diario oficial de colombia n° 49.851. 21 de abril de 2016

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  • 8/17/2019 Diario oficial de Colombia n° 49.851. 21 de abril de 2016

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    Fundado el 30 de abril de 1864

    DIARIO OFICIAL

    República de Colombia

    LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA

    Informa que como lo dispone el Decreto número 53 deenero 13 de 2012, artículo 3°, del Departamento Nacionalde Planeación, a partir del 1° de junio de 2012 los contratosestatales no requieren publicación ante la desaparición delDiario Único de Contratación Pública.

     Año CLI No. 49.851 Edición de 24 páginas  •  Bogotá, D. C., jueves, 21 de abril de 2016 •  I S S N 0122-21

    R ESOLUCIONES

    RESOLUCIÓN NÚMERO 1055 DE 2016

    (abril 15)

     por la cual se adopta el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajodel Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se efectúa una delegación.

    La Viceministra General Encargada de las Funciones del Despacho del Ministro deHacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las con-feridas por el artículo 2.2.4.6.4 del Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentariodel Sector del Trabajo y el artículo 9º de la Ley 489 de 1998,

    CONSIDERANDO:

    Que la Ley 9ª de 1979 desarrolló el concepto de Salud Ocupacional, expresando en suartículo 81 que la salud de los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollosocio-económico del país y su preservación es una actividad de interés social y sanitario enla que debe participar el gobierno; señalando en el artículo 84 ibídem como obligación delos empleadores, el responsabilizarse de estructurar un programa permanente de medicina,higiene y seguridad en el trabajo destinado a proteger y mantener la salud de los trabajadores.

    Que el artículo 21 del Decreto-ley 1295 de 1994, en su parágrafo primero raticó comouna obligación de los empleadores el cumplimiento de las normas de salud ocupacional.

    Que el artículo 1º de la Ley 1562 de 2012, en su inciso tercero señaló que el programade salud ocupacional se entenderá en lo sucesivo como Sistema de Gestión de la Seguridady Salud en el Trabajo SG-SST, el cual consiste en el desarrollo de un proceso lógico y poretapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la plani -cación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivode anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad ysalud en el trabajo.

    Que el artículo 2.2.4.6.4 del Decreto 1072 de 2015 Código Único Reglamentario del

    Sector del Trabajo consagra que el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el TrabajoSG SST, debe ser liderado e implementado por el empleador, garantizando a través de dichosistema la aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mejoramientodel ambiente laboral y el control ecaz de los peligros y riesgos.

    Que es preciso delegar en un representante de la al ta dirección del Ministerio de Hacienday Crédito Público, la implementación y el desarrollo de las etapas del Sistema de Gestiónde la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, así como la modicación y suscripción delas políticas, planes y procedimientos cuando se requiera ajustarlos a las necesidades delservicio y a la nueva normatividad, y en general para el cumplimiento de las obligacioneslegales asignadas al Ministro en su condición de empleador, con el n de hacer más ágil yecaz el funcionamiento de dicho Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el TrabajoSG-SST, todo conforme a la normatividad que regula la materia.

    Que en virtud de lo expuesto,

    RESUELVE:

    Artículo 1º. Adopción. Adoptar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajodel Ministerio de Hacienda y Crédito Público, estructurado en el documento que se entiendeincorporado al presente acto administrativo para todos los efectos legales en esa materia.

    Artículo 2º. Objetivo General. Es objetivo general del Sistema de Gestión de Seguridad

    y Salud en el Trabajo que se adopta, la promoción y conservación de condiciones de trabajoseguras y saludables en el desarrollo de cada una de las actividades del Ministerio de Ha-cienda y Crédito Público, a través de la identicación, evaluación y control de los riesgos,con el n de evitar la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades laborales u otrassituaciones que afecten la calidad de vida de las personas que forman parte de la entidad.

    Artículo 3°. Objetivos Especícos. Los objetivos especícos del Sistema de Gestión deSeguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público son:

    • Garantizar el cumplimiento de los requisitos legales en materia de seguridad y saluden el trabajo existentes en el país.

    • Ejecutar desde los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo, Higiene ySeguridad Industrial, actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud indi-vidual y colectiva del personal de la Entidad en sus ocupaciones.

    MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLIC

    • Organizar y desarrollar un plan de respuestas ante emergencias, incluyendo la confmación y capacitación de brigadas de emergencia, la organización de sistemas de deteccialarma y comunicación, la selección y distribución de equipos y elementos, la señalizacy establecimiento de mapas, rutas de evacuación y puntos de encuentro.

    • Garantizar la realización de exámenes médicos ocupacionales de ingreso y periódic para todos los funcionarios de la entidad y generar estrategias para los mismos exámeen relación con los contratistas.

    • Desarrollar actividades de promoción de la salud, de prevención de enfermedarelacionadas o agravadas por el trabajo, de las generadas o relacionadas con el r iesgo psisocial y todas aquellas encaminadas a crear conciencia y sensibilizar sobre el autocuida

    • Promover actividades de recreación y deporte.• Fortalecer la cultura de seguridad y salud en el trabajo, mediante la promoción

    compromiso y liderazgo entre los funcionarios, contratistas y subcontratistas.

    • Establecer los indicadores que permitan medir la Gestión del Sistema en Seguridy Salud en el Trabajo, basados en el ciclo de Planicar, Hacer, Vericar, y Actuar (PHVque se podrá desarrollar mediante planes de acción.

    • Generar formación y toma de conciencia frente al Sistema de Gestión en Seguriy Salud en el Trabajo y cada uno de sus componentes, en los funcionarios, contratistasubcontratistas de la Entidad, con el n de generar cambios en los comportamientos de individuos.

    Artículo 4°. Delegación. Delegar en el Director (a) Administrativo (a) del Ministede Hacienda y Crédito Público, las funciones y obligaciones legales asignadas al Minisen su condición de empleador, para el funcionamiento ágil y ecaz del Sistema de Gestde la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), tales como:

    • La implementación, el desarrollo y la permanente actualización de las etapas Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST);

    • La denición, suscripción, modicación y divulgación de las políticas, planes procedimientos cuando se requiera ajustarlos a las necesidades del servicio y a la nue

    normatividad;• La asignación y comunicación de los responsables del sistema en todos los nive

    de la organización y la disponibilidad de personal responsable para la seguridad y saen el trabajo;

    • La adopción de metodologías para identicar los peligros y evaluar los riesgos seguridad y salud en el trabajo, priorizándolos y estableciendo medidas de prevencicontroles y mediciones para la adecuada gestión de los mismos;

    • El diseño y desarrollo del plan anual de seguridad y salud en el trabajo, previaevaluación de los peligros, riesgos, amenazas, controles, reportes, impacto, la descripcsocio demográca del personal de la entidad, la ecacia de los indicadores, las estadístide enfermedades y accidentalidad y la efectividad de las medidas implementadas;

    • La actualización del plan de emergencias;

    • La denición y asignación de recursos nancieros, técnicos y de personal necesar para el funcionamiento del sistema y para las compras o adquisiciones de productoservicios requeridos, de acuerdo con las normas internas de competencia para el efecto

    • La adopción de medidas para la participación de todo el personal de la entidad encapacitación y ejecución de la política;

    • La integración del sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo al conjunto de sistemde gestión, procesos, procedimientos y decisiones de la entidad;

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    2  DIARIO OFICIAL

    Edición 4

    Jueves, 21 de abril de

    D I A R I O OFICIALFundado el 30 de abril de 1864

    Por el Presidente Manuel Murillo Toro

    Tarifa postal reducida No. 56

    D: DIOSELINA  P ARRA  DE R INCÓN

    MINISTERIO DEL INTERIOR 

    IMPRENTA  N ACIONAL DE COLOMBIA 

    DIOSELINA  P ARRA  DE R INCÓN

    Gerente General

    Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia Conmutador: PBX 4578000.

    e-mail:  [email protected] 

    • La rendición de cuentas de acuerdo con el desempeño de los intervinientes y respon-sables a nivel interno en la aplicación del sistema;

    • La elaboración de la matriz legal de las disposiciones aplicables en la materia;

    • La realización de la auditoría anual al sistema, con la participación del Comité Paritariode Seguridad y Salud en el Trabajo;

    • La denición e implementación de medidas para la mejora continua del sistema.

    Parágrafo. Las funciones y obligaciones descritas, contempladas en los artículos 2.2.4.6.4,2.2.4.6.8 y siguientes del Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentario del SectorTrabajo como obligaciones del empleador y que son delegadas en este acto administrativo,deberán desarrollarse de conformidad con la normativa vigente y la que sea expedida porel Gobierno nacional.

    Artículo 5º. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

    Publíquese y cúmplase.

    Dada en Bogotá, D. C., a 15 de abril de 2016.

    La Viceministra General, encargada de las Funciones del Despacho del Ministro deHacienda y Crédito Público,

     María Ximena Cadena Ordóñez.

    (C. F.).

    MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

    R ESOLUCIONES

    RESOLUCIÓN NÚMERO 1441 DE 2016

    (abril 21)

     por la cual se establecen los estándares, criterios y procedimientos para la habilitaciónde las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud y se dictan

    otras disposiciones.

    El Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios Encargado de las Funcio-nes del Despacho del Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de las facultadeslegales, en especial, las conferidas en los artículos 2° numerales 14 y 30, del Decreto-ley4107 de 2011, 42 numeral 42.14 de la Ley 715 de 2001, 13 de la Ley 1384 de 2010, 62y 64 de la Ley 1438 de 2011, y en desarrollo de los artículos 180 de la Ley 100 de 1993,13 de la Ley 1751 de 2015, 6° de la Ley 1733 de 2014, y 65 de la Ley 1753 de 2015 y elDecreto 613 de 2016, y

    CONSIDERANDO:

    Que en desarrollo de las Leyes 1122 de 2007, 1438 de 2011, 1751 de 2015 y 1753 de2015 este Ministerio expidió la Resolución 429 de 2016 que adopta la Política de AtenciónIntegral en Salud.

    Que dicha Política desarrolla especícamente el mandato de la Ley 1753 de 2015, queen su artículo 65 estableció que el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS), dentrodel marco de la Ley 1751 de 2015, Estatutaria en Salud y demás leyes, denirá la políticaen salud que recibirá la población residente en el territorio colombiano, la cual es de obli-gatorio cumplimiento para los integrantes del SGSSS y de las demás entidades que tengana su cargo acciones en salud, bajo el enfoque de Gestión Integral de Riesgo en Salud, paraajustarse a las necesidades territoriales mediante modelos diferenciados para zonas con población urbana, rural y dispersa.

    Que la Política de Atención Integral en Salud cuenta con un marco estratégico y unmarco operacional que corresponde al Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS).

    Que el artículo 5° de la Resolución 429 de 2016, estableció que el Modelo Integral deAtención en Salud (MIAS), comprende 10 componentes así: caracterización de la población,regulación de rutas integrales de atención en salud, implementación de la gestión integraldel riesgo en salud, delimitación territorial, redes integrales de prestadores de servicios desalud, redenición del rol del asegurador, redenición del esquema de incentivos, reque -rimientos y procesos del sistema de información, fortalecimiento del recurso humano ensalud y fortalecimiento de la investigación, innovación y apropiación del conocimiento.

    Que el componente de redes integrales de prestadores de servicios de salud, se“(…) como el conjunto articulado de prestadores de servicios de salud u organiza funcionales de servicios de salud, públicos y privados; ubicados en un ámbito terrdenido de acuerdo con las condiciones de operación del MIAS, con una organi funcional que comprende un componente primario y un componente complemebajo los principios de disponibilidad, aceptabilidad, accesibilidad y calidad al igulos mecanismos requeridos para la operación y gestión de la prestación de servi salud, con el n de garantizar el acceso y la atención oportuna, continua, integralutiva a la población, contando con los recursos humanos, técnicos, nancieros y f para garantizar la gestión adecuada de la atención, así como de los resultados en

    Que de otra parte, la Ley 1384 de 2010 estableció acciones para la atención idel cáncer en el país, disponiendo en el artículo 13 el deber por parte de las EnPromotoras de Salud de ambos regímenes y las entidades territoriales responsable población pobre no asegurada, de responder por la organización y gestión integrRed de Prestación de Servicios Oncológicos, de acuerdo con los parámetros estab por este Ministerio y conforme lo dispuesto en la citada ley.

    Que con base en la norma anterior, se expidió la Resolución 1419 de 2013, porde la cual se establecieron parámetros y condiciones para la organización integralredes de prestación de servicios oncológicos a cargo de las EPS.

    Que igualmente la Ley 1438 de 2011 que reforma el Sistema General de SegSocial en Salud, dispuso en los artículos 61 a 64 que la prestación de servicios ddentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud se hará a través de laintegradas de servicios de salud ubicadas en un espacio poblacional determinado, entidades territoriales en coordinación con las EPS, a través de los Consejos Territde Seguridad Social en Salud, organizarán y conformarán las redes integradas inclu prestadores públicos, privados y mixtos que presten los servicios de acuerdo con de Benecios a su cargo y que estas redes se habilitarán de acuerdo con la reglamenque expida el hoy Ministerio de Salud y Protección Social jando los criterios a palos cuales se realizará la reglamentación para su habilitación.

    Que conforme con lo previsto en el artículo 6° de la Ley 1733 de 2014 las EntPromotoras de Salud (EPS), están en la obligación de garantizar a sus aliados la ción del servicio de cuidado paliativo en caso de una enfermedad en fase terminal, cdegenerativa, irreversible y de alto impacto en la calidad de vida con especial énfcobertura, equidad, accesibilidad y calidad dentro de su red de servicios en todos veles de atención por niveles de complejidad, de acuerdo con la pertinencia médiccontenidos del Plan Obligatorio de Salud.

    Que la Resolución 518 de 2015 dicta disposiciones en relación con la GestiónSalud Pública y directrices para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan dePública de Intervenciones Colectivas previendo en los numerales 11.2.1 y 11.3.1., rede los departamentos y distritos y municipios, respectivamente, que “(…) La formu y ejecución del PIC se realizará de manera articulada y complementaria a las accio promoción de la salud y prevención de la enfermedad a cargo de las Entidades Adtradoras de Planes de Benecios (…)”.

    Que los artículos, 11 en su parágrafo y 14 ibídem, determina que las Entidadministradoras de Planes de Benecios, bajo los principios de complementariedad currencia, deberán coordinar con la entidad territorial que las actividades incluidaPOS se realicen de manera complementaria y articulada al PIC y apunten al logroresultados en salud a lo largo del curso de vida, denidos en el Plan Territorial de

    y que la contratación del PIC departamental, distrital y municipal, se contratarán cinstituciones que tengan capacidad técnica y operativa, de acuerdo con los criterios pren dicho acto administrativo.

    Que la Corte Constitucional en Sentencia C-313 de 2014, precisa la diferencia ddes integradas” y “Redes integrales”, siendo la primera, aquella que guarda relacisistemas interinstitucionales que desprenden la idea de varias entidades compartieorden funcional, más no el propósito de atender la demanda en salud en todos los ámy la segunda, aquellas que en su estructura cuentan con las instituciones y tecnologígarantizar la cobertura global de las contingencias que se puedan presentar en materia d

    Que en virtud de lo anteriormente expuesto, se hace necesario reglamentar la hción de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud (RIPSS) en el mala Política de Atención Integral en Salud (PAIS) y dictar otras disposiciones acordel desarrollo de dicha política.

    En mérito de lo expuesto,

    RESUELVE:

    CAPÍTULO IDisposiciones generales

    Artículo 1°. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer los estáncriterios y procedimientos para la habilitación de las Redes Integrales de PrestadoServicios de Salud (RIPSS), en el marco de la Política de Atención Integral en Salud (determinando su conformación, organización, gestión, seguimiento y evaluación, asadoptar el “Manual de Habilitación de Redes Integrales de Prestadores de ServicSalud ” que hace parte integral del presente acto administrativo.

    Artículo 2°. Campo de aplicación. Las disposiciones previstas en la presente resovan dirigidas a:

    2.1. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las organizaciones de economdaria vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud que se encuentran autor para operar el aseguramiento en salud, a las Entidades Adaptadas al Sistema GenSeguridad Social en Salud (SGSSS) y a las Cajas de Compensación Familiar (CCoperan en regímenes contributivo y/o subsidiado, independientemente de su natu jurídica.

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    4  DIARIO OFICIAL

    Edición 4

    Jueves, 21 de abril de

    Superintendencia Nacional de Salud, la cual deberá adoptar las medidas pertinentes conrespecto a la EPS, de acuerdo con sus competencias y procedimientos en la materia.

    Artículo 9°. Habilitación de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud(RIPSS) por la Superintendencia Nacional de Salud. Si vencidos los términos establecidosen el numeral 8.3 del artículo 8° la Entidad Departamental o Distrital de Salud no cumplecon lo allí dispuesto o no considera procedente la información cargada por la EPS parasubsanar el incumplimiento, se trasladará a la Superintendencia Nacional de Salud, me-diante el módulo de redes, en el estado en el que esté el procedimiento, quien adelantaráel trámite de habilitación o no de la RIPSS de la EPS, en un plazo no superior a sesenta(60) días hábiles siguientes a la recepción del traslado, término en el que podrá solicitar lainformación que estime pertinente.

    De considerar procedente la propuesta de RIPSS presentada por la EPS, dentro de losdos (2) días hábiles siguientes al término establecido, o antes si ello ocurriera, a través delmódulo de redes se habilitará la RIPSS de la EPS y emitirá la Constancia de Habilitación.

    En caso de ser negada la habilitación por parte de la Super intendencia Nacional de Salud,se entenderá que la RIPSS no cumple con los estándares, criterios y procedimientos para laconformación, organización, gestión, habilitación, seguimiento y evaluación de las RIPSS, por lo que la Superintendencia Nacional de Salud deberá adoptar las medidas pertinentesde acuerdo con la normatividad y sus competencias, con respecto a la EPS responsable delincumplimiento.

    Artículo 10. Vigencia de la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores deServicios de Salud (RIPSS). La habilitación de las RIPSS tendrá una vigencia de cinco (5)años, a partir de su habilitación a través del módulo de redes, sin perjuicio de que la Super-intendencia Nacional de Salud en ejercicio de sus funciones de seguimiento al cumplimientode los estándares y criterios de permanencia de Red y de inspección, vigilancia y control,adopte las medidas pertinentes sobre la habilitación.

    Artículo 11. Procedimiento para la renovación de la habilitación. Durante el quinto añode habilitación y antes del vencimiento de la misma, la EPS deberá renovar la habilitaciónde la RIPSS, para lo cual realizará el siguiente procedimiento:

    11.1. Autoevaluación. Cada EPS realizará, en forma previa a la renovación de la habi-litación de las RIPSS para cada departamento o distrito donde esté autorizada para operar,la autoevaluación de los estándares de permanencia denidos en el Manual de Habilitaciónde Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud.

    11.2. Declaración de Autoevaluación. La EPS una vez realizada la autoevaluación delcumplimiento de los criterios de permanencia, conforme a lo señalado en el “Manual deHabilitación de Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud”, declarará el cum- plimiento de los mismos en el módulo de redes y cargará los documentos requeridos comosoporte para la vericación in situ, denidos en los estándares y criterios de permanencia.

    11.3. Vericación de cumplimiento. Una vez la EPS realice la declaración de auto-evaluación en el módulo de redes, la Superintendencia Nacional de Salud, con el acom- pañamiento de la Entidad Departamental o Distrital de Salud según corresponda, deberárealizar la vericación in situ, mediante selección aleatoria de los componentes de la RIPSSen el territorio (municipios y distritos), del cumplimiento de los estándares y criterios de permanencia de la RIPSS y registrará el resultado de dicha vericación dentro de los cinco(5) días hábiles siguientes en el módulo de redes.

    11.4. Renovación de la Habilitación. La Superintendencia Nacional de Salud dentrode los quince (15) días hábiles siguientes determinará el cumplimiento de los estándares ycriterios de permanencia, aprobará la renovación de la habilitac ión de la RIPSS para la EPS,y expedirá el Certicado de Renovación de la Habilitación a través del módulo de redes.La renovación de la habilitación tendrá una vigencia de cinco (5) años.

    En caso que se determine el incumplimiento de los estándares y criterios de permanencia,la Superintendencia Nacional de Salud indicará las causas de incumplimiento, dentro deltérmino anteriormente indicado y lo registrará a través del módulo de redes. En este caso,la EPS deberá adelantar el trámite pertinente para subsanar las causales de incumplimientodentro de los quince (15) días hábiles siguientes a dicho registro y efectuar el correspondientereporte en el módulo de redes.

    La Superintendencia Nacional de Salud deberá vericar dentro de los quince (15) díashábiles siguientes, que por parte de la EPS se hayan subsanado las causales del incum- plimiento. De ser así dentro del mismo término, la Superintendencia Nacional de Saludaprobará la renovación de la habilitación de las RIPSS para la respectiva EPS y expedirá elcorrespondiente Certicado de Renovación de la Habilitación a través del módulo de redes.

    En caso que la EPS no subsane el incumplimiento o de negarse la renovación de la ha- bilitación por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, esta entidad deberá adoptarlas medidas pertinentes, de acuerdo con sus competencias y procedimientos en la materia,de lo cual deberá dejar constancia en el módulo de redes.

    Parágrafo. Lo anterior sin perjuicio de las demás actuaciones que se realicen por partede la Superintendencia Nacional de Salud en cumplimiento de sus funciones de seguimientoal cumplimiento de los estándares y criterios de permanencia de RIPSS, y de Inspección,Vigilancia y Control.

    Artículo 12. Módulo de Redes del Registro Especial de Prestadores de Servicios deSalud. Este Ministerio dispondrá de un módulo de redes en el Registro Especial de Pres-tadores de Servicios de Salud (REPS) y sus aplicativos, para el registro de la informaciónconcerniente al proceso de habilitación de las RIPSS.

    Artículo 13. Novedades en el Módulo de Redes del Registro Especial de Prestadoresde Servicios de Salud. Las EPS tienen la obligación de reportar en el módulo de redes, lasnovedades que a continuación se establecen, por cada RIPSS habilitada:

    13.1. Entrada de un prestador a la Red Integral de Prestadores de Servicios de Saludhabilitada.

    13.2. Salida de un prestador de la Red Integral de Prestadores de Servicios dehabilitada.

    13.3. Entrada de una unidad funcional a la Red Integral de Prestadores de ServiSalud habilitada.

    13.4. Salida de una unidad funcional de la Red Integral de Prestadores de ServicSalud habilitada.

    13.5. Entrada de un prestador primario a la Red Integral de Prestadores de Sede Salud habilitada.

    13.6. Salida de un prestador primario de la Red Integral de Prestadores de Serde Salud habilitada.

    13.7. Inclusión de servicio(s) de un prestador a la Red Integral de Prestadores vicios de Salud habilitada.

    13.8. Retiro de servicio(s) de un prestador a la Red Integral de Prestadores de Sede Salud habilitada.

    Parágrafo 1°. Las novedades deberán reportarse en las condiciones denidas en enual de Habilitación de Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud”.

    Parágrafo 2°. En el evento que se presenten controversias en el trámite y aceptacnovedades en la conformación, organización y actualización de la RIPSS y éstas nresueltas por el departamento o distrito, se deberá acudir a la Superintendencia Nade Salud, la cual resolverá de fondo, dentro de sus competencias legales en la mate

    CAPÍTULO IV

    Responsabilidades

    Artículo 14. Responsabilidades en la conformación, organización, gestión, habiliseguimiento y evaluación de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de(RIPSS).  Las responsabilidades de las entidades en el proceso conformación, orgción, gestión, habilitación, seguimiento y evaluación de las RIPSS están distribuidasiguiente manera:

    14.1. Ministerio de Salud y Protección Social. Corresponde el Ministerio de SProtección Social garantizar la disponibilidad y continua actualización del módulo den el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) y sus corresponaplicativos, para uso de los integrantes del Sistema de Salud.

    14.2. Entidades Promotoras de Salud (EPS). Corresponde a las EPS:

    a) Diseñar y organizar la RIPSS en cada territorio del país en el cual cuenteautorización para operar, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.7. de la prresolución y en lo pertinente de la Resolución 429 de 2016;

     b) Realizar los trámites para su habilitación ante cada Dirección Departamental o Ddonde esté autorizada para operar, conforme a los estándares, criterios y procedimiennidos el “Manual de Habilitación de Redes Integrales de Prestadores de Servicios de

    c) Gestionar y operar la RIPSS;

    d) Realizar seguimiento y evaluación de la RIPSS;

    e) Atender los requerimientos de la Superintendencia Nacional de Salud, para oel certicado de renovación de habilitación de cada RIPSS.

    14.3. Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud. Corresponde a las IPS

    a) Suscribir acuerdos de voluntades con EPS, según corresponda en cada caso;

     b) Desarrollar las acciones necesarias y sucientes para garantizar el cumplimilos compromisos contractuales establecidos con las EPS y/o con las entidades territ

    14.4. Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud Departamentalestritales. Corresponde a los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud Dmentales y Distritales conocer sobre las propuestas de RIPSS presentadas a su conside por parte de la entidad territorial de salud.

    14.5. Entidades Departamentales y Distritales de Salud. Les corresponde a tidades departamentales y distritales de Salud:

    a) Analizar las propuestas de RIPSS presentadas por la EPS;

     b) Socializar con los municipios de su jurisdicción las acciones tendientes a garque las RIPSS diseñadas, organizadas, gestionadas y operadas por las EPS cubran cesidades de salud de la población;

    c) Determinar el cumplimiento de los estándares y criterios de entrada para la habautorizar la expedición de la constancia de habilitación de las RIPSS en el módulo deconforme a los estándares, criterios y procedimientos denidos el “Manual de Habilde Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud”;

    d) Coordinar con otras entidades territoriales, la habilitación de las RIPSS gestiy operadas por las EPS, en territorios con zonas limítrofes, en los aspectos pertinen

    e) Acompañar a la Superintendencia Nacional de Salud en la vericación del cmiento de los estándares y criterios de permanencia de la RIPSS, para la renovacióhabilitación.

    14.6 Entidades Municipales de Salud. Corresponde a las entidades municipales de

    a) Participar en las actividades que convoque la Entidad Departamental de Salu

     b) Facilitar la información solicitada por parte de la Entidad departamental de s

    c) Acatar las disposiciones de la correspondiente Entidad Departamental de Samateria de habilitación, de las RIPSS.

    14.7. Superintendencia Nacional de Salud. Corresponde a la Superintendenccional de Salud:

    a) Realizar la vericación del cumplimiento de los estándares y criterios de permade las RIPSS habilitadas a cada EPS en los departamentos y distritos en los que estén

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    Edición 49.851

    Jueves, 21 de abril de 2016 DIARIO OFICIAL

    rizadas a operar, conforme a los estándares, criterios y procedimientos denidos el “Manualde Habilitación de Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud”;

     b) Aprobar la renovación de la habilitación de la RIPSS para la EPS;

    c) Realizar la habilitación de RIPSS cuando se presenten las situaciones denidas en elartículo 9 de la presente resolución.

    Artículo 15. Vigilancia y control. La Superintendencia Nacional de Salud, en el marcode sus competencias, vigilará y controlará el cumplimiento de la presente resolución. Lasentidades departamentales, distritales y municipales de Salud podrán generar y comunicaralertas a la Superintendencia Nacional de Salud, con el n de que esta proceda a realizarlas acciones pertinentes.

    CAPÍTULO VDisposiciones nales

    Artículo 16. Transitoriedad. La EPS que se encuentre habilitada a la fecha de entradaen vigencia de la presente resolución, deberá adelantar el procedimiento de habilitación delas RIPSS, denido en la presente resolución, en un plazo no superior a doce (12) mesescontados a partir de la fecha en la cual esté dispuesto el módulo de redes por parte de esteMinisterio. Si vencido el plazo anterior no se ha culminado el trámite de habilitación referidoen la presente resolución, la Superintendencia Nacional de Salud adoptará las medidas queestime de pertinentes con respecto a la EPS y a la correspondiente entidad territorial, deacuerdo con sus competencias y procedimientos en la materia.

    Artículo 17. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de su publi-cación y suprime la expresión “las Entidades Promotoras de Salud de ambos regímenes”de los artículos 3, 4, 5 y 8 de la Resolución 1419 de 2013.

    Publíquese y cúmplase.

    Dada en Bogotá, D. C., a 21 de abril de 2016.

    El Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios Encargado de las Funcionesdel Despacho del Ministro de Salud y Protección Social,

    Fernando Ruiz Gómez.MANUAL DE HABILITACIÓN DE REDES INTEGRALES DE PRESTADORES

    DE SERVICIOS DE SALUD

    INTRODUCCIÓN

    ESTRUCTURA DEL PROCESO DE HABILITACIÓN

    1. Estándares y criterios de entrada para la habilitación de las Redes Integrales de Prestadoresde Servicios de Salud

    2. Procedimiento para la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios deSalud

    2.1. EPS2.2. Entidades Departamentales y Distritales de Salud2.3. Superintendencia Nacional de Salud3. Estándares y criterios de permanencia de la habilitación de las Redes Integrales de Presta-

    dores de Servicios de Salud4. Procedimiento para la renovación de la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores

    de Servicios de Salud4.1. EPS4.2. Superintendencia Nacional de Salud

    5. Procedimiento para la gestión de novedades de las Redes Integrales de Prestadores deServicios de Salud

    5.1. EPS5.2. Entidad Departamental o Distrital de Salud5.3. Superintendencia Nacional de Salud

    INTRODUCCIÓN

    El presente manual de habilitación contiene los estándares, criterios y procedimientos para la habilitación de las RIPSS por parte de las EPS como responsables de los procesosde diseño, organización, gestión, seguimiento y evaluación de la Red para garantizar el proceso de atención en salud a la población a su cargo, en condiciones de accesibilidad,integralidad, continuidad, oportunidad, calidad y resolutividad, con disponibilidad y su-ciencia de la oferta.

    La habilitación de las RIPSS estará a cargo de las Entidades Departamentales y Dis-tritales de Salud y la expresión de la participación social y comunitaria se realizar a travésde los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud. De otra parte, la renovación yel seguimiento de las condiciones de habilitación de las RIPSS, la realizará la Superinten-dencia Nacional de Salud.

    ESTRUCTURA DEL PROCESO DE HABILITACIÓN

    Los principios que guían la formulación de los estándares de habilitación de las Redes,son los siguientes:

    a) Fiabilidad: La aplicación y vericación de cada estándar es explícita, clara y permiteuna evaluación objetiva y homogénea;

    b) Sencillez: La formulación de los estándares, criterios y la vericación, son fáciles para entender y su aplicación permite evaluar los procesos de conformación, organización,gestión, seguimiento y evaluación de las RIPSS de las EPS y vericar su cumplimiento por las autoridades competentes;

    c) Esencialidad:  Todos los estándares y criterios son indispensables, sucientes ynecesarios para garantizar la prestación de los servicios en condiciones de accesibilidad,oportunidad, continuidad, integralidad y resolutividad.

    1. Estándares y criterios de entrada para la habilitación de las Redes Integrade Prestadores de Servicios de Salud

    Los estándares de habilitación expresan los criterios indispensables para garantila prestación de los servicios, en condiciones de accesibilidad, oportunidad, continuidintegralidad y resolutividad a la población a cargo de la EPS, por lo tanto el cumplimiende los mismos es obligatorio dentro de los procesos de vericación.

    Los estándares de habilitación de la RIPSS son:

    1.1. Conformación y organización de la Red.

    1.2. Operación de la Red.

    1.3. Seguimiento y evaluación de la Red.

    Los anteriores estándares están denidos en el artículo 4° de la presente Resolución1.1. ESTÁNDAR DE CONFORMACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA RED

    CRITERIO A VERIFICAR MODO DE VERIFICACIÓN ALCANCE Y ESPECIFICIDAD

    1.1.1. Valoración y dimensionamiento dela Demanda de la población aliada en elDepartamento o Distrito donde esté auto-rizada para operar, conforme a la Políticade Atención Integral en Salud.

    Vericar:

    Capítulo en Documento de propuestade conformación, organización y ges-tión de la Red propuesta, que contengala caracterización, estimación y análisisde la demanda de la población aliada

    a la EPS, en el Departamento (por mu-nicipio) o Distrito donde está autorizada

     para operar.Para lo anterior tendrá en cuenta:a) Las estimacionesex ante (a gestionar)

     para las actividades de protección espe-cíca y detección temprana para los gru-

     pos de riesgo denidos de la población

    aliada; b) La demanda efectiva de servicios desalud;c) La Demanda agregada (a gestionar yefectiva).Para lo anterior, la EPS deberá utilizaruna metodología o instrumentos quedispongan para el efecto que permitanespecicar los contenidos mínimos a servericados. Una vez el Ministerio de Sa -lud y Protección Social dena las herra-mientas (metodologías e instrumentos)deberán ser utilizadas para la estimación,análisis y gestión de la Demanda.

    Análisis de disponibilidad, sucienc

    completitud y análisis de brechas, Documento de propuesta de conformción, organización y gestión de la R

     propuesta que contenga:Para cada Departamento o Distrito autrizada para operar, denir y especicaCaracterización y estimación de la dmanda (ex ante, efectiva y agregadde la población aliada a la EPS, en Departamento (por municipio) o Distrdonde está autorizada para operar, anulizada y para un mismo período, así:a) Demanda ex ante: a partir de los riesggestionados y a aquellos a gestionar coforme a Rutas Integrales de Atención y

     población a cargo en este periodo (anuzada) tomando como referencia las bade información dispuestas en Sispro paraEPS, por cada municipio y las actividadde Protección Especíca y Detección Te

     prana (PEDT) a realizar, según segmen(Resolución 4505 de 2012) o la norma qla modique, sustituya o adicione;

     b) Demanda efectiva real: para el perio(anual) con información ocial más rciente; y las estimaciones de la demanesperada para un periodo (anualizadutilizando los Registros Individuales Prestación de Servicios de Salud (RIPSDemanda agregada para el periodo (anucon información ocial más reciente; t

    mando como referencia los resultados la demanda ex ante y la demanda, efectireal, para el mismo período.

    1.1.2. Valoración y dimensionamiento dela Oferta de servicios en condiciones dedisponibilidad, suciencia y completitud,

     para atender las necesidades en salud desu población a cargo.

    Vericar:Capítulo en Documento de propuesta deconformación, organización y gestiónde la Red propuesta que analice la dis-

     ponibilidad, suciencia y completitud

    de la oferta de servicios habilitada en elterritorio (Departamento o Distrito) auto-rizada para operar a la EPS.Para lo anterior tendrá en cuenta:1.1.2.1. La identicación de la oferta deservicios habilitados en el Departamen-to o Distrito donde esté autorizada paraoperar1.1.2.2. La disponibilidad y sucienciade la Red integral de prestadores de ser-vicios de salud, a partir de sus servicioshabilitados donde la mayor parte de estosse encuentren en el Departamento o Dis-trito, frente a las necesidades de la po-

     blación (incluyendo, los grupos de riesgodenidos por la Política de Atención In-tegral en Salud).1.1.2.3. La completitud de la Red inte-gral de prestadores de servicios de saluda partir de la identicación de la capa-cidad instalada actual, la requerida y las

     posibles brechas para la prestación deservicios de salud.

    Para lo anterior, la EPS deberá utilizar unametodología o instrumentos que permitanvericar que la propuesta de Red presen -tada garantiza disponibilidad, sucienciay completitud, en el Departamento o Dis-trito donde esté autorizada para operar (o

     justicar debidamente cuando ello no sea posible). Una vez el Ministerio de Salud yProtección Social disponga de la informa-ción (en el módulo de redes, así como lasHerramientas (metodología e instrumen-tos), deberá utilizarlos para la estimaciónde la disponibilidad, suciencia y comple-titud de la Red integral de prestadores deservicios de salud, en los territorios auto-rizadas para operar.

    Análisis de disponibilidad, suciencompletitud y análisis de brechas, en cumento de propuesta de conformacorganización y gestión de la Red propta que contenga:

    Para cada Departamento o Distrito arizada para operar, denir y especicaa) Análisis de la oferta disponible de vicios de salud habilitados (teniendocuenta modalidad de atención y gradocomplejidad) en el Departamento o Dito a través del Registro Especial de Ptadores de Servicios de Salud – RE(Decreto 1011 de 2006 y Resolución 2de 2014 o la norma que lo modique, tituya o adicione);

     b) Análisis de la Suciencia de la Ofde la Propuesta de Red para el Depamento o Distrito autorizada para op

     para Demanda ex ante a gestionar conme a las Rutas de Atención Integral, cforme a actividades de obligatorio cummiento (Incluye oncológicos);c) Análisis de la Suciencia de la Of

    Habilitada Disponible en el Departamto o Distrito autorizada para operar pdemanda efectiva real o esperada (inclurgencias y dolor y cuidado paliati

    conforme a frecuencias de uso y parátros de Calidad esperados (Oportunidcontinuidad, integralidad).Estimación de los diferenciales de ofy demanda (Brechas) y la Oferta quincluye en la Propuesta de Red reque

     para suplir con su correspondiente jucación.

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    CRITERIO A VERIFICAR MODO DE VERIFICACIÓN ALCANCE Y ESPECIFICIDAD

    Vericar:Capítulo en Documento de propuesta deconformación, organización y gestión dela Red propuesta que plantee la Red In-tegral de Prestadores de Servicios de Sa-lud para cada territorio (Departamento oDistrito) autorizada para operar a la EPS.Para lo anterior tendrá en cuenta:1.1.2.4. La organización y conformaciónde la Red integral de prestadores de ser-vicios de salud, en el territorio autorizada

     para operar a la EPS, en el componente primario y en el componente complemen-tario, incluyendo la atención integral encuidados paliativos, donde la mayor partede éstos se encuentras disponibles en elárea o territorio denido, así:

    El componente primario, por Municipio,se podrá organizar a través de:a) Un conjunto de servicios  denidoscomo primarios, habilitados por diferentes

     prestadores (públicos, privados o mixtos),en los términos que dena el Ministerio deSalud y Protección Social, que contribu-yen a la adecuada operación de las Redesintegrales organizadas y gestionadas porla EPS, de acuerdo con su función de ges-tión del riesgo en salud, para su poblaciónaliada;

    b) Prestadores primarios habilitados (pú-

    blicos, privados o mixtos),  que cuentancon el conjunto de servicios primarioshabilitados y que cumplan además con losestándares y criterios de habilitación que

     para ellos dena el Ministerio de Salud yProtección Social;c) La combinación de los anteriores, se-gún la disponibilidad y suciencia de la

    oferta habilitadaEl componente primario, debe incluir laidenticación y denición de las puertas

    de entrada para la atención en la Red deconformidad con la normatividad vigente,

     para cada una de las opciones descritas enel criterio, cuando aplique; al igual que

     justicar los servicios incluidos en la con-formación y organización de este compo-nente, que están por fuera del municipio.El componente complementario, dirigidoa la atención de aquellos eventos de enfer-medad que requieran tecnología y compe-tencias especializadas no disponibles en elcomponente primario, las cuales son ga-rantizadas por prestadores de servicios desalud con servicios habilitados de medianay alta complejidad. Debe a su vez justi -car los servicios incluidos en la conforma-ción y organización de este componente,que están por fuera del Departamento oDistrito.Para todo lo anterior, la EPS deberá uti-lizar una metodología o instrumentos que

     permitan vericar que la propuesta de

    Red presentada garantiza disponibilidad,suciencia y completitud, en el Departa-mento o Distrito donde esté autorizada

     para operar (o justicar debidamente

    cuando ello no sea posible). Una vez elMinisterio de Salud y Protección Socialdisponga de la información (en el módu-lo de redes, así como las Herramientas(metodología e instrumentos), deberánutilizados para la estimación de la dispo-nibilidad, suciencia y completitud de laRed integral de prestadores de serviciosde salud, en los territorios autorizadas

     para operar.

    Planteamiento de la conformación y orga-nización de la Red integral de prestadoresde servicios de salud, para cada Departa-mento (por Municipio) o Distrito autoriza-da para operar.Para cada Departamento o Distrito auto-rizada para operar, denir y especicar:a) Componente Primario (general, inclu-yendo lo correspondiente a la atenciónintegral en cuidados paliativos); con sus

     puertas de entrada y servicios primarios

    fuera del respectivo municipio (o Depar-tamento, según justicación); b) Componente Complementario (gene-ral, incluyendo lo correspondiente a laatención integral en cuidados paliativos);y servicios complementarios fuera del res-

     pectivo Departamento o Distrito (según justicación);

    c) Componente Primario (Urgencias yoncológicos); con sus puertas de entraday servicios primarios fuera del respectivomunicipio (o Departamento, según justi-cación);d) Componente Complementario (urgen-cias y servicios oncológicos); y servicioscomplementarios fuera del respectivoDepartamento o Distrito (según justica-ción).El capítulo se soportará en la informacióndisponible a nivel nacional a través delREPS (Servicios, organizaciones fun-cionales, Redes y capacidad instalada) yutilizando la metodología de análisis de

    diferenciales de oferta y demanda.La conformación y organización de lasRIPSS, deberá ser soportada en la infor-mación disponible y diligenciada a travésdel módulo de redes, dispuesto para tal n

     por el Ministerio de Salud y ProtecciónSocial.Luego de realizar lo anteriormente men-cionado se consolida el documento de

     propuesta de conformación, organización

     y gestión de las RIPSS  que contenga aná-lisis de:a) Demanda;

     b) Disponibilidad, suciencia y completi-tud de la Red;c) Organización de la Red en el compo-nente primario y complementario, deUrgencias y Oncológicos, incluyendo losservicios para la atención integral del cui-dado paliativo, para el respectivo Depar-tamento o Distrito autorizada para operara la EPS.Lo anterior debe tener en cuenta los com-

     ponentes de la Política de Atención Inte-gral en Salud, relacionados con Rutas deAtención Integral en Salud (RIAS) y lagestión integral del riesgo en salud.

    Vericar:

    1.1.2.5. La Red integral de prestadores de

    servicios de salud conformada y organi-zada en el componente primario y en elcomponente complementario en el Depar-tamento o Distrito donde esté autorizadala EPS para operar, cuenta con la Red deurgencias, de conformidad con la norma-tividad vigente.a) El componente primario cuenta con ser-vicios de urgencias de baja complejidadhabilitados; organizados funcionalmentey accesibles a la población aliada;

     b) El componente complementario, cuentacon: los servicios de urgencias de medianay alta complejidad habilitados y organiza-dos funcionalmente y accesibles a la po-

     blación aliada;

    CRITERIO A VERIFICAR MODO DE VERIFICACIÓN ALCANCE Y ESPECIFIC

    c) Cuenta con Red de transporte y decomunicaciones, de conformidad con lascondiciones geográcas de la poblaciónaliada.

    1.1.2.6. La Red integral de prestadoresde servicios de salud cuenta con la Redde prestadores de servicios Oncológicos,organizada, teniendo en cuenta que: Elcomponente complementario, esté con-formado y organizado por: UnidadesFuncionales de Cáncer de Adulto Uni-

    dades de Atención de Cáncer Infantil,de conformidad con la regulación quedetermine el Ministerio de Salud y Pro-tección Social.En los casos que en términos de disponi-

     bilidad y suciencia, en el Departamen-to o Distrito donde esté autorizada paraoperar, no se cuente con Unidades Fun-cionales de Cáncer de Adulto y Unidadesde Atención de Cáncer Infantil, o la ca-

     pacidad de éstas sea insuciente para unaatención oportuna, continua e integral, laEPS, con la debida justicación, deberádisponer y organizar los servicios onco-lógicos requeridos para la atención de sudemanda, en los componentes primario ycomplementario.

    Vericar:1.1.2.7. La planeación y denición de pla-nes de contingencia, cuando se requieran,

     para garantizar la continuidad en la pres-tación de servicios de salud, en casos deeventos generados por:a) Cambios en la demanda asociada aemergencias, desastres, brotes epidémi-cos, u otras afectaciones en la población,que aumenten la demanda de servicios;teniendo en cuenta, si lo hay, los linea-mientos establecidos por el Ministerio deSalud y Protección Social de lo contrario,aquellos que resulten procedentes segúnsituaciones;

     b) Cambios en la Oferta: cierre de presta-dores, afectación de capacidad instalada,talento humano u otras novedades;c) Cambios conjuntos en la Oferta y De-manda.Los planes de contingencia deben conte-ner: (i) el diagnóstico de la amenaza, lavulnerabilidad, el riesgo, y los recursosque pueden emplearse; (ii) los objetivosdel plan, según la capacidad operativa;(iii) la asignación de prioridades en la dis-tribución de los recursos; y (iv) las medi-das tendientes al desarrollo de rutinas que

    se conozcan y se practiquen antes de unevento determinado.1.1.2.8. La existencia de cartas de inten-ción o acuerdos de voluntades o contratosvigentes para la prestación de servicios desalud dentro la Red, conforme a las exi-gencias de la Política de Atención Integralen Salud.

    Documentos de planes de con(generados por variaciones en lada o en la Oferta o ambas) parazar la continuidad en la prestaciservicios de salud, incluyendo lurgencias. Lo anterior, considertre otros, la Circular 083 de 20anexos técnicos o la norma quefecto se expidan, modiquen, so adicionen.Soportes documentales de los Prde Servicios de Salud que confPropuesta de Red presentada respa) Cartas de intención; o

     b) Acuerdos de voluntades; oc) Contratos vigentes.Los soportes documentales refe

     ben, al menos: (i) indicar los sesuministrar en la Propuesta de Recondiciones de articulación, respdades a cumplir dentro de la mlos Prestadores vinculados, colos estándares y criterios que la cumplir para ser habilitada y bajdinación de la EPS; (ii) las con

     pactadas en el caso de Acuerdos tades o Contratos vigentes, de cdad con los establecido en los ar

    6° y 7° del Decreto 4747 de 2007ma que lo modique, sustituya o

    1.1.3. Instancias y mecanismos de coor-dinación técnica y operativa y el diseño,

     planicación e implementación del siste-ma de referencia y contrarreferencia.

    Vericar:

    1.1.3.1. La existencia de una Unidad Téc-nica de Coordinación y Gestión Operativade la Red y de regulación de la demanday la oferta en la EPS, para cada Departa-mento o Distrito donde esté autorizada

     para operar, conforme a la Política Inte-gral de Atención en Salud.1.1.3.2. La existencia de procedimientodocumentado de referencia y contra-rreferencia de los pacientes, con res-

     ponsabilidades claras y mecani smos d ecoordinación entre prestadores de laRed y con la EPS, que garanticen ac-cesibilidad, oportunidad y continuidad

    de la atención, de acuerdo a la políticaintegral de Atención Integral en Salud yla normatividad vigente; incluyendo laarticulación con el CRUE del Departa-mento o Distrito donde se halle autori-zada a operar la EPS.

    Documento que soporte la conconformación, funciones, manuaoperativo y mecanismos de segy evaluación de la gestión de lTécnica de Coordinación y Gestrativa de la Red y de regulaciónmanda y la oferta, para la Red orconformada y a gestionar por lacada Departamento o Distrito au

     para operar.Documento donde se especiqutema de referencia y contrarrque se dene e implementa parConformada y Organizada, de cdad con el artículo 17 del Decrde 2007, o las normas que lo msustituyan o adicionen.

    1.2. ESTÁNDAR DE OPERACIÓN DE LA RED

    CRITE RIO A VER IF ICAR MO DO DE VE RIFICA CIÓN AL CAN CE Y ESPE CIFICI

    1.2.1. Procesos y procedimientos soporta-dos en información para la gestión de laRed integral de prestadores de serviciosde salud.

    Vericar:1.2.1.1. La existencia de procedimientosy mecanismos asistenciales y administra-tivos soportados en plataformas de infor-mación, para la gestión de la Red:

    En lo referente al modo de vericlos procedimientos y mecanismtenciales soportados en platafoinformación, para la gestión de ldebe garantizar que estos estén ade acuerdo a lo siguiente:

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    CRIT ERIO A VER IF ICAR MO DO D E VE RIFICA CIÓN AL CAN CE Y ESPE CIFICIDA D

    e) Procesos y procedimientos estandari-zados para garantizar la disponibilidad deinformación, sistemática y oportuna de lacapacidad instalada y atención de casosde los prestadores de la Red de la EPS,incluyendo el reporte al CRUE, de acuer-do a la normatividad vigente.

    d) Procesos y procedimientos documen-tados y establecidos para la articulacióndel sistema de referencia y contrarre-ferencia, garantizar la disponibilidadde información sistemática y oportunade la capacidad instalada y atención decasos por los Prestadores que integranla Red Integral de Prestadores de Servi-cios de Salud, denido por la EPS con

    los Centros Reguladores de Urgenciasy Emergencias (CRUE) donde se halleautorizada a operar la EPS; así como losmecanismos de monitoreo, seguimientoy evaluación de dicha gestión y articu-lación; desarrollados conjuntamente conel respectivo CRUE departamental odistrital.

    1.3. ESTÁNDAR DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA RED

    CRITERIO A VERIFICAR MODO DE VERIFICACIÓNALCANCE

    Y ESPECIFICIDAD

    1.3.1. Condiciones y procesos para realizar el monitoreo con-tinuo del desempeño de la Red,en la gestión de la prestación deservicios de salud y los resultadosen salud, conforme a la PolíticaIntegral de Atención en Salud

    Vericar:1.3.1.1. La existencia de unaUnidad Técnica de análisis degestión de riesgo y desempeño delos prestadores que conforman laRed.1.3.1.2. La existencia de meca-nismos, instrumentos y metodo-logías para realizar el monitoreo,seguimiento y evaluación del des-empeño de la Red, en lo relacio-

    nado con:a) La gestión de la prestación deservicios de salud (accesibilidad,oportunidad, continuidad, inte-gralidad, resolutividad y resulta-dos en salud esperados) a partirde las prioridades en salud deni-das por el Ministerio de Salud yProtección Social; b) Los resultados en salud obte-nidos;c) La gestión de la prestación deservicios de salud en la Red deurgencias, de conformidad con lanormatividad vigente.1.3.1.3. La existencia de mecanis-mos de publicación, divulgacióno socialización del desempeño,hacia los prestadores y usuariosde la Red; al igual que para elseguimiento a la calidad de laatención en salud percibida por

    los usuarios y la satisfacción conlos servicios prestados por la Redintegral.La gestión de información de losindicadores y de los elementosmetodológicos para el seguimien-to y evaluación deberán estaracordes con los lineamientos delSistema Integral de Informaciónde la Protección Social (Sispro) oel que haga sus veces; conforme alas metodologías y fuentes de in-formación de reporte obligatorio;y de conformidad con los paráme-tros y lineamientos que establezcael Ministerio de Salud y Protec-ción Social.Mientras lo anterior se halle dis- ponible, la EPS deberá utilizaruna metodología o instrumentosque dispongan para el efecto que permitan especicar los conte-

    nidos mínimos a ser vericados.Una vez el Ministerio de Salud yProtección Social dena las he-rramientas (metodologías e ins-trumentos) deberán ser utilizadas para el monitoreo, seguimiento yevaluación del desempeño de laRed.

    Documento que soporte la cons-titución, conformación, funcio-nes, manual técnico operativoy mecanismos de seguimientoy evaluación de la gestión de laUnidad Técnica de análisis degestión de riesgo y desempeño delos prestadores que conforman laRed organizada, conformada y agestionar por la EPS, en cada De- partamento o Distrito autorizada

     para operar.Documento que soporte la exis-tencia de mecanismos, instrumen-tos y metodologías para realizarel monitoreo, seguimiento y eva-luación del desempeño de la Red,que contenga:Fuentes de información de re- porte obligatorio, Instrumentos,metodologías, Procesos y pro-cedimientos, documentados yestablecidos, conforme a los li-neamientos del Sistema Integralde Información de la ProtecciónSocial (Sispro) o el que haga susveces, para el monitoreo, segui-miento y evaluación del desempe-ño de la Red; y acordes a los ob- jetivos de la Política de AtenciónIntegral en Salud, relacionadoscon Rutas de Atención Integral enSalud (RIAS) y la gestión integral

    del riesgo en salud, en cuanto a:a) Gestión de la prestación deservicios de salud (accesibilidad,oportunidad, continuidad, inte-gralidad, resolutividad y resulta-dos en salud esperados); discrimi-nando lo referente a oncológicosy lo pertinente a atención integralde cuidados paliativos; b) Gestión de la prestación deservicios de salud en la Red deurgencias, de conformidad con lanormatividad vigente.Procesos y procedimientos do-cumentados y establecidos, parael desarrollo y aplicación de la publicación, divulgación o socia-lización del desempeño, hacia los prestadores y usuarios de la Red;el seguimiento a la calidad de laatención en salud percibida porlos usuarios y la satisfacción con

    los servicios prestados por la Redintegral. Lo anterior conforme alos lineamientos y a lo que la nor-matividad vigente denan.

    2 Procedimiento para la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores deServicios de Salud

    El procedimiento de habilitación de las RIPSS, desarrolla secuencialmente las siguientesactividades en los términos de tiempo previstos en la presente Resolución. A continuaciónse describen las acciones a desarrollar por cada uno de los actores y sus responsabilidadesen las mismas:

    2.1. EPSLas EPS para habilitar las RIPSS, en el Departamento o Distrito donde estén auto

    a operar, deberán cumplir con los estándares y criterios establecidos para tal n y efel siguiente procedimiento:

    2.1.1. Autoevaluación. Una vez se disponga del módulo de redes, la EPS para halas RIPSS , en el Departamento o Distrito donde esté autorizada para operar, veriinternamente el cumplimiento de todos los criterios (de entrada) establecidos en la prResolución y en el Manual de Habilitación de RIPSS , que hace parte integral de la mPara el efecto realizará la declaración correspondiente en dicho módulo y elabordocumentos técnicos que a continuación se relacionan.

    2.1.2 Declaración de la autoevaluación. Una vez realizada la autoevaluación, ingresará a través del usuario que se le asigne por parte del Minister io de Salud y ProSocial, al módulo de redes. En dicho módulo seleccionará los prestadores, los sey las organizaciones funcionales (clasicados entre primarios y complementarioscorresponda) y las organizaciones funcionales habilitadas en el REPS que harán parRed integral en el Departamento o Distrito donde esté autorizada para operar. Sólo registrarse prestadores que estén inscritos y los servicios u organizaciones funcionservicios de salud habilitados en el REPS.

    Así mismo, la EPS deberá realizar el cargue de los siguientes documentos poDepartamento o Distrito donde vaya a habilitar la Red integral:

    a) Documento de Propuesta(s) de conformación y organización de las RIPSS, dformidad con los criterios denidos por el Ministerio de Salud y Protección Social;

     b) Documentos de planes de contingencia (generados por variaciones en la Demanla Oferta o ambas) para garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de

    c) Soportes documentales de los Prestadores de Servicios de Salud que conforPropuesta de Red presentada respecto a: (i) cartas de intención, (ii) acuerdos de voluy (iii) contratos vigentes;

    d) Documento que soporte la constitución, conformación, funciones, manual

    operativo y mecanismos de seguimiento y evaluación de la gestión de la Unidad Tde Coordinación y Gestión Operativa de la Red y de regulación de la demanda y la

    e) Documento donde se especique el sistema de referencia y contrarreferencia de

    f) Documento que soporte la constitución, conformación, funciones, manual operativo y mecanismos de seguimiento y evaluación de la gestión de la Unidad Tde análisis de gestión de riesgo y desempeño;

    g) Documento que soporte la existencia de mecanismos, instrumentos y metodo para realizar el monitoreo, seguimiento y evaluación del desempeño de la Red.

    Una vez cumplido con lo anteriormente señalado, la EPS deberá declarar la auluación en el módulo de redes.

    2.2. Entidades Departamentales y Distritales de SaludUna vez la EPS realice la declaración de autoevaluación, la Entidad Departam

    Distrital de Salud, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes, analizará la proy vericará el cumplimiento de los estándares y criterios de habilitación denido presente manual, para lo cual tendrá acceso a la información provista por la EPS al rel registro a través del módulo de redes, en la declaración de autoevaluación.

    Para el efecto realizará las siguientes acciones:

    a) Vericar en el módulo de redes, la declaración de autoevaluación y los documtécnicos requeridos para el cumplimiento a los estándares y criterios por parte de  para el Departamento o Distrito donde realiza el proceso de habilitación de la Red in

     b) Vericar que la propuesta de Red integral presentada por la EPS cumpla cestándares y criterios de entrada establecidos;

    c) De considerar procedente la propuesta, dentro del mismo término de tiem presentará ante el Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud, quien expedirácorrespondiente la cual se cargará en el módulo;

    d) Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, a través del módulo la entidad tamental o Distrital de Salud habilita la Red de la respectiva EPS y autoriza la genede la constancia de habilitación;

    e) De no considerar procedente la propuesta y determinar el incumplimiento de tándares y criterios de habilitación por parte de la EPS, la Entidad Departamental o Dde Salud indicará las causas del mismo, a través del módulo de redes. En este caso, deberá adelantar el trámite pertinente para subsanar las causales de incumplimientode los quince (15) días hábiles siguientes al cargue de la información de no cumplimen dicho módulo; una vez la EPS cargue la información correspondiente, la Entidad tamental o Distrital de Salud deberá determinar si con estas se subsana el incumplimie

    cual realizará en los quince (15) días hábiles siguientes. De considerarlo procedente,de dicho término la presentará ante el Consejo Territorial de Seguridad Social en quien expedirá el acta correspondiente la cual se cargará en el módulo. Dentro de los días hábiles siguientes, a través del módulo la entidad Departamental o Distrital dehabilita la Red de la respectiva EPS y autor iza la generación de la constancia de habili

    2.3. Superintendencia Nacional de SaludSi vencidos los términos establecidos en el numeral 8.3 del artículo 8° de la p

    resolución, la Entidad Departamental o Distrital de Salud no cumple con lo allí dispuno considera procedente la información cargada por la EPS para subsanar el incumplimse trasladará a la Superintendencia Nacional de Salud, mediante el módulo de redeestado en el que esté el procedimiento, quien adelantará el trámite de habilitación ola RIPSS de la EPS, en un plazo no superior a sesenta (60) días hábiles siguientes acepción del traslado, término en el que podrá solicitar la información que estime pert

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    Edición 49.851

    Jueves, 21 de abril de 2016 DIARIO OFICIAL

    De considerar procedente la propuesta de RIPSS presentada por la EPS, dentro de losdos (2) días hábiles siguientes al término establecido, o antes si ello ocurriera, a través delmódulo de redes se habilitará la RIPSS de la EPS y emitirá la Constancia de Habilitación.

    En caso de ser negada la habilitación por parte de la Superintendencia Nacional de Salud,se entenderá que la RIPSS no cumple con los estándares, criterios y procedimientos para laconformación, organización, gestión, habilitación, seguimiento y evaluación de las RIPSS, por lo que la Superintendencia Nacional de Salud deberá adoptar las medidas pertinentesde acuerdo con la normatividad y sus competencias, con respecto a la EPS responsable delincumplimiento.

    3. Estándares y criterios de permanencia de la habilitación de las Redes Integrales

    de Prestadores de Servicios de SaludLas EPS durante la vigencia de su habilitación deberán garantizar el cumplimiento delos siguientes criterios de permanencia para las RIPSS, los cuales deberán ser vericados por la Superintendencia Nacional de Salud y con el acompañamiento la Entidad Departa-mental y Distrital de Salud:

    3.1. ESTÁNDAR DE CONFORMACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA RED

    CRITE RIO A V ER IF IC AR MOD O DE VE RIFICAC IÓ N ALC ANC E Y ESP EC IF IC ID AD

    3.1.1. Valoración y dimensionamiento dela Demanda de la población aliada en elDepartamento o Distrito donde esté auto-rizada para operar, conforme a la Políticade Atención Integral en Salud.

    Vericar:

    3.1.1.1. El continuo proceso de actualiza-ción de los instrumentos y de las condi-ciones y características de la demanda (exante, efectiva y agregada), a cargo de laEPS en el territorio (departamento o Dis-trito) donde esté autorizada a operar.

    Análisis de Demanda actualizado  quehaga parte del Documento actualizado deconformación, organización y gestión dela Red integral de prestadores de serviciosde salud, (con periodicidad anual, dentrodel primer trimestre de cada vigencia, encaso de permanencia; o al cierre de la vi-gencia anterior a la última que precede a

    la renovación de la habilitación), de con-formidad con la población aliada a cargoy el Departamento o Distrito donde estéautorizada para operar la EPS; que haga

     parte del Documento actualizado de con-formación, organización y gestión de la

    Red; el cual debe contener:a) Estimaciones de Demanda ex ante parael periodo (anual) con información ocial

    más reciente (a la visita de permanencia;o al vencimiento de la habilitación, encaso de renovación). Lo anterior, a partirde los riesgos gestionados y a aquellos agestionar conforme a Rutas Integrales deAtención y la población a cargo en este

     periodo (anualizada) tomando como refe-rencia las bases de información dispuestasen Sispro para la EPS, por cada municipioy las actividades de Protección Especícay Detección Temprana (PEDT) a realizar,según segmentos (Resolución 4505 de2012) o la norma que la modique, susti-tuya o adicione;

     b) Estimación de la demanda efectivareal para el periodo (anual) con infor-mación ocial más reciente (a la visitade permanencia; o al vencimiento de lahabilitación, en caso de renovación); ylas estimaciones de la demanda esperada

     para un periodo (anualizada) utilizandolos Registros Individuales de Prestaciónde Servicios de Salud (RIPS);c) Estimación de la demanda agregada

     para el periodo (anual) con informaciónocial más reciente (a la visita de per -manencia; o al vencimiento de la habili-tación, en caso de renovación); tomandocomo referencia los resultados de la de-manda exante y la demanda, efectiva real,

     para el mismo período.

    3.1.2. Valoración y dimensionamiento dela Oferta de servicios en condiciones dedisponibilidad, suciencia y completitud,

     para atender las necesidades en salud desu población a cargo.

    Vericar que:3.1.2.1. La conformación y organizaciónde la Red integral de prestadores de ser-vicios de salud, está actualizada en sucomponente primario y su componentecomplementario, incluyendo la Red deurgencias, de servicios oncológicos y

     para la atención integral de cuidados pa-liativos; aplicando periódicamente dentrode cada vigencia (anual) instrumentos ymetodologías para la evaluación de la dis-

     ponibilidad, suciencia y completitud dela Oferta, en función de las demandas dela población; y conforme a lo registradoen el módulo de redes.

    Suciencia de la Red integral de prestado-res de servicios de salud actualizado, quehaga parte del Documento actualizado deconformación, organización y gestión dela Red integral de prestadores de serviciosde salud, para cada departamento (y a suinterior los municipios) o Distrito autori-zada para operar la EPS; que haga partedel Documento actualizado de conforma-ción, organización y gestión de la Red in-tegral de prestadores de servicios de salud;

    el cual debe contener:a) Análisis de la Suciencia (anual) coninformación ocial más reciente (a la vi-sita de permanencia; o al vencimiento dela habilitación, en caso de renovación) dela Oferta de la Red integral habilitada (a

     partir del REPS), para la Demanda agre-gada a cargo en el Departamento o Dis-trito autorizada para operar, conforme a laimplementación de la Política de AtenciónIntegral en Salud;

     b) Estimación de los diferenciales de ofer-ta y demanda (Brechas) y análisis de laefectividad de la estrategias implementa-das para la Reducción de brechas (anual),con información ocial más reciente (a la

    C RITE RIO A V ERIF IC AR MOD O DE VE RIFICAC IÓ N ALC ANC E Y E SP EC IF IC ID AD

    visita de permanencia; o al vencimientla habilitación, en caso de renovación)el Departamento o Distrito autorizada poperar, conforme a la implementacióla Política de Atención Integral en SaluDocumento actualizado de conformay organización de la Red integral de ptadores de servicios de salud habilita

     para cada departamento (y a su intelos municipios) o Distrito autorizada poperar que contenga:a) Componente Primario (incluyendogencias, oncológicos y atención intedel cuidado paliativo);

     b) Componente Complementario (inyendo urgencias, oncológicos y atencintegral de cuidados paliativos);c) Estrategias para Reducir las brechaoferta y demanda que persistan (a la vde permanencia; o al vencimiento dhabilitación, en caso de renovación).El documento de conformación, orgzación y gestión de las RIPSS actualiz(para la permanencia o renovación dRed), incluye los análisis de:a) Demanda (actualizado);

     b) Suciencia de la Red (actualizado);c) Conformación y Organización deRed integral en el componente primarcomplementario (actualizado).Lo anterior debe tener en cuenta la immentación de la Política de Atención Igral en Salud, en cada Territorio autorda para operar (Departamento o DistriLa documentación aquí referida de la cformación y organización de las RIPdeberá ser diligenciada y actualizadtravés del módulo de redes dispuesto ptal n por el Ministerio de Salud y Proción Social.El documento en mención, así cominformación registrada en el móduloredes, soporta la vericación in situ realiza la Superintendencia NacionaSalud para la vericación de la permancia y para el proceso de renovación dhabilitación de la Red integral de predores de servicios de salud.

    Vericar:3.1.2.2. La implementación de planes decontingencia, en los casos que hayan sidorequeridos.3.1.2.3. La vigencia de acuerdos de vo-luntades o contratos para la prestaciónde servicios de salud, conforme a la  Redhabilitada en el módulo de redes y a lasexigencias de la Política de Atención In-

    tegral en Salud.

    Documentos que soporten la implemtación de los planes de contingencia (nerados por variaciones en la Demao en la Oferta o ambos) por cada añovigencia de la habilitación de las RIPSSoportes de la conformación actualmomento de la vericación de permancia; o para la renovación, según el casola Red integral de prestadores de servi

    de salud habilitada, a partir de acuerdovoluntades, contratos y cartas de intenvigentes con los Prestadores de Servide Salud que la conforman.La documentación referida deberá serligenciada y actualizada, a través del mdulo de redes dispuesto para tal n poMinisterio de Salud y Protección SociEl documento en mención y los acuerde voluntades, contratos y cartas detención vigentes con los PrestadoresServicios de Salud que conforman la Integral de Prestadores de ServiciosSalud Habilitada (o a renovar), sopola vericación in situ que realiza la

     perintendencia Nacional de Salud par permanencia y para el proceso de renoción de la habilitación de la Red intede prestadores de servicios de salud.

    3.1.3. Instancias y mecanismos de coordi-nación técnica y operativa y con el diseño,

     planicación e implementación del siste -ma de referencia y contrarreferencia.

    Vericar:3.1.3.1. La conformación y operación per-manente de la Unidad Técnica de Coordi-nación y Gestión Operativa de la Red y de

    regulación de la demanda y la oferta, paracada Departamento o Distrito.3.1.3.2. La implementación permanentelos mecanismos de referencia y contra-referencia, conforme a la normatividadvigente, con evaluación periódica.3.1.3.3. Las acciones de mejora diseñadase implementadas para garantizar la presta-ción de los servicios de salud.

    Documento que analice las acciones gestión realizada por la Unidad Técnde Coordinación y Gestión Operativala Red y de regulación de la demanda

    oferta en la Red habilitada para cada  partamento o Distrito.Documento que evalúe la implementadel Sistema referencia y contrarrefere

     para la Red habilitada.Documento que evalúe las AccionesMejora diseñadas e implementadas pla Coordinación y Gestión Operativa dRed; y sobre los procesos de derivació

     pacientes, de conformidad con el Artíc17 del Decreto 4747 de 2007, o la noque lo sustituya, modique o adicioneLa documentación referida deberá serligenciada y actualizada, a través del mdulo de redes dispuesto para tal n poMinisterio de Salud y Protección Soci

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    CR ITER IO A VE RIFICA R MODO DE V ER IF IC ACIÓN A LCA NCE Y E SP ECIFICIDA D

    Los documentos en mención, soportan lavericación in situ que realiza la Superin-tendencia Nacional de Salud para la per-manencia y para el proceso de renovaciónde la habilitación de la Red integral de

     prestadores de servicios de salud.

    3.2. ESTÁNDAR DE OPERACIÓN DE LA RED

    CRITERIO A VERIFICAR MODO DE VERIFICACIÓN REQUISITOS PARA DARALCANCE AL CRITERIO

    3.2.1. Procesos y procedimientos

    soportados en información parala gestión de la Red Integral dePrestadores de Servicios de Sa-lud.

    Vericar:

    3.2.1.1. La implementación, eva-luación y cumplimiento de los procesos asistenciales y adminis-trativos establecidos.3.2.1.2. Las acciones de mejoradiseñadas e implementadas parael mejoramiento de los procesosasistenciales y administrativos.

    Documento de análisis de la im-

     plementación y el desarrollo delas acciones de mejora de los procesos y procedimientos so- portados en información para lagestión de la Red integral de pres-tadores de servicios de Salud ha- bilitada en lo correspondiente a:Asistenciales:a) Rutas Integrales de Atenciónen Salud (RIAS). b) Guías, normas técnicas y pro-tocolos de atención en salud, con-forme a la demanda identicada yque consideren la atención inte-gral de cuidados paliativos.c) Acceso y gestión de datos clí-nicos, por parte de la EPS, los prestadores y usuarios de la Red.Administrativos:a) Procedimientos y mecanismosde contratación, recepción decuentas, reconocimiento y pago

    de servicios de prestadores, con-forme a condiciones y términosdenidos en la normatividad vi-gente; b) Procedimientos documentadosde autorización de servicios;c) Planeación, adquisición, ma-nejo, utilización, optimización ycontrol de los recursos humanos,técnicos, nancieros y físicosdisponibles para la prestación deservicios de salud;d) Estrategias de capacitacióncontinua y actualización para pro-mover el desarrollo de competen-cias del personal encargado de laoperación de la Red;e) Carta de derechos de los alia-dos y de los pacientes y gestión dela entrega y actualización periódi-cas, conforme a la normatividadvigente;f) Gestión y manejo de quejas, su-

    gerencias y reclamos de aliadosy prestadores;g) Reportes obligatorios de infor-mación, establecidos por las auto-ridades competentes y normativi-dad vigente.Documento de análisis de la im- plementación y el desarrollo delas acciones de mejora de los procesos y procedimientos sopor-tados en información para la ges-tión de la Red de Urgencias, en locorrespondiente a:a) La implementación del sistemade selección y clasicación de pa-cientes “Triage”; b) La vericación de derechos;c) La estandarización de la remi-sión o ingreso de los pacientes,cuando sea requerido, a serviciosadicionales a la atención inicialde urgencias;d) La articulación del sistema

    de referencia y contrarreferenciadenido por la EPS con los Cen -tros Reguladores de Urgencias yEmergencias (CRUE);e) La disponibilidad de informa-ción, sistemática y oportuna de lacapacidad instalada y atención decasos de los prestadores de la Redde la EPS, incluyendo el reporteal CRUE.La documentación referida de- berá ser diligenciad a y actua-lizada, a través del módulo deredes dispuesto para tal n porel Ministerio de Salud y Protec-ción Social.

    CRITERIO A VERIFICAR MODO DE VERIFICACIÓN REQUISITOS PARA ALCANCE AL CRITE

    Los documentos en msoportan la vericaciónque realiza la Superinten Nacional de Salud para manencia y para el procrenovación de la habilitala Red Integral de PrestadServicios de Salud.

    3.3. ESTÁNDAR DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA RED

    CR IT ER IO A VE RIFICA R MODO DE VERIF IC ACIÓN REQUISITOS PARA DAR ALAL CRITERIO

    3.3.1. Condiciones y procesos para rea-lizar el monitoreo continuo del desem-

     peño de la Red integral, en la gestión dela prestación de servicios de salud y losresultados en salud, conforme a la PolíticaIntegral de Atención en Salud.

    Vericar:3.3.1.1. El seguimiento y análisis perió-dico de la gestión de la prestación de losservicios de salud. A través del SistemaIntegral de Información de la ProtecciónSocial (Sispro) o el que haga sus veces.3.3.1.2. El seguimiento y análisis periódi-co de los resultados en salud obtenidos, através del Sistema Integral de Informaciónde la Protección Social (Sispro) o el quehaga sus veces.3.3.1.3. El seguimiento y análisis perió-dico de la gestión de la prestación de losservicios de salud en la Red de urgencias,a través del Sistema Integral de Informa-ción de la Protección Social (Sispro) o elque haga sus veces3.3.1.4. Las acciones de mejora del des-empeño diseñadas e implementadas comoresultado del proceso de seguimiento yevaluación.3.3.1.5. La existencia de procesos con-tinuos y sistemáticos de revisión de lasfuentes de información y de las accionesde mejora diseñadas e implementadas so-

     bre dichas fuentes.3.3.1.6. La evidencia de la publicación, di-vulgación o socialización del desempeño.3.3.1.7. Seguimiento a la calidad de laatención en salud percibida por los usua-rios y la satisfacción con los servicios

     prestados por la Red integral.

    Documentos de seguimiento y evdesarrollados durante la vigencia

     bilitación de la Red integral de prde servicios de salud, y la publiclos mismos tomando como referlineamientos establecidos por elrio de Salud y Protección SocialDocumentos que muestren los agestión de las acciones de mejordas e implementadas durante lade la habilitación de la Red in

     prestadores de servicios de sa publicación de los mismos tomanreferencia los lineamientos est

     por el Ministerio de Salud y PSocial.Los documentos en mención, sovericación in situ que realiza latendencia Nacional de Salud pamanencia y para el proceso de rede la habilitación de la Red InPrestadores de Servicios de Salu

    4. Procedimiento para la renovación de la habilitación de las Redes IntegraPrestadores de Servicios de Salud

    Las EPS deberán garantizar el cumplimiento de los estándares y los criterios de pnencia, durante la vigencia de la habilitación y para la renovación de la misma.

    La Superintendencia Nacional de Salud, vericará el cumplimiento de los estáncriterios de permanencia de habilitación de las RIPSS, con el acompañamiento de la EDepartamental y Distrital de Salud. A continuación se describen las acciones a des por cada uno de los actores y sus responsabilidades en las mismas:

    4.1. EPSPara la permanencia, la EPS deberá durante el quinto año de habilitación y an

    vencimiento de la misma, renovar la habilitación de la RIPSS, para lo cual realizsiguiente procedimiento:

    4.1.1. Autoevaluación: La EPS realizará, en forma previa a la renovación de latación de las RIPSS para cada Departamento o Distrito donde esté autorizada para la autoevaluación de los estándares de permanencia denidos en el presente Manuhace parte de la presente Resolución.

    4.1.2. Declaración de Autoevaluación: La EPS una vez realizada la autoevaluaccumplimiento de los criterios de permanencia antes señalados, declarará el cumplide los mismos en el módulo de redes.

    Luego de lo anterior, la EPS deberá realizar el cargue de los siguientes documcomo soportes documentales para la vericación in situ, por cada Departamento o Ddonde vaya a renovar la habilitación de la Red integral:

    a) Documento actualizado de conformación y organización de la Red integral dtadores de servicios de salud habilitada;

     b) Documentos que soporten la implementación de los planes de contingencia

    rados por variaciones en la Demanda o en la Oferta o ambos) por cada año de vigenla habilitación de las RIPSS;

    c) Soportes de la conformación actual (al momento de la vericación de permano para la renovación, según el caso) de la Red integral de prestadores de servicios dehabilitada, a partir de acuerdos de voluntades, contratos y cartas de intención vigentlos Prestadores de Servicios de Salud que la conforman;

    d) Documento que analice las acciones y la gestión realizada por la Unidad Tde Coordinación y Gestión Operativa de la Red y de regulación de la demanda y laen la Red habilitada;

    e) Documento que evalúe la implementación del Sistema referencia y contrarrefe para la Red habilitada;

    f) Documento que evalúe las Acciones de Mejora diseñadas e implementadas Coordinación y Gestión Operativa de la Red;

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    g) Documento de análisis de la implementación y el desarrollo de las acciones de me- jora de los procesos y procedimientos soportados en información para la gestión de la Redintegral de prestadores de servicios de Salud habilitada;

    h) Documento de análisis de la implementación y el desarrollo de las acciones demejora de los procesos y procedimientos soportados en información para la gestión de laRed de Urgencias;

    i) Documentos de seguimiento y evaluación desarrollados durante la vigencia de lahabilitación de la Red integral de prestadores de servicios de salud;

     j) Documentos que muestren los análisis en gestión de las acciones de mejora planteadase implementadas durante la vigencia de la habilitación de la Red integral de prestadoresde servicios de salud.

    4.2 Superintendencia Nacional de Salud

    Una vez la EPS realice la declaración de autoevaluación en el módulo de redes, laSuperintendencia Nacional de Salud con el acompañamiento de la Entidad Departamentalo Distrital de Salud según corresponda, deberá realizar la vericación in situ, medianteselección aleatoria de los componentes de la RIPSS en el territorio (municipios y distritos),del cumplimiento de los estándares y criterios de permanencia de la RIPSS y registrará elresultado de dicha vericación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en el módulode redes.

    La Superintendencia Nacional de Salud dentro de los quince (15) días hábiles siguientesdeterminará el cumplimiento de los estándares y criterios de permanencia, aprobará la reno-vación de la habilitación de la RIPSS para la EPS, y expedirá el Certicado de Renovaciónde la Habilitación a través del módulo de redes. La renovación de la habilitación tendráuna vigencia de cinco (5) años.

    En caso que se determine el incumplimiento de los estándares y criterios de permanencia,la Superintendencia Nacional de Salud indicará las causas de incumplimiento, dentro deltérmino anteriormente indicado y lo registrará a través del módulo de redes. En este caso,

    la EPS deberá adelantar el trámite pertinente para subsanar las causales de incumplimientodentro de los quince (15) días hábiles siguientes a dicho registro y efectuar el correspondientereporte en el módulo de redes.

    La Superintendencia Nacional de Salud deberá vericar dentro de los quince (15) díashábiles siguientes, que por parte de la EPS se hayan subsanado las causales del incum- plimiento. De ser así dentro del mismo término, la Superintendencia Nacional de Saludaprobará la renovación de la habilitación de las RIPSS para la respectiva EPS y expedirá elcorrespondiente Certicado de Renovación de la Habilitación a través del módulo de redes.

    En caso que la EPS no subsane el incumplimiento o de negarse la renovación de la ha- bilitación por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, esta entidad deberá adoptarlas medidas pertinentes, de acuerdo con sus competencias y procedimientos en la materia,de lo cual deberá dejar constancia en el módulo de redes.

    5. Procedimiento para la gestión de novedades de las Redes Integrales de Pres -tadores de Servicios de Salud

    De conformidad con lo señalado en la presente Resolución, las novedades establecidas para las RIPSS son las siguientes:

    a) Entrada de un prestador a la Red Integral de Prestadores de Servicios de Salud habilitada;

     b) Salida de un prestador de la Red Integral de Prestadores de Servicios de Salud habilitada;

    c) Entrada de una Unidad funcional a la Red Integral de Prestadores de Servicios deSalud habilitada;

    d) Salida de una Unidad funcional de la Red Integral de Prestadores de Servicios deSalud habilitada;

    e) Entrada de un Prestador Primario a la Red Integral de Prestadores de Servicios deSalud habilitada;

    f) Salida de un Prestador Primario de la Red Integral de Prestadores de Servicios deSalud habilitada;

    g) Inclusión de servicio(s) de un prestador a la Red Integral de Prestadores de Serviciosde Salud habilitada;

    h) Retiro de servicio(s) de un prestador a la Red Integral de Prestadores de S