taller semana 2

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presentacion de leyes

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  • LEY 100 DE 1993

    SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

  • El Sistema de Seguridad Social Integral tiene por objeto garantizar

    los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para

    obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana,

    mediante la proteccin de las contingencias que la afecten.

    El servicio pblico esencial de seguridad social se prestar con

    sujecin a los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad,

    integralidad, unidad y participacin.

    La Seguridad Social es un servicio pblico obligatorio, cuya

    direccin, coordinacin y control est a cargo del Estado y que

    ser prestado por las entidades pblicas o privadas.

    El Estado garantiza a todos los habitantes del territorio nacional, el

    derecho irrenunciable a la seguridad social.

  • Tiene por objeto garantizar a la poblacin, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte,mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley, as como propender por laampliacin progresiva de cobertura a los segmentos de poblacin no cubiertos con un sistema de pensiones.

    El Sistema General de Pensiones, con las excepciones previstas en el artculo 279 de la presenteley, se aplicar a todos los habitantes del territorio nacional.

    Regmenes del Sistema General de Pensiones

    Existir un Fondo de Solidaridad Pensional destinado a ampliar la cobertura mediante el subsidio alos grupos de poblacin que, por sus caractersticas y condiciones socioeconmicas, no tienenacceso a los sistemas de seguridad social. Ningn afiliado podr recibir simultneamentepensiones de invalidez y de vejez.

    Sern afiliados al Sistema General de Pensiones:

    .

    SISTEMA GENERAL DE PENSIONES

    a. Rgimen Solidario de PrimaMedia con Prestacin Definida.

    b. Rgimen de Ahorro Individualcon Solidaridad..

    2. En forma voluntaria1. En forma obligatoria.

  • EL SISTEMA GENERAL

    DE SEGURIDAD

    SOCIAL EN SALUD

    AUTONOMIA DE LAS INSITUCIONES

    OBLIGATORIEDAD

    PROTECCIN INTEGRAL

    LIBRE ESCOGENCIA

    PARTICIPACIN SOCIAL

    CONCERTACIN

    CALIDAD

    EQUIDAD

    DESCENTRALIZACION

    ADMINISTRATIVA

  • SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES

    Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional

    Las pensiones de invalidez

    originadas en accidente

    de trabajo o enfermedad

    profesional continuarn

    rigindose por las

    disposiciones vigentes,

    salvo lo dispuesto en

    relacin con el sistema de

    calificacin del estado de

    invalidez y las pensiones

    de invalidez integradas a

    que se refieren los

    artculos siguientes.

    Devolucin de Saldos por

    Muerte Causada por

    Accidente de Trabajo o

    Enfermedad Profesional:

    Los servicios de salud

    derivados de accidente

    de trabajo o

    enfermedad profesional,

    sern prestados por las

    Entidades Promotoras de

    Salud.

    Calificacin del Estado

    de Invalidez: La

    calificacin del estado

    de invalidez derivado de

    accidente de trabajo o

    enfermedad profesional

    se sujetar a lo dispuesto

    en esta ley para la

    calificacin de la

    invalidez por riesgo

    comn.

  • Establece un programa de auxilios para los ancianos

    indigentes que cumplan los siguientes requisitos:

    a. Ser colombiano.

    b. Llegar a una edad de sesenta y cinco o ms aos.

    c. Residir durante los ltimos diez aos en el territorio

    nacional.

    d. Carecer de rentas o de ingresos suficientes para su

    subsistencia, o encontrarse en condiciones de extrema

    pobreza o indigencia, de acuerdo con la reglamentacin

    que para tal fin expida el Consejo Nacional de Poltica

    Social.

    SERVICIOS SOCIALES COMPLEMENTARIOS

  • ISO 18001 OHSAS

    SEGURIDAD LABORAL

  • La norma OHSAS (Occupational Health and Safety Assesment Series) es una

    norma reconocida a nivel mundial y es el mejor vehculo para gestionar toda la

    prevencin de riesgos de una empresa, al gestionarse como un sistema se consiguen

    varios objetivos, entre ellos un ms fcil cumplimiento de la ley, ya que organiza todos los requisitos y sus correspondientes

    registros.

    La implantacin de un sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajo

    contribuye a la mejora de las condiciones y factores que pueden afectar al bienestar

    de toda persona que se encuentre en el entorno fsico de una empresa.

    La especificacin tcnica OHSAS 18001:1999 establece los requisitos

    que debe cumplir un sistema gestin de seguridad y salud en el trabajo para

    que las organizaciones puedan optimizar el rendimiento de su sistema, as

    como controlar eficazmente los riesgos asociados con sus actividades.

    Tiene un reconocimiento externo que ofrece un valor aadido para la

    organizacin ya que una empresa certificadora externa, reconoce la eficacia

    del Sistema de Gestin de Calidad implantado, otorgando el conocido

    Sello de Calidad.

  • La implantacin de un sistema de gestin de seguridad y salud laboral segn la

    especificacin OHSAS 18001:1999 permite a las organizaciones:

    Elaborar una poltica adecuada deseguridad y salud laboral

    Demostrar compromiso con el

    cumplimiento de las exigencias de

    la legislacin vigente.

    Establecer, implantar, mantener y

    mejorar continuamente su sistema

    de gestin de la seguridad y salud enel trabajo

    Determinar los aspectos de seguridad y

    salud relacionados con las actividades, losproductos y los servicios de la organizacin

    Facilitar la asignacin de recursos.

    Evaluar los resultados en funcin de la

    poltica y los objetivos fijados, buscando

    las posibles reas de mejora.

    Revisar y auditar el sistema.

    Desarrollar y mantener al da

    un programa de respuesta ante casos de emergencia

  • Porque es una norma internacional probadasatisfactoriamente en este mundo, es conocida

    y exigida en casi todos los pases del mundo.

    Porque es necesario mantenerse encondiciones de competitividad, para no perder

    terreno en mercados tan exigentes como en los

    que vivimos.

    Porque reduce sensiblemente los accidenteslaborales.

    Porque coloca a nuestra Organizacin enmejores condiciones comerciales y tcnicas

    respecto de aquellas que no hicieron el

    esfuerzo por certificar estos Sistemas.

    Porque nuestros Clientes y Proveedores lonecesitan y ya lo estn exigiendo.

    Por qu es necesaria la adopcin de estos sistemas de gestin?

  • RESOLUCIN 1016 DE 1989

    PROGRAMAS DE SALUD

    OCUPACIONAL

  • Todos los empleadores pblicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas, estn

    obligados a organizar y garantizar Programas de Salud Ocupacional (P.S.O.), que aborden:

    planeacin, organizacin, ejecucin y evaluacin de actividades de los subprogramas: Medicina

    Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial.

    Para preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores, en sus ocupaciones y deben ser desarrolladas en sus

    sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria.

    La elaboracin y ejecucin de los subprogramas podrn ser realizados:

    - Exclusivas y propias de la empresa- En conjunto con otras empresas (cada empresa

    debe desarrollar su programa especfico, pero podr compartir en conjunto recursos)

    - Contratando con una entidad que preste este tipo de servicios, pero que sea reconocida por el

    ministerio de salud.

    P.S.O. se desarrollar de acuerdo con la actividad econmica de la empresa y ser especfico de

    acuerdo a los riesgos reales y potenciales y al nmero de trabajadores. Debe ir firmado por el representante

    legal y la persona encargada de desarrollarlo, incluyendo cronograma de actividades. Tanto el

    programa como el cronograma deben estar actualizados y disponibles para las autoridades de

    vigilancia y control

    RESOLUCION 1016 DE 1989

  • Es obligacin que los empleadores destinen recursos financieros y fsicos para el P.S.O., y

    deben nombrar una persona encargada de dirigir y coordinar las actividades. Cada

    subprograma debe contar con personal idneo. P.S.O. cubrir todas las jornadas laborales y

    todas las sedes de trabajo para asegurar cobertura efectiva a todos los trabajadores.

    Los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo buscan promover, prevenir y controlar la salud del trabajador, protegindolo

    de los riesgos ocupacionales, ubicndolo en un sitio de trabajo a acorde a sus condiciones psicofisiolgicas y manteniendo la

    productividad en el trabajo

    Los subprogramas de Seguridad e Higiene Industrial Buscan identificar, reconocer, evaluar y controlar factores ambientales de los lugares de

    trabajo

  • El PSO ser evaluado por la empresa mnimo cada seis meses y se ajustar cada ao de

    acuerdo a las modificaciones de los procesos, adems deber mantear actualizados:

    los listados de materiales primas y

    sustancias implicadas en los procesos.

    Agentes de riesgo por

    ubicacin y prioridades

    Relacin trabajadores expuestos a agentes de

    riesgo.

    Evaluacin de agentes de

    riesgo y sistemas de

    control.

    Relacin

    discriminada de elementos de proteccin

    personal suministrado a

    los trabajadores.

    Ausentismo general por

    AT, EP y enfermedad

    comn.

    Historia ocupacional

    del trabajador

    Planes de emergencia y

    actos de simulacro.

  • GRACIAS