comercial i unidad

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CRITERIOS BÁSICOS DEL CI: 1.Las ventajas y la especialización para comerciar: Esta referida a las diferencias y ventajas que tienen los países para producir determinados bienes y servicios, 2. La Interdependencia: Es decir la dependencia con otros países cada vez mas crecientes 3. Equilibrio de las Balanzas de Pago (BP): El afán explicable de todos los países del mundo en establecer un fluido intercambio que mantenga el equilibrio de sus balanzas de pago. BP: instrumento que permite analizar el sector externo de la economía nacional y estudia fundamentalmente el flujo y las transacciones de un determinado país. se divide en dos grandes epígrafes: a) B. de Operaciones Corrientes: (cuenta corriente) se registran en cifras brutas los créditos y débitos de bienes, servicios, renta y transferencias unilaterales. tiene a su vez tres posiciones: -B. Comercial o mercancías: comprende las operaciones de exportaciones e importaciones de bienes. -B de servicios: Registra los embarques, fletes, seguros y otros servicios de distribución de las mercancías. –B de transferencias unilaterales: registra las transacciones de propiedad de recursos privados u oficiales, sean voluntarios u obligatorios. b) B de Capitales: Comprende todas las transacciones de activos y pasivos financieros que sobre el exterior efectúa el país. Se sub- dividide: -Capitales privados y públicos: considera la inversión directa (transacciones de capital entre empresas), la inversión de cartera (inversiones en bonos y acciones) y otros capitales (activos financieros no enumerados) - Reservas.- Son los activos (como ser créditos del FMI u otras entidades financieras internacionales) que están disponibles para ser utilizados en cualquier momento por el gobierno. También se consideran dentro de este rubro las reservas en oro, las divisas. POLITICA DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES: conjunto de políticas fiscales, financieras, monetarias e industriales que establece un Estado tendente a incentivar el aparato productivo para penetrar en nuevos mercados a provechando sus ventajas en mano de obra, disponibilidad de materias primas o habilidad y conocimiento tecnológico en las cuales deben participar las empresas para adquirir nuevas técnicas de comercialización, a fin de que encaren el negocio exportador como una actividad principal y no subsidiaria. CIRCULACION DE MERCANCÍAS EN SISTEMAS JURIDICOS DISTINTOS: -Limitación de los sistemas jurídicos distintos: Todo estado soberano posee autoridad suprema sobre las personas y actos que vivan y actúen dentro de su territorio. Impone reglas de todo tipo y para todas las actividades, todo ello en mérito a su soberanía, que es en definitiva, la capacidad, tanto jurídica como real, de decidir de manera definitiva y eficaz en todo el acontecer económico-social del territorio. -Limitaciones impuestas por la comunidad jurídica internacional.- Dichas restricciones son normas externas consensuales que limitan la acción de un Estado. Entonces, las empresas se enfrentan no sólo a regímenes jurídicos diferentes sino a disposiciones de ciertos organismos internacionales. Son resoluciones emanadas de una vasta gama de instituciones internacionales, que atañen a las relaciones comerciales afectando así la acción de las unidades productivas. Las principales entidades son: PROCESO DE UNA OPERACION COMERCIAL INTERNACIONAL: Proceso simple de exportación y factores que entran en juego: a)La mercancía debe ser trasladada de un país a otro lo que infiere: un embalaje, un contrato de transporte internacional y un seguro elegible por las partes. b)Como generalmente las partes no se conocen o desconfían, ambas partes buscan a un tercero que es el banco para que otorgue credibilidad y sea el canal por el que circulen los medios de pago internacionales. c)El exportador entrega la mercadería en un puerto o aeropuerto de su país, recibiendo del transportista un documento que acredita la recepción de la mercancía en las condiciones que convino con el comprador. d) La mercancía tiene tres elementos: el aspecto físico, el envase y la marca o nombre. Los dos primeros son de interés de la Mercadotecnia para hacer accesible al producto. El último, la marca o nombre, es objeto del derecho. e)Cualquier operación comercial internacional, aún aquella minuciosamente detallada, está sujeta a una serie de contingencias, que se van presentando durante su ejecución, como entrega del número exacto de unidades, el plazo, los intereses, la oportunidad en el pago. Cuando las relaciones comerciales van más allá del traslado de mercancías y buscan radicarse o asociarse con el capital de otro país, utilizando zonas francas o contratos de Joint ventures, la estrategia jurídica se hace más compleja, suscitando una serie de problemas que pueden resumirse en tres cuestiones: La estructura legal de la empresa nacional en el país: La selección o análisis de la organización jurídica que va a internacionalizarse y que puede ser desde una E.I.R.L., la empresa de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y aún una cooperativa. Según la estructura legal se encontrará obligada a determinadas situaciones como el control público, la publicación de balances, los impuestos que la afecten, la posibilidad de contratar prestamos del extranjero, la facilidad de transferir los títulos de propiedad, la facilidad para efectuar fusiones, etc. - Estructura legal de la unidad operativa en el extranjero: En este caso hay dos situaciones: - Trabajar en el extranjero con una subsidiaria propiedad de la empresa nacional; tiene evidentemente grandes ventajas respecto de la rapidez de las decisiones, el conocimiento del mercado, etc. Sin embargo, representa un costo muy alto ya que la empresa nacional tiene que invertir en infraestructura de su subsidiaria o filial en el extranjero. - Trabajar en el extranjero con una empresa asociada no propiedad de la empresa nacional; en este caso las ventajas pueden ser: contar con los servicios de mas de una empresa extranjera para explotar el mercado elegido y obviamente el costo operativo será menor que en el anterior costo, por que la empresa asociada en el extranjero ya se encontrará constituida y conocerá su mercado. c) Naturaleza jurídica de las relaciones entre ambas: Las relaciones contractuales entre la empresa nacional y la empresa asociada revisten varias modalidades. En este caso se precisa para mantener la permanencia de tales relaciones fijar los canales de distribución, la forma de producción, el volumen de las ventas, políticas de descuentos, el régimen de marcas, las necesidades financieras, el tipo de control, facultades para establecer sucursales, etc. POCISIONES DOCTRINARIAS Y CONEXION JURIDICA: La doctrina internacional oscila entre el Derecho Internacional Privado y el Derecho de Comercio Internacional, como las dos ramas dentro de las cuales viven los contratos internacionales. La primera se basa en los viejos y aún fundados criterios de que al final de toda obligación contractual lo que queda en discusión es la ley aplicable. La segunda estima que el creciente florecimiento del comercio mundial ha establecido un conjunto de usos y costumbres que han superado los pequeños espacios de la jurisdicción nacional 1.Conexión con el Derecho Internacional Privado.- la misión del Derecho Internacional Privado: Frente a una relación internacional determinar la ley en el espacio más conforme a su naturaleza. El elemento de vinculación capaz de ligar el contrato a un determinado sistema jurídico es relevante. Así el lugar de celebración del contrato, el lugar de su cumplimiento contractual, la nacionalidad o el domicilio de los estipulantes son los aspectos que lo encuadran dentro de esta rama. 2.Conexión con el Derecho de Comercio Internacional.- El fundamento de ésta conexión está basado sustancialmente en que siendo el contrato internacional una figura que rebasa cualquier jurisdicción nacional y, por lo tanto, con autonomía, se requiere una especialidad acorde con ese espacio internacional. Otro de los argumentos más importantes, es que los usos y costumbres internacionales han sido, desde los inicios del comercio, considerados como normas de práctica e invocación constante. 3. Conexión con el Derecho de los Contratos. Para explicar la conexión del contrato internacional dentro de la teoría general del contrato, debemos hacer alusión a tres cuestiones básicas: 1. Con relación a la estructura, la doctrina concibe los contratos como el acuerdo de voluntades destinado a producir efectos prácticos tutelados por el derecho. Hay dos expresiones: la voluntad y la declaración; la primera es la esencia misma del negocio, y la segunda es la forma de manifestarse. 2. Referente a la Función, la teoría contractual insiste en que no todo acto de voluntad significa negocio, sino aquel que corresponde a una causa adecuada. Los contratos internacionales se formalizan porque siempre tienen una causa, un motivo, es el propósito de reventa, el ánimo de lucrar. De tal manera, que si hay un acto de voluntad de transferir una mercancía sin esa causa, podrá ser un negocio pero no un contrato internacional, por lo que el contrato es un negocio causado o movido por la reventa. 3. En cuanto a la eficacia, está referido a los elementos y consideraciones necesarias para que el acuerdo de voluntades sea viable. Así los contratos internacionales trascienden y se realizan por la posibilidad legal que le permite la norma legal donde se celebra o se ejecuta. LA AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD: Por la voluntad de las partes se inicia una negociación y luego se establecen obligaciones y derechos en un contrato. Así, se dan dos posiciones: la primera, que reserva a la voluntad de las partes la plena y absoluta decisión de formular un contrato internacional con vida aislada de cualquier norma o ley de una soberanía determinada o bien eligiendo la ley que más les convenga, excluyendo así, a los contratos internacionales del conflicto de leyes; la segunda posición reconoce que todo contrato tiene una ley y una norma de las que parte, no pudendo existir una obligación internacional que no esté ligada a un determinado sistema jurídico. -La Supremacía de la Autonomía de la Voluntad.- Según el liberalismo económico, sostiene que si son las partes las que ponen en riesgo sus recursos e inversiones, son ellas las que libremente pueden pactar en un contrato internacional, sin más límite que el orden público internacional, el respeto a los valores nacionales y la moral pública. Así sus argumentos son: a)El principio de la autonomía de la voluntad se basa en un derecho inherente a la propia naturaleza humana. Es decir, las partes pueden escoger la ley del contrato por que son libres y en consecuencia pueden escoger de diferentes medios o reglas, todos aquellos que concuerden con sus fines. b)La supremacía de la Autonomía de la voluntad se basa en el derecho de la libre contratación dispuesto por cada régimen jurídico nacional. La totalidad del derecho positivo latinoamericano establece que las personas tienen derecho de libre contratación. c) El principio de la supremacía de la autonomía de la voluntad, se basa en el beneficio que le reporta el comercio internacional. Señala que el comercio internacional tiene una serie de características, exigencias y manifestaciones que son totalmente desconocidas por las leyes nacionales. LA LIBERTAD DE CONTRATACION: Las partes gozan de libertad de contratación porque así lo faculta la ley. Los contratos internacionales no tienen una ley supranacional. El principio de la libertad de contratación posibilita que las partes hagan uso de un derecho que la propia sociedad, que la propia comunidad se lo ha otorgado. Esa libertad, como cualquier otra, está limitada. La facultad de consentir o no, tiene márgenes en el régimen jurídico nacional; incluso el contenido y los efectos del contrato, ya que los sujetos no pueden derogar en sus cláusulas las leyes obligatorias en razón del orden público y las buenas costumbres. Semejanzas: -La libertad de contratar y el principio de la autonomía de la voluntad tienen en común que ambos parten del reconocimiento a la libertad irrestricta de los sujetos para ponerse de acuerdo, es decir, para plantear y delinear un negocio. Diferencias: El principio de la autonomía de la voluntad se extiende sin límite al contenido y configuración del contrato, incluso a la selección de la ley o de ninguna; en cambio el principio de la libertad de contratar parte de la evidencia de que los sujetos pueden elaborar o construir un contrato dentro de los límites que permite la ley, no solo el orden público y las buenas costumbres, que de alguna manera son fronteras al ejercicio de la libertad, sino a determinadas condiciones. SUBSIDIOS A LAS EXPORTACIONES: Son determinadas ayudas que se dan a los industriales nacionales de determinados productos para que puedan exportarlos a precios menores y más competitivos. Modalidades: a) Subsidios cambiarios, así como los sistemas de cambio múltiple o asignación de divisas; b) Subsidios financieros, así como créditos concesionales otorgados por intermediarios financieros oficiales o tasas de interés diferenciales; organismos oficiales que otorguen seguros de crédito a las exportaciones. c) Subsidios tributarios; así como la exoneración, devolución o aplazamiento total o parcial de impuestos directos, contribuciones a la seguridad social, etc. d) Subsidios fiscales no tributarios; como transferencia de fondos mediante donaciones o aportes de capital, o aportes de bienes y servicios a precios inferiores a los del mercado; y e) Subsidios derivados de los Regímenes aduaneros; como exoneración, devolución o aplazamiento total o parcial de gravámenes a la importación de materias primas, insumos y bienes intermedios, maquinaria y equipos que formen parte de las mercancías de exportación o intervengan en su proceso de producción o distribución. DUMPING: Es toda práctica comercial que permite la introducción de los productos de un País en el mercado de otro país a un precio inferior a su valor normal. Se entiende que el precio no es normal cuando: a)Es menor que el precio comparable, en operaciones comerciales normales, de un producto similar destinado al consumo en el país exportador; o b)Es menor que el precio comparable más alto para la exportación de un producto similar a un tercer país; o, c)Es menor que el costo de producción de este producto en el país de origen, más un margen adicional que cubra razonablemente los gastos de venta y los correspondientes beneficios del exportador.Se distinguen tres tipos de dumping: a) Dumping persistente, surge de la búsqueda de maximización de utilidades por parte de un monopolista extranjero que - al darse cuenta que los mercados local y mundial se encuentran desconectados por costos de transporte, aranceles y barreras no arancelarias- decide cobrar un mayor precio a los consumidores domésticos (donde la elasticidad de la demanda es baja) que a los consumidores extranjeros (donde la elasticidad de la demanda es alta). b) Dumping Rapaz, que ocurre cuando un exportador, en un esfuerzo por eliminar competidores y ganar control del mercado extranjero, vende de manera deliberada a un precio reducido por un cierto tiempo; y c) Dumping esporádico, que resulta de la discriminación ocasional de precios que hace un productor extranjero debido a una sobre producción. CRITERIOS BÁSICOS DEL CI: 1.Las ventajas y la especialización para comerciar: Esta referida a las diferencias y ventajas que tienen los países para producir determinados bienes y servicios, 2. La Interdependencia: Es decir la dependencia con otros países cada vez mas crecientes 3. Equilibrio de las Balanzas de Pago (BP): El afán explicable de todos los países del mundo en establecer un fluido intercambio que mantenga el equilibrio de sus balanzas de pago. BP: instrumento que permite analizar el sector externo de la economía nacional y estudia fundamentalmente el flujo y las transacciones de un determinado país. se divide en dos grandes epígrafes: a) B. de Operaciones Corrientes: (cuenta corriente) se registran en cifras brutas los créditos y débitos de bienes, servicios, renta y transferencias unilaterales. tiene a su vez tres posiciones: -B. Comercial o mercancías: comprende las operaciones de exportaciones e importaciones de bienes. -B de servicios: Registra los embarques, fletes, seguros y otros servicios de distribución de las mercancías. –B de transferencias unilaterales: registra las transacciones de propiedad de recursos privados u oficiales, sean voluntarios u obligatorios. b) B de Capitales: Comprende todas las transacciones de activos y pasivos financieros que sobre el exterior efectúa el país. Se sub- dividide: -Capitales privados y públicos: considera la inversión directa (transacciones de capital entre empresas), la inversión de cartera (inversiones en bonos y acciones) y otros capitales (activos financieros no enumerados) - Reservas.- Son los activos (como ser créditos del FMI u otras entidades financieras internacionales) que están disponibles para ser utilizados en cualquier momento por el gobierno. También se consideran dentro de este rubro las reservas en oro, las divisas. POLITICA DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES: conjunto de políticas fiscales, financieras, monetarias e industriales que establece un Estado tendente a incentivar el aparato productivo para penetrar en nuevos mercados a provechando sus ventajas en mano de obra, disponibilidad de materias primas o habilidad y conocimiento tecnológico en las cuales deben participar las empresas para adquirir nuevas técnicas de comercialización, a fin de que encaren el negocio exportador como una actividad principal y no subsidiaria. CIRCULACION DE MERCANCÍAS EN SISTEMAS JURIDICOS DISTINTOS: -Limitación de los sistemas jurídicos distintos: Todo estado soberano posee autoridad suprema sobre las personas y actos que vivan y actúen dentro de su territorio. Impone reglas de todo tipo y para todas las actividades, todo ello en mérito a su soberanía, que es en definitiva, la capacidad, tanto jurídica como real, de decidir de manera definitiva y eficaz en todo el acontecer económico-social del territorio. -Limitaciones impuestas por la comunidad jurídica internacional.- Dichas restricciones son normas externas consensuales que limitan la acción de un Estado. Entonces, las empresas se enfrentan no sólo a regímenes jurídicos diferentes sino a disposiciones de ciertos organismos internacionales. Son resoluciones emanadas de una vasta gama de instituciones internacionales, que atañen a las relaciones comerciales afectando así la acción de las unidades productivas. Las principales entidades son: PROCESO DE UNA OPERACION COMERCIAL INTERNACIONAL: Proceso simple de exportación y factores que entran en juego: a)La mercancía debe ser trasladada de un país a otro lo que infiere: un embalaje, un contrato de transporte internacional y un seguro elegible por las partes. b)Como generalmente las partes no se conocen o desconfían, ambas partes buscan a un tercero que es el banco para que otorgue credibilidad y sea el canal por el que circulen los medios de pago internacionales. c)El exportador entrega la mercadería en un puerto o aeropuerto de su país, recibiendo del transportista un documento que acredita la recepción de la mercancía en las condiciones que convino con el comprador. d) La mercancía tiene tres elementos: el aspecto físico, el envase y la marca o nombre. Los dos primeros son de interés de la Mercadotecnia para hacer accesible al producto. El último, la marca o nombre, es objeto del derecho. e)Cualquier operación comercial internacional, aún aquella minuciosamente detallada, está sujeta a una serie de contingencias, que se van presentando durante su ejecución, como entrega del número exacto de unidades, el plazo, los intereses, la oportunidad en el pago. Cuando las relaciones comerciales van más allá del traslado de mercancías y buscan radicarse o asociarse con el capital de otro país, utilizando zonas francas o contratos de Joint ventures, la estrategia jurídica se hace más compleja, suscitando una serie de problemas que pueden resumirse en tres cuestiones: La estructura legal de la empresa nacional en el país: La selección o análisis de la organización jurídica que va a internacionalizarse y que puede ser desde una E.I.R.L., la empresa de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y aún una cooperativa. Según la estructura legal se encontrará obligada a determinadas situaciones como el control público, la publicación de balances, los impuestos que la afecten, la posibilidad de contratar prestamos del extranjero, la facilidad de transferir los títulos de propiedad, la facilidad para efectuar fusiones, etc. - Estructura legal de la unidad operativa en el extranjero: En este caso hay dos situaciones: - Trabajar en el extranjero con una subsidiaria propiedad de la empresa nacional; tiene evidentemente grandes ventajas respecto de la rapidez de las decisiones, el conocimiento del mercado, etc. Sin embargo, representa un costo muy alto ya que la empresa nacional tiene que invertir en infraestructura de su subsidiaria o filial en el extranjero. - Trabajar en el extranjero con una empresa asociada no propiedad de la empresa nacional; en este caso las ventajas pueden ser: contar con los servicios de mas de una empresa extranjera para explotar el mercado elegido y obviamente el costo operativo será menor que en el anterior costo, por que la empresa asociada en el extranjero ya se encontrará constituida y conocerá su mercado. c) Naturaleza jurídica de las relaciones entre ambas: Las relaciones contractuales entre la empresa nacional y la empresa asociada revisten varias modalidades. En este caso se precisa para mantener la permanencia de tales relaciones fijar los canales de distribución, la forma de producción, el volumen de las ventas, políticas de descuentos, el régimen de marcas, las necesidades financieras, el tipo de control, facultades para establecer sucursales, etc. 1

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Page 1: Comercial I Unidad

CRITERIOS BÁSICOS DEL CI: 1.Las ventajas y la especialización para comerciar: Esta referida a las diferencias y ventajas que tienen los países para producir determinados bienes y servicios, 2. La Interdependencia: Es decir la dependencia con otros países cada vez mas crecientes 3. Equilibrio de las Balanzas de Pago (BP): El afán explicable de todos los países del mundo en establecer un fluido intercambio que mantenga el equilibrio de sus balanzas de pago. BP: instrumento que permite analizar el sector externo de la economía nacional y estudia fundamentalmente el flujo y las transacciones de un determinado país. se divide en dos grandes epígrafes: a) B. de Operaciones Corrientes: (cuenta corriente) se registran en cifras brutas los créditos y débitos de bienes, servicios, renta y transferencias unilaterales. tiene a su vez tres posiciones: -B. Comercial o mercancías: comprende las operaciones de exportaciones e importaciones de bienes. -B de servicios: Registra los embarques, fletes, seguros y otros servicios de distribución de las mercancías. –B de transferencias unilaterales: registra las transacciones de propiedad de recursos privados u oficiales, sean voluntarios u obligatorios. b) B de Capitales: Comprende todas las transacciones de activos y pasivos financieros que sobre el exterior efectúa el país. Se sub-dividide: -Capitales privados y públicos: considera la inversión directa (transacciones de capital entre empresas), la inversión de cartera (inversiones en bonos y acciones) y otros capitales (activos financieros no enumerados) - Reservas.- Son los activos (como ser créditos del FMI u otras entidades financieras internacionales) que están disponibles para ser utilizados en cualquier momento por el gobierno. También se consideran dentro de este rubro las reservas en oro, las divisas. POLITICA DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES:conjunto de políticas fiscales, financieras, monetarias e industriales que establece un Estado tendente a incentivar el aparato productivo para penetrar en nuevos mercados a provechando sus ventajas en mano de obra, disponibilidad de materias primas o habilidad y conocimiento tecnológico en las cuales deben participar las empresas para adquirir nuevas técnicas de comercialización, a fin de que encaren el negocio exportador como una actividad principal y no subsidiaria.CIRCULACION DE MERCANCÍAS EN SISTEMAS JURIDICOS DISTINTOS:-Limitación de los sistemas jurídicos distintos: Todo estado soberano posee autoridad suprema sobre las personas y actos que vivan y actúen dentro de su territorio. Impone reglas de todo tipo y para todas las actividades, todo ello en mérito a su soberanía, que es en definitiva, la capacidad, tanto jurídica como real, de decidir de manera definitiva y eficaz en todo el acontecer económico-social del territorio. -Limitaciones impuestas por la comunidad jurídica internacional.- Dichas restricciones son normas externas consensuales que limitan la acción de un Estado. Entonces, las empresas se enfrentan no sólo a regímenes jurídicos diferentes sino a disposiciones de ciertos organismos internacionales. Son resoluciones emanadas de una vasta gama de instituciones internacionales, que atañen a las relaciones comerciales afectando así la acción de las unidades productivas. Las principales entidades son:PROCESO DE UNA OPERACION COMERCIAL INTERNACIONAL:Proceso simple de exportación y factores que entran en juego: a)La mercancía debe ser trasladada de un país a otro lo que infiere: un embalaje, un contrato de transporte internacional y un seguro elegible por las partes. b)Como generalmente las partes no se conocen o desconfían, ambas partes buscan a un tercero que es el banco para que otorgue credibilidad y sea el canal por el que circulen los medios de pago internacionales. c)El exportador entrega la mercadería en un puerto o aeropuerto de su país, recibiendo del transportista un documento que acredita la recepción de la mercancía en las condiciones que convino con el comprador. d) La mercancía tiene tres elementos: el aspecto físico, el envase y la marca o nombre. Los dos primeros son de interés de la Mercadotecnia para hacer accesible al producto. El último, la marca o nombre, es objeto del derecho. e)Cualquier operación comercial internacional, aún aquella minuciosamente detallada, está sujeta a una serie de contingencias, que se van presentando durante su ejecución, como entrega del número exacto de unidades, el plazo, los intereses, la oportunidad en el pago. Cuando las relaciones comerciales van más allá del traslado de mercancías y buscan radicarse o asociarse con el capital de otro país, utilizando zonas francas o contratos de Joint ventures, la estrategia jurídica se hace más compleja, suscitando una serie de problemas que pueden resumirse en tres cuestiones: La estructura legal de la empresa nacional en el país: La selección o análisis de la organización jurídica que va a internacionalizarse y que puede ser desde una E.I.R.L., la empresa de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y aún una cooperativa. Según la estructura legal se encontrará obligada a determinadas situaciones como el control público, la publicación de balances, los impuestos que la afecten, la posibilidad de contratar prestamos del extranjero, la facilidad de transferir los títulos de propiedad, la facilidad para efectuar fusiones, etc. -Estructura legal de la unidad operativa en el extranjero: En este caso hay dos situaciones: - Trabajar en el extranjero con una subsidiaria propiedad de la empresa nacional; tiene evidentemente grandes ventajas respecto de la rapidez de las decisiones, el conocimiento del mercado, etc. Sin embargo, representa un costo muy alto ya que la empresa nacional tiene que invertir en infraestructura de su subsidiaria o filial en el extranjero. - Trabajar en el extranjero con una empresa asociada no propiedad de la empresa nacional; en este caso las ventajas pueden ser: contar con los servicios de mas de una empresa extranjera para explotar el mercado elegido y obviamente el costo operativo será menor que en el anterior costo, por que la empresa asociada en el extranjero ya se encontrará constituida y conocerá su mercado. c) Naturaleza jurídica de las relaciones entre ambas: Las relaciones contractuales entre la empresa nacional y la empresa asociada revisten varias modalidades. En este caso se precisa para mantener la permanencia de tales relaciones fijar los canales de distribución, la forma de producción, el volumen de las ventas, políticas de descuentos, el régimen de marcas, las necesidades financieras, el tipo de control, facultades para establecer sucursales, etc.POCISIONES DOCTRINARIAS Y CONEXION JURIDICA:La doctrina internacional oscila entre el Derecho Internacional Privado y el Derecho de Comercio Internacional, como las dos ramas dentro de las cuales viven los contratos internacionales. La primera se basa en los viejos y aún fundados criterios de que al final de toda obligación contractual lo que queda en discusión es la ley aplicable. La segunda estima que el creciente florecimiento del comercio mundial ha establecido un conjunto de usos y costumbres que han superado los pequeños espacios de la jurisdicción nacional 1.Conexión con el Derecho Internacional Privado.- la misión del Derecho Internacional Privado: Frente a una relación internacional determinar la ley en el espacio más conforme a su naturaleza. El elemento de vinculación capaz de ligar el contrato a un determinado sistema jurídico es relevante. Así el lugar de celebración del contrato, el lugar de su cumplimiento contractual, la nacionalidad o el domicilio de los estipulantes son los aspectos que lo encuadran dentro de esta rama. 2.Conexión con el Derecho de Comercio Internacional.- El fundamento de ésta conexión está basado sustancialmente en que siendo el contrato internacional una figura que rebasa cualquier jurisdicción nacional y, por lo tanto, con autonomía, se requiere una especialidad acorde con ese espacio internacional. Otro de los argumentos más importantes, es que los usos y costumbres internacionales han sido, desde los inicios del comercio, considerados como normas de práctica e invocación constante. 3. Conexión con el Derecho de los Contratos. Para explicar la conexión del contrato internacional dentro de la teoría general del contrato, debemos hacer alusión a tres cuestiones básicas: 1. Con relación a la estructura, la doctrina concibe los contratos como el acuerdo de voluntades destinado a producir efectos prácticos tutelados por el derecho. Hay dos expresiones: la voluntad y la declaración; la primera es la esencia misma del negocio, y la segunda es la forma de manifestarse. 2. Referente a la Función, la teoría contractual insiste en que no todo acto de voluntad significa negocio, sino aquel que corresponde a una causa adecuada. Los contratos internacionales se formalizan porque siempre tienen una causa, un motivo, es el propósito de reventa, el ánimo de lucrar. De tal manera, que si hay un acto de voluntad de transferir una mercancía sin esa causa, podrá ser un negocio pero no un contrato internacional, por lo que el contrato es un negocio causado o movido por la reventa. 3. En cuanto a la eficacia, está referido a los elementos y consideraciones necesarias para que el acuerdo de voluntades sea viable. Así los contratos internacionales trascienden y se realizan por la posibilidad legal que le permite la norma legal donde se celebra o se ejecuta. LA AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD:Por la voluntad de las partes se inicia una negociación y luego se establecen obligaciones y derechos en un contrato. Así, se dan dos posiciones: la primera, que reserva a la voluntad de las partes la plena y absoluta decisión de formular un contrato internacional con vida aislada de cualquier norma o ley de una soberanía determinada o bien eligiendo la ley que más les convenga, excluyendo así, a los contratos internacionales del conflicto de leyes; la segunda posición reconoce que todo contrato tiene una ley y una norma de las que parte, no pudendo existir una obligación internacional que no esté ligada a un determinado sistema jurídico.-La Supremacía de la Autonomía de la Voluntad.- Según el liberalismo económico, sostiene que si son las partes las que ponen en riesgo sus recursos e inversiones, son ellas las que libremente pueden pactar en un contrato internacional, sin más límite que el orden público internacional, el respeto a los valores nacionales y la moral pública. Así sus argumentos son: a)El principio de la autonomía de la voluntad se basa en un derecho inherente a la propia naturaleza humana. Es decir, las partes pueden escoger la ley del contrato por que son libres y en consecuencia pueden escoger de diferentes medios o reglas, todos aquellos que concuerden con sus fines. b)La supremacía de la Autonomía de la voluntad se basa en el derecho de la libre contratación dispuesto por cada régimen jurídico nacional. La totalidad del derecho positivo latinoamericano establece que las personas tienen derecho de libre contratación. c) El principio de la supremacía de la autonomía de la voluntad, se basa en el beneficio que le reporta el comercio internacional. Señala que el comercio internacional tiene una serie de características, exigencias y manifestaciones que son totalmente desconocidas por las leyes nacionales.LA LIBERTAD DE CONTRATACION:

Las partes gozan de libertad de contratación porque así lo faculta la ley. Los contratos internacionales no tienen una ley supranacional. El principio de la libertad de contratación posibilita que las partes hagan uso de un derecho que la propia sociedad, que la propia comunidad se lo ha otorgado. Esa libertad, como cualquier otra, está limitada. La facultad de consentir o no, tiene márgenes en el régimen jurídico nacional; incluso el contenido y los efectos del contrato, ya que los sujetos no pueden derogar en sus cláusulas las leyes obligatorias en razón del orden público y las buenas costumbres. Semejanzas: -La libertad de contratar y el principio de la autonomía de la voluntad tienen en común que ambos parten del reconocimiento a la libertad irrestricta de los sujetos para ponerse de acuerdo, es decir, para plantear y delinear un negocio. Diferencias: El principio de la autonomía de la voluntad se extiende sin límite al contenido y configuración del contrato, incluso a la selección de la ley o de ninguna; en cambio el principio de la libertad de contratar parte de la evidencia de que los sujetos pueden elaborar o construir un contrato dentro de los límites que permite la ley, no solo el orden público y las buenas costumbres, que de alguna manera son fronteras al ejercicio de la libertad, sino a determinadas condiciones.SUBSIDIOS A LAS EXPORTACIONES:Son determinadas ayudas que se dan a los industriales nacionales de determinados productos para que puedan exportarlos a precios menores y más competitivos. Modalidades: a) Subsidios cambiarios, así como los sistemas de cambio múltiple o asignación de divisas; b) Subsidios financieros, así como créditos concesionales otorgados por intermediarios financieros oficiales o tasas de interés diferenciales; organismos oficiales que otorguen seguros de crédito a las exportaciones. c) Subsidios tributarios; así como la exoneración, devolución o aplazamiento total o parcial de impuestos directos, contribuciones a la seguridad social, etc. d) Subsidios fiscales no tributarios; como transferencia de fondos mediante donaciones o aportes de capital, o aportes de bienes y servicios a precios inferiores a los del mercado; y e) Subsidios derivados de los Regímenes aduaneros; como exoneración, devolución o aplazamiento total o parcial de gravámenes a la importación de materias primas, insumos y bienes intermedios, maquinaria y equipos que formen parte de las mercancías de exportación o intervengan en su proceso de producción o distribución. DUMPING: Es toda práctica comercial que permite la introducción de los productos de un País en el mercado de otro país a un precio inferior a su valor normal. Se entiende que el precio no es normal cuando: a)Es menor que el precio comparable, en operaciones comerciales normales, de un producto similar destinado al consumo en el país exportador; o b)Es menor que el precio comparable más alto para la exportación de un producto similar a un tercer país; o, c)Es menor que el costo de producción de este producto en el país de origen, más un margen adicional que cubra razonablemente los gastos de venta y los correspondientes beneficios del exportador.Se distinguen tres tipos de dumping: a) Dumping persistente, surge de la búsqueda de maximización de utilidades por parte de un monopolista extranjero que - al darse cuenta que los mercados local y mundial se encuentran desconectados por costos de transporte, aranceles y barreras no arancelarias- decide cobrar un mayor precio a los consumidores domésticos (donde la elasticidad de la demanda es baja) que a los consumidores extranjeros (donde la elasticidad de la demanda es alta). b) Dumping Rapaz, que ocurre cuando un exportador, en un esfuerzo por eliminar competidores y ganar control del mercado extranjero, vende de manera deliberada a un precio reducido por un cierto tiempo; y c) Dumping esporádico, que resulta de la discriminación ocasional de precios que hace un productor extranjero debido a una sobre producción.

CRITERIOS BÁSICOS DEL CI: 1.Las ventajas y la especialización para comerciar: Esta referida a las diferencias y ventajas que tienen los países para producir determinados bienes y servicios, 2. La Interdependencia: Es decir la dependencia con otros países cada vez mas crecientes 3. Equilibrio de las Balanzas de Pago (BP): El afán explicable de todos los países del mundo en establecer un fluido intercambio que mantenga el equilibrio de sus balanzas de pago. BP: instrumento que permite analizar el sector externo de la economía nacional y estudia fundamentalmente el flujo y las transacciones de un determinado país. se divide en dos grandes epígrafes: a) B. de Operaciones Corrientes: (cuenta corriente) se registran en cifras brutas los créditos y débitos de bienes, servicios, renta y transferencias unilaterales. tiene a su vez tres posiciones: -B. Comercial o mercancías: comprende las operaciones de exportaciones e importaciones de bienes. -B de servicios: Registra los embarques, fletes, seguros y otros servicios de distribución de las mercancías. –B de transferencias unilaterales: registra las transacciones de propiedad de recursos privados u oficiales, sean voluntarios u obligatorios. b) B de Capitales: Comprende todas las transacciones de activos y pasivos financieros que sobre el exterior efectúa el país. Se sub-dividide: -Capitales privados y públicos: considera la inversión directa (transacciones de capital entre empresas), la inversión de cartera (inversiones en bonos y acciones) y otros capitales (activos financieros no enumerados) - Reservas.- Son los activos (como ser créditos del FMI u otras entidades financieras internacionales) que están disponibles para ser utilizados en cualquier momento por el gobierno. También se consideran dentro de este rubro las reservas en oro, las divisas. POLITICA DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES:conjunto de políticas fiscales, financieras, monetarias e industriales que establece un Estado tendente a incentivar el aparato productivo para penetrar en nuevos mercados a provechando sus ventajas en mano de obra, disponibilidad de materias primas o habilidad y conocimiento tecnológico en las cuales deben participar las empresas para adquirir nuevas técnicas de comercialización, a fin de que encaren el negocio exportador como una actividad principal y no subsidiaria.CIRCULACION DE MERCANCÍAS EN SISTEMAS JURIDICOS DISTINTOS:-Limitación de los sistemas jurídicos distintos: Todo estado soberano posee autoridad suprema sobre las personas y actos que vivan y actúen dentro de su territorio. Impone reglas de todo tipo y para todas las actividades, todo ello en mérito a su soberanía, que es en definitiva, la capacidad, tanto jurídica como real, de decidir de manera definitiva y eficaz en todo el acontecer económico-social del territorio. -Limitaciones impuestas por la comunidad jurídica internacional.- Dichas restricciones son normas externas consensuales que limitan la acción de un Estado. Entonces, las empresas se enfrentan no sólo a regímenes jurídicos diferentes sino a disposiciones de ciertos organismos internacionales. Son resoluciones emanadas de una vasta gama de instituciones internacionales, que atañen a las relaciones comerciales afectando así la acción de las unidades productivas. Las principales entidades son:PROCESO DE UNA OPERACION COMERCIAL INTERNACIONAL:Proceso simple de exportación y factores que entran en juego: a)La mercancía debe ser trasladada de un país a otro lo que infiere: un embalaje, un contrato de transporte internacional y un seguro elegible por las partes. b)Como generalmente las partes no se conocen o desconfían, ambas partes buscan a un tercero que es el banco para que otorgue credibilidad y sea el canal por el que circulen los medios de pago internacionales. c)El exportador entrega la mercadería en un puerto o aeropuerto de su país, recibiendo del transportista un documento que acredita la recepción de la mercancía en las condiciones que convino con el comprador. d) La mercancía tiene tres elementos: el aspecto físico, el envase y la marca o nombre. Los dos primeros son de interés de la Mercadotecnia para hacer accesible al producto. El último, la marca o nombre, es objeto del derecho. e)Cualquier operación comercial internacional, aún aquella minuciosamente detallada, está sujeta a una serie de contingencias, que se van presentando durante su ejecución, como entrega del número exacto de unidades, el plazo, los intereses, la oportunidad en el pago. Cuando las relaciones comerciales van más allá del traslado de mercancías y buscan radicarse o asociarse con el capital de otro país, utilizando zonas francas o contratos de Joint ventures, la estrategia jurídica se hace más compleja, suscitando una serie de problemas que pueden resumirse en tres cuestiones: La estructura legal de la empresa nacional en el país: La selección o análisis de la organización jurídica que va a internacionalizarse y que puede ser desde una E.I.R.L., la empresa de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y aún una cooperativa. Según la estructura legal se encontrará obligada a determinadas situaciones como el control público, la publicación de balances, los impuestos que la afecten, la posibilidad de contratar prestamos del extranjero, la facilidad de transferir los títulos de propiedad, la facilidad para efectuar fusiones, etc. -Estructura legal de la unidad operativa en el extranjero: En este caso hay dos situaciones: - Trabajar en el extranjero con una subsidiaria propiedad de la empresa nacional; tiene evidentemente grandes ventajas respecto de la rapidez de las decisiones, el conocimiento del mercado, etc. Sin embargo, representa un costo muy alto ya que la empresa nacional tiene que invertir en infraestructura de su subsidiaria o filial en el extranjero. - Trabajar en el extranjero con una empresa asociada no propiedad de la empresa nacional; en este caso las ventajas pueden ser: contar con los servicios de mas de una empresa extranjera para explotar el mercado elegido y obviamente el costo operativo será menor que en el anterior costo, por que la empresa asociada en el extranjero ya se encontrará constituida y conocerá su mercado. c) Naturaleza jurídica de las relaciones entre ambas: Las relaciones contractuales entre la empresa nacional y la empresa asociada revisten varias modalidades. En este caso se precisa para mantener la permanencia de tales relaciones fijar los canales de distribución, la forma de producción, el volumen de las ventas, políticas de descuentos, el régimen de marcas, las necesidades financieras, el tipo de control, facultades para establecer sucursales, etc.POCISIONES DOCTRINARIAS Y CONEXION JURIDICA:La doctrina internacional oscila entre el Derecho Internacional Privado y el Derecho de Comercio Internacional, como las dos ramas dentro de las cuales viven los contratos internacionales. La primera se basa en los viejos y aún fundados criterios de que al final de toda obligación contractual lo que queda en discusión es la ley aplicable. La segunda estima que el creciente florecimiento del comercio mundial ha establecido un conjunto de usos y costumbres que han superado los pequeños espacios de la jurisdicción nacional 1.Conexión con el Derecho Internacional Privado.- la misión del Derecho Internacional Privado: Frente a una relación internacional determinar la ley en el espacio más conforme a su naturaleza. El elemento de vinculación capaz de ligar el contrato a un

determinado sistema jurídico es relevante. Así el lugar de celebración del contrato, el lugar de su cumplimiento contractual, la nacionalidad o el domicilio de los estipulantes son los aspectos que lo encuadran dentro de esta rama. 2.Conexión con el Derecho de Comercio Internacional.- El fundamento de ésta conexión está basado sustancialmente en que siendo el contrato internacional una figura que rebasa cualquier jurisdicción nacional y, por lo tanto, con autonomía, se requiere una especialidad acorde con ese espacio internacional. Otro de los argumentos más importantes, es que los usos y costumbres internacionales han sido, desde los inicios del comercio, considerados como normas de práctica e invocación constante. 3. Conexión con el Derecho de los Contratos. Para explicar la conexión del contrato internacional dentro de la teoría general del contrato, debemos hacer alusión a tres cuestiones básicas: 1. Con relación a la estructura, la doctrina concibe los contratos como el acuerdo de voluntades destinado a producir efectos prácticos tutelados por el derecho. Hay dos expresiones: la voluntad y la declaración; la primera es la esencia misma del negocio, y la segunda es la forma de manifestarse. 2. Referente a la Función, la teoría contractual insiste en que no todo acto de voluntad significa negocio, sino aquel que corresponde a una causa adecuada. Los contratos internacionales se formalizan porque siempre tienen una causa, un motivo, es el propósito de reventa, el ánimo de lucrar. De tal manera, que si hay un acto de voluntad de transferir una mercancía sin esa causa, podrá ser un negocio pero no un contrato internacional, por lo que el contrato es un negocio causado o movido por la reventa. 3. En cuanto a la eficacia, está referido a los elementos y consideraciones necesarias para que el acuerdo de voluntades sea viable. Así los contratos internacionales trascienden y se realizan por la posibilidad legal que le permite la norma legal donde se celebra o se ejecuta. LA AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD:Por la voluntad de las partes se inicia una negociación y luego se establecen obligaciones y derechos en un contrato. Así, se dan dos posiciones: la primera, que reserva a la voluntad de las partes la plena y absoluta decisión de formular un contrato internacional con vida aislada de cualquier norma o ley de una soberanía determinada o bien eligiendo la ley que más les convenga, excluyendo así, a los contratos internacionales del conflicto de leyes; la segunda posición reconoce que todo contrato tiene una ley y una norma de las que parte, no pudendo existir una obligación internacional que no esté ligada a un determinado sistema jurídico.-La Supremacía de la Autonomía de la Voluntad.- Según el liberalismo económico, sostiene que si son las partes las que ponen en riesgo sus recursos e inversiones, son ellas las que libremente pueden pactar en un contrato internacional, sin más límite que el orden público internacional, el respeto a los valores nacionales y la moral pública. Así sus argumentos son: a)El principio de la autonomía de la voluntad se basa en un derecho inherente a la propia naturaleza humana. Es decir, las partes pueden escoger la ley del contrato por que son libres y en consecuencia pueden escoger de diferentes medios o reglas, todos aquellos que concuerden con sus fines. b)La supremacía de la Autonomía de la voluntad se basa en el derecho de la libre contratación dispuesto por cada régimen jurídico nacional. La totalidad del derecho positivo latinoamericano establece que las personas tienen derecho de libre contratación. c) El principio de la supremacía de la autonomía de la voluntad, se basa en el beneficio que le reporta el comercio internacional. Señala que el comercio internacional tiene una serie de características, exigencias y manifestaciones que son totalmente desconocidas por las leyes nacionales.LA LIBERTAD DE CONTRATACION:Las partes gozan de libertad de contratación porque así lo faculta la ley. Los contratos internacionales no tienen una ley supranacional. El principio de la libertad de contratación posibilita que las partes hagan uso de un derecho que la propia sociedad, que la propia comunidad se lo ha otorgado. Esa libertad, como cualquier otra, está limitada. La facultad de consentir o no, tiene márgenes en el régimen jurídico nacional; incluso el contenido y los efectos del contrato, ya que los sujetos no pueden derogar en sus cláusulas las leyes obligatorias en razón del orden público y las buenas costumbres. Semejanzas: -La libertad de contratar y el principio de la autonomía de la voluntad tienen en común que ambos parten del reconocimiento a la libertad irrestricta de los sujetos para ponerse de acuerdo, es decir, para plantear y delinear un negocio. Diferencias: El principio de la autonomía de la voluntad se extiende sin límite al contenido y configuración del contrato, incluso a la selección de la ley o de ninguna; en cambio el principio de la libertad de contratar parte de la evidencia de que los sujetos pueden elaborar o construir un contrato dentro de los límites que permite la ley, no solo el orden público y las buenas costumbres, que de alguna manera son fronteras al ejercicio de la libertad, sino a determinadas condiciones.SUBSIDIOS A LAS EXPORTACIONES:Son determinadas ayudas que se dan a los industriales nacionales de determinados productos para que puedan exportarlos a precios menores y más competitivos. Modalidades: a) Subsidios cambiarios, así como los sistemas de cambio múltiple o asignación de divisas; b) Subsidios financieros, así como créditos concesionales otorgados por intermediarios financieros oficiales o tasas de interés diferenciales; organismos oficiales que otorguen seguros de crédito a las exportaciones. c) Subsidios tributarios; así como la exoneración, devolución o aplazamiento total o parcial de impuestos directos, contribuciones a la seguridad social, etc. d) Subsidios fiscales no tributarios; como transferencia de fondos mediante donaciones o aportes de capital, o aportes de bienes y servicios a precios inferiores a los del mercado; y e) Subsidios derivados de los Regímenes aduaneros; como exoneración, devolución o aplazamiento total o parcial de gravámenes a la importación de materias primas, insumos y bienes intermedios, maquinaria y equipos que formen parte de las mercancías de exportación o intervengan en su proceso de producción o distribución. DUMPING: Es toda práctica comercial que permite la introducción de los productos de un País en el mercado de otro país a un precio inferior a su valor normal. Se entiende que el precio no es normal cuando: a)Es menor que el precio comparable, en operaciones comerciales normales, de un producto similar destinado al consumo en el país exportador; o b)Es menor que el precio comparable más alto para la exportación de un producto similar a un tercer país; o, c)Es menor que el costo de producción de este producto en el país de origen, más un margen adicional que cubra razonablemente los gastos de venta y los correspondientes beneficios del exportador.Se distinguen tres tipos de dumping: a) Dumping persistente, surge de la búsqueda de maximización de utilidades por parte de un monopolista extranjero que - al darse cuenta que los mercados local y mundial se encuentran desconectados por costos de transporte, aranceles y barreras no arancelarias- decide cobrar un mayor precio a los consumidores domésticos (donde la elasticidad de la demanda es baja) que a los consumidores extranjeros (donde la elasticidad de la demanda es alta). b) Dumping Rapaz, que ocurre cuando un exportador, en un esfuerzo por eliminar competidores y ganar control del mercado extranjero, vende de manera deliberada a un precio reducido por un cierto tiempo; y c) Dumping esporádico, que resulta de la discriminación ocasional de precios que hace un productor extranjero debido a una sobre producción.

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