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UNIVERSIDAD DE SANTIAGO UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA DE COMPOSTELA Tema de Investigación: MODELO DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA MODELO DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA DEL RÉGIMEN NIÑO, NIÑA ADOLESCENTE DEL RÉGIMEN NIÑO, NIÑA ADOLESCENTE EN EL GOBIERNO AUTONÓMICO DE BENI. EN EL GOBIERNO AUTONÓMICO DE BENI. Maestrante: Enrique Rocha Leigue Maestrante: Enrique Rocha Leigue

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Page 1: UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA Tema de Investigación: MODELO DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA MODELO DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA DEL RÉGIMEN NIÑO,

 

 

 

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO UNIVERSIDAD DE SANTIAGO

DE COMPOSTELA DE COMPOSTELA

Tema de Investigación:

MODELO DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAMODELO DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

DEL RÉGIMEN NIÑO, NIÑA ADOLESCENTE DEL RÉGIMEN NIÑO, NIÑA ADOLESCENTE

EN EL GOBIERNO AUTONÓMICO DE BENI.EN EL GOBIERNO AUTONÓMICO DE BENI.

Maestrante: Enrique Rocha LeigueMaestrante: Enrique Rocha Leigue

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INTRODUCCIÓN INTRODUCCIÓN

• Enunciaciones teóricas que no cuentan con efectiva Enunciaciones teóricas que no cuentan con efectiva aplicación por falta de medios técnicos e aplicación por falta de medios técnicos e

institucionales.institucionales.

• Constitución Política del Estado – Ámbito Autonómico• Departamento – CEDEGES = Conciliatorio• Municipios – Defensorías = Conciliatorio• Policia – Brigadas = Conciliatorio

• Jurisdiccional = Juzgados

PERTINENCIA: Armonización

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METODOLOGÍA• Investigación: DOGMÁTICA JURÍDICA.- Describe la economía Jurídica Nacional - “Concibe el problema desde una estructura

formalista tiene por finalidad evaluar la estructura del Derecho…”

PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN

¿ES NECESARIO CONTAR CON UN MODELO DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICO DEL RÉGIMEN NIÑO, NIÑA ADOLESCENTE EN EL GOBIERNO AUTONÓMICO DEL DEPARTAMENTO DEL BENI?

Tomando en cuenta que la investigación constituye un estudio dogmático jurídico no esta sujeto a confirmación sino a una explicación desde el

campo jurídico.

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DETERMINACIÓN DE OBJETIVOS• OBJETIVO GENERAL

• ADECUAR LA LEGISLACIÓN SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE ATENCIÓN DEL NINO, NIÑA ADOLESCENTE EN EL DEPARTEMENTO AUTONÓMICO DEL BENI DE ACUERDO A LA C.P.E. EN CONCORDANCIA CON LA C.D.N. RATIFICADA POR LEY 1152.

• OBJETIVOS ESPECÍFICOS• Describir con un estudio histórico – jurídico la

economía jurídica nacional de protección a los sectores vulnerables específicamente de los niños, niñas y adolescentes desde 1929 hasta la incorporación del Estado Plurinacional.

• Puntualizar el proceso autonómico nacional en general y el Régimen autonómico del Dpto. Del Beni.

• Descripción de los Derechos del Niño y los principio de la Convención sobre los Derechos del Niño.

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DESCRIPCIÓN DE LA ECONOMÍA JURÍDICA NACIONAL

• Post Guerra del Chaco – prohibición Trabajo menor 10.• En lo Judicial inimputablidad a los 10 años.• Hasta mitad siglo XX – normas suplen Política

Sociales.• REVOLUCIÓN 52’

• Transformación POLÍTICA – SOCIAL – ECONÓMICA.• Alianza de Clases.• Perspectiva Nacional y homogeneizante

• D.S. 4017 – 12 de Abril de 1955.• Seguridad Social – Salud – Educación (minas).

• DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO 1966

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LÍANEA DEL TIEMPO PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL CÓDIGO NIÑO, NIÑA ADOLESCENTE.

Declaración Universal de los Derechos del

Niño – 1966 -

1

Doctrina de la Situación Irregular

– 1969 -

2

Gobierno de Facto Gral. Hugo Banzar

Suárez- 1976 -

3

Convención sobre los

Derechos del Niño

- 1989 –

4

Coordinadora Pro La Paz – Iniciativa para revisar Código del

Menor-1991 –

5

Promulgación delCódigo del Menor

-1992 –

6

Actual Código Niño, niña Adolescente

-1999 –

7

1er. Código del Menor

Diferencia de Categorías

2do. Código del Menor.

Ratificación de la CDN Ley 1152

Proyecto Código de la Niñez y Juventud

3er. Código del Menor

Código Niña, Niño Adolescente.

Recomendación Instituto Interamericano del Niño.- Conformación de comisión.-Acciones paliativas al abandono infantil.-Disciplina.-Corrección.-Asistencial.

Niños = Atendida por la Escuela y la Familia cumplen todos los procesos de socialización, adaptación social hasta llegas a la adultez.

Menor = Marginalidad tratados como patología enviados a centros de orientación.

Retroceso con la atención integral del niño.-Resalta necesidades morales.-Institucionaliza la doctrina de la Situación Irregular.-Basado en acciones judiciales correctivas.-Instituciones -Consejo Nal. Del Menor.-Dir. Nal de Acción Social fortificadas

Bolivia 8vo. País en ratificarla.-Quiebre en el Discurso.-Reconocimiento del niño como sujeto de Derechos.- Descripción del acontecimiento.

Defensa de la niñez Internacional cooperó en el Proyecto.-Mediante consulta nacional.-Objeto era garantizar la prevención, la atención integral y defensa del ejercicio de sus derechos.

- Incluye un concepto de Protección más amplio.-Trata temas de Provisión de Servicios Básicos.-Crea Los Juzgados del Menor.-No se formulan políticas efectivas de protección.-Trabajan con el antiguo sistema paternalista.

- El Plan de Acción en 1993 observa el espíritu de la CDN.Como resultado de los vacíos anteriores-Metas de la Cumbre Mundial de contar con Políticas Públicas de Largo Plazo.-Se crea mecanismos multidisciplinarios de seguimiento de los procesos, etc.

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MARCO INSTITUCIONAL

• La tuición sobre las Políticas de Atención a la Niñez desde 1993 pasaron por cinco etapas

• 1ra. Se crea la Subsecretaría de Asuntos Generacionales de la Secretaría de Asuntos Étnicos, de Género y Generacionales Ministerio de Desarrollo Humano (cuenta con 5 Subsecretarías).

• 2da. Pasan al Viceministerio de Asuntos de Género, Generacionales y Familia – Min. deDesarrollo Sostenible.

• 3ra. 2002 Viceministerio de Asuntos del Niño, Niña y Adolescente – Min. S/cartera Asuntos Campesinos e Indígenas, Género y Generacionales.

• 4ta. Reglamento LOPE crea el Min. Justicia y depende del Viceministerio de Asuntos de Género y Generacionales.

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LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO

• Realiza un salto cualitativo por el respeto y la igualdad.• Brinda un reconocimiento por los tratados en DD. HH.

Prevaleciendo al orden interno brindando el reconocimiento formal de la C.D.N..

• Consagra los Derechos del Niño con una premisa fundamental de la relación entre el Estado y los niño y la relación entre la Familia y el Estado con la Comunidad con la niñez y adolescencia.

• Incluye dos importantes capítulos relacionados con los Derechos de la Niñez, considerando.• Derecho a la Identidad – fácil acceso a los Servicios Públicos y Privados• Prohibición a todo tipo de violencia – Prohibición del trabajo infantil.

• El Segundo Capítulo• Obligatoriedad y gratuidad de la educación primaria y secundaria.• El deber de garantizar la educación a niños con Discapacidad.• El equilibrio de género-

Estos derechos forman parte de la protección integral de la niñez y adolescencia basados en los siguientes principios:

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

• IGUALDA Y NO DISCRIMINACIÓNIGUALDA Y NO DISCRIMINACIÓN• INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑOINTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO• PRIORIDAD ABSOLUTAPRIORIDAD ABSOLUTA• CORRESPONSABILIDADCORRESPONSABILIDAD

• Concordantes con el Código Niño, niña Concordantes con el Código Niño, niña Asolescente.Asolescente.

• El D.S. 27443 Reglamento del Código El D.S. 27443 Reglamento del Código Niño, Niña Adolescente.Niño, Niña Adolescente.

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• El Proceso Autonómico no es tan nuevo en nuestra historia. El Proceso Autonómico no es tan nuevo en nuestra historia.

Presidencia del Mcal. Andrés de Santa Cruz1

Convención de 1871 de Sucre

2

Líder cívico Federico Zuazo – Ismael Montes 18993

Propuesta de Salamanca1921

4

Post – Guerra del Chaco1938

5

Ley 1835 Intento del Federalismo Guerra FederalAsamblea Departamental

Convención Nacional de Germán Buch

-Establece la creación de Consejos Departamentales.

-Conformados por dos Notables.

-Objeto constituir un Gobierno Departamental.

Después de la caído de Mariano Melgarejo.

Lucas de Mendoza Tapia planteó organizar el país de forma Federal.

Crearon el denominado Estado Federal en La Paz.

Período de los Liberales.

Post guerra Federal .Propuesta del Presidente Salamanca.

Asamblea compuesta por Procuradores elegidos por voto directo.

El Prefectos sería elegido por terna por el Presidente

La clase Política volvió a repensar el país desde diversos ángulos.

Se delineó cambios sociales.Hacer frente a la polarización étnica – los Regionalismos – Las Periferias olvidadas.

OBJETIVO ESPECÍFICO: OBJETIVO ESPECÍFICO: Puntualizar el proceso autonómico nacional en Puntualizar el proceso autonómico nacional en general y el Régimen autonómico del Departamento del general y el Régimen autonómico del Departamento del Beni.Beni.

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DESCENTRALIZACIÓN MUNICIPALDESCENTRALIZACIÓN MUNICIPAL

• A través de reforma constitucional Gonzalo Sánchez de Lozada instauraría el Régimen Municipal de forma territorial.

• Reconoce a las organizaciones territoriales de base e iniciaría una transferencia de competencias primordialmente hacia el municipio, dejando para el nivel departamental una descentralización administrativa.

• Ley 1551 introduce el nivel Municipal: un orden Político –Espacial• Deroga el Código del Menor y crea las Defensorías de la Niñez como servicios

gratuitos de defensa socio - jurídicos Municipales.• Con acciones únicamente conciliatorias, puesto que son normas de Orden público-

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PARÁMETROS DE TRABAJO DE LAS DEFENSORÍAS

ATRIBUCIONESATRIBUCIONES SERVICIOSSERVICIOS COMPETENCIASCOMPETENCIAS

-Presentar denuncias ante autoridades competentes por infracción o delitos cometidos por niños, niñas y adolescentes, a su vez asiste como defensa del mismo.

Deriva casos que no correspondes por competencias.

-Dispone medidas de protección social para autores de infracciones.

Dispone medidas de protección social en situaciones de riesgo personal o social.Expide notificaciones en caso de emergencias.

Brinda orientación interdisciplinaria a familias.

Orienta programas de atención en dentro de su jurisdicción.

Interviene en conflictos que vulneren los derechos de la niñez

Prevención, generando estrategias conjuntas sobre situaciones de riesgo identificadas.

Interviene en conflictos que vulneren sus derechos.

Orientación e información sobre los pasos a seguir para cumplir los derechos otorgados por ley.

Promoción, permite identificar necesidades, demandas y a partir de esta información se puede sensibilizar y motivar la participación garantizando acciones integradas con la comunidad.

Protección, defensa socio – jurídica en situaciones de omisión, negligencia e incumplimiento de derechos fundamentales.

Interviene como promotora legal de adolescentes infractores.

Denuncia ante autoridades competentes e interviene en su defensa cuando existe la violación de los derechos de niños, niñas adolescentes.

Deriva a la autoridad correspondiente casos que no son de su competencia.

Promueve la difusión, defensa de los derechos de la niñez y adolescencia.

Aplica medidas de prevención social.

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DESCENTRALIZACIÓN DEPARTAMENTALDESCENTRALIZACIÓN DEPARTAMENTAL

ANTECEDENTES DEL PROCESO AUTONÓMICO BENIANO

• Emerge de la madurez política de los bolivianos.• Necesidad de desarrollo, por el elevado crecimiento de la

Municipalización.• El alivio a la Pobreza HIPIC - Dialogo 2000 permitió avance

en Política sociales.

SEDEGES : prevención- protección- restitución de Derechos

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OBJETIVO ESPECÍFICO: OBJETIVO ESPECÍFICO: Descripción de los Derechos del Niño y los principio Descripción de los Derechos del Niño y los principio de la Convención sobre los Derechos del Niño.de la Convención sobre los Derechos del Niño.

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑOCONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

EL INTERES SUPERIOR DEL NIÑOEL INTERES SUPERIOR DEL NIÑONO DISCRIMINACIÓNNO DISCRIMINACIÓN EL DERECHO A LA VIDA, LA EL DERECHO A LA VIDA, LA

SUPERVIVENCIA Y EL SUPERVIVENCIA Y EL DESARROLLODESARROLLO

RESPETO DE LAS OPINIONES RESPETO DE LAS OPINIONES DEL NIÑO DEL NIÑO

El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.El principio se incluye en la Convención sobre todas las formas de discriminación

de la mujer; De igual forma con relación a los refugiados.Las autoridades administrativas así como las instituciones tanto públicas como privadas deben cerciorarse de las repercusiones que tendrán sobre el niño las medidas que adopte, este principio está presente en las situaciones específicas relacionadas a: La separación del niño de sus padres. La responsabilidad de los padres. La privación del entorno familiar. La adopción. La privación de libertad.

No discriminación sobre la base de la raza, color, género, idioma, opinión, procedencia, discapacidad, nacimiento u otra característica, significa que todos los niños tienen el derecho a desarrollar su potencialidad.La prohibición de toda discriminación no se opone a la diferenciación legítima entre los niños.CDN reconoce que en todos los países del mundo hay niños que viven en condiciones excepcionalmente difíciles, y que esos niños necesitan especial consideración.Entre los niños de las minorías o de las comunidades indígenas, los niños discapacitados, los nacidos fuera del matrimonio, los niños que no son nacionales, inmigrantes,

desplazados, refugiados o solicitantes de asilo, y los niños que viven o trabajan en las calles. Los Derechos del Niño se refirieren frecuentemente a la necesidad de identificar a los niños más vulnerables y desfavorecidos de un Estado, y su preocupación por la situación en la que se encuentran, recomendando que se adopten medidas para que esos niños puedan disfrutar de las medidas protectoras establecidas en la Convención.

Los niños tienen derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo, en este sentido resulta crucial garantizar su acceso a los servicios básicos y a la igualdad de oportunidades. El derecho a la supervivencia y al desarrollo en la máxima medida posible.Para disminuir la mortalidad infantil y aumentar la esperanza de vida, en especial adoptando medidas para eliminar la malnutrición y las epidemias, las medidas adoptadas por los Estados.El niño, con su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento. De oportunidades para las personas con discapacidad.También Los conflictos armados constituyen una amenaza para el derecho a la vida de muchos niños que preocupan hondamente las generalizadas violaciones del derecho a la vida de los niños a causa.Promoviendo la supervivencia y el desarrollo en la máxima medida posible. Asegurar el desarrollo del niño no consiste únicamente en prepararlo para la vida adulta, sino también en proporcionarle las condiciones óptimas para su infancia.

Los Estados garanticen a todo niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio, el derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afecten; que se tenga debidamente en cuenta la opinión del niño en función de su edad y grado de madurez.El niño tiene derecho a ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que le afecte desde las comparecencias ante el tribunal hasta la toma de decisiones oficiales, por

ejemplo, en materia de educación, salud, planificación, medio ambiente, etc. El niño debe ser considerado como un sujeto activo de derechos y que es objetivo fundamental de la Convención subrayar que los derechos humanos se aplican también a los niños. Concordado con la libertad de expresión, libertad de pensamiento, conciencia y religión y la libertad de asociación.

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CONCLUSIONESCONCLUSIONES

• La presente investigación considero principalmente hacer hincapié en la importancia de la niñez misma que se encuentra dentro de los lineamientos de la Nueva Constitución Política del Estado, esta nueva directriz atañe específicamente a los regímenes autonómicos como competencia exclusiva.

• El Modelo armonizado de competencias y tuiciones, del Departamento del Beni es una necesidad para promover y fortalecer la exigibilidad de los derechos, a través de mecanismos no sólo jurisdiccionales, sino también instancias de participación, defensorías, y fondos especiales para la infancia y la adolescencia, entre otros.

• El Departamento del Beni se presta para realizar las adecuaciones, al contar con la voluntad demostrada por las autoridades departamentales al querer incorporar las competencias exclusivas a orden jurídico autonómico.

• En el ámbito judicial deben ser promovidas herramientas efectivas de acceso amplio a la justicia para la protección de los derechos destacando el rol fundamental de los jueces y del sistema judicial, en el Régimen Autonómico, como garantes de los derechos.

• Para ello es necesario que los jueces, en su tarea, cuenten con condiciones de independencia, permanente capacitación con enfoque de derechos humanos, y que desarrollen su labor priorizando una interpretación a luz de los Derechos del Niño y los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos.

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RECOMENDACIONES• Los insumos proporcionados en la presente investigación identifican

la duplicidad de competencias en los niveles Departamentales y Municipales, los cuales permiten desarrollar una unificación de la actual normativa con los enunciados de la Constitución Política del Estado; donde establece principios universales de los derechos del niño.

• Se debe contar con una efectiva aplicación de los instrumentos normativos que establecen la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Ley de la República No. 1152 de fecha 14 de mayo de 1990, asimismo el Código Niño, Niña Adolescente y el Decreto Supremo Reglamentario, deben resaltar a los pilares de la convención.

• Las políticas públicas de Protección a aplicar deben asegurar la restitución de derechos transgredidos y asegurar la reinserción social de esos sectores de la población más vulnerable.

• Se debe desarrollar un plan de trabajo a largo plazo que permita el desarrollo de metodologías, investigaciones y otras acciones específicas para mejorar la eficiencia en la asignación de recursos en niñez y adolescencia identificando estrategias específicas para incidir en cobertura y calidad de servicios autónomos.