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REGLAMENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL Santiago de Cali, xxxxxxxx de 20xx NOMBRE DE LA EMPRESA

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NOMBRE DE LA EMPRESA

REGLAMENTO DEL COMIT DE CONVIVENCIA LABORALSantiago de Cali, xxxxxxxx de 20xx

INTRODUCCIN

La empresa XXXXXXXX, con el propsito de generar un adecuado ambiente laboral, que permita tanto el desarrollo integral del ser humano, como el logro de los objetivos organizacionales, ha establecido el presente reglamento del Comit de Convivencia Laboral, orientado a propiciar entre los empleados de XXXXXXXXX una permanente reflexin y puesta en ejecucin de prcticas que conduzcan a la armona y el buen ambiente ocupacional para todos los empleados de la organizacin, protegiendo la intimidad, la honra, la salud mental y la libertad de stos.

En este orden de ideas, el Comit de Convivencia Laboral de la Institucin es creado con el objetivo de contribuir a la prevencin y solucin de las situaciones causadas por conductas de acoso laboral de los trabajadores al interior de la organizacin, conforme a lo establecido en las resoluciones 652 de 2012 y 1356 de 2012 del Ministerio del Trabajo.

CAPTULO I

De la Conformacin del Comit de Convivencia Laboral

Artculo 1. Objeto. La XXXXXXXXXXXX mediante el presente reglamento establece la conformacin y el funcionamiento del Comit de Convivencia Laboral.

Artculo 2. Conformacin. El Comit de Convivencia Laboral de la XXXXXXXXXXXX estar conformado por un nmero total de cuatro (X) miembros, con sus respectivos suplentes, de los cuales dos (X) sern representantes de la XXXXXXXXXXXX en su calidad de empleador, y dos (X) representantes de los empleados.

Pargrafo 1. Los suplentes de cada uno de los miembros del Comit, actuarn en los eventos de ausencia temporal o definitiva del miembro principal.

Pargrafo 2. La XXXXXXXXXXXX conceder a los empleados que sean elegidos o designados como miembros del Comit, el tiempo requerido para cumplir con los deberes propios de su condicin.

Pargrafo 3. De acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente, los miembros del Comit de Convivencia Laboral preferiblemente debern contar con competencias actitudinales y comportamentales tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de informacin y tica; as mismo, con habilidades en comunicacin asertiva, liderazgo y solucin de conflictos.

Artculo 3. Perodo de los miembros del comit. Los miembros del Comit de Convivencia Laboral sern elegidos o designados, segn el caso, para un periodo de 2 aos, contados a partir de la fecha de la comunicacin de su eleccin o designacin.

Artculo 4. Eleccin de los miembros representantes de los empleados. Los miembros del Comit de Convivencia Laboral que representen a los empleados de la XXXXXXXXXXXX, sern elegidos por stos mediante votacin secreta, en expresin libre, espontnea y autntica y con escrutinio pblico.

Artculo 5. Designacin de los miembros representantes de la XXXXXXXXXXXX. El Representante Legal de la XXXXXXXXXXXX designar los representantes de la organizacin en el Comit de Convivencia Laboral.

Artculo 6. Requisito para ser miembro del Comit de Convivencia Laboral. Los miembros del Comit de Convivencia Laboral debern ser empleados de la organizacin vinculados mediante contrato de trabajo.

Artculo 7. Inhabilidades para ser miembro del Comit de Convivencia Laboral. No podr ser miembro del Comit de Convivencia Laboral, el empleado a quien se le haya formulado queja de acoso laboral, o que haya sido vctima de acoso laboral, en los ltimos 6 (seis) meses anteriores a la conformacin del Comit o su designacin o eleccin.

Artculo 8. Obligaciones de los miembros del Comit de Convivencia Laboral. Adems del cabal cumplimiento de las normas contractuales, legales y reglamentarias, los miembros del Comit de Convivencia Laboral, debern cumplir con las siguientes obligaciones:

a. Asistir puntualmente a las reuniones programadas, o excusarse vlidamente con la oportunidad mnima requerida para convocar a su suplente.b. Mantener bajo estricta confidencialidad la informacin que conozcan en ejercicio de sus funciones.c. Contribuir al logro de los consensos necesarios para las decisiones del Comit de Convivencia Laboral.d. Asistir a las capacitaciones que se programen para el buen desarrollo de las actividades del Comit.e. Actuar con respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de informacin y tica, en el ejercicio de sus funciones como miembro del Comit de Convivencia Laboral.

CAPTULO II

Funcionamiento del Comit de Convivencia Laboral

Artculo 9. Funciones del Comit de Convivencia Laboral. Las siguientes sern las funciones del Comit de Convivencia Laboral de la empresa XXXXXXXXXXXX:

1. Recibir y dar trmite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, as como las pruebas que las soportan.

2. Examinar de manera confidencial los casos especficos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias constitutivas de acoso laboral, al interior de la organizacin.

3. Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.

4. Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de dilogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solucin efectiva de las controversias.

5. Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.

6. Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.

7. En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes y no se cumplan las recomendaciones formuladas, los compromisos adquiridos o la conducta persista, el Comit de Convivencia Laboral informar al rea de gestin humana quien proceder a cerrar el caso.

8. Presentar al rea de gestin humana y seguridad y salud en el trabajo las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, as como el informe anual de resultados de la gestin del Comit de Convivencia Laboral.

9. Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comit deConvivencia Laboral a la Direccin de Desarrollo Humano.

10. Elaborar informes trimestrales sobre la gestin del Comit que incluyan estadsticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales sern presentados a la Direccin de Desarrollo Humano.

Artculo 10. Dignatarios del Comit de Convivencia Laboral. El Comit tendr un presidente y un secretario, quienes sern elegidos por sus miembros de mutuo acuerdo.

Artculo 11. Funciones del Presidente del Comit de Convivencia Laboral: El Presidente del Comit de Convivencia Laboral tendr las funciones que se describen a continuacin:

1. Convocar a los miembros del Comit a las sesiones ordinarias y extraordinarias.

2. Presidir y orientar las reuniones ordinarias y extraordinarias en forma dinmica y eficaz.

3. Tramitar ante el rea de gestin humana, las recomendaciones aprobadas en el Comit.

4. Gestionar ante el rea de gestin humana, los recursos requeridos para el funcionamiento del Comit.

Artculo 12. Funciones del Secretario del Comit de Convivencia Laboral. El Secretario del Comit de Convivencia Laboral tendr las funciones que se describen a continuacin:

1. Recibir y dar trmite a las quejas presentadas por escrito en las que se describan las situaciones que puedan constituir acoso laboral, as como las pruebas que las soportan.

2. Enviar por medio fsico o electrnico a los miembros del Comit la convocatoria realizada por el presidente a las sesiones ordinarias y extraordinarias, indicando el da, la hora y el lugar de la reunin.

3. Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en las quejas, con el fin de escuchar los hechos que dieron lugar a la misma.

4. Citar conjuntamente a los trabajadores involucrados en las quejas con el fin de establecer compromisos de convivencia.

5. Llevar el archivo de las quejas presentadas, la documentacin soporte y velar por la reserva, custodia y confidencialidad de la informacin.

6. Elaborar el orden del da y las actas de cada una de las reuniones del Comit, con indicacin de la naturaleza de la reunin, la fecha, asistentes, lugar y los asuntos tratados.

7. Enviar las comunicaciones con las recomendaciones dadas por el Comit a laDireccin de Desarrollo Humano.

8. Citar a reuniones y solicitar los soportes requeridos para hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes involucradas.

9. Elaborar informes trimestrales sobre la gestin del Comit que incluyan estadsticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales sern presentados a la Direccin de Desarrollo Humano.

Artculo 13. Reuniones del Comit de Convivencia Laboral. El Comit de Convivencia Laboral sesionar ordinariamente cada tres (3) meses calendario y extraordinariamente cuando se presenten casos que requieran su inmediata intervencin. En ste ltimo caso podr ser convocado por cualquiera de sus integrantes.

CAPTULO IIIDe los recursos del Comit de Convivencia Laboral

Artculo 14. Recursos para el funcionamiento del Comit de Convivencia Laboral. La XXXXXXXXXXXX pondr a disposicin del Comit la infraestructura para el desarrollo de las reuniones y otras actividades, al igual que lo correspondiente para el manejo reservado de la documentacin. Tambin realizar o patrocinar actividades de capacitacin para sus miembros.

Artculo 15. Asesora al Comit de Convivencia Laboral. El Comit podr solicitar asesora y asistencia tcnica de la Administradora de Riesgos Laborales a la que se encuentra afiliada la XXXXXXXXXXXX a travs del rea de gestin humana o el rea de seguridad y salud en el trabajo, quien se encargar de canalizar las solicitudes.

Captulo IV Disposiciones finales

Artculo 16. Vigencia. El presente reglamento rige a partir del xx de xxxxxxx de 20xx.

Artculo 17. Modificaciones. Cualquier modificacin al presente reglamento ser realizado por el rea de gestin humana o seguridad y salud en el trabajo, previa revisin y aprobacin del representante legal de la organizacin.

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXRepresentante Legal