cuestionario sobre el impuesto general a las ventas

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I. CUESTIONARIO SOBRE EL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS SOBRE LOS SUJETOS PASIVOS DEL IGV 8. ¿Explique porque los patrimonios autónomos son sujetos pasivos del IGV y que características comunes debe ser considerados sobre los patrimonios autónomos? ¿Qué alusión haría sobre los fondos de inversión? Los sujetos pasivos del IGV pueden serlo en calidad de Contribuyentes, o en calidad de Responsables. CONTRIBUYENTE: Quien realiza el hecho imponible. RESPONSABLE: Aquel que sin realizar el hecho imponible, está obligado al pago del impuesto por mandato legal. Esto implica que, para efectos tributarios, los ingresos y ganancias obtenidas por los patrimonios fideicometidos (patrimonios autónomos) deberán ser declarados por ellos como si se tratara de auténticas sociedades anónimas. En este contexto hay que tener en cuenta que, para la constitución de un patrimonio fideicometido, el fideicomitente debe "transferir la propiedad de los activos sujetos a fideicomiso" a la nueva persona jurídica. Ello podría dar lugar a que se interprete que se trata de una operación afecta al IGV, pues este tributo grava la "venta de bienes en el país", entendida ésta como todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso, independientemente de la designación que se dé a los contratos o negociaciones que originen esa transferencia y de las condiciones pactadas por las partes. ARTÍCULO 9º. Ley del IGV.- SUJETOS DEL IMPUESTO Son sujetos del Impuesto en calidad de contribuyentes, las personas naturales, las personas jurídicas, las sociedades conyugales que ejerzan la opción sobre atribución de rentas prevista en las normas que regulan el Impuesto a la Renta, sucesiones indivisas, sociedades irregulares, patrimonios fideicometidos de sociedades titulizadoras, los fondos mutuos de inversión en valores y los fondos de inversión que desarrollen actividad empresarial que: a. Efectúen ventas en el país de bienes afectos, en cualquiera de las etapas del ciclo de producción y distribución; b. Presten en el país servicios afectos; c. Utilicen en el país servicios prestados por no domiciliados;

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porque los patrimonios autónomos son sujetos pasivos del IGV PERU

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I. CUESTIONARIO SOBRE EL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS

SOBRE LOS SUJETOS PASIVOS DEL IGV

8. ¿Explique porque los patrimonios autónomos son sujetos pasivos del IGV y que características comunes debe ser considerados sobre los patrimonios autónomos? ¿Qué alusión haría sobre los fondos de inversión?

Los sujetos pasivos del IGV pueden serlo en calidad de Contribuyentes, o en calidad de Responsables.

CONTRIBUYENTE: Quien realiza el hecho imponible.

RESPONSABLE: Aquel que sin realizar el hecho imponible, está obligado al pago del impuesto por mandato legal.

Esto implica que, para efectos tributarios, los ingresos y ganancias obtenidas por los patrimonios fideicometidos (patrimonios autónomos) deberán ser declarados por ellos como si se tratara de auténticas sociedades anónimas.

En este contexto hay que tener en cuenta que, para la constitución de un patrimonio fideicometido, el fideicomitente debe "transferir la propiedad de los activos sujetos a fideicomiso" a la nueva persona jurídica. Ello podría dar lugar a que se interprete que se trata de una operación afecta al IGV, pues este tributo grava la "venta de bienes en el país", entendida ésta como todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso, independientemente de la designación que se dé a los contratos o negociaciones que originen esa transferencia y de las condiciones pactadas por las partes.

ARTÍCULO 9º. Ley del IGV.-

SUJETOS DEL IMPUESTO

Son sujetos del Impuesto en calidad de contribuyentes, las personas naturales, las personas jurídicas, las sociedades conyugales que ejerzan la opción sobre atribución de rentas prevista en las normas que regulan el Impuesto a la Renta, sucesiones indivisas, sociedades irregulares, patrimonios fideicometidos de sociedades titulizadoras, los fondos mutuos de inversión en valores y los fondos de inversión que desarrollen actividad empresarial que:

a. Efectúen ventas en el país de bienes afectos, en cualquiera de las etapas del ciclo de producción y distribución;

b. Presten en el país servicios afectos;c. Utilicen en el país servicios prestados por no domiciliados;d. Ejecuten contratos de construcción afectos;e. Efectúen ventas afectas de bienes inmuebles;f. Importen bienes afectos. Tratándose de bienes intangibles se considerará que

importa el bien el adquirente del mismo.

Los fondos de inversión colocan su capital en inversiones alternativas como proyectos inmobiliarios, acciones energéticas o materias primas.

Es mucho mejor invertir en una participación mayoritaria que minoritaria por los beneficios del proceso de desinversión.

Los fondos de capital privado se caracterizan por invertir sus recursos en acciones de empresas, sobre todo familiares, que no listan en la bolsa y que tienen alto potencial de crecimiento y consolidación.