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Economía y Defensa de la competencia: una visión general La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia esencialmente económica, se nutre de la Economía, cuya perspectiva es fundamental para definir situaciones, cuantificar efectos, orientar y analizar casos que son objeto de estudio por las autoridades de defensa de la competen- cia. El artículo examina tres aspectos destacados de la PDC. En primer lugar, se analizan las rela- ciones entre competencia y economía en las escuelas de pensamiento más relevantes, el paradig- ma clásico, la escuela neo-clásica y la escuela austriaca. En segundo lugar, se exponen algunas de las aportaciones del análisis económico a la definición y orientación de la PDC. En tercer lugar, se reflexiona sobre la aplicación de varios conceptos económicos y técnicas de análisis al estudio de casos, un campo donde últimamente se están realizando interesantes contribuciones. «Lehiaren defentsarako politika (LDP), funtsean ekonomikoa den gaia, Ekonomiaz elikatzen da, ho- rren ikuspegia ezinbestekoa baita egoerak definitzeko, eraginak zenbatzeko eta lehiaren defentsara- ko agintariek ikerketarako helburu dituzten egoerak orientatu eta aztertzeko. Artikuluak aztertu egi- ten ditu lehiaren defentsarako politikaren garrantzitsuak diren hiru alderdi. Lehenbizi, lehia eta Ekonomiaren arteko harremanak aztertu egiten dira garrantzi handien duten pentsamendu-eskolen bitartez, paradigma klasikoa, eskola neoklasikoa eta Austriako eskola. Bigarrenez, azterketa ekono- mikoaren ekarpen batzuk LDPren definizio eta orientabidera azaldu egiten dira. Hirugarrenez, zen- bait ekonomia kontzeptu eta azterketa teknika batzuk egoerak aztertzeko aplikatzeari buruzko haus- narketa egiten da. Alor honetan ekarpen interesgarriak egiten ari dira aspaldion». The Antitrust policy, an essentially economic subject, lives on Economy, and its perspective is fundamental in order to define situations, to quantify effects, to guide and to analyze the cases that are subject of study by the Antitrust authorities. This article examines, first of all, the relationships between competence and economy within the schools of high outstanding thoughts, the classic paradigm, the neoclassic school and the Austrian school. Then, some results of the economic analyses are exposed to the definition and to the orientation of the Antitrust policy. Finally, some reflections are given about the application of different economic concepts and analysis techniques to case studies, a field where interesting contributions are made lately. 56 Ekonomiaz N. o 61, 1. er Cuatrimestre, 2006.

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Economía y Defensa de la competencia: una visión general

La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia esencialmente económica, se nutrede la Economía, cuya perspectiva es fundamental para definir situaciones, cuantificar efectos,orientar y analizar casos que son objeto de estudio por las autoridades de defensa de la competen-cia. El artículo examina tres aspectos destacados de la PDC. En primer lugar, se analizan las rela-ciones entre competencia y economía en las escuelas de pensamiento más relevantes, el paradig-ma clásico, la escuela neo-clásica y la escuela austriaca. En segundo lugar, se exponen algunasde las aportaciones del análisis económico a la definición y orientación de la PDC. En tercer lugar,se reflexiona sobre la aplicación de varios conceptos económicos y técnicas de análisis al estudiode casos, un campo donde últimamente se están realizando interesantes contribuciones.

«Lehiaren defentsarako politika (LDP), funtsean ekonomikoa den gaia, Ekonomiaz elikatzen da, ho-rren ikuspegia ezinbestekoa baita egoerak definitzeko, eraginak zenbatzeko eta lehiaren defentsara-ko agintariek ikerketarako helburu dituzten egoerak orientatu eta aztertzeko. Artikuluak aztertu egi-ten ditu lehiaren defentsarako politikaren garrantzitsuak diren hiru alderdi. Lehenbizi, lehia etaEkonomiaren arteko harremanak aztertu egiten dira garrantzi handien duten pentsamendu-eskolenbitartez, paradigma klasikoa, eskola neoklasikoa eta Austriako eskola. Bigarrenez, azterketa ekono-mikoaren ekarpen batzuk LDPren definizio eta orientabidera azaldu egiten dira. Hirugarrenez, zen-bait ekonomia kontzeptu eta azterketa teknika batzuk egoerak aztertzeko aplikatzeari buruzko haus-narketa egiten da. Alor honetan ekarpen interesgarriak egiten ari dira aspaldion».

The Antitrust policy, an essentially economic subject, lives on Economy, and its perspective isfundamental in order to define situations, to quantify effects, to guide and to analyze the cases thatare subject of study by the Antitrust authorities. This article examines, first of all, the relationshipsbetween competence and economy within the schools of high outstanding thoughts, the classicparadigm, the neoclassic school and the Austrian school. Then, some results of the economicanalyses are exposed to the definition and to the orientation of the Antitrust policy. Finally, somereflections are given about the application of different economic concepts and analysis techniquesto case studies, a field where interesting contributions are made lately.

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Fernando Varela Carid1

Tribunal Gallego de Defensa de la Competencia

ÍNDICE

1. Introducción2. Fundamentos económicos de la Política de Defensa de la competencia3. Análisis económico, definición y orientación de la Política de Defensa de la competencia4. Técnicas analíticas aplicadas al estudio de casos5. ConclusionesReferencias bibliográfícas

Palabras clave: competencia, eficiencia económica, política de competencia, mercado relevante, poder de mercado

N.º de clasificación JEL: D40, C10, L40

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Ekonomiaz N.o 61, 1.er Cuatrimestre, 2006.

1. INTRODUCCIÓN

En los últimos años se viene asistiendoa una creciente importancia de la Políticade Defensa de la competencia (PDC),con un reconocimiento cada vez mayorde su trascendencia y de la necesidad dedotar a esta política con medios institucio-nales, humanos y materiales de la mayorcalidad y alcance. Esta tendencia tienelugar no sólo en España, donde se estállevando a cabo una reforma de la normabásica de defensa de la competencia yuna notable descentralización al nivelautonómico, procesos ambos significati-vos a este respecto, sino también en laUnión Europea y en el resto de mundo.Hoy día, más de cien países han puesto en

marcha sistemas de defensa de la com-petencia y no pasa mucho tiempo sin quese escuche que un nuevo país desea in-corporarse a esa larga lista y crear suspropios órganos y normas de defensa dela competencia.

La clave de ese reconocimiento y de lacreciente ampliación de la esfera de in-fluencia de la PDC, hay que buscarla enla aplicación objetiva y transparente deunos principios claros de amparo y pro-tección de la competencia misma, que estanto como decir de amparo y proteccióndel correcto funcionamiento de los mer-cados, a medida que se han ido abando-nando otras motivaciones más relaciona-das con efectos políticos de mediano ocorto plazo, la protección de grupos eco-nómicos más o menos influyentes y otrospropósitos para los que la PDC no resultaeficaz, como puede suceder, por ejem-plo, con determinados objetivos de políti-ca industrial estratégica.

1 Vocal del Tribunal Gallego de Defensa de laCompetencia y técnico comercial y economista delEstado. Las opiniones vertidas en este trabajo sontotalmente personales y no pueden atribuirse en nin-gún caso al citado tribunal.

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Abandonado a sí mismo, el mercadopuede producir desigualdad, ineficienciae incluso un notable menoscabo de losvalores sociales más preciados. El poderpúblico debe intervenir para tratar demodificar esos resultados no deseados.La PDC no puede enfrentarse por sí solaa todos esos problemas, ni siquiera es laúnica medida de política económica parapromover la competencia, pero sí escierto que es una herramienta poderosapara mejorar la eficiencia económica yestimular un buen funcionamiento de losmercados si se aplica con criterios deindependencia, respeto a la legalidad yprotección de los intereses económicosgenerales.

No puede negarse que las decisionesque afectan a la competencia tienen im-portantes repercusiones políticas, por-que, como señala Fernández Ordóñez2,dan o quitan poder económico, que mu-chas veces es también la base del poderpolítico. Sin embargo, lo que se defiendeen este artículo es que la política de de-fensa de la competencia, continuará ga-nando reconocimiento social, arraigo en-tre los agentes económicos y resultadosapreciables en la medida en que centresus esfuerzos en la promoción objetiva eindependiente de la competencia en losmercados, con el propósito decidido delograr la máxima eficiencia económica, almargen de consideraciones políticas máso menos circunstanciales.

En este artículo se exploran de un modosucinto las relaciones entre Economía y laPDC, que son, naturalmente, muy estre-chas al ser esta última una política de

naturaleza esencialmente económica, pormás que en España esta materia se enfo-que casi siempre desde una perspectivajurídica.

La imbricación del análisis económico,en sus distintas facetas, y la PDC es ob-viamente enorme y son numerosos los as-pectos que podrían contemplarse al res-pecto. Un tratamiento detenido de cadauno de esos aspectos está fuera de la di-mensión y objetivos de este artículo. Loque se pretende aquí es ofrecer una pa-norámica de carácter introductorio delos tres campos principales en que seconcretan esas relaciones entre Econo-mía y PDC, que, en opinión del autor, son,en primer lugar, los fundamentos econó-micos de la PDC, en segundo lugar, lasaportaciones del análisis económico a ladefinición y orientación de la PDC, y entercer lugar, la aplicación de conceptoseconómicos y técnicas de análisis al estu-dio de casos prácticos relativos a la com-petencia.

El primero de esos asuntos, los funda-mentos económicos de la PDC remite, enmi opinión, a un estudio de las razoneseconómicas que subyacen en la aplica-ción de esa política, y a indagar por quées bueno proteger la competencia, lo cuala su vez nos lleva a un estudio de qué seentiende por competencia y qué papeldesempeña en las economías de mer-cado. Esto es precisamente lo que sehace, de modo necesariamente sucinto,en el apartado 2 de este artículo, dondese presenta una revisión del concepto decompetencia en las principales escuelasdel pensamiento económico. Del mismomodo, en el apartado 3, se avanzan algu-nas de las líneas principales en que secentran actualmente las aportaciones delanálisis económico a la definición y orien-

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2 Véase Fernández Ordoñez, M.A. (2000).

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Page 4: Economía y Defensa de la competencia: una visión …€¦ · Economía y Defensa de la competencia: una visión general La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia

tación de la PDC. En el apartado 4, se ha-cen algunos comentarios sobre la aplica-ción de varios conceptos y técnicas deanálisis económico al estudio de casos,un campo donde últimamente se estánrealizando interesantes contribuciones.Por último, en el apartado 5 se efectúanalgunas conclusiones a la luz de las con-sideraciones anteriores.

2. FUNDAMENTOS ECONÓMICOS DE LA POLÍTICA DE DEFENSA DELA COMPETENCIA

Existen sin duda múltiples motivacio-nes para aplicar una PDC, es decir, paraponer en marcha una actuación públicaorientada a defender y promover la com-petencia. En los orígenes más cercanosde esta política, la Sherman Act america-na, tantas veces invocada, fue la amena-za de los monopolios privados sobre elpoder democráticamente constituido, la ra-zón principal que motivó su inicio y aplica-ción durante muchos años. Lo mismo su-cedió en Alemania después de la II GuerraMundial, en que los grandes conglomera-dos industriales se consideraron comouno de los factores que había contribuidoal surgimiento del nazismo. La PDC enese país se instituyó con el objetivo, entreotros, de debilitar ese poder e impediruna acumulación económica excesiva enmanos privadas.

En la actualidad, sin embargo, la apli-cación de la PDC con una motivación po-lítica es cada vez menos frecuente, almenos de un modo declarado y abierta-mente público. Por ello, es convenienterevisar las bases económicas que justifi-can la aplicación de esta política, cuyoarraigo social depende crucialmente de

su aportación al mejor funcionamiento delos mercados y al bienestar económicocolectivo.

La PDC actúa a través del llamado siste-ma de defensa de la competencia, quecomprende un conjunto de normas, de ám-bito europeo y español en nuestro caso, devarias instituciones que se encargan de laaplicación de esas normas, de varios pro-cedimientos que dan seguridad jurídica yfacilitan su aplicación, y, finalmente, de loselementos jurídicos básicos contenidos enlas normas, particularmente, la determina-ción de las conductas que se consideranprohibidas junto con sus exenciones, y elrégimen sancionador.

Al hablar de la PDC, nos estamos refi-riendo por tanto, en primer lugar, a la re-presión y castigo de las conductas con-trarias a la competencia que, en el ámbitoespañol, son de tres tipos: los acuerdoscolusivos horizontales y verticales, el abu-so de la posición de dominio, y la compe-tencia desleal cuando hay afectación im-portante del interés público; en segundolugar, al control de las estructuras demercado a través de la autorización o node las operaciones de concentración, talescomo las fusiones y adquisiciones de em-presas; y en tercer lugar, al control de lasayudas públicas que puedan tener inci-dencia sobre el nivel general de compe-tencia en los mercados.

Un campo de actuación de la PDC deespecial importancia, particularmente rele-vante en el contexto de descentralizaciónque se está produciendo a escala autonó-mica, es la llamada política de advocacy,es decir, la promoción de la cultura de lacompetencia en la sociedad, la mejoradel conocimiento de los niveles de com-petencia en los diferentes sectores eco-

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nómicos, y la labor de asesoramiento alas autoridades públicas sobre normasque puedan tener efectos negativos so-bre la competencia, a fin de reducir suimpacto sobre ella.

Está claro que los esfuerzos públicosorganizados alrededor de la PDC debentener como objetivo la defensa y promo-ción de la competencia en los mercados.Ahora bien, la competencia no es un bienen sí mismo. Se debe amparar y promo-ver porque se presume que existe unavinculación positiva entre su estímulo ydefensa y algún objetivo deseable de ca-rácter social, económico o político. Es eneste terreno donde el análisis económicopuede ayudar de manera significativa.Como ya he señalado, en mi opinión, larazón fundamental del éxito de la PDC ysu creciente importancia es la vinculaciónentre competencia y eficiencia económica,entre competencia y bienestar social.

La fundamentación económica de laPDC debe encontrarse, por tanto, en esavinculación entre la práctica de la compe-tencia y la obtención de ciertos efectos oconsecuencias económicas positivas.Ello nos lleva al estudio de la competen-cia como actividad básica y fundamentalde las economías de mercado. Ese estu-dio puede efectuarse desde una tripleperspectiva. En primer lugar, mediante elexamen del concepto de competenciadesde el paradigma económico clásico,con la aportación relevante de Adam Smith;en segundo lugar, mediante la aportaciónmás exhaustiva y acabada de la escuelaneoclásica, a través de la caracterizaciónde la competencia como un mecanismo deasignación eficiente de recursos y, portanto, como instrumento para lograr unmayor bienestar económico; y en tercerlugar, mediante la consideración de la

competencia como factor dinámico claveen el proceso de destrucción creadoraseñalado por Schumpeter, en la línea deun pensamiento darwinista aplicado alámbito económico.

Se trata, sin duda, de una materia com-pleja en la cual existen opiniones no coin-cidentes entre las distintas escuelas.Como señala J. Stanley Metcalfe, a pesarde tratarse de un concepto ampliamentereconocido como uno de los más impor-tantes de la economía, no se ha podidopor el momento aclarar propiamente susignificado y existen notables divergen-cias respecto a su significado y su papelen las economías de mercado.

Tomando en cuenta las diversas apor-taciones, se pueden identificar dos plan-teamientos sustancialmente distintos queconfluyen en dos visiones diferentes de lacompetencia. Esas dos visiones son lasque girarían en torno a una tríada de dua-lismos que caracterizarían a la competen-cia de dos modos divergentes: equilibriofrente a proceso, intercambio frente a ri-validad, y comportamiento uniforme fren-te a comportamiento heterogéneo. Laprimera visión es de inspiración neoclá-sica, que aspira, conceptualmente ha-blando, a resolver el problema de la utili-zación de medios escasos susceptiblesde usos alternativos para la satisfacciónde necesidades humanas; mientras queel segundo se concentra en el análisis delcambio económico, partiendo de unaperspectiva esencialmente dinámica. Nose trata de dos visiones necesariamenteirreconciliables, aunque en la prácticahaya habido una distancia considerableentre ambas, con enfoques intermediosque buscan integrar las mejores aporta-ciones de cada una de ellas.

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2.1. Paradigma clásico y competencia

La idea de la competencia como fuerzaimpulsora de la economía encontró su pri-mera formulación en el pensamiento eco-nómico liberal de finales del siglo XVIII dela mano de los economistas clásicos, par-ticularmente de Adam Smith. En el para-digma clásico, la preocupación principalera el estudio de las razones económicasque explican la acumulación y a través deella el crecimiento sostenido de la econo-mía. Se trataba de encontrar las claves dela dinámica económica, entre las cuales,para la mayoría de los autores, la compe-tencia no jugaba un papel especialmenterelevante. Sin embargo, fue Adam Smithel primero en hablar de la «mano invisi-ble» del mercado, que es el mecanismoque subyace a la expresión «vicios priva-dos, públicas virtudes» tomada de la Fá-bula de las Abejas, de Mandeville3.

En el análisis de Smith encontramosya, presentadas de un modo genérico,las dos interpretaciones de la competen-cia que luego han tenido un desarrollomás detallado por tratadistas posteriores.Por una parte, la competencia se entien-de como un elemento coordinador de laactividad económica a través del cual seobtiene una asignación eficiente de losfactores productivos. Por otra parte, lacompetencia actúa como fuerza promoto-ra de la actividad económica, por mediode la división del trabajo ampliada.4

La función asignadora de recursos seproduce, según Smith, en primer lugar por-que la competencia hace que los precios

de mercado se aproximen a los preciosnaturales, y en segundo lugar, porque losprecios naturales resultan de un procesode competencia que genera una tasa debeneficio y unos salarios uniformes en losdistintos sectores económicos, de modoque los precios acaban alineándose conlos costes de producción.

Desde la perspectiva de la competen-cia como fuerza dinámica, y en aplica-ción del principio de la «mano invisible»,las empresas, en la búsqueda de su be-neficio particular, promueven el bienestarcolectivo luchando por conseguir mayo-res cuotas de mercado en competenciacon otras empresas, para lo cual debenofrecer productos y servicios de más cali-dad y mejores precios que sus competi-dores, reduciendo costes e introduciendomejoras técnicas y organizativas en elproceso productivo. Para los consumido-res esa competencia de las empresas re-sulta en menores precios, más calidad ymejores servicios. En última instancia, seproducen efectos dinámicos a través delos incentivos a la innovación y al desa-rrollo tecnológico.

Paradójicamente, fue también AdamSmith uno de los primeros en señalar quelos mercados por sí solos no alcanzaránun funcionamiento competitivo correcto,pues las empresas tienen claros incenti-vos para convertirse en monopolistas ollegar a acuerdos con otras empresas yasí alterar los precios o los niveles deproducción. Esas prácticas pueden y, enmuchos casos, consiguen alterar el fun-cionamiento de la «mano invisible» delmercado. Decía Smith que «cualquier po-lítica que tienda a aumentar el precio delmercado por encima del precio natural(que era el que se obtenía por el juego dela competencia), tiende a disminuir la ri-

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3 Curiosamente, Adam Smith rechazaba esa ex-presión por considerar que mezclaba de un modoconfuso vicios y virtudes.

4 Metcalfe (1998).

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Page 7: Economía y Defensa de la competencia: una visión …€¦ · Economía y Defensa de la competencia: una visión general La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia

queza pública» y «todos los monopolios yprivilegios exclusivos de las corporacio-nes, sean cuales fueren los fines benéfi-cos para los cuales fueron instituidos ori-ginariamente, tienen el mismo efectopernicioso que los impuestos sobre lasimportaciones y las exportaciones»5.

Tiene interés destacar que este mismoautor fue también el primero en constatarque «la gente de un mismo gremio raravez se reúne, aunque solo sea para suentretenimiento y diversión, sin que laconversación no termine en una conspira-ción contra el público o en algún tipo demedida para elevar los precios»6.

2.2. La competencia en la visiónneoclásica

Para la escuela neoclásica, que surgea mediados del XIX, el problema centralde la economía no es investigar las fuer-zas dinámicas que explican el desarrollo,sino conseguir una asignación adecuadade los recursos escasos disponibles parala sociedad en un momento dado. Aun-que luego se han incorporado diversoselementos analíticos que permiten consi-derar una perspectiva dinámica dentrode este enfoque de naturaleza estática,este punto de partida ha condicionado engran medida la evolución de esta escuelade pensamiento y de las propuestas queen su nombre todavía hoy se realizan.

La visión clásica y liberal de Adam Smithfue desarrollada por los economistas neo-clásicos en un marco teórico caracterizado

por el concepto de utilidad marginal y elprincipio de escasez donde los preciosestán determinados por el libre juego dela oferta y la demanda. Aplicando un aná-lisis de equilibrio parcial, es decir, referi-do a la actividad de los agentes econó-micos en mercados particulares, mástarde transformado en equilibrio generalmediante la agregación de los distintossectores, los economistas neoclásicos di-señaron el modelo de competencia per-fecta, el cual, bajo determinados supues-tos, permite maximizar el bienestar socialy alcanzar una asignación de recursoseficiente.

Ese modelo de competencia perfectaes una construcción puramente concep-tual con el que se consigue demostrarque la «mano invisible» del mercado con-sigue la eficiencia asignativa, la eficienciaproductiva y la eficiencia dinámica, ba-sándose en los presupuestos de compor-tamiento atomizado de los agentes eco-nómicos, en la libertad plena de entraday salida en cualquier nivel o tipo de activi-dad, y en un conocimiento perfecto delas condiciones de oferta y demanda encada mercado.

El estudio de las tres eficiencias men-cionadas se basa en la previa definicióndel excedente del consumidor y del ex-cedente del productor y en la compara-ción con el modelo de monopolio puro,también desarrollado por la escuela neo-clásica y que recoge el supuesto de unasola empresa que atiende todo el mer-cado.

Si toda la economía funcionase si-guiendo el modelo de competencia per-fecta, no sería necesaria la intervencióndel Estado y la PDC no existiría, pues ca-recería de utilidad. Obsérvese que esa

Fernando Varela Carid

5 Citado por Dobb, M., en Teoría del Valor y de laDistribución, Siglo XXI Editores.

6 Adam Smith, The Wealth of Nations. Citado porBarber, W. (1982).

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es, precisamente, la posición de fondo dela Escuela de Chicago que confía de talmodo en el buen funcionamiento de losmercados de manera espontánea que lle-ga a afirmar que, si efectivamente se ma-nifiestan distorsiones en ciertos sectores,es porque previamente el Estado ha inter-venido en ellos. El remedio consiste enevitar que la actuación pública se inmis-cuya en los mercados. Como señala elprofesor Segura, la consecuencia para laPDC es que ésta no es necesaria o esirrelevante dado que siempre puede sersustituida por una desregulación en pro-fundidad, en ausencia de barreras natu-rales, por lo demás poco frecuentes. Aúnen este último caso, en el supuesto de unmonopolio natural, basado en rendimien-tos crecientes, el poder de mercado po-dría ser anulado mediante una subastaperiódica por parte de los poderes públi-cos que asigne los derechos de modotemporal a una determinada empresa,para, de ese modo, revertir a la colectivi-dad los beneficios extraordinarios quepuedan generarse con esa actividad.

La escuela de Chicago, a pesar departir de posiciones maximalistas comolas expresadas, ha realizado contribucio-nes destacadas al análisis y la prácticade la PDC. Una de las aportaciones másimportantes de esta línea de pensamientoha sido la generalización del uso de losinstrumentos analíticos de la microecono-mía como base para el estudio de la PDCy los problemas económicos ligados aella, lo cual ha rendido importantes frutos.

Sin embargo, lo cierto es que los mer-cados no siempre se comportan deacuerdo al modelo de competencia per-fecta, por dos razones principales. Prime-ro, porque existen los llamados «fallos demercado» que son situaciones en las

cuales el mercado no puede asignar efi-cientemente el suministro de los bienes oservicios en esa actividad particular. Seincluyen aquí los bienes públicos, las ex-ternalidades y las economías de escala,entre otros7. La competencia no es la so-lución apropiada para corregir esos fallosde mercado. Son, por tanto, situacionesen las que no entra la PDC. Es la políticade regulación la que se ocupa de estosasuntos.

La segunda razón por la cual la realidadde los mercados es distinta de lo previstopor el modelo de competencia perfecta esque las empresas tratan de conseguir unpoder de mercado que les permita cargarprecios superiores a los que existirían ensituación de competencia. En este segun-do supuesto es donde la PDC encuentrasu justificación más completa. Se trataríade detectar esas conductas contrarias a lacompetencia y perseguirlas, velando porel mantenimiento de la competencia en to-dos los mercados.

En consecuencia, la labor de las autori-dades que se ocupan de la PDC sería asísencilla y clara, con una solución de mer-cado de referencia que permitiría compro-bar en cada caso si una conducta debeser reprobada o no, y con conocimiento dela estructura y organización de mercado

Economía y Defensa de la competencia: una visión general

7 Bienes públicos son aquellos en que el preciono permite la exclusión del consumo y que ademássi están disponibles para un consumidor lo estánpara todos los demás consumidores, como sucede,por ejemplo, con el sistema de carreteras de unpaís. En las externalidades, el precio no incorporalos efectos que se producen sobre otras empresaso individuos, como en el caso de las empresas con-taminantes. Cuando existen economías de escala,la demanda puede satisfacerse de una forma mu-cho más económica por una sola empresa, y portanto mejor en régimen de monopolio o cuasi mono-polio que en condiciones de competencia perfecta.Esto da lugar a los llamados monopolios naturales.

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a la cual se debería aspirar (aunque elmodelo de competencia perfecta no seconcibió con esa finalidad).

El problema, sin embargo, es más com-plejo, porque los supuestos en que sebasa el modelo de competencia perfectason altamente restrictivos y rara vez sedan en la práctica. Cuando se relajan esossupuestos, sucede con frecuencia que lamaximización del bienestar ya no se pue-de conseguir aumentando simplemente lacompetencia o el número de empresasque participan en el mercado, es decir,tratando de acercar la realidad al modelo.Se rompe, por lo tanto, la relación nítida ydirecta entre más competencia y bienes-tar establecida en el modelo de compe-tencia perfecta.

La teoría económica ha ido construyen-do nuevos modelos en los que se analizael comportamiento de los agentes econó-micos y los efectos sobre la asignaciónde recursos y el bienestar social conside-rando supuestos de partida distintos delos utilizados en el modelo de competen-cia perfecta. Esta evolución ha dado lu-gar a la llamada Economía Industrial yque podría denominarse de un modo qui-zá más exacto, como sugiere Cabral,Economía de los Mercados Imperfectos.

Dentro de ese campo de estudio, des-taca el paradigma de la Nueva EconomíaIndustrial Empírica, que como señala elprofesor Segura en otro artículo de estamisma revista, parte de una profundi-zación en el método analítico Estructura-Conducta-Resultados desarrollado porMason y Bain a mediados de la décadade los cincuenta del siglo pasado, y lacombinación de los elementos analíticostradicionales de la microeconomía con elempleo exhaustivo de la teoría de juegos

y las técnicas de análisis econométricas,lo que unido a un mayor disponibilidadde datos, ha permitido un avance consi-derable del cuerpo teórico y un acerca-miento a la realidad económica. Es inte-resante destacar que en esta línea depensamiento se incorporan también cier-tas aportaciones de la escuela austriacay de la concepción schumpeteriana de lacompetencia que presentamos breve-mente en el epígrafe siguiente, a través,como señala Cabral, de la consideraciónde la competencia potencial y la impor-tancia de los aspectos dinámicos.

La consecuencia práctica más relevan-te del surgimiento de esta línea de análi-sis para la PDC es que su aplicación sehace más compleja, pero también máspróxima a la realidad y probablementemás acertada. Mediante los nuevos desa-rrollos teóricos es posible iluminar aspec-tos antes no considerados o simplementetratados de un modo erróneo en el pa-sado.

2.3. Competencia dinámica ydarwinismo económico

En la actualidad, está cobrando fuerzacreciente una visión de la competenciabasada en la perspectiva dinámica, queretoma la preocupación clásica del estu-dio del cambio económico, frente al análi-sis de naturaleza básicamente estáticade la asignación eficiente de recursos.

Entre los economistas que han expre-sado de un modo más claro la naturalezadinámica de la actividad económica enlas economías capitalistas ha sido Schum-peter, quien afirmaba en 1942:

El punto esencial que hay que tomar enconsideración para entender el capitalismo

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es que se trata de un proceso en constanteevolución, y también: Por su naturaleza, elcapitalismo es una forma o método decambio, y en consecuencia nunca está, ynunca puede estar, en estado estaciona-rio8.

Es verdad que al expresar esa opinión,Schumpeter no hacía sino retomar unaidea considerablemente extendida entrelos economistas clásicos, pero él supo in-corporar a esa búsqueda de las razones ymecanismos del cambio económico laidea clave de la destrucción creadoracomo fuerza impulsora de importantestransformaciones en las economías demercado, y fue quizá el primero en señalarque el proceso de creación, desarrollo yextinción de las empresas es una de lasfuentes últimas de crecimiento económico.

En sus propias palabras:

La fuerza fundamental que pone en mar-cha y mantiene en movimiento la maquina-ria capitalista surge de los nuevos bienesde consumo, de los nuevos métodos deproducción y las nuevas formas de trans-porte, la apertura de nuevos mercados ylas nuevas formas organizativas que la em-presa capitalista crea de modo continuo. Yseñala: La apertura de nuevos mercados,tanto internacionales como internos, y eldesarrollo organizativo (…) reflejan el mis-mo proceso de mutación industrial (…) querevoluciona la estructura económica desdedentro incesantemente, destruyendo la an-tigua y creando otra nueva. Ese proceso dedestrucción creadora es el rasgo esencialdel capitalismo9.

Partiendo de esas aportaciones, se haido construyendo una concepción de lacompetencia basada en los tres rasgosapuntados al comienzo, que la definen

como un proceso dinámico de carácterendógeno que expresa la rivalidad o lu-cha de los distintos empresarios para in-tentar conseguir posiciones de ventaja enlos mercados, los cuales actúan de unmodo diferenciado, heterogéneo, y nouniforme, respecto a sus competidores.En palabras de Metcalfe, la competenciasería, de acuerdo a esta visión:

una sucesión de acontecimientos, un pro-ceso dinámico, un viaje de exploración enlo desconocido en el cual se van introdu-ciendo en los mercados de modo sucesivoproductos y procesos de producción supe-riores, al tiempo que los consumidores des-cubren quiénes y cómo consiguen satisfa-cer sus necesidades particulares.

Desde esta perspectiva, es posiblecontemplar la competencia como unafuerza que impulsa no sólo los procesosde innovación tecnológica y de produc-tos, sino también la selección natural, porasí decir, de las empresas, de maneraque las más eficientes permanecen en elmercado y se expanden, mientras quelas menos eficientes, aquellas que noson capaces de competir con ventaja su-ministrando productos o servicios demás calidad a precios competitivos, aca-ban desapareciendo del mercado. Setrata de un proceso de inspiración darwi-nista aplicado a lo económico, que con-tribuye de manera positiva al bienestargeneral a través de la renovación de lasempresas, que a su vez favorece el cre-cimiento de la productividad y la mejorade la competitividad general de la eco-nomía.

El aumento de la productividad en unsector es fruto no sólo de las mejoras queintroduzca internamente cada empresa,sino también de la desaparición de lasempresas menos eficientes que a su vez

Economía y Defensa de la competencia: una visión general

8 Joseph Schumpeter (1942), Capitalismo, Socia-lismo y Democracia, Harper and Row.

9 Idem nota anterior. El subrayado es mío.

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Page 11: Economía y Defensa de la competencia: una visión …€¦ · Economía y Defensa de la competencia: una visión general La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia

son sustituidas por nuevas empresas en-trantes10. Debe resaltarse a este respectoque el proceso de selección de las em-presas es considerablemente intenso, ypuede oscilar entre un 15 y un 25 porciento de rotación media anual en los dis-tintos sectores de una economía, lo queda idea de la importancia de este fenó-meno.

La competencia favorece además losprocesos dinámicos dentro de cada sec-tor, de modo que las empresas con ma-yor productividad se expanden y ganancuota de mercado, aumentando su tama-ño y, por tanto, mejorando en términos re-lativos la productividad media.

Es oportuno destacar también que, se-gún manifestaba el propio Schumpeter, laexistencia de poder de mercado es un in-centivo necesario para que las empresasse desarrollen y amplíen su presencia enlos mercados, aunque en un proceso deexpansión dinámico ese poder es nece-sariamente transitorio.

Podemos concluir este apartado de in-dagación de los fundamentos económicosde la PDC, señalando que existen razoneseconómicas sólidas que justifican plena-mente los esfuerzos orientados a protegery promover la competencia. Sin duda al-guna la competencia constituye un factoresencial para el correcto funcionamientode las economías de mercado. En primerlugar, siguiendo la explicación neoclásica

ortodoxa, porque permite una asignaciónde recursos más eficiente, a la vez que através de ella se alcanza un mayor bie-nestar económico general y se maximizala satisfacción de los consumidores. Y ensegundo lugar, desde una perspectiva di-námica, entendiendo la economía comoun proceso de transformación permanen-te, porque la competencia resulta esencialpara estimular la innovación, el desarrollotecnológico y los procesos de selecciónde las empresas más eficientes y másproductivas. El resultado final es que me-diante el estímulo de la competencia nosólo se alcanza un mayor bienestar socialen un momento económico determinadosino que además se refuerza la dinámicaempresarial, lo que permite alcanzar enúltima instancia una mayor productividady una mayor competitividad de la econo-mía.

3. ANÁLISIS ECONÓMICO, DEFINICIÓNY ORIENTACIÓN DE LA POLÍTICADE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Una vez establecida una base razona-ble para la actuación de la PDC, convie-ne exponer algunas ideas sobre las apor-taciones del análisis económico a ladefinición, orientación y desarrollo de laPDC, que han sido y continuarán siendoconsiderablemente destacadas por undoble motivo. Primero, por la naturalezaesencialmente económica de la PDC, ysegundo, por el desarrollo que está te-niendo la teoría económica en el ámbitode los mercados imperfectos, unido alcreciente interés de los economistas porlas cuestiones que atañen a la PDC, queva parejo al aumento de la importanciade esta actividad en las economías mo-dernas.

Fernando Varela Carid

10 Este enfoque está siendo objeto de una notableatención que se traduce en la realización de estu-dios empíricos que tratan de contrastar esta hipóte-sis schumpeteriana. Véase por ejemplo el interesan-te estudio de la OCDE «The Sources of EconomicGrowth in OCDE countries» (2003). En ese estudiose señala que el proceso de destrucción creadorapuede explicar entre un 20 y un 40 por ciento de lasmejoras de productividad sectorial.

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En lo que sigue, se analizan tres aspec-tos que en mi opinión son especialmentesignificativos respecto a esta contribucióndel análisis económico. El primero se re-fiere a la definición misma de la compe-tencia, el segundo, a la definición, desdela perspectiva económica, de la propiaPDC, y el tercero, a los objetivos quedebe perseguir la PDC.

3.1. Definición de competencia

Puesto que la PDC se refiere al amparoy promoción de la competencia convienesaber con exactitud a qué nos referimoscon ese término. En este sentido, cabeconsiderar cuatro acepciones distintas enel ámbito del análisis económico.

Una primera definición de competenciaes la que resulta del modelo de compe-tencia perfecta diseñado por la escuelaneoclásica. Se trata, como ya se ha di-cho, de un concepto restrictivo basadoen los diversos supuestos sobre el com-portamiento de los agentes de difícil reali-zación práctica. Sirve, no obstante, esemodelo como referencia o benchmarkpara juzgar la eficiencia económica demodelos alternativos.

Una segunda definición de competen-cia es la que se conoce como compe-tencia practicable, workable competitionen la terminología anglosajona, desarro-llado por J. M. Clark. Bajo esta perspecti-va, dado que es imposible o muy difícilalcanzar la competencia perfecta quepostula el análisis microeconómico, el ob-jetivo debe ser tratar de alcanzar la es-tructura de mercado más competitiva po-sible. Como señala Whish, ha sido difícildefinir con exactitud este concepto decompetencia practicable desde un punto

de vista teórico, pero ha permanecido elconcepto intuitivo y continúa siendo útil.El término aparece en diversos documen-tos de la Comisión Europea con un usoen ocasiones asimilado al de competen-cia efectiva.

Una tercera aproximación a la definiciónde competencia es la que deriva de la teo-ría de los mercados atacables (contesta-ble markets), elaborada por Baumol, Pan-zan y Willig en 1982. De acuerdo con estateoría, se producirá una asignación óptimade recursos de modo natural por parte delas empresas cuando en el mercado enque operan no existan barreras de entradao de salida, particularmente las referentesa costes no recuperables (sunk costs), ypor tanto que se trate de mercados ataca-bles. En un mercado perfectamente ataca-ble, es decir, en el que pueden entrar ysalir empresas sin coste alguno, no es ne-cesario que exista competencia perfectapara que se produzca una asignación derecursos eficientes. No se necesita tampo-co que operen en ese mercado un númeroelevado de empresas. Bastaría con unospocos competidores, uno o dos incluso,sujetos a la competencia potencial de nue-vos entrantes para que se produjera el re-sultado optimizador del bienestar quetienen los mercados de competenciaperfecta. Como indica Whish, quizá esasea la aportación más importante de esateoría, la posibilidad de demostrar que enciertos mercados sin barreras de entrada yde salida, la concurrencia de unas pocasempresas no necesariamente tiene queprovocar efectos adversos para la compe-tencia.

Finalmente, la expresión que está te-niendo hoy en día un uso más frecuente,desde el punto de vista práctico, es la decompetencia efectiva. Aunque esta ex-

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presión no tiene tras de sí la carga teóricade los conceptos anteriores, resulta par-ticularmente útil para referirse a la presióncompetitiva que, de un modo razonable,los competidores de hecho y los entran-tes potenciales junto a los consumidoresejercen en un mercado determinado. Eneste caso, el papel de las autoridades se-ría velar por el mantenimiento de esaspresiones competitivas en el mercado.

3.2. Definición de la PDC desde la perspectiva económica

A la vista de las consideraciones delos párrafos precedentes y de las conclu-siones del punto 2 anterior, se podríaavanzar una definición de la política dedefensa de la competencia desde unaperspectiva económica, aún con todaslas reservas que ello pueda suponer. Sepresentan a continuación dos definicio-nes de autores distintos, pero que coinci-den en sus aspectos más importantes.

Definir la PDC puede ser útil para iden-tificar con claridad cual es su ámbito deactuación y sus fines básicos desde laperspectiva económica, que pueden serdistintos de los que se le atribuyan desdeotras perspectivas, no necesariamente in-compatibles, pero que en todo caso de-berían explicitarse. De todas maneras,proponer una definición económica de laPDC no quiere decir que no se deban to-mar en cuenta otros aspectos tambiénimportantes en relación con esa política,solamente que aquí no se recogen y quenuestra atención se centra ahora en el es-tudio de las aportaciones de la economíaen este campo.

Motta (2005) nos ofrece la siguientedefinición de PDC, con una orientación

eminentemente práctica y que establececon claridad cuál debe ser el fin básicode esta política. Según este autor, la PDCes «el conjunto de normas y medidas depolítica económica que aseguran que lacompetencia en los mercados no se res-tringe de un modo tal que cause una re-ducción del bienestar económico»11 .

El aspecto más destacado de esta defi-nición es que sitúa el bienestar económi-co en el centro de la PDC y lo convierte enel objetivo a cuyo servicio debe estar esapolítica. Ahora bien, lo hace de un modopeculiar porque, según esa definición, lamisión de la PDC sería fundamentalmenteevitar que las conductas anticompetitivascausen un perjuicio al bienestar económi-co. La PDC tendría que centrarse, en con-secuencia, en la discriminación entre lasprácticas que, aún siendo restrictivas, noocasionen una reducción del bienestareconómico y aquellas que sí ocasionanesa reducción de bienestar y que, por lotanto, deben ser perseguidas.

Implícitamente, con esta definición sereconoce que existen ciertas conductasen el mercado que son restrictivas, perono por ello son perjudiciales desde elpunto de vista económico y por tantopueden consentirse. Esto supone una in-terpretación que va más allá del simplemodelo de competencia perfecta, en elque cualquier conducta restrictiva ocasio-na una pérdida de eficiencia económica.De este modo, el estudio de la PDC se ubi-ca, conceptualmente hablando, en la líneade análisis de la economía de los merca-dos imperfectos, es decir, en el terreno

Fernando Varela Carid

11 En el original inglés: «The set of policies andlaws which ensure that competition in the marketplace is not restricted in such a way as to reduceeconomic welfare». Motta (2005), página 30.

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propio de la Economía industrial, dondeya no existe una regla clara que nos per-mita decidir en todo caso cómo aumentarla competencia, sino que es necesarioexaminar las circunstancias que concu-rren en cada caso, y los efectos econó-micos que de ellas se derivan, para estaren condiciones de decidir lo más conve-niente.

No debe perderse de vista que la ex-presión bienestar económico remite a unsignificado económico preciso, en con-creto, la suma del bienestar existente encada sector de la economía, el cual seobtiene agregando el excedente del con-sumidor y del productor en cada uno deesos sectores. En última instancia, el bie-nestar en cada industria o sector se ob-tiene tomando en cuenta la aportación decada estado alternativo a la eficienciaasignativa, productiva y dinámica. Es estesignificado técnico preciso el que permiteutilizar esa definición como guía paraanalizar y valorar opciones de políticaeconómica alternativas o, por ejemplo,las distintas orientaciones de la PDC.

Una relajación de esa referencia tanprecisa de bienestar económico, proba-blemente haría que la definición anteriorfuese más adecuada para un uso prácti-co, pero está claro que perdería eficaciay concreción.

Cabe mencionar, por último, que estadefinición de la PDC atribuye un papelmás bien pasivo a la PDC, sin muchomargen para actividades de promociónproactiva de la competencia. Por ello, sepuede plantear una definición, no alterna-tiva, sino complementaria de ésta, que in-troduce matizaciones distintas respecto alos fines de la PDC y respecto al contextoen que debe operar esta política.

Ordover (1990) cita esta definición dePDC en su interesante trabajo sobre losfundamentos económicos de la políticade competencia, tomada de Vickers yHay. Señalan estos autores que: «la PDCdebe promover y mantener un procesode competencia efectiva a fin de conse-guir una asignación de recursos eficiente.»

Esta definición, aunque parecida a laanterior, manifiesta varias diferencias deinterés. La primera es que aquí sí apare-ce destacado el papel proactivo de laPDC, que debe «promover y mantener»la competencia en los mercados, que, enmi opinión, es más acorde con las res-ponsabilidades que progresivamente vanadquiriendo las instituciones que se dedi-can a la defensa de la competencia, y lacreciente importancia de la labor de ad-vocacy que parece necesario desarrollar.

Por otra parte, se contempla la compe-tencia como un proceso, con lo cual seda a entender que no estamos ante un fe-nómeno puramente estático, sino dinámi-co. Hay que suponer que para estos au-tores la asignación eficiente de recursossólo puede entenderse de manera com-pleta si se tiene en cuenta una perspecti-va de mediano y largo plazo y los efectosdinámicos de las distintas decisiones quepuedan tomarse, cuestión que está implí-cita en la definición de Motta al tomar enconsideración el bienestar económico deun modo general, pero a la cual no se ha-cía referencia clara como en este caso.

Otro aspecto interesante de esta defini-ción es que la competencia que debe pro-moverse y mantenerse es la competenciaefectiva, con lo cual, por una parte, se pro-pone un objetivo positivo para la PDC y,por otra, se resalta la idea de crear y man-tener una presión competitiva razonable

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por parte de los empresarios y consumi-dores que participan en los distintos mer-cados.

3.3. Orientación de la PDC

Un análisis atento de la relación entrepoder de mercado, por una parte, y elbienestar económico y las eficienciasasignativa, productiva y dinámica, porotra, como el que efectúa Motta en suobra Competition Policy. Theory andPractice, permiten extraer algunas con-clusiones interesantes sobre la orienta-ción de la PDC.

Una primera cuestión que es objeto dedebate con cierta frecuencia, es si la PDCdebe buscar el bienestar económico ge-neral o si, por el contrario, debe protegerde modo especial a los consumidores. Enotras palabras, se trataría de determinarsi en la aplicación de la PDC debe to-marse en cuenta sólo o preferentementela incidencia de las conductas anticom-petitivas sobre la eficiencia asignativa, ypor ello, sobre el excedente del consumi-dor, o si debería prestarse idéntica aten-ción a los efectos de esa conducta sobrelas eficiencias productivas y dinámicas,es decir, a la suma de los excedentes delconsumidor y el productor. Siguiendo elanálisis de Motta, se llega a la conclusiónde que el criterio de proteger sólo o pre-ferentemente a los consumidores es cla-ramente inferior al del bienestar general,desde la perspectiva del análisis de laeficiencia económica. En efecto, el exce-dente del consumidor no tiene en cuentalas ganancias de las empresas, lo cualpuede tener consecuencias económicasnegativas a medio y largo plazo, y ade-más, en esas circunstancias, se reduci-

rían los incentivos de las empresas parainnovar, invertir y crear nuevos productos.

Una segunda conclusión interesante esque la PDC debe ocuparse específica-mente de la generación y mantenimientode poder de mercado por parte de las em-presas, que se define como la capacidadpara elevar el precio por encima de los ni-veles que prevalecerían si existiese com-petencia en el mercado12. La razón de elloes que existe una relación directa y claraentre poder de mercado e ineficienciaasignativa. El análisis muestra, además,que la existencia de poder de mercadopuede provocar ineficiencias productivas ydinámicas, pero no siempre será así.

Esta preocupación por el poder de mer-cado conduce a la necesidad de definircon exactitud en qué consiste tal poder y,después, tratar de evaluarlo correctamentepara saber en qué grado lo ejercen lasempresas participantes en un mercadoconcreto ejercen ese poder de mercado.Un paso previo imprescindible para elanálisis del poder de mercado es la defini-ción del mercado relevante en el cual ac-túa la empresa o empresas que detentanese supuesto poder. Más adelante se ha-cen algunas observaciones sobre estosdos aspectos.

Un corolario de esta segunda conclusiónes que la PDC no debe intentar eliminar to-talmente el poder de mercado de las em-presas, pues no siempre es sinónimo deineficiencia económica. Puede suceder quela ineficiencia asignativa que se producecuando las empresas ejercen ese poder demercado se vea compensada por ganancias

Fernando Varela Carid

12 La referencia al precio incluye por extensióncualquier otra condición que afecte a la competen-cia, el nivel de producción, la calidad del productoo servicio, etc.

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en la eficiencia productiva y dinámica. Na-turalmente, debe comprobarse que el po-der de mercado ha sido ganado legítima-mente, sobre la base de una competenciabasada en el mérito, con lo cual no sóloconstituye una recompensa justa a los es-fuerzos del empresario, sino que es un in-centivo importante para la continuidad desu actividad innovadora e inversora13, loque contribuirá al proceso de eficienciaeconómica a medio y largo plazo, en líneacon lo defendido por Schumpeter.

En estos casos parece plenamente jus-tificado realizar un análisis detenido de losefectos económicos que puedan produ-cirse, como complemento ineludible a losdemás aspectos que se analicen, sea enel estudio de conductas o en el control deconcentraciones.

Desde esta perspectiva adquiere unaimportancia crucial la aplicación de la re-gla de razón, la rule of reason de la termi-nología anglosajona, por la cual los casosson analizados a la luz de las consecuen-cias que tienen para los demás producto-res, los consumidores y el bienestar social.De ahí que, por una parte, se asista a uninterés creciente por aplicar el análisiseconómico, cada vez con mayor detalle, alos casos prácticos y a los expedientes enmateria de defensa de la competencia; yque, por otra parte tienda a disminuir la re-levancia de los supuestos en que se consi-dera anticompetitiva una conducta per se,es decir que se rechaza sin atender a susconsecuencias sobre el mercado de re-ferencia o la eficiencia económica, sinopor la naturaleza misma de la trasgresión.

Una tercera conclusión que cabe ex-traer es que la PDC no debe centrarse en

proteger a los competidores, es decir, alas empresas que participan en el merca-do, sino que debe amparar la competen-cia misma, la competencia efectiva, encaso de seguir la definición de Ordover.La salida del mercado de empresas inefi-cientes aumenta la eficiencia económicay permite mejorar la productividad mediadel sector, tal como prevé la teoría y se-ñalan los estudios empíricos al respecto.Aunque a corto plazo no se observenconsecuencias negativas, la protecciónde las empresas ineficientes suele oca-sionar perjuicios a medio y largo plazo.Es cierto que la aplicación de la PDC conel objetivo de proteger ciertos gruposeconómicos, sean grandes o pequeñasempresas, es una tentación recurrenteque puede y debe ser evitada en la medi-da en que no está justificada por razonesde eficiencia económica y la PDC sea ca-paz de sustraerse a un influjo político nodeseado.

Cuestión aparte es que en determina-das circunstancias deba prevalecer unaopción concreta por razones de interésgeneral sobre los criterios económicosque inspiran la PDC. En ese caso, se tra-taría de una situación que va más allá delos objetivos de protección de la compe-tencia, que serían sustituidos por otros,cuya legitimidad debe valorarse desdeuna perspectiva más amplia, y que debenrecibir adecuada consideración, perosiempre fuera de las razones que debenfundamentar la actuación de la PDC.

En cuarto lugar, cabe efectuar una re-flexión sobre si la PDC debe tratar entodo caso de incrementar el número deempresas participantes cuando se pre-sentan problemas de competencia en unsector dado. El análisis económico per-mite concluir que no se debe aumentar

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13 Motta (2005) páginas 70 y 89.

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Page 17: Economía y Defensa de la competencia: una visión …€¦ · Economía y Defensa de la competencia: una visión general La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia

sistemáticamente el número de empre-sas al objeto de incrementar la compe-tencia. En la medida en que las em-presas del sector afectado operen concostes fijos, lo que puede ser una hipó-tesis plausible en numerosos casos, laexistencia de muchas empresas provocauna multiplicación de esos costes, loque conduce a una pérdida de eficien-cia productiva. Aunque la concurrenciade más empresas ocasiona gananciasen la eficiencia asignativa, no es seguroque el resultado sea positivo. El análisisde eficiencias, en la medida en que seapracticable, cobra sentido aquí de nuevo,pero, en todo caso, no puede afirmarsecon rotundidad ni, por tanto, aconsejar-se que el aumento del número de em-presas en un sector favorezca siempreel bienestar económico.

Resulta también oportuno reconocerque el mercado por si sólo no es capazde eliminar las consecuencias de unaconducta restrictiva por parte de las em-presas o del ejercicio abusivo del poderde mercado. Contrariamente a lo que su-pone la línea de pensamiento asociada ala escuela de Chicago, existen numero-sas circunstancias, más allá de la puraintervención pública en los mercados,que permiten generar y mantener poderde mercado, tales como la incidencia decostes no recuperables elevados, costesde cambio de suministrador, las externa-lidades de red, o la práctica de estra-tegias que intentan disuadir a posiblescompetidores que quieran entrar en elsector, como los precios predatorios, lanegativa de suministro, las ventas liga-das y otros. Se demuestra también quela conjetura de Coase, que supone queincluso un monopolista productor de bie-nes duraderos deberá fijar sus precios al

coste marginal, resulta inútil desde unpunto de vista práctico.

Un aspecto que está siendo objeto deuna atención creciente es la colusión táci-ta, que quizá debería llamarse con máspropiedad coordinación tácita, como indi-ca Ivaldi y otros (2003). El desarrollo de lateoría de juegos ha sido particularmentefructífero en esta área al demostrar quecuando los participantes en el mercadose enfrentan a decisiones repetidas ennumerosas ocasiones es altamente pro-bable que se alcancen soluciones idénti-cas a las de los acuerdos colusivos ex-plícitos. La Comisión ha declarado queestas prácticas colusivas tácitas caen den-tro de la aplicación del artículo 81, dentrode las llamadas «prácticas concertadas»,y también en España son perseguibles.Ahora bien, la dificultad estriba en de-mostrar que efectivamente responden auna voluntad de coludir. La aportacióndel análisis económico principal ha con-sistido en demostrar que puede habermanifestaciones similares a las que resul-tan de prácticas colusivas sin que me-dien las circunstancias que hacen posi-bles esos acuerdos.

Además, dada la dificultad prácticade probar la ilicitud de la colusión tácita,el interés se ha desplazado hacia la eli-minación de los factores o condicionesque favorecen la aparición de ese tipode prácticas. El trabajo citado de Vivaldiy otros (2003) muestra, por ejemplo, quela existencia de barreras de entrada, lafrecuencia de las interacciones entre lasempresas y la intensidad de la innova-ción favorecen decisivamente la posibleaparición de la colusión tácita. Esto esespecialmente relevante para el estudiode las operaciones de concentración, ala hora de decidir si se autoriza o no una

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Page 18: Economía y Defensa de la competencia: una visión …€¦ · Economía y Defensa de la competencia: una visión general La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia

determinada fusión. Otros factores quefavorecen la colusión tácita pero que asu vez se ven afectados por una fusiónprevista son el número de empresas par-ticipantes en el mercado, el grado deasimetría existente entre las empresas, ola existencia de acuerdos de coopera-ción previos o vínculos estructurales en-tre los participantes. El grado de trans-parencia prevalente en el mercado, ladiferenciación de productos, o las carac-terísticas de la demanda son tambiénfactores a tener en cuenta.

Conviene, por último, resaltar la impor-tancia de adoptar una perspectiva dinámi-ca no sólo a la hora de extraer conclusio-nes teóricas con sentido práctico, sinotambién en el momento de analizar lasconductas anticompetitivas o tomar deci-siones que afecten a la estructura de losmercados. Esto conduce, en la práctica,al estudio de la competencia potencial,que se efectúa mediante el análisis delcomportamiento de las posibles empresascompetidoras en el mercado. Con ello seevita, además, una excesiva atención so-bre los aspectos puramente estáticos.

Es cierto que la PDC puede tratar deconseguir otros objetivos económicosdistintos de los señalados, pero su justifi-cación en términos de eficiencia econó-mica resulta difícil. Esto no significa queno sean legítimos o que no pueda inten-tarse su consecución a través de la PDC.Como hemos visto, parece poco defendi-ble en términos de eficiencia económicaque la PDC anteponga el interés de losconsumidores sobre el bienestar general,excluyendo a los productores. La adop-ción de medidas que introduzca incenti-vos equivocados a los agentes econó-micos no puede tener mucho futuro enuna economía de mercado. Hemos visto

también que es preferible que la PDC secentre en la protección y estímulo de lacompetencia y no en la defensa de gru-pos de interés particulares, por ejemplode empresas grandes sobre las peque-ñas o viceversa. Otras orientaciones uobjetivos de la PDC que pueden ser obje-to de análisis desde una perspectiva eco-nómica son: el intento de promover la uni-dad de mercado, que es precisamenteuno de los objetivos declarados de laPDC en la UE; la protección de la libertadeconómica, como sucede, por ejemploen Alemania; combatir la inflación, objeti-vo utilizado ocasionalmente, o la promo-ción de la igualdad.

4. TÉCNICAS ANALÍTICAS APLICADASAL ESTUDIO DE CASOS

Una tercera área donde el análisis eco-nómico viene efectuando una aportaciónimportante a la PDC es en el estudio decasos para el análisis de conductas opara el control de concentraciones. Esun campo considerablemente trabajadodonde las líneas principales ya han sidoestablecidas hace tiempo, y sin embargo,en los últimos años se han producidocambios bastantes significativos. Losnuevos desarrollos se centran en la apli-cación de técnicas cuantitativas sofistica-das sobre conceptos económicos ya co-nocidos. Esa aplicación permite obtenerresultados más claros y delimitar de unmodo más eficiente los aspectos relevan-tes de los casos presentados para su de-cisión a los órganos ejecutivos de la PDC.Precisamente, para fortalecer esta líneade análisis, se ha creado en la Unión Eu-ropea la figura del economista jefe, auxi-liado por un equipo de expertos, que estaintegrado en la DG de Competencia.

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Además, merced a los resultados delanálisis teórico por una parte, y de laexperiencia acumulada por los órganosdecisorios de la PDC por otra, se vanintroduciendo cambios en la normativareguladora de la defensa de la compe-tencia y en las directrices o guías queinspiran su aplicación en determinadosámbitos de especial dificultad. Ejemplode esto último han sido las modificacio-nes introducidas en la regulación delcontrol de operaciones de concentra-ción con el cambio del criterio de eva-luación de la compatibilidad de las ope-raciones sujetas a control, al pasar deuna posición más preocupada por lacreación y mantenimiento de la posiciónde dominio hacia un criterio basado enel impacto sobre la competencia efecti-va, donde el análisis económico adquie-re un papel más relevante.

En la mayoría de los casos que seplantean en el ámbito de la PDC resultacrucial definir correctamente el mercadorelevante y determinar con la mayor exac-titud posible el poder de mercado quepueda tener una empresa o conjunto deempresas. Se debe probar primero queexiste capacidad para modificar las con-diciones de competencia, y luego anali-zar si se está ejerciendo o no ese poderde mercado de un modo abusivo. Ambosaspectos son cruciales para el análisis delas conductas supuestamente anticom-petitivas, y para determinar si se debe ono autorizar una operación de concentra-ción que altere la estructura de un merca-do. Ese estudio se debe complementarcon el análisis de la competencia dinámi-ca y el análisis de las eficiencias quepuedan derivarse de las conductas o pro-puestas de concentración objeto de con-sideración.

Para orientar, a efectos prácticos, elestudio de los aspectos indicados, sehan ido elaborando en los distintos paí-ses unas guías o directrices que facili-tan la labor de los órganos responsablesde la instrucción y resolución de los ex-pedientes y de las partes afectadas porla aplicación de las normas de defensade la competencia. En este sentido, laComisión Europea ha publicado variasguías de actuación, entre las que cabedestacar por su mayor relación con elcontenido de este apartado, las «Direc-trices sobre la evaluación de las concen-traciones horizontales» del año 2004, yla «Comunicación de la Comisión relati-va a la definición del mercado relevan-te» de 199714. En España, aparte de lanota «Elementos Esenciales del Análisisde Concentraciones Económicas» delServicio de Defensa de la Competencia,se ha publicado recientemente el estudiode Joan María Borrell, bajo el encargo delTribunal Catalán de Defensa de la Com-petencia, «Una Metodología para el estu-dio de la competencia en los mercados»,que no sólo constituye una encomiableiniciativa, sino que aporta una visión sin-tética y documentada de los pasos a darpara analizar los diversos aspectos antesapuntados y evaluar las posibles amena-zas a la competencia.

A continuación se analizan las dos áreasmás significativas del análisis de casos,en las cuales las aportaciones de la eco-nomía son más destacadas: la definicióndel mercado relevante y el estudio delpoder de mercado.

Fernando Varela Carid

14 Otras directrices de la Comisión son la «Comu-nicación sobre acuerdos de menor importancia»,del año 2001, o las «Directrices sobre restriccionesverticales», del año 2000.

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4.1. Definición del mercado relevante

El primer paso en el análisis de casosen materia de defensa de la competenciaes la definición del mercado relevante.A partir de esa definición se puede deter-minar si una empresa o conjunto de em-presas tiene o no poder de mercado y,por tanto, se estará en condiciones deanalizar si ese poder es excesivo o seestá ejerciendo de un modo abusivo.

La Comisión, en la Comunicación rela-tiva a la definición del mercado relevante,señala que:

el principal objetivo de la definición delmercado relevante es determinar de formasistemática las limitaciones que afrontan lasempresas afectadas desde el punto de vis-ta de la competencia. La definición delmercado, tanto desde el punto de vista deproducto como de su dimensión geográfi-ca, debe permitir identificar a aquelloscompetidores reales de las empresas afec-tadas que pueden limitar el comportamientode éstas o impedirles actuar con indepen-dencia de cualquier presión que resulta deuna competencia efectiva.

Como se ve, la Comisión mencionados tipos de mercado relevante, el quese refiere al producto y el que corres-ponde a una dimensión geográfica. Enocasiones, es necesario referirse tam-bién al mercado relevante temporal, si laoferta y demanda de un producto o ser-vicio tienen una plasmación estacional odepende críticamente de aspectos tem-porales.

Para determinar en la práctica el mer-cado relevante, en cualquiera de esas di-mensiones, se utiliza en Europa, al igualque en muchos países, la lógica implícitaen el test del monopolista hipotético, tam-bién llamado test de SSNIP (Small but

Significant and Non-Transitory Increase inPrice), cuyo empleo inicial partió deEEUU. Esta prueba consiste en analizar siresultaría lucrativo para una empresa, su-puestamente monopolista, elevar los pre-cios de su producto entre un 5 y un 10por ciento en el mercado que se preten-de definir. Si la respuesta es positiva, esdecir, que efectivamente el ingreso de laempresa aumenta al subir los precios enla proporción indicada, significa que noexiste competencia para el producto encuestión y, en consecuencia, ese produc-to constituye un mercado separado delos demás. En ese caso, el proceso deanálisis concluye. Por el contrario, si el in-greso se reduce al subir los precios,quiere decir que existen sustitutos próxi-mos del bien suministrado que formanparte del mismo mercado. En este caso,la prueba debe repetirse hasta encontrarel conjunto menor de bienes que cum-pla el requisito de proporcionar un au-mento del ingreso al supuesto monopolis-ta cuando sus precios suben en el nivelindicado.

Como es obvio, el resultado del testdepende de modo crítico de la elastici-dad de la demanda respecto al preciodel producto. Si la demanda es elástica,un incremento del precio ocasiona unacaída sustancial de la cantidad deman-dada, lo que llevará a un descenso del in-greso; mientras que si la demanda es rí-gida, esa misma subida del preciocausará una reducción menor de la de-manda, de modo que el aumento del in-greso derivado del incremento del preciocompensará esa caída y resultará unaganancia neta.

Dado que el test se basa en los pre-cios observados en el mercado, estaprueba debe aplicarse con precaución

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Page 21: Economía y Defensa de la competencia: una visión …€¦ · Economía y Defensa de la competencia: una visión general La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia

para no caer en la llamada «falacia delcelofán». Para ello, cuando se analice elcomportamiento de una empresa en posi-ción de dominio, se debería partir siem-pre de la comparación con los preciosque prevalecerían en una situación decompetencia y no los observados, quepodrían estar ya alterados por el ejerciciode esa posición de dominio.

El concepto clave asociado a la defini-ción de mercado relevante, y que subya-ce en la aplicación del test del monopolis-ta hipotético, es la intercambiabilidad osustituibilidad del producto o servicio su-ministrados por la empresa objeto de es-tudio con respecto a otros productoscompetidores ya en el mercado e inclu-so con otros que pudiesen ser fabricadospor oferentes potenciales. En la medidaen que los bienes suministrados por laempresa sean fácilmente sustituibles porlos de sus competidores, la capacidadde alterar la competencia por parte deesa empresa se verá francamente limita-da. La sustituibilidad debe analizarse enuna triple dimensión, por el lado de la de-manda, por el lado de la oferta, y final-mente, la sustituibilidad potencial, queevalúa la posible entrada en el sector delos oferentes potenciales.

En la práctica, el concepto de mercadorelevante se aplica a la mayoría de loscasos examinados con mayor o menorprecisión. En ocasiones el análisis es fun-damentalmente intuitivo y se basa en ele-mentos cualitativos. En otras, es necesa-rio el empleo de técnicas cuantitativassofisticadas que exigen no sólo abundan-cia de datos sino también especialistascapaces de aplicar esas técnicas. Comoseñala Whish, la definición exacta demercado relevante es muy difícil de lo-grar. La idea básica es sencilla, pero su

aplicación es compleja dado que puedeno haber datos suficientes, o los disponi-bles no ser del todo fiables o ser incom-pletos o deficientes, y además, en oca-siones, unos mismos datos pueden llevara interpretaciones contradictorias sobrela naturaleza del mercado considerado.

La definición específica de cada unode los tipos particulares de mercado rele-vante, de producto, geográfico o tempo-ral, exigen medios algo distintos en cadacaso. Sin embargo, el método básico escomún en los tres supuestos. Aparte dela aplicación de la lógica del test del mo-nopolista hipotético y del principio desustituibilidad antes comentados, el análi-sis se realiza primero sobre la base decriterios cualitativos y después, si es ne-cesario y factible, con el empleo de diver-sas técnicas cuantitativas. Entre los as-pectos cualitativos que son objeto deconsideración normalmente cabe citar: elanálisis de las características del produc-to y los usos para los cuales ha sido con-cebido; la posible existencia de diferen-ciación de productos en ese mercado; laincidencia posible de costes de cambiode los consumidores; y la posibilidad deque otros productores fabriquen ese mis-mo producto. Se incluye también en estegrupo de criterios cualitativos, la realiza-ción de encuestas a los consumidores y alas empresas participantes en el merca-do, para saber cuál sería su respuestaante cambios en el precio u otros aspec-tos determinantes de la oferta del produc-to analizado, así como los estudios demercado que haya disponibles.

Si se dispone de datos fiables y el per-sonal técnico adecuado, se podrán utili-zar algunas de las varias técnicas cuanti-tativas que vienen siendo de aplicaciónen estos casos. Las que tienen una utili-

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Page 22: Economía y Defensa de la competencia: una visión …€¦ · Economía y Defensa de la competencia: una visión general La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia

dad más directa para la definición delmercado relevante son la estimación dela elasticidad de la demanda respecto alprecio y la elasticidad cruzada, es decir,de la demanda propia respecto a varia-ciones en el precio de productos competi-dores, pero no siempre se pueden obtenerdatos fidedignos que permitan calcularestas variables.

En ese caso, se pueden emplear otrastécnicas de modo alternativo o comple-mentario, tales como: el estudio de la co-rrelación de precios; la cointegración mul-tivariante; los análisis de causalidad; elestudio de hechos pasados (análisis deeventos); y el análisis de la pérdida crítica(critical loss analysis)15. Todas estas téc-nicas permiten una aproximación indirec-ta, pero eficaz en muchos casos, a la de-finición del mercado relevante y estánsiendo objeto de una atención crecientepor las empresas y demás sectores pro-fesionales ligados a la defensa de la com-petencia.

4.2. Determinación y evaluación del poder de mercado

Desde un punto de vista estrictamenteeconómico, el poder de mercado se definecomo la capacidad de una empresa paramantener un precio de mercado por encimadel que prevalecería en condiciones decompetencia perfecta. Tal como hemos co-mentado en el apartado 3 de este artículo, lamera existencia de poder de mercado nodebería ser motivo de preocupación paralas autoridades de competencia. Si ese

poder de mercado se ha obtenido con unesfuerzo basado en el mérito y se ejercede un modo respetuoso con las normas decompetencia, puede ser beneficioso parala eficiencia económica y para el bienes-tar general. Sin embargo, cuando se so-brepasan esos límites y el poder de mer-cado se ejerce de un modo abusivo oinapropiado desde la perspectiva de lacompetencia, entonces se entra de llenoen el campo de aplicación de la PDC.

Por ello, es preciso efectuar un análi-sis cuidadoso del poder de mercado.Las cuestiones principales que convienedespejar partiendo del mercado relevan-te previamente definido, son las cuatrosiguientes. Primero, si la empresa o con-junto de empresas que son objeto de es-tudio tiene o no poder de mercado. Se-gundo, cómo se debe medir el poder demercado. Tercero, a partir de qué um-bral se debe considerar preocupante elpoder de mercado detentado por unaempresa determinada. Y cuarto, si la em-presa o conjunto de empresas está ejer-ciendo ese poder de mercado de unmodo indebido o si está en condicionesde ejercerlo16.

La respuesta a la primera cuestión esinmediata. Como indica Motta, todas lasempresas tienen algún poder de mercado,

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15 Véase una explicación sencilla de estas técnicasen Gutiérrez y Padilla (2005) y también en Dippon etal. (2005).

16 Que una empresa ejerza su poder de mercadode un modo indebido es relevante para determinarsi existe abuso de su posición de dominio o paravalorar si se ha incurrido en prácticas contrarias alas normas de competencia. La cuestión de si unaempresa puede ejercer poder de mercado es par-ticularmente importante en el estudio de operacio-nes de concentración. En este último caso, la cues-tión principal es determinar si la modificación de laestructura del mercado que se estudia puede oca-sionar una alteración significativa de la competenciaefectiva, en la que la creación y mantenimiento deuna posición de dominio, que deriva directamentedel poder de mercado, juega un papel destacado.

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Page 23: Economía y Defensa de la competencia: una visión …€¦ · Economía y Defensa de la competencia: una visión general La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia

pues sólo en el mundo puramente teóricode la competencia perfecta cabe imagi-nar empresas que no lo tengan.

La segunda cuestión, de indudable im-portancia, es cómo medir el poder merca-do, lo cual puede hacerse a través de tresenfoques distintos. El primero es un enfo-que teórico, de difícil aplicación práctica;el segundo es el enfoque que viene utili-zándose en la práctica desde hace tiem-po y que podría denominarse enfoquetradicional; en tercer lugar, estaría el en-foque basado en técnicas cuantitativasnovedosas, que amplía y complementa elenfoque tradicional.

Partiendo de la definición antes comen-tada, el poder de mercado vendría deter-minado por la diferencia entre el precio demercado efectivamente cargado por la em-presa y el coste marginal en que se incurri-ría para producir ese bien, dado que, encompetencia perfecta, el precio debe igua-larse al coste marginal y por tanto constitu-ye el elemento de referencia lógico. Cual-quier diferencia positiva entre el precio demercado y el coste marginal es un indica-dor claro de la capacidad real de las em-presas para actuar fuera del nivel de com-petencia. Esa es la base sobre la que seha construido el índice de Lerner, que sedefine como Li = (Pmi – Cmi)/Pmi, dondePm es el precio de mercado, y Cm el costemarginal.

Ahora bien, cuando se pretende utilizareste planteamiento para medir en la reali-dad el poder de mercado, surgen variasdificultades. Por una parte, es difícil obte-ner datos fiables de los costes margina-les. Esto ha llevado a emplear costes me-dios en su lugar, lo cual desvirtúa en ciertosentido este enfoque, y aún así no se des-peja del todo esa dificultad. Por otra parte,

si la empresa estudiada ya dispone de po-der de mercado en una medida relevante,probablemente estará produciendo concostes por encima del nivel óptimo, al in-currir en ineficiencias productivas, con locual el sobreprecio que se estimaría conel índice de Lerner estaría subestimandosu poder de mercado real.

Entraría en juego, entonces, el segun-do enfoque referido, que se basa en va-rios procedimientos indirectos para esti-mar el poder de mercado, y que es elque habitualmente se utiliza. El primerpaso sería medir el grado de concentra-ción que existe en el mercado relevante.Para ello se emplean diversos indicado-res, entre los que destaca la cuota demercado17 y el índice Herfindhal-Hirsch-man (IHH)18, que se define como la sumade los cuadrados de las cuotas de mer-cado de las empresas participantes en elmercado relevante. Otros indicadores se-rían el número de empresas participantesen el mercado de referencia y el númerode competidores que acumula una cuo-ta de mercado significativa.

Normalmente, se establecen umbralespara la cuota de mercado y el IHH a par-tir de los cuales se considera que existeun nivel de concentración preocupante.También existen umbrales para diversos

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17 La cuota de mercado es la parte del mercadorelevante que capta la empresa o conjunto de em-presas objeto de análisis. Normalmente se expresacomo un porcentaje del total y se calcula a partir dedatos del volumen o el valor de las ventas de la em-presa. También puede usarse para indicar la cuotade un grupo de empresas líderes. En este caso, laexpresión Si indica la cuota de las i empresas líde-res en el mercado. Por ejemplo, S3 = 65% indicaque las tres primeras empresas de ese mercadocaptan el 65 por ciento de la cuota total.

18 En términos matemáticos, IHHi = ∑Si2, donde Si

es la cuota de mercado de cada empresa partici-pante en el mercado. Su valor máximo es 10.000.

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Page 24: Economía y Defensa de la competencia: una visión …€¦ · Economía y Defensa de la competencia: una visión general La Política de Defensa de la competencia (PDC), una materia

propósitos, útiles en la aplicación de laPDC19. Por ejemplo, suele considerarseque existe una posición de dominio a losefectos del artículo 82 del Tratado deRoma cuando la cuota de mercado es su-perior al 40 por ciento. Por debajo del 30por ciento de la cuota del proveedor, seaplican las exenciones por categorías enlas restricciones verticales. Finalmente,por encima del 10 por ciento, los acuer-dos horizontales dejan de considerarse deminimis de acuerdo a las directrices de laComisión.

En todo caso, la utilización de la cuotade mercado y del IHH, aunque son indica-dores potentes, debe hacerse con cuidadoy siempre acompañada de la valoración deotros aspectos que son importantes a lahora de determinar el poder de mercado.Por eso es muy importante continuar la in-vestigación de la posición de dominio através del análisis de los competidores,de las barreras de entrada y salida en elmercado relevante, y del poder compen-satorio de la demanda que puedan tenerlos clientes y proveedores de la actividaden cuestión. El análisis de las barreras deentrada es especialmente interesante.Los tipos de barreras de entrada que sedeben considerar son: las legales; lasque derivan de la propia estructura delmercado, y que por tanto, no pueden sermodificadas fácilmente por las empresasparticipantes, tales como los costes norecuperables, los costes de cambio quetengan los consumidores, las externalida-des de red y la dificultad de acceso aciertos recursos esenciales; y, finalmente,las barreras derivadas del propio com-portamiento de las empresas, como son

los gastos en I+D o en publicidad, y lasprácticas de exclusión de competidores,como el uso de precios predatorios, ven-tas ligadas, o las prácticas de creaciónde una reputación de conducta agresivaante posibles intentos de acceso de nue-vos competidores.

Finalmente, el último enfoque posiblepara determinar el poder de mercado esel que se basa en el uso de técnicascuantitativas asociadas al empleo de laeconometría. Pueden mencionarse al res-pecto, la estimación de las elasticidadesde la demanda residual desarrollada porBaker y Bresnahan en 1985, y los mode-los de demanda basados en la técnica lo-git inicialmente ideada por McFadden en197320. La utilidad principal de estas dostécnicas es que permiten eludir los pro-blemas de dimensionalidad, derivados deuna excesiva acumulación de variablescuando se estudian, por ejemplo, merca-dos donde existe diferenciación de pro-ductos.

5. CONCLUSIONES

Hemos visto que la creciente importan-cia y éxito de la PDC radica en su aplica-ción imparcial e independiente, centradaen los objetivos de amparo y promociónde la competencia y orientada a la bús-queda del bienestar económico general yla eficiencia de los mercados. El manteni-miento de esa perspectiva en el futuroserá una garantía de que continuará elarraigo de esta política entre los agentes

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19 Véase por ejemplo una relación exhaustiva deumbrales de la cuota de mercado en Whish (2003).

20 Para una explicación detallada de estas dos técni-cas puede consultarse Motta (2005), páginas 124-134.La modelización logit es semejante a la regresión tra-dicional salvo que utiliza como función de estimaciónla función logística en vez de la lineal.

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económicos y se obtendrán los mejoresfrutos de su esfuerzo.

La PDC es una materia esencialmen-te económica y, por ello, el pensamientoeconómico ha efectuado y continuaráefectuando importantes aportaciones alfundamento de esa política, a su defini-ción y orientación, y al análisis de casosque son objeto de estudio por las autori-dades de defensa de la competencia. Enestos momentos, la línea de pensamientoque está realizando una aportación másdestacada a la PDC es la llamada NuevaEconomía Industrial Empírica, que analizasituaciones de competencia imperfectapartiendo del paradigma ECR y de lascontribuciones de la escuela neoclásica yde la teoría de juegos, con aspectos to-mados de una interpretación darwinistaaplicada a lo económico y la incorpora-ción de una perspectiva dinámica.

En lo referente a la definición y orienta-ción de la PDC es justo reconocer que lamotivación económica no es la única, niacaso deba ser la más importante enciertas ocasiones, pero es sin duda laque presta una mayor legitimidad y unmejor fundamento a esta política. El análi-sis del apartado 3 nos ha permitido defi-nir con más claridad la PDC y discriminarentre diversas orientaciones de esa políti-ca que son coherentes con la eficienciaeconómica, así como determinar con másexactitud el coste de oportunidad de diri-gir la PDC hacia objetivos distintos delbienestar económico general.

Se ha revisado también, de un modosomero, la aplicación de las técnicas mo-dernas derivadas del análisis económicoy la econometría al análisis de casos. Eneste sentido, hemos visto cómo el estudio

de los casos es cada vez más técnico ysofisticado, una tendencia que no harásino reforzarse en el futuro.

Para terminar, tres breves observacio-nes. En primer lugar, creo que es conve-niente tratar de definir siempre, del modomás claro posible, qué se persigue con laPDC, sean cuales sean los objetivos quese intenten conseguir. Ello añade mástransparencia a su aplicación y se puedevalorar mejor la racionalidad del esfuerzopúblico. Esto debe ir unido a una aplica-ción de esta política lo más independien-te posible y a una actuación imparcial porparte de los órganos ejecutivos de laPDC.

En segundo lugar, dada la complejidadcreciente del análisis de casos, debería ha-cerse un esfuerzo para dotar a los órganoscentrales y autonómicos encargados de laaplicación de la PDC en España de los me-jores medios técnicos, humanos y materia-les para afrontar el reto de la incorporaciónde esas nuevas técnicas y procedimientosanalíticos. En lo referente a los órganos au-tonómicos, estamos asistiendo a una faseinicial de su puesta en marcha, lo que de-bería aprovecharse para proveerlos de me-dios en la línea indicada. Respecto a los ór-ganos centrales, el proyecto de ley dereforma de la LDC es una excelente opor-tunidad en este sentido.

Por último, creo que sería convenientetratar de estimular nuevas iniciativas queanalicen la PDC desde una perspectivaeconómica. Esto es especialmente nece-sario en España, donde el enfoque pre-dominante es el jurídico y no parece quese preste, por el momento, una atenciónespecialmente destacada a los aspectoseconómicos de esta política.

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