas incluidos cuentan con las referencias necesarias y suficientes para identificar su origen, fuente de obtención, escala y referencia cartográfica. De igual modo, las imágenes cuentan con referencia sobre su origen y fecha de toma. Cuando este no está indicado se refiere a fotografías e imágenes elaboradas por LG Soluciones Ambientales, S.C.

VIII.2. METODOLOGÍA PARA IDENTIFICAR Y EVALUAR LOS IMPACTOS AMBIENTALES Cualquier tipo de proyecto debe evaluarse desde el punto de vista de su interacción recíproca con el medio y, por tanto, en términos de la capacidad de acogida del proyecto por el mismo y de los efectos de éste sobre aquél (Conesa Fernández, 1997)28. En ese sentido, la evaluación del impacto ambiental debe partir del análisis de las diferentes etapas del proyecto, y del estudio del entorno o área de influencia de aquél. Tales consideraciones se han hecho en los capítulos precedentes. Siguiendo las metodologías propuestas por Conesa Fernández (1997) y Gómez Orea (1999)29, en el proceso de evaluación del impacto ambiental es necesario primero identificar las acciones que pueden causar impactos sobre uno o más factores del medio susceptibles de recibirlos; en segundo término se procede a valorar los impactos para determinar su grado de significancia y, por último, se establecen las medidas preventivas, correctivas o compensatorias necesarias. No se debe perder de vista que el propósito de la evaluación del impacto ambiental, según el Artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente es establecer las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente.

28

Conesa Fernández-Vítora, V., 1997. Guía Metodológica para la Evaluación del Impacto Ambiental. 3ª. ed. Ediciones Mundi-Prensa. 412 p.

29 Gómez Orea, D., 1999. Evaluación del Impacto Ambiental: un instrumento preventivo para la gestión

ambiental. Coedición Ediciones Multi-Prensa y Editorial Agrícola Española, S.A. 701 p.

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Por lo tanto, en el proceso de evaluación del impacto ambiental únicamente se está interesado en identificar y mitigar aquellas modificaciones imputables al proyecto que potencialmente puedan ser causantes de contingencia ambiental 30 , desequilibrio ecológico 31 , emergencia ecológica32 o daño ambiental irreversible33, puesto que son éstas y no otras las que se consideran significativas para determinar la viabilidad del proyecto.

VIII.2.1 Identificación de las acciones del proyecto que pueden causar impactos De entre toda la gama de acciones que intervienen en la relación causa-efecto que define un impacto ambiental, susceptibles de producir impactos concretos en cualquiera de las etapas del proyecto, se deben seleccionar aquellas que sean relevantes, excluyentes/independientes, fácilmente identificables, localizables y cuantificables (Gómez Orea, 1999)34, ya que algunas de ellas no son significativas desde el punto de vista ambiental porque no modifican o alteran el ambiente o los recursos naturales, o bien porque su efecto es bajo o se puede anular con la adecuada y oportuna aplicación de medidas de prevención o mitigación. Por otro lado, para la identificación de acciones, según Conesa Fernández (1997), se deben diferenciar los elementos del Proyecto de manera estructurada, atendiendo entre otros los aspectos que modifican el uso del suelo, que implican emisión de contaminantes, acciones derivadas de almacenamiento de residuos, acciones que implican sobreexplotación de recursos, acciones que implican sub-explotación de recursos, acciones que actúan sobre el medio biótico, acciones que dan lugar al deterioro del paisaje, acciones que repercuten sobre las infraestructuras, acciones que modifican el entorno social, económico y cultural, acciones derivadas del incumplimiento de la normatividad ambiental vigente.

30

Situación de riesgo, derivada de actividades humanas o fenómenos naturales, que puede poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas (LGEEPA, Art. 3, frac. VIII).

31 La alteración de las relaciones de interdependencia entre los elementos naturales que conforman el

ambiente, que afecta negativamente la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos (LGEEPA, Art. 3, frac. XII).

32 Situación derivada de actividades humanas o fenómenos naturales que al afectar severamente a sus

elementos, pone en peligro a uno o varios ecosistemas (LGEEPA, Art. 3, frac. XVI).

33 Toda pérdida, deterioro o menoscabo que se realice en cualquiera de los elementos que conforman un

ecosistema, un recurso biológico o natural, o en los que condicionan la salud o la calidad de vida de la población, como resultado de la actividad humana, que no es posible revertir o restaurar. 34

Según Gómez Orea (1999) estos términos deben entenderse como sigue: Relevantes: han de ajustarse a la realidad del proyecto y ser capaces de desencadenar efectos notables; Excluyentes/independientes: para evitar solapamientos que puedan dar lugar a duplicaciones en la contabilidad de los impactos; Fácilmente identificables: susceptibles de una definición nítida y de una identificación fácil sobre planos o diagramas de proceso; Localizables: atribuibles a una zona o punto concreto del espacio en que se ubica el proyecto; Cuantificables: en la medida de lo posible, deben ser medibles en magnitudes físicas, y quedar descritas con la mayor aproximación posible en términos de magnitud: superficie y volumen ocupados; localización espacial; flujo; y momento en que se produce la acción y plazo temporal en que opera.

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Tales acciones y sus efectos deben quedar determinados al menos en intensidad, extensión, persistencia, reversibilidad, recuperabilidad y momento en que intervienen en el proceso35. Para la identificación de las acciones susceptibles de causar impactos se tomó en cuenta la descripción del proceso constructivo, en sus tres etapas, incluida en el capítulo II de este manifiesto.

VIII.2.2 Identificación de los factores ambientales del entorno susceptibles de recibir impactos Los factores ambientales, son los elementos y procesos del medio que suele diferenciarse en dos Sistemas: Medio Físico y Medio Socioeconómico. El Medio Físico incluye tres subsistemas que son el Medio Inerte o Físico propiamente dicho, el Medio Biótico y el Medio Perceptual; en tanto que el Medio Socioeconómico incluye el Medio Socio-Cultural y el Medio Económico. A cada uno de los subsistemas pertenece una serie de componentes ambientales susceptibles de recibir impactos, entendidos como elementos, cualidades y procesos del entorno que pueden ser afectados por el proyecto. La afectación, puede ser negativa o positiva. Para seleccionar los componentes ambientales, tanto Gómez Orea (1999), como Conesa Fernández (1997), coinciden en que éstos han de ser representativos del entorno afectado, y por tanto del impacto total producido por la ejecución del Proyecto sobre el Medio; relevantes, es decir, portadores de información significativa sobre la magnitud e importancia del impacto; excluyentes, es decir, sin solapamientos ni redundancias; de fácil identificación tanto en su concepto como en su apreciación sobre información estadística, cartográfica o trabajos de campo; de fácil cuantificación, dentro de lo posible, ya que muchos de ellos serán intangibles o inconmensurables. La valoración de los componentes ambientales, toma en cuenta la importancia y magnitud del mismo. Sin embargo, en muchos casos no es posible medir objetivamente tales parámetros y es necesario aplicar criterios subjetivos en su valoración. Cuando este es el caso, se puede adoptar

35

Según Conesa Fernández (1997), estos términos deben entenderse como sigue: Intensidad. Se refiere al grado de incidencia de la acción sobre el factor, en el ámbito específico en que actúa. La escala de valoración está comprendida entre 1 y 12, en el que 12 expresa una destrucción total del factor en el área en la que se produce el efecto, y 1 indica una afectación mínima. Extensión. Se refiere al área de influencia teórica del impacto en relación con el entorno del proyecto, es decir, el porcentaje de área respecto al entorno en que se manifiesta el efecto. Persistencia. Se refiere al tiempo que, supuestamente, permanecería el efecto desde su aparición y, a partir del cual el factor afectado retornaría a las condiciones iniciales previas a la acción por medios naturales o mediante la introducción de medidas correctoras. Reversibilidad. Se refiere a la posibilidad de reconstrucción del factor afectado por el proyecto, es decir, la posibilidad de retornar a las condiciones iniciales previas a la acción, por medios naturales, una vez aquella deja de actuar sobre el medio. Recuperabilidad. Se refiere a la posibilidad de reconstrucción, total o parcial, del factor afectado como consecuencia del proyecto, es decir, la posibilidad de retornar a las condiciones iniciales previas a la actuación, por medio de la intervención humana. Momento en que interviene. Se refiere a la etapa del proceso constructivo en donde tiene lugar: fase pre-constructiva, constructiva u operacional.

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el criterio sugerido por Conesa Fernández (1997), en el que el valor ambiental de un factor o de una unidad de inventario es directamente proporcional al grado cualitativo de su extensión: área de influencia en relación con el entorno; complejidad: compuesto de elementos diversos; rareza: no frecuente en el entorno; representatividad: carácter simbólico. Incluye carácter endémico; naturalidad: natural, no artificial; abundancia: en gran cantidad en el entorno; diversidad: abundancia de elementos distintos en el entorno; estabilidad: permanencia en el entorno; singularidad: valor adicional por la condición de distinto o distinguido; irreversibilidad: imposibilidad de que cualquier alteración sea asimilada por el medio debido a mecanismos de autodepuración; fragilidad: endeblez, vulnerabilidad y carácter perecedero de la cualidad del factor; continuidad: necesidad de conservación; insustituibilidad: imposibilidad de ser sustituido; clímax: proximidad al punto más alto de valor ambiental de un proceso; interés ecológico: por su peculiaridad ecológica; interés histórico-cultural: Por su peculiaridad histórico-monumental-cultural; interés individual: por su peculiaridad a título individual (carácter epónimo, mutante); dificultad de conservación: dificultad de subsistencia en buen estado; y significación: importancia para la zona del entorno. Los distintos factores del medio presentan importancias distintas de unos respecto a otros, en cuanto a su mayor o menor contribución a la situación ambiental. Considerando que cada factor representa sólo una parte del medio ambiente, es importante disponer de un mecanismo según el cual todos ellos se puedan contemplar en conjunto, y además ofrezcan una imagen coherente de la situación al hacerlo, o sea, ponderar la importancia relativa de los factores en cuanto a su mayor o menor contribución a la situación del medio ambiente. Con este fin se atribuye a cada factor un peso o índice ponderal, expresado en unidades de importancia (UIP), y el valor asignado a cada factor resulta de la distribución relativa de mil unidades asignadas al total de factores ambientales (Medio Ambiente de Calidad Óptima) (Estevan Bolea, 1984, En: Conesa Fernández, 1997).

VIII.2.3 Identificación, descripción y valoración de impactos potenciales El estudio de impacto ambiental es una herramienta fundamentalmente analítica, de investigación prospectiva de lo que puede ocurrir, por lo que la clarificación de todos los aspectos que lo definen y en definitiva de los impactos (interrelación Acción del Proyecto-Factor del medio), es absolutamente necesaria. Por lo tanto, no es válido pasar a un proceso de evaluación de impactos sin un análisis previo en el que se enuncien, describan y examinen los factores más importantes constatados, justificando el porqué merecen una determinada valoración. En esta fase se cruzan las dos informaciones (factores del medio, acciones del proyecto), con el fin de prever las incidencias ambientales derivadas tanto de la ejecución del proyecto, como de su operación, para poder valorar su importancia. En aquellas casillas de cruce que correspondan a los impactos más importantes, a los que se produzcan en lugares o momentos críticos y sean de imposible corrección y que darán lugar a las mayores puntuaciones en el recuadro relativo a la importancia, se le superpondrán las llamadas Alertas o Banderas Rojas, para llamar la atención sobre el efecto y buscar alternativas en el proyecto que eliminen la causa y la permuten por otra

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de efectos menos nocivos. Si no es posible modificar la actividad o acción impactante, deben buscarse medidas correctivas, de mitigación o de compensación que anulen, palien o mitiguen los efectos negativos. La valoración cualitativa se efectúa a partir de la matriz de impactos en la que en cada casilla de cruce se anota la importancia del impacto determinada como se indicará más adelante. Con esta matriz se mide el impacto ambiental (Iij) generado por una acción simple de una actividad (Ai) sobre un factor ambiental considerado (Fj), es decir, que se medirá el impacto con base al grado de manifestación cualitativa del efecto que quedará reflejado en lo que definimos como importancia del impacto. La importancia del impacto es pues, el ratio mediante el cual medimos cualitativamente el impacto ambiental, en función, tanto del grado de incidencia o intensidad de la alteración producida, como de la caracterización del efecto, que responde a su vez a una serie de atributos de tipo cuantitativo. El valor de importancia del impacto, se establece en función de 11 características. La primera de ellas se refiere a la naturaleza del efecto (positivo o negativo), en tanto que la segunda representa el grado de incidencia o intensidad del mismo y los nueve restantes (extensión, tipo de efecto, plazo de manifestación, persistencia, reversibilidad, recuperabilidad, sinergia, acumulación y periodicidad), los atributos que caracterizan a dicho efecto. Dichas características se representan por símbolos que ayudan a visualizar e identificar rápidamente a cada una y forman parte de una ecuación que indica la importancia del efecto de una acción sobre un factor ambiental. A saber:

I = (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC)

Donde: I = Importancia del impacto = Signo IN = Intensidad EX = Extensión MO = Momento PE = Persistencia RV = Reversibilidad SI = Sinergia AC = Acumulación EF = Efecto PR = Periodicidad MC = Recuperabilidad

La importancia del impacto se representa por un número que se deduce de dicha ecuación, en función del valor asignado a los símbolos considerados. La importancia del impacto toma valores entre 13 y 92. En términos generales puede afirmarse que los valores inferiores a 25 son irrelevantes, entre 25 y 50 moderados, entre 50 y 75 severos y superiores a 75 deben considerarse críticos. El signo hace referencia al carácter benéfico (+) o perjudicial (-) de las distintas acciones que van a actuar sobre los factores considerados. Sin embargo, en ocasiones no es fácil predecir el efecto

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por lo que se puede incluir un tercer valor (x), que refleja efectos cambiantes difíciles de predecir. Para calificar la intensidad, que se refiere al grado de incidencia de la acción sobre el factor, en el ámbito específico en que actúa, la escala de valoración está comprendida entre 1 y 12, en el que 12 expresa una destrucción total del factor en el área en la que se produce el efecto, y 1 indica una afectación mínima. Para calificar la extensión que se refiere al área de influencia teórica del impacto en relación con el entorno del proyecto, es decir, el porcentaje de área respecto al entorno en que se manifiesta el efecto, se valora con escala entre 1 y 8 en la que 1 representa un efecto muy localizado o puntual y 8 representa una ubicación de influencia generalizada en todo el entorno del proyecto. Esta característica introduce un valor adicional que aplica si el impacto se produce en un lugar crítico. En este caso se deben sumar cuatro unidades al número que resultó de la valoración del porcentaje de extensión en que se manifiesta. Cuando éste es el caso, y además se trata de un impacto peligroso para el cual no es posible introducir medidas correctoras, deberá buscarse otra alternativa a la actividad. Para calificar el momento, es decir, el plazo de manifestación del impacto que alude al tiempo que transcurre entre la aparición de la acción y el comienzo del efecto sobre el factor del medio considerado, se considera lo siguiente: cuando el tiempo transcurrido sea nulo, el momento será inmediato, y si es inferior a un año, corto plazo, asignándole en ambos casos un valor de 4. Si el período de tiempo va de 1 a 5 años, medio plazo, se asigna el valor 2 y si el efecto tarda en manifestarse más de 5 años se califica con 1, largo plazo. Si ocurriese alguna circunstancia que hiciese crítico el momento del impacto, cabría atribuirle un valor de 1 a 4 unidades que se suman al valor obtenido previamente, según su momento de acción. Para calificar la persistencia, que se refiere al tiempo que, supuestamente, permanecería el efecto desde su aparición y, a partir del cual el factor afectado retornaría a las condiciones iniciales previas a la acción por medios naturales o mediante la introducción de medidas correctoras, se considera si la persistencia del efecto tiene lugar durante menos de 1 año, en cuyo caso se considera que la acción produce un efecto fugaz, asignándole un valor de 1; si dura entre 1 y 10 años, se califica como temporal (2) y si el efecto tiene una duración superior a 10 años, se considera permanente y debe calificarse con un valor de 4. Para evaluar la reversibilidad o posibilidad de reconstrucción del factor afectado por el proyecto, es decir, la posibilidad de retornar a las condiciones iniciales previas a la acción, por medios naturales, una vez aquella deja de actuar sobre el medio, se califica siguiendo los intervalos de tiempo expresados para la característica previa, al corto plazo, se le asigna un valor de 1, si es a medio plazo 2 y si el efecto es irreversible 4. Para evaluar la recuperabilidad o posibilidad de reconstrucción, total o parcial, del factor afectado como consecuencia del proyecto, es decir, la posibilidad de retornar a las condiciones iniciales previas a la actuación, por medio de la intervención humana, se califica valorando si el efecto es totalmente recuperable, en cuyo caso se le asigna un valor de 1 ó 2, según lo sea de manera inmediata o a medio plazo; si lo es parcialmente, el efecto es mitigable y toma un valor de 4, que se resta al valor de importancia total. Cuando el efecto es irrecuperable se le asigna el

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valor de 8. Si el efecto es irrecuperable pero existe la posibilidad de aplicar medidas compensatorias, entonces el valor que se adopta es 4. La sinergia contempla el reforzamiento de dos o más efectos simples. La componente total de la manifestación de los efectos simples, provocados por acciones que actúan simultáneamente, es superior a la que cabría esperar de la manifestación de efectos cuando las acciones que las provocan actúan de manera independiente no simultánea. Cuando una acción actuando sobre un factor, no es sinérgica con otras acciones que actúan sobre el mismo factor, el atributo toma valor 1, si se presenta un sinergismo moderado 2 y si es altamente sinérgico 4. El atributo acumulación da idea del incremento progresivo de la manifestación del efecto, cuando persiste de forma continuada o reiterada la acción que lo genera. Cuando una acción no produce efectos acumulativos, el efecto se valora como 1 y si el efecto es acumulativo se califica con 4. El efecto se refiere a la relación causa-efecto, o sea a la forma de manifestación del efecto sobre un factor, como consecuencia de una acción. El efecto puede ser directo o primario, siendo en este caso la repercusión de la acción a consecuencia directa de ésta y se califica con el valor 4. En el caso de que el efecto sea indirecto o secundario, su manifestación no es consecuencia directa de la acción, sino que tiene lugar a partir de un efecto primario, actuando éste como una acción de segundo orden. En este caso se califica con 1. Para medir la regularidad de manifestación del efecto, es decir, su periodicidad, se determina si este ocurrirá de manera cíclica o recurrente (efecto periódico), de forma impredecible en el tiempo (efecto irregular), o constante en el tiempo (efecto continuo). A los efectos continuos se les asigna un valor de 4, a los periódicos 2 y a los de aparición irregular y a los discontinuos con 1.

VIII.2.4 Medidas de prevención y/o corrección de impactos potenciales No se debe pasar a las conclusiones respecto de la evaluación de los impactos, sin tomar en cuenta que éstos pueden ser mitigados o compensados por las acciones propuestas. Sin embargo, la eficiencia y eficacia de tales medidas, dependerá de la adecuada y oportuna aplicación de las mismas en los momentos sugeridos. De acuerdo con Conesa Fernández (1997), prevenir, paliar o corregir el impacto ambiental significa introducir medidas preventivas y/o correctoras durante y después de implementar el proyecto a fin de explotar en mayor medida las oportunidades que brinda el medio en aras al mejor logro ambiental del proyecto o actividad; anular, atenuar, evitar, corregir o compensar los efectos negativos que las acciones derivadas del proyecto producen sobre el medio ambiente, en el entorno de aquellas; e incrementar, mejorar y potenciar los efectos positivos que pudieran existir. Adicionalmente, Gómez Orea (1999) señala que para la identificación y adopción de las medidas se deben tener en cuenta la viabilidad técnica, eficacia y eficiencia ambiental, viabilidad económica y financiera, y facilidad de implantación, mantenimiento, seguimiento y control. Las

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medidas a tomar pueden ser de varios tipos. Protectoras, es decir, que evitan la aparición del efecto modificando los elementos que definen la actividad. Correctoras de impactos recuperables, dirigidas a anular, atenuar, corregir o modificar las acciones y efectos sobre los procesos productivos, condiciones de funcionamiento, factores del medio como agente transmisor, factores del medio como agente receptor u otros parámetros, como la modificación del efecto hacia otro de menos magnitud o importancia. Compensatorias, de impactos irrecuperables e inevitables, que no evitan la aparición del efecto, ni lo anulan o atenúan, pero contrapesan de alguna manera la alteración del factor. En cualquiera de los casos se debe incluir un apartado en el que se presente un informe de las medidas que se aplicarán incluyendo al menos el impacto al que se dirige o efecto que pretende corregir, prevenir o compensar; la definición de la medida; el objetivo; el momento óptimo para la introducción de la medida; prioridad y urgencia; y eficacia y/o eficiencia. El valor de importancia de la acción mitigadora se establece en función de cuatro características. La primera de ellas se refiere al grado de incidencia o intensidad de la acción que mide la eficacia de la acción; la segunda mide su extensión respecto de su área de influencia teórica; la tercera valora la persistencia de la acción; y la cuarta mide su reversibilidad. Dichas características se representan por símbolos que ayudan a visualizar e identificar rápidamente a cada una y forman parte de una ecuación que indica la importancia de la acción sobre el efecto de un impacto ambiental potencial. A saber:

M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + RV)

Donde: M = Importancia de la acción IN = Intensidad EX = Extensión PE = Persistencia RV = Reversibilidad

La importancia de la acción se representa por un número que se deduce de dicha ecuación, en función del valor asignado a los símbolos considerados. Dicho valor se resta al valor de importancia del impacto al cual está destinado a prevenir o mitigar para obtener el valor ponderado del impacto ambiental. La importancia de la acción mitigadora toma valores entre 7 y 68. En términos generales puede afirmarse que los valores inferiores a 18 son irrelevantes, entre 18 y 36 son moderados, entre 37 y 54 importantes; y por arriba de este valor deben considerarse críticos y su aplicación se hace imperativa. Para calificar la intensidad la escala de valoración está comprendida entre 1 y 12, en el que 12 expresa una prevención total del impacto en el área en la que se produce el efecto, y 1 indica una prevención mínima. Si la medida es protectora, es decir, que evita la aparición del efecto modificando los elementos que definen la actividad, se asigna un valor de 12. Si la medida sólo es capaz de atenuar o modificar las acciones y efectos sobre los procesos productivos, condiciones de funcionamiento, factores del medio como agente transmisor, factores del medio como agente receptor u otros parámetros, como la modificación del efecto hacia otro de menos magnitud o importancia, entonces se califica con los valores de 8 si su intensidad es alta (75 % ó más), 6 si la intensidad es moderada (50 % ó más), 4 si la intensidad es baja (25 % o más) y 2 si la

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intensidad es muy baja (menos de 25 %). Si la medida es compensatoria, es decir, es incapaz de evitar la aparición del efecto, ni lo anula o atenúa, pero contrapesa de alguna manera la alteración del factor, entonces se califica con 1. Para calificar la extensión se valora con escala entre 1 y 8 en la que 1 representa un efecto muy localizado o puntual y 8 representa una ubicación de influencia generalizada en todo el entorno del proyecto. Esta característica introduce un valor adicional que aplica si la acción mitigadora se aplica para prevenir un impacto en un lugar crítico. En este caso se deben sumar cuatro unidades al número que resultó de la valoración del porcentaje de extensión en que se manifiesta. Para califica la persistencia se considera el tiempo que, supuestamente, permanecería el efecto desde su aparición y, a partir del cual el factor afectado retornaría a las condiciones iniciales previas a la acción por medios naturales o mediante la introducción de medidas correctoras. Si la persistencia de la acción introducida para mitigar el impacto tiene lugar durante menos de 1 año, consideramos que la acción produce un efecto fugaz, asignándole un valor de 1. Si dura entre 1 y 10 años, se califica como temporal (2) y si el efecto tiene una duración superior a 10 años, se considera permanente y debe calificarse con un valor de 4. Para calificar la reversibilidad, es decir, la posibilidad de retornar a la condición de impacto previa a la acción, una vez esta deja de actuar sobre el impacto, se debe considerar si al cesar la medida el impacto se presenta de manera inmediata, entonces se asigna un valor de 1 y se considera una reversibilidad alta. Si el impacto reaparece en el corto plazo considerado menor a 1 año, se asigna el valor de 2; si es en el mediano plazo, es decir, entre 1 y 10 años se asigna el valor de 4 y si la reversibilidad es baja, o sea, mayor a 10 años, entonces se considera irreversible y se le asigna un valor de 8.

VIII.2.5 Valoración cualitativa de las acciones impactantes y de los factores ambientales impactados

VIII.2.5.1. Valoración relativa Una vez determinada la importancia de los impactos y efectuada la ponderación de los distintos factores del medio, se está en la posibilidad de desarrollar el modelo de valoración cualitativa propuesto por Conesa Fernández (1997), con base en la importancia Ii de los efectos que cada Acción Ai de la actividad produce sobre cada factor del medio Fj. Dicho modelo, contempla el análisis de los impactos negativos mediante el empleo de una matriz, en las que las filas indican los factores ambientales que recibirían las alteraciones más significativas; y las columnas las acciones relevantes causantes de éstos. Se omiten las acciones cuyo efecto no es relevante y los factores que son inalterados o lo son débilmente o de manera temporal, capaces de retornar a las condiciones previas. La suma ponderada de la importancia del impacto negativo de cada elemento tipo, por columnas (IRi), identificará las acciones más agresivas (altos valores negativos) y las poco agresivas (bajos valores negativos), pudiendo analizarse las mismas según sus efectos sobre los distintos

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subsistemas. Así mismo, la suma ponderada de la importancia del efecto de cada elemento tipo, por filas (IRj), indicará los factores ambientales que reciben en mayor o menor medida, las consecuencias del funcionamiento de la actividad considerando su peso específico, o lo que es lo mismo, el grado de participación que dichos factores tienen en el deterioro del medio ambiente. El impacto neto de una nueva actividad, en cada una de las fases o situaciones temporales estudiadas, es la diferencia entre la situación del medio ambiente modificado por causa del proyecto, considerando las medias de mitigación aplicables y la situación tal y como habría evolucionado sin la presencia de aquel. Ahora bien, la calidad final del medio ambiente es debida, no sólo a la consecuencia de las acciones impactantes en la propia fase de funcionamiento del proyecto, sino también a la existencia previa de alguna acción causante de efectos irreversibles o de efectos continuos producidos y estudiados en otra fase anterior. Este tipo de efectos (IRPj), se destacan y su importancia total ponderada se indica en la columna correspondiente de la matriz de importancia. En la última columna de la matriz se relacionan las importancias totales de los efectos finales sobre los factores ambientales (IRj) obtenidas como suma algebraica de la importancia relativa del impacto en la fase de funcionamiento del proyecto y la importancia relativa del impacto de las acciones cuyo efecto es irreversible o permanece durante largo plazo o a lo largo de la vida del proyecto. La importancia total de los efectos causados en los distintos componentes y subsistemas presentes en la matriz de impactos (IRi) se calcula como la suma ponderada por columnas de los efectos de cada uno de los elementos tipo correspondientes a los componentes y subsistemas estudiados. No es válida la suma algebraica.

VIII.2.5.2. Valoración absoluta La suma algebraica de la importancia del impacto de cada elemento tipo por columnas (Ii), constituye otro modo, aunque menos representativo y sujeto a sesgos importantes, de identificar la mayor o menor agresividad de las acciones (Conesa Fernández, 1997). De la misma manera que la establecida previamente, la suma algebraica de la importancia del impacto de cada elemento por filas (Ij), indica los factores ambientales que sufren en mayor o menor medida las consecuencias de la actividad. De forma análoga a la dispuesta para la valoración relativa, se incluye una columna en la matriz de importancia para reflejar la importancia absoluta del efecto causado durante la fase de construcción o funcionamiento, y otra columna en la que se reflejan los efectos totales permanentes (IPj), obtenidos en este caso por suma algebraica. Se incluye una tercera columna para indicar la importancia de los efectos absolutos totales (Ij), sobre cada uno de los factores considerados, mediante suma algebraica de todas las columnas.

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No debe olvidarse que los valores obtenidos de la importancia del impacto en los elementos tipo de la matriz, no son comparables entre sí, o sea, en la proporción que sus valores numéricos lo indican puesto que se trata de variables no proporcionales. Sin embargo, el hecho que una importancia sea mayor que otra, sí implica que el impacto de la primera acción sobre el factor considerado es mayor que el de la segunda sobre el mismo factor, pues se trata de variables ordinales.

VIII.2.6 Análisis del modelo Siguiendo con Conesa Fernández (1997), una vez realizada la valoración cualitativa por los dos métodos descritos quedan definidas: La importancia total Ii, de los efectos debidos a cada acción i

Ii = j Iij La importancia total ponderada IRi, de los mismos

IRi = j Iij Pj/ jPj La importancia total Ij, de los efectos causados a cada factor j

Ij = i Iij La importancia total ponderada IRj, de los mismos

IRj = i Iij Pj/ jPj La importancia total I, de los efectos debidos a la actuación

I = i Ij = i I’i + IP = I’ + IP La importancia total ponderada IR, de los mismos

IR = j IRj = j I’Ri + IPR = I’R + IPR Con esta metodología el modelo de la suma ponderada en función del peso específico de un factor sobre los demás, se aproxima suficientemente a la realidad medioambiental estudiada, haciendo siempre la salvedad que en esta valoración cualitativa se consideran aspectos de los efectos con un grado de manifestación cualitativo y por tanto sujeto a errores de mayor magnitud que los que se podrían cometer al llevar a cabo una valoración cuantitativa. En el Cuadro XIII se muestra gráficamente la estructura de la matriz de importancia resultante del análisis descrito.

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Cuadro 13. Matriz de Importancia. En busca de una mayor claridad y comprensión de la metodología descrita, se muestra la estructura de la matriz de importancia que resultaría de su aplicación. FUENTE: Conesa Fernández, 1997.

Factores UIP

Situación 1 Situación 2

Acciones

n + 1

Acciones

n + 1 n + 2 n + 3

Total Total Total efectos permanentes de la Sit. 1

Importancia total

1 2 i n 1 2 1 2 i n 1 2 1 2 1 2

A1 A2 Ai An Ab. Rel. A1 A2 Ai An Ab. Rel. Ab. Rel. Ab. Rel.

F1 P1

F2 P2

Fj Pj Iij Inj Ij IRj I’ij I’nj I’j I’Rj IPj IRPj Ij IRJ

Fm Pm

Total Absoluto Ii I - I’i - I’ - I -

Relativo IRi - IR I’Ri - - I’R - IR

Ab. = Importancia absoluta; Rel. = Importancia relativa

Ii = j Iij IRi = j Iij Pj/ jPj Ij = i Iij IRj = i Iij Pj/ jPj IPj = i<n Ipij IRPj = i<n Irpij Ij = I’j + IPj IRj = I’Rj + IRPj

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IX. ANEXOS DOCUMENTALES Copia simple de la escritura pública No. 36,752 de fecha 25 de abril de 1996 pasada ante la fe del Lic. Eduardo Flores Castro Altamirano, titular de la notaría No. 33 del Distrito Federal, mediante la que hace constar el contrato de sociedad por el que se constituye la empresa Grupo Saint Germain, S.A. de C.V., así como la designación del C. Roberto Palazuelos Badeaux como Administrador Único de la Sociedad lo que le otorga facultad para representar legalmente a la empresa.

Copia simple de la identificación oficial con fotografía del representante legal de la empresa Grupo Saint Germain, S.A. de C.V, C. Roberto Palazuelos Badeaux.

Copia simple de la escritura pública No. 1,860 de fecha 17 de junio de 1996 pasada ante la fe del Lic. Ángel Enrique Aguilar Nuñez, titular de la notaría No. 17 con sede en la ciudad de Chetumal, Quintana Roo, mediante la cual hace constar el contrato de compraventa celebrado entre el Sr. Pablo Canché Balam (la parte vendedora) y el Sr. Roberto Palazuelos Badeaux (la parte compradora) de las fracciones 5, 6, 7 y 8 de un lote de terreno del fundo legal de Tulum Ruinas, Quintana Roo, del cual el Sr. Canché Balam es legítimo propietario.

Copia simple de la escritura pública No. 41,550 de fecha 5 de septiembre de 2007 pasada ante la fe del Lic. Luis Miguel Cámara Patrón, titular de la notaría No. 30 con sede en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, mediante la cual hace constar el contrato de compraventa celebrado entre el Sr. Pablo Canché Balam (la parte vendedora) y el Sr. Roberto Palazuelos Badeaux (la parte compradora) de la fracción 4 de un lote de terreno del fundo legal de Tulum Ruinas, Quintana Roo, del cual el Sr. Canché Balam es legítimo propietario.

Copia simple del contrato de promesa de venta de fecha 16 de enero de 2001 que celebran el Gobierno del Estado de Quintana Roo (la parte vendedora) y el C. Roberto Palazuelos Badeaux (el comprador promitente) respecto de un predio ubicado en la carretera costera Tulum Ruinas-Punta Allen en la localidad de Tulum con clave catastral 8030100125-A.

Copia simple del contrato de compraventa con reserva de dominio de fecha 26 de enero de 2004 que celebran el Gobierno del Estado de Quintana Roo (la parte vendedora) y el C. Roberto Palazuelos Badeaux (la parte compradora) respecto de un predio ubicado en la carretera costera Tulum Ruinas-Punta Allen en la localidad de Tulum con clave catastral 8031199204.

Copia simple del Título de Concesión ISO MR DGZF 831/06 de fecha 6 de agosto de 206 a favor de Grupo Saint Germain, S.A. de C.V., que le otorga el derecho de usar, ocupar y aprovechar por un término de 15 años una superficie de 1,333.88 m2 de zona federal marítimo terrestre localizada en el camino costero Tulum-Boca Paila kilómetro 2-270, frac. 4, 5, 6, 7 y 8, frente al Hotel Cabañas “Diamante K”, sin autorización para realizar obras, exclusivamente para uso vinculado al turístico con beneficio económico.

Copia de la sentencia del 16 de julio de 2009 al juicio de amparo 496/07 dictada por el Segundo Juez de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Quintana Roo. Y copia del Recurso de Revisión interpuesto por la Delegación Federal en el Estado de Quintana Roo.

Copia simple de la licencia de funcionamiento número GSG08003625-80001 08016966 de fecha 11 de junio de 2009 emitida por la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Quintana Roo a favor de Grupo Saint Germain, S. A. de C.V. que ampara el funcionamiento del

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hotel “Cabañas Diamante K” para el desarrollo de la actividad 4276 Hotel/Alojamiento únicamente.

Copia de la licencia de funcionamiento número GSG08003625-80002 08016965 de fecha 11 de junio de 2009 emitida por la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Quintana Roo a favor de Grupo Saint Germain, S. A. de C.V. que ampara el funcionamiento del restaurante “Restaurant Diamante K” para el desarrollo de la actividad 4540 Restaurante con venta de cerveza, vinos y licores al copeo.

Copia de la licencia de funcionamiento número 000521 de fecha 3 de abril de 2009 emitida por la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal del Municipio de Tulum a favor de Grupo Saint Germain, S. A. de C.V. que ampara el funcionamiento del hotel “Diamante K” con el giro Hoteles Pequeños.

Copia de la licencia de funcionamiento número 000522 de fecha 3 de abril de 2009 emitida por la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal del Municipio de Tulum a favor de Grupo Saint Germain, S. A. de C.V. que ampara el funcionamiento del hotel “Diamante K” con el giro Restaurante con venta de cerveza, vinos y licores al copeo, con horario autorizado de 9 a 23 hrs.

Copia simple de la licencia No. 23 expedida por el Concejo Municipal de Tulum a favor de Grupo Saint Germain, S.A. de C.V. para el servicio de recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos del hotel Diamante K.

Copia simple de la licencia No. 1482 expedida por el Concejo Municipal de Tulum a favor de Grupo Saint Germain, S.A. de C.V. para el servicio de recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos del restaurante del hotel Diamante K.

Copia certificada de la escritura pública No. 9,627 que da prueba del desazolve de la fosa séptica al interior del Hotel Diamante K y del sello de la misma.

Copia simple de la constancia de fomento de rancho “Dzibac-Tun” desde 1955 y copia de los oficios DS.142.0.001 y 412/3661 ambos de fecha 15 de marzo y escrito del 30 de noviembre de 1989 suscrito por el C. Pablo Canché Balam que prueba la existencia de cabañas rústicas en el predio anteriores al año 1989.

Copia simple del Acuerdo PFPA/SRN/DGIAZ/54/IA-003/08.

Copia de la ficha técnica de la planta generadora de energía eléctrica marca Lister Petters, modelo LLD 410, que opera a diesel.

Copia de la ficha técnica de la Cipermetrina utilizada en la fumigación al interior de las cabañas del hotel.

Copia simple de diversos recibos que demuestran que se lleva a cabo la limpieza de las fosas sépticas presentes en el predio y de que el agua se adquiere de CAPA en la zona de Tulum.

Plano de levantamiento de georreferenciación de las cabañas. Top. D. Palacios, 2010.

Copia simple de la Cédula Profesional del Biol. Luis Armando Guillermo García, responsable técnico de la elaboración del presente manifiesto.

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X. REFERENCIAS

X.1. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Arellano, A., J. Flores, J. Tun y M. Cruz. 2003. Etnoflora Yucatanense, Nomenclatura, forma de

vida, uso, manejo y distribución de las especies vegetales de la Península de Yucatán. UADY. 1a Edición. Mérida, Yucatán. 815 P.

Comisión Nacional del Agua (CNA). Gerencia Estatal Quintana Roo. Subgerencia Técnica. Registros de Temperatura Media y Precipitación. Estación Meteorológica en Tulum, Quintana Roo. Período 1991-2006.

Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP). Programa de Manejo del Área Natural Protegida Parque Nacional Tulum.

Conesa Fernández-Vítora, V., 1997. Los Instrumentos de la Gestión Ambiental en la Empresa. Ediciones Mundi-Prensa. 541 p.

FONATUR. 2000. Estrategia de Desarrollo Urbano y Turístico del Corredor Cancún-Riviera Maya 2025. Fondo Nacional de Fomento al Turismo. Elaborado por Felipe Ochoa y Asociados. México, D.F. 95 p

Flores y Espejel, 1994. Tipos de Vegetación de la Península de Yucatán. UADY. Mérida, Yucatán. 50 P.

García, E. 1988. Modificaciones al sistema de clasificación climática de Köppen. México.

Gobierno del Estado de Quintana Roo, 2007. Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tulum, Quintana Roo.

Gómez Orea, D., 1999. Evaluación del Impacto Ambiental: un instrumento preventivo para la gestión ambiental. Coedición Ediciones Multi-Prensa y Editorial Agrícola Española, S.A. 701 p.

Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI), 1995. Conteo de Población y Vivienda, 1995.

INEGI-Gobierno del Estado de Quintana Roo, 1997. Anuario Estadístico del Estado de Quintana Roo. Edición 1997. 344 p.

INEGI-Gobierno del Estado de Quintana Roo, 2000. Anuario Estadístico del Estado de Quintana Roo. Edición 2000. 344 p.

INEGI, 2001. XII Censo General de Población y Vivienda. Resultados definitivos En: www.inegi.gob.mx

INEGI, 2005. II Conteo de Población y Vivienda. Resultados definitivos En: www.inegi.gob.mx

INEGI-Gobierno del Estado de Quintana Roo, 2002. Estudio Hidrológico del Estado de Quintana Roo. México. 96 p.

Martínez, M. L., P. Moreno-Casasola y S. Castillo, 1993. Biodiversidad Costera: Playas y Dunas. 165 P. En: Biodiversidad Marina y Costera de México. S. I. Salazar-Vallejo y N. E. González (eds.). Com. Nal. Biodiversidad y CIQRO, México, 865 P

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X.2. FUENTES DE CONSULTA ELECTRÓNICA Página electrónica del Gobierno del Estado de Quintana Roo. Página electrónica del Gobierno del Municipio de Tulum. Página electrónica de la CONANP Página electrónica de la CONABIO Página electrónica de la SEMARNAT Página electrónica de la CONAFOR Página electrónica de la CONAGUA