atribuciones de la comisión técnica de finanzas públicas

Upload: ingrid-garcia

Post on 04-Nov-2015

219 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

datos

TRANSCRIPT

ATRIBUCIONES DE LA COMISIN TCNICA DE FINANZAS PBLICAS. Son atribuciones de la Comisin Tcnica de Finanzas Pblicas, las siguientes: a) Analizar y proponer los mecanismos para evaluar las modificaciones que sean pertinentes con el Plan Financiero del Sector Pblico, sugiriendo las medidas para su cumplimiento; b) Proponer los mecanismos para evaluar la gestin presupuestaria de cada ejercicio fiscal y conocer la poltica que regir para la formulacin del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado; c) Analizar la formulacin del Presupuesto Multianual y proponer el procedimiento para evaluar el Plan Anual de Inversiones; d) Proponer las metas financieras para dar consistencia a la programacin de la ejecucin del Presupuesto y en especial el Flujo de Caja del Tesoro Nacional; e) Analizar los informes anuales de Rendicin de Cuentas del Estado; f) Conocer los presupuestos de las entidades descentralizadas y autnomas; g) Aprobar metodologas que permitan el anlisis de la eficiencia de la gestin pblica y la optimizacin de la administracin financiera de los recursos pblicos;

MINFI Decreto No.22-2014. (Congreso de la Repblica). Aprobacin del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2015 y aprobacin de Financiamiento para el Ejercicio Fiscal 2014.

MINITERIOS Ministerio de Agricultura, Ganadera y Alimentacin,. Le corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadera y Alimentacin atender los asuntos concernientes al rgimen jurdico que rige la produccin agrcola, pecuaria, hidrobiolgica y el manejo sustentable de los recursos naturales renovables, as como mejorar las condiciones alimenticias de la poblacin, la sanidad agropecuaria y el desarrollo productivo nacional. Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda,. A este ministerio le corresponde formular las polticas y hacer cumplir el rgimen jurdico aplicable al establecimiento, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de comunicaciones y transporte del pas; al uso y aprovechamiento de las frecuencias radioelctricas y del espacio areo; ala obra pblica; a los servicios de informacin de meteorologa, vulcanologa, sismologa e hidrologa; y a la poltica de vivienda y asentamientos humanos Ministerio de Cultura y Deporte,. A este ministerio le corresponde lo relativo al rgimen jurdico aplicable a la conservacin y desarrollo de la cultura; guatemalteca, y el cuidado de la autenticidad de sus diversas manifestaciones; la proteccin de los monumentos nacionales y de los edificios, instituciones y reas de inters histrico o cultural y el impulso de la recreacin y del deporte no federado ni escolar. Ministerio de Economa,. Al Ministerio de Economa, le corresponde hacer cumplir el rgimen jurdico relativo al desarrollo de las actividades productivas no agropecuarias, del comercio interno y externo, de la proteccin al consumidor, del fomento a la competencia, de la represin legal de la competencia desleal, de la limitacin al funcionamiento de empresas monoplicas; de inversin nacional y extranjera, de promocin a la competitividad, del desarrollo industrial y comercial.

Funcionarios pblicos superiores Son los encargados de gobernar y tomar decisiones de carcter poltico y adems son los superiores jerrquicos de la administracin y en el caso del Presidente de la Repblica ejerce una doble funcin como superior jerrquico de la administracin pblica y como jefe de Estado.

Funcionarios pblicos intermedios Coordinan y controlan la ejecucin de los planes, programas y proyectos de la administracin pblica. Superior e intermedio, representan al Estado por medio de los rganos de los cuales son titulares ante otros rganos y entidades del Estado, ante particulares y sus propios subordinados5 .

Funcionarios pblicos menores Son trabajadores o empleados del Estado, burcratas y hasta servidores, son los ejecutores de la actividad administrativa, realizan tareas intelectuales permanecen dentro del servicio civil ms tiempo y hacen carrera administrativa, son nombrados por oposicin (salvo los peones), nicamente pueden ser removidos con causa justificada. Se rigen principalmente por las leyes del sevicio civil, municipal, judicial, etc.

Tipos de sancin1. Sanciones penales:Las sanciones penales son laexpresin ms elevada del castigoque puede infringirse a un individuo, y su gravedad est condicionada en relacin a la gravedad del delito o la infraccin cometida.Las sanciones penales son, literalmente, castigos con pena. sta tiene el objetivo de privar de un bien jurdico al actor del delito.

2. Sanciones civiles:Son aquellas sanciones aplicadas no ya para destituir de un bien jurdico al acusado, sinopara regular o reparar el dao cometido por l.

2. Sanciones premiales:Hay sanciones queincluyen un beneficio para el acusado de algn delito.Es decir, las sanciones premiales son aquellas sanciones que no dejan de aplicarse sobre un sujeto que ha infringido una ley

3. 4. Sanciones sociales:Lasociedad tambin puede actuar como regulador de las acciones que las personas estn habilitadas a realizar. Aquellas actitudes o acciones que no se correspondan con una actitud que cualquiera realizara (sea seguir una moda, utilizar distintivos o estandartes con mensajes violetos o blicos,

Caractersticas Generalidad:La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase. Obligatoriedad:Tiene carcter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurdicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sancin, a un castigo impuesto por ella misma. Permanencia:Se dictan con carcter indefinido, permanente, para un nmero indeterminado de casos y de hechos, y slo dejar de tener vigencia mediante su abrogacin, subrogacin y derogacin por leyes posteriores.