1 sujetos de los deberes impositivos capitulo ii ley 11.683 articulos 5 a 10 dres: armando magallón...

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1 SUJETOS DE LOS SUJETOS DE LOS DEBERES IMPOSITIVOS DEBERES IMPOSITIVOS CAPITULO II CAPITULO II LEY 11.683 LEY 11.683 ARTICULOS 5 A 10 ARTICULOS 5 A 10 DRES: Armando Magallón y Ricardo Chicolino

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SUJETOS DE LOS SUJETOS DE LOS DEBERES DEBERES

IMPOSITIVOSIMPOSITIVOS

CAPITULO IICAPITULO II

LEY 11.683LEY 11.683

ARTICULOS 5 A 10ARTICULOS 5 A 10

DRES: Armando Magallón y Ricardo Chicolino

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OBLIGACION TRIBUTARIAOBLIGACION TRIBUTARIA

DEFINICION: Vinculo legal que constriñe la voluntad particular de las DEFINICION: Vinculo legal que constriñe la voluntad particular de las personas, mandando a pagar al estado desde el momento en que se personas, mandando a pagar al estado desde el momento en que se produce el acto y éste le sea imputable.produce el acto y éste le sea imputable.

CARACTERISTICAS ESPECIALES: privilegio que goza el Estado CARACTERISTICAS ESPECIALES: privilegio que goza el Estado para ejecutarlaspara ejecutarlas

LA LEY DEFINE: el acto, hecho o situación que le da origen y el LA LEY DEFINE: el acto, hecho o situación que le da origen y el monto de la obligación pecuniaria. Según Luqui, el destino de los monto de la obligación pecuniaria. Según Luqui, el destino de los fondos le da el carácter de tributario.(Consideraciones sumarias fondos le da el carácter de tributario.(Consideraciones sumarias sobre la Obligación Tributaria-Revista de Derecho Comercial -1986)sobre la Obligación Tributaria-Revista de Derecho Comercial -1986)

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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SUJETOS DE LA OBLIGACION SUJETOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIATRIBUTARIA

SUJETO ACTIVO: es sujeto activo el ente al SUJETO ACTIVO: es sujeto activo el ente al cual corresponde el crédito por el tributo, cual corresponde el crédito por el tributo, tanto sea el Estado Nacional, Provincial, tanto sea el Estado Nacional, Provincial, Municipal o los Entes Parafiscales.Municipal o los Entes Parafiscales.

SUJETO PASIVO: es la persona individual o SUJETO PASIVO: es la persona individual o colectiva a cuyo cargo pone la Ley el colectiva a cuyo cargo pone la Ley el cumplimiento de la Obligación Tributaria y cumplimiento de la Obligación Tributaria y que puede ser el deudor, el contribuyente o que puede ser el deudor, el contribuyente o un tercero.un tercero.

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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SUJETOS PASIVOS DE LA OBLIGACION SUJETOS PASIVOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIATRIBUTARIA

SUJETOS PASIVOS: Todos aquellos que frente al sujeto SUJETOS PASIVOS: Todos aquellos que frente al sujeto activo están obligados a realizar alguna prestación, en activo están obligados a realizar alguna prestación, en la medida en que se configure la realización del la medida en que se configure la realización del presupuesto objetivo que origina el tributo, o algunos presupuesto objetivo que origina el tributo, o algunos de los otros supuestos o presupuestos que originan los de los otros supuestos o presupuestos que originan los deberes tributarios.deberes tributarios.

MODELO DE CODIGO TRIBUTARIO OEA/BID (1988): MODELO DE CODIGO TRIBUTARIO OEA/BID (1988): sujeto pasivo es quien debe cumplir con la obligación sujeto pasivo es quien debe cumplir con la obligación tributaria en virtud de la ley, sea en calidad de tributaria en virtud de la ley, sea en calidad de contribuyente o responsable de ella:contribuyente o responsable de ella:– Contribuyente: es el sujeto pasivo respecto del cual se Contribuyente: es el sujeto pasivo respecto del cual se

produce el hecho generador de la obligación tributaria.produce el hecho generador de la obligación tributaria.– Responsable: aquel que sin tener el carácter de Responsable: aquel que sin tener el carácter de

contribuyente debe cumplir con la obligación tributaria contribuyente debe cumplir con la obligación tributaria en virtud de una disposición legal expresa.en virtud de una disposición legal expresa.

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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RESPONSABLES POR DEUDA PROPIARESPONSABLES POR DEUDA PROPIAARTICULO 5º L.11683ARTICULO 5º L.11683

ESTAN OBLIGADOS AL PAGO DEL TRIBUTO:ESTAN OBLIGADOS AL PAGO DEL TRIBUTO: EN LA FORMA Y OPORTUNIDAD DEBIDAEN LA FORMA Y OPORTUNIDAD DEBIDA PERSONALMENTE O POR MEDIO DE SUS PERSONALMENTE O POR MEDIO DE SUS

REPRESENTANTES.REPRESENTANTES. LOS QUE SEAN CONTRIBUYENTES:LOS QUE SEAN CONTRIBUYENTES:

SON CONTRIBUYENTESSON CONTRIBUYENTES CONTRIBUYENTES: en tanto se verifique a su CONTRIBUYENTES: en tanto se verifique a su

respecto el hecho imponible que le atribuyen las respecto el hecho imponible que le atribuyen las respectivas leyes tributarias. (respectivas leyes tributarias. (NOROSUR SRL, CNFCA, II, NOROSUR SRL, CNFCA, II, 1/11/90)1/11/90)

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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CONTRIBUYENTESCONTRIBUYENTES

CONTRIBUYENTES DE DERECHO: son los destinatarios CONTRIBUYENTES DE DERECHO: son los destinatarios legales del tributo, obligados a pagarlos:legales del tributo, obligados a pagarlos:

A TITULO PROPIO.A TITULO PROPIO. CUANDO SE CONFIGURE EL NACIMIENTO DEL HECHO CUANDO SE CONFIGURE EL NACIMIENTO DEL HECHO

IMPONIBLE.IMPONIBLE. MANDATO DE PAGO.MANDATO DE PAGO.

CARÁCTER DE CONTRIBUYENTE: puede surgir en CARÁCTER DE CONTRIBUYENTE: puede surgir en forma expresa o implícita de la Ley, situación que los forma expresa o implícita de la Ley, situación que los diferencia de los demás sujetos obligados que deben diferencia de los demás sujetos obligados que deben surgir por expresa disposición legal y resultan ajenos surgir por expresa disposición legal y resultan ajenos a la configuración del hecho imponible.a la configuración del hecho imponible.

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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RESPONSABLES POR DEUDA PROPIARESPONSABLES POR DEUDA PROPIA

PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE, CAPACES O PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE, CAPACES O INCAPACES SEGÚN EL DERECHO COMUN.INCAPACES SEGÚN EL DERECHO COMUN.

LAS PERSONAS JURIDICAS DEL C.C. Y LAS LAS PERSONAS JURIDICAS DEL C.C. Y LAS SOCIEDADES, ASOCIACIONES Y ENTIDADES A LAS QUE SOCIEDADES, ASOCIACIONES Y ENTIDADES A LAS QUE EL DERECHO PRIVADO RECONOCE LA CALIDAD DE EL DERECHO PRIVADO RECONOCE LA CALIDAD DE SUJETOS DE DERECHO.SUJETOS DE DERECHO.

SOCIEDADES, ASOCIACIONES, ENTIDADES Y SOCIEDADES, ASOCIACIONES, ENTIDADES Y EMPRESAS, PATRIMONIOS DESTINADOS A UN FIN EMPRESAS, PATRIMONIOS DESTINADOS A UN FIN DETERMINADO, CONSIDERADOS POR LAS NORMAS DETERMINADO, CONSIDERADOS POR LAS NORMAS TRIBUTARIAS PARA LA ATRIBUCION DEL H.I.TRIBUTARIAS PARA LA ATRIBUCION DEL H.I.

SUCESIONES INDIVISAS.SUCESIONES INDIVISAS.

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CONCLUSIONESCONCLUSIONES

1.1. EL ARTICULO 5º NO DEFINE QUIENES SON EL ARTICULO 5º NO DEFINE QUIENES SON CONTRIBUYENTES, SINO QUIENES PUEDEN CONTRIBUYENTES, SINO QUIENES PUEDEN SERLO.SERLO.(COPAM SA UTE, CNFCA, Sala II, 9/6/98).(COPAM SA UTE, CNFCA, Sala II, 9/6/98).

2.2. NO ES DE APLICACIÓN INMEDIATA, SINO QUE ESTA NO ES DE APLICACIÓN INMEDIATA, SINO QUE ESTA SUPEDITADO A LO QUE DISPONGAN LAS LEYES SUPEDITADO A LO QUE DISPONGAN LAS LEYES RESPECTIVAS RESPECTO A LA DEFINICION DE RESPECTIVAS RESPECTO A LA DEFINICION DE HECHO IMPONIBLE Y SUJETO PASIVO.HECHO IMPONIBLE Y SUJETO PASIVO.

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RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENALA DEUDA AJENA

LA DOCTRINA DISTINGUE TRES CLASES DE LA DOCTRINA DISTINGUE TRES CLASES DE RESPONSABILIDAD:RESPONSABILIDAD:

SOLIDARIA: esta al lado del deudor o junto al deudor.SOLIDARIA: esta al lado del deudor o junto al deudor.

El acreedor puede exigir el cumplimiento a todos o a cada El acreedor puede exigir el cumplimiento a todos o a cada uno de los deudores.uno de los deudores.

Por el total o por una parte de la deuda.Por el total o por una parte de la deuda. El pago total o parcial de cualquiera de ellos libera a los El pago total o parcial de cualquiera de ellos libera a los

demás.demás.

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RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENALA DEUDA AJENA

LA DOCTRINA DISTINGUE TRES CLASES DE LA DOCTRINA DISTINGUE TRES CLASES DE RESPONSABILIDAD:RESPONSABILIDAD:

SUBSIDIARIA: la ley los ubica después del deudor SUBSIDIARIA: la ley los ubica después del deudor (MARRERO, Carlos A., CNFCA, Sala IV, 9/11/04):(MARRERO, Carlos A., CNFCA, Sala IV, 9/11/04):

Cuando no sea posible el cobro al deudor.Cuando no sea posible el cobro al deudor. La Ley les otorga el beneficio de excusión.La Ley les otorga el beneficio de excusión.

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RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENALA DEUDA AJENA

LA DOCTRINA DISTINGUE TRES CLASES DE LA DOCTRINA DISTINGUE TRES CLASES DE RESPONSABILIDAD:RESPONSABILIDAD:

SUSTITUTIVA: la ley los ubica en lugar del deudor:SUSTITUTIVA: la ley los ubica en lugar del deudor: (MARTINEZ Francisco,, Estudio de Derecho Fiscal)(MARTINEZ Francisco,, Estudio de Derecho Fiscal) Se transforma en el principal obligado.Se transforma en el principal obligado. No paga deuda propia sin del contribuyente, por ello No paga deuda propia sin del contribuyente, por ello

mantiene la acción de regreso contra el verdadero deudor.mantiene la acción de regreso contra el verdadero deudor. El artículo 32 de la Ley General Española los define como El artículo 32 de la Ley General Española los define como

sujetos pasivos de la obligación tributaria junto a los sujetos pasivos de la obligación tributaria junto a los contribuyentes.contribuyentes.

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RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENALA DEUDA AJENA

ESTAN OBLIGADOS A PAGAR EL TRIBUTO AL FISCO ESTAN OBLIGADOS A PAGAR EL TRIBUTO AL FISCO CON LOS RECURSOS:CON LOS RECURSOS:– QUE ADMINISTREN.QUE ADMINISTREN.– PERCIBAN OPERCIBAN O– QUE DISPONENQUE DISPONENCOMO RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA COMO RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA

TRIBUTARIA DE SUS:TRIBUTARIA DE SUS:- REPRESENTANTESREPRESENTANTES- MANDANTES MANDANTES - ACREEDORESACREEDORES- TITULARES DE LOS BIENES ADMINISTRADO OTITULARES DE LOS BIENES ADMINISTRADO O- EN LIQUIDACIONEN LIQUIDACIONEN LA FORMA Y OPORTUNIDAD QUE SE FIJEN BAJO PENA EN LA FORMA Y OPORTUNIDAD QUE SE FIJEN BAJO PENA

DE SANCION.DE SANCION.

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RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENALA DEUDA AJENA

CARACTERISTICAS: CARACTERISTICAS: ESTAN OBLIGADOS AL PAGO (ESTAN OBLIGADOS AL PAGO (C/EXCEPCIÓN DE LO C/EXCEPCIÓN DE LO

DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8 INC. ADISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8 INC. A)) Y PRESENTACION Y PRESENTACION DE LAS DDJJ POR UNA SITUACIÓN JURIDICA:DE LAS DDJJ POR UNA SITUACIÓN JURIDICA: ESTAN OBLIGADOS POR SU RELACION DE HECHO O ESTAN OBLIGADOS POR SU RELACION DE HECHO O

DE DERECHO CON EL CONTRIBUYENTE.DE DERECHO CON EL CONTRIBUYENTE. NO ESTAN OBLIGADOS POR SU CAPACIDAD NO ESTAN OBLIGADOS POR SU CAPACIDAD

CONTRIBUTIVA.CONTRIBUTIVA.

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RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENALA DEUDA AJENA

ARTICULO 6º L.11683ARTICULO 6º L.11683

El cónyuge que percibe y dispone de todos los réditos propios del El cónyuge que percibe y dispone de todos los réditos propios del otro.otro.

Los padres, tutores o curadores de los incapaces.Los padres, tutores o curadores de los incapaces. Los síndicos y liquidadores de las quiebras, representantes de las Los síndicos y liquidadores de las quiebras, representantes de las

sociedades en liquidación, los administradores legales de las sociedades en liquidación, los administradores legales de las sucesiones, o el cónyuge supérstite o los herederos.sucesiones, o el cónyuge supérstite o los herederos.

Los directores, gerentes y demás representantes de las personas Los directores, gerentes y demás representantes de las personas jurídicas.jurídicas.

Los administradores de patrimonios, empresas o bienes que en Los administradores de patrimonios, empresas o bienes que en ejercicio de sus funciones puedan determinar íntegramente la ejercicio de sus funciones puedan determinar íntegramente la materia imponible.materia imponible.

Agentes de retención y percepción.Agentes de retención y percepción. Los responsables sustitutos, según lo estipulado en las respectivas Los responsables sustitutos, según lo estipulado en las respectivas

normas de aplicación.normas de aplicación.

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RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA CON LOS DEUDORESSOLIDARIA CON LOS DEUDORES

ARTÍCULO 8º L.11683ARTÍCULO 8º L.11683

CARACTERISTICAS DE LA RESPONSABILIDAD CARACTERISTICAS DE LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA:SOLIDARIA: Responden con sus propios bienes.Responden con sus propios bienes. Solidariamente con los deudores del tributo oSolidariamente con los deudores del tributo o Con otros responsablesCon otros responsables Sin perjuicio de las sancionesSin perjuicio de las sanciones Responsabilidad tributaria paralela.Responsabilidad tributaria paralela. Responsabilidad garantista.Responsabilidad garantista. Responsabilidad accesoria.Responsabilidad accesoria. Responsabilidad subjetiva..Responsabilidad subjetiva.. La obligación principal se mantiene entre el sujeto activo (Fisco) La obligación principal se mantiene entre el sujeto activo (Fisco)

y el sujeto pasivo (contribuyente).y el sujeto pasivo (contribuyente).SE DEBE INTIMAR PRIMERO AL DEUDOR DEL TRIBUTO.SE DEBE INTIMAR PRIMERO AL DEUDOR DEL TRIBUTO.

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA CON LOS DEUDORESSOLIDARIA CON LOS DEUDORES

ARTÍCULO 8º L.11683ARTÍCULO 8º L.11683

JURISPRUDENCIA:JURISPRUDENCIA:LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA NO ES OBJETIVA.LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA NO ES OBJETIVA.

– BARRENECHEA, Ignacio, TFN, Sala A, 16/6/98.BARRENECHEA, Ignacio, TFN, Sala A, 16/6/98.

EL INCUMPLIMIENTO DEBE SER IMPUTABLEEL INCUMPLIMIENTO DEBE SER IMPUTABLE– WETHEIN, Julio, TFN, Sala D, 27/2/01.WETHEIN, Julio, TFN, Sala D, 27/2/01. Dictamen 79/91Dictamen 79/91

Dictamen 11/86Dictamen 11/86

EL INCUMPLIMIENTO DEBE SER IMPUTABLE A TITULO DE DOLO O CULPAEL INCUMPLIMIENTO DEBE SER IMPUTABLE A TITULO DE DOLO O CULPA– VERGA, José, Guillermo, TFN, Sala A, 2/2/01.VERGA, José, Guillermo, TFN, Sala A, 2/2/01.

AGENTES DE RETENCION:AGENTES DE RETENCION:– Buenos Aires Buildinf Society S.A., TFN, Sala D, 28/7/69.Buenos Aires Buildinf Society S.A., TFN, Sala D, 28/7/69.– Isidoro Dellasanta S.A., TFN, Sala B, 3/6/76.Isidoro Dellasanta S.A., TFN, Sala B, 3/6/76.– Apache S.A., TFN, Sala A, ../../00.Apache S.A., TFN, Sala A, ../../00.– Dictamen 24/83 DATJ (Necesaria existencia de disponibilidad de fondos)Dictamen 24/83 DATJ (Necesaria existencia de disponibilidad de fondos)– CINTAFON SRL, CSJN, 3/4/86. Caducidad de facultades.CINTAFON SRL, CSJN, 3/4/86. Caducidad de facultades.

CONCLUSIONES:CONCLUSIONES:1.1. Existencia de deudaExistencia de deuda2.2. Intimación al deudor.Intimación al deudor.3.3. Falta de regularización.(2º Pár. Artículo 17 L.11683)Falta de regularización.(2º Pár. Artículo 17 L.11683)4.4. Dolo o culpa.Dolo o culpa.

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA CON LOS DEUDORESSOLIDARIA CON LOS DEUDORES

ARTÍCULO 8º L.11683ARTÍCULO 8º L.11683

JURISPRUDENCIA:JURISPRUDENCIA:– INSUFICIENCIA DEL EJERCICIO DEL CARGO Y EXIGENCIA DEL INSUFICIENCIA DEL EJERCICIO DEL CARGO Y EXIGENCIA DEL

MANEJO DE LOS FONDOS O BIENES:MANEJO DE LOS FONDOS O BIENES: MONASTERIO DA SILVA, Ernesto. CSJN, 2/10/70.MONASTERIO DA SILVA, Ernesto. CSJN, 2/10/70. SALVATIERRA, Mario y otro, CNFCA, Sala III, 25/3/82.SALVATIERRA, Mario y otro, CNFCA, Sala III, 25/3/82. FUNES, Orlando, TFN, Sala D, 14/4/97.FUNES, Orlando, TFN, Sala D, 14/4/97.

– CARGA DE LA PRUEBA AL FISCO.CARGA DE LA PRUEBA AL FISCO. MASJUAN, Francisco, TFN, Sala B, 20/3/00.MASJUAN, Francisco, TFN, Sala B, 20/3/00. VILLANUEVA, Claudio, TFN, Sala B, 20/3/00.VILLANUEVA, Claudio, TFN, Sala B, 20/3/00.

– IMPROCEDENCIA DE LA DETERMINACION EN CABEZA DE LOS IMPROCEDENCIA DE LA DETERMINACION EN CABEZA DE LOS HEREDEROS.HEREDEROS.

ARANO, Juan Alberto, TFN, Sala C, 17/9/01.ARANO, Juan Alberto, TFN, Sala C, 17/9/01.

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA CON LOS DEUDORESSOLIDARIA CON LOS DEUDORES

ARTÍCULO 8º L.11683ARTÍCULO 8º L.11683 JURISPRUDENCIA:JURISPRUDENCIA: INICIACION DEL PROCEDIMIENTO DE DETERMINACION DE INICIACION DEL PROCEDIMIENTO DE DETERMINACION DE

OFICIO AL RESPONSABLE POR DEUDA PROPIA.OFICIO AL RESPONSABLE POR DEUDA PROPIA.– CAMBOLIVE, Michel Torino de Cornejo Costas, TFN, Sala C, 29/6/04.CAMBOLIVE, Michel Torino de Cornejo Costas, TFN, Sala C, 29/6/04.– FARMIA SA, CNCAF, Sala IV, 4/5/04.FARMIA SA, CNCAF, Sala IV, 4/5/04.

INICIACION DEL PROCEDIMIENTO DE DETERMINACION DE INICIACION DEL PROCEDIMIENTO DE DETERMINACION DE OFICIO AL DEUDOR SOLIDARIO ANTES DEL PRINCIPAL SI OFICIO AL DEUDOR SOLIDARIO ANTES DEL PRINCIPAL SI PRIMERO SE LO INTIMA A ESTE:PRIMERO SE LO INTIMA A ESTE:– BRUTTI, Stella Maris, CSJN, 30/3/04.BRUTTI, Stella Maris, CSJN, 30/3/04.– INCONTRO SA, TFN, Sala B, 15/3/04.INCONTRO SA, TFN, Sala B, 15/3/04.

TERCEROS QUE FACILITEN LA EVASION CON CULPA O DOLO.TERCEROS QUE FACILITEN LA EVASION CON CULPA O DOLO.– BERTOLI ZIMMERMAN, Hugo José, TFN, Sala A, 28/11/02.BERTOLI ZIMMERMAN, Hugo José, TFN, Sala A, 28/11/02.

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA CON LOS DEUDORESSOLIDARIA CON LOS DEUDORES

ARTÍCULO 8º L.11683ARTÍCULO 8º L.11683

Los responsables enumerados en los 5 primeros incisos del artículo Los responsables enumerados en los 5 primeros incisos del artículo 6º de la L.11683.6º de la L.11683.

Los síndicos de las quiebras y concursos.Los síndicos de las quiebras y concursos. Los agentes de retención por el tributo que omitieron retener o que Los agentes de retención por el tributo que omitieron retener o que

retenido dejaron de depositar.retenido dejaron de depositar. Los sucesores a título particular.Los sucesores a título particular. Los terceros que faciliten por su culpa o dolo la evasión, mediante Los terceros que faciliten por su culpa o dolo la evasión, mediante

instigación, complicidad primaria o secundaria o encubrimiento, aún instigación, complicidad primaria o secundaria o encubrimiento, aún cuando no tuvieran deberes tributarios a su cargo.cuando no tuvieran deberes tributarios a su cargo.

Los cedentes de créditos tributarios.Los cedentes de créditos tributarios. Los integrantes de una UTE o de un ACE (accesoria, garantista, Los integrantes de una UTE o de un ACE (accesoria, garantista,

solidaria y objetiva).solidaria y objetiva). Los contribuyentes que por sus compras o locaciones no hubieran Los contribuyentes que por sus compras o locaciones no hubieran

constatado o consultado la situación del proveedor o constatado o consultado la situación del proveedor o locador(accesoria, garantista, solidaria y subjetivalocador(accesoria, garantista, solidaria y subjetiva..

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2020

RESPONSABLES SUSTITUTOSRESPONSABLES SUSTITUTOSARTICULO 6º L.11683ARTICULO 6º L.11683

CARACTERISTICAS:CARACTERISTICAS:– Es tan responsable principal respecto del pago como de sus obligaciones Es tan responsable principal respecto del pago como de sus obligaciones

propias.propias.– Obligaciones:Obligaciones:

Formales: determinar la deuda.Formales: determinar la deuda. Sustanciales: pago de la obligación tributaria.Sustanciales: pago de la obligación tributaria. Ünico deudor.Ünico deudor. Paga con fondos propios.Paga con fondos propios. Ajeno a la configuración del hecho imponible.Ajeno a la configuración del hecho imponible. Mantienen un nexo económico o jurídico con el sujeto pasivo.Mantienen un nexo económico o jurídico con el sujeto pasivo. Pagan “en lugar de” en virtud del nexo jurídico creado por la ley.Pagan “en lugar de” en virtud del nexo jurídico creado por la ley. Primer y principal obligado con acción de regreso.Primer y principal obligado con acción de regreso. Su responsabilidad es ilimitada, por ello no está incorporado al artículo 8 de la Su responsabilidad es ilimitada, por ello no está incorporado al artículo 8 de la

L.11.683.L.11.683. No se identifica con el Responsable por deuda propia o ajena, aunque tiene No se identifica con el Responsable por deuda propia o ajena, aunque tiene

características de ambos.características de ambos.

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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RESPONSABLES POR LOS RESPONSABLES POR LOS SUBORDINADOS.SUBORDINADOS.

ARTICULO 9 L.11683ARTICULO 9 L.11683

RESPONSABILIDAD DE LOS OBLIGADOS Y RESPONSABILIDAD DE LOS OBLIGADOS Y RESPONSABLES POR LAS CONSECUENCIAS DEL RESPONSABLES POR LAS CONSECUENCIAS DEL HECHO U OMISIÓN DE SUS:HECHO U OMISIÓN DE SUS:

– Factores.Factores.

– Agentes.Agentes.

– Dependientes.Dependientes.

RESPECTO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA COMO DE LOS RESPECTO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA COMO DE LOS ACCESORIOS Y SANCIONES.ACCESORIOS Y SANCIONES.

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

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2222

RESPONSABILIDAD DEL CONSUMIDOR RESPONSABILIDAD DEL CONSUMIDOR FINALFINAL

ARTICULO 10 L.11683ARTICULO 10 L.11683

LOS CONSUMIDORES FINALES O SUJETOS EXENTOS ESTAN LOS CONSUMIDORES FINALES O SUJETOS EXENTOS ESTAN OBLIGADOS A:OBLIGADOS A:

– Exigir la entrega de facturas o comprobantes que documenten sus Exigir la entrega de facturas o comprobantes que documenten sus operaciones.operaciones.

– Conservarlos en su poderConservarlos en su poder– Exhibirlos a los inspectores de la AFIP.Exhibirlos a los inspectores de la AFIP.

EFECTOS:EFECTOS:– Multa podrá reducirse a un mínimo de $ 20.Multa podrá reducirse a un mínimo de $ 20.

REQUISITOS:REQUISITOS:– Revelar connivencia o complacencia con el obligado a emitir factura.Revelar connivencia o complacencia con el obligado a emitir factura.– La sanción a quien haya incumplido el deber de emitir factura será La sanción a quien haya incumplido el deber de emitir factura será

requisito previo para que corresponda la sanción al consumidor final.requisito previo para que corresponda la sanción al consumidor final.– La factura no emitida debe superar $ 10.La factura no emitida debe superar $ 10.

Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino