modelos criminologicos, de prevencion de reaccion al delito

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En este articulo encontrarás dos modelos de prevención criminológica

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TEMA 7. ANÁLISIS SOCIOLÓGICO DEL DELITO . La moderna Sociología Criminal no se limita a resaltar la importancia del “medio” o “entorno” en la creación de la criminalidad, sino que ve el crimen como un fenómeno social. La Sociología Criminal contemporánea tiene un doble enfoque, el europeo y el EEUU. Buena parte del éxito de los modelos sociológicos esta en la utilidad práctica de la información que suministran. Sólo estas teorías parten de la premisa de que el crimen es un fenómeno social muy selectivo, muy unido a ciertos procesos, estructuras y conflictos sociales y, tratan de aislar sus variables. El delito como fenómeno social: exposición y crític a de los principales modelos y teorías. TEORÍAS MULTIFACTORIALES. Siguen estos planteamientos GLUECK, BURT, TAPPAN,… Ámbito de investigación preferido es la delincuencia juvenil. Usan un método empírico inductivo; faltando el rigor de un marco teórico definido. Entienden que la criminalidad nunca es resultado de un único factor o causa, sino de la acción combinada de muchos datos, factores y circunstancias. El prototipo de investigación plurifactorial es la llevada a cabo por le matrimonio GLUECK en 1950. Durante 10 años examinan a 500 parejas de jóvenes delincuentes y no delincuentes, buscando factores diferenciales entre ellos. Concluyendo que los factores más relevantes serían: la vigilancia del joven por su madre, la mayor o menor severidad con que está le eduque y el clima de armonía o las desavenencias familiares. Estas teorías han demostrado el simplismo con que operaron las viejas teorías monocausales. Han aportado valiosa información, realista y completa, acerca de ciertos fenómenos criminales como la delincuencia juvenil. Relacionan los factores que intervienen en el crimen pero sin jerarquizarlos. No explican ni fundamentan de qué forma y porque influyen en el comportamiento criminal, ni como interactúan entre sí. ESCUELA DE CHICAGO (TEORÍA ECOLÓGICA). Es la cuna de la moderna Sociología americana, se caracterizó por su empirismo y su finalidad pragmática. Su temática preferida fue “Sociología de la gran ciudad”, el análisis del desarrollo urbano, de la civilización industrial y la morfología del crimen en ese nuevo medio. La primera de las teorías que surge en el ámbito de esta escuela es la teoría ecológica, entre sus representantes están PARK, BURGESS, MCKENZIE,… El marco de atención es la gran ciudad cono unidad ecológica. Y su tesis, que existe un claro paralelismo entre el proceso de creación de los nuevos centros urbanos y la criminalidad de los mismos. La ciudad produce delincuencia. Esta teoría explica esto, accediendo a los conceptos de desorganización y contagio inherentes a los modernos núcleos urbanos, y sobre todo el debilitamiento del control social que en ellos tiene lugar. El deterioro de los grupos primarios (familia), la modificación de las relaciones interpersonales que se vuelven superficiales, la perdida de arraigo al lugar de residencia y la crisis de los valores tradicionales y familiares. La primera obra que asume la teoría ecologista se debe a PARK, Burgess y MCKENZIE, defienden que el crimen es producto de la desorganización propia de la gran ciudad, en la que debilita el control social y se deterioran las relaciones humanas, propagándose un clima de vicio y corrupción contagioso. La investigación más conocida es la THRASHER que examinó 1313 bandas que operaban en Chicago. Estas teorías han tenido el mérito de llamar la atención sobre el impacto criminógeno del desarrollo urbano. Pero el contrapunto de ellas esta se basa en la fuerza atractiva de ciertas zonas, dándolas un papel de causa que no es cierto. En resumen ciertas zonas atraen la delincuencia y hacen que se concentre en ellas, pero no crean esa delincuencia. El estudio estrictamente ecológico se ha sustituido des los años 50 por el estudio de “área social” y por métodos estadísticos multivariados.

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El factor espacial interesa no sólo para explicar el delito (génesis, distribución), sino para prevenirlo. A esta nueva orientación apuntan JEFFERY que sugiere prevenir la criminalidad a través del diseño arquitectónico y urbanístico, NEWMAN que defiende el diseño urbano y arquitectónico favorece el crimen, al permitir el fácil acceso de extraños, defendiendo que ciertos elementos físicos alrededor de las áreas públicas pueden infundir a los residentes un sentimiento de “comunidad” y de “territorialidad” que les autorresponsabilizaría progresivamente en la defensa de su hábitat frente al delito y, la actual Psicología Comunitaria. La Psicología Comunitaria es un enfoque ambientalista con connotaciones ecológicas, que surge en los 60, reclama un papel más activo de las pequeñas comunidades y estimula la acción de las instituciones mediadoras entre la vida privada del individuo y la esfera pública. TEORÍA ESTRUCTURAL-FUNCIONALISTA O DE LA “ANOMIA”. Sus principales representantes son DURKHEIM, MERTON,… surge en el contexto de una economía muy industrializada y con profundos cambios sociales. Sus postulados de mayor trascendencia son la NORMALIDAD del crimen, pues este no tendría su origen en ninguna patología individual ni social sino en el normal y regular funcionamiento de todo orden social; y la FUNCIONALIDAD, pues tampoco sería un hecho necesariamente nocivo para la sociedad, sino todo lo contrario, funcional, en orden a la estabilidad y el cambio social. DURKHEIM observó el volumen constante de la criminalidad de cualquier sociedad en cualquier momento histórico. Sacando dos consecuencias: que la conducta irregular es inextirpable y que las formas de dicha conducta anómica están determinadas por el tipo social dominante y su estado de desarrollo. Lo anormal no es la existencia del delito, sino un súbito aumento o descenso en el mismo pues, “una determinada cantidad de crímenes forma parte integrante de toda sociedad sana”. El crimen debe contemplarse como producto del funcionamiento normal de toda sociedad. La teoría de anomia de Durkheim será asumida y reelaborada por la Sociología americana. MERTON, la convierte en teoría de la criminalidad. La anomia no es sólo derrumbamiento o crisis de unos valores o normas por determinadas circunstancias sociales, sino, el síntoma o expresión del vacío que se produce cuando los medios socioestructurales existentes no sirven para satisfacer las expectativas culturales de una sociedad. La tensión entre estructura cultural y estructura social fuerza al individuo a optar por cinco vías: conformidad, innovación, ritualismo, huida del mundo y rebelión; todas ellas excepto la primera dan comportamientos desviados o irregulares. TEORÍAS DEL CONFLICTO. Gran tradición en la Sociología Criminal norteamericana, presuponen la existencia en la sociedad de una pluralidad de grupos y subgrupos que eventualmente, discrepan en sus pautas valorativas. Se pueden clasificas en:

• DEL CONFLICTO CULTURAL. La criminalidad es producto del cambio social. La cultura con sus muchas contradicciones internas, sería el factor criminógeno.

• DEL CONFLICTO SOCIAL. A partir de los 50 han sido relanzadas por el

pensamiento marxista y no marxista. Se basan en que la moderna sociedad democrática es una sociedad plural, antagónica y estratificada, donde coexisten muchos grupos y subgrupos, con sus respectivos códigos de valores, tratando de conquista un espacio social y, el poder político.

• DEL CONFLICTO DE ORIENTACIÓN MARXISTA. Ven el crimen como función de las

relaciones de producción de la sociedad capitalista. Hunden sus raíces en el pensamiento de MARX Y ENGELS. Para las teorías no marxistas el crimen es producto normal de las tensiones sociales, situándolo en un ámbito político desconectado de los modos de producción e infraestructura económica. Por el contrario el análisis marxista ve siempre el delito como un producto histórico, patológico y contingente de la sociedad capitalista, contemplando el orden social como una lucha de clases, una de las cuales subyuga y explota a la otra

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sirviéndose del Derecho y la Justicia Penal. Estas teorías marxistas apelan a la estructura clasista de la sociedad capitalista, siendo el conflicto social, un conflicto de clases y conciben el sistema legal como mero instrumento al servicio de la clase dominante para oprimir a la clase trabajadora. El método de los criminólogos marxistas se aparta de las investigaciones empíricas optando por un método histórico-analítico.

TEORÍAS SUBCULTURALES. Surgen en los 50, como repuesta ala problemática que plantaban

sobre todo en los EEUU, determinadas minorías marginales. Aportan tres ideas fundamentales: el carácter pluralista y atomizado del orden social, la cobertura normativa de la conducta desviada y, la semejanza estructural, en su principio del comportamiento regular e irregular. Se apartan de los postulados de las teorías de la anomia y del análisis ecológico de la Escuela de Chicago. A estas teorías no les interesa tanto la estructura interna de las bandas y organizaciones, sino su origen. COHEN y WHITE concluyen que las “delinquency area” o zonas donde se concentra la criminalidad no son ámbitos desorganizados, carentes de normas y controles sociales, sino zonas o terrenos en los que están vigentes unas formas distintas de las oficiales, otros valores. Debido a que la estructura social impide al joven de las clases bajas el acceso al bienestar por las vías legales, experimenta un conflicto “cultural” o estado de frustración que determina la integración del mismo en una subcultura separada de la sociedad; provista de un sistema de valores propio, enfrentado al de aquella. Según esto el delito no es consecuencia del “contagio social” o de la desorganización como mantenían las teorías ecológicas, sino expresión de otros sistemas normativos (subculturales) cuyos valores difieren de los mayoritarios o incluso se contraponen a ellos. No todas las áreas de clases sociales bajas tienen idéntica organización y estabilidad, ni ofrecen las mismas oportunidades a sus miembros. Estas teorías han sido criticadas cuando han intentado dar una explicación general de la criminalidad, extrapolando unas determinadas conclusiones válidas sólo para determinadas manifestaciones de delincuencia juvenil en los grandes centros urbanos. TEORÍAS DEL PROCESO SOCIAL (APRENDIZAJE SOCIAL, CONTROL SOCIAL Y LABELING APPROACH. Grupo de teorías psicosociales para las que el crimen es una función de las interacciones psicosociales del individuo y de los diversos procesos de la sociedad. Tiene importancia en los 60, por las limitaciones de las teorías estructuralistas que explicaban la criminalidad de la “lower class” (clase baja), no pudiendo explicar tres hechos: que existe, también, una significativa criminalidad de las clases medias y privilegiadas, que muchos jóvenes delincuentes de las clases bajas abandonan el comportamiento criminal al alcanzar la madurez y que no todo individuo de la Lower Class rechaza los medios y procedimientos legítimos de acceso a los bienes culturales, integrándose en una subcultura criminal. Aportan diversas respuestas al fenómeno de la criminalidad y su génesis, distinguiendo tres suborientaciones:

• APRENDIZAJE SOCIAL O “SOCIAL LEARNING”. Parten de la hipótesis de que las claves de la conducta humana han de buscarse en el aprendizaje que la experiencia vital diaria depara al individuo. El crimen no es algo anormal, ni signo de una personalidad inmadura, sino un comportamiento o hábito adquirido. Las formulaciones más conocidas son:

o La asociación diferencial. Defendida por SHUTHERLAND y CRESSEY. El crimen no se hereda ni se imita, ni se inventa, no es algo fortuito o

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irracional, se aprende en el curso de normales procesos de comunicación e interacción del individuo con sus semejantes. Aporta un modelo capaz de explicar la criminalidad de las clases medias y privilegiadas. Complementa a las teorías subculturales, aportando un matiz, la idea de que el crimen no procede de la desorganización social, sino de la organización diferenciada y del aprendizaje.

o La ocasión diferencial. El aprendizaje del comportamiento delictivo no se lleva a cabo de modo uniforme y homogéneo sino según las respectivas circunstancias, ocasiones y oportunidades del individuo y las subculturas a las que pertenece.

o La identificación diferencial. Defendida por GLASER, incorpora al concepto de aprendizaje la teoría de los roles y subraya la importancia de los medios de comunicación de masas en la conducta del individuo, muy minimizado por Sutherland. El aprendizaje de la conducta criminal no tiene lugar por vía de interacción personal, sino de identificación. Una persona sigue el camino del crimen porque se identifica con otras personas reales o ficticias.

o El refuerzo diferencial. Sigue una línea conductista. o La neutralización. Defendida por SYKES y MATZA, la mayoría de los

delincuentes comparten los valores convencionales de la sociedad, de modo que lo que aprenden son ciertas técnicas de neutralización, racionalizando y autojustificando así su conducta desviada.

• CONTROL SOCIAL. Todo individuo podría actuar criminalmente, si bien dicho

potencial delictivo es neutralizado por sutiles vínculos sociales que reclaman una conducta conformista. Cuando fracasan dichos mecanismos de control, quiebra su lógico sometimiento al orden social y se produce el crimen. Para las teorías criminalísticas clásicas la respuesta esta en el miedo al castigo.

• LABELING APPROACH. El crimen es un subproducto del control social. El individuo

se convierte no porque haya realizado una conducta negativa, sino porque determinadas instituciones sociales le han etiquetado como tal. El postulado del carácter constitutivo del control social, explica que la criminalidad es creada por el propio control social. Las instancias o agencias del control social (policía, jueces,…) no detectan o declaran el carácter delictivo de un comportamiento sino que lo generan al etiquetarlo como tal.

Modelos integrados.

Últimamente las teorías de la criminalidad evolucionan hacia modelos más complejos e integrados. Se han formulado tres grupos de teorías “integradoras”.

Un ejemplo muy conocido es la teoría de ELLIOT que combina la teoría del conflicto social, la de la frustración y la del aprendizaje social y, cuenta con un buen respaldo empírico. El crimen es el resultado de la conjunción de vínculos débiles a grupos y normas convencionales y de unos vínculos sólidos a personas y grupos desviados. De esto dedujo dos principios: que tienden a delinquir más quienes tienen vínculos sociales débiles y sólidos vínculos a pares delincuentes; y que la relación entre ambas variables es condicional, lo que significa que relacionarse con iguales delincuentes propicia el delinquir, pero sólo cuando la vinculación del sujeto a grupos y actividades convencionales es débil. En segundo lugar que los individuos con una vinculación débil a iguales delincuentes tienden a delinquir poco, independientemente de la vinculación sólida o débil a grupos y actividades convencionales. La teoría multifactorial de BRANTINGHAN y BRANTINGHAN explica porque el entorno físico espacial, las pautas sociales y el comportamiento de las propias víctimas incrementan las oportunidades de delinquir. No basta con que el infractor esté motivado y decidido a cometer el

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delito, lo importante es que concurra la oportunidad idónea para materializar este acto, pues la mayor parte de los delitos son premeditados. Ciertos lugares y espacios físicos y las actividades rutinarias y cotidianas le depararan tal oportunidad. Enfoques criminológicos “ dinámicos ”. Insertan la conducta criminal en el curso de la vida del individuo. Propugnan un análisis dinámico del delito capaz de explicar no sólo el fenómeno de la continuidad de los patrones de conducta delictiva, sino también y mejor que las teorías etiológicas convencionales, el del cambio de estos patrones. Conceden prioridad a los métodos longitudinales sobre los transversales de la Criminología Clásica. Dan explicaciones individualizadoras de gran empirismo. Son más coherentes al explicar el comportamiento delictivo en función del factor edad y la curva de edad. LAS CARRERAS CRIMINALES es un nuevo enfoque dinámico de la génesis, desarrollo y evolución de los patrones conductuales delictivos, no se interesan tanto por investigar las causas últimas de la conducta criminal, supuestamente invariables, estáticas y fijadas en el pasado remoto del individuo, sino el proceso de iniciación, consolidación y progresión de dichos patrones de conducta. Preocupa investigar cuando y como se inician, número y frecuencia de los delitos cometidos, gravedad y naturaleza, formas de comisión y fenomenología de la actividad criminal, duración y persistencia de la misma. Las posibles trayectorias e itinerarios de las carreras delictivas son muchos y variados, dependiendo de cada sujeto. Cobra creciente interés, ante el fracaso de las tipologías clásicas, pues carecen de capacidad de diagnóstico, ni para predecir la reincidencia del penado, ni para sugerir el tratamiento más adecuado. Las carreras delictivas permiten el diseño de métodos longitudinales útiles para el estudio de la reincidencia, la elección del tratamiento adecuado y, para captar la evolución del preso y disciplinar empíricamente el régimen. LA CRIMINOLOGÍA DEL DESARROLLO propone un análisis dinámico y longitudinal del comportamiento delictivo, insertándolo en el curso vital del individuo y en las fases de la vida del mismo, para describir y explicar la iniciación, génesis, desarrollo y evolución con el paso del tiempo. Distinguen tres etapas en el curso de las actividades delictivas, la de actuación, aquí la actividad criminal se estabiliza ganando continuidad; la de agravación, tiene lugar un fenómeno de escalada de la gravedad de los delitos y la de desistencia, en esta fase se puede producir un fenómeno de deceleración de la frecuencia de la actividad criminal o uno de especialización de la misma reduciendo la gama de conductas delictivas, una pérdida de gravedad de las mismas o el abandono definitivo de la actividad criminal. Da un gran valor al factor “edad” y a los cambios que el individuo experimenta a lo largo de esta. MOFFIT. Esta criminóloga distingue dos tipos de delincuentes, los que delinquen sólo durante la adolescencia y los persistentes que continúan haciéndolo toda la vida. Para estos últimos la génesis de su comportamiento criminal esta en disfunciones neuropsicológicas y neuronales, que influyen en el temperamento del niño, en sus habilidades cognitivas (relación con los padres, proclive a la violencia, propia relaciones con pares delincuentes….) Esto desencadenaría un proceso de experiencias negativas. Debido a esto este tipo de delincuentes comienzan a delinquir antes y sus patrones de conducta delictiva gozan de más continuidad lo que los convierte en muy resistentes al cambio. Los que sólo delinquen en la adolescencia, su comportamiento se explica por mero mimetismo. FARRINGTON defiende que la conducta delictiva pasa por tres etapas: la de iniciación, que esta vinculada a la influencia que ejercen en el joven sus pares, la cual es muy superior durante la adolescencia a la de sus padres. La fase de persistencia, significa la definitiva consolidación de las

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pautas de conducta delictivas debido a un eficaz aprendizaje. La tercera etapa la de desistimiento determina el cese o abandono de la carrera criminal, lo que sucede cuando el joven (al inicio de la edad adulta o final de la adolescencia) adquiere las habilidades sociales necesarias para alcanzar sus metas y objetivos sin tener que acudir a vías ilegales y mejor sus vínculos con personas y grupos que respetan los valores convencionales.-

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TEMA 8. LA PREVENCIÓN DEL DELITO. Modelos de prevención del Delito. Todas las Escuelas Criminológicas se refieren a la prevención del delito. Que no basta con reprimir el crimen, es necesario anticiparse al mismo, prevenirlo. Un sector identifica la prevención sólo con el efecto disuasorio de la pena. Prevenir equivale a disuadir con la amenaza del castigo. Otros entienden que prevención es el efecto disuasorio perseguido a través de instrumentos no penales, que alteran el escenario criminal, como la arquitectura y urbanismo, la actitud de la víctima, el rendimiento del sistema legal. Para los penitenciaristas la prevención del delito no es un objetivo autónomo de la sociedad o los poderes públicos, sino el efecto perseguido por los programas de reinserción del penado. En sentido estricto, prevenir el delito es algo más que dificultar su comisión, disuadir al potencial infractor con la amenaza de un castigo; reclama una intervención dinámica y positiva que neutralice sus causas. CAPLAN distingue entre tres programas de prevención dependiendo de la mayor o menor relevancia etiológica y los destinatarios a los que se dirigen: Prevención Primaria. Se orientan a las causas mismas del conflicto criminal, para neutralizarlo antes de que se manifieste el problema. Educación y socialización, vivienda, trabajo, bienestar social y calidad de vida son ámbitos esenciales. Es la más eficaz, pero actúa a medio y largo plazo, y reclama prestaciones sociales e intervención comunitaria. Prevención Secundaria. Actúa más tarde que la primaria, pues actúa cuando y donde se manifiesta el problema. Opera a corto y medio plazo y se orienta a grupos concretos de la sociedad, que poseen un mayor riesgo de padecer o crear el problema criminal. Prevención policial, ordenación urbana, utilización del diseño arquitectónico como autoprotección, desarrollo en barrios bajos,… Prevención Terciaria. El destinatario es la población reclusa y su objetivo es evitar la reincidencia de los mismos. Es la de carácter más punitivo. Los programas de prevención primaria, secundaria y terciaria se complementan. Existen dos modelos de respuesta tradicional al problema de la prevención del delito: MODELO CLÁSICO. El Derecho Penal es la respuesta primaria y natural al delito. Su eficacia depende de la capacidad disuasoria del castigo. El incremento de la delincuencia se explica por la debilidad de la amenaza penal. No convence porque la capacidad preventiva de un terminado medio no depende de su naturaleza (penal o no penal), sino de los efectos que tenga. Toda intervención penal acarrea elevados costes sociales. Más intervención Penal, no significa necesariamente menos crimen. Según BECCARIA, el efecto disuasorio real de la pena, no es la gravedad de la misma, sino la prontitud con que se imponga. MODELO NEOCLÁSICO. El efecto disuasorio esta asociado a la efectividad del sistema legal. Se atribuye la criminalidad al fracaso o fragilidad del sistema legal y a sus bajos rendimientos. No convence pues el sistema legal no actúa sobre las causas del crimen. Su capacidad de prevención tiene unos límites insalvables. A medio y largo plazo no resuelve por si mismo el

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problema criminal. No es el fracaso del sistema legal lo que produce el incremento de delincuencia, sino al revés, es el incremento de esta, lo que produce la fragilidad y fracaso del sistema legal. Partiendo de experiencias empíricas, se desmiente la supuesta eficacia preventivo-espacial de la pena, pues incapaz de evitar la reincidencia; pues los índices de reincidencia aumentan cuanto más veces ha ingresado en prisión el sujeto y más rigurosas y estrictas y duraderas son las penas recibidas; y se verifica parcialmente su eficacia preventivo-general pues el riesgo que se descubra el delito y se detenga al infractor es un elemento esencial para la prevención del crimen. PREVENCIÓN SITUACIONAL. No se interesa por la causas del delito (prevención primaria), sino por sus manifestaciones o formas de aparición, creando programas que neutralicen las oportunidades, pero dejando intactas las causas del problema. Centra sus investigaciones y programas en la delincuencia utilitarista de las bajas clases sociales urbanas, que alarma mucho al ciudadano. Se presentan como una alternativa a los modelos clásicos. Y, el concepto de oportunidad posee mucha importancia porque permite explicar porque el delito se concentra en determinados espacios y momentos. Han sido objeto de muchas críticas, algunas por sobredimensionar el factor oportunidad. Otras las comparten con las teorías neoclásicas de concepción economicistas, que creen que el infractor se guía por el binomio coste/beneficio. Y las últimas por su escasa eficacia y formulándolas grandes reparos éticos. Análisis de los principales programas de prevención del Delito. Existe un giro en la Criminología y el Política Criminal hacia el prevencionismo. En su consolidación ha contribuido el fracaso de los modelos represivos clásicos, basados en una política criminal disuasoria como única respuesta al delito, y el progreso científico y la útil información de varias disciplinas aportan sobre la realidad criminal. PREVENCIÓN SOBRE DETERMINADAS “ÁREAS GEOGRÁFICAS”. Operan sobre el factor espacial y poseen inspiración ecológica. Presuponen la existencia en toda ciudad industrializada de un determinado espacio, geográfica y socialmente delimitado, donde se concentra la más elevada tasa de criminalidad. Sugieren una actitud social y de compromiso e intervención por parte de los poderes públicos en estas áreas deprimidas por medio de programas de reordenación y equipamiento urbano, mejoras de infraestructuras, dotación de servicios,… para aliviar los problemas de las grandes ciudades. No convencen porque puede que el todo este esfuerzo preventivo, pierda su contenido social, adoptando matices sociales y represivos. Tampoco, porque siempre se controla y vigila siempre a los mismos (grupos de barrios conflictivos y peligrosos) acentuándose el impacto selectivo y discriminatorio del control social. PREVENCIÓN DEL DELITO A TRAVÉS DEL DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y URBANÍSTICO. Dificultan la comisión del delito al poner barreras reales o simbólicas que aumentan el riesgo del infractor. Fomentando actitudes positivas en el vecindario de responsabilidad y solidaridad, imprescindibles para mejorar el control social informal. DE ORIENTACIÓN COMUNITARIA. Transforman el modelo penal represivo clásico en un modelo de integración social, orientado hacia una política criminal participativa. Ya no se comprende la prevención del crimen en un sentido policial, desligado de la comunidad. La prevención ha de ser comunitaria.

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DE PREVENCIÓN VICTIMAL. La Política Criminal Clásica trata de prevenir el delito por medio de la pena al infractor o reinsertando al penado para que no vuelva a reincidir. La Política Criminal Moderna cuenta además con la víctima y sugiere una intervención selectiva en los grupos de víctimas potenciales (niños, mujeres, ancianos, marginados,…). Las tablas de riesgo demuestran que hay colectivos especialmente propicios a convertirse en víctimas de delitos y, situaciones en las que el ciudadano contribuye sin saberlo a su propia victimización. Los programas de prevención victimal pretenden informar y concienciar a las potenciales víctimas de los riesgos que asumen, para crear actitudes maduras de responsabilidad y autocontrol. Siendo la estrategia más eficaz a través de campañas. DE PREVENCIÓN DEL DELITO DE INSPIRACIÓN POLITICO SOCIAL. Buena parte de del crimen de una sociedad tiene sus orígenes en conflictos profundos de esa misma sociedad. Una ambiciosa y progresiva política social se convierte en el mejor instrumento preventivo de la criminalidad, pues interviene positivamente en las causas del problema. Son programas de prevención primaria. DE PREVENVIÓN DE CRIMINALIDAD DE ORIENTACIÓN COGNITIVA. Se basan en estudios empíricos sobre menores y jóvenes predelincuentes y en ámbito escolar, ensayando programas en orden a la mejora de ciertas actitudes que dan lugar a comportamientos vandálicos o violentos, se ha ensayado con éxito en programas contra drogadicción. Son programas de solución de conflictos, de toma de decisiones, de negociación,… DE EVITACIÓN DE LA REINCIDENCIA. Se dirigen al penado, pretendiendo que no vuelva a delinquir. Son programas de prevención terciaria. Bases de una moderna Política Criminal de prevenció n del Delito.

• Objetivo último, controlar razonablemente no erradicar el delito. • En un Estado Social y democrático de Derecho, la prevención crea el problema

de los medios empleados y los costes sociales. El control exitoso no justifica el empleo de ciertos programas y un elevado coste social. El fin no justifica los medios.

• Prevenir es intervenir en la etiología (causas) del problema. • Prevención ha de ser prevención social y comunitaria pues el crimen es un

problema social y comunitario. • La prevención ha de ser positiva, solucionando problemas, conflictos, carencias,

no negativa (policial), pues carece de operatividad. • La prevención requiere una estrategia coordinada y pluridireccional. • Se evita delito evitando reincidencia. La política social es un excelente y eficaz

instrumento preventivo.-

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TEMA 9. MODELOS DE REACCIÓN AL DELITO . A la Criminología Científica corresponde evaluar la respuesta social y legal al delito, ponderando la calidad de la intervención, sus presupuestos, fundamentos y efectos. Dicha evaluación parte del reconocimiento de dos postulados: Primer Postulado. La creencia del crimen como problema social y comunitario (no como una lacra o epidemia), obliga a valorar los méritos del sistema no sólo en función de la efectividad, sino con otros parámetros. El mejor sistema es el que realiza un control razonable del problema, con el coste social más bajo. Segundo Postulado. El crimen ya no es un duelo simbólico entre el Estado y el infractor, sino que implica a más protagonistas (víctima, sociedad,…). La eficacia del sistema no viene dada sólo por el grado satisfacción del Estado en cuanto a las penas del delincuente, sino también por la reparación del daño causado a la víctima, la posibilidad de resocialización del infractor y las exigencias de la comunidad (paz social). Por eso hay que distinguir tres modelos de reacción al delito: MODELO DISUASORIO CLÁSICO. Valora como indicador fundamental de la calidad del sistema la eficacia del mismo en la lucha contra el crimen, la dureza del castigo y su capacidad para intimidar al delincuente. Un buen sistema responde pronto y de forma implacable, castiga con rigor y efectividad y reduce las tasas de delincuencia. Se le reprocha, que sólo ve el crimen como un enfrentamiento entre el Estado y el infractor. La víctima, no cuenta, es una pieza aleatoria, y fungible y; la Comunidad, es un tercero ajeno al problema, es un espectador, que delega en el sistema legal. Es un sistema obsesionado por colmar la pretensión punitiva del Estado para prevenir y disuadir. Intimida pero no convence y, potencia los conflictos en lugar de resolverlos. MODELO RESOCIALIZADOR. El objetivo del sistema es la reinserción social del infractor. Reclama una intervención positiva en el penado que facilite el retorno a la comunidad. Por su orientación humanista, traslada debate sobre las funciones del sistema desde el efecto preventivo-disuasorio hasta su impacto positivo sobre el penado. El hombre es el centro de la reflexión científica y no el sistema. No le interesan los fines de la pena, ni el delincuente abstracto, sino el impacto real del castigo y como se cumple este en las penitenciarias. Asume la naturaleza social del problema criminal. El castigo ha de ser útil, también para el infractor. Con este principio enraizado en la esencia del Estado social asume el soporte teórico de la intervención penal positiva en el infractor. Pide neutralizar los efectos nocivos del castigo, a través de una gran mejora del cumplimiento y ejecución del mismo. Argumentos a favor de este sistema desde un punto de vista metodológico es el ideal Resocializador, que ha significado un giro humanista de la función penal hacia lo concreto y lo real (el penado). Este enfoque ha contribuido a la desmitificación sobre los fines del castigo, pasando a ser un instrumento que se legitima si posee un efecto positivo. Las tesis resocializadoras se avienen mejor al modelo de Estado socia-intervencionista de nuestro tiempo. Argumentos en contra de este sistema, es que políticamente se dice que la resocialización potencia la intervención punitiva del Estado en lugar de limitarla. Desde la teoría de los fines de la pena, no castigamos para resocializar, ni es este el motivo por que se criminalizan ciertos comportamientos. Absolutizar la meta resocializadora conduciría a un inseguro Derecho Penal de

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medida e implica desconocer la realidad. Pocos infractores necesitan ser resocializados, pueden serlo y quieren serlo, muchos no necesitan resocialización, pues estas socializados (delincuentes ocasionales), no pueden tenerla (reincidentes) y otros rechazan la intervención invocando el derecho a no ser tratados. No se puede utilizar la pena como instrumento resocializador, pues la pena estigmatiza no rehabilita. La oposición ideológica cuestiona la legitimidad del tratamiento y el impacto positivo del mismo, esta oposición parte de la creencia del crimen como producto social y culpa de mismo a las estructuras sociales. Empíricamente todo parece indicar que a través de la ejecución penal pueden obtenerse resultados positivos en tres niveles: evitando el aprendizaje por los internos de nuevas actitudes y hábitos delictivos; influyendo sobre su comportamiento en la prisión; e incidiendo en la conducta futura de los penados. Lo que permite llegar a las siguientes conclusiones:

• Primera al optar por un determinado modelo es viable la positiva reestructuración de la realidad carcelaria.

• Segunda al desarrollar dicho modelo progresamos hacia una ejecución de la pena privativa de libertad más racional y humana que abre el paso a otras formas de sanción diferentes.

• Tercera dicha noción del tratamiento, tiende hacia miras educativas y estructuradas hacia las prestaciones sociales, siendo una versión moderna y realista del polémico concepto de resocialización.

MODELO INTEGRADOR. Aúna en el sistema de respuesta al delito otras expectativas sociales

como la solución conciliadora, la reparación del daño causado a la víctima y la propia pacificación de las relaciones sociales. Procura contemplar los intereses, expectativas y exigencias de todas las partes implicadas. Tiene una clara flexibilidad de procedimientos, al sugerir vías alternativas al sistema legal y soluciones informales. Crea muchos interrogantes, pues no son claros sus antecedentes ideológicos, ni sus presupuestos político-criminales, al tener y contar con una fundamentación ideológica muy variada. No queda claro el grado de autonomía orgánica y funcional respecto del sistema legal. Ni cual es el papel que asigna a la comunidad.

Su ámbito de aplicación para algunos debiera basarse en un principio de generalidad o universalidad, desde la idoneidad de la mediación y la conciliación para abordar cualquier conflicto criminal, sin restricción respecto a la naturaleza y gravedad del delito. Otros defienden que sólo deben aplicarse para concretas infracciones e infractores (jóvenes y primarios). Aspira a convertirse en una tercera vía con vocación de universalidad, que arbitre mecanismos eficaces de solución real, de modo informal y con autonomía respecto de las instancias de control social formal. Orienta la respuesta del sistema más a la reparación del daño que el infractor causó a su víctima, que al castigo mismo. En relación al infractor se atribuyen efectos muy positivos, que derivan del enfrentamiento directo del delincuente con las consecuencias de su conducta y de su confrontamiento directo, personal e inmediato con la víctima. Esto general actitudes positivas en el infractor, pues le responsabiliza y predispone a comprometerse en la reparación del daño causado y a participar activamente en la solución del problema. La conciliación devuelve a la víctima un papel activo y dinámico. Atiende mejor a las necesidades reales, materiales y morales de la víctima y evita la victimización secundaria. A la Administración de Justicia le permite articular una respuesta flexible y singularizada; y descargar a los Tribunales de asuntos poco importantes que atascan los juzgados.

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Desde un punto de vista social y comunitario, acredita ventajas, con relación al conflicto concreto y a las relaciones sociales. Pues estos procedimientos abordan los conflictos desde dentro, confiando en los propios implicados, en lugar de imponer soluciones. El balance es muy positivo, especialmente en ámbitos como la delincuencia juvenil y de menores, pero no esta libre de ciertas objeciones y reservas. pues no existe un único modelo de conciliación, faltado un preciso marco teórico e incluso una clara afinidad ideológica como fundamento común.-