diario oficial de colombia n° 49.853. 23 de abril de 2016

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  • 8/17/2019 Diario oficial de Colombia n° 49.853. 23 de abril de 2016

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    Fundado el 30 de abril de 1864

    DIARIO OFICIAL

    República de Colombia

    LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA

    Informa que como lo dispone el Decreto número 53 deenero 13 de 2012, artículo 3°, del Departamento Nacionalde Planeación, a partir del 1° de junio de 2012 los contratosestatales no requieren publicación ante la desaparición delDiario Único de Contratación Pública.

    Año CLI No. 49.853Edición de 24 páginas  • Bogotá, D. C., sábado, 23 de abril de 2016 •  I S S N 0122-211

    Decretos

    DECRETO NÚMERO 658 DE 2016

    (abril 23)

     por el cual se hace un nombramiento provisional en la planta de personaldel Ministerio de Relaciones Exteriores.

    El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucio-nales y legales y, en especial, de las que le coneren el numeral 2 del artículo 189 de laConstitución Política, el artículo 2.2.2.7.3., del Decreto 1083 de 2015 y los artículos 60 y61 del Decreto-ley 274 de 2000

    DECRETA:

    Artículo 1º. Nómbrase provisionalmente al doctor Francisco José Rodríguez Caicedo,identicado con la cédula de ciudadanía número 94531677, en el cargo de Ministro Pleni - potenciario, código 0074, grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exte-riores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República Portuguesa.

    Artículo 2º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagaráncon cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.

    Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.Publíquese, comuníquese y cúmplase.Dado en Bogotá, D. C., a 23 de abril de 2016.

    JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓNLa Ministra de Relaciones Exteriores,

     María Ángela Holguín Cuéllar.

    DECRETO NÚMERO 659 DE 2016

    (abril 23)

     por el cual se realiza un nombramiento provisional en la planta de personaldel Ministerio de Relaciones Exteriores.

    El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucio-nales y legales y, en especial, de las que le coneren el numeral 2° del artículo 189 de laConstitución Política, el artículo 2.2.2.7.3., del Decreto 1083 de 2015 y los artículos 60 y61 del Decreto-ley 274 de 2000

    DECRETA:

    Artículo 1º. Nómbrase provisionalmente a la doctora Mariana Parody Posada, identi -cada con la cédula de ciudadanía número 1032407732 en el cargo de Tercer Secretariode Relaciones Exteriores, código 2116, grado 11, de la planta global del Ministerio deRelaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia en San Francisco,Estados Unidos de América.

    Parágrafo. La doctora Mariana Parody Posada ejercerá las funciones de Vicecónsul enel Consulado General de Colombia en San Francisco, Estados Unidos de América.

    Artículo 2º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagaráncon cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.

    Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.Publíquese, comuníquese y cúmplase.Dado en Bogotá D. C., a 23 de abril de 2016.

    JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

    La Ministra de Relaciones Exteriores,  María Ángela Holguín Cuéllar.

    MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORE

    Resoluciones Ejecutivas

    RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO 104 DE 201

    (abril 23)

     por medio de la cual se dispone el reconocimiento de un Cónsul Honorario.

    El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionay legales y, en especial, las que le coneren el numeral 2 del artículo 189 de la Constición Política y la Ley 17 de 1971 que aprobó la Convención de Viena sobre RelacioConsulares de 1963,

    RESUELVE:

    Artículo 1°. Vistas las correspondientes Letras Patentes de Provisión, reconócese al seÓscar Billy López Bolaños, Cónsul Honorario de la Federación de Rusia en la ciudad Medellín, con circunscripción en el departamento de Antioquia y la región del Eje Cafete

    Artículo 2°. La presente Resolución Ejecutiva rige a partir de la fecha de su expedici

    Publíquese, comuníquese y cúmplase.

    Dada en Bogotá, D. C., a 23 de abril de 2016.

    JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓ

    La Ministra de Relaciones Exteriores,

     María Ángela Holguín Cuél

    RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO 105 DE 201

    (abril 23)

     por medio de la cual se dispone el reconocimiento de un Cónsul Honorario.

    El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionay legales y, en especial, las que le coneren el numeral 2 del artículo 189 de la Constición Política y la Ley 17 de 1971 que aprobó la Convención de Viena sobre RelacioConsulares de 1963,

    RESUELVE:

    Artículo 1°. Vistas las correspondientes Letras Patentes de Provisión, reconócesseñor Simón Gerald Ford como Cónsul Honorario del Reino Unido de Gran BretañIrlanda del Norte en la ciudad de Cali, con circunscripción en el departamento del Vdel Cauca.

    Artículo 2°. La presente Resolución Ejecutiva rige a partir de la fecha de su expedici

    Publíquese, comuníquese y cúmplase.

    Dada en Bogotá, D. C., a 23 de abril de 2016.

    JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓ

    La Ministra de Relaciones Exteriores,

     María Ángela Holguín Cuél

    PRESIDENCIA DE LA REPÚBLIC

    Decretos

    DECRETO NÚMERO 661 DE 2016

    (abril 23)

     por el cual se delegan unas funciones constitucionales.

    El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le conel artículo 196 de la Constitución Política y,

    CONSIDERANDO:

    Que el Presidente de la República se trasladará el día 24 de abril del presente año aciudad de Manta - República de Ecuador, con el n de realizar actividades humanitar para los damnicados por el terremoto acaecido en ese país, junto con la Unidad Nacio para la Gestión del Riesgo de Desastres.

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    2  DIARIO OFICIALEdición 4

    Sábado, 23 de abril de

    D I A R I O OFICIALFundado el 30 de abril de 1864

    Por el Presidente Manuel Murillo Toro

    Tarifa postal reducida No. 56

    D: DIOSELINA  P ARRA  DE R INCÓN

    MINISTERIO DEL INTERIOR 

    IMPRENTA  N ACIONAL DE COLOMBIA 

    DIOSELINA  P ARRA  DE R INCÓN

    Gerente General

    Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia Conmutador: PBX 4578000.

    e-mail:  [email protected] 

    Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia esta- blecida en la ley, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural está habilitado para ejercerlas funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario.

    DECRETA:

    Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razóndel viaje a que se reeren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministrode Agricultura y Desarrollo Rural, doctor Aurelio Iragorri Valencia, las funciones legales ylas correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:

    1. Artículos 129, 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2, 303, 304,

    314 y 323.2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se reere al ejercicio de las facultades extraor -

    dinarias concedidas al Presidente de la República.

    3. Artículos 163, 165 y 166

    4. Artículos 200 y 201.

    5. Artículos 213, 214 y 215.

    Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

    Publíquese y cúmplase.

    Dado en Bogotá, D. C., a 23 de abril de 2016.

    JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

    MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

    Decretos

    DECRETO NÚMERO 660 DE 2016

    (abril 23)

     por el cual se reglamenta la devolución del Impuesto sobre las Ventas por la adquisiciónde servicios gravados, por los visitantes extranjeros no residentes en Colombia, en los es-tablecimientos de comercio ubicados en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo.

    El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucio-

    nales y legales, en especial las que le conere los numerales 11 y 20 del artículo 189 dela Constitución Política y el artículo 28 de la Ley 191 de 1995, modicado por el artículo70 de la Ley 1607 de 2012, y

    CONSIDERANDO:

    Que el artículo 70 de la Ley 1607 de 2012 modicó el artículo 28 de la Ley 191 de1995, relacionado con la exención del Impuesto sobre las Ventas causado en la adquisiciónde servicios gravados, por los visitantes extranjeros no residentes en Colombia, en losestablecimientos de comercio ubicados en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo;

    Que es necesario establecer un procedimiento que facilite el control, manejo y con-

    sulta de las devoluciones del Impuesto sobre las Ventas a los beneciarios mencionadosen el considerando anterior;

    Que el numeral 8 del artículo 2º de la Ley 1341 de 2009 establece la masicación delGobierno en Línea con el n de lograr la prestación de servicios ecientes a los ciuda-danos, para tal n las entidades públicas deberán adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el máximo aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y lasComunicaciones en desarrollo de sus funciones;

    Que es necesario precisar los servicios gravados que conceden derecho a la devolucióndel Impuesto sobre las Ventas por este concepto;

    Que se requiere la expedición de una norma reglamentaria que facilite el desarrolloeconómico y social de las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo;

    Que el Decreto número 2670 del 26 de julio de 2010 adoptó el Sistema Técnico deControl Tarjeta Fiscal como un instrumento que permite controlar la evasión y tienecomo efecto mejorar los niveles de recaudo de los impuestos, dirigido a las personas o

    entidades contribuyentes o responsables, que se encuentren obligados a expedir o documento equivalente;

    Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8° del CódProcedimiento Administrativo y de lo Contencioso-Administrativo en relación texto del presente decreto,

    DECRETA:

    Artículo 1°. Devolución del IVA a los visitantes extranjeros no residentes en Coen las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo. De conformidad con lo pen el artículo 28 de la Ley 191 de 1995, modicado por el artículo 70 de la ley 12012, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Naci(DIAN) devolverá a los visitantes extranjeros no residentes en Colombia, por la ación de servicios gravados en los establecimientos de comercio ubicados en las UnEspeciales de Desarrollo Fronterizo, el ciento por ciento (100%) del impuesto soventas, previo cumplimiento de las condiciones y requisitos señalados en el prdecreto, en particular los montos objeto de devolución de que trata el artículo 5°.

    Artículo 2°. Visitante extranjero no residente en Colombia. Para los efectos decreto, son visitantes extranjeros no residentes en Colombia los nacionales de países que ingresen a las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo sin el ánestablecerse en ellas o en el resto del territorio nacional.

    La calidad de visitante extranjero no residente en Colombia se indicará con el sinmigración estampado en el pasaporte, documento de viaje, Tarjeta Andina Mig(TAM) o de Mercosur donde consta el ingreso (fecha del ingreso, días de permaautorizados y/o tipo de ingreso) del visitante extranjero no residente en Colombila forma que señale el Ministerio de Relaciones Exteriores.

    Parágrafo. Para efectos de lo dispuesto en este artículo, conforme con lo prevel artículo 22 de la Ley 43 de 1993, los nacionales colombianos que ostenten docionalidad no se consideran visitantes extranjeros no residentes en Colombia y po

    no tienen derecho a la devolución del impuesto sobre las ventas prevista en este dArtículo 3°. Tarjeta Fiscal. En aquellos casos en los que el pago de los servi

    realice en efectivo, los establecimientos de comercio ubicados en las Unidades Espde Desarrollo Fronterizo, en los que se realice la adquisición de servicios gravadosImpuesto sobre las Ventas, deberán tener vigente el Sistema Técnico de Control Fiscal a que se reere el Decreto número 2670 de 2010, o las normas que lo modiadicionen o sustituyan.

    Parágrafo transitorio. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impy Aduanas Nacionales (DIAN) regulará los requisitos y especicaciones técnicatarjeta scal.

    Artículo 4°. Servicios gravados con derecho a la devolución del IVA.  Solaotorgan derecho a la devolución del impuesto sobre las ventas los servicios relacioa continuación:

    a) Servicios de mantenimiento y reparación de vehículos automotores, así comotocicletas, sus partes y piezas;

     b) Servicios de alojamiento cuando no forman parte de paquetes o planes turvendidos por las agencias operadoras u hoteles inscritos en el Registro Nacional de Tu

    c) Servicios prestados por las agencias de viaje;d) Arrendamiento de vehículos de hasta 1.600 C.C., siempre que el proveed

    servicio se encuentre registrado en el Registro Nacional de Turismo y se encuentreciliado en la zona especial de desarrollo fronterizo, para ser utilizado dentro de la m

    e) Restaurantes bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquisistema que implique la explotación de intangibles;

    f) Peluquerías y otros tratamientos de belleza;

    g) Servicio de parqueadero público;

    h) Servicios que prestan las empresas de transporte terrestre automotor, así coque prestan las operadoras de chivas y demás vehículos de transporte de turismo

    i) Guías de turismo.

    Artículo 5°.  Montos objeto de devolución.  Los visitantes extranjeros no resien Colombia podrán solicitar la devolución del IVA por la adquisición de los sergravados, mencionados en el artículo 4° del presente decreto, cuando su cuantía, inel IVA, sea igualo superior a diez (10) Unidades de Valor Tributario (UVT).

    El monto máximo de impuesto a devolver a que se reere el presente decreto, p

    sona será hasta por un valor equivalente a cien (100) Unidades de Valor Tributario (Artículo 6°. Requisitos de la solicitud de devolución. Para efectos de la devo

    del impuesto sobre las ventas pagado en la adquisición de cualquiera de los seseñalados en el artículo 4° del presente decreto, el visitante extranjero no resideColombia que ingresa en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo deber

    a) Presentar personalmente al momento de la salida del país y ante la depencompetente de la Dirección Seccional de Aduanas o de Impuestos y Aduanas Naciubicada en el puesto de control del puerto o en el puesto de control de la Unidad Ede Desarrollo Fronterizo, debidamente diligenciado el formulario de solicitud delución que para el efecto se prescriba por la DIAN. Asimismo, debe autorizar la code sus registros migratorios e informar una tarjeta de crédito internacional, expedel extranjero de las franquicias con las que tenga convenio la Unidad AdminisEspecial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para realizar el a

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    Edición 49.853

    Sábado, 23 de abril de 2016 DIARIO OFICIAL

     b) Exhibir el sello estampado en el pasaporte original, documento de viaje, TarjetaAndina Migratoria (TAM) o de Mercosur donde consta el ingreso (fecha del ingreso, díasde permanencia autorizados y/o tipo de ingreso) del visitante extranjero no residente enColombia o en la forma que señale el Ministerio de Relaciones Exteriores;

    c) Entregar fotocopia del documento que acredita su estatus migratorio;

    d) Entregar el original de la(s) factura(s) de venta o fotocopia de la(s) misma(s) enla(s) que gure el solicitante de la devolución como titular, con el correspondiente com- probante de pago –tirilla de pago–, la cual debe cumplir los requisitos establecidos en los

    artículos 617 y 618 del Estatuto Tributario y demás normas legales vigentes;

    e) Al momento de la presentación de la solicitud, las facturas que dan derecho a ladevolución no deben exceder de tres (3) meses de haber sido expedidas;

    f) Realizar la adquisición de los servicios gravados en los establecimientos de co-mercio ubicados en la Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo donde se realizará lasolicitud de devolución;

    g) La adquisición de servicios gravados que otorgan derecho a la devolución deberárealizarse a responsables inscritos en el régimen común del impuesto sobre las ventas.

    Parágrafo 1°. Para certicar la condición migratoria como requisito para tener de-recho a la devolución del IVA, el visitante extranjero no residente en Colombia, en lasUnidades Especiales de Desarrollo Fronterizo, deberá realizar el registro de ingreso ysalida del territorio nacional en los puestos de control migratorio habilitados para tal n por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

    Parágrafo 2°. La adquisición de los servicios gravados con el impuesto sobre las ven-tas, expresamente señalados en el presente decreto, se debe efectuar electrónicamente enforma presencial a través de datáfono, mediante tarjeta de crédito y/o débito internacionalexpedida en el extranjero.

    La devolución del impuesto sobre las ventas de que trata este decreto, procederá adi-

    cionalmente por las adquisiciones de servicios que se realicen en efectivo, a partir de laimplementación de la tarjeta scal, para lo cual los establecimientos donde se adquieranlos servicios deberán tener vigente su Sistema Técnico de Control.

    Parágrafo 3°. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá solicitar los registros migratorios en virtud de la autorizaciónlegal conferida por el artículo 27 de la Ley 1755 de 2015, de acuerdo con el procedimientoque para este n sea acordado con la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

    Parágrafo 4°. Con base en lo previsto en el artículo 684-2 del Estatuto Tributario, laUnidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá establecer un sistema técnico de control que permita identicar las facturas expedidasque acreditan el derecho a la devolución de que trata el presente decreto.

    Artículo 7°. Trámite para efectuar la devolución. Para efectos de la devolución a quese reere el presente decreto, deberá adelantarse el siguiente trámite:

    a) El funcionario de la dependencia competente de la Unidad Administrativa Espe -cial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que recepcione y radique lasolicitud, revisará los documentos, vericando el cumplimiento de los requisitos legalesde identicación, fechas, valores, conceptos, legibilidad y demás aspectos relacionados

    con los mismos.Toda factura que incumpla alguno de los requisitos establecidos por la norma tributa-

    ria será rechazada y se remitirá a la dependencia competente o que haga sus veces, paraadelantar el programa de control al responsable que la expidió;

     b) Una vez recibida y vericada la solicitud, el funcionario competente, para efectosde control, colocará en la respectiva factura un sello seco con la leyenda “UTILIZADA”;

    c) El estatus migratorio del solicitante se vericará con la información suministrada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, la cual deberá contenernacionalidad, estatus migratorio, identidad y país de origen, así como la conrmaciónde fechas de entrada y salida del territorio nacional por parte de los solicitantes de ladevolución del IVA.

    El requerimiento de información a la Unidad Administrativa Especia l Migración Colom- bia podrá efectuarse mediante ocio que contenga la relación detallada de los solicitanteso implementando los medios y herramientas tecnológicas disponibles y convenidas por laUnidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)y la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia;

    d) La Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas de la DIAN o la que hagasus veces, gestionará lo necesario para el giro y abono del benecio a la tarjeta de créditointernacional expedida en el extranjero, indicada por el solicitante, previa informaciónsuministrada por la Dirección Seccional que conoció de la solicitud de devolución.

    Parágrafo 1°. La información requerida a la Unidad Administrativa Especial MigraciónColombia deberá contener los datos de nacionalidad, estatus migratorio, identidad y paísde origen, así como la conrmación de fechas de entrada y salida del territorio nacionalde los solicitantes de la devolución del impuesto sobre las ventas.

    Parágrafo 2°. Corresponderá a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Im - puestos y Aduanas Nacionales (DIAN) asegurar el mantenimiento de la reserva de lainformación suministrada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia,que llegue a conocer en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, de conformidad conlo establecido en el artículo 2.2.1.11.4.3 de la Sección 4, Capítulo 11, Título I, Parte 2

    del Libro 2 del Decreto número 1067 de 2015, modicado por el artículo 52 del Decrnúmero 1743 de 2015.

    Artículo 8°. Servicio informático electrónico. La Dirección de Impuestos y Adua Nacionales (DIAN) podrá implementar un Servicio Informático Electrónico que facilitcontrol, manejo, consulta, realización de cruces de información y trámite de las solicitude devolución a que se reere este decreto, garantizando la seguridad de la operación

    Artículo 9°. Término y mecanismo para realizar la devolución. La Unidad Admnistrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) realizaráaprobación o rechazo de la solicitud de devolución de que trata el presente decreto entérmino de tres (3) meses, contados desde la fecha de recepción y radicación en deb

    forma de la solicitud.La devolución se efectuará mediante abono a la tarjeta de crédito internacional exped

    en el extranjero indicada en la solicitud, dependiendo de los procedimientos y desarroltécnicos que para el efecto establezca la Unidad Administrativa Especial DirecciónImpuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

    Del valor a devolver se descontarán los costos nancieros y gastos de avisos en qse incurra.

    Parágrafo 1°. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales (DIAN) realizará los convenios necesarios con las entidades bancariempresas o instituciones nancieras a que haya lugar, nacionales o extranjeras, paadelantar en debida forma los abonos a las tarjetas de crédito internacional por concede devolución del impuesto sobre las ventas.

    Parágrafo 2°. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Adua Nacionales (DIAN) queda facultada para establecer los mecanismos que permitanmanera ágil y ecaz efectuar la devolución del IVA de que trata este decreto y realizar convenios con entidades o empresas nacionales o extranjeras que permitan implemensu devolución.

    La devolución a que se reere este decreto se efectuará con cargo a los recursos Fondo Rotatorio de Devoluciones de la DIAN, de acuerdo con los cupos estableci para el efecto por parte de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro NacionalMinisterio de Hacienda y Crédito Público y la Unidad Administrativa Especial Direccde Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

    Artículo 10.  Rechazo de la solicitud de devolución.  La solicitud de devoluciónrechazará en forma parcial o total, cuando:

    a) Se incumpla alguno de los requisitos exigidos en este decreto;

     b) El solicitante de la devolución tenga nacionalidad colombiana;

    c) Se liquide el IVA a servicios excluidos o exentos o con tarifa superior a las qcorresponda;

    d) La adquisición no cumpla con lo establecido en el parágrafo 2° del artículo 6°  presente decreto;

    e) Los documentos aportados sean ilegibles, enmendados o sus contenidos no ccuerden con los servicios adquiridos;

    f) La solicitud se origine en operaciones fraudulentas;

    g) El valor a devolver resulte inferior o igual a los costos nancieros generados enoperación de giro internacional para hacer el abono en la tarjeta de crédito internacioy a los gastos de avisos;

    h) Se presente más de una solicitud de devolución en el trimestre;

    i) Al momento de la presentación de la solicitud, las facturas que dan derecho adevolución excedan el término señalado en el literal e) del artículo 6° del presente decre

     j) Cuando el valor objeto de la solicitud haya sido devuelto;

    k) No acreditar la calidad de visitante extranjero en los términos establecidos poMinisterio de Relaciones Exteriores o por el incumplimiento del término de permanenen el país.

    Artículo 11.  Informe mensual. Los establecimientos de comercio ubicados en Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo que tengan vigente su Tarjeta Fiscal, plo cual se tendrá en cuenta lo contenido en el parágrafo transitorio del artículo 3°  presente decreto, deberán enviar mensualmente a la Dirección Seccional de su jurisdiccuna relación detallada de las ventas que realicen a los visitantes extranjeros no residenen Colombia, indicando nombre y apellido, tipo y número del documento de identi

    ción, número, fecha y valor de la factura con la discriminación del IVA, y atendiendoespecicaciones que mediante resolución establezca la Unidad Administrativa EspecDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

    Artículo 12. Responsabilidad . Los solicitantes de la devolución del IVA de que trel presente decreto serán responsables de la veracidad de la información y autenticidde los documentos exhibidos para el trámite de la solicitud de devolución.

    Los hechos que puedan llegar a constituir conductas sancionables administrativ penalmente, deberán ser puestos en conocimiento de las autoridades competentes.

    Artículo 13.  Noticación. La resolución que decide la solicitud de devoluciónque trata el presente decreto, se noticará de forma personal o al correo electrónico qinforme en su solicitud el extranjero no residente en Colombia, de conformidad conestablecido en los artículos 67 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo ylo Contencioso- Administrativo y contra la misma proceden los recursos de reposici

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    Edición 49.853

    Sábado, 23 de abril de 2016 DIARIO OFICIAL

    CONTENIDO

      Introducción 7

    1. EL SECTOR MINERO COLOMBIANO 9

    1.1. Contexto minero 9

    1.2. Institucionalidad minera 121.3. Principales retos asociados al desarrollo de la actividad minera 13

    2. POLÍTICA MINERA: BASES PARA LA MINERÍA DEL FUTURO 17

    2.1. Visión 17

    2.2. Clasificación de la minería 17

    2.3. Pilares 18

    2.3.1. Seguridad jurídica 19

    2.3.2. Condiciones competitivas 19

    2.3.3. Confianza legítima 20

    2.3.4. Infraestructura 22

    2.3.5. Información 23

    2.3.6. Institucionalidad minera fortalecida y eficiente 24

    2.4. Líneas estratégicas para los distintos tipos de minería 28

    2.5. Plan de seguimiento 31

    3. ANEXOS TÉCNICOS 33

    3.1. Antecedentes normativos e institucionales del sector minero colombiano 33

    3.1.1. Antecedentes jurídicos 33

    3.1.2. Antecedentes institucionales 37

    3.1.3. Otros antecedentes 39

    3.2. Caracterización del sector minero colombiano 43

    3.2.1. Participación de la minería en la economía del país 43

    3.2.2. La actividad minera en Colombia 46

    3.2.3. Sector minero colombiano en el contexto internacional 53

    3.3. Algunas definiciones 58

    SIGLAS Y ABREVIATURAS

      ANLA: Autoridad Nacional de Licencia Ambientales

      ANM: Agencia Nacional de Minería

      ANSPE: Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema

      APP: Alianzas Público-Privados

      BGS:British Geological Survey

    BP: British Petroleum Company

      CAR: Corporación Autónoma Regional

      CARBOCOL: Empresa de Carbones de Colombia S.A.

      CDMB: Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta deBucaramanga

      CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe

      CONPES: Consejo Nacional de Política Económica y Social

      DANE: Departamento Administrativo Nacional de Estadística

      DOFA: Debilidades, Oportunidades, Fortaleces y Amenazas

      DPS: Departamento para la Prosperidad Social

      ECOCARBÓN: Empresa Colombiana de Carbón Ltda.

      ECOMINAS: Empresa Colombiana de Minas

      FBM: Formato Básico Minero

      FEN: Financiera Eléctrica Nacional

      FENOCO: Ferrocarriles del Norte de Colombia  FIDUCAFE: Fiduciaria Cafetera S.A.

      FIDUCOOP: Sociedad Fiduciaria Cooperativa de Colombia

    FIMIN: Fondo de Inversión Minera

    GEMA: Sistema Integral de Gestión Minera

      GGC: Grupo de Gestión Contractual 

    IED: Inversión Extranjera Directa

      IFI: Instituto de Fomento Industrial

      MINERALCO: Sociedad de Minerales de Colombia S.A.

    MME: Ministerio de Minas y Energía

      ND: No disponible

      INGEOMINAS: Instituto Colombiano de Geología y Minería

      PIB: Producto Interno Bruto

      PINE: Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos

      PMA: Plan de Manejo Ambiental

      PND Plan Nacional de Desarrollo

      POMCA Plan de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas

      PTO Plan de Trabajos y Obras

      RMN: Registro Minero Nacional

      RUCOM: Registro Único de Comercializadores Mineros

      SENA: Servicio Nacional de Aprendizaje

     SERNAGEOMIN: Servicio Nacional de Geología y Minería de Chile

      SGC:Servicio Geológico Colombiano

      UPM: Unidad de Producción Minera

      UPME: Unidad de Planeación Minero Energética

      UPTC: Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia

      USGS: US Geological Survey

      SI MINERO: Sistema de Gestión de Trámites y Procesos Mineros

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    POLÍTICA MINERA DE COLOMBIA Bases para la minería del futuro

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    6  DIARIO OFICIALEdición 4

    Sábado, 23 de abril de

    INTRODUCCIÓN

    Colombia es un país con tradición minera. Esta actividad ha desempeñado un papel impor-tante tanto en el entorno económico como social del país. Entre los años 2010 y 2014, el

    sector minero ha tenido tasas de crecimiento superiores a las presentadas por otros sectoresproductivos como la silvicultura, la piscicultura y, en algunos años, las manufacturas. Este di-namismo de la actividad minera se explica, en parte, por el aumento que tuvieron los preciosinternacionales de minerales entre el 2010 y el 2012 y por la legislación colombiana quehizo atractiva la inversión extranjera y nacional en el sector. En esta expansión, mineralescomo el carbón, el oro y el níquel han hecho que el sector minero colombiano tenga unmayor reconocimiento nacional e internacional.

    Sin embargo, las nuevas necesidades de un sector minero cambiante junto con algunos retosen temas de coordinación entre autoridades mineras y ambientales, así como la reciente caí-da de los precios de los minerales (especialmente del carbón), la disminución en los nivelesde inversión extranjera, los altos niveles de informalidad, las múltiples denominaciones parala minería, la extracción ilícita de minerales, las decisiones judiciales que generan inestabi-lidad jurídica, la conflictividad social en las regiones y la demora en los trámites tanto mine-ros como ambientales, entre otros, han llevado al Estado a definir una serie de estrategiasorientadas a hacer más competitiva y productiva esta industria.

    Dichas estrategias deben contribuir a extraer los minerales bajo parámetros técnicos, am-bientales, económicos, laborales y sociales adecuados y a que, por medio de una fuertearticulación institucional y el compromiso de las empresas y trabajadores mineros con la rigu-rosa aplicación de las normas, se mejore tanto la gobernabilidad y gobernanza del sector,como la gestión y administración de los recursos mineros del país. El fin último es hacer que

    la actividad minera se traduzca en mejoras en la calidad de vida de la población que de-pende de ella, de manera directa e indirecta, para contribuir a la generación de desarrolloregional y nacional.

    El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, “Todos por un nuevo país”, plantea que “elsector minero-energético seguirá siendo uno de los motores de desarrollo del país a través desu aporte al crecimiento económico, al aparato productivo, al empleo rural y a la inversiónprivada”1. En ese sentido, como lo enuncia el plan, Colombia debe aprovechar al máximosu potencial en recursos naturales, bajo altos estándares ambientales y sociales, articulándo-se con las demás políticas sectoriales, las autoridades territoriales y la sociedad civil. Ade-más, este Plan Nacional de Desarrollo subraya la importancia del sector en la generación

    1  Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”.

    de recursos que garantizarán el funcionamiento de distintos programas y planes públicos

    Por eso, el Gobierno Nacional ha emprendido la tarea de formular una única Política Mnera Nacional, que al recoger las diferentes políticas y lineamientos de las existentes enpaís se convierte en la política minera única integral de Colombia. Esta se apoyará en spilares fundamentales: seguridad jurídica, condiciones competitivas, confianza legítima,fraestructura, información y autoridad minera fortalecida y eficiente. El desarrollo de dichpilares y la articulación de la autoridad minera y demás entidades del Gobierno relaciodas con el sector ayudarán a asumir los retos que plantea el mismo.

    El objetivo fundamental es que la actividad minera, en todas sus escalas, se desarrolle

    forma ordenada, incluyente, competitiva y responsable, de tal manera que se incremenlas externalidades positivas en los territorios mineros en materia de empleo, ingresos, reglías, tributos, entre otros, y se adapte a los cambios que imponga el contexto internacioen materia de precios, mercados, clima y sustitutos energéticos.

    Es importante mencionar que a partir de espacios de diálogo en las regiones, se cons yeron los lineamientos generale s d e e sta política con los diferen tes actores de l a cadede valor de la minería: mineros, empresas mineras, gremios, universidades, corporacionregionales, alcaldías, gobernaciones y demás entidades relacionadas con la actividad nera en el país. Para esto se realizaron 16 jornadas de discusión de la Política Minera diferentes regiones de todo el país2.

    Este documento se divide en tres secciones, además de esta introducción. La primera seccpresenta el contexto nacional del sector minero colombiano y su institucionalidad, y planlos principales retos de la industria para los próximos años. La segunda sección incluyevisión, los pilares – base estructural de la política–, las líneas estratégicas, y contiene algnas precisiones acerca del plan de implementación. La última sección, que correspondelos anexos, incluye los antecedentes jurídicos, institucionales y normativos que han regidoactividad minera en los últimos años en Colombia, una caracterización del sector que edencia la importancia de la actividad minera en la economía del país y algunas definicionimportantes para este documento.

    2  Las jornadas se llevaron a cabo en diferentes sitios de los departamentos de Cundinamarca, Meta, Nariño, SantanBoyacá, Antioquia, Cauca, Guajira, Quindío, Valle del Cauca, Norte de Santander, Bolívar, Tolima y Huila.

    Ministerio de Minas y Energía

    1. EL SECTOR MINEROCOLOMBIANO

    1.1. Contexto minero

    El sector minero colombiano se caracteriza por la pro-ducción minera especialmente de carbón, níquel, es-meraldas, oro y materiales de construcción. Ha repre-sentado en promedio el 2.2 % del PIB entre 2010 y

    2015 y ha aportado el 19.6 % de las exportaciones y 16 % de inversión extranjera directa en el mismoperiodo. Además, genera aportes importantes parala Nación: la minería contribuye a las finanzas públi-cas con impuestos de renta, patrimonio, predial, ICAe IVA, así como con las regalías –un aporte exclusivode la actividad extractiva– y otras contraprestacioneseconómicas adicionales pactadas en muchos contra-tos mineros; de hecho, solo con los recursos obteni-dos por regalías entre 2010-2015, que ascienden a$9.7 billones, se pueden financiar dos año s comple-tos del programa social Familias en Acción 3.

    3  Programa bandera del gobierno nacional para la re- ducción de la pobreza, en cabeza del Departamento para laProsperidad Social (DPS), que consiste en transferencias condicio- nadas a todas aquellas familias con niños, niñas y adolescentesmenores de 18 años que requieren un apoyo económico paratener una alimentación saludable, controles de crecimiento y de- sarrollo a tiempo y permanencia en el s istema escolar.

    Asimismo, la creciente participación de la minería enla economía regional ha sido fundamental, toda vezque el sector es una fuente de ingresos importante anivel local. Los departamentos de Guajira, Cesar yCórdoba, por ejemplo, se destacan por la alta re-presentatividad del sector minero en sus economías.Además, la minería tiene impactos positivos importan-tes sobre diversas comunidades, pueblos indígenas,comunidades negras o afrocolombianas, raizales ygitanos, asentadas en el área de influencia de losproyectos mineros tanto existentes como potenciales.Algunas de estas comunidades han ejercido la mine-ría como medio de sustento por generaciones.

    Cabe resaltar que la actividad minera en Colombiatiene varias escalas y estándares de producción ymanejo ambiental. Por un lado, está la minería depequeña escala, que es la más numerosa cuandose habla de unidades de producción y que cuentacon algunas deficiencias en su desempeño. Sus ca-racterísticas hacen que los retos que tiene Colombiaen torno a esta escala en la industria no sean signifi-cativamente distintos a los que tienen otros países deAmérica Latina: se trata de una actividad con bajoconocimiento de los recursos y las reservas, lo que im-pacta negativamente sus procesos de planificación,con elevados costos de producción y transacción ycon limitado uso de tecnología en sus procesos. Noobstante, esta minería, que reúne a los mineros demenores ingresos, cuenta con gran capacidad para

    generar empleo y en algunos casos, como las es-meraldas, el oro y el carbón metalúrgico, dar valoragregado al mineral explotado.

    Otro tipo de proyectos son los de mediana escalade producción: los hay en minerales como carbón enel interior del país, en esmeraldas en Cundinamarca

     y Boyacá, en cobre en Chocó, en metales precio-sos en Antioquia y Caldas; y también de materialesde construcción, arcilla y caliza en varias zonas del

    país. Estos proyectos se caracterizan porque obtie-nen mayor conocimiento de los recursos y reservas,lo que fortalece su planeación minera, cumplen conlas normas laborales y de seguridad e higiene mine-ra, efectúan un buen aprovechamiento del mineral ymanejan los impactos que se podrían generar en elmedio ambiente y su entorno social.

    Por otro lado, existen también gran-des proyectos mineros que se rea-lizan bajo las mejores condiciones

     y estándares técnicos, económicos,ambientales y sociales, los cualesson muy importantes para la eco-nomía del país no solo por su ge-neración de ingresos, sino por suimpacto social y regional. Entreellos se pueden mencionar los pro-

     yectos de carbón a cielo abierto enGuajira y Cesar, que representan el86.6 % de la producción carbonera del país. El PIBminero en estos departamentos representa 42.6 % y47.3 % respectivamente4. Por otro lado, está el pro-

     yecto de níquel en Puerto Libertador (Córdoba) y unode metales preciosos que acaba de iniciar operacio-

    nes de montaje y construcción en Antioquia, junto aotros que se encuentran en etapa de exploración enAntioquia y Santander.

    La alta importancia de los grandes proyectos de car-bón ha hecho que el sector minero haya estado con-centrado especialmente en carbón. En ese sentido, sehace imperioso diversificar y promocionar la entradade otros proyectos en minerales diferentes, como al-gunos de los proyectos de interés nacional y estratégi-co (PINE) para la producción de metales preciosos enSantander, Antioquia y Tolima y de mineral de cobreen Antioquia y Chocó.

    4  Banco de la República - DANE (2015). Informe de Co- yuntura Económica Regional 2014. Departamento del Cesar ydepartamento de La Guajira.

    No se puede desconocer que en muchas regionexiste la actividad extractiva ilícita, cuyos efecson nefastos para el ambiente, la sociedad y economía del país: no paga impuestos, regalíaslas contraprestaciones legales; emplea menores edad; financia grupos criminales; contamina el dio ambiente y destruye ecosistemas al no cumlas normas ambientales; y explota anti-técnicamelos yacimientos, esterilizando recursos mineros. A

    más, esta situación le ha hecho daño al sector, pen muchas ocasiones la comunidad confunde eactividad ilícita con la minería legal y formal, quedesarrolla con altos niveles técnicos, sociales y abientales, cumpliendo con la normatividad laboratributaria y respetando los derechos humanos.

    En torno al tema de la administración de los recurmineros, es importante reconoque ha existido una activa transmación en las estructuras institucnales del sector, lo que ha conddo a la falta de continuidad en políticas de desarrollo del mismAsimismo, se han implementauna serie de programas y proyecen materia minero-ambiental, plos mismos han presentado limciones por la falta de coordinacentre las autoridades mineras y abientales.

    Lo anterior indica que las estrategias que se forlen para el desarrollo del sector minero deben tepresente su heterogeneidad y complejidad; debfavorecer la actividad minera con altos estánda

    técnicos, ambientales, económicos, laborales y socles, e ir de la mano de una fuerte articulación intucional para hacer una mejor gestión y adminisción de los recursos mineros del país. El desarrode la actividad minera se debe traducir en mejoen la calidad de vida de la población colombiaal generar desarrollo regional y nacional, y paello resulta fundamental que tanto los titulares miros como las instituciones involucradas cuenten ccapital humano altamente especializado, recursoprocesos adecuados, para la planeación, evaluac

     y seguimiento de la industria minera y que soportediversificación de nuestra oferta de minerales.

    El sector mineroes una fuentede ingresos

    importante a nivelnacional y local.

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    Edición 49.853

    Sábado, 23 de abril de 2016 DIARIO OFICIAL

    RECUADRO 1. PERCEPCIÓN DEL SECTOR MINERO

    La inversión constituye una variable fundamental para el desarrollo de las actividadesmineras. En ese sentido, para el sector minero colombiano es importante crear y mantenercondiciones que lo hagan atractivo internacionalmente, en particular, frente a sus compe-tidores.

    Al respecto, la encuesta minera realizada anualmente por el Instituto Fraser5 es reconocidaen el mundo por revelar el atractivo de un país, provincia, estado o jurisdicción, de acuer-do con la percepción que tienen los inversionistas acerca de su potencial geológico y delas políticas relevantes para el desarrollo de proyectos mineros. En la versión de 2015, seevaluaron 109 países/provincias/jurisdicciones.

    Cuando se indagó acerca del potencial geológico, asumiendo las mejores prácticas re-gulatorias, el índice arrojó que Colombia ocupaba el puesto 29, con un puntaje de 0.69,donde 1 era el máximo posible. Esto representa una mejora con respecto a la versiónanterior del reporte, en donde Colombia se había ubicado en la posición 47 (entre 122)

     y había obtenido un puntaje de 0.64.

    Además, esta encuesta cuenta con un índice que indaga sobre qué tan atractivas sonlas diversas políticas de un país orientadas a la exploración minera, y para ello tiene encuenta factores como la incertidumbre asociada a la administración, la interpretación yejecución de la regulación existente, la incertidumbre relacionada con la regulación am-biental, el sistema legal, el régimen impositivo, la infraestructura, las barreras al comercio,la estabilidad política, la regulación laboral, la información geológica y la seguridad,entre otros. En este índice, para el año 2015, Colombia ocupó el puesto 70, con un pun-taje de 53.75, donde 100 es el máximo posible. Colombia tuvo mejoras en el escalafónascendiendo desde la posición número 81, aunque con una pequeña disminución en sucalificación, que había sido de 57.23 en el año 2014.

    Por último, un índice compuesto, que da un peso de 60 % al potencial geológico (asumien-do las “mejores prácticas”) y de 40 % al índice de potencial político, mostró a Colombiaen la posición número 55, con un puntaje de 62.7, donde 100 es el puntaje máximo.En este índice, Colombia mejoró en su posición y calificación con respecto al año 2014,donde ocupó el puesto 61 y tuvo una calificación de 61.29.

    Revisando el comportamiento regional, la encuesta destacó el desempeño de Chile, Perú y México a nivel mundial, lo que puso de presente l as ventajas competitivas que tienenestos países de la región con respecto a Colombia. Sin embargo, Colombia tiene mejoresresultados que otros países como Bolivia y algunos de Centro América.

    Se puede decir que la percepción que tienen los inversionistas internacionales acerca delcontexto en el cual se desarrolla la actividad minera en Colombia, está definida por el altopotencial geológico, la carencia de información y la falta de claridad en las reglas de juego,lo que reafirma las necesidades del sector minero colombiano planteadas en este documento.

    5  Desde 1997, el Instituto Fraser realiza una encuesta de percepción con el fin de capturar la opinión de los adminis- tradores y los ejecutivos de las empresas acerca de las barreras y oportunidades para la inversión minera en los países (pro- vincias, estados o jurisdicciones). Para mayor información acerca de los resultados o de las consideraciones metodológicas,acceder al sitio web https://www.fraserinstitute.org/studies/annual-survey-of-mining-companies-2014

    1.2. Institucionalidad mineraEl Ministerio de Minas y Energía, a través del Vicemi-nisterio de Minas, es el encargado de formular las po-líticas del Gobierno para la administración del sectorminero; es decir, formular, adoptar, dirigir y coordinarlas políticas, planes y programas del sector6. El Vice-ministerio de Minas está conformado por dos direc-ciones: la de Minería Empresarial, encargada de loslineamientos para el aprovechamiento de los recursosmineros en relación con el desarrollo empresarial mi-nero, y la de Formalización Minera, responsable delapoyo en la formulación y el desarrollo de la política

    nacional para la formalización minera, así como delapoyo a la pequeña minería7. Otras competenciasrelevantes para el buen desempeño del sector se en-cuentran a cargo de las entidades adscritas.

    En primer lugar, la Agencia Nacional de Minería(ANM) es la ejecutora de la política y la responsablede los procesos de titulación, registro, asistencia téc-nica, fomento, promoción y vigilancia de las obliga-ciones emanadas de los títulos y solicitudes de áreasmineras. Además, es la encargada de administrar el

    6 Decreto 381 del 16 de febrero de 2012, Presidenciade la República7 Además, la Oficina de Asuntos Ambientales y Sociales,adscrita al Despacho del Ministro, tiene el objetivo principal depromover el aprovechamiento sostenible de los recursos no reno- vables y la gestión social integral en el sector 

    Catastro Minero y del Registro Minero Nacional.

    En segundo lugar, la Unidad de Planeación MineroEnergética (UPME) es la encargada de la planeaciónintegral, indicativa y permanente del desarrollo sec-torial y responsable de la producción y divulgaciónde la información requerida por los actores del sectorpara la toma de decisiones y la formulación de po-lítica8. Además, determina los precios de referenciapara la liquidación de regalías y, por delegación,administra el Sistema de Información Minero Colom-biano (SIMCO).

    Por último, el Servicio Geológico Colombiano (SGC),realiza la investigación científica del potencial de re-cursos del subsuelo del territorio nacional de acuerdocon las políticas del Ministerio de Minas y Energía9.En ese sentido, el SGC actualiza el mapa geológicocolombiano, caracteriza las zonas de mayor poten-cial de recursos del subsuelo, adelanta programas dereconocimiento, prospección y exploración del territo-rio nacional, compila, valida, almacena y suministraen forma automatizada y estandarizada los datos yla información del subsuelo y entrega información ala UPME para los estudios de planeación sobre suaprovechamiento.

    8 Decreto 1258 del 17 de junio de 2013, Presidenciade la República9 Decreto 4131 del 3 de noviembre de 2011, expedidopor la Presidencia de la República

    FIGURA 1. INSTITUCIONALIDAD DEL SECTOR MINERO COLOMBIANO

    * Además de las entidades propias del sector minero, es necesario tener en cuenta que existen otras entidades con las cuales es ne- cesario realizar labores de coordinación para la efectiva puesta en marcha de la política minera. Estas entidades son los Min isteriosdel Interior, Defensa, Transporte, Trabajo y Ambiente y Desarrollo Sostenible. Además, los Proyectos Estratégicos de Interés Nacional(PINE), constituyen una instancia de coordinación del más alto nivel para los proyectos estratégicamente más importantes.

     Agencia Nacional de Minería

    Servicio Geológico Colombiano

    Ministerio de Minas y EnergíaUnidad de Planeación

    Minero Energética

     Viceministerio de Minas- Dirección de Minería Empresarial- Dirección de Formalización Minera

    1.3. Principales retos asociadosal desarrollo de la actividadminera

    Teniendo en cuenta el contexto del sector minero, sehan identificado una serie de retos que dificultan eldesarrollo eficaz de la actividad minera en Colom-bia. Dichos retos están asociados con falta de coor-dinación institucional, conflictividad regional, demoraen los trámites, infraestructura deficiente, informalidaden la actividad, ausencia de mejores estándares entecnología, dificultades de financiamiento y factoresexternos como la caída en los precios internacionales y la menor inversión. A continuación se mencionanlos principales cuellos de botella que serán objeto de

    intervención a través de esta política:  Altos niveles de ilegalidad y/o informalidad

    en la actividad minera. Según el Censo Mine-ro10, de las 9.044 Unidades de Producción Mi-nera (UPM) que no trabajan bajo el amparo deun título en los 23 departamentos censados, el75 % son de pequeña escala y no cuentan coninstrumento ambiental. De igual forma, de estasUPM que no cuentan con título, solo un 14 %llevan la contabilidad de su actividad, mientrasque el 77 % no cuentan con ningún tipo deherramienta empresarial para el buen desarro-llo administrativo del proyecto minero. De otro

    10 Censo Minero Departamental 2010-2011. Ministeriode Minas y Energía. Dicho censo se elaboró para 23 de los 32departamentos del territorio nacional

    lado, se encuentra actividad minera que aun-que cuenta con un título minero, no tiene ins-trumento ambiental o teniéndolo no desarrollanla actividad conforme al Programa de Trabajos y Obras (PTO) y al Plan de Manejo Ambiental(PMA) aprobados por las autoridades. Lo an-terior genera bajos niveles de formalidad dela actividad minera en Colombia en aspectoslegales, técnicos, ambientales, económicos y tributarios, sociales y laborales, que traenimpactos sociales negativos en las regionesdonde se desarrolla la extracción minera (bajacompetitividad, productividad y bajos índicesde desarrollo humano).

    Inseguridad jurídica. La inexequibilidad de laLey 1382, que modificaba en algunos aspec-tos el Código de Minas (Ley 685 de 2001),la falta de normas claras en la definición deexclusiones ambientales y sentencias judicia-les como la C-123 de 2014 y la C-035 de2016, así como diversas interpretaciones delas normas por parte de la autoridad minera,en los últimos años, han generado cambios enlas reglas de juego para el sector minero. Esasí como la proliferación de normas y la faltade un marco jurídico estable ha dificultado latoma de decisiones por parte de los diferentesactores de la industria y se ha reflejado en lapercepción negativa de los inversionistas na-cionales e internacionales.

    Falta de coordinación institucional. Existe unafalta de articulación en aspectos normativos yde política entre entidades como el Ministeriode Minas y Energía, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio del Inte-rior, entre otros, así como entre las entidadesadscritas y vinculadas al Ministerio de Minas y Energía, lo que incrementa el riesgo de queno se logre una gestión eficiente ni una or-ganización adecuada. La falta de una visióncompartida acerca del futuro de la actividadminera por parte de las entidades del Estadopone en riesgo el buen desarrollo del sectorcomo potenciador de la actividad económicadel país.

    Ordenamiento territorial limitado con respec-to al uso del suelo y los determinantes am-bientales, así como falta de coordinación so-bre ello. En la actualidad “no existe una visióncompartida de mediano y de largo plazo entreel sector minero y otros sectores relacionadoscon el uso del suelo; según el Artículo 80 de laConstitución Política, el Estado debe planificarel manejo y el aprovechamiento de los recursosnaturales para garantizar su desarrollo sosteni-ble, su conservación, restauración o sustitución, y prevenir y controlar los factores de deterioroambiental, imponer las sanciones legales y exi-gir la reparación de los daños causados. Encumplimiento de dichas funciones, el Sistema

    Nacional Ambiental ha establecido una seriede instrumentos de planificación orientados adefinir los lineamientos de uso y manejo de losecosistemas”.

    Debe anotarse que el ordenamiento ambientalen Colombia se realiza bajo un enfoque decuenca hidrográfica11. De conformidad conlo señalado en el Decreto 1640 de 2012, elPOMCA (Plan de Ordenación y Manejo deCuencas Hidrográficas) es el “instrumento a tra-vés del cual se realiza la planeación del usocoordinado del suelo, de las aguas, de la flora y la fauna y el manejo de la cuenca entendidocomo la ejecución de obras y tratamientos, en

    la perspectiva de mantener el equilibrio entre elaprovechamiento social y económico de talesrecursos y la conservación de la estructura fisi-cobiótica de la cuenca y particularmente del re-curso hídrico”. Actualmente, los POMCA no seencuentran totalmente articulados con los Pla-nes de Ordenamiento Territorial de los munici-pios, ya que no se realiza una caracterizacióndel territorio en todos sus aspectos y tampocose hace un análisis de potencialidades, limi-tantes y condicionamientos para los diferentesusos del territorio, entre ellos el minero.

    11 Política Nacional para la Gestión Integral del RecursoHídrico expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sos- tenible en 2010 y Decreto 1640 de 2012.

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    8  DIARIO OFICIALEdición 4

    Sábado, 23 de abril de

    Trámites mineros y ambientales atrasados.Hay una demora en los trámites gubernamen-tales, así como una falta de respuesta eficiente y oportuna en los procesos asociados a la ac-tividad. La autoridad minera (ANM), aunqueestá implementando un plan de descongestión,actualmente no cuenta con tiempos predeciblesni oportunos de respuesta.

    Deficiencia en los sistemas de informaciónmineros. Aunque existe mucha información delsector –valiosa para la toma de decisiones ypara la formulación de políticas públicas–, esnecesario contar con estudios de subsuelo, ma- yor información geológica y, posteriormente,un sistema de información actualizado y queopere eficientemente, para así conocer aspec-tos como la cantidad de reservas y la oferta yla demanda de los minerales. Asimismo, estesistema de información debe permitir que sehaga un seguimiento y control adecuados alos títulos mineros y también que se ejerza uncontrol de la ilegalidad y de las problemáticaasociadas. Además, debe servir para darle in-formación en línea y actualizada a los colom-bianos sobre el sector.

    Infraestructura deficiente. El mal estado de lainfraestructura vial y férrea no permite mejorarlas condiciones de competitividad del país.Tanto las vías terrestres como el modo férreocon el que se cuenta actualmente, a pesar de

    los recientes avances, no son suficientes o noestán adecuados aún para el transporte de losminerales. Falta, además, recuperar la navega-bilidad de ríos para transportar los minerales,lo que permitiría la intermodalidad y, a su vez,disminuir la dependencia del modo carretero.La débil situación de Colombia en este aspectoafecta de forma importante la competitividaddel sector, ya que una parte significativa de laestructura de costos de los empresarios (espe-cialmente en carbón) corresponde a los costosde transporte y carga del mineral.

    Carencia de encadenamientos productivos.Según la UPME, “los encadenamientos produc-tivos hacia adelante y hacia atrás en la mine-ría se consideran insuficientes pues, entre otrascausas, el país no ha desarrollado una estrate-gia entre el sector público y las empresas quepermita realizar una completa coordinación deinformación entre la necesidades de la deman-da (las empresas mineras) sobre la calidad ycantidad de bienes y servicios que requierenpara sus procesos productivos y la informaciónsobre la oferta nacional, regional y local (em-presas de otros sectores productivos) que pu-dieran atender los requerimientos de la mineríaen forma competitiva”.12

    12 Documento con propuestas de lineamientos para la po- lítica minera, Unidad de Planeación Minero Energética (UPME),2015.

    Conflictividad social. Existe una mala reputa-ción, o aversión, frente a la actividad minera,así como niveles importantes de conflictividad yresistencia a los proyectos en muchas regionesdonde se desarrolla la minería, debido a la es-casa implementación de procesos de difusión y socialización efectivos sobre los impactos po-sitivos y negativos que genera esta actividad.Actualmente, hay desinformación en las comu-nidades cuando se expone la idea errónea deque la minería en general es nociva para elambiente, la economía y la sociedad, lo cual

    dificulta la implementación y puesta en marchade los proyectos mineros. Aunque mucho de loanterior es producto de una creciente campañade protección a ultranza del medio ambiente,entre otras razones, debe ser claro que erroresque algunas empresas mineras cometieron enel pasado han sido fuente de descontento lo-cal.

    Proliferación de los nombres que se le dana las actividades mineras. El incremento delas actividades ilegales asociadas con la mi-nería y la falta de una estandarización de losconceptos y definiciones en torno al desarro-llo de la actividad están generando confusiónen la institucionalidad y en los miembros dela industria, además en la opinión pública ylos ciudadanos en general. Hoy se habla deminería criminal, ilegal, informal, ancestral, tra-dicional, trasnacional o de megaminería; todasestas denominaciones han generado confusiónentre los actores de la cadena y, en algunos ca-sos, incertidumbre en la aplicación de normaso reglamentos.

    Caída internacional de precios. La caída enprecios de los minerales, específicamente níquel, oro y carbón, acompañado de una adependencia de los mercados existentes, poen riesgo la rentabilidad y competitividad negocio minero en el corto y mediano plazo

    Baja inversión extranjera. En el sector minela inversión extranjera para el periodo coprendido entre 2008 y 2013 se mantuvo promedio en el orden de los USD$2.422 mnes anuales, a excepción del año 2010, cu

    do la inversión solo alcanzó los USD$1.7millones, dada la caída en los precios innacionales. Para 2014 y 2015, se presede nuevo una caída importante en la inversextranjera en el sector, explicada principalmte por la baja en los precios del petróleo y carbón, lo que ha generado la salida del pde algunos inversionistas.

    Poca competitividad. Aunque con algunas cepciones, el sector minero formal colombiapresenta bajos niveles de inversión en innoción, tecnología y desarrollo, tanto al intede las empresas como en centros de investición y academia. Además, hay oportunidade mejora en la formación de capital huma y desarrollo de capacidades para el secPor último, existen pocas oportunidades denanciamiento para las actividades del secdebido al desconocimiento del sector y a ucreciente y generalizada mala reputación.

    Ministerio de Minas y Energía

    2. POLÍTICA MINERA:BASES PARA LA MINERÍA DEL FUTURO

    2.1. Visión

    Teniendo en cuenta que la minería es fundamental

    para el desarrollo no solo del país sino de las re-giones, debe existir consenso en que la minería sedebe desarrollar, siempre y cuando se haga bajo losmejores estándares, y con el fin de superar los retosmencionados en la sección anterior. Por eso plantea-mos esta visión:

    “En 2025 Colombia contará con un sector mineroorganizado, legítimo, incluyente y competitivo, ge-nerador de desarrollo tanto a nivel regional comonacional, y que servirá de apoyo para el apalan-camiento del postconflicto. Esto se logrará a travésde estrategias y proyectos que mejoren las condi-ciones de seguridad jurídica, aumenten las condi-ciones competitivas, generen confianza legítima,optimicen la infraestructura, brinden informaciónoportuna y de calidad y que permitan una institu-cionalidad minera eficiente y fortalecida”.13

    13 Para la construcción de la Visión de la Política Minera

    2.2. Clasificación de la minería

    En el marco de lo establecido en el artículo 21 14 del Plan Nacional de Desarrollo, se estableció quela minería en Colombia debía clasificarse según suproducción o tamaño. Lo anterior, debido a que seentendió que la minería colombiana no era uniformeni homogénea y que una regulación diferencial paracada escala era la mejor forma de exigirles según suscondiciones, pero así mismo, era la mejor forma decrear políticas y programas acordes con las necesi-dades de cada una.

    En 2016, el Gobierno Nacional expedirá la regla-mentación que definirá la gran minería, la medianaminería, la pequeña minería y la minería de subsisten-cia. Para este trabajo, el Ministerio de Minas y Ener-gía ha adelantado talleres con más de 200 expertosen varias regiones del país (empresas, asociaciones,

    de Colombia se tomó como referencia el Plan Nacional de De- sarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”, el estudio dela UPME con la Universidad Nacional Escenarios mineros paraColombia 2032 y el documento Conpes 3527 Política Nacionalde Competitividad y Productividad, entre otros.14 El Artículo 21 de la Ley 1753 del 2015 estableció“clasificar la minería en grande, mediana, pequeña y minería desubsistencia, con el fin de implementar una política diferenciadaacorde a las características de cada una de las clasificacionesque se definan”. Por esto, Colombia en los últimos meses ha veni- do adelantando un trabajo riguroso para definir las escalas de laminería con base en criterios de producción anual y área, segúnlo estipulado en el Plan Nacional de Desarrollo (PND).

    gremios, mineros, corporaciones regionales, entreotros), así como acciones de trabajo de campo en8 departamentos (Tolima, Huila, Guajira, Antioquia,Quindío, Valle del Cauca, Cundinamarca y Boyacá)

     y grupos de trabajo entre las instituciones relaciona-das (MinMinas, ANM, UPME).

    2.3. Pilares

    En el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país” y en concordanciacon las necesidades de la industria, esta política seenfoca en 6 pilares estratégicos que darán respuesta alos retos aquí planteados, además de dar señales cla-ras de política pública tanto a los inversionistas comoa los mineros y a la sociedad colombiana, en general.

    La Política Minera de Colombia se fundamenta en lossiguientes pilares:

    1. Seguridad jurídica: Tener un marco legal claro y estable para el desarrollo del sector.

    2. Condiciones competitivas: Promover condicio-nes competitivas para la industria minera, quegarantice que puedan extraerse los minerales yobtener los impuestos, las regalías y el empleominero que necesita el país y que permita uneficiente desarrollo de la industria.

    3. Confianza legítima15: Generar relación de tua confianza entre el Gobierno, el sector pductivo y las comunidades mineras.

    4. Infraestructura: Realizar gestión para la apliación y modernización de la infraestructde transporte existente en el país.

    5. Información: Ampliar el conocimiento delrritorio colombiano desde el punto de v

    geológico-minero, así como de los sistemas información minera que le dan soporte al derrollo de la actividad.

    6. Institucionalidad minera fortalecida y eficite: Mejorar los niveles de eficiencia de la toridad minera en aspectos como tiempos respuesta y agilidad en los trámites.

    15 Aunque desde el punto de vista legal, la “confialegítima” corresponde a una figura jurídica derivada del pcipio de la buena fe y la seguridad jurídica consagrado eConstitución Política (Art. 83), esta definición jurídica distala perseguida en el presente documento de política. En el seminero se pretenden generar vínculos perdurables que consolila participación y los objetivos comunes entre los intereses dAdministración Pública y de los actores del sector La definicde “confianza legítima” para este documento será ampliada adelante en la presente sección.

    FIGURA 2. CLASIFICACIÓN Y PILARES DE LA POLÍTICA MINERA 

    *G: gran minería, M: mediana minería, P: pequeña minería, S: minería de subsistencia.

    Seguridad jurídica

    Condicionescompetitivas

    Información

    Infraestructura Confianza Legítima

    G

    P S

    MInstitucionalidad 

    minerafortalecida y

    eficiente

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    Edición 49.853

    Sábado, 23 de abril de 2016 DIARIO OFICIAL

    2.3.1. Seguridad jurídica“Los proyectos de minería requieren altas inver-siones y sus retornos se producen en el largo pla-zo, por lo cual la capacidad del inversionista sedefine en gran medida porque estas condicionesde estabilidad puedan cumplirse a cabalidad”16.En ese sentido, uno de los aspectos fundamenta-les para que se incentive la inversión minera enun determinado país es la existencia de reglasclaras en la normatividad jurídica, que generenconfianza y predictibilidad para tomar decisionesde inversión.

    Además, conociendo la importancia del ordena-miento territorial en el desarrollo de las activida-des productivas, se hace necesario contar con unordenamiento del sec-tor minero planeado

     y concer tado con lasautoridades territoria-les, con el fin de quelos nuevos proyectosse desarrollen de ma-nera armónica conlos demás sectores ygeneren desarrollo ensus poblaciones deimpacto.

    Este pilar busca que elMinisterio de Minas yEnergía, junto con susentidades adscritas,aporte para la cons-trucción de un ordenamiento jurídico estable, aligual que plantee estrategias que permitan en eltiempo el incremento de la inversión e xtranjera enel sector minero, así como la tranquilidad para elinversionista, con el propósito de generar mayorriqueza en el territorio nacional. Lo anterior nosolamente desde lo legal, sino también desde loregulatorio y lo relacionado con conceptos jurídi-cos tanto del Ministerio de Minas y Energía comode la Agencia Nacional de Minería.

    16 Documento con propuestas de lineamientos para la po- lítica minera, Unidad de Planeación Minero- Energética (UPME),2015.

     Algunas acciones:

    1. Promover la capacitación y el diálogo abierto so-bre minería con autoridades locales y otras ramasdel poder.

    2. Aplicar debidamente los principios de coordina-ción, subsidiaridad y concurrencia con las au-toridades locales, según la Sentencia 123 de2014.

    3. Expedir los decretos reglamentarios del Plan Na-cional de Desarrollo 2014-2018.

    4. Implementar medidas para la unificación de inter-pretaciones jurídicas al interior de la ANM.

    2.3.2. Condiciones competitivasEste pilar busca incrementar la competitividad de laindustria minera colombiana en los mercados nacio-nales e internacionales, entre otros, considerando la

    reducción de costosde transacción, conel fin de hacer másatractivo al sector mi-nero colombiano. Elcosto del canon su-perficiario, los preciosde la energía, los im-puestos a los explosi-vos, los aranceles, lamodernización de lainfraestructura existen-te, la introducción deinnovación y tecnolo-gía en la minería y latransferencia de tecno-

    logía serán variablesa considerar.

    De igual forma, con elfin de asegurar estabilidad en los ingresos provenien-tes de regalías y compensaciones económicas de losproyectos mineros, en este pilar se incentivarán lasmodificaciones legales, además del diseño de meca-nismos y lineamientos que le permitan a la autoridadminera adoptar instrumentos para flexibilizar las fór-mulas de pago reguladas por la ley y pactadas enlos contratos de acuerdo con el ciclo de precios delos minerales. Esto como sustento de las eventualesmodificaciones contractuales de estos títulos. Asimis-

    Reglasclaras en la

    normatividadjurídica, que

    generenconfianza y

    predictibilidadpara tomar

    decisiones deinversión 

    Incrementar lacompetitividadde la industria

    mineracolombiana enlos mercadosnacionales e

    internacionalespara hacer más

    atractivo al

    sector minero 

    mo, con el propósito de impulsar la competitividadminera, el Gobierno Nacional buscará prepararsepara el mayor financiamiento público y privado de lapequeña y mediana minería.

    Además, de acuerdo con el Plan Nacional de De-sarrollo 2014-2018, el crecimiento verde constituyeuna de las estrategias transversales para el desarrollodel país. En ese sentido, la investigación, el desa-rrollo tecnológico y la innovación y las medidas deadaptación y mitigación al cambio climático debencontribuir al desarrollo del sector de manera armóni-ca con otras actividades y a su desarrollo sostenible y competitivo, es decir, bajo el entendido que tenerun crecimiento verde no implica la imposibilidad dehacer minería.

    Por último, es importante afianzar los vínculos con laseconomías regionales y contrarrestar la dependenciade factores externos asociados a la actividad mine-ra, como por ejemplo el impacto de la caída en losprecios internacionales de los minerales, en algunoscasos de minerales estratégicos para el país como eloro y carbón.

    De esta forma, el Estado a través de una estrategiade mejoramiento de sus condiciones competitivas, yde la mano de la política internacional del sector mi-nero-energético, incentivará la llegada de empresasal sector y la consolidación de las existentes, lo quepromoverá el desarrollo de la industria y el crecimien-to económico del país.

     Algunas acciones:

    1. Generar mayores capacidades, de capital hu-mano, tecnología y financiamiento, en el sectorminero con el fin de que la actividad se de-sarrolle bajo altos estándares ambientales, deseguridad, sociales y económicos y tenga ma- yores impactos positivos sobre las regiones deinfluencia, directa e indirecta, de la minería.

    2. Flexibilizar las fórmulas para los pagos y re-galías reguladas por la ley y pactadas en loscontratos, de acuerdo con el ciclo de preciosde los minerales.

    3. Diseñar mecanismos que permitan aumentar lasoportunidades de financiamiento, público y pri-vado, de las actividades del sector.

    4. Crear planes de adaptación y mitigación delimpacto ambiental, de cara al cambio climáti-co, para ofrecer mejor visibilidad y mayor com-petitividad del sector.

    5. Crear programas de generación de mayoresencadenamientos, con proveedores y clientesdel sector, toda vez que ayuden a afianzar losvínculos con las economías regionales.

    2.3.3. Confianza legítimaUn aspecto fundamental para el fortalecimiento delsector minero en el país es la confianza entre las par-

    tes involucradas en la actividad: el Gobierno Nacio-nal, regional y municipal, el sector productivo y lascomunidades. Es en este sentido, y con el fi n de con-solidar la legitimidad del sector en todos los nivelesterritoriales, a través de este pilar que genere valoragregado al desarrollo de las regiones a través deldiálogo tripartita y los instrumentos de buenas prác-ticas como la responsabilidad social empresarial, latransparencia, la sustentabilidad ambiental, la segu-

    ridad y salud en las labores mineras y el respeto ygarantía de los derechos humanos.

    Para ello, el Estado colombiano vieneimplementando la Estrategia Socialdel Sector Minero, en la que partici-pan el Gobierno (nacional, departa-mental y municipal), el sector producti-vo y las comunidades a través de treslíneas de intervención en los territorios y regiones donde está presente la ac-tividad. La estrategia social del sec-tor minero tiene por objetivo generarconfianza en el sector y fortalecer lasrelaciones entre sus actores, para con-solidar esta actividad como un aliadodel desarrollo territorial.

    La primera línea de acción de estaestrategia está enfocada en el diseñodel marco institucional de coordina-ción, para fortalecer las intervenciones de las enti-dades del Gobierno en los territorios, como lo esta-bleció la Sentencia C-123 de 2014 y la C-035 de2016, lo cual refleja una fuerte presencia del Estado y de la institucionalidad pública en las regiones. Adi-

    cionalmente, en cabeza de la autoridad minera, sefortalecerán los canales entre el Gobierno Nacional y los gobiernos territoriales, lo que contribuirá a unordenamiento minero compatible y alineado con laplaneación y el ordenamiento territorial de las áreasen las que se desarrolla la actividad, atendiendo asílos principios de coordinación, concurrencia y subsi-diariedad.

    Como segunda línea de acción, el Gobierno Nacio-nal definirá mecanismos de participación y diálogopara lograr condiciones de mutua confianza entrelos actores involucrados en la cadena de valor de laminería. De esta forma, se espera disminuir la conflic-tividad social en las regiones donde se pretende de-sarrollar nuevos emprendimientos mineros o en dondeactualmente se desarrollan proyectos.

    Igualmente, se promoverá el fortalecimiento de las ca-pacidades territoriales, tanto civiles como estatales,para que las regiones y los municipios productoresmaterialicen los beneficios propios del desarrollo,con el uso adecuado y pertinente de los recursos deregalías. Paralelamente, se establecerán accionesencaminadas a ampliar los conocimientos sobre elsector minero, dirigidas a los actores territoriales, através de espacios de información y formación que

    den como resultado el desarrollo de diálogos infor-mados entre las partes.

    Finalmente, la tercera línea de acciónpretende consolidar la actividad mine-ra como un factor aliado para el de-sarrollo humano, al generar valor so-cial agregado en los territorios. Es asícomo se impulsarán procesos de inclu-sión social en los cuales se valorará laactividad minera como una actividadeconómica beneficiosa y socialmenteviable para aportar al desarrollo te-rritorial y al de las comunidades. Eneste sentido, se pretenden fortalecerlas alianzas y unir esfuerzos entre lasempresas, las comunidades y el Go-bierno para trabajar en objetivos co-munes identificados como prioritariospara el desarrollo territorial y regional.

    En el marco de la Estrategia Social del Sector Mi-nero, las empresas tienen un rol fundamental en lacreación de confianza legítima entre las partes involu-cradas; para esto deben garantizar, desde la llegadaa los territorios, una información transparente, veraz y

    oportuna sobre los impactos y perspectivas del desa-rrollo del proyecto, asegurando siempre el respeto yla no violación de los Derechos Humanos.

    En ese orden de ideas, en concordancia con la Ley685 de 2001, Código de Minas, la cual incluyeuna serie de artículos orientados a garantizar la pro-tección de las minorías étnicas asentadas en el áreade influencia de los proyectos mineros, el Gobiernogarantizará la evaluación de los proyectos teniendoen cuenta la integridad cultural, así como los valoresculturales, sociales y económicos de las comunidades y grupos étnicos. De igual forma, en este proceso deconstrucción de confianza legítima participarán, ade-más de los pueblos indígenas, las comunidades ne-gras o afrocolombianas, raizales y los rom o gitanos.

    La políticaminera busca

    que la actividadgenere valoragregado al

    desarrollo de lasregiones a través

    del diálogotripartita y los

    instrumentos debuenas prácticas 

     Algunas acciones:

    1. Afianzar los canales de comunicación entre elGobierno Nacional y los gobiernos territorialesen el desarrollo de los principios constitucionalesde coordinación, subsidiaridad y concurrencia.

    2. Incentivar mecanismos de participación y diálo-go para lograr condiciones de mutua confianzaentre los actores involucrados en la cadena de

    valor de la minería. Esto involucra el fortaleci-miento de las capacidades territoriales, tantociviles como estatales, para que las regiones ylos municipios productores materialicen los bene-ficios propios del desarrollo de la actividad mi-nera y la creación de espacios de información yformación que den como resultado el desarrollode diálogos informados entre las partes.

    3. Consolidar la actividad minera como un sectoraliado del desarrollo, al generar valor socialagregado en los territorios generando empleo,produciendo encadenamientos y haciendo quelos proyectos financiados con regalías o porlas empresas se ejecuten debidamente y esténal servicio de la comunidad.

    4. Generar una política de empresa y derechos hu-manos aplicada al sector minero-energético, en elmarco del Plan Nacional de Acción de Empresas y Derechos Humanos, liderado por la ConsejeríaPresidencial para los Derechos Humanos.

    2.3.4. Infraestructura

    En temas de infraestructura de transporte, se debe“avanzar hacia una industria minera que llegue a sudestino final con eficiencias comparativas y esté enmejor capacidad de competir en los mercados inter-nacionales, principalmente en la coyuntura actual decaída de los precios, que afecta tanto a los grandescomo a los pequeños y medianos productores”17.

    Este pilar busca que el Gobierno Nacional en un me-diano plazo, a través del sector de transporte, formule eimplemente proyectos de inversión dirigidos a adecuarla infraestructura nacional existente, específicamente laligada al sector minero, como los ferrocarriles, las víasde orden nacional, departamental y municipal y la na-

    17 Documento con propuestas de lineamientos para la po- lítica minera, Unidad de Planeación Minero- Energética (UPME),2015.

    vegabilidad del ríoMagdalena.

    De esta forma, elGobierno Nacio-nal mejorará lascondiciones decompetitividad dela industria mineraal disminuir los cos-tos de transporte delos minerales delinterior del país. Através de proyectosestratégicos, se op-timizarán las condi-

    ciones de intermodalidad para la comercialización delos minerales del territorio nacional. La navegabilidaddel río Magdalena, la segunda fase de rehabilitacióndel Ferrocarril central, la construcción del ferrocarril delCarare, la terminación de la construcción de la segun-da línea del ferrocarril de Fenoco, la pavimentaciónde la troncal del carbón y el mejoramiento de algunasvías terciarias estratégicas son algunos de los proyec-tos que la política considera prioritarios para el sector yque buscará promover con el Ministerio de Transporte y las demás entidades gubernamentales.

     Algunas acciones:

    1. Promover, ante la entidad competente, la rehabi-litación del ferrocarril central en su segunda fase y la construcción del Ferrocarril del Carare.

    2. Acompañar la terminación de la construcción

    de la segunda línea del ferrocarril que soportela expansión de la producción de carbón en eldepartamento del Cesar.

    3. Promover y gestionar, ante la autoridad compe-tente, la pavimentación de la troncal del car-bón en Cundinamarca y Boyacá, así como laterminación de pavimentación de cuatro víasnacionales y el mejoramiento de algunas víasterciarias estratégicas.

    4. Fomentar la adecuación y construcción depuertos fluviales para el uso eficiente del canalnavegable del río magdalena.

    5. Plantear una agenda conjunta con el sectortransporte para el cumplimiento de las accio-nes antes descritas.

    Debemos avanzarhacia una industriaminera que lleguea su destino finalcon eficiencias

    comparativas y esté

    en mejor capacidadde competir enlos mercados

    internacionales.

  • 8/17/2019 Diario oficial de Colombia n° 49.853. 23 de abril de 2016

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    Sábado, 23 de abril de

    2.3.5. InformaciónUn mejor conocimiento del potencialde los recursos del subsuelo permitetomar decisiones sobre su desarrollo,la planificación del territorio y el fo-mento de la inversión. El GobiernoNacional, a través del Servicio Geo-lógico Colombiano, en un medianoplazo incrementará el conocimientoque se tiene del territorio colombianodesde el punto de vista geológico-minero, para lo cual continuará desa-rrollando proyectos de investigación

     y cartografía geológica, geoquímica y geofísica y desarrollará programasde exploración sistemáticos y perma-nentes de los recursos del su bsuelo.

    Paralelamente, es importante recono-cer que la industria minera es fuente

    de información primaria. Por ello, el trabajo conjuntocon las compañías y los titulares mineros es fundamen-

    tal para la generación de informaciónque, desde las empresas, sea útil parala planeación y el diseño de políticasdel sector. Además, la información delos proyectos mineros que se ha obte-

    nido durante las actividades de fisca-lización deberá administrarse estraté-gicamente en sistemas de informaciónque permitan utilizarse y transformarseadecuadamente para la toma de deci-siones y pueda ser consultada por lasmismas comunidades.

    De esta forma, se contará con informa-ción oportuna, confiable y de calidadpara la toma de decisiones de políti-ca pública, así como para la toma dedecisiones de inversión por parte delos privados. Adicionalmente, a través

    Un mejorconocimientodel potencial

    de los recursosdel subsuelo

    permite tomardecisiones sobre

    su desarrollo,la planificacióndel territorio y

    el fomento de lainversión.

    FIGURA 3. INFRAESTRUCTURA PARA LA MINERÍA 

    Carbón

    Rutal del sol y otras vías nacionales

    Río Magdalena

    Vías Férreas actuales

    Vías Férreas proyectadas

    Centro de transferencia

    Proyectos Estratégicos de InterésNacional, PINES, mineros

    1. Nuevos puertos: Puerto Brisa yMamonal

    2. Se rehabilitó el Ferrocarril Central

    3. Se está recuperando navegabilidaddel Río Magdalena

    4. Avances en vías nacionales delAltiplano Cundiboyacense

    5. Terminación segunda línea Fenoco

    FCC Cerrejón

    Cupica

    Ferrocarrilde Upar

    Concesióndel Pacífico

    Ferrocarrildel Carare

    Corredor AltiplanoCundiboyacense

    SistemaFerroviario Central

    de sistemas de información y de conocimiento geo-lógico se eliminarán los problemas de asimetría deinformación del sector. Todo lo anterior, aportará a lagobernabilidad del sector.

     Algunas acciones:

    1. Seguir avanzando en el conocimiento geológico:cartografía geológica, geoquímica y geofísica.

    2. Actualizar e implementar el Catastro y RegistroMinero, el SI Minero18 y el Registro Único deComercializadores Mineros (RUCOM)19. Estasdeben ser herramientas funcionales, confiables

     y de fácil acceso y deben contener informacióndetallada por mineral y a escalas apropiadas.Asimismo, deberán incluir información de laszonas excluidas y excluibles de la minería, delos títulos y las solicitudes vigentes, y demás da-tos que sean de interés para la institucionalidadminera, los inversionistas y la ciudadanía20.

    3. Generar y capturar información proveniente delas empresas, para la planeación y el diseñode políticas del sector. Esto involucra la defini-ción de grupos de interés, quiénes aportaráninformación, con qué periodicidad y con quécalidad, para así levantar de manera perma-nente información de la industria minera21.

    4. Producir información para el conocimiento de larealidad del sector minero y de su importancia anivel nacional y regional. En este punto se des-taca la implementación de la Iniciativa para laTransparencia de las Industrias Extractivas (EITI).

    18 Es una herramient a tecnológi ca que integra trámites, pro- cesos y servicios de la administración del recurso minero, con los

    sistemas de información existentes, como el RUCOM. En ese sen- tido, agiliza significativamente trámites, procesos y servicios a losusuarios a través de la introducción de mecanismos informáticos.19 El RUCOM es una medida de control, soportada poruna herramienta tecnológica, que permite certificar a las perso- nas naturales y jurídicas que comercializan de los minerales en elterritorio nacional con el propósito de darle mayor transparenciaa la actividad comercializadora de minerales en Colombia. Esadministrado por la Agencia Nacional de Minería.20 Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “To- dos por un nuevo país”, Departamento Nacional de Planeación(DNP) Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todospor un nuevo país”, Departamento Nacional de Planeación (DNP).21 Documento con propuestas de lineamientos para la po- lítica minera, Unidad de Planeación Minero- Energética (UPME),2015.

    2.3.6. Institucionalidad minerafortalecida y eficiente

    Con el propósito de lograr avances significativosla productividad del sector, el Estado enfocará esfzos en mejorar los niveles de eficiencia de la autdad minera. Esto repercutirá en aspectos claves cola respuesta oportuna, la fiscalización eficiente y drenciada, la promoción y el fomento de la actividen un marco de reglas claras para el inversionistapresencia regional, la modernización del catastronero y la puesta en marcha de procesos de s eleccen las áreas estratégicas.

    A través de este pilar se optimizará el esquema bel cual se hace la fiscalización minera, a cargo Ministerio de Minas y Energía: las entidades en qnes se delegue –cumpliendo con los criterios que parta el ministerio– programarán detalladamenteactividades que hay que llevar a cabo, con el de disuadir el incumplimiento de la normatividad parte de los concesionarios. Se hará énfasis en visitas de campo