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SUMARIO II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE CASTROVERDE DE CERRATO AYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS AYUNTAMIENTO DE FRESNO EL VIEJO CONSEJERIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Resolución por la que se modifica la Resolución de 22 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas sobre otorgamiento de autorización administrativa previa para la distribución de gas natural canalizado Página 3 CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Servicio de Gestión de Ingresos. Exposición pública de los padrones cobratorios del Impuesto sobre Actividades Económicas y de las Tasas por aprovechamiento especial de las vías públicas municipales por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de espacio para aparcamiento. Página 5 Resolución por la que se delegan todas las funciones de alcaldía en el primer teniente alcalde por enfermedad. Página 7 Anuncio de licitación para contratar el arrendamiento de las fincas rústicas municipales. Página 8 Aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de Cementerio Municipal Página 9 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2019-167 Lunes, 2 de septiembre de 2019 Núm. 167 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2019-167 Núm. 167 Lunes, 2 de septiembre de 2019 Pág. 1

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SUMARIO

II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE CASTROVERDE DE CERRATO

AYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS

AYUNTAMIENTO DE FRESNO EL VIEJO

CONSEJERIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Resolución por la que semodifica la Resolución de 22 de septiembre de 2014, de la DirecciónGeneral de Energía y Minas sobre otorgamiento de autorizaciónadministrativa previa para la distribución de gas natural canalizado Página 3

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Servicio de Gestiónde Ingresos. Exposición pública de los padrones cobratorios del Impuestosobre Actividades Económicas y de las Tasas por aprovechamientoespecial de las vías públicas municipales por entrada de vehículos a travésde las aceras y reservas de espacio para aparcamiento. Página 5

Resolución por la que se delegan todas las funciones de alcaldía en elprimer teniente alcalde por enfermedad. Página 7

Anuncio de licitación para contratar el arrendamiento de las fincas rústicasmunicipales. Página 8

Aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscalreguladora de Cementerio Municipal Página 9

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AYUNTAMIENTO DE FRESNO EL VIEJO

AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

AYUNTAMIENTO DE MORAL DE LA REINA

AYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS

AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria portransferencia de Crédito Página 10

Elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de esteAyuntamiento, adoptado en fecha 30 de julio de 2019 Página 11

Anuncio de licitación para contratar el arrendamiento de las fincas rústicasmunicipales. Página 13

GESTION TRIBUTARIA Y RECAUDACION. Exposición pública delpadrón de contribuyentes de ABAD, correspondiente al 02TRI19 y períodode cobro hasta 15/10/19 Página 14

INTERVENCION. Exposición pública del padrón de contribuyentes deagua, basura y alcantarillado, 2º Trimestre 2019. Página 16

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II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

CONSEJERIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

RESOLUCIÓN DE 29 DE JULIO DE 2019 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA YMINAS POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 22 DE SEPTIEMBRE DE2014, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS SOBRE OTORGAMIENTODE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA PARA LA DISTRIBUCIÓN DE GASNATURAL CANALIZADO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MEDINA DE RIOSECO(VALLADOLID) A FAVOR DE “GAS NATURAL CASTILLA Y LEÓN, S.A.”

ANTECEDENTES DE HECHO

Mediante Resolución de la Dirección General de Energía y Minas de fecha 22 deseptiembre de 2014 se otorga a la empresa Gas Natural Castilla y León, S.A. autorizaciónadministrativa previa para la distribución de gas natural canalizado en el término municipalde Medina de Rioseco (Valladolid).

En la condición segunda se determinaban las principales características básicas de lasinstalaciones previstas en el documento técnico.

La empresa Gas Natural Castilla y León, S.A. lleva a cabo un cambio de denominaciónsocial pasando a denominarse Nedgia Castilla y León, S.A.

Con fecha 10 de abril de 2019, la empresa Nedgia Castilla y León, S.A. solicitamodificación de las características básicas de la autorización administrativa previa para ladistribución de gas natural canalizado en el término municipal de Medina de Rioseco,debido a la transmisión de instalaciones de suministro de GLP. Solicita modificar lacapacidad de la planta de GNL, proyectada originalmente a 59,9 m3, siendo necesaria unaampliación de la misma a 120 m3, debido a la eliminación de los depósitos de GLPexistentes, así como modificar la ERM, motivado por la necesaria integración de las redesde propano canalizado existentes. Se verán modificados así mismo, otros datos, como elpresupuesto y longitud de las redes proyectadas, modificaciones que se determinarán yaprobarán en el proyecto de ejecución por el Servicio Territorial de Economíacorrespondiente.

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos;en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividadesde transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorizaciónde instalaciones de gas natural, se somete a información pública el en los diarios, “El Nortede Castilla” el 20 de mayo de 2019, y “Diario de Valladolid”, el 18 de mayo de 2019, el 15y 23 de mayo de 2019 en el BOCyL, y el 21 de mayo de 2019 en el BOP de Valladolid, nopresentándose alegaciones al mismo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

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La Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda escompetente para dictar la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en elDecreto 41/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de laConsejería de Economía y Hacienda, la Ley 3/2001, del Gobierno y de la Administraciónde la Comunidad de Castilla y León, Decreto 156/2003, de 26 de diciembre, sobredesconcentración de competencias, el Decreto 2/2019, de 16 de julio, del Presidente de laJunta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías y la Ley 34/1998, de 7 deoctubre, del Sector de Hidrocarburos.

Vistos: la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; elReal Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades detransporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización deinstalaciones de gas natural; el Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que seregula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistemaeconómico integrado del sector de gas natural; la Orden del Ministerio de Industria de 18de noviembre de 1974, por el que se aprueba el Reglamento de redes y acometidas decombustibles gaseosos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, modificada por lasÓrdenes del Ministerio de Industria y Energía de 26 de octubre de 1983, de 6 de julio de1984, de 9 de marzo de 1994 y de 29 de mayo de 1998.

Vista la propuesta del Servicio de Ordenación y Planificación Energética,

RESUELVO:

Modificar la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas de fecha 22 deseptiembre de 2014 por la que se otorgaba a la empresa Gas Natural Castilla y León,S.A., ahora Nedgia Castilla y León, S.A., autorización administrativa previa para ladistribución de gas natural canalizado en el término municipal de Medina de Rioseco(Valladolid), en su condición segunda, en particular, la capacidad de la planta satélite deGNL, que pasa a tener una capacidad de 120 m3 y la ampliación del caudal de emisión dela planta, sustituyendo la ERM existente por modelo “MOP 16-5 Q 1000 – D” aérea bajotejadillo con salida a 2 bar que se conectará a la red existente de distribución de gasnatural con MOP 2 bar.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recursode alzada ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes contado apartir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto a los artículos 121 y122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas.

León, 29 de julio de 2019.- El Director General de Energía y Minas.- Fdo.: RicardoGonzález Mantero.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS

Servicio de Gestión de Ingresos

En el Servicio de Gestión de Ingresos (Plaza de Santa Ana, 6) y durante el plazo de treintadías hábiles, a contar del siguiente también hábil, de la inserción de este anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid, estará expuesto al público a efectos dereclamaciones, los Padrones cobratorios correspondientes al Impuesto Municipal sobreActividades Económicas del ejercicio 2019, aprobado por Decreto número (5875/2019, de27 de agosto) y los de las Tasas por aprovechamiento especial de las vías públicasmunicipales por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de espacio paraaparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, por utilización privativadel dominio público municipal mediante la instalación de quioscos en la vía pública y por elaprovechamiento especial del suelo con cajeros automáticos utilizables desde la vía públicadel ejercicio 2019, aprobados por Decreto número (5874/2019, de 27 de agosto)

El plazo de pago, en período voluntario, se iniciará el día 2 de septiembre y concluirá el 5de noviembre de 2019.

El importe de las cuotas se ingresará en los Bancos, Cajas y demás entidadescolaboradoras, mediante los documentos que ha confeccionado el Ayuntamiento, loscuales se enviarán a los respectivos contribuyentes. Asimismo dichas cuotas podrán serabonadas mediante tarjeta de crédito en la página web municipal,www.valladolid.es/pago_telematico (sede electrónica-carpeta contribuyente). No obstante,los contribuyentes que antes del día 15 de octubre próximo no hubieran recibido en susdomicilios dichos documentos, deberán solicitarlos en la Oficina de Atención alContribuyente (plaza de Santa Ana, nº 6), a través del teléfono 983 426 426 o correoelectrónico [email protected], ya que, en todo caso, el período voluntario de recaudaciónfinalizará el día 5 de noviembre ya citado.

Una vez finalizado el plazo voluntario para el pago, se iniciará el procedimiento de apremio,lo que determinará la exigibilidad de los correspondientes recargos del periodo ejecutivo,de los intereses de demora y, en su caso, de las costas exigibles conforme a lo dispuestoen la Ley General Tributaria.

Contra las liquidaciones derivadas de los Padrones, podrá interponerse el recurso dereposición regulado en el artículo 14 del texto Refundido de la Ley de Haciendas Localesaprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, o reclamación económico-administrativa ante el Consejo Económico-Administrativo de Valladolid, ambos en el plazode un mes contado desde día siguiente al de la finalización del período de exposiciónpública de los correspondientes padrones, sin que puedan siultanearse ambos recursos.

Lo que se comunica a cuantas personas se encuentren afectadas, en cumplimiento de lodispuesto en el apartado 3 del artículo 102 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General

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Tributaria, y del artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por RealDecreto 939/2005, de 29 de julio.

Valladolid, 28 de agosto de 2019.- El Concejal Delegado de Planificación y Recursos.-Fdo.: Pedro Herrero García

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTROVERDE DE CERRATO

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DELEGAN TODAS LAS FUNCIONES DE ALCALDÍA ENEL PRIMER TENIENTE ALCALDE POR ENFERMEDAD

Visto que el sr. Alcalde de este Ayuntamiento no va poder desempeñar sus funciones porrazón de enfermedad.

Visto la resolución de alcaldía de fecha 8 de julio de 2019 en la que se nombraba PrimerTeniente de Alcalde a Dña. M. Carmen González Fernández.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y de conformidad con los artículos 23.3,124.5 y 125 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,y los artículos 43 y 44 de Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, RESUELVO:

PRIMERO: Delegar en la figura del Teniente Alcalde Dña. M. Carmen GonzálezFernández, las competencias previstas en la ley durante el tiempo de enfermedad del sr.Alcalde.

SEGUNDO: Notifíquese esta resolución a los interesados.

TERCERO: Publicar en el BOP a los efectos previstos en los artículos 44 y 47 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EntidadesLocales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Castroverde de Cerrato, a 8 de agosto de 2019.- El Alcalde-Presidente.- Fdo.: GaudencioGonzález Paredes.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS

Aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, el Pliego de Cláusulas Jurídicas y Económico-Administrativas que regirán la adjudicación por concurso del contrato de arrendamiento delas fincas rústicas de masa común del Ayuntamiento de Cuenca de Campos, por elpresente se anuncia dicha licitación cuyos datos esenciales son los siguientes:

Objeto: La adjudicación del arrendamiento de las fincas rústicas municipales de masacomún siguientes: : parcela 76 del polígono 8 de 2’2450 hras., parcela 86 del polígono 2de 9’3770 hras., parcela 36 del polígono 5 de 19’2880 hras. y parcela 26 del polígono 7 de1’0320 hras.

Duración del contrato: 5 años o campañas.

Criterios de Valoración de las Ofertas: La adjudicación del contrato se realizará porconcurso, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria utilizando como únicocriterio de valoración el precio.

Tipo de licitación: El tipo de licitación anual al alza será de 150 euros/hra.

Fianzas: Provisional, exenta. Definitiva: el 5% del importe del remate por todos los añosdel contrato.

Presentación de proposiciones: en el Registro General del Ayuntamiento atendiendo a lacláusula 3ª del Pliego, en el plazo de 15 días naturales contados desde la inserción de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Apertura de proposiciones: en la Secretaría del Ayuntamiento, a las 13 horas del siguientemiércoles hábil al día en que finalice el periodo de presentación de ofertas.

Modelo de proposición: Se contiene en el Pliego de Cláusulas aprobado y está adisposición de los interesados en las oficinas municipales.

Cuenca de Campos, a 29 de agosto de 2019.- El Alcalde-Presidente.- Fdo.: FaustinoGonzález Miguel.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE FRESNO EL VIEJO

El Pleno del Ayuntamiento de Fresno el Viejo, en sesión ordinaria celebrada el día 20 deagosto de 2019, acordó la aprobación provisional de la modificación de la OrdenanzaFiscal que regula la tasa municipal de cementerio municipal.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, se someten ambos expedientes a información pública por el plazo detreinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BoletínOficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar los expedientes ypresentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se consideraránaprobados definitivamente dichos Acuerdos.

En Fresno el Viejo, a 21 de agosto de 2019, El Alcalde.- Luis Miguel Muñumer García

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE FRESNO EL VIEJO

El Pleno del Ayuntamiento de Fresno el Viejo, en sesión extraordinaria celebrada el día 20de agosto de 2019, acordó la aprobación inicial del expediente nº 1/2019, de transferenciade créditos entre partidas de gastos de distinto grupo de función que no afectan a gastosde personal.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del RealDecreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública porel plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente ypresentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Fresno el Viejo, a 21 de agosto de 2019, El Alcalde.- Luis Miguel Muñumer García

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición alpúblico, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario deaprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 30 de julio de 2019, financiadomediante bajas en otras aplicaciones, como sigue a continuación:

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación Descripción Créditos iniciales Modificaciones de crédito Créditos finales

Progr. Económica

912 10100 Retribuciones básicas 0,00 € 30.733,00 € 30.703,00 €

912 16000 Seguridad Social 0,00 € 10.005,00 € 10.005,00 €

TOTAL 0,00 € 40.738,00 € 40.738,00 €

Esta modificación se financia mediante bajas en otras aplicaciones, en los siguientestérminos:

Bajas en Concepto de Gastos

Aplicación Descripción Créditos disponibles Bajas Créditos finales

Progr. Económica

920 120 Retribuciones básicas funcionarios 70.231,37 € 15.366,50 € 54.864,87 €

920 121 Retribuciones complem. Funcionarios 89.326,53 € 15.366,50 € 73.960,03 €

920 16000 Seguridad Social 56.489,02 € 10.005,30 € 46.483,72 €

TOTAL GASTOS 216.046,92 € 40.738,30 € 175.308,62 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por RealDecreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:

a)-El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarloa ejercicios posteriores.

b)-La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esafinalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida lavinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto

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Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recursocontencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de laLey 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 Texto Refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola laefectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Iscar, 29 de agosto de 2019.- El Alcalde.- Fdo.: Luis María Martín García

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MORAL DE LA REINA

Aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el Pliego de Cláusulas Jurídicas y Económico-Administrativas que regirán la adjudicación por concurso del contrato de arrendamiento delas fincas rústicas de masa común del Ayuntamiento de Moral de la Reina, por el presentese anuncia dicha licitación cuyos datos esenciales son los siguientes:

Objeto: La adjudicación del arrendamiento de las fincas rústicas municipales de masacomún siguientes: parcela 24, polígono 6 al Pago de Matacabras de 7,5118 Hras., parcela13, polígono 8 al Pago de El Corbillo de 22,2410 Hras., parcela 10, polígono 6parcialmente al Pago de Ahorcagatos sobre 2,30 Hras., parcela 1, polígono 7 al Pago deLa Cebra de 6,9340 Hras. y parcelas 8 y 28 del polígono 7 al Pago de La Cebra de5,6470 Hras.

Duración del contrato: 5 años o campañas.

Criterios de Valoración de las Ofertas: La adjudicación del contrato se realizará porconcurso, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, utilizando como únicocriterio de valoración el precio.

Tipo de licitación: El tipo de licitación anual al alza será de 130 euros/hra.

Fianzas: Provisional, exenta. Definitiva: el 5% del importe del remate por todos los añosdel contrato.

Presentación de proposiciones: en el Registro General del Ayuntamiento atendiendo a lacláusula 3ª del Pliego, en el plazo de 15 días naturales contados desde la inserción de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Apertura de proposiciones: en la Secretaría del Ayuntamiento, a las 11 horas del siguienteviernes hábil al día en que finalice el periodo de presentación de ofertas.

Modelo de proposición: Se contiene en el Pliego de Cláusulas aprobado y está adisposición de los interesados en las oficinas municipales.

Moral de la Reina, a 29 de agosto de 2019.- El Alcalde-Presidente.- Fdo.: Jesús FranciscoBrezmes Arango.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS

GESTION TRIBUTARIA Y RECAUDACION

Por Resolución de la Alcaldía número 456/2019 de 14 de agosto, se han aprobado lospadrones fiscales de contribuyentes sujetos al pago de la tasa por el servicio de aguas,recogida de basuras, alcantarillado, y tasa por depuración correspondientes al 2º Trimestre de 2019.

Lo que se hace público para general conocimiento, a fin de que los interesados puedaninterponer por espacio de 20 días hábiles las alegaciones que estimen oportunas. Estapublicación sustituye a la notificación individual dada la naturaleza y clase de acto y lapluralidad de destinatarios.

Simultáneamente, se abre periodo voluntario de cobranza de los recibos de los referidospadrones, que se llevará a cabo en el Servicio de Recaudación del Ayuntamiento, duranteel horario de 9’00 a 14’00 horas, de lunes a viernes, en el periodo comprendido desde el12 de agosto al 15 de octubre de 2019.

Los contribuyentes que no tengan domiciliación bancaria, deberán retirar sus recibos en laoficina de recaudación en el horario indicado o en el correo electrónicorecaudació[email protected] y hacerlos efectivos en la Entidad Unicaja Banco, bien enventanilla de martes a jueves en horario de 8:30 a 10:30 o en el cajero de manera muysencilla con los instrumentos de cobro que se faciliten y una tarjeta de crédito de cualquierbanco, y sin comisión alguna, o también en portaltributario.tordesillas.es existe unapasarela de pagos.

Los contribuyentes que tuvieran domiciliado el pago de recibos, éstos se entregarán através de las entidades bancarias, sin ningún trámite por su parte, efectuándose elcorrespondiente cargo en cuenta el día 2 de octubre de 2019.

El vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario sin haber satisfecho la deuda,determinará el inicio del periodo ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente y losintereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 68 y siguientes delReglamento General de Recaudación (R.D. 939/2005, de 29 de julio)

Contra el acuerdo referido que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso dereposición en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de la publicación delpresente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien el recurso Contencioso-Administrativo directo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de lapublicación del presente anuncio en el B.O.P. El recurso Contencioso-Administrativo seinterpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo conforme lo dispuesto en losartículos 10.1, 25.1 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, en su nueva redacción dada por la D.A. 14ª de la LeyOrgánica 19/2003, de 23 de diciembre de modificación de la Ley Orgánica 6/85, de 1 deJulio del Poder Judicial.

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Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que estimeoportuno en derecho.

En Tordesillas, a 21 de agosto de 2019, Alcalde Miguel Ángel Oliveira Rodríguez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO

INTERVENCION

Por Resolución de Alcaldía nº 244/2019 de fecha 20 de agosto, se han aprobado lossiguientes padrones de contribuyentes.

Padrón agua, basura y alcantarillado, 2º Trimestre 2019.

Durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de inserción de este anuncioen el Boletín Oficial de la provincia se exponen al público los referidos padrones en lasoficinas de este Ayuntamiento, a los efectos de que los interesados puedan examinarlos.

Contra esta Resolución y los padrones citados, pueden interponerse los siguientesrecursos:

De reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización delperiodo de exposición pública de los padrones en los términos establecidos en el art. 14del R.D. Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales.

Contencioso-administrativo contra la resolución expresa o presunta del recurso dereposición.

El presente anuncio servirá de notificación colectiva para todos los sujetos pasivosincluidos en los padrones, de conformidad con lo establecido en la Ley General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Tudela de Duero a 21 de agosto de 2019.- El Alcalde.- Fdo.: Luís Javier GómezPotente

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