resumen filosofia del derecho

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SANTO DOMINGO Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Asignatura: FILOSOFIA DEL DERECHO (DER-227) Profesor: César Matias P. Seccion: 02 Sustentantes: Reynaldo Lora Figuereo 100040189 Tema: Resumen de Capítulos 1-9 Lecciones de Filosofía del Derecho.- Rafael Preciado Hernández

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Page 1: Resumen Filosofia Del Derecho

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SANTO DOMINGOFacultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Escuela de Derecho

Asignatura:FILOSOFIA DEL DERECHO

(DER-227)

Profesor:César Matias P.

Seccion:02

Sustentantes:Reynaldo Lora Figuereo 100040189

Tema:Resumen de Capítulos 1-9

Lecciones de Filosofía del Derecho.- Rafael Preciado Hernández

Fecha:10/06/2014

Page 2: Resumen Filosofia Del Derecho

CAPITULO 1

Filosofía y Filosofía del Derecho

El autor de este libro, describe a la filosofía como “una ciencia suprema que conoce con la

luz natural de la razón la universalidad de las cosas por sus primeros principios, por las

razones más elevadas y realiza así una unificación total del conocimiento”.

Este primer tema también nos quiere demostrar la definición de ciencia, el cuales el

conjunto o sistemas de verdades generales, demostradas sobre un objeto determinado.

Algunas diferencias que se pueden mencionar y que existen entre filosofía y ciencia son las

siguientes:

1.- La ciencia trabaja sobre un objeto concreto y determinado, conoce de antemano el

objeto al que se va a aplicar, en cambio la filosofía desconoce por su parte si tiene la previa

posesión del objeto.

2.- La filosofía no es el mero obrar, no es el conocer, sino el saber conocer, mientras que las

certezas de las ciencias por las verdades practicas no son primarias ni suficientes por si.

3.- La especulación científica y la especulación filosófica demuestran una conciencia

fundamental, ambas aspiran al descubrimiento de lo verdadero pero por caminos diferentes.

4.- El conocimiento científico es especulativo en tanto que el filosófico es además

normativo.

5.- Las ciencias buscan verdades aisladas en relación con aspectos especiales de lo real,

mientras que la filosofía busca la verdad completa.

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Page 3: Resumen Filosofia Del Derecho

El autor expresa que el positivismo hace uso de la inducción y de la deducción, aplicando

espontáneamente los primeros principios de la razón, negando la validez científica. El

positivismo y el realismo coinciden en cuanto a que no admiten una diversidad de grados

del saber, pero difieren por cuanto el primero sostiene que solo estamos ciertos de los

hechos positivos, experiencia y realidad, mientras que el idealismo afirma que lo único que

podemos estar ciertos es del pensamiento, como resultado evita las “ideas”.

El objeto principal de la filosofía del derecho se radica en el objeto material que es el

derecho mismo, todo el conjunto natural, estatal y social, y su objeto formal, el ángulo

desde el cual contempla lo jurídico, la investigación de las causas últimas, las razones y

principios del derecho.

Algunos autores dicen que el problema del idealismo y el positivismo es que debe

comunicar el pensamiento con la realidad (Descartes), o bien establecen la distinción entre

fenómeno y noúmeno (Kant), o entre objeto y ser, (Husserl).

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Page 4: Resumen Filosofia Del Derecho

CAPITULO 2

Misión de la Filosofía del Derecho

Del Vecchio define a la filosofía del derecho como “la disciplina que define al derecho en

su universalidad lógica, investiga los fundamentos y los caracteres generales de su

desarrollo histórico y lo valora según el ideal de la justicia trazado por la razón”.

El objeto fundamental de la filosofía del derecho es todo el derecho, lo mismo el derecho

positivo que el natural, estatal y social, considerado en las grandes formas que comprende

en sus diversas manifestaciones, así como las investigaciones de las causas ultimas de las

razones mas elevadas de los primeros principios del derecho.

¿Porque constituye la filosofía jurídica una ciencia jurídica? La filosofía del derecho es una

ciencia jurídica en sentido lato, mas no puede ser clasificada entre las ciencias jurídicas

particulares, ya que respecto de estas cumple una función semejante a lo que corresponde a

la filosofía general, en relación con las ciencias particulares.

Es muy preciso filosofar del derecho, ya que la experiencia del derecho resulta

incomprensible si se refieren a nociones que el derecho positivo postula y cuya validez

corresponde precisamente a la filosofía jurídica establecer y porque el derecho tiene en sus

entrañas una referencia a criterios racionales éticos, de tal suerte que no se puede entender

ni mucho menos comprender plenamente ese objeto sino se le considera en relación con los

valores jurídicos filosóficos.

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Page 5: Resumen Filosofia Del Derecho

CAPITULO 3

Contenido de la Filosofía del Derecho

La filosofía del derecho debe estudiar los primeros principios del derecho, atendiendo por

igual a las condiciones formales y materiales de su validez. Hablando así, la expresión

propia del derecho es la norma jurídica, y como esta es una especie de la norma en su

aceptación genérica, podemos concluir que el derecho participa del orden normativo.

Aplicando al derecho la división de las disciplinas filosóficas que hace la filosofía moderna

a base de los conceptos fundamentales del ser y del deber ser (objetos respectivamente de la

ontología y de la axiología), la filosofía del derecho se ha dividido igualmente en ontología

jurídica, que tiene por objeto el estudio del ser del derecho (Stammler) y axiología jurídica,

que comprende el estudio de los valores supremos del derecho (la determinación de lo que

el propio Stammler llama idea del derecho o noción de lo justo.)

Del Vecchio divide la filosofía del derecho en tres partes, correspondientes a otras tantas

investigaciones a las cuales denomina investigación lógica, investigación fenomenológica e

investigación deontológica.

La investigación lógica se propone la definición del derecho in genere, ya que ninguna

ciencia jurídica particular puede explicar que sea el derecho en universal, sino únicamente

lo que fue o es un derecho en un cierto pueblo y en determinado tiempo.

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Page 6: Resumen Filosofia Del Derecho

La investigación fenomenológica tiene por objeto comprender al derecho como fenómeno

universal humano, dado que el derecho positivo no es un producto de causas excepcionales,

sino un fenómeno común a todos los pueblos en todos los tiempos cuya causa común y

necesaria radica en la naturaleza humana

La investigación deontológica se desarrolla de u modo autónomo, y comprende la

indagación del ideal, y la crítica de racionalidad y legitimidad del derecho existente,

contraponiendo una verdad ideal a una realidad empírica.

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Page 7: Resumen Filosofia Del Derecho

CAPITULO 4

El Problema del Método en la Filosofía del Derecho

El método adecuado al estudio del derecho debe ser equilibradamente inductivo y

deductivo, analítico y sintético, puesto que se trata de un dato o estructura vinculada

estrechamente con los órdenes normativo, social y ético o moral.

El Objeto de la Filosofía del Derecho no se puede basar en nociones, datos y métodos

sociológicos, traería como resultado conclusiones falsas, por eso el método tiene que ser

así, como sostiene Kelsen con su teoría de los tres órdenes (Derecho justo, Derecho Posible

y Derecho Positivo)

Por método se entiende el conjunto de reglas que el espíritu se impone para dirigirse en la

búsqueda de la verdad, o bien, el conjunto de procedimientos racionales para la

investigación y demostración de lo verdadero. La variedad de los objetos del conocimiento

entraña una diversidad de métodos, y que estos deben seleccionarse a fin de que el método

que se emplee en cada caso sea adecuado al objeto.

Sin embargo, observando atentamente las características de estos métodos, excepción hecha

de la inducción, se descubren procedimientos racionales tales como la inducción, la

deducción, el análisis y la síntesis, que son vías del entendimiento en marcha a la verdad.

El autor descarta la inducción como un método porque el método siempre es discursivo.

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Page 8: Resumen Filosofia Del Derecho

Inducción y deducción, análisis y síntesis, son pues, los procesos esenciales de los diversos

métodos científicos y filosóficos.

La inducción es el método o proceso racional en que el espíritu concluye, elevándose de las

consecuencias a los principios, de los hechos o fenómenos a las leyes, de los efectos a las

causas.

En tanto que la deducción representa el procedimiento opuesto, por el cual el espíritu

concluye, descendiendo de los principios a las consecuencias, de las leyes a los fenómenos,

de las causas a los efectos.

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Page 9: Resumen Filosofia Del Derecho

CAPITULO 5

Filosofía del Derecho y Ciencias Afines

La filosofía del derecho estudio los primeros principios de lo jurídico, se relaciona por su

objeto formal, con disciplinas filosóficas teóricas como la lógica (Teoría del conocimiento

o gnoseología), la psicología racional y la metafísica u ontología, y directamente con la

ética o moral en que se resume la filosofía practica; por su objeto material, nuestra

disciplina se relaciona con las ciencias jurídicas particulares y con la sociología, la historia,

la economía.

La gnoseología (del griego γνωσις, gnosis, 'conocimiento' o 'facultad de conocer', y λόγος,

logos, 'razonamiento' o 'discurso'), también llamada teoría del conocimiento, es una rama de

la filosofía que estudia la naturaleza, el origen y el alcance del conocimiento.

La gnoseología no estudia los conocimientos particulares, como pueden ser el conocimiento

de la física, de la matemática o de nuestro entorno inmediato, sino el conocimiento en

general, aunque puede hablar sobre los límites y el fundamento de otros conocimientos

particulares. Estudia la naturaleza, el origen y el alcance del conocimiento, es decir que

estudia el conocimiento en general.

En el campo de las disciplinas filosóficas , la filosofía jurídica se relaciona directamente

con la ética, entendida esta como la ciencia de las costumbres tales como deben ser, la

ciencia del bien obligatorio.

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Page 10: Resumen Filosofia Del Derecho

La filosofía del derecho entra en contacto con la filosofía teórica: (especialmente con la

lógica, con la psicología y con la metafísica) a través de la ética, pues es la moral la que

establece los principios racionales que rigen la conducta humana, considerada está en su

aspecto individual o monástico, así como en su aspecto social.

Comte bautiza el nombre de “física social” al estudio de todos los hechos y fenómenos

sociales considerados en si mismos, en su conjunto y en sus relaciones mutuas, para llegar a

determinar sus leyes naturales y dar una explicación positiva y sintetica de la sociedad, de

su vida y desarrollo. Para Comte, la sociología es una ciencia positiva, puesto que estudia

los hechos sociales a posteriori.

Entre otras materias afines, también esta el Estado, sus lineamientos, constitución y

organización.

La economía política, ciencia de la eficacia del esfuerzo aplicado a la producción y

distribución de los satisfactores materiales, es otra ciencia vinculada.

Para terminar, hay tres ciencias afines que el autor menciona, La filosofía general, la

historia del derecho y la política del derecho.

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Page 11: Resumen Filosofia Del Derecho

CAPITULO 6

Concepto Genérico de Norma

Las normas son los lineamientos que se deben seguir, que no están por escrito en ningún

lado. Las reglas se determinan según cada unidad, empresa, escuelas. Las leyes son reglas

impuestas por el gobierno o los gobiernos.

LEY. Se define como la norma jurídica obligatoria y general dictada por legítimo poder

para regular la conducta de los hombres o para establecer los órganos necesarios para el

cumplimiento de sus fines. La ley es una regla jurídica porque es creada por autoridad

competente y es obligatoria por la misma circunstancia. Pero no únicamente para algunos

individuos, sino para todos, es decir, que la ley es general y rige la conducta de los hombres

en sociedad.

NORMA: Son reglas que imponen deberes o confiere derechos. El término norma se usa en

dos sentidos: uno amplio y otro estricto. En el primero, norma es “toda regla de

comportamiento obligatoria o no”; en sentido estricto, norma es la regla “que impone

deberes o confiere derechos”.

REGLA Las reglas o normas, son pautas autónomas o heterónomas, que protegen la

libertad del individuo, privándole a su vez, de hacer determinadas cosas, que puedan

perjudicar a otros. Existen diferentes tipos de reglas: jurídicas,religiosas, morales, y de

urbanidad; y generalmente el incumplimiento de alguna de ellas, desemboca en un castigo.

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Page 12: Resumen Filosofia Del Derecho

¿En que consisten las leyes cosmológicas y cuales son su especie?

Las leyes cosmológicas son aquellas que se expresan en una forma enunciativa o

indicativa y su especie son las leyes físicas, biológicas, químicas, matemáticas, entre

otras.

Explique brevemente las normas noológicas

Las normas noológicas tienen relación con las leyes lógicas, morales e históricas que son

su especie.

¿Qué se entiende por necesidad lógica, física y moral?

Necesidad física es la que relaciona dos fenómenos como causa y efecto, su fórmula es en

igualdad de condiciones las mismas causas producen los mismos efectos.

Necesidad Lógica es la que relaciona dos términos u objetos que no son materiales, sino

entes de razón u objetos ideales, propiamente es el concepto o idea de necesidad lógica en

el que se realiza plenamente el concepto de lo necesario.

Necesidad Moral es la que relaciona dos términos por uno se emite un acto y por el otro

el bien racional del hombre o bien se relaciona el acto y la consecuencia con un fin

valioso.

Explique brevemente en qué consiste el hacer humano

Es la actividad humana que se proyecta hacia el núcleo exterior y por lo tanto de alguna

forma queda ahí objetivado.

Explique en qué consiste el obrar humano

Es otro sector de la actividad del hombre que no se proyecta hacia el mundo exterior sino

que tiene por objeto el perfeccionamiento del sujeto de todos sus actos.

De los conceptos de norma en sentido amplio, en sentido estricto y genérico

Norma en sentido amplio es toda regla de comportamiento obligatoria o no.

Norma en sentido estricto es aquella que confiere derechos y deberes.

Norma en sentido genérico es la regla obligatoria, a la regla que prescribe un deber.

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Page 13: Resumen Filosofia Del Derecho

¿Qué se entiende por regla y que por reglas técnicas?

Regla es la fórmula que prescribe lo que es preciso hacer para alcanzar un fin

determinado.

Las reglas técnicas expresan una relación de necesidad física o lógica condicionada.

¿En que consiste el conocimiento especulativo y en que el conocimiento práctico?

El conocimiento especulativo tiene por objeto el descubrimiento de la verdad por si

mismo.

El conocimiento práctico busca la verdad para dirigir nuestros actos.

¿Cuáles son los datos formales de la norma?

Son el destinatario a quien dirige y obliga, el mandato u origen que prescribe, la relación

de finalidad que implica, y la sanación que establece como consecuencia de su infracción.

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Page 14: Resumen Filosofia Del Derecho

CAPITULO 7

Especies de Normas

La norma religiosa es aquella prescripción de conducta humana cuya finalidad última es

posibilitar la santidad del hombre. En otras palabras ella plantea las exigencias que el

hombre ha de cumplir para agradar a Dios (hacer su voluntad).

La finalidad de la norma religiosa es la santidad, lo que persigue el sujeto es acercarse a

Dios, logrando así la vida eterna. El origen de la norma religiosa es la razón de Dios que las

impone al hombre, tiene un carácter heterónomo, en lo que ha su origen se refiere, estas

tienen que ser conocidas, reconocida he internalizadas. Las normas religiosas tienen un

carácter unilateral puesto que imponen deberes pero no facultan el cumplimiento de estos.

Las normas religiosas presentan un carácter marcadamente interno, puesto que a la religión

lo que le interesa es la intención con la cual el sujeto ejecuta el acto. No basta, pues, para

que se alcance la santidad que se cumpla exteriormente con ciertas ritualidades o practicas

si no que es indispensable que el individuo las acepte en conciencia. Las normas religiosas

son incoersibles, esto es, no admiten legítimamente le aplicación de la fuerza física en caso

de incumplimiento. En efecto para que el acto tenga valor religioso debe ser realizado

libremente por el sujeto.

El tipo de sanción es interno y sobrenatural: el dolor o aflicción por haber ofendido a Dios

y, en último término, como se digo, la pérdida de la posibilidad de alcanzar la santidad, esto

es, la condenación eterna. La sanción es aplicada también, en la definitiva por Dios.

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Page 15: Resumen Filosofia Del Derecho

La moral es una noción analógica, es posible referirla a distintas realidades: la ley, las

costumbres, las personas, los actos humanos. En sentido estricto sólo la conducta puede ser

calificada de moralmente buena o mala. Desde este punto de vista normativo se puede

definir la Moral como un sistema de normas cuya finalidad es lograr la bondad del sujeto.

Es que en definitiva, la moral no tiene fundamento subjetivo, ni tampoco social sino

metafísico. Fue Aristóteles quien precisó que lo que especifica un

Para la concepción aristotélica la naturaleza del hombre consiste en ser un “animal

racional”.-

El conocimiento de las normas morales, según Aristóteles y Santo Tomás siguen el orden

del conocimiento de las inclinaciones o tendencias naturales del hombre, de la tendencia

social innata en el hombre se colige que el engaño, fraude o mentira es inmoral porque

impide la vida social.

Para Kant, tal conocimiento se confunde con el de la buena intención de la voluntad.-

¿ A qué se debe atender para calificar un acto de moral o inmoral, o, de bueno o malo?.-

A continuación se sintetiza el pensamiento aristotélico, tomista en los siguientes principios:

1.- Un acto indiferente en abstracto (caminar) será moralmente bueno o malo según con la

finalidad que lo realice el sujeto. La que podrá verse modificada según las circunstancias.

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Page 16: Resumen Filosofia Del Derecho

2.- Un acto bueno se puede perjudicar por la mala intención del sujeto.

3.- Un acto malo por su objeto no se puede transformar en bueno por la buena intención con

que el sujeto lo realiza.

4.- Las circunstancias no determinan la moralidad de un acto concreto, sólo permiten

modificarlos.

5.- Para que una acción sea moralmente buena, deben ser buenos el objeto y el fin.

Como puede apreciarse, para Santo Tomás de los tres factores (objeto, fin y circunstancia)

el determinante es el objetivo. Lo que no es de extrañar en quien sostiene que la moral tiene

un fundamento también objetivo.

Moral y virtud moral.

Todo acto humano es relevante desde el punto de vista moral. El sujeto que actúa al

adquirir el hábito de realizar actos moralmente buenos se convierte en un hombre virtuoso,

hombre bueno. A la inversa, al adquirir el hábito o costumbre de actuar mal se convierte en

hombre vicioso o malo.

Aristóteles distingue y ordena un gran número de virtudes, de entre ellas las cuatro

principales (que encierran y resumen a todas las demás) las denomina cardinales y son:

prudencia, justicia, fortaleza templanza. La primera a nuestro juicio es la más cardinal de

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Page 17: Resumen Filosofia Del Derecho

todas, puesto que sin ella no hay acto virtuoso alguno. La prudencia consiste en actuar

razonablemente según las circunstancias concretas. La justicia consiste en el acto de dar a

cada cual lo suyo. La fortaleza consiste en la voluntad firme de perseverar en las decisiones

razonablemente tomadas. La templanza en fin es el acto de usar de las normas

razonablemente sin dejarse dominar por ellas.

Como puede apreciarse, la prudencia esta presente en todas las virtudes porque elle implica

el uso de la razón y de la voluntad según razón.

Características de la norma moral.

1. Es unilateral .Prescribe un deber, pero no faculta a nadie para exigir de otro el

cumplimiento de su deber.

2. Es interior- exterior. Su campo de acción se inicia en conciencia, que es donde, por lo

demás, se inicia el acto humano. Esto no significa que la norma moral no prescriba una

conducta exterior; por el contrario, preocupándose de la intención del sujeto, exige que ésta

se manifieste en un acto concreto. En definitiva, alcanza a todo el acto humano y a todos

los actos humanos.

3. Es heterógama en su origen. La norma no es creada por la voluntad del sujeto; si así

fuera no sólo su obligatoriedad dependiese caprichosamente de cada cual sino también su

vigencia. En efecto, si yo creo la norma también podría modificarla, alterarla, adaptarla a

voluntad y; por cierto, derogarla.

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Page 18: Resumen Filosofia Del Derecho

4. Es autónoma como norma concreta. A nuestro juicio la autonomía viene dada en su

cumplimiento. En efecto, ella es general y es el sujeto quien de acuerdo a ella y habida

consideración de las circunstancias concretas formula un juicio ético particular o norma

particular. Por ejemplo, la norma moral prescribe categórica e incondicionalmente: “Debe

decirse siempre la verdad”. Corresponde al sujeto en su circunstancia concreta aplicar tal

norma y así concluir; por ejemplo, que si un ladrón le pregunta dónde está el dinero sin

faltar a la verdad, puede darle una respuesta evasiva y dilatoria.

5. Es incoercible. Significa que no es susceptible de ser exigible su cumplimiento por la

fuerza física. Es más, de obtenerse el cumplimiento de un deber moral mediante el uso de la

fuerza, la Moral sigue incumplida puesto que, ella persigue en última instancia la bondad

del sujeto(su calidad de hombre bueno o virtuoso), reclama su intima y libre voluntad.

Normas Jurídicas: Son las que regulan,garantizan y hacen posible la vida en un estado.A

diferencia de los otros sistemas normativos, las normas jurídicas tienen un carácter

obligatorio y suponen el uso de la coacción o de la fuerza para garantizar su cumplimiento

por parte de todos los miembros de la sociedad.

Ser coercitivas ya que imponen su cumplimiento usando una cuota de fuerza, estableciendo

distintas sanciones para los infractores Ser heterónomas, ya que son impuestas desde

afuera. Y son obligatorias para el individuo. Ser temporales, porque se puede abolir,

modificar o reemplazar cuando cambian

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Page 19: Resumen Filosofia Del Derecho

CAPITULO 8

Normas Jurídicas

La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano

prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción.

Generalmente, impone deberes y confiere derechos.

En adición, la norma jurídica es la formula imperativa de lo que es derecho; en tanto que el

derecho es lo expresado o representado por la norma. El derecho es una relación objetiva

entre personas, acciones y bienes, un ajustamiento o coordinación de las acciones humanas

para el bien común.

¿A que están ordenadas las normas jurídicas? Están ordenadas al perfeccionamiento de la

vida social que se alcanza con la realización del bien común. Operan en el campo de las

acciones ya que solo puede regular los actos cuando estos se exteriorizan.

Los datos formales de la norma jurídica son: el sujeto, el supuesto, la relación, el objeto, la

consecuencia, el derecho subjetivo, el deber y la sanación.

Los datos reales son la persona jurídica, sociedad, autoridad, coerción, fines jurídicos y

deber de justicia.

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Page 20: Resumen Filosofia Del Derecho

CAPITULO 9

El Derecho es una Relación Social

LA SOCIEDAD, SU COMPOSICION Y FUNCIONAMIENTO

Llamaremos sociedad a la agrupación permanente y organizada de personas, basada en la

cooperación, que comparten un mismo espacio y persiguen el bien común, constituyendo

gracias a la conciencia colectiva una unidad y en cuyo interior, en un tiempo determinado,

se desarrollan entre sus miembros relaciones recíprocas tanto a nivel individual como a

través de grupos.

Todo individuo está directamente adscrito a un grupo y dentro de él realiza su acción social.

El comportamiento del individuo es la consecuencia del status (ambiente) y los roles que

determina a su vez los deberes y derechos de cada miembro dentro del grupo. El

comportamiento típico, es el aceptado, el considerado por la sociedad como el adecuado.

Paralelamente al comportamiento típico, aparece también el comportamiento atípico; esto

es las desviaciones en el comportamiento.

Entres las causas de desviación social, tenemos:

a). La anomia: desorganización de normas, carencia de normas.

b). La incompatibilidad entre fines y medios.

c). El aprendizaje social de la conducta que adquieren los miembros de los grupos

marginales.

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Page 21: Resumen Filosofia Del Derecho

EL DERECHO COMO SISTEMA DE CONTROL SOCIAL

El derecho como sistema de control social tiene frente a los otros, características especiales

dado que actúa sobre las relaciones de poder usando la fuerza en última instancia. Su

condición de sistema de control social determina sus funciones.

FUNCIONES DEL DERECHO

La teoría reconoce como principales, a las siguientes:

Función de orientación de comportamientos

Se estima como función educacional y persuasiva de la norma, a la que se la entiende como

mensaje y como medio de socialización. Tiene como objeto el de orientar conductas y

expectativas, dirigir a personas independientes para que observen determinados modelos de

conducta.Los modelos de conducta propicios por la norma se sustentan en el consenso de la

sociedad, pertenecen al ideal y se inscriben en el campo del deber ser.

Función de tratamiento de conflicto

El conflicto existe cuando concurren en una relación social intereses contrapuestos y los

sujetos intervinientes no pueden arribar directamente a un acuerdo que le dé solución.

Los conflictos pueden ser jurídicos y no jurídicos. Una relación desemboca en conflicto

cuando no ha tenido eficacia en los sujetos intervinientes la función orientadora del

derecho.

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Page 22: Resumen Filosofia Del Derecho

El derecho propone vías de solución de conflictos como las siguientes:

a). La mediación, en el que interviene un tercero neutral o independiente de las partes en

conflicto que las acerca o les propone soluciones. Entre éstas tenemos la conciliación y el

arbitraje.

b). La adjudicación, en la que interviene un juez o tribunal competente que en un proceso

regulado por la ley, resuelve concediendo la razón a una parte y denegándole a la otra.

c). La renuncia de una o de ambas que pone fin al conflicto, sin resolver el asunto a fondo.

Función de legitimación del poder

La legitimación del poder consiste en la actuación del derecho sobre el gobernante para que

éste no incurra en abuso, en arbitrariedad y las normas de comportamiento que imponga

con sus decisiones, coincidan con el consenso social y merezcan la aceptación y adhesión

de los miembros de la colectividad.

LOS FINES DEL DERECHO

Los fines del derecho se cumplen en la sociedad y consecuentemente se inscriben en la

relación derecho-sociedad. ¿Para qué sirve el derecho?, sirve para establecer el orden, la

paz; conseguir el bien común y proporcionar la seguridad jurídica.

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Page 23: Resumen Filosofia Del Derecho

LAS RELACIONES ENTRE EL DERECHO Y LA SOCIEDAD

A modo de formulaciones básicas, mencionamos los siguientes:

A). El derecho al normar, al regular las relaciones sociales las delimita, las precisa, las fija

y las convierte en relaciones jurídicas.

B). La sociedad es el sistema, el todo; el derecho es solo un subsistema, una parte de

aquella.

C). Los cambios sociales conducen al cambio del derecho.

D). El derecho contribuye a la formación y conservación de la sociedad y establece con ella

las condiciones para el bienestar común y el desarrollo del grupo.

E). El derecho organiza la sociedad y realiza en beneficio de sus miembros la justicia como

la razón de ser.

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