plan de trabajo de la contralorÍa municipal 2020

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PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020 VALLE DE SANTIAGO, GTO

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Page 1: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

PLAN DE TRABAJO DE

LA CONTRALORÍA

MUNICIPAL 2020 VALLE DE SANTIAGO, GTO

Page 2: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

CONTENIDO

I.- Plan Anual de trabajo y Programa de

Auditorías y revisiones Anuales 2020.

1) Mensaje del Contralor

2) Introducción

3) Marco Normativo

4) Filosofía Institucional

5) Estructura Organizacional

6) Objetivos del Programa de Trabajo

7) Metas a Corto Plazo

8) Líneas de Gestión de la Contraloría

Page 3: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

Mensaje:

La confianza entre sociedad y gobierno es indispensable para lograr el propósito

más importante del Programa de Gobierno 2018- 2021 que el H. Ayuntamiento

aprobó y que la sociedad reclama.

El 2020 nos presenta nuevos retos que enfrentaremos día a día con el firme

propósito de consolidar una gestión pública innovadora, transparente y de

rendición de cuentas, para contribuir al fortalecimiento de la gobernanza de

nuestro municipio.

Por otro lado, es necesario señalar que es compromiso de esta Contraloría

Municipal, privilegiar la prevención por encima de las medidas correctivas;

también es una responsabilidad la observancia de los principios de legalidad y

del debido proceso; y respeto de los derechos fundamentales de los servidores

públicos que integran la Administración Municipal. Bajo las premisas anteriores,

en ningún momento se dejará de instaurar procedimientos legales y justos a las

y los servidores públicos que hayan incumplido con sus responsabilidades y en

su caso emitir las sanciones que la propia Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado de Guanajuato establecen .

En la Contraloría Municipal estamos comprometidos en continuar con la

construcción de un gobierno abierto, trasparente, hacia una cultura

administrativa con enfoque a resultados, que impacte directamente en el

mejoramiento de la Administración Pública Municipal, por lo que buscaremos

involucrar a la sociedad en la vigilancia, evaluación y control de las acciones de

gobierno ejecutadas por los servidores públicos municipales.

De cara al futuro, debemos de apostar por la innovación y la tecnología para

mejorar la prestación de servicios y aumentar el escrutinio del uso de los

recursos públicos. Esta estrategia integral en contra de la corrupción por parte

de la administración pública municipal, también se encuentra alineada al Sistema

Nacional y Estatal Anticorrupción, con atención a las normas emitidas en la

materia y con prácticas armonizadas.

Por ello, es importante destacar que la Contraloría de Valle de Santiago, forma

parte del Comité Rector del Sistema Estatal de Fiscalización “Responsabilidades

Administrativas y Jurídico Consultivo” y a su vez, encabeza la comisión especial

del marco normativo de la Alianza de Contralores del Estado de Guanajuato,

instancias que sirven para fortalecer vínculos con otros órganos de control y para

eficientar los procesos de prevención, corrección y sanción.

Page 4: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

INTRODUCCION

El Plan de Trabajo de la Contraloría Municipal 2020, tiene como finalidad

elaborar un instrumento programático que calendarizará las actividades propias

de este órgano interno de control a fin de verificar que los servidores públicos

se conduzcan con legalidad, lealtad y honradez al aplicar con eficiencia y eficacia

los recursos humanos y patrimoniales para el buen desempeño de sus funciones,

esto conforme al presupuesto autorizado por el H. Ayuntamiento al Órgano

Interno de Control que corresponde a un total de $2,827,299.00 (Dos millones

ochocientos veintisiete mil doscientos noventa y nueve pesos 00/100 M.N).

La Contraloría Municipal se define como el órgano de control interno, autónomo

y de gestión, rectora a los principios de legalidad, objetividad, profesionalismo,

honradez, lealtad, imparcialidad, eficacia, equidad, transparencia, economía,

integridad; que le apostará a la prevención y a la inclusión de las dependencias

y entidades de la administración pública municipal a efecto de prevenir el uso

indebido del patrimonio municipal y a la distracción de los fines públicos del

municipio.

El Control Interno, la prevención de malas prácticas, el combate a la corrupción

y a la impunidad y la inclusión de la participación ciudadana, se continuarán

reforzando para sentar las bases en la recuperación de la confianza social y en

la eficiencia gubernamental.

El establecimiento de un eficaz Control Interno mediante la corresponsabilidad

del órgano de gobierno, de las dependencias, entidades y organismos

autónomos, con la coordinación de la Contraloría Municipal, es imprescindible

para alcanzar mejores resultados, así como para evitar malas prácticas y mitigar

riesgos, entre otros, el de la corrupción.

Para afianzar la transparencia y rendición de cuentas, daremos continuidad a la

promoción, presentación y difusión de las declaraciones 3 de 3 de los titulares

de las dependencias y entidades, incorporando además el uso de nuevas

tecnologías para facilitar la presentación y seguimiento de la evolución

patrimonial de los servidores públicos.

Page 5: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

En materia de auditorías, practicaremos nuevos tipos, a saber: integrales,

Administrativas, Financieras, basadas en gestión de riesgos y de desempeño,

con el fin de eficientar la prevención, detección y corrección de posibles

inconsistencias e irregularidades en el manejo de los recursos públicos,

mitigando las probabilidades de su recurrencia, así como promover el logro de

los resultados planeados.

Para tal fin, trabajaremos de manera transversal y coordinada entre las áreas

de auditoría de la Contraloría, y tratándose de las auditorías de desempeño, con

la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato con el objetivo de adoptar las

mejores prácticas y la transferencia de uso de tecnologías y conocimientos.

Línea estratégica fundamental resulta ser la participación ciudadana para el

control. Por lo cual, continuaremos consolidando y redimensionaremos el alcance

de los programas de Auditor Social, Contralor Ciudadano y los Comités de

Colonos de Supervisión de Obra Pública, que no sólo nos ayudan a vigilar el

correcto funcionamiento de programas sociales y de obra, sino que fungen

principalmente como instrumentos para promover la corresponsabilidad en el

quehacer de gobierno.

Ampliaremos la atención ciudadana a lugares que tienen poca accesibilidad, para

que encuentren en la Contraloría Municipal el espacio de escucha y atención en

aquellos grupos vulnerables, a través de puntos de recepción de quejas y

denuncias.

Se coadyuvará en la consolidación del Comité de Contraloría Social en Obra

Pública “Con orgullo y compromiso, cuida tu obra” para que el gobierno

permanezca abierto al escrutinio público; se escuchen las voces ciudadanas y

con ello se garantice la continuidad de las políticas y buenas prácticas de

gobierno.

Por lo anterior, es impostergable la vinculación con otros órganos de control para

homologar criterios y evitar duplicidad en los procesos de fiscalización.

Page 6: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

MARCO JURÍDICO

En apego a lo establecido en el artículo 139º fracción I de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato se pone a consideración de los

integrantes del H. Ayuntamiento Constitucional de Valle de Santiago,

Guanajuato 2018 - 2021, el Plan Anual de Trabajo de la Contraloría Municipal,

correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020.

FILOSOFIA INSTITUCIONAL

MISION

Ser reconocido como un órgano interno de control con capital humano que ayude

a prevenir y corregir irregularidades para transparentar los recursos públicos por

medio de auditorías y revisiones administrativas que fomenten la rendición de

cuentas sanas que ayuden a evitar posibles observaciones por instituciones

Estatales y Federales, así como vigilar que el desempeño de los servidores

públicos se realice apegado a la normatividad establecida con el fin de brindar

una mejor atención a la ciudadanía de Valle de Santiago.

VISION

Realizar a corto plazo un mejor desempeño de labores que caracterice a este

órgano interno de control, como un departamento que contribuye en conjunto

con las direcciones de la administración a lograr un Gobierno Eficaz,

Transparente y cero Corrupción.

Page 7: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

VALORES

Disciplina.- Es la manera ordenada y sistemática de hacer las cosas, siguiendo

un conjunto de reglas y normas estrictas emitidas por la administración

municipal.

Legalidad.- Consiste en la capacidad de conducirse con apego a las

disposiciones legales que resulten aplicables en el desempeño de las funciones.

Objetividad.- Es la capacidad de emitir una opinión sustentada en hechos reales

con evidencia suficiente y libre de juicios tendenciosos.

Profesionalismo.- Es la capacidad de aplicar conocimientos, aptitudes,

habilidades y experiencias en el desempeño de las funciones dentro del marco

normativo correspondiente.

Honradez.- Actuar con la máxima rectitud, sin pretender obtener con motivo

del ejercicio de su cargo, empleo o comisión, ventaja o provecho alguno, para sí

o para terceros, evitando de esta manera la realización de conductas indebidas

y en su caso, denunciando aquellas que pudieran afectar el cumplimiento de los

deberes.

Lealtad.- Debe ejercer su cargo obrando siempre a favor del patrimonio público,

la hacienda pública y en general del interés público.

Imparcialidad.- Actuar sin conceder preferencias o privilegios a persona

alguna, evitando que influyan en su juicio y conducta intereses que perjudiquen

o beneficien a personas en detrimento del bienestar de la sociedad.

Integridad.- Es el actual del servidor público de manera honesta, responsable,

legal y transparente, con el fin de generar confianza de la sociedad hacia la

institución.

Rendición de cuentas.- Garantizar plenamente el derecho fundamental de

toda persona al acceso a la información, sin más limitaciones que las

establecidas por las leyes, dando a conocer su actuar público con la finalidad de

inhibir conductas irregulares y deshonestas.

Page 8: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

Eficacia.- La actividad de las y los Servidores Públicos, será responsable,

puntual y oportuna. Así como su gestión en apego a los planes y programas

establecidos, utilizándolos de forma adecuada para obtener los mayores

resultados con la mínima inversión, a fin de que el Municipio alcance su objetivo

de proveer bienestar y calidad en los servicios que presta a la sociedad.

Eficiencia.- Las y los servidores públicos actúan conforme a una cultura de

servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor

desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según

sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de los recursos

públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su

aplicación.

Page 9: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Acorde al artículo 132 de la ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato

y artículo 5º del Reglamento de esta Contraloría Municipal; establece que para

efecto de cumplir con sus atribuciones contemplará por lo menos las siguientes

áreas:

I. Auditoría;

II. Quejas, Denuncias y Sugerencias;

III. Evaluación y Control de Obra Pública; y

IV. Asuntos Jurídicos y Responsabilidades.

OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE TRABAJO

Revisar y evaluar la gestión municipal de las distintas dependencias y

entidades administrativas en apego a las leyes y demás normas aplicables

según el ámbito de su competencia.

Promover e implementar el monitoreo de controles y mecanismos de

evaluación del desempeño, teniendo como una de sus finalidades más

importantes el cooperar con el H. Ayuntamiento para vigilar que sus

disposiciones, programas, presupuestos, normas, lineamientos,

procedimientos y demás instrumentos de control y evaluación se apliquen

y utilicen eficazmente por las dependencias y/o órganos públicos

descentralizados del municipio.

Page 10: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

METAS A CORTO PLAZO

Con la participación activa de la sociedad se podrá enfrentar el flagelo de

la corrupción y la impunidad; por lo tanto, esta Contraloría pondrá en

marcha talleres y foros a diversos sectores educativos en donde se

trataran temas tales como: “Unidos contra la Corrupción”, “Impulso a la

Denuncia Ciudadana”, “Conoce tu Contraloría Municipal”, entre otros”.

Implementar y ejecutar en tiempo y forma las revisiones y auditorías,

para que las dependencias implementen de inmediato las acciones

correctivas.

Dirigir nuestros esfuerzos institucionales a las áreas de mayor riesgo

administrativo, al seguimiento a la revisión por parte de órganos externos

de fiscalización y en la gestión del control interno en las áreas

administrativas que manejen los recursos públicos y ejecuten programas

y acciones en las entidades y dependencias de la administración Municipal.

Incorporar en el corto, mediano y largo plazo las acciones pertinentes que

coadyuven al desarrollo del Sistema Nacional y Estatal Anticorrupción, a

partir de las normas que se planteen a nivel Federal y Estatal.

Lograr la transparencia en la rendición de la cuenta pública a fin de evitar

que existan observaciones por parte de la Auditoria Superior del Estado

de Guanajuato (ASEG).

Detectar los posibles actos de corrupción y abusos de poder dentro de la

Administración Municipal.

Lograr en coordinación con las diferentes áreas de la administración

municipal, la implementación de los presupuestos basados en resultados.

Fomentar la denuncia ciudadana a través de los mecanismo

implementados.

Promover y difundir la cultura de la legalidad, así como responsabilidades

y obligaciones administrativas entre los Servidores Públicos.

Verificar que se cumpla el plan anual de obra pública en los términos

establecidos contractualmente.

Page 11: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

LÍNEAS DE GESTIÓN DE LA CONTRALORÍA

I.DEPARTAMENTO DE AUDITORIA

RESPONSABLE: Téc. Martín Ledesma García.

Director de área C

Las actividades que se desarrollan en este departamento son de acuerdo a la

facultad conferida en la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato en

su artículo 139, fracción XIII y XVIII y en el Reglamento de Contraloría Municipal

de Valle de Santiago, Guanajuato en su artículo 8º, vigilando que el desempeño

de las funciones de los servidores públicos municipales, se realice conforme a la

ley, los reglamentos respectivos y el Código de Ética.

EL Programa de Actividades para el presente año, no obstante, los recursos

humanos y materiales con que cuenta la Contraloría Municipal, cumplirá con las

metas y objetivos propuestos, así como dar seguimiento a las observaciones que

se deriven de las mismas. En el caso de las Auditorías conviene recordar que se

trata de una herramienta de apoyo a la función directiva de la Administración

Municipal, enfocada al examen objetivo, sistemático y de evaluación de las

operaciones financieras y administrativas realizadas; a los sistemas y

procedimientos implantados; a la estructura orgánica en operación; y a los

objetivos, planes, programas y metas alcanzados por las Direcciones,

Dependencias y Entidades de la Administración Municipal, con el propósito de

determinar, como actividad independiente de las actividades del auditado, el

grado de economía, eficacia, eficiencia, efectividad, imparcialidad, honestidad y

apego a la normatividad con que se han administrado los recursos públicos que

les fueron asignados, así como la calidad y oportunidad con que prestan sus

servicios a la ciudadanía.

Con base en la Estructura Organizacional que se considera en el Presupuesto

Financiero de Egresos, tenemos que el Plan de Trabajo y el Programa de

Auditorías y Revisiones deberá considerar, por un lado:

A) Dar seguimiento al cumplimiento de las funciones y actividades a cargo de

las Dependencias y Entidades Gubernamentales del Municipio.

Page 12: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

B) Por otra parte, como complemento de las acciones anteriores también se han

incorporado dentro del Plan de Trabajo Anual señalado, el análisis, la revisión y

el seguimiento de las Obras y Acciones que se incluyen dentro del Programa

Financiero de Inversión 2020, y que como es de su conocimiento, una parte de

ellas, se financian a través del Ramo 33 “Recursos del Fondo de Aportaciones

para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del

Distrito Federal” (FISMDF), Programas-Convenios, Recurso Municipal y otra

parte, se apoyan con Recursos Federales y Estatales. La importancia que dentro

de las actividades de la Contraloría se asigna a éstas Obras y Acciones es de alta

prioridad, ya que se trata de Programas cuyos recursos se pretende lleguen

directamente a distintos sectores y grupos de población y que buscan apoyarlos

en la economía familiar y beneficiarlos con obras que les permitan mejorar sus

condiciones de vida, superando situaciones de marginación.

En el caso de las diversas Obras y Acciones que se incluyen en el Programa

Financiero 2020, la calendarización los trabajos de Auditoría y Revisiones se hizo

tomando en consideración su proceso natural de realización; en efecto, como en

la mayoría de los casos se trata de programas en ejecución, desde el principio

de la presente Administración Municipal, se comenzó a darles seguimiento a los

mismos.

Como ya se señaló, el resultado de los análisis previos realizados a la Estructura

Administrativa del Gobierno Municipal, permitió elaborar el Programa Anual de

Visitas y Auditorías a las Dependencias y Entidades que conforman la

Administración Pública Municipal, en el cual de acuerdo a su relevancia de los

Programas que manejan, permitieron determinar y orientar los trabajos y

establecer el alcance de éstos, así como el tipo de Auditoría o Revisión de Control

a realizar. En efecto, de acuerdo con lo relevante de sus programas o su campo

de actividades, se ha considerado realizar para el ejercicio fiscal 2020 dos mil

veinte las siguientes:

Page 13: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

PROGRAMA DE REVISIONES 2020

DIRECCIONES Y/O DEPENDENCIAS AUDITORIAS

2020 REVISIONES

2020

TIPO DE

AUDITORIA

PARTIDA Y/O CONTRATO

1.Dirección de Obras Públicas

Específica (De Obra Pública)

MVS/AD/2019-072 construcción de tanque elevado, rehabilitación de línea de conducción y línea de rehabilitación en San José del Brazo. Monto $1,622,496.36

2.Dirección de Obras Públicas

Específica (De Obra Pública

MVS/LS/2019-103 Pavimentación de la calle 4 de marzo tramo La Paz a Josefa Ortiz de Domínguez, Col. Francisco Villa. Monto $ 2¨992,615.56

3.Dirección de Obras Públicas

Específica (Revisión de contrato de obra)

MVS/AD/2019-112 Pavimentación de la calle Juan bravo tramo Lucas Flores a Plan de Ayala monto $1´132,573.11

4.Departamento de Alumbrado Público

Específica (Revisión y supervisión)

En la debida implementación de la colocación de las luminarias adquiridas mediante contrato número ADQ-33/2019

5.Departamento de

Alumbrado Público

Especifica (Revisión y supervisión)

En la debida implementación de la colocación de las luminarias adquiridas mediante contrato número ADQ-37/2019

Total de revisiones 5

Page 14: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

PROGRAMA DE AUDITORIAS 2020

DIRECCIONES Y/O DEPENDENCIAS AUDITORIAS 2020

REVISIONES 2020

TIPO DE

AUDITORIA

PARTIDA Y/O CONTRATO

1.Secretaria Particular

Especifica (Financiera)

4415 Ayudas y Apoyos

2. Dirección de Educación

Específica

(Financiera)

4421 Becas

3. Departamento de Personal Integral N/A

4. Dirección de Desarrollo Económico

Específica

(Financiera)

4331 Subsidios para

inversión

4417 Ayudas y Apoyos a Microempresas

4931 Aportación

programa de apoyo a microempresas

5.- Unidad Deportiva

Específica (Financiera)

6. Comisión de la Expo Feria

Valle 2020

Específica

(Financiera)

N/A

Total de Auditorías 6

Gran total Revisiones/Auditorías 6 5

ANÁLISIS DE AUDITORIAS:

I.- Auditoría a Revisión de Cuenta Pública

Es la auditoría que comprende el análisis de los estados financieros y

presupuestarios de los sujetos de fiscalización, a fin de verificar el cumplimiento

normativo y presupuestal, revisar selectivamente las cifras reportadas de los

estados financieros y los aspectos de control interno. Asimismo, abarca el objeto

de revisión considerado en una auditoría integral.

II.- Auditorias:

1) Auditoría Integral: Es la auditoria que comprende la revisión legal,

económica, financiera, administrativa y contable del ingreso y gasto

público, abarcando todos los aspectos relativos a la situación financiera,

presupuestal, patrimonial y programática de la entidad auditada; así como

a la deuda pública, la obra pública, el manejo de fondos y valores, la

adquisición de bienes, la contratación de servicios y la administración de

los recursos humanos.

Page 15: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

2) Auditorias Especificas:

A) Auditoría Financiera: Trata sobre aspectos específicos de la hacienda

pública, comprende la revisión legal, económica, financiera, administrativa y

contable de uno o varios rubros integrales de la cuenta pública de los entes a

fiscalizar: cuentas reflejadas en el estado de situación financiera o balance

general (efectivo y bancos, cuentas por cobrar, activos fijos, cuentas por pagar),

ingresos, gastos, adquisiciones y contrataciones de servicios, recursos humanos

y patrimoniales.

A continuación, se desglosan algunos conceptos que se revisan en este tipo de

auditoria:

a) Revisión de cuentas de activo, pasivo y patrimonio. - De manera

enunciativa, algunos de los aspectos que cubre la revisión están dirigidos

a verificar la correcta integración de los saldos, para lo cual, se analiza lo

siguiente:

. La correcta integración y conciliación de saldos en bancos;

. La integración, soporte documental y en su caso propiedad de las

cuentas de activo, pasivo y patrimonio.

b) Ingresos.- Examen, análisis y verificación de las operaciones financieras

sobre la forma y términos en que los ingresos obtenidos y los

financiamientos contratados, fueron administrados por los sujetos de

fiscalización, y verificar que se obtuvieron de conformidad con las

disposiciones legales.

De manera particular, se verifica que las contribuciones por concepto de

impuestos, derechos, contribuciones especiales, productos,

aprovechamientos, participaciones y extraordinarios, se recaudaron,

registraron y se presentaron correctamente en la información financiera

y presupuestal; y si los ingresos contratados por medio de financiamientos

se calcularon, registraron y autorizaron de acuerdo con la legislación

vigente.

Page 16: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

c) Egresos.- Examen, Análisis y verificación de los recursos presupuestarios

autorizados y su aplicación, en operaciones efectivamente realizadas, que

su ejercicio se ajustó estrictamente a la normatividad vigente; que se

realizaron para el cumplimiento de las funciones propias de los entes, y

que se registraron con base en los Principios Básicos de Contabilidad

Gubernamental y la normatividad aplicable según sea el caso.

En lo que se refiere a la adquisición de bienes y contratación de servicios, se

verificará que se hayan aplicado los procedimientos que establecen la Ley de

Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios

Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Guanajuato y su

Reglamento, y demás disposiciones reglamentarias vigentes en el ejercicio fiscal

correspondiente, a la información financiera y presupuestal sujeta a revisión;

que los bienes y servicios se hayan adquirido oportunamente, a precios

razonables, en la cantidad y con la calidad pactadas y en las condiciones

estipuladas en los contratos: que las erogaciones se hayan ajustado a las

presupuestadas, que los recursos se hayan destinado a los programas para los

que fueron aprobados y, en su caso, que las modificaciones presupuestales se

hayan autorizado conforme a la normatividad aplicable; y que las operaciones

se hayan registrado en la contabilidad conforme a la naturaleza del gasto y

respaldado con la documentación justificada y comprobatoria correspondiente.

B) Auditoria de Obra Pública: Comprende la revisión legal, financiera, técnica,

administrativa y contable de las obras que se seleccionen, abarcando todas las

etapas relativas a su realización como son licitación, adjudicación, contratación,

ejecución, liquidación y entrega-recepción.

III.- Investigación de Situaciones Excepcionales

En este tipo de auditorías, se efectúan exámenes para investigar denuncias de

diversa índole, ejercer control sobre las donaciones, procesos de licitación, el

endeudamiento público y los controles de gestión gubernamental. La aplicación

de procedimientos y programas se fijará de acuerdo al objetivo específico que

comprenda dicha situación excepcional.

Page 17: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

II. DEPARTAMENTO DE QUEJAS, DENUNCIAS Y

SUGERENCIAS.

RESPONSABLE: Lic. Sara Arredondo Mares.

Director de área C

La Contraloría Municipal de Valle de Santiago, Guanajuato da cumplimiento a los

lineamientos establecidos en el Reglamento de la Contraloría Municipal de Valle

de Santiago, Guanajuato en el artículo 9, fracciones I, II y IX; así como en la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato en el artículo 139, fracción

X y XXI con el fin de garantizar los principios de transparencia, objetividad,

imparcialidad y eficacia en las actuaciones administrativas, atendiendo de

manera oportuna a través del sistema electrónico DenunciaNet o de manera

física las quejas, denuncias y sugerencias que presenta la ciudadanía.

ACTIVIDADES

Primera: ESTABLECER Y OPERAR UN SISTEMA DE QUEJAS, DENUNCIAS Y

SUGERENCIAS.

I.- Continuar con la publicación en medios electrónicos, un programa de

promoción, dirigido a la ciudadanía, en donde se dé a conocer los ordenamientos

legales, así como las obligaciones de los servidores públicos municipales sobre

la prestación de los servicios públicos municipales.

II.- Elaborar y publicitar en medios electrónicos, un programa de promoción,

dirigido a la ciudadanía, en donde se le invite a participar en la vigilancia y

evaluación de los servidores públicos y se les brinde la opción de tramitar sus

quejas, denuncias y sugerencias por ése medio.

III.- Atender en horario de 9:00 a las 16:00 hrs; de lunes a viernes, la oficina

receptora de quejas, denuncias y sugerencias, a donde puedan acudir los

ciudadanos interesados e interponerlas.

Page 18: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

IV.- Dar seguimiento a las quejas que se depositan en el buzón fijo que se

encuentra en el exterior de la oficina, donde los ciudadanos depositan sus

quejas, denuncias y sugerencias.

V.- Recibir las quejas, denuncias y sugerencias de la ciudadanía, bien

directamente en la oficina, en el buzón, o por los medios electrónicos como lo

es el “Denuncianet” o vía telefónica.

VI.- Analizar y evaluar la procedencia de las quejas y denuncias y abrir el

expediente correspondiente.

VII.- Realizar la investigación conducente respecto a las quejas y denuncias

que se reciban, solicitando informes y aclaraciones por escrito a los servidores

públicos municipales implicados o responsables de las quejas y denuncias

presentadas.

VIII.- Citar a rendir informes y aclaraciones a los servidores públicos

municipales implicados o responsables de las quejas y denuncias presentadas,

cuando así se crea conveniente.

IX.- Apercibir a los servidores públicos implicados o responsables omisos en la

rendición de informes o que no acudan a las citas, de las faltas administrativas

en que incurren y de las sanciones a que podrían ser sujetos. Y en su caso,

turnar a la dirección de asuntos jurídicos y responsabilidades el informe de

presunta responsabilidad administrativa correspondiente, para la iniciación de

un proceso disciplinario.

X.- Recibir y evaluar los informes y aclaraciones de los servidores públicos

implicados o responsables.

XI.- Obtener mayor información acerca de las situaciones controvertidas,

cuando el caso lo requiera, de las dependencias y entidades de la administración

pública municipal, que permita ampliar la esfera de conocimiento de las mismas.

XII.- Integrar todos los elementos necesarios para la evaluación definitiva de

las situaciones controvertidas, así como evaluar todos los elementos necesarios

de las situaciones controvertidas para el deslinde de responsabilidades.

Page 19: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

XIII.- Una vez analizados y evaluados los elementos señalados en los puntos

anteriores, en su caso, se determinará la probable existencia de faltas

administrativas o ilícitos de los servidores públicos implicados o responsables.

XIV.- Turnar los expedientes a la dirección de asuntos jurídicos y

responsabilidades, cuando se haya determinado la probable existencia de alguna

falta administrativa o la probable comisión de algún ilícito.

XV.- Emitir las recomendaciones pertinentes a los servidores públicos implicados

o responsables.

XVI.- Dar a conocer a los ciudadanos que presenten quejas y denuncias, el

resultado de la gestión llevada a cabo.

XVII.- Concentrar, clasificar, analizar y evaluar las sugerencias hechas por los

ciudadanos.

XVIII.- Dar a conocer a las dependencias y entidades las sugerencias

presentadas por los ciudadanos.

XIX.- Generar y mantener actualizada una base de datos, ordenada, clasificada

y sistematizada de las quejas denuncias y sugerencias manifestadas por los

ciudadanos.

En relación a la fracción II, establecer el Programa de promoción, dirigido en el

nivel medio superior y superior en donde se les invite a los estudiantes a

coadyuvar en la vigilancia de la prestación de calidad de servicio de los

servidores públicos y se les brinde la opción de tramitar sus quejas, denuncias

y sugerencias por ése medio.

Segunda: FUNGIR COMO AUTORIDAD INVESTIGADORA EN EL ÁMBITO DE SU

COMPETENCIA Y CONFORME A LO ESTABLECIDO A LA LEY GENERAL DE

RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y LA LEY DE RESPONSABILIDADES

ADMINISTRATIVAS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO DEBERÁ:

Realizar investigaciones complementarias para deslindar las responsabilidades

administrativas que se desprendan de los resultados del trámite de las quejas y

denuncias, y demás acciones de vigilancia, practicadas por las demás unidades

administrativas de la Contraloría Municipal.

Page 20: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

Solicitar a las unidades administrativas de la Contraloría Municipal la práctica de

visitas de verificación, inspección o auditorías, para recabar información o

documentación que requiera para el ejercicio de sus atribuciones de cuerdo a la

queja presentada.

No se puede determinar el número de investigaciones por presunta

responsabilidad administrativa derivadas de las quejas, denuncias y

sugerencias, sin embargo se llevaría a cabo la etapa de investigación por

presunta responsabilidad administrativa, lo que daría como resultado que la

autoridad investigadora emita el Informe de Presunta Responsabilidad

Administrativa el cual se remitirá al área de Jurídico y Responsabilidades

Administrativas.

Al realizar estas acciones se está vigilando que los servidores públicos

municipales no incurran en las conductas que se describen a continuación:

1) Dispongan o hagan uso indebido de los bienes muebles e inmuebles que

tengan a su cargo.

2) Reciban dinero, bienes o servicios por la prestación de los servicios que

legalmente deben ser gratuitos.

3) Actúen arbitrariamente en el ejercicio de sus funciones.

4) Soliciten, reciban o acepten promesas de dinero, dadivas o ventajas

pecuniarias para hacer u omitir un acto licito o ilícito relacionado con sus

funciones.

5) Abandonen indebidamente las funciones públicas que legalmente tengan

conferidas.

6) Presten servicios gratuitos cuando por ello se deba cobrar un derecho a

favor del municipio.

Asimismo, otro instrumento legal para la prevención, detección y sanción de

responsabilidades administrativas y hechos de corrupción es el Código de Ética

para la Administración Pública del Municipio de Valle de Santiago, Guanajuato,

el cual se compone de seis capítulos estableciéndose en el primer capítulo el

objeto, el ámbito de aplicación y un glosario de términos; el segundo, define

claramente los principios constitucionales rectores del servicio público; el

tercero, describe los valores éticos que deberán ser observados por toda persona

servidora pública; el cuarto, contiene la estructura lógica de las reglas de

integridad con relación a los principios rectores y valores éticos delimitados en

este instrumento; el quinto, establece los mecanismos de difusión y

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capacitación; y, el sexto, vincula el Código con la Ley General de

Responsabilidades Administrativas, la Ley de Responsabilidades Administrativas

para el Estado de Guanajuato y un mecanismo de quejas o denuncias.

El cual es aplicable a todos los servidores públicos cuyos actos u omisiones

incumplan o transgredan la normativa que rige a cada una de las unidades

administrativas de la administración pública municipal.

Y de ser necesario se inicia la etapa de investigación conforme al Reglamento de

la Contraloría Municipal de Valle de Santiago, Guanajuato, conforme a los

siguientes artículos.

CAPÍTULO TERCERO

De los Procedimientos Sección Primera

Procedimiento para la investigación

Artículo 12. Las autoridades investigadoras en el ámbito de su competencia y conforme

a lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de

Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, deberán:

I. Observar lo establecido en el libro segundo, disposiciones adjetivas, del título

primero respecto a la investigación y calificación de las faltas graves y no graves.

II. Realizar investigaciones complementarias para deslindar las responsabilidades administrativas que se desprendan de los resultados de auditorías practicadas

por las instancias de fiscalización estatales y federales en el ejercicio de su

competencia;

III. Realizar investigaciones complementarias para deslindar las responsabilidades

administrativas que se desprendan de los resultados de las auditorías, del trámite

de las quejas y denuncias y demás acciones de vigilancia, practicadas por las

demás unidades administrativas de la Contraloría Municipal;

IV. Requerir en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el

Estado de Guanajuato, la información y documentación a los servidores públicos

del municipio y a cualquier persona física o moral para las investigaciones.

V. Solicitar a las unidades administrativas de la Contraloría Municipal la práctica de

visitas de verificación, inspección o auditorías, para recabar información o

documentación que requiera para el ejercicio de sus atribuciones;

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VI. Determinar, cuando así se considere conveniente, las citas y comparecencias de

los denunciantes, servidores públicos y de las personas físicas, incluyendo los

representantes legales de las personas morales, relacionados con las investigaciones que realice;

VII. Determinar la existencia o inexistencia de actos u omisiones que la ley señale

como falta administrativa y, en su caso, calificarla como grave o no grave; así como recibir el recurso de inconformidad previsto en la ley remitiéndolo al

Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato para su resolución;

VIII. Emitir el informe de presunta responsabilidad administrativa en los términos de

la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado, cuando de las investigaciones

realizadas se presuma la existencia de la infracción y la presunta responsabilidad

del infractor;

IX. Presentar a la autoridad substanciadora el informe de presunta responsabilidad

administrativa acompañando el expediente respectivo, a efecto de que se inicie

el procedimiento de responsabilidad administrativa;

X. Reclasificar la gravedad de las faltas administrativas en los informes de presunta responsabilidad administrativa, cuando así lo determine el Tribunal de Justicia

Administrativa para el Estado de Guanajuato, o en su caso emitir la negativa

fundada y motivada;

XI. Intervenir como parte con el carácter de autoridad investigadora en los

procedimientos de responsabilidad administrativa, e interponer los recursos y

medios de impugnación que la ley le conceda;

XII. Solicitar a la autoridad substanciadora o resolutora decrete las medidas

cautelares previstas en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el

Estado de Guanajuato;

Del procedimiento de investigación

Artículo 16. El procedimiento de investigación de quejas o denuncias, de conformidad

a lo establecido en las leyes de la materia, estará sujeto a las siguientes fases:

I. Se iniciará con la presentación de la queja o denuncia por escrito, por llamada

telefónica o por cualquier medio electrónico ante la Contraloría Municipal;

II. Con la queja o denuncia, se deberán presentar las pruebas que se tengan a disposición del quejoso o denunciante, y si no las tuviera a su disposición hará

saber el lugar donde se encuentran para estar en posibilidad de recabarlas por

parte de la Contraloría Municipal;

III. La Contraloría Municipal, de considerarlo procedente, radicará la misma y

ordenará la investigación correspondiente, recabando la documentación e

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IV. información necesaria, a cuanta persona o institución pública sea de importancia

para la sustanciación de la indagatoria respecto de los hechos, teniendo la

facultad de utilizar la tecnología necesaria para llegar a la verdad legal de los

hechos materia de investigación; y

V. La Contraloría Municipal deberá emitir la determinación, fundada y motivada, en

la que se deberá establecer si de los hechos derivan o no, actos u omisiones que

hagan presumir responsabilidad administrativa, para instaurar o no procedimiento administrativo a él o los servidores públicos responsables,

notificando a las partes interesadas.

Tercera: ATENCIÓN A REQUERIMIENTOS Y OBSERVACIONES EMITIDOS POR

ÓRGANOS EXTERNOS E INTERNOS. (ASEG, ASF, STRC, UNIDADES

ADMINISTRATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, ETC.)

I.- No se puede determinar en número, ya que depende de las observaciones

que emitan los órganos externos o las unidades administrativas de la presente

administración.

Realizándose un estudio y análisis de las observaciones hechas por la Auditoria

Superior de la Federación, Auditoría Superior del Estado de Guanajuato,

Secretaria de la Transparencia y Rendición de Cuentas, Sistema Estatal

Anticorrupción, y se le da el seguimiento a su solventación y/o atención,

iniciando la etapa de investigación por presunta responsabilidad administrativa

en contra de los servidores públicos y/o particulares vinculados en actos u

omisiones que transgredan las obligaciones conforme a los instrumentos

jurídicos aplicables.

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III. DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE OBRA.

RESPONSABLE: Arq. José Jesús Ojeda García.

Director de área C

De acuerdo a la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, una de

las funciones de este órgano de control interno, es la de vigilar que la obra

pública municipal se ajuste a las disposiciones de la Ley de Obra Pública y

Servicios relacionados con la misma, dando con ello cumplimiento al Reglamento

de la Contraloría Municipal de Valle de Santiago, Guanajuato en su artículos 5,

fracción III, 10; y artículo 139 fracción IX de la ley en cita, vigilando el desarrollo

administrativo de las dependencias y entidades de la administración pública

municipal, a fin de que en el ejercicio de sus funciones se apliquen con eficiencia

los recursos humanos y patrimoniales.

ACTIVIDADES

Primera.-VIGILAR QUE LA OBRA PÚBLICA MUNICIPAL SE AJUSTE A LAS

DISPOSICIONES DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS

CON LA MISMA PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO Y DEMÁS

DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA.

◊ Revisión de aspectos generales de la obra pública.

I.- Verificar la integración del programa anual de obra pública de conformidad a

los artículos 18 al 25 de la Ley de obra pública y servicios relacionados con la

misma para el Estado y los municipios de Guanajuato.

II.- Verificar que los recursos del fondo de aportaciones para la infraestructura

social municipal se apliquen a los rubros señalados por la ley del presupuesto

general de egresos del estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal

correspondiente.

Page 25: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

III.- Verificar que cualquier obra que vaya a ser convocada, adjudicada o

ejecutada, se encuentre incluida en el programa de inversión de obra pública

autorizado y cuente con los estudios y proyectos, normas y especificaciones de

construcción. (Planos, presupuestos, calendario, etc.)

IV.- Cerciorarse de que cada obra o etapa programada sea considerada en forma

individual, sin que ésta sea fraccionada en su importe total.

V.- Participar en los actos de apertura de propuestas legales, técnicas y

económicas así como en el fallo de las mismas.

VI.- Revisar, en el procedimiento de licitación pública, que las propuestas

legales, técnicas y económicas de los contratistas participantes reúnan los

requisitos a que se refieren los artículos 53 al 71 de la Ley de obra pública y

servicios relacionados con la misma para el Estado y los municipios de

Guanajuato.

VII.- Vigilar que la contratación de obra que se realice, se adjudique al

contratista que garantice las mejores condiciones para el municipio en los

aspectos de economía, eficacia, eficiencia, financiamiento, oportunidad, calidad

y demás circunstancias pertinentes.

VIII.- Verificar que el contratista a quien se adjudique el contrato, no ejecute

la obra a través de otro, sin la debida autorización de la dirección de obra pública.

IX.- Cerciorarse de que la dirección de obra pública establezca la residencia de

supervisión en la ejecución de las obras.

X.- Verificar que las estimaciones de trabajo ejecutado, realizadas por el

contratista y revisadas por la Dirección de Obras Públicas, se deriven de trabajo

real y medible y se encuentre asentado en la bitácora de obra.

XI.- Vigilar que el procedimiento de ajuste de costos, cuando se dé el caso, se

sujete a lo establecido por el artículo 108 y 109 de la Ley de obra pública y

servicios relacionados con la misma para el Estado y los municipios de

Guanajuato.

XII.- Verificar que los servidores públicos que tengan intervención en los

procedimientos de licitación o de adjudicación directa o en cualquier acto a que

se refiere la Ley de obra pública y servicios relacionados con la misma para el

Estado y los municipios de Guanajuato, se abstengan de celebrar actos jurídicos

Page 26: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

y administrativos que contravengan este ordenamiento, así como de recibir

propuestas o celebrar contrato alguno en las materias a que se refiere esta Ley,

de conformidad en lo establecido en el artículo 16 (Parientes, empresas

quebradas o inhabilitadas, etc.)

XIII.- Verificar que los contratos sólo se celebren con personas inscritas en el

Padrón único de contratistas para el Estado y los Municipios.

XIV.- Verificar que los contratos adjudicados en la modalidad de licitación

simplificada se encuentren dentro del rango monetario de mínimos y máximos

aprobado por el Congreso del Estado de Guanajuato.

XV.- Verificar que la opción de adjudicar contratos en la modalidad de licitación

simplificada, se funde y motive debidamente por la dirección de Obras Públicas.

XVI.- Verificar que los contratos de obra pública, bajo la modalidad de precio

alzado, no sean modificados en el monto o el plazo, ni se ajusten los costos.

XVII.- Verificar que las convocatorias públicas para adjudicación de contratos

por el procedimiento de licitación pública, reúnan los requisitos a que se refiere

el artículo 47 de la Ley de obra pública y servicios relacionados con la misma

para el Estado y los municipios de Guanajuato y se publiquen cuando menos una

vez en el periódico de mayor circulación en el Estado.

XVIII.- Verificar que los contratos adjudicados bajo la modalidad de

adjudicación directa y licitación simplificada estén bajo los supuestos especiales

a que se refieren los artículos 73 al 77 de la Ley de obra pública y servicios

relacionados con la misma para el Estado y los municipios de Guanajuato,

cumplan cabalmente con las condiciones ahí establecidas.

XIX.- Vigilar que en la contratación de obra, en todas sus etapas, se otorguen

las garantías correspondientes, a favor de la Tesorería Municipal.

XX.- Revisar que los contratos de obra pública adjudicados, cumplan como

mínimo las declaraciones y estipulaciones que señala los artículos 89 y 101 de

la Ley de obra pública y servicios relacionados con la misma para el Estado y los

municipios de Guanajuato.

XXI.- Analizar las causales de suspensión, terminación y rescisión

administrativa de los contratos que lleve a cabo la dirección de obra pública.

Page 27: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

XXII.- Analizar que los convenios de modificación de contratos de obra pública

se sujeten a lo establecido por los artículos 107 y 109 de la Ley de obra pública

y servicios relacionados con la misma para el Estado y los municipios de

Guanajuato.

XXIII.- Participar en las visitas a los sitios en donde se ejecutarán las obras.

XXIV.- Practicar pruebas de medición para corroborar, de conformidad a lo

planeado, profundidades, alturas, colocación de materiales u otros aspectos

técnicos de cada obra ejecutada.

XXV.- Revisar las bitácoras de obra y vigilar el cumplimiento de la ejecución de

obra en los tiempos y plazos establecidos previamente.

XXVI.- Corroborar que la calidad de los materiales cumpla con lo estipulado en

los contratos, estudios, proyectos, normas y especificaciones de construcción.

XXVII.- Participar en la entrega-recepción de la obra pública terminada.

XXVIII.- Participar en la conformación de los comités de contraloría social en

la obra pública como lo establece el artículo 17 de la Ley de obra pública y

servicios relacionados con la misma para el Estado y los municipios de

Guanajuato.

XXIX.- Atender y dar seguimiento a las observaciones e irregularidades

detectadas en materia de obra pública por las instancias de fiscalización.

XXX.- Realizar la investigación de presunta responsabilidad administrativa de

los servidores públicos en obra pública.

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IV.DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURÍDICOS Y

RESPONSABILIDADES.

RESPONSABLE: Lic. Alejandro Toledo Medina

Encargado de Asuntos Jurídicos

Las actividades que se desarrollan en este departamento son de acuerdo a la

facultad conferida en la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato en

su artículo 139, fracción XIII y XVIII y en el Reglamento de Contraloría Municipal

de Valle de Santiago, Guanajuato en su artículo 11, vigilando que el desempeño

de las funciones de los servidores públicos municipales, se realice conforme a la

ley, los reglamentos respectivos y el Código de Ética.

ACTIVIDADES

SUBSTANCIACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE RESPONSABILIDAD

ADMINISTRATIVA.

La Contraloría Municipal, tiene como último fin la sanción, lo deseable en una

Administración Pública es que los servidores públicos conozcan sus reglamentos

internos y estén en la posibilidad de hacerse responsables en cumplir con sus

facultades y omitir actualizar alguna de las prohibiciones, y con ello poner en

práctica el principio de legalidad contenido en el artículo 4 de la Ley Orgánica

Municipal, consistente en: “La autoridad municipal solo puede hacer lo que la

Ley le concede….” Lo que es muy diferente a que “el gobernado puede hacer

todo lo que la ley no le prohíbe”.

Es decir, la Contraloría Municipal se esforzará por poner en relieve que se

cumplan las obligaciones que los distintos ordenamientos municipales exigen, y

cuando existan casos en que servidores públicos o ex servidores, incluso

particulares, incumplan con las ordenanzas legales, entonces se ejercerán las

atribuciones específicas del Órgano Interno de Control, consistentes en buscar

una solución al problema o asunto de que se trate, gestionando una posible

solventación a través del área administrativa correspondiente, gestionando

posibles reintegros o convenios con los particulares y el área jurídica municipal

correspondiente, ya que no debe perderse de vista que la Contraloría Municipal

Page 29: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

es una Autoridad Administrativa, no penal, no civil, no mercantil, no fiscal, no

política; aunque en una cierta medida si social debido a la forma en que se elige

a su Titular.

Ahora, teniendo en cuenta lo anterior, y agotadas las medidas de prevención,

solventación, o de convenios, se procederá a ejemplificar a través de la

instauración de procedimientos administrativos que se realizan en distintas

etapas y por Áreas distintas, que pueden llegar a ésta Área de Asuntos Jurídicos

y Responsabilidades que concibe a los servidores y ex servidores públicos, así

como particulares vinculados con los servidores públicos y particulares en

situación especial, como susceptibles de que la Contraloría Municipal o el

Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, se les pueda substanciar el

procedimiento administrativo cuando hayan incurrido y actualizado algún

supuesto de falta administrativa no grave o grave contenidas en la Ley de

Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, en sus

artículos 49, 50 y 51 al 63 y Ley General de Responsabilidades Administrativas.

La instauración de procedimientos de responsabilidad administrativa está en

relación a las auditorias concluidas que el propio Órgano de Control Interno haya

realizado a través de su Área de Auditoría, de igual forma la Contraloría

Municipal, puede continuar con las investigaciones que la Auditoría Superior del

Estado de Guanajuato, la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas y

de la Auditoría Superior de la Federación, siendo así, de ser procedente, la

autoridad investigadora estaría en condiciones de elaborar su Informe de

Presunta Responsabilidad Administrativa ante la Autoridad Substanciadora y

ésta a su vez, remitirlo a la Autoridad Resolutora, que dependiendo del tipo de

falta puede recaer en la figura del Contralor Municipal o del Tribunal de Justicia

Administrativa del Estado.

En virtud de lo anterior no es posible establecer un número cierto de

procedimientos a realizarse en el año 2020, debido a que cada caso o asunto se

atiende y estudia de forma aislada y particular, ya que las causas y posibles

resoluciones son múltiples.

Las etapas para llegar a concluir un procedimiento de responsabilidad

administrativa con alguna sanción, comienza por una denuncia, la que puede ser

ciudadana o hecha del conocimiento del Contralor Municipal a través de los

organismos gubernamentales Municipales, Estatales o Federales.

Page 30: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

De contener los elementos o pruebas suficientes, el Contralor Municipal remite

el asunto a la Autoridad Investigadora, que dependiendo del tema puede ser de

Obra Pública, Auditoría o Quejas, Denuncias y Sugerencias.

La autoridad investigadora tiene en sí misma un procedimiento interno que está

contenido principalmente en la Ley de Responsabilidades Administrativas para

el Estado de Guanajuato, en el Reglamento Interior de la Contraloría Municipal,

Código de Ética para la Administración Pública, así como en las distintas leyes y

reglamentos especiales de las materias, como lo son la Ley de Obra Pública y

Servicios Relacionados con la misma, Ley de Fiscalización, Ley de Coordinación

Fiscal, entre otros.

Una vez que se agota el procedimiento de investigación y de ser procedente, la

Autoridad Investigadora debe realizar un Informe de Presunta Responsabilidad

Administrativa que se remite a la Autoridad Substanciadora, la que debe analizar

que el Informe se encuentre debidamente fundado y motivado, lo que significa

que estén descritas las conductas de forma tal que se aprecien las

circunstanciales de tiempo, modo, lugar, nombres, cantidades y circunstancias

especiales que hacen considerar que se ha cometido una falta administrativa.

La autoridad investigadora califica la falta administrativa y de considerarla no

grave, en caso de que el denunciante sea identificable le hará saber la calificación

para brindarle la oportunidad de interponer un medio de defensa que se

tramitaré en una especie de juicio sumario.

La autoridad substanciadora entonces estudia el asunto principalmente con la

Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, de

considerarlo completo y con los elementos jurídicos necesarios, cita al presunto

responsable a una audiencia inicial, donde puede defenderse de las imputaciones

a través de su abogado defensor, ahí tendrá la oportunidad de ofrecer pruebas

y verter manifestaciones de defensa, de igual forma la autoridad investigadora

podrá ofrecer pruebas.

Con posterioridad a la audiencia inicial, se debe estudiar que pruebas se

admitirán y cuales se desecharan, en esta etapa existe posibilidad de recursos

para las partes que pueden hacer valer y se tramitarán a manera de juicios

sumarios, una vez aceptadas las pruebas, las que pueden ser de diversos tipos

utilizando las contenidas en la propia ley de la materia, así como las contenidas

en el Código de Justicia Administrativa para el Estado de Guanajuato, aplicación

Page 31: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

supletoria, se deben ordenar las diligencias necesarias para desahogarse, por

ejemplo, citar testigos a audiencia, ante la autoridad resolutora en caso de ser

una falta administrativa no grave y de las autoridades substanciadora e

investigadora, este paso supone que se hayan emplazado y notificado

debidamente de manera personal las partes, lo que supone en sí mismo

tecnicismos jurídicos muy detallados ya que la notificación en domicilios

particulares conlleva una serie de peculiaridades y requisitos esenciales.

Posteriormente al desahogo de todas las probanzas, se les otorga a las partes

un plazo común de 5 días hábiles para que rindan alegatos, lo que significa que

pueden tratar de orientar la decisión de la autoridad resolutora respecto a sus

pretenciones y argumentos de defensa.

Una vez vencido el plazo de alegatos, se entra al estudio de todo lo actuado

dentro del procedimiento de responsabilidad administrativa y para emitir una

resolución con la sanción debidamente fundada y motivada, esta parte es

también demasiado técnica ya que el podrá ser revisada o impugnada ante el

Ad Quem Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato, y en la

práctica, se puede decir que en estos último años el Tribunal de Justicia

Administrativa se excede en ser garantista de los presuntos responsables,

dejando así a esta Autoridad la actividad de mejorar sus resoluciones o encontrar

distintas vías y argumentos que hacer valer, los que única y exclusivamente se

logran a través de una práctica y experiencia continua, motivando este tema la

necesidad de que a esta y otras autoridades de la Contraloría Municipal se les

actualice y se les brinde capacitaciones a los mejores niveles nacionales o por lo

menos estatales.

Debe tenerse en mente que en todo paso y momento del procedimiento de

descrito existen diversos plazos y momentos legales que deben ser respetados

bajo la pena de consecuencias jurídicas trascendentales.

Es pertinente recordar que con la implementación de las Ley de

Responsabilidades Administrativa, no solo hubo separación o especialización de

autoridades al interior de las Contralorías Municipales, sino entre otras

autoridades estatales también, como es el caso del T.J.A. y de la S.T.R.C. donde

el primero puede fungir como autoridad substanciadora y resolutora en relación

a las faltas administrativas graves, y la segunda autoridad podrá interactuar

como investigadora en ciertas circunstancias, es así que el mismo hecho de

saber clasificar la falta administrativa y darle el sentido para remitirlo a una

autoridad diversa conlleva práctica, experiencia y tecnicismo jurídico

Page 32: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

característico de la materia administrativa que esta Autoridad Substanciadora,

adscritas al Área de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades de la Contraloría

Municipal ha desempeñado a través de diversas administraciones municipales y

que se continua adaptando y aprendiendo las nuevas formas respecto a las

adecuaciones de las actuales disposiciones legales, sin soslayar el irrestricto

respeto a los derechos humanos.

Se despliegan algunos de los principales actos o elementos necesarios para la

consecución de una adecuada substanciación de procedimientos

administrativos:

I. Prevención en la realización de faltas administrativas y actos de

corrupción.

II. Recepción de Informes de Presunta Responsabilidad Administrativa.

III. Elementos para instaurar Procedimientos de Presunta Responsabilidad

Administrativa.

RECEPCIÓN DE DECLARACIÓN PATRIMONIAL, DE INTERESES Y FISCAL.

La rendición de cuentas y la transparencia son factores que pueden contribuir a

generar legitimidad y confianza hacia el trabajo que realizan las y los

funcionarios públicos municipales; por lo que esta Área de Asuntos Jurídicos y

de Responsabilidades, pugna por combatir los actos de corrupción o conductas

jurídicamente reprochables; Por ello efectuara las siguientes actividades:

I.- Integrar y actualizar el padrón de servidores públicos Municipales obligados

a presentar declaración patrimonial, de intereses y constancia de presentación

de declaración fiscal.

II.-Informar y difundir entre los servidores públicos municipales respecto a la

obligación de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial

de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal en los periodos

señalados por la ley, mediante cartas, folletos, posters o cualquier otro medio

impreso y/o digital.

Page 33: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

III.-Actualizar y publicitar los formatos, criterios, requisitos y normas mediante

los cuales el servidor público debe rendir sus declaraciones.

IV.- Proporcionar asesoría a todos los enlaces en las diversas direcciones para

que repliquen en sus compañeros servidores públicos que así lo requieran, en

relación al llenado y presentación de su declaración patrimonial de intereses y

constancia de presentación de declaración fiscal.

V.- Recibir y registrar, en su caso, en los periodos establecidos por la ley, las

declaraciones de la situación patrimonial de intereses y constancia de

presentación de declaración fiscal de los servidores públicos municipales.

VI.- Requerir a los servidores públicos omisos, que en los periodos establecidos

por la ley, no hayan presentado su declaración patrimonial de intereses y

constancia de presentación de declaración fiscal, con el apercibimiento de la

aplicación de sanciones administrativas.

VII.- Revisar aleatoriamente, en su caso, las declaraciones patrimoniales de

intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, recibidas de los

servidores públicos Municipales, a fin de verificar su veracidad. En su caso,

requerir al funcionario público para completar información o aclarar datos

confusos.

VIII.- Verificar, los datos vertidos por los servidores públicos en su declaración

de situación patrimonial, de cuando menos el 10% de ellos, mediante

indagaciones simples al funcionario mismo, a sus familiares, vecinos, jefes

inmediatos superiores, o cualquier otra persona relacionada o conocedora de su

patrimonio.

IX.- Vigilar el comportamiento de la situación patrimonial de los servidores

públicos Municipales, mediante la comparación de sus ingresos obtenidos entre

declaración y declaración y los datos asentados en tales declaraciones.

X.- En su caso practicar las investigaciones pertinentes cuando el patrimonio del

funcionario sea notoriamente superior al ingreso obtenido.

Page 34: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

XI.- Determinar la iniciación del procedimiento administrativo disciplinario en

contra de servidores públicos por incumplimiento en la presentación de su

declaración de situación patrimonial.

Ante lo descrito es de vital relevancia considerar el Código de Ética para la

Administración Pública del Municipio de Valle de Santiago, como elemento básico

para que el actuar y la conducción de todos los servidores públicos.

Interacción con otras Autoridades

Actualmente las políticas públicas nacionales, estatales y municipales versan por

brindar transparencia y eficacia en su actuar, por ello, diversos organismos o

autoridades estatales y nacionales solicitan información pertinente al Órgano de

Control Interno para corroborar que se esté cumpliendo con las disposiciones

legales, y esta área de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades brinda información

en la forma documental y digital solicitada a las distintas dependencias de

carácter gubernamental federal y estatal.

PROPUESTAS Y/O RECOMENDACIONES GENERALES DE ESTE ORGANO

INTERNO DE CONTROL PARA EL EJERCICIO 2020

1.- Profesionalización al personal adscrito a la Contraloría Municipal.

Es necesario insistir en que la profesionalización y todos los procesos que esta

implica (formación inicial, capacitación constante, certificación, evaluación al

desempeño, etc.) constituye no sólo un medio democrático para garantizar que

los recursos públicos que los mexicanos aportan en forma de impuestos se

materialicen en un servicio público de calidad y calidez, sino también como un

instrumento útil que puede desincentivar los altos grados de corrupción que hoy

por hoy acontecen.

Lo anterior con el objetivo fortalecer las capacidades institucionales de los

gobiernos municipales, a través del desarrollo del conjunto de conocimientos,

habilidades y aptitudes de los servidores públicos municipales para incrementar

el nivel de eficacia, eficiencia y efectividad en el ejercicio de la función pública.

Page 35: PLAN DE TRABAJO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

2.- Celebrar Convenios de Colaboración con Instituciones Estatales y

Federales.

Los convenios de colaboración interinstitucional permiten mejorar la atención a

la sociedad, impulsando y favoreciendo los procesos operativos y de desarrollo

institucional que fortalezcan la capacidad institucional para optimizar, diseñar,

ejecutar, redignificar y elevar la calidad de los servicios y prestaciones; con la

finalidad de promover y mejorar estrategias viables e integrales que permitan

responder a las prioridades de la población, bajo los principios de ética y respecto

a la dignidad de las personas; así como dar una mejor atención y orientación

resolutiva.

En especial con el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato;

Auditoria Superior del Gobierno del Estado para evaluación de la obra pública a

través de su Laboratorio de Obra Pública; entre otras.

2.-Presupuesto.

Dotar a la contraloría municipal de presupuesto suficiente para el ejercicio de

sus atribuciones, al considerar que es un órgano interno de control encargado

de la evaluación y fiscalizan de la gestión pública municipal y desarrollo

administrativo, así como el control de los ingresos, egresos, manejo, custodia y

aplicación de los recursos públicos.

Lo anterior, considerando que conforme al presupuesto autorizado por el H.

Ayuntamiento para el ejercicio fiscal 2020 al Órgano Interno de Control que

asciende a un total de $2, 827,299.00 (Dos millones ochocientos veintisiete mil

doscientos noventa y nueve pesos 00/100 M.N), de los $420,759,000.00

(cuatrocientos veinte millones setecientos cincuenta y nueve mil pesos 00/100

M.N), que integran el presupuesto general de ingresos del H. Ayuntamiento para

el Ejercicio Fiscal 2020.

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PRESUPUESTO ASIGNADO A LA CONTRALORÍA MUNICIPAL 2020

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