el trabajo comunitario como una alternativa a la pena de prision en el estado de nuevo leon

Upload: marco-tulio-rosales-ibarra

Post on 06-Jul-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    1/356

    UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

    FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGÍA

    SUBDIRECCIÓN DE POSGRADO

    “EL TRABAJO COMUNITARIO COMO

    UNA ALTERNATIVA A LA PENA DE PRISIÓN

    EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN”

    TESIS REALIZADA POR:

    MCP. JOSÉ DE JESÚS REGIS GARCÍA.

    COMO REUISITO PARCIAL PARA OBTENER EL GRADO DE

    DOCTORADO EN DERECHO

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    2/356

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    3/356

    i

    ÍNDICE

    AGRADECIMIENTOS………………………………………………………………… ... 3INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………………  4

    CAPITULO PRIMEROEL DERECHO PENAL1.1.- El Derecho Penal…………………………………………………………………161.2.- Derecho Penal Objetivo y Derecho Penal Subjetivo……………………... 201.3.- Parte General del Derecho Penal y Parte Especial del DerechoPenal …………………………………….……………………………………………… 22354

    1.4.- Derecho Penal Sustantivo, Derecho Penal Adjetivo,Procedimiento Penal y Proceso Penal……………………………………………..291.5.- Derecho Ejecutivo Penal, Derecho Penitenciario y

    Penología……………………………………………………………………

    ..…………

     361.6.- El Sistema Penal……………………………………………………………… . 511.7.- Las Ciencias Penales y La Ciencia del Derecho Penal………………..…. 55CAPÍTULO SEGUNDOLA LEGITIMACIÓN DEL DERECHOPUNITIVO DEL ESTADO“  EL IUS PUNIENDI ”   

    2.1.- Antecedentes del “ius puniendi”……………………………………………  632.2.- Teorías de legitimación del “ius puniendi”………………………………... 71

    2.2.1- Teorías absolutistas del“

    ius puniendi”……………………………

    ..……

    . 752.2.1.1 La Expiación. ………………………………………………………………… . 762.2.1.2.- La retribución. ……………………………………………….. ……………..772.2.2.- Teorías relativistas del “ius puniendi”. ………………………………….. 792.2.2.1.- Teoría del Contrato Social.….………………………...………………….. 802.2.2.2.- Teoría de la Defensa Social. ….………………………………………….. 822.2.2.3.- La prevención General. ….…………………………………………………822.2.2.4.- La Prevención Especial. ….………………………………....................... 832.2.3.- Teorías eclécticas del “ius puniendi”. .…………….…………………….. 862.2.3.1.- Teorías Eclécticas Aditivas y Teorías Eclécticas

    Dialécticas del “Ius Puniendi”.……………………………………………………

    . 862.2.3.2.- Teoría Unificadora Dialéctica de Roxin .……………………………….. 882.2.3.3.- Teorías Para Orientar las Decisiones Judiciales. ……………………. 902.2.3.4.- Teoría del Margen de Libertad. ….………………………....................... 912.2.3.5.- Teoría de la Pena Exacta. ….………………………………………………922.2.3.6.- Teoría del Valor del Empleo. ….…………………………... ……………..932.3.- Límites del “ius puniendi”. ….………………………………………………... 96

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    4/356

    ii

    2.3.1.- El principio de Legalidad. ….………………………………… …………….982.3.2.- El Principio de Exclusiva Protección de BienesJurídicos…………………………………………………………………………… ... 1002.3.3.- El Principio de Subsidiaridad, Intervención Mínima o ÚltimaRatio y El Principio de Carácter Fragmentario del Derecho Penal.

    ……………………………………………………………………………………………103

    2.3.4.- El Principio de Efectividad, Eficacia o Idoneidad. ……………………..1082.3.5.- El Principio de Proporcionalidad. ….……………………………………..1092.3.6.- El Principio de Culpabilidad. ….…………………………………………...1112.3.7.- El Principio de Responsabilidad Subjetiva..……..……..... …………….1132.3.8.- El Principio de Responsabilidad Personal. ….………………………….1142.3.9.- El Principio de Humanidad o Humanización y deResocialización………………………………………………………….……………  115CAPÍTULO TERCERO

    LAS SANCIONES PENALES3.1.- Las Sanciones Penales.……………………………………...........................1213.2.- Las Penas. .………………………..…………………………………………… 1263.2.1.- Las Penas en el Código Penal del Estado de Nuevo León.………………………………………………………………………………………… ... 1303.3.- Las Medidas de Seguridad. .………………………………………………….1343.3.1.- Las Medidas de Seguridad en el Código Penal del Estado deNuevo León…………………………………………………………… .... ……………1383.4.- La Reparación del Daño Como Tercer Vía del DerechoPenal……………………………………………………………… ...….. ……………..143

    3.4.1.- La Ejecución de la Reparación del Daño en el Estado deNuevo León. …………………………………………………………… .. ……………149356

    CAPITULO CUARTOLA PENA4.- La Pena. ……………………………………………………………………………  1604.1. Antecedentes de la Pena. …………………………………...…………………1624.2.- Definición de la Pena.………………………………………………………… .1744. 3.- Las Características de las Penas. …………………...……………………. 1794.4.- Las Clases de Penas. …………………………………...……………………. 1804.4.1.- La Pena de Prisión.

    …………………………………………………………

    .1824.4.2.- Las Penas Alternativas a la Prisión. ……………...………………………1844.4.2.1.- La Diversión o la Derivación. ….…………………..…………………… 1864.4.2.2.- El Perdón o Dispensa. ………………………………….……………….. 1864.4.2.3.- LA Suspensión de la Ejecución de la Condena. ….………………… 1884. 4. 2. 4.- LA Amonestación. …..………………………………………………… 1894.4.2.5.- LA Caución de Conducta o Fianza. …..………………………………. 190

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    5/356

    iii

    4.4.2.6.- La Reparación. ……...……………………………………………………. 1924.4.2.7.- La Multa. ……………..…………………………………………………….. 1924.4.2.8.- El Trabajo al Servicio de la Comunidad. …………….……………….. 1934.4.2.9.- La Inhabilitación o Privación de Derechos. ...……………………….. 1944.4.2.10.- El Toque de Queda “Curfew Order”. ………………………………… 196

    4.4.2.11.- Monitoreo Electrónico.……………………

    ..…………………………

    .. 1974.4.2.12.- La Semilibertad. ………..……………………………………………….. 1994.4.2.13.- Prohibición de Ir a Lugar Determinado. …………………………….. 2024.4.2.14.- La Confiscación. …………………………………………………………  204CAPITULO QUINTOEL TRABAJO EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD5.1- Introducción …………………………………………………........................... 2145.2.- Antecedentes ………………………………………………………………… ...2215.3.- Definición del Trabajo en Beneficio de la Comunidad………………….. 227

    5.4.- Naturaleza Jurídica del Trabajo en Beneficio de laComunidad…………………………………………………………… .......................2295.5.- Características principales del Trabajo en Beneficio de laComunidad …………………………………………………………… ..................... 2375.6.- Aspectos Generales del Trabajo en Beneficio de laComunidad ……………………………………………………………………………  2455.7.- El Trabajo en Beneficio de la Comunidad en OtrasLegislaciones.……………………………………………………………………… ... 2755.8.- El Trabajo en Beneficio de la Comunidad en NuestraLegislación……..…………………………………………………………………… .. 285

    5.9.- Fundamento Constitucional del Trabajo en Beneficio de laComunidad …...………………………………………………………………………  3045.10.- El Trabajo Comunitario en Relación con la Víctima del Delito.…….…………..…………………………………………………………………………310CONCLUSIONES………………………………………………………………………316BIBLIOGRAFÍA……………………………………..………………………………… 348

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    6/356

    AGRADECIMIENTOS

    A  DIOS% por todas las bendiciones que a lo largo de mi

    vida me ha dado.

    A mi esposa  YAMILETT% por su diario apoyo y

    comprensión.

    A mis PADRES  y HERMANOS, por todo su ejemplo ymotivación que me han brindado.

    A mi querida UNIVERSIDAD, por sus 80 años formando

    profesionales. 

    A mi  FACULTAD% de cuyas aulas adquirí mis actuales

    conocimientos.

    A mis queridos MAESTROS, mis COMPA&EROS DE

    TRABAJO  y ALUMNOS  que comparten conmigo este maravilloso

    mundo del derecho.

    3

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    7/356

    INTRODUCCIÓN

    os problemas que enfrenta nuestro país, los cuales

    adem!s se encuentran agravados con la crisis económica tanto local

    como las que provienen del e"terior, crisis que esta por dem!s decir

    que nunca ha dejado de e"istir en nuestro país y que a lo largo de la

    historia tiende m!s a agravarse que a atenuarse, traen como

    consecuencia una disminución del empleo lo que desemboca en una

    cada ve# m!s lejana calidad de vida adecuada de nosotros losme"icanos.

    $tro efecto de los problemas referidos lo es la falta de

    oportunidades para que los jóvenes superen por sí mismos su nivel de

    vida, lo anterior nos trae como consecuencia un aumento estratosf%rico

    en las conductas antisociales en donde el bien m!s golpeado es el

    patrimonio de las víctimas, delitos que se incrementan a tal grado de

    verlos &normales', pues incluso quienes lo sufren ni siquiera los

    denuncian, delitos dentro de los que podemos destacar como m!s

    frecuentes los de el robo de auto partes, el robo de casas habitación, e

    incluso el robo con violencia, ilícitos en los cuales se ocasionan en

    algunos de esos casos homicidios y lesiones.

    (n un n)mero sin precedentes se han incremento en

    nuestro estado de manera alarmante los secuestros y la e"torsión,

    ilícitos que hace apenas algunos años era muy raro comentarlos.

    *aralelamente es un hecho notorio que se ha

    incrementado, ahora si que como nunca se había percibido en nuestro

    4

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    8/356

    país y m!s que nada en nuestro estado, los delitos cometidos por

    miembros de la delincuencia organi#ada.

    +o se puede dejar de lado, por tratarse tambi%n de uno de

    los principales par!metros de inconformidad social, el problema relativo

    a la corrupción que ha e"istido en todos los tiempos, pr!ctica cuya

    finalidad principal es anteponer la satisfacción de inter%s personales por

    encima de los de los dem!s y que opera a)n en mayor medida en los

    sistemas de procuración de justicia y en los sistemas judiciales.

    (l problema de este problema, v!lgame la redundancia, es

    que estamos acostumbrados a verlo y anali#arlo desde la óptica de lasuma de los lucros individuales obtenidos por los funcionarios que la

    reali#an, pero no lo vemos desde la diversa connotación que tiene,

    seg)n nos refiere +icol!s odrígue#,- quien asevera que tiene adem!s

    una connotación social, pues se convierte en un problema de todos

    porque con ello se erosiona a la justicia, a la capacidad, estabilidad y

    eficiencia de una sociedad.

    +o podemos dejar la de lado, ya que incide directamente

    en el tema de nuestra investigación, los m)ltiples delitos culposos en

    los que el sentenciado, por no tener los medios económicos suficientes

    para garanti#ar los requisitos legales que le permitan obtener un

    beneficio, ingresa a la prisión, estando adem!s algunos casos en los

    que el delito no obstante ser doloso, la pena aplicada se puede cambiar

    por alg)n beneficio y no se cuenta con los requisitos, por carecer de

    requisitos económicos para que pueda obtenerlos.

    1  odrígue# arcía +icol!s. La Corrupción: Aspectos Jurídicos y Económicos,Sistemas Procesales Penales Frente al Reto de Controlar la Corrupción.  (ditorialatio egis. /alamanca (spaña 000. *!g. 12.

    5

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    9/356

    A raí# de lo anterior se ha incrementado la necesidad de

    buscar mecanismos que logren disminuir los efectos, tanto en el

    delincuente, como en la victima y tambi%n en la sociedad, de las

    conductas antisociales que se materiali#an por la falta de oportunidades

    tanto laborales como acad%micas.

    3a desde su %poca nos advertía *latón en un

    planteamiento no tan alejado de la realidad pero tampoco de todo

    cierto, de que el vicio radica en la ignorancia, y que los que delinquían

    era por falta de educación por tratarse de una de sus consecuencias.

    *or su parte 4eccaria muchos siglos despu%s establecióque el m!s seguro, pero el m!s difícil medio de evitar los delitos es

    perfeccionar la educación.2 

    +o se deja de lado el clamor popular que e"ige un sistema

    penal que sea r!pido, justo y sobre todo confiable, el cual adem!s debe

    tener una operación y definición que sea entendible para todos aquellos

    que no son conocedores de los t%rminos jurídicos, pues en la totalidad

    de los casos en que alguna persona se ve afectada, su principal lema

    de &batalla' o m!s bien de &protesta' lo es el de &queremos que se haga

     justicia', t%rmino que incluso a)n es desconocido para los e"pertos en

    derecho.

    /obre este tema estimo prudente citar lo e"puesto por

    5es)s 6oral7, quien refiere que la justicia instituye y lleva a la pr!ctica

    un criterio objetivo de igualdad y proporcionalidad entre las relaciones

    2 itado por Arriola 5uan 9ederico. La Pena de Muerte en M!ico. 6ercera (dición.6rillas. :%"ico ;. 9. -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    10/356

    interhumanas encaminadas a atribuir a cada quien lo suyo, fundado en

    la correcta percepción de la realidad establecido y aplicado con

    sinceridad y buena fe y teniendo en consideración el bien com)n de la

    colectividad.

    o referido anteriormente, nos dice el autor, parte de la

    igualdad esencial que e"iste entre los hombres y de la dignidad que les

    corresponde por su categoría de personas y movida por cierto grado de

    amor hacia todos ellos.

    (n otras palabras, se reclama un sistema que garantice

    una certe#a y seguridad jurídica a las personas en todos sus derechosfundamentales, y estimo que para que ello se logre se requiere del

    estudio y constantes actividades de revisión a los marcos legales,

    tomando en consideración los hechos ocurridos en la sociedad con la

    finalidad de impartir justicia y no reali#arse con la óptica que

    generalmente enfocan que es la penali#ación.

    /e ha visto )ltimamente un sin n)mero de spots

    publicitarios en los que los ongresos ocales e incluso el ongreso

    9ederal presumen su ardua tarea de legislar, lo cual no es malo, ya que

    es parte de sus funciones, sino es que su función principal, pero

    tampoco debe llegar a ser una innecesaria tarea legislativa reali#ada

    con una finalidad m!s de política que de manera responsable,

    quedando lejos de ser orientadora del momento social en la que es

    creada, llegando en muchas ocasiones a ser una norma injusta o

    inadecuada.

    Así las cosas, la presente obra sugiere una propuesta de

    reformas a distintas legislaciones locales en busca de esa justicia que

    usa la sociedad como lema de &batalla' o m!s bien de &protesta', cuya

    7

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    11/356

    aplicación consideramos va a ser m!s ben%fica a la sociedad porque

    resultar! ben%fico tanto para la víctima como para el sentenciado.

    @na de las principales vías para lograrlo es a trav%s de la

    implementación de medios alternos a la prisión que cumplan con los

    fines que nuestro sistema penal le asigna a la pena, lo cual al

    materiali#arse, no dejaría de ser impartición de justicia propiamente

    dicha, tomando tambi%n en cuenta la muy sensible sociedad actual, los

    efectos del delito sobre la víctima y considerando que la procuración e

    impartición de justicia deben de procurar aspectos jurídicos y sociales

    en su operación tendientes a lograr una buena convivencia social y

    humana, lo que de lograrse nos acarrearía mejores condiciones de vida,siendo este tipo de procuración e impartición de justicia la que el trabajo

    comunitario, al aplicarlo como pena, busca obtener para nuestra actual

    sociedad.

    /e toma como base de la presente investigación, el hecho

    de que se han reali#ado diversas investigaciones sobre los defectos de

    la pena de prisión, los cuales en su inmensa mayoría han arrojado

    resultados negativos, pena que adem!s ha dejado efectos sobre todo

    en aquellos internos cuyas penas son cortas, crisis que incluso han

    llegado a desestabili#ar todo el sistema penal dado el abuso que de la

    misma se ha hecho.>

    *aralelamente, en la actualidad la regla general es

    incorporar conductas delictivas a los códigos penales y leyes especiales

    tratando con ello que la delincuencia disminuya, regla que no ha sido

    efectiva e incluso ha ocasionado un mayor deterioro en la certidumbre

    de que la pena de prisión sea la mejor vía para prevenir la delincuencia,

    incluso a la prisión se le han atribuido los defectos de que corrompe,

    5  4arrieta ópe# 9ernando. Manual de Criminolo%ía. (ditorial *orr)a. :%"ico ;. 9.-

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    12/356

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    13/356

    delincuentes reincidentes que al igual se encuentran internos, incluso

    con aquellos que sin ser reincidentes son internos verdaderamente

    peligrosos.

    (n algunas ocasiones el propio instinto de supervivencia

    humana termina convirtiendo al interno no peligroso en homicida al

    repeler las m)ltiples agresiones físicas yBo psicológicas que le

    proporciona el interno reincidente o peligroso, quien adem!s en algunas

    ocasiones ha llegando a suicidarse dentro de la prisión por no aguantar

    las agresiones referidas.

    os problemas aquí e"puestos fueron reconocidos por el*oder 5udicial de la 9ederación quien publicó las conclusiones de la

    consulta nacional para una reforma integral y coherente del sistema de

     justicia, que arrojó como principal resultado el que su primer objetivo

    debe encaminarse ampliamente a dar cabal cumplimiento al artículo -1

    onstitucional, ello mediante un mayor y mejor acceso a la justicia para

    todos los me"icanos, el cual resuelva los conflictos de los ciudadanos

    mediante la aplicación del derecho y genere seguridad jurídica para la

    sociedad en conjunto.1

    ;e las 22 acciones referidas, las que interesan a nuestra

    investigación, por estar relacionadas con ella, son las siguientesC

    #.'  ediseñar el sistema constitucional de

    impartición de justicia penal.

    !.'  eformar la legislación en materia de justicia

    penal y revisar la política criminal.

    7 *oder 5udicial de la 9ederación. '' Acciones Para la Re(orma Judicial . :%"ico ;. 9.00?. *!g. 0.

    10

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    14/356

    $.'  :odificar el proceso penal a trav%s de la

     jurisprudencia.

    (.'  Asegurar los recursos humanos, materiales y

    financieros necesarios para implementar la reforma a la

     justicia penal.

    ).' :odificar el sistema de ejecución de penas y

    asegurar la aplicación efectiva de la reparación del daño.

    *.'  :ejorar la calidad de las sentencia de los

    órganos de impartición de justicia.

    (n el !mbito de nuestro (stado de +uevo eón, el

    obierno est! consiente de la ineficacia de los sistemas penales y de la

    necesidad de su evolución, por lo que se dio a la tarea de reali#ar una

    consulta ciudadana para recabar y sugerir propuestas de reforma que

    dieran respuesta a las inquietudes de la comunidad deseosa de obtener

     justicia,8 detect!ndose de dicha consulta, y en lo que a nuestro tema se

    refiere, la necesidad de lo siguienteC

    #.' /e detectó que el sistema se enfoca al castigo

    del delincuente sin una verdadera política de prevención

    del delito y en su caso de la readaptación del sentenciado,

    ya que se concluyó que el castigo solo era para aquellos

    que no podían cubrir una adecuada defensa.

    !.' /e reconoció la necesidad de que las penas

    cumplan efectivamente con su función readaptadora y de

    8  arcía Derrera atarino EompiladorF. ("posición de :otivos de la eforma de5usticia *enal en el (stado de +uevo eón. onsejo de la 5udicatura. *oder 5udicialde +uevo eón. 00?. *!gs.-08.

    11

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    15/356

    prevención del delito, siempre considerando al ser humano

    como valioso, por lo que se creo como &nueva pena' la

    figura que en nuestro trabajo anali#amos, cuyo objetivo es

    que el delincuente se identifique con las necesidades de la

    sociedad y asuma como propio el valor que corresponde al

    trabajo honesto, como una actividad necesaria y

    productiva para efectos personales y comunitarios.

    $.' (n materia de ejecución de sanciones, se hacen

    reformas a la ey de (jecución de /anciones *enales del

    (stado y otorga a la /ecretaría de /eguridad *)blica,

    entre otras funciones, la de organi#ar y supervisar elcumplimiento del trabajo en beneficio de la comunidad,

    cuando sea impuesto como pena por la autoridad

     jurisdiccional.

    *or otro lado, y anali#ando la problem!tica de la ejecución

    de las sanciones penales, se sugirió que se agregar! la pena de

    6rabajo en 4eneficio de la omunidad, la cual podr! ser impuesta como

    sustituta de la de prisión, con la modificación Een relación al proyecto en

    ese entonces e"istenteF de que la misma se aplique cuando la pena de

    prisión impuesta no e"cediera de cinco años y no en la pena de cuatro

    años como se encontraba contemplado, respetando lo propuesto en el

    sentido de que a los procesados a quienes se vaya a imponer dicha

    pena no deben representar peligro para la sociedad y adem!s se

    garantice o se cubra la reparación del daño.

    Así mismo, se propuso la creación de disposiciones

    b!sicas las de que el 6rabajo en 4eneficio de la omunidad ser!

    facilitado por la Administración penitenciaria reali#ando convenios con

    administraciones yBo entidades p)blicas o privadas que desarrollen

    12

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    16/356

    actividades de utilidad p)blica o social, y que el miso no ser! denigrante

    e inhumano y si productivas.

    $tro lineamiento propuesto lo era que a falta de convenio

    o insuficiencia de pla#as, el penado podr! proponer un trabajo concreto,

    que se procediera a la efectiva ejecución tan pronto como le sea

    remitido el testimonio de la ejecutoria y que cada jornada tendr! una

    e"tensión de tres horas diarias, y solo se podr! desarrollar tres días por

    semana, jornada que podr! aumentarse si el sentenciado de forma

    e"presa da su consentimiento y que las jornadas no e"ceder!n de 2?>

    las que deber!n reali#arse dentro de los cuatro años siguientes a la

    fecha de la condena y adem!s el sentenciado estar! sujeto a lasdisposiciones relativas a la condena condicional, en caso de

    incumplimiento se har! efectiva la pena de prisión inicialmente impuesta

    por el tiempo restante.

    /ería su imposición a petición de parte y el 5ue# en base

    a las características personales, capacidad laboral y entorno social,

    personal y familiar del sentenciado, determinar! fundando y motivando

    la actividad m!s adecuada que deber! desempeñar así como el lugar

    donde deber! desarrollarloG que la reali#ación del trabajo no ser!

    retribuida, pero procurando hacer compatible el normal desarrollo de las

    actividades diarias del penado quien estar! obligado a seguir las

    instrucciones y las disposiciones tanto de la autoridad ejecutora como

    de la entidad para la que preste sus servicios, go#ar!n de la protección

    a que se refiere la ey de (jecución de /anciones en materia de

    /eguridad /ocial y estar!n protegidos por la normativa laboral en

    materia de seguridad e higiene en el trabajo.

    a administración penitenciaria comprobar! con la

    periodicidad el cumplimiento efectivo del trabajo impuesto y facilitar! a

    13

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    17/356

    las autoridades judiciales y a los olegios de Abogados toda la

    información relativa a esta pena, su forma de ejecución y trabajo

    disponible, así como a aquellos procesados que est%n en situación

    procesal susceptible de que se les aplique.

    ;eber! entenderse que el penado incumple con la pena

    cuando se ausentara del trabajo o lo abandonara injustificadamente,

    cuando su rendimiento fuera menor al mínimo e"igible, cuando en

    forma reiterada y manifiesta incumpla las instrucciones que se le dieren

    y cuando su conducta fuere tal que el responsable del trabajo se negare

    a seguir manteni%ndolo en el centro.

    as mismas disposiciones rigen cuando la pena fuera

    impuesta como substituta de la multa.

    omo se ha apreciado, es la la falta de ejecución efectiva

    de las penas cortas que pueden ser sustituidas de prisión, lo que

    ocasiona que no se pueda evitar la convivencia que no debe darse

    entre delincuentes ocasionales yBo accidentales Eincluso algunos casos

    que ni siquiera requieren de un tratamiento de rehabilitaciónF con

    delincuentes reincidentes cuyas probabilidades de rehabilitación social

    son m!s prolongadas.

    +o se abordar! en la investigación el problema de que si

    los tratamientos penitenciarios son o no adecuados, si los reclusorios

    son o no suficientes, ya que aparte de que no constituye nuestro

    problema esencial, con la presente investigación se busca el beneficio y

    la efectividad de un sistema de pena alternativa a la prisión que cumpla

    en mejor medida con la finalidad de la pena, previniendo el ingreso a la

    prisión del sentenciado y con ello evitaría los problemas de los

    reclusorios, que si bien se anali#an en el presente anteproyecto, es con

    14

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    18/356

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    19/356

    EL DERECHO PENAL

    1.1.-   El #erec)o Penal. 1.2.-   #erec)o Penal *$+eti&o y #erec)o

    Penal Su$+eti&o. 1.3.-   Parte eneral del #erec)o Penal y Parte

    Especial del #erec)o Penal. 1.4.-  #erec)o Penal Sustanti&o, #erec)oPenal Ad+eti&o, Procedimiento Penal y Proceso Penal. 1.5.-  #erec)o

    E+ecuti&o Penal, #erec)o Penitenciario y Penolo%ía. 1.6.-  El Sistema

    Penal. 1.7.-  Las Ciencias Penales y La Ciencia del #erec)o Penal.

    #.#.' EL DERECHO PENAL.

    (n la actualidad, y ante la elevada ola de violenciaoriginada principalmente por el crecimiento sin precedentes a que llegó

    la delincuencia organi#ada en nuestro (stado y tambi%n en el país, se

    ha recurrido en forma reiterada al ;erecho *enal con la intención de

    que sea dicho medio el que restaure el problema social originado, lo

    cual si bien es cierto que a lo largo de la historia con frecuencia ha

    sucedido este fenómeno, tambi%n lo es que en los )ltimos años se ha

    incrementado considerablemente.

    +o por nada se ha llegado a concluir que el ;erecho

    *enal es la primera necesidad en la vida, la condición indispensable de

    la e"istencia social y que su principal meta es ser menos severo y m!s

    humano,+ conclusión que comparto, pero me gustaría que se recurriera

    al ;erecho *enal solamente en casos indispensables y no como

    acontece hoy en día en que cualquier conducta se quiera penali#ar,

    pareciendo que ha resultado in)til el desarrollo y aplicación de las

    m)ltiples teorías que pugnan por la descriminali#ación y el

    reduccionismo de las penas, conclusión que no es contraria ni pone en

    duda la tarea principal del ;erecho *enal, que es evitar riesgos para la

    9 ui# odrígue# Hirgilio. "eoría de la Ley Penal . (ditorial *orr)a. *rimera (dición.:%"ico ;. 9. 007. *!g. IHJJ.

    16

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    20/356

    sociedad y para el individuo-0, situación que de ninguna manera se

    niega, lo que se critica y se cuestiona es el hecho de que se llega al

    e"tremo de pretender colocar en el conocimiento del sistema penal

    hechos que adquieren relevancia m!s por el resultado y por el impacto

    social que causan, que por el comportamiento ilícito del individuo al

    reali#ar el hecho.-- 

    *ues bien, para hacer efectiva la convivencia social así

    como con la finalidad de perfeccionar, o al menos mejorar el sistema

    penal buscando que sea lo m!s efectivo posible, se reali#an trabajos de

    investigación au"ili!ndose tanto de las ciencias penales, algunas

     jurídicas y otras no jurídicas, así como del au"ilio de la ciencia del;erecho *enal, ya que se busca y se piensa que con sus buenos

    resultados se logaría disminuir en gran medida la delincuencia Esin que

    se entienda por esto que %sta es la finalidad del ;erecho *enal, ni de la

    penaF, siendo uno de los objetivos de la reali#ación de la presente

    investigación ya que se considera que %ste puede lograrse, obviamente

    no del todo, pero si en una buena parte, si se logra hacer efectiva una

    figura sustitutiva de prisión, lo cual adem!s resultar! ben%fica para el

    infractor, la víctima, la sociedad y el (stado.

    *or ello debemos de partir de que el (stado cuenta con

    todo un sistema de derecho, dentro del cual a su ve# cuenta con un

    sistema penal, sistemas cuyos principios y valores generalmente son

    recogidos en la onstitución, con lo anterior no se quiere decir que %sta

    llega a ser su fundamento Ebasta ver la e"periencia italiana que ha

    tenido respecto a %ste y la dificultad que les ha implicado el poder

    determinar cu!les son los bienes jurídicos de relevancia onstitucional

    para que sean penalmente sancionables, es decir, que su alteración

    10 o"in laus. La E&olución de la Política Criminal, el #erec)o Penal y el ProcesoPenal. (ditorial 6irant lo 4lanch. Halencia. 000. *!g. 7>.11  Derrera 4a#!n /imón *. Ries%o, -mprudencia y #erec)o Penal . 9lores (ditor y;istribuidor. :%"ico 00?. *!g. HJJ.

    17

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    21/356

    soporte el sacrificio de la libertad personal, problem!tica que se

    e"tiende a la penali#ación de los nuevos bienes jurídicos que van

    naciendo y a la e"clusión de los delitos de peligro y de fuentes penales

    secundarias F- sino mas bien %sta es un límite al ejercicio del poder del

    (stado para afectar la libertad física de los gobernados con la finalidad

    de conservar un orden social.

    Ahora bien, en caso de que una de las conductas

    catalogadas como delito se realice, el sistema cuenta con el

    denominado ;erecho *enal, siendo %ste la rama del derecho p)blico

    interno relativo a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad,

    que tiene por objeto inmediato la creación y la conservación del ordensocial.-2

    o anterior quiere decir que la conducta que es

    considerada como delito, para poder ser sancionada con una pena,

    debe estar previamente así catalogada en la ey.-7 

    *or su parte on#!le# =uintanilla establece que el

    ;erecho *enal es un instrumento de defensa de los valores

    fundamentales de la comunidad que solo debe emplearse contra

    ataques muy graves a esos valores y en una forma controlada y

    limitada por el imperio de la ey.->

    12  ;onini :assimo. Responsa -urisperitorum #i%esta olumen --. (diciones@niversidad /alamanca. /alamanca. 00-. *!gs. >78.13  astellanos 9ernando. Lineamientos Elementales de #erec)o Penal . (ditorial

    *orr)a. Higesimoquinta (dición. :%"ico ;. 9. -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    22/356

    Antolisei nos dice que es el conjunto de preceptos cuya

    inobservancia tiene la consecuencia jurídica de una pena al autor del

    ilícito, formando parte de esta rama del derecho todas las ramas que,

    sin prohibir directamente determinados hechos, establecen las

    condiciones para la aplicabilidad de dicha sanción, así como la especie

    y las modalidades de ella-?.

    im%ne# de As)a lo define como el conjunto de normas y

    disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y

    preventivo del (stado, estableciendo el concepto de delito como

    presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto

    activo, asociando a la infracción de la norma una pena finalista o unamedida aseguradora.-1 

    Así las cosas, no podemos negar que el ;erecho *enal

    definitivamente se trata de un conjunto de normas, todas jurídicas y

    protectoras de todos los bienes jurídicos considerados relevantes para

    la convivencia social, que tienen como finalidad aplicar una pena o

    medida de seguridad a quien la violente, cuyo uso y operación son

    e"clusivas del (stado.

    #.!.' DERECHO PENAL OBJETIVO Y

    DERECHO PENAL SUBJETIVO.

    $bedeciendo a la clasificación que del derecho se hace, el

    ;erecho *enal tambi%n es susceptible de ser clasificado en ;erecho

    *enal objetivo y en ;erecho *enal subjetivo.

    16 Antolisei 9A+J/$. Manual de #erec)o Penal Parte eneral . (ditorial 6emis.$ctava (dición. 4ogot! -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    23/356

    *ues bien si por derecho objetivo hemos evolucionado en

    su conceptuali#ación hasta llegar a entenderlo a grandes rasgos y sin

    necesidad de ahondar en detalles, como el conjunto de reglas que

    adem!s de imponer deberes concede facultades, y por su parte, por al

    derecho subjetivo lo entendemos como el permiso derivado de la

    norma, es decir la posibilidad de hacer o de omitir lícitamente algo.-8

    (l derecho subjetivo es la autori#ación o facultad que el

    derecho objetivo confiere, es una permisión para hacer u omitir cierta

    conducta con la garantía de la protección judicial, mientras que el

    derecho objetivo impone deberes u obligaciones, el incumplimiento deestos enla#a determinadas consecuencias de derecho, entre ellas la

    m!s característica es la sanción.-

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    24/356

    con facultades para decidir y conocer sobre la e"istencia de un delito y

    la aplicación de una pena.0

    (l ;erecho *enal en sentido subjetivo es el derecho a

    castigar /ius puniendi0 , es el derecho del (stado a conminar la

    ejecución de ciertos hechos EdelitosF con penas, y en el caso de su

    comisión, a imponerlas y ejecutarlas. (n esta noción est! el fundamento

    filosófico del ;erecho *enal. (n sentido objetivo es el conjunto de

    normas jurídicas, establecidas por el (stado, que determinan los delitos

    y las penas. (sta noción contiene el fundamento del ;erecho *enal

    positivo.-

    Así las cosas, tenemos que el ;erecho *enal si bien,

    como se menciono en la parte final de punto anterior, se trata de

    normas protectoras de bienes jurídicos que sanciona a quien las

    violenta, ya que como consecuencia afecta los bienes jurídicos por ella

    protegidos, esta es la parte objetiva del mismo, contando a su ve# con

    una parte subjetiva que no es otra cosa que la facultad monopólica

    estatal de poder emitir dichas normas y poder afectar los derechos de

    los individuos que las violenta.

    a afectación se hace a trav%s de la pena que

    previamente la norma le asignó a dicha conducta y que generalmente

    est! asociada al bien jurídico que fue dañado o se pretendió dañar.

    /obre el derecho del (stado a castigar, parte subjetiva del

    ;erecho *enal, ahondaremos en el capítulo siguiente.

    20  ópe# 4etancourt (duardo. -ntroducción al #erec)o Penal . (ditorial *orr)a.;ecimoprimera (dición. :%"ico ;. 9. 002. *!g. ?>.21 uello alón (ugenio. #erec)o Penal . (ditora +acional. +ovena (dición. :%"ico.-

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    25/356

    #.$.' PARTE GENERAL DEL DERECHO PENAL

    Y PARTE ESPECIAL DEL DERECHO PENAL.

    ;e igual manera a la clasificación que del ;erecho *enal

    se hace en ;erecho *enal objetivo y en ;erecho *enal subjetivo, el

    estudio del ;erecho *enal se ha divido en dos grandes partes siendo

    estasG la parte general y la parte especial.

    a primera agrupación del ;erecho *enal se dio con el

    restablecimiento de una teoría preventiva de la pena y con la tendencia

    encaminada a la distribución sistem!tica y racional de la materia, que

    primero condujo a una separación de ;erecho *enal como disciplinaautónoma y despu%s a la formación de la parte general a una primera

    agrupación sistem!tica ra#onable de los delitos, siendo el italiano

    6iberius ;ecianus el que en su obra principal 6ractatus riminalis

    editada en ->

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    26/356

    la e"istencia y la e"tensión de los derechos que a ellos toca, todo ello

    sin llegar a entra en los detalles particulares, yG 2. a *arte relacionada

    con los hechos punibles, en particular clasificados metódicamente con

    los caracteres que los distinguen y los castigos que les deben ser

    aplicados denominada especial.2

    a parte general abarca lo que corresponde decir en

    general acerca de la ey penal, del hecho punible y de la pena,

    antepone esas importantes teorías universales, la parte especial trata

    de los distintos hechos punibles y de sus castigos.7

    a :ayoría de los ódigos penales inician la parteespecial con los delitos que protegen intereses estatales o colectivos

    dejando posteriormente los que protegen bienes jurídicos relacionados

    con la persona, la importancia de la prelación de los bienes protegidos

    es lo que nos dice al respeto 5im%ne# Duerta, determina el car!cter

    político del (stado en el que tiene aplicación dicho ódigo siendo este

    car!cter liberal o autoritario, doctrinas que, al igual que las que lo

    niegan encuentran sustento filosófico. >

    +o creo, al igual que el referido autor, que el hecho de la

    prelación de los intereses protegidos determine el car!cter liberal o

    autoritario del (stado en que se aplican, al igual veo irrelevante que

    deba e"istir adem!s una prelación de los bienes protegidos empe#ando

    por los que sean de :ayor importancia.

    23 !rdenas a)l 9. Estudios Penales. *ublicaciones de la (scuela ibre de ;erecho.(ditorial 5us :%"ico. *rimera (dición. :%"ico. -88.24 :e#ger (dmundo. #erec)o Penal Li$ro de Estudio Parte eneral. 6omo J. ibreríael 9aro. 4uenos Aires. 00-. *!g. .25  5im%ne# Duerta :ariano. #erec)o Penal Me!icano -ntroducción a las Fi%uras"ípicas 6omo J. uarta (dición. *orr)a. :%"ico. -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    27/356

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    28/356

    referido ódigo, corroborando así lo dicho por los anteriores autores, no

    estando de acuerdo en se trate de una rama especiali#ada del ;erecho

    *enal, pues no dejan de ser conductas, las que las eyes especiales

    sancionan y los procedimientos para sancionarlos se sigan ante las

    mismas autoridades que investigan y ju#gan las conductas que prohíbe

    el ódigo *enal, por lo que no percibo alguna característica que le

    pueda atribuir dicha especialidad que los mismo refieren, aunado a que

    dichas normas tienen el car!cter de ey por emanar del *oder

    egislativo.

    o que ha sido corroborado por la /uprema orte de

    5usticia de la +ación en la tesis de jurisprudencia -0B008 en sesión detreinta de (nero de dos mil ocho, la cual ha sostenido de manera

    reiterada que los denominados Otipos penales en blancoO son supuestos

    hipot%ticos en los que la conducta delictiva se precisa en t%rminos

    abstractos y requiere de un complemento para integrarse plenamente.

    Ahora bien, ordinariamente la disposición complementaria est!

    comprendida dentro de las normas contenidas en el mismo

    ordenamiento legal o en sus eyes cone"as, pero que han sido dictadas

    por el ongreso de la @nión, con apoyo en las facultades e"presamente

    conferidas en la onstitución *olítica de los (stados @nidos

    :e"icanos.. (n consecuencia, las Onormas penales en blancoO no son

    inconstitucionales cuando remiten a otras que tienen el car!cter de

    eyes en sentido formal y material, sino sólo cuando reenvían a otras

    normas que no tienen este car!cter como los reglamentos, pues ello

    equivale a delegar a un poder distinto al legislativo la potestad de

    intervenir decisivamente en la determinación del !mbito penal, cuando

    es facultad e"clusiva e indelegable del ongreso de la @nión legislar en

    materia de delitos y faltas federales.

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    29/356

    ;ejando de lado a los delitos especiales, el ejemplo m!s

    claro de la clasificación entre parte general y parte especial la podemos

    encontrar en nuestros ódigos penales del país, tanto en el federal

    como en el de los (stados, sin que el de nuestro (stado sea la

    e"cepción.

    especto a %ste )ltimo en su parte general tiene al ibro

    *rimero, el cual contiene en su 6ítulo *rimero, tres capítulos que nos

    hablan respectivamente de los !mbitos de valide# de la ey penal, el

    6ítulo /egundo en sus siete capítulos y uno bis que nos habla del delito

    en general, mientras que los dos capítulos de su 6ítulo 6ercero noshablan de las personas responsables de los delitos.

    /iguiendo con la parte general de nuestro ódigo *enal

    (statal su 6ítulo uarto, el cual contiene ocho capítulos nos habla de

    las consecuencias jurídicas del delito, el 6ítulo =uinto en sus cinco

    capítulos habla de las medidas de seguridad, los cuatro capítulos de su

    6ítulo /e"to abarcan la ejecución de sentencias, su 6itulo /%ptimo,

    compuesto de siete capítulos nos habla de la e"tinción de la

    responsabilidad penal finali#ando la parte general de nuestro ódigo

    con el 6ítulo $ctavo, mismo que en su capítulo )nico refiere la

    responsabilidad pecuniaria derivada del delito.

    /u parte especial se compone del ibro /egundo, el cual

    en su 6ítulo *rimero nos habla de los delitos contra la seguridad

    interior del (stado en sus cinco capítulos, a su ve# los seis capítulos

    del 6ítulo /egundo contemplan los delitos contra la seguridad p)blica, y

    su 6ítulo 6ercero en su capítulo )nico habla de la violación de

    correspondencia.

    26

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    30/356

    /u 6ítulo uarto contempla los delitos contra la autoridad

    en sus cinco capítulos, mientras que el 6ítulo =uinto cuenta con cuatro

    capítulos que enumeran los delitos contra la moral p)blica, al igual, su

    6ítulo /e"to en su capítulo J y )nico por cierto, describe y sanciona el

    delito de revelación de secretos, mientras que los delitos cometidos por

    servidores p)blicos se ubican en los -2 capítulos, > de ellos bis, de su

    6ítulo /%ptimo.

    /u 6ítulo $ctavo compuesto de dos capítulos contempla

    los delitos contra el sistema de justicia, el respectivo 6ítulo +oveno en

    sus tres capítulos sanciona la responsabilidad profesional, e"isten siete

    capítulos del 6ítulo ;%cimo que sancionan la falsedad, mientras que encinco capítulos del 6ítulo ;%cimo *rimero se detallan los delitos

    se"uales, a su ve# el 6ítulo ;%cimo /egundo refiere los delitos contra la

    familia en sus siete capítulos, los delitos en materia de inhumaciones y

    e"humaciones se ubican en el capítulo )nico del 6ítulo ;%cimo 6ercero.

    (n el siguiente 6ítulo encontramos enunciados a los

    delitos contra la pa# y seguridad de las personas en tres capítulos, y su

    6ítulo ;%cimo =uinto nos hablan de los delitos contra la vida y la

    integridad de las personas en sus doce capítulos, dos de ellos 4is, dos

    capítulos del 6ítulo ;%cimo /e"to contemplan los delitos de peligro y

    cinco capítulos en el 6ítulo ;%cimo /%ptimo sancionan los delitos

    contra el honor.

    /u 6ítulo ;%cimo $ctavo habla de los delitos contra la

    libertad en sus tres capítulos, el 6ítulo ;%cimo +oveno compuesto de

    once capítulos, uno de ellos 4is nos habla de los delitos en relación con

    el patrimonio, en el siguiente 6ítulo compuesto de un capítulo )nico se

    sanciona el encubrimiento, finalmente el 6ítulo Hig%simo *rimero,

    Hig%simo /egundo y Hig%simo 6ercero, todos compuestos de un

    27

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    31/356

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    32/356

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    33/356

    adem!s que %ste es una acepción amplia del ;erecho *enal que

    abarca incluso el derecho de ejecución penal.

    as normas procesales penales tutelan principalmente el

    inter%s social a reprimir la delincuencia y tambi%n el de garanti#ar la

    libertad individual evitando el error y la arbitrariedad mediante la

    investigación de la verdad material.27 

    6ambi%n es conocido como ;erecho *enal adjetivo y lo

    constituyen las normas o reglas dictadas tambi%n por el (stado que

    determinan la forma de aplicación del ;erecho *enal sustantivo

    evitando la arbitrariedad de los 5ueces y 6ribunales ya que regulan lasinvestigaciones y actividades que han de practicar la justicia criminal

    para descubrir y comprobar la comisión de delitos y la aplicación a los

    delincuentes de las sanciones establecidas.2> 

    *or ;erecho *enal adjetivo podemos entender como el

    conjunto de normas jurídicas que regulan la forma en que se aplicar! la

    sanción a quien realice una conducta que tiene una pena establecida en

    la parte especial del ódigo, y de igual manera regula las actividades

    que en su aplicación deben reali#ar y respetar las autoridades

    encargadas de su aplicación así como la defensa.

    onviene hacer la distinción, solamente a manera

    descriptiva, y no con la finalidad de tomar una postura personal

    respecto a este tema, entre el ;erecho *enal adjetivo al que nos

    referimos en los renglones precedentes, tambi%n por algunos llamado

    ;erecho *enal formal, con el procedimiento penal que para *%re#

    34 (nciclopedia 5urídica $meba. 6omo HJJJ. (ditorial ;risTill /. A. 4uenos Aires. -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    34/356

    *alma2? es el conjunto de normas jurídicas que regulan el proceso en el

    que el órgano jurisdiccional ha de conocer del hecho delictuoso, para

     ju#gar a sus autores e imponer una pena.

    A su ve# conviene distinguirlo del proceso penal que

    adem!s comprende la suma de los actos de la actividad jurisdiccional,

    de la actividad de las partes y a)n las actividad de terceros como

    peritos, testigos interpretes, etc.21 

    /obre este tema nuestro ódigo 9ederal de

    *rocedimientos *enales establece en su artículo - que comprende los

    procedimientos de averiguación previa a la consignación a los6ribunales, el de preinstrucción, el de instrucción, el de primera

    instancia, el de segunda instancia, el de ejecución y los relativos a

    inimputables, a menores y a quienes tienen el habito o la necesidad de

    consumir estupefacientes o psicotrópicos.

     Dace una distinción de los procedimientos penales con el

    proceso penal ya que establece que los procedimientos de

    preinstrucción, instrucción y primera instancia, así como la segunda

    instancia ante el 6ribunal de apelación, constituyen el proceso penal

    federal atento a lo dispuesto por el artículo 7.

    aso contrario ocurre en nuestro ódigo de

    *rocedimientos *enales del (stado de +uevo eón, mismo que

    establece en su artículo - que regula los procedimientos $rdinario y

    /umario, los cuales comprenden los periodos de preparación de la

    acción penal, preparación del proceso, Jnstrucción, 5uicio, la actuación

    del 6ribunal /uperior de 5usticia del (stado, y de ejecución, que

    36  *%re# *alma afael. Fundamentos Constitucionales del Procedimiento Penal .(dición -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    35/356

    comprende el lapso entre el momento que cause ejecutoria la sentencia

    dictada, hasta la e"tinción de las sanciones yBo medidas de seguridad

    impuestasG el procedimiento (special relativo a los enfermos mentales y

    sordomudos que comprende la reparación de la acción penal, la

    preparación del proceso, la primer etapa del procedimiento especial,

    /egunda etapa, la actuación del 6ribunal /uperior de 5usticia del

    (stado y el de ejecuciónG el procedimiento $ral *enal, que tiene los

    periodos de preparación de la acción penal, preparación del proceso,

    preparación del juicio oral, juicio oral, actuación del 6ribunal /uperior de

    5usticia del (stado y el de ejecución.

    Adem!s regula el procedimiento Abreviado, quecomprende los periodos de preparación de la acción penal, preparación

    del proceso, solicitud de *rocedimiento Abreviado, instrucción, juicio, la

    actuación del 6ribunal /uperior de 5usticia del (stado, y el de

    ejecución.

    *or su parte el artículo ? del referido ordenamiento

    adjetivo establece enf!ticamente que el procedimiento ante el 5ue#

    comprender! los períodos señalados en las fracciones J en su caso, JJ,

    JJJ, y JH del artículo - de este ódigo.

    omo puede observarse para nuestro ódigo Adjetivo

    (statal el procedimiento penal y el proceso penal son sinónimos, debate

    en el que no profundi#aremos en el presente trabajo por considerarse

    que el hecho de que se determine o no cual de las legislaciones citadas

    es la correcta vaya a ser determinante para los fines que persigue esta

    investigación, pero lo que si podemos concluir que tanto el proceso

    penal como el procedimiento penal se encuentran ubicados dentro del

    ;erecho *enal sustantivo.

    32

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    36/356

    *or su parte, en el nuevo ódigo *rocesal *enal para el

    (stado de +uevo eón, que entró en vigor mediante ;ecreto n)mero

    --, publicado en *eriódico $ficial de fecha > 5ulio 0--, y que entró

    en vigor a partir del -L de (nero del año 0- para los delitos

    contemplados en los artículos -?- 4is , -?? primer y )ltimo p!rrafo y

    fracciones J y JJ, -10, -1-, -1, -18, -80, -80 4is,-8, -82, -87, -8?,

    -8, 208 en relación con lo establecido en el artículo ?>, 22, 22, 22>,

    22?, 22? 4is, 221, 228, 27, 272, 277, 2>, 28? en relación a la fracción JJ

    del artículo 28>, 288, 28 con relación al artículo -? fracción

    JJJ, -1 en relación al artículo -8 fracción JJJ, -< 4is, 4is, 7 4is,

    > 4is, 77, 81 4is, 81 4is , 20, 202, 207, 20? 4is , 20? 4is 2,

    2?7 en relación al 2?1 fracciones J y JJ, 212, 70

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    37/356

    de terminación del proceso, tales como la justicia restaurativa, los

    acuerdos reparatorios y la suspensión del proceso a prueba.

    *or su parte, en el ibro /egundo contempla el

    *rocedimiento $rdinario que comprende por una parte la etapa de

    investigación, integrada por el inicio de la misma, las actuaciones,

    medios de investigación, anticipo de la prueba y peritajes especiales

    registro, y custodia de objetos, formulación de la imputación y

    finalmente la vinculación del imputado al proceso y su conclusión.

    a etapa intermedia del procedimiento ordinario est!

    integrada por la acusación, desarrollo de la etapa y concluye con laaudiencia intermedia.

    9inali#a el procedimiento ordinario con el juicio oral en el

    que se desahogan los testimonios, peritajes, pruebas documentales y

    se emite la sentencia.

    (n el ibro 6ercero menciona los procedimientos

    especiales y se contemplan los relativos al procedimiento abreviado, el

    procedimiento para los inimputables y el relativo a los delitos por acción

    privada.

    (n el libro cuarto habla de los recursos y la ejecución de

    las sentencias.

    (stimo conveniente resaltar lo considerado por o"in28 en

    relación al derecho *rocesal *enal quien establece que %ste debe

    armoni#ar la b)squeda de la verdad con la salvaguarda de los derechos

    fundamentales del procesado, consideración con la que estamos

    38 o"in laus. La E&olución de la Política Criminal, el #erec)o Penal y el ProcesoPenal. (ditorial 6irant lo 4lanch. Halencia. 000. *!g. --.

    34

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    38/356

    completamente de acuerdo, incluso en el caso en el que dicha

    armoni#ación no sea del todo compatible y se tenga que preponderar

    por alguna de las dos, caso en el cual debe optarse por darle

    preponderancia a los derechos fundamentales del procesado sobre las

    actividades que en la b)squeda de la verdad realicen las instituciones

    del (stado competentes.

    o que se robustece en la actual pr!ctica del ;erecho

    *enal, pues con el decreto por el que se modifica la denominación del

    capítulo J del 6ítulo *rimero y reforma diversos artículos de la

    onstitución *olítica de los (stados @nidos :e"icanos. publicados en

    el ;iario $ficial de la 9ederación el -0 de 5unio del año 0--, en lomedular establece que en los (stados @nidos :e"icanos todas las

    personas go#ar!n de los derechos humanos reconocidos en la

    onstitución y en los tratados internacionales de los que el (stado

    :e"icano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo

    ejercicio no podr! restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo

    las condiciones que la propia onstitución establece y que las normas

    relativas a los derechos humanos se interpretar!n de conformidad con

    la onstitución y con los tratados internacionales de la materia

    favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección m!s amplia,

    así como la obligatoriedad de todas las autoridades, para que, en el

    !mbito de sus competencias, promuevan, respeten, protejan y

    garanticen los derechos humanos de conformidad con los principios de

    universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

    Algunos autores penales contempor!neos con tendencia

    abolicionista del ;erecho *enal, van un poco m!s all! de lo antes

    e"puesto pues 4aratta estima que el reto que se debe plantear hoy al

    ;erecho *enal de los (stados democr!ticos es el de ser coherente con

    sus principios garantistas y que un uso alternativo del ;erecho *enal

    35

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    39/356

    significa, ante todo, transformarlo y reducirlo de conformidad a esos

    principios, significa poner una t%cnica rigurosa de limitación de lo que tal

    ve# en un tiempo parecía una función )til y que hoy, cada ve# m!s,

    aparece como la violencia in)til de las penas, esto presupone un uso

    instrumental del ;erecho *enal liberado de la ilusión de la

    instrumentalidad de la pena.2<

    #.).' DERECHO EJECUTIVO PENAL%

    DERECHO PENITENCIARIO Y PENOLOGÍA.

    ;e nada serviría el sistema penal sin un debido programade ejecución de las sanciones y estamos en presencia de lo que se

    denomina derecho ejecutivo penal, ejecución que actualmente se

    encuentra encomendada en nuestro (stado tanto al *oder (jecutivo

    como al *oder 5udicial.

    Así las cosas por derecho ejecutivo penal se entiende

    como el conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de las

    penas y las medidas de seguridad o sea la relación jurídica que se

    establece entre el (stado y el interno.70

    *ara amíre# ;elgado7-  es el conjunto de normas

     jurídicas que reglamentan o regulan la forma y el cómo ejecutar las

    diversas penas o medidas de seguridad impuestas por la autoridad

     judicial.

    39  4aratta Alessandro. Criminolo%ía y Sistema Penal. Compilación in Memoriam.(ditorial 4 de 9. :ontevideo 4uenos Aires. 00?. *!g. 88.40  ar#a Andrade Jrma. El Sistema Penitenciario Me!icano 4Retos y Perspecti&as5.(ditorial /ista. :%"ico ;. 9C -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    40/356

    *or su parte óme# ara refiere que la ejecución de las

    sentencia penales sale del campo del derecho procesal penal, pues

    entra en el campo del denominado derecho penitenciario, o derecho

    ejecutivo penal, por ser una consecuencia ulterior del proceso penal

    mismo.7

    *or derecho ejecutivo penal entendemos el conjunto de

    normas jurídicas que regulan la forma de materiali#ar la pena impuesta

    por la autoridad judicial a un individuo o en su caso la medida de

    seguridad.

     

    abe hacer distinción entre el ;erecho *enal ejecutivo yel derecho penitenciario, ya que este )ltimo es la normatividad y

    doctrinas relativas a la ejecución de la pena de prisión así como su

    interpretación, dejando el aspecto de las dem!s penas, su an!lisis y el

    de su ejecución al primero de los mencionados en lo que se refiere a la

    normativa y su interpretación y a la penología en los aspectos filosóficos

    y el an!lisis científico72, posición que compartimos ya que se trata de

    ejecuciones de distinta naturale#a aunque muchos de los autores los

    manejen como sinónimos.

    /obre este tema, actualmente nuestro ódigo Adjetivo

    estatal refiere que la ejecución de las sanciones privativas de libertad y

    pecuniarias le corresponde al (jecutivo del (stado quien igualmente

    har! que se cumplan las medidas de seguridad decretadas por la

    autoridad judicial y tambi%n le corresponde declarar la prescripción, el

    derecho a la ejecución de las sanciones con e"cepción de la ejecución

    de la pena de reparación del daño la cual es ejecutada por la autoridad

     judicial.

    42 óme# ara ipriano. "eoría %eneral del Proceso. @niversidad nacional Autónomade :%"ico. :%"ico. -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    41/356

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    42/356

    ;eficiencia que no suple la ey de /eguridad *)blica *ara

    el (stado de +uevo eón ni su reglamento, ni tampoco la suple el

    eglamento Jnterior de las Jnstituciones Abiertas del (stado de +uevo

    eón, ordenamiento reglamentario de la ey que egula la (jecución de

    las /anciones *enales que organi#a el funcionamiento, sanciones y

    medidas disciplinarias de las Jnstituciones Abiertas, el cual adem!s

    especifica el perfil y requisitos de sus internos dada su mínima

    peligrosidad, así como tambi%n regula el tratamiento de readaptación

    que estar! basado en salidas temporales para desarrollar actividades

    laborales, culturales y de esparcimiento.

    os ordenamientos legales mencionados al final no dejande referirse a centros de reclusión, e"istiendo adem!s el eglamento

    Jnterior de los entros de eadaptación /ocial y de los entros

    *reventivos de eclusión del (stado de +uevo eón, los cuales

    igualmente reglamentan centros de reclusión.

    Dasta aquí se anali#ó lo referente al ;erecho *enal

    ejecutivo, cuyo estudio, dada su naturale#a, siempre parte de normas

     jurídicas vigentes.

    abe hacer mención que en el nuevo ódigo *rocesal

    *enal para el (stado de +uevo eón que entró en vigor mediante

    ;ecreto n)mero --, publicado en *eriódico $ficial de fecha > 5ulio

    0--, y que entró en vigor a partir del -L de (nero del año 0-

    contempla en su 6ítulo /egundo denominado de la (jecución de la

    /entencia otorga a la autoridad judicial la ejecución de las penas, los

    cuales velar!n, porque el sistema penitenciario se organice sobre la

    base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y

    el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la

    39

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    43/356

    sociedad y procurar que no vuelva a delinquir y que se observen los

    beneficios que para %l prev% la ey.

    ;estaca el hecho de que ahora el 6ribunal de juicio ser!

    quien imponga la primera pena y o las medidas de seguridad, así como

    determinar su cumplimiento remitiendo al 5ue# de ejecución las

    constancias necesarias, mientras que en lo relativo a las sucesivas

    fijaciones, e"tinción, sustitución en caso de ey m!s favorable o

    modificación de aquellas ser! competencia del ju#gado de ejecución de

    la pena, quien actuar! siempre a instancia del :inisterio *)blico, el

    acusador particular, el condenado y su defensor, quienes podr!n

    plantear, ante el 5u#gado de (jecución de las penas, incidentesrelativos a la ejecución, sustitución, modificación o e"tinción de las

    penas o de las medidas de seguridad y medidas disciplinarias

    impuestas, el referido 5ue# de (jecución reali#ar! el cómputo de las

    penas o medidas de seguridad, y descontar! de %sta, la prisión

    preventiva y el arraigo cumplidos por el condenado, para determinar

    con precisión la fecha en que queden cumplidas, dicho cómputo podr!

    modificarse, aun de oficio, cuando sea necesario.

    Al igual que lo anterior, el 5ue# de (jecución deber!

    revisar cuando menos cada seis meses el e"pediente clínico

    criminológico necesario para resolver sobre la libertad condicional y su

    revocación, controlar! el cumplimiento de las condiciones dispuestas

    por el 6ribunal de juicio para el cumplimiento de la condena de

    ejecución condicional, si el condenado no paga la multa dentro del

    pla#o que fija la sentencia, ser! citado para que indique si pretende

    sustituir la multa por trabajo a favor de la comunidad, solicitar pla#o

    para pagarla o entregar bienes suficientes que alcancen a cubrirla y

    podr! autori#ar el pago en cuotas, si la pena impuesta al condenado

    contempla la inhabilitación, %sta se comunicar! a la autoridad

    40

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    44/356

    competente para que se lleve control de la misma y se informe al 5ue#

    de (jecución cuando %ste requiera de esa información, los indultos,

    dispondr!, previa reali#ación de los informes m%dicos necesarios, la

    internación del enfermo en un establecimiento adecuado y ordenar! las

    medidas necesarias para evitar la fuga, diferir la ejecución de la pena

    privativa de libertad y todo lo relativo a las medidas de seguridad y a la

    ejecución de la reparación del daño cuando %sta no haya sido

    inmediatamente ejecutada o no pueda serlo por simple orden del

    6ribunal que la dictó, se ejecutar! por el interesado ante el 5ue# de

    (jecución, del decomiso y de la restitución y retención de cosas

    aseguradas.

    abe hacer la observación que mediante decreto n)mero

    -? publicado en *eriódico $ficial n)mero 1> de fecha -1 5unio 0-- y

    que entrar! en vigor a partir del -8 de 5unio de 0--, se reformó la ey

    que egula la (jecución de las /anciones *enales del (stado de

    +uevo eón, la cual en cumplimiento al mandato onstitucional

    contemplado en el artículo -8, y en concordancia con las disposiciones

    del nuevo ódigo *rocesal penal del (stado de +uevo eón, reforma la

    cual en lo que nos interesa nos menciona en su artículo 2 que el *oder

    5udicial y el (jecutivo del (stado, en el !mbito de sus respectivas

    competencias, vigilar!n el cumplimiento y aplicación de dicha ey y que

    actualmente la imposición de las penas, su modificación y duración son

    facultades propias y e"clusivas de la autoridad judicial, mientras que el

    *oder (jecutivo del (stado tendr! a cargo la organi#ación y

    funcionamiento de las instituciones destinadas a la ejecución de las

    sanciones.

    (n su artículo 7 establece que la administración, vigilancia

    y cumplimiento de las obligaciones y derechos para la reinserción

    social, estar!n a cargo de los :agistrados del 6ribunal /uperior de

    41

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    45/356

    5usticia del (stado, del 5ue# de (jecución de /anciones *enales, del

    /ecretario de /eguridad *)blica, del omisario eneral de la Agencia

    de Administración *enitenciaria, del omisario de Apoyo a la $peración

    *enitenciaria, del omisario de einserción /ocial y de los Alcaides de

    los entros *reventivos o de einserción /ocial.

    *or su parte en su artículo 1 mantiene la disposición de

    que la ejecución de las sanciones corresponde al (jecutivo del (stado,

    en el !mbito de sus respectivas competencias, salvo la ejecución que la

    ey reserve e"presamente a otra autoridad.

    Al hablar de las sanciones penales no privativas delibertad, que en el fondo son las que nos interesan, establece su

    artículo 2? que %stas ser!n comunicadas de inmediato al 5ue# de

    (jecución para su cumplimiento, quien una ve# recibida la

    comunicación proceder! a la formación del e"pediente de ejecución y

    se tomar!n los acuerdos conducentes para el debido y e"acto

    cumplimiento de la sanción impuesta, atento a su artículo siguiente.

    o que es de llamar la atención es lo contemplado en sus

    artículos transitorios, los cuales en lo que nos interesa el segundo de

    ellos establece que las disposiciones anteriores a este ;ecreto son las

    que ser!n aplicables en la ejecución de sentencias dictadas con motivo

    de hechos reali#ados con anterioridad a su entrada en vigor aun cuando

    no hayan sido denunciados y que dichas disposiciones tambi%n ser!n

    aplicables en la ejecución de sentencias dictadas con motivo de delitos

    permanentes y continuados iniciados con anterioridad a su entrada en

    vigor, aun cuando produ#can efectos con posterioridad a la entrada en

    vigor de este ;ecreto.

    *or su parte en el 6ercero de sus 6ransitorios establece

    42

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    46/356

    que las disposiciones previstas en este ;ecreto solo ser!n aplicables

    en la ejecución de sentencias dictadas con motivo de hechos cometidos

    a partir de su entrada en vigor, y en el uarto menciona que en la

    ejecución de sentencias dictadas con motivo de juicios en que se hayan

    acumulado delitos cometidos con anterioridad y posterioridad de la

    entrada en vigor del ;ecreto, ser!n aplicables las disposiciones de %ste.

    o anterior nos dice que actualmente y por un tiempo

    prolongado posterior tendremos que seguir aplicando las disposiciones

    que e"cluyen a la autoridad judicial en la ejecución, la imposición,

    modificación y duración de las penas.

    6ampoco hay que olvidar que mediante el ;ecreto por el

    que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la

    onstitución *olítica de los (stados @nidos :e"icanos., publicado en el

    ;iario $ficial de la 9ederación el -8 de 5unio de 008, se modificó el

    tercer p!rrafo de su artículo - para establecer que la imposición de las

    penas, su modificación y duración son propias y e"clusivas de la

    autoridad judicial, en el cual en su artículo primero transitorio se

    estableció que el decreto entrar! en vigor al día siguiente de su

    publicación en el ;iario $ficial de la 9ederación, con e"cepción de lo

    dispuesto en los artículos transitorios segundo a und%cimo, resaltando

    en lo que nos interesa el artículo quinto transitorio que establece que el

    nuevo sistema de reinserción previsto en el p!rrafo segundo del artículo

    -8, así como el r%gimen de modificación y duración de penas

    establecido en el p!rrafo tercero del artículo -, entraran en vigor

    cuando lo estable#ca la legislación secundaria correspondiente, sin que

    pueda e"ceder el pla#o de tres años, contados a partir del día siguiente

    de la publicación de este decreto, lo cual a la fecha no ha acontecido.

    43

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    47/356

    *or su parte e"iste igualmente la ciencia denominada la

    penología, la cual comprende el estudio de todo tipo de investigaciones

    y doctrinas sobre todas las penas y medidas de seguridad, %stas

    pueden provenir de la filosofía, de la historia, de la moral, de la

    sociología, de la religión, etc., inclusive todas las penas, se encuentren

    vigentes o no, ya que solo basta y sobra que en un momento hayan

    e"istido77,   concepto al cual le agregaría que su e"istencia no

    necesariamente tendría que ser en el ordenamiento legal en el que se

    basa su estudio, sino en cualquier otro.

    /obres este tema, odrígue# :an#anera7>  la ha definido

    como la ciencia que estudia la reacción social contra personas oconductas que son captadas por la colectividad o por una parte de ella,

    como dañinas, peligrosas, o antisociales, anali#a la realidad penológica

    proporcionando datos ciertos sobre la realidad f!ctica de la ejecución

    penal.

    (n esta disciplina, seg)n sus definiciones, su estudio no

    comprende normas de ejecución de sanciones penales, como si las

    comprende el ;erecho *enal (jecutivo y el ;erecho *enitenciario, sino

    que se trata del an!lisis de cada una de las penas y las diferentes

    reacciones que se tengan en relación a su imposición llegando incluso a

    consider!rsele como la encargada de anali#ar la eficacia de las normas

    de ejecución de las sanciones penales sean o no privativas de libertad.

    @n tema adicional a tratar en este capítulo y que, por su

    relevancia directa con nuestro tema de investigación se debe anali#ar,

    es el relativo a la individuali#ación de la pena, tema que para un

    44 on#!le# /alinas D%ctor 9. Penolo%ía y Sistemas Penitenciarios. @A+. 9acultadde ;erecho y iencias /ociales. 00-. *!g. >845 odrígue# :an#anera uis. La Crisis Penitenciaria y los Su$stituti&os de la Prisión./egunda (dición, *orr)a /. A. :%"ico ;. 9. -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    48/356

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    49/356

    conducta previa y posterior al delito, los motivos, la peligrosidad y la

    calidad de la víctima o del ofendido.71

    (l problema primordial de esta figura del ;erecho *enal

    consiste en saber cu!nta pena es la que debe aplicarse y para ello se

    nos presenta el problema para decidir por una parte, si la pena hay que

    aplicarse por el solo hecho de haberse cometido la lesión al bien

     jurídico que la ey penal protege o bien, porque se requiere que la pena

    sea aplicada por cuestiones preventivas.

    @na ve# determinado lo anterior, tema en el que nuestro

    sistema es muy claro y tajante al establecer que la misma debeaplicarse solamente con la reali#ación del hecho ya que tiene

    preferencia sobre los fines preventivos, hay que determinar adem!s a

    que se le debe dar preferencia entre la denominada prevención general

    y la denominada prevención especial ya que se supone que la

    determinación de la medida de pena se recurre a consideraciones de

    retribución, prevención general o prevención especial relacionadas con

    el hecho.

    /obre este tema la doctrina garantista nos establece que

    el problema se presenta en el momento insuprimible de la actividad

     jurisdiccional de comprender equitativamente el hecho legalmente

    denotado, pues injustamente equipara hechos iguales en relación a la

    disposición legal, pero a su ve# distintos en cuanto a los rasgos

    específicos del hecho,78  siendo estas especificaciones las que

    constituyen la connotación del caso sometido a juicio cuya

    individuali#ación y comprensión compete al 5ue#, considerando la47 on#!le# D%ctor 9. Estudio de la -ndi&iduali6ación Judicial de la Pena. 9acultad de;erecho y iencias /ociales. @A+. :onterrey. -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    50/356

    prueba yBo verificación de la denotación Ecomprobación empírica apta

    para fundar decisiones sobre la verdad o sobre la falsedadF del hecho

    como delito y justificando la graduación equitativa de la medida para

    cada hecho singular dentro de los m!"imos y mínimos previamente

    establecidos en la ey.

    +os dice que los juicios de valor que forman la

    discrecionalidad fisiológica de la comprensión judicial son los juicios de

    levedad y gravedad no comprobables del hecho que terminan siempre

    siendo valoraciones subjetivas EconnotaciónF que es vano tratar de

    controlar objetivamente, por lo que el juicio debe ser valorativo en la

    denotación como valorativo en la connotación, imparcial y vinculado aey.

    a determinación de la pena se e"plica como un !mbito

    en el que no inciden sólo argumentos relativos al hecho delictivo

    reali#ado,7

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    51/356

    se quede en el plano de los principios, lo anterior ante la falta de reglas

    aplicables a los ra#onamientos judiciales sobre los que se asienta la

    asignación de una determinada medida de pena que ocasiona que los

    mismos sean pobres, en unos casosG variables, siempreG y en

    ocasiones, directamente arbitrarios.

    *or lo anterior, la teoría de la determinación de la pena

    debe manifestarse como la dimensión cuantitativa o de grado de un

    sistema de la teoría del delito.>0 

    $tros autores, como u#ón ubican a la individuali#ación

    de la pena como parte de la penología, quien refiere adem!s ladistinción que la doctrina alem!n hace entre determinación legal de la

    pena y determinación judicial de la pena, siendo la primera la que se

    refiere al sistema legal y sus reglas y la segunda la del proceso de

    individuali#ación que efect)a el 5ue# dentro de los m!rgenes legales,

    adem!s nos habla de la medición de la pena en sentido estricto que es

    la elección de la cuantía de la pena y la medición en sentido amplio que

    implica adem!s de la elección de la pena y su cuantía, la posibilidad de

    aplicar en su lugar alg)n sustitutivo penal.>-

    /an# nos dice que es el momento en el que las cuestiones

    fundamentales sobre qu% y para qu% se sanciona han de descender de

    lo pragm!tico a la sentencia concreta, es el momento personal e

    individual en que culmina el proceso, es el momento en que se decide

    cuanto castigo ha de padecer el reo,>  quien adem!s refiere las tres

    50 3dem. *!g. .51  u#ón *eña ;iego :anuel. Curso de #erec)o Penal Parte eneral. (ditorial@niversitas. :adrid. -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    52/356

    teorías Ea las cuales se han agregado posturas intermediasF que e"isten

    sobre el tema siendo estasC

    ,-.'  a teoría de la pena e"acta, que en t%rminos

    generales refiere a que el 5ue# debe determinar la pena que resulte

    e"actamente aplicable a la culpabilidad del sujeto, sin tomar en cuenta

    los fines o necesidades de la prevención.

    -.' a teoría del margen de juego o espacio de libertad,

    que en lo medular consiste en que la pena ajustada a la culpabilidad

    comprende un m!"imo y un mínimo, espacio en el cual el 5ue#,

    atendiendo a las necesidades de prevención podr! moverse paragraduar la pena con :ayor precisión.

    /-.' a teoría del valor posicional o del valor de empleo la

    cual le asigna a la culpabilidad la misión de decidir por sí sola la

    duración de la pena y a la prevención le otorga el rol de orientar, por si

    sola tambi%n, la decisión acerca de que si hay que suspender o sustituir

    la pena con otra medida.

    /obre este tema había que resaltar la reciente reforma al

    artículo - de la onstitución *olítica de los (stados @nidos :e"icanos.

    que habla de que tanto la imposición de las penas, su modificación y

    duración son propias y e"clusivas de la autoridad judicial.>2

    53 :ediante el ;ecreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposicionesde la onstitución *olítica de los (stados @nidos me"icanos, publicado en el ;iario$ficial de la 9ederación el -8 de 5unio de 008, se modificó el tercer p!rrafo de su

    artículo - para establecer que la imposición de las penas, su modificación y duraciónson propias y e"clusivas de la autoridad judicial, por su parte, en su artículo primerotransitorio se estableció que el decreto entrar! en vigor al día siguiente de supublicación en el ;iario $ficial de la 9ederación, con e"cepción de lo dispuesto en losartículos transitorios segundo a und%cimo, resaltando en lo que nos interesa el artículoquinto transitorio que establece que el nuevo sistema de reinserción previsto en elp!rrafo segundo del artículo -8, así como el r%gimen de modificación y duración depenas establecido en el p!rrafo tercero del artículo -, entraran en vigor cuando loestable#ca la legislación secundaria correspondiente, sin que pueda e"ceder el pla#ode tres años, contados a partir del día siguiente de la publicación de este decreto.

    49

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    53/356

    +o creo que ello vaya a tener una repercusión que haga

    obsoleta la presente investigación, ya que esta figura ser! lo que se le

    conoce como 5ueces de (jecución y tratan, m!s que de establecer una

    nueva figura u órgano, de integrar a la parte del proceso penal la

    ejecución de la sentencia penal y sacarla de !rea administrativa,>7 

    adem!s hay que recordar que en nuestro caso se trata de cuestiones

    diversas a los centros penitenciarios que son los casos que en mi

    opinión pudiera representar :ayores problemas.

    6ampoco podemos enfati#ar que la aparición de los

    5ueces de ejecución vayan a e"cluir, incluso creo que no debenhacerlo, la participación de la autoridad administrativa en la ejecución

    de las sentencias penales, ya que considero que la autoridad judicial

    debe supervisar la ejecución de las sanciones penales y decidir sobre

    su duración y aplicación de alg)n beneficio, pero creo que la

    materiali#ación debe seguir siendo parte de la autoridad administrativa,

    lo anterior se observa del propio contenido del artículo onstitucional

    citado que solamente establece la imposición de las penas a cargo de

    la autoridad judicial que ya lo hacía, y solamente se agregó que estar!

    a dem!s a cargo de su modificación y duración pero no establece nada

    en relación a la materiali#ación de la ejecución, por el contrario, creo

    que ahora se trata de una responsabilidad compartida y

    complementaria que solo traería beneficios para los sujetos procesales.

    (s en la individuali#ación de la pena en donde se podr!

    determinar la imposición del trabajo comunitario como sustituto de la

    pena de prisión, por ello y con la finalidad de evitar los problemas aquí

    54 *oder 5udicial de la 9ederación. El Sistema Penal Acusatorio en M!ico: EstudioSo$re su -mplementación en el Poder Judicial de la Federación. /uprema orte de5usticia de la +ación. 008. *!g. ??.

    50

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    54/356

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    55/356

    (l sistema penal, tambi%n se ha dicho que est!

    compuesto por el conjunto de normas, instituciones, procedimientos,

    espacios como la sede de los 6ribunales, comisarías de policía, los

    centros penitenciarios, y agentes que operan el sistema y lo hacen

    funcionar como los 5ueces, fiscales, policías los funcionarios de

    prisiones e incluso los delincuentes y las víctimas.>8

    omo observamos del contenido de las anteriores

    definiciones, el sistema abarca desde la fase preventiva del delito hasta

    la fase ejecutiva de la pena impuesta a quien materialice una de las

    conductas catalogadas como delito, en otras palabras, entra en accióndesde antes que se cometa la conducta que tiene en la ey una pena, y

    su función es precisamente que dicha conducta no se materialice,

    acción que concluye hasta en tanto el reo no es rehabilitado o bien, en

    los sistemas que lo permiten, hasta que el reo es ejecutado.

    (l sistema penal se encuentra tambi%n integrado por los

    operadores del ;erecho *enal encargados de velar por el cumplimiento

    de las normas y la e"acta operación de las instituciones encargadas de

    hacerlo funcional.

    @na perspectiva abolicionista del sistema penal la

    encontramos en las e"posiciones de 4aratta quien menciona que la

    polari#ación social, la competencia entre los grupos de poder y la

    importancia del (stado frente a estos fenómenos, hacen necesaria la

    invención de nuevas formas de disciplinamiento y de legitimación de los

    equilibrios de poder, (l sistema punitivo se aprovecha de este vacuum

    potestatis apropi!ndose de los espacios libres.

    58 4erdugo óme# ;e a 6orre Jgnacio, Arroyo Uapatero uis, arcía ivas +icol!s,9err% $liv% 5uan arlos, /errano *iedecasas 5os% amón. Lecciones #e #erec)oPenal Parte eneral . (ditorial *ra"is. /egunda (dición. 4arcelona (spaña -

  • 8/16/2019 El Trabajo Comunitario Como Una Alternativa a La Pena de Prision en El Estado de Nuevo Leon

    56/356

    (l ;erecho *enal deja de ser subsidiario, de constituir