principio uti – possidetis - iuris

4
PRINCIPIO UTI – POSSIDETIS - IURIS

Upload: andrea-nathalie-ojeda-palacio

Post on 09-Nov-2015

111 views

Category:

Documents


7 download

DESCRIPTION

Breve trabajo

TRANSCRIPT

Presentacin de PowerPoint

PRINCIPIO UTI POSSIDETIS - IURISEl Ecuador en si no cimienta directamente su derecho en el principio del Utis Possidetis Iuris, sino en el tratado de 1829, aun as es importante saber en que consiste esta ley.

Al parecer deriv de la expresin latina "uti possidetis, ita possideatis", es decir, "como tu poseas, continuars poseyendo o tambin dicho "como poseas de acuerdo al derecho, poseers"Es un principio jurdico segn el cual cada nueva nacin deba conservar la extensin conferida a la correspondiente circunscripcin colonial por las reales cedulas dictadas antes de los movimientos emancipadores.

Cada pas nuevo debe poseer todo lo que comprenda el correspondiente distrito colonial junto con sus limites de acuerdo con las reales cedulas.Las Audiencias, Capitanas y Virreinatos eran las nicas con capacidad social, econmica y moral para formar y hacer subsistir un estado.