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PLAN ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD CURSO 2013-2014

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Documento que describe las características del Plan de Atención para la Diversidad del IES Poeta Paco Mollá

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Page 1: Plan Atencion a la Diversidad

PLAN ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

CURSO 2013-2014

Page 2: Plan Atencion a la Diversidad

PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD CURSO 2013-2014:

Los criterios y procedimientos para organizar la atención a la diversidad en nuestro Instituto de Educación Secundaria se ajustarán a lo dispuesto en la orden de 18 de junio de 1999 de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula la atención a la diversidad en la E.S.O. y que contempla toda una serie de medidas de atención a la diversidad que cada centro docente podrá adoptar para que el alumnado encuentre respuesta a sus necesidades educativas. Además durante este curso se procederá conforme a lo dispuesto en la orden de 14 de marzo de 2005, de la Consellería de Cultura, Educación y Deporte, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros que imparten educación secundaria.

La elaboración de un Plan de actuaciones para la atención a la diversidad del

alumnado de la etapa de secundaria obligatoria, ha venido condicionada por el análisis de una serie de características relevantes de la realidad de este centro educativo como son: el número de alumnos y alumnas matriculados durante el presente curso escolar, la composición de los grupos y la ratio en cada uno de ellos, las características y gran diversidad del alumnado que ha de ser atendida fundamentalmente en base a las necesidades detectadas a lo largo del proceso de enseñanza – aprendizaje y la existencia de gran cantidad de alumnado con necesidades educativas especiales que ha de ser atendidos con insuficientes recursos profesionales

Conscientes de que el sistema educativo debe proporcionar a cada alumno la respuesta educativa que necesite para su desarrollo personal y social, es preciso que los alumnos y alumnas cuenten con todos aquellos recursos necesarios para poder acceder al currículo ordinario. Por tanto, en este Centro educativo se articulan las siguientes medidas favorecedoras del proceso de enseñanza-aprendizaje :

A.- MEDIDAS DE CARÁCTER GENERAL:

1. Concreción del currículum: los distintos Departamentos Didácticos establecen en sus programaciones contenidos nucleares o básicos, contenidos de refuerzo, de ampliación y complementarios, así como criterios e instrumentos de evaluación adecuados a las necesidades que presentan determinados alumnos/as.

Todos los Departamentos trabajarán en la línea de establecer un currículo adaptado, buscando fórmulas de organización y trabajo para elaborar y revisar el Proyecto Curricular de Etapa.

La evaluación “0” o inicial ha de servir para detectar los alumnos con n.e.e., a tal fin los distintos Departamentos Didácticos, revisarán, elaborarán y utilizarán pruebas de nivel que permitan realmente detectar alumnos con dificultades de aprendizaje.

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2. Organización de la opcionalidad: se continuará trabajando por parte de los D. Didácticos en ofertar optativas orientadas a contribuir al desarrollo de las capacidades básicas expresadas en los objetivos generales, y pensadas y programadas para adaptarse a las características del alumnado del Centro. - Los contenidos de las optativas tendrán fundamentalmente carácter práctico y

funcional. - Durante el proceso de orientación y para su optimización, los diferentes

Departamentos Didácticos elaborarán hojas informativas sobre los contenidos de las materias optativas que ofertan para la información de las mismas al alumnado.

- Se coordinarán los informes de optatividad de los Departamentos Didácticos con las actuaciones del D. Orientación para organizar los contenidos del dossier y/o cuaderno de Orientación del alumnado de segundo ciclo de la ESO.

3. La orientación educativa, psicopedagógica y profesional, y tutoría:

Implica a los componentes del Departamento de Orientación en tareas de coordinación con tutores, profesorado y Departamentos Didácticos para detectar necesidades, asesorar y orientar en la puesta en marcha de medidas de atención a la diversidad de carácter específico e impulsar la acción tutorial. A tal fin se da prioridad a las siguientes actuaciones: - Revisión y análisis, a principio de curso, de los expedientes del alumnado de nueva

incorporación al instituto, por parte de Orientadora, Profesorado de Pedagogía Terapéutica y Profesores-as tutores, con la finalidad de conocer las características del alumnado.

- Las propuestas de alumnos para valoración psicopedagógica se realizarán en las evaluaciones inicial y primera, con el fin de agilizar la respuesta a tales necesidades.

- Las propuestas de alumnado para diversificación curricular (PDC) y Programa de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) se realizarán en la segunda evaluación.

- Se establece un horario de permanencia obligada en el centro para posibilitar la coordinación de la acción tutorial: última hora del miércoles.

- Se establece un espacio de coordinación del D.O. (contemplado en el horario del Dpto. de Orientación) con los Departamentos de matemáticas, lengua y literatura Castellana y Lengua y Literatura Valenciana para asesorar sobre PCC, A.C....., y con los Departamentos que soliciten asesoramiento.

- Se establece un espacio de coordinación de Tutores con el profesorado del grupo y D.O. para orientación y seguimiento de Adaptaciones Curriculares y alumnado con dificultades: última hora del miércoles.

- Se establece un espacio de coordinación de Tutores de 1º y 2º de la ESO con el Departamento de Orientación (D.O.) y Jefatura de Estudios dentro del horario de permanencia en el centro y con periodicidad semanal, para orientación y seguimiento del alumnado.

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- Se establece coordinación entre el profesorado de Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, Educadora y Orientadora en el D. Orientación (contemplado en el horario del Dpto. de Orientación) para el seguimiento , evaluación del alumnado y la elaboración de actuaciones que incidan en la comunidad educativa.

- Se establece coordinación, a lo largo del curso, entre el profesorado Tutor, Orientadora y Educadora de E. E. para seguimiento del alumnado con necesidades educativas de carácter permanente.

- Se establece que los alumnos saldrán del grupo de referencia para recibir apoyo intensivo en el horario de Matemáticas, Lenguaje y Valenciano. Al menos una hora de estas áreas la tendrán con su grupo de referencia. Si por cuestiones organizativas, el alumnado no pudiese asistir en las horas de las áreas instrumentales, lo hará preferentemente en las siguientes áreas: Inglés (1 hora), Física y química (1 hora) y CC Sociales (1 hora). De todo lo cual, se tendrá constancia y será informado por parte del profesorado de Pedagogía Terapéutica al profesorado implicado, al Departamento de Orientación y a Jefatura de Estudios. Así mismo cualquier variación en el horario será comunicada a los padres del alumnado afectado.

- Los alumnos que cursen diversificación curricular y que excepcionalmente precisen de apoyo intensivo, lo recibirán en el horario de Atención Educativa o Religión (dos horas semanales).

- Se establecerá coordinación con los Centros de Primaria adscritos al Instituto, conjuntamente con la Coordinadora de Secundaria y Jefatura de Estudios, para conocer las características y necesidades del alumnado de nueva incorporación.

El Plan de Orientación Educativa, Psicopedagógica y Profesional así como el Plan

de Acción Tutorial se elaboran a principio de curso por el Departamento de Orientación con la colaboración de los tutores, siguiendo las directrices, en su caso, de la Comisión de Coordinación Pedagógica. Ambos planes serán aprobados por el claustro de Profesores a propuesta, en su caso, de la Comisión de Coordinación Pedagógica y serán incluidos en el correspondiente Proyecto Curricular.

Todos los alumnos y alumnas, al finalizar la ESO, recibirán un Informe de Orientación Escolar (R.D. 831/2003, art.17.3) (Consejo Orientador) sobre su futuro académico y profesional, no preescriptivo y con carácter confidencial. Será realizado por el tutor o tutora del alumno-a, de acuerdo con las aportaciones del profesorado del grupo y el asesoramiento del Dpto. de Orientación. Este asesoramiento consiste en la elaboración de material específico para el alumnado (Cuadernillo de toma de decisiones para 4º de ESO) y de apoyo para el profesor tutor-a, así como la intervención para la colaboración en determinadas sesiones de tutoría conforme a lo dispuesto en el Programa de Orientación Académico- Profesional (P.O.A.P.).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 punto 15 de la orden 60/2010 de Junio (DOCV 11/06/2010), junto a la evaluación final de junio y, en su caso, en la evaluación extraordinaria correspondiente al primer nivel de PCPI en todas sus modalidades, se expedirá consejo orientador escrito mediante el que se oriente a cada alumno y alumna sobre el itinerario académico y profesional a seguir a partir de la superación del mismo, que más se adecue a sus intereses y capacidades. Además de lo anterior, en los PCPI de las modalidades de aula y aula polivalente, el consejo orientador también se expedirá junto a la evaluación final de junio y, en su caso, junto a la evaluación extraordinaria correspondiente al término del segundo nivel. El consejo orientador será elaborado por el departamento de orientación o por quien ejerza sus funciones y por el tutor o tutora en coordinación con el resto de profesores y profesoras del equipo

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docente del grupo y el visto bueno del jefe/jefa de estudios. (art.17, apartado 15 de la orden 19 de mayo de 2008 )

Así pues, se expedirá consejo orientador al alumnado que finalice tanto el primer

como el segundo nivel de PCPI, así como al que abandone el programa sin haberlo superado, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo VIII a la presente resolución. (Apartado 8 punto 3 de la Resolución 5 de Julio de 2010. DOCV 28/07/2010.

El documento en que se formaliza este informe de Orientación Escolar, se entrega al alumno y a sus padres o tutores legales, y se archiva una copia en el expediente del alumno o la alumna, garantizándose siempre su confidencialidad.

4. Actividades de refuerzo: tienen como objetivo ayudar al alumnado a

superar las dificultades de aprendizaje en aquellas áreas en que lo necesite. ¿Para quién?

Para alumnos-as que hayan promocionado sin haber obtenido evaluación positiva durante el curso anterior en las áreas instrumentales: matemáticas, castellano y valenciano: lengua y literatura, preferentemente y además en otras áreas en las que se hayan organizado. La finalidad del refuerzo es apoyarles para que puedan alcanzar los objetivos de referencia del grupo clase.

En el presente curso escolar se organizan para las áreas de: Matemáticas,

Castellano y Valenciano.

Organización: Los Departamentos Didácticos correspondientes elaboran la programación de

las actividades de refuerzo. (Ver Programación inicio de curso de los Departamentos correspondientes).

Se procede a su organización definitiva a partir de la evaluación “0” o inicial. Las nuevas incorporaciones y la revisión de la situación académica del

alumnado que participa en estas actividades se realiza en cada una de las sesiones de evaluación ordinarias.

La incorporación del alumnado a las actividades de refuerzo puede tener carácter temporal o ser para todo el curso académico. Para ello el profesor encargado del refuerzo se coordina con el profesor que imparte la misma área en el grupo de procedencia (antes de cada una de las sesiones de evaluación de los grupos de procedencia) y tiene en cuenta el informe de evaluación individualizado elaborado por el tutor/a del curso anterior.

La asignación del profesorado a los grupos de refuerzo se realizará conjuntamente por Jefatura de Estudios y los Jefes de Departamento de las áreas correspondientes, atendiendo a criterios pedagógicos y organizativos del centro.

Las actividades de refuerzo se pueden plantear atendiendo a dos modalidades: fuera o dentro del aula clase.

El seguimiento y evaluación de estas actividades corresponderá a cada Departamento implicado, que comunicará a Jefatura de estudios y a la comisión de coordinación pedagógica los resultados de dicha valoración y las propuestas de mejora.

Para esta tarea se podrá solicitar la colaboración del Dpto. de Orientación.

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Criterios para su organización:

El horario de las actividades de refuerzo ha de coincidir con el del área correspondiente en el aula clase. Esto supone un pequeño desdoblamiento del grupo. De esta forma se evita la coincidencia en la realización del refuerzo con otras materias, lo que supondría una pérdida de horas de clase en áreas que no son objeto de refuerzo. Las horas de refuerzo asignadas a cada área se determinan por Jefatura de Estudios con aprobación de la Comisión de coordinación pedagógica. Criterios de acceso:

Se debe admitir según la Orden, a los alumnos/as que hayan promocionado sin obtener una evaluación positiva en dichas áreas instrumentales o en aquellas áreas que se hayan establecido como objeto de refuerzo.

Quedan excluidos alumnos/as con A.C.I.S. (Adaptaciones Curriculares Individuales Significativas). Se tendrá en cuenta el interés, la motivación y el esfuerzo para la incorpora- ción del alumnado a estas actividades.

B.- MEDIDAS DE CARÁCTER ESPECÍFICO: Teniendo en cuenta las características y necesidades específicas del alumnado

escolarizado en nuestro centro con dificultades para hacer frente al proceso de aprendizaje (alumnado con necesidades educativas especiales: n.e.e.), durante el presente curso escolar, se proponen las siguientes medidas educativas de carácter extraordinario:

1. Adaptaciones Curriculares Significativas: se trata de una medida

específica extraordinaria para determinados alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, atribuidas a causas relacionadas con condiciones personales derivadas de discapacidades permanentes o temporales ( de orden físico, psíquico o sensorial), o con una historia escolar, personal y social característica debida a situaciones sociales, familiares o culturales.

La decisión de que un alumno o alumna prosiga su enseñanza con adaptaciones curriculares individuales significativas únicamente se adoptará después de determinar si el alumno-a tiene n.e.e. y el carácter de las mismas, mediante la correspondiente evaluación psicopedagógica.

La ACIS supone modificaciones importantes en los elementos prescriptivos del currículo (adecuación de objetivos, eliminación o inclusión de determinados contenidos y la consiguiente modificación de los criterios de evaluación), así como e la ampliación de las actividades educativas de determinadas áreas.

La adaptación curricular elaborada se desarrollará siempre partiendo de la programación establecida para el grupo al que pertenece el alumno o alumna.

Se pueden realizar A.C.I.S de una o varias áreas o materias o del conjunto de áreas o materias del ciclo o etapa.

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¿Para quién?

- Para alumnos/as con un desfase educativo de un ciclo como mínimo (más de dos cursos escolares)

¿Cuándo se realizan?

- Se realizarán al inicio del primer y segundo ciclo ( 1º y 3º de E.S.O.) y excepcionalmente en 2º y 4º de E.S.O.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR Se detectan las N.E.E. por: - Evaluación Inicial (equipo educativo) - 1ª Evaluación - Expediente del alumno (Tutor y D. Orientación) Propuesta al D.O. para valoración psicopedagógica El Tutor/a cumplimentará una Hoja de Datos Iniciales (Anexo I orden15/05/06 ) El profesorado del grupo establece en nivel de Competencias de su área o materia Departamento de Orientación, que realiza : - Evaluación psicopedagógica - Informe Psicopedagógico (Anexo orden 15/05/06) Propuesta Curricular Información a padres y madres Los profesores del grupo realizarán las Adaptaciones Curriculares (Asesorados por Dpto. Orientación)

El proceso de elaboración de A.C.I.S., conlleva la implicación del profesorado de los distintos Departamentos para establecer el Nivel de Competencias Curricular, elaboración de A.C.I.S y su puesta en marcha. durante el 1º, 2º y 3º trimestre de curso.

El profesor realizará las A.C.I.S. de su área, que consistirá en: adecuar objetivos, eliminar o incluir contenidos, modificar criterios de evaluación y ampliar actividades. Todo ello quedará reflejado en el Documento de ACIS del anexo de la orden 14/03/05.

El documento de la A.C.I.S. será firmado por el profesor/a de la asignatura y por el turor/a y pasará al expediente del alumno/a (Anexo, orden 14/03/05.)

Para la realización del seguimiento y valoración final de ACIS, se cumplimentará un protocolo, con el asesoramiento del Dpto. de Orientación.

Una copia del protocolo de valoración final se adjuntará al acta de evaluación, conforme a lo dispuesto en la orden.

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¿Dónde queda formalizado? - En el Documento de ACIS, que pasará al expediente del alumno/a. - Se consignará la circunstancia de dicha adaptación en el apartado “datos

médicos o psicopedagógicos relevantes” y en las casillas correspondientes a “ACIS” de los apartados “resultados de la evaluación de 3ºcurso o de 4º curso”.

- Se reflejará en el libro de escolaridad de la enseñanza básica, en el apartado “Observaciones sobre la escolaridad”, con las siglas ACIS.

EL Departamento de Orientación se encargará a principio de curso, de informar a Tutores, Departamentos didácticos y profesorado en general del alumnado con n.e.e. y sus características, estableciendo reuniones de coordinación para tal fin.

En la evaluación inicial ,deben detectarse aquellos alumnos/as que necesiten medidas educativas extraordinarias.

Los Tutores/as que tengan A.C.I.S. deberán de ponerse en contacto con los padres y con la psicopedagoga.

Los alumnos-as con N.E.E. permanentes que precisen de ACIS en todas las áreas del currículo estarán adscritos, de forma equilibrada, a varios grupos ordinarios y recibirán apoyo intensivo en las áreas instrumentales: matemáticas, valenciano y castellano.

Se reducirá la ratio conforme a la legislación vigente en los grupos con alumnos/as que presentan N.E.E. permanentes.

Organización del apoyo intensivo

- Los alumnos/as recibirán apoyo intensivo en Matemáticas, Castellano y

Valenciano. Este apoyo lo realizará el maestro/a de pedagogía terapéutica. - El apoyo intensivo podrá realizarse dentro o fuera del aula ordinaria y siempre

contando con fórmulas de agrupamiento flexible. - El centro dispone de dos aulas de Pedagogía terapéutica, dotadas con materiales

específicos y con recursos didácticos para la atención de los alumnos y alumnas, pudiendo funcionar además como aulas de recursos.

- Se ha solicitado a inspección educativa otro maestro/a de P. Terapéutica. ¿ Qué tipología de alumnado va a recibir apoyo intensivo? Los maestros/as de pedagogía terapéutica atenderán en apoyo intensivo al alumnado con n.e.e., estableciendo en su dedicación horaria las prioridades establecidas en el articulo 12 de la orden 18/6/99 de atención a la diversidad, que a continuación se detallan:

1º.- Atención al alumnado con necesidades educativas especiales permanentes, cuya Adaptación Curricular Individualizada Significativa (ACIS) comprenda la totalidad de las áreas o todas las áreas instrumentales: Matemáticas; Castellano: Lengua y Literatura; Valenciano: Lengua y Literatura, mediante apoyo

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intensivo en grupos flexibles (máximo 8 alumnos y en sesiones de hasta 6 horas semanales fuera de su grupo ordinario).

2º.- Atención al alumnado con necesidades educativas especiales permanentes, cuya ACIS afecte a alguna de las áreas instrumentales: Matemáticas; Castellano: Lengua y Literatura; Valenciano: Lengua y Literatura, mediante apoyo intensivo en grupos flexibles (máximo 8 alumnos y en sesiones de hasta 6 horas semanales fuera de su grupo ordinario).

3º.- Atención al alumnado con necesidades educativas especiales

temporales, cuya ACIS afecte a todas o a alguna de las áreas instrumentales: Matemáticas; Castellano: Lengua y Literatura; Valenciano: Lengua y Literatura.

4º.- Atención al alumnado con dificultades manifiestas de aprendizaje en las, áreas instrumentales: Matemáticas; Castellano: Lengua y Literatura; Valenciano: Lengua y Literatura. El maestro-a de Pedagogía Terapéutica atenderá de forma prioritaria a los alumnos de los apartados 1º y 2º y completará su horario lectivo atendiendo al alumnado de los apartados 3º y 4º. De cualquier forma no podrá atender a un número mayor de 22 alumnos-as por curso. Las funciones del maestro-a de pedagogía terapéutica son:

Asesorar y apoyar técnicamente, como miembro del Departamento de Orientación, a los Departamentos Didácticos en su acción docente con el alumnado con necesidades educativas especiales o que requiera refuerzo educativo. Según las funciones que asigna el ROF de Secundaria en art. 85, estas tareas consisten en: ● Colaborar con el profesorado del instituto en la prevención y detección

problemas de aprendizaje. ● Colaborar con el profesorado del instituto en la planificación y realización de actividades educativas y adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado que presente problemas de aprendizaje.

Asesorar y apoyar técnicamente, como miembro del Departamento de Orientación, al profesorado tutor en su acción docente con el alumnado con necesidades educativas especiales o que requieran refuerzo educativo. Elaborar propuestas de criterios y procedimientos para realizar las Adaptaciones Curriculares apropiadas para el alumnado con necesidades educativas especiales.

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2. Programa de diversificación Curricular: esta medida se propone para el alumnado que ha presentado en cursos anteriores dificultades generalizadas de aprendizaje y que tras la aplicación de las medidas de carácter general adoptadas según el plan de atención a la diversidad del Instituto, se encuentran en riesgo evidente de no alcanzar los objetivos de la etapa cursando el currículum ordinario; pero que, al mismo tiempo manifiestan su interés en obtener el título de Graduado en Educación Secundaria. El PDC se entiende como una forma particular de adaptación curricular que implica, entre otros aspectos, la sustitución de diversas áreas por ámbitos, que son un medio para integrar los aprendizajes básicos y fundamentales e impartirlos de forma globalizada. Los criterios de organización y funcionamiento del programa, el perfil del alumnado de diversificación , el procedimiento para la incorporación del alumnado en el programa y la valoración del mismo, se encuentra en Programa Base de Diversificación, ajustándose a lo regulado y dispuesto en la orden de 16 de Junio de 2008 , de la Consellería de Educación (DOCV 20/06/2008). El Programa Base de Diversificación curricular forma parte del proyecto Curricular de Etapa como medida extraordinaria de atención a la diversidad.

Este es el catorceavo curso de puesta en marcha del Programa de Diversificación y dadas las características del centro y considerando que es una medida extraordinaria, se ha organizado para el presente curso en dos grupos, uno de 3º y otro de 4º, porque así lo requieren las necesidades educativas del alumnado del centro .

Para la adopción de las medidas de carácter específico anteriormente explicadas: ACIS y Programa de Diversificación curricular (PDC), es necesaria la evaluación psicopedagógica.

3. Programa de Cualificación Profesional Inicial (PCPI): Los programas de cualificación profesional inicial constituyen una oferta

formativa básica, adaptada a las necesidades específicas del alumnado que, o bien corre el riesgo de abandonar la enseñanza reglada, o bien ya lo ha hecho sin haber conseguido los objetivos previstos en la Educación Secundaria Obligatoria y tienen una triple finalidad:

- Profesionalizadora: alcanzar una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

- Finalidad madurativa: favorecer el desarrollo positivo y la maduración de los jóvenes mediante un clima educativo de apoyo y orientación.

- Finalidad propedéutica: completar la formación básica para posibilitar el acceso a los ciclos formativos de grado medio o, en su caso, la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria.

Este Centro tiene implantado durante el presente curso escolar el primer y segundo curso del PCPI “Operaciones Básicas de Cocina” en la Modalidad de Aula de Cualificación Profesional Inicial con una duración de dos cursos escolares. Esta modalidad va dirigida a jóvenes, preferentemente escolarizados, que desean una

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inserción profesional temprana y que podrían continuar formándose en los programas impartidos en los centros educativos ordinarios.

Evaluación psicopedagógica: regulada en el Capítulo X de la orden 18/6/99.

Es requisito necesario para identificar las necesidades educativas especiales del alumnado y elemento importante para formular el consejo orientador al alumnado.

Es complementaria a la evaluación que realiza el profesorado (evaluación educativa).

Es un proceso de recogida y análisis de información relevante, sobre los distintos elementos que intervienen en el proceso de enseñanza-aprendizaje, que determina tanto las capacidades generales del alumno-a, como su competencia curricular, es decir, su grado de conocimiento de los contenidos esenciales de las distintas áreas cursadas y otros datos relevantes (motivación, expectativas, autoconcepto, etc.).

La llevará a cabo el profesorado de psicología y pedagogía, utilizando los instrumentos y las técnicas especializadas adecuadas y los datos aportados por el profesorado.

El maestro/a de pedagogía terapéutica evaluará, de forma complementaria a la evaluación del profesorado, el nivel de competencias de las áreas instrumentales mediante pruebas pedagógicas de nivel.

Para realizar la evaluación psicopedagógica previa a la ACIS, al PDC y al PCPI, se cumplimentará el Anexos I de la orden de 15 de mayo de 2006, por la que se establece el modelo de informe psicopedagógico y el procedimiento de formalización. Este anexo será facilitado por Dpto. de Orientación a los tutores en reunión de coordinación.

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Procedimiento para la evaluación psicopedagógica SESIÓN DE EVALUACIÓN PROPUESTAS PARA VALORACIÓN PSICOPEDAGÓGICA

EL TUTOR-A (deja constancia en el acta de evaluación) Y REMITE ( Anexo I orden 15/05/06),

CUMPLIMENTADO POR PROFESORADO AL DPTO. DE ORIENTACIÓN QUE REALIZA:

LA EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA

Determina las necesidades Valora si el alumno/a Educativas especiales del alumnado con riesgo evidente de no

alcanzar los objetivos de la etapa cursando el currículo ordinario, puede obtener el título de Graduado en Ed. Secundaria

A.C.I.S. P.C.P.I. P.D.C. aEl alumnado con 15 años, para su incorporación al PCPI también precisará informe psicopedagógico NOTA: El Plan de actuación para atención a la diversidad del alumnado de ESO,

será revisado a principios de curso escolar por la Comisión de Coordinación Pedagógica y en su caso, modificado o ampliado en función de las características y necesidades del alumnado y de las propuestas que surjan de la comunidad educativa, tras la valoración del presente plan.

Alumnado con 15 años con riesgo de abandonar la enseñanza reglada