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ANEXO REQUERIMIENTOS TÉCNICOS CONCURSO DE MÉRITOS SISTEMA ABIERTO CON PROPUESTA TECNICA SIMPLIFICADA (PTS) CEET-001-2013 Carrera 30 No.17B 25 Sur Bogotá PBX: 5960050 Gratis al resto del país: 01 8000 910 270 ∙ www.sena.edu.co 1 ANEXO REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA INTERVENTORÍA 1. OBJETIVOS, METAS Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS En la ejecución de obras contratadas por el SENA, en lo relacionado con el mantenimiento y modernización de los ambientes de aprendizaje de los centros de formación, se requiere controlar y vigilar las acciones de los contratistas para hacer cumplir las especificaciones técnicas, las actividades administrativas, legales, financieras y presupuestales establecidas en los contratos. 1.1. Objetivos - Acompañar a las partes para llegar a las soluciones pertinentes que aseguren la finalización de los contratos con éxito, facilitando la óptima interacción entre las mismas. - Asegurar el cumplimiento de las obligaciones pactadas logrando que se desarrolle el objeto del contrato, dentro de los presupuestos de tiempo e inversión previstos originalmente, para proteger efectivamente los intereses del SENA. - Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente. - Mantener informado al SENA en forma continua, oportuna y periódica, sobre el avance presentado en el desarrollo de los contratos de obra. - Vigilar que las asignaciones presupuestales definidas dentro de los contratos se cumplan tal como fueron acordadas. 1.2. Metas En la siguiente tabla se presentan los proyectos de obra previstos para ejecutar, que requerirán el desarrollo de interventoría técnica, administrativa, financiera y jurídica, indicando los presupuestos oficiales para cada uno y el tiempo previsto para la ejecución de las obras: ÍTEM PROCESO DE SELECCIÓN OBJETO VALOR PLAZO INICIO APROX.

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ANEXO REQUERIMIENTOS TÉCNICOS CONCURSO DE MÉRITOS SISTEMA ABIERTO CON PROPUESTA TECNICA

SIMPLIFICADA (PTS) CEET-001-2013

Carrera 30 No.17B – 25 Sur ∙ Bogotá PBX: 5960050 Gratis al resto del país: 01 8000 910 270 ∙ www.sena.edu.co 1

ANEXO

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA INTERVENTORÍA

1. OBJETIVOS, METAS Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS

En la ejecución de obras contratadas por el SENA, en lo relacionado con el mantenimiento y modernización de los ambientes de aprendizaje de los centros de formación, se requiere controlar y vigilar las acciones de los contratistas para hacer cumplir las especificaciones técnicas, las actividades administrativas, legales, financieras y presupuestales establecidas en los contratos.

1.1. Objetivos

- Acompañar a las partes para llegar a las soluciones pertinentes que aseguren la finalización de los contratos con éxito, facilitando la óptima interacción entre las mismas.

- Asegurar el cumplimiento de las obligaciones pactadas logrando que se desarrolle el

objeto del contrato, dentro de los presupuestos de tiempo e inversión previstos originalmente, para proteger efectivamente los intereses del SENA.

- Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente.

- Mantener informado al SENA en forma continua, oportuna y periódica, sobre el

avance presentado en el desarrollo de los contratos de obra.

- Vigilar que las asignaciones presupuestales definidas dentro de los contratos se cumplan tal como fueron acordadas.

1.2. Metas

En la siguiente tabla se presentan los proyectos de obra previstos para ejecutar, que requerirán el desarrollo de interventoría técnica, administrativa, financiera y jurídica, indicando los presupuestos oficiales para cada uno y el tiempo previsto para la ejecución de las obras:

ÍTEM PROCESO DE SELECCIÓN OBJETO VALOR PLAZO

INICIO APROX.

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ÍTEM PROCESO DE SELECCIÓN

OBJETO VALOR PLAZO INICIO

APROX.

1

LICITACION PUBLICA CEET-001-2012

Contratar por el sistema de precios unitarios fijos sin formula de reajuste el mantenimiento y la adecuación de las instalaciones del Complejo Sur ubicado en la Carrera 30 No17B-25 Sur de la Regional Distrito Capital del SENA

$3,421,474,789 150 DIAS

CALENDARIO 15-

04/2013

Para el desarrollo de la Interventoría, se tomará como plazo de ejecución SEIS (6) meses, entendido éste como el plazo de duración del contrato de obra más extenso y la etapa de liquidación del mismo. La ejecución de la interventoría se ajustará a el contrato intervenido en términos de plazo, valor y requerimientos de personal profesional. El Interventor no ejecutará actividades adicionales no previstas que generen mayor valor del contrato sin el concepto previo y favorable del SENA, quien previamente verificará la existencia de disponibilidad de recursos para cubrir el valor adicional que corresponda. Cualquier actividad que se realice sin esta autorización será asumida por cuenta y riesgo del interventor, de manera que el SENA no reconocerá su costo.

1.3. Alcance El alcance de la INTERVENTORÍA para los contratos se detalla en el siguiente cuadro:

INTERVENTORIAS ALCANCE TECNICO PRODUCTOS

INTERVENTORÍA DE OBRAS

- Estudio de los documentos del proceso de selección del contratista, del contrato, planos de obra, presupuestos, especificaciones técnicas y demás documentos relativos al desarrollo de la contratación

- Entrega de planos y documentos del proyecto al contratista de obra

- Elaboración de actas de iniciación, suspensión, de comités de obra, pactación de precios unitarios, modificación, adición, recibo parcial, recibo final, liquidación y demás necesarias para el desarrollo del contrato de obra

- Informes de supervisión.

- Actas de comité - Conceptos y

documentos técnicos (planos, esquemas, cálculos, etc.)

- Libro de obra

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INTERVENTORIAS ALCANCE TECNICO PRODUCTOS

- Control y verificación del replanteo del proyecto - Análisis y conceptos sobre cambios o

modificaciones en el diseño, presupuesto, cambios de obra y demás situaciones relacionadas con los aspectos técnicos, administrativos y financieros del contrato

- Control de calidad de los materiales y procesos constructivos de las obras

- Control de la programación de obra - Control del presupuesto de obra - Control del equipo del contratista - Informe de avance obra, donde se exprese el

tiempo y el costo representado en porcentaje como indicadores de gestión.

- Seguimiento a los subcontratos de los empleados y trabajadores del contratista

- Interventoría de construcción con base en planos y especificaciones

- Consultas a los diseñadores y al SENA - Exigencia en reparación de obras defectuosas - Revisión y aprobación de las actas de obra - Revisión de las actas de modificación de

cantidades de obra - Revisión y concepto sobre precios unitarios y sus

respectivos análisis para obras complementarias - Control de condiciones de salud ocupacional y

seguridad industrial de las obras - Interventoría ambiental - Revisión y elaboración de planos de detalles - Programación y realización de comités de obra - Coordinación con las empresas de servicios

públicos - Comprobación de órdenes al contratista - Entrega de la obra - Liquidación del contrato de obra - Elaboración y presentación de informes de

interventoría - Seguimiento de actividades en libro diario de la

obra

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INTERVENTORIAS ALCANCE TECNICO PRODUCTOS

- Registro fotográfico

Además de las funciones señaladas antes, la interventoría de obra deberá aplicar los lineamientos señalados en la Resolución 00965 de 2012 del SENA, por medio de la cual se adopta el Manual de supervisión e interventoría del SENA, que se incorpora como anexo es este documento.

2. METODOLÓGÍA Y PLAN Y CARGAS DE TRABAJO.

2.1. APROXIMACIÓN TÉCNICA Y METODOLOGÍA

2.1.1. FUNCIONES GENERALES

La Interventoría de obra ejercerá en general las funciones de intervención, control y vigilancia de acuerdo con las prácticas más correctas y conocidas, sin contrariar en ningún caso lo dispuesto en el contrato y los documentos que hacen parte del mismo. En forma coordinada, la Interventoría estará atenta a que el contratista garantice el cumplimiento de sus obligaciones y el buen éxito de sus labores, tendientes a la realización de las obras dentro del plazo estipulado y con óptima calidad. La Interventoría es delegataria del El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA. La supervisión de la ejecución del contrato de obra y de Interventoría, estará a cargo de un profesional designado por el SENA.

El Interventor junto con el Supervisor del SENA, serán responsables de la dirección general del contrato de obra, su control y vigilancia en la ejecución idónea y oportuna del mismo.

La responsabilidad básica del Interventor es verificar y certificar de manera documentada que la obra que está interviniendo se realice de acuerdo con la calidad, costos, normas, planos, especificaciones y plazos preestablecidos por El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.

Con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución de las obras y, a su vez, una mayor eficiencia en la administración de las mismas, la interventoría comprenderá, además de la gestión técnica, el control administrativo, financiero, económico y jurídico del contrato de obra, por lo cual, deberá apoyar, asistir y asesorar al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, en todos los asuntos de orden técnico, administrativo, financiero, económico y jurídico que se susciten durante la ejecución de las obras, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten. En tal sentido, se establecen las siguientes funciones generales para la interventoría:

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Diseñar, implementar y mantener la organización de la Interventoría y definir las líneas

de autoridad y las interrelaciones entre el personal clave y las actividades del proyecto.

Definir el control de la Interventoría.

Establecer un marco para alcanzar y mantener el control general de la construcción del proyecto.

Diseñar e implementar un sistema de control interno para la organización de la Interventoría.

Establecer metodologías operativas que permitan el trámite apropiado y oportuno de los asuntos relacionados con la coordinación y control de contratos.

Preparar, implementar y mantener un sistema de aseguramiento de la calidad de su propia gestión interventora.

Mantener contacto permanente con los diseñadores del proyecto.

Mantener sistemas de seguimiento e información en tiempo real sobre el estado del contrato intervenido en relación con su avance, calidad y costo.

Mantener personal calificado y competente en número suficiente, para un adecuado y oportuno desempeño de las funciones de la Interventoría.

Analizar con el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA las reclamaciones presentadas por los Contratistas y recomendar soluciones.

Elaborar planes de contingencia para atender eventos imprevistos que puedan afectar

la seguridad, calidad, costo o plazo de las obras, de manera que se eviten o mitiguen las implicaciones de tales eventos.

Estudiar el incumplimiento del Contratista y solicitar al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA las sanciones a que diere lugar, graduando el mismo y recomendando las garantías que deben hacerse efectivas.

Diligenciar en forma oportuna la aplicación de sanciones, multas, garantías y cláusulas excepcionales del contrato de obra.

Exigir el cumplimiento en la obra de las normas de salud ocupacional, higiene y

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seguridad industrial de todo el personal que tenga acceso a la obra, en forma permanente o temporal.

Exigir el cumplimiento de las normas ambientales aplicables en desarrollo de la obra.

Establecer un archivo sistematizado de la correspondencia de forma aceptable para el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA, de manera que toda la correspondencia se conteste lo más pronto posible y no permanezcan puntos sin solución que puedan tomar los Contratistas como base para futuras reclamaciones. El Interventor enviará las copias de la correspondencia entre él y el Contratista que el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA considere necesarias.

Velar por el estricto cumplimiento de todas las obligaciones del contratista de obra,

consignadas en el contrato y sus anexos.

Atender en forma oportuna todos los requerimientos de tipo jurídico y administrativos derivados de reclamaciones, demandas y recursos que interponga el contratista de obra, hasta que queden debidamente resueltos.

Además de las funciones señaladas antes, la interventoría de obra deberá aplicar los lineamientos señalados en la Resolución 00965 de 2012 del SENA, por medio de la cual se adopta el Manual de supervisión e interventoría del SENA. Para la ejecución de la interventoría, se emplearán los procedimientos técnicos que permitan el logro de las metas propuestas, así como el cumplimiento del alcance en términos técnicos y de productos planteados, aplicando los siguientes lineamientos en desarrollo del alcance técnico: 2.1.2. ESTUDIO DE LOS DOCUMENTOS DEL CONTRATO DE OBRA

Además del estudio técnico del proyecto, la Interventoría deberá estudiar detalladamente el contrato de obra objeto de ésta, así como todos los documentos que tengan que ver con los mismos a fin de formarse criterios claros y precisos que le permitan adelantar con eficiencia y eficacia las labores encomendadas por El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.

2.1.3. REVISIÓN DEL PROYECTO

El interventor hará un análisis exhaustivo de los planos de construcción, pliegos de condiciones, formulario de cantidades de obra y presupuestos y presentará al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA un informe sobre las deficiencias que pudiere

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encontrar en el desarrollo del proyecto, emitiendo recomendaciones sobre, ajuste al presupuesto de proyección de costos dentro de las dos primeras semanas de inicio de actividades. Asimismo, conceptuará sobre mayores y menores cantidades de obra y las necesarias no contempladas en las cantidades de obra inicialmente contratadas.

El interventor en TODO MOMENTO deberá tener informado al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA sobre los posibles sobrecostos en que se incurra durante el desarrollo del proyecto. Además, informará con UN (1) MES de anticipación al Cierre del proyecto el costo final de la construcción. Deberá revisar detalladamente todos los planos de construcción, para garantizar que haya correspondencia entre ellos, verificar que los diseños cumplan con la norma vigente para edificaciones sismo resistentes NSR10, con la norma de diseño de los elementos no estructurales y con las demás normas técnicas aplicables, con el fin de solucionar situaciones que representen riesgos en la ejecución del contrato.

La revisión y concepto del proyecto, incluye todos los estudios y diseños correspondientes a éste, ciñéndose al alcance exigido en las normas técnicas aplicables vigentes para los diseños y especificaciones técnicas, así como también al diseño arquitectónico entregado por El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.

El Interventor podrá efectuar las modificaciones en el diseño que estime convenientes para optimizar el uso de recursos económicos y/o técnicos y/o de tiempo, sin embargo, éstas deberán someterse a la aprobación previa del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA y será responsabilidad de la interventoría el oportuno suministro al contratista de la nueva información, así como dar solución a los diferentes inconvenientes que se presenten en la obra. Antes de efectuar cualquier modificación en el proyecto deberá hacerse un balance económico del contrato, y si las variaciones superan el valor contractual se requerirá la aprobación de las mismas por parte de El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.

Será obligación de la Interventoría, poner en conocimiento de El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, con la debida anticipación, la necesidad de prórroga o el vencimiento del contrato de obra. En cada uno de estos casos, será la Interventoría la responsable de solicitar oportunamente el trámite pertinente, previa justificación técnica de los hechos, quedando a juicio de El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA la determinación final.

En el evento en que haya lugar a una prórroga del contrato de obra, por causas imputables a la interventoría, ésta permanecerá al frente de los trabajos hasta su terminación, sin que El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA deba efectuar

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erogación alguna por este concepto.

2.1.4. ENTREGA DEL PROYECTO AL CONTRATISTA DE OBRA

El Interventor entregará al contratista el proyecto debidamente revisado.

La Interventoría procederá con el Contratista a analizar los planos y especificaciones del proyecto, así como el programa de trabajo e inversión, las fuentes de materiales y requisitos de mano de obra, de equipos, la seguridad de los trabajadores y de los transeúntes y en general, todo aquello que conlleve a una adecuada y eficiente ejecución de la obra. En general, el Interventor deberá establecer las pautas sobre la ejecución, dirección y control de la obra.

2.1.5. ACTA DE INICIACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA

Dentro del plazo previsto en el cronograma del proceso, se realizará una reunión entre el Contratista (a través del director de obra y residente), el Interventor y el SENA, para dar inicio a las obras y a su vez entregar al contratista el lugar físico en que se ejecutarán los trabajos, haciendo inventario de las principales características y mediciones aproximadas del mismo, dejando constancia en acta de la fecha de iniciación y participantes.

La interventoría deberá elaborar antes de iniciar al contrato, el acta de espacio público y/o de vecindad con el respectivo registro fotográfico, firmada por el contratista, el interventor y los vecinos.

2.1.6. REPLANTEO DEL PROYECTO

El Interventor verificará la localización de los ejes y las obras del proyecto efectuados por el contratista, con la información suministrada por aquel. Durante la construcción revisará permanentemente la localización de los senderos, plazoletas, elementos arquitectónicos, zonas de arborización, estructuras, redes, obras de drenaje y demás estructuras que hacen parte de la construcción.

2.1.7. CAMBIOS O MODIFICACIONES EN EL DISEÑO

El Interventor deberá analizar y conceptuar acerca de los cambios o modificaciones en los diseños iniciales del proyecto, solicitados por el Contratista, por razones técnicas, económicas o de otra índole, y si encuentra conveniente dicho cambio, solicitará autorización al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, indicando la cantidad, precio unitario, valor total y la respectiva justificación.

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2.1.8. CONTROL DEL PROGRAMA DE OBRA

El Interventor vigilará el cumplimiento del programa de trabajo e inversión aprobado por EL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA. En desarrollo de esta función, la Interventoría deberá formular, desarrollar, elaborar, establecer, implementar y documentar un sistema de verificación, control y seguimiento de los programas de construcción de las obras intervenidas.

El interventor y el contratista evaluarán semanalmente la ejecución del contrato, revisando el programa de obra actualizado para establecer en qué condiciones avanzan los trabajos. De estas evaluaciones se levantará un acta, suscrita por los ingenieros residentes del contratista y de la interventoría, donde se consignará el estado real de los trabajos; en caso de presentarse algún atraso, se señalarán los motivos del mismo, dejando constancia de los correctivos que se tomarán para subsanarlo, los cuales se plasmarán en una modificación al programa de obra, que no podrá contemplar la disminución de las cantidades de obra programadas para cada mes ni una prórroga del plazo inicialmente establecido.

Cuando se presenten circunstancias especiales, tales como ampliación de plazo o modificación de las cantidades de obra, el Contratista deberá someterlas a revisión y aprobación de la Interventoría, para que ésta, a su vez, obtenga la respectiva aprobación por parte del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA. El interventor presentara informe semanal del estado del contrato y del avance de las actividades realizadas tanto en tiempo como en valor al SUPERVISOR por parte del El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA. Cuando la Interventoría lo estime necesario, solicitará por escrito al Contratista ampliar los programas de trabajo y los respectivos plazos de las actividades. En caso de prórroga o adición del contrato, se deberá solicitar al Contratista inmediatamente la reprogramación de las obras.

2.1.9. CONTROL DEL PRESUPUESTO DE OBRA

El Interventor realizará un estricto control de la ejecución del presupuesto de la obra a través de formular, desarrollar, elaborar, establecer, implantar y documentar un sistema de seguimiento y control de los costos de las actividades en desarrollo del contrato. La interventoría de obra deberá realizar el control del presupuesto e inversión, proyección de costos de la obra y seguimiento a través de diagramas de Gantt, expresando porcentajes de avance en tiempo y costos. Igualmente el corresponde al interventor, el control de la inversión del anticipo,

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elaboración y seguimiento de actas parciales, amortización de anticipo y valores a descontar de acuerdo al contrato, así como la verificación de los pagos realizados al contratista. 2.1.10. CONTROL DEL EQUIPO DEL CONTRATISTA

El Interventor deberá llevar un registro completo del equipo del Contratista, indicando modelo, marca, serie, capacidad, potencia, etc., corroborando si se encuentra operando, cuál en reparación o cuál inactivo; si, transcurridos cinco (5) días, el equipo dañado no ha sido reparado, el Interventor deberá exigir su reemplazo por uno de características similares o superiores al que se encuentra en reparación, el cual debe entrar a operar dentro de los cinco (5) días siguientes. De no darse cumplimiento a su notificación, deberá solicitar al El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA que le haga efectivo el apremio que para el efecto tenga establecida. 2.1.11. SEGUIMIENTO DE SUBCONTRATOS Y EMPLEADOS DEL CONTRATISTA

El Interventor deberá mantener al día una relación de los empleados y trabajadores asignados por el Contratista a la obra, realizando el seguimiento y control del pago de seguridad social y riesgos profesionales del personal que trabaja en la obra. Así mismo realizará control y vigilancia de los subcontratos que realice el contratista para el desarrollo de la obra. Exigirá al Contratista el empleo de personal técnico capacitado y el retiro del que a su juicio o el del SENA sea inconveniente para los intereses del contratante.

La Interventoría también podrá solicitar la participación en la obra de especialistas técnicos cuando la complejidad de las obras lo amerite.

2.1.12. INTERVENTORÍA DE CONSTRUCCIÓN

La Interventoría procederá con base en los planos y especificaciones y las propuestas aceptadas de los proyectos, a revisar el plan de operaciones, el programa de trabajo, el personal profesional de construcción, el equipo y maquinaria con que cuenta el Contratista, su oportuna asignación, las fuentes de materiales, el manejo y desvío del tránsito peatonal, la señalización del mismo, la aplicación de la normatividad ambiental, la seguridad de los trabajadores y en general la seguridad industrial en las obras y toda labor conducente a una adecuada y eficiente realización de la obra.

En general la Interventoría y el Contratista establecerán las pautas generales sobre la organización, dirección y control de la construcción. Si el equipo o personal es diferente

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del ofrecido inicialmente por el Contratista, la Interventoría notificará al SENA y exigirá al Contratista su ubicación en el lugar de los trabajos en forma inmediata; en caso contrario la Interventoría solicitará al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, la aplicación de las sanciones a que haya lugar.

Estudiar, supervisar, hacer recomendaciones, aprobar o improbar los procedimientos de construcción propuestos por los Contratistas para la realización de la obra. 2.1.13. CONSULTAS

La Interventoría absolverá las consultas que formule el constructor sobre los aspectos técnicos del proyecto que hacen parte del contrato y le comunicará oportunamente al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA las observaciones y recomendaciones que de su propia iniciativa tuviese en lo concerniente a dichos aspectos. En caso que la interventoría requiera definiciones, especificaciones o detalles constructivos de parte de los diseñadores, deberá solicitarlo de manera escrita y oportuna al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, para proceder de conformidad. 2.1.14. REPARACIÓN DE OBRAS DEFECTUOSAS

La Interventoría ordenará, tantas veces como sea necesario, la reconstrucción total o parcial o la reparación de obras defectuosas y verificará que unas y otras se realicen correctamente, según lo establecido en los contratos.

2.1.15. REVISIÓN Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE OBRA

El Interventor revisará y aprobará, bajo su responsabilidad, las actas de obra, verificando que la información financiera acumulada, el valor de los contratos adicionales, las modificaciones a las cantidades de obra medida y aceptada para el pago, el valor de la obra ejecutada y los acumulados, y toda la información adicional, esté correcta, para lo cual anexará un balance general de la obra ejecutada.

Bajo ningún aspecto, el Interventor aceptará obras que estén por fuera del contrato original y que no hayan sido previamente aprobadas por el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, y estén debidamente incluidas mediante actas de modificación de cantidades de obra, o contrato adicional, según sea el caso.

Se realizarán actas parciales de obra mensualmente, aunque no se realice facturación por

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parte del contratista con esta periodicidad.

2.1.16. REVISIÓN DE LAS ACTAS DE MODIFICACIÓN DE CANTIDADES DE OBRA

El Interventor elaborará las actas de modificación a las cantidades de obra iniciales del contrato, verificando que la información incluida esté correcta; en caso de ser necesario introducir modificaciones a las cantidades de obra inicialmente contratadas, el Interventor hará una evaluación minuciosa de cada uno de los ítem del contrato, de forma tal que dichas modificaciones no impliquen cambios significativos en las actividades fundamentales para cumplir con el objeto del contrato, todo lo cual quedará a juicio del El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA para su perfeccionamiento, siempre y cuando, como requisito previo, se esté ejecutando la obra de acuerdo con el cronograma de actividades aprobado.

En cualquier caso las modificaciones de cantidades de obra deberán preceder a la ejecución de las mismas. Una vez efectuada la modificación o reasignación de recursos, las cantidades contractuales deberán actualizarse.

2.1.17. REVISIÓN DE PRECIOS UNITARIOS PARA OBRAS COMPLEMENTARIAS

Los análisis de los precios no previstos en el contrato respectivo, para ejecutar obras o actividades indispensables no contempladas en el contrato inicial, serán elaboradas por el Contratista, estudiados por la Interventoría y remitidos al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA con las observaciones del caso. Una vez aprobados por el SENA, el Contratista y la Interventoría elaborarán el Acta de Modificación, de acuerdo con lo establecido en el contrato. El Interventor realizará y presentará su propio análisis de precios, justificando cada uno de los componentes del mismo, y entregando su concepto acerca del análisis presentado por el Contratista. Igualmente, informará sobre las cantidades de obra por ejecutar, presentando sus recomendaciones y un balance general del contrato. Cuando se trate de nuevas actividades no especificadas, se requerirá elaboración, presentación y aprobación de la respectiva especificación técnica desarrollada. 2.1.18. TRABAJO EN ALTURAS

La tarea de trabajo en alturas está considerada como de alto riesgo y conforme a las estadísticas nacionales, es la primera causa de accidentalidad y de muerte en el trabajo. Se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.

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Para todo tipo de trabajo el alturas que se realice para cumplir con el mantenimiento, el contratista debe garantizar que el personal sea capacitado, competente y calificado para las actividades con trabajos en alturas, y que cuenta con el respectivo certificado de competencias laborales en alturas expedido por el SENA o por las personas naturales o jurídicas autorizadas por la entidad. El certificado puede ser de formación según el tipo de actividad y nivel de riesgo al que este expuesto el trabajador, o en su defecto de acreditación de la competencia laboral. Para el desarrollo de las obras, el personal que ejecute las labores de trabajo en alturas deberá estar certificado en TRABAJO EN ALTURAS NIVEL AVANZADO. Dicha certificación estará sujeta a verificación por parte del SENA.

2.1.18.1. PROGRAMA DE PROTECCION CONTRA CAIDAS Y PROGRAMA DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS

2.1.18.1.1. PROGRAMA DE PROTECCION CONTRA CAIDAS:

Documento obligatorio que tiene por objeto prevenir la ocurrencia de accidentes durante la realización de la tarea, el cual debe ser elaborado y presentado por el contratista y debe contener como mínimo: Nombre del trabajador o trabajadores, Tipo de trabajo, Fecha y hora de inicio y terminación de la tarea, Verificación de afiliación vigente a la seguridad social, Requisitos del trabajador (requerimientos de aptitud), Descripción y procedimientos de la tarea, Elementos de protección personal, Verificación de puntos de anclaje por persona, Sistemas de prevención de caídas, equipos, de acceso para trabajo en alturas, herramientas a utilizar, etc, Observaciones, firmas de los trabajadores y del emisor.

2.1.18.1.2. PROGRAMA DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS:

Presentado por el contratista. De carácter integral, esto es de salud ocupacional y de carácter ambiental.

2.1.18.2. EQUIPOS Y HERRAMIENTAS.

Los contratistas de obra deberán certificar que cuentan con los equipos necesarios, para lo cual deberán anexar catálogos de equipos para trabajo en alturas junto con los certificados de calibración de equipos e instrumentos, expedidos por ente autorizado. 2.1.19. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD.

Durante la ejecución del contrato, la Interventoría deberá verificar y controlar los siguientes aspectos sobre el tema: El Contratista en todo momento proveerá los recursos que sean necesarios para

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garantizar la higiene, salubridad y seguridad de todas las instalaciones del Centro, la de sus empleados, trabajadores, proveedores y la de los empleados y bienes del SENA, el Interventor y de terceras personas. El Contratista impondrá a sus empleados, trabajadores, proveedores y en general a todas aquellas personas relacionadas con la ejecución del contrato el cumplimiento de todas las condiciones relativas a higiene, salubridad, prevención de accidentes y medidas de seguridad y los obligará a cumplirlas. El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir no solo sus empleados, trabajadores y subcontratistas sino también el personal o bienes del SENA, o terceras personas, resultantes de negligencia o descuido del Contratista, sus empleados, trabajadores o subcontratistas, para tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del Contratista. Durante la ejecución del contrato, el Contratista observará todas y cada una de las regulaciones de las autoridades bajo cuya jurisdicción se ejecute el contrato, relativas a seguridad, prevención de accidentes y enfermedad profesional, higiene y salubridad y en general las normas que a este respecto, tengan las Entidades Oficiales. Igualmente leerá, aprenderá y cumplirá con lo establecido en las siguientes normas: A. Resolución No. 02413 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Colombia. B. Resolución No. 001937 de 1994 del Ministerio de Obras Públicas y Transporte. C. Resolución 3673 de 2008 del Ministerio de la Protección Social y demás normas que la complementen, modifiquen o aclaren.

Antes de iniciar el contrato, el Contratista deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán durante la ejecución de los trabajos y lo someterá a la aprobación del Interventor, quien podrá además ordenar cualquier otra medida adicional que considere necesaria. Este programa incluye los desvíos de tránsito (de ser necesarios para la ejecución del contrato) requeridos para la ejecución de los trabajos, los cuales serán acordados por éste con las dependencias competentes. Durante la ejecución del contrato la Interventoría le podrá ordenar al Contratista cualquier medida adicional que considere conveniente o necesaria para garantizar la prevención de accidentes y este deberá proceder de conformidad. Si por parte del contratista existe un incumplimiento sistemático y reiterado de los requisitos de seguridad o higiene, o de las instrucciones del Interventor al respecto, este podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la ejecución del contrato sin que el Contratista tenga derecho a ampliación de plazo y sin perjuicio de las multas a que hubiere lugar por este concepto. En el caso de peligro inminente a las personas, obras o bienes, el Interventor podrá obviar

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la notificación escrita y ordenar que se ejecuten inmediatamente las acciones correctivas que considere necesarias. El Contratista en estos casos no tendrá derecho a reconocimiento o indemnización alguna.

Los gastos en que incurra el Contratista para el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene y prevención de accidentes serán por cuenta de este y no tendrá derecho a pago por separado ya que estos costos deben estar incluidos como costos indirectos dentro de cada uno de los precios unitarios del contrato. 2.1.20. SEÑALIZACIÒN

Cuando los trabajos objeto del contrato deban realizarse en la vía pública y en general, cuando para realizar cualquier otro tipo de trabajo se alteren las condiciones normales del tránsito vehicular y peatonal, el Contratista deberá instalar señales y avisos de prevención de accidentes tanto en horas diurnas como nocturnas en la cantidad, tipo, tamaño, forma, clase, color y a las distancias requeridas de acuerdo con lo dispuesto en las normas anteriores y con las instrucciones del Interventor (De ser necesario se deberá solicitar el plan de manejo de tráfico ante la Secretaría de Movilidad). Será responsabilidad del Contratista cualquier accidente ocasionado por la carencia de dichos avisos, defensas, barreras, guardianes y señales.

El Interventor podrá, en cualquier momento, ordenar que se suspenda la construcción de los trabajos o parte de ellos si existe un incumplimiento por parte de El contratista para llevar a cabo los requisitos de señalización o las instrucciones del interventor a este respecto.

No se permitirán extensiones arrastradas, colgadas en forma peligrosa o cuyos cables estén mal empalmados o mal aislados. A una distancia prudente del sitio de trabajo deberán colocarse avisos de peligro con pintura reflectiva según lo estipulado en las normas anteriores

Los gastos en que incurra el Contratista para la colocación de las señales y avisos y para la adopción de todas las medidas necesarias para la prevención de accidentes serán por cuenta de éste y deberán reponerse a su costo las que se pierdan o se deterioren. Su costo debe quedar incluido dentro de los costos indirectos de cada precio unitario pactado en el contrato.

2.1.21. INFORME DE ACCIDENTES.

El Contratista deberá informar al Interventor dentro del plazo y en la forma establecida a continuación, acerca de cualquier accidente que ocurra con relación a la ejecución del

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contrato y que ocasione muerte o perjuicio a cualquier persona, o daño a propiedad y en todos los casos de enfermedad profesional que ocurra con relación a la ejecución del contrato. El Contratista tendrá un plazo de veinticuatro (24) horas para suministrar el informe de los datos que exija e SENA o los Interventores.

El informe incluirá, al menos, la siguiente información:

1. Lugar, fecha y hora del accidente.

2. Nombre del accidentado.

3. Estado civil y edad.

4. Oficio que desempeña y su experiencia.

5. Actividad que desempeñaba en el momento del accidente.

6. Indicar si hubo o no lesión.

7. Clase de lesión sufrida.

8. Posibles causas del accidente.

9. Tratamiento recibido y concepto médico.

2.1.22. LIMPIEZA DEL SITIO O ZONA DE TRABAJO.

Durante el desarrollo de los trabajos, el Contratista deberá mantener en perfecto estado de limpieza la zona de las obras y sus alrededores para lo cual deberá retirar en forma adecuada, diariamente o con más frecuencia si así lo ordena los Interventores, escombros, basuras, desperdicios y sobrantes de materiales de manera que no aparezca en ningún momento una acumulación desagradable y peligrosa de éstos, para de esta manera evitar, interferir o causar daños a obras o actividades que se lleven al tiempo en las instalaciones del donde se ejecutara la obra.

El contratista deberá realizar el manejo, almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos sólidos producto de la actividad a contratar, y de esta manera garantizar la adecuada disposición final, por lo que deberá hacer entrega al SENA del acta de disposición final expedida por gestor autorizado.

2.1.23. INTERVENTORÍA AMBIENTAL

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Comprende, en general, las siguientes actividades:

Realizar el control ambiental de las obras, y verificar el cumplimiento de todas las normas, condicionantes, diseños, actividades y procesos recomendados en la normatividad ambiental.

Presentar informes mensuales sobre las medidas de prevención, corrección, mitigación y compensación implantadas.

Resolver las consultas e inquietudes de las comunidades con respecto al manejo ambiental del proyecto.

Efectuar el seguimiento y monitoreo de los trabajos para vigilar que la ejecución de las obras se enmarque dentro de los requerimientos ambientales, y que sus resultados correspondan a los esperados, y diseñar o recomendar los correctivos necesarios.

Diseñar o recomendar las medidas tendientes a controlar, compensar y mitigar los efectos ambientales, y a su vez, verificar su ejecución por parte del contratista.

Realizar la discriminación de los recursos invertidos en la mitigación del impacto ambiental.

Cumplir a cabalidad la Resolución 2397 DE 2011 de la Secretaria del Medio Ambiente.

2.1.24. REVISION Y ELABORACIÓN DE PLANOS DE DETALLES

La Interventoría revisará minuciosamente los planos de detalles de las obras y de ser necesario solicitará a los diseñadores correspondientes una aclaración de los mismos, de tal forma que le permitan la mejor interpretación y precisión de las obras a intervenir

En caso de que sea necesario, la Interventoría deberá elaborar planos de detalles de las obras, y especificar los pormenores de éstas cuando en los planos generales del proyecto no existan. Los costos de la elaboración de planos de detalles estarán inmersos dentro del costo de la interventoría. 2.1.25. CONTROL DE CALIDAD DE LA OBRA

Para el cumplimiento de esta función, la Interventoría debe diseñar, implementar y mantener un sistema para controlar el avance y calidad de los trabajos objeto de la Interventoría y de esta manera hacerlos coherentes con los objetivos del proyecto.

La Interventoría efectuará la revisión general del diseño, los ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas requeridas en todas las actividades de construcción y adecuación que garanticen la buena calidad de las obras ejecutadas. Supervisará el

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oportuno suministro y manejo de materiales y aprobará o rechazará los destinados a las obras del proyecto, los procesos de elaboración de los materiales y exigirá a los Contratistas los certificados de garantía de calidad que avalen el cumplimiento de la calidad especificada.

El récord y resultado de las pruebas y ensayos, así como de los comentarios correspondientes deben ser condensados en los informes periódicos, los cuales deben reflejar la calidad de los trabajos contratados y ejecutados.

La Interventoría deberá exigir la construcción de la obra de acuerdo con los parámetros técnicos, arquitectónicos, urbanísticos, planos y especificaciones particulares del proyecto y generales.

La Interventoría realizará reuniones semanales con los Contratistas, El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA y las demás personas que considere necesarias. Los métodos de construcción quedan a juicio de los Contratistas, sin embargo, la Interventoría podrá sugerir cambios en los métodos que considere inadecuados o que según su criterio garantizan una mejor calidad y rapidez en las ejecuciones.

El interventor implementara un plan de inspección del control técnico de la obra y por tanto como mínimo deberá presentar a los representantes del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA un plan de puntos de inspección y ensayo, formatos de identificación y trazabilidad, identificación y seguimiento al producto no conforme, además de las acciones correctivas y preventivas implementadas en el plan de calidad.

2.1.26. COMITÉ DE OBRA

Miembros del Comité: Estará integrado por la interventoría y el contratista y los representantes del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.

Periodicidad de las Reuniones: El Comité se reunirá con la periodicidad acordada con el representante del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, denominado Supervisor del contrato.

Funciones del Comité: A manera descriptiva, las funciones principales de dicho comité son, sin limitarse a ellas:

Estudiar, aprobar o rechazar los sistemas constructivos propuestos por el contratista.

Estudiar cambios en las especificaciones técnicas, para someterlas a consideración del EL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.

Analizar el desarrollo de los aspectos técnicos, administrativos y financieros,

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durante la ejecución del contrato.

Analizar el avance de la obra y el control de la programación, determinando las proyecciones, causas, efectos y fijando metas de corto plazo para prevenir o disminuir desfases en la ejecución del programa general de obra.

Analizar la información correspondiente al control de calidad de materiales y de la obra ejecutada.

Analizar el estado de ejecución del presupuesto del contrato, incluyendo el seguimiento de la inversión del anticipo.

Tomar las decisiones necesarias para cumplir cabalmente con el contrato de obra.

Las demás funciones propias de este tipo de Comités. 2.1.27. COORDINACIÓN CON LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS

La Interventoría colaborará en el trámite ante las empresas respectivas, para que coordinadamente se adelanten a la mayor brevedad posible el retiro de postes, instalaciones y reparaciones de redes de servicio, señalización, demarcación, etc. En general el interventor deberá gestionar en forma oportuna en coordinación con el contratista ante las respectivas entidades públicas o privadas, todos los trámites que se requieran para el normal desarrollo y ejecución de la obra.

2.1.28. COMPROBACIÓN DE ÓRDENES

La Interventoría deberá comprobar que las medidas de carácter técnico y administrativo procedentes de los Contratistas, correspondan en su fondo y forma a las estipulaciones y finalidades del contrato, sin que tal comprobación interfiera con la facultad autónoma de decisión que tiene el Contratista y sin que demore, paralice o perjudique la marcha de los trabajos. La Interventoría le comunicará al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, la ocurrencia de hechos que hubiese comprobado en relación con el incumplimiento del contrato por parte del Contratista y formulará las recomendaciones que estime oportunas sobre el particular.

2.1.29. ENTREGA DE LA OBRA

2.1.24.1 Visita Final a la Obra

A la terminación de los contratos, se efectuará una inspección final a las obras por parte del Supervisor del Contrato, el Interventor y el Contratista, que servirá para elaborar el Acta Preliminar de Observaciones, que incluirá los detalles que requieren ajustes o correcciones para la recepción definitiva de los trabajos.

2.1.24.2 Aprobación de Planos Finales

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La Interventoría verificará los planos actualizados de las obras entregados por el contratista de obra, al finalizar éstas, y los entregará al El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, como requisito para el pago de la última acta de obra.

La Interventoría revisará minuciosamente los planos récord de construcción de las obras ejecutadas por El Contratista. Estos planos incluirán todas las modificaciones al diseño que se hubiesen presentado en desarrollo de la construcción y cualquier información adicional que sea pertinente a juicio del Interventor y del SENA. Una vez revisados por la Interventoría, los planos rubricados se entregarán al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.

2.1.24.3 Acta de Recibo Final

Se elaborará un documento donde se consigne la recepción definitiva de las obras, incluyendo manuales de operación y mantenimiento y planos récord de obra, así como el inventario final de la obra ejecutada debidamente terminada, verificando el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el contratista en el Acta Preliminar de Observaciones si a ello hubiere lugar.

2.1.24.4 Entrega de la Obra

La Interventoría supervisará y controlará que al momento de la entrega, las obras se encuentren en perfecto estado y acordes con las condiciones contractuales.

La interventoría elaborará y suscribirá con el Supervisor y el Contratista, el Acta de recibo final de obras, la liquidación del contrato y el estado de cuenta final del mismo.

Al finalizar la obra la Interventoría, el Contratista y el Supervisor del SENA, efectuarán la visita de inspección a la misma con el objeto de determinar su estado. Es necesario que la Interventoría prepare previamente un informe técnico fotográfico para la entrega a cada uno de los integrantes de esta comisión, donde se pueda observar el balance general de las cantidades de obra ejecutada, el costo de la misma, los ensayos de laboratorio, etc.

2.1.30. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA

El Interventor procederá a liquidar el contrato de obra, por vencimiento del plazo contractual o en cualquiera de los eventos señalados por la ley, de acuerdo con el procedimiento establecido en la misma.

Realizará la liquidación financiera del contrato y elaborará cuadros resúmenes de las cuentas pagadas, los reajustes pagados, la amortización del anticipo, las obras adicionales

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extras pagadas. Esta información será la base para que el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA formalice la liquidación del contrato.

2.1.31. INFORMES DE INTERVENTORÍA

2.1.26.1. Informes de avance mensual

Como requisito para la aprobación de las actas de pago de la interventoría, el interventor deberá presentar un informe mensual, en original y copia, que permita tener una visión clara y objetiva del estado de las obras en el período, y que comprenda, como mínimo, las siguientes partes:

Área Técnica:

- Descripción y cantidades de las actividades ejecutadas.

- Reporte de control de calidad de las obras ejecutadas.

- Reporte de cumplimiento de normas ambientales.

- Reporte de cumplimiento de normas de salud ocupacional y seguridad industrial.

- Registro fotográfico

- Listado de planos entregados al Contratista

- Gráficos de cantidades de obra Control de programación

- Control de equipos

- Resumen de modificación de diseños, cantidades de obra, especificaciones

- Resultados de ensayos y pruebas con las respectivas recomendaciones, aprobación y conclusiones. Comentarios y recomendaciones generales

Área Administrativa:

- Remisión de actas de comité

- Resumen del estado de contratos y subcontratos.

- Reporte sobre personal, afiliaciones al sistema de seguridad social, equipos e insumos.

- Registro fotográfico

- Comentarios y recomendaciones.

- Copia de bitácora

- Copia de correspondencia enviada y recibida

Área Contable y Financiera:

- Control de presupuesto e inversión

- Proyección de obra de todo el proyecto (contractual, adicional y extra)

- Reporte de multas y sanciones Comentarios y recomendaciones.

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Información de los Contratos de Obra e Interventoría:

- Plazo Vigencia de las garantías

- Valor del contrato

- Estado del anticipo

- Estado de las actas de pago parcial

- Valor de las actas pagadas

- Valor de las actas en trámite

2.1.26.2. Informe final

El Interventor deberá presentar un informe final, en el cual deberá tener en cuenta el estado y las conclusiones finales para todas las áreas del desarrollo del contrato.

El informe deberá incluir las recomendaciones especiales que el Interventor considere necesarias y convenientes para la adecuada conservación de la obra. 2.1.32. LIBRO DIARIO DE LA OBRA

El día que se inicien los trabajos de la obra, se abrirá un libro en el cual quedarán escritas todas las observaciones o sugerencias que diariamente hagan la Interventoría y el Contratista.

Además se dejará constancia de todos los pormenores que puedan suceder en el frente de trabajo como: estado del tiempo, personal laborando, estado del equipo, accidentes de trabajo, avance de la obra, suministro de materiales, etc. Allí se registrarán en general las indicaciones e instrucciones que la Interventoría considere necesarias para el normal funcionamiento de las operaciones de la obra. Todo aquel que escriba algo en el diario de la obra, deberá firmar y colocar la fecha.

La persona responsable de llevar al día este diario será el residente del contratista, quien está en la obligación de presentarlo al Interventor y a los representantes del SENA que visiten la obra.

Igualmente el día que se inicien los trabajos, la Interventoría y el Contratista suscribirán con los vecinos un acta de vecindad, donde conste el estado en que se encuentra el sitio de la obra y las construcciones y amueblamientos aledaños a éste.

2.1.33. REGISTRO FOTOGRÁFICO

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Deberá realizarse en forma secuencial, desde el inicio de las actividades a realizar hasta su término, éste se entregará a la interventoría en el momento de realizar el acta de liquidación. 2.1.34. DOTACION DEL EQUIPO DE INTERVENTORIA.

La interventoría deberá contar con herramientas tecnológicas adecuadas, deberá disponer de computadores, acceso a internet y software necesario para ejercer el control de la información del proyecto, deberá además dotar de los elementos de seguridad que requiera la interventoría como botas, cascos, carpas y cualquier otro elemento necesario para la inspección de los trabajos.

2.2. PLAN DE TRABAJO: Para cada proyecto se desarrollará una detallada, correcta y pertinente organización de actividades, con relación al plazo del contrato al que se le hará la interventoría, para dar cumplimiento a las condiciones pactadas y alcanzar los objetivos planteados en los respectivos contratos. Para las interventorías planteadas en las metas, el plazo de ejecución se definirá de acuerdo a las condiciones contractuales en cada caso, teniendo en cuenta el plazo de ejecución pactado para los contratos a intervenir e incluyendo las labores de liquidación de los mismos. El plan de trabajo detallado para cada interventoría será desarrollado por el consultor seleccionado con el visto bueno del SENA, el cual deberá incluir como mínimo: - Actividades – relaciones y comunicaciones

Fecha inicio y fin de la actividad

Tiempo de duración de la actividad (semanas, días)

Puntos de control y seguimiento.

- Entregables, fechas, seguimiento y control de la calidad de los mismos.

2.3. CARGAS DE TRABAJO:

Para el logro satisfactorio de los objetivos, metas y alcance, como también para el desarrollo de la metodología a aplicar en la interventoría, es fundamental que EL CONTRATISTA cuente con una adecuada organización del equipo de trabajo propuesto, así

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como la relación detallada de las funciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes y la disponibilidad mínima de tiempo de los mismos, para alcanzar los objetivos planteados en el presente contrato. El SENA establece el organigrama que se ajusta a las variables tenidas en cuenta como soporte para el presente contrato, sin que sea óbice para que EL CONTRATISTA, de acuerdo a las condiciones propias de su organización proponga un organigrama diferente que igualmente permita el logro del objeto contratado, cumpliendo con las condiciones de calidad y tiempo definidas en el presente documento de Requerimientos Técnicos. 2.3.1. ORGANIGRAMA DEL EQUIPO DE INTERVENTORÍA

2.3.2. PROFESIONALES Y PERSONAL DE APOYO DEL EQUIPO DE TRABAJO DE

INTERVENTORÍA El contrato de Interventoría deberá contar con un (1) Director de Interventoría. En cuanto al personal profesional, de acuerdo al siguiente cuadro, se determina el equipo de trabajo mínimo requerido para el contrato a intervenir, la formación profesional y se asigna la dedicación mínima para la obra objeto de interventoría.

FRENTES CONTRATOS DESCRIPCIÓN DEL CARGO

FORMACIÓN DEL PROFESIONAL

CANT.

DEDIC.

1

LICITACION

PUBLICA LP CEET-001-

2012

Arquitecto residente de Interventoría

ARQUITECTO 1 100%

Ingeniero Civil residente de Interventoría

INGENIERO CIVIL 1 50%

DIRECTOR DE INTERVENTORÍA

RESIDENTES ÁREAS TÉCNICAS DE CADA CONTRATO (ARQUITECTOS, INGENIEROS)

INSPECTORES TÉCNICOS (EN LAS OBRAS QUE SE REQUIERA)

RESIDENTES SISOMA

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FRENTES CONTRATOS DESCRIPCIÓN DEL CARGO

FORMACIÓN DEL PROFESIONAL

CANT.

DEDIC.

Ingeniero Electricista residente de Interventoría

INGENIERO ELECTRICISTA 1 50%

Residente SISOMA

PROFESIONAL O TECNÓLOGO CON FORMACIÓN Y LICENCIA EN SALUD OCUPACIONAL, SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN.

1 50%

Inspector técnico

TECNÓLOGO O TÉCNICO PROFESIONAL EN CONSTRUCCIÓN, EN OBRAS CIVILES, EN REMODELACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EDIFICACIONES,

1 100%

De acuerdo con las necesidades específicas de la interventoría de obra a ejecutar; el SENA definirá los perfiles requeridos en términos de experiencia general y específica, y formación especializada (en caso de requerirse) para los profesionales, de acuerdo a las exigencias del Pliego de Condiciones del concurso de Méritos, la Propuesta Técnica presentada por el proponente y el presente Anexo de requerimientos técnicos. EL CONTRATISTA presentará al SENA mínimo DOS (2) hojas de vida por cada cargo del equipo de trabajo de Interventoría mínimo requerido que no se haya presentado en la propuesta técnica para el Concurso de Méritos, para su selección y aprobación. En la siguiente tabla se establecen los requisitos mínimos de experiencia para el equipo de trabajo técnico de la Interventoría obligatorio:

CANT. DESCRIPCIÓN DEL CARGO

DEDICACIÓN REQUISITOS MÍNIMOS

FORMACIÓN EXP.

GENERAL EXP. ESPECÍFICA

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CANT. DESCRIPCIÓN DEL CARGO

DEDICACIÓN REQUISITOS MÍNIMOS

FORMACIÓN EXP.

GENERAL EXP. ESPECÍFICA

1 Director de Interventoría

50% Ingeniero Civil y/o Arquitecto

Mínimo diez (10) años de experiencia contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.

5 años como Director de Interventoría a la construcción y/o adecuación y/o modernización y/o remodelación y/o Interventoría a la ampliación de edificaciones cubiertas. Máximo 3 certificaciones de obras cuya sumatoria debe ser mínimo de 10.000 m2 de área construida. Suscritos y Terminados, entre el 1 de enero de 2003 y el cierre del presente proceso. (Se debe especificar el cargo ocupado en dichas certificaciones).

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CANT. DESCRIPCIÓN DEL CARGO

DEDICACIÓN REQUISITOS MÍNIMOS

FORMACIÓN EXP.

GENERAL EXP. ESPECÍFICA

1 Arquitecto Residente de Interventoría

100% Arquitecto

Mínima de (7) años contados a partir de la expedición de la tarjeta profesional.

3 años como Director y/o Residente de construcción y/o Interventoría a la adecuación y/o modernización y/o remodelación y/o ampliación de edificaciones cubiertas. Máximo 3 certificaciones de obras cuya sumatoria debe ser mínimo de 7.000 m2 de área construida. Suscritos y Terminados, entre el 1 de enero de 2003 y el cierre del presente proceso. (Se debe especificar el cargo ocupado en dichas certificaciones).

1

Ingeniero Electricista Residente de Interventoría

50% Ingeniero Electricista o Electrico

Mínimo (7) años de experiencia contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.

3 años como director o residente de obra o de Interventoría, en contratos que hayan tenido por objeto: construcción de obras eléctricas en Subestaciones capsuladas y aisladas en SF6 de media tensión-media tensión o media tensión – baja tensión) Suscritos y Terminados, entre el 1 de enero de 2003 y el cierre del presente proceso.

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CANT. DESCRIPCIÓN DEL CARGO

DEDICACIÓN REQUISITOS MÍNIMOS

FORMACIÓN EXP.

GENERAL EXP. ESPECÍFICA

1 Ingeniero Civil Residente de Interventoría

50% Ingeniero Civil

Mínimo (7) años contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.

3 años como director o residente de obra o de Interventoría, en contratos que hayan tenido por objeto: construcción y/o ampliación y/o adecuación y/o remodelación de edificaciones de cualquier tipo. Experiencia comprobada con un máximo de tres (3) certificaciones de obras, cuya sumatoria debe ser mínimo de 7.000 m2 de área construida. Suscritos y Terminados, entre el 1 de enero de 2003 y el cierre del presente proceso.

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CANT. DESCRIPCIÓN DEL CARGO

DEDICACIÓN REQUISITOS MÍNIMOS

FORMACIÓN EXP.

GENERAL EXP. ESPECÍFICA

1 Residente SISOMA

50% Profesional o tecnólogo

Formación y licencia en salud ocupacional, seguridad industrial para la industria de la construcción, con mínimo (3) años contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.

Experiencia certificada de dos (3) años en construcción y/o ampliación y/o adecuación y/o remodelación de edificaciones de cualquier tipo.

2 Inspectores Técnicos

100%

Título de formación técnica o tecnológica en áreas de la construcción o estudios de 8 a 10 semestres de Ingeniería Civil o Arquitectura

Mínimo 3 años contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta profesional.

Experiencia certificada de tres (3) años en proyectos de construcción y/o adecuación y/o ampliación de edificaciones de cualquier tipo (excepto vivienda).

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Carrera 30 No.17B – 25 Sur ∙ Bogotá PBX: 5960050 Gratis al resto del país: 01 8000 910 270 ∙ www.sena.edu.co 30

2.3.3. FUNCIONES DEL EQUIPO TÉCNICO DE TRABAJO DE INTERVENTORÍA

PERSONAL FUNCIONES

Director de Interventoría

Responsable ante la entidad contratante del seguimiento a la planificación, organización, coordinación y control de las labores a ejecutar por los contratistas de obra en los diferentes frentes de trabajo, por intermedio de los residentes de obra.

Responsable de la adecuada comunicación entre contratistas de obra, interventoría y SENA.

Responsable de la definición clara y precisa del alcance de los trabajos y de la asignación de las tareas y fijación de los objetivos del personal a su cargo.

Responsable del diseño e implementación de las acciones correctivas y el seguimiento a las mismas en desarrollo de la interventoría técnica, administrativa y financiera para todos los frentes de trabajo.

Responsable de las suscripción y trámite de las actas, documentos e informes que deban gestionarse dentro del desarrollo y liquidación de los contratos de obra e interventoría y las demás definidas en el Anexo de Requerimientos Técnicos y la resolución 0965 de 2012 del SENA.

Dirigir y coordinar durante la ejecución de las obras, la gestión de control en materia ambiental, social y de seguridad integral de acuerdo con las normas, los planes y guías de manejo respectivos, incluido el cumplimiento de las medidas contenidas en los estudios de tránsito y transporte y planes de tráfico aprobados.

Informar oportunamente al SENA de cualquier anomalía presentada, que afecte la adecuada ejecución de los contratos de obra.

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PERSONAL FUNCIONES

Residentes de Interventoría

Responsable ante la Dirección de Interventoría del seguimiento a la planificación, organización, coordinación y control de calidad a las labores a ejecutar por los contratistas de obra.

Responsable ante la Dirección de Interventoría de la ejecución clara y precisa del alcance de los trabajos y demás lineamientos contenidos en el Anexo de Requerimientos Técnicos.

Verificación y control de calidad de materiales, procedimientos y actividades en ejecución de las obras.

Seguimiento control y proyección de ejecución de cantidades de obra de acuerdo a presupuestos aprobados.

Seguimiento y control de la disponibilidad de personal idóneo y suficiente por parte de los contratistas de obra para la correcta y oportuna ejecución de los contratos.

Planeación, control y verificación del orden y aseo de las áreas de trabajo. Responsable ante la Dirección de Interventoría de la implementación de

las acciones correctivas y el seguimiento a las mismas. Informar oportunamente a sus superiores jerárquicos de cualquier

anomalía presentada, que afecte la adecuada ejecución de en la obra. Proponer, conforme a su experiencia y dentro de su alcance profesional,

alternativas de solución a inconvenientes técnicos presentados en ejecución de las obras.

Supervisar en terreno mediante formatos pertinentes, que los trabajos ejecutados por el contratista se hagan en especificaciones, tiempo y costo, de acuerdo a lo establecido en el contrato de obra y documentos integrantes del mismo.

Supervisar al contratista los suministros de materiales oportunamente con base en el programa de ejecución de la obra y el cumplimiento de las especificaciones técnicas de los mismos.

Participar en el control y seguimiento de aplicación de normatividad de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y ambiental de las obras.

Informar oportunamente a sus superiores jerárquicos de cualquier anomalía presentada, que afecte la adecuada ejecución de en la obra

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PERSONAL FUNCIONES

Inspector de Interventoría

Apoyar a los Residentes de Interventoría en la supervisión en terreno mediante formatos establecidos, que los trabajos ejecutados por el contratista se hagan en especificaciones, tiempo y costo, de acuerdo a lo establecido en el contrato de obra y documentos integrantes del mismo.

Apoyar a los Residentes de Interventoría en la supervisión de los suministros de materiales oportunamente con base en el programa de ejecución de la obra y el cumplimiento de las especificaciones técnicas de los mismos por parte del contratista.

Efectuar las mediciones de las cantidades de obra ejecutadas por el contratista.

Participar en el control del seguimiento ambiental, SISO y social de la obra.

Informar oportunamente a sus superiores jerárquicos de cualquier anomalía presentada, que afecte la adecuada ejecución de en la obra