filosofia del derecho i

68
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 1 Introducción ............................................................................................................. 5 Requisitos de la asignatura ...................................................................................... 7 Objetivos generales de la asignatura ....................................................................... 7 Contenido ................................................................................................................ 9 Bibliografía ............................................................................................................ 11 Consideraciones generales para el aprendizaje ..................................................... 13 UNIDAD 1 INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO Introducción ........................................................................................................ 15 Mapa conceptual ................................................................................................... 16 Objetivos específicos ........................................................................................... 16 Tema 1: CONCEPTO, ORIGEN Y FORMACIÓN 1. Introducción ......................................................................................... 17 2. Objetivos específicos .......................................................................... 17 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 17 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 22 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 23 Solucionario Tema 2 RELACIÓN DE LA FILOSOFÍA CON OTRAS DISCIPLINAS 1. Introducción ........................................................................................ 25 2. Objetivos específicos .......................................................................... 25 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 25 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 28 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 29 Solucionario Tema 3 MÉTODOS 1. Introducción ........................................................................................ 31 2. Objetivos específicos .......................................................................... 31 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 31 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 33 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 34 Solucionario ÍNDICE PRIMER PARCIAL

Upload: luis-ruiz

Post on 09-Aug-2015

76 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

1

Introducción ............................................................................................................. 5 Requisitos de la asignatura ...................................................................................... 7 Objetivos generales de la asignatura ....................................................................... 7 Contenido ................................................................................................................ 9 Bibliografía ............................................................................................................ 11 Consideraciones generales para el aprendizaje ..................................................... 13 UNIDAD 1 INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO Introducción ........................................................................................................ 15 Mapa conceptual ................................................................................................... 16 Objetivos específicos ........................................................................................... 16 Tema 1: CONCEPTO, ORIGEN Y FORMACIÓN

1. Introducción ......................................................................................... 17 2. Objetivos específicos .......................................................................... 17 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 17 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 22 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 23

Solucionario Tema 2 RELACIÓN DE LA FILOSOFÍA CON OTRAS DISCIPLINAS

1. Introducción ........................................................................................ 25 2. Objetivos específicos .......................................................................... 25 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 25 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 28 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 29

Solucionario

Tema 3 MÉTODOS

1. Introducción ........................................................................................ 31 2. Objetivos específicos .......................................................................... 31 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 31 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 33 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 34

Solucionario

ÍNDICE

PRIMER PARCIAL

Sistema de Educación a Distancia

2

Tema 4 FILOSOFÍA DEL DERECHO Y EL DERECHO NATURAL

1. Introducción ........................................................................................ 36 2. Objetivos específicos .......................................................................... 36 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 36 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 38 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) ..................................... 39

Solucionario Actividades para la reflexión e indagación............................................................ 41 UNIDAD 2 JUSTICIA Introducción ........................................................................................................ 43 Mapa conceptual ................................................................................................... 44 Objetivos específicos ............................................................................................ 44 Tema 5 DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS

1. Introducción ........................................................................................ 45 2. Objetivos específicos .......................................................................... 45 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 45 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 48 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 49

Solucionario Tema 6 JUSTICIA LEGAL, DISTRIBUTIVA Y CONMUTATIVA

1. Introducción ........................................................................................ 51 2. Objetivos específicos .......................................................................... 51 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 51 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 53 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 54

Solucionario Tema 7 JUSTICIA Y SOCIEDAD

1. Introducción ........................................................................................ 56 2. Objetivos específicos .......................................................................... 56 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 56 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 59 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 60

Solucionario

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

3

Tema 8 JUSTICIA Y DERECHO

1. Introducción ........................................................................................ 62 2. Objetivos específicos .......................................................................... 62 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 62 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 64 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 65 Solucionario

Actividades para la reflexión e indagación............................................................ 67 Contenido .............................................................................................................. 69 Bibliografía ............................................................................................................ 71 Consideraciones generales para el aprendizaje ..................................................... 73 UNIDAD 3 DERECHO Introducción ........................................................................................................ 75 Mapa conceptual ................................................................................................... 76 Objetivos específicos ........................................................................................... 76 Tema 9 DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS

1. Introducción ........................................................................................ 77 2. Objetivos específicos .......................................................................... 77 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 77 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 80 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 81 Solucionario

Tema 10 DERECHO Y MORAL

1. Introducción ........................................................................................ 83 2. Objetivos específicos .......................................................................... 83 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 83 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 86 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 87 Solucionario

SEGUNDO PARCIAL

Sistema de Educación a Distancia

4

Tema 11 EL DERECHO OBJETIVO Y SUBJETIVO

1. Introducción ........................................................................................ 89 2. Objetivos específicos .......................................................................... 89 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 89 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 92 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 93 Solucionario

Tema 12 EL DERECHO COMO TÉCNICA SOCIAL DE APLICACIÓN

1. Introducción ........................................................................................ 95 2. Objetivos específicos .......................................................................... 95 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 95 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 98 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 99 Solucionario

Actividades para la reflexión e indagación.......................................................... 101 GLOSARIO ....................................................................................................... 103

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

5

INTRODUCCIÓN

La Filosofía del Derecho es considerada una rama de la Filosofía que tiene como propósito el estudio de los fundamentos que rigen la creación y aplicación del Derecho; así también se la define como el estudio de los primeros principios, que pueden referirse al ser, al conocer y al obrar. Al analizar la historia de la Filosofía del Derecho, encontramos que en las diferentes épocas se ha meditado sobre el Derecho y la Justicia, por cuanto responde a la necesidad natural y constante del espíritu humano. Se convierte en toda aproximación al hecho jurídico, en el acercamiento a un fenómeno que ha acompañado a la Humanidad desde su aparición, puesto que la ley y el derecho constituyen una constante histórica que ha incidido de una forma general y frecuente en las personas, y en los modelos sociales y políticos. La Filosofía del Derecho se encarga de estudiar el derecho de un modo universal; en todos los tiempos y lugares se da un sistema complejo de normas o instituciones que informan y regulan la convivencia social con carácter obligatorio. La actividad especial del jurista, en sentido estricto, consiste en explicar un sistema vigente, se limita a comprender e interpretar en su propio sentido las normas positivas, sin indagar si podría haber otras mejores. Además de esta actividad particular, existe la necesidad humana de investigar y valorizar la Justicia, o sea el Derecho en su deber ser. Esta investigación se desarrolla de una forma autónoma, comprendiendo la búsqueda del ideal, la crítica de la racionalidad y la legitimidad del Derecho existente. Encargándose la Filosofía del Derecho, de la investigación cabal de lo que debe o debiera ser en el derecho, frente a lo que es, contraponiendo una verdad ideal a una realidad empírica. Las grandes cuestiones de la Filosofía del Derecho son: la Espistemología Jurídica, la Ontología Jurídica, la Axiología Jurídica y la Filosofía Jurídica y Existencial. Estas cuestiones se desarrollan como parte de la definición y evolución de la Filosofía del Derecho. El texto didáctico está conformado de tres unidades, cuyos contenidos están vinculados con la Filosofía del Derecho en general; la Justicia como fin primordial de todo sistema u ordenamiento jurídico; y, el Derecho desde su concepto, clases, relaciones con otras ciencias, su importancia dentro de la Sociedad. El desarrollo de los diversos temas que forman parte de las unidades didácticas antes mencionadas, le permite a usted como estudiante una mejor comprensión del Derecho, su razón de ser. Generando en éste, la convicción de la necesidad de un ordenamiento jurídico y su consecuente cumplimiento por parte de todos los integrantes de la sociedad, para el logro de la justicia y la equidad.

Sistema de Educación a Distancia

6

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

7

REQUISITOS PARA LA ASIGNATURA

Recordar la Filosofía en general y su evolución histórica.

Haber aprobado las asignaturas de Introducción al Pensamiento Crítico y Lógica Jurídica.

Interés por la lectura de los diferentes tratadistas de Filosofía del Derecho.

Capacidad de concentración al reflexionar sobre temas relacionados con la Filosofía del Derecho.

Capacidad de análisis de conceptos y doctrinas.

Investigar constantemente; los filósofos del Derecho al estar en permanente estudio, pueden cambiar ciertas tesis y doctrinas jurídicas.

Capacidad de síntesis. OBJETIVOS DE LA ASIGNATURA

Lograr una capacidad de síntesis, reflexión, profundidad, diálogo y coherencia de

los temas vinculados con el derecho y la justicia.

Comprender “qué significa pensar jurídicamente”, esto es, que significa tener una “experiencia jurídica”; en particular contraponiendo esto a la tradición restrictiva de la dogmática y la exégesis.

Alcanzar la capacidad de razonamiento personal y actitud de planteamiento de interrogantes y respuestas a nivel filosófico – jurídico.

Sistema de Educación a Distancia

8

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

9

CONTENIDOS

UNIDAD 1 INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO

Tema 1: Conceptos, origen y formación Tema 2: Relación de la filosofía con otras disciplinas Tema 3: Métodos Tema 4: Filosofía del Derecho y el Derecho Natural

UNIDAD 2 JUSTICIA

Tema 5: Definición y características de la justicia Tema 6: Justicia legal, distributiva y conmutativa Tema 7: Justicia y sociedad Tema 8: Justicia y derecho

PRIMER PARCIAL

Sistema de Educación a Distancia

10

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

11

BIBLIOGRAFÍA

Los libros escogidos para esta asignatura, como fuente bibliográfica, contienen las definiciones, características, elementos constitutivos, clasificaciones, semejanzas y diferencias, alcance, importancia y efectos de las diferentes Unidades Didácticas desarrolladas. Los autores han profundizado en los conceptos de Derecho y Justicia, utilizando el lenguaje más sencillo para la comprensión de los argumentos y tesis sostenidas por los Filósofos del Derecho en la evolución histórica de la sociedad. Giorgio, Del Vecchio. Fisolofía del Derecho. Barcelona, Bosch, Casa Editorial,

S.A., 1980.

Hans, Kelsen. ¿Qué es Justicia? Barcelona, Editorial Ariel S.A., 1992.

Jaramillo Ordóñez, Hernán. La Ciencia y Técnica del Derecho. Cuenca, Ediciones Carbol, 2000.

Escobar Saravia, Carlos. Manual de Filosofía. Buenos Aires, Abeledo-Perrot

Direcciones de internet "http://es.wikipedia.org/wiki/Epistemolog%C3%ADa_jur%C3%ADdica

Menciona a la epistemología jurídica, explicando el conocimiento del derecho, se trata de dilucidar si este conocimiento es posible, qué forma o estructura ha de tener, cuáles son las maneras de presentarse en las sociedades.

"http://es.wikipedia.org/wiki/Axiolog%C3%ADa_jur%C3%ADdica

Menciona a la axiología jurídica que trata el problema de los valores jurídicos, es decir, dilucida sobre cuáles sean los valores que harán correcto un modelo de derecho que primará al momento de elaborar el ordenamiento jurídico o aplicarlo.

http://www.filosofia.org/

El Proyecto Filosofía en Español pretende potenciar el desarrollo, la difusión y el conocimiento de la filosofía construida y pensada en la lengua que hablamos cientos de millones de personas.

www.todoelderecho.com

Recursos jurídicos de consulta en temas de actualidad. http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/4.pdf

La objetividad de las proposiciones jurídicas. El derecho como ciencia del orden social. El derecho como ciencia de lo justo practicable. El objeto de la ciencia jurídica. La objetividad de las proposiciones jurídicas.

http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/5.pdf

La ponderación como procedimiento para interpretar los derechos fundamentales.

Sistema de Educación a Distancia

12

http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/10.pdf

Constructivismo jurídico, verdad y prueba. http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/12.pdf

Qué es y para qué sirve el derecho. http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/18.pdf

La filosofía perenne. Una propuesta vigente para la filosofía contemporánea del derecho.

http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/21.pdf

Legalidad, legitimidad, legitimación. Implicaciones éticas. http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/34.pdf

Kelsen y el problema de la objetividad. http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/36.pdf

La interpretación del derecho. http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/48.pdf

Justicia y mulculturalismo.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

13

CONSIDERACIONES GENERALES PARA EL APRENDIZAJE EN LA EDUCACIÓN ABIERTA Y A DISTANCIA

PROPICIAR UN APRENDIZAJE AUTÓNOMO Y LIGADO A LA EXPERIENCIA. 1

Es notable el avance de las Ciencias de la Educación que posibilita una planificación cuidadosa de la utilización de recursos y una metodología que, privada de la presencia directa del profesor, potencia el trabajo independiente y por ello la individualización del aprendizaje. Así, la profundización y perfeccionamiento de los sistemas individualizados de enseñanza, han potenciado esta modalidad de enseñanza-aprendizaje con rasgos definidos aplicables a sectores determinados del universo estudiantil (Peñaiver, 1981: 28). Los sistemas de educación a distancia no sólo pretenden llenar cabezas, sino capacitar y entrenar al estudiante en aprender a aprender y aprender a tecnificarse (Pastrana: 1985:3), forjando su autonomía en cuanto a tiempo, estilo, ritmo y método de aprendizaje, al permitir la toma de conciencia de las propias capacidades y posibilidades para su autoformación. En definitiva, se pretende: Que el estudiante adquiera actitudes, intereses, valores que le faciliten los

mecanismos precisos para regirse a sí mismo, lo que le llevará a responsabilizarse en un aprendizaje permanente.

Convertirlo en sujeto activo de su formación y al profesor en guía y orientador, tratando de superar las deficiencias del sistema presencial tradicional.

Posibilitar un aprendizaje que está ligado fundamentalmente a la experiencia (Dichanz, 1983: 33-46 y Hough, 1984: 7-23) y en contacto inmediato con la vida laboral y social. Comprende a una población de adultos, en buena parte activos laboralmente, que desean perfeccionarse, al disponer de un tiempo, aunque sea escaso, para el estudio, rompiendo así los clásicos moldes de educación formal institucionalizada. La educación a distancia no es sólo aprender de lejos; supone la no separación del individuo de su medio para convertirlo así en propio factor de educación (Cirigliano, 1983: 20-21)

Fomentar el logro de una independencia de criterio, capacidad para pensar, trabajar y decidir por sí mismo y satisfacción por el esfuerzo personal.

1 García Aretio, L. (1989). Para qué la Educación a Distancia. http://www.uned.es/catedraunesco-ead/articulos/1989/para%20que%20la%20educacion%20a%20distancia.pdf

Lea con atención la siguiente información que contribuirá a conceptualizar uno de los objetivos fundamentales de la Educación a Distancia como es generar el aprendizaje autónomo e independiente que apoyado en las nuevas tecnologías de la comunicación enriquecen el proceso de enseñanza aprendizaje.

Sistema de Educación a Distancia

14

USOS Y REPERCUSIONES DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LA EDUCACIÓN 2

Las nuevas tecnologías constituyen una nueva plataforma para acercar la formación a las personas. Estamos de acuerdo con Carlos Marcelo, quien señala que la formación “es una necesidad de las personas y de las empresas. No hay opción de mantenerse al margen de la evolución de los saberes, salvo en el caso de ocupaciones artesanales donde la tradición pesa más que la innovación. Y aún en este caso, los medios tecnológicos resultan ya imprescindibles en la gestión y comercialización de los productos”. Las nuevas tecnologías hacen posible formas alternativas de trabajo escolar y han supuesto un cambio en la interactividad, es decir, en cómo nos comunicamos. ¿Por qué y para qué utilizar internet en el ámbito de la educación? Lo realmente importante es encontrar una información refinada y útil para el usuario dentro de ese mar de datos y mido que la red alimenta. En este sentido la calidad está determinada por la facilidad y velocidad de acceso, la actualidad, la precisión y la confiabilidad. En todo proceso de búsqueda es indispensable llevar a cabo un análisis crítico de las fuentes de información, comprobando su exactitud, su credibilidad, el tipo de destinatario pretendido, la objetividad de los contenidos, el tipo de cobertura, el estilo y la facilidad de uso. Cuando un grupo de alumnos muestra interés por un tema muy específico y sobre el que no hay muchos recursos se puede recurrir a otra aplicación que es el intercambio entre personas, aplicación que también es extensible a comunidades docentes que sufran un cierto aislamiento, pero que comparten inquietudes comunes. Además, el desarrollo de proyectos colectivos permite a los estudiantes intercambiar datos sobre su medio ambiente o sobre las semejanzas y diferencias culturales entre sus comunidades. Probablemente una de las aplicaciones educativas más interesantes de Internet es el aprendizaje autónomo. La primera manifestación de esta aplicación es la enseñanza a distancia, cuyos orígenes se remontan a finales del siglo XIX. La enseñanza a distancia ha ido incorporando los nuevos medios técnicos que iban apareciendo y en este sentido internet ofrece algunas ventajas para satisfacer más eficazmente los nuevos requerimientos de la educación. Junto a la enseñanza hay otros servicios que pueden ser útiles para el aprendizaje autónomo: los foros, las sesiones de chat y las listas de correo. Existe una cierta tendencia a pensar que internet se convertirá en el medio de comunicación por excelencia, quedando los medios tradicionales relegados a la categoría de piezas de museo o, en el mejor de los casos, a la de instrumentos de uso marginal. En el ámbito específico de la comunicación educativa no cabe duda de que internet cobrará mayor importancia, pero no dejará de ser un instrumento entre otros, que seguirán siendo imprescindibles para la educación y la transmisión de conocimiento.

2 www.campusred.net/forouniversitario/pdfs/comunicaciones/documentacion/M_Angeles_Cruz_Camara.pdf

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

15

GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES INTRODUCCIÓN

Para comprender la Filosofía del Derecho, el alumno debe conocer los conceptos o definiciones que los distintos autores han manifestado acerca de esta disciplina en cada época. De las definiciones se podrá determinar sus características e importancia. La Filosofía del Derecho ha sufrido transformaciones en el devenir del tiempo, comenzó siendo dependiente de la Moral, la Teología y la Política; sin embargo, paulatinamente fue logrando su autonomía, operando una distinción. Como consecuencia de esa autonomía, se puede relacionar con otras ciencias o disciplinas del conocimiento. Como todo, la Filosofía del Derecho tiene su objeto, función y sentido; estos aspectos están relacionados con el sistema jurídico y la búsqueda constante de la justicia, como elementos substanciales de una convivencia pacífica.

UNIDAD 1

INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO

Sistema de Educación a Distancia

16

MAPA CONCEPTUAL

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Determinar las características de la Filosofía del Derecho.

Identificar el objeto, la función y el sentido.

Precisar la importancia para el ordenamiento jurídico.

FILOSOFÍA DEL DERECHO

SER OBRAR

HISTORIA

Personas Modelos sociales Modelos políticos

Ordenamiento jurídicoAplicando un

método

estudia principios de

CONOCER

a través de la

en

que han generado

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

17

DESARROLLO DEL CONTENIDO:

GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción En este tema se desarrolla el concepto y la definición de la Filosofía del Derecho para comprender su importancia y relación con el sistema jurídico obligatorio dentro de un Estado o Sociedad. Además, la forma en que esta disciplina ha evolucionado y adquirió la independencia frente a otras ciencias. En cuanto a su origen, nació unida a la Teología, Moral y Política, generándose una confusión completa; así como parte de la Teología, se consideraba al Derecho como un mandato de la Divinidad y como superior al Ser Humano, convirtiéndose en objeto de la Fe. 2. Objetivos específicos Definir la Filosofía del Derecho.

Identificar las etapas de su evolución histórica.

Determinar su formación como una disciplina autónoma. 3. Desarrollo del tema CONCEPTO: La Filosofía del Derecho es una rama de la Filosofía que se encarga de estudiar los fundamentos filosóficos que rigen la creación y aplicación del Derecho. Logra una aproximación al hecho jurídico, se acerca a un fenómeno que ha acompañado a la Humanidad desde su aparición, puesto que la ley y el derecho constituyen una constante histórica que ha incidido de una manera general y frecuente en las personas y en los modelos sociales y políticos. La Filosofía no puede entenderse sólo como una reacción espontánea o natural de las personas. El Ser Humano, por naturaleza, tiene la curiosidad de saber. Esta curiosidad por saber no es por sí misma filosófica. En la búsqueda de un concepto claro y sencillo de la Filosofía del Derecho, encontramos que a la Filosofía en general se la puede comprender desde varias perspectivas, así la Filosofía Teorética estudia los primeros principios del ser y del conocer, dividiéndose en estas ramas: Ontología o Metafísica, Gnoseología o Teoría del

TEMA 1 CONCEPTO, ORIGEN Y FORMACIÓN

Sistema de Educación a Distancia

18

Conocimiento, Lógica, Psicología, Filosofía de la Historia y Estética; en cambio, la Filosofía Práctica estudia los primeros principios del obrar y se divide en Filosofía Moral y Filosofía del Derecho. Quedando señalado que la Filosofía del Derecho es parte de la Filosofía Práctica. La Filosofía considera al Derecho de un modo universal, lo que la diferencia de la Ciencia del Derecho, que se encarga de los aspectos particulares en la vida de los miembros de la sociedad. Cuando se superan las particularidades del Derecho, como sistema jurídico, tratando de entender su integridad lógica, determinando los elementos esenciales comunes a todos los ordenamientos jurídicos; precisar el concepto de Derecho, sus relaciones con la Moral, los elementos constitutivos del Derecho Objetivo y Subjetivo, el sujeto y la relación jurídica, estaremos reflexionando sobre temas que pertenecen a la Filosofía del Derecho, constituyendo una esfera propia de investigación. La Filosofía del Derecho puede definirse como “la disciplina que define el Derecho en su universalidad lógica, investiga los orígenes y los caracteres generales de su desarrollo histórico, y lo valora según el ideal de la justicia trazado por la pura razón” (Giorgio del Vecchio. FILOSOFÍA DEL DERECHO. Pág. 279). Cuando esta disciplina describe el origen y la evolución del Derecho, considera que este proceso conduce a verificar gradualmente el ideal de la Justicia, debido a que el espíritu humano genera el derecho; convirtiéndose la Filosofía en un medio de progreso jurídico; siendo el reconocimiento positivo del ideal jurídico. Con el transcurso del tiempo, con el propósito de definir la Filosofía del Derecho, han surgido importantes cuestiones de esta disciplina, que se las puede agrupar de la siguiente forma: EPISTEMOLOGÍA JURÍDICA: Entra en la reflexión sobre el conocimiento del

Derecho, se trata de dilucidar si este conocimiento es posible, qué forma o estructura ha de tener, cuáles son sus maneras de presentarse en las sociedades.

ONTOLOGÍA JURÍDICA: Se encarga de fijar el ser del derecho, es decir el

objeto sobre el que se va a filosofar; este objeto es anterior al conocimiento que se le aplica, esto es que tiene una realidad propia antes de ser estudiado. Obtendrá un concepto del derecho que servirá como base para una reflexión filosófica posterior.

AXIOLOGÍA JURÍDICA: Trata el problema de los valores jurídicos, es decir,

dilucida los valores que harán correcto un modelo de derecho o que primarán a la hora de elaborar o aplicar el derecho. Así, en nuestro ordenamiento jurídico no existe la pena de muerte, sustentándose en el valor de que "el Estado no mate". De todos los valores del Derecho el más importante es el de "Justicia", tiene tanta importancia que algunos autores designan a la axiología jurídica como Teoría de la Justicia.

DEONTOLOGÍA JURÍDICA: Pone de relieve la relación entre el hombre y la

realidad jurídica; no se puede prescindir del hombre en la realización del derecho porque la humanidad es la que crea y aplica el derecho, aún más, crea y aplica a sí misma el derecho. En resumen, comprende el deber, la acción, la práctica del Derecho.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

19

Estas cuestiones o inquietudes permiten una comprensión general de los principios, causas y efectos de todas las cosas. Por lo expuesto, se puede señalar que la Filosofía del Derecho responde a exigencias naturales y constantes del espíritu humano. Con el despertar de la conciencia crítica surgió la necesidad de investigar si el ordenamiento jurídico obligatorio es el justo, si la autoridad que gobierna, manda con razón.

ORÍGENES Y FORMACIÓN: Los orígenes de la Filosofía en general en el sector occidental se remontan a Grecia. Etimológicamente, la palabra filosofía significa amor a la sabiduría. Respecto a la Filosofía del Derecho, en la evolución histórica, comienza a tener mayor importancia a partir de la Escuela Pitagórica, cuyo pensamiento fundamental es que la esencia de todas las cosas es el número; por tanto, los principios de los números son los principios de las cosas. Este concepto matemático abre el camino a consideraciones astronómicas, musicales y también políticas. La Justicia es una relación aritmética, una ecuación o igualdad, de la cual se deduce la retribución, el contracambio, la correspondencia entre el hecho y el tratamiento de que éste ha de ser objeto. Concepto que se aplica no sólo a la pena en caso de delitos, sino también a otras relaciones jurídicas en la convivencia social. En este recorrido histórico para la formación de la Filosofía del Derecho, consta la Escuela de los Sofistas, siendo la primera que se decidió a afrontar los problemas del espíritu humano, el problema del conocimiento y el ético, en el siglo V antes de Cristo. Constituida por un grupo de pensadores con método dialéctico y grandes elocuentes, caracterizados por discursos antagónicos, provocando actitudes de rechazo público, por sus tesis contradictorias. Sus principales características eran el individualismo y el subjetivismo, en consecuencia, cada hombre tiene un modo propio de ver y de conocer las cosas, por lo que no puede existir una verdadera ciencia objetiva y universalmente válida, negando toda verdad objetiva, no admiten una justicia absoluta. Lo trascendente de los sofistas fue lograr la atención sobre los problemas psicológicos, morales y sociales. En los inicios de la Filosofía del Derecho, es de resaltar el pensamiento de Sócrates, Platón y Aristóteles; así Sócrates enseñó a respetar las leyes, inculcando la obediencia a las leyes del Estado. Platón, discípulo del Sócrates, desarrolló una concepción del Estado, como organismo perfecto, dentro del cual esté la Justicia, considerándola como la virtud por excelencia, en la cual existe una relación armónica entre las varias partes de un todo. Aristóteles, con un carácter más de observador de los hechos, que especulativo como lo era su maestro Platón, consideró al Estado como una unión orgánica perfecta, que tiene por fin la virtud y la felicidad universal; el Estado regula la vida de los ciudadanos mediante leyes, cuyo contenido es la justicia, siendo el principio de esta última, la igualdad, que se aplica de varias maneras, creando una clasificación de justicia, la misma que será analizada en otra unidad didáctica.

Sistema de Educación a Distancia

20

Posteriormente, surgieron las Escuelas Estoica y Epicúrea, la primera se deriva de la Escuela de los Cínicos, quienes se caracterizaron por despreciar todas las leyes (sistema positivo) y costumbres dominantes, adoptando una actitud negativa frente al Estado, buscando desvincular a los ciudadanos de éste, regresando a la simplicidad primitiva del estado de naturaleza. Los estoicos concibieron un ideal de hombre sabio, que venció todas las pasiones y se ha liberado de la influencias externas, siendo la libertad que jamás podrá destruir alguna forma de opresión. La Filosofía estoica, de cierta forma, es la precursora del cristianismo. La segunda escuela antes indicada, tiene como característica que el único bien es el placer, siendo el fundamento de la obligación. Epicuro, fundador de esta Escuela en Atenas, consideró a la virtud no como el fin supremo (criterio estoico), sino un medio para llegar a la felicidad. Generó preceptos éticos que originó una teoría sobre la gradación de los placeres. Su doctrina no es puramente materialista, pues consideraba a la amistad como el más grande de los placeres. Su pensamiento respecto al Estado, se sustenta en la concepción utilitaria, así niega la naturaleza sociable y gregaria del hombre, por lo que la lucha permanente entre los hombres, era fuente de dolor, naciendo la necesidad de la formación del Estado. De esta manera, Epicuro consideraba al Derecho como un pacto de utilidad y el Estado es el efecto de un convenio, que los hombres podrán romper siempre que no se encuentren en tal unión la utilidad que se propusieron al concertarlo; encontrándonos frente a la primera formulación de la teoría del contrato social. Durante el desarrollo histórico de la Filosofía del Derecho, en Roma se produjeron corrientes filosóficas, derivadas de Grecia. Los Juristas Romanos no alcanzaron una gran altura en las abstracciones teóricas, en las ideas puramente filosóficas; pero lograron llevarlas a la práctica del Derecho Positivo, en la aplicación concreta de las normas, satisfaciendo las exigencias lógicas y las necesidades cambiantes de la realidad. Lograron progresos en el Derecho, según el contenido de las nuevas exigencias, con una técnica formal perfecta. El derecho positivo ecuatoriano tiene su principal origen en el derecho romano, el cual se sustentó en la filosofía griega. Las instituciones jurídicas que conforman el Derecho Civil tienen su sustento en el derecho positivo romano. De una manera resumida, las siguientes etapas en la evolución histórica de la Filosofía del Derecho, luego de los Juristas Romanos, se encuentran: el Cristianismo en la Edad Media, sustentada en la doctrina religiosa y moral, alcanzó efectos e influencia notables sobre la política, en cuanto a la organización social de la Iglesia que tenía caracteres propios de todo sistema político; y la jurisprudencia, considerando valores cristianos como la caridad. Además, una nueva concepción del Estado frente a la Iglesia, pues la meta última no es solamente la vida civil, sino alcanzar la beatitud celeste, mediante la subordinación a los preceptos divinos interpretados por la Iglesia; la cual se convierte en un ente autónomo superior al Estado, debido a que se ocupa de los fines eternos, complicándose la relación política, entre Estado e Iglesia. La Filosofía del Derecho durante la Edad Moderna, contó con algunos pensadores sobresalientes en sus tesis, entre ellos, Montesquieu, quien busca explicar a través de sus ensayos, las leyes, las instituciones jurídicas, costumbres y ordenamientos políticos y sociales de varios pueblos, para demostrar las razones y motivos que los han determinado.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

21

Entre sus méritos está el método histórico utilizado en sus investigaciones acerca del Derecho y el aporte de doctrinas políticas. Enunció que “para que no se pueda abusar del poder, es preciso que el poder detenga al poder”, debiendo organizarse los Poderes del Estado, de tal forma, para que se limiten mutuamente; distinguiendo tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, principio filosófico y político contenido en nuestra Constitución Política. Juan Jacobo Rousseau y el Contrato Social, partiendo del criterio que la sociedad política debe aceptarse como un hecho irrevocable, dentro de la cual debe conseguirse la libertad y la igualdad, de las cuales disfrutaba el hombre en la etapa primitiva. Para hacer efectivo el goce de los derechos naturales del hombre civilizado, lo importante es encontrar un modo para restablecer esos derechos, siendo éste el Contrato Social. El concepto de Contrato Social para Rousseau era una forma ideal de asociación, en la cual la pertenencia a un cuerpo político no destruye la libertad de los individuos; su contenido significaba la consagración política de los derechos de libertad e igualdad, propios del hombre en el estado de naturaleza. Además, manifestó que era un postulado de la razón, una verdad no histórica, sino normativa y reguladora. Con este concepto quiso indicar la forma en que debe ser constituido el orden jurídico, a fin de que socialmente sean conservados íntegros los derechos que el hombre tiene por naturaleza. En resumen, concibió al Contrato Social como un modo en que los individuos por un instante confieren sus derechos al Estado, el cual después se los reintegra a todos como derechos civiles. Otro filósofo que influyó en el Derecho fue Manuel Kant, quien tiene el mérito de haber despejado aquella confusión, afirmando el valor puramente racional (regulativo) de los principios del Derecho Natural. Concibe al Contrato Social como pura idea que expresa el fundamento jurídico del Estado como su arquetipo (modelo) racional. A Kant se lo puede considerar como un renovador de la Filosofía del Derecho, de él proceden las diversas corrientes filosóficas, como fueron el idealismo, el empirismo y el positivismo. Así mismo, se propuso investigar las condiciones y los límites de nuestro conocimiento y determinar la posibilidad y el valor del mismo. En la formación de la Filosofía del Derecho, desde su origen, han sido diferentes autores y doctrinarios los que con sus pensamientos y análisis crítico permitieron el surgimiento de esta rama de la Filosofía en General. Siguiendo con el desarrollo histórico, también existió el Historicismo Político o Filosofía de la Restauración, cuyos expositores señalaban que el Derecho no es abstracto que se pueda descubrir por deducción, esto es, producido por el pensamiento de un hombre; por el contrario, se trata de un hecho histórico, que supone la elaboración y transmisión de generación en generación. Posteriormente, el Historicismo Filosófico o Idealismo Objetivo, representado por Schelling y Hegel; y, el Historicismo Jurídico o Escuela Histórica del Derecho, siendo un filósofo trascendente de esta escuela, Carlos Savigny, quien sostenía que debían unificarse todas las leyes vigentes en los varios Estados, formando un solo

Sistema de Educación a Distancia

22

Cuerpo de Leyes, sustentando su tesis, en un aspecto de carácter práctico, debido a los inconvenientes al existir disparidad de las leyes y de las costumbres. En la época contemporánea se cuenta con numerosos filósofos del Derecho, en ciertos casos con nuevas criterios o tesis; otros, siguiendo con mayor fuerza las corrientes de pensamiento, importantes en tiempos anteriores. Es de señalar, que el sistema jurídico ecuatoriano tiene su base en el pensamiento filosófico del occidente, en sus diferentes normas o disposiciones se recoge los criterios emanados de los seguidores de las diferentes escuelas antes mencionadas. La Filosofía del Derecho obtiene su autonomía porque el filósofo, jurista es un amante del conocimiento, en búsqueda de la verdad, alcanzar la justicia, la paz y el bien común. 4. Orientaciones específicas para el estudio

Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda hacer como mínimo dos lecturas reflexivas del contenido desarrollado. Además, el estudiante puede profundizar respecto del pensamiento de los diferentes filósofos del Derecho, de los cuales solamente consta una síntesis de sus tesis o los aspectos destacables para la formación de esta disciplina, y su influencia en los sistemas jurídicos de los diferentes países, en particular del Ecuador. El alumno deberá hacer una lectura pausada para una mejor comprensión del tema desarrollado, y necesitará de un lugar y momento adecuados para interiorizar el contenido.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

23

5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. La Filosofía del Derecho se originó unida a la: a. Lógica b. Moral c. Historia 2. La Filosofía considera al Derecho de un modo: a. Universal b. Particular c. Mixto 3. La Ontología Jurídica es la que se encarga de analizar respecto del derecho, lo

siguiente: a. Sujeto b. Objeto c. Método 4. La Filosofía del Derecho, durante su evolución histórica, comienza a tener mayor

importancia a partir de la Escuela: a. Sofista b. Pitagórica c. Estoica 5. El Cristianismo que se sustentó en la doctrina religiosa y moral, apareció en la edad: a. Antigua b. Moderna c. Media II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. La Axiología Jurídica dilucida los valores en que se sustenta un modelo

de derecho. ( ) 2. Montesquieu aportó con el concepto de contrato social como una forma ideal de

asociación de individuos. ( ) 3. A Manuel Kant se lo considera un renovador de la Filosofía del Derecho porque

aportó criterios para corrientes filosóficas como el idealismo, empirismo y positivismo. ( )

4. Uno de los principales pensadores de la Escuela Histórica del Derecho es Carlos

Savigny. ( ) 5. Rousseau aportó con la tesis de la división de los poderes del Estado para que exista

controles mutuos y limitaciones. ( )

Sistema de Educación a Distancia

24

I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. b. 2. a. 3. b. 4. b. 5. c. II. VERDADERO O FALSO 1. V 2. F 3. V 4. V 5. F

SOLUCIONARIO

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

25

GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción En este tema se indica el vínculo que tiene la Filosofía del Derecho con otras disciplinas en general, así mismo, con diferentes ramas del Derecho; partiendo de que se encarga del análisis de los diferentes corrientes o escuelas filosóficas, tiene como fin explicar la creación del sistema jurídico como instrumento para la convivencia pacífica de los individuos. En sus inicios, la Filosofía formaba parte de otras ramas del conocimiento; sin embargo, al lograr su independencia, sigue estando relacionada con las disciplinas a las que perteneció. 2. Objetivos específicos Señalar las disciplinas con las que se relaciona la Filosofía del Derecho. Determinar la importancia de la relación con otras disciplinas.

3. Desarrollo del tema La Filosofía y el Derecho guardan una estrecha relación, en el plano filosófico y en forma regular, lo que se debe a que todo ser humano trata de dar una explicación sobre los diferentes problemas universales del Derecho. La actividad intelectual de los seres humanos genera una conexión entre las diferencias ciencias del saber, porque constituyen una unidad, con carácter orgánico y sistemático. Por tal motivo, la Filosofía del Derecho se encuentra relacionada con otras disciplinas como con: LÓGICA: Se la define como la “ciencia que estudia las formas del conocimiento en

general y del conocimiento científico en particular”; con frecuencia, se indica que es la ciencia que se ocupa de las formas y leyes del pensamiento, siendo éste último, el resultado de un proceso intelectual que hace el sujeto, en virtud de las impresiones causadas por el objeto.

El filósofo del Derecho, el jurista, debe tener un pensamiento ordenado, preciso y coherente; utilizando los juicios, criterios, conceptos alcanzados en la solución de los problemas del contexto real.

TEMA 2 RELACIÓN DE LA FILOSOFÍA CON OTRAS

DISCIPLINAS

Sistema de Educación a Distancia

26

La forma de expresar el pensamiento es a través del lenguaje; el cual es un sistema de signos por medio del cual el hombre elabora, manifiesta y comunica sus pensamientos a los demás. El pensamiento es abstracto, mientras el lenguaje es escrito o verbal. Los diferentes cuerpos legales que conforman el ordenamiento jurídico ecuatoriano son la expresión del pensamiento legislado y escrito de forma coherente y organizada. El lenguaje jurídico se convierte en un conjunto sistemático de signos que utilizan los operadores jurídicos (jueces, abogados, juristas) para comunicarse razonadamente con los miembros de la sociedad. El profesional del Derecho para demostrar la validez de sus conocimientos y experiencias, recurre a la lógica jurídica y a la filosofía del Derecho, utilizando un pensamiento ordenado, con conceptos, razonamientos y criterios que son el fundamento de sus planteamientos. El pensamiento lógico y jurídico es una actividad racional del cerebro humano. El sistema positivo de los distintos Estados tiene un sustento filosófico, como se lo señaló al tratar de los orígenes y formación de la Filosofía del Derecho; siendo necesario el uso de la lógica, esto es, un pensamiento ordenado y coherente, para la aplicación de las normas jurídicas y la solución de problemas legales.

ÉTICA: Es la que se ocupa de una situación en la que intervienen normas morales,

que ordenan cierto tipo de comportamiento humano, y que a su vez están recogidas en las normas legales; así en el caso de matar y robar están consideradas como conductas incorrectas y constan como delitos en el Código Penal Ecuatoriano.

La conforman un sistema de normas que regula las relaciones mutuas de los individuos, determinados por la fuerza de las costumbres y aceptadas por el orden social establecido; siendo su objetivo principal conseguir el bien mediante el cumplimiento del “deber” o del “obrar”. La Filosofía del Derecho tiene una estrecha vinculación con la Ética, pues la primera busca explicar los principios y valores que conforman a la segunda, como es el deber, el honor, la justicia. Cabe precisar que las normas de comportamiento no son preceptos estáticos, sino que se transforman por las condiciones económicas, políticas, culturales, religiosas y sociales, según las necesidades humanas.

SOCIOLOGÍA: Esta ciencia tiene como objetivo el estudio de las sociedades a

través de una profunda observación de los hechos sociales para lograr descubrir las leyes del desarrollo, lo que nos permite comprender por qué ocurren los diferentes acontecimientos y hacia donde se proyectan.

García Maynez manifestó que “la Sociología es la disciplina que tiene por objeto la explicación de los fenómenos jurídicos considerados como hecho social”; en complemento, Del Vecchio sostuvo que “no se concibe sociedad sin Derecho, ni un Derecho sin una sociedad humana”.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

27

La Sociología se dedica a descubrir y explicar las causas y consecuencias de los diferentes acontecimientos sociales; esta rama de la Filosofía busca definir el Derecho en su universalidad lógica, investigando los orígenes y los caracteres generales de su desarrollo histórico, valorando según el ideal de la justicia trazado por la razón; y, el Derecho es un hecho social, que tiene transformaciones con efectos jurídicos, que precisamente la Filosofía los analiza, investigando la razón de los diferentes hechos sociales. En conclusión, la Sociología estudia lo que es, los hechos acaecidos; mientras la Filosofía del Derecho es deber ser, la determinación y el ideal del Derecho.

PSICOLOGÍA: Se puede entender como la ciencia que estudia los procesos y estados concientes del hombre, que proporciona al derecho bases prácticas y seguras para el mejor ejercicio y control de la conducta humana (Hernán Jaramillo Ordóñez. CIENCIA Y TÉCNICA DEL DERECHO. Pág. 162).

El Derecho es cabalmente un hecho del espíritu humano. Las personas son sujetos del Derecho, cuyo comportamiento y conducta es la consecuencia de sus estados mentales, por esto, la importancia de la psicología para el ordenamiento jurídico. Esta disciplina tiene importancia para los filósofos al investigar el Derecho, por cuanto los sistemas jurídicos se generan del pensamiento ordenado y sistemático, y están encaminados a regular la convivencia social, tratando de comprender el alcance del comportamiento humano.

Cada persona tiene diferentes reacciones ante los estímulos, así puede ocurrir que un mínimo estímulo hace enojar a determinada persona, mientras que a otra, no le genera ninguna emoción fuerte. De este análisis se encarga la psicología, no obstante, la filosofía le confiere el sentido de la presencia de estos comportamientos humanos en el ordenamiento jurídico.

Establecido el Derecho Positivo, las normas imperativas que lo integran se dirigen a las conciencias individuales, exigiendo obediencia, una conducta determinada, retornando al espíritu que las originó.

ADMINISTRACIÓN: Considerada como un proceso sistemático, metódico,

organizado y ordenado para obtener los resultados previstos y planeados; coordina acciones encaminadas a alcanzar los propósitos preestablecidos, entre los que se encuentra un servicio eficiente y eficaz.

La prestación de un servicio eficiente y eficaz debe consistir el principal propósito de la administración, y tratándose de la Administración Pública está dirigida a la satisfacción de las necesidades de la colectividad; entonces la Filosofía se encarga de estudiar la razón de ser o el deber ser del referido servicio, así como el que estén regulados por las normas jurídicas.

JURISPRUDENCIA: Al considerar la Filosofía al Derecho en universal, se vincula

con la ciencia del Derecho Positivo, la Jurisprudencia, proporcionándole las razones y los criterios fundamentales; resumiendo y unificando con sentido lógico los datos particulares de los fallos o sentencias.

Sistema de Educación a Distancia

28

Existe una necesidad recíproca de conexión entre la Filosofía del Derecho y la Jurisprudencia; por una parte, la primera debe considerar la realidad histórica o positiva para poder encontrar y aplicar los criterios; y por otra, la Jurisprudencia utiliza esos criterios. Siendo confrontados los fenómenos jurídicos particulares con la noción universal del Derecho, que es la Filosofía; además, dichos fenómenos deben ser reformulados según la evolución jurídica en general, y valorados conforme el principio ideal de la Justicia.

4. Orientaciones específicas para el estudio

Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda la lectura comprensiva de otras definiciones de las disciplinas relacionadas con la Filosofía del Derecho. Determinar con precisión dichas definiciones para entender su alcance y la relación con la ciencia en estudio. El alumno deberá hacer una lectura con calma y despacio para una mejor comprensión del tema desarrollado, y necesitará de un lugar y momento adecuados para interiorizar el contenido.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

29

5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. La disciplina que estudia las formas y leyes del pensamiento es: a. Filosofía b. Sociología c. Lógica 2. La ciencia que se ocupa de las normas morales que ordenan el comportamiento

humano es: a. Psicología b. Ética c. Sociología 3. La disciplina que se dedica a descubrir y explicar los acontecimientos sociales es: a. Sociología b. Lógica c. Ética 4. Cuando la Filosofía del Derecho vincula a la disciplina que estudia los estados

mentales del hombre, se refiere a: a. Lógica b. Psicología c. Ética 5. La ciencia que utiliza los criterios filosóficos para unificar los fallos o sentencias es: a. Lógica b. Administración c. Jurisprudencia II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. El lenguaje jurídico se convierte en un conjunto sistemático de signos que utilizan

los operadores jurídicos. ( ) 2. Las normas de comportamiento son preceptos estáticos, que no tienen influencias

económicas, culturales y políticas. ( ) 3. La Sociología estudia el deber ser y la Filosofía los hechos sociales. ( ) 4. Todas las personas tienen la misma reacción ante el ordenamiento jurídico. ( ) 5. La Administración es un proceso sistemático, metódico y organizado para obtener

los resultados previstos y planeados. ( )

Sistema de Educación a Distancia

30

I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. c. 2. b. 3. a. 4. b. 5. c. II. VERDADERO O FALSO 1. V 2. F 3. F 4. F 5. V

SOLUCIONARIO

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

31

GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción En este tema se desarrollan los métodos de la Filosofía del Derecho, entendiéndose al método como el camino o el procedimiento que sigue el pensamiento humano para conocer la verdad; o, también se lo considera como un conjunto de reglas a las que debe atenerse la mente en sus procesos cognoscitivos. Se describen los métodos que se utilizan en la Filosofía del Derecho para llegar a comprender el Derecho en general, su origen, fines y la formación de un sistema jurídico que regula la convivencia social. 2. Objetivos específicos Determinar los métodos utilizados en la Filosofía del Derecho. Señalar las características de los métodos, ventajas y desventajas.

3. Desarrollo del tema CONCEPTO: El método en un sentido amplio, se considera al procedimiento utilizado por los investigadores, pensadores y doctrinarios para llegar al conocimiento de la verdad y de la realidad. CLASES: Se distinguen dos tipos principales de métodos en general, que son la inducción y la deducción. Cuando se parte de hechos particulares para llegar a principios generales, estamos frente a la inducción; mientras que al partir de los principios generales hacia los casos particulares, estamos frente a la deducción. La inducción es completa cuando se considera la totalidad de los casos observados. En el caso de la deducción, una forma típica es el silogismo, se llega al conocimiento de lo particular, sustentándose en el conocimiento de lo general. MÉTODOS DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO: Para alcanzar el conocimiento del Derecho en su universalidad, se utilizan los dos métodos antes señalados, deductivo e inductivo.

TEMA 3 MÉTODOS

Sistema de Educación a Distancia

32

En la primera investigación de esta disciplina, tiene la primacía el método deductivo, es decir, un análisis racional, debiendo ser analizadas las condiciones que determinan la posibilidad del Derecho y su conocimiento. Es necesario, tener un criterio respecto del Derecho, a fin de distinguirlo de otras manifestaciones de la historia, como es la moral, la religión. Para lo cual, la experiencia sirve de confrontación. Este método también es usado para investigar respecto del ideal del Derecho, es decir, de la valoración superior a los hechos. La observación empírica (la experiencia) presenta hechos conformes o contrarios al ideal. Para la investigación de la evolución histórica y la fenomenología del derecho prevalecerá el método inductivo. Se recogen hechos, se analizan las instituciones jurídicas positivas de los diferentes Estados; para lo que se requiere principios racionales, como la noción del Derecho y de la causa. Al utilizar el método inductivo en la investigación, hay que estar exento de prejuicios a favor o en contra de cualquier institución o dato del hecho. El método inductivo comprende dos tipos: el método genético y el comparativo. El genético servirá para obtener un conocimiento integral de la evolución del Derecho, partiendo de sus inicios. El método comparativo está relacionado con el Derecho de cada sociedad que se presenta con sus caracteres unilaterales y no puede brindar un cuadro completo de la entera realidad humana. Dentro del método comparativo, al confrontar el Derecho de diferentes sociedades, se observa una evolución distinta. Una investigación cuidadosa, permite discernir, por lo menos hasta cierto punto, los diversos estratos que en un sistema jurídico corresponden a los momentos diversos de su desarrollo; siendo posible descubrir en el mismo sistema, la historia de su formación; así una costumbre antigua en desarmonía con el Derecho escrito, podrá conducir a reconstruir todo un orden de relaciones características de una edad ya pretérita y desaparecida. Las observaciones hechas en esta disciplina, muestran una verdad de gran importancia, que el espíritu humano es uno y sigue las mismas leyes en el desenvolvimiento; encontrando las mismas instituciones jurídicas en sociedades entre los cuales se ha probado que no existió intercambio o comunicación. Comunicabilidad del Derecho, esto es, las influencias de la comunicación histórica, por el cual, el derecho de una sociedad pasa a otra, porque se lo puede asimilar haciendo las adaptaciones oportunas; el Derecho es un fenómeno de la Humanidad. El Derecho Romano fue acogido por diversos sistemas positivos de otros Estados, así en Alemania fue transformado en Derecho Común. En el caso de Ecuador, la mayoría de las instituciones jurídicas contenidas en el Código Civil tienen su origen en el Derecho Romano, de allí la importancia del estudio del Derecho Romano para alcanzar a comprender otras ramas del Derecho. Se puede observar que no habría contradicción entre la comunicación histórica y la uniformidad natural del Derecho, al existir un fondo de identidad en el espíritu humano.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

33

En el Derecho de cada Estado existen presupuestos universales que reflejan la común naturaleza, haciendo que las evoluciones jurídicas particulares puedan interrelacionarse con otras, generando sistemas mixtos mutuos. Las comunicaciones o conexiones históricas contribuyen, a fomentar el proceso de coordinación jurídica de la Humanidad, que tiene su base primaria en el fondo común de la naturaleza humana.

4. Orientaciones específicas para el estudio

Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda al alumno hacer una lectura pausada y reflexiva para una mejor comprensión del contenido desarrollado. El estudiante puede utilizar los métodos planteados, haciendo un análisis filosófico de las disposiciones jurídicas contenidas en el Código Civil Ecuatoriano, que tiene una gran influencia del Derecho Romano.

Sistema de Educación a Distancia

34

5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. El método del que se parte de los hechos particulares a los principios generales, se

denomina. a. Inductivo b. Deductivo c. Ecléctico 2. El silogismo es una forma típica del método: a. Deductivo b. Inductivo c. Comparativo 3. Cuando se confronta el Derecho de las distintas sociedades para observar su

evolución histórica, se trata del método: a. Deductivo b. Comparativo c. Inductivo 4. Cuando el Derecho de una sociedad pasa a otra, haciendo adaptaciones oportunas,

existe: a. Deducción b. Inducción c. Comunicabilidad 5. El método que tiene como propósito obtener un conocimiento integral de la

evolución del Derecho, se denomina: a. Comparativo b. Inductivo c. Genético II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. El método no es un procedimiento, sino una situación en particular. ( ) 2. El método inductivo se clasifica en dos tipos: genético y comparativo. ( ) 3. La Filosofía del Derecho únicamente utiliza el método deductivo. ( ) 4. El método inductivo prevalecerá en la investigación de la evolución histórica y

fenomenológica del Derecho. ( ) 5. El Derecho es un fenómeno de la Humanidad, por eso su comunicabilidad entre los

diferentes sistemas jurídicos de las sociedades. ( )

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

35

I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. a. 2. a. 3. b. 4. c. 5. c. II. VERDADERO O FALSO 1. F 2. V 3. F 4. V 5. V

SOLUCIONARIO

Sistema de Educación a Distancia

36

GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción En este tema se desarrolla el concepto del Derecho Natural y su relación con la Filosofía del Derecho. La evolución del Derecho Natural hasta la aparición del Derecho Positivo. La doctrina del Derecho natural en la búsqueda de la justicia, en la determinación de lo bueno y malo para las relaciones humanas. El estudio de los hechos humanos para lograr una justa solución a los problemas que surgen de la convivencia social. Al principio, la Filosofía del Derecho se encargó del análisis de lo abstracto, luego surgió la necesidad de profundizar acerca de lo concreto y del hecho histórico positivo del Derecho. 2. Objetivos específicos Establecer la relación entre la Filosofía del Derecho con el Derecho Natural. Determinar las características del Derecho Natural.

3. Desarrollo del tema El DERECHO NATURAL: Se lo considera como el criterio que permite valorar el Derecho Positivo y medir la intrínseca justicia del mismo. Cuando entra en contradicción con el Derecho Positivo, conserva su validez de criterio ideal. El Derecho Positivo, esto es, el conjunto de normas que componen el ordenamiento jurídico, no desconoce por completo el vínculo jurídico natural, que puede subsistir aun fuera de las condiciones señaladas en las normas legales para la validez de los actos y negocios jurídicos. Este Derecho busca obtener de la naturaleza de las reglas justas de la conducta humana, con una gran influencia religiosa. Así, Grocio definió a la Ley Natural como dictado de la naturaleza racional, a través del cual, Dios, autor de la Naturaleza, prohíbe o manda ciertos actos. Este mismo pensador afirmó que la ley natural procede de los rasgos esenciales implantados en el hombre, se puede atribuir a Dios, quien ha deseado que estos rasgos existan en las personas. 3

3 Kelsen, Hans. ¿QUÉ ES JUSTICIA? Pág. 65.

TEMA 4 FILOSOFÍA DEL DERECHO Y

EL DERECHO NATURAL

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

37

EVOLUCIÓN DE LA RELACIÓN: El Derecho Natural surgió antes de existir un análisis científico del Derecho Positivo, así mismo la Filosofía del Derecho es anterior a la Ciencia del Derecho; incluso en algún momento, se la identificaba como Derecho Natural. A principios del Siglo XIX se generó una reacción contra el Derecho Natural, y en general contra el pensamiento metafísico; sosteniendo que la Filosofía del Derecho debía investigar los hechos concretos. Esta actitud de rechazo se produjo porque los propulsores del Derecho Natural en sus investigaciones habían olvidado el estudio material histórico, haciendo un uso inadecuado de la metafísica, apartándose del propósito de ésta. Sin embargo, se debe evitar los extremos, estudiando únicamente al Derecho Positivo, olvidándose de lo justo como puro ideal. Frente a la reacción señalada, por algunos errores de los doctrinarios del Derecho Natural, se cambió el nombre de la disciplina, pasando a ser Filosofía del Derecho, denominación que para algunos autores es más comprensiva, con un sentido genérico, debiendo conservarse de esta manera. Lo importante es la búsqueda constante del ideal de la justicia, considerada como una virtud por antiguos filósofos griegos, y como un alto valor del espíritu humano junto con la caridad, para la escuela del cristianismo. El ser humano debe consagrar gran parte de su vida al estudio y a la defensa de la justicia. El respeto auténtico del ideal consiste en suponer que se verifique siempre en los hechos, en la realidad empírica, sino en considerarlo tal y como es, como algo que tiene vigencia y es verdadero, aun cuando se le opongan las eventualidades físicas. LA DOCTRINA DEL DERECHO NATURAL Y LA CIENCIA: Se parte de que la naturaleza es el supremo creador, que los fenómenos naturales tienen un objetivo o revisten una finalidad, dotando a la naturaleza de voluntad e inteligencia; convirtiéndose en un ser a quien el hombre le debe obediencia. En los albores de la humanidad, surge el animismo, el ser primitivo cree que los objetos de la naturaleza están animados; haciéndose una interpretación social de la naturaleza. El animismo fue una interpretación religiosa de la naturaleza. Posteriormente, nace el monoteísmo, sustituyendo al animismo, siendo el sustento que al crear Dios a la naturaleza, es una manifestación de su voluntad todopoderosa y justa; pudiéndose deducir de la naturaleza reglas justas de conducta humana. Para pensadores como Hobbes, los dictados de la razón (principios del Derecho Natural) pueden tener fuerza de Ley, si se mantiene que incumbe a Dios, siendo las leyes de la naturaleza (creación divina) eternas e inmutables; mientras que las leyes positivas, creadas por el hombre, son pasajeras y cambiantes. La primera objeción que hace la ciencia a la doctrina del Derecho Natural es que no diferencia entre las leyes científicas de la naturaleza, para describir su objeto, y las reglas mediante las cuales la Ética y la Jurisprudencia describen su objeto, como la Moral y el Derecho. El valor que se otorgue al objeto dependerá de una norma preestablecida y no de sus características y propiedades.

Sistema de Educación a Distancia

38

En las sociedades existen sistemas jurídicos y morales diferentes, mientras que sólo existe un sistema de la naturaleza. Los antiguos iusnaturalistas atribuyeron al Derecho Natural una verdad fenoménica, identificando el concepto metafísico con el concepto físico de la naturaleza; mientras que los modernos, reconocieron sólo la existencia del Derecho Positivo, negando con frecuencia, la existencia de un Derecho Natural como criterio ideal del Derecho Positivo. La doctrina del Derecho Natural, como el animismo primitivo, concibe la naturaleza como parte de la sociedad, y la Ciencia Moderna es el resultado de un proceso caracterizado por la tendencia a liberar la interpretación de la naturaleza de las categorías sociales. Dicha doctrina puede sobrevivir si reconoce su carácter religioso. Por otra parte, entre las funciones más esenciales de la doctrina del Derecho Natural es justificar el establecimiento del Derecho Positivo o la existencia de un Estado competente para establecerlo. Notándose una dualidad que consiste en la naturaleza humana buena, pero que requiere de un sistema coercitivo para castigar la maldad. Sin embargo, los juristas han admitido que la ley nunca puede contrariar a la razón. Uno de los métodos para lograr una identificación entre el Derecho Positivo y el Derecho Natural es partiendo de la definición de justicia, aceptada por los seguidores de la doctrina del Derecho Natural: “A cada cual según sus necesidades”; fórmula, que a criterio de Hobbes, presupone un ordenamiento jurídico que determine qué es lo de cada cual; no pudiéndose dar justicia en donde no existe el Derecho Positivo. La doctrina del Derecho Natural puede contener conceptos no verificables, no obstante, continuará teniendo influencia sobre el pensamiento social por satisfacer una necesidad humana de justicia. Un análisis de esta doctrina desde la Ciencia, desde una búsqueda de la verdad, carece de valor. Puede resultar útil, desde una perspectiva política, como un instrumento intelectual para la lucha por la consecución de intereses determinados.

4. Orientaciones específicas para el estudio Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda hacer como mínimo dos lecturas reflexivas de su contenido. El alumno luego de hacer las lecturas comprensivas del contenido completo del tema, podrá profundizar cada parte de éste, sin romper la unidad del mismo, con el propósito de retener la información básica que le permita formar su propia corriente del pensamiento filosófico.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

39

5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. La Ley Natural como dictado de la naturaleza racional, a través del cual Dios, su

creador, prohíbe o manda ciertos actos, fue manifestado por: a. Hobbes b. Pufendorf c. Grocio 2. La reacción en contra del Derecho Natural se produjo en el siglo: a. XVIII b. XIV c. XIX 3. La doctrina del Derecho Natural tiene como principal objeto de estudio: a. Hombre b. Relaciones c. Naturaleza 4. En la época en que el ser primitivo le da una interpretación social de la naturaleza,

se lo denomina: a. Animismo b. Monoteísmo c. Politeísmo 5. La doctrina del Derecho Natural analizada desde la Ciencia, considera que puede

resultar útil para: a. Sociología b. Política c. Historia II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. El Derecho Natural es posterior al Derecho Positivo. ( ) 2. A la Filosofía del derecho en algún momento de la Historia se la identificaba con el

Derecho Natural. ( ) 3. El rechazo del Derecho Natural originó que la Filosofía del Derecho se encargara de

investigar hechos concretos. ( ) 4. Como consecuencia de la reacción en contra del Derecho Natural por los abusos de

la metafísica, se produjo un cambio de nombre de la disciplina. ( ) 5. Un método para lograr una identificación del Derecho Natural y Positivo es

partiendo de la definición de naturaleza. ( )

Sistema de Educación a Distancia

40

I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. c. 2. c. 3. c. 4. a. 5. b. II. VERDADERO O FALSO 1. F 2. V 3. V 4. V 5. F

SOLUCIONARIO

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

41

ACTIVIDADES PARA LA REFLEXIÓN E INDAGACIÓN

1. Esquematizar las diferencias entre la Filosofía del Derecho y otras disciplinas afines,

en la que consten mínimo dos diferencias. 2. Indicar la importancia de la Filosofía del Derecho, en un mínimo de diez líneas.

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________ 3. Señalar el método aplicado en el ordenamiento jurídico ecuatoriano.

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

Sistema de Educación a Distancia

42

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

43

GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES INTRODUCCIÓN

La Filosofía del Derecho se encarga de estudiar el Derecho en su universalidad, y el Derecho considerado como un ordenamiento jurídico que regula la convivencia social, se caracteriza por conseguir los fines que beneficien a la Humanidad; estando presente, entre éstos, la Justicia, cuyo concepto más general y sencillo es dar a cada cual lo que le corresponde. El sistema positivo de cualquier Estado tiene como propósito fundamental alcanzar la justicia, la cual, ha sido considerada por algunas corrientes filosóficas como virtud o como valor de los seres humanos. Todo profesional del Derecho debe tener una definición de este máximo ideal de todo sistema jurídico, siguiendo o no las corrientes filosóficas existentes, porque los diferentes cuerpo legales o codificaciones tienen este propósito, y en el momento de no cumplirse, los juristas, abogados y demás operadores jurídicos son los primeros llamados a generar cambios o modificaciones en las normas jurídicas, para evitar los injustos legales. En esta unidad se desarrollará la definición y características de la Justicia, los presupuestos que permiten su origen o presencia, las clases de justicia según se regulan las relaciones dentro de una sociedad y la importancia de los juicios de valor en el Derecho, para alcanzar la justicia.

UNIDAD 2

JUSTICIA

Sistema de Educación a Distancia

44

MAPA CONCEPTUAL

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Caracterizar la Justicia.

Identificar los criterios utilizados en la aplicación del Derecho para alcanzar la justicia.

Gobernantes, jueces y administradores de

justicia.

Honradez Rectitud Virtud

Relaciones jurídicas Relaciones sociales

Dar a cada uno lo que le pertenece

El espacio de libertad, dentro del cual pueda desenvolverse su personalidad y

trasformarse de hombre en persona.

Justicia Legal Justicia Distibutiva Justicia

El derecho como lo justo

Función de equidad

formas de obrar los

que garanticen

que permitan

asegurar

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

45

DESARROLLO DEL CONTENIDO:

GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción Dentro de toda Sociedad o Estado, sus miembros sienten seguridad cuando su ordenamiento jurídico tiene como propósito primordial lograr la justicia; estando obligados todas las personas a actuar en este sendero, más aún, los operadores jurídicos, quienes directamente están en la Administración de Justicia. Con el desarrollo de este tema, se tendrá la definición de la Justicia, y los elementos o características que la distinguen de otros fines que persigue el Derecho. 2. Objetivos específicos Definir la Justicia. Determinar las características de la Justicia.

3. Desarrollo del tema DEFINICIÓN: Para algunos filósofos o pensadores del Derecho resulta utópica una definición perfecta de Justicia; se ha convertido en la eterna pregunta de la Humanidad, por estar sin una respuesta definitiva. Entre los filósofos griegos, Platón, manifestó que la “Justicia es la virtud ordenadora de las demás virtudes”, y que “la virtud peculiar del pueblo es la templanza; la de los guerreros, la fortaleza; la de los filósofos, la prudencia”. En la época de los Juristas Romanos, Domicio Ulpiano la define como “la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno lo suyo”. Para Hans Kelsen, consideró que existe una justicia relativa, siendo lo más importante que se presente en el orden social, bajo cuya protección pueda progresar la búsqueda de la verdad. La Justicia se la puede considerar como una cualidad posible de un orden social que regula las relaciones mutuas entre las personas. Este orden social debe ser justo, de tal manera, que las personas estén satisfechas.

TEMA 5 DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS

Sistema de Educación a Distancia

46

La búsqueda de la justicia se mezcla con la búsqueda constante de la felicidad por parte de los seres humanos, de allí que Platón, identificando la justicia con la felicidad, sostuvo que “un hombre justo es feliz y un hombre injusto es infeliz”, argumento que no es una respuesta definitiva, por cuanto si se considera que la Justicia es la felicidad individual, es imposible un orden jurídico justo. Es muy distinto, si la felicidad implica la satisfacción de necesidades socialmente reconocidas; significa un cambio de pensamiento en los individuos, para llegar a anteponer la satisfacción de las necesidades sociales frente a las personales. Continuando con los criterios expuestos por Platón, expresó que “la vida más justa es la más agradable”; no obstante, admitió que en alguna ocasión quizá el hombre justo puede ser infeliz y el injusto ser feliz. A pesar, de esta opinión, afirmó la necesidad de que los individuos, sujetos a un orden jurídico, crean en el principio de que sólo el hombre justo es feliz y el injusto infeliz, de lo contrario, nadie obedecería a la Ley. Con este pensamiento filosófico, el gobierno tiene el derecho de divulgar mediante propaganda la doctrina de la justicia vinculada con la felicidad. Frente a esta tesis, existen otros filósofos que han señalado sus razones, para repudiar por inmoral una propaganda gubernamental que se basa en falsedades, aunque persiga un buen fin. Si se considera a la Justicia como un valor, existen diferentes valores, entre ellos, la libertad, la igualdad, la seguridad, la verdad, la legalidad, por lo tanto, la respuesta acerca de la felicidad variará dependiendo el valor supremo que tenga cada individuo. La respuesta de lo que es la Justicia depende de un juicio de valor subjetivo, lo que la hace relativa. Cada individuo puede tener su propio sistema de valores, lo que no significa que puedan concordar, generando un sistema de valores, resultante de las influencias mutuas entre individuos de un mismo grupo, familia, grupo, sociedad. El criterio de Justicia no depende de la frecuencia de los juicios sobre la realidad ni de los juicios de valor. Por esto, el problema de la Justicia no siempre se puede responder de manera racional, más aún, si se limitan los medios adecuados para la consecución de un fin predeterminado. Sustentados en estos pensamientos, la democracia es una forma de gobierno justo por el mero hecho que garantiza la libertad individual; sin embargo, si son otros los fines últimos, se requerirá de unos medios distintos; lo que hace que la democracia se la puede justificar relativamente. La necesidad de espíritu humano de una justificación absoluta parece superar su racionalidad; lo que significa trasladar la Justicia al plano metafísico y religioso; viéndose el individuo obligado a creer en la existencia de Dios, por tanto, en la existencia de una justicia absoluta, por carecer de la capacidad suficiente para entenderla. Los que no aceptan la solución antes indicada respecto de la justicia, continúan en la búsqueda de la determinación de un modo científico y racional. CARACTERÍSTICAS: Se trata de encontrar los elementos que configuran la Justicia, que constituye el problema central de la filosofía de algunos pensadores, como en el caso de Platón.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

47

Los elementos que se estudian para comprender a la Justicia, son las ideas y los valores, que permiten cumplir con este ideal fundamental del Derecho. Así para la filosofía de Platón, la “idea del bien absoluto presupone la de la Justicia”, “la pregunta sobre qué es la Justicia coincide con la pregunta sobre qué es el Bien”. Sin embargo, en algún momento, este filósofo griego confesó que la “idea de bien absoluto está más allá de cualquier conocimiento racional”, dependiendo de lo místico y la gracia divina. Por esto, no puede existir respuesta a la pregunta de lo que es la justicia, o en todo caso, que se trata de un secreto divino para pocas personas escogidas. San Pablo, primer teólogo de la religión cristiana, enseñó que la Filosofía (conocimiento lógico-racional) no ayuda a alcanzar la Justicia Divina, oculta en la misteriosa sabiduría de Dios; que la Justicia viene de Dios a través de la fe, al actuar ésta, a través del amor. Este teólogo apoyó las enseñanzas de Jesús sobre la nueva Justicia, el amor de Dios; reconociendo que el amor que Jesús predicó supera el entendimiento humano, siendo uno de los misterios de la Fe. Los pensadores racionalistas intentan definir a la Justicia utilizando la razón humana, y manifiestan que “consiste en dar a cada cual lo que le corresponde”. Definición que ha sido acogida por algunos filósofos del Derecho, porque permite justificar cualquier orden; pero, no sirve para comprenderla como valor absoluto, que pueden diferir de los relativos garantizados por la ley o la moral positiva. El principio de retribución, en la búsqueda de la definición de Justicia, evidencia la técnica específica utilizada por el Derecho Positivo, que reacciona ante el mal producido por el delito con la pena de la sanción. Cualquier orden legal positivo corresponde a este principio; no obstante, la Justicia plantea si un orden legal positivo es justo, si lo considerado por el legislador como malo para la sociedad representa en realidad una conducta que la sociedad debe combatir, y si la sanción con la cual la sociedad reacciona es adecuada. Este principio no responde a la pregunta que es la base de la justicia de la ley. La Justicia tendrá las características y elementos que los diferentes pensadores y filósofos del Derecho le hayan otorgado, dependiendo de los principios y valores en los que se fundamentaron. Conforme a la ética Aristotélica se pretende definir a la Justicia de modo científico, fundamentándola en la razón. Se trató de establecer un sistema de virtudes, siendo la principal la Justicia, como “virtud perfecta”. Cuando Aristóteles vincula la Justicia con la moral y las leyes positivas, presupone que lo injusto es lo que es injusto según el orden moral y legal establecido en la época. La filosofía legal del signo metafísico y racionalista constituye la base de la doctrina del Derecho Natural, en la cual, la naturaleza se convierte en legisladora, intentando deducir de ésta las normas de conducta humana. De esta forma, los seguidores de esa doctrina dedujeron de la naturaleza los principios de Justicia más contradictorios, o que los encontraran en la razón humana.

Sistema de Educación a Distancia

48

Durante la historia del pensamiento humano, se ha comprobado que es falsa la pretensión de establecer, a base de argumentaciones racionales una forma absolutamente correcta de la conducta humana. Aprendiendo de las experiencias humanas del pasado, que la razón humana sólo puede acceder a valores relativos, la Justicia absoluta es un ideal irracional, una de las eternas ilusiones del hombre; pues, desde el conocimiento racional existen intereses humanos que producen conflictos. La Justicia y el Derecho Positivo: Corresponde fundamentalmente a los Administradores de Justicia y operadores jurídicos la aplicación de las leyes con un criterio de dar a cada cual lo que le corresponde; resultando, en ocasiones insuficientes las normas jurídicas para conseguir al menos cierta justicia. 4. Orientaciones específicas para el estudio

El alumno deberá poner especial cuidado al estudiar las distintas definiciones con sus elementos, porque éstas dependen del criterio filosófico utilizado como sustento. Podrá acudir a las direcciones electrónicas señaladas para ampliar su conocimiento, y sustentar la corriente filosófica con la cual coincida.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

49

5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

AUTOEVALUACIÓN

I. Subraye la opción que corresponda: 1. La Justicia como virtud ordenadora de las demás virtudes, fue expresado por: a. Aristóteles b. Platón c. Sócrates 2. La Justicia como la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno lo suyo, fue

manifestado por: a. Kelsen b. Ulpiano c. Platón 3. La respuesta acerca de la Justicia despende de un juicio de valor: a. Subjetivo b. Objetivo c. Absoluto 4. El teólogo que enseñó que la Justicia viene de Dios a través de la Fe, fue: a. San Pablo b. San Mateo c. Santo Tomás 5. Aristóteles buscó definir las Justicia utilizando un modo: a. Empírico b. Científico c. Religioso II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. Para algunos filósofos del Derecho resulta utópico la definición perfecta de

Justicia. ( ) 2. La búsqueda de la Justicia se mezcla con la búsqueda de la felicidad,

según Platón. ( ) 3. El sistema de valores de un individuo nunca concuerda con el de otro. ( ) 4. La existencia de una justicia absoluta puede obligar al individuo a creer en un Ser

Supremo como Dios. ( ) 5. Los filósofos de la doctrina del Derecho Natural intentaron definir a la Justicia

desde la razón humana. ( )

Sistema de Educación a Distancia

50

I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. b. 2. b. 3. a. 4. a. 5. b. II. VERDADERO O FALSO 1. V 2. V 3. F 4. V 5. F

SOLUCIONARIO

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

51

GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción Una vez que el estudiante comprende en qué consiste la Justicia, conforme las diferentes corrientes de la Filosofía del Derecho, así como sus característica y evolución en el tiempo, ya se encuentra en capacidad para conocer la clasificación de Justicia, que ha surgido desde su definición y según la manera cómo se aplica este ideal de todo sistema positivo. En este tema se desarrollará las clases de Justicia, que son: Legal, Distributiva y Conmutativa, principalmente; aunque, hay algunos autores que también mencionan a la Justicia Social, distinta a la tradicional, que obliga a los gobernantes a ofrecer iguales oportunidades para todos los gobernados. 2. Objetivos específicos Señalar las clases de Justicia. Identificar las semejanzas y diferencias de las clases de Justicia.

3. Desarrollo del tema La Justicia es uno de los fines primordiales del Derecho en general, sin entrar a mencionar si se trata del Derecho Positivo o Subjetivo, o del Derecho Natural. Durante el desarrollo de la Humanidad, en las distintas épocas de la historia, se ha tratado de definir la Justicia, llegando los pensadores y filósofos del Derecho a la conclusión que es una utopía alcanzar una Justicia perfecta, y una definición absoluta de la misma. Sin embargo, en la búsqueda constante de la definición de la Justicia, se logró determinar una clasificación de ésta, que se fundamenta en la forma de aplicación. En consecuencia, la Justicia puede ser: JUSTICIA CONMUTATIVA: Se encarga de regular las relaciones de los gobernados y ciudadanos entre sí, con la finalidad de asegurar y garantizar el derecho que le asiste a cada uno de ellos, así como sus deberes y obligaciones. Se la identifica con la igualdad matemática, así un trabajadores deberá una remuneración igual al esfuerzo realizado.

TEMA 6 JUSTICIA LEGAL, DISTRIBUTIVA

Y CONMUTATIVA

Sistema de Educación a Distancia

52

Otros casos típicos, se encuentran en las relaciones contractuales, como cuando se celebra un contrato de compraventa, debe haber una igualdad en cuanto al valor de la cosa y el precio establecido, de lo contrario podría resultar una lesión enorme. JUSTICIA DISTRIBUTIVA: Se encarga de regular las relaciones entre los administrados y administradores públicos, gobernantes y gobernados, para distribuir equitativamente los cargos y obligaciones. Se la relaciona con la justicia que regula la imposición de sanciones a los infractores de las disposiciones legales. Se trata de una igualdad proporcional, pues los cargos y cargas se deben distribuir en proporción a la dignidad, méritos, necesidades y posibilidades de los ciudadanos; como en el caso de las obligaciones tributarias, cada tributo tiene su hecho generador y base imponible, los que permitirán determinar quiénes estarán obligados y en qué cantidades o montos; cuestiones que varían según la actividad del ciudadano. En esta clase de Justicia, se considera que cada uno debe recibir lo que se le debe tomar en cuenta con su contribución al bien común. JUSTICIA LEGAL: De esta justicia, se encargan los Administradores de Justicia y operadores jurídicos, como son los Juzgados, Tribunales y Magistrados de la Función Judicial, quienes lo hacen en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme el ordenamiento jurídico vigente en un Estado, para alcanzar el orden y la paz ciudadana. JUSTICIA SOCIAL: Se trata de un nuevo enfoque de la Justicia, surgida como producto de las necesidades humanas, diferente a la Justicia Tradicional; que busca igualdad de posibilidades y oportunidades para disminuir las diferentes entre ricos y pobres, con una distribución equitativa de las riquezas nacionales. Hay autores, como Hernán Jaramillo Ordóñez, que manifiestan que la Justicia Social en “la práctica es la transformación gradual de la propiedad privada en propiedad social”. Además, que pretende regular las relaciones del capital, trabajo, preocupándose principalmente de la clase social más necesitada. Esta Justicia tiene como propósito, más que proteger los derechos que están en la Ley, los derechos emergentes de la sociedad y de los miembros que la conforman. En las épocas más recientes, se ha tratado a la justicia como a la igualdad entre personas; perdurando el pensamiento clásico y el cristianismo como un principio superior a la mera legalidad.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

53

4. Orientaciones específicas para el estudio

El alumno deberá elaborar un cuadro de semejanzas y diferencias de las distintas clases de Justicia, lo que le permitirá tener una definición precisa de cada una. Ubicar dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, como en el Código Civil, casos o instituciones jurídicas en las cuales se está aplicando los diferentes conceptos de justicia, como fin primordial del derecho.

Sistema de Educación a Distancia

54

5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. La Justicia que regula las relaciones entre los ciudadanos entre sí, se denomina: a. Legal b. Social c. Conmutativa 2. La Justicia que regula las relaciones entre gobernantes y gobernados, se denomina: a. Conmutativa b. Distributiva c. Legal 3. Los Administradores de Justicia y operadores jurídicos se encargan de aplicar la

Justicia: a. Legal b. Distributiva c. Social 4. Al nuevo enfoque de la Justicia, diferente a la tradicional, que tiene como fin igualar

las oportunidades entre todas las personas, se la denomina: a. Social b. Distributiva c. Conmutativa 5. El significado que se le ha dado a la Justicia, en las épocas más recientes es de: a. Seguridad b. Igualdad c. Libertad II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. Los diferentes filósofos del Derecho llegaron a la conclusión que no hay una

definición absoluta de Justicia. ( ) 2. Las obligaciones contractuales son casos típicos de la Justicia Distributiva. ( ) 3. La Justicia Distributiva se relaciona con las imposiciones de sanciones a los

infractores de la Ley. ( ) 4. La Justicia Social es la que tiene como propósito aplicar el ordenamiento jurídico

vigente. ( ) 5. La Justicia Legal pretende regular las relaciones capital, trabajo, preocupándose por

la clase más necesitada. ( )

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

55

I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. c. 2. b. 3. a. 4. a. 5. b. II. VERDADERO O FALSO 1. V 2. F 3. V 4. F 5. F

SOLUCIONARIO

Sistema de Educación a Distancia

56

GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción La necesidad de la sociedad está confirmada en las diferentes investigaciones históricas. En la antigua Grecia, Aristóteles manifestó que el hombre por naturaleza tiende a la vida política, lo que implica su necesidad de vivir en sociedad; pero, esta sociedad debe estar organizada y regulada en las relaciones que surgen entre los individuos. La Justicia como máximo ideal que busca alcanzar la sociedad y derecho, debe ser un fin constante en el ordenamiento jurídico que regula la convivencia social. También, se lo puede trasladar a un recto obrar de los miembros de toda sociedad, tanto para los gobernantes como para los gobernados. En este tema se desarrolla la definición, características y evolución de la sociedad; diferencias con el Estado; y, la estrecha relación entre sociedad con la justicia; debiendo ésta última ser el propósito primordial en toda organización humana. 2. Objetivos específicos Señalar las características de la Sociedad.

Identificar las diferencias entre Sociedad y Estado.

Determinar la importancia de la Justicia en la Sociedad. 3. Desarrollo del tema DEFINICIÓN Y EVOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD: Se puede partir por definirla como “un complejo de relaciones por las cuales varios seres individuales viven y obran conjuntamente, formando una nueva y superior unidad”.4 A la Sociedad se la ha considerado como un hecho natural, surgido por la necesidad del individuo de sus semejantes. Es difícil que una persona viva completamente sola, alejada de sus similares, sin relacionarse. La Sociedad se refuerza y se valora por el desarrollo de las facultades humanas, que añade nuevos motivos, y le permite a los individuos alcanzar sus fines, desde los más elementales hasta los más elevados.

4 (Giorgio Del Vecchio. FILOSOFÍA DEL DERECHO. Pág. 417).

TEMA 7 JUSTICIA Y SOCIEDAD

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

57

Dentro de su evolución histórica, existió la hipótesis del “estado de naturaleza”, que consistía en la existencia de un estado de naturaleza antes de la formación de una sociedad, una condición de vida del individuo sin algún ligamen o relación con sus propios semejantes. Sin embargo, esta fase histórica pura y simple, pierde vigencia con los argumentos esgrimidos por Locke, quien expresó que el estado natural para el hombre es precisamente el estado de sociedad. Hay doctrinarios que consideran que la sociedad no es un hecho exclusivamente humano, pues algún fenómeno de sociabilidad se encuentra en el mundo animal en general, e incluso en el mundo orgánico. La sociabilidad en el mundo animal se la puede observar en las hormigas, las abejas. La diferencia fundamental entre las sociedades humanas y las sociedades animales es la mente elevada de las personas, quienes utilizan la razón y la voluntad. Por lo que el ser humano, como componente de las sociedades humanas, origina la civilización y progreso por medio de sus ideas, pensamientos y experiencias. Si se parte del criterio que la sociedad es un fenómeno natural y una condición necesaria de vida para el individuo, surge la necesidad de determinar los caracteres, entonces la pregunta es que si la sociedad es una suma de individuos, que permanecen distintas entre sí –concepción Mecánica de la sociedad- o se trata de un nuevo ser que tiene vida propia –concepción Orgánica de la sociedad-. Conforme la concepción orgánica, la sociedad está compuesta de varias partes que cumplen funciones distintas para un fin superior; y el sentido que se le otorgue dependerá de la perspectiva desde la cual ha sido estudiada por los distintos pensadores, así la Escuela Histórica del Derecho consideró a la sociedad como un organismo espiritual y ético. Los argumentos fundamentales que han contribuido a asimilar a la sociedad con un organismo, consisten en que la sociedad tiene vida independiente de sus componentes, los individuos pasan, las sociedades permanecen. Así mismo, entre los individuos que la componen existen relaciones que le permiten un sentido de pertenencia a la sociedad. Elementos como la solidaridad y colaboración a fines comunes, las actividades están organizadas para alcanzar fines superiores a los individuales. Las diferencias entre la sociedad y el organismo, es que en el primero sus partes gozan de movimiento, con cierta autonomía e independencia, mientras que en el segundo se mantienen en un sitio fijo. Otra diferencia es de orden espiritual, su importancia es superior; las partes tienen valor en cuanto concurren a mantener al todo, tiene implicaciones jurídicas, porque no podemos concebir un sistema de Derecho sin la idea del valor de la persona. Un defecto de la teoría orgánica consiste en que puede dar lugar a la idea de la sociedad fundada sólo sobre un vínculo biológico, mientras que en la realidad existen una serie de vínculos que la pueden originar, según sus criterios y fines; como en el caso del Estado, cuyo vínculo es el jurídico, constituyendo una sociedad de mucha importancia.

Sistema de Educación a Distancia

58

EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS: Partiendo del concepto de Sociedad, que comprende en sí toda especie de vínculos, existe uno de particular importancia, es el vínculo jurídico, por el cual los hombres se constituyen en Estado. El Estado es una especie de Sociedad que se considera el género; pero no constituye el vínculo social más amplio, sí el más importante y sólido porque modela y determina las relaciones de convivencia. El Estado es el sujeto del Derecho por excelencia. Hay diferentes definiciones de Estado, Giorgio Del Vecchio señaló que “es el sujeto del orden jurídico en el cual se verifica la comunidad de vida de un pueblo”, notándose la relación entre sociedad y Estado; éste constituye el orden jurídico. Se puede distinguir tres elementos que conforman el Estado, los cuales son: El Pueblo: Entiéndase como la multitud de personas que componen un Estado, que

supone una distribución orgánica de las funciones que asegure de modo estable y definido el desenvolvimiento de la vida humana en todas sus formas, garantizando la independencia de la misma.

El Estado permanece a pesar de que el número de habitantes sea variable, lo que permite corroborar que no es una simple suma de los individuos, sino que constituye un nuevo ente.

El Territorio: Entiéndase una superficie de tierra habitable, que está en relación

constante con la población. Significa una condición esencial para la estabilidad de las relaciones jurídicas. El dominio soberano del Estado sobre su territorio se extiende también sobre el mar limítrofe a sus costas y el espacio atmosférico que cubre su territorio y mar territorial.

Este elemento y el pueblo se consideran de naturaleza material.

El Vínculo Jurídico: Este elemento le da forma y carácter propio al Estado, puesto

que todos los individuos de un Estado están vinculados por derechos y deberes recíprocos determinados por un poder supremo unitario, que es el sujeto del orden público.

Todos los ciudadanos, por pertenecer a un Estado, se encuentran vinculados por él, debiendo obedecer sus leyes y ordenamiento jurídico en general.

IMPORTANCIA DE LA JUSTICIA EN LA SOCIEDAD: Partiendo que la Justicia es el ideal superior o un valor supremo que busca alcanzar el individuo y la sociedad; en las relaciones que surgen de la convivencia social existe la necesidad de su presencia. Entendiendo a la sociedad como un complejo de relaciones por las cuales varios seres individuales viven y obran conjuntamente, formando una nueva y superior unidad; dichas relaciones están guiadas por la Justicia, que trae aparejada la paz y el orden. La importancia de la Justicia radica en que se convierte en un fin directriz de la convivencia social, colaborando en el desarrollo y progreso de la sociedad.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

59

El Estado considerado como una especie de sociedad, cuyo elemento esencial es el vínculo jurídico entre los individuos que lo conforman; a través de su ordenamiento jurídico regula las relaciones entre sus pobladores, estableciendo como propósito la Justicia. Si bien en la sociedad este ideal máximo está presente, por ser parte de la esencia humana; en el Estado como una sociedad política y jurídicamente organizada, la aplicación de la Justicia está regulada en el sistema positivo, para que el comportamiento de los ciudadanos esté encaminado a su consecución. 4. Orientaciones específicas para el estudio

Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda hacer una lectura pausada y comprensiva de todo el contenido. El estudiante deberá determinar las semejanzas y diferencias entre Sociedad y Estado, considerando a esta última como una sociedad política y jurídicamente organizada; así como la importancia de la Justicia en cada una de ellas.

Sistema de Educación a Distancia

60

5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. El filósofo cuyos argumentos dan un cambio a la hipótesis del estado de naturaleza

en el concepto de sociedad fue: a. Hobbes b. Spencer c. Locke 2. La teoría que señala que la sociedad tiene vida independiente de sus componentes y

éstos cumplen funciones distintas se denomina: a. Mecánica b. Orgánica c. Ecléctica 3. La sociedad se convierte en un Estado al tener el elemento denominado vínculo: a. Social b. Jurídico c. Biológico 4. El Pueblo es un elemento del Estado que es de naturaleza: a. Material b. Psicológica c. Social 5. La superficie habitable que está en relación permanente con la población se

denomina: a. Territorio b. Pueblo c. Vínculo II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. El desarrollo de las facultades humanas no tiene alguna influencia en la

sociedad. ( ) 2. Las sociedades humanas se diferencian de las sociedades animales porque las

personas tienen mente para razonar y actuar con voluntad. ( ) 3. El Estado es el sujeto del Derecho por excelencia. ( ) 4. La variación del número de pobladores del Estado no hace que éste

desaparezca. ( ) 5. La justicia no es un fin contenido en el sistema positivo del Estado. ( )

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

61

I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. c. 2. b. 3. b. 4. a. 5. a. II. VERDADERO O FALSO 1. F 2. V 3. V 4. V 5. F

SOLUCIONARIO

Sistema de Educación a Distancia

62

GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción La Justicia como ideal máximo en la sociedad o Estado, debe ser regulada por el sistema positivo, y a su vez aplicársela por los operadores jurídicos, con el propósito de que los ciudadanos tengan seguridad. Entendiéndose el Derecho, en su definición más simple, como el conjunto de normas o disposiciones que reglan la convivencia social; precisamente dichas normas tienen como fin primordial dar a cada cual lo que le corresponda. En este tema se desarrollarán los juicios de valor que sirven para la aplicación del Derecho, para así alcanzar la Justicia. 2. Objetivos específicos Determinar la relación entre la Justicia y el Derecho. Identificar los juicios de valor utilizados en la aplicación del Derecho.

3. Desarrollo del tema En la teoría del Derecho existen juicios de valor, el primer tipo se refiere a la conducta de los sujetos jurídicos, pudiendo ser una conducta legal y correcta, o ilegal e incorrecta. Otro tipo, hace mención al derecho mismo o a la actividad de las personas que crean el derecho; afirmando que la actividad del legislador, esto es, la ley, es justa o injusta. Estos juicios implican que determinado objeto tiene un valor positivo o negativo. El objeto puede ser una conducta human, una orden legal, una regla legal o una institución jurídica. Entendiendo por “valores de justicia”, los juicios que afirman que algo es justo o injusto. Respecto a los significados de estos juicios, se debe comenzar por analizar el alcance de los criterios de los legisladores, jueces, abogados, partes procesales y los juristas, al formular este tipo de juicios. No obstante, un juicio de valor jurídico será verdadero o falso en relación al ordenamiento positivo. Este ordenamiento está constituido por normas o reglas que disponen o prohíben determinada conducta; el sentido específico de una norma queda expresado por la idea del “debe”, que implica que el individuo debe comportarse de tal manera.

TEMA 8 JUSTICIA Y DERECHO

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

63

El juicio de valor jurídico que califica a una conducta de legal o ilegal, establece una relación positiva y negativa entre esta conducta y la norma que presupone la persona que juzga. La existencia de una norma legal no es un fenómeno psicológico, ya que puede darse el caso de que quienes la crearon y la población en general, destinataria de esas normas, ya no están de acuerdo con el contenido de la ley; sin embargo, al tener validez una norma, los individuos deben comportarse como estipula ésta. El orden legal dentro de un Estado es un sistema jerárquico de normas legales. El nivel inferior lo constituyen las normas individuales creadas por los órganos que aplican el Derecho, que son los Administradores de Justicia, como los jueces y tribunales. Estas normas individuales dependen de las leyes, considerada como normas generales creadas por el legislador. A su vez, las leyes dependen de la Constitución, que es el nivel superior del orden legal. Estas normas positivas son creadas por actos de los seres humanos. Los juicios de valor jurídico pueden referirse a la conducta de los individuos de un orden jurídico, y a los órganos creadores de las normas y que las aplican. Dentro del sistema de dar un valor jerárquico a las normas, siendo la Constitución la de más alto nivel; un análisis del pensamiento jurídico revela que los juristas sólo consideran que una Constitución es válida cuando el ordenamiento jurídico que se basa en ella es efectivo. Se menciona el principio de efectividad, aplicado al orden legal, cuando los órganos e individuos se comportan mayoritariamente de acuerdo con las normas de aquel orden. Como consecuencia de este principio, la Constitución tiene su origen en una autoridad legítima, mientras el orden jurídico, creado a base de la referida Constitución, sea en conjunto efectiva. El valor del Derecho, según como lo concibe la teoría normativa, también es objetivo en otro sentido. La objetividad de los valores del Derecho queda limitada en la medida en que su existencia implica la existencia de una norma jurídica, lo cual depende a su vez del presupuesto de una norma básica. El sistema de normas denominada ordenamiento jurídico es un esquema de interpretación posible, no necesario. El valor de la Justicia y el valor del Derecho difieren por su misma naturaleza. Cuando valoramos un orden jurídico o una institución legal específica como justa o injusta, pretendemos decir algo más que cuando decir que un objeto cualquiera es bueno o malo. Afirmar que una institución legal, como la esclavitud o la propiedad privada, es justa o injusta no significa que alguien tenga o no interés en esta institución. Ésta significa que la institución corresponde o no a una norma cuya validez presupone la persona que hace la afirmación. El juicio que declara que algo es justo o injusto intenta afirmar un valor objetivo. Las normas que se usan como modelos de Justicia varían entre los individuos y pueden ser irreconciliables; así el liberal cree que su ideal de justicia es la libertad, mientras que para el socialista es la igualdad.

Sistema de Educación a Distancia

64

Sólo para el individuo para quien existe la norma de Justicia adecuada confía que algo es justo o injusto. La norma de Justicia tiene un significado distinto para cada pensador de las diferentes escuelas filosóficas, por cuanto es difícil dar una definición única y absoluta de Justicia. Por último, la Justicia expresa el interés del individuo que declara que una institución social es justa o injusta. El individuo es inconsciente de ello. Su juicio aspira a postular la existencia de una Justicia independiente de la voluntad humana. Esta pretensión de objetividad resulta evidente cuando la idea de justicia aparece bajo la forma de Derecho Natural. Según su doctrina, la Justicia es inmanente a la naturaleza, sólo la puede aprehender, no crearla ni modificarla. Los valores no consisten en una relación con el interés, sino en una relación con la norma, que para algunos no es objetiva, sino que depende del interés subjetivo del que juzga con esa norma. La existencia de los valores del Derecho viene condicionada por hechos objetivamente verificables, según Hans Kelsen. Correspondiéndole a las norma del derecho positivo cierta realidad social, lo cual no sucede con las normas de Justicia. Los juicios acerca de la Justicia al no poder ser comprobados objetivamente, no se los puede incluir en la Ciencia del Derecho. Los juicios acerca de la Justicia son juicios de valor morales o políticos, a diferencia de los juicios de valor jurídicos. Los juicios acerca de la Justicia quieren expresar un valor objetivo; presuponen una norma que aspira a ser objetivamente válida; sin embargo, no se pueden verificar mediante hechos, la existencia y contenido de esta norma. La diferencia fundamental entre los juicios de valor jurídico y los de la Justicia, es que los primeros son verificables de acuerdo con la norma jurídica o el ordenamiento jurídico existente en un Estado; mientras en el segundo caso, están determinados por un interés del individuo que las formula. Situación que no impide que sean utilizados los juicios de valor de Justicia, por lo operadores jurídicos al momento de emitir sus fallos o sentencias. 4. Orientaciones específicas para el estudio

Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda hacer como mínimo dos lecturas pausadas y reflexivas, considerando que se requiere de capacidad de abstracción para una mejor comprensión. El estudiante, al hacer las lecturas respectivas, deberá determinar la diferencia entre los Juicios de Valor Jurídico y de Justicia.

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

65

5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. Los juicios de valor que establecen que el sujeto jurídico actuó legal o ilegalmente

se refiere a: a. Actividades b. Conducta c. Origen 2. Los juicios de valor que consideran que la ley es justa o injusta se refiere a: a. Conducta b. Sujeto c. Actividades 3. El orden legal dentro de un Estado está organizado de forma: a. Jerárquica b. Conmutativa c. Distributiva 4. El filósofo del Derecho que manifestó que la existencia de los valores del Derecho

viene condicionada por hechos objetivamente verificables fue: a. Kelsen b. Hobbes c. Rousseau 5. A los juicios de Justicia, a diferencia de los juicios de valor jurídico, se los considera

de carácter: a. Social b. Político c. Religioso II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. Un juicio de valor jurídico será verdadero o falso en relación con el ordenamiento

jurídico. ( ) 2. El ordenamiento positivo está constituido por normas que disponen o prohíben

determinada conducta. ( ) 3. La existencia de una norma legal es un fenómeno psicológico. ( ) 4. Los juicios de valor jurídico únicamente se refieren a los individuos. ( ) 5. El valor de la Justicia y el valor del Derecho difieren por su misma naturaleza. ( )

Sistema de Educación a Distancia

66

I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. b. 2. c. 3. a. 4. a. 5. b. II. VERDADERO O FALSO 1. V 2. V 3. F 4. F 5. V

SOLUCIONARIO

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

67

ACTIVIDADES PARA LA REFLEXIÓN E INDAGACIÓN

1. Elaborar una definición personal de justicia, un mínimo de cinco líneas. ______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

2. Esquematizar las diferencias entre las diferentes clases de justicia, mínimo señalar

dos diferencias. 3. Señalar dos casos en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, en los cuales se distancia

la justicia del derecho.

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

Sistema de Educación a Distancia

68