gat 19 reedicion issuu

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Guía de Asistencia Técnica Nº 19

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  • Gu

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    cnic

    a 19

    GAT19 rehabilitacin /0

    La rehabilitacinen el momento actual

  • II

  • Gua general

    GAT 19 Rehabilitacin/0 La rehabilitacin en el momento actual

    Guas especficas de esta coleccin:GAT 19 Rehabilitacin/0 La rehabilitacin en el momento actual GAT 19 Rehabilitacin/1: Marco legislativo aplicable a la rehabilitacin. Modelo IEEGAT 19 Rehabilitacin/2: La envolvente en la rehabilitacinGAT 19 Rehabilitacin/3: Instalaciones y energas renovables en la rehabilitacinGAT 19 Rehabilitacin/ 4: La certificacin energtica de edificios existentes (Pendiente de confirmacin)GAT 19 Rehabilitacin/5: La rehabilitacin de barrios (Aclarando mbitos urbanos en el prembulo)GAT 19 Rehabilitacin/6: La rehabilitacin de la edificacin protegidaGAT 19 Rehabilitacin/7: Gestin integral de obras y ayudas a la rehabilitacinGAT 19 Rehabilitacin/8: Las buenas prcticas: Madrid RENOVE y otras experienciasGAT 19 Rehabilitacin/9: Manual de uso y mantenimiento para edificios construidos con anterioridad a la Ley 2/1999 de la CMGAT19 Rehabilitacin/10:Indicadores medioambientales de la rehabilitacin residencialGAT 19 Rehabilitacin/11: La accesibilidad en la Rehabilitacin: Edificacin y mbitos urbanos (Fundacin ONCE)GAT 19 Rehabilitacin/12: Particiones / Suelos / Techos / AcabadosGAT 19 Rehabilitacin/13: El nuevo deber legal de conservacin 2013

  • Edicin al cuidado de los responsables del grupo de trabajo:Pilar Pereda Suquet, Secretario de Junta de GobiernoIns Leal Maldonado, Vocal de Junta de Gobierno

    Coordinacin:M Luisa Martinez Vicente, Arquitecto Jefe de I+D+iCoolaboracin:Marina Marqus Raez

    Autores:

    Felipe Delgado Laguna, Lorenzo Redondo Garca, M Luisa Martnez Vicente, Paloma Lpez Terradas Vzquez

    Andrea Conti, Miguel ngel Esteve Campillo, M del Carmen Castan Cristbal, Francisco Javier Vzquez Fernndez

    Elena Romero Snchez, Luis Jess Panea Domnguez, Alicia Rodrguez Herrero, Javier Sardiza Asensio, Antonio Huestamenda Jimnez, Rosa Bellido Pla, M Isabel Sardn Taboada

    Alfredo Villanueva Paredes, Fernando Estirado Oliet, Mercedes Serrano Cadaha, Lourdes serrano Cadaha

    Agustn Snchez Snchez, Santiago Rodrguez-Gimeno Martnez, Roberto Bosqued Garca, Concepcin Pea Pea, M Antonia Ferreira Romero, Juan Gnova Fuster, Antonio Jos Limn Fernndez, Laura Bellido Garca Seco

    Antonio M. Ramos- Yzquierdo Esteban, Juan Crisstomo Peris Ohrt, Almudena Espinosa Chicote, Jos Martn Villaseor, Beatriz Jimnez Pazos, M Jess Sacristn de Miguel

    Raquel Dueas Villamiel, Javier Alonso Madrid, Jos Miguel Colmenares Pelillo, Ana M Rodrguez Mndez, Marta Prez Hernndez, Ana Blasco Engelmo, Marina Siles Arnal, Celia Puertas Romero

    Diseo y maquetacin: Servicio Grfico del COAM, Pedro Ibez Albert

    Imprime MonterreinaMayo 2014 de los textos sus autores de la presente edicin, Ediciones de ArquitecturaFundacin Arquitectura COAMCOLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MADRIDISBN.: 978-84-96656-76-5DL.: M-15156-2014

  • 3Coleccin Guas de Asistencia Tcnica- COAM: GAT 19

    Dirigida por el Grupo de Trabajo de Rehabilitacin del COAM 2013. Constituido por 82 vocales, arquitectos colegiados:

    Ana Mara Escribano Fernndez de Santaella, Jorge Ignacio Del Val Sacristn, Ivn Rodrguez Surez, Francisco Javier Vzquez Fernndez, Beatriz Jimnez Pazos, Laura Bellido Garca-Seco, Mario Jos Fernndez Cadenas, Mara Jess Sacristn de Miguel, Sara Moreno Snchez, Bibiana Judith Ulanosky Lavintman, Jose Ignacio Chico Crespo, Carmen Castan Cristbal, Mara Luisa Martnez Vicente, Manuel Martnez Petano, Felipe Delgado Laguna, Aurelio Antonio Prez lvarez, Javier Sardiza Asensio, Jose Luis Vzquez Montalvo, Concepcin Pea Pea, Mara Antonia Ferreira Romero, Concepcin Esteban Guijarro, Miguel Zumarraga Herrero, Antonio Manuel Ramos-Yzquierdo Esteban, Jose Javier Bataller Enguix, Jorge Rodrguez Zambrano, Paloma Lpez-Terradas Vzquez, Jorge Alberto Martn Garca-Checa, Elena Romero Snchez, Maria Teresa Luisa Tuya Solar, Roberto Bosqued Garca, Jorge Del Val Pea, Antonio Huestamendia Jimnez, Agustn Hernndez Aja, Francisco Prez Garca-Moriyn, Jess Jusdado Garca, Mercedes Serrano Cadaha, Lourdes Serrano Cadaha, Fernando De La Pea Granda, Antonio Bao Nieva, Juan Crisstomo Peris Ohrt, Ariel Carneri, Antonia Salva Llompart, Ana Mara Rodrguez Mndez, Rosa Bellido Pla, Almudena Espinosa Chicote, Luis Jess Panea Domnguez, Alicia Rodrguez Herrero, Fernando Estirado Oliet, Juan Genova Fuster, Ana Blasco Engelmo, Javier Alonso Madrid, Emilio Carrasco Gutirrez, Herminia Vegas Muoz, Juan Carlos Snchez Blzquez, Liam Miguel Mcnicholl Mostaza, Raquel Limeres Gil, Marina Siles Arnal, Alejandro Tamayo Palacios, Jose Martn Villaseor, Celia Puertas Romero, Andrea Conti, Raquel Dueas Villamiel, Mara Jos Gutirrez Alonso, Luquesio Rodrguez Argelles, Agustn Snchez Snchez, Miguel Angel Esteve Campillo, Alfredo Villanueva Paredes, Santiago Rodriguez-Gimeno Martnez, Luis Gerardo Ruz Palomeque, Valentn Merino Lpez, Jos Manuel Sanz Sanz, Alfonsa Segura Snchez-Brunete, Lorenzo Redondo Garca, Jos Miguel Colmenares Pelillo, Jos Prez-Mateos Pea, Luis Mximo Rodrguez, Antonio Gmez Guitrrez , Mara Isabel Sardn de Taboada, Ral Vzcaya del Sol, Antonio Jos Limn Fernndez, Beln Henar Hernndez Fenoll y Marta Prez Hernndez.

    Responsables del grupo de trabajo:Pilar Pereda Suquet, Secretario de Junta de GobiernoIns Leal Maldonado, Vocal de Junta de Gobierno

    Coordinacin general del grupo de trabajo:M Luisa Martinez Vicente, Arquitecto Jefe de I+D+i

  • Desarrollo de contenidos por los integrantes del grupo de trabajo:

    GT 1: Felipe Delgado Laguna, Lorenzo Redondo Garca, M Luisa Martnez Vicente, Paloma Lpez Terradas Vzquez

    GT 2: Andrea Conti, Miguel ngel Esteve Campillo, M del Carmen Castan Cristbal, Francisco Javier Vzquez Fernndez

    GT 3: Elena Romero Snchez, Luis Jess Panea Domnguez, Alicia Rodrguez Herrero, Javier Sardiza Asensio, Antonio Huestamenda Jimnez, Rosa Bellido Pla, M Isabel Sardn Taboada

    GT 4: Alfredo Villanueva Paredes, Fernando Estirado Oliet, Mercedes Serrano Cadaha, Lourdes serrano Cadaha

    GT 5: Agustn Snchez Snchez, Santiago Rodrguez-Gimeno Martnez, Roberto Bosqued Garca, Concepcin Pea Pea, M Antonia Ferreira Romero, Juan Gnova Fuster, Antonio Jos Limn Fernndez, Laura Bellido Garca Seco

    GT 6: Antonio M. Ramos- Yzquierdo Esteban, Juan Crisstomo Peris Ohrt, Almudena Espinosa Chicote, Jos Martn Villaseor, Beatriz Jimnez Pazos, M Jess Sacristn de Miguel

    GT 7: Raquel Dueas Villamiel, Javier Alonso Madrid, Jos Miguel Colmenares Pelillo, Ana M Rodrguez Mndez, Marta Prez Hernndez, Ana Blasco Engelmo, Marina Siles Arnal, Celia Puertas Romero

    Agradecimiento de la Junta de Gobierno:

    A todos los arquitectos indicados por su participacin a lo largo del proceso de creacin y elaboracin del trabajo colectivo encomendado, realizando aportaciones de gran valor y experiencia profesional que lo han hecho posible. Especial agradecimiento por su dedicacin a aquellos que han desarrollado los diferentes contenidos. Igualmente, para aquellos que han estado al cuidado del resultado final.

  • PRESENTACIN

    El Colegio Oficial de arquitectos de Madrid COAM, contina su labor de formacin tcnica, asesoramiento y difusin de todos aquellos aspectos tcnicos que componen la complejidad del proceso edificatorio, con este conjunto de guas enumerado que constituye una coleccin completa, interactiva y viva.

    La edificacin es un sector clave de la economa y tiene trascendencia los aspectos sociales, medioambientales, y culturales, en el desarrollo y calidad de vida. Es un proceso complejo que requiere la participacin de muchos agentes y profesionales, y en el caso de la rehabilitacin esto adquiere mayor trascendencia al actuar sobre el patrimonio construido, donde los valores patrimoniales, de responsabilidad y sosteni-bilidad son an mas importantes.

    Los arquitectos, somos los profesionales tcnicos que tenemos la responsabilidad global en el proyecto, coordinacin y direccin de las obras de arquitectura, como establece la Ley de Ordenacin de la Edificacin, pero en el proceso participan de forma decisiva otros agentes, profesionales, propietarios y usuarios

    Hoy la Rehabilitacin de edificios, la Renovacin y la Regeneracin urbana son prota-gonistas de nuestra actividad, por ello el conocimiento adecuado de esos procesos es imprescindible para la consecucin de los objetivos propuestos en el nuevo marco legislativo. La informacin contenida en esta gua pretende dar a conocer: la normati-va, su aplicacin y las funciones de los agentes intervinientes.

    La Gua va dirigida a todos los actores implicados en el proceso de la rehabilitacin, como: profesionales del sector, entidades, organismos, administracin pblica, pro-pietarios, promotores y empresas

    La gua GAT 19 pertenece a la coleccin de guas de Asistencia Tcnica del COAM y estar formada por un sistema de publicaciones independientes y complementarias; que permitan obtener una informacin completa sobre la rehabilitacin y un asesora-miento especializado de aquellos aspectos y tecnologas que faciliten la rehabilitacin en la actualidad.

    La informacin elaborada por el Grupo de Trabajo de Rehabilitacin, constituido por el COAM con este fin. Se estructura en dos niveles diferenciados en funcin del al-cance de los contenidos, dando lugar a las diferentes publicaciones de la coleccin, organizado en dos niveles:

    NIVEL GENERAL, permite tener una visin de conjunto de cmo se analiza la rehabi-litacin y regeneracin urbana en el momento actual. Constituye la primera gua de la coleccin GAT 19 Rehabilitacin/0: La Rehabilitacin en el momento actual

  • 6NIVEL ESPECFICO, desarrolla pormenorizadamente algunos de los aspectos conte-nidos en el primer nivel, para aquellos lectores interesados en profundizar. Permite un conocimiento detallado y ms especializado. Estos desarrollos se han formalizado como Guas especficas, que complementan la anterior. Los ttulos previstos se relacio-nan en el captulo 2 de la GAT 19/0.

    El COAM pretende que la informacin contenida en la coleccin permita al usuario un asesoramiento personalizado obteniendo respuesta en tiempo real a diferentes cuestiones en relacin a la rehabilitacin.

    Esta y otras iniciativas en marcha, convierten al COAM en catalizador del necesario impulso a la rehabilitacin. Resulta imprescindible en la actualidad profesional del colectivo de arquitectos y en general para el sector de la edificacin.

    No quiero terminar sin dar las gracias a todos los profesionales que han participado en su elaboracin, contribuyendo a que esta iniciativa de la Junta de Gobierno que presido, haya sido una realidad.

    Jos Antonio GraneroDecano del COAM

  • 7Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    GAT 19 REHABILITACIN/0:LA REHABILITACIN EN EL MOMENTO ACTUAL

    1. INTRODUCCIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 102. CONTENIDO DE LA GUA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 163. INTRODUCCIN AL NUEVO MARCO LEGAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

    3.1 Ley 8/2013 LRRRU . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .21 3.2 El Plan Estatal 2013-2016 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .22

    3.2.1 Ayudas pblicas para rehabilitacin y regeneracin urbana . . . . . .223.2.2 Medidas adicionales de financiacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .23

    3.3 Real Decreto 235/2013 Certificacin Energtica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .243.4 Principales modificaciones introducidas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .26

    4. EL DEBER DE CONSERVACIN: EL IEE Y LA ITE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 284.1 El nuevo deber de conservacin de los edificios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .294.2 El IEE y la ITE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .314.3 Modelo de IEE contenido en el Plan Estatal 2013-2016 . . . . . . . . . . . . . . . . . .334.4 Resumen comparativo de modelos ITE Ayuntamiento de Madrid e IEE estatal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .36

    4.4.1 Comparacin en cuanto a zonas y elementos a examinar . . . . . . . .364.4.2 Comparacin en cuanto a fechas de evaluacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .364.4.3 Calendario ITE frente a IEE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .374.4.4 Cuadro resumen para la aplicacin del IEE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .40

    4.5 Caso de I.E.E. desfavorable: aplicacin L.O.E . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .425. LA REHABILITACIN EN LOS EDIFICIOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .44

    5.1 Cimentacin y estructura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .485.1.1 Patologas en cimentacin y estructura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .485.1.2 Patologas del sistema estructural en edificios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .505.1.3 Tcnicas de intervencin en estructura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .52

    5.2 La envolvente en la edificacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .545.2.1 Evolucin histrica de los elementos de la envolvente . . . . . . . . . . . .565.2.2 Estrategias tradicionales de eficiencia energtica en envolventes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .575.2.3 Condicionantes existentes para la mejora de la envolvente . . . . . .59

    5.3 Instalaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .605.3.1 Anlisis de las instalaciones y servicios del edificio. . . . . . . . . . . . . . . . .605.3.2 Aparatos de medida . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .615.3.3 La rehabilitacin de las instalaciones y posibles mejoras . . . . . . . . . .62

    5.4 Energas renovables . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .665.4.1 Consideraciones respecto a la energa solar fotovoltaica . . . . . . . . .665.4.2 Consideraciones respecto a la energa solar trmica . . . . . . . . . . . . . .67

  • 85.4.3 Consideraciones respecto a la biomasa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .685.4.4 Consideraciones respecto a la energa elica (mini-elica) . . . . . . .695.4.5 Consideraciones respecto a la energa geotrmica . . . . . . . . . . . . . . . .705.4.6 Consideraciones respecto a la cogeneracin y trigeneracin . . . .71

    5.5 Accesibilidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .725.5.1 Legislacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .725.5.2 Elementos arquitectnicos que dificultan la accesibilidad . . . . . . . .735.5.3 Criterios de actuacin. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .73

    5.6 Otros aspectos a considerar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .755.6.1 Aislamiento acstico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .755.6.2 Sectorizacin de incendios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .865.6.3 Incidencia en la edificabilidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .92

    6. LA CERTIFICACIN ENERGTICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 946.1 Certificacin energtica de edificios existentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .97

    6.1.1 Tipos de certificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .986.2 Certificacin obligatoria: el certificado de eficiencia energtica . . . . . . . .98

    6.2.1 Definicin y origen . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .986.2.2 mbito de aplicacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .996.2.3 Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1006.2.4 Herramientas de certificacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1026.2.5 Parmetros considerados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1046.2.6 Referencias. Los certificados de eficiencia energtica en Europa . . . . . . . . . . . . . 105

    6.3 Certificacin voluntaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1096.3.1 Definicin y origen . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1096.3.2 mbito de aplicacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1106.3.3 Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1106.3.4 Herramientas de certificacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1116.3.5 Parmetros considerados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 113

    6.4 Objetivo Europa 2020 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1167. LA REHABILITACIN EN LA EDIFICACIN PROTEGIDA . . . . . . . . . . . . . . . . . .118

    7.1 La rehabilitacin del estado del edificio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1197.1.1 Rehabilitacin del sistema estructural . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1217.1.2 Rehabilitacin dirigida a mejorar la accesibilidad . . . . . . . . . . . . . . . . . 1227.1.3 Rehabilitacin energtica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1237.1.4 Rehabilitacin de la envolvente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1237.1.5 Mejora/actualizacin de instalaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 125

    7.2 Proteccin de conjuntos urbanos protegidos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1257.3 Estudio de la estructura de propiedad del edificio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1267.4 Planes de mantenimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127

  • 9Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    8. LA REGENERACIN Y RENOVACIN URBANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1288.1 Criterios para el anlisis del mbito urbano de actuacin . . . . . . . . . . . . . . 1308.2 Criterios generales de actuacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1348.3 La gestin en los procesos de rehabilitacin urbana. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1368.4 Guin bsico para las actuaciones de rehabilitacin urbana . . . . . . . . . . . 140

    9. HACIA UN NUEVO MODELO DE GESTIN DE LA REHABILITACIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .142

    9.1 Las caractersticas del nuevo modelo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1439.2 Requisitos bsicos para hacer viable la rehabilitacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1459.3 Necesidad de un nuevo marco financiero . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1459.4 Necesidad de incrementar la demanda social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1469.5 Un nuevo marco jurdico para los propietarios de los inmuebles . . . . . 1469.6 La dimensin socio-urbanstica de la rehabilitacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1479.7 Otras medidas para dinamizar la rehabilitacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1489.8 Procedimientos para gestionar la rehabilitacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150

    ANEXO 1: LISTADO DE NORMATIVA APLICABLE A LA REHABILITACIN . . . .153A 1a Normativa de mbito Estatal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 153

    A 1a/0 Normas de Carcter General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 154A 1a/1 Acciones en la edificacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 157A 1a/2 Instalaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 159A 1a/3 Cubiertas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 165A 1a/4 Proteccin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 165A 1a/5 Barreras arquitectnicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 170A 1a/6 Varios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 171

    A 1b Normativa de la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 173A 1b/0 Normas de Carcter General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 173A 1b/1 Instalaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 174A 1b/2 Barreras Arquitectnicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 175A 1b/3 Medio Ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 175A 1b/4 Andamios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 176

    A 1c Normativa de los Municipios de la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . . 176

    ANEXO 2: GLOSARIO DE TERMINOLOGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .178A 2a Conceptos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 179 A 2b Definiciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 186 Normativa Consultada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 199

  • 1.INTRODUCCIN

  • 11Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    La aprobacin de nuevas normativas, bien con carcter de Ley o de Reales Decretos, en relacin con la rehabilitacin de la edificacin y la regeneracin y renovacin urba-nas, requiere un anlisis pormenorizado de las mismas por parte de los arquitectos y de los promotores, entre otros agentes intervinientes en la ordenacin de la edifica-cin, dado que este nuevo marco legal incide en su actividad profesional, y conside-rando su papel protagonista en el conocimiento de los procesos de rehabilitacin de los edificios y de planificacin urbanstica de la conservacin del patrimonio edificado y de la preservacin de la memoria histrica de la ciudad.

    En el prembulo justificativo de este nuevo marco legal, se incide en la necesidad de que el parque edificado espaol necesita intervenciones de rehabilitacin y de rege-neracin y renovacin urbanas que permitan hacer efectivo para todos, el derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada, as como la exigencia del deber de sus propietarios de mantener los inmuebles en adecuadas condiciones de conserva-cin.

    Para ello seala tres objetivos bsicos:

    En primer lugar, potenciar la rehabilitacin edificatoria y la regeneracin y renovacin urbanas, eliminando trabas actualmente existentes y creando mecanismos especficos que la hagan viable y posible.

    En segundo lugar, ofrecer un marco normativo idneo para permitir la reconversin y reactivacin del sector de la construccin, encontrando nuevos mbitos de actuacin, en concreto, en la rehabilitacin edificatoria y en la regeneracin y renovacin urbanas.

    En tercer lugar, fomentar la calidad, la sostenibilidad y la competitividad, tanto en la edificacin, como en el suelo, acercando nuestro marco normativo al marco europeo, sobre todo en relacin con los objetivos de eficiencia, ahorro energtico y lucha contra la pobreza energtica.

    Aproximadamente el 55 % (13.759.266) de dicho parque edificado, que asciende a 25.208.622 viviendas, es anterior al ao 1980, y casi el 21 % (5.226.133) cuentan con ms de 50 aos.

    El nico instrumento que actualmente permite determinar el grado de conservacin de los inmuebles, la Inspeccin Tcnica de Edificios ITE, no slo es insuficiente para garantizar dichos objetivos, y as se ha manifestado desde los ms diversos sectores relacionados con la edificacin, sino que ni siquiera est establecido, ni se exige, en todos los municipios espaoles. Como se ver en el Captulo 4, este documento que-dar modificado por el nuevo IEE.

    A ello hay que unir la gran distancia que separa nuestro parque edificado de las exi-gencias europeas relativas a la eficiencia energtica de los edificios y, a travs de ellos, de las ciudades. Casi el 58 % de nuestros edificios se construy con anterioridad a la primera normativa que introdujo en Espaa unos criterios mnimos de eficiencia energtica: la norma bsica de la edificacin NBE-CT-79, sobre condiciones trmicas en los edificios.

  • 12

    Una Ley y dos Reales Decretos constituyen los textos principales de este nuevo marco legal:

    Ley 8/2013LRRRU

    Ley de Rehabilitacin, Regeneracin y Renovacin Urbanas de 26 de junio, de Jefatura del Estado. B.O.E.: 27-JUN-2013.

    Plan Estatal 2013-2016

    Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fo-mento del alquiler de viviendas, la rehabilitacin edificatoria, y la regeneracin y renovacin urbana, 2013-2016. Ministerio de Fomento. B.O.E.: 10-ABR-2013

    Real Decreto 235/2013 Certificacin Energtica

    Real Decreto 235/2013, de 5 abril, por el que se aprueba el procedimiento bsico para la certificacin energtica de los edificios. Ministerio de la Presi-dencia. B.O.E.: 13-ABR-2013

    Correccin de errores del Real Decreto 235/2013 Certificacin Energtica

    Correccin de errores del Real Decreto 235/2013, de 5 abril, por el que se aprueba el procedimiento bsico para la certificacin energtica de los edifi-cios. Ministerio de la Presidencia. B.O.E.: 25-MAY-2013

    Adems, en su contenido se introducen un conjunto de modificaciones en otras nor-mas del sector de la construccin, actualmente en vigor, para eliminar aquellos obst-culos que impiden hoy alcanzar los objetivos propuestos:

    Texto refundido de la Ley de Suelo RDL 2/2008

    Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo. Ministerio de Vivienda. B.O.E.: 26-JUN-2008

    Ley de Economa Sostenible

    Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economa Sostenible. Jefatura del Estado. B.O.E.: 05-MAR-2011

    Real Decreto-ley 8/2011

    Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto pblico y cancelacin de deudas con em-presas y autnomos contradas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitacin y de simplificacin admi-nistrativa. Jefatura del Estado. B.O.E.: 07-JUL-2011

    L.O.E.

    Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenacin de la Edificacin LOE. Jefa-tura del Estado. B.O.E.: 06-NOV-1999

  • 13Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    CTE

    Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Cdigo Tc-nico de la Edificacin. Ministerio de Vivienda. B.O.E.: 28-MAR-2006

    Ley de la Propiedad Horizontal

    Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal. Jefatura del Estado. B.O.E.: 23-JUL-1960

    En el prembulo de la nueva Ley de Rehabilitacin, Regeneracin y Renovacin Ur-bana, se indica que el periodo histrico, en el que se aprueba la ley est caracterizado por la existencia de serios problemas econmicos y sociales, y un momento de crisis econmica-financiera, desfavorable tanto para la financiacin pblica, como para la privada afectada por una alta tasa de desempleo. Ante esta situacin, se pretende crear una va de activacin, actuando en los tejidos urbanos existentes, analizando el estado de sus trazados y edificaciones. Para lo cual, se han tenido en cuenta los datos obtenidos de los sistemas de informacin urbana y los estudios de sectores residen-ciales en Espaa en el ao 2011.

    Las conclusiones no son alentadoras, ya que se considera que, nicamente existe sue-lo capaz de acoger nuevos crecimientos urbansticos para los prximos 45 aos y que en los suelos disponibles no hay demanda actualmente; esto, unido al gran nmero de viviendas nuevas vacas (723.043 viviendas), y a que Espaa cuenta con uno de los porcentajes ms bajos de la zona euro en cuanto a intervenciones en rehabilitacin (13 puntos por debajo de la media europea), convierte esta situacin en la ptima para centrar los esfuerzos en el campo de la rehabilitacin.

    Es por todo esto importante crear un buen marco normativo, que no exista en la ac-tualidad, que recoja y articule entre otros las siguientes necesidades:

    - El derecho constitucional de una vivienda digna y adecuada.

    - El deber de mantenimiento de los propietarios.

    - La mejora de la vivienda de baja calidad existente.

    - La inclusin de los requerimientos de las Directivas europeas en cuanto a efi-ciencia energtica, en su aportacin en la lucha contra el cambio climtico, Directiva 2012/27/UE. La necesidad de establecer por parte de los estados miembros una estrategia a largo plazo para minorar las emisiones de CO2 (ao 2020); y la reduccin de emisiones en un 80%-95% en relacin a los niveles de 1990. El consumo de energa por parte de las edificaciones est en torno al 40% del consumo de energa final.

    - La accesibilidad universal.

    - La apuesta por el establecimiento de redes de instalaciones a nivel de barrio que permita su autosuficiencia a medio plazo.

    - La puesta en valor de la Declaracin de Toledo. Firmada por los 27 estados miembros el 22 de junio de 2010.

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    Estas actuaciones dentro de los tejidos urbanos existentes, deben permitir un relan-zamiento de la industria de los materiales, de las instalaciones y dotaciones y de las dedicadas a las energas renovables, as como una mejora de la actividad turstica clave en nuestro pas que en porcentajes representa el 10,2 % del PIB, y el 11,39% del empleo.

    Podemos concluir que a partir de la aprobacin de esta nueva normativa empieza una nueva fase para los procesos de rehabilitacin de edificios existentes y para los mbi-tos urbanos que requieren su regeneracin y renovacin. Una nueva fase que aspira a integrar la rehabilitacin constructiva y la rehabilitacin energtica en los edificios y a mejorar las condiciones de su entorno, a travs de su regeneracin y renovacin urbana, en los casos que as lo requiera, para la consecucin de barrios habitables.

    La rehabilitacin constructiva abarca en trminos generales, desde las tareas de conservacin ms tradicionales, hasta la mejora de las condiciones de habitabilidad, salubridad y accesibilidad. Existen numerosas reas urbanas en nuestras ciudades con edificios que necesitan intervenciones para mantener su estabilidad y funcionalidad, desde recalces de sus cimentaciones y reparaciones estructurales, hasta reparaciones en el acabado de sus fachadas y de sus cubiertas. As mismo sus instalaciones han quedado anticuadas respecto a la normativa actual y un gran porcentaje de edificios no cuentan con ascensores u otros medios elevadores para cumplir las exigencias de accesibilidad actualmente vigentes, y ser as ms universal el acceso a la vivienda como derecho constitucional.

  • 15Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    La rehabilitacin energtica es otra exigencia derivada de nuestros compromisos internacionales dentro de Unin Europea y estamos obligados a ir introduciendo pro-gresivamente medidas de eficiencia energtica y sostenibilidad en los edificios exis-tentes. Estas medidas no deberan ser tratadas al margen de la rehabilitacin cons-tructiva, ya que afectan al conjunto de la edificacin y especialmente a su envolvente y requieren por ello, ser analizadas desde el principio, con una visin arquitectnica.

    La regeneracin y renovacin urbana es un proceso continuado de recuperacin y mejora de las condiciones del entorno urbano, de sus infraestructuras, equipamientos y espacios pblicos, para posibilitar que los distintos barrios de nuestras ciudades alcancen un desarrollo urbano medioambientalmente ms sostenible y socialmente inclusivo.

    La Regeneracin Urbana Integrada, que propone la Ley 8/2013 LRRRU, se inscribe en el espritu de la Carta de Leipzig (2007) y, sobre todo, en la Declaracin de Toledo (2010), entendida como un proceso planificado que ha de trascender los mbitos y enfoques parciales [...] para abordar la ciudad como totalidad funcional y sus partes como componentes del organismo urbano, con el objetivo de desarrollar plenamente y de equilibrar la complejidad y diversidad de las estructuras sociales, productivas y urbanas, impulsando al mismo tiempo una mayor ecoeficiencia ambiental. La bata-lla principal de la sostenibilidad urbana se ha de jugar precisamente en la consecucin de la mxima ECOEFICIENCIA posible en los TEJIDOS URBANOS de la CIUDAD YA CONSOLIDADA.

    Es decir, optimizar, preservar y/o revalorizar todo el capital urbano existente (social, urbanstico, patrimonial, laboral, educativo, econmico) y, todo ello, en el marco de planes de carcter global (desde la escala territorial a la local) y en polticas y grupos de trabajo de carcter multidisciplinar, transversal y cooperativos, con nuevos meca-nismos de gestin que involucren, coordinen e integren a las distintas Administracio-nes Pblicas, los agentes privados y la participacin ciudadana activa.

  • 2.CONTENIDODE LA GUA

  • 17Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    El conocimiento adecuado de los procesos de rehabilitacin en los edificios, y de regeneracin y renovacin de los mbitos urbanos, es imprescindible para su correcto desarrollo y para la consecucin de los objetivos propuestos. La informacin conteni-da en esta gua pretende dar a conocer:

    a) el alcance de las nuevas disposiciones normativas en estas materias,

    b) la repercusin que va tener en la conservacin y mejora de nuestro patrimonio edificado, as como la funcin que cumplen los distintos agentes intervinientes.

    La Gua est dirigida por un lado a los arquitectos, que asumen en el ejercicio de su actividad profesional una parte importante de la responsabilidad tcnica y legal de este tipo de actuaciones, y por otro lado, est pensada para ser compartida con entidades y agentes de la administracin pblica, que de forma activa participan en los procesos de rehabilitacin urbana: servicios tcnicos municipales, comunidades de propietarios, propietarios, asociaciones vecinales y ciudadanas, administradores de fincas, promotores, constructores, etc.

    La informacin elaborada por este Grupo de Trabajo, constituido por el COAM con este fin, se ha estructurado en dos niveles diferenciados en funcin del alcance de los contenidos desarrollados:

    1 Un primer nivel de carcter ms general, GAT 19 Rehabilitacin/0: La Rehabi-litacin en el momento actual, que permita tener una visin de conjunto de cmo se analiza la rehabilitacin y regeneracin urbana en el momento actual y que est constituida por:

    Introduccin al nuevo marco legal

    El deber de conservacin: el IEE y la ITE

    La rehabilitacin en los edificios

    La certificacin energtica

    La rehabilitacin en la edificacin protegida

    La regeneracin y renovacin urbana

    Hacia un nuevo modelo de gestin de la rehabilitacin

    ANEXOS

    Anexo 1: Listado de normativa aplicable a la rehabilitacin

    Anexo 2: Glosario de Terminologa

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  • 19Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    2 Un segundo nivel de carcter especfico, que desarrolla pormenorizadamente algunos de los aspectos contenidos en el primer nivel, para aquellos lectores inte-resados en profundizar. Permite un conocimiento detallado y ms especializado de aquellas materias, que se ven afectadas en mayor medida por la nueva normativa y su aplicacin. Se han formalizado como Guas especficas, que complementan la anterior.

    GAT 19 Rehabilitacin/ 1: Marco legislativo aplicable a la rehabilitacin. Modelo del IEE

    GAT 19 Rehabilitacin/ 2: La envolvente en la rehabilitacin.

    GAT 19 Rehabilitacin/ 3: Instalaciones y energas renovables en la rehabilitacin.

    GAT 19 Rehabilitacin/ 4: La certificacin energtica de edificios existentes

    GAT 19 Rehabilitacin/ 5: La rehabilitacin de mbitos urbanos.

    GAT 19 Rehabilitacin/ 6: La rehabilitacin de la edificacin protegida.

    GAT 19 Rehabilitacin/ 7: Gestin integral de obras y ayudas a la rehabilitacin.

    GAT 19 Rehabilitacin/ 8: Las buenas prcticas: Madrid RENOVE y otras experiencias.

    GAT 19 Rehabilitacin/ 9: Manual de uso y mantenimiento para edificios construidos con anterioridad a la Ley 2/1999 de la CM

    GAT19 Rehabilitacin/ 10: Indicadores medioambientales de la rehabilitacin residencial

    GAT 19 Rehabilitacin/11: La accesibilidad en la Rehabilitacin: Edificacin y mbitos urbanos (Fundacin ONCE)

    GAT 19 Rehabilitacin/12: Particiones / Suelos / Techos / Acabados

    GAT 19 Rehabilitacin/13: El nuevo deber legal de conservacin 2013

    Esta documentacin podr ser consultada en la www.coam.es/REHABILITACOAM/GUIA

    El conjunto de guas enumerado constituye una coleccin completa, interactiva y viva, que permitir conocer las exigencias derivadas del marco legislativo aplicable en cada momento, tanto para propietarios y usuarios, como para los agentes y profesionales intervinientes en los procesos de rehabilitacin.

    El usuario de estas guas encontrar la informacin y el asesoramiento pretendido, usando la coleccin de la forma que mejor responda a sus necesidades, podr com-pletar y desarrollar los aspectos concretos que le interesen hasta alcanzar un conoci-miento especializado del mismo.

  • 3.INTRODUCCIN AL NUEVO MARCO LEGAL

  • 21Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    Para un anlisis detallado ver Gua especfica GAT 19 Rehabilitacin/ 1 Marco legis-lativo aplicable a la rehabilitacin. Modelo IEE

    La rehabilitacin de la edificacin y los procesos de renovacin urbana forman parte sustancial de nuestra cultura arquitectnica y urbanstica, pero hasta fechas relativa-mente cercanas no han estado reguladas por una legislacin especfica.

    En el Anexo 1, se recoge un Listado de la normativa (Estatal, de la Comunidad de Madrid y de aquellos municipios de esta Comunidad que cuentan con ordenanza especfica de ITE) aplicable a la rehabilitacin. Tambin se encontrar informacin complementaria en la Gua especfica

    La normativa recientemente aprobada relacionada a continuacin, pretende la re-activacin econmica del sector de la construccin, en especial en el mbito de la vivienda, introduce una serie de modificaciones en los procesos de rehabilitacin, re-generacin y renovacin urbana que se pueden sintetizar en los siguientes apartados:

    3.1 LEY 8/2013 LRRRU

    Ley de Rehabilitacin, Regeneracin y Renovacin Urbanas de 26 de junio, de Jefatu-ra del Estado. B.O.E.: 27-JUN-2013.

    Establece mecanismos que permitirn poner en prctica desde las operaciones ms sencillas, que afectan a la rehabilitacin de un edificio, a las ms completas, que van desde la regeneracin de tejidos urbanos ya existentes, a la reurbanizacin de zonas ms amplias dentro de las ciudades.

    Entre las novedades ms relevantes que propone el nuevo marco legal estn las si-guientes:

    La configuracin del deber de conservacin como uno de las responsabilidades fundamentales relacionadas con el medio urbano, y, por tanto, su regulacin con carcter uniforme, en el marco de las condiciones bsicas de igualdad que al Estado compete establecer.

    La regulacin bsica de un Informe de Evaluacin de los Edificios (IEE), que trata de superar las insuficiencias de la Inspeccin Tcnica de Edificios (ITE), exigida en el mbito estatal a partir del Real Decreto-Ley 8/2011 de 1 de julio. Este informe, adems de evaluar el estado de conservacin de los edificios, aportar informacin acerca del grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad, e incluir la Certificacin de Eficiencia Energtica, ste ltimo, como garanta para una mejora en el ahorro energtico y del confort.

    Se amplan las facultades reconocidas a las comunidades de vecinos, agrupaciones de propietarios y cooperativas para actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jurdica para todas las operaciones, incluidas las crediticias, relacionadas con las operaciones de rehabilitacin.

    Se establecen mecanismos que permitirn obtener financiacin externa para que la rehabilitacin sea posible. De manera especial, se introduce la figura de

  • 22

    la Memoria de Viabilidad Econmica (MVE) que acompaar a cada actuacin y que podr justificar la aplicacin de reglas excepcionales para vincular incrementos de edificabilidad o densidad, y poder hacer viables las distintas operaciones de rehabilitacin, regeneracin y/o renovacin urbanas.

    Se modifican determinados regmenes de unanimidad o mayoras establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal. As, cuando existan determinadas obras que son demandadas por las Administraciones Pblicas, aunque afecten al ttulo constitutivo o a los estatutos, sern obligatorias, como ya ocurre con algunas de ellas en la vigente regulacin de la propiedad horizontal.

    3.2 EL PLAN ESTATAL 2013-2016

    Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitacin edificatoria, y la regeneracin y renovacin urbana, 2013-2016. Ministerio de Fomento. B.O.E.: 10-ABR-2013

    Complementa la Ley anterior, y tiene por objeto buscar la mxima rentabilidad con los recursos disponibles en materia de rehabilitacin edificatoria y de regeneracin y renovacin urbana, a travs de la concesin de ayudas al mayor nmero posible de ciudadanos.

    El presupuesto del Plan para todo el periodo de vigencia es de 2.421 millones de euros, que se repartirn entre los siete programas que lo conforman, a saber:

    subsidiacin de prstamos convenidos,

    ayudas al alquiler,

    fomento del parque pblico de viviendas,

    fomento a la rehabilitacin,

    fomento de la regeneracin urbana,

    apoyo a la implantacin del Informe de Evaluacin de los Edificios y

    fomento de ciudades sostenibles.

    El IEE contenido en el Plan Estatal 2013-2016, slo se exigir a los edificios de tipolo-ga residencial de vivienda colectiva que tengan ms de cincuenta aos y siempre que no hayan pasado ya la Inspeccin Tcnica de Edificios de conformidad con su propia regulacin, si bien el IEE est pensado tambin para dar respuesta a otros edificios de otros usos.

    3.2.1 AYUDAS PBLICAS PARA REHABILITACIN Y REGENERACIN URBANA

    El Plan Estatal contempla ayudas a la rehabilitacin edificatoria, en edificios e instala-ciones para mejorar su estado de conservacin, garantizar la accesibilidad y mejorar la eficiencia energtica. Los inmuebles debern, tener una antigedad anterior a 1981 y al menos el 70 por 100 de su superficie, debe tener uso residencial y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

  • 23Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    Podrn solicitar estas ayudas las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades, o los propietarios nicos de edificios de viviendas.

    Se concedern ayudas de hasta 4.000 euros por vivienda por su conservacin, 2.000 euros por vivienda para mejora de la eficiencia energtica, que puede llegar hasta 5.000 euros si se reduce en un 50 por 100 la demanda energtica del edificio, y 4.000 euros por vivienda para mejora de accesibilidad.

    En el caso de las actuaciones de regeneracin urbana, se financiar adems de la realizacin conjunta de las obras de rehabilitacin en edificios y viviendas, la urbani-zacin o reurbanizacin del espacio pblico o de la edificacin nueva en sustitucin de edificios demolidos.

    Sern los beneficiarios quienes asuman la responsabilidad de la ejecucin integral del mbito de actuacin con ayudas de hasta 11.000 euros por vivienda rehabilitada, 30.0000 euros por vivienda construida en sustitucin de otra demolida y 2.000 euros por vivienda para la obra de urbanizacin.

    Finalmente se establecen tambin ayudas para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas, a travs de la mejora de barrios, centros y cascos histricos, zonas turs-ticas y para la sustitucin de infraviviendas.

    3.2.2 MEDIDAS ADICIONALES DE FINANCIACIN

    El Plan Estatal establece las siguientes vas de financiacin como apoyo a las ayudas antes establecidas:

    Lnea ICO

    Para la rehabilitacin de viviendas y edificios con el fin de atender las necesidades de financiacin de particulares y comunidades de propietarios y permitirles acometer proyectos de rehabilitacin o reforma de viviendas y edificios. En este caso la dotacin ser de 1.000 millones de euros.

    Proyecto Clima

    Compra de crditos por reducciones verificadas de CO2 en el sector de la vivienda hasta los cua-tro primeros aos de funcionamiento del proyec-to, por parte del Fondo de Carbono para una Economa Sostenible.

    En este caso la dotacin es de 10 millones de euros en 2013. El plazo para solicitar estos fon-dos para el ao 2013 finaliz en el mes de febre-ro, estando previsto un nuevo plazo de solicitud para 2014.

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    Lnea IDAE.

    Programa de ayudas a proyectos in-tegrales de ahorro y eficiencia ener-gtica en edificios de viviendas: para incentivar la realizacin de actuacio-nes integrales de ahorro y mejora de la eficiencia energtica, as como la utilizacin de energas renovables (renovacin de ventanas, fachadas, calderas, equipos de aire acondicio-nado, etctera). La dotacin ser de 100 millones de euros para ayudas pblicas directas y prstamos reem-bolsables.

    Podrn ser beneficiarios de las ayudas o de la financiacin de este programa las comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, las comunidades de bienes de los propietarios de edificios de viviendas no divididas horizontalmente y las personas fsicas propietarias de un edificio de viviendas unifamiliar.

    Se considerarn actuaciones susceptibles de ayuda las actuaciones integrales en edificios de viviendas siempre que comprendan una o varias de las siguien-tes medidas que mejoren la calificacin energtica del edificio o viviendas afectadas.

    - Mejora de la eficiencia energtica de la envolvente trmica de los edificios de viviendas existentes

    - Mejora de la eficiencia energtica de las instalaciones trmicas de los edifi-cios de viviendas existentes

    - Sustitucin de energa convencional por biomasa en las instalaciones de ca-lefaccin, climatizacin y agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existentes

    - Sustitucin de energa convencional por energa geotrmica en las instala-ciones de calefaccin, refrigeracin y produccin de agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existentes.

    3.3 REAL DECRETO 235/2013 CERTIFICACIN ENERGTICA

    Real Decreto 235/2013, de 5 abril, por el que se aprueba el procedimiento bsico para la certificacin energtica de los edificios. Ministerio de la Presidencia. B.O.E.: 13-ABR-2013 Correccin de errores del Real Decreto 235/2013, de 5 abril, por el que se aprueba el procedimiento bsico para la certificacin energtica de los edificios. Ministerio de la Presidencia. B.O.E.: 25-MAY-2013.

  • 25Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    Las exigencias relativas a la certificacin energtica de edificios establecidas en la Di-rectiva 2002/91/CE1, se transponen en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, me-diante el que se aprueba el Procedimiento bsico para la certificacin de eficiencia energtica de edificios de nueva construccin.

    Con posterioridad la Directiva 2002/91/CE ha sido modificada por la Directiva 2010/31/UE2, relativa a la eficiencia energtica de los edificios, circunstancia que ha hecho necesario transponer de nuevo al ordenamiento jurdico espaol las modifica-ciones introducidas.

    As el RD 235/2013 Certificacin Energtica, de 5 de abril, transpone parcialmente la ltima directiva europea en lo relativo a la certificacin de eficiencia energtica de edi-ficios, refundiendo el Real Decreto 47/2007, con la incorporacin del Procedimiento bsico para la certificacin de eficiencia energtica de edificios existentes.

    A partir del 1 de junio de 2013, es obligatorio poner a disposicin de los compradores o arrendadores de edificios para alquileres con una duracin superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energtica que, adems de la calificacin energtica del edificio, debe incluir recomendaciones para la mejora de los niveles ptimos o renta-bles de la eficiencia energtica del edificio o de una parte de ste, de forma que se pueda valorar y comparar su eficiencia con el fin de favorecer la promocin de edifi-cios de alta eficiencia energtica y las inversiones en ahorro de energa.

    Como actuacin ejemplarizante de las Administraciones Pblicas, la normativa, obliga a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pblica ocupe una superficie til total superior a 500 m2 y que sean frecuentados habitualmen-te por el pblico, disponga del certificado de eficiencia energtica y lo exhiba en lugar pblico. Ver Captulo 6

    En el BOE de 25 de mayo de 2013 se publica la Correccin de errores correspondien-te al Real Decreto 235/2013 de Certificacin Energtica.

    1 Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

    2 Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010

  • 26

    3.4 PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS

    Legislacin Existente Ley 8/2013 LRRRU+Plan Estatal 2013-2016

    Poltica de suelo La ley del suelo de 2008 impone a las actuaciones en suelo urbano cargas excesivas de cesiones de suelo para zonas verdes, dotaciones, etc. a cambio de plusvalas

    Los aumentos de edificabilidad, densidad o cambio de uso se podrn utilizar como plusvalas para garantizar las operaciones de rehabilitacin

    Conservacin Los propietarios tienen el deber de mantener sus inmuebles en condiciones de seguridad, habitabilidad y salubridad. El Decreto Ley 8/2011 exige la ITE para cualquier edificacin con ms de 50 aos antes del 1/1/2015 (pero no contempla la accesibilidad ni la eficiencia energtica)

    Se sustituye la ITE por el IEE (Informe de Evaluacin del Edificio) que ser obligatorio para edificios colectivos con ms 50 aos (no para viviendas unifamiliares). Si un edificio ha pasado la ITE seguir siendo vlida hasta que cumpla su periodo de validez

    Accesibilidad La ley 26/2011 obliga a garantizar la accesibilidad en las edificaciones existentes antes del 1/1/2016 y la ley de Propiedad Horizontal faculta a cualquier discapacitado o persona mayor de 70 aos a su cumplimiento, pero requiere el acuerdo de 3/5 partes de los propietarios

    Se definen los ajustes razonables que fijaba la Ley 26/2011, como aquellos que no supongan una carga desproporcionada o indebida y se facilita la decisin voluntaria mediante acuerdos por mayora simple en las comunidades de propietarios

    Eficiencia energtica

    Es obligatorio cuando se rehabilita un edificio en ms del 25% , cumplir las medidas de eficiencia energtica de Cdigo Tcnico de la Edificacin.(CTE)A partir del 1/6/2013 para vender o alquilar su vivienda, el propietario debe contar con un Certificado de Eficiencia Energtica

    Se facilita con ayudas pblicas las obras para mejorar el aislamiento trmico y las instalaciones. Se podrn aumentar los cerramientos, terrazas y balcones de manera uniforme, siempre que se reduzca un 30% de la demanda energtica anual

    Financiacin La rehabilitacin se financia bsicamente slo con aportaciones de los propietarios (un 20-30%) y con subvencin de las Administraciones Pblicas (un 70-80%) Ello limita, dada la escasez de recursos pblicos, el porcentaje de procesos de rehabilitacin a realizar.

    Se propone introducir economas de escala por conjuntos de edificios, por incrementos lucrativos de edificabilidad, para incentivar la rehabilitacin. Se establece la Memoria de Viabilidad Econmica (MVE) para justificar cada actuacin.Se abren lneas de financiacin a travs del ICO y del IDAE

  • 27Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

  • 4.El deber de conservacin:el IEE Y La ITE

  • 29Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    Para un anlisis detallado ver Gua especfica GAT 19 Rehabilitacin/ 1 Marco legis-lativo aplicable a la rehabilitacin. Modelo IEE

    4.1 EL NUEVO DEBER DE CONSERVACIN DE LOS EDIFICIOS

    El deber de conservacin de la edificacin, est regulado en la normativa vigente con el objeto de garantizar la seguridad del edificio y de sus instalaciones, para evitar los riesgos propios y ajenos que en su caso pudieran perjudicar a terceros y tambin des-de el punto de vista del patrimonio urbano, para preservar el conjunto de los edificios existentes, que configura la imagen de la ciudad y la identidad de sus barrios, calles y plazas.

    La nueva Ley 8/2013 LRRRU, en sus disposiciones finales modifica el texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio y complementa la regulacin del nuevo deber legal de conservacin, para sistematizar los tres niveles que ya, de conformidad con la legislacin vigente, lo configuran:

    Actualmente:

    Un nivel bsico o estricto, en el que el deber de conservacin conlleva, con carcter general, el destino a usos compatibles con la ordenacin territorial y urbanstica y la necesidad de garantizar la seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato legalmente exigibles.

  • 30

    Adems, con carcter particular, el deber de conservacin contiene la nece-sidad de satisfacer los requisitos bsicos de la edificacin, establecidos en el artculo 3.1 de la L.O.E, con lo que se dota de mayor coherencia a la tra-dicional referencia de este deber a la seguridad y a la salubridad, sin que el cumplimiento de estos requisitos signifique, con carcter general, la aplicacin retroactiva del CTE, a la edificacin construida con anterioridad a la entrada en vigor del mismo (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo de 2006).

    Con relacin al deber de garantizar la accesibilidad universal, y teniendo como lmite mximo de su cumplimiento el final del ao 2015, se debern ejecutar las obras necesarias, siempre que encajen en el concepto de ajustes razona-bles. Y se definen como ajustes razonables los que fijaba la Ley 26/2011 de 1 de agosto, de adaptacin normativa a la Convencin Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, como aquellos que no supongan una carga desproporcionada o indebida y facilitando la decisin voluntaria mediante acuerdos por mayora simple en las comunidades de propietarios.

    Un segundo nivel, en el que el deber de conservacin incluye los trabajos y obras necesarios para adaptar y actualizar progresivamente las edificaciones, en particular las instalaciones, a las normas legales que les vayan siendo explcitamente exigibles en cada momento.

    No se trata de aplicar con carcter retroactivo la normativa, sino de incluir en este deber las obligaciones que para la edificacin existente explcitamente vaya introduciendo la normativa del sector con el objetivo de mantener y ac-tualizar sus condiciones de uso, de acuerdo con la evolucin de las necesida-des sociales.

    Y un tercer nivel, en el que se define con mayor precisin y se perfila ms especficamente, el carcter de las obras adicionales incluidas dentro del propio deber de conservacin, por motivos de inters general, desarrollando lo que la Ley de Suelo defini como mejora.

    Se distinguen as dos supuestos: los tradicionales motivos tursticos o culturales, que ya forman parte de la legislacin urbanstica auto-nmica, y la mejora para la calidad y sostenibilidad del medio urba-no, que introdujo la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economa Sosteni-ble, y que puede consistir en la adecuacin parcial, o completa, a to-das o a alguna de las exigencias bsicas establecidas en el ya citado CTE. En ambos casos, la imposicin del deber requerir que la Administracin, de manera motivada, determine el nivel de calidad que deba ser alcanzado por el edificio, para cada una de las exigencias bsicas, a que se refiera la imposicin del mismo y su lmite se mantiene en los mismos trminos que ya contiene la legislacin en vigor.

    La Administracin competente podr imponer en cualquier momento la realizacin de obras para el cumplimiento del deber legal de conservacin indicado, de conformi-dad con lo dispuesto en la legislacin estatal y autonmica aplicables.

  • 31Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    El acto firme de aprobacin de la orden administrativa de ejecucin que corresponda, determinar la afeccin real directa e inmediata, por determinacin legal, del inmue-ble, al cumplimiento de la obligacin del deber de conservacin.

    Dicha afeccin real se har constar, mediante nota marginal, en el Registro de la Pro-piedad, con referencia expresa a su carcter de garanta real y con el mismo rgimen de preferencia y prioridad establecido para la afeccin real, al pago de cargas de urbanizacin en las actuaciones de transformacin urbanstica.

    4.2 EL IEE Y LA ITE

    El Informe de Evaluacin de Edificios IEE y la Inspeccin Tcnica de Edificios ITE, con distintas nomenclaturas segn las diferentes y variadas normativas que lo desarrollan, son dos documentos tcnicos destinados a definir el estado de conservacin de un edificio. Se puede afirmar que el IEE es el sustituto natural de la ITE y este proceso de sustitucin se va a ir produciendo escalonadamente en los prximos aos, tal como se describe en el cuadro Calendario ITE frente a IEE, del presente captulo.

    La idea de realizar una ITE a los edificios se inici en 1990 tras el derrumbe de un edifi-cio en Barcelona, si bien la primera ordenanza del Ayuntamiento de Madrid se public en 1999. Posteriormente se han ido incorporando cada vez ms municipios, aunque todava hay un gran nmero de ellos, donde no se realizan inspecciones.

    A nivel estatal, las ITEs venan reguladas por el Real Decreto Ley 8/2011, del 1 de julio de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto pblico y cancelacin de deudas con empresas y autnomos contradas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitacin y de simplificacin administrativa y por diferentes Ordenanzas Municipales.

    La nueva Ley 8/2013 LRRRU intro-duce la necesidad de elaborar un Informe de Evaluacin de los Edi-ficios IEE, que pretende superar las insuficiencias de la Inspeccin Tcnica de Edificios ITE, exigida a partir del Real Decreto - Ley 8/2011 y que esta nueva ley viene a sustituir.

    En la actualidad, hay que aadir la legislacin autonmica y local de aplicacin en esta materia.

    Con la aprobacin del IEE se trata de abarcar nuevos parmetros no incluidos en la ITE o incluidos de manera meramente informativa en las sucesiones revisiones llevadas a cabo en algunos Ayuntamientos.

  • 32

    El IEE, adems de evaluar el estado de conservacin de los edificios, deber aportar informacin acerca del grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad, e incluir la Certificacin de Eficiencia Energtica que analizaremos posteriormente.

    La implantacin del IEE se inicia con el modelo que incorpora el Plan Estatal 2013-2016, como requisito obligatorio para conseguir las subvenciones existentes en ma-teria de rehabilitacin edificatoria, dejando abierta la posibilidad de seguir utilizando la ITE siempre y cuando se completen aquellos campos incluidos en el informe de evaluacin y que no forman parte de la Inspeccin Tcnica de Edificios.

    En el Anexo II de este Plan Estatal 2013-2016 se establece un primer modelo detalla-do para edificios residenciales, explicativo de los aspectos que debe contener dicho informe, pero es en la Ley 8/2013 LRRRU, donde se establece el marco legal y el obje-tivo de implantar el IEE de manera gradual por las distintas CCAA, compatibilizndolo con aquellos ayuntamientos con la ITE en vigor.

    Los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipologa residencial de vivienda colectiva podrn ser requeridos por la Administracin competente, de conformidad con lo dispuesto en la disposicin transitoria primera de la Ley 8/2013 LRRRU, para que acrediten la situacin en la que se encuentran aqullos, al menos en relacin con:

    - el estado de conservacin del edificio,

    - con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y

    - con el grado de eficiencia energtica de los mismos.

    No obstante hay que aclarar que segn la citada Ley, este informe de evaluacin IEE, trata de asegurar la calidad y sostenibilidad del parque edificado3, con independencia de su tipologa, abarcando a:

    - edificios de tipologa residencial colectiva, edificios cuyos titulares pretendan aco-gerse a ayudas pblicas con el objetivo de acometer obras de conservacin, acce-sibilidad universal o eficiencia energtica y

    - el resto de los edificios, cuando as lo determine la normativa autonmica o mu-nicipal, que podr establecer especialidades de aplicacin del citado informe, en funcin de su ubicacin, antigedad, tipologa o uso predominante

    La implantacin del IEE que la Ley propone, se enmarca preferentemente en el marco de la rehabilitacin de la vivienda colectiva, como parque edificatorio principal y ms numeroso. Pero con independencia o no de su grado de obligatoriedad exigida por la Administracin competente del lugar donde se aplique, el IEE es una herramienta de trabajo a modo de check-list o chequeo del edificio para la determinacin del estado del edificio a intervenir.

    3 Disposicin transitoria primera. Calendario para la realizacin del Informe de Evaluacin de los Edificios. Ley 8/2013 LRRRU de 26 de junio.

  • 33Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    Los objetivos generales del informe de evaluacin del edificio IEE, son la:

    evaluacin del estado de conservacin del edificio, atendiendo a los diferentes apartados a los que el IEE obliga a examinar.

    evaluacin de las condiciones bsicas de accesibilidad universal y no discriminacin de las personas con discapacidad para el acceso y utilizacin del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas.

    evaluacin de la certificacin de la eficiencia energtica del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente4.

    4.3 MODELO DE IEE CONTENIDO EN EL PLAN ESTATAL 2013-2016

    Para un anlisis detallado ver Gua especfica GAT 19 Rehabilitacin/1 Marco legisla-tivo aplicable a la rehabilitacin. Modelo IEE

    El modelo propuesto en el Anexo II del Plan Estatal 2013-2016 se establece un reco-rrido detallado de los siguientes apartados:

    Datos generales del edificio

    - Identificacin del edificio

    - Datos urbansticos

    - Datos de la propiedad

    - Datos del tcnico competente que redacta el IEE

    - Datos generales del edificio

    - Archivos grficos

    - Documentacin administrativa complementaria

    - Descripcin normalizada de los sistemas constructivos del edificio a efec-tos estadsticos

    Parte I Estado de conservacin

    - Datos generales de la inspeccin

    - Histrico de inspecciones previas

    - Valoracin del estado de conservacin del edificio

    - Existencia de peligro inminente en la valoracin final del estado de conser-vacin del edificio

    4 Real Decreto 235/2013 de 5 abril, por el que se aprueba el procedimiento bsico para la certificacin energtica de los edificios.

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    - Descripcin normalizada de las deficiencias de conservacin del edificio

    - Documentacin disponible sobre las instalaciones comunes del edificio

    Concluye con el resultado de la inspeccin realizada de las distintas partes que componen el edificio, cimentacin, estructura, fachadas y medianeras, cubiertas y azoteas, e instalaciones, lo que hasta ahora era bsicamente la ITE, pero incorporando una valoracin favorable o desfavorable sobre el estado de conservacin de cada uno de sus componentes y un cuestionario estndar de las deficiencias existentes a efectos estadsticos.

    Parte II Condiciones bsicas de accesibilidad

    - Condiciones funcionales del edificio

    - Dotaciones y caractersticas de la informacin y la sealizacin de elemen-tos accesibles. Para edificios privados o pblicos. Para uso residencial

    - Valoracin final de las condiciones bsicas de accesibilidad

    - Ajustes razonables en materia de accesibilidad

    Respecto a la accesibilidad, el IEE va mucho ms all que la ITE donde slo se indicaba el estado de conservacin de los elementos destinados a tal fin de los que dispone el edificio (escaleras y ascensor, si ste exista).

    El IEE plantea un examen ms riguroso. Se trata de evaluar si un edificio es correcto respecto a la accesibilidad y de establecer las medidas necesarias para hacer esa edificacin accesible.

    La manera de realizar esta evaluacin se detalla en el Artculo 2.4 de la Ley 8/2013 LRRRU:

    el tcnico debe realizar una comparativa entre los costes de las medidas y las consecuencias discriminatorias de su no adopcin as como de las ayudas que se pudieran obtener para ejecutar las mismas. Segn la ley, el coste de las medidas se considera desproporcionado si, repercutido anualmente y descontando las ayudas pblicas, exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.

    Su informe debe indicar tanto si se disponen de itinerarios accesibles entre el edificio y las viviendas y la va pblica, como la accesibilidad entre las plantas que lo conforman incluidos los garajes, piscinas y otras dependencias comunes.

    Asimismo, el Ministerio de Fomento, en este modelo, propone tambin la inclusin de las dotaciones de elementos de accesibilidad (segn CTE-DB-SUA 9) as como la accesibilidad de los mecanismos (mecanismos de iluminacin, apertura de puertas,) y la sealizacin de los mismos.

    Parte III Certificado de Eficiencia Energtica. CEE

    El otro aspecto que diferencia el IEE de la ITE es la incorporacin dentro del informe, del Certificado de Eficiencia Energtica, siempre y cuando se refiera a un edificio residencial colectivo de ms de una vivienda.

  • 35Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    En este modelo del IEE no se detalla su contenido, si no que se remite al Real Decreto 235/2013 Certificacin Energtica y otros textos normativos en relacin con la certificacin energtica.

    Siguiendo este mismo criterio, se ha analizado este contenido en el Captulo 6 y ms detalladamente en la Gua especfica GAT 19 Rehabilitacin/ 4: La certificacin energtica de edificios existentes.

    Como valoracin final, el modelo propuesto de IEE en el Plan Estatal 2013-2016, supone un paso novedoso e importante para la conservacin de la edificacin exis-tente, que deber ir ajustndose y mejorndose en los prximos aos, a medida que se aplique en distintos mbitos urbanos y situaciones concretas, para que llegue a convertirse en un instrumento valioso para evaluar las necesidades de rehabilitacin en la edificacin.

    Se trata de un documento de vital importancia en la reactivacin de la rehabilitacin, por su alcance y por las consecuencias directas en los edificios existentes, contribu-yendo a la dinamizacin de la economa en el sector de la construccin durante los prximos aos, segn lo previsto en la Ley 8/2013 LRRRU y del Plan Estatal 2013-2016.

    Desde el COAM, esperamos contribuir a su perfeccionamiento y aplicacin.

    En la Gua especfica GAT 19 Rehabilitacin/ 1 Marco legislativo aplicable a la reha-bilitacin. Modelo IEE se puede encontrar un anlisis detallado del modelo del IEE contenido en el Plan Estatal 2013-2016.

  • 36

    4.4 RESUMEN COMPARATIVO DE LOS MODELOS ITE AYUNTAMIENTO DE MADRID E IEE ESTATAL

    4.4.1 COMPARACIN EN CUANTO A ZONAS Y ELEMENTOS A EXAMINAR

    ITE IEE

    Primera revisin 30 aos 50 aos

    Periodicidad 10 aos 10 aos*

    Datos administrativos Si Si

    Capacitacin para realizar el informeremitido a reglamentacin posterior Segn L.O.E. Segn L.O.E.

    Estado de estructura y cimentacin Si Si

    Estado de fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros elementos Si Si

    Estado de cubiertas y azoteas Si Si

    Estado de las redes generales de fontanera y sanea-miento Si Si

    Estado de elementos de accesibilidad del edificioSi(condiciones de conservacin)

    Si (condiciones de conservacin) + existencia de itinerarios accesibles + valoracin de la incorporacin de accesibilidad

    Ficha de comportamiento trmico del edificio Si No

    Certificado energtico del edificio No Si

    *Puede ser de periodicidad menor si as lo establecen las correspondientes Comunidades Autno-mas.

    4.4.2 COMPARACIN EN CUANTO A FECHAS DE EVALUACIN

    En el caso del Ayuntamiento de Madrid, los plazos obligados para realizar las ITES, quedaban establecidos en la Ordenanza de Conservacin, Rehabilitacin y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 30 de noviembre de 2011 (BOCM Lunes 26 de diciem-bre de 2011) dentro de la Disposicin Transitoria Cuarta.-Calendario de la Inspeccin Tcnica de edificios y construcciones.

    Estos plazos no han sido traspuestos en la actualidad en la correspondiente Ley 8/2013 LRRRU para los Informes de Evaluacin de los Edificios IEE, por lo que se adjunta al presente escrito el calendario establecido para las ITEs y como quedara la ejecucin de los IEEs.

    En la nueva Ley si se establece, que aquellos edificios que ya tienen realizada la co-rrespondiente ITE podrn adjuntar la Certificacin de Eficiencia Energtica CEE para equipararse al IEE vigente. El resto, a partir de la publicacion de la Ley indicada, de-bern realizar el correspondiente IEE de acuerdo con la periodicidad derivada de las antiguas ITEs, segn el ao de construccin de las edificaciones.

  • 37Gua de Asistencia Tcnica para la re-habilitacin

    4.4.3 CALENDARIO ITE FRENTE A IEE

    ITE IEE

    Art.21.2 - Edificios y construcciones de antigedad 30 aos = ITE en el ao natural siguiente a la fecha de cumplimiento de los 30 aos.- Sucesivas ITEs se presentarn en el ao de cumplimiento del periodo decenal.

    Disposicin transitoria primera.Obligacin de disponer de IEE:- Edificios de tipologa residencial de vivienda colectiva de antigedad >50 aos, en el plazo mximo de 5 aos, a contar desde la fecha en que alcancen dicha antigedad. Si cuentan ITE vigente (segn normativa aplicable y con fecha anterior a la entrada en vigor de la Ley 8/2013 LRRRU), se exigir IEE cuando corresponda su 1 revisin segn normativa anterior (siempre plazo

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    2013

    Edificios y construcciones construidos o reestructurados en el ao 1982, edificios construidos entre los aos 1940 y 1952 no incluidos en los apartados anteriores, segn art. 21.2

    2013

    IEEEntrada en vigor de la Ley

    8/2013 LRRRU, 28 de junio de 2013

    2014

    Edificios y construcciones construidos o reestructurados en el ao 1983, edificios construidos entre los aos 1953 y 1958 no incluidos en los apartados anteriores, segn art. 21.2

    2014 IEE

    2015

    Edificios y construcciones construidos o reestructurados en el ao 1984, edificios construidos entre los aos 1959 y 1961 no incluidos en los apartados anteriores, y los edificios propiedad de las personas jurdico pblicas, representaciones diplomticas y organismos internacionales con edificios incluidos en el catlogo de edificios protegidos con niveles 1, 2 y 3, segn art. 21.2

    2015 IEE

    2016

    Edificios y construcciones construidos o reestructurados en el ao 1985, edificios construidos entre los aos 1962 y 1965 no incluidos en los apartados anteriores, y los edificios propiedad de las personas jurdico pblicas, representaciones diplomticas y organismos internacionales con construcciones no catalogadas incluidas en el Centro Histrico y en los Cascos Histricos Perifricos, segn art. 21.2

    2016 IEE

    2017

    Edificios y construcciones construidos o reestructurados en el ao 1986, edificios construidos entre los aos 1966 y 1969 no incluidos en los apartados anteriores, y los edificios propiedad de las personas jurdico pblicas, representaciones diplomticas y organismos internacionales con construcciones construidas antes de 1975, segn art. 21.2

    2017 IEE

    2018

    Edificios y construcciones construidos o reestructurados en el ao 1987, edificios construidos entre los aos 1970 y 1974 no incluidos en los apartados anteriores, segn art. 21.2

    2018 IEE

    2019

    Edificios y construcciones construidos o reestructurados en el ao 1988, edificios construidos entre los aos 1975 y 1978 no incluidos en los apartados anteriores, segn art. 21.2

    2019 IEE

  • 39Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    2020

    En el ao 2020 y en los sucesivos aos ser de plena aplicacin, a los efectos de la presentacin del acta de inspeccin tcnica, el artculo 21.2.En el caso de actas de inspecciones presentadas antes del plazo establecido como obligatorio para acreditar la primera inspeccin tcnica de edificios, se entendern presentadas en dicho ao, siempre que los edificios y construcciones tuvieran una antigedad superior a treinta aos en la fecha de presentacin de dicha acta de inspeccin

    2020 IEE

    ITE Inspeccin Tcnica de los Edificios. Segn la Ordenanza de Conservacin, Rehabilitacin y Estado Ruinoso de las Edificaciones. Ayuntamiento de Madrid. Disposicin Transitoria Cuarta. Calendario de la Inspeccin Tcnica de Edificios y construcciones. B.O.C.M.:26-DIC-2011

    IEE Informe de Evaluacin de los Edificios, segn la Ley 8/2013 de Rehabilitacin, Regeneracin y Reforma urbana. (Art. 4, 5 y 6, Disposicin transitoria primera). Entrada en Vigor: Da siguiente a su publicacin en el B.O.E.:27-JUN-2013.

    Se desprende que concurren dos tipos de Informes con un calendario de aplicacin variable segn casos:

    EL Informe de Evaluacin del Edificio IEE, para aquellos edificios que en el ao 2013 con fecha posterior al 28 de Junio de 2013, (da siguiente a la publicacin en el B.O.E. en la que entra en vigor la ley) les correspondera realizar la ITE, pero se entiende que pasarn a tener la obligacin de realizar el IEE. (Segn la Ordenanza de Madrid: Aquellos que fueron construidos o reestructurados en el ao 1982 o edificios construidos entre los aos 1940-1952 no incluidos en los apartados recogidos segn lo dispuesto en el Art 21.2 de la Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid).

    EL Informe de Evaluacin del Edificio IEE, constituido por la antigua ITE, ya realizada con anterioridad al 28 de Junio de 2013, pero que deber ser complementada con el Certificado de Eficiencia Energtica CEE. En este caso, no queda aclarado, si existe obligatoriedad a partir del 28 de Junio de 2013 de complementar las ITEs ya realizadas, con los correspondientes CEE de forma voluntaria; o si ser la Administracin la encargada de solicitar esta complementacin a las propiedades en los plazos que sta establezca.

    Igualmente parece existir todava un vaco legal, en cuanto a las situaciones irregulares y penalizaciones de tipo econmico que podran aplicarse a aquellos edificios que no habiendo realizado las ITEs en los plazos indicados en la ordenanza, debieran ahora redactar el correspondiente Informe de Evaluacin del Edificio, a partir de la entrada en vigor de la Ley 8/2013 LRRRU.

    Por ltimo convendra tambin conocer el procedimiento de revisin del IEE transcurri-dos los 10 aos de periodicidad mnima, plazo que por otra parte, podrn establecer con una periodicidad menor, las Comunidades Autnomas y los Ayuntamientos.

  • 40

    4.4.4 CUADRO RESUMEN PARA LA APLICACIN DEL IEE

    Finalmente se adjunta un cuadro resumen explicativo de la aplicacin del nuevo In-forme de Evaluacin de los Edificios IEE obligatorio a partir del 28 de junio de 2013.

  • 41Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

  • 42

    4.5 CASO DE IEE DESFAVORABLE: APLICACIN L.O.E

    En el siguiente esquema se refleja la regulacin principal en relacin a las obras de intervencin en la edificacin como resultado de una I.E.E. desfavorable, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Ordenacin de la Edificacin y en el plan estatal 2013-2016. En relacin al cumplimiento de las exigencias de conservacin y accesibilidad, para lo cual, una vez ejecutadas las obras necesarias, se verificar la subsanacin de las cuestiones contenidas en el IEE, cumplimentando el certificado tcnico especfico correspondiente, normalmente de acuerdo con la legislacin local o autonmica, apli-cable para ello (por ejemplo en la Ordenanza de Conservacin, Rehabilitacin y Esta-do Ruinoso de las Edificaciones del Ayuntamiento de Madrid, Artculo 20.3 y Artculo 42.5 se denomina Certificado de idoneidad)

    La L.O.E. en el Art.2.2 establece como mbito de aplicacin:

    b) Obras de ampliacin, modificacin, reforma o rehabilitacin que alteren la confi-guracin arquitectnica del edificio, entendiendo por tales las que tengan carcter de intervencin total o las parciales que produzcan una variacin esencial de la composi-cin general exterior, la volumetra, o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos caractersticos del edificio.

    c) Obras que tengan el carcter de intervencin total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algn tipo de proteccin de carcter ambiental o histrico artstico, regulada a travs de norma legal o documento urbanstico y aquellas otras de carcter parcial que afecten a los elementos o partes objeto de proteccin.

    En su Art.12 El director de obra, establece las titulaciones de las obras del grupo b) entre las que se incluyen las rehabilitaciones:

    Cuando las obras a realizar tengan por objeto la construccin de las edificaciones indicadas en el grupo b) del apartado 1 del artculo 2, la titulacin habilitante, con carcter general, ser la de ingeniero, ingeniero tcnico o arquitecto y vendr deter-minada por las disposiciones legales vigentes para cada profesin, de acuerdo con sus especialidades y competencias especficas.

    En su Art. 13 El director de ejecucin de obra, establece las titulaciones para las obras del grupo b) que fueran dirigidas por arquitectos.

    Cuando las obras a realizar tengan por objeto la construccin de edificios para los usos indicados en el grupo a) del apartado 1 del artculo 2, la titulacin acadmica y profesional habilitante ser la de arquitecto tcnico. Ser sta, asimismo, la titulacin habilitante para las obras del grupo b) que fueran dirigidas por arquitectos.

    Es decir, que en las obras de rehabilitacin debera de existir director de obra y direc-tor de ejecucin de obra, obligatoriamente.

  • LOE. Obras que requieren proyecto y direccin de obra

    ORDENANZA AYTO MADRIDArt. 20.3 Art 42.5

    I.E.E. DESFAVORABLE PROYEC-TO

    DIREC-TOR DE OBRA

    DIREC-TOR EJE-CUCIN

    CERTI-FICADO FINAL DE OBRAS

    CERTIFICADO IDONEIDAD

    CIMENTACION Y ESTRUCTURAS

    Art .2.2-b) Art . 12 Art . 13-a) Art.6b) Ordenanza I.T.E. local

    FACHADA PROTEGIDA Art.2.2-c) Art . 12 Art . 13 Art.6b)Ordenanza I.T.E. local

    NO PROTEGIDA

    Art.6b)Ordenanza I.T.E. local

    CON AISLAMIENTO TERMICO

    Art .2.2-b) Art . 12 Art . 13 Art.6b)

    Ordenanza I.T.E. local

    CUBIERTASIN AISLAMIENTO TERMICO

    Art.6b)Ordenanza I.T.E. local

    CON AISLA-MIENTO TER-MICO

    Art .2.2 Art . 12 Art . 13 Art.6b)

    Ordenanza I.T.E. local

    INSTALA-CIONES

    FONTANERIA Art .2.2 Art . 12 Art . 13 Art.6b)Ordenanza I.T.E. local

    ELECTRICIDAD Art .2.2 Art . 12 Art . 13 Art.6b)Ordenanza I.T.E. local

    SANEAMIENTO Art .2.2 Art . 12 Art . 13 Art.6b)Ordenanza I.T.E. local

    CALEFACCIN Art .2.2 Art . 12 Art . 13 Art.6b)Ordenanza I.T.E. local

    ENERGIA SOLAR

    Art .2.2 Art . 12 Art . 13 Art.6b)Ordenanza I.T.E. local

    ACCESIBILI-DAD Art .2.2 Art . 12 Art . 13 Art.6b)

    Ordenanza I.T.E. local

  • 5.LA REHABILITACIN EN LOS EDIFICIOS

  • 45Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

    Para un anlisis ms completo ver Gua especfica GAT REH / 8 Las buenas prcticas: Madrid RENOVE y otras experiencias

    El objetivo inicial de cualquier intervencin en rehabilitacin, es la identificacin del tipo de carencias o deficiencias existentes.

    En el siguiente cuadro, se resumen los tres parmetros bsicos de anlisis que hay que tener presentes de acuerdo con la legislacin actual y el IEE, antes de abordar la rehabilitacin de una edificacin:

    Estado conservacin Condiciones accesibilidad

    Eficiencia energtica

    Cimentacin y estructura Comprobacin existencia de riesgo inminente, y planificacin de actuacin inmediata

    Existencia de ascensores, rampas u otros dispositivos para cumplir las condiciones de accesibilidad

    Posibilidad de mejorar la envolvente trmica del edificio para reducir su demanda

    Anlisis de la envolventeFachadas, medianeras, cubiertas, azoteas y soleras

    Existencia de elementos de informacin o de aviso que permitan la orientacin en el uso de escaleras y ascensores

    Posibilidad de tratamiento de huecos y carpinteras, colocacin de aislamiento y dispositivos bioclimticos

    Instalaciones.Anlisis de documentacin disponible de instalaciones comunes del edificio y de sus consumos anuales

    Comprobar la existencia de elementos accesibles de comunicacin entre la edificacin y el espacio exterior.

    Posibilidad de mejorar el nivel de acondicionamiento trmico existente para que suponga ahorro de energa primaria no renovable.

    El IEE va a ser a partir de ahora, el instrumento operativo que van a tener los arquitec-tos para diagnosticar el estado actual de una edificacin.

    Para el edificio se deber elaborar un IEE especfico, con una valoracin de las aque-llas soluciones tcnicas que mejoren las condiciones actuales, incluyendo a efectos de la determinacin del coste total de las obras, los honorarios de los profesionales inter-vinientes, redaccin de proyectos, informes, certificados, tramitacin administrativa, y otros gastos generales debidamente justificados.

    Para impulsar la implantacin del IEE, el Plan Estatal 2013-2016 establece una subven-cin, que cubrir parte de los gastos de los honorarios profesionales devengados por su emisin.

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    De las actuaciones posibles de rehabilitacin como resultado de la elaboracin de los IEE, destaca por su importancia arquitectnica, el tratamiento de la envolvente, que es donde confluyen la rehabilitacin constructiva y la rehabilitacin energtica ya mencionadas.

    Una gran parte de las patologas de la envolvente tienen su origen en humedades y filtraciones, que acaban generando patologas estructurales de mayor calado y alte-rando el sistema constructivo de la envolvente.

    Es en este tipo de patologas constructivas donde hay que intervenir en primer lugar, para recuperar las condiciones de salubridad, estabilidad y seguridad del edificio y es la envolvente, una de las principales partes de actuacin de la edificacin.

    Otra parte de las deficiencias, proviene del estado de sus instalaciones y de la nece-sidad de adaptarlas a las distintas normativas promulgadas desde su ejecucin inicial hasta ahora y especialmente aquellas ms relacionadas con el cumplimiento de las medidas de eficiencia energtica. Y finalmente otra de las carencias suele provenir de la falta de accesibilidad o de la insuficiencia en el cumplimiento de las medidas de seguridad contra incendios.

    Otros aspectos a destacar como actuaciones posibles de rehabilitacin, serian:

    Aquellos que inciden en la seguridad del edificio y de las personas: la cimentacin, estructura, proteccin contra incendios, sectorizacin.

    Los que inciden en la mejora de las condiciones de habitabilidad: aislamiento acstico, la implantacin de medidas de accesibilidad no solo ante minusvala en silla de ruedas, sino tambin por la edad de la poblacin cuya disminucin o discapacidad psicomotriz debe de ser atendida, proteccin ambiental y medidas de confort.

    La posible incidencia de las actuaciones previstas en la edificabilidad existente.

    Caso de ruina tcnica o econmica: En el momento de acometer una actuacin de rehabilitacin, en especial si es integral, y hay que elaborar el IEE; podra plantearse como opcin a la rehabilitacin, la demolicin previa del edificio, por encontrarse en ruina tcnica o econmica.

    Proceso unitario y completo para la rehabilitacin en los edificios

    El esquema siguiente refleja las actuaciones consecutivas y ordenadas, que intervie-nen en un proceso de rehabilitacin de un edificio.

  • 47Gua de Asistencia Tcnica para la rehabilitacin

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    El proceso de intervencin refleja el tratamiento unitario y completo de las diferentes actuaciones que comprende. Desde su inicio con la elaboracin de IEE, hasta su finali-zacin con la ejecucin de las obras de rehabilitacin, libro del edificio e inspecciones peridicas posteriores.

    El esquema elaborado permite un seguimiento interactivo del proceso en virtud de las condiciones especficas de cada encargo profesional.

    Cada paso o adecuacin contenidos en el proceso se vincula con la normativa princi-pal que lo regula.

    5.1 CIMENTACIN Y ESTRUCTURA

    5.1.1 PATOLOGAS EN CIMENTACIN Y ESTRUCTURA

    Existe una multitud de sistemas estructurales, en muchos casos combinados de forma mixta y que van a incidir fundamentalmente en la estabilidad del edificio. Muchas ve-ces generaran patologas derivadas a otros aspectos constructivos del edificio, aunque tambin es muy usual que la estructura del edificio se vea comprometida por acciones o deficiencias de otros sistemas del edificio, como la envolvente y las instalaciones.

    A la hora de redactar el Informe de Evaluacin de Edificios su revisin se debe llevar a cabo con el cometido de garantizar el estado de conservacin del edificio, tratndose de un aspecto de suma importancia. Esto se puede constatar a travs de las nume-rosas ordenanzas municipales que regulan la Inspeccin Tcnica de Edificios que, de forma mayoritaria, solicitan la certificacin del correcto estado de estabilidad estruc-tural de los edificios.

    La certificacin del estado de estabilidad del edificio no suele ser una ciencia que resulte fcil. Durante el proceso surgen dudas sobre los sntomas que avisan de la inestabilidad del edificio, estableciendo diferentes grados de actuacin, desde ms laxas y dilatadas en el tiempo, hasta medidas de urgencia pues el estado estructural del edificio entabla un grave e inminente riesgo para sus usuarios. Un aspecto impor-tante ser el valor absoluto y relativo de las patologas presentadas, fundamen-talmente manifestado en fisuras y grie-tas, aunque no siempre sern estos los indicios presentados. Otro aspecto que tambin suscitar reflexin, conocimien-to y experiencia en el anlisis patolgico estructural de los edificios ser el tiempo. Con cuanta rapidez han aparecid