warrant y otros

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1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA MATANZA Departamento de Ciencias Económicas Informe final del proyecto de investigación B082 “ALTERNATIVAS TRADICIONALES Y NO TRADICIONALES DE FINANCIAMIENTO EMPRESARIAL EN LA REPUBLICA ARGENTINA” Mayo 2003 Director de proyecto: Dr. C.P. PEDRO SANCHEZ EQUIPO DE INVESTIGADORES: DR. PEDRO SANCHEZ CONTADOR PÚBLICO UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DR. NESTOR HORACIO BURSESI CONTADOR PÚBLICO - UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DR. PABLO CERSOSIMO CONTADOR PÚBLICO - UNIVERSIDAD DE LOMAS DE ZAMORA Dr. GERARDO DENEGRI CONTADOR PÚBLICO UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DRA. SERAFINA FARINOLA CONTADORA PÚBLICA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DR. OSCAR JULIO MITRE CONTADOR PÚBLICO UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DRA. SUSANA SANTINON CONTADORA PÚBLICA UNIVERSIDAD DE MORÓN TOMO 2

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA MATANZA

Departamento de Ciencias Económicas

Informe final del proyecto de investigación

B082 “ALTERNATIVAS TRADICIONALES Y NO

TRADICIONALES DE FINANCIAMIENTO EMPRESARIAL EN LA REPUBLICA ARGENTINA”

Mayo 2003

Director de proyecto: Dr. C.P. PEDRO SANCHEZ EQUIPO DE INVESTIGADORES: DR. PEDRO SANCHEZ CONTADOR PÚBLICO – UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DR. NESTOR HORACIO BURSESI CONTADOR PÚBLICO - UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DR. PABLO CERSOSIMO CONTADOR PÚBLICO - UNIVERSIDAD DE LOMAS DE ZAMORA Dr. GERARDO DENEGRI CONTADOR PÚBLICO – UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DRA. SERAFINA FARINOLA CONTADORA PÚBLICA – UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DR. OSCAR JULIO MITRE CONTADOR PÚBLICO – UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DRA. SUSANA SANTINON CONTADORA PÚBLICA – UNIVERSIDAD DE MORÓN

TOMO 2

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CAPITULO XI WARRANTS

1. Marco conceptual

El warrant es un título de crédito de corto plazo emitido sobre mercaderías en depósito, por el cual el productor entrega los bienes de su propiedad como garantía real (depositándolos en custodia de un tercero autorizado ) a cambio de un préstamo. A pesar de que sus antecedentes se remontan a 1914, las épocas de inflación hicieron que esta herramienta financiera cayera en desuso, resurgiendo recién a partir de 1991. Como dijera Gussoni:

El auge que lentamente comenzó a tener el warrant en la Argentina se refleja en el hecho de que están participando del negocio compañías internacionales especializadas en el tema, bancos de primera línea y empresas ligadas al negocio agropecuario.1

Tiene por objetivo permitir que una empresa propietaria de stocks de bienes obtenga asistencia crediticia mediante el depósito de los productos en empresas depositarias autorizadas.

Las empresas depositarias emiten dos tipos de documentos negociables, a saber:

• El certificado de depósito, que otorga a su tenedor el reconocimiento de la propiedad de los bienes depositados (título de propiedad).

• El warrant, que representa un derecho crediticio equivalente al valor de los bienes depositados y una garantía prendaria sobre esos bienes.

Si la empresa depositante desea:

• Vender los bienes depositados, debe entregar ambos títulos (certificado de depósito y warrant).

• Obtener fondos líquidos, debe negociar únicamente el warrant mediante endoso a favor del acreedor que lo asista crediticiamente.

Es decir que ambos títulos funcionan en forma independiente uno de otro. La sola negociación del warrant, provoca la indisponibilidad de los bienes depositados, atento a que ellos quedan en garantía del crédito obtenido.

2. Actores intervinientes • Deudor: es quien solicita el crédito y ofrece como garantía mercaderías de

su propiedad que deja en depósito y custodia de un tercero

1 Gussoni, Humberto A. y otros. “Recomposición del capital de trabajo en empresas viables”. Cuadernos Profesionales. Cuaderno nº I. 2002

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• Depositario: es la empresa almacenadora o warrantera. Pueden ejercer esta función los almacenes fiscales o empresas almacenadoras autorizadas por el departamento de Alimentación dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación; el depósito de las mercaderías también se podrá realizar en almacenes de terceros, pero deberán quedar aisladas, identificadas, aseguradas y bajo el control de la empresa warrantera autorizada. En los casos en que la mercadería warrantada sea ganado o vino, la misma podrá quedar en la hacienda o bodega del depositante pero bajo el control de la empresa warrantera.

• Prestamista: es la persona física o jurídica que otorga el préstamo. 3. Objeto del contrato Pueden ser objeto del contrato de warrant2 a) Commodities: • Productos tipificables, de fácil almacenamiento y comercialización y con

precio público (por ejemplo: lanas, azúcar, cereales, metales preciosos, petróleo).

b) No commodities: • Productos que no reúnen alguna de las características anteriores, pero que

tienen mercado para su comercialización. c) Productos no fungibles: se devuelve la misma cosa depositada. d) Productos fungibles: aquellos que pierden su identidad, por lo que al final

del contrato se devuelven otros de igual calidad (cereales) e) Productos intermedios, que sufren cambios desde el depósito sin perder su

identidad (ganado) f) Manufacturas importadas para consumo, o manufacturas nacionales, bienes

de capital, maquinarias, vehículos, etc. Las mercaderías objeto del warrant deben estar: a) libre de gravamen o embargo judicial b) aseguradas por el titular o por la empresa warrantera

4. Operatoria

El productor presenta a la warrantera la documentación que acredite la propiedad de la mercadería a depositar. Ésta, analiza la documentación y evalúa la mercadería a recibir, y si acepta los productos, los registra en sus libros, emite certificado de inspección, contrata un seguro sobre ellos y entrega al depositante dos documentos: el Warrant y el Certificado de Depósito con su talón (que indica la cantidad de los productos sobre los cuales se ejerce el derecho crediticio).

Con el documento warrant el depositante se presenta al prestamista, le endosa el mismo y recibe el crédito por el valor evaluado. El depositante mantiene el Certificado de Depósito, donde se consignaron todos los datos inherentes al crédito garantizado.

Al vencimiento del préstamo, el deudor paga al prestamista, en el lugar establecido en el primer endoso, quien le devuelve el warrant. El depositante, 2 op.cit. en Nota 7 del Tomo 1

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con los dos documentos, el warrant cancelado y el certificado de depósito, se presenta al almacén y puede retirar la mercadería.3

Asimismo, destacamos que:

• La moneda de emisión puede ser nacional o extranjera.

• Ambos tipos de documentos deben ser nominativos.

• Tanto el certificado de depósito como el warrant pueden endosarse al mismo endosatario o a endosatarios distintos. Uno será el adquirente de los bienes o productos depositados, el otro será el acreedor otorgante del crédito.

• Todos los firmantes del certificado de depósito o del warrant son solidariamente responsables ante el último tenedor legítimo.

• Las operaciones se realizan hasta un máximo de 180 días, pudiendo ser renovadas.

Como corolario del proceso se presenta el cuadro nº 4

5. Costos de la operatoria El warrant tiene un costo de emisión del documento que puede variar según el producto. “Fluctúa entre un 1% y un 2% directo sobre el valor asignado a la mercadería depositada en el momento de constituirse el mismo.”5 También estarán a cargo del depositante los gastos de traslado de la mercadería, almacenaje, custodia y seguros. Cabe destacar que estos gastos son habituales y están asociados al manipuleo y resguardo de la mercadería, independientemente de la operación de warrant. A estos costos hay que agregarles el interés y los gastos de la operación crediticia propiamente dicha. 6. Marco Legal • Ley 928(1878), warrant aduanero

• Ley 9643, sancionada el 30-09-1914, establece la operatoria del warrant.

• Decreto 275/92, normas especiales para el caso de depósito de granos.

• Código de Comercio, artículos nº 123 a 131.

• Leyes 23077 y 24286.

• Comunicaciones “A” 2074, 3104, del BCRA. 3 op.cit. en Nota 7 del Tomo 1 4 Fuente: Porto, op.cit. en Nota 7 del Tomo 1 5 Goldenberg, Sergio Gabriel y otros “Herramientas para posibilitar y potencializar el acceso al crédito hoy: el warrant”, Universo Económico. Buenos Aires, Año VI, revista nº XXVII. (Marzo 1996), p. 54.

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1. Gestión de crédito con garantía warrant DEUDOR DEPOSITO - WARRANTERA PRESTAMISTA 2.1 Vencimiento del crédito: cancelación del préstamo DEUDOR DEPOSITO - WARRANTERA PRESTAMISTA 2.2 Vencimiento del crédito: deudor no cancela el préstamo DEUDOR DEPOSITO - WARRANTERA PRESTAMISTA

Presenta antecedentes y título s/mercaderías Entrega mercadería a warrantera Recibe Certificado de Depósito y Warrant Presenta antecedentes al Prestamista Endosa Warrant y recibe dinero del CRÉDITO

Analiza antecedentes Aprueba y recibe mercaderías Entrega Certificado de Depósito y Warrant

Analiza antecedentes Recibe el warrant y otorga el crédito

Paga el crédito Recibe el Warrant del prestamista Con C.D. y Warrant retira la

Í

Recibe C.D. y Warrant cancelado Entrega mercadería

RECIBE CANCELACIÓN DEL PRÉSTAMO DEVUELVE WARRANT CANCELADO

No cancela el préstamoRecibe solicitud de remate Verifica autenticidad y ordena remate Publica por 10 días aviso de remate Paga las comisiones del remate y, Paga al prestamista

Intima al pago 10 días del vto. solicita remate Cobra de venta por remate

OPERATORIA

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7. Ventajas de su utilización

• Las entidades financieras no tienen que estudiar detenidamente la calidad del cliente al que le van a prestar, sino más bien la del producto que éste deja en garantía, sobre el cual efectúan un aforo para decidir a cuanto ascendería el préstamo.

• El deudor utiliza sus propios bienes como garantía, incluso pueden utilizar aquellos que se encuentren en proceso de elaboración.

• Facilita la administración de stocks, evitando su acumulación .

• Facilita el acceso al crédito, ya que el acreedor cuenta con una garantía real que no se encuentra alcanzada por situaciones personales o patrimoniales del deudor (fallecimiento, concurso o quiebra).

• Tiene un régimen judicial particular en caso de incumplimiento. Si el deudor no devolvió el depósito a término, se procede al remate extrajudicial de la mercadería, es decir que no se suspende ni por concurso ni por quiebra; se da así máxima garantía a la warrantera (almacenadora) como al banco prestador que recuperará su crédito.

• La operación en su conjunto resulta menos riesgosa, tendiendo a una baja en la tasa de interés, ya que como manifestamos en el punto anterior, en caso de incumplimiento por parte del deudor se efectuará la liquidación extrajudicial vía remate y en forma inmediata de los bienes en garantía

• Durante la vigencia del préstamo se mantiene la titularidad de la mercadería por lo que se podría enajenar transfiriendo el certificado de depósito por medio de endosos. Esto implica que además de obtener liquidez a raíz del préstamo, el deudor podrá disponer de las mercaderías para obtener mayor capital de trabajo.

• Los certificados de depósito son títulos que podrán utilizar los exportadores como elemento de transacción comercial en operaciones de trading evitando el desplazamiento de mercaderías, a la vez que lograrán mejorar el financiamiento del stock.

• Permite tomar decisiones óptimas en materia de comercialización de productos según su estacionalidad.

8. ENFOQUE CONTABLE

Pese a que no se altera su condición de activo, las mercaderías depositadas en la empresa warrantera deben ser reclasificadas en otra cuenta del rubro bienes de cambio que identifique su situación actual.

Dado que al producirse el endoso del warrant se origina la restricción a la disponibilidad de los bienes en custodia, tal situación debe ser expuesta en nota a los estados contables.

Los costos derivados de la operatoria deben ser cargados a resultados conforme a su respectivo devengamiento (costos de almacenamiento, estibaje y depósito, fletes y seguros, costo específico de la emisión del warrant y costos financieros).

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Ejemplo El 01.04.X2 la empresa Alfa S.A., dedicada al rubro agropecuario, decide operar con esta alternativa de financiamiento. Para ello, deposita en la warrantera Beta S.A. 1.000 toneladas de cereal valuados a $ 10 la tonelada que coincide con su valor neto de realización, ya que reúne las condiciones de un commodity. Los costos de emisión del warrant ascienden al 1%. Se endosa el warrant al Banco Gama, el que luego de evaluar la garantía otorga un préstamo de $ 10.000 por 30 días con un interés del 2% mensual adelantado. 01/04/x2 ____________________________________ Mercadería en depósito – warrant 10.000 Mercadería de Reventa 10.000 Depósito warrantera Beta S.A. 01/04/X2 ____________________________________ Gastos warrant 100 Caja 100 Gastos de emisión

01/04/X2_________________________________________ Caja 9.800 Intereses negativo a devengar 200 Acreedores financieros 10.000 Endoso de warrant a Bco Gama 30/04/X2__________________________________________ Intereses negativos devengados 200 Intereses negativos a devengar 200 Devengamiento costo financiero _________________________________________________

La empresa cancela en tiempo y forma su obligación 30/04/X2 _________________________________________ Acreedores financieros 10.000 Caja 10.000 Cancelación préstamo 30/04/X2 _________________________________________ Mercadería de reventa 10.000 Mercadería en depósito - warrant 10.000 Retiro de depósito ________________________________________________

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CAPITULO XII TRABAJO DE CAMPO: FINANCIAMIENTO PARA LAS

PYMES 1. Introducción

Las pequeñas y medianas empresas nacionales han afrontado, sin lugar a dudas enormes desafíos, desde crisis financieras internacionales, hasta la recesión más larga que tenga conocimiento la historia económica argentina.

Como ya se ha podido ver, lamentablemente, la desaparición sistemática de muchas pymes en nuestro país, ha dejado huellas en nuestra sociedad, como la desocupación, el abandono de establecimientos, la pérdida de recursos para el estado, etc., con propietarios o administradores de pymes, que culpan de los males que aquejan a sus empresas, a los bancos, al estado, a la competencia, a las grandes empresas, optando por abandonar el desarrollo de la empresa, para dedicarse a asumir una posición crítica pasiva, sin que desde esta se puedan aportar soluciones reales y concretas a los problemas del sector.

En este contexto, el sector público es uno de los partícipes con mayor

responsabilidad, ya que es, en definitiva, quien debe aportar las señales inequívocas que permitan el desarrollo y crecimiento del sector privado, y así potenciar la economía del país. Para ello, un estado comprometido con dicha problemática, deberá implementar acciones que tengan por objetivo, las siguientes cuestiones:

• Maximizar la función publica en todos sus niveles.

• Promover la cooperación entre el sector privado y las casas de altos estudios (Universidades).

• Implementar políticas económicas que otorguen competitividad a las empresas del sector, dentro del regionalismo económico (Mercosur).

• Implementar políticas que faciliten la creación de nuevas empresas, PyMES, dado el impacto que producen en la economía.

Pero, cualquiera sea la política económica que se asuma, hay

consenso en que debería tener en cuenta una mejor distribución del ingreso y una mayor consideración de algunos de los elementos que forman parte de la economía, tales como:

• La producción.

• Los servicios asociados a la producción

• El financiamiento de la producción

En cuanto a la aplicación de políticas que apunten a potenciar la producción y distribución de la riqueza, se deberían reestructurar las líneas de

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créditos que el sistema financiero ofrece, para facilitar el acceso a la financiación, promover la constitución de sociedades de garantías reciprocas y la utilización de otros mecanismos financieros para incentivar la actividad privada, y no como ocurre hoy en día, donde, a la hora de buscar financiamiento y asistencia técnica, los empresarios pymes sienten que la ayuda disponible es escasa.

En la Argentina de hoy, las PyMES se financian (en algunos casos con

serias restricciones) a través de las siguientes fuentes:

• Capital Propio

• Proveedores

• Adelantos en cuenta corriente bancaria

• Inversores privados

• Otros préstamos bancarios En la actualidad, para que una pyme local pueda acceder al

financiamiento (incluso aquellas de reciente formación) mediante el aporte de fondos provenientes del estado nacional, provincial, municipal y la banca privada, los empresarios PYMES deben informar los aspectos técnicos del proyecto, cuantificar el beneficio técnico, la rentabilidad esperada, el presupuesto del plan de negocio, además de los riesgos inherentes a la actividad que se piensa desarrollar.

A continuación aborda la conceptualización de las distintas

herramientas financieras disponibles en la actualidad para el sector PYME, analizando sus características particulares y diferenciales.

2. Definición y calificación de las PyMES

2.1 Acceso al crédito El Banco Central de la República Argentina, a través de la Comunicación

"A" 3.321, dispuso nuevas normas para la calificación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en concordancia con los lineamientos establecidos por la Resolución Nº 24/2001, de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa.

Anteriormente el Banco Central de la República Argentina, tomaba como base para la categorización, la combinación Ventas anuales, Patrimonio Neto y Personal ocupado.

A partir de la entrada en vigencia de la mencionada circular “A”, se tendrá en cuenta, para determinar la condición de la empresa, el valor de ventas totales anuales, excluidos los impuestos al valor agregado e internos, de la siguiente manera: 2.1.1. Empresas en funcionamiento:

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El importe se determina en función del promedio de los últimos tres años contados a partir del último balance inclusive o información contable adecuadamente documentada. En los casos de empresas cuya antigüedad sea menor que la requerida para el cálculo establecido en el párrafo anterior, se considerará el promedio proporcional de ventas anuales verificado desde su puesta en marcha. 2.1.2. Nuevas empresas: Se tomarán los valores proyectados por la empresa para el primer año de actividad. Dichos valores tendrán el carácter de declaración jurada y estarán sujetos a verificación al finalizar el primer ejercicio.

Siguiendo los lineamientos prescriptos por la circular del Banco Central, serán consideradas micro, pequeñas y medianas empresas, aquellas que registren determinado nivel máximo de Ventas totales anuales, excluido el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto Interno que pudiera corresponder:

Los niveles a considerar, dependiendo del tipo de actividad serán:

Ventas Anuales Netas - En pesos - TAMAÑO SECTOR AGROPECUARIO INDUSTRIA Y COMERCIO SERVICIOS MINERÍA MICROEMPRESA 150.000 500.000 1.000.000 250.000 PEQUEÑA EMPRESA 1.000.000 3.000.000 6.000.000 1.800.000 MEDIANA EMPRESA 6.000.000 24.000.000 48.000.000 12.000.000

Estos requisitos de facturación máxima son de carácter general, pudiendo fijarse, con posterioridad, limites inferiores de facturación.

Para la determinación y el cómputo de los valores máximos expresados, se entenderá por valor representativo de las ventas totales anuales, el que surja del consignado en el último estado contable de la compañía, o información contable equivalente, adecuadamente documentada.

En el caso de que, una empresa tenga ventas en más de un sector, se tendrá en cuenta, aquél sector, en el cual sus ventas hayan sido las mayores, durante el último año.

No serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas empresas, aquellas que, aun reuniendo los requisitos enunciados, se encuentren controladas por, o vinculadas a empresas o grupos económicos, que no reúnan tales requisitos.

Dado el período recesivo que atraviesa el país, y a efectos de impedir que grandes empresas, que se encuentran en funcionamiento, puedan calificar ficticiamente como micro, pequeñas y medianas empresas, el importe de Ventas se determinará, en función del promedio de los últimos tres años,

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contados a partir del último ejercicio económico inclusive o por medio de información contable adecuadamente documentada.

En los casos de empresas, cuya antigüedad sea menor a la requerida para el cálculo establecido, es decir menor a tres años, se considerará el promedio proporcional de ventas anuales, producido desde su puesta en marcha.

Cuando se trate de empresas recientemente constituidas, y a los efectos de determinar su pertenencia al segmento de las micro, pequeñas y medianas empresas, se tomarán los valores de venta proyectados por la empresa, para el primer año de actividad.

Dichos valores tendrán el carácter de declaración jurada, y estarán sujetos a verificación, al finalizar el primer año de ejercicio.

Al cabo de dicho período y cuando de la determinación de los valores reales, resulte que la empresa no califica dentro del segmento, y de haber obtenido, la misma beneficios por ser considerada micro, pequeña o mediana empresa, deberá ésta, reintegrar o compensar los beneficios que hubiere obtenido en calidad de tal, y dependiendo, adicionalmente, del criterio que establezca la autoridad de aplicación de dichos beneficios.

A los efectos de acreditar la condición de micro, pequeña o mediana empresa será necesaria la presentación de la siguiente documentación:

• Fotocopia autenticada de las declaraciones juradas presentadas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, correspondientes a los últimos tres ejercicios, o, cuando corresponda, fotocopia autenticada de los estados contables correspondientes a los últimos tres ejercicios.

• En el caso de tener menos de un año de existencia, deberá presentar las proyecciones realizadas y fotocopia autenticada de las declaraciones mensuales del Impuesto al Valor Agregado.

• De hallarse tributando a través del Régimen Simplificado, fotocopia autenticada del formulario de inscripción.

2.2 La demanda de los créditos

No existen estadísticas bancarias oficiales específicas sobre financiamiento de las pequeñas y medianas empresas.

Esta restricción informativa obliga a inferir la situación efectiva, a partir de los datos existentes, suministrados por el Banco Central de la República Argentina, sobre la composición de las carteras de las entidades, por magnitud y tipo de crédito o estimaciones institucionales privadas.

La suma de los créditos al sector PyME ascendió a 34.437 millones de pesos, distribuidos en 1.460.000 empresas que solicitaron créditos entre 5.000 y 500.000 pesos. Siendo la cartera efectiva total de 93.210 millones de pesos.

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Las empresas que solicitaron créditos superiores a 500.000 pesos, representan sólo un 9 por mil de los beneficiarios, suma equivalente a 13.296 cuentas.

La suma total de 12.098 millones de pesos fue otorgada a 614.332 empresas pequeñas y medianas, como adelantos en cuenta corriente, por valores que oscilan entre los 5.000 y 10.000 pesos cada una, a tasas reales efectivas superiores al 4 por ciento mensual.

Esta información refleja que la mitad de las Pymes se financian con préstamos en descubierto, a tasas imposibles de soportar por una operación rentable6. 2.3 Apoyo a las PyMES para el acceso al crédito

El sector PyME fundamental para el crecimiento económico, es uno de los principales generadores de empleo, representado por más del 95 por ciento del total de empresas radicadas en sus territorios.

Es requisito necesario y esencial la posibilidad de contar con agencias

gubernamentales altamente especializadas para asistir al sector, como es el caso en Estados Unidos, donde se encuentra The Small Business Administration, o en Brasil el SEBRAE. En nuestro país, se encuentra representada por la Secretaria de pequeña y mediana empresa (SEPyME).

Estas entidades tienen como misión prestar apoyo técnico empresario,

sin costo alguno. Un apoyo amplio que abarca capacitación, análisis del negocio, asistencia para salvar imperfecciones del mercado y su riesgo, y asistencia para exportar.

Estas Agencias, en general y especialmente las europeas, se dedican

tanto a asistir a un empresario en particular, como también a fomentar la colaboración solidaria entre empresas, con el fin de explotar sus capacidades en la generación de un negocio de interés común.

Un ejemplo importante , es la interesante iniciativa de las autoridades del

estado de Oklahoma en Estados Unidos, de incentivar a las grandes empresas a colaborar con las PyMES, pudiéndose citar, como ejemplo, a la principal productora de energía eléctrica de ese Estado, la OGE Energy Corporation, quien ha aportado capital para el desarrollo de pequeñas empresas, las que, una vez iniciada su actividad consumirán importantes cantidades de energía eléctrica.

7. Líneas de crédito para PyMES

Las empresas calificadas como micro, pequeña y mediana empresa, podrán acceder a líneas de crédito específicas, algunas de las cuales se detallan a continuación: 6 Según las condiciones vigentes al momento de la realización del trabajo de campo.

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• Líneas bonificadas con fondos del Estado Nacional, las Provincias y los

Municipios, con tasas finales de entre el 4 y el 12 por ciento anual, según destino y zona de radicación de la empresa, a través de los Bancos Ciudad, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Banco de la Nación Argentina, y otras entidades financieras, en todo el país.

• Líneas Bonificadas con fondos externos, a través del Banco de Inversión y Comercio Exterior -BICE-, con tasas finales, de entre el 7 y el 18 por ciento anual.

• Participar en el Programa de Reconversión de Economías Regionales, a través de los Fideicomisos Regionales de Inversión, con tasas bonificadas desde el 5,5% anual.

• Acceder a garantías, con el objeto que las mismas permitan disminuir su costo de endeudamiento, como Socio Partícipe, en las Sociedades de Garantía Recíproca.

• Acceder a garantías directas, a través del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME).

• Recibir aportes de Capital para Proyectos de Inversión y/o financiación a mediano y largo plazo, a través del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), participando en las Concursos Públicos, que implementará la SEPYME.

• Recibir aportes privados, de los distintos Fondos Cerrados de Capital de Riesgo, ya sea nacionales o extranjeros, constituidos por empresas privadas, entidades financieras, organismos internacionales, entre otros.

• Integrar Pools de Compras, bajo la figura de Agrupación de Colaboración Empresaria (ACE).

• Acceder al derecho de preferencia del Compre Mipyme, en las licitaciones o concursos públicos, relativos a la adquisición de bienes o servicios, por parte del Estado Nacional, Provincial y Municipal.

• Participar en el Programa Línea Capital Pymes, implementado por la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de Buenos Aires; como lo hizo en el corriente año, mas de un centenar de empresas del grupo Buenos Aires al Sur, que financió diversos proyectos a través del Banco de la Ciudad, con tasas del 7 u 8 por ciento anual.

• Participar en otras alternativas de financiación, implementadas por la Sepyme, la Corporación Financiera Internacional, el Banco de Inversión y Comercio Exterior, etc.

3. Instrumentos de crédito más comunes para la PyMES • Leasing (ver capítulo VII)

• Factoring (ver capítulo III)

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• Warrant (ver capítulo XI) • Fideicomiso (ver capítulo V)

• Sociedad de Garantía Recíproca (capítulo X)

4. LAS PYMES Y EL MERCADO DE CAPITALES. Las PyMEs pueden acceder al financiamiento de su actividad recurriendo al mercado de capitales, mediante la emisión de títulos valores (acciones u obligaciones negociables) que se colocan entre los inversores. 4.1 Acciones: Las acciones son títulos de capitalización, por lo tanto la PyME se capitaliza fortaleciendo su capital social y, subsecuentemente, su patrimonio neto. Las acciones pueden ser: • Por su contenido:

- ORDINARIAS: - De voto simple (1) - De voto múltiple (hasta 5)

- PREFERIDAS: - Con dividendo fijo - mínimo - accesorio - Con preferencia en la liquidación.

• Por su circulación: - AL PORTADOR - NOMINATIVAS (ESCRITURALES):

- Endosables. - No endosables.

Las acciones que generalmente se emiten para los inversores son preferidas (ventajas económicas sin votos) Régimen legal aplicable: Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 4.2 Obligaciones negociables: Las oblicaciones negociables son títulos de deuda, por lo tanto la PyME obtiene un préstamo de dinero (con pluralidad de prestamistas) a restituir lo que se traduce en su pasivo. Las oblicaciones negociables son: ·Títulos emitidos en serie, representativos de un préstamo, con o sin garantía. ·Otorgan un derecho de renta a su tenedor (inversor) ·Pueden ser convertidos en acciones. A su vez, las obligaciones negociables pueden ser: · con garantía común (el patrimonio del emisor)

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· con garantía especial (hipoteca) · con garantía flotante (derechos y bienes, presentes y futuros) A través de las obligaciones negociables, las PyMEs cuentan con otra alternativa de acceso al crédito, sin la intermediación de las entidades financieras, pudiendo lograr un costo menor de financiación. El BCRA, la CNV y la SEPyME se encuentran avocados a facilitar los trámites para emitir y colocar acciones u obligaciones negociables emitidas por las PyMEs. Régimen legal aplicable: · Ley 23.576, modificada por la Ley 23.962. 5. MEDIDAS DE FINANCIAMIENTO PARA LAS PYMES Los instrumentos específicos que a continuación serán detallados, fueron elaborados e impulsados desde la órbita de la Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa (SEPyME), del Ministerio de Economía de la Nación. FOGAPYME FONAPYME FIDEICOMISOS REGIONALES DE INVERSION PROGRAMA INICIAR BONIFICACION DE TASAS DE INTERES A. FOGAPYME (fondo de garantías)

Se trata de un Fondo Fiduciario creado por la Ley 25.300, de 100 millones de pesos, cuya finalidad es el otorgamiento de garantías, que avalan globalmente la cartera de las Sociedades de Garantía Recíprocas. Conocidas también como garantías de segundo piso.

Además otorga, por medio de convenios con los bancos, Garantías Directas. El objetivo de este fondo, tenido en cuenta por la ley 25.300, es aportar una solución al problema de falta de garantías que enfrentan las Pymes, esencialmente en el mercado de crédito bancario y, también en los fideicomisos regionales de inversión. Se halla integrado por un Comité de Administración conformado por representantes de la SEPyME, Banco de la Nación Argentina, Secretaría de Hacienda y Provincias aportantes; y por un Consejo Consultivo integrado por las provincias no aportantes y por las Sociedades de Garantía Recíproca. B. FONAPYME (FONDO DE CAPITAL DE RIESGO)

Es un Fondo Fiduciario de 100 millones de pesos creado por la Ley PyME y destinado a realizar aportes de capital a proyectos de inversión en actividades productivas de largo plazo, y particularmente en proyectos innovativos.

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Existen cupos regionales para los proyectos, que serán seleccionados sobre la base de un análisis de factibilidades económicas y tecnológicas. Su objetivo se basa en el hecho de brindar apoyo financiero a proyectos de riesgo y a proyectos que apunten a la reconversión de las economías regionales.

El FONAPYME se halla estructurado por el Comité de Inversiones, integrado por representantes de la SEPyME, Banco de la Nación Argentina, Secretaría de Hacienda, Provincias y demás socios privados y/o institucionales y como también por un Comité Consultivo Empresarial. C. FIDEICOMISOS REGIONALES DE INVERSION El objetivo de este, es desarrollar un instrumento del mercado de capitales que brinde a las micro, pequeñas y medianas empresas de todo el país, un mejor acceso al crédito para financiar proyectos productivos regionales. Este programa se características por otorgar 100 millones de pesos, con tramos de 20 pesos por provincia. Existen tramos exclusivos para proyectos productivos de micro emprendimientos. Siendo los entes aportantes la Secretaria de Pequeña y Mediana empresa, Ministerio del Interior, BICE, Provincias Participantes, otras instituciones. D. PROGRAMA INICIAR. Se caracteriza por prestar a los bancos comerciales, fondos por un total de 200 millones de pesos, compuesto por 100 millones de pesos otorgado por el Banco Internacional de Desarrollo (BID) y 100 millones de pesos aportados por las entidades financieras, para que otorguen créditos a micro y pequeñas empresas con el fin de financiar capital fijo y de trabajo, como también asistencia técnica. La modalidad de implementación consta de créditos de hasta 50.000 pesos a empresas nuevas o existentes por un plazo de 48 o 60 meses. Los fondos se licitan entre las entidades financieras interesadas. Las empresas elegibles serán aquellas que, inicien o realicen actividades de producción primaria, industrial, comercio y servicios, hasta la suma de 500.000 pesos de facturación anual sin IVA. E. BONIFICACION DE TASAS DE INTERES

Este programa se centra en disminuir el costo del crédito bancario para Pymes, bonificándose 3 puntos de la tasa activa para otorgar créditos por 450 millones de pesos.

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Funcionan licitándose los fondos entre los bancos interesados, asignándose cupos a las entidades que ofrecen menores tasas activas. 6. OPERATORIA DEL BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR

SA. (BICE)

A mediados del año 2000, el Banco de Inversión y Comercio Exterior, en el marco de la política antirecesiva y de crecimiento y, especialmente en atención de los problemas de las Pymes, amplió su capacidad operativa mediante la reforma de sus estatutos. En tal sentido el Banco ha sido habilitado para:

a) Organizar y participar como fiduciante y fiduciario en contratos de Fideicomiso.

b) Constituirse en socio protector de Sociedades de Garantía Recíproca.

A fin de cumplir los siguientes objetivos: • El BICE ha creado los Fideicomisos Regionales de Inversión (FRI), los

cuales articulan la concurrencia del capital público (nacional y provincial) con el mercado de capitales a través de bonos de distinto riesgo; posibilitando recrear la figura de la banca regional de inversión, con tasas y plazos de fomento y una clara explicitación de los costos que se diferencie de las prácticas del pasado.

• Los FRI contarán con administradores fiduciarios privados, locales o internacionales, de calidad y reconocido prestigio. Asimismo, el BICE diseñará el Manual de Créditos y, conjuntamente con el fiduciario, conformare el Comité de Crédito, el que determinará la asignación crediticia definitiva. La decisión en cada caso se tomara por unanimidad de las partes.

• En apoyo a los FRI, y para garantizar la ampliación del universo de los beneficiarios de esta nueva estrategia, también el BICE está habilitado a partir de la modificación estatutaria para, participar como socio protector en las Sociedades de Garantía Recíproca, instrumento llamado a tener una creciente importancia en el financiamiento de las pequeñas y medianas empresas.

• A través del uso de Sociedades de Garantía Recíproca, y en combinación con los FRI, se logrará reconstruir nuevamente los esquemas de garantías, permitiendo a las Pymes locales el acceso a financiamientos de largo plazo para desarrollar proyectos de inversión, tanto en el plano regional como sectorial.

• En forma coordinada con el BICE, la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa participa activamente en el desarrollo, estructuración y determinación de los productos y objetivos del programa FRI-SGR.

En la actualidad, y a diferencia de la modalidad hasta ahora utilizada, el BICE ha comenzado a cofinanciar en forma directa operaciones de comercio exterior, hasta en un cincuenta por ciento del monto de las operaciones.

El monto previsto por el BICE para cofinanciar estas operaciones se halla estimado en aproximadamente ciento cincuenta millones de pesos.

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PRESTAMOS DE INVERSIÓN

Información suministrada por el Banco Credicoop Ltda.

Líneas del BICE

• Financiación para proyectos de inversión y la compra de bienes de capital de producción nacional.

• Financiación de proyectos de inversión - Programa Global de Crédito Multisectorial.

• Financiación de la producción y de las ventas internas de Pymes a productores locales de bienes de capital

• Línea de crédito destinada a financiar la gestión de Normas de Calidad ISO 9000 o equivalente.

• Prefinanciación de exportaciones argentinas realizadas por Pymes.

• Régimen de financiación de exportaciones de bienes de capital.

Otras líneas de inversión

• Prestamos coparticipados con el BID para las MYPES (Micro y pequeña empresa), para compra de bienes de capital.

• Línea propia para la adquisición de bienes

• Leasing

• Línea para financiar la constitución de capital de trabajo

• Línea de crédito Problemática año 2000

• Línea para financiación de inversión en Conservación y mejoramiento del medio ambiente

• Línea de crédito destinada a financiar la gestión de Normas de Calidad ISO 9000 o equivalente

Prestamos de Evolución

• Préstamos coparticipados con el BID para MYPES, para capital de trabajo.

• Préstamos directos y descuento de documentos de terceros, en dólares.

• Adelanto en cuenta corriente garantizados con CPD (descuento de CPD)

• Descuento de facturas de empresas calificadas o de primera línea.

• Adelantos en cuenta corriente.

Fondos de garantía

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• El Banco opera con los siguientes fondos de garantía: - Fogaba - Garantizar

7. Líneas de crédito con tasa subsidiada

7.1 Línea Banco Nación para la compra de Bienes de Capital

Existe un convenio firmado entre la Secretaría de la Pequeña y Mediana

Empresa y el Banco de la Nación Argentina, el cual consiste en una línea de créditos para financiar la compra de bienes de capital producidos en el país donde, la SEPyME tomará a su cargo la bonificación de hasta 2 (dos) puntos porcentuales de la tasa nominal y la Provincia donde se halle radicada la PyME asumirá la bonificación de otros 2 (dos) puntos porcentuales anuales.

El Banco destinará una partida de 150.000.000 de dólares, a la compra de bienes de capital nuevos producidos en el país o integrados en hasta un 4 por ciento por materiales de procedencia extranjera. La línea permite financiar hasta el 80 por ciento del valor de compra, con un monto máximo de hasta 500.000 dólares, a un plazo de 60 meses con una tasa nominal anual de 7 por ciento para el usuario.

7.2 Línea Nuevo Banco de Santa Fe para la compra de Bienes de Capital

Esta línea de créditos se halla destinada a la compra de bienes de capital para empresas que desarrollen actividad económica en el ámbito territorial de la Provincia de Santa Fe, donde la SEPyME se hará cargo de la bonificación de dos (2) puntos porcentuales anuales y la Provincia de otros dos (2) puntos porcentuales anuales de la tasa de interés.

El Banco asignó una partida de 10.000.000 de pesos, que podrán destinarse a financiar la compra de bienes de capital nuevos producidos en la Provincia, y podrán estar integrados en hasta un 40% con materiales de procedencia extranjera.

Se financiará hasta el 80 por ciento del valor de compra, con un monto máximo de 500.000 dólares, a un plazo de 60 meses, con una tasa del 12 por ciento nominal anual sobre saldos, por todo concepto.

7.3 Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

El Programa consiste en bonificar la tasa de interés que cobran las entidades financieras en los préstamos otorgados a las empresas destinados a la compra de Bienes de Capital, constitución de Capital de Trabajo, prefinanciación y/o financiación de Exportaciones de Bienes y Servicios, desarrollo de Nuevos Emprendimientos y regulación de Deudas Fiscales y Previsionales, agrupados en seis finalidades:

Reconversión agrícola

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Financiación de exportaciones Turismo Otros Constitución de capital de trabajo Constitución de nuevos emprendimientos

Para Bienes de Capital se estableció un monto equivalente al 80 por ciento del valor del bien sin IVA, con un monto máximo de 400.000 pesos, a 60 meses de plazo máximo, con 6 meses de gracia.

Para Constitución de Capital de Trabajo se otorgó un monto equivalente al 25 por ciento de las ventas anuales, con un máximo de 150.000 pesos, a 36 meses de plazo y con 6 meses de gracia Para prefinanciar exportaciones se fijó un monto máximo de hasta 200.000 pesos, con un plazo de 36 meses.

Para financiar exportaciones se halla destinado hasta un 80 por ciento de la operación sin IVA, sin superar los 400.000 pesos, a 48 meses de plazo.

Para la constitución de nuevos emprendimientos se cuenta con hasta un 30 por ciento de la inversión sin incluir IVA, por un monto máximo de 50.000 pesos, a un plazo de 48 meses y con 6 meses de gracia.

Para Regulación de deudas fiscales y previsionales se halla acordado por hasta el 20 por ciento del monto, para alguno de los destinos anteriormente señalados.

El monto total a otorgar por las Entidades Financieras será hasta 450.000.000 pesos.

El Estado Nacional llevó a cabo dos licitaciones con el resultado que se detalla a continuación:

RESULTADO DE MONTOS LICITADOS - 1º LICITACIÓN

Fecha: 28 de septiembre de 2000 DESTINO: RECONVERSIÓN AGRÍCOLA

Banco Monto en $ Tasa % Tasa Bonificada %

Nación Argentina 14.000.000 12,50 9,50 Credicoop Coop. Ltda 3.000.000 12,75 9,75 Río de La Plata 8.000.000 12,98 9,98 Provincia de Bs.As. 4.100.000 13,00 10,00 HSBC Bank Argentina 2.900.000 13,00 10,00

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DESTINO: FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES

Banco Monto en $ Tasa % Tasa Bonificada %

Credicoop Coop. Ltda. 4.000.000 11,75 8,75

Río de la Plata 5.000.000 11,98 8,98 Ciudad de Buenos Aires 2.000.000 12,00 9,00 Provincia de Buenos Aires 4.000.000 12,00 9,00

DESTINO: TURISMO

Banco Monto en $ Tasa % Tasa Bonificada %

Nación Argentina 10.000.000 12,50 9,50 Ciudad de Buenos Aires 1.000.000 12,50 9,50 Credicoop Coop. Ltda. 3.000.000 12,75 9,75 Río de la Plata 7.000.000 12,98 9,98 Provincia de Buenos Aires 4.000.000 13,00 10,00

DESTINO: OTROS

Banco Monto en $ Tasa % Tasa Bonificada %

Nación Argentina 8.000.000 13,00 10,00 Credicoop Coop. Ltda 5.000.000 13,35 10,35 Río de la Plata 7.000.000 13,488 10,48

RESULTADO DE MONTOS LICITADOS - 2º LICITACIÓN

Fecha: 22 de diciembre de 2000 DESTINO: CONSTITUCIÓN DE NUEVOS EMPRENDIMIENTOS

Banco Monto (en miles) Tasa en % Tasa Bonificada en % Nación Argentina 15.000 13,00 10,00 Credicoop Coop. Ltda. 500 14,30 11,30 De La Pampa 500 15,00 12,00 Macro 500 15,00 12,00

DESTINO: CONSTITUCIÓN DE CAPITAL DE TRABAJO

Banco Monto(en miles) Tasa en % Tasa Bonificada en % Nación Argentina 20.000 13,00 10,00

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Ciudad de Buenos Aires 7.000 13,95 10,95 Credicoop Coop. Ltda. 4.500 14,30 11,30 Río de la Plata 5.000 14,30 11,30 HSBC Bank Argentina SA 10.000 14,30 11,30 Río de la Plata 1.609 14,75 11,75 BBV Francés 965 14,75 11,75 Nuevo Banco de Santa Fe 226 14,75 11,75

8. INICIAR - PROGRAMA GLOBAL DE CRÉDITO A LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA La SEPyME ha impulsado modificaciones en el diseño del Programa, tendientes a generar una aceleración de la disposición de créditos, por parte de los micro y pequeños empresarios. La SEPyME como Organismo Ejecutor pasó de una posición intermediadora de los fondos del BID hacia los bancos, a jugar un rol activo en la fijación de políticas de direccionamiento del crédito a los sectores que conforman su responsabilidad institucional. Para lo que se gestionaron y obtuvieron las siguientes transformaciones en el Programa Iniciar: 1. Se suspendió la aplicación de la mediana de $10 mil. Con la decisión de prestar desde valores bajos hasta $50 mil se facilitará el acceso sencillo y rápido a la línea. Esto beneficiará a sectores de microempresarios desatendidos que verán incrementada la oferta de crédito de una línea a la que podrán acceder. 2. La SEPyME participará activamente en la gestión de préstamos ante los bancos de modo de agilizar el otorgamiento de créditos. Esta dinámica ya se puso en marcha con éxito en aquellos lugares de elevada crisis de producción y empleo donde la SEPyME organizó programas de orientación productiva, como Tartagal y General Mosconi en Salta, Reconquista en Santa Fe, Cutral Có en Neuquén y Catamarca. 3. La SEPyME impulsará una experiencia piloto para vincular entidades subprestatarias, no reguladas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), al Programa Iniciar. Una ONG, una Fundación, una Cooperativa, una Agencia de Desarrollo Productivo o alguna otra entidad que sea sujeto de crédito podrá ser habilitada para tomar una masa de dinero de un banco participante y prestarla, a su vez, a microempresarios informales que no acceden en forma directa a los bancos. Objetivos del Programa • Fortalecer el crédito a las Micro y Pequeñas Empresas de todo el país. Para la SEPyME, mientras no exista crédito no hay posibilidad de crecimiento ni de creación de nuevas fuentes de trabajo. • Mejorar la prestación crediticia a través de un flujo específico de fondos y de tasas de interés razonables por parte de los bancos que otorgan regularmente préstamos al sector MI PyME.

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• Incorporar al sistema de créditos a las micro y pequeñas empresas a bancos que hasta el momento no consideraban a las PyMEs clientes para su cartera. INICIAR es lograr que aquellos bancos que hasta el momento no otorgaban créditos, empiecen a hacerlo. Características del Programa Fondos Préstamo del BID por US$100 Millones a ser desembolsado en un período de cuatro años. Componente de Crédito, US$98 Millones. Componente de asistencia técnica, US$ 2 Millones. La Asistencia Técnica a entidades financieras no reembolsable Comprende recursos por $600 mil para Fortalecimiento Institucional. Se prevé financiamiento complementario para Fortalecimiento Institucional por $ 900 mil (FOMIN). Componente de Crédito Pueden participar las entidades financieras encuadradas en las primeras cuatro categorías del sistema de calificación del BCRA (AAA a BBB). Las entidades toman recursos del Programa mediante licitaciones periódicas en función de la tasa de interés pasiva; los recursos tomados no requieren constituir requisitos de liquidez. Las entidades financieras establecen requisitos de garantías y determinan el período de gracia. Los préstamos son de hasta $50 mil pesos sin monto mínimo. Entidades que otorgan el crédito Bancos privados, cooperativos, provinciales y nacionales, que cubren todas las regiones del país, entre los que figuran: • De la Nación Argentina • De la Provincia de Buenos Aires • De la Ciudad de Buenos Aires • Credicoop Coop. Ltdo. • Chubut S.A. • Del Tucumán S.A. • Macro S.A. • Suquía S.A. • Nuevo de Santa Fe S.A. Condiciones básicas de los solicitantes Constituirse como Micro y Pequeñas Empresas nuevas o ya existentes. Contar con un volumen de ventas y/o facturación que no supere los 500.000 dólares o pesos anuales (sin IVA). Sectores de actividad que se atenderán Todos los sectores económicos, empresas urbanas o rurales, agropecuarias, industriales, mineras, comerciales y de servicios.

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Montos por operación El programa INICIAR se extenderá a préstamos de hasta 50 mil pesos o dólares, sin monto mínimo. Destino del Crédito Bienes de capital: adquisición de activos fijos. Capital del trabajo: necesidades de capital de trabajo. Asistencia técnica: servicio de capacitación. Moneda Los préstamos se otorgarán en dólares estadounidenses o en pesos, a juicio de cada Banco. Tasas de interés Se publicará la que informe cada entidad participante. Garantías Las garantías son establecidas por los mismos Bancos participantes. Plazos Hasta 48 meses para capital de trabajo y asistencia técnica y 60 meses para activo fijo. Los bancos pueden otorgar períodos de gracia. Los recursos del Programa provienen del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y de aportes de fuente propia de las entidades financieras participantes. El Organismo Ejecutor del Programa es la Secretaría de Empleo y Producción PyME (SEPyME). El Banco Central de la República Argentina (BCRA) actúa como Agente Financiero del Programa. Lanzamiento de créditos a baja tasa para las PyMEs. A través de un grupo de entidades financieras, el gobierno abrió una línea crediticia por 60 millones de pesos para financiar a empresas que actualmente trabajan en la informalidad. La mayor parte de las entidades ofrecerá tasas de entre 10 y 13 por ciento, aunque en algunos bancos ascienden a 15 por ciento y 20 por ciento. El dinero ya está disponible y fue aportado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Dada la difícil coyuntura por la que atraviesa la Argentina, por primera vez este organismo permitirá que puedan ser otorgados a firmas que no tienen sus papeles al día y por tanto actualmente no consiguen financiamiento productivo en ningún Banco, salvo a través de créditos personales o descubiertos con tasas que superan tranquilamente a 30, 40 o 50 por ciento. Esta es la situación por la que atraviesa un porcentaje mayoritario de las micro y pequeñas empresas del país. Algunas estimaciones preliminares indican que

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más de 60 por ciento de estas firmas, por algún motivo, no califica para acceder al crédito productivo. Los préstamos no se darán directamente a las empresas sino que serán otorgados a unidades subprestatarias, como pueden ser mutuales, cooperativas o cámaras empresariales, entre otras entidades, que sí estén aptas para solicitar crédito. A través de estas entidades se canalizarán hacia las empresas demandantes. Es decir, el demandante formal del crédito ante el Banco es la unidad subprestataria, pero la entidad bancaria destina el dinero a financiar el proyecto de la empresa. Los créditos están destinados a micro y pequeñas empresas cuya facturación anual sin IVA no supere los 500.000 pesos con un máximo a otorgar de 50.000 pesos por firma. 9. Consejo Federal de Inversiones

El Consejo Federal de inversiones tiene a su cargo el desarrollo de planes de subsidios o capacitación como instrumento de financiamiento para las Pymes. A continuación se detallaran los distintos planes existentes:

1. PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA MICROEMPRENDIMIENTOS El presente programa deberá promover el desarrollo del sector de la Microempresa, a través del financiamiento de proyectos económicamente rentables tendientes a fomentar la reactivación productiva, la generación del empleo y el mejoramiento de la distribución del ingreso.

Serán destinatarios del mismo, las personas físicas o jurídicas cuyo patrimonio no supere la suma de 200.000 pesos y que desarrollen actividades económicamente rentables vinculadas a la producción, complementarias, o destinadas a mejorar la calidad de vida de la población.

Estos créditos podrán ser destinados para financiar hasta el 100 % de las inversiones a realizar en:

Adquisición de bienes de capital. Conformación de capital de trabajo. Capacitación.

Los créditos se otorgarán y se reintegrarán en dólares estadounidenses, por montos máximos dependiendo del destino de los mismo. Para Bienes de Capital el monto máximo no podrá exceder los 50.000 dólares, para capacitación se otorgaran créditos hasta 4.000 dólares y los destinados a la obtención de capital de trabajo se constituirán por un monto máximo de 20.000 dólares. Los plazos de amortización estarán dados:

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Bienes de Capital Hasta cuatro y medio (4 1/2) años, con un período máximo de gracia de 18 meses a contar desde el desembolso del crédito.

Capital de Trabajo: Hasta dos y medio (2 1/2) años, con un período máximo de gracia de 12 meses a contar desde el desembolso del crédito.

Capacitación: El plazo de amortización y el período de gracia coincidirán con los correspondientes al destino principal del crédito.

La tasa de interés partirá de un 6 nominal anual, ajustable según la variación de la tasa pasiva del Banco de la Nación Argentina para operaciones de plazo fijo por montos de hasta 29.999 dólares a 180 días. Los servicios de interés no tendrán período de gracia. Es requisito para la obtención del mismo la constitución de garantías por el 130 por ciento del monto total del crédito, a satisfacción de la entidad que en cada caso actúe como agente financiero. Para créditos superiores a US$ 8.000 dichas garantías deben ser reales.

Para créditos de hasta US$ 8.000, las garantías podrán ser de carácter personal, también a satisfacción del agente financiero.

El acceso al crédito requiere, como paso previo, la calificación favorable como sujeto hábil de crédito del solicitante por parte del agente financiero, que evalúa los aspectos legales, patrimoniales y financieros de su solicitud.

El segundo paso consiste en la formulación de un proyecto de inversión. Finalmente, el Consejo Federal de Inversiones tiene a su cargo la evaluación del proyecto desde el punto de vista técnico, económico y financiero, y la elaboración de los instrumentos legales que documentarán el compromiso.

2. PROGRAMAS DE FINANCIAMIENTO PARA LA EXPLORACIÓN DE NUEVOS MERCADOS

Destinados a promover el crecimiento de las exportaciones a través del financiamiento de investigaciones y/o acciones que impliquen la identificación y el desarrollo de nuevos mercados o la profundización de los existentes.

Las Micro, pequeñas o medianas empresas que tengan antecedentes en comercio exterior y presenten un programa destinado a fomentar el desarrollo de sus exportaciones, serán los destinatarios de este programa.

El monto otorgado en concepto de prestamos deberá ser destinado por la Pymes para estudios, investigaciones, misiones al exterior, participación en ferias internacionales, folletería, consultoría especializada, envío de muestras y toda acción que impulse el desarrollo de mercados externos.

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Estos créditos se caracterizan por ser otorgados y reintegrados en dólares estadounidenses, por un monto máximo de 25.000 dólares, contando con un plazo de gracia equivalente a 12 meses a contar desde el desembolso del crédito y siendo su capital amortizable en 2 años.

La tasa de interés operante será del 6 por ciento nominal anual, ajustable según la variación de la tasa pasiva del Banco de la Nación Argentina para operaciones de plazo fijo por montos de hasta 29.999 dólares, a 180 días

Los servicios de interés no tendrán período de gracia. Deberán constituirse garantías por el 130 por ciento del monto total del crédito, a satisfacción de la entidad que en cada caso actúe como agente financiero.

Para créditos superiores a 8.000 dólares, las garantías deben ser reales.

Para créditos de hasta 8.000 dólares, las garantías podrán ser de carácter personal, también a satisfacción del agente financiero. El acceso al crédito requiere, como paso previo, la calificación favorable como sujeto hábil de crédito del solicitante por parte del agente financiero, que evalúa los aspectos legales, patrimoniales y financieros de su solicitud. El segundo paso consiste en la formulación de un proyecto de inversión. Finalmente, el Consejo Federal de Inversiones tiene a su cargo la evaluación del proyecto desde el punto de vista técnico, económico y financiero, y la elaboración de los instrumentos legales que documentarán el compromiso.

3. PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Con el objetivo principal de financiar la inversión genuina en el sector de la pequeña y mediana empresa, y con el propósito de aumentar su competitividad y ampliar su capacidad de desarrollo, se ha estructurado el programa de financiamiento para las Pymes. El programa se halla destinado a pequeñas y medianas empresas, nuevas o ya existentes, industriales, mineras, agropecuarias y de turismo, como así también de servicios cuando complementen la faz productiva de dichas actividades, y que se encuadren dentro de los siguientes parámetros previos al proyecto:

Personal ocupado hasta 100 personas. Activos productivos hasta 5.000.000 dólares . Facturación anual hasta 6.000.000 dólares.

Se podrá financiar hasta el 70 por ciento de las inversiones a realizar en:

Adquisición de bienes de capital Conformación de capital de trabajo (hasta el 25 por ciento del monto

total de crédito)

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En ningún caso se financiará únicamente capital de trabajo.

Los fondos prestados no podrán aplicarse al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de las inversiones que se realicen con el préstamo otorgado. Los préstamos se otorgarán y se reintegrarán en dólares estadounidenses, por un monto no superior a 150.000 dólares, amortizándose hasta un plazo de 6 años y con un período de gracia, que se comporta de la siguiente forma: : La primera cuota de capital se abonará a los 18 meses de desembolsado el préstamo. Tanto el período de gracia como el plazo total son períodos máximos. Ambos períodos y la forma de pago del crédito se ajustarán al resultado de la evaluación técnica, económica, financiera y jurídica del proyecto. La financiación otorgada contara con una tasa de interés equivalente al 6,2 por ciento nominal anual, ajustable según la variación de la tasa pasiva del Banco de la Nación Argentina para operaciones de plazo fijo por montos superiores a 30.000 dólares, a 180 días

Los servicios de interés no tendrán período de gracia. Las garantías deberán ser reales, y constituirse por el 130 por ciento del monto total del crédito.

Las garantías podrán ser prendarias sólo en aquellos casos en los que el capital del crédito se amortice en un plazo no superior a los 36 meses contados a partir del desembolso. El acceso al crédito requiere, como paso previo, la calificación favorable como sujeto hábil de crédito del solicitante por parte del agente financiero, que evalúa los aspectos legales, patrimoniales y financieros de su solicitud.

El segundo paso consiste en la formulación de un proyecto de inversión.

Finalmente, el Consejo Federal de Inversiones tiene a su cargo la evaluación del proyecto desde el punto de vista técnico, económico y financiero, y la elaboración de los instrumentos legales que documentarán el compromiso.

4. Líneas de crédito del Consejo Federal de Inversiones (C.F.I) Es una línea de crédito nacional, que tiene por objetivo promover el desarrollo económico de las provincias, en este caso la provincia de Buenos Aires, de modo tal que se convierta en una propuesta de reactivación productiva, distribución del ingreso y generación de empleo. Los destinatarios son personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades económicamente rentables, que estén en condiciones de obligarse financieramente con el Banco y cuyo patrimonio no superen los u$s 200.000. El

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destino de los créditos puede ser la Adquisición de bienes de capital, Conformación de capital de trabajo y capacitación. Las características de los créditos son:

Monto Máximo a otorgarse: Bienes de capital: hasta U$S 25000 Capital de trabajo: hasta U$S 10000 Capacitación: hasta U$S 2000

Plazo de pago

Bienes de capital: hasta cuatro y medio años, con un período máximo de gracia de 18 meses.

Capital de Trabajo: hasta dos y medio años, con un período máximo de gracia de 12 meses. Capacitación: El plazo y el período de gracia serán concordantes con el destino principal del proyecto.

Tasa de Interés: 7.5% nominal, anual, vencida, sobre saldos. Los

servicios de interés no tendrán período de gracia. Garantías: 130% del monto de la deuda, a satisfacción del Banco. 9. PROGRAMAS DE FINANCIAMIENTO PARA LAS MICRO,

PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS En el Banco Ciudad de Buenos Aires hay distintos programas para el sector MIPyME: 1. Modernización de las PyME dedicadas a la actividad de hoteles y

hospedajes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Destino: hoteles de hasta 3 estrellas y hospedajes. Monto: 1) Para refacción y/o remodelación del inmueble, hasta 15.000 pesos por habitación. 2) Para adquisición de equipamiento y/o mobiliario, hasta 5.000 pesos por habitación. En ambos casos, sin exceder el 100 por ciento del valor neto excluido el IVA y un monto máximo de hasta 700.000 pesos. Plazos de hasta 72 meses y 24 meses de gracia. Tasa variable en dólares. Garantía: a satisfacción del Banco. En caso de refacción y/o remodelación de inmuebles, se requerirá garantía hipotecaria en primer grado y cobertura de seguros de práctica.

2. Línea para la asistencia a expositores en eventos relacionados con el comercio internacional, tanto en el país como en el exterior.

a) Participantes en eventos organizados o auspiciados por el Gobierno

Nacional, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Banco, la Fundación del Banco o la Fundación Exportar. Monto: en

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operaciones de crédito comercial, hasta el 80 por ciento del presupuesto de gastos, con un máximo de 20.000 dólares; en operaciones de crédito personal (al propietario, dueño, socio, etc.), hasta el 80 por ciento del presupuesto de gastos, con un máximo de 15.000 dólares.

b) Participantes en eventos organizados o auspiciados por otros

organismos que cuenten con autorización gubernamental, y que sean consideradas de interés para la Fundación del Banco. Sólo crédito comercial hasta el 80% del presupuesto de gastos, con un máximo de U$S 15.000.

En ambos casos, tasa variable y plazo de hasta 390 días.

3. Operaciones especiales con garantía de otras entidades.

Operaciones con aval de GARANTIZAR SGR. Condiciones generales de financiación: plazo de hasta 60 meses; interés aproximado 12%; monto máximo por operación U$S 500.000. Para financiamiento de IVA a exportadores, el plazo es a 180 días renovables. Operaciones con aval de FO.GA.B.A. Condiciones generales de financiación: plazo de hasta 60 meses; interés tasa Encuesta más 6,50; monto máximo por operación U$S 500.000. El aval cubre hasta el 75% de la operación a decisión de FO.GA.B.A.

4. Licitación SEPyME.

a) Sector Turismo: para capital de trabajo, hasta $ 150.000, sin exceder el 25% de las ventas anuales; plazo de hasta 36 meses. Para adquisición de Bienes de Capital, hasta $ 400.000, sin exceder el 80% del precio; plazo de hasta 60 meses; tasa 9,50% anual (Turismo incluye agencias de viajes, restaurantes, cafés, hotelería.).

b) Para prefinanciación, hasta $ 200.000, operaciones rotativas, dentro de

un margen de hasta 3 años; tasa 9%.

c) Capital de trabajo para cualquier sector: hasta $ 150.000, sin exceder el

25% de las ventas anuales; plazo de hasta 36 meses; tasa 10,95%. Para todos los casos, la facturación anual no puede superar los $ 6 millones.

5. Línea para agencias de viajes de Buenos Aires. Destino: agencias de viajes que operen en turismo receptivo; para reequipamiento y/o acciones de promoción en el exterior. Condiciones: monto hasta U$S 50.000; tasa variable; plazo de hasta 24 meses; garantía a satisfacción del Banco.

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6. Préstamos para integrantes de la Asociación de restaurantes, confiterías y cafés de Buenos Aires. Condiciones: destino de los fondos: reequipamiento y remodelación; monto hasta U$S 300.000; tasa variable; plazo de hasta 36 meses (6 meses de gracia con capitalización de intereses) y 30 cuotas por sistema francés de amortización; garantía a satisfacción del Banco.

7. Préstamos a PyME. Destino: empresas comerciales, personales o constituidas como personas jurídicas. Condiciones: Fondos para la constitución de capital de trabajo y/o adquisición de bienes de capital nuevos; montos máximos entre U$S 50.000 y U$S 200.000; plazo máximo entre 12 y 36 meses; garantías a satisfacción del Banco. Los plazos y montos máximos varían según el destino de los fondos.

Otras líneas de crédito El Banco de la Nación Argentina también ofrece las siguientes alternativas: 1. Financiación para la compra de bienes de capital de origen nacional. Hasta el 80% del valor de compra sin IVA, con plazo de 5 años y tasa nominal anual (TNA) del 7%. 2. Recomposición del capital de trabajo de PyME. Hasta un monto máximo de 150.000 dólares, con 5 años de plazo y TNA del 13,5%. 3. Adquisición de maquinaria industrial y agropecuaria fabricada en el país. Hasta el 75% del valor de compra sin IVA, con plazo de 5 años y TNA del 14.5%. 4. Programa de estímulo al crecimiento de micro, pequeñas y medianas empresas. Para capital de trabajo e inversiones, con plazo de hasta 5 años y TNA del 10%. 5. Condiciones especiales para financiar la participación de PyME en el PRE (Programa de Apoyo a la Reestructuración Empresarial). Cubre hasta el 80% del aporte de la empresa, con una TNA del 14,5%. 6. Financiación destinada al turismo. Destinada a instalaciones, equipamiento o capital de trabajo, con plazo desde 5 meses a 5 años y TNA del 9,5%.

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7. Micronación. Financiamiento y entrenamiento de la microempresa, para capital de trabajo (48 meses de plazo) o inversiones (72 meses) con TNA del 11,5% más 2% para capacitación. 8. Programa global de crédito a la micro y pequeña empresa (MYPES II). Para activos fijos -incluida la compra de inmuebles-, constitución de capital de trabajo y asistencia técnica en la producción, con plazos de 48 a 60 meses y TNA del 10%. 9. Reconversión productiva de actividades agrícolas. Destinada a intensificación, diversificación, integración y riego complementario, hasta 5 años de plazo con TNA del 9,5%. 10. Programa "Fondo Tecnológico Argentino - FONTAR". Para financiación de proyectos destinados a inversiones para innovación tecnológica; hasta 9 años de plazo con 4 de gracia y TNA del 10%. EL INSTituto para la Pequeña y Mediana Empresa La decisión de crear un Instituto para la Pequeña y Mediana Empresa fue adoptada por el Plenario de Presidentes llevado a cabo en Buenos Aires el día 3 de febrero de 1999. La decisión se vinculó a la circunstancia que los bancos asociados a ABAPPRA asisten crediticiamante a las Pymes de todas las regiones del país. Ante ello la existencia de un área específica para abordar la problemática de las Pymes en la Cámara constituirá un importante instrumento para el mejoramiento de estas empresas y por ende para agilizar las operatorias de los bancos asociados. Fue por ello que se afirmó en el Plenario que los bancos de ABAPPRA, necesitan dar contenido a un Instituto destinado a mejorar las condiciones en que operan las Pymes de las distintas regiones del país; resultando necesario, habida cuenta que el crédito es sólo un componente de su actividad, trabajar en los lineamientos estratégicos que permitan diseñar programas que apuntalen el desarrollo y la eficiencia de las empresas. Antecedentes ABAPPRA integró y fue Coordinador del Consejo de la Pequeña y Mediana Empresa, foro de opinión que nucleó a Cámaras Nacionales representativas del sector. Como Coordinador del CPyme ABAPPRA intervino en arduas negociaciones con autoridades nacionales tendientes a dar a conocer la voz de las Pymes en temas laborales, impositivos, financieros, etc. A través del CPyme nuestra Asociación logró establecer una fluida comunicación con las cámaras nacionales, con el sector público, representantes legislativos, etc. La experiencia adquirida demostró en todos los casos la necesidad de contar con un ámbito de análisis de las distintas necesidades de las pequeñas y medianas empresas cuya problemática varía, no solo de acuerdo al sector de actividad sino también, a la localización geográfica de la empresa. Objetivos

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Conforme a la necesidad expuesta la decisión del Plenario fue la de contar con un área específica que cumpliera al menos un conjunto de propósitos, entre ellos: - Seguimiento de Estatuto Pyme (Ley 24.467/95) - Seguimiento de la legislación vigente y en estado parlamentario - Recopilar información local y regional, para su análisis y elaboración - Organizar el Comité Técnico de Pyme con el fin de asesorar, orientar e informar a Bancos y Empresas en reuniones frecuentes en todo el país - Crear la secretaría de estudio económicos y financieros del Instituto. - Disponer, previa autorización de la Presidencia del Instituto, la realización de trabajos específicos a través de consultores externos. - Representar a los asociados ante los poderes del estado, el Banco Central de la República Argentina, organismos centralizados y descentralizados y toda otra entidad pública o privada, nacional o extranjera. - Participar en comisiones de interés sectorial ya sea en el país o en el extranjero. - Organizar jornadas, seminarios, conferencias, talleres, reuniones de trabajo, etc. - Publicar los resultados de sus trabajos, actividades y servicios, a través de un órgano público de difusión periódica. - Mantener relaciones institucionales con las Cámaras representantes de las PyMEs. Plan de acción El Presidente del Instituto presentará anualmente un Plan de Acción que deberá ser aprobado por el Consejo Directivo. 1. En su primera etapa el Instituto deberá recabar información de los bancos asociados -los que podrán señalar cuando ésta revista el carácter de reservada-. El Instituto deberá analizar el porcentaje de total de créditos que los Bancos asociados destinan a las pymes; y dentro de esto discriminar por región, y por sector. Asimismo analizará la morosidad total, regional y sectorial de las Pequeñas y Medianas empresas y elaborará un análisis sistemático de las principales dificultades detectadas para el acceso al crédito, garantías, de las Pymes. 2. El Plan de Acción deberá contemplar la definición de lineamientos estratégicos que permitan trabajar en la elaboración de programas puntuales destinados a mejorar la eficiencia y el desarrollo de las Pymes. 3. El Instituto Pyme organizará conjuntamente con el Centro de Capacitación de ABAPPRA las jornadas, seminarios, conferencias o cursos, sobre la problemática de las Pequeñas y Medianas Empresas las que se realizaran localmente en su sede o bien en distintas regiones del país. Relación con Cámaras, organismos y demás entidades

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El Instituto Pyme se relacionará mediante entrevistas, representaciones o convenios con organismos internacionales, nacionales, provinciales y municipales; cámaras empresariales nacionales, federaciones provinciales o cámaras locales; con comisiones especificas abocadas a la problemática Pyme que se consideren de interés para nuestra Asociación. En particular con la CEPAL, BID, SEBRAE, Small Businness Adminstration, Corfo, Comisión Mipyme Mercosur etc.; con la Secretaría Pyme de la Nación, Ministerios o Secretarias de Estado, Direcciones Nacionales, provinciales y municipales. Con organismos como el Consejo Nacional de Inversión (C.F.I.); Comisiones Parlamentarias, etc. 13. Créditos Blandos para PYMES El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA), a través de la Secretaria de Desarrollo Económico (SDE), crea un fondo con el objetivo de subsidiarlas tasas de interés de los prestamos destinados a Pymes para proyectos de inversión. Los recursos del fondo serán aplicables a los prestamos otorgados a través del Banco Ciudad y demás Bancos comerciales que adhieran al sistema. Los destinatarios de dichos fondos son: Empresas Pymes que realicen o deseen realizar actividades económicas en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires. El periodo de amortización de dicho préstamo es de hasta 60 meses (5 años). Se otorga un plazo de gracia hasta un máximo de 12 meses (1 año).

Monto prestable: Sin tope, sujeto a las garantías y a la factibilidad técnica, la viabilidad económica y financiera del proyecto.

Moneda. Dólares. Tasa de interés: 12 % nominal anual variable. Sistema de amortización: francés. Garantías: hipotecarias o prendarias. Subsidio: 4 puntos porcentuales de la tasa nominal anual vencida

devengada por los prestamos y 5 puntos porcentuales para los proyectos que se desarrollen en la zona sur de la Ciudad (al sur de las Av. San Juan y Directorio). En los casos en que las garantías aportadas por las empresas no resulten satisfactorias, podrían obtenerse a través de Garantizar S.G.R. En estos casos, el costo del crédito se encarece en 2 puntos porcentuales, de los cuales la SDE subsidiara un punto cuando se trate de emprendimientos a ser desarrollados en la zona Sur. El crédito podrá destinarse a:

Adquisición de bienes de capital/maquinarias. Adquisición de inmuebles. Capital de trabajo. Proyectos para exportación. Refinanciación de pasivos (únicamente un porcentaje del préstamo).

Podría darse también combinación de esta línea de financiamiento con otras de la SDE destinadas a la mudanza de empresas a la Ciudad de Buenos Aires,

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junto con programas inmobiliarios (cesión de terrenos para radicación de industrias) administrados por la Corporación del Sur. 14. FO.GA.BA. UN Aval para que las empresas puedan

acceder al crédito bancario El FO.GA.BA. es un organismo que funciona desde Marzo de 1996 en la provincia de Bs. As. Y que tiene como función acudir en auxilio de las PyMEs que operen en la provincia de Bs. As., formando un fondo de garantías constituido para el apoyo y fomento de la actividad económica, materializándolo mediante fianzas que otorga a las PyMEs de la Provincia de Bs. As., es decir, actúa como una entidad de segundo piso mediando con los bancos y las grandes empresas respaldando a las PyMEs. Este fondo de garantías se constituyó con aportes del estado provincial y una participación mínima de las entidades representativas de las PyMEs, con los siguientes accionistas:

• Provincia de Buenos Aires. • Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa. • Confederación Económica de la Provincia de Buenos Aires. • Unión Industrial de la Provincia de Buenos Aires. • Provincia Seguros S.A. • Comesi S.A. • Alpargatas SA. • Acindar Industria Argentina de Aceros S.A. • Siemens S.A. • Camuzzi Gas Pampeana S.A.B • Ayer S.A. • Empresas PyMEs.

El FOGABA esta integrado por una serie de bancos a los que pueden acudir los empresarios, a saber:

• BANCA NAZIONALE DEL LAVORO • BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES • BANCO COMAFI • BANCO CORPORACIÓN METROPOLITANA DE FINANZAS • BANCO CREDICOOP • BANCO EDIFICADORA DE OLAVARRIA B • BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES • BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES • BANCO FINANSUR • BANCO GENERAL DE NEGOCIOS • BANCO MARIVA • BANCO MUNICIPAL DE LA PLATA • BANCO PIANO • BANCO SUDAMERIS ARGENTINA S.A. • HSBC BANK ARGENTINA S.A. • NUEVO BANCO INDUSTRIAL DE AZUL

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Todos estos bancos tienen una calificación “doble A” y operan con garantías automáticas que pueden otorgarse directamente a aquellas empresas que califican. FOGABA, para poder otorgar una fianza debe tener, por parte de la PyME a afianzar, “contra garantías” que como mínimo cubran el importe que está afianzando. La constitución de éstas contra garantías se encuentra exenta de tributar impuesto a los sellos. Los requisitos básicos para poder acceder al FOGABA son:

• Plan de Negocios • Flujo de Caja • Situación patrimonial • Forma jurídica del cliente: si no es una persona física copia de la

documentación legal donde se especifique las facultades del firmante por cuenta del cliente

• Situación ante la AFIP-DGI (constancia de inscripción) • Si el cliente no tiene domicilio en la Provincia de Buenos Aires copia de

los elementos que se tomaron para definir su actividad principal en la Provincia.

• Si el cliente es persona jurídica, los balances consecutivos de los dos últimos períodos fiscales, el último de los cuales no deberá tener una antigüedad mayor a 16 meses contados a la fecha del despacho del Crédito

El FOGABA tiene dos formas de operar, la primera es la forma “Tradicional”7 y la segunda en forma “Automática”8. Para acceder a la garantía de forma “Tradicional” la PyME se debe acercar a alguno de los bancos adheridos al sistema, entregar la documentación que se le requiera (mencionada anteriormente) y una vez que es calificada como sujeto de crédito, se analiza el tipo de garantías que la PyME puede ofrecer, el banco solicita la fianza de FOGABA, remitiendo -el banco- la carpeta crediticia (fotocopia). De esta forma la PyME no tiene necesidad de presentar dos veces la misma documentación, debido a que el banco y FOGABA evalúan con la misma información. Los tipos de contra garantías que normalmente FOGABA acepta para la forma tradicional son:

• Hipotecas (en 1º y 2º grado), con los seguros de práctica sobre el bien a hipoteca a favor de FOGABA. Esta Contragarantía merece consideraciones especiales: para FOGABA no es necesario que el inmueble a hipotecar este fuera del giro del negocio, además FOGABA lo acepta en una relación 1 a 1 (sin aforo) y por último, en casos particulares, acepta en 2º grado de privilegio. Esto permite una combinación muy provechosa para la PyME y para el Banco. Como por ejemplo: un cliente que debe comprar una máquina por $ 100.000

7 FUENTE: FOGABA 8 FUENTE: FOGABA

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(necesidad del crédito), es propietario de su negocio (tasado en $ 100.000) y en su vivienda es inquilino; al que el Banco desea apoyarlo por cuanto lo considera un buen cliente (con capacidad y voluntad de pago) pero para poder atenderlo tendría que prendar la máquina que va a adquirir e hipotecar el local (en caso que las normas internas se lo permitieran, dado que la hipoteca es sobre un inmueble que hace al giro del negocio) con lo cual la operación de "apoyo" financiero se transformaría en una carga, por los costos de constitución de garantías. Y por otra parte se le estarían inmovilizando todos sus activos. Con la intervención de FOGABA cabe la posibilidad que el Banco pudiera hacer hipoteca en 1º grado por $ 25.000 más intereses, gastos y accesorios y FOGABA en 2° grado por los $ 75.000 que estaría dispuesto a avalar.

• Prendas Fijas, con los seguros de práctica sobre el bien a prendar a favor de FOGABA. En este caso FOGABA opera en una relación de 1,2 a 1 y acepta bienes usados en garantía. En cuanto a los bienes usados los mismos deben guardar una cierta lógica con las posibilidades de recupero, lo que estamos tratando de decir es que si se tratara de realizar una prenda sobre un camión modelo 1956 la misma no sería factible. En líneas generales las prendas flotantes no se aceptan; en cuanto a la prenda sobre hacienda, si bien la misma debe ser considerada en forma particular, la misma es una buena herramienta para apalancar el crecimiento del sector agropecuario.

• Documento de Pago.

• Fianza de 3ros. En línea general en una relación de 1,5 a 1.

• Caución de Documentos de 3ros.

• Aval personal de terceros, socios y/o de directores (con la firma del cónyuge). En una relación de 1,5 a 1.

• Warrants.

• Otras a satisfacción de FOGABA En el caso de empresas unipersonales, además de la firma del cónyuge (de corresponder), se solicitará seguro de vida a favor de FOGABA. Es de mencionar que FOGABA avala el 75 % del saldo de deuda al momento de producirse la falencia; por tanto si por el 25 % (por ejemplo) el banco tiene tomada alguna garantía auto liquidable con la cual satisface este porcentaje no cubierto por FOGABA, FOGABA al recibir el pedido de pago lo hará por el 75% (aval) del saldo de deuda (que es el 75 % por que el 25 % ya lo cobraron con el auto liquidable). En el caso de que una PyME incumpliera las obligaciones que fueron garantizadas por FOGABA, EL BANCO podrá requerir el pago de la garantía otorgada por FOGABA, cuando éste diera por agotadas las gestiones de cobranzas, debiendo mediar como mínimo intimaciones de pago al prestatario en dos oportunidades, por medio fehaciente, al domicilio declarado en la solicitud de préstamos. FOGABA deberá abonar el monto de la deuda, en el plazo de 10 (diez) días hábiles, a partir del momento que EL BANCO le presente los siguientes elementos:

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• Nota de requerimiento de EL BANCO suscripta por funcionario de nivel no inferior al de Gerente de Administración de Créditos o quien haga sus veces en la que conste el monto de la deuda mantenida por el deudor con respecto al crédito en particular y la decisión de EL BANCO de ejecutar la fianza y el préstamo.

• Copia certificada de las intimaciones realizadas al deudor. En la operatoria “Automática”, FOGABA delega en el banco adherido la potestad de otorgar su fianza, para operaciones crediticias cuya fianza queda estipulada según la calificación que tengan los Bancos, de a acuerdo a lo exigido por el BCRA. Para aquellos bancos calificados como AAA: la fianza es hasta $ 350.000, siempre que no supere el 75% del crédito a otorgar. Los calificados como AA, la fianza es de hasta $ 250.000 y hasta el 75 % del capital del crédito a otorgar. Para bancos calificados con clase A: la fianza automática alcanza hasta $ 150.000, y hasta el 75% del capital del préstamo a otorgar. En estos casos no es necesario que el banco remita fotocopia del legajo a FOGABA para su evaluación. Con anterioridad FOGABA Y los bancos concordaron dichas operaciones para facilitar y agilizar estas tramitaciones automáticas. Esta operatoria comprende a todo aquel financiamiento, dirigido a PyMEs ya comentado, excepto los siguientes:

• Operaciones destinadas en su totalidad directa o indirectamente a cancelar créditos preexistentes o mejoras de garantías para operaciones ya otorgadas.

• Préstamos personales. El Banco dispondrá de las contra garantías que tomará por cuenta y orden de FOGABA (dentro del menú acordado por convenio), las que no podrán ser de menor grado que las garantías tomadas a favor del Banco por el 25 % que no afianza FOGABA y de valor no inferior al importe afianzado. Los tipos de contra garantías que normalmente FOGABA acepta para la forma automática son:

• Hipotecas (en 1º grado), con los seguros de práctica sobre el bien a hipotecar a favor de FOGABA. Este punto merece consideraciones especiales: la primera de ellas es que para FOGABA no es necesario que el inmueble a hipotecar este fuera del giro del negocio, por otra parte FOGABA acepta en una relación 1 a 1 (sin aforo).

• Prendas Fijas, con los seguros de práctica sobre el bien a prendar a favor de FOGABA. En este caso FOGABA opera en una relación de 1,2 a 1 y acepta bienes usados en garantía. En cuanto a los bienes usados los mismos deben guardar una cierta lógica con las posibilidades de recupero, lo que estamos tratando de decir es que si se tratara de realizar una prenda sobre un camión modelo 1956 la misma no sería factible. En líneas generales las prendas flotantes no se aceptan; en cuanto a la prenda sobre hacienda, si bien la misma debe ser

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considerada en forma particular, la misma es una buena herramienta para apalancar el crecimiento del sector agropecuario.

• Documento de Pago.

• Fianza de 3ros. En línea general en una relación de 1,5 a 1.

• Caución de Documentos de 3ros.

• Warrants. Hay que tener en cuenta que ante incumplimientos de los clientes del BANCO en el pago de los compromisos otorgados bajo los términos del presente convenio, que cuenten con la fianza emitida por FOGABA, el BANCO queda obligado a realizar dos intimaciones a los deudores, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 11.560. Vencido el plazo de las intimaciones el BANCO exigirá a FOGABA el cumplimiento de la fianza, quedando el FOGABA obligado a abonar al BANCO la suma afianzada dentro de los 10 (diez) días hábiles de recibida la documentación. Si el BANCO no hubiese cumplido con todos y cada uno de los recaudos, estipulaciones y obligaciones del convenio previamente firmado, se tendrá como no otorgada la fianza respectiva, siendo en tal supuesto el único responsable del crédito el BANCO, sin derecho a reclamo alguno a FOGABA en virtud del incumplimiento incurrido. En tal caso FOGABA se obliga expresa e irrevocablemente a entregar al BANCO los pertinentes instrumentos de contra garantía y garantía indicados en la cláusula correspondiente, como así también a suscribir aquellos documentos que a solo criterio del BANCO pudieran resultar necesarios para ejecutar las garantías alternativas. En el supuesto que el beneficiario del crédito del BANCO y de la garantía de FOGABA se presente en concurso preventivo de acreedores, el BANCO podrá considerar y declarar la deuda como de plazo vencido. En tal caso podrá reclamar a FOGABA el pago del monto de la garantía otorgada notificándole su decisión en forma fehaciente y remitiéndole la documentación establecida por la norma G.B.A.P.- de FOGABA que forma parte del convenio como Anexo. FOGABA deberá abonar la garantía requerida en el plazo de 10 (diez) días hábiles de recibidos los elementos mencionados. Pasando ahora al plano de las Municipalidades, debemos mencionar que para los Microemprendimientos Productivos, mediante un convenio firmado con el Banco de la Provincia de Buenos Aires y los Ministerios de la Producción y de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, el FOGABA garantiza hasta el 75 % del capital en la línea de financiamiento para microemprendimientos del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Las operaciones definidas por la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo de Microempresas para el financiamiento del Banco de la Provincia de Buenos Aires, excepto los casos de refinanciamiento de deuda, son las susceptibles de esta financiación. Y

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están comprendidas operaciones de hasta $/u$s 20.000.- La forma de acceder a este financiamiento es la siguiente:

1. El microemprendedor se dirige a su Municipalidad, en donde deberá plantear la actividad que desarrolla y cual es su plan de negocios. A fin de poder realizar esta explicación deberá completar unos formularios creados para ello. Si Ud. desea contar con la garantía FOGABA, en esta instancia, deberá completar el formulario FOGABA. El cual deberá completarlo con sus datos y los de un codeudor, quien (como mínimo) debe contar con un sueldo de bolsillo (adjuntar fotocopia de recibo de sueldo) de $ 400.- sin importar antigüedad.

2. Su Municipalidad evaluará su proyecto y, en caso, de que el mismo tenga posibilidades ciertas de éxito el mismo se remite al Banco de la Provincia de Buenos Aires a fin de que lo califique como sujeto de crédito.

3. El Banco de la Provincia de Buenos Aires manda el legajo a un Comité, integrado por funcionarios de los Ministerios, quienes aprueban o rechazan la operación.

4. Esta documentación es girada a FOGABA, quien en no más de 72 hs., aprueba la garantía por el 75 % del crédito. Lo remite al Banco de la Provincia de Buenos Aires para que le liquiden el crédito.

9Dentro del programa de Microemprendimientos Productivos, hay dos líneas disponibles de financiamiento según el objetivo que se persiga:

1. PEQUEÑAS UNIDADES PRODUCTIVAS: El objeto básico de esta línea es el permitir la concreción de microemprendimientos a cargo de personas físicas o jurídicas radicadas en la Pcia. De Bs. As; se incluye también a unidades dedicadas a la prestación de servicios. Son requisitos indispensables: que la cantidad de personal ocupado o a incorporar, en caso de iniciarse, no exceda las 10 personas; que las ventas anuales del último año, o las proyectadas para el primero, no superen las suma de $ 240.000.- y que el activo fijo dedicado a la actividad no sea superior a los $ 100.000. Se les exige a su vez que estén inscriptos en el Registro Provincial de Microempresas, trámite que puede iniciarse en caso que el proyecto sea aprobado en el Municipio, y elevado a la Provincia. Deben haber realizado el curso de capacitación correspondiente. Características del Préstamo:

• Plazo: hasta 5 años, pagadero en cuotas mensuales Período de gracia: hasta 180 días, que podría extenderse hasta 12 meses cuando se trate de actividades cíclicas. En todos los casos durante el período de gracia se abonarán los intereses respectivos.

• Monto máximo: $ 9.000.- (o su equivalente en dólares). • Interés: 13% (TNA), si el préstamo es en Pesos, tasa variable

pagadera por periodos vencidos ó 11% (TNA), si el préstamo es en Dólares, tasa variable pagadera por periodos vencidos.

9 Programa Municipal de asistencia Mypes,

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• Con respecto a las garantías: el crédito a otorgar no podrá superar el 25% del patrimonio concurrente del solicitante y fiadores, apreciado por el Banco. No es indispensable contar con bienes registrables. Cuando existan bienes muebles que puedan prendarse la relación podrá ser de a 1 y en el caso que el solicitante opte por constituir garantía hipotecaria la relación ser de 2 a 1.

• El monto otorgado podrá cubrir el 100% de las necesidades de financiamiento.

• Se cobra el 3% de comisión sobre el préstamo efectivizado, que se destina al financiamiento del Plan Provincial de capacitación que lleva a cabo el Gobierno Provincial.

2. OPERATORIA PARA RECONVERSION DE MICROEMPRESAS: Es

otra línea otorgada a microempresas que por su desarrollo puedan clasificarse como Pequeñas y Medianas Empresas, y con el objetivo de garantizar su continuidad y crecimiento, a fin de que amplíen o reconviertan su producción, brinden servicios de mejor calidad y a precios competitivos. Es para Microempresarios que ya se encuentren en actividad únicamente.

• Constitución, reconversión o incremento de capital de trabajo

(evolución): Monto máximo U$S 20.000.- Plazo: hasta 24 meses; excepcionalmente 36 meses con

período de gracia de hasta 90días. Tasa de interés: 10,5 % nominal anual. Garantía: hipotecaria y/o prendaria. Cuota por cada u$s 1.000.-: u$s 46,30.

• Adquisición de Bienes de Capital: Monto máximo u$s 20.000.- (hasta 80% de la inversión). Plazo: hasta 48 meses con período de gracia de hasta 180

días. Tasa de interés: 9,5 % nominal anual Garantía: hipotecaria y/o prendaria Cuota por cada u$s 1.000.-: u$s 25,00.- En todos los casos

los solicitantes deben demostrar capacidad de pago de la deuda a contraer con el Banco.

Es de mencionar que es obligatorio, para el otorgamiento del crédito, la realización de un curso de capacitación, que consta de 5 módulos teóricos y un taller práctico. Se dictará en un lugar a determinar y deberán asistir todos las personas que deseen acceder a cualquiera de los productos ofrecidos por la Subsecretaría. El hecho de realizar el curso no implica la posterior aprobación u obligatoriedad de contraer el dinero disponible. Es obligatorio el siguiente módulo:

• Introducción • Herramientas de administración • Comercialización • Producción • Aspectos Impositivos, Legales y Contables

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• Taller de Aplicación Práctica. Total: 40 horas.- La inscripción, el local de realización, la elección de docentes, la fecha y distribución horaria son definidas por la Municipalidad. Podrán ser propuestos explicitando temática, contenidos, docentes propuestos, cantidad prevista de inscriptos. También existen otras líneas de créditos, dentro del marco municipal, que a continuación se describirán brevemente: Sistema de subsidio Municipal de la Carga Financiera de préstamos para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. La Dirección de Políticas Municipales de Empleo impulsó la creación de un "Sistema de Subsidio Municipal de la Carga Financiera de los Préstamos a las MIPyMEs", en el marco del Programa Municipal de Asistencia y el convenio suscripto con el Instituto Provincial del Empleo. El Sistema comprende un subsidio de los intereses generados por una tasa nominal anual de hasta diez puntos con más el IVA que le correspondiere.

• La tasa de interés anual percibida por la entidad crediticia no podrá superar en ningún caso la tasa de cartera general en pesos "para restantes operaciones" del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

• El beneficio no se aplica a las cuotas del período de gracia. • Beneficiarios: tendrán prioridad las empresas encuadradas dentro de la

Ley Nacional 24.467 de Pymes, detectadas con potencialidades dentro del nuevo escenario económico regional, con proyectos generadores de empleo.

• Las empresas interesadas podrán presentarse ante el Municipio antes o después del acuerdo del crédito con la entidad crediticia.

• El beneficio se concreta mediante un contrato entre el beneficiario y el Municipio y se abonará directamente a este último en forma de reintegro.

• Con respecto a la evaluación de proyectos el Municipio sólo verifica si las empresas se encuadran dentro de las prioridades establecidas en la Ordenanza y si el proyecto es factible.

• La evaluación económica financiera queda a cargo de las entidades crediticias.

15. Créditos para cooperativas nuevas, de jóvenes y

existentes. A través de un convenio entre el I.P.A.C. (Instituto Provincial de Acción Cooperativa) y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, se establecieron dos líneas crediticias con el objeto de promover proyectos cooperativos y asociativos: A. Crédito a cooperativas y otras formas asociativas. Destinado a Proyectos que se encuadren dentro de las siguientes caracterís-ticas:

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• reconversión productiva; • comercialización en el seno del Mercosur y/o en el mercado

internacional; • generación de producción y empleo; • participación en procesos de privatización del sector público; • producción alternativas no tradicionales o fortalecimiento de las

entidades cooperativas. Características del Préstamo:

Destinados a Inversión: Los montos van desde $ ó U$S 5000 a $ ó U$S 300000 Devolución del Préstamo a 5 años Período de Gracia hasta 1 año Garantías Prendaria o Hipotecaria a satisfacción del

Banco. Destinados a Capital de Trabajo Los montos van desde $ ó U$S 5000 a $ ó U$S 300000 Devolución del Préstamo a 18 meses Período de Gracia hasta 6 meses Garantías Prendaria o Hipotecaria a satisfacción del

Banco.

B. Primera Empresa asociativa de Jóvenes Está dirigido a organizar, capacitar y brindar asistencia crediticia a cooperativas de jóvenes de entre 18 y 25 años, que estén implementando proyectos cuyo destino es similar al anterior. El monto máximo por proyecto es de $ 50000 reintegrable en 5 años con hasta uno de gracia, para adquisición de bienes de uso o capital, y en 2 años con hasta 6 meses de gracia, para compra de insumos e incremento de capital de trabajo. La tasa es del 6,5 % anual y se trata de dinero no bancario, cuyo sistema de administración está a cargo del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Debido a que se trata de empresas de Jóvenes las garantías pueden ser institucionales. 16. Fondo Tecnológico Argentino FONTAR. Son líneas de financiamiento y subsidios disponibles para proyectos de carácter tecnológico. Se provee información sobre los casos en que pueden otorgarse créditos del FONTAR, contando con los instructivos a completar, y ejemplares de los mismos, así como de los requisitos que debe reunir un beneficiario que pretenda acogerse a este sistema. 10Como es de apreciar hoy en día, las actuales condiciones económicas imponen nuevos roles a los municipios, alejados de la concepción de un ente centrado exclusivamente en la gestión de recursos económicos y prestador de 10 Trabajo de Investigación Municipios y PyME, CPCECF.

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determinados servicios, a otra más amplia que deberá incrementar su capacidad al área de promoción económica, con visión a largo plazo. Para ello pensamos en un proceso dinámico donde el gobierno municipal establece iniciativas, crea programas, promueve actividades económicas, sociales y culturales, interactuando con el sector privado empresarial. En resumen consideramos que el nuevo papel de los municipios conlleva tres requisitos:

1. Considerar a la PyME como un aliado fundamental en el proceso de generación de riqueza y creación de oportunidades de empleo local.

2. Contar con procedimientos de gestión adecuados, propios o de otras administraciones, que permitan coordinar, racionalizar e informar las actuaciones de apoyo al desarrollo económico.

Promover la asociatividad, tanto con otros municipios vecinos que contengan parecidas estructuras, como entre empresas pequeñas y medianas, que asociadas para fines específicos pueden potenciar sus fortalezas.

17. BANCO PROVINCIA DE BUENOS AIRES LINEAS DE PRESTAMOS Y AYUDA FINANCIERA APOYO FINANCIERO A PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS AGROPECUARIAS, INDUSTRIALES, COMERCIALES Y DE SERVICIOS El apoyo integral a los sectores productivos bonaerenses constituye uno de los objetivos prioritarios de la actual conducción del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en total coincidencia con las políticas planteadas por el ejecutivo provincial, marco en el cual se suscribe, el Programa de Apoyo Financiero a las PYMES. BENEFICIARIOS: Pequeñas y medianas empresas unipersonales o sociedades, cualquiera sea su forma jurídica, que reúnan la totalidad de los siguientes requisitos:

1. Estén desarrollando actividades en los sectores agropecuario, industrial, comercial o de servicio, incluyendo sectores de salud.

2. No se encontraren inhabilitadas para el ejercicio de su actividad. 3. Reúnan las características para ser encuadrados como Pequeña y

Mediana Empresa. 4. Demuestren fehacientemente tener asiento principal de sus negocios y/o

desarrollar su actividad, mayoritariamente, en la Provincia de Buenos Aires.

5. Registren deudas vencidas e impagas con el Banco de la Provincia de Buenos Aires al 31 de marzo de 2000, calificadas en situación de crédito 3, 4, 5 o 6. Se admite el ingreso a los prestatarios calificados 1 y 2, cuando acrediten estar declarados en emergencia, y afectados en más de un 50%, en los 18 meses anteriores al 16/6/2000.

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6. .En caso de clientes a quienes se les hubiera iniciado acciones judiciales motivadas en las deudas comprendidas en el presente Programa, se allanen a la demanda.

7. Acrediten su inscripción ante la AFIP y la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires, por los tributos a los que estuvieren obligados. DESTINO: Reprogramar los vencimientos y/o la exigibilidad de las deudas vencidas e impagas y la reformulación de los intereses, registrados al 31 de marzo de 2000.

Quedan excluidas del Programa las deudas originadas por préstamos personales para consumo, operaciones coparticipadas por otros organismos excepto las operaciones con el BICE, préstamos hipotecarios para adquisición, ampliación o refacción de viviendas, saldos de tarjetas de crédito, excepto los de Procampo y ampliación de intereses punitorios y honorarios profesionales. MECANISMO DE CONSOLIDACIÓN:

Comprenderá la deuda por todo concepto: Capital, intereses compensatorios y moratorios (en caso de corresponder), debiéndose aplicar las tasas de origen de la operación hasta el 31 de marzo de 2000. MONTO: El monto máximo resultante de deuda consolidada no podrá superar los $/U$S 500.000.- por prestatario o grupo económico, ni será inferior a $/U$S 5.000.- MONEDA: Dólares estadounidenses. PLAZO: Deudas de $/U$S 5.000.- y hasta $/U$S 10.000.-: 15 (quince años) Deudas mayores de $/U$S 10.000.- y hasta $/U$S 500.000.-: 15 (quince), 20 (veinte) o 25 (veinticinco) años a opción del prestatario. TASA DE INTERES: No podrá superar en cada período de intereses, en más de 3 (tres) puntos porcentuales anuales a la tasa de rendimiento de mercado que tengan los bonos denominados " Bonos Par" del Estado Nacional Argentino 1992. La tasa resultante de este cálculo, no podrá superar el 13,90% nominal anual El Banco trasladará a los prestatarios los subsidios anuales de la tasa a aplicar, que perciba a tal efecto de la Provincia de Buenos Aires. A la fecha, la tasa de referencia resultante de la aplicación del mecanismo prescrito precedentemente es 10,40% anual. • Bonificación Especial por Cumplimiento

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La tasa aplicable se podrá bonificar en un (1) punto porcentual anual cuando los pagos correspondientes a los servicios de interés se realicen en efectivo el día del vencimiento. Esta bonificación tendrá lugar con el pago del último servicio de interés de cada ciclo anual, comenzando su aplicación a partir del 2001.- GARANTÍAS: Deuda consolidada a la fecha de perfeccionamiento de la reprogramación: Caución a favor del Banco de los Bonos Provinciales de pago íntegro previstos por la Ley Nº 12.421 por valor nominal equivalente al saldo de la deuda reprogramada y/o de certificados de depósito a constituir con tales títulos. Intereses de la reprogramación: El Banco mantendrá las garantías reales (hipotecarias y/o prendarias) preexistentes. Cuando no existieren o resultaren insuficientes, el Banco podrá requerir la constitución de garantías reales renovables a su satisfacción, por un importe equivalente al monto de los intereses a devengar por un período mínimo de 3 (tres) años. RELACIÓN INTEGRACIÓN PORCENTUAL/PLAZO(*) Plazo del Bono % Integración

15 años 15,99 20 años 8,68 25 años 4,71

(*) Valores consignados por cada $/U$S 100 de deuda consolidada.

GASTOS Y HONORARIOS JUDICIALES: El Banco condonará los gastos y honorarios judiciales que le son propios. Asimismo, contemplará la suspensión de diligencias de carácter judicial, así como también de la iniciación de demandas a todos aquellos deudores que habiendo manifestado su voluntad de adhesión al Programa, cumplimenten los requisitos necesarios a tal efecto, a la fecha en que deba perfeccionarse la reprogramación. EXCLUSION DEL PROGRAMA: La mora, quiebra decretada o presentación en concurso preventivo del beneficiario, implicará la exclusión del programa. Se entiende por cumplimiento inadecuado de las obligaciones la falta de pago de 2 servicios consecutivos de interés cuando el pago de este sea mensual o bimestral; o de un solo servicio cuando tenga otro régimen de pago. La provincia informará al Banco la exclusión de aquella empresa que incurra en incumplimiento fiscal. Tal circunstancia hará cesar la compensación de la tasa de interés por parte de la Provincia de Buenos Aires. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES E INTEGRACIÓN DEL MONTO PARA LA COMPRA DE BONOS: Los deudores presentarán las solicitudes al programa y efectivizarán la integración del monto necesario para la compra de los Bonos Provinciales hasta el 15/06/2001 inclusive.

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18. PROGRAMA MIPYMES BONAERENSES 2000 SECTORES INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS

GENERALIDADES: Beneficiarios Microempresas , Pequeñas Empresas y Medianas Empresas radicadas en la Provincia de Buenos Aires Destino y Montos Conformación, Incremento o Recomposición de Capital de Trabajo: Microempresas…………………................U$S 6.000.- Pequeña Empresa……......................……U$S 30.000.- Mediana Empresa………….................... .U$S 60.000.- Adquisición de Tecnología: Los proyectos deberán contemplar la obtención de Certificaciones de Calidad – Normas ISO. En ningún caso se financiará únicamente a adquisición de tecnología. Microempresas……………….U$S 4.000.- Pequeña Empresa………… U$S 15.000.- Mediana Empresa……… .… U$S 40.000.- Adquisición de Bienes de Capital: El monto a financiar no podrá exceder el 90% del total neto de descuentos, bonificaciones y de los impuestos que gravan la venta. Microempresas………………….U$S 15.000.- Pequeña Empresa………………U$S 85.000.- Mediana Empresa……………...U$S 150.000.- Valores Máximos a Financiar Microempresas………………….hasta U$S 25.000.- Pequeña Empresa……………….hasta U$S 130.000.- Mediana Empresa……………….hasta U$S 250.000.- Plazo Capital de trabajo hasta 24 meses, incluyendo 3 meses de gracia. Adquisición de Tecnología: hasta 60 meses incluyendo hasta 12 meses de gracia. Compra Bienes de Capital: hasta 84 meses incluyendo hasta 24 meses de gracia. Tasa de interés Según destino de fondos. Tasa promedio estimada: Capital de Trabajo………….12% anual Tecnología………………….. 9% anual Compra Bienes de Capital .... 6% anual

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Forma de Pago La periodicidad de pago se adecuará a la frecuencia en la generación de recursos del prestatario ( mensual, bimestral, trimestral, etc.) Comisión 2% directo sobre el monto acordado, pagadero por única vez (incluye comisión de acuerdo, por liquidación de prenda y gastos de evaluación). Garantía A satisfacción del Banco. Se propicia la constitución de garantías a través de los mecanismos vigentes con FOGABA 19. PROGRAMAS PARA MICROEMPRESAS El Programa Provincial de Microempresas constituye una herramienta de sostén y desarrollo para numerosas empresas y microempresas, con el apoyo financiero del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Las líneas de financiamiento que el Banco de la Provincia de Buenos Aires ofrece al Programa Provincial de Microempresas, se orientan a: Emprendimientos Productivos Operatoria Básica Alternativa - FOGABA Alternativa Discapacitados Plan de Facilidades de Pago para Préstamos Atrasados Proyectos Asociativos Integrales de un mismo Corredor Productivo Beneficiarios de Reconversión Microempresaria Evolución Bienes de Capital Programa de Préstamos para Microempresarios con Garantía Hipotecaria Parámetros para establecer las condiciones de Micro-Pequeña y Mediana Empresa EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS Operatoria Básica Beneficiarios Pequeñas unidades productivas a cargo de personas físicas o jurídicas radicadas en la Provincia de Buenos Aires. Quedarán comprendidas aquellas unidades productivas o dedicadas a la prestación de servicios con los siguientes requisitos: Que la cantidad de personal ocupado o a incorporar, en caso de iniciarse en la actividad, no sea superior a 10 operarios. Que las ventas anuales correspondientes al último ejercicio o proyectadas para el primero, si se inicia en la actividad, no superen la suma de $ 240.000.

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Que el activo fijo dedicado a la actividad del microemprendimiento no sea superior a $ 100.000.- a la fecha de presentación del proyecto. Que el beneficiario se encuentre inscripto en el Registro Provincial de Microempresas del Instituto Provincial del Empleo (Decreto 799/89). El proyecto deberá contener en forma expresa el sello oficial con el correspondiente número de inscripción. Que haya efectuado el curso de capacitación correspondiente. Destino de Fondos Compra de materias primas, gastos de producción y comercialización Adquisición de bienes de uso nuevos o usados, en perfectas condiciones de funcionamiento Plazo y Forma de Pago Hasta 5 años, con hasta 180 días de gracia, pagaderos en cuotas mensuales. El plazo de gracia se podrá extender hasta 12 meses cuando se trate de emprendimientos relacionados con actividades cíclicas. Los intereses compensatorios que se devenguen durante ese período serán capitalizados al monto originario del préstamo. Los servicios vencerán el último día de cada mes y podrán ser extendidos sin cargo hasta el día 10 o hábil posterior del mes siguiente. El primer servicio vencerá el último día del mes siguiente a la efectivización. Conjuntamente con él se percibirán los intereses por el período comprendido entre la efectivización y el último día de ese mes. Monto Máximo: $/U$S 9.000.- Moneda Los préstamos podrán ser otorgados en pesos o en dólares estadounidenses indistintamente, a opción del interesado. Interés Préstamos en Pesos: 13 % (T.N.A.), variable, pagadero por períodos vencidos. Préstamos en Dólares: 11 % (T.N.A.), variable, pagadero por períodos vencidos. Garantías Se exigirán y adecuarán las garantías de acuerdo a la conformación del patrimonio del solicitante y/o codeudor, relacionado con el monto del crédito. Para proyectos que no cuenten con suficiente respaldo patrimonial podrán acceder al Fondo de Garantía de la Provincia de Buenos Aires: FOGABA Microempresarial. Cuota Por cada $ 1.000,- = $ 22,75 Por cada U$S 1.000,- = U$S 21,75. Proporción de los Préstamos Hasta el 100% de las necesidades de financiación

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Efectivización Se efectuará directamente a los proveedores de materia prima, insumos y/o bienes de activo fijo requeridos por el tomador. Estas sumas serán determinadas específicamente por la Comisión Evaluadora, considerándose sin embargo, un mínimo de 40 % de pago directo a proveedores. Capacitación Se percibirá el 3 % sobre el préstamo efectivizado, con destino al Fondo de Capacitación del Programa Provincial de Microempresas. Cancelación Anticipada Está contemplada la posibilidad de cancelar anticipadamente, como mínimo el 10 % del saldo del préstamo. Requisitos Manifestación de Bienes. Documento de Identidad con domicilio actualizado. Si es propietario: Original y fotocopia del título de propiedad del inmueble, libre de gravámenes. Si no es propietario: garantía de un tercero y en las mismas condiciones del apartado c). Número de C.U.I.T., C.U.I.L., C.D.I. Inscripción y constancia de pagos previsionales(*) (*) A presentar en el momento de la segura efectivización del préstamo. Inicio del Trámite Los proyectos motivo del crédito serán presentados a la Secretaria de la Producción del Municipio, en cuyo distrito será desarrollado el emprendimiento. Información útil Registro Provincial de Microempresas Av. 7 e/ 39 y 40 La Plata FOGABA MICROEMPRESARIAL El Banco de la Provincia de Buenos Aires suscribió un convenio con el Fondo de Garantías de Buenos Aires SAPEM (FO.GA.BA.), el Ministerio de la Producción y el Empleo y el Ministerio de Asuntos Agrarios, con el fin de facilitar el acceso al financiamiento a microempresarios que no cuenten con el suficiente respaldo patrimonial que impone el marco de la operativa vigente. De esta forma FO.GA.BA hará un análisis de las solicitudes presentadas, teniendo en cuenta los antecedentes de los interesados y sus fiadores, situación económica y referencias comerciales y en un plazo máximo de 72 hs. dará respuesta a la Gerencia de Crédito Hipotecario y Social sobre la viabilidad de las operaciones, pudiendo garantizar hasta el 75 % del financiamiento. Este importante acuerdo que viene a cubrir aquellos emprendedores cuyo obstáculo al financiamiento era la falta de garantías, no implica mayores costos para aquellos, posibilitando de esta forma ampliar el número de beneficiarios, permitiendo la creación de pequeñas empresas, en su mayoría familiares y la generación de fuentes de trabajo.

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20. EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS PARA DISCAPACITADOS Beneficiarios Pequeñas unidades productivas a cargo de personas físicas discapacitadas o jurídicas relacionadas con la discapacidad, radicadas en la Provincia de Buenos Aires. Quedarán comprendidas aquellas unidades productivas o dedicadas a la prestación de servicios que cumplan con los requisitos siguientes: Que la cantidad de personal ocupado o a incorporar, en caso de iniciarse en la actividad, no sea superior a 10 operarios. Que las ventas anuales correspondientes al último ejercicio o proyectadas para el primero, si se inicia en la actividad, no superen la suma de $ 240.000.- Que el valor del activo fijo dedicado a la actividad del beneficio no sea superior a $ 100.000.- a la fecha de presentación del proyecto. Que el beneficiario se encuentre inscripto en el Registro Provincial de Microempresas del Instituto Provincial del Empleo (Decreto 799/98). El Proyecto deberá contener en forma expresa el sello oficial con el correspondiente Nº de inscripción. Destino de los Fondos Compra de materias primas, gastos de producción y comercialización Adquisición de bienes de uso nuevos o usados, en perfectas condiciones de funcionamiento. Los préstamos no podrán destinarse a la compra de inmuebles. Plazo y Forma de Pago Hasta 5 años, con hasta 12 meses de gracia, pagaderos en cuotas mensuales. En todos los casos, durante el período de gracia, se abonarán las cuotas de interés respectivas. Moneda Pesos Interés 13 % (T.N.A.) variable, pagadero por períodos vencidos. Sistema de amortización francés. El beneficiario tendrá a su cargo el 8% (T.N.A.) fijo, mientras que el Ministerio compensará mensualmente la diferencia que surja con el interés determinado por el Banco. Patrimonio Las operaciones podrán acordarse a sola firma y/o con garantías personales o prendarias. A fin de determinar la garantía mínima requerida, se analizarán las siguientes alternativas: Patrimonio sin bienes registrables Patrimonio con bienes registrables Prenda sobre bienes existentes o que se adquieran cubriendo, como mínimo el 50 % del monto del crédito con prenda y el resto combinando las distintas alternativas.

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Dichas alternativas se podrán aplicar directamente o combinar entre sí, guardando las relaciones patrimoniales exigidas, de acuerdo con la conformación del patrimonio del solicitante y/o codeudor y a la posible garantía prendaria de bienes propios o de terceros, existentes o que se adquieran. Se podrá dar la posibilidad que el Ministerio determine préstamos a favor de beneficiarios que no cuenten con suficiente respaldo patrimonial, para lo cual se garantizarán con la constitución de un Fondo de Garantía que asegurará el repago de los créditos. Recursos Para los casos de los microemprendedores que inician la actividad: el propio proyecto acordado, es el soporte de los recursos potenciales para afrontar el pago del crédito solicitado, circunstancia que será verificada por la Comisión de Evaluación de Proyectos Productivos y la participación de los Secretarios de la Producción de los respectivos Municipios. Para los casos de microemprendedores que ya tengan actividad en marcha y resuelven mejorar o ampliar esa misma actividad: la rentabilidad de la actividad en marcha, más la mejora o ampliación (motivo del crédito), es el soporte de los recursos actuales y futuros para afrontar el pago del crédito solicitado, valiendo asimismo la verificación comentada precedentemente. Monto máximo $ 5.000.- pudiendo alcanzar hasta $ 10.000.- Proporción de los Préstamos Hasta el 100 % de las necesidades de financiación Fondo de Garantía 3 % sobre el monto del préstamo a cargo del titular en el momento de la efectivización. Cuota Por cada $ 1.000.- = $ 20,28 Inicio del Trámite Los proyectos motivos del crédito serán presentados a la Secretaría de la Producción del Municipio, dando intervención al Consejo Municipal del Discapacitado, en cuyo distrito será desarrollado el emprendimiento. PLAN DE FACILIDADES DE PAGO PARA PRESTAMOS ATRASADOS. Hasta el momento continúa vigente el plan de facilidades para la regularización de deudas de la operatoria "Emprendimientos Productivos" en clientes que mantengan o no sus servicios al día y no hayan accedido a ningún plan de adecuación de deudas, el Banco ha resuelto establecer un Plan de Regularización de los créditos, recalculándose el préstamo desde su origen a un interés del 11% anual en dólares estadounidenses y con plazo de hasta 60 meses, exento de intereses moratorios y no percibiéndose en esta operatoria intereses punitorios.

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21. PROYECTOS ASOCIATIVOS INTEGRALES DE UN MISMO CORREDOR PRODUCTIVO

El Banco de la Provincia de Buenos Aires ha resuelto otorgar un cupo de $ 5.000.000 (ó U$S) destinados a microempresarios de un mismo Corredor Productivo. La presentación de los respectivos proyectos deberá efectuarse ante las autoridades del Corredor Productivo correspondiente, quienes evaluarán su viabilidad, elevándose oportunamente a los organismos provinciales Ejecutores del Programa de Microempresas. 22. BENEFICIARIOS DE RECONVERSION MICROEMPRESARIA Evolución Beneficiarios Serán beneficiarios aquellos microemprendedores que, en función de haber accedido a asistencia crediticia a través de la línea de Emprendimientos Productivos, hubiesen logrado con éxito la puesta en práctica del proyecto que diera origen al financiamiento y que, a su vez, ha posibilitado su desarrollo, razón por la cual en la actualidad pueden ser considerados Pequeños y/o Medianos empresarios de los sectores: comercial, industrial, servicios, transporte, minería y agropecuario . Destino de fondos Constitución, recomposición o incremento de capital de trabajo. En el caso de explotaciones agropecuarias no tradicionales - cunicultura - adquisición de alimentos, sanidad, jaulas, parideras, etc. Moneda del Préstamo Dólares estadounidenses. Monto Máximo U$S 20.000.- Plazo y Forma de Pago 36 meses. Se aplicará el sistema de amortización Francés. Se incluirá un plazo de gracia de 3 meses para el pago de las cuotas de capital. Pagadero en forma mensual Tasa de Interés En dólares estadounidenses: 10,50 % TNA Garantías Garantías reales (hipotecaria y/o prendaria) en primer grado de privilegio a satisfacción del Banco. Comisión

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No se percibirá comisión. Se aplicará el 1,30 % anual sobre saldos en concepto de Gastos de Compensación. Cuota Por cada U$S 1.000.- = U$S 32,60 Seguros A contratar con Provincia Seguros S.A. Bienes de Capital Beneficiarios Pequeñas y medianas empresas, y en especial Microempresas constituidas por personas físicas o jurídicas localizadas en el territorio de la Provincia de Buenos Aires y/o Capital Federal, correspondientes a los sectores de: Industria, Comercio, Servicios, Transporte, Minería y Agropecuario. Destino de los Fondos Adquisición de Bienes de Capital, nuevos de origen nacional. Moneda Dólares estadounidenses Monto del Préstamo Monto máximo equivalente al 80 % del valor del bien, neto de I.V.A. con un máximo de U$S 20.000.- por empresa. Plazo Hasta 48 meses de plazo, con 6 meses de gracia para el pago de las cuotas de capital Forma de Pago Cuotas pagaderas en forma mensual, trimestral o semestral. Sistema de Amortización Francés Tasa de Interés Se aplicará el 9,50 % efectivo anual el que permanecerá fijo durante toda la vigencia del crédito. Cuota Por cada U$S 1.000.- = U$S 25,- Comisiones No se percibirá de las empresas tomadoras de créditos ninguna comisión. Se aplicará el 1,30 % anual sobre saldos en concepto de Gastos de Compensación. Garantías

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Unicamente mediante la constitución de gravamen prendario en primer grado de privilegio a favor del Banco sobre el bien nuevo que se adquiera. Seguros del bien o los bienes a Prendar A contratar con Provincia Seguros S.A. PRESTAMOS PARA MICROEMPRESARIOS CON GARANTIA HIPOTECARIA Beneficiarios Personas físicas o jurídicas - titulares de pequeñas unidades productivas o dedicadas a la prestación de servicios, radicadas en la Provincia de Buenos Aires, caracterizadas como microempresarios, con una antigüedad en la actividad de 12 (doce) meses. Destino de los Fondos Compra o edificación de inmuebles destinados a la explotación Reprogramación de pasivos Otros fines diversos Compra de materias primas, gastos de producción y comercialización Adquisición de bienes de uso nuevos o usados, en perfectas condiciones de funcionamiento. Plazo y Forma de Reembolso 10 años en 120 cuotas mensuales y consecutivas. Sistema de amortización Francés. Se podrá otorgar un plazo de gracia de hasta 12 meses para el inicio del pago de los servicios. Los intereses devengados durante el período de gracia se capitalizarán. Moneda Pesos o Dólares estadounidenses, a opción del beneficiario. Interés Pesos: 13 % (T.N.A.), variable, pagadero por períodos vencidos Dólares: 11% (T.N.A.), variable, pagadero por períodos vencidos Garantías Hipotecaria sobre el inmueble objeto del préstamo (compra o edificación) y/o sobre otros, a satisfacción del Banco. Monto Máximo Hasta un máximo de $ / U$S 25.000.- Proporción Financiable Hasta el 70 % del valor de tasación asignado por el Banco al inmueble ofrecido en garantía. Comisión 3 % sobre el monto efectivizado. Cuota Por cada $ 1.000.- = $ 14,93

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23. EXPORTACION. FINANCIAMIENTO El banco de Inversión y Comercio Exterior S.A., pone a disposición de los exportadores, una línea de financiación para sus operaciones de comercio exterior, de acuerdo a las siguientes disposiciones:

Financiación de la producción de bienes y servicios destinados a la exportación (Pre-Financiacion);

Financiación de exportaciones de bienes y servicios (Post-Financiacion). En el caso de la Pre-Financiacion los destinatarios son: A) Los productores que exportan:

♦ Productos primarios, en función de su importancia estratégica en el desarrollo de las economías regionales, tales como: poroto, arroz, ajo, cebolla, frutas frescas, algodón, miel, lana, maní, tabaco, y otros, a solo criterio del BICE.

♦ Manufacturas de Origen Agropecuario (MOA) y Manufacturas de Origen Industrial (MOI), conforme a la clasificación del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

B) Las empresas que realicen transformaciones, modernizaciones, reparaciones incorporación de mercaderías a conjuntos o aparatos de mayor complejidad tecnológica y /o funcional introducidos temporariamente al país con ese fin, para luego ser exportados. La financiación equivale al 100% del valor FOB de las exportaciones, o del monto de los servicios, con un limite mínimo de $ 30.000 y un máximo de $ 500.000 por operación. El plazo se ajustara al ciclo productivo (aprovisionamiento de materiales y elaboración), al despacho y a la negociación de los instrumentos de pago de los bienes y/o servicios exportados, y se contara a partir de la fecha de los desembolsos de los fondos por parte del BICE. La tasa de Interés será libremente pactada y se abonara en periodos como máximo semestrales. En el caso de Post-Financiacion, comprende la financiación de la exportación de bienes sin uso y servicios de origen argentino y plantas industriales u otras obras que se contraten con la condición de ser entregadas llave en mano. Los destinatarios son: A) Productos primarios, en función de su importancia estratégica en el desarrollo de las economías regionales tales como: porotos, arroz, ajo, cebolla, frutas frescas, algodón, miel, lana, maní, tabaco, y otros, a solo criterio del BICE. B) Manufacturas de Origen Agropecuario (MOA) y Manufacturas de Origen Industrial (MOI), conforme a la clasificación del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), agrupadas de la siguiente forma: ♦ Bienes de Capital y hasta el 10% de su valor FOB en repuestos y

accesorios para ser utilizados en los equipos que se exporten y/o en gastos de instalación en el país de destino.

♦ Bienes durables.

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♦ Otros bienes. C) Proyectos de exportación que incluyan plantas industriales u otras obras que se contraten con la condición de ser entregadas llave en mano. D) Servicios Técnicos, investigaciones y estudios y la transformación, modernización, reparación y ajuste de elementos de transporte, equipos y maquinarias introducidos temporalmente al país con ese objeto.

Plazos y Montos de las financiaciones:

Conceptos Plazos

(años) Montos por operación (Miles de U$S)

Mínimo Máximo Bienes de capital y hasta 10% de su valor en rep. Y acc. Y/o gastos de instalación en destino.

Hasta 8.5 Años (1)

30 10.000

Bienes durables Hasta 3 años

30 10.000

Otros bienes (incluidos primarios)

Hasta 2 años

30 10.000

Plantas Industriales y proyectos “llave en mano”

Hasta 10 años (1)

200 25.000

Servicios técnicos, investig. Y estudios.

Hasta 5 años

30 5.000

(1) Para plazos superiores a los cinco años el monto mínimo será de U$S

500.000. Post-Financiación, del Bice:

Amortización del capital. Plazo de gracia: A) Para bienes de capital y hasta el 10% de su valor en repuestos y

accesorios: las cuotas de amortización serán como máximo anuales. B) Para bienes durables y otros bienes ( incluye primarios) y servicios: las

cuotas serán como máximo semestrales. C) Plazo de gracia para la amortización de la primera cuota de capital:

veinticuatro (24) meses para exportaciones de plantas industriales y proyectos “llave en mano” y trece (13) meses para las restantes operaciones.

Intereses: A) Operaciones con recursos del BICE respecto de la entidad interviniente

y del exportador: la tasa de interés será libremente pactada. B) Operaciones sin recursos del BICE respecto de la entidad interviniente y

del exportador y las canalizadas a través de líneas de crédito comprador otorgadas a entidades del exterior: Tasa CIRR (Commercial Interest referente Rate) en dólares estadounidenses para el plazo que

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corresponda a la operación mas un margen complementario a determinar.

C) Operaciones cofinanciadas. La tasa de interés pagadera por el tomador final del crédito, libremente pactada entre las partes, será igual para el BICE y las entidades financieras intervinientes.

D) Los intereses se pagaran en cuotas iguales y consecutivas, como máximo semestrales.

PYMES. INCENTIVO A LAS EXPORTACIONES Teniendo en cuenta la escasa participación que las Pequeñas y Medianas Empresas tienen en las exportaciones (aproximadamente 10%), el poder Ejecutivo Nacional ha declarado un Proyecto de Decreto, por el cual se crea un Régimen de Comercio Exterior, con el fin de incentivar las exportaciones de bienes y servicios e incrementar su competitividad. A los fines de este Régimen se crea la categoría de Empresas de Comercio Exterior bajo la cual se incluirá a las empresas que compren productos o servicios en el mercado interno para su posterior exportación (exportación indirecta). Para que las empresas puedan calificar en la categoría antes mencionada, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Estar constituida como Sociedad anónima o Cooperativa. Si se dedican exclusivamente a importar y exportar, tener un patrimonio

neto mínimo, según su ultimo balance presentado, de $200.000. Si operan en el mercado interno y externo sin dedicación exclusiva, y están

dedicadas a exportar productos o servicios de terceras empresas, tener un patrimonio neto según su ultimo balance presentado de $1.000.000.

Demostrar una situación fiscal regular. Cumplir con la inscripción en el Registro Nacional de Empresas de

Comercio Exterior. El mencionado registro estará a cargo de la Secretaria de Comercio, que será la Autoridad de Aplicación del Régimen. Se consideraran proveedores a todas las empresas que realicen operaciones de ventas de bienes o servicios a una Empresa de Comercio Exterior con el fin especifico de su posterior exportación. Adicionalmente, las operaciones de venta de los mencionados proveedores contaran con los beneficios fiscales establecidos en el Impuesto al Valor Agregado. Las empresas de comercio Exterior serán responsables de efectivizar las ventas de los productos adquiridos a los proveedores, eximiéndose a estos últimos de la responsabilidad por la operación. La empresa de Comercio Exterior deberá exportar los productos o servicio en un plazo de 180 días a partir de la fecha fehaciente de recepción de los mismos.

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Programa de Apoyo a la Reconversión Empresarial para las Exportaciones (PREX) Mediante este programa Fonplata y la República Argentina financian través de la SEPYME como Organismo Ejecutor, el desarrollo de tres componentes principales:

Asistir a las Pymes en la adquisición de capacidades para poder orientarse al mercado externo y acceder a información relevante y conocimiento para desarrollar negocios de exportación sostenibles.

Realizar la difusión del Programa Prex y de todos los programas de las SEPYME para su conocimiento publico y promover la construcción de su imagen en la sociedad.

Disponer de una unidad ejecutora con capacidad institucional y técnica para desarrollar la eficiente administración del Programa y que pueda contribuir al perfeccionamiento de los sistemas e instrumentos para impulsar el mejoramiento del desempeño exportador.

Programa de Apoyo a la Reestructuración Empresarial (PRE) Es un programa financiado con recursos provenientes del Estado Nacional, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y los propios empresarios beneficiarios. Objetivos: Ayuda a fortalecer la competitividad de las pequeñas y medianas empresas argentinas cofinanciando, mediante aportes no reembolsables (ANR), hasta el 50% de la inversión que las empresas realicen en la contratación de servicios técnicos profesionales para mejorar su competitividad. El PRE cuenta con un Directorio de Consultores, en el cual están registrados todos los profesionales que participan como proveedores de servicios técnicos en el marco del Programa. Este Directorio es un servicio de información y consulta para todas aquellas MIPyMEs que necesitan contactar algún profesional para el desarrollo de sus proyectos de reconversión. Actualmente, el programa esta abierto solo para la presentación de proyectos asociativos, es decir, para un grupo de empresas que, a partir de una necesidad concreta, se reúnan para lograr un objetivo común. Además, se esta atendiendo a todas aquellas empresas que teniendo la carta convenio firmada están ejecutando sus proyectos por lo tanto, están en condiciones de recibir los reembolsos. 24. Aportes No reembolsables y credito fiscal para capacitacion Aportes no reembolsables En el mes de Septiembre año 2001, se anunció la apertura del Programa de Aportes no Reintegrables, para todas aquellas empresa pequeñas y medianas que deseen obtener un subsidio gubernamental no reintegrable de hasta 100.000 pesos, destinados a proyectos de Innovación Tecnológica que estén ejecutando o deseen implementar.

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El programa podrá fomentar: Proyectos de investigación y desarrollo tecnológico; Desarrollo de tecnología hasta escala de etapa demostrativa; Generación de conocimientos aplicables a una solución tecnológica; Desarrollos de innovación de productos de procesos.

A continuación se transcriben las bases publicadas de los proyectos para apoyar programas de Incubación de Empresas. La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT), a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llama a la presentación de Programas de Incubación de Empresas de Base Tecnológica para la adjudicación de subvenciones no reintegrables, a ser presentados por Incubadoras de Empresas, o Parques Tecnológicos. Características Generales de la Convocatoria

Se trata de una Convocatoria para el cofinanciamiento de proyectos de incubación de empresas de base tecnológica, a través de subvenciones no reintegrables, por un monto total de financiamiento de Dólares estadounidenses UN MILLON (U$D 1.000.000).

Objetivos.

El presente componente de ANR persigue como meta propiciar el desarrollo y mejoramiento de los programas de incubación de empresas de base tecnológica, con el objeto de apoyar las actividades y funciones de Incubadoras de Empresas y Parques Tecnológicos tendiendo a hacer más eficiente el sistema de incubación, y mejorar la productividad, que se deberá evidenciar en lograr mayor número de empresas de base tecnológica incubadas.

En todos los casos los proyectos que se presenten deberán demostrar, que a través de los mismos, las Incubadoras de Empresas o Parques Tecnológicos adquirirán un mayor grado de conocimiento y de mejora en sus capacidades para desarrollar “programas de incubación de empresas de base tecnológica”. Monto de los Beneficios. El monto máximo a financiar por cada proyecto de incubación de empresas de base tecnológica que sea seleccionado, no podrá superar la cantidad de Dólares estadounidenses CIEN MIL (U$D 100.000) y en ningún caso superará el 50% del costo total del programa a cofinanciar. Ninguna Incubadora o Parque Tecnológico podrá ser beneficiada en el financiamiento de más de un proyecto. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de Aportes No Reembolsables, las Incubadoras de Empresas o Parques Tecnológicos públicos, privados o mixtos, radicadas en el territorio nacional. Deberán demostrar su trayectoria y antecedentes en la provisión de servicios de incubación de empresas de base tecnológica.

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En el supuesto de hallarse recientemente constituida, y que no posean antecedentes previos, sus integrantes deberán acreditar una sólida trayectoria en actividades de vinculación tecnológica entre instituciones y empresas. Las incubadoras de Empresas o Parques Tecnológicos, cuando sean privados, deberán demostrar, a través de su contrato constitutivo y su trayectoria, que el objetivo de su constitución garantice el libre acceso al proceso de incubación de cualquier empresa potencialmente en condiciones de ser incubada. Proyectos y Gastos Elegibles. Los proyectos elegibles deberán consistir en Programas de Incubación de Empresas de Base Tecnológica, para los cuales se solicitará financiamiento de manera parcial hasta un máximo del 50% del costo total del Proyecto. En todos los casos, el financiamiento del FONTAR, se destinará exclusivamente para los rubros o componentes del presupuesto del proyecto que se orienten a incrementar el conocimiento de los procesos de incubación. No serán financiables por el FONTAR los gastos del presupuesto relacionados con infraestructura edilicia, capacidad administrativa, o cualquier otra erogación, que aun siendo importante para encuadrar programas de incubación no se refieran a la “intangibilidad” del mismo. Si hubieren gastos de infraestructura, éstos deben estar estrictamente relacionados con el proyecto y se considerarán a cargo de la contraparte. Del mismo modo, y dado que existen líneas específicas de financiamiento a empresas de base tecnológica, no serán sujeto de financiamiento los gastos requeridos para proyectos específicos de innovación tecnológica de las empresas incubadas (ya que estas podrán presentarse en forma separadas como tales). A título ilustrativo se mencionan acciones, actividades o rubros que pueden ser sujetos del beneficio: • Estudios, análisis y/o investigaciones tendientes a identificar la oferta tecnológico- innovativa de una institución o región, que sea plausible de dar lugar a la constitución de empresas de base tecnológica. • Desarrollos tendientes a potenciar la capacidad de externalización de servicios, de modo de realizar incubación virtual. • Esfuerzos tendientes a lograr el acercamiento del capital de riesgo a las empresas incubadas, mediante actividades de oferta de capacidades innovativas y de identificación de capital interesado en su desenvolvimiento comercial. • Estudios o análisis tendientes a identificar la demanda tecnológica del mercado potencial de la región donde esté localizado el beneficiario. No serán considerados gastos aceptables para el cálculo del costo del proyecto los siguientes:

a) Gastos generales y de administración de los beneficiarios b) Cancelación de deudas, pago de dividendos o recuperaciones de

capital ya invertidos c) Transferencias de activos, adquisición de acciones, participaciones

en el capital social, otros valores mobiliarios, etc. d) Pago de cesantías e) Inversiones en capital de trabajo, excepto capital de trabajo

permanente vinculado a la ejecución de los proyectos y que

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constituya un costo incremental de la empresa. Se entiende por capital de trabajo permanente el asociado a las inversiones realizadas con recursos del componente.

f) Compras de inmuebles g) Todo otro gasto innecesario para el logro de los resultados previstos

en el proyecto Criterios de selección y evaluación Las propuestas presentadas en la presente Convocatoria ingresarán al sistema de evaluación únicamente habiendo superados los requisitos mínimos de índole general que configuran los criterios de admisibilidad. Una vez admitido el proyecto se procederá a evaluar la calidad técnica, factibilidad y viabilidad económica de la solicitud y la capacidad financiera del beneficiario. Capacidad financiera del solicitante. El solicitante deberá acreditar una capacidad financiera que permita evaluar fehacientemente la disponibilidad de recursos para afrontar los gastos del proyecto. Esta evaluación se sustentará en el análisis de los tres últimos balances y de toda otra documentación adicional, que la Incubadora de Empresas o Parque Tecnológico, adjunte en carácter de declaración jurada. Unidad Técnica Ejecutora. Podrá ser propia de la Incubadora de Empresa o Parque Tecnológico o contratada “ad hoc”, conformada por profesionales que acrediten antecedentes en la temática del programa y con la infraestructura necesaria para su ejecución. Se dará prioridad a aquellos proyectos cuya Unidad Técnica Ejecutora pertenezca a una Universidad o Institución de I+D del Sistema Científico-Tecnológico Nacional. Admisibilidad de proyectos. Serán considerados admitidos los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos: - Ajustarse a los objetivos de la Convocatoria: Realizando la presentación

antes de la fecha y hora de cierre de la misma. - Presentar la Guía de Formulación del Proyecto correspondiente: Incluyendo

dos juegos de la documentación con sus formularios debidamente completos.

- Regularidad previsional y tributaria, si correspondiere. - Declaración Jurada del solicitante del beneficio, respecto a la existencia o

no de financiamiento para el mismo proyecto, por parte de otra institución. - Firmar y foliar la propuesta en cada una de sus hojas y a su vez acompañar

dicha presentación en soporte magnético. - Según el tipo de persona jurídica que se presente deberán acompañar: • Personas Jurídicas Privadas.

- Copia del Estatuto Constitutivo o Convenio de Constitución.

- Copia del acta de designación de autoridades.

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- Tres últimos balances. • Personas Jurídicas Públicas:

- Copia del Instrumento de Constitución de la Incubadora o según corresponda el de las instituciones que la integran.

- Copia de la decisión del órgano competente autorizando la solicitud de financiamiento y el gasto de contraparte.

- Boleta de depósito conforme a lo solicitado en el punto 5 de estas bases. - Será causal de no admisión el incumplimiento de obligaciones por parte del solicitante, originadas en instrumentos contractuales suscriptos con la ANPCyT. Evaluación de las solicitudes de financiamiento. Los proyectos contendrán la información necesaria para que su evaluación sea posible a través de análisis de calidad, factibilidad y viabilidad técnica y económica de la propuesta y viabilidad financiera del solicitante. La evaluación de las solicitudes estará basada en:

♦ Factibilidad y calidad tecnológica del proyecto. ♦ Capacidad técnica de la Unidad Ejecutora. ♦ Capacidad económica, financiera y gerencial del solicitante.

Garantías. El beneficiario garantizará el cumplimiento de todas las obligaciones que asuma por el contrato de promoción a través de un seguro de caución por el 20% del beneficio otorgado, cuyo costo podrá ser considerado como gasto de contraparte. Selección de proyectos con aprobación técnica, económica y financiera. Si los proyectos que se aprobaren técnica, económica y financieramente, demandaren en conjunto un monto de financiamiento superior al ofertado en la presente Convocatoria, se procederá a una selección, de acuerdo a los siguientes criterios: a) Grado de innovación tecnológica y factibilidad del Programa de Incubación

objeto del proyecto presentado. b) Impacto del Programa de Incubación en el mercado regional c) Características innovadoras de la gestión propuesta para llevar adelante el

Programa de Incubación. d) Grado de vinculación tecnológica de la Incubadora o Parque Tecnológico

con unidades del Sistema Científico – Tecnológico, en relación con el Programa de Incubación.

e) Antecedentes de Incubación de Empresas de Base Tecnológica. f) El propiaciamiento municipal. g) Se priorizarán los proyectos de menor cociente entre el monto del beneficio

solicitado a la ANPCyT y el monto total del mismo. Reembolsos. Los reembolsos del beneficio se efectuarán acorde al cronograma del flujo de fondos aprobado, bajo la modalidad de reembolso de pagos realizados, previa

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verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo y del análisis de la rendición, en cuanto a la pertinencia de los gastos efectuados. Capacitación por medio del Crédito Fiscal Mediante la resolución numero 23/2001, la Secretaria de la Pequeña y mediana empresa, ha ampliado el plazo para la ejecución de los proyectos relacionadas con el Programa de Crédito Fiscal para Capacitación El régimen de crédito fiscal apoya económicamente a las pequeñas y medianas empresas que invierten en capacitación de sus recursos humanos. La SEPyME reembolsa los gastos mediante la emisión de un certificado de crédito fiscal endosable y sin vencimiento que permite cancelar tributos nacionales dependientes de la AFIP, como IVA y Ganancias. Pueden participar todas las personas físicas o jurídicas que no presenten deudas fiscales o previsionales exigibles ante la AFIP y / o aquellas Pymes incluidas como beneficiarias de la cesión del Crédito Fiscal. El objetivo es fortalecer y/o modificar su relación competitiva respecto de su entorno, basado en el análisis de la matriz de Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas (FODA) del sector y de la empresa. La capacitación puede estar a cargo de personas físicas o jurídicas (universidades, instituciones educativas, consultoras, asociaciones profesionales, cámaras, sindicatos, etc.) que acrediten amplia experiencia en capacitación para empresas. Las mismas podrán ejecutar los cursos por sí, o por quienes contraten a tal efecto; en cuyo caso serán responsables por la calidad y cumplimiento.

Es excluyente que las mismas no conformen un grupo económico o estén jurídicamente vinculadas a la empresa que las presentara. El presupuesto asignado al régimen es de 12 millones de pesos, siendo aportado un cincuenta por ciento por la Sepyme y el resto por el Ministerio de Educación. Existen cuatro modalidades para el acceso al régimen:

I. Cesión de cupo de crédito fiscal para capacitación de una o varias grandes empresas o Pymes a favor de un conjunto que se proponga desarrollar una iniciativa asociativa.

II. Cesión de cupo de crédito fiscal para capacitación de una o varias grandes empresas o Pymes a favor de una o varias Pymes.

III. Cesión de cupo de crédito fiscal para capacitación de una o varias grandes empresas o Pymes a favor de una pyme en situación de crisis o que haya surgido de una situación de crisis.

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IV. Proyecto individual y/o asociativo de capacitación de una o varias Pymes.

Las unidades de capacitación no podrán acumular reintegros por mas de 500.000 pesos.

Los cursos de capacitación deberán contar con una cantidad menor a 25 participantes. La asignación de los montos solicitados esta en relación con el valor de la hora por participante(VHP), la cual se determinará:

Monto del Proyecto = VHP Horas participantes

Calificaran los proyectos cuyo VHP no exceda en mas de un 25 por ciento el promedio ponderado de VHP del total de los proyectos aprobados.

25. HSBC – LINEAS DE CREDITO El leasing Beneficios que otorga:

Se selecciona el bien, el proveedor, y se acuerda el precio, así como el plazo de entrega.

HSBC financia el 100% del bien a adquirir. Financia el IVA en forma implícita (el que hubiese pagado si comprara al

contado o con un préstamo), durante la vigencia del contrato. Ya que el leasing es una operación donde no se esta comprando un bien,

sus cuotas no se contabilizan como deudas. Con ello se logra mejorar los índices de liquidez y endeudamiento.

Durante la vigencia del leasing, se abona menos impuestos a las ganancias, ya que las cuotas se consideran gastos. Ello permite posponer el pago del Impuesto, si se optara por la compra al concluir el periodo del Leasing.

Por lo general, una maquina se amortiza impositivamente en 8 a 10 años. Con el leasing contratado a 48 o 60 meses, la amortización se efectuara en la mitad del tiempo.

Al disponer siempre de bienes nuevos, se reducen los gastos de mantenimiento.

Características:

Cánones iguales y consecutivos adaptados al flujo de fondo de su empresa.

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La empresa elige la periodicidad de los cánones, pudiendo optar por mensuales, trimestrales o semestrales.

Tasa de interés fija o variable. Moneda del contrato: Dólares estadounidenses o pesos. Plazos: En función del bien, desde 18 a 60 meses o mas. Valores de la opción de compra: de acuerdo al tipo de bien y al plazo de la

operación. Documentación requerida Personas Jurídicas:

Fotocopia del contrato social y/o estatutos, actas de directorio con distribución de cargos.

Actas de asamblea con aprobación del ultimo balance. Ultimos dos balances firmados por contador y titular de la empresa. Ventas mensuales post balance. Detalle de la deuda bancaria y financiera (evolución, plazos y garantías). Fotocopia del CUIT y certificados de libre deuda impositiva y previsional

extendido por la DGI. Antecedentes de la empresa y referencia comerciales y bancarias. Flujo de fondos proyectado (a 3,4 o 5 años según corresponda). Breve reseña de la empresa, descripción de la actividad. Detalles de los accionistas y participación de cada uno (fotocopia del DNI). Factura Proforma. Detalles de principales proveedores y clientes.

En caso de corresponder codeudor los requisitos son similares a los detallados. Empresas Unipersonales:

Fotocopia del CUIT: Manifestación de Bienes. Declaración Jurada de Ganancias (DGI) de los 2 últimos años. Fotocopia de los pagos del IVA y/o Ingresos Brutos post DDJJ ganancias. Detalle de la deuda bancaria y financiera (evolución, plazos y garantías). Fotocopia de los títulos de propiedad, si los hubiera. Fotocopia del documento de identidad. Fotocopia de los últimos pagos de servicios. Flujo de fondos proyectados (a 3,4 o 5 años según corresponda). Factura Proforma. Detalle de principales Proveedores y Clientes.

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En caso de corresponder codeudor los requisitos son similares a los detallados. Créditos Prendarios Clientes individuales (Plan D.N.I):

Objetivos: Brindar agilidad a los clientes, simplificando la administración para la obtención del crédito.

Generalidades: El nuevo Plan 50% con D.N.I para vehículos comerciales esta pensando y desarrollando para potenciar el crecimiento de su empresa, ya que con el mismo no tendrá perdidas de tiempo en cuanto a la aprobación del Crédito.

Condiciones: _ D.N.I del Titular y cónyuge si corresponde. _ Sin antecedentes negativos en Organización Veraz. _ Ingresos mínimos declarados por $1.500. _ Antigüedad en el rubro (1 año). _ C.U.I.T HSBC hará una verificación laboral y de domicilio para cotejar la actividad del solicitante.

Montos Máximos a Financiar: - Unidades o Km., hasta u$s 70.000 del precio de lista y para unidades

de mayor valor hasta u$s 35.000.

- Unidades usadas, financiación del 50% del valor del bihasta u$s 25.000.

Clientes Empresas ( Plan Empresa):

Objetivo: Facilitar y proveer a las empresas de líneas de créditos para aumentar o renovar sus flotas, actualizar maquinaria, etc.

Generalidades: El Banco le otorga una línea de crédito para acceder a unidades nuevas y usadas. Además le otorga un plazo de hasta 60 meses para pagarlo. La unidad contará con un seguro de HSBC- New York Life Seguros de Vida (Argentina) S.A.

Montos Máximos a financiar: _ Unidades o Km, hasta 70% del precio de lista.

_ Unidades usadas, financiación hasta el 50% del valor del bien.

Pre-Prenda: Cuando la operación se liquida, se puede hacer de dos formas, presentando la prenda inscripta o la pre-prenda. Se llama prenda inscripta al documento que es la garantía real de la operación. Esta instrumentada de tal manera que su figura tenga validez legal, esto implica que se haya inscripto en el registro de la propiedad del automotor que corresponde o en el registro de Bienes Generales. Requisitos:

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Pre-Prenda: _ Fotocopia de prenda. _ Aval transitorio firmado por el concesionario. _ Solicitud del préstamo. _ Formulario AFIP para apertura de caja de ahorros. _ Fotocopia de factura.

Prenda Inscripta: _ Prenda Inscripta.

_ Solicitud del préstamo. _ Solicitudes de seguro de vida y del automotor. _ Formulario AFIP para apertura de caja de ahorros. _ Fotocopia de factura.

26. Comentario de interés para el lector

Se pone en conocimiento del lector que este trabajo de campo se concluye en noviembre del año 2001 y en diciembre de ese año se produce la dolorosa crisis financiera y económica que afectó a nuestro país. Recién hacia fines del 2002 se comienzan a percibir ciertos atisbos de reactivación, que la magnitud de la recesión minimizó aún más.

Por la razón expuesta en el párrafo anterior, los autores de este proyecto no pudieron realizar su propósito de ampliar el trabajo de campo con un segundo relevamiento cercano a la terminación de este informe, que hubiera permitido realizar un análisis comparativo del bienio.

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CONCLUSIONES

Del desarrollo de la presente investigación y de los hallazgos detectados, podemos extraer las siguientes conclusiones:

• La elección del financiamiento empresarial constituye el eje de una administración eficiente.

Alternativas tradicionales de financiamiento

• Existen formas básicas de financiamiento que se aplican a todo tipo de negocio, las que son identificadas en este proyecto como “alternativas tradicionales de financiamiento”.

• Las alternativas tradicionales de financiamiento se clasifican a su vez por la fuente de financiación en externa y propia:

1. - Financiación externa:

1. Adelanto en cuenta corriente 2. Cuenta corriente comercial (financiación de proveedores) 3. Descuento de documentos 4. Letra de cambio 5. Pagaré 6. Préstamos personales

2. - Financiación propia

1. Aumento del capital 2. Aportes irrevocables para futura suscripción de acciones

• El reconocimiento contable de la financiación externa, no ofrece en general mayores dificultades dado que derivan de operaciones simples, que originan pasivos y devengan costos financieros, imputados gradualmente a resultados en función del transcurso del tiempo.

• El descuento de documentos a pesar de ser una práctica muy arraigada en el mundo de los negocios, no está contemplado en nuestro derecho positivo (contrato atípico), razón por la cual la doctrina ha adoptado diferentes posturas: algunos autores lo consideran un préstamo, otros una compraventa de crédito o un negocio intermedio, y, si bien, hay coincidencia en considerarlo una operación de crédito, el vacío legal señalado provoca que se abran distintas posibilidades de tratamiento contable, de acuerdo con la postura adoptada. Esto hace necesario un procedimiento contable unificado.

• En cuanto a la financiación propia nos encontramos nuevamente con una figura no legislada en nuestro país: los “Aportes irrevocables para futura suscripción de acciones”, lo que da lugar a diversas teorías con respecto a

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su naturaleza jurídica. Reconocemos que la Resolución Técnica 17, basada para ser considerados en la realidad económica, marca las condiciones como parte integrante del patrimonio neto, pero entendemos que la importancia del tema merece mayor profundización.

Factoring • La operatoria de factoring no se encuentra específicamente nominada; está

autorizada, sin nombrarla como tal, en el art. 24 inc. d) de la Ley 21.526 de Entidades Financieras.

• Asimismo, no observamos tratamiento contable alguno que surja de la normativa vigente. Es por ello que debemos recurrir a relaciones de semejanza que permitan la descripción razonable de esa realidad económica. A tales fines hemos propuesto dos alternativas de reconocimiento contable de esta operatoria.

a) Factoring con financiación y sin recurso: Dado que el factor asume los riesgos de incobrabilidad, la naturaleza jurídica de la cesión de los créditos se asimila a la venta de un bien ( condición de esencialidad) Asimismo, se deben reconocer como resultados los costos financieros y administrativos a ser imputados conforme a su devengamiento Con respecto al aforo éste debería ser considerado como un crédito a ser reintegrado por el factor.

b) Factoring con financiación y con recurso: Dado que el factor no asume totalmente los riesgos de incobrabilidad, la naturaleza jurídica de la cesión se asimila a un descuento de créditos, en la que la empresa factoreada es solidariamente responsable si los deudores no cancelan su obligación al factor. Por lo tanto, debería reflejarse la contingencia posible por medio de una cuenta regularizadora o menos preferentemente a través de notas o de cuentas de orden. El tratamiento de los costos financieros y administrativos es idéntico al que se indica en el punto anterior. Factura de crédito • Las bondades del instrumento se vieron sensiblemente opacadas por el

intento de introducir “manu militari” un documento divorciado de las prácticas comerciales y de la cultura jurídica argentinas, que aumenta significativamente los costos administrativos en virtud de las complejidades en el circuito de emisión y en el de control de su aceptación legal. Por otra parte los potenciales receptores de la factura de crédito sólo la aceptarán en la medida que quien la transmita les genere confianza.

• A pesar de ser una operatoria compleja y obligatoria, no surge de nuestra investigación un tratamiento contable específico y sólo por analogía, basándose en el criterio de realidad económica, es factible su reconocimiento contable. Proponemos que en el caso de lograr el objetivo que inspiró su sanción, esto es, crear un nuevo mercado para compraventa de créditos para PyMES, este instrumento tendría las características de un activo con mercado transparente, debiéndose medir por su valor neto de realización (VNR).

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Fideicomiso • El fideicomiso financiero permite que el patrimonio de una persona pueda

separarse del resto y permanecer inatacable contra posibles embates de acreedores. Los bienes afectados al fideicomiso no corren el riesgo comercial del fiduciante ni del fiduciario. El patrimonio objeto del fideicomiso no puede ser perseguido por los acreedores de ninguno de ellos, ni tampoco la quiebra de ambos o de uno de ellos, incide sobre estos bienes particulares.

• Resulta difícil entender entonces, como es que la figura del fideicomiso no tenga su lugar en la normativa contable vigente. Sin embargo queremos destacar, que hemos hallado interesantes ensayos con propuestas valiosas que consideran el efecto de la realidad económica de los distintos aspectos que presentan las diversas modalidades de los fideicomisos.

Instrumentos derivados y coberturas • La contabilidad de cobertura vulnera, sin lugar a dudas, el criterio del capital

a mantener financiero establecido por la RT. 16 , para el modelo contable a utilizar en la preparación de los estados contables, al reconocer en el patrimonio neto los resultados por tenencia originados para el caso de una cobertura eficaz. Por otra parte, nos parece arbitrario la consideración del límite inferior de 80% para considerar que la cobertura es altamente eficaz.

Leasing

• Para su tratamiento contable hemos analizado los cuatro teóricos enfoques siguientes:

a) El de la propiedad legal, según el cual los bienes arrendados se consideran siempre activos del arrendador mientras no fuesen adquiridos por el arrendatario, lo que implica en muchos casos la distorsión de la realidad económica;

b) El de la transferencia probable de la propiedad, que los trata como una compraventa financiada, cuando eso es lo que encubre el contrato o, aplicando el enfoque de la propiedad legal en el caso contrario;

c) El de los beneficios y los riegos, según el cual se considera como una compraventa financiada cuando el arrendatario asume los principales beneficios y riesgos inherentes a la propiedad del bien arrendado, aunque la transferencia final de la propiedad legal del bien nunca llegue a concretarse; como un alquiler común en los demás casos;

d) El de los activos y pasivos, en el que todos los contratos de arrendamiento dan lugar a la adquisición de activos y a la asunción de pasivos, que deberían ser reconocidos contablemente;

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y hemos observado que la normativa contable profesional en nuestro país (RT.18), se refiere específicamente a esta problemática adhiriendo al enfoque de los beneficios y riesgos. Este equipo de trabajo coincide con la postura doctrinaria adoptada, dado que interpreta la cualidad de esencialidad de la información contable, para una adecuada descripción de la realidad económica.

Obligaciones negociables

• Las normas contables profesionales, consideran a las obligaciones negociables dentro de los pasivos en general y en varios pasajes se refieren a ellos cuando tienen la característica de ser convertibles, por ejemplo, para la determinación del resultado por acción ordinaria diluido. No hacen referencia específica a las distintas modalidades de colocación: a la par, con descuento o con prima, teniendo en cuenta que el emisor recibirá menos o más efectivo con respecto al valor nominal de los títulos que se emiten, y se tendría entonces una tasa estipulada en las características de emisión: “tasa aparente”: tasa nominal, y “otra real”, la tasa interna de retorno (TIR) de los acreedores, que hace

que se igualen: el valor descontado de los pagos que deben realizarse a los tenedores, con la suma realmente obtenida por la financiación.

• Cumpliendo con el requisito de esencialidad, “ las sucesivas mediciones contables del pasivo deberían calcularse basándose en dicha TIR”

Securitización

• Las normas contables argentinas no tratan puntualmente la problemática contable derivada de la securitización (titulización) y sólo por analogía se puede encarar su reflejo contable, en base a las características de los tres vehículos posibles: a) Sociedades de objeto específico, b) Fondos comunes cerrados de inversión, o c) Fideicomisos financieros

• En función de la complejidad que presenta la operatoria debería ser considerada como una cuestión particular.

Sociedad de garantía reciproca

• La sociedad de garantía recíproca constituye un importante instrumento para facilitar el acceso al crédito de las PyMES.

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• Este equipo de investigación propone con respecto a los socios partícipes (PyMES), identificar cuatro momentos distintos, susceptibles de reconocimiento contable, que son:

a) La suscripción e integración de las acciones que le confieren la calidad de socio partícipe. Ello origina el reconocimiento de un activo del rubro inversiones, que incluye el precio de suscripción y los costos necesarios de adquisición. .

b) Reconocimiento de los servicios de armado de la carpeta de crédito prestados por la SGR, imputados al resultado del ejercicio.

c) Otorgamiento del crédito y celebración del contrato de garantía recíproca. Ello implica la asunción de un pasivo financiero con sus respectivos servicios: los intereses que se van imputando a resultados en función del transcurso del tiempo y las comisiones de garantía que cobra la SGR, como resultado del período en el cual se celebra el contrato de garantía.

d) Exposición en los estados contables de ejercicio: en nota se deberá reflejar toda la situación derivada de los avales recibidos y de la contragarantía otorgada.

Warrant

• Como resultado del análisis efectuado de esta alternativa financiera, deducimos que:

Pese a que no se altera su condición de activo, las mercaderías depositadas en la empresa warrantera deben ser reclasificadas en otra cuenta del rubro bienes de cambio que identifique su situación actual.

Dado que al producirse el endoso del warrant se origina la restricción a la disponibilidad de los bienes en custodia, tal situación debe ser expuesta en nota a los estados contables.

Los costos derivados de la operatoria deben ser cargados a resultados conforme a su respectivo devengamiento (costos de almacenamiento, estibaje y depósito, fletes y seguros, costo específico de la emisión del warrant y costos financieros).

Como corolario de los hallazgos, conclusiones y propuestas, el equipo de investigación arriba a la conclusión final de que la profesión contable deberá continuar profundizando el estudio de las alternativas tradicionales y no tradicionales, con vista a la emisión de pronunciamientos técnicos específicos, que tiendan a la normalización de la información contable emergente. En mérito a lo expresado en el párrafo anterior, la hipótesis motivadora de este proyecto queda así, plenamente contratastada.

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