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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD OFICINA DE CONTROL INTERNO INFORME FINAL AUDITORÍA PROCESOS *Gestión de Servicios Tecnológicos *Provisión de Soluciones Tecnológicas ABRIL DE 2.019 Bogotá D.C.

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  • SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

    OFICINA DE CONTROL INTERNO

    INFORME FINAL AUDITORÍA PROCESOS

    *Gestión de Servicios Tecnológicos

    *Provisión de Soluciones Tecnológicas

    ABRIL DE 2.019

    Bogotá D.C.

  • Sede Administrativa: Avenida Ciudad de Cali No. 51 - 66 (571) 481 7000 • Bogotá www.supersalud.gov.co

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    TABLA DE CONTENIDO 1. Objetivo ...................................................................................................................................................................... 5

    2. Criterios ...................................................................................................................................................................... 5

    3. Alcance....................................................................................................................................................................... 6

    4. Metodología ............................................................................................................................................................... 6

    5. Informe ....................................................................................................................................................................... 7

    5.1 Proceso Gestión de Servicios Tecnológicos .................................................................................................... 8

    5.2 Proceso Provisión de Soluciones Tecnológicas ............................................................................................ 19

    5.3 Sistemas de información, seleccionados por muestreo ............................................................................... 26

    5.3.1 Circular Única “nRVCC” y “RVCC” ............................................................................................................. 27

    5.3.2 Sistema Gestión de Tasa – SGT ................................................................................................................ 29

    5.3.3 Sistema de Gestión Documental- SUPERCOR........................................................................................ 33

    5.3.4 Software para la SDFJC - SJC ................................................................................................................... 38

    5.3.5 Gestor Documental - SUMA ........................................................................................................................ 43

    5.3.6 BPMS Automatización “Procesos Administrativos” y “Auditorías” para la Supervisión Institucional 52

    5.4 Proyectos de Inversión ...................................................................................................................................... 58

    5.5 Evaluación Riesgos Operacionales y de Corrupción.................................................................................... 65

    5.5.1 Riesgos Operacionales ................................................................................................................................ 65

    5.5.2 Riesgos de Corrupción ................................................................................................................................. 73

    5.5.3 Riesgos del Mapa de Riesgos versus Puntos de control de los procedimientos ................................ 74

    5.6 Planes de Mejoramiento radicados en el Sistema Integrado de Planeación y Gestión – SIPG. ........... 74

    5.7 Evaluación a la Gestión Documental y organización de archivos .............................................................. 77

    6. Conclusiones ...................................................................................................................................................... 83

    7. Hallazgos ............................................................................................................................................................ 85

    7.1 Recomendaciones ............................................................................................................................................. 85

    7.2 Observaciones ................................................................................................................................................... 85

    7.3 No Conformidades ............................................................................................................................................. 87

    8. Observaciones del Auditado al informe preliminar........................................................................................ 93

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    LISTA DE TABLAS

    Tabla 1 – Fuente OCI - Lista de abreviaturas ....................................................................................... 7

    Tabla 2– Fuente OCI - Caso CA 57867 ............................................................................................... 15

    Tabla 3 – Fuente OCI Actividades procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03 ......................... 16

    Tabla 4 – Fuente OCI Política de Operación No. 1 procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03 16

    Tabla 5 – Fuente OCI Análisis de Tiempo procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03 ............. 16

    Tabla 6 – Fuente OCI- Caso CA 73407 ............................................................................................... 16

    Tabla 7 – Fuente OCI- Actividades procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03 ....................... 17

    Tabla 8 – Fuente OCI - Política de Operación No. 1 del Procedimiento Gestión de Problemas -

    GSPD03 .............................................................................................................................................. 17

    Tabla 9 – Fuente OCI-Análisis de Tiempo procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03............. 17

    Tabla 10 – Fuente OCI-Política de Operación No. 2 procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03

    ........................................................................................................................................................... 18

    Tabla 11 – Fuente OCI - Procedimiento Gestión Arquitectura TI – RSPD01 ..................................... 23

    Tabla 12 – Fuente OCI- Tomado del Procedimiento Gestión de Aplicaciones – RSPD02 ................. 25

    Tabla 13 – Fuente OCI Relación Contratos SGT................................................................................. 30

    Tabla 14 – Fuente OCI. Contrato 574 de 2013 .................................................................................. 39

    Tabla 15 – Fuente OCI. Contrato de compraventa No. 247 de 2016 ................................................ 44

    Tabla 16 – Fuente OCI. Entregables 2016- contrato 247 de 2016 .................................................... 46

    Tabla 17 – Fuente OCI. Entregables 2017 Contrato 247 de 2016 ..................................................... 46

    Tabla 18 – Fuente OCI. Contrato 265 de 2017 .................................................................................. 54

    Tabla 19 – Fuente OCI – Tomado de Informe “Gastos de Inversión Diciembre de 2018”-

    https://www.supersalud.gov.co ..................................................................................................... 59

    Tabla 20 – Fuente OCI - Tomado PAG OTI - Proyectos de Inversión ................................................. 59

    Tabla 21 – Fuente “Guía Institucional de Gestión de Proyectos” – EPGU01 .................................... 60

    Tabla 22 – Fuente “Guía Institucional de Gestión de Proyectos” – EPGU01 .................................... 60

    Tabla 23 – Fuente OCI - “Guía Institucional de Gestión de Proyectos” – EPGU01 ........................... 60

    Tabla 24 – Fuente OCI - Indicadores de Gestión ............................................................................... 61

    Tabla 25 – Fuente PAG SNS 2018 ...................................................................................................... 62

    Tabla 26 – Fuente OCI-Relación contratos suscritos bajo la supervisión de la OTI .......................... 64

    Tabla 27 – Fuente OCI –Riesgos Operacionales proceso “Gestión de Servicios Tecnológicos”.

    Tomado de Mapa de Riesgos Institucional – OTI .............................................................................. 65

    Tabla 28 –Tomado del NURC 3-2017-020008 del 27.12.17 / Formato “Identificación y

    Consolidación de Necesidades de Capacitación” - FCFT01 ............................................................... 66

    Tabla 29 – Fuente OCI. Relación capacitaciones recibidas por a OTI en 2018, según tipo de

    profesional ........................................................................................................................................ 66

    Tabla 30 – Fuente OCI. Relación capacitaciones recibida por la OTI durante 2018.......................... 66

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    Tabla 31 – Fuente OCI. Hoja de Vida Indicador GS02. www.supersalud.gov.co. .............................. 67

    Tabla 32 – Fuente OCI. Reporte cumplimiento Indicadores de gestión OTI-2018 ............................ 68

    Tabla 33 – Fuente OCI. Informe actividades Mesa de Servicio Junio 2018 ....................................... 69

    Tabla 34 – Fuente OCI. Informe actividades Mesa de Servicio Julio 2018 ........................................ 69

    Tabla 35 – Fuente OCI. Reporte Actividades Mesa de Servicio "Top 5 Incidentes", junio 2018 ....... 69

    Tabla 36– Fuente OCI. Reporte Actividades Mesa de Servicio "Top 5 Incidentes", julio 2018 ......... 70

    Tabla 37 - Fuente OCI. Riesgos Operacionales proceso "Provisión de Soluciones Tecnológicas".

    Tomado de Mapa de Riesgos Institucional - OTI ............................................................................... 71

    Tabla 38 - Fuente OCI. Riesgos de Corrupción "Gestión de Soluciones Tecnológicas". Tomado de

    Mapa de Riesgos Institucional - OTI .................................................................................................. 73

    Tabla 39 – Fuente OCI - Planes de Mejoramiento registrados en SIPG vigencia 2018 ..................... 75

    LISTA DE IMÁGENES

    Imagen 1 – Fuente OCI - ANS procedimiento GSPD01 ...................................................................... 10

    Imagen 2 – Fuente OTI - Matriz de Cálculo Prioridad de Supersalud. Aplicativo CA ........................ 11

    Imagen 3 – Fuente OCI- ANS procedimiento GSPD03 ....................................................................... 14

    Imagen 4 – Fuente OTI - Matriz de Cálculo Prioridad de Supersalud. Aplicativo CA ........................ 15

    Imagen 5 – Fuente Contrato 84 de 2018 .......................................................................................... 36

    Imagen 6 – Fuente Anexo 1-Especificaciones Técnicas. Numeral 2. Pág. 24 .................................... 45

    Imagen 7 – Fuente OCI. Cumplimiento de solicitudes de servicio de TI ........................................... 68

    Imagen 8 - Fuente: Instrumentos Archivísticos de organización documental-Programa de Gestión

    Documental 2015-2018, Documento Soporte de la guía GDDS01 ................................................... 81

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    1. Objetivo

    La presente Auditoría tiene como objetivo dar a conocer a la Alta Dirección la gestión que

    se realiza en ejecución de los procesos “Provisión de Soluciones Tecnológicas” y “Gestión de Servicios

    tecnológicos”, liderados por la Oficina de Tecnologías de la Información.

    Las actividades generales del presente ejercicio auditor son:

    • Verificar mediante muestreo aleatorio, la aplicación de los procedimientos que hacen parte

    de los procesos enunciados.

    • Evaluar los Sistemas de información, seleccionados por muestreo aleatorio.

    • Realizar Seguimiento a los Planes de Mejoramiento radicados en el Sistema Integrado de

    Planeación y Gestión SIPG.

    • Realizar seguimiento a los riesgos (operacionales y de corrupción).

    • Realizar seguimiento a gestión documental y organización de archivos, de acuerdo con

    los lineamientos definidos en el Subsistema Gestión Documental.

    2. Criterios

    Los criterios a tener en cuenta por parte de la Oficina de Control Interno para la verificación

    del cumplimiento de las funciones legales, debidamente estructuradas a través del Manual

    de Operaciones de la Superintendencia Nacional de Salud y normatividad vigente que

    aplique en la materia, entre otras, son:

    • Decreto No. 2462 de 2013, "Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de

    Salud".

    • Resolución 4086 del 19 de diciembre de 2014, por medio de la cual se adopta el Manual

    de Procesos y Procedimientos de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras

    disposiciones”.

    • Resolución 1809 del 25 de septiembre de 2015, “por medio de la cual se modifica el

    artículo 2º de la Resolución 4086 de 2014”.

    • Decreto 1083 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del

    Sector de Función Pública”.

    • Decreto 648 de 2017, “Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015”,

    en su artículo 16 que adiciona al Decreto 1083 de 2015 el artículo 2.2.21.4.8, literal b).

    • Resolución 2462 de 2017, “Por medio de la cual se adopta el Estatuto de Auditoría Interna

    que define el propósito, la autoridad y la responsabilidad de la actividad de Auditoría Interna

    en la Superintendencia Nacional de Salud”.

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    • Decreto 1499 de 2017, “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto

    Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de

    Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015”.

    • Ley 594 de 2000, “Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan

    otras disposiciones”.

    • Guía para la administración del riesgo y el diseño de controles en entidades públicas.

    Departamento Administrativo de la Función Pública. Octubre de 2018. Conforme en el

    desarrollo de auditoría, podrán ser tenidos en cuenta criterios adicionales que tengan

    relación con la gestión objeto de verificación.

    3. Alcance

    El alcance de la presente auditoría corresponde a la vigencia 2018 (enero 1 al 31 de

    diciembre de 2018).

    4. Metodología

    Para el desarrollo de este ejercicio auditor, se utilizaron técnicas metodológicas como

    cuestionarios y listas de chequeo, confrontación, observación y verificación.

    Igualmente, en la extensión del informe y con el ánimo de simplificar los textos dentro de

    este, se relacionan a continuación las abreviaturas que fueron utilizadas.

    Nombre Abreviatura

    Superintendencia Nacional de Salud SNS

    Secretaría General SEGEN

    Grupo de Talento Humano GTH

    Grupo Contratación de Bienes y Servicios GCBS

    Grupo de Gestión Documental GGD

    Grupo de Recursos Físicos GRF

    Grupo de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva GPJC

    Superintendencia Delegada de Procesos Administrativos SDPA

    Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional SDSI

    Superintendencia delegada para la Función Jurisdiccional y de

    Conciliación SDFJC

    Oficina Asesora de Planeación OAP

    Sistema Integrado de Gestión SIG

    Sistema Integrado de Planeación y Gestión SIPG

    Oficina Asesora Jurídica OAJ

    Oficina de Control Disciplinario Interno OCDI

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    Oficina de Control Interno OCI

    Sistema Integrado de Gestión SIG

    Subsistema de Gestión Documental SGD

    Departamento Nacional de Planeación DNP

    Sistema de Seguimiento Proyectos de Inversión SPI

    Modelo Estándar de Control Interno MECI

    Archivo General de la Nación AGN

    Tablas de Retención Documental TRD

    Contraloría General de la República CGR

    Acuerdos de Niveles de Servicios ANS

    Tabla 1 – Fuente OCI - Lista de abreviaturas

    5. Informe

    En cumplimiento del Plan de Auditoría a los procesos de “Gestión de Servicios Tecnológicos” y

    “Provisión de Soluciones Tecnológicas”, liderados por la OTI, que fue anunciado con NURC 3-

    2019-1548 del 31 de enero de 2019 y a lo acordado en la apertura de esta, realizada el 4

    de febrero de 2019, se presenta el siguiente informe de auditoría.

    El Decreto 2462 de 2013, en su artículo 11 define 22 funciones para la OTI, de las cuales

    12 se ejecutan a través de los procesos “Gestión de Servicios Tecnológicos” y “Provisión de

    Soluciones Tecnológicas” así:

    ➢ Gestión de Servicios Tecnológicos:

    “7. Apoyar a nivel tecnológico a las dependencias involucradas en el cálculo, liquidación y recaudo de la tasa en favor de la Superintendencia”.

    “14. Diseñar e implementar estrategias, instrumentos y herramientas con aplicación de tecnologías de punta

    adecuada que permita brindar de manera constante y permanente un buen servicio al ciudadano”.

    “16. Definir las necesidades para la obtención, generación y sostenimiento de sistemas de información

    confiables que requiera la Superintendencia, coordinando su adquisición con la Secretaría General”.

    “17. Brindar asesoría técnica para el diseño, puesta en marcha y operación de los diferentes sistemas de

    información”.

    “21. Definir, diseñar y asegurar el óptimo funcionamiento y mantenimiento de los sistemas de información, de

    la infraestructura y plataforma tecnológica y de comunicaciones de la Superintendencia”.

    ➢ Provisión de Soluciones Tecnológicas:

    “2. Realizar el análisis, diseño, programación, documentación, implantación y mantenimiento de los sistemas

    de información requeridos por la entidad”.

    “3. Adelantar acciones para que los sistemas de información de inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en salud de la Superintendencia Nacional de Salud sean interoperables con los

    demás sistemas de información existentes y que se requiera para el cumplimiento de las funciones de la

    entidad”.

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    ”7. Apoyar a nivel tecnológico a las dependencias involucradas en el cálculo, liquidación y recaudo de la tasa

    en favor de la Superintendencia”.

    “12. Elaborar el mapa de información que permita contar de manera actualizada y completa con los procesos

    de información de la superintendencia”.

    “13. Desarrollar estrategias para lograr un flujo eficiente de la información, como parte de la rendición de cuentas

    a la sociedad”.

    “14. Diseñar e implementar estrategias, instrumentos y herramientas con aplicación de tecnologías de punta

    adecuada que permita brindar de manera constante y permanente un buen servicio al ciudadano”.

    “16. Definir las necesidades para la obtención, generación y sostenimiento de sistemas de información

    confiables que requiera la Superintendencia, coordinando su adquisición con la Secretaría General”.

    “17. Brindar asesoría técnica para el diseño, puesta en marcha y operación de los diferentes sistemas de

    información”.

    “21. Definir, diseñar y asegurar el óptimo funcionamiento y mantenimiento de los sistemas de información, de

    la infraestructura y plataforma tecnológica y de comunicaciones de la Superintendencia”.

    5.1 Proceso Gestión de Servicios Tecnológicos

    La OTI lidera el Proceso “Gestión de Servicios Tecnológicos”, el cual es desarrollado a

    través de 5 procedimientos a saber:

    ➢ Gestión de Incidentes

    ➢ Gestión de Cambios

    ➢ Gestión de Problemas

    ➢ Gestión de Requerimientos

    ➢ Control de Software Misional de la Entidad

    Sobre estos procedimientos, la OCI mediante la verificación por muestreo aleatorio, efectúo

    evaluación a 4 de ellos, con el fin de identificar el cumplimiento las actividades que los

    mismos definen, así como la valoración e interacción con los Riesgos tanto Operacionales

    (Gestión) como de Corrupción, y las conductas reguladas en el SIG de la Entidad, que

    directa o indirectamente pudieran estar asociados a estos.

    a. Procedimiento Gestión de Incidentes - GSPD01

    Objetivo: “Atender, asegurar y resolver todos los incidentes de TI, mediante la utilización de mesa de servicios

    y bajo los parámetros de tiempo de respuesta acordados en los niveles de servicio, con el fin de restaurar y

    optimizar el servicio con un mínimo de impacto en la operación de la entidad”.

    Alcance: “Inicia con el registro de la solicitud en la herramienta de mesa de servicio con todos los detalles que

    han ocurrido (hora, descripción, sistemas afectados y/o usuario que lo reporta), continua con el diagnóstico,

    análisis y la asignación de prioridad del incidente y finaliza la restauración, solución, monitoreo y seguimiento al

    incidente del servicio”.

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    Ámbito de aplicación: “Este procedimiento aplica a toda la operación de la Superintendencia Nacional de

    Salud, en consecuencia, aplica a todos los procesos de la entidad”.

    Se hizo muestreo aleatorio de las Políticas de Operación1 que se definen en el

    procedimiento; respecto de las conductas reguladas en el SIG de la Entidad, que directa o

    indirectamente pudieran estar asociados a este.

    Como resultado de lo anterior, la OCI observó que el procedimiento evaluado se encuentra

    desactualizado en su parte normativa, ya que en el acápite “Normas” no contempla el

    Decreto 1499 de 2017 MIPG expedido por el DAFP, el cual consolida la Política de Gobierno

    Digital y el MECI; así mismo no se incluye la Resolución 1110 de 2015, la cual derogó la

    Resolución 1621 de 2014, por la cual se crearon los Grupos Internos de Trabajo de la OTI;

    finalmente hace falta incluir la Resolución 10447 de 2018, donde se nombran los nuevos

    coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo de la Oficina evaluada.

    Ahora bien, en atención a los lineamientos regulados en el procedimiento objeto de

    evaluación, se procedió a efectuar análisis de la Política de Operación No. 3 la cual señala:

    “Tiempo de solución: Es el tiempo determinado para solucionar el requerimiento y restaurar el servicio. – ANS”;

    al igual que el “Análisis de Tiempo” que regula el procedimiento; es así, que, fue establecido

    como objetivo a verificar el comportamiento de los ANS del procedimiento que ahora nos

    ocupa.

    Para tal fin, por parte de la OTI, fue aportada base de datos “Consolidado Casos CA”, producto

    de la información que es recaudada a través del Sistema de información “CA - Service Desk2”,

    correspondiente a la vigencia 2018 (Enero – Diciembre), en donde se puede observar la

    tipificación efectuada por parte de la mesa de servicios, de conformidad al registro de las

    diferentes situaciones reportadas por funcionarios de la entidad, así como los diferentes

    “ANS3” definidos en función de tiempo (2, 4, 8 y 12 horas), esto de conformidad a la

    complejidad del requerimiento.

    Producto del análisis efectuado a la base de datos anteriormente referida, se logró

    determinar que durante la vigencia 2018 y según la tipificación asignada, se presentaron un

    total de 24.168 casos, de los cuales el 36% (8.748) corresponden a incidentes; de estos, el

    1 Política de Operación “Elemento de Control que establece las guías de acción para la implementación de las estrategias de ejecución de la Entidad; define los límites y parámetros necesarios para ejecutar los procesos y los procedimientos”. – Tomado de “Definiciones” Procedimiento “Elaboración y Control de Documentos y registros” – ASPD01 2 “Plataforma web CA: Software web para reportar los incidentes o servicios que requieran los usuarios de la Superintendencia Nacional de Salud” Tomado de “Definiciones” Procedimiento “Gestión de Incidentes” – GSPD01. 3 “Acuerdos de Nivel de Servicios” – “Pacto establecido entre un usuario y proveedor de los procesos en materia de calidad y oportunidad de las entradas y salidas, que se establecen para el cumplimiento del objetivo del proceso” - Tomado de “Definiciones” Procedimiento “Elaboración y Control de Documentos y registros” – ASPD01. “Herramienta que ayuda a ambas partes a llegar a un consenso en términos del nivel de calidad del servicio, en aspectos tales como tiempo de respuesta, disponibilidad horaria, documentación disponible, personal asignado al servicio, etc.” – Tomado de “Definiciones” Procedimiento Gestión de Incidentes” – GSPD01.

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    88% (7.731) cumplieron los requisitos frente a los niveles de ANS fijados y el 12% restante

    (1.017) se encuentran fuera de los rangos definidos, así:

    Imagen 1 – Fuente OCI - ANS procedimiento GSPD01

    Es preciso ahora indicar, que por cuenta de esta OCI fue solicitado al líder del proceso

    motivo de evaluación, matriz o herramienta que permitiera comprender la parametrización

    definida para los ANS, de lo cual se informó que la SNS cuenta con el aplicativo “CA - Service

    Desk”, mediante el cual se efectúa dicha parametrización; aportando como soporte imagen

    del la “Matriz de cálculo de prioridad de Supersalud”.

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    Imagen 2 – Fuente OTI - Matriz de Cálculo Prioridad de Supersalud. Aplicativo CA

    De lo cual se puede apreciar que la configuración matricial de la misma no resulta ser lógica,

    toda vez que el “Impacto” vs “Urgencia” en su gran mayoría da como resultado prioridad baja;

    en estas condiciones la OCI configura Observación No. 01, bajo el agravante que la

    debilidad en el citado aplicativo, ocasiona que los ANS se encuentren mal tipificados y por

    ende, los datos generados conlleven a contar con información imprecisa, además de evitar

    la adecuada y oportuna toma de decisiones que al respecto puediera abordar el líder del

    proceso en comento, (Ver numeral 7.2 - Observaciones).

    En consecuencia, y bajo el sustento de la evidencia objetiva recaudada y lo regulado en la

    Política de Operación No. 3 “Tiempo de solución: Es el tiempo determinado para solucionar el

    requerimiento y restaurar el servicio. – ANS”, así como el “Análisis de Tiempo” – “Los tiempos se establecen en los Acuerdos de Niveles de Servicio de TI, los cuales se encuentran configurados en el sistema de

    información AC, Service Desk”, se observó debilidad en el autocontrol que se debió ejercer en el

    proceso “Gestión de Servicios Tecnológicos”, configurando incumplimiento de lo preceptuado en

    el artículo 4º de la Resolución 4086 del 19 de diciembre de 2014, la cual precisa en sus

    apartes: “la responsabilidad de mantener actualizados los procesos y procedimientos a que hace

    referencia esta resolución” y […] “los procesos y procedimientos adoptados por la presente resolución son de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos y contratistas que laboran en la

    Superintendencia Nacional de Salud” (Negrillas nuestras); eventos que configuran NO Conformidad

    No. 01 (Ver numeral 7.3 - NO Conformidades).

    b. Procedimiento Gestión de Cambios - GSPD02

    Objetivo: “Responder y direccionar de manera controlada las solicitudes de cambios que diferentes

    funcionarios o dependencias de la Superintendencia Nacional de Salud, realizan sobre los elementos

    enmarcados en las categorías de servicios de TI definidos por la OTI, garantizando su correcta

    aplicación según los acuerdos y prioridades que eviten interrupciones en la prestación de dichos

    servicios”.

    Alcance: “Inicia con la recepción y análisis la solicitud de cambio de acuerdo al estándar de servicios

    de la OTI, continúa con la validación, aprobación o rechazo de la solicitud recibida y termina con la

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    generación de recomendaciones de valor sobre la solicitud y realización de las actividades que

    aplican los cambios, terminando con la evaluación y cierre de los mismos”.

    Ámbito de aplicación: “Aplica a todos los procesos del Sistema Integrado de Gestión”.

    La OCI practicó evaluación con el fin de identificar el cumplimiento del procedimiento

    GSPD02, el cual registra que la última actualización aprobada por la OAP fue mediante

    NURC 3-2016-023608 del 22-12-2016, estando actualmente en versión 2.

    Se hizo muestreo aleatorio de las políticas de operaciones que se definen en el

    procedimiento; respecto de las conductas reguladas en el SIG de la Entidad, que directa o

    indirectamente pudieran estar asociados a este.

    Como resultado de lo anterior, la OCI observó que el procedimiento evaluado se encuentra

    desactualizado en su parte normativa, ya que en el acápite “Normas” no contempla el

    Decreto 1499 de 2017 MIPG expedido por el DAFP, el cual consolida la Política de Gobierno

    Digital y el MECI; así mismo no se incluye la Resolución 1110 de 2015, la cual derogó la

    Resolución 1621 de 2014, por la cual se crearon los Grupos Internos de Trabajo de la OTI;

    finalmente hace falta incluir la Resolución 10447 de 2018, donde se nombran los nuevos

    coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo de la Oficina evaluada.

    Ahora bien, con el fin de verificar y hacer trazabilidad sobre las políticas de operación y

    actividades de este procedimiento, se solicitó a la OTI el aporte de los listados generados

    desde el aplicativo CA de la Mesa de Servicios recibidos durante la vigencia 2018, medio

    oficial en el que se radican todas las solicitudes de funcionarios y dependencias de la

    entidad, con el fin de verificar el cumplimiento de las políticas de operación, actividades y

    puntos de control determinados en el procedimiento GSPD02.

    De la muestra seleccionada, no se encontraron registros que permitieran determinar si hubo

    solicitudes para activar el procedimiento “Gestión de Cambios”, adicionalmente y de

    conformidad a las pruebas efectuadas insitu, se pudo establecer que al verificar la Política

    de Operación No. 3, no se encuentra sustento alguno que permita inferir la conformación

    del Comité de Cambios de la OTI y menos aún, que se haya realizado evaluación alguna

    para determinar la viabilidad técnica y operativa de una solicitud, dejando sin aplicación las

    políticas de operación No. 4 a 9.

    En consecuencia y bajo el sustento de la evidencia objetiva recaudada, se observó

    debilidad en el autocontrol que se debió ejercer en el proceso “Gestión de Servicios Tecnológicos”

    respecto del procedimiento “Gestión de Cambios”, configurando incumplimiento de lo

    preceptuado en el artículo 4º de la Resolución 4086 del 19 de diciembre de 2014, la cual

    precisa en sus apartes: “la responsabilidad de mantener actualizados los procesos y procedimientos

    a que hace referencia esta resolución” y […] “los procesos y procedimientos adoptados por la presente

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    13

    resolución son de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos y contratistas que laboran en

    la Superintendencia Nacional de Salud” (Negrillas nuestras); eventos que reiteran NO Conformidad

    No. 01 (Ver numeral 7.3 - NO Conformidades).

    c. Procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03

    Objetivo: “Analizar los registros y antecedentes de los incidentes repetitivos con el fin de identificar su tendencia

    y alcance para evitar un problema significativo, determinando la prioridad, categorizando, alimentando la Base

    de Datos de Errores Conocidos y aplicando soluciones definidas para que los problemas resueltos se eliminen

    completa y satisfactoriamente”.

    Alcance: “Inicia con la identificación y registro del problema, continua con la categorización, priorización y

    análisis del problema y termina con el monitoreo, validación y cierre del problema”.

    Ámbito de aplicación: “Este procedimiento aplica a toda la operación de la Superintendencia Nacional de

    Salud, en consecuencia, aplica a todos los procesos de la entidad”.

    Se hizo muestreo aleatorio de las políticas de operaciones que se definen en el

    procedimiento; respecto de las conductas reguladas en el SIG de la Entidad, que directa o

    indirectamente pudieran estar asociados a este.

    Como resultado de lo anterior, la OCI observó que el procedimiento evaluado se encuentra

    desactualizado en su parte normativa, ya que en el acápite “Normas” no contempla el

    Decreto 1499 de 2017 MIPG expedido por el DAFP, el cual consolida la Política de Gobierno

    Digital y el MECI; así mismo no se incluye la Resolución 1110 de 2015, la cual derogó la

    Resolución 1621 de 2014, por la cual se crearon los Grupos Internos de Trabajo de la OTI;

    finalmente hace falta incluir la Resolución 10447 de 2018, donde se nombran los nuevos

    coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo de la Oficina evaluada.

    Ahora bien, en atención a los lineamientos regulados en el procedimiento objeto de

    evaluación, se efectúo análisis de la Política de Operación No. 3 la cual señala: “Tiempo de

    solución: Es el tiempo determinado para solucionar el requerimiento y restaurar el servicio. – ANS”; al igual

    que el “Análisis de Tiempo” que regula el procedimiento; es así, que, fue establecido como

    objetivo a verificar el comportamiento de los ANS del procedimiento que ahora nos ocupa.

    Para tal fin, fue aportada base de datos “Consolidado Casos CA”, producto de la información

    que es recaudad a través del Sistema de información “CA - Service Desk4”, correspondiente a

    la vigencia 2018 (Enero – Diciembre), en donde se puede observar la tipificación efectuada

    por parte de la mesa de servicios, de conformidad al registro de las situaciones reportadas

    4 “Plataforma web CA: Software web para reportar los incidentes o servicios que requieran los usuarios de la Superintendencia Nacional

    de Salud” Tomado de “Definiciones” Procedimiento Gestión de Incidentes.

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    14

    por funcionarios de la entidad, así como los diferentes “ANS5” definidos en función de tiempo

    de tiempo (2, 4 y 8 horas) de conformidad a la complejidad del requerimiento; producto del

    análisis a efectuado a la base de datos anteriormente referida, se logró determinar que

    durante la vigencia 2018 y según la tipificación asignada, se presentaron un total de 24.168

    casos, de los cuales 11 corresponden a problemas; de estos, el 55% (6) cumplieron los

    requisitos frente a los niveles de ANS fijados y el 45% restante (5) se encuentran fuera de

    los rangos definidos, así:

    Imagen 3 – Fuente OCI- ANS procedimiento GSPD03

    Es preciso ahora indicar, que por cuenta de la OCI, fue solicitado al líder del proceso motivo

    de evaluación, matriz o herramienta que permitiera comprender la parametrización definida

    para los ANS, de lo cual se informó que la SNS cuenta con el aplicativo “CA - Service Desk”,

    mediante el cual se efectúa dicha parametrización; aportando como soporte imagen del la

    “Matriz de cálculo de prioridad de Supersalud”.

    5 “Acuerdos de Nivel de Servicios” – “Herramienta que ayuda a ambas partes a llegar a un consenso en términos del nivel de calidad del

    servicio, en aspectos tales como tiempo de respuesta, disponibilidad horaria, documentación disponible, personal asignado al servicio,

    etc.” – Tomado de “Definiciones” Procedimiento Gestión de Incidentes.

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    Imagen 4 – Fuente OTI - Matriz de Cálculo Prioridad de Supersalud. Aplicativo CA

    De lo cual se puede apreciar que la configuración matricial de la misma no resulta ser lógica,

    toda vez que el “Impacto” vs “Urgencia” en su gran mayoría da como resultado prioridad baja;

    en estas condiciones la OCI reitera Observación No. 01, bajo el agravante que la debilidad

    en el citado aplicativo, ocasiona que los ANS se encuentren mal tipificados y por ende, los

    datos generados conlleven a contar con información imprecisa, además de evitar la

    adecuada y oportuna toma de decisiones que al respecto puediera abordar el líder del

    proceso en comento, (Ver numeral 7.2 - Observaciones).

    En atención a la información observada mediante la base de datos anteiormente referida,

    la OCI efectúo evaluación a 2 de los 5 casos que fueron tipificados como “Problema”, así:

    ➢ Caso No.1

    ID

    TIQUETE CATEGORÍA

    GRUPO DE

    ANALISTA

    CUMPLIMIENTO

    ANS ANS PRIORIDAD

    57687 SOFTWARE. Software Libre. Navegadores

    Web. Incidentes de Funcionamiento Mesa de Servicio NO 8 horas Baja

    Tabla 2– Fuente OCI - Caso CA 57867

    De conformidad con la base de datos entregada al equipo auditor, este caso fue reportado

    por funcionario de la OAP el día lunes 12 de febrero de 2018, ahora bien, al efectuar

    validación de la trazabilidad en el aplicativo “CA - Service Desk”, no se observa conducta

    alguna que permita identificar que se presentaron incidentes que conllevaron a determinar

    tal y como lo señala el procedimiento motivo de evaluación que “se entenderá como problema cuando se presentan uno o varios incidentes en los que se desconoce su causa raíz o cuando se presenta un

    incidente mayor”, lo cual permite inferir, que el registro en el aplicativo “CA – Service Desk”, no

    cumple con este precepto.

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    Actividad Descripción Área

    Responsable Registro

    Identificar y

    registrar

    problemas

    El profesional asignado se encargará de identificar y registrar los problemas, que permita

    establecer el plan de tratamiento del problema. Se entenderá como problema cuando

    se presentan uno o varios incidentes en los que se desconoce su causa raíz o

    cuando se presenta un incidente mayor.

    Otra causa de identificación de problemas es cuando en cualquiera de los procesos de TI

    realice una gestión proactiva de problemas, es decir, se identifique un problema potencial,

    aunque aún no haya ocurrido este debe ser notificado al proceso de gestión de problemas

    para crear un registro del mismo.

    Se registran los problemas presentados y reportados por cada uno de los

    funcionarios de la entidad en el aplicativo CA - Servicie Desk, los cuales pueden ser

    recepcionadas mediante diferentes canales como es: telefónico, Intranet, o de manera

    personal al operador de mesa de ayuda.

    De esta manera será posible establecer la prioridad y el tratamiento adecuado para la

    resolución del problema.

    OTI

    Aplicación

    CA -

    Service

    Desk

    Tabla 3 – Fuente OCI Actividades procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03

    De lo anterior, se observa debilidad en la “estrecha colaboración” que según la Política de

    Operación No. 1 debe establecerse entre la Gestión de incidentes y la de probelmas.

    Política de Operación 1

    “Establecer una estrecha colaboración entre la Gestión de Incidentes y la de Problemas. Sin esta Gestión

    de Incidentes no dispondrá de toda la información necesaria para la rápida solución de los incidentes y la

    Gestión de Problemas carecerá de la información necesaria para determinar, clasificar y resolver los

    problemas”.

    Tabla 4 – Fuente OCI Política de Operación No. 1 procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03

    Ahora bien, dado que el caso, fue reportado el día lunes 12 de febrero de 2018 y el día

    lunes 26 de marzo de la misma anualidad, el técnico asignado lo declara como “resuelto” en

    el aplicativo “CA – Service Desk”, indicando que “se verifica el equipo ya está en funcionamiento”; se

    evidencia incumplimiento de los ANS que fueron establecidos para dar trámite al caso que

    ahora nos coupa, de conformidad a lo regulado en el “Análisis de Tiempo” del ya referido

    procedimiento.

    Análisis de Tiempo

    “El tiempo para el desarrollo del procedimiento se estima dependiendo el problema y el caso planteado por

    la dependencia, pero seguirá lineamientos de los tiempos estipulados en los acuerdos de nivel de servicios

    de TI.”.

    Tabla 5 – Fuente OCI Análisis de Tiempo procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03

    ➢ Caso No.2

    ID

    TIQUETE CATEGORÍA

    GRUPO DE

    ANALISTA

    CUMPLIMIENTO

    ANS ANS PRIORIDAD

    73407 HARDWARE. Impresora. Impresora.

    Incidentes de Funcionamiento Mesa de Servicio NO 8 horas Media

    Tabla 6 – Fuente OCI- Caso CA 73407

    De conformidad con la base de datos entregada al equipo auditor, este caso fue reportado

    por funcionario de la OCID el día lunes 31 de agosto de 2018, ahora bien, al efectuar

    validación de la trazabilidad en el aplicativo “CA - Service Desk”, no se observa conducta

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    alguna que permita identificar que se presentaron incidentes que conllevaron a determinar

    tal y como lo señala el procedimiento motivo de evaluación que “se entenderá como problema cuando se presentan uno o varios incidentes en los que se desconoce su causa raíz o cuando se presenta un

    incidente mayor”, lo cual permite inferir, que el registro en el aplicativo “CA – Service Desk”, no

    cumple con este precepto.

    Actividad Descripción Área

    Responsable Registro

    Identificar y

    registrar

    problemas

    El profesional asignado se encargará de identificar y registrar los problemas, que permita

    establecer el plan de tratamiento del problema. Se entenderá como problema cuando

    se presentan uno o varios incidentes en los que se desconoce su causa raíz o

    cuando se presenta un incidente mayor.

    Otra causa de identificación de problemas es cuando en cualquiera de los procesos de TI

    realice una gestión proactiva de problemas, es decir, se identifique un problema potencial,

    aunque aún no haya ocurrido este debe ser notificado al proceso de gestión de problemas

    para crear un registro del mismo.

    Se registran los problemas presentados y reportados por cada uno de los

    funcionarios de la entidad en el aplicativo CA - Servicie Desk, los cuales pueden ser

    recepcionadas mediante diferentes canales como es: telefónico, Intranet, o de manera

    personal al operador de mesa de ayuda.

    De esta manera será posible establecer la prioridad y el tratamiento adecuado para la

    resolución del problema.

    OTI

    Aplicación

    CA -

    Service

    Desk

    Tabla 7 – Fuente OCI- Actividades procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03

    De lo anterior, se observa debilidad en la “estrecha colaboración” que según la Política de

    Operación No. 1 debe establecerse entre la Gestión de incidentes y la de probelmas.

    Política de

    Operación 1

    “Establecer una estrecha colaboración entre la Gestión de Incidentes y la de Problemas. Sin esta Gestión

    de Incidentes no dispondrá de toda la información necesaria para la rápida solución de los incidentes y la

    Gestión de Problemas carecerá de la información necesaria para determinar, clasificar y resolver los

    problemas”.

    Tabla 8 – Fuente OCI - Política de Operación No. 1 del Procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03

    Dado que el caso, fue reportado el día lunes 12 de febrero de 2018 y el día lunes 26 de

    marzo de la misma anualidad, el técnico asignado lo declara como “resuelto” en el aplicativo

    “CA – Service Desk”, indicando que “usuario informa que no tiene problema con la impresora”; se

    evidencia incumplimiento de los ANS que fueron establecidos para dar trámite al caso que

    ahora nos coupa, de conformidad a lo regulado en el “Análisis de Tiempo” del ya referido

    procedimiento.

    Análisis de Tiempo

    “El tiempo para el desarrollo del procedimiento se estima dependiendo el problema y el caso planteado por

    la dependencia, pero seguirá lineamientos de los tiempos estipulados en los acuerdos de nivel de servicios

    de TI.”.

    Tabla 9 – Fuente OCI-Análisis de Tiempo procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03

    Ahora bien, al efectuar validación insitu, respecto del cumplimiento de la Política de

    Operación No. 2, del procedimiento motivo de evaluación, no se observa evidencia objetiva

    que permita inferir que por parte de los responsables de “Infraestructura TI” se efectuara

    “seguimiento cercano” a fin de “matener actualizada la base de datos”.

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    Política de

    Operación 2

    “Mantener actualizadas las bases de datos asociadas requiere un compromiso por parte de todos los agentes

    implicados que frecuentemente requiere un seguimiento cercano de los responsables de la infraestructura

    TI”

    Tabla 10 – Fuente OCI-Política de Operación No. 2 procedimiento Gestión de Problemas - GSPD03

    En consecuencia y bajo el sustento de la evidencia objetiva recaudada, se observó

    debilidad en el autocontrol que se debió ejercer en el proceso “Gestión de Servicios Tecnológicos”,

    configurando incumplimiento de lo preceptuado en el artículo 4º de la Resolución 4086 del

    19 de diciembre de 2014, la cual precisa: “los procesos y procedimientos adoptados por la presente resolución son de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos y contratistas que

    laboran en la Superintendencia Nacional de Salud”; (Negrillas nuestras); eventos que reiteran NO

    Conformidad No. 01. (Ver numeral 7.3 - NO Conformidades).

    d. Procedimiento Control Software Misional de la Entidad- GSPD05

    Objetivo: “Confirmar la capacidad operativa de los sistemas de información misionales mediante el monitoreo

    de su desempeño de conformidad con los requisitos establecidos para garantizar la confiabilidad del

    funcionamiento de los Sistemas”.

    Alcance: “Inicia con el registro de la solicitud en la herramienta de mesa de servicio con todos los detalles que

    han ocurrido (hora, descripción, sistemas afectados y/o usuario que lo reporta), continua con el diagnóstico,

    análisis y la asignación de prioridad del incidente y finaliza la restauración, solución, monitoreo y seguimiento al

    incidente del servicio”.

    Ámbito de aplicación: “Inicia con la configuración del sistema a monitorear en la herramienta de

    seguimiento, parametrizando la gestión de acceso a usuarios, continua con la selección de tipos de informes a

    visualizar, la configuración de fechas del informe y finaliza con guardar, exportar o enviar los informes generados

    en formato .pdf, .xlsx entre otros”.

    Como resultado de lo anterior, la OCI observó que el procedimiento evaluado se encuentra

    desactualizado en su parte normativa, ya que en el acápite “Normas” no contempla el Decreto

    1499 de 2017 MIPG expedido por el DAFP, el cual consolida la Política de Gobierno Digital

    y el MECI; así mismo no se incluye la Resolución 1110 de 2015, la cual derogó la

    Resolución 1621 de 2014, por la cual se crearon los Grupos Internos de Trabajo de la OTI;

    finalmente hace falta incluir la Resolución 10447 de 2018, donde se nombran los nuevos

    coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo de la Oficina evaluada.

    Igualmente, de la verificación insitu se pudo constatar que, por parte de la OTI, líder del

    procedimiento evaluado, no se da aplicabilidad a las condiciones reguladas en el

    procedimiento y en concreto a las establecidas en las siguientes actividades:

    Actividad No.1 “Recibir la solicitud de monitoreo de la Aplicación”, - “El área líder del proceso en el cual se

    ejecuta la aplicación realiza la solicitud de monitoreo mediante memorando, identificado con código ASFL01”.

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    Actividad No. 4: “Parametrizar la aplicación en el Software de Seguimiento”, descripción de la actividad

    “Se parametriza la aplicación en el software de seguimiento, definiendo el tipo de monitoreo (BD, Sesiones de usuario, Red, memoria, etc.), definiendo la aplicación que se va a monitorear con el propósito de atender las

    solicitudes enviados por las áreas e identificados por el profesional designado por la OTI”; eventos que

    igualmente no son desarrollados por parte de quien lidera el procedimiento evaluado.

    De lo anterior, durante la vigencia 2018, no se observa que se haya dado socialización,

    implementación y por ende cumplimiento al procedimiento “Control Software Misional de la

    Entidad” GSPD05, ni que alguna de las áreas misionales efectuara tal solicitud, aunado a

    que no fue aportada evidencia objetiva que permitiera establecer la socialización del

    señalado procedimiento, situaciones que igualmente permiten concluir incumplimiento del

    objetivo definido en el procedimiento identificado con el código GSPD05.

    En consecuencia y bajo el sustento de la evidencia objetiva recaudada, se observó

    debilidad en el autocontrol que se debió ejercer en el proceso “Gestión de Servicios Tecnológicos”

    respecto del procedimiento GSPD05, configurando incumplimiento de lo preceptuado en el

    artículo 4º de la Resolución 4086 del 19 de diciembre de 2014, la cual precisa: “los procesos y procedimientos adoptados por la presente resolución son de obligatorio cumplimiento para los

    servidores públicos y contratistas que laboran en la Superintendencia Nacional de Salud”; (Negrillas nuestras);

    eventos que reiteran NO Conformidad No. 01 (Ver numeral 7.3 - NO Conformidades).

    5.2 Proceso Provisión de Soluciones Tecnológicas

    La OTI lidera el Proceso “Provisión de Soluciones Tecnológicas”, el cual es desarrollado a través

    de 2 procedimientos a saber:

    ➢ Gestión de Arquitectura de TI

    ➢ Gestión de Aplicaciones

    a. Procedimiento Gestión Arquitectura de Tecnologías de la información - RSPD01

    Objetivo: “Formular la arquitectura de solución de T.I., mediante la realización del ciclo de vida de arquitectura

    de solución, la elaboración de documentos de estudios previos, aplicación de buenas prácticas de gestión de

    proyectos y apoyo al gobierno arquitectónico de la implementación, con el propósito de proveer soluciones

    tecnológicas adecuadas que atiendan las necesidades y/o problemáticas de la entidad”.

    Alcance: “Inicia con el análisis del requerimiento, continúa con la formulación de la estrategia del ejercicio de

    arquitectura, Definición del Ejercicio de Arquitectura de TI, la ejecución del ejercicio de arquitectura, Formulación

    de la Hoja de Ruta para Implementar la solución, elaboración de documentos precontractuales, empalme del

    diseño arquitectónico de la solución de T.I. a los demás grupos de la OTI, apoyo al gobierno arquitectónico de

    la implementación y finaliza con la definición y/o actualización de guías, lineamientos, políticas, estándares y

    marcos de referencia de Arquitectura de T.I.”.

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    20

    Ámbito de aplicación: “Aplica a todos los procesos del Sistema Integrado de Gestión”.

    La OCI practicó evaluación con el fin de identificar el cumplimiento del procedimiento

    RSPD01, el cual registra que la última actualización aprobada por la OAP fue mediante

    NURC 3-2017-015273 del 02-10-2017, estando actualmente en versión 5.

    Se hizo muestreo aleatorio de las políticas de operaciones que se definen en el

    procedimiento; respecto de las conductas reguladas en el SIG de la Entidad, que directa o

    indirectamente pudieran estar asociados a este, tomando como muestra el proyecto

    “Automatización de Gestión de Procesos Administrativos y el Proceso de Auditorías para la Supervisión

    Institucional, a través de BPMS”

    Como resultado de lo anterior, la OCI observó que el procedimiento evaluado se encuentra

    desactualizado en su parte normativa, ya que en el acápite “Normas” no contempla el

    Decreto 1499 de 2017 MIPG expedido por el DAFP, el cual consolida la Política de Gobierno

    Digital y el MECI; y hace falta incluir la Resolución 10447 de 2018, donde se nombran los

    nuevos coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo de la OTI.

    Con el fin de determinar el cumplimiento de las Políticas de Operación, se revisó la

    documentación aportada por la OTI y se hizo seguimiento a la traza de los casos CA que

    generaron la adquisición del proyecto BPMS; en este punto es importante mencionar que

    las primeras solicitudes que dieron origen a la contratación del proyecto BPMS estaban

    orientadas para atender los procesos de: Gestión del Proceso Administrativo, Actuaciones

    Disciplinarias y Gestión de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva; posteriormente, se

    determinó que el proyecto atendiera la automatización de Gestión de Procesos

    Administrativos y Auditorías para la Supervisión Institucional.

    De la verificación efectuada en el aplicativo CA de la Mesa de Servicios, se registraron 3

    solicitudes (15570 del 25-09-2015 de SDPA, 25557 del 06-06-2016 de OCID y 42226 del

    31-05-2017 de SDSI), observando el cumplimiento de las políticas de operación 1, 2, y 6

    de este procedimiento, que indican que toda solicitud debe ingresar por el aplicativo CA.

    En relación con la política de operación No. 7 indica que los requisitos de seguridad de la

    información deben ser recopilados diligenciando el formato RSFT03, formato que no se

    encontró en los documentos aportados para ninguna de las solicitudes que originaron este

    proyecto; adicionalmente este formato es enunciado en las políticas de operación, pero no

    es invocado en ninguna de las actividades del procedimiento.

    Respecto de la política de operación No. 8 “Los ejercicios de arquitectura de solución de T.I. deben alinearse con lo establecido en el documento de “Arquitectura de referencia de componentes de software para

    las nuevas soluciones de la SNS” existente en el SIG, de lo contrario se documentarán las excepciones”, en

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    21

    ella no se encuentra cómo se “documentarán las excepciones”, por lo cual se reitera NO

    Conformidad No. 01 (Ver numeral 7.3 - NO Conformidades).

    Ahora bien, mediante muestreo aleatorio se efectuó evaluación de actividades definidas en

    este procedimiento, así:

    Con el fin de determinar el cumplimiento de actividades definidas en este procedimiento, se

    seleccionaron 5 de ellas.

    Actividad Descripción Registro Caso revisado Cumple

    (SI/NO)

    1. Recibir y

    Analizar el

    requerimiento

    La dependencia solicitante debe diligenciar en su totalidad el

    formato Solicitud de requerimientos para sistemas de

    información, código RSFT02. Este deberá tener la firma del

    jefe de la dependencia.

    Dicha solicitud debe ser radicada mediante el sistema de

    información CA Service Desk, adjuntando el formato antes

    descrito.

    Un analista de sistemas de la mesa de servicio hace la

    asignación del caso a través del sistema de información CA

    Service Desk, al Grupo de Gestión de Arquitectura de TI.

    El coordinador del grupo de Gestión de Arquitectura de TI

    asigna a un profesional especializado para atender el

    requerimiento.

    El Profesional especializado del Grupo de Gestión de

    Arquitectura de TI, que es asignado al caso realiza el

    acompañamiento al área solicitante para la definición del

    alcance y entendimiento del requerimiento e identifica en

    conjunto con el arquitecto líder si el requerimiento debe ser

    atendido por este grupo de trabajo según la: “Guía de apoyo

    para el procedimiento de gestión de arquitectura de T.I.”,

    código RSGU04.

    Solicitud de requerimientos

    para sistemas de

    información. Código

    RSFT02

    Sistema de información CA

    Service Desk

    15570 (SDPA)

    Solo CA

    sin

    anexos

    Solicitud de requerimientos

    para sistemas de

    información. Código

    RSFT02

    Sistema de información CA

    Service Desk

    25557 (OCID)

    Solo CA

    sin

    anexos

    Solicitud de requerimientos

    para sistemas de

    información. Código

    RSFT02

    Sistema de información CA

    Service Desk

    42226 (SDSI) SI

    3. Formular la

    estrategia del

    ejercicio de

    arquitectura de

    T.I

    El Profesional del Grupo de Gestión de Arquitectura de TI

    asignado al proyecto, con apoyo del arquitecto líder y

    coordinador de grupo, acuerdan con el solicitante del

    requerimiento realizar sesiones de trabajo, registradas

    mediante actas, el levantamiento de la información de los

    componentes que se relacionan a continuación:

    - Problemática que se debe resolver

    - Motivadores (beneficios esperados)

    - Identificación de Interesados

    - Alcance

    - Metodología

    - Entregables del ejercicio (para esta actividad se debe

    consultar el documento de apoyo: “Matriz de entregables del

    procedimiento Gestión de Arquitectura de T.I.”)

    Con la información recopilada se elabora el documento de:

    Estrategia del ejercicio de arquitectura de T.I. código

    Sistema de información CA

    Service Desk

    Estrategia del ejercicio de

    arquitectura de T.I. código

    COFL02

    Acta de constitución

    Código COFL02

    15570 (SDPA)

    Solo CA

    sin

    anexos

    Sistema de información CA

    Service Desk

    Estrategia del ejercicio de

    arquitectura de T.I. código

    COFL02

    Acta de constitución

    Código COFL02

    25557 (OCID)

    Solo CA

    sin

    anexos

  • Sede Administrativa: Avenida Ciudad de Cali No. 51 - 66 (571) 481 7000 • Bogotá www.supersalud.gov.co

    22

    Actividad Descripción Registro Caso revisado Cumple

    (SI/NO)

    COFL02. y el Acta de constitución Código COFL02, que

    contiene entre otros, la firma de aprobación del solicitante

    frente a la estrategia propuesta.

    Los eventos más relevantes de esta actividad son registrados

    como actualización del caso en el sistema de información CA

    Service Desk

    Sistema de información CA

    Service Desk

    Estrategia del ejercicio de

    arquitectura de T.I. código

    COFL02

    Acta de constitución

    Código COFL02

    42226 (SDSI) SI

    6. Formular Hoja

    de Ruta para

    Implementar la

    solución.

    El profesional del Grupo de Gestión de Arquitectura de TI

    asignado al proyecto, elabora, presenta y propone al área

    solicitante del requerimiento los siguientes documentos:

    - Análisis de brecha de la arquitectura actual vs. la

    arquitectura objetivo, por dominio.

    - Identificación de iniciativas o Proyectos

    - Priorización de proyectos.

    - Definición de ruta a implementar

    Los cuáles serán aprobados mediante acta de reunión por el

    jefe del área solicitante, coordinador de Grupo de Gestión de

    Arquitectura y jefe de la oficina de tecnologías de la

    información.

    Los eventos más relevantes de esta actividad son registrados

    como actualización del caso en el sistema de información CA

    Service Desk.

    Acta, Código ASFT06

    Sistema de información CA

    Service Desk

    15570 (SDPA) NO

    25557 (OCID) NO

    42226 (SDSI) NO

    9. Elaborar

    Documentos

    Precontractuales

    El profesional del Grupo de Gestión de Arquitectura de TI

    asignado al proyecto, elabora los siguientes documentos con

    el apoyo del Arquitecto líder (rol definido dentro del proyecto)

    y el Coordinador de arquitectura y acorde a los lineamientos

    establecidos en el proceso Precontractual, código PPCR01 y

    a las actividades descritas en el manual de contratación y

    supervisión, código PPMN01:

    - Anexo técnico

    - Estudio de mercado

    - Solicitud de CDP

    - Estudio previo

    - Solicitud de vigencias futuras (en caso de requerirlo)

    Consolidados los documentos anteriores, se procede con la

    radicación de solicitud de contratación, mediante memorando,

    código ASFL01 dirigido al grupo de contratación.

    Una vez se dispone de asignación de abogado al proceso por

    parte del grupo de contratación, se realizan las siguientes

    actividades de orden técnico:

    - Revisión y ajustes a documentos elaborados.

    - Respuestas a observaciones de carácter técnico de

    posibles proponentes.

    - Evaluación técnica de propuestas

    - Respuestas a observaciones de la evaluación realizada.

    Los eventos más relevantes de esta actividad son registrados

    como actualización del caso en la aplicación CA Service Desk

    Memorando, ASFL01

    Sistema de información CA

    Service Desk

    15570 (SDPA)

    Solo CA

    sin

    anexos

    Memorando, ASFL01

    Sistema de información CA

    Service Desk

    42226 (SDSI)

    Solo CA

    sin

    anexos

    11. Apoyar en el

    gobierno

    arquitectónico

    Durante la ejecución y monitoreo a la implementación de la

    solución, ya sea para desarrollos internos o servicios

    tercerizados, el profesional especializado del Grupo de

    Gestión de Arquitectura de TI asignado al proyecto y de

    Sistema de información CA

    Service Desk

    Bitácora de proyecto

    15570 (SDPA) NO

  • Sede Administrativa: Avenida Ciudad de Cali No. 51 - 66 (571) 481 7000 • Bogotá www.supersalud.gov.co

    23

    Actividad Descripción Registro Caso revisado Cumple

    (SI/NO)

    de la

    implementación

    acuerdo con los requerimientos de la solución acompaña las

    siguientes actividades:

    - Hacer seguimiento y verificación al cumplimiento de los

    componentes arquitectónicos diseñados.

    - Poblar del repositorio documental de arquitectura, de

    acuerdo con los documentos generados por la

    implementación de la solución de T.I.

    - Formular recomendaciones asociadas al cumplimiento de la

    arquitectura, mitigación de riesgos y /o acciones de mejora

    frente a situaciones que se presenten durante la ejecución

    del contrato, cuando aplique.

    - Actualizar la bitácora de implementación del proyecto

    mensualmente.

    Estas actividades pueden realizarse en paralelo y activar

    cambios en la Definición de Arquitectura, en tal caso debe

    analizar el impacto de los mismos y actualizar la

    documentación relacionada de la arquitectura a implementar.

    Los eventos más relevantes de esta actividad son registrados

    como actualización del caso en el sistema de información CA

    Service Desk.

    Sistema de información CA

    Service Desk

    Bitácora de proyecto

    42226 (SDSI) Solo

    Bitácora

    Tabla 11 – Fuente OCI - Procedimiento Gestión Arquitectura TI – RSPD01

    Sobre la aplicación de este procedimiento, la OCI observó que los registros en el aplicativo

    CA, son muy superficiales y no dejan entrever claramente la traza ni evidencia de las

    acciones adelantadas; adicionalmente, sobre la documentación aportada por la OTI como

    soporte, se encontró que, en la ejecución de este procedimiento que involucró la revisión

    de 3 casos, no se tiene información suficiente que permita colegir que hay uniformidad en

    la documentación y los pasos que se deben realizar para el cumplimiento los requerimientos

    establecidos en el procedimiento RSPD01.

    En consecuencia, y bajo el sustento de la evidencia objetiva recaudada, se observó

    debilidad en la aplicación del procedimiento RSPD01 y autocontrol que se debió ejercer en

    el proceso, factores que configuran incumplimiento a lo preceptuado en el artículo 4 de la

    Resolución 4086 del 19 de diciembre de 2014, la cual precisa: “los procesos y procedimientos adoptados por la presente resolución son de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos y

    contratistas que laboran en la Superintendencia Nacional de Salud”; (Negrillas nuestras); eventos que

    reiteran NO Conformidad No. 01 (Ver numeral 7.3 - NO Conformidades).

    b. Procedimiento Gestión de Aplicaciones – RSPD02

    Objetivo: “Implementar las soluciones tecnológicas requeridas por la entidad, mediante los acuerdos de desarrollo, implantación, normalización y actualización de sistemas de información con el propósito de

    garantizar el funcionamiento de las aplicaciones y apoyar los procesos de negocio de la entidad”.

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    24

    Alcance: “Inicia con el establecimiento de los acuerdos de desarrollo definidos en el procedimiento “Gestión de arquitectura de TI”, continúa con el desarrollo o ajuste de la solución, validación de las iteraciones y termina

    con la transición, puesta en marcha y el soporte funcional”.

    Ámbito de aplicación: “Aplica a todos los procesos del Sistema Integrado de Gestión”.

    La OCI practicó evaluación a fin de identificar el cumplimiento del procedimiento RSPD02,

    el cual registra que la última actualización aprobada por la OAP fue mediante NURC 3-

    2016-019443 del 14-10-2016, estando actualmente en versión 2.

    Se hizo muestreo aleatorio de las políticas de operación y actividades que se definen en el

    procedimiento, respecto de las conductas reguladas en el SIG de la Entidad, que directa o

    indirectamente pudieran estar asociados a este, seleccionando del aplicativo CA el caso

    63789 del 27-04-2018 que corresponde a una solicitud relacionada con la segunda fase del

    sistema RILCO.

    Como resultado de lo anterior, la OCI observó que el procedimiento evaluado se encuentra

    desactualizado en su parte normativa, ya que en el acápite “Normas” no contempla el

    Decreto 1499 de 2017 MIPG, expedido por el DAFP, el cual consolida la Política de

    Gobierno Digital y el MECI; así mismo no se incluye la Resolución 1110 de 2015, la cual

    derogó la Resolución 1621 de 2014, por la cual se crearon los Grupos Internos de Trabajo

    de la OTI; y tampoco se registra la Resolución 10447 de 2018, donde se nombran los

    nuevos coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo de la OTI.

    Con el fin de determinar el cumplimiento de las Políticas de Operación, se hizo seguimiento

    a la traza del caso 63789 para determinar el cumplimiento de las 2 políticas de operación

    definidas en el procedimiento.

    Política de operación No. 1: “Toda solicitud de trabajo debe entregarse a través del caso generado

    por el procedimiento Gestión de Requerimientos, código GSPD04”, encontrando que

    originalmente el requerimiento fue elevado por el área solicitante el 18-04-2018 (formato

    RSFT02), y en el aplicativo quedó abierto el 27-04-2018, con fecha de cierre el 08-11-2018,

    observando el cumplimiento de esta política de operación.

    Política de operación No. 2: “Se deben tener en cuenta los requisitos establecidos por el

    Subsistema de Seguridad de la Información en el formato Requerimientos de Seguridad para

    Aplicaciones con código RSFT03”. Esta política indica que se debe diligenciar el formato

    RSFT03, el cual no se encontró en la documentación aportada, ni en la traza del caso en

    CA.

    Con el fin de determinar el cumplimiento de las actividades definidas en este procedimiento,

    se seleccionaron 3 de ellas, debido a que la actividad No. 1 indica que, si la solicitud se

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    25

    realiza sobre un producto existente, se debe continuar con la actividad 3, por lo que no se

    evaluó traza de la actividad 2 “Implantar Sistemas de Información”, encontrando lo

    siguiente:

    Actividad Descripción Registro Cumple

    (SI/NO)

    1. Identificar

    acuerdos de

    desarrollo

    El jefe de la OTI, junto con la dependencia solicitante del requerimiento del Sistema de

    Información, elabora los acuerdos de desarrollo acorde a los lineamientos establecidos en el

    procedimiento Gestión de Arquitectura de Tecnologías de la Información, código RSPD01 y el

    Procedimiento de Gestión de Requerimientos, código GSPD04 pertenecientes al proceso Gestión

    de Servicios Tecnológicos y mediante acta, registra los acuerdos establecidos.

    Si se trata de un requerimiento totalmente nuevo, se continúa con la actividad 2, del presente

    procedimiento.

    Si se trata de un requerimiento que se encuentra en uso en la entidad, se continúa con la

    actividad 3, del presente procedimiento.

    Acta.

    Sistema de

    información

    de

    Planeación

    y Gestión

    NO

    3. Actualizar

    o mantener

    Sistemas de

    Información

    El profesional asignado, para actualizar o mantener los Sistemas de Información, deberá realizar

    las siguientes actividades:

    • Elaborar y solicitar aprobación de los diseños por parte del dueño del proceso, en caso de

    involucrar actividades de desarrollo.

    • Preparar el ambiente de desarrollo de Software.

    • Preparar y elaborar guiones; realizar y evaluar pruebas unitarias de integración y de sistemas.

    • Elaborar Plan de Migración de datos

    Cuando se acuerda trasladar datos históricos a la nueva funcionalidad:

    o Desarrollo de software de migración.

    o Establecer ambiente.

    o Realizar y evaluar pruebas de migración.

    o Elaboración de manuales, si es requerido.

    o Implantar las prácticas que le permiten al equipo tener retroalimentación temprana y continua de

    los interesados, y demostrar valor e iteración incremental, remitirse a la guía para la implantación

    o implementación de sistemas de información.

    o Para la profundización e identificación de actividades detalladas para cada una de las

    actividades mencionadas anteriormente, por favor ver la Guía Gestión de mantenimiento, código

    RSGU02.

    NO

    4. Gestionar

    la puesta en

    Implantación

    de Sistemas

    de

    información

    El profesional asignado, para Puesta en Implantación de Sistemas de información, deberá realizar

    las siguientes actividades:

    • Garantizar la calidad del software por medio de la definición y ejecución de pruebas funcionales,

    de instalación y de software.

    • Definir y especificar el Plan de Implantación.

    • Capacitar al Equipo de Implantación.

    • Capacitar a los usuarios líderes, usuarios finales y a quienes deben dar soporte de mesa de

    ayuda.

    • Preparar plan de pruebas, realizar y evaluar las pruebas de aseguramiento de calidad, y

    preparar la estructura y plan de mantenimiento.

    • Identificar, describir y establecer acuerdos de niveles de servicio de TI.

    • Obtener aprobación del sistema.

    • Preparar y habilitar ambiente de Producción.

    Ver actividades detalladas para cada una de las actividades mencionadas anteriormente, remitirse

    a la Gestión de implantación, código RSGU01

    NO

    Tabla 12 – Fuente OCI- Tomado del Procedimiento Gestión de Aplicaciones – RSPD02

    Sobre la aplicación de este procedimiento, la OCI encontró los registros en el aplicativo CA,

    son muy superficiales y no dejan entrever la traza ni evidencia de las acciones adelantadas;

    adicionalmente, sobre la documentación aportada por la OTI como soporte, se puede ver

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    26

    que se hizo la gestión solicitada, pero no se cumplió con los requerimientos establecidos

    en el procedimiento RSPD02.

    En consecuencia y bajo el sustento de la evidencia objetiva recaudada, se observó

    debilidad en la aplicación del procedimiento RSPD02 y por ende, autocontrol que se debió

    ejercer en el proceso, configurando incumplimiento a lo preceptuado en el artículo 4º de la

    Resolución 4086 del 19 de diciembre de 2014, la cual precisa: “los procesos y procedimientos adoptados por la presente resolución son de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos y

    contratistas que laboran en la Superintendencia Nacional de Salud”; (Negrillas nuestras); eventos que

    reiteran NO Conformidad No 01 (Ver numeral 7.3 - NO Conformidades).

    5.3 Sistemas de información, seleccionados por muestreo

    Para la auditoría objeto de este informe, se hizo solicitud a la OTI sobre el aporte de un

    inventario de sistemas de información existentes en la entidad durante la vigencia 2018,

    para lo cual se aportó un listado de 25 aplicaciones, indicando en cada una de ellas nombre

    del sistema de información, descripción, tipo de aplicación (misional, apoyo, estratégico,

    transversal), tipo de información que administra, tipo de implementación, fabricante o

    desarrollador.

    De la anterior lista se seleccionaron 3 sistemas que se encuentran en producción, a los que

    se le verificaron los controles de acceso, perfiles y existencia de manuales; adicionalmente

    se les hizo valoración e interacción con los Riesgos tanto Operacionales (Gestión) como de

    Corrupción, y las conductas reguladas en el SIG de la Entidad, que directa o indirectamente

    pudieran estar asociados a estos:

    o NRVCC y RVCC para el cargue de Circular Única;

    o SGT-Sistema Gestión de Tasa;

    o SUPERCOR-Gestión Documental.

    Además, se verificaron otros sistemas que fueron adquiridos pero que no han entrado en

    producción, a los cuales se les hizo seguimiento para determinar su estado contractual,

    técnico y funcional:

    o SJC software para la SDFJC;

    o SUMA-Gestor Documental;

    o Plataforma BPMS, para la automatización de los procesos de negocio de la SNS

    (módulos de “Auditorías” para la SDSI y “Gestión del Proceso Administrativo” para la

    SDPA).

  • Sede Administrativa: Avenida Ciudad de Cali No. 51 - 66 (571) 481 7000 • Bogotá www.supersalud.gov.co

    27

    5.3.1 Circular Única “nRVCC” y “RVCC”

    Antecedentes:

    A través del Sistema de Recepción, Validación y Cargue de la Circular Única - RVCC, los

    vigilados reportan la información que solicita la SNS, de acuerdo con los diferentes tipos,

    atendiendo las fechas o periodicidad en que debe ser enviada, de conformidad con lo

    establecido en la Circular Externa 047 de 2007 y las modificaciones que ésta ha tenido en

    el tiempo; insumo que sirve a otras dependencias como la SDSI y SEGEN, para determinar

    el estado en el cual se encuentran los vigilados en aspectos generales, administrativos y

    financieros, y con base en esa información, desarrollar en debida forma las funciones de

    Inspección, Vigilancia y Control.

    El Sistema de Recepción, Validación y Cargue Circular Única-RVCC, es el que suministra

    al proceso de Gestión de Tasa (cálculo, liquidación y recaudo), la base de vigilados que

    han reportado a través de este sistema la información requerida por Circular No. 047 de

    2007.

    Renovación Tecnológica del sistema de información RVCC

    Desde la vigencia 2015 y durante la vigencia 2016, la SNS a través de los funcionarios y

    contratistas de la OTI, se realizó el análisis, diseño, desarrollo e implementación del nuevo

    sistema de recepción de archivos financieros el cual contempla temas de retransmisiones

    y datos generales en su fase III, implementando nuevas validaciones a los archivos de

    cargue y la implementación de un módulo temporal de habilitaciones solicitado por el área

    funcional, además de una reestructuración al CORE que permita nuevas capacidades frente

    a la imputación transaccional.

    El nuevo sistema de Recepción, Validación y Cargue Circular de Archivos – nRVCC, entró

    en producción durante el primer trimestre de 2017, logrando tener mayor disponibilidad de

    la infraestructura, permitiendo atender de manera fluida la alta concurrencia de los vigilados

    en la plataforma.

    El sistema de validación para el ingreso de los vigilados al sistema (RVCC y nRVCC),

    cuenta con una interfaz web de autenticación para las entidades vigiladas, el cual exige uso

    de usuario y contraseña para cada entidad, permite “validar, cargar oficialmente la

    información” y “verificar el reporte de los envíos realizados y de los archivos reportados”,

    en cumplimiento de lo estipulado en las circulares publicadas en la página web de la

    Superintendencia, siguiendo enlace: https://www.supersalud.gov.co/vigilados/normatividad/circular-unica.

    https://www.supersalud.gov.co/vigilados/normatividad/circular-unicahttps://www.supersalud.gov.co/vigilados/normatividad/circular-unica

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    28

    Es importante mencionar que las dos versiones del aplicativo están disponibles y se utilizan,

    debido a que a través de cada una de ellas, se transmiten archivos diferentes; por ejemplo,

    en RVCC se transmiten los archivos definidos por la Circular Externa 047 de 2007-

    información financiera (los que están vigentes) y en NRVCC se transmiten los nuevos

    reportes definidos desde la emisión de las Circulares 012 y 016 de 2016 y subsiguientes,

    las cuales contemplan, entre otros, la aplicación de las normas NIIF.

    El sistema de cargue Circular Única, se ha estado actualizando permanentemente de

    acuerdo con los requerimientos del área funcional (SDSI), entre los cuales se encuentran

    la estructuración de las Circulares Externas 012 y 016 de 2016, y las subsiguientes que se

    han generado por parte de la entidad.

    Tanto para el antiguo RVCC como el nRVCC, la entidad tiene dispuesto en la página web,

    los manuales, resoluciones, circulares y demás documentación necesaria para guiar a los

    vigilados en la transmisión de sus archivos.

    Toda esta documentación puede ser consultada en el siguiente enlace:

    https://www.supersalud.gov.co/vigilados/normatividad/circular-unica. Otra forma de consultar normativa

    es siguiendo el enlace: https://www.supersalud.gov.co/vigilados/normatividad/circulares-externas.

    Verificación Funcional de la OCI:

    ▪ En la visita insitu, se realizaron pruebas con los perfiles de administrador (OTI) y con perfil

    de usuario (vigilado), con el fin de verificar el nivel de seguridad y validación que se tiene

    parametrizado en este sistema.

    ▪ Al ingresar a RVCC/NRVCC, la primera validación es el uso de un usuario y contraseña;

    en la entidad la verificación y activación de usuarios de vigilados

    ▪ La definición, modificación, eliminación de usuarios, se hace en la OTI con base en correo

    radicado por la Mesa de Servicios, quienes reciben el correo en

    [email protected], para lo cual se genera el caso en CA.

    En la visita insitu y pruebas realizadas, se observó carga operativa en la administración de

    usuarios, la cual debería estar en cabeza del área funcional, por lo cual la OCI configura la

    Observación No. 02 (Ver numeral 7.2 - Observaciones), ya que una inapropiada segregación de

    funciones, origina deficiencias significativas en el control que se debe ejercer sobre estos

    sistemas de información, aumentando la probabilidad de ocurrencia de errores

    (intencionales o involuntarios), afectando o impidiendo una adecuada asistencia en la

    protección de los activos de información de la entidad, y restando tiempo y recursos para la

    ejecución de otras actividades propias de la OTI.

    https://www.supersalud.gov.co/vigilados/normatividad/circular-unicahttps://www.supersalud.gov.co/vigilados/normatividad/circulares-externasmailto:[email protected]

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    29

    ▪ En el portal web de la entidad, se tiene una página para el ingreso de vigilados, donde se

    pueden consultar los manuales de acceso al sistema, la normativa expedida para el cargue

    y validación de información, circulares expedidas modificatorias de la circular Única, y los

    íconos que permiten ingresar al sistema; los cuales se pueden verificar en el siguiente

    enlace: https://www.supersalud.gov.co/vigilados/normatividad/circular-unica, funcionalidad que permite

    a los vigilados la consulta permanente de la documentación que les compete y que es

    generada por la SNS.

    ▪ En las transmisiones que hacen los vigilados, hay mallas de validación que permiten

    garantizar que las características de los archivos cumplen con lo requerido por el sistema.

    ▪ Al sistema se le hacen copias de seguridad (backup`s), en cumplimiento de las políticas y

    periodicidad establecidas por la entidad.

    5.3.2 Sistema Gestión de Tasa – SGT

    Antecedentes:

    Con el fin de automatizar el proceso Gestión de tasa en un sistema de información que

    consolide información, realice el cálculo, la liquidación, la notificación, el recaudo y la cartera

    para la Tasa de Inspección, Vigilancia y Control de manera integral y sistémica, se suscribió

    el contrato 611 de 2013 (adquisición, desarrollo e implementación del software) con la Unión

    temporal Abits-Sertisoft; posteriormente y de forma periódica se han suscrito contratos de

    mantenimiento y soporte.

    Estado contractual:

    Contrato No. 611 de 2013 Valor del Contrato: $1.099.999.580.

    Clase de Contrato: Prestación de Servicios.

    Contratista: UNIÓN TEMPORAL ABITS - SERTISOFT.

    Objeto Contractual:

    Proveer el licenciamiento del software que permita el proceso integral de consolidación de información,

    cálculo, liquidación, notificación, recaudo y cartera para la Tasa de Inspección, Vigilancia y Control de la

    Superintendencia Nacional de Salud de conformidad con las especificaciones descritas en el Anexo

    Técnico.

    Supervisores del

    Contrato: Secretaría General y Oficina de Tecnologías de la Información.

    Fecha Inicio: 12 de diciembre de 2013.

    Fecha Terminación: 31 de julio de 2014.

    Prórroga 1: Del 1 al 31 de agosto de 2014.

    Motivo prórroga: Prórroga en tiempo de 1 mes y modificación obligación específica No. 14 y modificación cláusula forma de

    pago.

    Prórroga 2: Del 31 de agosto al 31 de octubre de 2014.

    Motivo prórroga: Prórroga en tiempo de 2 meses.

    Acta de Liquidación del

    Contrato: enero 8 de 2015.

    Contrato No. 188 de 2015

    https://www.supersalud.gov.co/vigilados/normatividad/circular-unica

  • Sede Administrativa: Avenida Ciudad de Cali No. 51 - 66 (571) 481 7000 • Bogotá www.supersalud.gov.co

    30

    Valor del Contrato: $203.154.280.

    Clase de Contrat