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1 Sociedad Mexicana de Ingeniería Estructural Sociedad Mexicana de Ingeniería Estructural LOS REGLAMENTOS DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL EN LA PREVENCIÓN DE DESASTRES Darío Rivera Vargas 1 , Oscar López Bátiz 1 , Miguel Ángel Pacheco Martínez 1 y Alonso Echavarría Luna 1 RESUMEN El impacto de fenómenos naturales de tipo geológico e hidrometeorológico se vislumbra en los daños ocasionados en las construcciones, que al presentar un mal desempeño estructural, repercute en la pérdida de vidas humanas y materiales. En este trabajo se comenta la importancia de los reglamentos como un medio para reducir el riesgo en las construcciones ante estos fenómenos naturales, al mismo tiempo de evaluar la problemática que enfrentan los reglamentos en diferentes estados y municipios del país; así como las soluciones para subsanar dicho problema; considerándose como una de las más viables el desarrollo de una Norma Oficial aplicable a toda la República Mexicana. ABSTRACT The impact of natural phenomena, mainly geological and hydrometeorological, in recent past has shown severe damages caused in architectural and civil structures. Such failures and damages yield to loss of human lives and materials. In this study it is commented the importance of building codes to reduce the risk in infrastructure under these natural phenomena; at the same time it is evaluated the problem on the applicability and legal support of construction codes in different states and municipalities of the country. In this context, it was thought that an Official Code on the Structural Safety for Disaster Prevention, could be one of the most viable solutions. INTRODUCCIÓN México es un país que por su ubicación geográfica, características climáticas, topográficas, orográficas, hidrológicas, y por la actividad volcánica y sísmica, está expuesto a una diversidad de peligros producidos por fenómenos naturales, que aunado a el aumento de la población y de los asentamientos humanos en zonas particularmente expuestas a estos fenómenos naturales y antrópicos, da lugar a un crecimiento notable en el número y consecuencias económicas de los desastres en México. Datos estadísticos sobre grandes desastres en la República Mexicana, desde 1900, revelan la alta frecuencia de los desastres sísmicos en distintas zonas del país y el impacto aún más frecuente de las inundaciones (figura 1), asociadas principalmente a los huracanes, pero también a tormentas intensas que llegan a presentarse aun en zonas áridas donde la preparación para enfrentar estos fenómenos ocasionales es escasa (CENAPRED, 2001). Por ser parte del llamado Cinturón de Fuego del Pacífico, el país es afectado por una fuerte actividad sísmica y volcánica (figura 2). Dos terceras partes del país tienen un peligro sísmico significativo, que se debe principalmente a los terremotos que se generan en la costa del océano Pacífico, en la conjunción de las placas tectónicas de Cocos y de Norteamérica. Del sinnúmero de volcanes que han existido en las distintas épocas geológicas en el territorio, catorce de ellos han hecho erupción en tiempos históricos y se consideran activos o representan zonas activas (CENAPRED, 2001). 1 Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED), Secretaría de Gobernación, Av. Delfín Madrigal No. 665, Col. Pedregal de Santo Domingo, C.P. 04360 México, D.F., Teléfono: (55)54246100; [email protected]

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Sociedad Mexicana de Ingeniería EstructuralSociedad Mexicana de Ingeniería Estructural

LOS REGLAMENTOS DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL EN LA PREVENCIÓN DE DESASTRES

Darío Rivera Vargas1, Oscar López Bátiz1, Miguel Ángel Pacheco Martínez1 y Alonso Echavarría Luna1

RESUMEN El impacto de fenómenos naturales de tipo geológico e hidrometeorológico se vislumbra en los daños ocasionados en las construcciones, que al presentar un mal desempeño estructural, repercute en la pérdida de vidas humanas y materiales. En este trabajo se comenta la importancia de los reglamentos como un medio para reducir el riesgo en las construcciones ante estos fenómenos naturales, al mismo tiempo de evaluar la problemática que enfrentan los reglamentos en diferentes estados y municipios del país; así como las soluciones para subsanar dicho problema; considerándose como una de las más viables el desarrollo de una Norma Oficial aplicable a toda la República Mexicana.

ABSTRACT The impact of natural phenomena, mainly geological and hydrometeorological, in recent past has shown severe damages caused in architectural and civil structures. Such failures and damages yield to loss of human lives and materials. In this study it is commented the importance of building codes to reduce the risk in infrastructure under these natural phenomena; at the same time it is evaluated the problem on the applicability and legal support of construction codes in different states and municipalities of the country. In this context, it was thought that an Official Code on the Structural Safety for Disaster Prevention, could be one of the most viable solutions.

INTRODUCCIÓN México es un país que por su ubicación geográfica, características climáticas, topográficas, orográficas, hidrológicas, y por la actividad volcánica y sísmica, está expuesto a una diversidad de peligros producidos por fenómenos naturales, que aunado a el aumento de la población y de los asentamientos humanos en zonas particularmente expuestas a estos fenómenos naturales y antrópicos, da lugar a un crecimiento notable en el número y consecuencias económicas de los desastres en México. Datos estadísticos sobre grandes desastres en la República Mexicana, desde 1900, revelan la alta frecuencia de los desastres sísmicos en distintas zonas del país y el impacto aún más frecuente de las inundaciones (figura 1), asociadas principalmente a los huracanes, pero también a tormentas intensas que llegan a presentarse aun en zonas áridas donde la preparación para enfrentar estos fenómenos ocasionales es escasa (CENAPRED, 2001). Por ser parte del llamado Cinturón de Fuego del Pacífico, el país es afectado por una fuerte actividad sísmica y volcánica (figura 2). Dos terceras partes del país tienen un peligro sísmico significativo, que se debe principalmente a los terremotos que se generan en la costa del océano Pacífico, en la conjunción de las placas tectónicas de Cocos y de Norteamérica. Del sinnúmero de volcanes que han existido en las distintas épocas geológicas en el territorio, catorce de ellos han hecho erupción en tiempos históricos y se consideran activos o representan zonas activas (CENAPRED, 2001).

1 Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED), Secretaría de Gobernación, Av. Delfín

Madrigal No. 665, Col. Pedregal de Santo Domingo, C.P. 04360 México, D.F., Teléfono: (55)54246100; [email protected]

XV Congreso Nacional de Ingeniería Estructural Puerto Vallarta, Jalisco, 2006

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Figura 1 Daños en construcciones por fenómenos naturales como el sismo y los huracanes (Quaas, 2006)

Figura 2 Actividad sísmica (Servicio Sismológico Nacional) y volcánica en el territorio nacional (Quaas, 2006) Por otro lado la ubicación del país en una región intertropical, lo hace propenso a los embates de huracanes que se generan tanto en el océano Pacífico, como en el Atlántico (figura 3). Los efectos de estos fenómenos, en términos de marejadas y vientos, se resienten principalmente en las zonas costeras del Pacífico, del Golfo y del Caribe; las lluvias intensas que estos fenómenos originan pueden causar inundaciones y deslaves no sólo en las costas sino también en el interior del territorio. De los 25 ciclones que en promedio llegan cada año a los mares cercanos al país, cuatro o cinco suelen penetrar en el territorio y causar daños severos. También se presentan lluvias intensas, con las consecuentes inundaciones y deslaves importantes, y con mucha frecuencia de manera independiente de la actividad ciclónica, debido a las tormentas que se generan en la temporada de lluvias (CENAPRED, 2001).

Figura 3 Huracanes que se generan en el océano Pacífico como en el Atlántico (Servicio Meteorológico Nacional)

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Como ejemplo de grandes desastres en México durante los últimos 25 años, basta citar el sismo de 1985; la erupción del volcán Chichonal en 1982 y la constante actividad de los volcanes Popocatépelt y Colima; los huracanes Gilbert (1988), Pauline (1997), Isidoro (2002), Wilma (2005) y Stan (2005). TRABAJOS PREVIOS A raíz de los sismos de 1985 se crea, con fundamento en un Decreto Presidencial emitido en 1988, la Comisión Nacional de Desarrollo Urbano y Seguridad Estructural con la idea de promover y coordinar la participación de diversos sectores en la realización de estudios tendientes a reducir el riesgo de desastres. En 1993 la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), institución que preside dicha Comisión, promovió en el marco del Programa de las 100 Ciudades acuerdos para revisar y actualizar reglamentos de construcción, y editó con el apoyo de colegios de profesionales y sociedades técnicas, así como de otras dependencias de Gobierno una "Guía para la elaboración, revisión y actualización de Reglamentos de Construcción" (SEDESOL, 1994). Aun cuando dicha guía fue un logro muy importante, se dirige más hacia aspectos administrativos y de formato deseable de los reglamentos, asignando poco grado de detalle al contenido, conceptos y requisitos técnicos. Además, después de su difusión en el interior del país, no hubo un seguimiento formal o apertura de proyectos que dieran continuidad a esta iniciativa. Posteriormente, se han venido realizado trabajos tendientes a mitigar los desastres tomando en cuenta la ubicación de las construcciones y el buen diseño de las mismas, así en el trabajo de Meli (2000) se destaca que los factores que más inciden en hacer críticas las condiciones de riesgo para la población de menores recursos son su ubicación frecuente en zonas muy expuestas a los peligros naturales, la falta de una infraestructura adecuada que les permita protegerse de estos fenómenos, la escasa capacidad de autoprotección y la menor prioridad que constituye para ella la adopción de medidas de protección ante eventos que pueden presentarse en un futuro no bien determinado, frente al sinnúmero de carencias que tiene en su vida diaria. Mientras que en el trabajo de Sánchez (2001) se destaca que la vigencia y observancia y aplicación de reglamentos de construcciones es un medio eficaz para reducir la vulnerabilidad de las construcciones; para ello se realizó el diagnóstico de algunos reglamentos existentes en el país con objeto de evaluar si su contenido, en materia de seguridad estructural, puede contribuir a cumplir tal fin. OBJETIVO Y ALCANCE En este artículo se analiza a los reglamentos de construcción como un medio para reducir la vulnerabilidad de las construcciones ante fenómenos naturales, y se revisa la problemática que enfrentan dichos reglamentos en el país para poder lograr este cometido, al mismo tiempo de analizar su posible solución. Cabe señalar que en este trabajo no se profundiza sobre el contenido técnico de los Reglamentos de Construcción.

LOS REGLAMENTOS COMO UN MEDIO PARA REDUCIR LA VULNERABILIDAD DE LAS CONSTRUCCIONES

Debido a la incidencia de diversos fenómenos naturales en la República Mexicana, las construcciones, junto con la población que las ocupa, se encuentran expuestas al riesgo de un desastre, por lo que deben de desarrollarse una serie de medidas preventivas dentro de las que destacan las relacionadas con la seguridad estructural de las edificaciones. Para ello se debe partir de investigaciones que permitan entender el fenómeno y plantear posibles soluciones para mitigar sus efectos, además se requieren de los mecanismos efectivos y prácticos para su correcta aplicación, tal como se describe a continuación. INVESTIGACIÓN La investigación es un soporte fundamental en la comprensión de los diferentes fenómenos naturales y su impacto en las construcciones, de igual forma permite proponer recomendaciones para reducir la vulnerabilidad de las construcciones ante las posibles acciones que le demanden los diferentes peligros. Por ejemplo, se puede mencionar las investigaciones experimentales y analíticas realizadas para establecer procedimientos constructivos adecuados, tendientes a mejorar el comportamiento estructural de las edificaciones ante las acciones que generan los sismos; sin embargo, el problema no queda del todo resuelto,

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si no se garantiza la adecuada difusión y aplicación de estas investigaciones para asegurar un comportamiento satisfactorio de las construcciones ante diversos peligros naturales. Por lo que se ha visto conveniente plasmar el resultado de estos estudios en Reglamentos de Construcción y en cartillas de autoconstrucción, como una de las medidas para mitigación de desastres. También es verdad que dichas recomendaciones deben ser acordes a las prácticas de la construcción, de tal forma que no se pidan requisitos imposibles o imprácticos de llevar a la realidad. Por lo tanto, la investigación debe retroalimentarse de las experiencias constructivas de la práctica profesional. ESTUDIOS DE RIESGO De acuerdo con el Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED, 2004), una forma efectiva para la prevención y mitigación de desastres, es contar con un diagnóstico de riesgo, es decir, conocer las características de los eventos que pueden tener consecuencias desastrosas y determinar la forma en que estos eventos inciden en los asentamientos humanos, en la infraestructura y en el entorno, por lo que sería deseable integrar esta información y hacerla disponible a un amplio número de usuarios a través de un Atlas. A grandes rasgos, el procedimiento para hacer un diagnóstico del riesgo implica el conocimiento científico de los fenómenos (peligros) que afectan a una región determinada y la estimación de las posibles consecuencias del fenómeno; ésta depende de las características físicas de la infraestructura existente en la zona (calidad de la obra para resistir los embates de los fenómenos naturales), así como de las características socioeconómicas de los asentamientos humanos en el área de estudio. Si se presta atención a la vulnerabilidad de la construcción, que es lo que permite establecer una relación entre las consecuencias probables de un fenómeno sobre una construcción con la intensidad del fenómeno que podría generarlas, es posible estimar el nivel de daño esperado para un nivel de intensidad dado; y también se pueden tomar las medidas preventivas para disminuir dicha vulnerabilidad. Esto conlleva a establecer que el potencial del desastre depende de la vulnerabilidad de la infraestructura, o sea de su predisposición a ser afectados por el fenómeno natural. En este sentido los reglamentos locales de las comunidades juegan un papel decisivo en lograr reducir la vulnerabilidad en las edificaciones ante la ocurrencia de los diferentes fenómenos perturbadores, si se logra respetar un reglamento con requisitos severos para su seguridad. La reducción de la vulnerabilidad de las edificaciones también será factible en la medida en que se verifique la seguridad de los edificios diseñados con reglamentación antigua y se califiquen como de mediana y alta vulnerabilidad, con sus respectivos esquemas de reforzamiento, en caso de ser necesarios, para cumplir con las disposiciones de la reglamentación vigente. REGLAMENTOS DE CONSTRUCCIÓN Los reglamentos de construcción son el medio adecuado para plasmar y difundir los resultados de las investigaciones encaminadas a mejorar la seguridad de las edificaciones, además de que se puede lograr reducir su vulnerabilidad al obligar, por la vía legal, la aplicación de dicho reglamento. El escenario de riesgo se agrava en la medida en que no se logra la observancia de un reglamento de construcción (en caso de que éste exista), o más aún cuando dicha normatividad no existe o es inoperante en cierta localidad. A este respecto, es claro que la vigencia y actualización de reglamentos de construcciones es un medio eficaz para la prevención de los desastres. La rápida urbanización de las ciudades, así como su necesaria transformación por la incorporación de servicios y de nuevos edificios, requiere de un marco legal que regule estos procesos y que fije requisitos diversos para las estructuras nuevas y existentes, así como para la correcta operación y conservación de inmuebles y de instalaciones. En este contexto, los reglamentos de construcción en México cumplen varias funciones, como son el establecer las obligaciones y responsabilidades de los actores que intervienen en las distintas etapas del proyecto y construcción, especificar los requisitos mínimos de habitabilidad, seguridad estructural y salubridad de las edificaciones y promover la integración de nuevas construcciones al entorno urbano, armonizando incluso con el contexto histórico o cultural de una localidad.

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Además de los reglamentos de construcción, existen otros documentos que también contribuyen en la prevención de daños en las construcciones como son los manuales, las guías o las cartillas de autoconstrucción, que a diferencia de los primeros no tienen un carácter legal dentro de las comunidades, particularmente se enfocan a viviendas económicas de comunidades rurales, con materiales de construcción como el adobe y tabique sin refuerzo. En dichas cartillas se emiten recomendaciones prácticas, lo más explícito posible para la población, como resultado de los trabajos de investigación. Un ejemplo de este tipo de documentos es la cartilla que desarrolló el CENAPRED, “Cartilla breve para refuerzo de la vivienda rural de autoconstrucción contra sismo y viento” (Pacheco et al., 2005).

PROBLEMÁTICA DE LOS REGLAMENTOS NACIONALES Se ha comentado que los reglamentos pueden ser un medio adecuado para contrarrestar los efectos destructivos de los fenómenos naturales sobre las construcciones, por la estructura y contenido que éstos tienen para cumplir con tal cometido. Sin embargo, habrá que revisar las limitaciones que tienen los reglamentos de varias comunidades del país, así como analizar la forma de subsanarlas para lograr que dichos documentos sean una medida preventiva en la mitigación de desastres.

ACTUALIZACIÓN DE LOS REGLAMENTOS NACIONALES A nivel nacional existe un importante rezago en el grado de actualización y contenido de los distintos reglamentos en vigor. Aun cuando en México existen los conocimientos y las tecnologías necesarias para lograr una seguridad satisfactoria de las construcciones, no ha sido una tarea fácil lograr que diversos sectores se involucren en la actualización de reglamentos y normas, y que cuando al fin éstos sean aprobados, se garantice su correcta aplicación e interpretación, principalmente cuando las modificaciones impliquen cambios importantes en la práctica tradicional. Uno de los principales retos que enfrentan los municipios en México es la elaboración y actualización de reglamentos de construcción. Según la Encuesta Nacional a Presidentes Municipales sobre Desarrollo Social 2002, de las 343 ciudades que en el año 2005 conformaban el Sistema Urbano Nacional, solamente 159 contaban con reglamento de fraccionamientos y municipalización, y sólo 92 lo tenían actualizado, no se reporta dato alguno sobre la existencia de reglamentos de construcción. En cuanto a reglamentos de protección civil sólo tienen 171 de un total de 229; cabe la mención de que en los datos reportados no se incluye a las delegaciones del Distrito Federal. En los últimos años ha habido intentos por poner en marcha programas institucionales con el fin de actualizar o modificar reglamentos de construcción y de hacer más eficientes los mecanismos que aseguren su aplicación real. Los resultados de dichos trabajos han sido en general escasos y parciales. Algunas veces debido a que solo después de algún desastre surge un marcado interés tanto de autoridades como de profesionales locales por poner al día su reglamentación; y en segundo lugar porque no siempre se dispone de recursos económicos y humanos calificados para llevar a cabo estas tareas (Sánchez, 2000). DIAGNÓSTICO DE LOS REGLAMENTOS Con la participación de la SEDESOL, la Federación de Colegios de Ingenieros Civiles (FECIC) y el CENAPRED, se integró un acervo de 40 reglamentos de construcciones vigentes del interior del país (figura 4). De los 40 reglamentos, 13 son estatales y 27 son municipales. En las tablas 1 a 3 se resume el resultado del diagnóstico de las revisiones hechas por el CENAPRED a los temas de Estructura General, Responsabilidad y Seguridad Estructural. Para mayor información sobre los resultados de este trabajo se puede consultar el trabajo de Sánchez (2000). Cabe señalar que los resultados que se reportaron están basados en los documentos disponibles y vigentes en 1997 (año en que se inicio el estudio), y que podría sufrir modificaciones al considerar una muestra mayor o al incorporar versiones de reglamentos más actualizadas, no obstante reflejan algunos vacíos que requieren una pronta solución.

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Figura 4 Entidades con reglamentos estudiados en el CENAPRED

De los resultados obtenidos por Sánchez (2000) (tablas 1 a 3) se pudo percibir que la mayoría de los reglamentos revisados carecen de contenidos y actualizaciones similares a los que se han trabajado en el RCDF (1993), al cual se le ha puesto bastante atención con la incorporación de varias aportaciones después del sismo de 1985. Lo anterior pone en duda la efectividad de estos reglamentos en la prevención de desastres naturales. Esta incertidumbre se agrava en la medida en que se encuentran varias limitaciones, como son: la escasez y reducida actualización del contenido técnico de la seguridad de las construcciones, la existencia de un porcentaje importante de localidades que no cuentan con Normas Técnicas Complementarias (NTC) propias. Ante este hecho algunas localidades optan por usar normas extranjeras como el ACI-318 (2002), UBC, AASHTO (1996), entre otros, por lo que va implícito un riesgo en su adopción, si se toma en cuenta que no consideran la calidad de los materiales constructivos del país, así como las características de los fenómenos naturales propias del sitio.

Tabla 1 Diagnóstico de las disposiciones de observancia general de los reglamentos

Disposición Porcentaje de reglamentos que la adoptan (%)

Tienen una estructura y un nivel de extensión similar al del RCDF (1993) 27

Definen los casos en los que se requiere la responsiva del Director Responsable de Obra (DRO)

85

Los requisitos que deben cumplir los corresponsables para obtener su registro, así como sus obligaciones, similares a las del RCDF (1993)

65

Se prevé la solicitud de visto bueno de seguridad y operación acompañado de una constancia de seguridad estructural como lo hace el RCDF (1993)

30

No cuentan con Normas Técnicas Complementarias propias 45

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Tabla 2 Diagnóstico sobre los criterios de diseño estructural

Disposición Porcentaje de reglamentos que la adoptan (%)

La clasificación de las edificaciones se basan en las consideraciones del Manual de diseño de Obras Civiles de la CFE (1993) o del RCDF (1993)

50

La clasificación de las edificaciones se basan en criterios particulares 40

No se incluye algún tipo de clasificación de las edificaciones 10

Emplean la filosofía de diseño por estados límites 85

Requisitos para la revisión del estado límite de servicio similares a las del RCDF (1993) 60

No incluyen alguna especificación para la revisión del estado límite de servicio 30

Para la revisión del estado límite de servicio sólo se recomienda que no debe excederse las deformaciones que pueden afectar el funcionamiento de instalaciones o equipos o causar inseguridad a los ocupantes

10

Incluyen un listado de pesos volumétricos de materiales de construcción comunes en la localidad

20

Consideran la combinación de acciones y factores de carga del RCDF (1993) 50

Consideran la combinación de acciones del ACI-318 40

Combinaciones particulares para que los factores de carga se establezcan de acuerdo con las normas que se elijan para el diseño

10

Tabla 3 Diagnóstico sobre los requisitos de diseño sísmico

Disposición Porcentaje de reglamentos que la adoptan (%)

Zonificación geotécnica basada en la mayoría de las veces en la regionalización sísmica y en la clasificación de terrenos de cimentación del Manual de diseño de la CFE (1993).

75

No incluyen zonificación geotécnica 25

Se incorporan requisitos similares a los del RCDF (1993) 60

No incluyen artículos sobre el diseño sísmico de estructuras 40

No mencionan requisitos de separación entre edificios 45

No especifican coeficientes sísmicos 25

Los coeficientes sísmicos son consistentes con los del Manual de Obras Civiles de la CFE (1993).

75

Se incorporan los límites permisibles de deformación lateral de entrepiso que propone el RCDF (1993)

30

No mencionan límites permisibles de deformación lateral de entrepiso que propone el RCDF (1993)

45

Se indican valores de límites permisibles de deformación lateral de entrepiso distintos a los del RCDF (1993)

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FORMA DE SUBSANAR EL PROBLEMA Después de revisar la problemática que enfrentan diversos reglamentos del país y que por lo mismo ponen en duda su efectividad para prevenir desastres, es pertinente comentar algunas soluciones que pueden contribuir a resolver el problema. De acuerdo con Rosengaus (2002) la generación de reglamentos de construcción contra cualquier fenómeno natural a nivel local, ciudad o municipio, pueden ser utópicas, dadas las condiciones reales de muchos de los municipios en el país. Sin embargo, no se escatima la posibilidad de que los reglamentos municipales se hagan en un formato práctico y sencillo, al mismo tiempo de hacer referencia a manuales o reglamentos de diseño con influencia nacional, como son los Manuales de diseño de la CFE (1993). Ahora bien, en comunidades donde los reglamentos carecen de NTC, sería deseable que los profesionistas mantuvieran una comunicación cercana con centros de educación, de investigación y sociedades técnicas de profesionales (Sánchez, 2000). No obstante, se corre el riesgo de no lograr una participación activa entre los profesionistas de la industria de la construcción con dichas instituciones relacionadas con el ramo. Por lo anterior, resulta imprescindible el desarrollo de una norma de aplicación nacional, en la que con una estructura y contenido único se logre uniformar los criterios de diseño, así como los requisitos y responsabilidades legales que se deben cumplir. Desde el punto de vista técnico resulta atractiva la idea, si se toma en cuenta que para el diseño de estructuras comunes los diseñadores dispondrían de una guía que los oriente sobre las recomendaciones afines a su localidad, toda vez que se logre plasmar en dicha norma las observaciones de colegios, sociedades y universidades del país, para de esta forma garantizar la incorporación de los avances recientes y temas que la práctica cotidiana identifique como faltantes en la norma. Sin embargo, desde la perspectiva legal no se descarta la dificultad de su aplicación obligatoria debido a la posible carencia de recursos humanos, tecnológicos y económicos, en algunas localidades; además de que legalmente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos confiere a los municipios el derecho de elaborar sus reglamentos.

NORMA OFICIAL MEXICANA “REQUISITOS DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL QUE DEBEN CUMPLIR LAS EDIFICACIONES PARA LA PREVENCIÓN DE DESASTRES”

A raíz de los antecedentes descritos sobre desastres de origen natural, y de la realidad que guardan los reglamentos de construcción del país para enfrentar este problema, el CENAPRED planteó la necesidad de disponer de una norma con las características descritas en el apartado anterior. A partir de esta iniciativa el Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil, tomó a bien el desarrollo de un proyecto de norma oficial de aplicación nacional titulada “Requisitos de seguridad estructural que deben cumplir las edificaciones para la prevención de desastres”. Esta Norma está en proceso de elaboración con la participación del Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación (ONNCCE), instituciones gubernamentales y educativas de varios estados del país, bajo la coordinación del CENAPRED. En lo que sigue se presenta una descripción general del avance de esta norma. Objetivo Esta norma tiene como objetivo establecer los requisitos mínimos de carácter estructural con los que deben cumplir las edificaciones nuevas y existentes, para responder adecuadamente a los efectos de los fenómenos geológicos e hidrometeorológicos, como sismos, viento y lluvia intensa principalmente, que se presentan en gran parte del territorio nacional, así como para prevenir y reducir el efecto de fenómenos antrópicos, como los siniestros originados por los incendios. Campo de aplicación Este proyecto de Norma Oficial Mexicana se pretende que sea aplicable a las personas físicas o morales, o a las instituciones públicas o privadas que diseñen y/o construyan nuevas edificaciones. Cuando existan

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regulaciones estatales o municipales en los mismos rubros que se establecen en esta norma y éstas sean más estrictas, se deberán acatar los establecidos por la autoridad local Estructura global La estructura inicial se planteó conforme a los temas que se consideraron necesarios para subsanar las limitaciones que existen en los reglamentos de varias regiones de la República Mexicana para cumplir con el objetivo de esta norma. No se descarta la posibilidad de modificar y/o incorporar temas, bajo el consenso de todas las instituciones participantes, previo a su culminación. A continuación se presenta una breve descripción de la estructura global de la norma que se ha desarrollado hasta el momento. Sección de Referencias Se enlistan varias referencias relacionadas con normas oficiales vigentes que versan sobre la fabricación y calidad de materiales constructivos, así como de algunos elementos estructurales (como paneles, vigueta y bovedilla, entre otros), los cuales son referidos en el texto de la norma con objeto de que los proyectistas y ejecutores de la obra cumplan con los requisitos que exige la misma. En particular se hace mención a las normas mexicanas de materiales para construcción, y sus métodos de prueba, como son el concreto para uso estructural, acero para refuerzo de concreto y piezas de mampostería para uso estructural. Sección de definiciones Para efectos de conciliar un lenguaje común de varios de los términos que se manejan en esta norma, se propone un listado de definiciones, tales como: Directores Responsable de Obra (Perito de Obra), Corresponsable, bitácora, estados límites, desastre, entre otros. Sección de clasificación de las edificaciones y requisitos Se pretende clasificar las edificaciones en grupos, atendiendo al nivel de afectación ocasionado a la población por el impacto de un fenómeno natural o antropogénico, a su vez cada grupo se clasificaría por el tipo de material utilizado en la estructura. Por otro lado se emiten una serie de requisitos relativos a la selección del sitio de construcción, al proyecto estructural y a la ejecución de la obra. Cabe destacar que en esta parte se puntualiza sobre los sitios aptos para construir, tanto en medios físicos naturales como en medios transformados por el hombre. De igual forma se proponen criterios para evaluar cargas accidentales como el sismo y el viento; los cuales se basan en las recomendaciones de los manuales de la CFE (1993). Sección de métodos de comprobación y marcado En lo que concierne a métodos de comprobación se busca evaluar el cumplimiento de esta norma, por lo que el propietario deberá presentar a la autoridad que indique la SEGOB un informe elaborado y signado por una Unidad de Verificación acreditada y aprobada en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con los formatos establecidos en el Apéndice informativo. En el apartado de marcado se emiten especificaciones para que la Unidad de Verificación proporcione una cédula en donde se asiente la información de cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos que establece esta norma, dicha cédula debe ser integrada al proyecto ejecutivo en su oportunidad. Sección de apéndices informativos y normativos El objetivo de los apéndices informativos es dar un marco de referencia a los diseñadores y constructores sobre el desarrollo de una memoria de cálculo de una edificación (al menos para las de concreto reforzado y mampostería), elaboración de morteros, entre otros aspectos.

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Por su parte, en los apéndices normativos se busca cubrir de manera elemental la ausencia de NTC de varias localidades del país, con la especificación de los requisitos básicos que deben cumplir al menos las estructuras de mampostería y de concreto, que son las de mayor aceptación en la República Mexicana.

CONCLUSIONES En este artículo se analizó a los reglamentos de construcción como un medio para prevenir desastres, en particular aquellos generados por fenómenos de origen natural dada la gran relevancia que han adquirido en los últimos años con la ocurrencia de eventos extraordinarios de tipo geológico e hidrometeorológico, tomando en cuenta la realidad que guardan los reglamentos de varias localidades del país para cumplir con tal cometido, al mismo tiempo de evaluar la solución para subsanar las limitaciones encontradas. De este estudio se derivaron las conclusiones que a continuación se describen. La investigación es fundamental en la búsqueda de recomendaciones para reducir la vulnerabilidad de las construcciones ante las posibles acciones que le demanden los diferentes peligros. Sin embargo falta garantizar la adecuada difusión y aplicación de estas investigaciones, por lo que en este sentido los reglamentos y/o normas, suelen ser entre otras cosas el medio adecuado para difundir los resultados de estas investigaciones bajo esquemas explícitos, lo que a su vez ayuda a reducir el riesgo de las poblaciones ante los fenómenos naturales. En la medida de lograr que más entidades del país construyan sus edificaciones bajo los requisitos de una norma o reglamento, se reducirá la probabilidad de desastres en dichas comunidades. No obstante, los reglamentos de varias entidades del país enfrentan diversos problemas, que ponen en duda su efectividad para prevenir desastres, así se ha podido ver diferentes limitaciones en un porcentaje importante de reglamentos de diferentes localidades, como son: la escasa y reducida actualización del contenido técnico de la seguridad de las construcciones y la ausencia de NTC propias. Para subsanar el problema, se considera factible el desarrollo de una norma de aplicación nacional, en la que con una estructura y contenido único se logre uniformar los criterios de diseño, así como los requisitos y responsabilidades legales que se deben cumplir. En este sentido el CENAPRED está coordinando el desarrollo de una norma con las características anteriormente descritas, titulada “Requisitos de seguridad estructural que deben cumplir las edificaciones para la prevención de desastres”. Hasta el momento la norma cuenta con un avance del 60 % bajo la estructura descrita en este trabajo, por lo que a corto plazo se espera la difusión dentro de la comunidad de los profesionales de la construcción. Las aportaciones que hagan las diversas instituciones participantes serán fundamentales para cubrir en la medida de lo posible los vacíos existentes de varios reglamentos del país. Esta norma representa uno de los primeros intentos en el país por establecer los requerimientos necesarios en las construcciones para prevenir desastres, sin embargo se reconoce que a futuro habrá que ir haciendo las modificaciones pertinentes, así como el lograr la ardua tarea de su aplicación en diferentes entidades de la nación, además de actualizarla con el desarrollo de investigaciones necesarias en aquellos fenómenos naturales que se les ha prestado poca atención, como son las inundaciones y problemas de socavación en las edificaciones.

RECONOCIMIENTOS

Se agradece a los maestros Leonardo Flores Corona y Tomás Sánchez Pérez, Investigador y Director de Difusión del CENAPRED, respectivamente, por sus valiosos comentarios y sugerencias para la realización de este trabajo.

REFERENCIAS

AASHTO (1996), “Standard specifications for highway bridges”, 16th Edition, American Association of state Highway and Transportation Officials, USA.

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