expediente de la liquidaciÓn del presupuesto. 2. expediente de la...expediente de la liquidaciÓn...

18
1 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN………………………………………………………………………. 2 DECRETO DE ALCALDÍA – PRESIDENCIA …………………………………………………….. 16

Upload: others

Post on 27-Feb-2020

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

1 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO.

INFORME DE INTERVENCIÓN………………………………………………………………………. 2

DECRETO DE ALCALDÍA – PRESIDENCIA …………………………………………………….. 16

Page 2: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

2 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

INFORME DE INTERVENCIÓN. Número ____ LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. Formada la liquidación del Presupuesto del (Ayuntamiento / Organismo Autónomo), de conformidad con lo establecido en el artículo 191.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 90 del Real Decreto 500/1990, de 20 de Abril, por esta Intervención se emite el presente I N F O R M E. LEGISLACIÓN APLICABLE.

• Artículos 191 a 193 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del a Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).

• Artículos 89 a 105 del Real Decreto 500/1990, de 20 de Abril, por el que se desarrolla el Capítulo

primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

• Artículo 6 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen

jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

• (Según el modelo aplicable a la Entidad) Orden EHA/4040/2004, de 23 de Noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local. Orden EHA/4041/2004, de 23 de Noviembre (IBCL) que se aprueba la Instrucción del modelo Normal de Contabilidad Local (INCL). Orden EHA/4042/2004, de 23 de Noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Simplificado de Contabilidad Local (ISCL).

• Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por el que se aprueba la estructura de los presupuestos

de las entidades Locales.

• Artículo 5 y 21 Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.

• Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de

la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las Entidades Locales.

• Artículo 36 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible

• Bases de Ejecución del Presupuesto.

Page 3: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

3 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

ANTECEDENTES. El Presupuesto para el ejercicio ____ fue aprobado inicialmente por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de ______ y elevado a definitivo, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (Comunidad Autónoma) de ______. La liquidación del presupuesto ha sido formada por esta Intervención (u órgano de la Entidad Local que tenga atribuida la función de Contabilidad) con fecha ______. En su caso se hará constar, de existir para el ejercicio económico, plan de saneamiento, plan de saneamiento financiero, plan económico-financiero para el reequilibrio, plan de reducción del porcentaje del saldo de la deuda viva. El cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, será objeto de informe independiente, al que se refiere el artículo 16 del REAL DECRETO 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales. Sobre el resultado de las operaciones no financieras del resultado presupuestario que se detalle en el presente informe, se realizarán los ajustes a los efectos de calcular la necesidad o capacidad de financiación en términos de Contabilidad Nacional, según el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales. DEL CONTENIDO DE LA LIQUIDACIÓN 1. Ejecución del Presupuesto Tanto el presupuesto inicial como el definitivo se presentan sin déficit (en caso de superávit del inicial o del definitivo se hará constar los motivos). El porcentaje total de modificaciones representa el 28,74 % de los créditos iniciales.

INGRESOS Inicial Modificación Definitivo Porcent.

Modific. Reconocidos Porc.

Ejecu. Impuestos directos 7.782.001,00 0,00 7.782.001,00 0,00% 7.360.689,00 94,59% Impuestos indirectos 1.250.000,00 0,00 1.250.000,00 0,00% 629.270,00 50,34% Tasas, precios públicos y otros ingresos

4.005.154,00 17.339,00 4.022.493,00 0,43% 3.713.809,00 92,33%

Transferencias corrientes

3.565.672,00 202.169,00 3.767.841,00 5,67% 3.878.248,00 102,93%

Ingresos patrimoniales 1.024.795,00 44.378,00 1.069.173,00 4,33% 627.138,00 58,66% Enajenación de inversiones reales

641.258,00 0,00 641.258,00 0,00% 644.855,00 100,56%

Transferencias de capital

6.013,00 182.854,00 188.867,00 3040,98%

185.771,00 98,36%

Activos financieros 60.000,00 814.454,00 874.454,00 1357,42%

45.558,00 5,21%

Pasivos financieros 0,00 4.009.137,00 4.009.137,00 no 709.137,00 17,69% TOTAL 18.334.893,0

0 5.270.331,00 23.605.224,0

0 28,74% 17.794.475,0

0 75,38%

Tabla 1. Ejecución del Presupuesto de Ingresos

Page 4: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

4 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

Inicial Modificación Definitivo Porcent.

Modif. Reconocidos Porc.

Ejecu.

Gastos de personal 7.933.530,00 -16.344,00 7.917.186,00 -0,21% 7.678.026,00 96,98% Gastos corrientes en bienes y servicios

6.773.125,00 761.442,00 7.534.567,00 11,24% 7.506.449,00 99,63%

Gastos financieros 597.671,00 40.303,00 637.974,00 6,74% 637.791,00 99,97% Transferencias corrientes

410.844,00 105.665,00 516.509,00 25,72% 500.245,00 96,85%

Inversiones reales 1.810.020,00 4.404.407,00 6.214.427,00 243,33% 1.397.843,00 22,49% Transferencias de capital

118.001,00 -11.517,00 106.484,00 -9,76% 106.483,00 100,00%

Activos financieros 60.002,00 -13.625,00 46.377,00 -22,71% 46.375,00 100,00%

Pasivos financieros 631.700,00 0,00 631.700,00 0,00% 631.700,00 100,00%

Total 18.334.893,0

0 5.270.331,00 23.605.224,0

0 28,74% 18.504.912,0

0 78,39%

Tabla 2. Ejecución del Presupuesto de gastos Comentar las modificaciones más significativas, así como los porcentajes de ejecución del presupuesto. En nuestro ejemplo.

• Del total de las modificaciones, el importe de 814.454,00€ corresponden a gastos financiados con cargo al remanente de tesorería (215.000 € de excesos de financiación afectada y el resto al remanente de tesorería para gastos generales).

• Durante el ejercicio se ha modificado el estado de ingresos incluyendo una nueva operación de préstamo por importe de 4.009.137 € que financia los siguientes proyectos de inversión…..

• En relación con la ejecución de ingresos, es significativo el bajo porcentaje de ejecución del capítulo segundo (impuestos indirectos) que es del 50,34 %, principalmente por menor recaudación sobra la inicialmente prevista de los siguientes conceptos……., así como del capítulo quinto (ingresos patrimoniales) con un 58,66 %. Igualmente mencionar el bajo grado de ejecución de los pasivos financieros (17,69%), la operación de préstamo se concertó con un año de carencia, ligado a la ejecución de los proyectos de inversión que financia y considerando el retraso en la ejecución de las obras, explica el bajo porcentaje de solicitud de fondos de la operación de crédito.

• En cuanto a la ejecución de gastos existe un elevado grado de cumplimiento en todos los capítulos, a excepción de los ya comentado en cuanto a los gastos de inversión.

2. Remanentes de Crédito Los remanentes de crédito viene regulados en los artículos 98 a 100 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, en las (según la instrucción contable que se aplique, regla 26 de la IBCL; reglas 37 a 41 de la INCL y de la ICSL), se obtiene como la diferencia entre los créditos definitivos y las obligaciones reconocidas, debemos diferenciar los remanentes incorporables, de los no incorporables. Se detalla en la tabla 3. el resumen por capítulos del importe y situación de los remanentes. De conformidad con lo establecido en el artículo 47.5 y 48.3 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, los remanentes de crédito que amparen proyectos financiados con ingresos afectados deberán incorporarse obligatoriamente sin que les sean aplicables las reglas de limitación en el número de ejercicios, salvo que se desista total o parcialmente de iniciar o continuar la ejecución del gasto, o que se haga imposible su realización.

Page 5: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

5 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

En el caso de incorporación de remanentes de créditos para gastos con financiación afectada se considerarán recursos financieros suficientes:

a. Preferentemente, los excesos de financiación y los compromisos firmes de aportación afectados a los remanentes que se pretende incorporar. b. En su defecto, los recursos genéricos recogidos en el apartado 2 de este artículo, en cuanto a la parte del gasto financiable, en su caso, con recursos no afectados.

El artículo 48.2 se refiere al remanente líquido de tesorería y a nuevos o mayores ingresos recaudados sobre los totales previstos en el presupuesto corriente. En la tabla 4 detallamos los remanentes de crédito que amparan proyectos de gastos con financiación afectada que deberán incorporarse obligatoriamente. En nuestro ejemplo al ser el remanente de tesorería negativo, los remanentes de crédito que no se financian con excesos de financiación o compromisos firmes deberán ser financiados con nuevos o mayores ingresos del presupuestos corriente, en caso de no existir, si los citados créditos son irrenunciables para la ejecución del proyecto, deberemos tramitar expediente de suplemento de crédito para poder financiar la parte de remanentes no incorporados, salvo que se desista de la ejecución del proyecto. Remanente comprometido no comprometido

incorporables no incorporables incorporables no incorporables

Gastos de personal 239.160,00 4.100,00 0,00 0,00 235.060,00

Gastos corrientes en bienes y servicios

28.118,00 12.560,00 256,00 1.200,00 14.102,00

Gastos financieros 183,00 0,00 0,00 0,00 183,00

Transferencias corrientes

16.264,00 12.000,00 0,00 0,00 4.264,00

Inversiones reales 4.816.584,00 2.156.000,00 12.600,00 2.562.984,00 85.000,00 Transferencias de capital

1,00 0,00 0,00 0,00 1,00

Activos financieros 2,00 0,00 0,00 0,00 2,00

Pasivos financieros 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Total 5.100.312,00 2.184.660,00 12.856,00 2.564.184,00 338.612,00

Tabla 3. Remanentes de crédito

Proyecto de Gasto/ de Inversión Remanente Financiación Exceso de financiación

compromisos firmes

Art 48.2 del RD 500

2008001 Obras ……… 245.000,00 85.600,00 159.400,00

2008006 Adquisición …… 236.512,00 23.000,00 213.512,00

2009003 Equipamiento…… 856.000,00 856.000,00 0,00

2010007 Proyecto 750.000,00 750.000,00 0,00

Tabla 4. Remanentes de gastos con financiación afectada

Page 6: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

6 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

3. Ahorro sobre la ejecución del Presupuesto Con esta magnitud, sobre la ejecución del presupuesto, comprobamos si se cumple la regla de oro de las finanzas públicas, es decir que los ingresos corrientes son capaces de financiar los gastos corrientes más la amortización de la deuda (solo se puede incurrir en déficit si es para financiar gastos de inversión), en nuestro ejemplo, este principio no se cumple. Su importe negativo conlleva una pérdida de capacidad financiera de la entidad local para asumir sus compromisos de gasto presentes y futuros. En el ejercicio anterior el importe de esta magnitud fue de 760.000,00 €, existe una disminución significativa. A. Ingreso corriente 16.209.154,00 B. Gasto Corriente 16.322.511,00 C. Amortización de la deuda 631.700,00 (A+B-C) Ahorro -745.057,00 Ajustes (+) Gasto corriente financiado con remanente 320.000,00

(+) Amortización anticipada financiada con bajas, mayores ingresos, ingresos financieros, remanente de tesorería 0,00

(-) Pasivos financieros para financiar gasto corrientes del ejercicio 0,00 Ahorro ejecución del presupuesto -425.057,00

Tabla 5. Ahorro ejecución presupuesto 4. Ahorro Neto El artículo 53.1 del TRLRHL establece:“A estos efectos se entenderá por ahorro neto de las entidades locales y sus organismos autónomos de carácter administrativo la diferencia entre los derechos liquidados por los capítulos uno a cinco, ambos inclusive, del estado de ingresos, y de las obligaciones reconocidas por los capítulos uno, dos y cuatro del estado de gastos, minorada en el importe de una anualidad teórica de amortización de la operación proyectada y de cada uno de los préstamos y empréstitos propios y avalados a terceros pendientes de reembolso. El importe de la anualidad teórica de amortización, de cada uno de los préstamos a largo plazo concertados y de los avalados por la corporación pendientes de reembolso, así como la de la operación proyectada, se determinará en todo caso, en términos constantes, incluyendo los intereses y la cuota anual de amortización, cualquiera que sea la modalidad y condiciones de cada operación. En el ahorro neto no se incluirán las obligaciones reconocidas, derivadas de modificaciones de créditos, que hayan sido financiadas con remanente líquido de tesorería. No se incluirán en el cálculo de las anualidades teóricas, las operaciones de crédito garantizadas con hipotecas sobre bienes inmuebles, en proporción a la parte del préstamo afectado por dicha garantía. Si el objeto de la actividad del organismo autónomo o sociedad mercantil local, es la construcción de viviendas, el cálculo del ahorro neto se obtendrá tomando la media de los dos últimos ejercicios.” Se ha calculado la anualidad teórica de amortización de cada uno de los préstamos, así como el Ahorro Neto de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.1 del TRLRHL, con los resultados que se detallan en la tabla 6 y 7.

Page 7: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

7 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

Referencia fecha cálculo

31/12/2010

Pendiente interés Anualidad Préstamo Principal años Devolución PIE 2008 300.000,00 5 fijo 0% 60.000,00 Inversiones 2006 1.200.000,00 8 variable 2,50% 167.360,81 inversiones 2007 1.400.000,00 12 variable 2,70% 138.140,03 inversiones 2008 1.600.000,00 14 fijo 4,00% 151.470,36 inversiones 2009 2.500.000,00 15 fijo 5,00% 240.855,72 inversiones 2010 3.000.000,00 15 variable 3,00% 251.299,74 TOTAL 10.000.000,00 1.009.126,66

Tabla 6. Anualidad

CÁLCULO AHORRO NETO fecha de referencia 31/12/2010 A. Ingresos corrientes 16.209.154,00 B. Gastos corrientes (excepto capítulo 3) 15.684.720,00 C. Anualidad teórica 1.009.126,66 D. Gastos financiados con remanente 320.000,00 A-B-C+D AHORO NETO ( art 53.1 TRLRHL) -164.692,66 Ajustes

(-) Ingresos corrientes que financian gastos de capital

210.000,00

(-) Otros Ingresos corrientes atípicos 52.000,00 (-) Gasto corriente pendiente de aplicar 185.000,00 (-) intereses de demora 5.600,00 (-) Ajuste anualidad teórica 24.873,34 Ahorro Neto Ajustado -642.166,00

Tabla 7. Ahorro Neto Si bien el ahorro neto, calculado de conformidad con lo establecido en el artículo 53.1 del TRLRHL, es la principal magnitud para analizar la solvencia de la entidad local, se han realizado diversos ajustes a los efectos de analizar con mayor detalle a la situación financiera de la entidad.

En nuestro ejemplo, el ahorro neto (Art 53.1) es negativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, en el año 2011 no se podrán concertar operaciones de crédito a largo plazo.

* En el supuesto que la entidad tuviese vigente, para el ejercicio analizado, un plan de saneamiento se mencionará el cumplimiento o incumplimiento según las previsiones contenidas en el citado plan.

Page 8: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

8 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

* En el supuesto que la entidad no tuviese vigente plan de saneamiento se hará constar la necesidad de aprobar un plan de saneamiento, a los efectos de corregir la situación financiera, ya que a la vista de los resultados, donde los ingresos corrientes son insuficientes para financiar los gastos corrientes más la amortización de la deuda, no se pueden verificar el cumplimiento de los compromisos de gasto futuro.

* En el supuesto que el ahorro neto (Art. 53.1) fuese positivo pero el ajustado fuese negativo, si bien se podrán concertar operaciones de crédito a largo plazo (siempre y cuando el ahorro neto con la inclusión de la operación de préstamo proyectada sea positivo y el porcentaje del capital vivo sobre los recursos corrientes inferior al 75 %), se comentará la necesidad de adoptar medidas financieros a los efectos que la entidad pueda cumplir sus compromisos de gasto futuro, de tal forma que el ahorro neto ajustado sea positivo.

Considerando que un elevado porcentaje de las operaciones de préstamo están formalizadas a un tipo de interés variable, el incremento en un 1% los tipos de interés da como resultado una anualidad teórica de 1.043.309,34 €, frente al 1.009.126,66€ actual, que supone un riesgo financiero por importe de 34.182,68 € ante incrementos en los tipos de interés en un 1%. Consecuencia que debe ser tenida en cuenta en la planificación financiera de la entidad. 5. El Resultado Presupuestario. El cálculo del resultado presupuestario viene regulado en las reglas (según la instrucción contable que se aplique, regla 26.4 de la IBCL; reglas 66 a 68 de la ISCL; reglas 78 a 80 de la INCL) pone de manifiesto la gestión durante el ejercicio, y detalla en qué medida los Derechos Reconocidos han sido suficientes para cubrir las Obligaciones. En definitiva muestra si los Derechos han sido mayores (Superávit), menores (déficit) o iguales (equilibrio) que las Obligaciones del Ejercicio. Se ha definido el resultado Presupuestario como la Diferencia entre los derechos reconocidos y las obligaciones reconocidas, sobre el Resultado Presupuestario, así calculado procede realizar los ajustes en cuanto a las obligaciones reconocidas financiadas con remanente liquido de Tesorería para gastos generales, incrementando el resultado presupuestario en dicha cantidad, procede igualmente incrementar el resultado presupuestario en el importe de las obligaciones reconocidas financiadas con recursos afectados, en los que no se ha llegado a reconocer el derecho de cobro (desviaciones de financiación negativas), procede igualmente disminuir el resultado presupuestario con los derechos reconocidos afectados a la realización de gastos en los que no se ha llegado a reconocer la obligación (desviaciones de financiación positivas). El total de las obligaciones reconocidas netas coincide con la suma del Haber de la cuenta 400 “Acreedores por Obligaciones reconocidas. Presupuesto de Gasto corriente” El total de los derechos reconocidos netos es igual a la suma del de Debe de la cuenta 430 “Deudores Por derechos reconocidos. Presupuesto de ingreso corriente” menos la suma del Haber de la cuenta 433 “Derechos anulados del presupuesto corriente” y menos la suma del Haber de la cuenta 438 “Derechos cancelados de presupuesto corriente”.

Page 9: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

9 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

RESULTADO PRESUPUESTARIO

CONCEPTOS DERECHOS RECONOCIDOS NETOS

OBLIGACIONES

RECONOCIDAS NETAS

AJUSTES RESULTADO PRESUPUEST

ARIO

a) Operaciones corrientes 16.209.154

,00 16.322.511

,00 -113.357,00 b) Otras operaciones no financieras 830.626,00

1.504.326,00 -673.700,00

1. Total operaciones no financieras (a+b)

17.039.780,00

17.826.837,00 -787.057,00

2. Activos financieros 45.558,00 46.375,00 -817,00 3. Pasivos Financieros 709.137,00 631.700,00 77.437,00 RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO

17.794.475,00

18.504.912,00 -710.437,00

AJUSTES : 4.Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales 0,00

5.Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 790.152,0

0

6.Desviación de financiación positivas del ejercicio 1.000.214,

00 RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO -920.499,00

Tabla 8. Resultado Presupuestario En nuestro ejemplo, el resultado presupuestario ajustado es de -920.499,00 €. El resultado presupuestario ajustado del ejercicio anterior es de -348.814,00 €. 6. Remanente de Tesorería El cálculo del remanente de tesorería viene regulado en las reglas (según la instrucción aplicable, 27.7 del IBCL, reglas 81 a 86 de la INCL, reglas 69 a 74 de la ISCL). Con el resultado que se detalla en la tabla 9. El remanente de Tesorería se obtiene de la suma de los fondos líquidos de tesorería, más los derechos pendientes de cobro menos las obligaciones pendientes de pago, indica a 31 de diciembre, si los fondos líquidos de tesorería más los derechos pendientes de cobros son suficientes para pagar las obligaciones pendientes. En nuestro ejemplo, el remanente de tesorería del ejercicio anterior asciende al importe negativo de 4.065.836,00 €, disminuye en el importe de 937.512,00 € con respecto al ejercicio anterior, esta disminución viene explicada principalmente por el resultado presupuestario del ejercicio negativo de 920.499,00€.

Page 10: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

10 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

ESTADO EL REMANENTE DE TESORERÍA

COMPONENTES IMPORTES AÑO 1 (+) Fondos líquidos 447.041,00 2 (+) Derechos pendientes de cobro 4.192.497,00 Presupuesto corriente (+) 2.292.633,00 Presupuesto cerrado (+) 1.887.636,00 Deudores no presupuestarios (+) 37.262,00 Ingresos realizados pendientes de Aplicar (-)

25.034,00

3 (-) Obligaciones pendientes de pago 7.317.090,00 Presupuesto corriente (+) 4.007.656,00 Presupuesto cerrado (+) 314.167,00 Acreedores no presupuestarios (+) 3.016.163,00 Pagos realizados pendientes de Aplicar (-)

20.896,00

I. Remanente de Tesorería Total (1+2-3) -2.677.552,00 II. Saldos de Dudoso cobro 1.468.693,00 III. Excesos de financiación afectada 857.103,00 IV. Remanente de Tesorería para Gastos Generales (I - II - III)

-5.003.348,00

Tabla 9. Remanente de Tesorería. En nuestro ejemplo, el remanente de tesorería es negativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 193 TRLRHL se deberán proceder, en la primera sesión que celebren, a la reducción de gastos del nuevo presupuesto por cuantía igual a 5.003.348,00 € (Esta reducción sólo podrá revocarse por acuerdo del Pleno, a propuesta del presidente, y previo informe del Interventor, cuando el desarrollo normal del presupuesto y la situación de la tesorería lo consintiesen). Si la reducción de gastos no resultase posible, se podrá acudir al concierto de operación de crédito por su importe, siempre que se den las condiciones señaladas en el artículo 177.5 del TRLRHL. (Es decir que su importe total anual no supere el cinco por ciento de los recursos por operaciones corrientes del presupuesto de la entidad, que la carga financiera total de la entidad, incluida la derivada de las operaciones proyectadas, no supere el 25 por ciento de los expresados recursos y que las operaciones queden canceladas antes de que se proceda a la renovación de la Corporación que las concierte) De no adoptarse ninguna de las medidas mencionadas anteriormente, el presupuesto del ejercicio siguiente habrá de aprobarse con un superávit inicial de cuantía no inferior a 5.003.348,00 €. En el supuesto que el remante para gastos generales hubiese sido positivo, se utilizará preferentemente para la financiación de los remanentes de crédito que amparen gastos con financiación afectada, y no han sido financiados con excesos de financiación afectada o compromisos firmes de ingreso. Igualmente serán preferentes los gastos realizados en el ejercicio que se liquida y anteriores que han quedado pendientes de aplicar a presupuesto.

Page 11: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

11 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

En relación con los saldos de dudoso, estos representan un 35 % de los derechos pendientes de cobro. Se han cuantificado de acuerdo con los siguientes criterios que se contiene en ________ (Se detallará los criterios seguidos para su cuantificación). Los criterios adoptados se consideran (o no) adecuados.

• En el caso que no se consideren adecuados, al no representar de forma significativa la esperanza de cobro de los derechos pendientes, se estimará el importe que se considere adecuado de acuerdo con los porcentajes de cobro y la naturaleza de los derechos pendientes, y se comentará la necesidad de modificar los criterios para su cuantificación e igualmente si el remanente de tesorería fuese positivo, no utilizarlo como recurso en la parte en que se consideren infravalorados los derechos pendientes de cobro. En el supuesto que no existan criterios aprobado por el Pleno se mencionará la necesidad de aprobarlos.

7. Ejecución de presupuestos cerrados Del total de obligaciones pendientes de pago de ejercicios cerrados que ascienden al importe total de 4.749.541 € han sido pagados 4.435.373 €, con un porcentaje de ejecución del 93 %. (En su caso, se comentará la necesidad de depurar las obligaciones pendientes de pago de ejercicios cerrados). Del total de derechos reconocidos pendientes de ingreso de ejercicios cerrados que asciende al importe de 4.115.371 €, han sido cobrados 2.054.028 €, con un porcentaje de ejecución del 50%, han sido anulados derechos por importe de 185.000,00 €. (En su caso, se comentará la necesidad de depurar los derechos pendientes de cobro de ejercicios cerrados). 8. Indicadores Año 2010 Año 2009 LIQUIDEZ INMEDIATA

0,0611 Fondos líquidos/Obligaciones pendientes de pago SOLVENCIA A CORTO PLAZO

0,6341 Fondos líquidos más derechos pendientes de cobro/Obligaciones pendientes de pago ENDEUDAMIENTO POR HABITANTE

625,00 Pasivo exigible (financiero) /Habitantes EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS

0,7839 Obligaciones reconocidas netas/Créditos definitivos REALIZACIÓN DE PAGOS

0,7836 Pagos líquidos / Obligaciones reconocidas netas GASTO POR HABITANTE

1.156,56 Obligaciones reconocidas netas/Habitantes

Page 12: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

12 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

INVERSIÓN POR HABITANTE

94,02 Obligaciones reconocidas netas(capítulos VI y VII)/Habitantes ESFUERZO INVERSOR

0,08 Obligaciones reconocidas netas(capítulos VI y VII)/Obligaciones reconocidas netas PERIODO MEDIO DE PAGO

157,82 Obligaciones pendientes de pago /Obligaciones reconocidas netas x 365 (De las obligaciones imputadas al capítulo II y VI) EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS

0,75 Derechos reconocidas netas/Créditos definitivos AUTONOMÍA

0,90 Derechos reconocidos netos de los capítulos I a III, V, VI, VIII más las transferencias recibidas / derechos reconocidos netos totales AUTONOMÍA FISCAL

0,56 Derechos reconocidas netas de naturaleza tributaria /Derechos reconocidos netos PERIODO MEDIO DE COBRO

48,61 Derechos pendientes de cobro /Derechos reconocidos netos * 365 De los Capítulos I y III SÚPERAVIT ( O DÉFICIT) POR HABITANTE

-57,53 Resultado Presupuestario ajustado /Número de Habitantes CONTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO AL REMANENTE DE TESORERÍA

0,18 Resultado Presupuestario ajustado / Remanente de Tesorería para gastos generales

Page 13: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

13 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

En su caso, comentar sobre las variaciones más significativas. 9. Gastos pendientes de aplicar a Presupuesto Los gastos del ejercicio 2010 y anteriores pendientes de aplicar al presupuesto ascienden al importe de 456.000,00€, con el siguiente detalle por capítulos. Gastos en bienes corrientes y servicios 320.000,00 € Gastos de inversión 136.000,00 € En caso que parte o la totalidad se encuentren pagados se detallará el importe total de los pagados. En el supuesto que el remanente de tesorería fuese positivo, y estos gastos no hayan sido aún aplicados al presupuesto en vigor, se hará constar la necesidad de financiar estos gastos con recurso al remanente de tesorería para gastos generales. La inclusión de los citados gastos en el presupuesto hubiese dado como resultado el importe del remanente de tesorería para gastos generales de -5.459.348 €. En nuestro ejemplo, con remanente de tesorería negativo, en el supuesto que los citados gastos no hayan sido incluidos en el presupuesto en vigor, se comentará la necesidad de financiar los mismos mediante bajas de gastos del presupuesto en vigor, o con nuevos o mayores ingresos. 10. Cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha _____ se acordar la modificación de las retribuciones en aplicación de lo establecido en el artículo 1. Dos del RDL 8/2010. El importe total de la reducción de los costes de personal para el año 2010 en aplicación del RDL 8/2010 ascienden a 230.000,00 €. Por acuerdo de Pleno de fecha ____ se declararon los citados créditos como no disponibles (o se declararon bajas) a los efectos de sanear el remanente de Tesorería negativo de la liquidación del presupuesto del año 2009 y todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo De 14. UNO del citado Real Decreto Ley que establece:

“Se declaran recursos afectados los derivados de la aplicación de las medidas de reducción de costes

de personal en los ejercicios 2010 y 2011, que se destinarán, con el orden de preferencia en el que están relacionados, a las siguientes finalidades:

a) A sanear el remanente de tesorería derivado de la última liquidación, cuando éste fuera negativo. b) A disminuir el nivel de endeudamiento a largo plazo. c) A la financiación de inversiones. d) Cuando no resulten de aplicación los apartados a) o b), los recursos no aplicados en el propio

ejercicio a la financiación de inversiones, se destinarán en sucesivos ejercicios a las finalidades establecidas en los apartados a), b) y c), con el mismo orden de prelación, hasta su aplicación total.”

Page 14: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

14 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

En caso de no haberse adoptado acuerdo de declaración de créditos no disponibles o de bajas, el remante de tesorería del año 2009 sea negativo y por mayor importe que la reducción de costes y no se a adoptado ninguna de las medidas del TRLRHL para sanearlo, si en la liquidación los menores costes se reflejan en los remanentes de crédito, implícitamente se entenderá por cumplido lo establecido en el artículo 14.Uno. En caso de no haber adoptado acuerdos de modificación de las retribuciones y/o destinar los citados recursos a las finalidades previstas se hará constar y cuantificará el citado incumplimiento. Nos podemos encontrar ante varios supuestos, distinguimos en primer lugar sí los recursos están afectados a disminuir el nivel de endeudamiento a largo plazo o a financiar gastos de inversión. Para cada una de estas dos situaciones el escenario será distinto en función de que el remanente de tesorería sea suficiente para financiar la parte no ejecutada del gasto y afectada. A) El menor gasto como consecuencia de la reducción de las retribuciones esta afectado a disminuir el endeudamiento (amortización extraordinaria).

A.1) Remanente de Tesorería por importe superior a la parte del gasto no ejecutado y afectado. Si se tramitó expediente de modificación de créditos, a los efectos de subsanar el incumpliendo en cuanto a la afectación del ahorro en los gastos de personal en el año 2010, deberemos incorporar los remanentes de crédito, por la parte no ejecutada y afectada. Si no se tramitó expediente de modificación de créditos (no existe remanente para poder incorporar), deberemos tramitar en el año 2011 expediente de suplemento de crédito o crédito extraordinario, por la parte no ejecutada y afectada., financiado con remanente de tesorería para gastos generales. A.2) Remanente de Tesorería negativo o insuficiente para poder financiar la parte no ejecutada del gasto. No existen recursos suficientes para poder incorporar o tramitar expediente de suplemento de crédito extraordinario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, en este caso deberemos tramitar expediente de modificación del presupuesto del 2011 a efectos de subsanar el incumplimiento de la afectación de recursos (transferencia de crédito, suplemento o crédito extraordinario) por el importe que no pueda ser financiado con el remanente.

B) El menor gasto como consecuencia de la reducción de las retribuciones está afectado a financiar gastos de inversión.

B.1) Remanente de Tesorería por importe superior a la parte del gasto no ejecutado y afectado. Si se tramitó expediente de modificación de créditos, a los efectos de subsanar el incumpliendo en cuanto a la afectación del ahorro en los gastos de personal en el año 2010, deberemos incorporar los remanentes de crédito, por la parte no ejecutada y afectada. Si no se tramitó expediente de modificación de créditos (no existe remanente para poder incorporar), deberemos tramitar en el año 2011 expediente de suplemento de crédito o crédito extraordinario, por la parte no ejecutada y afectada., financiado con remanente de tesorería para gastos generales. B.2) Remanente de Tesorería negativo o insuficiente para poder financiar la parte no ejecutada del gasto de inversión. Por el importe que no existe remanente de tesorería para poder financiar, se entenderá cumplida la afectación, ya que en caso de haberse ejecutado tendríamos un mayor remanente de tesorería negativo e implícitamente la parte no ejecutada ha sido destinada a sanear el remante de tesorería negativo del año 2010. La parte no ejecutada de los gastos de inversión se ha destinado a sanear el remanente de tesorería negativo de 2010.

En caso que a 31 de diciembre existan vigentes operaciones de tesorería, se hará constar dicha circunstancia, con incumplimiento de lo establecido en el artículo 14.Tres del RDL 8/2010.

Page 15: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

15 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

APROBACIÓN. De conformidad con lo establecido en el artículo 191.3 del TRLRHL y 90 del RD /1990, la confección de los estados demostrativos de la liquidación del presupuesto deberán realizarse antes del día uno de Marzo, siendo el órgano competente para su aprobación el Presidente de la Entidad. CONCLUSIÓNES. Vista la liquidación del presupuesto se informa de conformidad (o de disconformidad señalando los motivos) al ajustarse su contenido al establecido en la legislación aplicable a la misma. (En caso de estar confeccionada fuera del plazo establecido se hará constar la citada circunstancia) Si bien se hace constar.

• (En caso de remanente negativo) La necesidad de adoptar las medidas a que se refiere el artículo 193 del TRLRHL para sanear el remanente de tesorería negativo.

• (En caso de Ahorro neto negativo) La necesidad de establecer un plan financiero a los efectos de corregir el mismo.

• (En su caso) El establecimiento o revisión de los criterios para la cuantificación de los saldos de dudoso cobro.

• (En su caso). En cuanto a los gastos pendientes de aplicar a presupuesto, una mayor disciplina en la tramitación de los gastos, no realizando gastos sin la previa existencia de consignación presupuestaria.

• (En su caso). Las medidas a adoptar en cuanto a subsanar el incumplimiento de lo establecido en el 14. Uno del RDL 8/2010.

……………………………………………………………………………………………….. De conformidad con lo establecido en el artículo 193.4 una vez aprobada la liquidación se dará cuenta al Pleno en la próxima sesión que celebre.

De conformidad con lo establecido en el artículo 193.5 se deberá remitir, antes de finalizar el mes de marzo, copia de la liquidación del presupuesto en la forma establecida reglamentariamente a la Administración del Estado y a la Comunidad autónoma. Con la advertencia que el artículo 36 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible sanciona la no remisión de la citada documentación, estableciendo que la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades locales procederá a retener a partir del mes de septiembre del ejercicio siguiente al que corresponda aquella liquidación, y hasta que se produzca la citada remisión, el importe de las entregas mensuales a cuenta de la participación en los tributos del Estado que les corresponda. Este es el informe que se emite y se somete a superior criterio de la Corporación. ______ de ______ de 20__ El/ La secretario/a- Interventor/a El/ La Interventor/a

Page 16: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

16 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

SR. ALCALDE – PRESIDENTE. AYUNTAMIENTO

DECRETO DE ALCALDÍA – PRESIDENCIA NÚMERO _____ DE FECHA ___ Formada por la (secretaria-intervención, Intervención, órgano de la Entidad Local que tenga atribuida la función de Contabilidad) la Liquidación del Presupuesto del (Ayuntamiento/ Organismo Autónomo) correspondiente al ejercicio 2010, determinado como consecuencia del mismo. A) Los derechos pendientes de cobro y las obligaciones reconocidas pendientes de pago a 31 de diciembre, por operaciones presupuestarias, con el siguiente detalle. Derechos pendientes de cobro de presupuesto 4.180.269,00 € Ejercicio corriente 2.292.633,00 € Ejercicio cerrado 1.887.636,00 € Obligaciones pendientes de pago de presupuesto 4.321.823,00 € Ejercicio cerrado 4.007.656,00 € Ejercicio cerrado 314.167,00 €

B) El resultado Presupuestario del ejercicio RESULTADO PRESUPUESTARIO

CONCEPTOS DERECHOS RECONOCIDOS NETOS

OBLIGACIONES

RECONOCIDAS NETAS

AJUSTES RESULTADO PRESUPUEST

ARIO

a) Operaciones corrientes 16.209.154

,00 16.322.511

,00 -113.357,00 b) Otras operaciones no financieras 830.626,00

1.504.326,00 -673.700,00

1. Total operaciones no financieras (a+b)

17.039.780,00

17.826.837,00 -787.057,00

2. Activos financieros 45.558,00 46.375,00 -817,00 3. Pasivos Financieros 709.137,00 631.700,00 77.437,00 RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO

17.794.475,00

18.504.912,00 -710.437,00

AJUSTES : 4.Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales 0,00

5.Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 790.152,0

0

6.Desviación de financiación positivas del ejercicio 1.000.214,

00 RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO -920.499,00

Page 17: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

17 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

C) Los remanentes de crédito Remanente comprometido no comprometido

incorporables

no incorporables

incorporables

no incorporables

Gastos de personal

239.160,00 4.100,00 0,00 0,00 235.060,00

Gastos corrientes en bienes y servicios

28.118,00 12.560,00 256,00 1.200,00 14.102,00

Gastos financieros

183,00 0,00 0,00 0,00 183,00

Transferencias corrientes

16.264,00 12.000,00 0,00 0,00 4.264,00

Inversiones reales

4.816.584,00 2.156.000,00

12.600,00 2.562.984,00

85.000,00

Transferencias de capital

1,00 0,00 0,00 0,00 1,00

Activos financieros

2,00 0,00 0,00 0,00 2,00

Pasivos financieros

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Total 5.100.312,00

2.184.660,00

12.856,00 2.564.184,00

338.612,00

D) El remanente de Tesorería

COMPONENTES IMPORTES AÑO 1 (+) Fondos líquidos 447.041,00 € 2 (+) Derechos pendientes de cobro 4.192.497,00 € Presupuesto corriente (+) 2.292.633,00 € Presupuesto cerrado (+) 1.887.636,00 € Deudores no presupuestarios (+) 37.262,00 € Ingresos realizados pendientes de Aplicar (-)

25.034,00 €

3 (-) Obligaciones pendientes de pago 7.317.090,00 € Presupuesto corriente (+) 4.007.656,00 € Presupuesto cerrado (+) 314.167,00 € Acreedores no presupuestarios (+) 3.016.163,00 € Pagos realizados pendientes de Aplicar (-) 20.896,00 €

I. Remanente de Tesorería Total (1+2-3) -2.677.552,00 € II. Saldos de Dudoso cobro 1.468.693,00 €

Page 18: EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. 2. expediente de la...EXPEDIENTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. INFORME DE INTERVENCIÓN ... ejecución de los proyectos de inversión

18 Consejo General de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local

III. Excesos de financiación afectada 857.103,00 € IV. Remanente de Tesorería para Gastos Generales (I - II - III)

-5.003.348,00 €

Visto el informe que se emite por la (secretaria-intervención, intervención) de fecha _____, (En Organismos Autónomos además, se hará referencia a la propuesta del órgano competente de estos) de conformidad con lo establecido en los artículos 191.3, 193.4 y 193.5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del a Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 90 del Real Decreto 500/1990, de 20 de Abril, vengo en RESOLVER: PRIMERO.- Aprobar la liquidación del Presupuesto del (Ayuntamiento/ Organismo Autónomo) correspondiente al año 20__ conforme al expediente tramitado y cuyas principales magnitudes han quedado anteriormente expuestas. SEGUNDO.- Dar cuenta de la presente resolución al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que celebre. TERCERO.- Remítase (antes de finalizar el mes de Marzo) copia de la liquidación del presupuesto en la forma establecida reglamentariamente a la Administración del Estado y a la Comunidad autónoma.

En..........................., a..... De......................... de 20....

EL/LA ALCALDE/SA, ANTE MI, EL/LA SECRETARIO/A,

Fdo…………………….

Fdo……………………………