contabilidad de seguros sesion no.23

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  • 7/31/2019 Contabilidad de Seguros Sesion No.23

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    CONTABILIDAD DE SEGUROS

    SESION No.23

  • 7/31/2019 Contabilidad de Seguros Sesion No.23

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    LEY CONTRA LAVADO DE DINERO Y

    ACTIVOS

    Qu es el lavado de dinero y activos ?* ES EL PROCESO DE OCULTAMIENTO DE FONDOS DEORIGEN ILEGAL Y LOS SUBSIGUIENTES ACTOS DESIMULACION RESPECTO DE TAL ORIGEN PARA HACERLOSPARECER COMO LEGITIMOS.

    Etapas del proceso:1. Obtencin/recoleccin del dinero:Recepcin de dinero fsico procedente de actividades ilcitas2. Acumulacin o colocacin:Inclusin de los fondos en el sistema financiero de los pases

    3. Estratificacin o mezcla con fondos de origen legal:Operaciones tendentes a eliminar rastros o hacerlos complejosde seguir4. Integracin o inversin:El dinero estratificado se convierte en bienes inmuebles,muebles o negocios fachada

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    * Actividades relacionadas con las DROGAS* Comercio de personas

    * Administracin fraudulenta

    * Hurto y robo de vehculos

    * Secuestro

    * Extorsin

    * Enriquecimiento ilcito

    * Soborno

    * Comercio ilegal de armas

    * Evasin de impuestos* Contrabando de mercadera

    * Estafa y en general

    Delitos generadores de Lavado de Dinero y Activos:

    GENERALIDADES:

    TODO ACTO DE ENCUBRIMIENTO Y LEGALIZACION DE DINERO O

    BIENES PROCEDENTES DE ACTIVIDADES DELICTIVAS

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    Instituciones sometidas a la Ley:* Sociedades de Seguros e Intermediarios* Bancos Nacionales y Extranjeros

    * Financieras

    * Casas de Cambio

    * Bolsa de Valores y Casas Corredoras de Bolsa

    * Importadores y Exportadores de vehculos

    * Casinos y Casas de Juego

    * Transacciones de Bienes Races

    * Agencias de Viaje

    * Agencias de Encomiendas* Empresas Constructoras

    * Agencias Privadas de Seguridad y

    GENERALIDADES:

    CUALQUIER OTRA INSTITUCION, ASOCIACION,

    SOCIEDAD MERCANTIL, GRUPO O CONGLOMERADOFINANCIERO

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    Obligaciones de las instituciones* Identificar a sus usuarios/clientes

    * Archivar y conservar la documentacin

    * Capacitar al personal

    * Establecer mecanismos de Auditora Interna

    * Adoptar normas de control y conducta apropiadas para cumplir

    la LeySecreto bancario y confidencialidadLas informaciones facilitadas en el cumplimiento de la ley delavado de dinero o de una investigacin por presunto delito de

    lavado de dineroNO VIOLAN los derechos de:

    GENERALIDADES:

    * secreto bancario

    * reserva*tributaria

    * confidencialidad

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    Mecanismos de control:* ETICA: Honestidad, sinceridad, equidad, integridad

    * INDEPENDENCIA: En los conflictos de inters

    * PROCEDIMIENTOS Y ACCIONES: Colaboracin con las

    autoridades, conocimiento del cliente y conocimiento delmercado

    La regla bsica internacionalmente adoptada es:CONOZCA A SU CLIENTE O

    TERCERO

    CONTROL:

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    Operaciones sujetas a control

    ENTRADAS DE EFECTIVO:

    * Pago de primas

    * Depsitos de primas

    * Pago de prstamos

    * Ventas de activos extraordinarios

    * Ventas de rescates/salvamentos

    CONTROL:

    SALIDAS DE EFECTIVO:

    * Pago de reclamos y obligaciones contractuales

    * Devoluciones de primas

    * Otorgamiento de prstamos

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    Seales de alerta:

    Operaciones efectuadas y que tienen caractersticascomplejas, inslitas, significativas y/o que no responden a lospatrones habituales o que no tengan un fundamentoeconmico-legal evidente o lgico de acuerdo con lacapacidad econmica del cliente o tercero.

    CONTROL:

    Constituyen seales de alerta:1. El cliente proporciona datos falsos o sospechosos

    2. El cliente se muestra renuente a dar los datos solicitadospara su identificacin

    3. El cliente fracciona transacciones para evitar superarciertos lmites

    4. El deudor paga repentinamente un prstamo sinexplicacin razonable de la fuente de los fondos

    5. El asegurado solicita incrementos de sumas aseguradasdesproporcionadas con el valor de los bienes

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    CONTROL:

    Constituyen seales de alerta:

    6. El cliente no desea continuar una transaccin cuando se leinforma que se presentar un informe de declaracin deoperaciones

    7. El cliente trata de convencer o amenaza a un empleado

    para evitar que se presente la declaracin de operaciones8. El cliente suscribe varias plizas de seguros bajo uno o

    ms nombres y en todas ellas l es el beneficiario

    9. El cliente presenta reclamos fraudulentos

    10. Cancelaciones de plizas ya pagadas y que tienen sumaselevadas en las que se requiere que el pago se efecte anombre de un tercero

    11. Se solicita emitir plizas a favor de extranjeros nodomiciliados en el pas

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    PROCEDIMIENTOS / ACCIONES:

    Informacin a Autoridades:

    Los organismos o instituciones a las que se girarn

    informes son:

    * Unidad de Investigacin Financiera de la F.G.R

    * Superintendencia del Sistema Financiero

    Se informar de dos tipos deoperaciones:

    a) TODAS las transacciones superiores a 500,000.00

    ( $ 57,142.86)

    b) Transacciones inferiores a esa cifra pero que sean

    SOSPECHOSAS

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    SON OPERACIONES INUSUALES AQUELLASCUYA CUANTIA O CARACTERISTICAS NOGUARDAN RELACION CON LA ACTIVIDAD

    ECONOMICA DEL CLIENTE O TERCERO, OQUE POR SU NUMERO, CANTIDADESTRANSADAS O POR SUS CARACTERISITICASPARTICULARES O ESPECIALES SEIDENTIFICAN CON SEALES DE ALERTA

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    Exoneracin de informacin:* Existe la posibilidad de EXONERAR a un cliente decumplimentar la informacin relativa a Transacciones enEfectivo cuando realice de manera habitual y

    corriente operaciones sujetas a informacin y se hayadeterminado razonablemente el carcter LEGAL de sus

    actividades

    * La inclusin de un cliente a la Lista de Exentos debe serrazonada y documentada

    * Cuando se determine que un cliente debe ser incluido en la

    Lista de Exentos se informar de ello al Oficial deCumplimiento en el formato UIF-FGR02

    CASO DE DARSE UN CAMBIO EN LOS PATRONES DECOMPORTAMIENTO Y DE REALIZACION DE TRANSACCIONESECONOMICAS SE ELIMINARA INMEDIATAMENTE AL CLIENTE DE LALISTA DE EXENTOS, SIENDO RESPONSABILIDAD DEL DPTO. QUE

    DETECTE DICHO CAMBIO EL COMUNICARLO AL OFICIAL DECUMPLIMIENTO

    PROCEDIMIENTOS / ACCIONES:

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    Criterios de exoneracin:

    1. El cliente lleva vinculado a la Entidad ms de 6 meses. Esterequisito puede ser obviado si se dispone de referenciasrazonables del mismo en el Sistema Financiero

    2. Se conocen las actividades del cliente y se dispone de todoslos datos del mismo

    3. Maneja un volumen y monto de transaccionesimportantes y lo hace con frecuencia

    4. Las transacciones estn relacionadas con asegurar lasactividades que realiza el cliente

    PROCEDIMIENTOS / ACCIONES:

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    GRACIAS POR

    SU ATENCIN