como resolver los problemas legales en la empresa
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7/23/2019 Como Resolver Los Problemas Legales en La Empresa
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D O S S I E R
Em p r e n d e d o r e s
Agradecim ien t os
La elaboracin de este dossierha sido posible gracias a lacolaboracin de diversos pro-fesionales y em presas: JuanAntonio Sagardoy, presidentede Sagardoy Abogados; Vidal-Alfon so Hernndez M artn,Pedro Aitor Urcelay, MercedesGarca Ar dila y M ara Jos
Mar tnez Rodrguez, d e Euro -foro Abo gados; JosLusDomnguez , de CE Consu ltin gEmpre sarial; Ftim a Yage, dela aseso ra jurdica d e la As o-ciacin de Jvenes Empresa-rios de M adrid, y JosAntonioAlmoguera, director tcnicode Esine y de Megaconsul t ing.Tambi n se ha co nsult ado laobra Aprender mediacin, deEduard Vinyamata Camp, Edi-cione s Paids Ibrica, 20 03.
Hemos analizado, con varios
despachos de abogados y
profesionales independient es,
los problemas legales que
preocupan a las empresas y
a sus trabajadores. Y a
partir de casos reales,
de los que sepueden extraer
conclusiones
generales, este
grupo de expertos
ha analizado para
EMPRENDEDORESlos 40
ms habit uales.
Cmo resolver los
empresa
problemaslegales en la
Realizado por Javier Escudero.
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7/23/2019 Como Resolver Los Problemas Legales en La Empresa
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Em p r e n d e d o r e s
Previene, algo queda
Como ocurre en el
campo de la medicina,
la prevencin es la
mejor terapia para evitar pro-
blemas en el futuro. Eso mismo
puede y debera ser aplicado al
mundo empresarial.
Lamayora de los profesionales
que trabajan en una organiza-
cin reconocen que los proble-
mas legalesson inherentes a cual-
quier compaa y que el mundo
empresarial no tendra sentido
si todo fuera de color rosa.
Asumido ese reto, lo mejor es
estar prevenidos para evitarlos
o, al menos, mitigarlos. Y si des-
pus de adoptar medidas, el pro-
blema legal surge, lo primero es
intentar solucionarlo de forma
amistosa, como seala Ftima
Yage, de la asesora jurdica de
la Asociacin de Jvenes Empre-
sarios (AJE) de Madrid.
Es normal que las empresas
externalicen determinados pro-
cesos (contabilidad, asesora,
La list a de problemas legales que pueden afectar a las empresas en
su da a da puede ser int erminable. Tras hablar con expert os hemos
anali zado, a part ir de casos reales, los cuarenta ms habit uales.
etctera), pero les aconsejo
tambin que hagan un segui-
miento de esa gestin que dejan
en manos de terceros, afirma.
Resarcir el dao
Si esto no prospera, no debe-
mos dudar en utilizar todos los
recursos legales. Aunque no
debemos olvidar que un proce-
so judicial puede acabar con la
paciencia de cualquiera e, inclu-
so, con el capital de una empre-
sa. Suelen ser procesos largos
porque hay varias instancias
judiciales, y cost osos, porque
hay que pagar abogado y pro-
curador. Y aunque se gane y la
otra parte pague las costas, si el
proceso ha durado mucho, los
gastos de asesora y defensa sue-
len ser ms altos que los de cos-
tas, explica Yage.
Si, finalmente, no queda ms
remedio que ir a los tribunales,
debemos elegir un equipo de
abogados con experiencia, exigir
un informe preliminar sobre la
viabilidad jurdica del asunto y
contratar los servicios de aseso-
ramiento y de defensa con un
presupuesto de honorarios
cerrado, explicaVidal-Alfonso
H e r n nd e z, socio director de
Euroforo Abogados.
Con los clientes
Como explica Pedro AitorUrcelay, de Euroforo Aboga-dos, para la contratacin en ma-
sa con consumidores es precisoredactar un modelo de contratoque contemple condiciones par-
ticulares y generales. Las pri-meras, constituyen el conte-nido ms reducido del con-
trato, que est determina-do por ambas partes, y se
refieren a los datos de laspartes, el objeto del con-trato (en este caso, las
caractersticas del electro-
domstico), el precio, la forma depago, el lugar y la fecha del con-
trato y la firma de las partes.
Respetar al consumidorLa redaccin de las condiciones
particulares y generales del con-trato ha de realizarse con exacti-
tud, precisin, claridad y senci-
llez. Han de respetar el equilibriocontractual entre las partes y,especialmente, del consumidor,
as como evitar las clusulas quepuedan resultar abusivas, segn
lo establecido en la Ley General
26/1984, para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios, y en la
Ley 7/1998, de Condiciones
Generales de la Contratacin.
Las condiciones particulares han
de reflejarse en el anverso del
documento. Se redactan en el
momento de la celebracin del
contrato, haciendo constar alfinal, y antes de las firmas, que
las partes declaran conocer y
aceptan expresamente las con-
diciones particulares y genera-
les del presente contrato.
Las condiciones generales consti-tuyen el contenido del contrato,
determinado unilateralmente porel empresario y al que el consumi-dor simplemente se adh ieresin
negociar su contenido ni redac-cin. Figuran en el reverso del con-trato. Si en las condiciones genera-
les se remite a otros documentos
(por ejemplo, garanta, manual de
instrucciones), ser necesarioque se adjunten o se lefaciliten alconsumidor en el momento de la
celebracin del contrato.
Derechos y obligacionesLas condiciones generales regula-rn, entre otros aspectos, los dere-chos y las obligaciones de las par-
tes, la forma y el lugar de pago(sin perjuicio de su concrecin enlas condiciones particulares), las
consecuencias econmicas parael caso de incumplimiento, las cau-sas de resolucin del contrato, el
alcance del deber de garanta delempresario, etctera.
CONTRATOSHe creado una empresa dedicada a l a venta de electrodomsticos y necesito un modelo decont rato general que sirva para t odos mis clientes. Cmo tengo que redacta rlo?
La redaccin de lascondiciones debe respetarel equilibrio contractual
de las partes
El tamempre
El legisladciencia, cuencia, de
laborales demuy distintodes empres
debera hacadecuado a
las pymesnio SagardoSagardoy A
los padres Estatuto de As, el hecho
estn poco s
repercute eque sus trabmenos beneinmersos en
les que los dsas. Por ejecias laborale
empresa deen una de 2
Jurisdiccin contencioso-administrativa
Jurisdiccin de lo social
D O S S I E R
Incumplimiento de las condiciones contractuales
Un proveedor me ha
enviado menos mate-
rial del que habamos
acordado. Qu hago?
Es muy importante que existaconstancia documental sufi-ciente del contrato celebrado
y, en su defecto, de corres-pondencia postal, fax o e-mail
que refleje los trminos del
suministro o compraventa.Elincumplimiento de contra-
tos mercantiles de suministropor la entrega de inferior can-tidad, de mercanca perecede-
ra corrompida, d e inferior cali-
dad o, incluso, de mercancadistinta a la solicitada, ha dedejarse patente desde el pri-mer momento. En el caso de
que adviertas la entrega demenor mercanca podrsrehusar su recepcin y elpago
del precio correspondiente,sin que el vendedor pueda
obligarte a la recepcin par-cial , nian bajo promesa deentregarte despus elresto .
No obstante, en elcaso de
que aceptes la recepcin par-cial, podrs exigir legalmenteal vendedor elcumplimientodelcontrato con la entrega del
resto de la mercanca o la res-titucin delprecio sise hubie-ra hecho efectivo. En ambos
casos, con la indemnizacinde daos y perjuicios.
Reclamar una compra hecha por Internet
No estoy contento con una
compra realizada en la Red.
Cmo puedo reclamar?
Segn la Ley 34/2002, de Serviciosde la Sociedad de la Informacin yde Comercio Electrnico, el empre-
sario que utilice Internet para ejer-cer su actividad debe informar pre-viamente al usuario de los medios
para reclamar la restitucin delimporte del precio y la devolucinde la mercanca.
Asimismo, siempre que la contrata-cin se haya realizado mediante la
adhesin a las condiciones genera-les de compra establecidas en la
pgina web, tendrs la posibilidadde resolver el contrato en el plazode siete das hbiles. Podrs recla-
mar la devolucin delimporte e,incluso, la entrega de la mercanca,sino se ajusta a las condiciones
acordadas. Siel requerimiento no esatendido podrs ejercitar las oportu-nas acciones judiciales.
Renegociacin de contratos
Debido a la evolucin de
mi empresa, tengo que
renegociar los contratos con
empleados, proveedores y
clientes. Qu pasos sigo?
Para Mara Jos Martnez Rodr-guez, de Euroforo Abogados, elcambiante entorno socio-econ-
mico en el que se desenvuelvenlas relaciones jurdicas de las
pymes determina con frecuenciala necesidad de renegociar lascondiciones contractuales conve-
nidas con nuestros empleados,proveedores y c lientes. As, larenegociacin de contratos se
convierte en una herramienta decontrol de riesgos jurdicos que,prevista con tiempo y utilizada
adecuadamente, contribuyedecisivamente a evitar conse-
cuencias econmicas negativasen el desarrollo de la empresa.
Contratos laboralesCuando existan probadas razo-
nes econmicas, tcnicas, orga-nizativas o de produccin, ladireccin de la empresa puedeacordar modificaciones sustan-
ciales de las condiciones labora-les (jornada de trabajo, horario,rgimen de trabajo a turnos, sis-
tema de remuneracin, sistemade trabajo y rendimiento)con
carc ter individual o cole
esos cambios se les debencar previamente a los afe
y a sus representantes lecon los requisitos, garantefectos especficos previs
el Estatuto General de losjadores y en los conveniotivos que sean aplicables.
Contratos mercantLa modificacin de las co
nes pactadas en los contrmercantiles (con proveedclientes)puede hacerse m
te: acuerdo bilateral de lates, basado en la ley de ly de la demanda (contrat
financieros, contratos de nistro...), o unilateralmen
siempre que las clusulascontrato inicial prevean, forma expresa y concreta
circunstancias que puedeficar dichas variaciones.Por tanto, utilizar una ade
tcnica jurdica de contra
exige tener en cuenta, deespecfica y previsora, lossupuestos concretos en llas modificaciones delme
de la coyuntura socio-ecopueden variar las condicipactadas para que la em p
mantenga un adecuado eqentre ingresos y costes.
La reglade que el
cliente siem-pre tiene la
razn an sirve,siempre que todo quede
reflejado en un contrato.
Fuente: Consejo General del Poder Judicial, 2001
Fuente: Consejo General del Poder Judicial, 2001
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7/23/2019 Como Resolver Los Problemas Legales en La Empresa
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Licencias administrativas para empezar a funcionar
Las licencias adminis-trativas que necesitaspara ejercer la actividadempresarial son, esencial-mente, la licencia de pri-
mer establecimiento oinstalacin de la actividady la de ejercicio o funcio-
namiento de la actividad,explica Pedro Urcelay.
Ante los consistoriosLa solicitud de estas licen-cias, junto con la docu-
mentacin pertinente,han de presentarse anteel ayuntamiento del muni-
cipio en el que vayas aestablecerte. Este orga-
nismo la conceder, pre-via tramitacin del corres-pondiente procedimiento
y siempre que el proyectode negocio presentado noresulte contrario a la
legislacin vigente (en
materia urbanstica,medioambiental y de
regulacin de actividadesempresariales especficascomo sanitaria, alimenta-
ria, etctera).Licencia provisionalLa tramitacin y obten-cin de las licencias ha derealizarse de forma previa
a la apertura de los esta-blecimientos y al ejerciciode la actividad. Existe
tambin la posibilidad deobtener licencias provisio-nales, que en algunos
supuestos se condicionana la previa realizacin de
visitas de inspeccin alestablecimiento.Adems, es necesario
solicitar licencia previa enaquellos casos en los quevayan a realizarse obras
estructurales en los loca-
les y oficinas destinados ala actividad empresarial,
as como en el caso detransformacin sustancial
de la misma.
DocumentosPara la solicitud de las
licencias de estableci-miento y ejercicio de la
actividad debers presen-
tar, entre otros documen-tos, planos o croquis de
los locales y oficinas;memoria descriptiva de laactividad con indicacin
de su objeto; accesos,condiciones de evacua-cin, elementos industria-
les, maquinaria e instala-ciones y condiciones tc-
nico-sanitarias cuando lanaturaleza de la actuacinlo requiera; descripcin de
la posible incidencia de laactividad sobre el medioambiente (ruidos, vibra-
ciones, humos, verti-dos); relacin de la
maquinaria y elementosindustriales de la activi-
dad, y un plan de revisio-nes peridicas a realizar
por el titular de la activi-dad para los equipos de
proteccin de incendios.
Estudio ambientalEn caso de que la activi-
dad pueda tener inciden-cia en el medio ambiente
o est tipificada como tal
en la legislacin auton-mica o municipal corres-
pondiente, es necesario,antes de la solicitud y laobtencin de las licencias,
hacer un estudio previode impacto ambiental,as como la obtencin
de la licencia municipalregulada en el Decreto
2414/1961, por el que seaprueba el Reglamentode actividades molestas,
insalubres, nocivas ypeligrosas.
CRE ACIN D E E M P R E S A S
Acabo de crear una empresa y tengo p endientela tramitacin de las disti nta s licenciasadminist rat ivas necesarias para ejercer laactiv idad. Exactament e de qulicencias se tra ta ?
La tramit acin y obtencin de las licenciasha de hacerse de forma previa a la apert ura
del establecimiento y de la activi dad.
La personalidad jurdica de las delegaciones
Qu rgimen legal es
aplicable a las
sucursales o delegacio-
nes de una empresa
ubicadas en distintas
Comunidades?
La sucursal o delegacin es
una descentralizacin de laestructura de la empresa a
efectos de prestar bienes o
servicios en otros territo-rios distintos de los de su
domicilio social o c entro de
la actividad y negocios.
Por su propia de finicin yconfiguracin, la sucursal
no es una empresa o Socie-
dad distinta ni posee capa-
cidad y persona lidad jurdi-cas distintas de las de la
propia empresa titular.
As, el cumplimiento de lasobligaciones legales, conta-bles y fiscales de la empre-
sa habr de hacerse entodas sus sucursales y
no cada una de ellas de
forma individual.
Para SociedadesEn el caso de empresarioscolectivos (Sociedades)denacionalidad y domicilio
espaoles, tributarn por elImpuesto de Sociedades,
segn la actividad de todas
sus sucursales sin descen-tralizar la gestin delimpuesto por cada una de
ellas. Asimismo, dicha ges-tin se har en el domiciliofiscal, que ser el deldomi-
cilio socialsien l est
centralizada la gestin
administrativa y la direc-cin de sus negocios.
En otro caso, se a tender
allugar donde se haga la
gestin, con independenciade que sea una sucursal
(Ley 43/1995, del Impuestosobre Sociedades).
En empresas de nacionali-
dad y domicilio extranjeros,las sucursales, delegacio-
nes u oficinas se considera-
rn como establecimiento
permanente, debiendo tri-butar por el citado impues-
to, s egn la Ley 41/1998,
delImpuesto sobre la
Renta de no Residentes yNormas Tributarias.
Desde hace varios
aos administro una
Sociedad. Voy a cambiar
la actividad de mi
empresa y el nombre.
Puedo hacerlo a pesar
del tiempo transcurrido?
El nombre de la empresa orazn social puede ser modi-ficado por acuerdo del rga-
no de administracin, sinnecesidad de q ue concurrauna causa prevista legal-
mente, sino, por ejemplo,con ocasin de un cambioen la actividad, subraya
Pedro Urcelay, de EuroforoAbogados. Para cambiar ladenominacin de la empre-
sa es necesario que la juntageneral acuerde modificar
los estatutos. Para ello, esnecesario (RealDecretoLegislativo 1564/1989):
Que los administradores o,en su caso, los accionistasformulen un informe escrito
justificando el cambio. Que se expresen e n laconvocatoria los extremos
que haya n de modificarse. Que en el anuncio de laconvocatoria se haga cons-
tar el derecho que corres-ponde a todos los accionis-
tas de examinar, en el domi-cilio social, el texto ntegrode la modificacin propues-
ta y del informe y de pedir laentrega o el envo gratuitode dichos documentos.
Que el acuerdo sea adop-tado por la junta general porel voto favorable de la mayo-
ra prevista en los estatutoso, en su defecto, del votofavorable delcapital social
presente o representado enla junta, que habr de alcan-
zar el50%del capitalsuscri-to con derecho a voto enprimera convocatoria o el
25%en s egunda convocato-ria. En caso de que concu-rran accionistas que repre-
senten menos del50capital suscrito con da voto, ser preciso e
favorable de los dos del capital presente osentado en la junta.
El acuerdo de cambiodenominacin social
que constar en escritpblica. Los pasos sigtes son iguales a los
figuran en la ficha de pgina anterior dedical Registro del nombr
El alta en la Seguridad SocialP
uede un empresario
estar dado de alta en
el rgimen general de la
Seguridad Social?
Jos Luis Domnguez, de CE
Consulting Empresarial, con-
sidera que toda persona que
se encuentre prestando ser-vicios retribuidos en una
empresa debe estar dado dealta en la Seguridad Social(www .seg-social.es).
Yen el caso concreto de un
empresario, este experto
seala, que debemos teneren cuenta una serie de con-
diciones previas: la prestacin de servicios. elporcentaje de acciones.
las funciones de direccin
y gerencia que tiene atribui-
das el empresario .En su opinin, dependiendo
de estas condiciones, elempresario deber estarincluido en el Rgimen
General, en el Rgimen
Especial de Trabajado
Autnomos o en elAdo (aqullos adminis
que pueden estar dadalta en el General, pederecho a desempleo
Fondo de Garanta Sa
Registro del nombre de la empresa Existe la posibilidad de obte-ner licencias provisionales,previa visita de inspeccionesa los establecimientos.
La vigencia de los cargos
Son indefinidos los
nombramientos
dados en las escrituras
de una Sociedad?
Depender de lo estableci-do en los estatutos socia-les, como seala Jos Luis
Domnguez, de CE Consul-ting Empresarial. En e llosse deber establecer la
duracin delca rgo delrgano de administracin,
teniendo en cuenta que: En las SRL, el plazopuede ser determinado
(uno, cinco, diez aos,etctera)o de carcterindefinido. Si no hay dispo-
sicin estatutaria explicita,se entiende por indefinido. En las Sociedades anni-mas, el plazo de duracindel cargo no puede ser
superior a cinco aos. Sise nombra administradorpor la junta de accionistas
sin fijar el plazo de dura-cin, se entender por el
plazo mximo de cincoaos, salvo que los estatu-tos fijen otro menor.
Para constituir una SRL(Ley 2/1995, de Socie-dades de Responsabili-
dad Limitada) tenis queinscribirla en el RegistroMercantil. Para ello, hay
que aportar la escriturapblica de constitucin
social y los estatutossociales, en los cuales hade establecerse la deno-
minacin de la Sociedado razn social. No obs-
tante, la denominacinsocial no podr ser idn-tica a la de otra Sociedad
preexistente, por lo que,de forma previa a la ins-cripcin de la escritura y
los estatutos, debis soli-citar al Registro Mercantil
una certificacin negati-va sobre vuestra denomi-nacin social, para certifi-
car queno existe otraSociedad con una razn
social idntica. Esta certi-ficacin sirve de reservade la denominacin
durante un perodo dedos meses, durante loscuales, podr otorgarse
la escritura pblica deconstitucin social y
estatutos y su posteriorinscripcin en el RegistroMercantil con la razn
social reservada.Es conveniente que pro-tejis la denominacin o
signos que vayis a utili-zar, a travs de la Oficina
Espaola de Patentes yMarcas (w w w .oepm .es).
Podis ir al RegistroCentral (w w w .rm c.es) o al situado encada provincia.
D O S S I E R
Em p r e n d e d o r e s
Somos un grupo de profesionales aut nomos yqueremos crear una Sociedad de responsabil idadlimitad a (SRL). Cmo debemos regist rar el
nombre de la empresa?
Cambio de actividad y de nombre
Hay que solicitar alRegistro Mercanti l unacertificacin negativa dela denominacin social
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7/23/2019 Como Resolver Los Problemas Legales en La Empresa
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P Y M E F AM IL IAF IS CAL
Qu requisitos nece-
sita cumplir una
factura para poder ser
cont abilizada?
Toda factura debe con te-
ner como mnimo lossiguientes datos, recuerdaJos Domnguez: Numeracin correlativa. Nombre y apellidos o
razn social del destinata-rio y emisor de la factura,as como su NIF/CIF y
direccin completa. Descripcin de la opera-cin y su importe total, con
desglose del IVA. Es nece-sario identificar por sepa-rado la base imponible, el
tipo de IVAy la cuotarepercutida de IVA. Lugar y fecha.
No es requisito indispensa-ble la firma del expedidor,
ni tampoco los datos regis-trales de la entidad emiso-ra de la factura.
Para qu es necesario
tener una factura comple-ta? Para poder deducir el
IVAsoporta do. Sin facturacompleta no se puedendeducir las cuota s de IVA.
Adems, todo empresarioy profesionalest obligadoa expedir y entregar factu-
ra por la entrega de bieneso prestacin de servicios.
Ytodo destinatario delbien o servicio prestadoest en su derecho de soli-
citar una factura completa.
Es necesaria una facturacompleta para deducir el
gasto? La Ley de Socieda-des y la Ley de Renta noson tan estrictas como el
IVAa la hora de exigir unafactura completa parapoder deducir un gasto.
Elgasto ser deducibleentonces si se prueba que
aqules realy necesariopara la actividad empresa-rial o profesional.
Los primeros gastos de las empresas Vamos a aceptar
una oferta para
integrarnos en un
grupo empresarial de
nuestro sector. Cmo
debemos contabilizar
nuestros beneficios y
el pago de impuestos?
En los casos de los gruposde Sociedades, cada una
de ellas deber elaborar,publicar y depositar en elRegistro Mercantil sus
cuentas anuales de igual
forma que la prevista paracualquier empresario,
segn elCdigo deComercio de 1885.
Una dominanteNo obstante, aseguraPedro Urcelay, de Eurofo-ro Abogados, en los casos
en que en el grupoempresarial haya unaSociedad dominante y
concurran los requisitos
que se indican a continua-cin, habr de elaborar,
publicar y depositar en elregistro las cuentas anua-
les consolidadas (el resul-tado de la contabilidadconjunta de todas lasSociedades del grupo).
Ser obligatorio subraya
este experto presentaresas cuentas cuando una
de las Sociedades sea
socia de otra y:a) Posea la mayora de los
derechos de voto dedicha Sociedad.b)Tenga la fa cultad de
nombrar o de destituir a
la mayora de los miem-bros delrgano de admi-
nistracin de la Sociedad.c) Pueda disponer, poracuerdos celebrados con
otros socios, de la mayo-
ra de los derechos de
voto de dicha Sociedad.d)Haya nombrado exclu-
sivamente con sus votosla mayora de los miem-bros delrgano de a dmi-
nistracin, que desempe-en su cargo en el
momento en que deban
formularse las cuentas
consolidadas y durantelos dos ejercicios inme-
diatamente anteriores.
Este ltimo supuesto nodar lugar a la consolida-
cin si la Sociedad, cuyosadministradores han sido
nombrados, est vincula-da a otra en alguno de los
supuestos previstos enlos casos a)y b).
IndividualidadesEn cuanto alcum plimien-to de las obligaciones fis-
cales, las distintas Socie-dades del grupo podrntributar individualmente
por elImpuesto de Socie-dades o acogerse al rgi-men de consolidacin fis-
cal. En este caso, el suje-to pasivo del impuesto es,
exclusivamente, el gruposocialen su conjunto y nocada ente individualmen-
te, y la base imponible seintegra por la suma de lasbases imponibles imputa-
bles a cada ente sitribu-tara individualmente (art-
culos 78 y siguientes de laLey 43/1995, del Impuestosobre Sociedades).
ConsolidacinEn caso de tributar por elrgimen de consolidacin
fiscal, la Sociedad domi-nante tendr la represen-
tacin del grupo fiscal yestar sujeta a lcumpli-
miento de las obligacio-nes tributarias materialesy formales que se derivende ese rgimen fiscal.
seala Jos Luis Domnguez,de CE Consulting Empresarial.En ese modelo, debers comu-
nicar el inicio, definitivo o pre-
vio, de tu actividad: se enten-der producido desde el
momento en que la sociedadrealice entregas, prestaciones
o adquisiciones de bienes oservicios, o efecte cobros,pagos, o contrate personal
laboral para intervenir demodo inmediato en la produc-cin o distribucin de bienes o
servicios. Por tanto, la socie-dad no debera imputarse gas-tos hasta que no se haya pro-
ducido la citada comunicacina la Agencia Tributaria.
Para comenzar a imputargastos a una sociedad esnecesario solicitar a la Agencia
Tributaria (w w w .aeat .es)la
asignacin de un nmero deidentificacin fiscal (NIF),
mediante la presentacin delmodelo 037 deDeclaracinCensalen la oficina de dichoorganismo que corresponda ala sociedad segn su domicilio,
Cumplir los plazos esfundamental para evitarfuturas sanciones admi-nistrativas.
Hace escasos meses que ini cila a ctivi dad d e mi empresa.En ese ti empo ya he reali zado dos servicios. En qumomento puedo comenzar a imput ar gastos a mi sociedad?
Para cobrar una factura sin problemas
Qu consecuencias pue-den derivarse de lafalta de atencin delos pla-
zos de algunas declaracio-nes del calendario fiscal?
La falta de presentacin delas declaraciones tributariasen los plazos legales constitu-
ye una infraccin administra-tiva simple sancionable con
multa de seis a 901,52 euros.Yla falta de ingreso de losimportes correspondientes
constituye infraccin
grave, sancionable conmulta proporcional del50
al 150%del importe que nose ha ingresado, apuntaUrcelay (Ley 230/1963
Gener al Tributa ria).Podr evitarse la sancin sise presentan las autoliqui-
daciones y se ingresan losimportes correspondientes
antes de que se reciba laprovidencia de apremio. Sibien, es necesario pagar un
recargo del 20%ms inte-
reses de demora devenga-dos desde la finalizacin
del plazo hasta que seingrese. An ms, se evita-r la imposicin de intere-
ses de demora y elrecargoser menor, si los docu-mentos se entregan y el
ingreso se realiza en lostres, seis, o doce meses
siguientes al trmino delplazo voluntario (el recargosera de 5, 10 o 15%, res-
pectivamente, delimporte
dejado de ingresar).En caso de que se reciba la
providencia de apremio, elrecargo ser del 20%yser necesario pagar los
intereses de demoradevengados desde la finali-zacin del plazo voluntario
y el coste de la sancincorrespondiente. Sino se
procede al pago, Haciendapodra embargar los bienesde la sociedad.
Cumplir con Hacienda
C
undo puede
comenzar a facturar
mi sociedad?
En primer lugar, para que unasociedad pueda empezar a
facturar hay que solicitar unNIFpresentando un modelo
037 de Declaracin Censalenla oficina tributaria corres-pondiente. Adems, estaras
obligado a comunicar cundo
has iniciado la actividad(cuando se hacen las entre-gas o prestaciones de servi-
cios que se van a facturar).Y, por ltimo, sila a ctividadque vas a ejercer se encuen-
tra sujeta al Impuesto sobreActividades Econmicas (IAE)
tambin estaras obligado apresentar el alta en dichoimpuesto con carcter previo
al inicio de la actividad.
La empresa empieza a ganar
Cul es el tratamien-
to fiscal de unasubvencin?
Jos Domnguez diferen-cia entre tributacindirecta (sociedades o
renta) e indirecta (IVA).En la primera, si subven-
ciona gastos corrientes,
se l leva a la cuenta deexplotacin en elejerci-cio recibido. Ysi es de
capital, a gas to a medida,que amortiza el bien quefinancia. En la segunda, si
es una subvencincorriente, hay que tener-
la en cuenta al calcular el
IVAsoportado de la acti-vidad (se lleva al denomi-nador de la prorrata
general). Ysi es de ca pi-tal, minora el IVAsopor-tado deducible en igual
proporcin a la financia-cin delbien adq uirido.
Cmo tributa una subvencin
Cada sociedad mercant il estobligada a presentar sus cuentas
anuales ante el Registro
La Agencia Tributari a seencarga de la asignacin de unnmero de identif icacin fiscal
para que puedas imput argastos a la empresa
La fiscalidad en las fusiones de empresas
El protocolo familiar
Nuestra empresa
familiar tiene
problemas internos.
Nos han hablado del
protocolo familiar.
Qu finalidad tiene?
Es un instrumento ade-
cuado para ordenar lasrelaciones interfamilia-
res en el seno de laempresa familiar, aclaraUrcelay. Aunque proce-
de de EE UU, el protoco-lo se ha expandido porla UE y, en Espaa, de
forma muy especialenempresas de Catalua.
CualidadesEl protocolo facilita eldesarrollo interno y el
funcionamiento de lassociedades familiares.Articula reglas de disci-
plina interna que ayu-dan a disminuir y solu-
cionar la conflictividadpotencialq ue puedasurgir en las relaciones
entre los s ocios/familia-res y entre stos y lapropia sociedad.
Igualmente, ayuda apreservar el carcter
familiar de la sociedad,regulando adecuada-mente lo necesario para
la sucesin de lossocios por sus descen-dientes y la garanta de
su supervivencia los cambios gene
nales que puedanducirse, afirma UEs adecuado inco
un protocolo siladad pretende concon su carcter fa
porque, ante casocomo la entrada e
capitalde personfamiliares, el protacta de obstcu
ContenidosElprotocolo inclu
Un prembulo, motivos que fundtan su adopcin,
nido y alcance. El proceso pararir la condicin de
Se suelen incluir restricciones paragarantizar que se
sonas con cierto tesco familiar. Ta
las reglas para tratir las participacio La creacin de u
Consejo Familiar vela por el cum plto del protocolo y
posibles conflictoEs aconsejable d
un sistema de macualificadas y simque permitan mo
con mayor o mengrado de acuerdoaspectos del prot
Em p r e n d e d o r e s
El protocolofamiliar debeconfigurarsecon vocacin deperdurabilidad.
D O S S I E R
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7/23/2019 Como Resolver Los Problemas Legales en La Empresa
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LAB ORAL
Los convenios colectivos
Soy autnomo. Voy a
incorporar trabaja-
dores a mi empresa.
Qu pasos sigo?
La primera contratacin se
puede hacer desde elmomento en que la Socie-
dad est constituida: una
vez hechas todas las ges-tiones con Hacienda y laSeguridad Social (SS), siem-
pre con anterioridad al ini-
cio de la actividad. No
debemos olvidar que la SS
no otorga elcdigo de
cuenta de cotizacin (que
permite contratar emplea-
dos)hasta que no est
mecanizada toda la docu-
mentacin. No obstante,
esto no impide contratar,
ya que podemos presentar
el al ta de trabajadores y se
nos respetar la fecha depresentacin hasta q ue nos
concedan el citado cdigo.
Me preocupa que mis
trabajadores puedan
utilizar el correo electr-
nico de la empresa para
uso personal. Pueden
hacerlo sin incurrir en
causa de despido?
Hay empresas, advierte Urce-lay, que han tomado medidas
para controlar que el trabaja-dor no utilice su infraestructu-ra informtica para activida-
des ajenas a sus tareas, comobuscar otro empleo, prestarservicios onlinepor cuenta
propia, captar clientes ocomo ocio.
Medidas adoptadasEntre las medidas de controly prevencin que han adopta-
do esas empresas figuran:revisin peridica de l e-mail,instalacin de programas de
captura de imgenes de losordenadores o, incluso, el
establecimiento de alertas
informticas que se activancon el uso de determinadas
pa labra s.
En tela de juicioNo obstante, se ha cuestiona-do la constitucionalidad deestas medidas y sus conse-
cuencias disciplinarias de des-pido o sancin adoptadas porelem presario. En la actuali-
dad, recuerda Urcelay, carece-mos de una regulacin legalespecfica que trate el uso de
las nuevas tecnologas en elmbito laboral.
No obstante, eluso con finesdistintos al desempeo de sustareas, especialmente durante
su jornada laboral, y siempreque se trate de una conductareiterada, continuada y no
ocasional, integra una infrac-cin deldeber de buena fe enel cumplimiento de sus obliga-
ciones contractuales y unabuso de confianza en su
puesto de trabajo.
El uso personal del e-mail
Es legal que un tra-
bajador que ha
recibido formacin de
la empresa tenga
que permanecer
durante un determi-
nado tiempo en la
compaa o abonar
una indemnizacin si
se marcha antes de lo
previsto?
Segn el Real Decreto
Legislativo 1/1995, sea-la Urcelay, es posible
pactar un acuerdo con el
objetivo de garantizar lapermanencia del trabaja-
dor durante un tiempo
determinado, a ca usa dela previa formacin espe-cializada que pueda reci-
bir o haber recibido con
cargo a la empresa. Tam-
bin se puede acordar elpago de una indemniza-
cin por daos y perjui-
cios en caso de que laabandone antes de lo
convenido.
No obstante, elacuerdodebe cumplir: Que la formacin espe-
cializada necesaria seapor la realizacin o parti-
cipacin del trabajador
en un proyecto o trabajotcnico especfico. El tiempo mximo de
permanencia en laempresa es de dos aos. El pacto se concretar
por escrito. Ypuede for-malizarse como unaclusula adicional al
contrato de trabajo .
Los pactos de permanencia
Un ex directivo se
ha llevado clien-
tes a su actual traba-
jo. Qu puedo hacer?
La nica forma de prever
esta si tuacin es a tra-
vs del establecimiento
en el contrato de unpacto de no concurren-
cia, una vez finalizada la
relacin laboral, afirmaYage. Con ello, no e vi-
tamos que un clientenuestro pueda irse con
un competidor; pero s
evitamos que elex direc-tivo se dedique a nues-
tra actividad, durante untiempo determinado.
Ahora bien, dicho pacto,para ser vlido, no
puede tener una dura-
cin superior a dpara los tcnicos seis meses para l
dems trabajadorAdems, el trabarecibir una com
cin econmica ada por ello.
Contraria a laNo obstante, anhaberse pactado
Urcelay, la emp
puede exigir resplidad civil a quie
actuando de formtraria a la buena probablemente, u
do ilcitame nte lomentos empresade que dispone,
apropia del fondocomercio de la e
en la que est o e
La fuga de directivosM
i empresa no
va bien y
tengo que despedir
a un grupo de traba-
jadores. Qu hago
para que se ajuste a
la legalidad?
Segn el Estatuto delos Trabajadores , seentiende por despido
colectivo la extincinde contratos por cau-
sas econmicas, tcni-cas, organizativas o deproduccin, cuando en
un periodo de 90 das,afecte, al menos, a: 10 trabajadores en
las empresas que ocu-pen a menos de 100; el 10%del nmerode trabajadores enaquellas empresas de
entre 100 y 300; 30 trabajadores enlas de 300 o ms.
Se entiende tambincomo despido objetivo,
recuerda Ftima Ya-ge, de la AJE, cuandoafecta a toda la planti-
lla, siempre que elnmero de afectadossea superior a cinco.
En todos los casos, laextincin ha de hacer-se con un expediente
de regulacin deempleo ante la autori-
dad laboral y abriendoun periodo de consul-tas con los represen-
tantes legales de lostrabajadores.Silas partes l legan a
un acuerdo, la autori-dad laboral autorizar
la extincin de las rela-ciones laborales.Sino hay acuerdo,
resolver autorizandoo denegando la extin-cin de los contratos.
Los despidos colectivos
Los contratos de alta direccin
Los primeroscontratados
El mbito deaplicacin delos conveniosatiende al tipode sector y alterritorio.
Tengo una empresa de telemarket ing y voy acont ratar trabajadores. Me han habl ado de losconvenios colecti vos para respetar los salariosy las jornadas laborales. En quconsist en?
Son los pactos celebra-dos entre los repre-sentantes de los empre-
sarios de un determinadosector y los representan-tes legales de los trabaja-dores. En los convenios
colectivos se fijan las nor-mas y condiciones de tra-bajo con carcter de
mnimo necesario, esdecir, de obligada obser-
vancia y cumplimientopor todos los empresa-rios y trabajadores de un
determinado sector. Aun-que, como seala PedroUrcelay, sin perjuicio de
mejorar las condiciones atravs del correspondien-
te contrato de trabajo.El mbito de aplicacinde un convenio se esta-
blece atendiendo a los
distintos sectores econ-micos y al mbito territo-
rial o espacial. Se distin-
guen entre convenioscolectivos estatales,
autonmicos y provincia-les o locales, rigiendogeneralmente la regla deque los de mbito territo-
rial inferior no contradi-cen lo dispuesto en losde carcter estatal. No
obstante, tambin exis-ten los convenios secto-
riales o de empresa.Para negociar, suscribir ymodificar los convenios
se requiere la interven-cin de las asociacionesempresariales y organiza-
ciones sindicales msrepresentativas.
El mobbing
Se denominam obbing
a la situacin de
acoso moral y profesio-
nal que tiene lugar, ge-
neralmente, entre quie-
nes guardan entre s una
relacin de subordina-
cin jerrquica en la
organizacin interna deuna empresa.
Diferenciar el tratoNo obstante, aclara
Pedro Urcelay, no deben
confundirse con estas
situaciones de acoso el
ejercicio de las faculta-
des de direccin y orga-
nizacin del empresario
sobre la actividad del tra-
bajador. Se considerar
que existe tal acoso
moral y profesional cuan-
do el empresario o supe-
rior discrimine, degrade
o menosprecie al trabaja-
dor, mediante la palabra(por ejemplo, con insul-
tos o descalificando su
trabajo y resultadosdelante del resto de laplantilla), o a travs de
decisiones (rebaja de
categora y funciones,
eliminacin paulatina detrabajo efectivo, imposi-cin de condicionesespecialmente adversas
de trabajo, etctera).Desde el punto de vistalegal, el trabajador aco-
sado puede ejercitar lassiguientes acciones:Ante los juzgados de lo
social para que se le res-tablezca en su categora
profesional, condicionesde trabajo y funciones.Tambin para resolver el
contrato detrabajo, porincumplimiento grave yculpable por parte de su
superior. Por ello, tendrderecho a una indemni-zacin equivalente a la
del despido improceden-te (45 das de salario por
ao con un lmite de 42mensualidades y unaindemnizacin por daos
morales).Denuncia ante la Ins-peccin de Trabajo y
Seguridad Social pcomisin de infracadministrativa mu
grave. La sancin alcanzar los 90.00
(Ley 8/1988).Querella criminadenuncia ante lo p
por la comisin dedelito contra los dchos de los trabaj
Como di rector de recursos humanos he recibido notas de algunos tra bajadores que afi rman estarsufriendo situa ciones de mobbing. Exactament e en quconsist e y qumedid as se pueden toma
En los conveniosse fi jan las normas
y condiciones detrabaj o de obligadocumplimiento por
todos
En los ltimos meses, se han incrementado
notablemente las denuncias por acoso laboral
V oy a contratar a untrabajador cualifica-do en rgimen de altadireccin. Qu dere-chos y obligaciones lecorresponden?
La relacin laboral que vin-cula a las empresas con
los altos directivos seregula por lo fijado en el
contrato de trabajo y porel Real Decreto 1382/1985.As, los derec hos y obliga-
ciones deltrabajador dealta direccin son: El ejercicio de las facul-
tades inherentes a la con-secucin de los objetivos
econmicos de la empre-
sa: funciones de gerencia,intervencin directa en la
toma de decisiones estra-tgicas, contratacin yextincin de contratos depersonal, establecimiento
de criterios de direccinempresarial, etctera. Atal efecto , eltrabajador
tendr derecho a que laempresa le d los poderes
de representacin oportu-nos y los medios tcnicosy humanos ptimos para
hacer su labor. Autonoma y plena res-ponsabilidad. Tendr com o
nico lmite posible los cri-terios e instrucciones
directas emana das, en su
caso, de los rganos supe-riores de gobierno y admi-
nistracin de la sociedad. Percibir un salario con-forme a sus funciones. Promocionar interna-
mente en la estructura dela empresa, a sumiendocargos y nuevas responsa-
bilidades en funcin de losresultados positivos obte-
nidos con su gestin. Respetar el pacto de per-manencia y no concurren-
cia que haya acordado. Actuar con fidelidad yconfidencialidad con res-
pecto a su empresa, noprestando servicios para
terceras empresas.
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ORGANIZACiN ACCIONARIAL
Hemos decidido realizar
un aumento de capital.
Qu aspectos debemos
tener en cuenta?
Esta medida ayuda a fortalecer el
patrimonio empresarialpara
potenciar, desarrollar y expandir
su actividad. Se suele utilizar para
proyectos de expansin incorpo-rando nuevos socios e inversores,
o tambin para a frontar un
importante reto. El aumento decapital exige modificar los estatu-
tos sociales.
Puede hacerse emitiendo nuevasacciones o subiendo el valor
nominal de las existentes. En
ambos casos, el valor podr con-sistir en aportaciones dinerarias o
no dinerarias, o tambin transfor-
mando reservas o beneficios del
patrimonio.
Los requisitos: Derecho de los accionistas de
examinar la propuesta. Que elacuerdo se adopte por
unanimidad sila propuesta se
hace elevando elvalor nominal
de las ya existentes, salvo que sehaga con cargo a las reservas que
hay, y emitiendo nuevas accio-
nes. Ser necesario elvoto de
socios que representen, al
menos, el50%del capitaly estn
presentes en primera convocato-
ria, o el25%en segunda. Tras am pliar, elvalor de lasacciones habr de estar desem-
bolsado por un mnimo del 25%.
La ampliacinde capital social
Reduccin del capital social de la empresa
rio el acuerdo de la mayora de
los accionistas afectados. Enotros casos, el voto favorable de
socios que representen, almenos, el 50%del capital con
derecho a voto y estn presen-tes en primera convocatoria, oel 25%en segunda.
El acuerdo de la junta expresa-
r, como mnimo, la cifra dereduccin, la finalidad, el proce-dimiento para hacerlo, el plazo
de ejecucin y la suma que hayade abonarse a los accionistas.
El acuerdo constar en escri-tura pblica. Se inscribir en elRegistro Mercantil y se publica-
r en el Boletn Oficial del Regis-tro y en dos peridicos.
Los acreedores tendrn dere-
cho a oponerse en un mesdesde el ltimo anuncio del
acuerdo hasta que se les garan-ticen los crditos no vencidosen el momento de la publica-
cin. No tendrn derecho, aque-
llos cuyos crditos estn garan-tizados. No podrn oponerse
cuando la finalidad de la reduc-cin sea: restablecer el equili-brio entre el capital y el patri-
monio disminuido por prdidas;constituir o incrementar la
reserva legal, o con cargo abeneficios, a reservas libres opor amortizacin de acciones
adquiridas a ttulo gratuito.
Soy socio en una pyme y, debi do a l a obt encin de prdidas en l os dos lt imos ejercicios,deseara saber si puede resultar oport uno proceder a una reduccin del capit al social.
La reduccin apunta Urcelay
resulta imprescindible cuandoel patrimonio tiene o puede
alcanzar, previsiblemente, unvalor inferior al de la mitad del
capital social. En tal caso, seincurre en causa legal de disolu-cin de la sociedad, so perjuiciode la responsabilidad de los
administradores por las deudasque pueden adquirir si no se
procede a la disolucin.
Esta medida tiene carc-ter obligatorio cuando
las prdidas han dis-minuido por debajode las dos terceras
partes del capital yha transcurrido unejercicio sin haberse
recuperado el patri-monio. La reduccin
se har disminuyendoel valor de las accio-
nes, amortizndolas o
canjendolas.
Los requisitos para lareduccin de capital:Un informe de los administra-
dores o los accionistas autoresde la propuesta de reduccin.
Derecho de todos los accionis-
tas de examinar la propuesta.
Cuando la reduccin implique
la amortizacin de acciones y lamedida no afecte por igual atodas las acciones, ser necesa-
La finalidad de esta medida
es la de procurar que laestructura de una empresa nose vea afectada de forma irre-
mediable por una prolongada
adversidad econmica.
Es una medi daprovisional adecuadapara disminuir lasdeudas social es
Se debe elaborar un infor-me explicativo sobre losmotivos de la r educcin.
Qu puedo hacer si alguien
est utilizando mi marca?
Como recuerda Pedro Urcelay, elderecho de marca confiere a su titu-lar la exclusividad de uso para poder
identificar sus productos y se rviciosfrente a otros. Es, por tanto, un ele-
mento patrimonialde la empresa conun ineludible valor econmico.Asimismo, com o sea la Jos Luis
Domnguez, la Ley 17/2001 conced eal titular de una marca registradaejercer las acciones civiles o penales
que correspondan contra quieneslesionen su derecho.
En concreto, las acciones civiles quepueden ejercitarse (y que prescriben
a los cinco aos)se dirigen a solicitarla cesacin de los actos que violen suderecho; la indemnizacin de daos y
perjuicios, y la adopcin de medidasnecesarias para evitar que prosiga laviolacin de derechos, as como que
se retiren los productos, materialpublicitario o documentos en los que
se haya materializado la violacin delderecho, la destruccin de los pro-
ductos ilcitos y que la sentencia sepublique a costa del condenado.
Todo esto tiene se ntido si la marcaest registrada en la Oficina Espaolade Patentes y Marcas (www .oepm.es). Segn Urcelay, la documentacinnecesaria para inscribir un nombre osigno utilizados como marca es: una
instancia en la que se solicita el regis-tro; la identificacin del solicitante; la
reproduccin de la marca; la lista delos productos o servicios para los que
Prevenir ante terceros
se solicita el registro y el justifi-cante de pago de la ta sa inicial
(unos 137 euros).Respecto a las acciones penales,
el uso de una marca vlidamenteregistrada con fines comercialespor parte de un tercero no auto-
rizado para su uso constituye undelito castigado con pena de pri-sin de seis meses a dos aos y
multa de seis a 24 meses,advierte Ftima Yage.
Qu obligaciones legales
tengo para vender mis
productos por Internet?
stas vienen reguladas en la Ley
34/2002. As, debe s comunica r alRegistro Mercantil (www .rmc.es)e l
nombre de dominio de tu pginaweb, en el caso de personas jurdi-cas, y a otros registros pblicos, en
el caso de empresarios individuales,siestuviesen inscritos a efectos depublicidad. Tambin, seala Urcela y,
hay que facilitar los medios que per-mitan acceder de forma fcil, per-
manente, directa y gratuita a lasiguiente informacin: Nombre o denominacin social y
residencia, domicilio, direccin deuno de tus establecimientos perma-
nentes en Espaa, tu e-mail, etc. Datos de inscripcin en elregistro. Datos relativos a la autorizacin
administrativa pertinente de tu acti-vidad, sif uera el caso, y los identifi-
cativos delrga no supervisor. Nmero de Identificacin Fiscal. Informacin clara y exacta sobre
el precio delproducto o servicio,indicando si incluye o no losimpuestos aplicables y, en su caso,
sobre los gastos de envo. Los cdigos de conducta y la
forma de consultarlos.En cuanto a la actividad online: Debers publicar en tu w ebo faci-
litar a los potenciales clientes, conantelacin a la compra, el texto de
las condiciones generales de venta.Tras elc ontrato, debers enviar alcliente en las 24 horas siguientes a
la entrega del producto, un escritocon las condiciones de compra. El cliente dispondr de un plazode siete das para resolver elcontra-to, con derecho a la devolucin del
precio y sin soportar los gastos dedevolucin del producto. Podrs incluir que los gastos de
envo sean satisfechos por elclien-te, pero especificando los detalles. Yfijar tambin las distintas moda-lidades de pago del precio, indican-do todas las instrucciones.
Condiciones para vender tus productos por Internet
COMER CIO ELECTRNICO
ES P IONAJ E INDUSTRIAL
El cliente dispondr de unde siete das hbiles para ver el contrato.
Busca asesoramiento profesionalpara iniciar las acciones.
PROTECCIN DE DOMINIO
Cmo protejo el nombre de
dominio de mi web para
evitar que lo utilicen otros?
En Espaa, no hay una proteccinjurdica del nom bre de dom iniocomo signo distintivo de la
empresa y sus servicios, ya queno se ha configurado como dere-cho autnomo de propiedad
industrial(como la marca o el
nombre comercial). Segn Urce-
lay, para proteger el nombre dedominio registrado, inscribe la
denominacin utilizada comomarca en la OEPM. Siotros regis-tran nombres idnticos a los de tu
empresa, podrs presentar unademanda an te la OrganizacinMundial de la Propiedad Intelec-
tual (www .w ipo.org). Este
nismo te dar la razn si:
a)El nombre es idntico osamente similar a tu marc
comercial o de servicios.b)Que el demandado no tederechos o intereses legt
relacionados con el nombc)Y que ste haya sido rey sea utilizado de mala fe.
Los conflictos sobre los nombres en Internet
Hemos advertido prcticas
de espionaje industrial
como infiltracin de emplea-dos en nuestra plantilla, pedi-
dos de falsos clientes, etc.
Cmo podemos reaccionar
ante estas conductas?
Lo primero es de scubrir al autor de
tales acciones e intentar obtenercuantas evidencias y pruebas
resulten posibles para acreditar en
su momento la veracidad. Esto no
resultar fcil y requerir muchosmedios econmicos, materiales yhumanos. Es conveniente quecuentes con asesoramiento jurdico
y, tal vez, con un detective.Obtenidas las pruebas suficientes,evala la conveniencia de negociar
con ela utor o autores sobre elresarcimiento econmico, a dems
de advertirle de la pos ible r
sabilidad civily pen al. En ni
caso, les desveles nientregevidencias del espionaje. Sinegociacin es negativa, ejeacciones penales contra los
res por un delito contra el my el secreto empresarial, y anes civiles contra la socieda
autores, exigindoles una inzacin por daos y perjuicio
Cmo defenderse de las malas artes de la competencia
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C IERRE DE EM P RES AS
Se debe plantear cuando lainfraestructura y recursosde la empresa impide (por no
poder hacer frente a las deudascontradas, contraer otras nue-
vas para obtener financiacin yprestar los servicios propios)seguir con la actividad.
La suspensin de pagos essegn Urcelay una medi-da para la recuperacin
econmica del empresario.Su objetivo es el deplan-
tear y celebrar conveniosde quita y espera (condo-nacin y aplazamiento de
las deudas)con los acree-dores para eliminar el pasi-
vo de la empresa en un tiem-
po determinado hasta que sesanee econmicamente y
pueda reanudar su actividad.
La suspensin se inicia con unasolicitud ante el juzgado, a la
que se acompaa:a)El balance detallado de suactivo y pasivo.
b) La relacin nominal de todossus acreedores, con los domici-
lios y la cuanta, procedencia,fecha de sus respectivos crdi-tos y de sus vencimientos.
c)Las causas de la suspensin ylos medios con que cuenta parasolventar sus dbitos.
d) Una proposicin de conveniopara el pago de las deudas.
e) Certificacin del acuerdo delconsejo de administracinautorizando solicitud.
f) Sucursales, agencias o repre-sentaciones directas.El juzgado nombrar interven-
tores que administrarn el pro-ceso. Se convocar a los acree-dores para saber su opinin. Si
nadie se opone, el juez aproba-r el acuerdo y lo ejecutar.
Cules son las causas
previstas en la Ley
que permiten u obligan a
disolver una empresa?
ElReal Decreto Legislativo1564/1989 y la Ley 2/1995establecen las causas por las
que deber procederse a ladisolucin social: Por acuerdo de la junta
genera l. Por cumplimiento del tr-mino fijado en los estatutos. Por la conclusin del objetode la em presa, la imposibili-
dad ma nifiesta de realizar elfin socialo por la paralizacinde los rganos sociales. Por prdidas que dejenreducido el patrimonio a una
cantidad inferior a la mitaddelcapital social . Por reduccin del capital
por debajo del mnimo legal. Por la fusin o escisintotal de la Sociedad.
Por falta de ejercicio de laactividad o actividades queconstituyan el objeto social
durante tres a os consecuti-vos (nicamente e n las SRL).
La disolucin de la empresa
Qu supone la
declaracin de
quiebra para una
empresa?
La quiebra puede ser
solicitada por el empre-sario o por sus acreedo-
res (Cdigo de Comer-cio de 1885 y Ley deEnjuiciamiento Civil de1881), sea la Urcelay.
La solicitud se formula
ante el juzgado de pri-
mera instancia deldomicilio del empresa-rio. Su objetivo es liqui-
dar la empresa e inhabi-litar alempresario para
actuar en el trfico mer-cantil por la imposibili-
dad absoluta de atenderlas deudas que confor-man su pasivo por insol-vencia de finitiva. Si la
solicitud la ha presenta-
do un tercero, el empre-
sario puede oponerse.La quiebra podr sercalificada como fortuita,
culpable y fraudulenta.El pago de las deudas
se har con los bienesdel empresa rio. La lista
de cobro la encabezanlos acreedores especial-mente privilegiados, losprivilegiados y los
comunes.
Los acreedores pueden solicitar la quiebra
Nuest ra empresa viene sufriendo result ados econmicos con prdi das hast a elpunto de que no podemos atender tod as nuestras las deudas. En qu
momento y de quforma se ha de presentar la suspensin de pagos?
Si los acree-dores no seoponen alacuerdo desuspensin,el juzgado loejecutar.
D O S S I E R
Hemos procedido a
la disolucin de
una Sociedad Annima
por motivos econmi-
cos. Cmo hemos de
proceder para su liqui-
dacin?
La liquidacin tiene lugar
tras su disolucin, comple-tndose el proceso para la
extincin definitiva. Desd eque la Sociedad se declaraen liquidacin, la represen-
tacin de los administrado-
res para hacer gestiones
cesa, procedindose alnombramiento de los liqui-
dadores. stos representa-rn a la Sociedad, elabora-rn inventario delpatrimo-
nio, llevanza y custodia de
documentacin y libros,
concluirn las operacionespendientes y celebrarn las
necesarias para la liquida-cin social, vender los bie-nes y satisfacer a los acree-
dores. Adems, se consig-
nar el importe de los cr-
ditos pendientes y se adju-dicar elhaber resultante
entre los socios. Se cance-larn los asientos en elRegistro y se depositarn
los libros de comercio.
Extincin definitiva de una sociedad como entidad jurdica
Cundo se plantea la suspensin de pagos
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