guÍa prÁctica para presentar concurso de acreedores de persona fÍsica

114
GUÍA PRÁCTICA CONCURSAL Concurso de acreedores de persona física Carlos Guerrero Martin

Upload: isacio-san-gon

Post on 11-Aug-2015

1.501 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

Page 1: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

GUÍA PRÁCTICA CONCURSAL

Concurso de acreedores de persona física

Carlos Guerrero Martin

Page 2: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA
Page 3: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE

PERSONA FÍSICA

1.- ¿Refinanciación o concurso de acreedores? ….............................................. Pág. 5

2.- Estudio de viabilidad del concurso de acreedores: ……................................. Pág. 5

a) Objetivos del concurso. ………........................................................... Pág. 5

b) Plantilla para estudio de viabilidad. Excel nº 1 ………............................. Pág. 5

Pre-concurso: art. 5.3 bis. Formulario. ……….......................................... Pág. 7

3.- Demanda de concurso de acreedores de persona física y matrimonio. ............. Pág. 9

Plantilla en doc. Word

4.- Memoria para una persona física con sin actividad económica o con ................ Pág. 18

actividad (autónomo). Plantilla en doc. Word.

5.- Listado de acreedores e Inventario de bienes y derechos. Excel nº 2. ……... Pág. 26

6.- Plan de pagos para adjuntar a propuesta anticipada o convenio ordianrio. …. Pág. 26

Excel nº 3.

7.- Formulario Propuesta Anticipada de Convenio. Plantilla Word. …….......... Pág. 26

8.-  Primera Reunión con el Administrador concursal: Cómo pactar el derecho .... Pág. 34

de Alimentos. Entrega de documento para atender al pago de la hipoteca.

Informe Concursal– Confeccionado por al administrador concursal.

Plantilla en Word.

9. Propuesta de convenio ordinario: Formulario Word. …….................................... Pág. 56

3

Page 4: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

10.- Entidades Financieras que suelen adherirse a convenios con quita y ……...... Pág. 61

espera: Contactos con responsables de las entidades. Cuadro.

11- Fase de liquidación. ……………………………………………………...…..... Pág. 61

Plan de liquidación. Formulario. ...................................................................... Pág.

12-  Conclusión del Concursado. ……………………………….…………...…..... Pág. 66

Copia Auto de Sentencia aprobando un concurso …………………………… . Pág. 66

13- Otras actuaciones: Rescate plan de pensiones, impugnación derecho ……........... Pág. 70

de alimentos.

14.- Formulario incidente concursal. ………………………………...…….......... Pág. 70

 

4

Page 5: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

1.- Refinanciación o concurso de acreedores .

Si disponemos mayoría de acreedores ordinarios con financieras, es recomendable presentar

concurso, en caso contrario, depende de los objetivos y riesgos que quiera asumir la familia (el

riesgo básicamente es la vivienda habitual en propiedad y el perjuicio de la subasta de la

vivienda en fase de liquidación).

2.- Estudio de viabilidad del concurso de acreedores:

La viabilidad de un concurso, depende de la distribución de la deuda de la familia, y la

capacidad de repago de la misma en el periodo de 5 años. Normalmente, existen 2 escenarios

probables en la distribución de la deuda: 1.- Mayoría de deuda no hipotecaria (créditos

ordinarios), con financieras (Cetelem, Cofidis, etc), 2.- Mayoría de la deuda ordinaria con

bancos comerciales.

En el primero de los casos, es viable un concurso con quitas del 50 % y esperas de 5 años. En el

segundo caso, es más difícil conseguir el convenio el máximo de quita que se está consiguiendo

es de un 20 %, con 3 años de espera. (leer artículos “casos reales”).

a)    Objetivos del concurso. Antes de presentar un concurso de acreedores, tenemos que

tener claro el objetivo, que no es otro que conseguir un convenio, ya que de lo contrario

no es recomendable escoger esta vía para solucionar la insolvencia. Y para que sea

viable el convenio, se tienen que tener identificados los acreedores que votarán a favor

de tu convenio.

b)    Plantilla inicial para estudio de viabilidad.

- Se acompaña Excel nº 1.

5

Page 6: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

- Art. 5 bis. Formulario.

El artículo 5 bis de la Ley Concursal permite comunicar al juzgado que se han

iniciado negociaciones para obtener las adhesiones suficientes para la propuesta

anticipada de convenio (PAC) o que has iniciado negociaciones para refinanciar

la deuda. Por tanto, puede ser útil para ir negociando sin que comience el plazo

para la presentación de la PAC y asimismo ir conociendo las impresiones de los

acreedores respecto al Plan de Pagos que se presentará.

El artículo 5. Bis dice:

Artículo 5 bis. Comunicación de negociaciones y efectos sobre el deber de

solicitud de concurso.

1. El deudor podrá poner en conocimiento del juzgado competente para la

declaración de su concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un

acuerdo de refinanciación o para obtener adhesiones a una propuesta

anticipada de convenio en los términos previstos en esta Ley.

2. Esta comunicación podrá formularse en cualquier momento antes del

vencimiento del plazo establecido en el artículo 5. Formulada la comunicación

antes de ese momento, no será exigible el deber de solicitar la declaración de

concurso voluntario.

3. El secretario judicial, sin más trámite, procederá a dejar constancia de la

comunicación presentada por el deudor.

4. Transcurridos tres meses de la comunicación al juzgado, el deudor, haya o

no alcanzado un acuerdo de refinanciación o las adhesiones necesarias para la

admisión a trámite de una propuesta anticipada de convenio, deberá solicitar

la declaración de concurso dentro del mes hábil siguiente, a menos que no se

encontrara en estado de insolvencia.

6

Page 7: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

- Formulario:

AL JUZGADO MERCANTIL DE BARCELONA QUE POR TURNO CORRESPONDA

D. ____________, Procurador de los Tribunales, y de ___________________, con

domicilio en calle ___________________Barcelona, según Apud Acta que se realizará en el

Juzgado, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO

PRIMERO.- Que en la citada representación y por medio del presente escrito comunica al

Juzgado, que esta parte ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación o

para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio en los términos previstos en

esta Ley, al amparo de lo prevenido en el artículo 5 bis de la Ley Concursal.

SEGUNDO.- Que se han iniciado contactos con acreedores para obtener las adhesiones

mínimas necesarias que posibilitarían la tramitación anticipada del convenio o un acuerdo de

refinanciación.

TERCERO.- La comunicación se presenta ante el Juzgado que sería competente para la

declaración de concurso de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la LCon.

En su virtud,

7

Page 8: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

AL JUZGADO SUPLICO, tenga por presentado este escrito y documentos que se

acompañan, se sirva admitirlo y, en su virtud, tenga por formulada comunicación de inicio de

negociaciones con los acreedores para obtener las adhesiones necesarias para la presentación de

propuesta anticipada de convenio o un acuerdo de refinanciación y, en consecuencia, que tenga

dicha circunstancia en cuenta a los efectos del cómputo del plazo para la solicitud de concurso

en los términos de lo dispuesto en el artículo 5 bis LCon.

En Barcelona, 5 de febrero de 2012.

Fdo. ______________.

Procurador de los Tribunales

Fdo. _________.

Abogado

8

Page 9: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

3.- Demanda de concurso de acreedores de persona física y matrimonio.

Plantilla en doc. Word.:

Solicitud de Concurso Voluntario de Acreedores de D.XXXX XXXXXX XXXXY Dª.

XXXXX XXX XXXX

AL JUZGADO MERCANTIL DE XXXX

QUE POR TURNO CORRESPONDA

D. XXXX XXXXX XXXX, Procurador de los Tribunales y de los esposos D. XXXX

XXXXXXX XXX y Dª. XXXX XXXXXXX XXX, con DNI XXXXXXXX-X y DNI

XXXXXXXX-X respectivamente, conforme Apud Acta que se realizará ante el Juzgado

comparezco y como mejor proceda en Derecho respetuosamente, DIGO:

Que por del presente y al amparo de la Ley Concursal, Ley 22/2003, de 9 de Julio, por concurrir

el estado de insolvencia actual como presupuesto objetivo para su declaración judicial y bajo la

dirección letrada de Don XXXXX XXXX XXX, con despacho profesional, MAB LEGAL &

CORPORATE, S.L, en Calle XXXX, Núm. XX, X de XXXXX, Telf.XXX XX XX XX, e-mail:

XXXXXXX, formulo SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE CONCURSO

VOLUNTARIO DE ACREEDORES de mis representados, con arreglo a los siguientes:

9

Page 10: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

HECHOS

PRIMERO.- CIRCUNSTANCIAS PERSONALES DE LOS SOLICITANTES:

D. XXXXXX XXXXXXX XXXXX y Dª. XXXXXX XXXXXXX XXXXX, mayores

de edad y casados en régimen económico matrimonial de gananciales.

Su domicilio se encuentra en la C/ XXXXXX, XX, de XXXXXX.

SEGUNDO.- INSOLVENCIA DE LOS SOLICITANTES.

Los solicitantes han venido haciendo frente puntual y regularmente a sus obligaciones,

no obstante la acumulación de créditos para ir teniendo liquidez y evitar impagos ha

desembocado en la situación de insolvencia actual.

El importe de la deuda personal total por obligaciones propias de D.

XXXXXX XXXXXXX XXXXX asciende a la cantidad de XXXX,XX euros.

Y el importe de la deuda personal total por obligaciones propias de Dª.

XXXXXX XXXXXXX XXXXX asciende a la cantidad de XXXX,XX euros.

Por tanto, mis mandantes pueden interesar la Declaración de Concurso Voluntario al cumplir los

siguientes requisitos:

a) Reúnen el presupuesto subjetivo del art. 1 de la Ley Concursal al tratarse de personas

naturales.

10

Page 11: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

b) Mis mandantes reúnen los presupuestos objetivos para la declaración del Concurso

del Art. 2 de la L.C, al tratarse de deudores que no cumplen ni pueden cumplir sus

obligaciones de pago exigibles, quedando debidamente acreditada la insolvencia

actual.

c) Mis mandantes están legitimados a tenor de lo establecido en el art. 3 de la L.C en su

condición de deudores, para interesar el concurso habiendo apoderado especialmente

al suscrito causídico para solicitar los concursos cuya declaración ahora interesa.

TERCERO.-Documentos que se acompañan a la presente Solicitud en cumplimiento de lo

exigido por el artículo 6 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Concursal, se acompaña al

presente escrito de solicitud los siguientes documentos:

- Como Documento número Uno: Memoria expresiva de la historia económica y

jurídica de mis representados, con expresión de las causas o motivos de la insolvencia y

estado en el que se encuentra así como de las valoraciones y propuestas sobre su

viabilidad, incluyendo así mismo:

- Como Documento número Dos: Inventario de bienes y derechos con expresión de su

naturaleza, del lugar en que se encuentran, su valor de adquisición, las correspondientes

correcciones valorativas y una estimación del valor real actual.

- Como Documento número Tres : Relación de los acreedores de mis poderdantes, por

orden alfabético, con expresión de la identidad de cada uno de ellos, así como de la

cuantía y el vencimiento de los respectivos créditos y las garantías personales o reales

constituidas.

- CONTABILIDAD. Mis mandantes no están obligados a llevar contabilidad por no

tener la condición de empresario o comerciante individual.

11

Page 12: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

- PROCEDIMIENTOS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS SEGUIDOS

CONTRA MIS MANDANTES. No constan a fecha de hoy ningún procedimiento

iniciado contra mis mandantes.

CUARTO.- Concurrencia del presupuesto objetivo del Concurso.

Concurre en mis representados el presupuesto objetivo del concurso en atención al estado de

insolvencia de los deudores, de manera que no pueden cumplir regularmente con sus

obligaciones exigibles. Dicho estado de insolvencia resulta de los documentos que por

imperativo legal se acompañan a la presente solicitud.

QUINTO.- Establecimiento de alimentos con cargo a la masa activa.

De conformidad a lo establecido en el art. 47 en relación con el art. 82.2.4º y 145.2 LC, el

deudor persona física tiene derecho a que durante la tramitación del procedimiento, y en tanto

no se abra la fase de liquidación, se le fije una cantidad de alimentos.

SEXTO.- DE LA PROPUESTA ANTICIPADA DE CONVENIO O LIQUIDACIÓN: No

se acompaña a la presente solicitud de concursos voluntarios ni la propuesta de plan de

liquidación anticipada contemplada en el art. 142.1.1º LC, ni la propuesta anticipada de

convenio del art. 104.1 LC, reservándose mis representados el derecho a ejercitar la propuesta

anticipada en uno u otro sentido dentro de los plazos legalmente previstos en dichos preceptos.

12

Page 13: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

A los anteriores hechos, le son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Jurisdicción y Competencia.

El artículo 86 ter. de la LOPJ y el artículo 8 y 10 de la LC atribuyen el conocimiento del

concurso a los juzgados de lo mercantil. Corresponde la competencia internacional y territorial

para declarar y tramitar el concurso a los juzgados de lo mercantil de XXXXXX, con arreglo al

artículo 10.1 de la LC, por tratarse de la provincia en que radica el centro de los intereses

principales de mis representantes.

II.- Legitimación.

Mis mandantes están legitimados activamente al amparo de lo establecido en el art. 3.1 LC,

formulando su solicitud por concurrir en los mismos los presupuestos objetivos establecidos en

el art. 2 LC y dentro de los plazos fijados en el art. 5, todo ello bajo la representación del

Procurador y asistencia del Letrado abajo firmantes, de conformidad con lo establecido en el art.

184.2 de dicho cuerpo legal.

III.- Concurrencia del presupuesto objetivo

Procede la declaración de concurso en caso de insolvencia de los deudores comunes,

encontrándose en estado de insolvencia los deudores que prevén que no podrá cumplir

regularmente sus obligaciones, conforme al art. 2 de la LC.

13

Page 14: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Es de aplicación el art. 14 de la LC, de manera que cuando la solicitud sea presentada por los

deudores, el juez dictará auto que declare el concurso si de la documentación aportada,

apreciada en su conjunto, resulta la existencia de alguno de los hechos previstos en el apartado 4

del artículo 2 de la LC, u otros que acrediten la insolvencia alegada por el deudor o deudores.

IV.- Efectos del concurso y pronunciamientos consiguientes a su declaración.

Son de aplicación las normas contenidas en el Título III de la LC en cuanto a los efectos de la

declaración de concurso, y en cuanto a los pronunciamientos consiguientes a la declaración

judicial deberá estarse a lo previsto en el artículo 21 de la LC.

Artículo 47 LC, en relación con los artículos 82.2.4º y 145.2 LC, sobre el establecimiento de

alimentos cuando los deudores sean personas físicas.

Artículo 11 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles:

Facultad moderadora de Jueces y Tribunales Los Jueces y Tribunales, con carácter excepcional

y por justas causas apreciadas discrecionalmente, tales como desgracias familiares, paro,

accidentes de trabajo, larga enfermedad u otros infortunios, podrán señalar nuevos plazos o

alterar los convenidos, determinando, en su caso, el recargo en el precio por los nuevos

aplazamientos de pago.

V.- Procedimiento.

Dado que el pasivo de los deudores no supera el millón de euros, el procedimiento concursal

será el ABREVIADO de conformidad con lo dispuesto en el artículo 190 de la Ley Concursal.

14

Page 15: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

VI.- Acumulación de concursos.- De conformidad con lo establecido en el art. 25.3 de la LC,

en relación con el art. 72 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, aplicable de forma supletoria según

lo establecido en la DF 5ª de la LC. Se solicita el concurso de dos personas, casadas entre sí,

con unos activos comunes y unas deudas que han contraído de forma solidaria, todo ello unido

al principio de economía procesal. Se trata, pues, de dos concursos independientes que se

tramitan coordinadamente, elaborándose informes separados en los que consten las masas

activa y pasiva de cada uno de ellos y la que pueda corresponder a bienes y/o acreedores

comunes.

En virtud de lo expuesto y de la solicitud formulada,

SUPLICO AL JUZGADO, que teniendo por presentado este escrito junto con las copias y

documentos que lo acompañan, lo admita, tenga por personado al Procurador que suscribe por

parte legítima en las presentes actuaciones para que se entiendan conmigo ésta y sucesivas

actuaciones, tenga por presentada solicitud de declaración de Concurso Voluntario del

matrimonio formado por D. XXXX XXXXXXX XXXXX y Dª. XXXX XXXXXXX

XXXXX, y previa la oportuna tramitación, resultando acreditado el estado de insolvencia de

mis representados, dicte el correspondiente Auto declarando el Concurso Voluntario de mis

patrocinados, acordando además:

El régimen de intervención de las facultades patrimoniales de mis mandantes, con

nombramiento y expresión de las facultades del administrador concursal.

El llamamiento de los acreedores para que pongan en conocimiento de la

administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo previsto en el art.

21.1.5º de la LC.

La publicidad que haya de darse a la declaración de concurso con arreglo al art. 23 de

la LC.

15

Page 16: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

La formación de las secciones segunda, tercera y cuarta del concurso.

Que interesa al derecho de esta parte la fijación de alimentos con cargo a la masa

activa y a favor del concursado.

PRIMER OTROSÍ DIGO, que a los efectos previstos en el artículo 231 de la Ley de

Enjuiciamiento Civil y 13.2 de la Ley Concursal, esta parte manifiesta su voluntad de cumplir

con los requisitos exigidos por la Ley, haciendo ofrecimiento para subsanar aquellos en los que

se pudiese haber incurrido,

SUPLICO AL JUZGADO, que tenga por formulada la anterior manifestación a los efectos

oportunos.

SEGUNDO OTROSÍ DIGO, que para el caso en que entienda que existe algún defecto en la

presente solicitud,

SUPLICO al JUZGADO señale plazo legal para su subsanación de conformidad con lo

establecido en el artículo 13.2 de la Ley Concursal.

TERCER OTROSÍ DIGO, que esta parte solicita al Juzgado que la publicación de todos los

Edictos en el Boletín Oficial del Estado sea de forma gratuita debido a la falta de liquidez del

deudor.

SUPLICO AL JUZGADO, que tenga por formulada la anterior manifestación a los efectos

oportunos.

16

Page 17: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Es de Justicia que pido en XXXXXXX, a XX de XXXXXX de 20XX.

Fdo. XXXX XXXXXXX XXXXX

Abogado XXXX XXXXXXX XXXXX

Fdo. XXXX XXXXXXX XXXXX

Procurador de los Tribunales.

17

Page 18: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

4.- Memoria para una persona física con sin actividad económica o con actividad

(autónomo).

Plantilla en doc. Word.

MEMORIA QUE SE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD DE CONCURSO VOLUNTARIO

DE, “D. XXXX XXXXXXX XXXXX”, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL

ART. 6.2.2° DE LA LEY 22/2003 DE 9 DE JULIO, CONCURSAL

1.- HISTORIA JURÍDICA

1.1.- Nombre, Apellidos, DNI y Fecha de nacimiento.

1.2.- Domicilio.

1.3- Régimen económico matrimonial e identificación del cónyuge

2.- HISTORIA ECONÓMICA

2.1.- La actividad realizada por el deudor.

2.2.1.- Análisis económico y patrimonial

2.2.- Síntesis de la generación del estado de insolvencia.

2.3.1.- Causas del entorno

2.3.1.- Causas internas

3.- PARÁMETROS ECONÓMICOS

3.1.- Estructura de costes fijos o gastos recurrentes mensuales.

3.2.- Ingresos correspondientes a los últimos seis meses, desglosados por meses y

conceptos, así como los previstos de forma razonable para los próximos meses.

18

Page 19: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

4.- CONTRATOS

4.1.- Relación de cantidades adeudadas y conceptos de cada uno de ellos.

4.1.1.- Deudas con acreedores

4.1.2.- Deudas con entidades financieras y de crédito

4.1.3.- Deudas con las Administraciones Públicas

4.2.- Relación de contratos bancarios de cualquier especie, sus garantías y las

cantidades que se adeudan por razón de los mismos o el saldo que presentan.

4.3.- Relación de arrendamientos existentes, con identificación de las rentas

adeudadas en cada caso, desglosada por meses.

4.4.- Relación de leasings existentes, con identificación de las rentas adeudadas

en cada caso, desglosada por meses, así como cuotas de amortización pendientes

de vencimiento y valor residual del bien.

4.5.- Relación de rentings existentes, con identificación de las rentas adeudadas

en cada caso, desglosada por meses.

4.6.- Relación de SWAPS, CLIPS o cualquier otro producto análogo pendientes

con referencias a la fecha de vencimiento y objeto del mismo.

5.- RELACIÓN DE INMUEBLES

6.- RELACIÓN DE LITIGIOS PENDIENTES, CON EXPRESIÓN SUCINTA DE SU

OBJETO Y EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRAN

7.- PROCEDMIENTOS DE APREMIO DE LAS ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS: REFERENCIA A SU NÚMERO, ESTADO Y BIENES AFECTADOS

8.- ESPECIFICACIÓN DEL LUGAR CONCRETO EN QUE FÍSICAMENTE SE

ENCUENTRA LA CONTABILIDAD Y DEMÁS DOCUMENTOS DE LA

SOCIEDAD

9.- VIABILIDAD PATRIMONIAL DEL DEUDOR: VALORACIONES Y

PROPUESTAS

19

Page 20: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

1.- HISTORIA JURÍDICA

1.1.- Nombre, Apellidos, DNI y Fecha de nacimiento del deudor.

D. XXXXXX XXXXX XXXX, nacido el veintiocho de enero de mil novecientos cuarenta y

seis, y con DNI XXXXXXXX-X.

1.2.- Domicilio

- Avenida XXXX XXXX, XX, piso XX, XXXX- XXXXX.

1.3.- Régimen económico matrimonial e identificación del cónyuge.

- Estado civil: casado con Dª. XXXXXX XXXXX XXXX con DNI XXXXXXXX-X en

régimen económico matrimonial de gananciales.

Se adjunta como DOCUMENTO A Libro de Familia.

2.- HISTORIA ECONÓMICA

2.1.- La actividad realizada por el deudor.

El deudor percibe una pensión de clases pasivas del Ministerio de Economía y Hacienda

correspondiente a la pensión por jubilación por una cantidad líquida mensual de X.XXXX

euros.

20

Page 21: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

2.2.- Análisis económico y patrimonial

El deudor sufre un sobre endeudamiento a raíz de una serie de créditos en diferentes entidades

de crédito que solicitó para hacer frente a diferentes tipos de deudas provenientes de la unidad

familiar.

Por el contrario, con sus ingresos el deudor puede afrontar el pago de todas sus necesidades de

alimentos, ropa, educación, alquiler, etc.

2.3.- Síntesis de la generación del estado de insolvencia

2.3.1.- Causas del entorno

Las causas por las que se ha visto abocado a la situación de insolvencia actual que le

impide hacer frente a las obligaciones de pago contraídas son numerosas, pero la más

importante es la profunda crisis económica en la que esta sumida España.

2.3.2.- Causas internas

El deudor sufre un sobre endeudamiento a corto plazo provocado por las deudas

contraídas e impagadas con su esposa Dª XXXXXX XXXX XXXXX y a las cuales

en la actualidad no pueden hacer frente.

21

Page 22: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

3.- PARÁMETROS ECONÓMICOS

3.1.- Estructura de costes fijos o gastos recurrentes mensuales.

Dada la imposibilidad de poder establecer los gastos fijos desglosados por meses se ha

procedido a realizar un cálculo mensual provisional y estimado, sin perjuicio de

modificaciones o subsanaciones posteriores. Veamos:

Gastos Mensuales €/Mes

Alquiler 900,00 € Fraccionamiento en 18 meses Plusvalía 222,00 € Teléfono Móvil 50,00 € Luz 48,60 € Agua 20,00 € Comunidad 137,12 € Seguros Hogar 28,00 € Teléfono/ Internet 73,15 € Gastos Alimenticios 600,00 € Mútua/ Médicos/ Medicinas 30,00 € Seguros Decesos 44,76 €

Total 2.153,63 €

Gastos Mensuales de D. XXXX XXXX XXXX

El deudor solicita una asignación económica mensual como derecho de alimentos, con

domiciliación de recibos incluidos.

3.2.- Ingresos correspondientes a los últimos seis meses, desglosados por meses y

conceptos, así como los previstos de forma razonable para los próximos tres meses.

Se acompaña como DOCUMENTO B, Comunicación del Ministerio de Economía y Hacienda

con indicación del importe de la Pensión de Clase Pasiva por Jubilación correspondiente al año

2011.

22

Page 23: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

4.- CONTRATOS

4.1- Relación de cantidades adeudadas y conceptos de cada uno de ellos

4.1.1.- Deudas con acreedores

A la fecha de presentación de la presente solicitud, el deudor tiene impagos a

acreedores que ascienden a XX.XXX,XX €. Como prueba documental de la deuda

con los acreedores en los términos expuestos nos remitimos a la Relación de

Acreedores que se acompaña a continuación de la presente Memoria Expresiva.

4.1.2.- Deudas con entidades financieras y de crédito

Nos remitimos a la Relación de Acreedores que se acompaña a continuación

de la presente Memoria Expresiva.

4.1.3.- Deudas con las Administraciones Públicas

Existe una deuda de X.XXX€ con el Ayuntamiento de XXXX en concepto

de plusvalía por la venta de un inmueble.

4.2.- Relación de contratos bancarios de cualquier especie, sus garantías y las cantidades

que se adeudan por razón de los mismos o el saldo que presentan.

Nos remitimos a la Relación de Acreedores que se acompaña a continuación de la presente

Memoria Expresiva.

23

Page 24: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

4.3.- Relación de arrendamientos existentes, con identificación de las rentas adeudadas

en cada caso, desglosada por meses.

- Avenida XXXX XXX, XX, piso X, XXXXX- XXXX.

- No existe ninguna renta adeudada.

4.4.- Relación de leasings existentes, con identificación de las rentas adeudadas en cada

caso, desglosada por meses, así como cuotas de amortización pendientes de vencimiento

y valor residual del bien.

El deudor no es titular de ningún contrato de leasing.

4.5.- Relación de rentings existentes, con identificación de las rentas adeudadas en cada

caso, desglosada por meses.

El deudor no es titular de ningún contrato de renting.

4.6.- Relación de SWAPS, CLIPS o cualquier otro producto análogo pendientes con

referencias a la fecha de vencimiento y objeto del mismo.

El deudor no tiene ningún contrato de esta especie.

5.- RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS E INMUEBLES

Nos remitimos a la Relación de Bienes y Derechos e Inmuebles que se adjunta a continuación

de la presente Memoria Expresiva.

24

Page 25: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

6.- RELACIÓN DE LITIGIOS PENDIENTES, CON EXPRESIÓN SUCINTA DE SU

OBJETO Y EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRAN.

No existen.

7.- PROCEDIMIENTOS DE APREMIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS:

REFERENCIA A SU NÚMERO, ESTADO Y BIENES AFECTADOS.

No existen.

8.- ESPECIFICACIÓN DEL LUGAR CONCRETO EN QUE FÍSICAMENTE SE

ENCUENTRA LA CONTABILIDAD Y DEMÁS DOCUMENTOS DEL DEUDOR.

El deudor no está obligado a llevar ningún tipo de contabilidad.

9.- VIABILIDAD PATRIMONIAL DEL DEUDOR: VALORACIONES Y PROPUESTAS

En los próximos días esta parte presentará una propuesta anticipada de convenio.

En XXXXXX a XX de XXXX de 20XX.

25

Page 26: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

5.- Listado de acreedores e Inventario de bienes y derechos.

- Se acompaña Excel nº 2.

6.- Plan de pagos para adjuntar a la propuesta de convenio (PAC u Ordinario)

- Se acompaña Excel. Nº 3.

7.-   Propuesta Anticipada De Convenio (PAC):

- Formulario Word.

26

Page 27: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Propuesta Anticipada de Convenio de

Don XXXX XXXX XXXX

AL JUZGADO

MERCANTIL X DE XXXXX

D. XXXXX XXXX XXXX, Procurador de los Tribunales y de DON XXXXX XXXX XXXX ,

con DNI. XXXXXXX-X y domicilio en la Calle XXXX,XX, X-X (XXXXX) XXXX, según

consta en los autos al margen referidos, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en

Derecho

DIGO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 104 y siguientes de la ley concursal

formulo PROPUESTA ANTICIPADA DE CONVENIO, de mí representado, con arreglo a

las siguientes:

ALEGACIONES

PRIMERA.- Que por medio del presente escrito procedo a presentar la PROPUESTA

ANTICIPADA DE CONVENIO, contenida en este mismo escrito en el punto quinto y

asimismo se acompaña como Documentos nº 1 Plan de Pagos del concursado.

27

Page 28: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

SEGUNDA.- Que dicha propuesta cumple con los requisitos de forma establecidos en la Ley

Concursal:

- Se presenta dentro del plazo señalado en el artículo 104 de la Ley Concursal.

TERCERA.- Que el deudor concursado no se encuentra en las situaciones previstas en el

artículo 105 de la Ley Concursal, en redacción dada por el artículo 10.5 del Real Decreto-ley

3/2009, de 27 de marzo.

CUARTA.- Que dicha propuesta no supera los límites para la quita y la espera establecidos en

el artículo 1000 de la Ley Concursal ni incurre en las prohibiciones que fija el artículo 100.3 de

la LC.

QUINTA.- ÁMBITO DE LA PROPUESTA ANTICIPADA DE CONVENIO

1.1 El presente convenio vincula a todos los acreedores ordinarios y subordinados, cuyos

créditos se relacionan en la lista de acreedores que se presenta con la demanda de concurso

voluntario y, de forma definitiva, a los indicados acreedores ordinarios y subordinados que

formen dicha lista de acreedores según la misma venga elaborada en los textos definitivos, todo

ello en méritos de lo dispuesto en el artículo 109.1 LC y que frente al deudor concursado tengan

y que sean anteriores a la declaración del concurso.

1.2 En todo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 134 LC respecto de los acreedores

ordinarios y subordinados. Así, los acreedores subordinados quedarán afectados por las mismas

quitas y esperas que las establecidas para los acreedores ordinarios, no obstante, los plazos de

espera se computarán desde que se acredite judicialmente el íntegro cumplimiento y pago de

todos los créditos de todos los acreedores ordinarios.

28

Page 29: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Con la presente Propuesta Anticipada de Convenio se pretende única y exclusivamente la

satisfacción de los acreedores en los términos y alcance que a continuación se recogen.

Se podrá realizar la adhesión en los términos previstos en el artículo 108.1 de la Ley Concursal

en relación con su artículo 103.

5.1.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA ANTICIPADA DE CONVENIO

a) Quita: Los créditos ordinarios, afectados por el presente convenio, resultarán novados

en su cuantía tras realizarse en cada uno de ellos una quita del CINCUENTA por ciento

(esto es 50%)

b) Espera: De acuerdo con el siguiente calendario de pagos, los citados créditos,

aplicada la quita establecida en el apartado A), serán satisfechos, sin devengo de interés

alguno, en el plazo de CINCO (esto es, 5) AÑOS desde la fecha de la resolución

judicial aprobatoria del presente convenio, computándose ésta última de acuerdo con los

extremos previstos en los artículos 109 y 133 LC.

Se propone un pago del 50% del crédito, con una quita del 50%. La adecuación de la

quita del 50% trae causa en el motivo de endeudamiento del deudor antes comentado así

como el plan de pagos propuesto a continuación.

El pago del crédito sería satisfecho de forma aplazada en un plazo de cinco (5) años hasta su

completa satisfacción, de acuerdo con el siguiente Plan de Pagos:

a) Dentro del año siguiente al de la fecha de eficacia del presente convenio, será

satisfecho el VEINTE (esto es, 20%) por ciento del crédito resultante previa

deducción de la quita.

b) Dentro del segundo año siguiente al de la fecha de eficacia del presente convenio,

será satisfecho el VEINTE (esto es, 20%) por ciento del crédito resultante previa

deducción de la quita.

-

29

Page 30: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

c) Dentro del tercer año siguiente al de la fecha de eficacia del presente convenio, será

satisfecho el VEINTE (esto es, 20%) por ciento del crédito resultante previa

deducción de la quita.

d) Dentro del cuarto año siguiente al de la fecha de eficacia del presente convenio, será

satisfecho el VEINTE (esto es, 20%) por ciento del crédito resultante previa

deducción de la quita.

e) Dentro del cuarto año siguiente al de la fecha de eficacia del presente convenio, será

satisfecho el VEINTE (esto es, 20%) por ciento del crédito resultante previa

deducción de la quita.

Los recursos previstos como facilitadores del cumplimiento derivan de la continuación

como trabajador por cuenta ajena de Sr. XXXXX XXXXX en XXXXX, S.A. como

XXXXX en el área de XXXXX siendo las perspectivas de la empresa pagadora de un

crecimiento sostenible.

Es importante mencionar que los créditos subordinados se satisfarán una vez se hayan

abonado los créditos ordinarios.

30

Page 31: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

5.2.- CONDICIONES GENERALES

a) Intereses

Las fórmulas de pago establecidas en la presente Propuesta Anticipada de

Convenio no comportarán el devengo, ni exigibilidad, de interés alguno.

b) Satisfacción de créditos

Los pagos que se efectúen en cumplimiento de la presente Propuesta Anticipada

de Convenio se harán por igual a todos los acreedores en proporción a los

créditos que ostenten.

c) Pronta satisfacción de créditos

Los plazos y porcentajes de pagos recogidos tendrán, respectivamente, el carácter

de máximos y mínimos, pudiendo adelantarse los plazos y/o aumentarse los

porcentajes de pago a criterio del deudor concursado.

d) Verificación de pagos

El deudor concursado verificará los pagos, previa comunicación a los acreedores,

en el domicilio que figure en el expediente concursal.

e) Subsistencia de disposiciones

La eventual nulidad o ineficacia de alguna disposición de la presente Propuesta

Anticipada de Convenio no afectará a las restantes disposiciones.

f) Facultades de administración y disposición

No se establecen medidas prohibitivas o limitativas de las facultades de

administración y disposición del deudor concursado. Ello sin perjuicio del respeto

por ellos debido a las obligaciones de información acerca del cumplimiento del

concurso establecidas en el artículo 138 de la Ley Concursal.

31

Page 32: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

SEXTA.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 de la LC, entendemos que la

propuesta ha de ser admitida a trámite por el Juzgado, al reunir los requisitos de tiempo, forma y

contenido señalados en la LC.

En particular se acompaña al presente escrito como documento nº 2, Anexo en el que se

recogen las adhesiones a la propuesta anticipada de convenio de acreedores que superan la

quinta parte del pasivo de la lista de acreedores, con base en la información actualmente obrante

en el concurso. Es voluntad de esta parte remitir todos los originales, por tanto, en cuanto se

disponga de ella, se remitirá el original del Acta de Adhesión de cada uno de los acreedores .

SÉPTIMA.- Admitida a trámite la propuesta, deberá darse traslado de la misma para su informe

por la administración concursal, en los términos del artículo 107 de la LC.

OCTAVA.- Finalmente, la propuesta anticipada de convenio conjuntamente con el informe

sobre el mismo emitido por la administración concursal, deberán ponerse de manifiesto en la

Secretaría del Juzgado, pudiendo desde ese momento y hasta la expiración del plazo para la

impugnación del inventario y de la lista de acreedores adherirse los acreedores de la misma.

En su virtud,

AL JUZGADO SUPLICO, que tenga por presentada en tiempo y forma la propuesta

anticipada de convenio que se acompaña, la admita y acuerde su tramitación en los términos

previstos en los artículos 106 y siguientes de la Ley concursal.

OTROSÍ DIGO: Que a los efectos previstos en el artículo 231 de la Ley de

Enjuiciamiento Civil y 13.2 de la Ley Concursal, esta parte manifiesta su voluntad de cumplir

con los requisitos exigidos por la Ley, haciendo ofrecimiento para subsanar aquellos en los que

se pudiese haber incurrido.

32

Page 33: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

AL JUZGADO SUPLICO, que tenga por formulada la anterior manifestación a los

efectos oportunos

Fdo. XXXXX XXXX XXXX. Fdo. XXXXX XXXX XXXX..

Letrado. Procurador de los Tribunales.

33

Page 34: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

8.-   Primera reunión con el Administrador Concursal: Cómo pactar el derecho de

Alimentos.

Entrega de documento para atender al pago de la hipoteca.

Lo más importante para el abogado de la familia en la primera reunión es:

1.- Comenzar la negociación con el A.C, para establecer un derecho de alimentos adecuado a las

necesidades de la familia y que no ponga en peligro el Plan de pagos que ya deberías llevar

preparado. El derecho de alimentos nunca puede ser inferior al mínimo inembargable que

establece la LEC.

2.- Si la familia tiene hipoteca, entregar al A.C un documento para firmar que autorice a la

familia a seguir pagando mensualmente la hipoteca en interés del concurso, para evitar bloqueos

de cuenta con el banco.

3.- Explicar y plantear el plan de pagos y la propuesta anticipada de convenio o convenio

ordinario que se presentará.

- INFORME CONCURSAL – Confeccionado por al administrador concursal.

34

Page 35: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NUM. X

DON XXXXX XXXX XXXX, Administrador Concursal designado en el Concurso de

Acreedores de la persona física Don XXXXX XXXX XXXX, ante el Juzgado comparece y

como mejor proceda en Derecho, DICE:

Que con el presente escrito, dentro del plazo al efecto concedido por el Juzgado y con

sujeción a lo establecido en el Art. 75 de la Ley 22/2003, de X de XXX, Concursal, presenta

el INFORME que se le tenía encomendado, adjuntando al mismo cuatro documentos y

habiendo sido emitido en fecha XX de XXX de 20XX.

Adicionalmente, se aporta en soporte informático un archivo en formato PDF denominado

<<XXXXXXX>>, que contiene el informe y sus cuatro documentos adjuntos. Todo ello

para facilitar su posterior comunicación a los interesados por parte del juzgado.

En su virtud,

AL JUZGADO SUPLICA: Que habiendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo

disponiendo su unión al expediente de su razón y, en sus méritos, tener al suscrito por cumplido

en tiempo y forma con el expresado trámite.

XXXXX, a XX de XXXX de 20XX.

35

Page 36: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

INFORME DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL

(Art. 75 de la Ley 22/003, de X de XXXX, Concursal)

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº X

DE XXXXXXX

Procedimiento Concurso Voluntario XXX/20XX

“Don XXXXX XXXXX XXX”

Administración Concursal:

Don XXX XXXXX XXXX

Barcelona, a XX de XXXX de 20XX

36

Page 37: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

ÍNDICE

1.- Consideraciones previas.

2.- Datos del Deudor y análisis de las circunstancias.

3.- Principales decisiones y actuaciones de la administración concursal.

4.- Inventario de la masa activa

5.- Lista de acreedores.

6.- Créditos contra la masa.

7.- Conclusiones y situación patrimonial del Deudor.

DOCUMENTOS UNIDOS AL INFORME:

DOCUMENTO N º 1: Inventario de la masa activa.

DOCUMENTO N º 2: Lista de acreedores.

DOCUMENTO N º 3: Créditos contra la masa devengados y pendientes de pago.

DOCUMENTO N º 4: Instrucciones entregadas a la concursada.

37

Page 38: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

I N F O R M E

1.- Consideraciones previas.

El presente informe de la Administración Concursal (en adelante también AC) ha sido

elaborado exclusivamente a los efectos previstos en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (en

adelante también LC), en el procedimiento de concurso voluntario XXX/2XX XX de la persona

física Don XXXX XXXX XXX, que se tramita ante el Juzgado Mercantil nº 9 de XXXX , de

conformidad con lo ordenado por el Juzgado, dentro del plazo al efecto señalado y con sujeción

a lo establecido en el art. 75 LC.

Antes de entrar en el contenido propio del informe a que se refiere el art. 75 LC, se considera

oportuno hacer referencia a otros extremos y hechos de relevancia en la tramitación del

concurso y que, por otro lado, han determinado el alcance del mismo.

1.1.- Declaración de concurso y administración concursal.

Con fecha XX de XXXXX de 20XX, Don XXXX XXXX XXX, Procurador de los Tribunales,

actuando en nombre y representación de Don XXXX XXXX XXX, solicitó se declarara en

concurso voluntario a la persona física por él representada, por estar incursa en el art. 2.2 de la

Ley Concursal, al encontrase en estado de insolvencia, solicitud que fue registrada en el

Juzgado Mercantil nº 9 de XXXX con número de autos XXX/2XX XX.

Mediante Providencia de XX de XXX de 20XX se requirió al deudor la aportación de

determinada información.

Finalmente, en fecha XX de XXXX de 20XX, se dictó auto por el que se admitía a trámite dicha

solicitud, por entender que la misma había sido presentada con los requisitos establecidos en los

artículos 1 a 7 de la Ley Concursal, resultando documentación aportada la existencia de su

endeudamiento y su estado de insolvencia.

38

Page 39: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

En el auto de declaración se estableció el carácter voluntario del concurso, que debía dársele la

tramitación de procedimiento abreviado y que el deudor quedaba intervenido en las facultades

de administración y disposición sobre su patrimonio, nombrándose como único Administrador

Concursal a DON XXXX XXXX XXX, en su condición de economista y auditor, con domicilio

profesional en XXXX (xxxxx), XXXX XXXX, XX.

La aceptación del cargo de Administrador Concursal fue en fecha XX de XXXX de 20XX.

El anuncio de declaración del concurso se publicó en el BOE el día XX de XXX de 20XX.

El plazo para la presentación del Informe, según dispone el Auto de declaración de concurso,

debe computarse desde la fecha de su publicación, por lo que el plazo de presentación del

presente Informe de la Administración Concursal previsto en el artículo 74 de la LC vence el

XX de XXX de 20XX.

El Informe que a continuación se elabora, ha sido preparado exclusivamente para que surta sus

efectos en el expediente de concurso voluntario nº XXX/2XX XX de la persona física Don

XXXX XXXX XXX, en trámite ante este Juzgado de lo Mercantil y, por consiguiente, no debe

utilizarse para ninguna otra finalidad.

1.2.- Colaboración del concursado.

En opinión de esta administración concursal, el nivel de colaboración del concursado hasta la

fecha ha sido el adecuado.

39

Page 40: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

2.- Datos del Deudor y análisis de las circunstancias: Causas del estado de insolvencia.

Don XXXX XXXX XXX, provisto de NIF XX.XXX.XXX-X, nació el XX de XXXX de 19XX

y está casado en régimen económico de separación de bienes con Doña XXXX XXXX XXX,

provista de NIF XX.XXX.XXX-X. Su domicilio se encuentra en XXXX (xxxxx), XXXX

XXXX, XX. Tienen XX hijas, XXXX, nacida el XX de XXXX de 19XX y XXXX, nacida el

XX de XXXX de 19XX, ambas conviven en el mismo domicilio.

Según se indica en la memoria, la causa principal del estado de insolvencia actual, es

consecuencia del cierre de un establecimiento comercial del que era titular la esposa del Sr.

XXXX XXXX XXX. Para intentar reflotar el negocio se habían solicitado préstamos, pero

posteriormente no fue posible atender a su devolución al contar únicamente con la nómina del

Sr. XXXX XXXX XXX.

Del examen de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

presentadas en los últimos ejercicios (en tributación conjunta con su esposa), se extraen los

siguientes datos destacables:

Ejercicio de 2007:

- Rendimientos netos de trabajo: 35.883 euros.

- Rendimientos netos del capital mobiliario: 103 euros.

Ejercicio de 2008:

- Rendimientos netos de trabajo: 40.831 euros.

- Rendimientos netos del capital mobiliario: 4 euros.

Ejercicio de 2009:

- Rendimientos netos de trabajo: 52.140 euros.

- Rendimientos netos del capital mobiliario: 1 euros.

40

Page 41: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

3.- Principales decisiones y actuaciones de la administración concursal.

Se realiza seguidamente resumen sucinto de las principales actuaciones llevadas a cabo por esta

AC, debiendo significarse que el ejercicio del cometido de intervención de las facultades de

administración y disposición del deudor ha estado orientado al cumplimiento de la legalidad, y,

en especial, a procurar la salvaguarda de los intereses del concurso. Además, se han acometido

los trabajos de circularización, análisis, revisión y verificación propios de la determinación de

las masas activa y pasiva del concurso, así como la valoración de los bienes realizables del

Deudor.

- El XX/XX/XX se mantuvo la primera reunión con el Deudor, sus Letrado y Asesores,

facilitando un escrito con las instrucciones a seguir durante el procedimiento, cuya copia se

adjunta al presente informe como DOCUMENTO Nº 4.

- El XX/XX/XX se enviaron por correo certificado con acuse de recibo las cartas a los

acreedores de la concursada, solicitando la comunicación y calificación de sus créditos (art. 85

LC). De ello se informó debidamente al Juzgado mediante escrito presentado el XX/XX/XX,

al que se adjunto copia de la relación de destinatarios sellada por correos.

- El XX/XX/XX se informó mediante escrito al Juzgado que procedía la fijación de pensión

alimenticia. Al respecto, la AC proponía se fijara en 1.800 euros mensuales, salvo superior

criterio del Iltre. Juzgado. Mediante Diligencia de Ordenación de XX/XX/XX se fijó la

pensión alimenticia en 1.800 euros mensuales.

- Se ha solicitado documentación complementaria para el desarrollo del trabajo.

- Se han mantenimiento diversas reuniones con el Concursado y su Letrado a fin de aclarar

extremos relativos a la información solicitada.

41

Page 42: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

4.- Inventario de la masa activa.

El Inventario de Bienes y Derechos del concursado, cuyo detalle figura en el DOCUMENTO Nº

1 unido al presente informe, asciende a la suma de 14.773,15 euros, siendo su resumen el

siguiente:

4.1.- Litigios en que el deudor es la parte demandante.

De la información examinada no consta la existencia de litigios en los que la compañía

sea parte demandante.

4.2.- Litigios en que el deudor es la parte demandada.

Esta AC no ha tenido conocimiento de la existencia de litigios en los que el concursado

sea la parte demandada.

4.3.- Acciones de rescisión y reintegración.

No se han identificado hasta la fecha, actuaciones realizadas por el concursado que sean

susceptibles de rescisión o de reintegración. No obstante, se continúa recavando y

analizando información respecto a actuaciones realizadas por el deudor en los dos años

anteriores a la fecha de declaración del concurso que fueran susceptibles de rescisión o de

reintegración, por si debiera realizarse alguna actuación en este sentido, previa valoración

de los costes y posibles resultados de la actuación.

42

Page 43: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

5.- Lista de acreedores.

La lista de acreedores a que se refiere el artículo 75.2.2º de la Ley Concursal se une al presente

informe como DOCUMENTO Nº 2 y ha sido confeccionada atendiendo a lo dispuesto en los

artículos 85 a 94 LC. El total del pasivo reconocido asciende a 123.174,11 euros, y su resumen,

según su calificación, es el siguiente:

6.- Créditos contra la masa.

Los créditos contra la masa devengados y pendientes de pago, cuya relación está unida al

presente informe como DOCUMENTO Nº 3, ascienden a la suma de 266,74 euros.

7.- Conclusiones y situación patrimonial del Deudor.

La situación patrimonial del Deudor se resume en el siguiente cuadro:

No obstante lo anterior, las cifras anteriores no pueden considerarse definitivas, ya que hay

determinadas circunstancias que podrían modificarlas:

- La masa activa podría verse incrementada en el importe de los ingresos que pudiera percibir el

deudor. En la actualidad el deudor percibe ingresos en concepto de nómina por un importe que

oscila sobre los 3.100 euros mensuales.

- La masa pasiva podría verse incrementada por cuantía indeterminada con motivo de los

créditos contra la masa que se vayan devengando.

43

Page 44: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Este es el INFORME que emite esta Administración Concursal, según su leal saber y entender,

que somete a superior criterio del Juzgado, con expresa reserva de lo que pudiera resultar del

examen de otros antecedentes de toda índole que pudieran existir, y cuya resultancia hiciera

variar los criterios expuestos. El presente Informe ha sido preparado exclusivamente a los

efectos previstos en la Ley Concursal en el procedimiento de concurso voluntario de Don

XXXX XXXX XXX que se sigue ante el Juzgado de lo Mercantil nº 9 de XXXX , por lo que no

debe utilizarse para ninguna otra finalidad.

XXXX , a XX de XXXX de 20XX.

D. XXXX XXXX XXX

44

Page 45: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

DOCUMENTO Nº 1

INVENTARIO DE LA MASA ACTIVA

Que formula la Administración Concursal designada en el expediente de Concurso Voluntario

XXX/2XX XX de la persona física Don XXXX XXXX XXXX que se tramita ante el Juzgado

Mercantil nº X de XXXX , y que contiene la relación y avalúo de los bienes y derechos del

concursado integrados en la masa activa a la fecha de cierre del presente Inventario, XX de

XXXX de 20XX, con sujeción a lo establecido en la Ley 22/2003, de X de XXXX, Concursal, y

demás concordantes.

1.- Consideraciones previas.

El artículo 76 de la Ley Concursal (en adelante también LC) determina que la masa activa del

concurso lo constituyen los bienes y derechos integrados en el patrimonio del deudor a la fecha

de declaración del concurso, en este caso XX de XXXX de 20XX, y los que se reintegren al

mismo o adquiera hasta la conclusión del procedimiento.

Es obligación de la Administración Concursal (también en adelante AC), según establece el

artículo 82.1 de la LC la elaboración de un inventario que contenga la relación y el avalúo de los

bienes y derechos del deudor integrado en la masa activa a la fecha de cierre, que será el día

anterior al de emisión del presente informe.

La Administración Concursal ha formulado el inventario de la masa activa a fecha XX de

XXXXX de 20XX, como fecha más cercana, con una cierta fiabilidad, a la fecha de emisión de

este informe. Se estima que esta fecha de cierre es adecuada, ya que el valor de la masa activa

no difiere significativamente al que resultaría del análisis del cierre contable el día de emisión

del presente informe.

45

Page 46: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Por lo que respecta al avalúo de los bienes y derechos del deudor, éste debe determinarse en

base a lo que establece el artículo 82.3 de la LC, es decir, con arreglo a su valor de mercado,

teniendo en cuenta los derechos, gravámenes o cargas de naturaleza perpetua, temporal o

redimible que directamente les afecten o influyan en su valor, así como las garantías reales y las

trabas o embargos que garanticen o aseguren deudas no incluidas en la masa pasiva.

Esta Administración Concursal ha elaborado el inventario de la masa activa tras la aplicación de

determinados procedimiento de revisión sobre la información proporcionada por la concursada,

orientado a evaluar la existencia del activo, la propiedad del activo por la concursada y la

correcta valoración del mismo.

Los criterios y procedimientos aplicados para evaluar los anteriores objetivos para cada uno de

los grupos de activo son los que se expondrán en el cuerpo del presente informe.

2.- Ubicación de los bienes.

Los bienes materiales están constituidos básicamente por un vehículo, por lo que no es posible

fijar su ubicación.

3.- Cargas.

Las cargas existentes sobre los bienes que forman parte de este Inventario se relacionarán, en

caso de existir, en el apartado del bien al que se refieran.

No le consta a esta Administración Concursal la existencia de otras cargas o gravámenes

distintas a las que, en su caso, se encuentren relacionadas en el apartado del bien al que puedan

referirse.

46

Page 47: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

4.- Criterios de valoración.

La Administración Concursal cuantifica los bienes de referencia mediante la estimación de su

valor neto de realización, lo que supone el importe que se podría obtener por su enajenación en

el mercado.

5.- Formación del Inventario.

Las partidas objeto de valoración figuran en el Inventario que seguidamente se relaciona por el

justiprecio determinado por esta Administración Concursal, recogiéndose a continuación su

inventario exhaustivo, características, ubicación, datos de identificación y en su caso

gravámenes de dichos bienes.

En consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado se acompaña inventario y avalúo de los bienes

y derechos del concursado, a los únicos efectos del presente procedimiento, a fin de que los

interesados directos en el mismo puedan tomar las decisiones que les competen, si bien deben

tenerse en cuenta las consideraciones efectuadas anteriormente.

Del análisis efectuado se desprende en la actualidad el siguiente inventario y avalúo de los

bienes y derechos del concursado:

Por tanto, el Inventario de la masa activa de Don XXXXXX XXXX XXXX a XX de

XXXXX de 20XX, fecha de cierre del mismo, asciende a CATORCE MIL SETECIENTOS

SETENTA Y TRES EUROS CON QUINCE CÉNTIMOS (14.773,15 €)

47

Page 48: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

6.- Análisis de las partidas.

Seguidamente se procede al análisis y detalle individualizado de aquellas partidas del Inventario

de la masa activa que constituyen un activo real susceptible de realización.

6.1.- Vehículos.

El concursado, tal y como detalla en el Inventario de Bienes y Derechos adjunto a la

demanda de solicitud de concurso, posee un vehículo turismo de la marca XXX, modelo

XXXX X plazas, con número de matrícula XXXX XXX, cuyo valor de realización podría

estimarse en unos diez mil euros. También es dueño de una motocicleta de la marca

XXX, modelo XXXX cc., con número de matrícula XXXX XXX, cuyo valor de

realización podría estimarse en unos mil euros.

En consecuencia, esta Administración Concursal asigna a la partida de vehículos un valor

de ONCE MIL EUROS (11.00,00 €).

6.2.- Planes de pensiones, fondos y otros derechos.

El concursado es titular de un Plan de Pensiones (XXXX). El valor liquidativo de dicho

Plan a la fecha de emisión del presente Informe asciende a 898,65 euros.

En consecuencia, se valora esta partida en OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO

EUROS CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (898,65 €)

6.3.- Tesorería.

El saldo bancario en la cuenta intervenida por esta AC y verificado por la misma, a fecha

de cierre de este Inventario, es el siguiente:

En consecuencia, esta Administración Concursal hace figurar la partida de Tesorería por

importe de DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON

CINCUENTA CÉNTIMOS (2.874,50 €).

48

Page 49: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

6.4.- Ingresos periódicos.

El concursado trabaja en XXXX oscilando su nómina alrededor de unos 3.100 euros netos

mensuales.

Y este es el Inventario de la masa activa que formula esta Administración Concursal,

según su leal saber y entender y que somete al criterio más ilustrado o mejor informado, y

en especial al superior de ese Juzgado.

XXXX, a XX de XXXX de 20XX.

49

Page 50: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

DOCUMENTO Nº 2

LISTA DE ACREEDORES

1.- RELACION ALFABETICA DE LOS ACREEDORES INCLUIDOS:

2.- RELACION ALFABETICA DE LOS ACREEDORES EXCLUIDOS:

3.- CREDITOS CONTINGENTES:

50

Page 51: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

DOCUMENTO Nº 3

RELACION DE CREDITOS CONTRA LA MASA DEVENGADOS Y PENDIENTES DE

PAGO:

Provisional a la fecha de emisión del Informe.

51

Page 52: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

DOCUMENTO Nº 4

ESCRITO DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CALIFICACIÓN FORTUITA.

Juzgado Mercantil X de XXXXX

Procedimiento Concurso Voluntario nº XX/20XX“D. XXXX XXXX XXX”

AL JUZGADO

D. XXXXX XXXXXX XXXX, designado Administrador Concursal en el referido Concurso

Voluntario arriba referenciado de “D. XXXXX XXXXXX XXXX” ante el Juzgado comparece

y como mejor en Derecho proceda, DIGO:

Que habiéndose dictaminado Sentencia de fecha 30/11/2011, aprobando la propuesta anticipada

de convenio presentada por el concursado, y determinado el fin de la fase común, por el

presente escrito paso a cuantificar los honorarios definitivos que corresponden a la

Administración Concursal por la fase común, de acuerdo con lo dispuesto en el arancel

aprobado por Real Decreto nº 1860/2004, y en base a las siguientes CONSIDERACIONES

PRIMERA.- Retribución definitiva de la administración concursal por la fase común.

Que habiendo transcurrido el plazo sin que hayan existido impugnaciones del inventario o del

listado de acreedores, el activo definitivo del deudor queda cuantificado en 213.322€ y el pasivo

definitivo en 332.166,48€.

52

Page 53: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Consecuentemente, deben computarse los honorarios de la Administración Concursal por la fase

común, según lo dispuesto por el artículo 4.1 del Real Decreto 1860/2004 que aprueba el

arancel de los administradores concursales: “Si el concursado tuviera intervenido el ejercicio

de las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, la retribución de

cada uno de los administradores concursales en la fase común será la suma que resulte de

aplicar al valor de la masa activa y al valor de la masa pasiva los porcentajes

correspondientes establecidos en el anexo de este real decreto”.

Asimismo, y de conformidad con el apartado 4º del citado artículo 4 del Real Decreto

1860/2004 “El valor de la masa activa será el que resulte del inventario definitivo, y el

valor de la masa pasiva, el que resulte de la lista de acreedores definitiva.”

En consecuencia y de conformidad con el citado precepto, se procede a la cuantificación de lo

honorarios de la administración concursal, partiendo de la base que en el auto de declaración de

concurso se acordó la intervención de las facultades de administración y disposición de la

deudora y que se tramita por el procedimiento abreviado (art. 190 Ley Concursal).

a) Determinación de retribución de la AC, en aplicación de los porcentajes

correspondientes establecidos en el anexo del Real Decreto 1860/20004 sobre la

masa activa definitiva (213.322€)

- Hasta 500.000€ (0,600%) 1.279,93€ TOTAL 1.279,93€

b) Determinación de la retribución de la AC, en aplicación de los porcentajes

correspondientes establecidos en el anexo del Real Decreto 1860/2004 sobre la

masa pasiva definitiva (332.166,48)

- Hasta 500.000€ (0,300%) 996,50€ TOTAL 996,50€

La suma de la cuantía de la retribución sobre la masa activa definitiva (A) + la cuantía de la

retribución sobre la masa pasiva definitiva (B) (1.279,93€ + 996,50€) = 2.276,43€

53

Page 54: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

c) Art. 4.5 Tramitación abreviada, incremento del 5% de la cantidad resultante.

5% de 2.276,43€ = 113,82€

d) Art. 7 Convenio Anticipado (Real Decreto 1860/2004), incremento del 5% de la

cantidad resultante.

5% de 2.276,43€ = 113,82€

TOTAL FINAL RETRIBUCIÓN DEFINITIVA ADM. CONCURSAL:

SUMA A+B+C+D = 2.504,07€

En consecuencia, la retribución definitiva correspondiente a la administración concursal por la

fase común que debe aprobarse, asciende a la suma de DOS MIL QUINIENTOS CUATRO

EUROS CON SIETE CÉNTIMOS (2.504,07€)

SEGUNDA.- Los honorarios provisionales de la Administración Concursal aprobados por auto

de 08/04/2011 se computaron tomando como referencia el valor atribuido al Inventario de

bienes y derechos, así como el importe que resulta de la Relación de acreedores, de lo que

resultaba y unos honorarios a favor de la Administración Concursal de 2.330,95€ más IVA, de

los que en fecha 28/11/2011 se había percibido la cantidad de 1.165,47€ más IVA

correspondiente.

De lo anterior se deduce que la Administración Concursal ha percibido 1.165,47€ en concepto

de parte de los honorarios de la fase común (más IVA), quedando pendiente el importe

1.338,60€ más IVA, una vez sean aprobados los honorarios definitivos calculados en el

presente escrito.

54

Page 55: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Po lo expuesto,

SOLICITO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y en

virtud de lo expuesto en el mismo, acuerde fijar la retribución definitiva de la administración

concursal por fase común del concurso de “XXXXXX XXXXXX XXXX” en la suma de

2.504,07€ más el IVA correspondiente.

Habiendo percibido la AC el importe 1.165,47€ más IVA, el importe pendiente de pago por la

concursada por la fase común del concurso quedará en 1.338,60€ más IVA.

XXXXXXX, a X de XXXX de 20XX.

XXXXX XXXXX XXXXAdministrador Concursal de XXXXX XXXXX XXXX

55

Page 56: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

9.-     PROPUESTA DE CONVENIO ORDINARIO:

- Formulario.

PROPUESTA DE CONVENIO ORDINARIO

DE DON XXXXX XXXX XXX

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. X DE XXXXX

Concurso Voluntario nº XXX/XXXX XX

D. XXXXXX XXXXX XXXX, Procurador de los Tribunales y de D. XXXXXX XXXXX

XXXX, según consta acreditado en el procedimiento de concurso de acreedores, seguido ante

ese Juzgado con el número de Autos XXX/XXXX XX, bajo la dirección del letrado que

suscribe el presente escrito, ante el mismo comparece y como mejor proceda en Derecho,

DICE:

Que el objetivo primordial y preferente de todo procedimiento concursal es la obtención de un

convenio entre los deudores y acreedores que ponga fin, en el menor plazo posible, a la siempre

dificultosa y compleja situación económica y procesal en la que se ven sumidas todas las partes

afectadas por dicho procedimiento.

El Plan de Viabilidad que se acompaña al presente texto de convenio, es el documento esencial

que contiene el modelo a seguir en el futuro inmediato para asegurar el cumplimiento de las

obligaciones de pago asumidas en dicho convenio que, a su vez, constituye el segundo

instrumento básico de restructuración de la deuda del referido deudor, que sin su aprobación,

afectaría gravemente al patrimonio del deudor.

56

Page 57: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Por todo ello y de acuerdo con el razonamiento contenido en el preámbulo del presente escrito,

se propone a los acreedores el siguiente convenio con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- ÁMBITO GENERAL DE APLICACIÓN.

El presente convenio vincula a todos los acreedores ordinarios y subordinados, cuyos créditos se

relacionan en la lista de acreedores que se presenta con la demanda de concurso voluntario y, de

forma definitiva, a los indicados acreedores ordinarios y subordinados que formen dicha lista de

acreedores según la misma venga elaborada en los textos definitivos, todo ello en méritos de lo

dispuesto en el artículo 109.1 LC.

1.1 En todo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 134 LC respecto de los acreedores

ordinarios y subordinados.

2.1 Así, los acreedores subordinados quedarán afectados por las mismas quitas y esperas

que las establecidas para los acreedores ordinarios, no obstante, los plazos de espera se

computarán desde que se acredite judicialmente el integro cumplimiento y pago de

todos los créditos de todos los acreedores ordinarios.

Todos los créditos que tengan la consideración de créditos contra la masa, de acuerdo

con lo establecido en el artículo 84.2 LC, habrán de satisfacerse a sus respectivos

vencimientos, cualquiera que sea el estado del concurso.

57

Page 58: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

SEGUNDA.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA

2.1 PROPUESTA DE PAGO Y LIQUIDACIÓN DE DEUDAS:

1) Para los Acreedores ordinarios:

a. Quita: Los créditos ordinarios, afectados por el presente convenio, resultarán

novados en su cuantía tras realizarse en cada uno de ellos una quita del

CINCUENTA por ciento (esto es 50%)

b. Espera: De acuerdo con el siguiente calendario de pagos, los citados créditos,

aplicada la quita establecida en el apartado A), serán satisfechos, sin devengo de

interés alguno, en el plazo de CUATRO (esto es, 4) AÑOS desde la fecha de la

resolución judicial aprobatoria del presente convenio, computándose ésta última

de acuerdo con los extremos previstos en los artículos 109 y 133 LC.

Los créditos novados serán pagaderos dentro de los referidos CUATRO (esto es, 4) años, de

acuerdo con el siguiente calendario:

Dentro del año siguiente al de la fecha de eficacia del presente convenio, será

satisfecho el DIEZ (esto es, 10%) por ciento del crédito resultante.

Dentro del segundo año siguiente al de la fecha de eficacia del presente convenio,

será satisfecho el TREINTA (ESTO ES, 30%) por ciento del crédito resultante.

Dentro del tercer año siguiente al de la fecha de eficacia del presente convenio, será

satisfecho el TREINTA (ESTO ES, 30%) por ciento del crédito resultante.

Dentro del cuarto año siguiente al de la fecha de eficacia del presente convenio, será

satisfecho el TREINTA (ESTO ES, 30%) por ciento del crédito resultante.

58

Page 59: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Para financiar la ejecución de la propuesta de convenio el concursado se compromete con

sus ingresos repagar la deuda y es por ello que expresamente firma la propuesta de convenio

y consiente la misma.

TERCERA.- CUMPLIMIENTO ANTICIPADO DEL CONVENIO.

3.1 En el ejercicio de las facultades patrimoniales referidas, el deudor concursado podrá

en cualquier momento anticipar el cumplimiento del convenio mediante pago a

todos los acreedores ordinarios y privilegiados que se adhirieron o votaren

favorablemente al mismo, siempre en las mismas proporciones, que salvo el caso

de resultar integro o total, no afectará al periodo de cumplimiento del mismo.

CUARTA.- CONTROL DE CUMPLIMIENTO. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.

4.1 Desde la fecha de la resolución judicial aprobatoria del presente convenio, el

deudor no quedará limitado en modo alguno en el ejercicio de sus facultades de

administración y disposición patrimoniales.

4.2 Con periodicidad anual, contada desde la fecha de la sentencia aprobatoria del

convenio, el deudor informará por escrito al Juez del concurso acerca de su

cumplimiento.

QUINTA.- LEVANTAMIENTO DE EMBARGOS.

5.1 Desde la fecha de la resolución judicial aprobatoria del presente convenio, deberán

alzarse todas cuantas cargas se hubieran tratado por todo acreedor sometido a las

prescripciones contenidas en el presente convenio.

59

Page 60: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

SEXTA.- INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO

6.1 Cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que afecte, podrá

solicitar del Juez la declaración de incumplimiento en la forma y plazos legalmente

previstos.

SÉPTIMA.- CONDICIONES GENERALES

a. Intereses

Las fórmulas de pago establecidas en la presente Propuesta de Convenio no

comportarán el devengo, ni exigibilidad, de interés alguno.

b. Satisfacción de créditos

Los pagos que se efectúen en cumplimiento de la presente Propuesta Anticipada de

Convenio se harán por igual a todos los acreedores en proporción a los créditos que

ostenten.

En su virtud,

AL JUZGADO SUPLICO, Que tenga por presentada en tiempo y forma la propuesta de

convenio ordinario que se acompaña y, la admita y acuerde su tramitación en los términos

previstos en los artículos 115 y 11 de la Ley Concursal.

Es justicia que piden en XXXXX a XX de XXXX de 20XX.

XXXXX XXXXX XXXX

60

Page 61: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

10.- Entidades Financieras que suelen adherirse a convenios con quita y espera: Contactos con responsables de las entidades.

- Cuadro.

11-   Fase de Liquidación: Plan de liquidación. Formulario.

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º X BARCELONA

AUTO: CONCURSO VOLUNTARIO XXX/XXX (Acumulados)

 

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 8

 

D. XXXXX, en su calidad de Administración Concursal en intervención designada en el

concurso voluntario de D. XXXXX XXXXXX XXXX(XXX/XXX), según auto dictado por este

Juzgado de fecha xx de xxxxxx de 20xx en su tramitación como procedimiento abreviado y en

el concurso voluntario de Dª XXXXX XXXXXX XXXX(XXX/XXX), según auto dictado por

este Juzgado de fecha xx de xxxxxx de 20xx en su tramitación como procedimiento abreviado,

ambos cónyuges y cuyos concursos han sido acumulados, ante el Juzgado comparece y como

mejor en Derecho proceda

61

Page 62: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

DICE:

PRIMERO. El día x de xxxxx de 20xx la administración concursal recibió comunicación de

auto en el que se disponía, entre otras, la conclusión de la fase de convenio de D. XXXXX

XXXXXX XXXX y Dª XXXXX XXXXXX XXXX, y la apertura de la fase de liquidación de

ambos.

SEGUNDO. En dicho auto se requería a la administración concursal para que en el plazo de 15

días desde la notificación de dicha resolución presentara el plan de liquidación de los referidos

concursados.

TERCERO. Que en cumplimiento del requerimiento efectuado y de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal, dentro del plazo de 15 días a tal efecto

conferido, la administración concursal presenta el PLAN PARA LA REALIZACIÓN DE

LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL

CONCURSO en los siguientes términos que a continuación

EXPONE

1.- PLANTEAMIENTO DE LAS OPERACIONES DE LIQUIDACIÓN DE LOS BIENES

Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO.

Conforme establece el art. 148 de la vigente LC, siempre que sea factible, la Administración

Concursal deberá contemplar la enajenación unitaria del conjunto de los establecimientos,

explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas de bienes y servicios del concursado.

No obstante, y como excepción a la regla general, el art. 149 del referido cuerpo legal establece

que se podrá acordar la realización aislada de todos los elementos componentes o de alguno de

ellos, previo informe de la Administración Concursal, en el que se ponga de manifiesto las

ventajas de proceder a la enajenación separada para los intereses de la masa pasiva y del propio

concurso. Los únicos activos que permanecen en la masa activa se corresponden con la vivienda

habitual de los concursados, afecto a privilegio especial, y con saldo en efectivo en tesorería.

62

Page 63: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Por tanto, se procederá a su liquidación de forma individualizada.

2.- RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS A FAVOR DEL CONCURSADO Y

SISTEMA DE LIQUIDACIÓN DE LOS BIENES.

Como ya se indicó en el informe concursal definitivo, presentado en fecha xx de xxxxx de 20xx

(y que más adelante se detallará), los concursados a fecha de hoy disponen únicamente como

activos de un inmueble que se corresponde con su vivienda habitual, afecto a privilegio

especial, y efectivo en tesorería que proviene de la nómina del concursado.

La administración concursal manifiesta que no procede lo previsto en el artículo 148.3 y 148.4

de la LC al no existir trabajadores.

Entiende esta Administración Concursal que la enajenación unitaria efectuada por el legislador

obedece a la continuidad de la actividad empresarial, con la consecuente conservación de los

puestos de trabajo, objeto que en este caso no se podrá dar, tal como se ha puesto de manifiesto

en los presentes autos, ya que se ha solicitado la liquidación de los escasos bienes que tiene la

concursada y no existen relaciones laborables de dependencia con los concursados.

Siendo esto así y dado la tipología de bienes existentes, el que suscribe considera que será más

ventajoso proceder a la venta de los bienes de forma separada, fórmula más ágil, lo que

permitirá una realización de los bines en un plazo más breve, y con la obtención de un resultado

más beneficioso para la masa de acreedores.

3.- MODO DE LLEVAR A CABO LA ENAJENACIÓN DE LSO BIENES PROPIEDAD

DEL CONCURSADO.

El modo que propone esta Administración Concursal para enajenar os bienes y derecho que

integran la masa activa de la concursada es el detallado a continuación.

a. Vivienda Habitual

Se utilizarán para el pago de los créditos con privilegio especial, con cargo a los bienes

63

Page 64: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

y derechos afectos, ya sean objeto de ejecución separada o colectiva. De existir un

excedente se aplicará a los demás créditos según lo indicado e el apartado siguiente.

b. Saldo Tesorería

Se utilizará para el pago de los créditos contra la masa devengados y pendientes de

abono y los créditos concursales según los criterios indicados con posterioridad.

4.- OPERACIONES DE LIQUIDACIÓN

No concurriendo circunstancias especiales, esta administración concursal procederá en las

operaciones de liquidación aplicando las normas previstas en los artículos 149 a 162 de la Ley

Concursal.

Por lo demás, una vez realizados todos los bienes –no afectados al pago de créditos con

privilegios especial- se procederá al pago de los créditos contra la masa y si el importe

resultante fuera insuficiente lo obtenido se distribuiría entre todos los acreedores de la masa por

el orden de sus vencimientos.

Una vez satisfechos los créditos contra la masa se procederá al pago de los réditos con

privilegio general, por el orden establecido en el artículo 91 y, en su caso, a prorrata dentro de

cada número, y una vez satisfechos se procederá al pago de los créditos ordinarios.

El pago de los créditos ordinarios no se realizará hasta que hayan quedado íntegramente

satisfechos los créditos contra la masa y los privilegiados, e igualmente a prorrata

conjuntamente con los créditos con privilegio especial en la parte en que éstos no hubieran sido

satisfechos. Finalmente, el pago de los créditos subordinados no se realizará hasta que hayan

quedado íntegramente satisfechos los créditos ordinarios.

64

Page 65: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

5.- CONCLUSIONES

De conformidad con lo previsto en el art. 148 de la LC, por esta Administración Concursal se

presenta el Plan de Liquidación de los bienes y derechos integrados en la masa activa de D.

XXX XXX XXX(XXX/XXX)y Dª XXXXXX XXX(XXX/XXX), en la forma y procedimiento

que se estima más ventajoso para la masa e acreedores y para el propio concursado.

Todo ello se eleva al superior criterio de este Juzgado, interesando se confiera al trámite

establecido a los efectos oportunos de que sea puesto de manifiesto el presente a fin de que

cualquier interesado pueda formular las observaciones o propuestas pertinentes.

En su virtud,

AL JUZGADO SE SOLICITA:

Que tenga por presentado este escrito, se admita, se una a los autos de su razón, y en sus

méritos, tenga por realizadas las manifestaciones contenidas en el cuerpo del presente a los

efectos oportunas y tenga por cumplido la obligación de presentación del plan de realización de

bienes y derechos integrados en la masa activa.

En Barcelona, a xx de xxxxxxx de 20xx.

Xxxxx xxxxx xxxxxxxxx-Administración Concursal en intervención-

65

Page 66: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

12-   Conclusión Del Concursado: Aprobación del convenio.

La aprobación del convenio se producirá cuando se consigan las mayorías establecidas por ley,

posteriormente el juez solicita que el A.C rinda cuentas. Una vez presentado ese escrito el juez

dicta sentencia aprobando definitivamente el convenio y cesa la intervención del A.C.

El deudor tendrá a partir de ahora que cumplir con los pagos pactados y cada 6 meses

comunicar al Juzgado cómo van los mismos, eso es el seguimiento del concurso.

En caso de liquidación el cierre definitivo del concurso se produce con la subasta o venta del

inmueble y si no se dispone de activos, el cierre se produce con posterioridad a la celebración de

la Junta de Acreedores, se solicita la conclusión del concurso por falta de activos.

- Sentencia.

Juzgado Mercantil nº X de XXXX

Concurso nº XXX/XX

SENTENCIA Nº X/XX

En XXXX a XX de XX de dos mil XXXX.

Vistos por D. XXXXXXXXXXX, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. X de

esta ciudad, los presentes autos de concurso voluntario de la persona física XXXX XXXX

XXX representada por el Procurador de los Tribunales XXXX XXXX XXX, que han sido

registrados con el nº XXX/XX.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Que, dado que las adhesiones a la propuesta anticipada de convenio presentadas

alcanzaba la mayoría legalmente exigida, por providencia se proclamó el resultado.

Transcurrido el plazo contemplado en el artículo 128 de la Ley Concursal para la aprobación del

convenio, quedaron los autos en poder del proveyente para resolver.

66

Page 67: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

SEGUNDO.- Que en la tramitación de este expediente se ha observado todas las prescripciones

legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO.- Que, una vez verificado que las adhesiones a la propuesta anticipada de convenio

alcanzan la mayoría legalmente exigida, el artículo 109 de la Ley Concursal establece que el

Juez, “en los cinco días siguientes al vencimiento del plazo de oposición a la aprobación

judicial del convenio previsto en el artículo 128.1º, dictará sentencia aprobatoria”, salvo que se

haya formulado oposición al convenio o este sea rechazado de oficio por el juez. La sentencia

pone fin a la fase común del concurso y, sin apertura de la fase de convenio, “declara aprobado

éste con los efectos establecidos en los artículos 131 a 136”.

En definitiva, dado que no se ha formulado oposición y que no se aprecia infracción sobre la

forma y contenido de las adhesiones (artículo 131), debe aprobarse la propuesta de convenio,

que a obtenido la mayoría exigida por la Ley, con todos los efectos previstos en los preceptos

citados, incluido el cese de los administradores concursales.

SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 167 de la Ley Concursal la formación de la

sección sexta se ordenará en la misma resolución judicial por la que se apruebe el convenio, el

plan de liquidación o se ordene la liquidación conforme a las normas legales supletorias.

Por excepción a lo establecido en el apartado anterior, no procederá la formación de la sección

de calificación del concurso cuando tenga lugar la aprobación judicial de un convenio en el qe

se establezca, para todos los acreedores o para los de una o varias clases, una quita inferior a un

tercio del importe de sus créditos o una espera inferior a tres años, salvo que resulte incumplido.

En la presente propuesta de convenio se propone una quita del 50% y una espera de 5 años, por

lo tanto, “a contrario sensu” del artículo 167 párrafo segundo de la Ley Concursal procede la

apertura de la sección de calificación.

67

Page 68: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

TERCERO.- De conformidad con el 23 y 24 de la Ley Concursal, es procedente publicar la

presente resolución de la siguiente forma:

a) Librando mandamiento al Registro Civil de la concursada, una vez firme esta

resolución.

b) Librando Edicto con el fallo de esta resolución, que será objeto de publicación en el

tablón de este Juzgado.

c) Entregando los anteriores mandamientos al Procurador de la concursada que deberá

devolverlos cumplimentados al Juzgado, sirviendo la notificación de la presente de

requerimiento al efecto, para que lo haga en un plazo no superior a diez días

(acreditando en ese plazo cuando menos la presentación, sin perjuicio de que aporte la

publicación y/o anotación definitiva cuando se lleve a efecto) desde la entrega.

d) Librando mandamiento al Registro de la Propiedad, si se hubiera librado alguna

anterior con esta finalidad.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.

FALLO

1.- Aprobar la propuesta anticipada de convenio presentada por el concursado XXXX XXX

XXX, cuyo contenido se da por reproducido, cesando todos los efectos de la declaración del

concurso, sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42.

Se da por terminada la fase común del concurso.

2.- Cese en su cargo los administradores concursales, una vez rendida la cuenta que se

referirá.

3.- Requerir, sirviendo la presente al efecto, a los administradores concursales para que

rindan cuenta de su actuación dentro del plazo de veinte días contando a partir de la

notificación de esta resolución.

68

Page 69: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

4.- Publicar la presente resolución:

e) Librando mandamiento al Registro Civil de la concursada, una vez firme esta

resolución.

f) Librando Edicto con el fallo de esta resolución, que será objeto de publicación en el

tablón de este Juzgado.

g) Entregando los anteriores mandamientos al Procurador de la concursada que deberá

devolverlos cumplimentados al Juzgado, sirviendo la notificación de la presente de

requerimiento al efecto, para que lo haga en un plazo no superior a diez días

(acreditando en ese plazo cuando menos la presentación, sin perjuicio de que aporte la

publicación y/o anotación definitiva cuando se lleve a efecto) desde la entrega.

h) Librando mandamiento al Registro de la Propiedad, si se hubiera librado alguna

anterior con esta finalidad.

5.- Requerir al concursado, sirviendo la presente de requerimiento al efecto, a fin de que

semestralmente informe al Juzgado sobre el cumplimiento del convenio, en los términos

legalmente previstos.

6.- Decretar la formación de la sección 6ª con todos los efectos legales inherentes a ella.

7.- Notificar esta resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes

personadas en el procedimiento.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este

Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de XXXXX.

Así por esta misma sentencia, la pronuncio, mando y firmo XXXXX XXXX XXX, Magistrado-

Juez del Juzgado de lo Mercantil nº X de esta ciudad.

69

Page 70: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

13- Otras Consideraciones: Rescate plan de pensiones, impugnación derecho de

alimentos.

Es recomendable solicitar un rescate del plan de pensiones cuando haya seguridad que se vaya a

conseguir un acuerdo, ya que por el contrario sería contraproducente al añadir más masa activa

disponible en la hipotética liquidación. Cuando se tienen las mayorías, es el momento de

presentar escrito solicitando el rescate del plan de pensiones. Si no hay oposición, el juez lo

resolverá a favor nuestro. En cambio si el banco se opone a rescatarlo, habrá vista en el juzgado.

También será recomendable si la cantidad es lo suficientemente importante como mejorar

nuestra capacidad de repago futuro de la deuda en el convenio.

14.- Formulario incidente concursal.

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. “número de juzgado” DE “localidad del

juzgado”

“Don/Doña nombre y apellidos del procurador”, Procurador de los Tribunales y de “Don /Doña

nombre y apellidos del representado”, NIF “NIF del representado”, representación que acredito

con poder que acompaño, en el apoderamiento de concurso de acreedores núm. “número de

concurso” que ante este Juzgado se sigue frente al deudor “Don/Doña nombre y apellidos del

deudor”, comparece y como mejor proceda en Derecho, DICE:

Que, por medio del presente escrito y al amparo de lo dispuesto en el artículo “especificar

artículo” de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal-en adelante LCon-se formaliza demanda

incidental a tramitar conforme a los artículos 192 y siguientes de la LCon para la “descripción

de la demanda”.

70

Page 71: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

Dicha demanda se dirige frente a:

a. “…” Don/Doña nombre y apellidos del demandado”… O … La Administración

Concursal…”que habrá de ser citado/a en el domicilio sito en “domicilio de

citación”.

b. Ex artículo 193 de la misma, contra cualquier otra parte que se oponga a nuestra

pretensión, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

“Se relacionarán los correspondientes a la pretensión ejercitada”

FUNDAMENTOS JURÍUDICOS PROCESALES

PRIMERO Jurisdicción.

Corresponde a los Juzgados de lo Mercantil de acuerdo con el artículo 86ter. 1LOPJ-en

redacción dada al mismo por la LO 8/2003, de 9 de julio- y en el artículo 8 de la LCon.

SEGUNDO Competencia.

Corresponde al Juzgado de lo Mercantil de “localidad del juzgado”, al tratarse de un incidente

de un proceso concursal cuyo conocimiento le corresponde-Disposición Final 56ª de la LCon y

61 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil-en adelante LEC-.

71

Page 72: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

TERCERO Capacidad, legitimación y postulación procesal activa.

Corresponde a mí representado en su condición de “detalle de condición del representado”,

quien actúa representado por Procurador-debidamente apoderado a tal fin- y defendido por

letrado ex artículo 184 de la LCon.

CUARTO Capacidad, legitimación y postulación procesales pasiva.

En cuanto a la legitimación pasiva, este incidente se promueve frente a “Don /Doña nombre y

apellidos del deudor”.

Igualmente podrán intervenir en el incidente, asumiendo la condición de demandados, quienes

se opusieren al mismo ex artículo 193 de la LCon.

QUINTO Procedimiento

En cuanto a la clase de juicio, la presente demanda debe tramitarse por las normas del incidente

concursal ex artículo “especificar artículo” y 192 y siguientes de la LCon.

En particular ha de tenerse en cuenta la regla del artículo 192.1 de la LCon que permite

considerar al incidente concursal como pleito tipo a través del cual habrán de tramitarse aquellas

prestaciones que en la Ley Concursal no tengan señalado un cause formal más específico

SEXTO Fundamentos jurídicos en cuanto al fondo.

“Se desarrollarán los que fundamenten la pretensión ejercitada.”

SÉPTIMO Costas.

Conforme dispone el artículo 394.1 de la LCon y atendida la cuestión controvertida en este

incidente, solicitamos no se acuerde la condena en costas a las partes del mismo.

En su virtud,

72

Page 73: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

AL JUZGADO SUPLICO, que tenga por presentado este escrito, documentos que le

acompañan y sus copias, por interpuesta demanda contra “Don /Doña nombre y apellidos del

deudor” y frente a cualquier otra parte que se oponga a la misma, para “descripción” y previos

los trámites legales oportunos dicte sentencia en la que se declare “se especificará el objeto de la

pretensión! Sin condena en costas.

OTROSÍ DIGO, Que conforme señala el artículo 194.4 de la LCon en redacción dada por el

apartado 4 del artículo 12.12 del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 marzo, interesa esta parte la

celebración de vista para la práctica de los siguientes medios de prueba: testifical de “Don

/Doña nombre y apellidos del testigo” que deberá ser citada por el Tribunal en su domicilio sito

en “domicilio del testigo”.

AL JUZGADO SUPLICA, Que tena por formuladas las alegaciones que se contienen en el

anterior Otrosí.

Es justicia que pide en “lugar y fecha”

Fdo. Abogado y procurador

“firma del abogado”

“firma del procurador”

73

Page 74: GUÍA PRÁCTICA PARA PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES DE PERSONA FÍSICA

Guía Práctica Concursal

Carlos Guerrero Martín

 

74