generalidades del impuesto general sobre las ventas

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neralidades del impuesto genera sobre las ventas Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

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Generalidades del impuesto general sobre las ventas. Si todos contribuimos , todos nos beneficiamos. ¿Qué es el Impuesto General sobre las Ventas?. Es un impuesto indirecto, lo paga el consumidor . Es Plurifásico . Se calcula sobre el valor agregado. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Generalidades del impuesto general sobre las ventas

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 2: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

¿Qué es el Impuesto Generalsobre las Ventas?

Es un impuesto indirecto, lo paga elconsumidor.

Es Plurifásico.

Se calcula sobre el valor agregado.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 3: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

¿Qué se define como una venta?

Cuando se traspasa una mercancía de una persona a otra.

Cuando se ingresan mercancías del exterior (importación ointernación).

Cuando se venden mercancías en consignación, el apartadode mercancías y el arrendamiento con opción de compra.

Cuando se usan mercancías par uso o consumo personal delcontribuyente.

La prestación de los servicios gravados con este impuesto.

Cuando seconcreta alguno

de estos actos, seda lo que se

llama el HECHOGENERADOR

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 4: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Servicios gravados (art.1)

Restaurantes

Cantinas

Centros nocturnos, sociales, de recreo y similares.

Hoteles, moteles, pensiones, casas de estancia transitoria o no.

Talleres de reparación y de refacción de toda clase de mercancías.

Aparcamiento de vehículos

Teléfonos , cables y télex

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 5: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Servicios gravados

Espectáculos públicos en general, excepto los deportivos, teatros y cines (películas para niños)

Servicios publicitarios (radio, prensa y televisión),exentas emisoras de radio y los periódicos rurales.

Servicios de agencias aduanales.

Servicios de correduría bienes raíces.

Servicios de mudanzas internacionales.

Primas de seguros.

Servicios de imprentas y litografías.

Lavado, encerado, limpieza y mantenimiento de vehículos.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 6: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Hecho Generador (Art. 3)

a)Venta demercancías

Momento de Acto queFacturación realiceo entrega primero

b)Importación o Momento de aceptacióninternación de mercancías de la póliza

c)Prestaciónde servicios

Momento de Acto quefacturación o realice

entrega primero

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 7: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Hecho Generador (Art. 3)

ch)Uso oconsumo de Contribuyente

mercancías

Fecha deretiro

d)Venta consignación

e)Apartado de mercancías

f)Faltante de mercancíasgravadas

Fecha consignatario retiramercancía

Momento mercancía quedaapartada

Toma de inventarios

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 8: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Contribuyentes y declarantesdel Impuesto sobre las Ventas

Personas que realicen ventas o prestenservicios de forma habitual

Personas que ingresen mercancías alterritorio nacional, importadores.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 9: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Declarantes

Los exportadores, contribuyentes o no deeste impuesto, están obligados a presentar

declaraciones, a estos se les llamadeclarantes.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 10: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Exenciones

Las ventas de los artículos definidos en lacanasta básica alimentaria.

Las exportaciones

La reimportación de mercancíasnacionales que ocurran dentro de los tres

años siguientes a su exportación.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 11: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Regímenes mediante los cualesse puede inscribir un contribuyente

Existen dos regímenes mediante los cuales un contribuyente se puede inscribir en elImpuesto General sobre las ventas:

Régimen Tradicional Régimen de TributaciónSimplificada (RTS)

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 12: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Régimen Tradicional

Tarifa: art. 10

Tarifa general 13%

Energía eléctricaresidencial 5%

Madera 10%

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 13: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Base imponible en ventas de mercancías

En las ventas de mercancías el impuesto se determina sobre elprecio neto de venta.

No forman parte de la base imponible (art.11):Los descuentos aceptados en las prácticas comerciales.

El valor de los servicios que se presten con motivo de las ventas demercancías gravadas.

Los gastos financieros que se facturen y contabilicen por separado.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 14: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS

Sistema especial de determinación ypago del impuesto a nivel de fábrica y

aduana:

Ejs: Licores, cervezas, cigarrillos

Ropa usada.

Electrodomésticos usados

Repuestos para vehículos usados,vehículos.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 15: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Base imponible en importaciones

El valor se establece adicionando al valor CIF, aduana deCosta Rica, lo pagado efectivamente por concepto dederechos de importación, impuesto selectivo de consumo

y otros.

El valor CIF, es el costo de la mercancía, más el costo deltransporte y seguros.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 16: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Determinación del Impuesto (art.14)

Determinación :Débito Fiscal - Crédito Fiscal = Impuesto a pagar o saldo a favor.

El débito fiscal se determina aplicando la tarifa de impuesto al total deventas gravadas del mes correspondiente.

DÉBITO FISCAL: suma impuesto detallado en facturas de ventas, emitidasdurante el período fiscal + todas las operaciones realizadas durante ese

período fiscal : consumo personal, arrendamientos con opción decompra, etc.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 17: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Determinación del ImpuestoCrédito fiscal (art.14 L y 21 R)

Crédito Fiscal es la suma impuesto pagado detallado enforma separada en facturas de compras, formularios

aduaneros del mes a que corresponda la declaración.

Impuesto pagado en primas de seguro. Mercancías quese incorporan físicamente y pagado en maquinaria yequipo destinado directamente a producir bienes.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 18: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Liquidación y pago

15 días naturales del Con declaraciónmes siguiente jurada

Aún sin impuestodebe presentarse la

declaración.

Declaración consaldos a favor. (Riesgode ser Fiscalizado.)

El impuesto se declara mediante elformulario D-104 utilizando EDDI 7 y

se puede cancelar por medio deConectividad o presentando ladeclaración en los bancos.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 19: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Pagos a cuenta del Impuesto sobre las Ventas(Art.15 bis L y 20 bis R)

AGENTES DE RETENCIÓN

Las procesadoras de pagos de tarjetas de crédito o débito(adquirentes) deben actuar como agentes de retención

cuando paguen, acrediten o, en cualquier forma, pongan adisposición de las empresas afiliadas, las sumas quecorrespondan a ingresos por concepto de ventas de bienes

o servicios gravados.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 20: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

PORCENTAJE DE RETENCIÓN

La retención establecida será de hasta un6% sobre el importe neto de ventapagado, acreditado o en cualquier otraforma, puesto a disposición del afiliado,constituyendo esta retención un pago a

cuenta del impuesto sobre las ventas.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 21: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

CASOS EN QUE NO PROCEDE APLICAR LA RETENCIÓN

Cuando el afiliadono venda

mercancías oservicios gravadoscon el impuestogeneral sobre las

ventas.

Cuando el afiliadoesté inscrito en

alguno de losregímenes de

TributaciónSimplificada .

Sobre las ventas querealice el Depósito

ExpendedoresLibre de Golfito y lasde gasolina.tiendas libres delIMAS.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 22: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

1041047425747

0 1 2 0 1 2

0 1

3-10118054929

Cía El Sol S.A

Ced: 3-10118054929 Adm:01

Cía El Sol S.A

San José, avenidas 5 y 6, calle central

Teléfono:267-41-15

San José Central Catedral

Page 23: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

5,000,000.00

1,500,000.007,000,000.00

7,000,000.00

xxxxxxx

2,000,000.00

6,000,000.001,500,000.00

xxxxxxx

910,000.00195,000.00

xxxxxxx

195,000.00715,000.00

xxxxxx75,000,00

640,000.00200,000.00440,000.00

Page 24: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

440,000.00

440,000.00

GonzálezPeraltaGustavo 01-0240- 0150Gonzalez Fernández Gonzalo

440,000.00

440,000.00

Page 25: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Deberes de los contribuyentes

Inscripción

Emisión de facturas

Llevar los registros contables

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 26: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Emisión de facturas

Los contribuyentes inscritos bajo este régimen y losdeclarantes están obligados a extender facturas o

documentos equivalentes.

Comprobantesválidos

Factura oTiquete de CajaRecibo de Pago

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 27: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Nombre y Apellido oRazón Social

Domiciliocomercial

Datos delcliente

Datos de laventa:

descripción delbien vendido,

servicioprestado o

trabajoefectuado

Si todos contribuimos

Número de oficio deautorización DGT.

Factura Nº de Cédula Jurídicao Física

Nº decomprobante,preimpreso yconsecutivo

Fecha deemisión

Preciosunitarios y

totales

Precio total conel impuesto

incluido

Datos de laimprenta

Page 28: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Tiquete de CajaNombre y Apellido o

Razón Social

Domiciliocomercial

Fecha deemisión

Datos de la venta:descripción del bien

vendido, servicioprestado o trabajo

efectuado

Monto del impuesto

Nº de Cédula Jurídicao Física

Nº decomprobanteconsecutivo

Preciosunitarios y

totales

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 29: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Régimen de Tributación Simplificada

Actividades que pueden acogerse al régimen

- Bar, cantina, taberna, o establecimientos similares.Comercio minorista.

- Fabricación de objetos de barro, loza, cerámica y porcelana.- Panaderías, restaurantes, cafés, sodas y otros establecimientos quese dediquen a actividades similares.

- Fabricación artesanal de calzado.- Fabricación de muebles y sus accesorios.

- Floristerías.- Estudios fotográficos.

- Fabricación de productos metálicos estructurales.

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 30: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Requisitos para ingresar al RTS

Compras anuales por un valor no superior a ciento cincuenta salarios base,incluyendo impuesto sobre las ventas (¢360.600 x 150 = ¢54.090.000.00)

Que el número de personas que trabajan en el negocio no exceda de cinco

Que la actividad no tenga su origen en la explotación de una franquicia,marca, nombre comercial, o en mantener la condición de comercializadorexclusivo o único de otro ente económico.

Que el valor de los activos fijos utilizados en la explotación de la actividad, nosupere los 350 salarios base ( ¢126.210.000.00).

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 31: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Características del RTS

Para calcular el impuesto, se aplica un factor sobre las compras.

Se declara trimestralmente, mediante el formulario D105. Estas declaraciones debenpresentarse y cancelarse dentro de los 15 días naturales siguiente a la conclusión del respectivo

trimestre.

TrimestresOctubre, noviembre, diciembre Abril, mayo, junioEnero, febrero, marzo Julio, agosto, setiembre

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 32: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Deberes y obligaciones

No hay obligación de emitirfacturas por las ventas querealicen, excepto cuando elvalor de venta individualde cada mercancía supereel5% de un salario base(¢18.030.00) o estas seansolicitadas por sus clientes

No estarán obligados aconservar comprobantes

de gastos

Deben conservar losdocumentos de compras,para eventualesintervenciones

fiscalizadoras de la DGT.

Deben llevar un registroauxiliar legalizado “Libro

de compras”

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos

Page 33: Generalidades del  impuesto  general  sobre las ventas

Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos