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1 Decreto 228/2014 DE 14 DE OCTUBRE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DE EXTREMADURA Información para el CLAUSTRO Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica CÁCERES 1

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Decreto 228/2014 DE 14 DE OCTUBRE

ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DE EXTREMADURA

Información para el CLAUSTRO

Equipo de Orientación

Educativa y Psicopedagógica

CÁCERES 1

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CONCEPTO: Se entiende como atención a la

diversidad el conjunto de actuaciones educativas dirigidas a favorecer el progreso educativo del alumnado, teniendo en cuenta sus diferentes

capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses,

situaciones sociales y económicas, culturales, lingüísticas y de salud.

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PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN:

• Dar respuesta a las necesidades educativas concretas, para que todos alcancen el máximo desarrollo

• Facilitar la consecución de las competencias y el logro de los objetivos establecidos con carácter general.

• Abarca a la totalidad de los alumnos• Comprenden un continuo que se extiende desde la

prevención a las medidas excepcionales.• Tienen carácter prioritario las acciones preventivas y la

detección temprana con la implicación de toda la comunidad educativa.

• Se priorizarán las medidas de carácter ordinario.• Las madres, padre o tutores legales recibirán de manera

individual la información de las necesidades de sus hijos y de las respuesta educativa que se le vaya a dar.

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ACCIONES PARA LA MEJORADEL ÉXITO EDUCATIVO:

1. PLAN PARA LA MEJORA DEL ÉXITO EDUCATIVO.

2. OTRAS ACTUACIONES.

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1. PLAN PARA LA MEJORA DEL ÉXITO EDUCATIVO:1. Se incluirá en el PEC.2. Tendrá como finalidad todos los alumnos.3. Los centros educativos lo diseñarán con la finalidad de

establecer los mecanismo de refuerzo para conseguir el éxito de todos.

4. La CCP establecerá las líneas prioritarias y coordinara sus seguimiento y evaluación.

5. En su elaboración y desarrollo participará todo el Claustro, siendo el equipo directivo el responsable de su diseño, coordinación y dinamización.

6. Abarcará tres cursos académicos, tras los cuales se elaborará de nuevo de acuerdo con los resultados de la evaluación.

7. La consejería establecerá el procedimiento para el diseño, desarrollo y evaluación de este plan.

8. El plan de mejora para el éxito educativo incluirá el PLAN DE ATENCION A LA DIVERSIDAD.

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2. OTRAS ACTUACIONES.

• La consejería impulsará el desarrollo de planes específicos.

• Estos planes serán regulados por orden de la consejería

• Podrán desarrollarse en colaboración con entidades, instituciones y otras administraciones.

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PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

1. Forma parte del Plan de Éxito Educativo y se incluye en la Programación General Anual.

2. Es aprobado por el Director/a3. Concreta el conjunto de actuaciones y medidas

organizativas y curriculares que un centro diseña y desarrolla para dar respuesta a la diversidad de necesidades educativas del alumnado para que todos cuenten con los recursos para alcanzar el éxito y la excelencia en el marco de la escuela inclusiva.

4. La CCP establece las líneas generales para la organización y diseño del plan y coordina sus seguimiento y evaluación

5. Las modificaciones al mismo deberán argumentarse convenientemente.

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PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDADDeberá contener, al menos:a) Análisis de la situación de partida del centro y

valoración de necesidadesb) Determinación de objetivosc) Actuaciones generales de atención a la diversidadd) Medidas ordinarias y especificas de respuesta

educativa a la diversidad de los alumnose) Organización de recursos humanos y materiales.f) Criterios y procedimiento para su desarrollo,

seguimiento, evaluación y toma de decisiones.

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ACTUACIONES Y MEDIDAS DE ATENCIÓN A LADIVERSIDAD

1. ACTUACIONES Y MEDIDAS GENERALES.2. MEDIDAS ORDINARIAS3. MEDIDAS ESPECÍFICAS:

1. MEDIDAS EXTRAORDINARIAS2. MEDIDAS EXCEPCIONALES

4. OTRAS MEDIDAS DE ATENCION A LA DIVERSIDAD

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ACTUACIONES Y MEDIDAS GENERALES.

a) Programas e iniciativas que fomenten la escolarización temprana.

b) Distribución equilibrada del alumnado con necesidades especificas de apoyo educativo entre los centros.

c) Medidas de apoyo técnico y equipamiento especifico para garantizar el acceso al currículo.

d) Programa, medidas de apoyo y previsión a los centros de los recursos y medios necesarios.

e) Programas y medidas para prevenir el absentismo y el abandono escolar temprano.

f) Sistema publico de ayudas.

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MEDIDAS ORDINARIAS

• Todas aquellas que facilitan la adecuación del currículo al

contexto sociocultural de los centros y las características del

alumnado siempre que no supongan alteración

significativa de los elementos que lo integran.

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• Son medidas ordinarias:

• Organización flexible de espacios, tiempo, recursos humanos y materiales.• Adecuación de las programaciones didácticas alas características del grupo.• Refuerzo educativo en grupos ordinarios• Agrupamientos flexibles y desdobles.• Programas grupales de refuerzo y /o recuperación de materias.• Programa de apoyo a alumnos que promocionan con aprendizajes no

alcanzados• Plan de recuperación para alumnos que repiten curso.• Adecuaciones metodológicas en la enseñanza y evaluación de la lengua

extranjera para alumnos con discapacidad especialmente si presentan dificultades en lenguaje oral (ej: deficiencia auditiva)

• Metodologías basadas en el trabajo colaborativo.• Adecuación de tiempos, instrumentos o procedimientos de evaluación.• Medidas de profundización que permitan desarrollar las capacidades y

motivaciones.• Acciones para la mejora de la convivencia.• Desarrollo de la, acción tutorial y orientación.• Permanencia de un año mas en el mismo curso, una vez agotadas el resto de

medidas ordinarias.

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MEDIDAS EXTRAORDINARIAS

Todas aquellas dirigidas a dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado con necesidad especifica de apoyo educativo. Suponen modificaciones significativas del

currículo y pueden conllevar cambios esenciales en el ámbito organizativo y en la

modalidad de escolarización.Solo se adoptarán cuando las medidas

ordinarias no resulten suficientes.

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• Son medidas extraordinarias:• Escolarizaciones:

• En centro ordinario con adaptaciones curriculares significativas y/o de acceso para alumnos con necesidades educativas especiales.

• Escolarización combinada centro ordinario-aula especializada.• Escolarización combinada centro ordinario-centro de educación

especial.• Escolarización en centro especifico de educación especial o aula

abierta especializada.• Intervención con carácter imprescindible de personal no docente.• Prolongación de un año mas en la etapa para alumnos con

necesidades educativas especiales.• Atención educativa al alumnado que tiene dificultades para asistir

regularmente al centro• La solicitud de medida extraordinaria la puede realizar el equipo directivo,

el EOEP o los padres o tutores legales.

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AJUSTES DE LOS PROCESOS EDUCATIVOS Y ADAPTACIONES CURRICULARES

• Únicamente se consideran adaptaciones curriculares aquellas medidas de atención a la diversidad que deriven de evaluación psicopedagógica y así se determine en el informe psicopedagógico correspondiente.

• Tipos de adaptaciones curriculares: • Adaptaciones significativas: afectan a los elementos que integran el currículo y

requieren eliminar o incorporar los más adecuados a las características del alumno. SOLO PUEDEN IMPLEMENTARSE EN ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.

• Adaptaciones de acceso al currículo: pueden realizarse para aquellos alumnos cuya condición de discapacidad esté debidamente acreditada.

• Adaptaciones de ampliación y enriquecimiento que comprende: profundización o complementación dentro del currículo ordinario, adaptaciones de ampliación y/o enriquecimiento y agrupamientos flexibles en grupos superiores en una o varias asignaturas para alumnado con altas capacidades.

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MEDIDAS EXCEPCIONALES

Todas aquellas dirigidas a dar respuesta a los alumnos con necesidades educativas

especiales y con altas capacidades intelectuales que requieren modificaciones del

currículo en tal grado que suponen cambios esenciales en el ámbito organizativo y/o en la

modalidad de escolarización.Solo se adaptarán cuando las medidas

extraordinarias no hayan sido suficientes.

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• Son medidas excepcionales:• Permanencia de un año más en educación infantil.• Escolarización en centros educación aula abierta o

aula especializada para alumnos de educación infantil.

• Escolarización combinada entre centro ordinario y centro de educación especial en educación infantil.

• Escolarización a tiempo parcial en centro ordinario para ACNEE.

• Flexibilización del periodo de escolarización para alumnos con altas capacidades.

• Permanencia hasta los 16 años en aula abierta especializada.

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OTRAS MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

• PROGRAMAS DE COMPENSACIÓN DE DESIGUALDADES

• PROGRAMAS ESPECÍFICOS DE APRENDIZAJE DEL ESPAÑOL

• OTROS PROGRAMAS EN EDUCACIÓN SECUNDARIA.

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NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO

Son alumnos con necesidad especifica de apoyo educativo aquellos que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria

para poder alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades y los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos.

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CLASIFICACIÓN

Entre los alumnos con NecesidadesEspecíficas de apoyo educativo se incluye elAlumnado con:

1. Necesidades educativas especiales2. Dificultades específicas de aprendizaje3. Trastorno por déficit de atención e hiperactividad.4. Altas capacidades Intelectuales5. Incorporación tardía al sistema educativo6. Condiciones personales o de historia escolar

desajustada

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1.ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

El alumnado que presenta necesidades educativas especiales

es aquel que requiera por un período de su escolarización o a lo

largo de toda ella determinados apoyos y atenciones educativas

específicas derivadas de:

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A) DISCAPACIDAD:• Psíquica.• Sensorial: alumnado con déficit visual o

auditivo• Física. • Trastornos del espectro autista

C) TRASTORNOS GRAVES DE CONDUCTAAquellos cuyos síntomas coinciden con los trastornos clasificados en la CIE-10 o el DSM-V (manuales de clasificación de los trastornos mentales) y cuentan con un diagnóstico médico emitido por un organismo sanitario competente en Salud Mental

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La determinación de necesidades educativas especiales requiere la emisión de dictamen y resolución de escolarización en la que se haga constar la modalidad más apropiada.Corresponde al equipo docente aplicar la repuesta educativa de este alumnado con el asesoramiento de los profesionales de orientación.

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2.ALUMNOS CON DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE

El alumnado que presenta necesidades especificas de apoyo educativo por

dificultades especificas de aprendizaje es aquel que requiera, en algún momento de su

escolarización o a lo largo de toda ella, medidas de atención a la diversidad para

responder a sus necesidades especificas. Se consideran dificultades especificas de

aprendizaje las derivadas de:

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A) INTELIGENCIA LÍMITEB) DISLEXIAC) TRASTORNO DEL APRENDIZAJE NO VERBALD) OTROS DIFICULTADES ESPECIFICAS EN EL

APRENDIZAJE DE LA LENGUA ORAL, LA LECTURA, LA ESCRITURA Y/O LAS MATEMATICAS

Los servicios de orientación realizarán laevaluación psicopedagógica y emitirán elinforme psicopedagógico correspondiente.

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3.ALUMNOS CON TRASTORNO POR DÉFICIT DE ATENCIÓN E HIPERACTIVIDAD

Se considera alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo educativo

con trastorno por déficit de atención e hiperactividad aquel a quién HABIENDOSELE

DIAGNOSTICADO, requiera en algún momento de su escolarización o a lo largo de toda ella, de una respuesta educativa especifica para atender las necesidades derivadas de dicho

trastorno.

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4.ALUMNOS CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALESSe considera alumnado con necesidades específicas de

apoyo educativo por altas capacidades intelectuales aquel cuya evaluación psicopedagógica determine que

dispone de una capacidad intelectual superior a la media con evidencia de una elevada productividad, un

alto nivel de creatividad y una alto grado de dedicación a las tareas.

La respuesta de estos alumnos deberá proceder de menos a más (medidas ordinarias antes que medidas especificas y dentro de estas, antes las extraordinarias

que las excepcionales).

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5.ALUMNOS CON INCORPORACIÓN TARDÍA AL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

Tendrán estas consideración los alumnos que por proceder de otros países u otro motivo se incorporen

de forma tardía al sistema educativo español y que requiera una atención especifica de refuerzo y/o

apoyo siempre que confluyan las siguientes circunstancias: desfase curricular en los aprendizajes

instrumentales básicos y/o desconocimiento de la lengua vehicular de acceso al currículo.

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6.ALUMNOS CON NECESIDADES ESPECIFICAS DE APOYO EDUCATIVO POR CONDICIÓN PERSONAL O DE

HISTORIA ESCOLAR.Tendrán estas consideración los alumnos que

presenten necesidades educativas especificas por encontrarse en situación de riesgo de exclusión social derivado de factores sociofamiliares y económicos o

de pertenencia a minorías étnicas y que se encuentren en situaciones de especial vulnerabilidad para acceder y permanecer en el sistema educativo

en condiciones de igualdad de oportunidades. Tienen esta consideración los siguientes supuestos:

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•Situación desfavorable de salud del alumno•Absentismo escolar•Escolarización desajustada por frecuentes cambios de domicilio•Situaciones de violencia de género y/o familiar•Acoso escolar•Victimas del terrorismo•Abuso de menores•Cumplimiento de medidas judiciales de reforma•Medidas de protección y/o tutela•Otras razones de urgencia personal, familiar y/o social.

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MEDIDAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA.•Programas de compensación de desigualdades en centros con elevado numero de alumnos en riesgo de exclusión social•Planes que promuevan la permanencia de los alumnos en el sistema educativo.•Planes de prevención, control y seguimiento del absentismo escolar.•Apoyo educativo en el contexto hospitalario•Apoyo educativo para alumnos convalecientes•Atención educativa especifica para alumnos sometidos a medidas judiciales y/o a medidas de protección y tutela.

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IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LASNECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO.

A) IDENTIFICACIÓN1. Corresponde al equipo docente y en particular al tutor

la detección temprana de dificultades y la ADOPCION INMEDIATA, en colaboración con el equipo directivo y y el asesoramiento del EOEP, de las MEDIDAS ORDINARIAS.

2. Una vez implementadas medidas ordinarias y resultan éstas INSUFICIENTES, se procede a la derivación, con informe motivado del equipo educativo, al EOEP, para su valoración.

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B) EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA• La evaluación psicopedagógica es un proceso sistematizado de

recogida, análisis y valoración de la información relevante del alumno en relación con los procesos de enseñaza-aprendizaje, así como con los contextos escolar, familiar y social con los que interacciona, para IDENTIFICAR NECESESIDAD EDUCATIVAS ESPECÍFICAS que pudieren constituir la causa o formar parte de situaciones multicausales que originen dificultades y/o desajustes en su desarrollo personal, social y/o académico.

• Las conclusiones de la evaluación psicopedagógica deben ser la base de la cual se oriente al profesorado, a los centros y a las familias sobre medidas de atención a la diversidad que es necesario implementar.

• Se realiza de manera prescriptiva a los alumnos con NCESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES en los momentos previos a la transición de una etapa a otra y siempre que se produzcan cambios significativos en las necesidades del alumno.

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• Es un proceso colaborativo.• Debe concluir en informe psicopedagógico.• Hay que contar con autorización expresa de los padres o

tutores legales.• De los resultados se informara a los padres o tutores

legales y se solicitará sus valoración y aceptación que deberá queda recogidas en un anexo al informe.

• Cuando, como resultado de la evaluación psicopedagógica, se estime necesario una modalidad de escolarización distinta a la ordinaria, será necesaria la formalización del DICTAMEN DE ESCOALRIZACIÓN y la consiguiente RESOLUCIÓN.

• El DICTAMEN es un DOCUMENTO ADMINISTRASTIVO que determina la modalidad de escolarización., siempre que tenga la correspondiente RESOLUCIÓN.

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EVALUACION DE ALUMNOS CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO

La evaluación de alumnos con necesidades especificas de apoyo educativo y alumnos con necesidades especificas asociadas a condiciones personales o de historia escolar, se efectuará de acuerdo con lo que se determina en la normativa que establece el currículo.

El alumnado con NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (por discapacidad o trastorno grave de conducta) será evaluado tomando como referente lo establecido en su adaptación curricular individual.

Los alumnos con altas capacidades serán evaluados en referencia a lo establecido en sus adaptaciones de enriquecimiento o ampliación.

El alumnado con integración tardía al sistema educativo que presente graves carencias de competencia en lengua castellana, será evaluado, de forma transitoria, con instrumentos y procedimientos que permitan detectar sus capacidades para acceder en el futuro al currículo de su grupo de referencia.

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GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN