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El Derecho a la Alimentación en México normativas, recomendaciones y desafíos para garantizarlo Ing. Vera Scholz Hoss Consultora FAO-IALCSH Ciudad de México, 22 de Marzo, 2012.

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El Derecho a la Alimentación en México

normativas, recomendaciones y desafíos para garantizarlo

Ing. Vera Scholz Hoss Consultora FAO-IALCSH

Ciudad de México, 22 de Marzo, 2012.

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Índice de temas

• Estado de la seguridad alimentaria en México

• Derecho a la Alimentación: obligaciones del Estado y del mundo empresarial.

• Comercio de alimentos basados en DDHH

• Recomendaciones del Relator Especial hacia México

• Nuevos desafíos: Reforma Constitucional, ley SAN, etc.

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¿Qué es la Seguridad Alimentaria?

.

El acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer las necesidades nutricionales de las personas y sus

preferencias alimentarias, a fin de llevar una vida activa y sana

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Distribución de carencia por acceso a la alimentación (2008)

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México: Porcentaje de hogares con inseguridad alimentaria grave en México (2008)

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Prevalencia de desnutrición crónica (< 5 años) por entidad federativa (2006)

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México: pobreza alimentaria

0,0

10,0

20,0

30,0

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50,0

60,0

1992 1994 1996 1998 2000 2002 2004 2005 2006 2008 2010

13,0 10,7

27,0

21,4

12,5 11,3 11,0

9,9 7,5

10,6 12,6

34,0 37,0

53,5 51,7

42,4

34,0

28,0 32,3

24,5

31,8 29,3

% d

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Evolución de la pobreza alimentaria nacional, 1992 a 2010 (% de personas)

Urbana Rural

Fuente: CONEVAL

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Contexto internacional actual

• Gran volatilidad de precios de los alimentos (vinculado a mercados energéticos, stocks internacionales, etc.).

• Concentración de los flujos comerciales.

• Agotamiento y revalorización de los recursos naturales agrícolas.

• Concentración económica y transnacionalización de la agroindustria. Creciente importancia de la función reguladora.

• Globalización y apropiación privada del conocimiento y la tecnología (semillas, agroquímicos y maquinaria agrícola).

• Creciente interrelación en los efectos ambientales: cambio climático.

• La emergencia de la seguridad alimentaria como un objetivo global.

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Derecho a la alimentación y seguridad alimentaria

EL derecho a la alimentación es el derecho de todos los individuos a disfrutar del acceso físico y económico a

una alimentación adecuada y los medios para obtenerla.

No padecer hambre es el mínimo nivel que debe estar garantizado dentro del derecho a la alimentación.

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Derecho a la alimentación y seguridad alimentaria

CARENCIA POR ACCESO A LA ALIMENTACÓN

La medida que refleja con precisión la existencia de limitaciones significativas en el ejercicio del derecho a la alimentación, se considera en situación de carencia por acceso a la alimentación a los hogares que:

“…presenten un grado de inseguridad alimentaria moderado o severo”.

El grado de inseguridad alimentaria refleja el proceso que comienza con la reducción en el consumo de calorías, primero entre adultos y luego entre niños.

Esta reducción es leve al comienzo, pero puede llevar al hambre.

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Derecho a la alimentación (DA)

• El DA establece obligaciones jurídicas, en concordancia con el amplio reconocimiento que se le asigna en los instrumentos internacionales de DDHH y en el ámbito nacional, algunos:

Nivel Internacional Nivel Nacional

DUDH (1948) Arts. 1, 4 y 27 constitucionales (2011)

PIDESC (1966) Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

Protocolo de San Salvador (1988) Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012

Observación General Nº12 (1999) Ley SAN del DF (2010)

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Derecho a la alimentación

• Los medios y los enfoques para aplicar el DA varía entre países.

• Cada Estado puede decidir su propio enfoque, pero el PIDESC especifica que cada Estado parte debe adoptar las medidas necesarias para garantizar que todas las personas estén libres del hambre y que puedan disfrutar lo más pronto posible del derecho a una alimentación adecuada.

Principio PROGRESIVIDAD

Principio MÁX. RECURSOS

DISPONIBLES

Garantizar: 1º Libre de Hambre

2º Disfrute pleno del DAA OBJETIVO

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DA: Obligaciones del Gobierno

Los gobiernos tienen tres tipos de obligaciones con relación a la realización de los DESC incluido el DA: respetar, proteger y cumplir.

significa garantizar que ninguna política pública, ley o acción interfiera en el disfrute de los derechos humanos de cada persona.

significa hacer cumplir las leyes y la política pública para evitar que terceras partes, individuos o corporaciones, priven a las personas de su acceso a los derechos humanos.

RESPETAR

PROTEGER

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DA: Obligaciones del Gobierno

incorpora tanto la obligación de facilitar como la de de suministrar.

Facilitar: significa que los Estados deben ser proactivos para reforzar el acceso de las personas a los recursos y a los medios de asegurar su medio de vida, y el derecho de usarlos

(Ej. ajuste del salario mínimo, sistemas de protección social).

Suministrar: cuando las personas no pueden, por razones que escapen de su control, ejercer el DA por los medios a su alcance.

(Ej. prestación de asistencia alimentaria bajo situación de emergencia o asistencia directa a víctimas de desastres).

CUMPLIR

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DA: Obligaciones del Gobierno

Están legalmente obligados a buscar la mejor manera de garantizar la seguridad alimentaria a toda su población, ya que el derecho a la alimentación adecuada sólo se hace efectivo (según la OG Nº12 del Comité DESC):

"cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea solo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla“

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DA: Obligaciones del Gobierno

• En reconocimiento de que los gobiernos pueden no contar con los medios para llevar a cabo inmediatamente los DESC de todos los ciudadanos, el PIDESC, está basado en el concepto de la “realización progresiva”.

• Esto crea obligaciones inmediatas y continuadas para los gobiernos, que deben proporcionar un marco legal e institucional que capacite para disfrutar de sus derechos a todas las personas dentro de su jurisdicción.

• Esto incluye el pleno cumplimiento de los DDHH mediante el diseño e implementación de programas dirigidos a grupos vulnerables que puedan necesitar asistencia para realizar sus derechos.

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¿Cuando se viola el derecho a la alimentación?

Las violaciones al derecho de alimentación pueden derivarse de las fallas de un Estado para cumplir con sus obligaciones. Esto puede ocurrir a través de:

• Acción directa (de un Estado o de otras entidades insuficientemente controladas por el Estado, por ej. las empresas), que conduce a la interferencia del disfrute del derecho; u

• Omisión de tomar medidas necesarias para controlar las obligaciones legales.

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DA: situación de las Empresas

• Es un hecho que las empresas tienen un control cada vez mayor en los sectores de la agroindustria, la alimentación y el abastecimiento de agua.

• La participación de empresas privadas en estos sectores puede mejorar la eficiencia, pero esta concentración de poder monopolístico supone también el peligro de que no se beneficien ni los pequeños productores, ni los consumidores.

• La privatización del abastecimiento del agua se ha llevado ya a cabo en diversas partes del mundo, incluido México.

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DA: situación de las Empresas

• Los datos recientes sobre la privatización del abastecimiento de agua indican que, aunque en algunos casos puede aumentar la eficiencia, a menudo entraña una subida de precios que los más pobres no pueden permitirse.

• Los más pobres sufren una doble discriminación, ya que el precio es más elevado en las comunidades más pobres y la calidad del agua se ha deteriorado rápidamente en las partes más marginales de la ciudad. La falta de una reglamentación efectiva suele producir resultados que no benefician a los más vulnerables y pobres.

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DA: situación de las Empresas

• Según la forma tradicional de aplicación de la normativa de DDHH, sólo se puede hacer responsable de violaciones de derechos humanos a un gobierno; todavía no se entiende bien cómo se puede exigir responsabilidad a una empresa por ese tipo de violaciones.

• No obstante, está evolucionando la situación por lo que respecta a los DDHH. Cada vez se comprende mejor que hay dos formas de exigir a las empresas que respeten los DDHH, indirectamente y directamente.

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DA: situación de las Empresas

• Indirectamente, puesto que los gobiernos tienen el deber de proteger a la población de los efectos negativos que las actividades de terceros puedan tener en el derecho a la alimentación, lo que significa que los gobiernos deben vigilar y regular las actividades de las empresas.

• Se puede también exigir responsabilidad a las empresas de manera directa, en forma de obligaciones directas de derechos humanos, instrumentos intergubernamentales y códigos de conducta voluntarios.

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Comercio de alimentos basados en DDHH

• Existe un marco de los derechos humanos que

ofrece una poderosa base para hacer políticas y leyes que mejoren el bienestar de las personas, y que las empresas debiesen incorporar.

• Seis son las dimensiones del marco que merece la pena destacar con relación a las reglas mundiales de comercio:

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Comercio de alimentos basados en DDHH

1. Los DDHH son universales, indivisibles e interdependientes.

2. Los DDHH son legalmente vinculantes en todos los Estados.

3. Los DDHH hacen hincapié en la igualdad y la no discriminación

4. Los DDHH consagran los principios de participación, responsabilidad y transparencia.

5. Los DDHH implican obligaciones internacionales y extraterritoriales.

6. Los DDHH no están asociados con un tipo concreto de sistema económico.

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Decisión adoptada por el G20 (2011)

• Bajo la actual situación de crisis alimentaria mundial, el G20 propone una idea innovadora:

transparentar el comercio de granos básicos con el fin de disminuir la creciente volatilidad de los precios de los alimentos.

• Los principios de DDHH más ligados a esta decisión son los de transparencia y el de obligaciones extraterritoriales.

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Transparentando Mercados Agrícolas

• Iniciativa del G-20 puesta en marcha en julio 2011 por los gobiernos.

• Proporciona un sistema de información sobre el mercado agrícola mundial abierto, cuya función principal es pronosticar las perspectivas del mercado a corto plazo para el trigo, el maíz, el arroz y la soja.

• La FAO alberga la Secretaría, que incluye el personal en comisión de servicio de Francia, el Banco Mundial y la OCDE.

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Objetivos

• Mejorar la información sobre los mercados agrícolas, sus análisis y previsiones, tanto a nivel nacional e internacional.

• Informar sobre condiciones anormales del mercado internacional, incluyendo sus debilidades estructurales, al tiempo que se fortalece la capacidad mundial de alerta temprana sobre estos movimientos.

• Recopilar y analizar información sobre políticas, promover el diálogo y las respuestas, y la coordinación de la política internacional.

• Fortalecer la capacidad de recopilación de datos en los países participantes (G-20).

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• La primera reunión de AMIS se llevó a cabo en septiembre 2011 en FAO-HQ, eligiendo a Francia como Presidente de la AMIS por un año y al Sr. Abbassian Abdolreza (FAO) como Secretario.

• Con respecto a México, sólo han nombrado a los representantes del Grupo de Información y el Foro de Respuesta Rápida.

• En la página web ya se dispone de información estadística sobre el comportamiento de los cereales: arroz, trigo y maíz.

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Órganos de coordinación y acción

• Secretaría: FAO, IFAD, PMA, OECD, BM, OMC, Grupo de Trabajo de Alto Nivel de las Naciones Unidas y UNCTAD. Ubicada en FAO-HQ, apoya todas las funciones del Foro y el Grupo de Información.

• Grupo de Información sobre el Mercado Mundial de Alimentos: Compuesto por representantes de todos los países de AMIS, especializados en producción, stock, comercio, utilización y precios (incluidos precios futuros).

• Foro de Respuesta Rápida: integrado por altos funcionarios de los países del G-20. Diseñado para promover la discusión ante condiciones anormales del mercado internacional, para fomentar la coordinación de las políticas y el desarrollo de estrategias comunes.

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Relator Especial sobre el DA: visita a México

• El Relator Especial, Olivier De Schutter, visitó en calidad de misión oficial el país en junio de 2011.

• El 6 de marzo 2012, presentó ante el Consejo de Derechos Humanos su informe sobre la situación del derecho a la alimentación en México.

• Una de las principales conclusiones fue:

“(…) en México coexisten diferentes modelos de agricultura y el desafío que enfrenta el país consiste en velar por la coexistencia de estos modelos mediante políticas que reduzcan la pobreza en las zonas rurales, donde vive el 23,2% de la población”.

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Recomendaciones del Relator hacia México

1) Velar por que sus políticas agrarias hagan una contribución más efectiva a la lucha contra la pobreza rural:

- Especificando en una ley los beneficiarios de todas las políticas y programas agrarios, a fin de aumentar la transparencia y la rendición de cuentas en la asignación de recursos;

- Reorientando una porción significativa del gasto público en agricultura hacia los pobres mediante programas específicos como el PESA.

- Asignando una porción mayor del gasto público en agricultura a los bienes públicos, incluido el acceso al crédito y a los servicios financieros, los servicios de extensión agrícola, el apoyo a las organizaciones y cooperativas, entre otros.

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Recomendaciones del Relator hacia México (2)

- Poniendo en marcha un programa conjunto de la SAGARPA y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales para desarrollar sistemas agrosilvicultura y técnicas de captación de agua pluvial (…) y los pagos de los servicios ecológicos para detener la erosión del suelo y la degradación, (entre otros) aumentando así la resilencia de los sistemas agrícolas al cambio climático.

2) Aumento de programas sociales en apoyo a las familias de bajos ingresos para alimentos basados en un enfoque de derechos.

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Recomendaciones del Relator hacia México (3)

3) Establecer un salario mínimo que garantice a los trabajadores un sueldo vital para mantenerse a sí mismos y a sus familias, (…) y profundice las iniciativas para mejorar la situación de jornaleros agrícolas y migrantes.

4) Lleve a cabo un examen exhaustivo de los procedimientos establecidos para asegurar los proyectos de desarrollo en gran escala cumplan las normas internacionales (…).

5) Encargue una evaluación independiente a la experiencia de las “ciudades rurales sustentables” antes de ampliar los proyectos en curso (…).

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Recomendaciones del Relator hacia México (4)

6) Revisar y fortalecer el acuerdo nacional de 2010 sobre la salud nutricional, estudiar la posibilidad de imponer impuestos para “comida chatarra” y refrescos, y de conceder subvenciones a las comunidades pobres para que puedan acceder al agua, frutas y verduras; y tenga en cuenta el efecto de las políticas agrarias y comerciales en las dietas de la población.

7) Encargar un análisis independiente del efecto ecológico, agronómico, social y económico de los cultivos GM con los cuales se esta experimentando en el territorio (…).

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Recomendaciones del Relator hacia México (5)

8) Adopte medidas para regular la concentración en el sector de las semillas y ayudar a pequeños agricultores a establecer bancos comunitarios de semillas mediante el fortalecimiento in situ de los programas de conservación de la diversidad del maíz, y aumentando la financiación de los programas descentralizados y participativos de cultivos de plantas y los bancos de semillas (…) a fin de aumentar la capacidad de los pequeños agricultores para adaptarse al cambio climático.

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Desafíos actuales para el Estado Mexicano

• Armonizar la legislación sectorial con respecto a la nueva enmienda Constitución y priorizar la garantía de los DDHH y el DA por sobre intereses privados.

• Desarrollar de forma participativa una Ley Marco Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

• Desarrollar una estrategia alimentaria nacional.

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Muchas gracias!!!

Ing. Vera Scholz Hoss

[email protected]