contralorÍa municipal de pereira informe de auditoria

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CONTRALORÍA MUNICIPAL DE PEREIRA INFORME DE AUDITORIA MODALIDAD ESPECIAL EXPRES CÓDIGO FECHA VERSIÓN PÁGINAS FO 1.3.2 -13 11-02-2014 1.0 1 de 30 Carrera 7 No. 18-55 Palacio Municipal piso 7º. – Teléfono: 3248278 Fax: 3248299 Web: www.contraloriapereira.gov.co E-mail: [email protected] Pereira - Risaralda INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA MODALIDAD EXPRES SEGUIMIENTO AL PLAN DE MEJORAMIENTO DE LA “AUDITORIA EXPRÉS DE LA DENUNCIA D16-0009-0070-009”, Y DAR ATENCIÓN A LOS ASUNTOS DE POTENCIAL IMPORTANCIA API-DOPPC-0183-003, API-DOPPC-1284-017, LA QUEJA REALIZADA POR VIGÍA CÍVICA SOBRE EL INCUMPLIMIENTO DE LA ENTREGA DE LA ESTACIÓN DE BOMBEROS Y ATENDER LO EXPUESTO EN EL API DE OCTUBRE 10/2016 RELACIONADO CON EL MAL ESTADO Y DETERIORO EN LOS QUE SE ENCUENTRAN ALGUNOS VEHÍCULOS Y LAS CONDICIONES DE HACINAMIENTO Y PROBABILIDADES DE SINIESTRALIDAD DE LAS SEDES ALTERNAS DE CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD DE PEREIRA. SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y SECRETARIA DE GOBIERNO MUNICIPAL VIGENCIAS 2016 Y 2017 CONTRALORÍA MUNICIPAL DE PEREIRA PEREIRA, DICIEMBRE 12 DE 2017 A/CI-8 Informe final

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CONTRALORÍA MUNICIPAL DE PEREIRA INFORME DE AUDITORIA MODALIDAD ESPECIAL EXPRES

CÓDIGO

FECHA VERSIÓN PÁGINAS

FO 1.3.2 -13 11-02-2014 1.0 1 de 30

Carrera 7 No. 18-55 Palacio Municipal piso 7º. – Teléfono: 3248278 Fax: 3248299 Web: www.contraloriapereira.gov.co

E-mail: [email protected] Pereira - Risaralda

INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA

MODALIDAD EXPRES

SEGUIMIENTO AL PLAN DE MEJORAMIENTO DE LA “AUDITORIA EXPRÉS DE LA DENUNCIA D16-0009-0070-009”, Y DAR ATENCIÓN A LOS ASUNTOS DE POTENCIAL IMPORTANCIA API-DOPPC-0183-003, API-DOPPC-1284-017, LA QUEJA REALIZADA POR VIGÍA CÍVICA SOBRE EL INCUMPLIMIENTO DE LA ENTREGA DE LA ESTACIÓN DE BOMBEROS Y ATENDER LO EXPUESTO EN EL API DE OCTUBRE 10/2016 RELACIONADO CON EL MAL ESTADO Y DETERIORO EN LOS QUE SE ENCUENTRAN ALGUNOS VEHÍCULOS Y LAS CONDICIONES DE HACINAMIENTO Y PROBABILIDADES DE SINIESTRALIDAD DE LAS SEDES ALTERNAS DE CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD DE PEREIRA.

SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA

Y

SECRETARIA DE GOBIERNO MUNICIPAL

VIGENCIAS 2016 Y 2017

CONTRALORÍA MUNICIPAL DE PEREIRA

PEREIRA, DICIEMBRE 12 DE 2017

A/CI-8 Informe final

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Contralor Municipal de Pereira

ALBERTO DE JESUS ARIAS DAVILA

Equipo Directivo

JUAN DAVID HURTADO BEDOYA CARLOS ANDRES DE LA PAVA ISAZA

ESPERANZA LONDOÑO OCAMPO DORA ANGELA TORRES QUICENO

EQUIPO AUDITOR

JULIÁN ALBERTO RODAS TABORDA PROFESIONAL ESPECIALIZADO COORDINADOR DE AUDITORIA

NANCY MARÍA ESCOBAR RESTREPO PROFESIONAL UNIVERSITARIA

JHON ALEXANDER MOLANO MONTOYA TECNICO

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TABLA DE CONTENIDO

Página

1 CARTA DE CONCLUSIONES 4 2 RESULTADOS DE AUDITORIA 9 2.1 ALCANCE DE LA AUDITORIA 9 2.2 APIS DOPPC-0183-003 Y DOPPC-1284-017 10 2.3 API DE OCTUBRE 10/2016 10 2.4 HALLAZGOS 11 3 ANEXOS 30

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1. CARTA DE CONCLUSIONES

Pereira, diciembre 12 de 2017 Doctores JUAN PABLO GALLO MAYA Alcalde Municipio de Pereira ADRIANA VALLEJO DE LA PAVA Secretaria de Gobierno HAROL ALEJANDRO CALDERON HOYOS Secretario de Infraestructura Asunto: Carta de Conclusiones Auditoría exprés seguimiento plan de

mejoramiento de la Denuncia D16-0009-0070-009 y dar atención al API-DOPPC-0183-003, API-DOPPC-1284-017 y API de octubre 10/2016.

La Contraloría Municipal de Pereira, con fundamento en las facultades otorgadas por el Artículo 267° de la Constitución Política, practicó “Auditoría Exprés Seguimiento al Plan de Mejoramiento de la Denuncia D16-0009-0070-009 y dar atención a los asuntos de potencial importancia API-DOPPC-0183-003, API-DOPPC-1284-017 trasladada mediante Memorando N°0160 de julio 19/2017, la queja realizada por Vigía Cívica trasladada con memorando N°00208 del 17 de Agosto sobre el incumplimiento de la entrega de la estación de Bomberos y atender lo expuesto en el API de octubre 10/2016 relacionado con el mal estado y deterioro en los que se encuentran algunos vehículos y las condiciones de hacinamiento y probabilidades de siniestralidad de las Sedes alternas de cuerpo de Bomberos de la ciudad de Pereira”; a través de la evaluación de los principios de equidad, transparencia y eficacia, con que administró los recursos puestos a su disposición y los resultados de su gestión en el área actividad o proceso examinado.

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Es responsabilidad de la administración el contenido de la información suministrada por las entidades y analizada por la Contraloría Territorial. La responsabilidad de la Contraloría Territorial consistió en producir un Informe de Auditoría Exprés que contiene el concepto sobre el examen practicado. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas, con políticas y procedimientos de auditoría establecidos por la Contraloría Territorial, consecuentes con las de general aceptación; por lo tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar nuestro concepto. La auditoría incluyó el examen, sobre la base de pruebas selectivas, de las evidencias y documentos que soportan el área, actividad o proceso auditado y el cumplimiento de las disposiciones legales; los estudios y análisis se encuentran debidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en los archivos de la Contraloría Territorial. CONCEPTO SOBRE EL ANÁLISIS EFECTUADO La Contraloría como resultado del seguimiento a las acciones del Plan de mejoramiento suscrito ante la Contraloría Municipal de Pereira, por la “Auditoría Exprés de la denuncia D16-0009-0070-009”, asociado al Contrato de obra N°5449-2016 para la segunda etapa de la construcción de la Estación Central del Cuerpo Central de Bomberos, conceptúa que el Componente Control de Gestión asociado a los factores plan de mejoramiento, legalidad y control fiscal interno evaluados en el proceso auditor es con observaciones, por los siguientes aspectos que se detallan en el Anexo N°1 remitido en el informe preliminar:

La evaluación del plan arrojó con un cumplimiento del 66.7% y una efectividad del 83.3%, con un puntaje atribuido del 75% como (MCP) Meta Cumplida parcialmente para (3) metas calificadas.

Se pudo constatar que la obra fue terminada el 2 de abril de 2017 y se liquidó el 5 de julio del mismo año, esto indica que a junio de 2016 la meta e indicador no se cumplieron, sino que las obras ejecutadas se vinieron a dar casi diez (10) meses después de lo propuesto en el citado plan y la Secretaría de Infraestructura en ningún momento solicitó al organismo de control con la

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debida antelación prórroga en los plazos pactados, situación que incidió directamente en su cumplimiento.

Aunque se constató la culminación de las obras en el sótano, Calle 34, cancha, segundo y tercer piso y terraza, previstas en el primer compromiso del plan de mejoramiento, no se visualizó en el acta de Obra N°13 y final el ítem de condensadores para el aire acondicionado, lo que incidió directamente en la calificación de la efectividad.

Con lo anterior se confirma lo expuesto en los APIS-DOPPC-0183-003 y DOPPC-1284-017 y Queja realizada por Vigía Cívica, relacionados con la entrega del edificio de la Estación Central de Bomberos Pereira, las causas de las demoras y el estado de las garantías, como se detalla a continuación:

El contrato de Obra N°5449-2014 que tuvo un Valor Inicial de $2.114.375.106, tuvo dos adiciones por $1.056.793.944, por lo que el valor final fue de $3.171.169.050, lo que representa un incremento del 49.98% del valor inicial.

El Plazo inicial previsto en 180 días calendario con inicio en febrero 02 y terminación en agosto 3/2015, tuvo cinco prórrogas por 240 días, para un plazo total del contrato por 420 días calendario, lo que representa un incremento del 133.3% del plazo inicial.

El contrato tuvo un total de suspensiones por (366) días calendario, que corresponden al 203% del plazo inicial.

Se pactaron inicialmente en el Contrato una cantidad de 224 ítems, sin embargo en su desarrollo se conciliaron 249 ítems nuevos que corresponden al 111.1% y de los cuales 26 de ellos que pertenecen al mobiliario no se ejecutaron.

Según el Acta de Recibo, la fecha de terminación final fue el 02 de abril de 2017 y el contrato fue liquidado el 5 de julio de 2017. En vista que la terminación inicial había sido prevista en agosto 3/2015, el contrato tuvo un retraso en su entrega de 20 meses equivalentes a 600 días calendario.

Al revisar en el Secop el 2 de octubre de 2017 por parte del equipo auditor el Proceso de licitación pública N°247-2014, este se encuentra en Estado Celebrado y el último documento colgado en el aplicativo fue el Acta de Reinicio el 06-04-2017, lo que indica que el Acta de Liquidación suscrita el 5 de julio de 2017 no ha sido publicada oportunamente.

Aunque las partes declararon para efectos de la liquidación que se encontraban a paz y salvo por todo concepto y no dan objeto a reclamación alguna; llama la

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atención que en las Observaciones, el Contratista manifiesta que la Entidad Contratante no gestionó la devolución del transformador SIEMENS de 112.5 KVA para su correcta instalación como está soportado en Oficio N°AVM-C5449/BOM-PER-023 del 24 de agosto de 2016 y que fue entregado por la interventoría anterior Consorcio HP Bomberos a la Empresa de Energía de Pereira.

Las pólizas del contrato a la fecha se encuentran vigentes, es así tal como la Póliza de Cumplimiento Seguros del Estado N°14-44-101069264 para PROCIVCO como primer Contratista ampara la Estabilidad y calidad de obra por $510.833.810 por 5 años hasta 01/09/2020. Además la Póliza de Cumplimiento Aseguradora Solidaria N°580-47-994000036164 para AVM Arquitecto Asesorías y Construcciones SAS a quien se cedió finalmente el contrato, ampara también la Estabilidad y calidad de obra por $197.320.489 por 5 años hasta 30/06/2021.

Finalmente se confirma lo expuesto en el API remitido por funcionarios de la Contraloría en octubre 10/2016, relacionado con el mal estado y deterioro en los que se encuentra el parque automotor y las Sedes alternas de cuerpo de Bomberos de la ciudad de Pereira de Caimalito, Cuba y Oriente; además de la Subestaciones de Villa Santana y Puerto Caldas que no han sido construidas, por tanto el organismo de control emite igualmente un concepto con observaciones, como se detalla en cada uno de los hallazgos que hacen parte integral del presente informe definitivo. CONCEPTO CONTROL INTERNO AREA AUDITADA La Asesoría de Control Interno de la Alcaldía mediante oficio N°41473 de octubre 2/2017 allega al equipo auditor documentos soportes del seguimiento al plan de mejoramiento de la denuncia D16-0009-0070-009; indicando que aunque se dio cumplimiento a las acciones de mejora, no se dieron dentro de los términos planteados en el plan debido a las diferentes suspensiones y prórrogas que se dieron durante la ejecución de las obras, las cuales se soportan en actas. Adjudicaron una calificación del plan de mejoramiento con un puntaje atribuido de 90.0, lo que lo ubica en el rango de CUMPLE. Finalmente en agosto 22/2017 la Asesoría de Control Interno informa al Alcalde en oficio N°34087 sobre el cumplimiento de las acciones contenidas en el plan.

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PLAN DE MEJORAMIENTO El Municipio de Pereira debe remitir el plan de mejoramiento adjunto, con acciones y metas que permitan solucionar las deficiencias comunicadas durante el proceso auditor y que se describen en el informe. El Plan de Mejoramiento ajustado debe ser entregado dentro de los términos establecidos por la Contraloría Territorial. Dicho plan de mejoramiento consolidado debe contener las acciones y metas que se implementarán por parte de la Administración Central en cabeza de las Secretarías de Infraestructura y Gobierno, las cuales deberán responder a cada una de las debilidades detectadas y comunicadas por el equipo auditor, el cronograma para su implementación y los responsables de su desarrollo. Atentamente, _______________________________ ALBERTO DE JESUS ARIAS DAVILA Contralor Municipal de Pereira

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2. RESULTADOS DE LA AUDITORIA

La Contraloría Municipal de Pereira en cumplimiento de su función constitucional y del Plan General de Auditorías de la vigencia 2017, aprobado mediante Resolución N°019 del 12 de enero de 2017, mediante Memorando N°046-2017 asignó la “Auditoría Exprés Seguimiento al Plan de Mejoramiento de la denuncia D16-0009-0070-009” y dar atención a los asuntos de potencial importancia y queja. Es por ello que la presente auditoría pretendió dar respuesta a los objetivos específicos definidos en la asignación así:

Realizar el seguimiento al Plan de mejoramiento suscrito ante la contraloría Municipal de Pereira, por la “Auditoría Exprés de la denuncia D16-0009-0070-009”.

Atender los asuntos de potencial importancia API-DOPPC-0183-003, API-DOPPC-1284-017, la queja realizada por Vigía Cívica trasladada con memorando N°00208 del 17 de Agosto sobre el incumplimiento de la entrega de la Estación de Bomberos.

Atender lo expuesto en el API de octubre 10/2016 relacionado con el mal estado y deterioro en los que se encuentran algunos vehículos y las condiciones de hacinamiento y probabilidades de siniestralidad de las Sedes alternas de cuerpo de Bomberos de la ciudad de Pereira.

2.1 ALCANCE DE LA AUDITORIA La Contraloría Municipal de Pereira en la vigencia 2016 adelantó “Auditoría Exprés de la denuncia D16-0009-0070-009” la cual hizo alusión al tiempo transcurrido en desarrollo de los Contratos de Obra N°2745-213 y N°5449-2014 para la primera y segunda etapa de la construcción del Cuerpo de Bomberos de Pereira, indicando además que a la fecha no se contaba con una Estación Central adecuada; contratos que una vez auditados dieron pie a la suscripción de un plan de mejoramiento con la Secretaría de Infraestructura, el cual fue aprobado mediante Oficio N°00566 con recibido de la Alcaldía N°23399-2016 de mayo 18 de 2016 y se compone de tres (03) acciones correctivas, a las cuales se hizo necesario realizar seguimiento en el presente ejercicio auditor, como parte del primer objetivo específico.

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La información se auditó con base en el componente de Control de Gestión que se asocia directamente a los factores denominados: Plan de mejoramiento, Legalidad y control fiscal interno, como lo contempla la Guía de Auditoría Territorial GAT.

COMPONENTES FACTORES

CONTROL DE GESTIÓN

Plan de Mejoramiento

Legalidad

Control Fiscal Interno Fuente: Guía de Auditoría Territorial GAT

2.2 APIS -003 Y 017 - RESULTADO DE LO ACTUADO El primer asunto de potencial importancia API-DOPPC-0183-003 fue remitido con oficio con Radicado N°00183 de enero 23/2017 donde un denunciante anónimo solicitó al organismo de control: “….se investigue por qué no han hecho entrega del edificio de Bomberos Pereira que queda en la Cra 6 con 33 ya que llevan 3 años en esta obra y a la fecha no ha sido entregada por el interventor…”. En tanto que el API-DOPPC-1284-017 fue trasladado mediante Memorando N°00160 de julio 19/2017 hace alusión a noticia periodística del El Diario de julio 4/2017 denominada: “Terminaron la estación Central de Bomberos?”, que fue radicada mediante Oficio N°01284 de julio 11/2017, el cual hace alusión a que la Corporación Vigía Cívica ha mantenido la atención puesta en los trabajos y ya terminados es hora de escuchar explicaciones en aras de la transparencia y que desde la administración municipal se explique el aumento de precio, las causas de las demoras y el estado de las garantías que debió entregar el contratista. La Queja realizada por Vigía Cívica trasladada con memorando N°00208 del 17 de Agosto, es exactamente el mismo artículo anterior que fue publicado en El Diario, al cual se hizo necesario realizar seguimiento según el objetivo específico N°2. Ambas situaciones fueron confirmadas como se detallan en el Hallazgo N°1 en sus numerales 1.1 a 1.6 que se incluyen en el presente informe. 2.3 API DE OCTUBRE 10/2016 Y RESULTADO DE LO ACTUADO

El API remitido por funcionarios de la Contraloría en octubre 10/2016 como parte de la “Auditoría especial a la adquisición e intermediación de las pólizas de Seguros Municipio de Pereira Vigencias 2012-2015”, donde se pudo evidenciar

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con relación al parque automotor al servicio de los Bomberos, el mal estado y deterioro en los que se encuentran algunos vehículos, inservibles, fuera de circulación y expuestos al desgaste. Como también las condiciones de hacinamiento y probabilidades de siniestralidad de las Sedes alternas del Cuerpo de Bomberos, para lo cual se hizo necesario llevar a cabo una verificación y revisión al tema en comento; situación que fue incluida como parte del último objetivo específico y que también se confirmó como se detalla en los hallazgos N°2 y N°3 de este informe. 2.4 RELACION DE HALLAZGOS

El informe preliminar de auditoría se socializó mediante Oficio N°02037 de noviembre 10/2017 con Radicado Alcaldía 53005-2017, de los cuales se ejerció el derecho de contradicción de manera independiente por parte de la Secretaría de Gobierno en oficio N°50597 con Radicado N°02198 de noviembre 24, en tanto que la Secretaría de Infraestructura dio respuesta en oficio N°50778 con radicado N°02220 de noviembre 29/2017. Una vez analizados los descargos de ambas Secretarías, se confirmaron tres (03) hallazgos con presunta connotación administrativa que dan pie a la suscripción de plan de mejoramiento.

2.4.1 HALLAZGO ADMINISTRATIVO N°1- INFRAESTRUCTURA FISICA CONDICION

A. ESTACION CAIMALITO:

La sede pertenece a las antiguas bodegas del Ferrocarril y no hace parte de los bienes del Municipio, los bomberos del sitio desconocen si existe Comodato o arrendamiento del inmueble el cual se viene ocupando desde el año 2013; al tratarse de una edificación antigua que se encuentra en el listado de Bienes de Interés Cultural de la Nación, por ser complementaria a la Estación del Ferrocarril La Virginia, no puede ser intervenida para que cumpla exigencias técnicas por grupo de uso según el Reglamento Colombiano de Construcciones Sismo Resistentes NSR-10, Grupo III como una edificación de atención a la comunidad, indispensable después de un temblor para atender la emergencia y preservar la salud y la seguridad de las personas requiere el cumplimiento de todos los requisitos previos a su construcción.

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La infraestructura física ocupada carece de condiciones adecuadas para su óptimo funcionamiento por cuanto en un mismo espacio se encuentran dormitorios, oficina, cocineta, baños, bodega y parqueo de motos, en evidente hacinamiento y con divisiones improvisadas; además los aparatos e instalaciones hidrosanitarias y eléctricas son obsoletas, no se garantiza la seguridad de los pocos elementos con los que cuenta la Sede y los vehículos son parqueados en la calle a la intemperie. Además se pudieron observar falencias de tipo estructural (desgaste de ladrillo macizo y fisura longitudinal) sobre la base de los muros perimetrales de la fachada posterior que podrían comprometer la estabilidad de la edificación. La anterior situación se puede evidenciar en el registro fotográfico probatorio que hace parte integral del Anexo N°1. Esto indica que el Corregimiento conformado por los Barrios Azufral, Caimalito, La Carbonera y La Paz para una población de 30.000 habitantes aproximadamente carece de una sede alterna del Cuerpo de Bomberos apta para prestar los servicios. Ni la Secretaría de Infraestructura, ni la Secretaría de Gobierno, en su derecho de contradicción dieron argumentos que desvirtuaran lo dicho por el organismo de control, por lo tanto este numeral del hallazgo queda en firme con connotación administrativa para que se tomen acciones correctivas en plan de mejoramiento.

B. ESTACION PUERTO CALDAS

Ubicada en la Manzana 5 Casa 16 Los Almendros con ficha catastral N°060000130001000 en un área de lote de 500 M2, donde el organismo de control pudo constatar que no existe sede física como tal desde el 19 de noviembre de 2016, ya que la caseta en bahareque y madera que prestaba el servicio fue desmontada a la espera de la construcción de una nueva sede que hasta el momento no inicia; sólo se mantiene el cerramiento en muros entrelazados de lo que era la unidad sanitaria en alto grado de deterioro; situación que se puede evidenciar en el registro fotográfico probatorio que hace parte integral del Anexo N°2. Vale la pena resaltar que la Administración Municipal ejecutó el Contrato de Consultoría N°2272 de septiembre 11 de 2014 con el objeto de realizar estudio y diseño al edificio sede del cuerpo de bomberos de Pereira ubicado en el corregimiento de Puerto Caldas, el cual tuvo un valor final de $22.946.880, los cuales arrojaron un Presupuesto oficial a febrero 7 de 2015 requerido para la obra

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de $1.223.663.215 y proyectaba una programación en su ejecución para cuatro (4) meses. Se desconoce la razón por la cual el proyecto no ha sido ejecutado a más de dos años de haberse contratado los diseños y que beneficiaría a una población de más de 17.000 habitantes aproximadamente, los cuales en la mayoría de los casos no cuentan con el apoyo de los Bomberos de Pereira, quienes no se desplazan hasta este sector rural de la ciudad con el argumento que carecen de recursos para cancelar el peaje Cerritos-Cartago. La Secretaría de Gobierno como parte del derecho de contradicción expone: “…Para la construcción de la Estación de Bomberos de Puerto Caldas actualmente se adelanta proceso licitatorio por valor de $1.228.477.783 con CDP N°2186 del 30/03/2017, para lo cual se utilizaron los estudios y diseños contratados en el 2014…” En tanto que la Secretaría de Infraestructura en la contradicción indica: “…Referente a la infraestructura física, esta dependencia adelantó por solicitud de la Secretaría de Gobierno los diseños de las estaciones satélites ubicadas en la Comuna Villa Santana y en el corregimiento de Puerto Caldas, de esta última se tienen los recursos necesarios para su construcción apropiados por la Secretaría de Gobierno mediante certificado de disponibilidad presupuestal No.2186 de 2017 por valor de $1.228.477.783, en este momento el proyecto se encuentra en etapa de respuesta a observaciones al proyecto de pliegos y se espera la publicación del pliego definitivo el día 05 de diciembre de 2017, para lo cual y teniendo en cuenta el traspaso de vigencia fiscal, la Secretaría de Gobierno adelantó el trámite de solicitud de vigencias futuras al Concejo Municipal….” Con lo anteriormente expuesto la Administración Central acepta lo dicho por la Contraloría y detalla las acciones que actualmente adelanta con el fin de construir la sede del Cuerpo de Bomberos de Puerto Caldas, utilizando los diseños contratados el año 2014; por tanto se desvirtúa la observación con incidencia fiscal en cuantía de $22.946.880, en tanto que queda en firme el resto de este numeral del hallazgo con connotación administrativa para que todas las acciones antes citadas se incluyan en un plan de mejoramiento que a un futuro inmediato logre culminar la construcción de la citada Sede.

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C. ESTACION CUBA

Ubicada en la Cr 21 Calle 67 manzana 20 Barrio San Fernando Cuba, predio identificado con Ficha Catastral N°010901030004000 con un área de lote de 1.055 M2 y área construida de 138 M2, el cual no hace parte del inventario de bienes inmuebles del Municipio, sino del INURBE anteriormente conocido como el Fondo de Vivienda Popular. En reconocimiento a las instalaciones por parte de la Contraloría se pudo evidenciar un desgaste generalizado de la construcción por algunas humedades en canales y muros, deficiente red eléctrica por cables y tomas expuestos, carencia de iluminación de los espacios interiores, deterioro de las instalaciones sanitarias e hidráulicas y de aparatos sanitarios, duchas, lavamanos, lavadero, enchapes, pintura y acabado de piso; situación que se evidencia en registro fotográfico probatorio que hace parte integral del Anexo N°3 Esta edificación tampoco cumple con las exigencias técnicas por grupo de uso según el Reglamento Colombiano de Construcciones Sismo Resistentes NSR-10, Grupo III como una edificación indispensable de atención a la comunidad; esto debido a que su construcción antecede la fecha de la actualización de la norma. Así mismo presenta problemas de accesibilidad a vías públicas para el desplazamiento en las emergencias y se localiza en la cota de inundación del Río Consota en el sector denominado La Playa de San Fernando. Ni la Secretaría de Infraestructura, ni la Secretaría de Gobierno, en su derecho de contradicción dieron argumentos que desvirtuaran lo dicho por el organismo de control, por lo tanto este numeral del hallazgo queda en firme con connotación administrativa para que se tomen acciones correctivas en plan de mejoramiento.

D. ESTACION ORIENTE

Esta sede se localiza en la Calle 3 N°5-08 Barrio Ormaza, en un predio identificado con Ficha Catastral N°010200750019000 con un área de lote de 6.755 M2 y área construida de 2.233 M2, sin embargo el área construida incluye las sedes del CEDE de Ormaza antiguo CDV, Escuela Satélite Colegio Hernando Vélez Marulanda y la Subestación de Bomberos. En la verificación efectuada al inmueble se detectaron entre otros problemas la iluminación de áreas internas, cableado expuesto de la Central de

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Comunicaciones de Bomberos de Pereira que funciona en el sitio, filtraciones en lavamanos, deterioro de cieloraso en zona de alojamiento, filtraciones en cubierta, cielo falso de dormitorios en mal estado; muros en ladrillo macizo mal confinados y que por ende representan riesgo para la estabilidad de la estructura; situación que conlleva a que la edificación no cumpla con las exigencias técnicas por grupo de uso según el Reglamento Colombiano de Construcciones Sismo Resistentes NSR-10, Grupo III como una edificación indispensable de atención a la comunidad; lo anterior se ratifica en el registro fotográfico probatorio que hace parte integral del Anexo N°4. Como en los casos anteriores, ni la Secretaría de Infraestructura, ni la Secretaría de Gobierno, en su derecho de contradicción dieron argumentos que desvirtuaran lo dicho por el organismo de control, por lo tanto este numeral del hallazgo queda en firme con connotación administrativa para que se tomen acciones correctivas en plan de mejoramiento.

E. ESTACION VILLA SANTANA

Llama la atención de la Contraloría que la Administración Municipal ejecutó el Contrato de Consultoría N°3315 en noviembre 20 de 2014 con el objeto de realizar el estudio y diseño al edificio sede del cuerpo de bomberos de Pereira ubicado en la Comuna Villa Santana, el cual tuvo un valor final de $22.946.880, los cuales arrojaron un Presupuesto oficial a febrero 9 de 2015 requerido para la obra de $1.225.651.505 y proyectaba una programación en su ejecución para cuatro (4) meses. Los diseños fueron ejecutados en su momento en vista que el Municipio tuvo varias solicitudes para su construcción basada en requerimientos sobre el tema de seguridad y atención de emergencias que se puedan presentar en el sector Oriental de la ciudad y especialmente en la Comuna Villa Santana, Barrios Las Brisas, El Remanso y Tokio, entre otros, dado su constante crecimiento, obras que se pretendían realizar en el año 2015. Se desconoce la razón por la cual el proyecto no ha sido ejecutado, en vista que el Director Operativo de Bomberos no la reportó en la relación detallada de sedes de Bomberos existentes en el Municipio allegada a este ente de control a través de oficio N°43315 de octubre 11 del presente año, a pesar que los estudios previos del diseño se concentraron en la necesidad de mitigar el riesgo del sector de influencia, lograr el cumplimiento de las metas, además de la eficacia y eficiencia

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en las actividades que realizan las Secretarías de Infraestructura y Gobierno necesarias para la ejecución de sus programas y proyectos y finalmente brindar a sus habitantes una infraestructura adecuada con el fin de mejorar la calidad de vida de sus habitantes. La Secretaría de Gobierno como parte del derecho de contradicción le indicó a la Contraloría: “….La construcción de la Estación de Villa Santana se tiene proyectada para el 2018 de acuerdo a las estimaciones determinadas en el según Acuerdo Municipal N°027 de 2017 Por medio del cual se modifica el Acuerdo N°045 de 2010 (Página 14), para lo cual se utilizarán los respectivos estudios y diseños contratados en el 2014. En este orden de ideas, debe sustentarse que a pesar de que como se dice en la observación respecto a su ejecución en los cuatro (4) meses subsiguientes, debe tenerse en cuenta que tal y como se expuso, las mismas obras si van a ser objeto de ejecución en los términos indicados, y de acuerdo a los diseños elaborados con los recursos objeto de auditoría, lo que permite desestimar lo planteado respecto a la existencia de un presunto detrimento patrimonial…” Con lo anteriormente expuesto la Alcaldía acepta lo dicho por la Contraloría y detalla las acciones que pretende adelantar para construir la sede del Cuerpo de Bomberos de Villa Santana, utilizando los diseños contratados el año 2014; por tanto se desvirtúa la observación con incidencia fiscal en cuantía de $22.946.880, en tanto que queda en firme el hallazgo con connotación administrativa para que todas las acciones antes citadas se incluyan en un plan de mejoramiento que a un futuro inmediato logre culminar la construcción de la citada Sede.

F. ESTACION CENTRAL La sede principal del Cuerpo de Bomberos de Pereira se ubica en la Cr 6 Calle 34 Barrio San Camilo, con ficha catastral N°010705880001000, edificio que fue construido aproximadamente hace 20 años con la norma sismo resistente de la época, que sufrió los efectos de los sismos de 1994 y 1999 y deterioro por el paso del tiempo; la edificación nunca fue intervenida y no cumplía con la NSR-10, las instalaciones y redes eléctricas requerían ser actualizadas de acuerdo a lo exigido por las normas RETIE y RETILAB, las instalaciones hidráulicas y sanitarias no cumplían con la NTC de Fontanería NTC1500 y por tratarse de una edificación de

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uso especial debía cumplir con los requisitos mínimos de protección contra incendios establecidos en el Capítulo J de la NSR-10. Este es un proyecto con un área de lote de 1.548 M2 y de 3.463,38 M2 construidos en 4 pisos y 1 sótano, estructura en concreto reforzado de vigas, caisson, columnas, losas y pantallas; cubierta en teja tipo standing sean, pisos en baldosa tipo terrazo, granito y pavimento; 2 accesos vehiculares, escaleras de emergencia; ascensor; 2 parqueaderos; cancha sintética; planta eléctrica de emergencia; sistema de detección temprana de incendio; sistema de torre y antena para radio comunicaciones. Obras que se han ejecutado mediante contratos N°2745-2013 para la primera etapa y N°5449-2014 para la segunda etapa, éste último contrato que fue cedido para su culminación; se destaca que en el proceso de cesión la interventoría reasignada informa a la entidad contratante que los documentos entregados no fueron suficientes, ni sus contenidos aportaron información técnica relevante para considerar un empalme idóneo. Al momento de efectuar la visita técnica a la obra el día 19 de octubre en compañía de la interventoría y representantes del Cuerpo de Bomberos, se pudieron detectar algunos aspectos en su infraestructura física que no garantizan la estabilidad y correcto funcionamiento del edificio, algunas pueden considerarse responsabilidad de los Contratistas que intervinieron en su ejecución y otras a la Secretaría de Infraestructura por no incluirlas en desarrollo del proyecto, como se puede apreciar en el registro fotográfico probatorio que hace parte integral del Anexo N°5: Inconsistencias asociadas a los Contratistas:

Filtraciones en varios puntos de la cubierta sin traslapo en Aluzinc Cal 26.

La tubería de aguas lluvias presenta filtración en la losa que cubre el parqueadero.

Las paredes de las oficinas del primer piso y muro perimetral del área de la cancha presentan afectación por humedad del predio colindante.

Agrietamiento de cieloraso de la zona de comedor y cocina.

El área de lavandería presenta humedad en la pared contigua a las escalas exteriores en concreto.

Se encuentra pendiente la instalación de alarma de incendio en el alojamiento de mujeres.

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El sifón del cuarto de bombas no es el indicado para un espacio que se ubica en un nivel inferior a la cancha que genera desprendimiento de caucho del pasto sintético, por lo que se tapona constantemente y se inunda dicha área.

Falta sellar con Sikaflex la pata de muros internos de baños en drywall y la carpintería en acero inoxidable contra los muros en la zona de alojamiento.

La jardinera perimetral de la sala de máquinas sobre la fachada de la Calle 34 evidencia desprendimiento de estuco y pintura, presuntamente por falta de impermeabilización.

Los tubos metálicos de cerramiento de la cancha carecen de tapones en su parte superior para evitar corrosión.

Algunas lámparas no funcionan: (2) en Sala de crisis, (1) alojamiento de mujeres, (2) alojamiento de hombres, (2) oficina piso 2 Grupo USAR, (1) reflector cancha.

Resulta importante destacar que las pólizas del contrato a la fecha se encuentran vigentes, es así tal como la Póliza de Cumplimiento Seguros del Estado N°14-44-101069264 para PROCIVCO como primer Contratista ampara la Estabilidad y calidad de obra por $510.833.810 por 5 años hasta 01/09/2020. Además la Póliza de Cumplimiento Aseguradora Solidaria N°580-47-994000036164 para AVM Arquitecto Asesorías y Construcciones SAS a quien se cedió finalmente el contrato, ampara también la Estabilidad y calidad de obra por $197.320.489 por 5 años hasta 30/06/2021. Inconsistencias asociadas a la Secretaría de Infraestructura:

La red de gas no se encuentra en funcionamiento.

No se incluyó el motor para apertura de la puerta principal al patio de maniobras.

La carpintería metálica de la fachada norte evidencia filtraciones por el diseño de persianas de ventilación, que se complementaba con el acabado de Cortasol Celoscreen liso en aluminio que no fue instalado y se redujeron las cantidades de obra pactadas.

La salida de la terraza de la torre de comunicaciones carece de puerta.

A la fecha no se ha puesto en funcionamiento del sistema de monitoreo.

No se llevó a cabo el sistema de aire acondicionado para el edificio.

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A pesar que el Manual de Mantenimiento fue entregado por el Contratista Arquitecto Asesorías y Construcciones S.A.S. en mayo 15/2017 a la Secretaría de Infraestructura, éste no ha sido socializado, ni entregado a los responsables de la Estación Central del Cuerpo de Bomberos; quienes como usuarios del inmueble deben tener pleno conocimiento de la estabilidad de la obra y sobretodo de los Tipos de mantenimiento (rutinario, preventivo, correctivo, predictivo), el mal uso y conservación de estructuras, cubiertas, pasamanos y rejas, mampostería, acabados, redes eléctricas, redes hidrosanitarias, red contra incendios, ascensores, redes telecomunicaciones, zonas verde y urbanismo.

En el acta de liquidación el Contratista manifiesta que la Entidad Contratante no gestionó la devolución del transformador SIEMENS de 112.5 KVA para su correcta instalación como está soportado en Oficio N°AVM-C5449/BOM-PER-023 del 24 de agosto de 2016 y que fue entregado por la interventoría anterior Consorcio HP Bomberos a la Empresa de Energía de Pereira.

La Secretaría de Infraestructura como parte de la contradicción argumenta lo siguiente: “…Por otra parte, esta dependencia informa que la estación central del Cuerpo Oficial de Bomberos de Pereira, fue ya entregada por parte de esta dependencia, sin embargo se han recibido observaciones por parte de sus ocupantes los cuales han sido trasladados a los contratistas e interventores responsables de realizar los ajustes, no obstante algunas de las observaciones presentadas en el informe preliminar se presentan por la falta de buen uso o por que no fueron contratados por la Secretaría de Infraestructura…” Adicionalmente aporta una tabla donde detallan las acciones correctivas a emprender como parte de las inconsistencias asociadas a los Contratistas y a Infraestructura, lo que indica que aceptan todo lo expuesto por el organismo de control, con ello se ratifica un hallazgo con incidencia administrativa para que cada una de los puntos del presente numeral se incluyan en el formato de plan de mejoramiento a suscribir con el organismo de control. CRITERIO Las anteriores situaciones se encuentran en contravía de lo dispuesto en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública con respecto a garantizar la consecución de los fines de la Contratación Estatal, para lo cual deberá “…adelantar revisiones periódicas de las obras ejecutadas, servicios

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prestados o bienes suministrados, para verificar que ellos cumplan con las condiciones de calidad ofrecidas por los contratistas y promoverán las acciones de responsabilidad contra éstos y sus garantes cuando dichas condiciones no se cumplan… exigirán que la calidad de bienes y servicios adquiridos se ajusten a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias….y adoptarán medidas necesarias para mantener durante el desarrollo y ejecución del contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras…” según los numerales 4, 5, 7 y 8 del artículo 4° de la Ley 80 de 1993, de los Derechos y Deberes de las Entidades Estatales, así como en el artículo 26º numerales 2 y 8 principio de responsabilidad y artículos 50°, 51° y 52° de la responsabilidad de las entidades estatales, de los servidores públicos y contratistas; concordantes con la Ley 1474 de 2011 artículos 82° al 84°. De igual manera se contraviene lo previsto en la Ley 80 de 1993 en su artículo 25º principio de economía numeral 12 modificado por el artículo 87 del Decreto 1474 de 2011 Maduración de proyectos, que establece: “…Previo a la apertura de un proceso de selección o a la firma del contrato…deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos…Cuando el objeto de la contratación incluya la realización de una obra…la entidad contratante deberá contar con los estudios y diseños que permitan establecer la viabilidad del proyecto y su impacto social, económico y ambiental…” Así mismo el Decreto Nº559 de julio 25 de 2014 “Por medio del cual se adopta el manual de contratación para el Municipio de Pereira” en su artículo 8° planeación contractual, artículo 18° Ejecución del contrato, artículo 19° Supervisión e interventoría para el control de ejecución de contratos; este último concordante con el Decreto N°1461 de 2010 Manual de Interventoría para el Municipio de Pereira en el Capítulo V artículo 28° que establece los parámetros para la interventoría de los contratos de obra, especialmente los numerales 28.1 Aspectos Legales: “…Estudiar o recomendar los cambios sustanciales que sean necesarios o convenientes en los planos o especificaciones técnicas…”, 28.2 Aspectos técnicos: “….Verificar la calidad de los materiales a utilizar en las obras…. Verificar que todas las actividades del objeto se ejecuten de acuerdo a las especificaciones y normas técnicas…”, 28.4 Aspectos Financieros: “…Controlar la ejecución de los recursos sin exceder el presupuesto del contrato…”.

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Según la Ley 1575 de 2012 “Por medio de la cual se establece la Ley General de Bomberos de Colombia”, artículo 1° Responsabilidad compartida, artículo 2° Gestión integral del riesgo contra incendio y artículo 3° Competencias del nivel nacional y territorial, que obliga: “...Los entes territoriales deben garantizar la inclusión de políticas, estrategias, programas, proyectos y la cofinanciación para la gestión integral del riesgo contra incendios, rescates y materiales peligrosos en los instrumentos de planificación territorial e inversión pública….” Se incumple el Acuerdo N°45 de 2010 que creó la Sobretasa Bomberil del Municipio de Pereira en su artículo 8° Destinación, el cual indica que el recaudo de la citada sobretasa será destinado a la modernización, fortalecimiento, sostenimiento y mantenimiento y en el Plan de inversión de funcionamiento entre los años 2011 a 2017 en el Capítulo Estación Central y Subestaciones; norma que en su exposición de motivos argumenta que la Dirección Operativa del Cuerpo de Bomberos Oficiales de Pereira en los últimos 20 años no ha sido objeto de inversiones que abarque soluciones integrales de infraestructura física, para ser una entidad efectiva y eficiente en la prestación del servicio público esencial. Se puede inferir que no se está dando cabal cumplimiento a lo expuesto en el Decreto 834 de 2016 “Organización y funcionamiento de la Administración Municipal”, que obliga en el numeral 2.5 Secretaría de Infraestructura, equipamiento municipal:”… Construir, ampliar y mantener la infraestructura de los edificios públicos, las plazas públicas y los demás bienes fiscales y de uso público, cuando sean de su propiedad….”; además el numeral 2.7 Secretaría de Gobierno: “…Prestar el servicio de bomberos y demás actividades conexas…”, concordante con el numeral 2.7.5 Dirección de Bomberos. CAUSA Las anteriores situaciones pueden obedecer a deficiencias de comunicación entre dependencias y funcionarios (Secretaría de Infraestructura, Dirección de Bomberos de la Secretaría de Gobierno, Contratistas e Interventores), procedimientos inadecuados, debilidades de control que no permitieron advertir oportunamente el problema pues a la fecha sólo se han centrado las adecuaciones de infraestructura física en la Sede Central, olvidando las Sedes alternas, además a la contratación de diseños para la construcción de Sedes que han sido sub-utilizados, lo que se traduce en ineficiencia, falta de mecanismos de

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seguimiento y monitoreo e inaplicabilidad de las normas y disposiciones a nivel nacional y local que obligan a su mantenimiento. EFECTO A raíz de lo descrito anteriormente se generan los siguientes efectos: Uso ineficiente de los recursos, incremento de costos por la prolongación de la ejecución de la obra de la Sede principal en el tiempo, control inadecuado de recursos y actividades, ineficacia causada por el logro de las metas que tienen en total abandono las Sedes alternas que atienden o apoyan a gran parte de la población del municipio; además la inoportunidad en la aplicación de las garantías de la estabilidad y calidad de las obras. Situaciones que conllevan a consolidar un hallazgo con connotación administrativa a fin que la Alcaldía de Pereira tome medidas oportunas para solucionar las deficiencias detectadas por el organismo de control tanto en la Sede principal como en cada una de las Sedes alternas.

2.4.2 HALLAZGO ADMINISTRATIVO N°2- PARQUE AUTOMOTOR CONDICION Con base en la información aportada por la Dirección Operativo de Bomberos, relacionada con el inventario actualizado del parque automotor adscrito a la Secretaría de Gobierno Municipal, mediante oficio N°43315 de octubre 11/2017, el organismo de control hizo una verificación física en cada sede sobre la existencia y el estado de los vehículos relacionados, encontrando lo siguiente:

TABLA N° 1 RELACION ACTUAL DEL PARQUE AUTOMOTOR

ESTACION CAIMALITO

TIPO MARCA PLACA MODELO SOAT VENCE

ESTADO

Extintora Chevrolet C30 N/P 1990 N/P Fuera de servicio

Motocicleta Suzuki TS 125 SNR 53 2007 Nov 5/2017 Bueno

Extintora (*) American La France N/P 1955 N/P Regular NOTA: N/P No posee. (*) Vehículo que no fue reportada dentro del inventario de la Secretaría de Gobierno Municipal

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TABLA N° 2 RELACION ACTUAL DEL PARQUE AUTOMOTOR

ESTACION CUBA

TIPO MARCA PLACA MODELO SOAT VENCE

ESTADO

Camioneta Mazda 1600 4x2 N/P 1989 Abril 13/2018

Fuera de servicio

Extintora Chevrolet NPR N/P 2004 N/P Fuera de servicio

Extintora Chevrolet NPR OVE272 2007 Diciembre 26/2017

Bueno

Motocicleta Suzuki TS125 SNR 54 2007 Nov 4/2017 Fuera de servicio

NOTA: N/P No posee. Adicionalmente se encontraron (03) motos Suzuki guardadas fuera de servicio, con placa de Bomberos, no reportadas en el inventario, 2 de ellas GN125 y 1 AX100.

TABLA N° 3

RELACION ACTUAL DEL PARQUE AUTOMOTOR ESTACION ORIENTE

TIPO MARCA PLACA MODELO SOAT

VENCE ESTADO

Extintora Toyota 4.5 N/P 2003 Enero 22/2018

Regular

NOTA: N/P No posee. Se encontraba en reparación al momento de la visita de la Contraloría

TABLA N° 4

RELACION ACTUAL DEL PARQUE AUTOMOTOR ESTACION CENTRAL

TIPO MARCA PLACA MODELO SOAT

VENCE ESTADO

Clásico-patrimonio

American La France N/P 1912 No aplica Bueno

Carro tanque International OVE403 2015 Enero 6/2018 Bueno

Extintora Mack N/P 1965 Abril 7/2018 Bueno

Motocicleta Honda CBF 150 SZG05 2015 Enero 19/2018

Bueno

Carrotanque Chevrolet C70 N/P 1994 Abril 7/2018 Fuera de

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TIPO MARCA PLACA MODELO SOAT VENCE

ESTADO

servicio

Camioneta Chevrolet Dimax OVE383 2014 Dici/23/2017 Bueno

Camioneta Mazda B2600 4 x4 N/P 2006 Enero 22/2018

Fuera de servicio

Camioneta Chevrolet Luv 2300 4x4

N/P 1998 Agos 26/2018 Fuera de servicio

Motocicleta Suzuki TS 125 NSR 52 2007 Nov 04/2017 Bueno

Motocicleta (*) Suzuki TS 125 NSR 55 2007 Nov 04/2017 Regular

Ambulancia (**) Chevrolet Dimax OVE357 2012 Febr 2/2018 Bueno NOTA: N/P No posee. (*) Se encontraba en reparación al momento de la visita de la Contraloría (**) No es una ambulancia sino una unidad de rescate.

Se puede establecer que la Secretaría de Gobierno reportó al organismo de control (18) vehículos del parque automotor y se encontraron in situ un total de (22); de los cuales (06) carecían de SOAT. Un total de (09) vehículos correspondientes al 40,9%, se encontraron en buen estado y en funcionamiento; en tanto que (03) correspondientes al 13,6% fueron reportados como en regular estado; mientras que (10) correspondientes al 45,5 % se encontraban fuera de servicio al momento de la verificación. Ver anexos N°1 a N°5. En Puerto Caldas no existe parque automotor asignado y en la mayoría de los casos no cuentan con el apoyo de los Bomberos de Pereira, quienes no se desplazan hasta este sector rural de la ciudad con el argumento que carecen de recursos para cancelar el peaje Cerritos-Cartago; a pesar que la Ley 1575/2012 en su artículo 31° es claro respecto a la exención de este cobro para los vehículos adscritos a los Cuerpos de Bomberos; no se ha podido efectuar el trámite ante el Ministerio de Transporte para que al parque automotor de la ciudad de Pereira no se les cobre por tal derecho de circulación. El Plan de inversión de funcionamiento entre los años 2011 a 2017 que hace parte integral del Acuerdo N°45-2010 que creó la Sobretasa Bomberil del Municipio de Pereira, se cumplió parcialmente en lo referente a la Modernización y sostenimiento de maquinaria y equipo, que entre otros contemplaba lo siguiente:

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TABLA N° 5 PLAN DE INVERSIÓN DE FUNCIONAMIENTO ENTRE LOS AÑOS 2011-2017

DEL ACUERDO N°45-2010

2011 Ambulancia

Máquina extintora de 700 galones

2012 Máquina cisterna de 3000 galones con autobomba

Vehículo de apoyo logístico

Equipo de rescate vertical para grupo de seis bomberos

Equipo de rescate en estructuras colapsadas

2013 Máquina de intervención rápida de 500 galones para dotar 2 estaciones

Vehículo de iluminación y soporte de energía

2014 Maquinaria escalera

2015 Máquina de materiales peligrosos con equipo adicional Tipo A, B y C

2016 Máquina extintora de intervención rápida de 500 galones

Ambulancia

2017 Vehículo de apoyo logístico

La Secretaría de Gobierno en su derecho de contradicción expuso al organismo de control: “…Se viene adelantando proceso licitatorio (se aprobó vigencias futuras por parte del Concejo Municipal) por valor de $4.534.000.000 con CDP N°4450 del 21-09-2017, cuyo objeto es ADQUISICION DE VEHICULOS DE BOMBEROS, ELEMENTOS DE PROTECCION Y DE RESCATE CON DESTINO A LA DIRECCION OPERATIVA DE BOMBEROS DE PEREIRA….” Por lo anterior la Administración Central en cabeza de la Dirección Operativa de Bomberos acepta las inconsistencias detectadas en cuanto al parque automotor, lo que conlleva a ratificar el hallazgo con incidencia administrativa para que se incluyan las acciones correctivas en el plan de mejoramiento que debe conllevar en un futuro inmediato a subsanar lo expuesto por la Contraloría. CRITERIO Según la Ley 1575 de 2012 “Por medio de la cual se establece la Ley General de Bomberos de Colombia”, artículo 1° Responsabilidad compartida, artículo 2° Gestión integral del riesgo contra incendio y artículo 3° Competencias del nivel nacional y territorial, que obliga: “...Los entes territoriales deben garantizar la inclusión de políticas, estrategias, programas, proyectos y la cofinanciación para la

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gestión integral del riesgo contra incendios, rescates y materiales peligrosos en los instrumentos de planificación territorial e inversión pública….” Así mismo el artículo 50° de la citada Ley contempla: “…se autoriza al Ministerio de Transporte y al Departamento de Impuestos y Aduanas Nacionales, para establecer el procedimiento administrativo necesario para la legalización, inscripción y correspondiente habilitación del parque automotor destinado a la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, en un término no mayor a noventa (90) días, siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley….El Ministerio de Transporte establecerá un periodo de transición no superior a un (1) año, que permita vincular legítimamente a la actividad bomberil maquinaria con más de diez (10) años de servicio y vida útil, siempre y cuando la aplicación de los criterios de razonabilidad y necesidad en la prestación del servicio de atención al riesgo, así lo indiquen, procedimiento que dependerá de las necesidades de cada localidad y las limitaciones presupuestales y técnicas que impiden que las zonas con menor índice per cápita de la Nación y mayor índice NBI, puedan contar con vehículos y maquinaria cuyos modelos más recientes son imposibles de adquirir….”. Se incumple el Acuerdo N°45 de 2010 que creó la Sobretasa Bomberil del Municipio de Pereira en su artículo 8° Destinación, el cual indica que el recaudo de la citada sobretasa será destinado a la modernización, fortalecimiento, sostenimiento, mantenimiento, compra de equipos de rescate y nuevas maquinarias; norma que en su exposición de motivos argumenta que la Dirección Operativa del Cuerpo de Bomberos Oficiales de Pereira en los últimos 20 años no ha sido objeto de inversiones que abarque soluciones integrales, para ser una entidad efectiva y eficiente en la prestación del servicio público esencial. Finalmente no se está dando cabal cumplimiento a lo expuesto en el Decreto 834 de 2016 “Organización y funcionamiento de la Administración Municipal”, que obliga en el numeral 2.7 Secretaría de Gobierno: “…Prestar el servicio de bomberos y demás actividades conexas…”, concordante con el numeral 2.7.5 Dirección de Bomberos.

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CAUSA Las anteriores situaciones pueden obedecer a deficiencias de comunicación entre dependencias y funcionarios (Dirección de Bomberos de la Secretaría de Gobierno y Alcaldía de Pereira), procedimientos inadecuados, debilidades de control que no permitieron advertir oportunamente el problema pues a la fecha se ha dado cumplimiento parcial a la Modernización y sostenimiento de maquinaria y equipo prevista en el plan de inversiones de la Sobretasa Bomberil del Municipio de Pereira; lo que se traduce en falta de mecanismos de seguimiento y monitoreo e inaplicabilidad de las normas y disposiciones a nivel nacional y local. EFECTO En vista de la deficiente gestión en el manejo del parque automotor para prestar el servicio esencial de bomberos, se produce uso ineficiente de los recursos establecidos en el Acuerdo N°45-2010, control inadecuado de actividades, ineficacia causada por el logro de las metas al encontrarse fuera de servicio al momento de la verificación el 45.5 % de los vehículos; situación que deriva en que un alto porcentaje de la población pereirana se encuentre desprotegida. Situaciones que conllevan a consolidar un hallazgo con connotación administrativa a fin que la Alcaldía de Pereira tome medidas oportunas para solucionar las deficiencias detectadas por el organismo de control tanto en la Sede principal como en cada una de las Sedes alternas.

2.4.3 HALLAZGO ADMINISTRATIVO N°3- DOTACION Y AMOBLAMIENTO CONDICION La Contraloría Municipal de Pereira aplicó encuesta a los encargados de la Sede principal y sedes alternas del Cuerpo de Bomberos, con el fin de constatar el estado de la dotación y amoblamiento, Ver anexos N°1 a N°5 del informe preliminar, detectando lo siguiente:

En cuanto a los equipos de frecuencias de radiocomunicaciones en funcionamiento, la mayoría determinó que si cuentan con ellos pero algunos se encuentran obsoletos y en un caso particular carece de éstos.

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Ninguna de las sedes alternas cuentan con equipos tecnológicos de software y hardware, en tanto que la Estación Central tiene algunos que resultan insuficientes y se encuentran obsoletos.

Sólo se cuenta con infraestructura tecnológica para la atención de emergencias en la Estación Central, aun así no se encuentra en óptimo funcionamiento ya que la Sala de Crisis carece de dotación. Además la infraestructura principal o Central de Comunicaciones se encuentra funcionando de manera provisional en la Estación Oriente, aunque en la remodelación de la nueva sede se dispone del espacio para ésta.

Entre las necesidades insatisfechas de todas las sedes se encuentran: Camarotes, colchones, lockers, closets, utensilios y aparatos de cocina, enceres y muebles de oficina, archivadores, dotación de gimnasio, sala de esparcimiento y elementos de aseo.

La Secretaría de Gobierno y la Dirección Operativa de Bomberos como parte del derecho de contradicción indica lo siguiente: “…. Actualmente se adelanta proceso licitatorio en conjunto con las demás Secretarías para adquirir bienes muebles con el fin de dotar la Estación de Bomberos, cuyo objeto es REALIZAR EL SUMINISTRO E INSTALACION DE MOBILIARIO, ELEMENTOS ELECTRONICOS, TECNOLÓGICOS Y ADECUACIONES PERTINENTES PARA LA ADMINISTRACION CENTRAL Y SUS DIFERENTES AREAS, por valor de $121.260.023 con CDP N°4851 del 12-10-2017…..En cuanto equipos de radiocomunicación, se espera adquirir en el 2018 equipos de radiocomunicación por valor de $318.000.000, donde se ha adelantado con el Ministerio de las TIC’s la autorización de la frecuencia de radio comunicación, cuyo radicado es 824928 de 2017…”. Por lo antes analizado la Dirección Operativa de Bomberos acepta las inconsistencias detectadas en cuanto a dotación y amoblamiento de la Sede principal y alternas, lo que conlleva a ratificar el hallazgo con incidencia administrativa para que se incluyan las acciones correctivas en el plan de mejoramiento que debe conllevar en un futuro inmediato a subsanar lo expuesto por la Contraloría.

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CRITERIO Según la Ley 1575 de 2012 “Por medio de la cual se establece la Ley General de Bomberos de Colombia”, artículo 1° Responsabilidad compartida, artículo 2° Gestión integral del riesgo contra incendio y artículo 3° Competencias del nivel nacional y territorial, que obliga: “...Los entes territoriales deben garantizar la inclusión de políticas, estrategias, programas, proyectos y la cofinanciación para la gestión integral del riesgo contra incendios, rescates y materiales peligrosos en los instrumentos de planificación territorial e inversión pública….” Se incumple el Acuerdo N°45 de 2010 que creó la Sobretasa Bomberil del Municipio de Pereira en su artículo 8° Destinación, el cual indica que el recaudo de la citada sobretasa será destinado a la modernización, fortalecimiento, sostenimiento, mantenimiento, dotación, desarrollo tecnológico; norma que en su exposición de motivos argumenta que la Dirección Operativa del Cuerpo de Bomberos Oficiales de Pereira en los últimos 20 años no ha sido objeto de inversiones que abarque soluciones integrales en cuanto a la dotación de equipos, para ser una entidad efectiva y eficiente en la prestación del servicio público esencial. Finalmente no se está dando cabal cumplimiento a lo expuesto en el Decreto 834 de 2016 “Organización y funcionamiento de la Administración Municipal”, que obliga en el numeral 2.7 Secretaría de Gobierno: “…Prestar el servicio de bomberos y demás actividades conexas…”, concordante con el numeral 2.7.5 Dirección de Bomberos. CAUSA Las anteriores situaciones pueden obedecer a deficiencias de comunicación entre dependencias y funcionarios (Dirección de Bomberos de la Secretaría de Gobierno y Alcaldía de Pereira), procedimientos inadecuados, debilidades de control que no permitieron advertir oportunamente los problemas de dotación y amoblamiento de las sedes que garantice un óptimo funcionamiento del Cuerpo de Bomberos de Pereira; lo que se traduce en falta de mecanismos de seguimiento y monitoreo e inaplicabilidad de las normas y disposiciones a nivel nacional y local.

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EFECTO En vista de la carencia de dotación y amoblamiento, se produce uso ineficiente de los recursos establecidos en el Acuerdo N°45-2010, control inadecuado de actividades, clima organizacional inadecuado por las necesidades insatisfechas de quienes ejercen la prestación del servicio esencial de bomberos. Situaciones que conllevan a consolidar un hallazgo con connotación administrativa a fin que la Administración Municipal tome medidas oportunas para solucionar las deficiencias detectadas por el organismo de control tanto en la Sede principal como en cada una de las Sedes alternas. 3. ANEXOS

Anexo N°1 Formato de seguimiento plan de mejoramiento en (02) páginas en formato .PDF.

Anexo N°2 Caimalito, contiene registro fotográfico probatorio en (19) imágenes en formato .JPEG.

Anexo N°3 Puerto Caldas, contiene registro fotográfico probatorio en (7) imágenes en formato .JPEG.

Anexo N°4 Cuba, contiene registro fotográfico probatorio en (45) imágenes en formato .JPEG.

Anexo N°5 Oriente, contiene registro fotográfico probatorio en (25) imágenes en formato .JPEG.

Anexo N°6 Central, contiene registro fotográfico probatorio en (78) imágenes en formato .JPEG.

NOTA: Los anteriores anexos fueron allegados en el informe preliminar, por lo tanto no se remiten nuevamente aunque hacen parte integral del informe definitivo.