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ORGANIGRAMA Visión y Misión Institucionales Las declaraciones de visión, misión, valores institucionales, enfoques transversales de intervención y el lema institucional; se presentan a continuación. Finalidad y Funciones La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas que tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos. Tiene personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, administrativa, económica, técnica y presupuestal.

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ORGANIGRAMA

Visin y Misin Institucionales

Las declaraciones de visin, misin, valores institucionales, enfoques transversales de intervencin y el lema institucional; se presentan a continuacin.Finalidad y Funciones

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es un organismo tcnico especializado adscrito al Ministerio de Economa y Finanzas que tiene por finalidad velar por la proteccin de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisin, la correcta formacin de precios y la difusin de toda la informacin necesaria para tales propsitos. Tiene personera jurdica de derecho pblico interno y goza de autonoma funcional, administrativa, econmica, tcnica y presupuestal.Son funciones de la SMV las siguientes:a. Dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos.b. Supervisar el cumplimiento de la legislacin del mercado de valores, mercado de productos y sistemas de fondos colectivos por parte de las personas naturales y jurdicas que participan en dichos mercados.Las personas naturales o jurdicas sujetas a la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) lo estn tambin a la SMV en los aspectos que signifiquen una participacin en el mercado de valores bajo la supervisin de esta ltima.c. Promover y estudiar el mercado de valores, el mercado de productos y el sistema de fondos colectivos.

Asimismo, corresponde a la SMV supervisar el cumplimiento de las normas internacionales de auditora por parte de las sociedades auditoras habilitadas por un colegio de contadores pblicos del Per y contratadas por las personas naturales o jurdicas sometidas a la supervisin de la SMV en cumplimiento de las normas bajo su competencia, para lo cual puede impartir disposiciones de carcter general concordantes con las referidas normas internacionales de auditora y requerirles cualquier informacin o documentacin para verificar tal cumplimiento.

Cdigo de tica

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es una institucin pblica cuya actividad se rige por los siguientes principios: I. El respeto de las leyesEl trabajador de SMV tiene un profundo respeto por la Constitucin Poltica, las leyes, las normas y la tica profesional.

II. La vocacin de servicio pblicoEl trabajador de SMV est al servicio del pblico por encima de cualquier inters particular y no acepta ningn tipo de obsequio o retribucin por los servicios que brinde como parte de sus funciones, del mismo modo no recibe asignaciones por cargos no desempeados. El trabajador de SMV gua su comportamiento en la honradez y acta imparcialmente sin ofrecer trato preferencial a ninguna persona natural o jurdica.

III. La lealtad y responsabilidadEl trabajador de SMV se preocupa porque en su actividad diaria prime la lealtad hacia su Institucin y es consciente de la responsabilidad que recae sobre sus actos, en tal sentido cumple con las polticas dictadas por SMV orientadas a evitar la ocurrencia de comportamientos irregulares.

IV. La calidad del servicioEl trabajador de SMV usa eficientemente su tiempo, encontrndose en una constante bsqueda de simplicidad, celeridad y eficiencia, para de esta manera dar un sentido de excelencia a los servicios que brinda al mercado, en trminos de oportunidad y calidad. En tal sentido, se preocupa de incorporar permanentemente las innovaciones que sean necesarias para desarrollar sus actividades de regulacin, supervisin y difusin.

V. La confidencialidad de la informacinEl trabajador de SMV no revela la informacin a la que tiene acceso por el ejercicio de sus funciones, ni la utiliza para beneficio propio o de terceros.

VI. El espritu de equipoLa interrelacin de los trabajadores de SMV es estimulado por un ambiente de camaradera, respeto mutuo y colaboracin, lo cual permite un trabajo interdisciplinario coordinado y eficiente. SMV aspira a buscar un equilibrio entre las iniciativas individuales y el trabajo en equipo, a travs del cual se comparten ideas y experiencias.

VII. El desarrollo profesionalSMV ofrece a sus trabajadores un ambiente adecuado para su desarrollo profesional y les inculca, en su trabajo diario, la investigacin, la bsqueda de nuevos conocimientos y la supervisin permanente. Ofrecemos a cada uno de nuestros trabajadores capacitacin y entrenamientos continuos, reconocimiento por la labor realizada y una remuneracin que premie sus aportes en relacin al cumplimiento de nuestros Planes (Estratgico y Operativo).

La Sunass es un organismo pblico descentralizado, creado por Decreto Ley N 25965, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personera de derecho pblico y con autonoma administrativa, funcional, tcnica, econmica y financiera; cuya funcin es normar, regular, supervisar y fiscalizar la prestacin de los servicios de saneamiento, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y del usuario.MISIN Regular, supervisar y fiscalizar el desarrollo del mercado de servicios de agua potable y alcantarillado, as como resolver los conflictos derivados de stos, actuando con autonoma, imparcialidad y eficiencia, con la finalidad de incentivar la mejora de la calidad de los servicios y su cobertura.VISIN Ser el organismo regulador legitimado a nivel nacional y lder en Latinoamrica que, actuando de manera tcnica e imparcial, contribuye a la prestacin eficiente, equitativa, sostenible y de calidad de los servicios de agua potable y saneamiento. FUNCIONESFuncin normativaComprende la facultad exclusiva de dictar en el mbito de su competencia, reglamentos, directivas y normas de carcter general aplicables a intereses, obligaciones o derechos de las Empresas Prestadoras o actividades bajo su mbito o de sus usuarios. Asimismo, comprende la facultad de dictar mandatos u otras disposiciones de carcter particular. Tambin, comprende la facultad de tipificar infracciones por incumplimiento de obligaciones establecidas en normas legales, normas tcnicas y aquellas derivadas de los contratos de concesin bajo su mbito, as como por el incumplimiento de las disposiciones reguladoras y normativas dictadas por la Sunass.

Funcin reguladoraComprende la facultad de fijar las tarifas de los servicios y actividades bajo su mbito.

Funcin supervisoraComprende la facultad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o tcnicas por parte de las entidades, empresas o actividades supervisadas, as como la facultad de verificar el cumplimiento de cualquier disposicin, mandato o resolucin emitida por el Organismo Regulador o de cualquier otra obligacin que se encuentre a cargo de la entidad o actividades supervisadas.

Funcin fiscalizadora y sancionadoraPermite a la Sunass imponer sanciones y medidas correctivas dentro de su mbito de competencia por el incumplimiento de obligaciones derivadas de normas legales o tcnicas, as como las obligaciones contradas por los concesionarios en los respectivos contratos de concesin.

Funcin de solucin de controversias y reclamosComprende la facultad de autorizar a los rganos de la Sunass resolver, en la va administrativa, los conflictos, las controversias y reclamos que, dentro del mbito de su competencia, surjan entre Entidades Prestadoras y el usuario.Estructura orgnica

Alta Direccin - Consejo Directivo Gerencia General rgano Autnomo rganos de Lnea rgano de Asesoramiento rgano de Apoyo rgano de Control Interno

Organigrama Plan EstratgicoEl Plan Estratgico Institucional es un documento de gestin que resume el accionar de la organizacin en los prximos cinco aos. En dicho documento se contempla la Visin y Misin, as como los objetivos de largo aliento que se esperan lograr. Estos ltimos identifican los cambios de mayor impacto tanto a nivel interno como en el entorno en el cual intervienen.

Asimismo, se incluye el conjunto de medios necesarios para lograr los cambios deseados. Dichos medios corresponden a las estrategias y tcticas (acciones principales) que marcan el camino a seguir en el mediano y corto plazo hacia la consecucin de los fines institucionales. Para ello, se cuenta con la participacin de las diversas reas que conforman la SUNASS y en estricto cumplimiento de las normas legales vigentes en materia de servicios del mbito de su competencia.

Objetivos EstratgicosLos objetivos estratgicos formulados por SUNASS para los prximos cinco aos debern orientar la gestin institucional. Estos han sido presididos por ejes que delimitan la temtica o mbito de los cambios enunciados en cada uno de los objetivos estratgicos.Objetivo Estratgico 1Contribuir a la sostenibilidad y mejoramiento de la calidad y acceso a los servicios de agua potable y alcantarillado a nivel nacional.

Objetivo Estratgico 2Fortalecer la funcin normativa y de investigacin sobre el sistema regulatorio de los servicios de agua potable y alcantarillado.

Objetivo Estratgico 3Incrementar el conocimiento y la participacin de la sociedad en el sistema regulatorio de los servicios de agua potable y alcantarillado.

Objetivo Estratgico 4 Contar con una gestin institucional transparente, eficiente y eficaz orientada a resultados.

Ejes EstratgicosCalidad y Acceso a los Servicios El primer eje estratgico busca contribuir a la sostenibilidad de las EPS, as como al mejoramiento de la calidad y acceso de los servicios de agua potable y alcantarillado en todo el territorio nacional, a travs dela optimizacin y vigencia del sistema de regulacin tarifaria como tambin de la funcin supervisora y fiscalizadora de la prestacin de los servicios de agua potable y alcantarillado. En ese sentido, es preciso institucionalizar el uso de herramientas e instrumentos para la gestin del modelo regulacin y supervisin de los servicios, as como el fortalecimiento de capacidades de los actores involucrados en la prestacin de los servicios de saneamiento.

Gestin del Conocimiento del Sistema Regulatorio Pretende fortalecer la funcin normativa y de investigacin sobre el sistema regulatorio de servicios de agua potable y alcantarillado, gracias a la generacin de conocimientos y de informacin sobre aspectos relacionados a la regulacin de dichos servicios, as como a incrementar la capacidad para el marco regulatorio y sectorial.

Creacin del Valor Pblico El tercer eje estratgico aspira a incrementar el conocimiento como la participacin de la sociedad en el sistema regulatorio de servicios de agua potable y alcantarillado, que se manifiesta a travs de descentralizacin de las acciones y estrategias a nivel nacional, mejorar los mecanismos de atencin y orientacin sobre el servicio (prestacin, tarifas y reclamos) y de promover la concientizacin y mayor conocimiento sobre el uso responsable del agua potable.

Gestin InstitucionalEl cuarto mbito de accin procura institucionalizar una gestin transparente, eficiente y eficaz orientada a resultados, para lo cual se propone fortalecer las capacidades de gestin y desarrollar lineamientos e instrumentos para el funcionamiento de la organizacin. Asimismo, para contar con una gestin transparente, se debe fortalecer el proceso de desconcentracin, lo cual permitir optimizar la funcin de supervisin y atencin a usuarios.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria SUNAT, de acuerdo a su Ley de creacin N 24829, Ley General aprobada por Decreto Legislativo N 501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, es un organismo tcnico especializado, adscrito al Ministerio de Economa y Finanzas, cuenta con personera jurdica de derecho pblico, con patrimonio propio y goza de autonoma funcional, tcnica, econmica, financiera, presupuestal y administrativa que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo N 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo establecido en el numeral 13.1 del artculo 13 de la Ley N 27658, ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondan a esta entidad.

Finalidad

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria SUNAT con las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad de administracin tributaria y aduanera, tiene por finalidad:

Administrar, aplicar, fiscalizar y recaudar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepcin de los municipales, desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), facultativamente, respecto de obligaciones no tributarias de ESSALUD y de la ONP, que de acuerdo a lo que por convenios interinstitucionales se establezca. Dictar normas en materia tributaria, aduanera y de organizacin interna. Implementar, inspeccionar y controlar la poltica aduanera en el territorio nacional, aplicando, fiscalizando, sancionando y recaudando los tributos y aranceles del gobierno central que fije la legislacin aduanera y los tratados y convenios internacionales. Facilitar las actividades aduaneras de comercio exterior. Inspeccionar el trfico internacional de personas y medios de transporte. Desarrollar las acciones necesarias para prevenir y reprimir la comisin de delitos aduaneros y trfico ilcito de bienes. Proponer al Ministerio de Economa y Finanzas la celebracin de acuerdos y convenios internacionales referidos a materia tributaria y aduanera y participar en la elaboracin de los proyectos de dichos acuerdos y convenios. Liderar las iniciativas y proyectos relacionados con la cadena logstica del comercio exterior, cuando tengan uno o ms componentes propios de las actividades aduaneras. Proveer servicios a los contribuyentes, responsables y usuarios del comercio exterior a fin de promover y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Las dems que seale la ley. Reglamento de Organizacin y Funciones DS 115-2002-PCM. Modifican Reglamento de Organizacin y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria DS 029-2012-EF (NUEVO) Ley 29816 Ley de Fortalecimiento de la SUNAT (NUEVO)

MisinServir al pas proporcionando los recursos necesarios para la sostenibilidad fiscal y la estabilidad macroeconmica, contribuyendo con el bien comn, la competitividad y la proteccin de la sociedad, mediante la administracin y el fomento de una tributacin justa y un comercio exterior legtimo.

VisinConvertirnos en la administracin tributaria y aduanera ms exitosa, moderna y respetada de la regin. Exitosa, porque lograremos resultados similares a los de las administraciones de los pases desarrollados. Moderna, porque incorporaremos en nuestros procesos las tecnologas ms avanzadas y utilizaremos los enfoques modernos de gestin de riesgo y fomento del cumplimiento voluntario para enfrentar con xito los desafos.Funciones y atribuciones de la SUNATSon funciones y atribuciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria: Administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepcin de los municipales, as como las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), y otros cuya recaudacin se le encargue de acuerdo a ley. Proponer al Ministerio de Economa y Finanzas la reglamentacin de las normas tributarias y aduaneras. Expedir, dentro del mbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificacin de los regmenes y trmites aduaneros, as como normar los procedimientos que se deriven de stos. Sistematizar y ordenar la legislacin e informacin estadstica de comercio exterior, a fin de brindar informacin general sobre la materia conforme a Ley, as como la vinculada con los tributos internos y aduaneros que administra. Proponer al Poder Ejecutivo los lineamientos tributarios para la celebracin de acuerdos y convenios internacionales, as como emitir opinin cuando sta le sea requerida. Celebrar acuerdos y convenios de cooperacin tcnica y administrativa en materia de su competencia. Promover, coordinar y ejecutar actividades de cooperacin tcnica, de investigacin, de capacitacin y perfeccionamiento en materia tributaria y aduanera, en el pas o en el extranjero. Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria o aduanera, de acuerdo con la Ley. Solicitar, y de ser el caso ejecutar, medidas destinadas a cautelar la percepcin de los tributos que administra y disponer la suspensin de las mismas cuando corresponda. Controlar y fiscalizar el trfico de mercancas, cualquiera sea su origen y naturaleza a nivel nacional. Inspeccionar, fiscalizar y controlar las agencias de aduanas, despachadores oficiales, depsitos autorizados, almacenes fiscales, terminales de almacenamiento, consignatarios y medios de transporte utilizados en el trfico internacional de personas, mercancas u otros. Prevenir, perseguir y denunciar al contrabando, la defraudacin de rentas de aduanas, la defraudacin tributaria, el trfico ilcito de mercancas, as como aplicar medidas en resguardo del inters fiscal. Desarrollar y aplicar sistemas de verificacin y control de calidad, cantidad, especie, clase y valor de las mercancas, excepto las que estn en trnsito y transbordo, a efectos de determinar su clasificacin en la nomenclatura arancelaria y los derechos que le son aplicables. Desarrollar y administrar los sistemas de anlisis y fiscalizacin de los valores declarados por los usuarios del servicio aduanero. Resolver asuntos contenciosos y no contenciosos y, en este sentido, resolver en va administrativa los recursos interpuestos por los contribuyentes o responsables; conceder los recursos de apelacin y dar cumplimiento a las Resoluciones del Tribunal Fiscal, y en su caso a las del Poder Judicial. Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de carcter tributario y aduanero, con arreglo a Ley. Ejercer los actos y medidas de coercin necesarios para el cobro de deudas por los conceptos indicados en el inciso precedente. Mantener en custodia los bienes incautados, embargados o comisados, efectuando el remate de los mismos cuando ello proceda en el ejercicio de sus funciones. Adjudicar directamente, como modalidad excepcional de disposicin de mercancas, aquellas que se encuentren en abandono legal y en comiso administrativo. La adjudicacin se har a las entidades estatales y a aquellas a las que oficialmente se les reconozca fines asistenciales o educacionales, sin fines de lucro. Desarrollar programas de informacin, divulgacin y capacitacin en materia tributaria y aduanera. Editar, reproducir y publicar oficialmente el Arancel Nacional de Aduanas actualizado, los tratados y convenios de carcter aduanero, as como las normas y procedimientos aduaneros para su utilizacin general. Determinar la correcta aplicacin y recaudacin de los tributos aduaneros y de otros cuya recaudacin se le encargue de acuerdo a ley, as como de los derechos que cobre por los servicios que presta. Participar en la celebracin de Convenios y Tratados Internacionales que afecten a la actividad aduanera nacional y colaborar con los Organismos Internacionales de carcter aduanero. Crear, dentro de su competencia, administraciones aduaneras y puestos de control, as como autorizar su organizacin, funcionamiento, suspensin, fusin, traslado o desactivacin cuando las necesidades del servicio as lo requiera. Ejercer las dems funciones que sean compatibles con la finalidad de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria.

ORGANIGRAMA

Quienes Somos. La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) es un organismo pblico descentralizado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, tiene personera jurdica de derecho pblico y goza de autonoma econmica, presupuestal, financiera, tcnica y funcional necesaria para la ejecucin de los actos de adquisicin, disposicin, administracin, registro y control de los bienes de propiedad estatal cuya administracin est a su cargo de acuerdo con la normatividad vigente.

Misin. Normar y supervisar a las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales con transparencia y profesionalismo para contribuir con el desarrollo econmico, social y territorial del Pas. Visin. Somos Garanta del mejor uso de los Bienes Estatales.Reglamento de Organizacin y Funciones.

La SBN tiene las siguientes funciones generales: Proponer las polticas y estrategias respecto de la administracin de los bienes de propiedad estatal. Desarrollar y ejecutar las polticas y estrategias sobre la administracin de la propiedad estatal. Planificar, coordinar y supervisar las acciones referentes a los bienes de propiedad estatal. Registrar los bienes de propiedad estatal. Dictar las directivas aplicables para la administracin, adquisicin y disposicin de los bienes de propiedad estatal a cargo de la SBN. Administrar y disponer de los bienes de propiedad estatal a su cargo. Autorizar, controlar y fiscalizar los actos de disposicin de la propiedad estatal, salvo ley en contrario. Gestionar cuando corresponda, ante los Registros Pblicos respectivos, la inscripcin de los actos en los que intervenga el Estado, destinados a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurdicas sobre derechos reales. Ejecutar y supervisar, cuando sea el caso, las acciones de saneamiento registral de los bienes de propiedad estatal. Autorizar los actos de desafectacin, disposicin y administracin sobre los bienes de propiedad estatal adquiridos como aportes reglamentarios. Aprobar las directivas para las ventas en subasta pblica y las ventas directas, supervisando su realizacin. Requerir a las entidades pblicas la informacin relativa a los bienes de propiedad estatal. Poner fin a las afectaciones en uso y/o adjudicacin de los bienes de propiedad estatal mediante resoluciones de reversin. Celebrar Convenios con entidades del sector pblico o del sector privado nacionales, extranjeras o de cooperacin tcnica internacional, con el propsito de desarrollar y ejecutar proyectos relacionados con el saneamiento, registro, control, administracin y disposicin de los bienes de propiedad estatal. Compilar, sistematizar y difundir la legislacin vinculada a la propiedad estatal. Aprobar la estructura orgnica de las Intendencias Provinciales. Contratar servicios no personales de terceros o celebrar contratos de trabajo sujetos a modalidad que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de la SBN o permitan una mayor eficiencia en el desarrollo de sus funciones. Expedir las Resoluciones de Superintendencia que correspondan de acuerdo con las normas vigentes y el presente Estatuto. Las dems funciones que sean compatibles con la finalidad de la SBN prevista en su Estatuto.

La SUNARP es un organismo descentralizado autnomo de Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Pblicos, y tiene entre sus principales funciones y atribuciones el de dictar las polticas y normas tcnico - registrales de los registros pblicos que integran el Sistema Nacional, planificar y organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcin y publicidad de actos y contratos en los Registros que conforman el Sistema.

MisinOtorgar seguridad jurdica al ciudadano a travs del registro y publicidad de derechos y titularidades, brindando servicios eficientes, transparentes y oportunos. VisinSer una institucin modelo que brinde los servicios registrales de calidad a satisfaccin del ciudadano, con un personal altamente capacitado y motivado.

SERVICIO NACIONAL DE METROLOGA

El Servicio Nacional de Metrologa (SNM) es el organismo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) encargado de promover el desarrollo de ciencia metrolgica en el pas y contribuir a la difusin del Sistema Legal de Unidades de Medida del Per (SLUMP). Actualmente, es la principal entidad nacional capaz de brindar un servicio confiable de aseguramiento metrolgico, indispensable para toda institucin que desea contar con un sistema de calidad y, posteriormente, obtener el reconocimiento mediante la certificacin de la serie ISO 9000.

MisinContribuir al desarrollo nacional a travs de servicios de calibracin que permitan asegurar la transmisin de la unidad de medida en la industria, ciencia y comercio.

VisinSer el laboratorio nacional que ofrezca servicios de calibracin de elevada validez y exactitud a escala internacional.

FuncinMantener los patrones nacionales de medida y promover el desarrollo de la Metrologa en el pas.

La Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD- es un Organismo Pblico Tcnico Especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonoma tcnica, funcional, administrativa, econmica y financiera y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud as como supervisar a las instituciones prestadoras de servicios de salud en el mbito de su competencia.

Asimismo, es la encargada de registrar, autorizar, regular y supervisar el funcionamiento de las entidades prepagadas de salud y de todas las entidades pblicas, privadas o mixtas que ofrezcan servicios en la modalidad de pago regular o anticipado.

Tambin supervisa que el valor de las prestaciones y contraprestaciones interinstitucionales por el intercambio de los servicios proteja los intereses de los asegurados.

Para ejercer sus funciones la Superintendencia Nacional de Salud goza de facultades sancionadoras.

FUNCIONES

Son funciones generales de SUSALUD, las siguientes: Promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones sean otorgadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, con independencia de quien las fi nancie, as como los que correspondan en su relacin de consumo con las IAFAS o IPRESS incluyendo aquellas previas y derivadas de dicha relacin de consumo. Supervisar que el uso de los recursos destinados a la provisin de los servicios de salud y de los fondos destinados al Aseguramiento Universal en Salud, garanticen la calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad de las prestaciones. En el caso de las IAFAS e IPRESS pblicas, de acuerdo a su presupuesto institucional aprobado. Promover y salvaguardar el acceso pleno y progresivo de todo residente en el territorio nacional, al aseguramiento en salud, bajo los principios establecidos en la Ley N29344, Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud. Promover la participacin y vigilancia ciudadana y propiciar mecanismos de rendicin de cuentas a la comunidad. Normar, administrar y mantener el Registro de Afiliados al Aseguramiento Universal en Salud. Regular, supervisar, autorizar y registrar a las IAFAS. Para el caso de las Empresas de Seguros y AFOCAT, es de aplicacin lo dispuesto en el artculo 9 del Decreto Legislativo N 1158. Supervisar y registrar a las IPRESS. Normar, administrar y mantener el Registro Nacional de IPRESS. Supervisar el proceso de registro y categorizacin de IPRESS. Emitir opinin previa, con efecto vinculante, en la categorizacin de las IPRESS a partir del nivel II. Conducir y supervisar el proceso de acreditacin de las IPRESS y emitir los certificados correspondientes. Certificar y autorizar, de modo exclusivo, a los agentes vinculados, a los procesos de registro, categorizacin y acreditacin de las IPRESS. Supervisar la calidad, oportunidad, disponibilidad y transparencia de la informacin generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestin de IPRESS, de acuerdo al marco legal vigente. Regular la recoleccin, transferencia, difusin e intercambio de la informacin generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestin de IPRESS. Supervisar y registrar a las Unidades de Gestin de IPRESS. Identificar las clusulas abusivas en los contratos o convenios que suscriben las IAFAS con los asegurados o entidades que los representen, segn las disposiciones aplicables de la Ley N 29571 Cdigo de Proteccin y Defensa del Consumidor, con excepcin de las plizas de seguros de las Empresas de Seguros bajo el control de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Conocer, con competencia primaria y alcance nacional, las presuntas infracciones a las disposiciones relativas a la proteccin de los derechos de los usuarios en su relacin de consumo con las IPRESS y/o IAFAS, incluyendo aquellas previas y derivadas de dicha relacin. Promover los mecanismos de conciliacin y arbitraje para la solucin de los confl ictos suscitados entre los diferentes actores del Sistema Nacional de Salud. Emitir opinin tcnica especializada en el mbito de su competencia, sujetndose a las disposiciones del derecho comn y a los principios generales del derecho, sobre los alcances de las normas que rigen a las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestin de IPRESS, constituyendo sus decisiones precedentes administrativos de observancia obligatoria. Otras que se le asignen para el mejor cumplimiento de sus funciones.

Son otras funciones de SUSALUD, establecidas en el marco de la normatividad vigente, las siguientes: a. Ejercer la potestad sancionadora en el mbito de su competencia.b. Ordenar la implementacin de una o ms medidas correctivas, con el objetivo de corregir o revertir los efectos que la conducta infractora hubiere ocasionado o evitar que sta se produzca nuevamente.c. Ejercer medidas de ejecucin forzosa previstas en la normativa vigente, ante la renuencia o negativa al cumplimiento de la sancin por parte de la mxima autoridad ejecutiva de las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestin de IPRESS, respetando los principios de proporcionalidad y razonabilidad de acuerdo a lo establecido en la Ley N 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General.d. Aprobar las normas de carcter general en el mbito de su competencia.e. Conocer y resolver los recursos impugnativos conforme a sus atribuciones.f. Ejercer funciones de defensa jurdica del Estado, en el mbito de su competencia, a travs de la Procuradura Pblica de SUSALUD.g. Elaborar, actualizar y mantener los estndares de informacin relacionados al Aseguramiento Universal de Salud as como establecer las condiciones de confidencialidad para su administracin y velar por su cumplimiento.h. Supervisar el intercambio de informacin de los servicios de salud en el marco de la normativa vigente.i. Supervisar que el valor de las prestaciones y contraprestaciones interinstitucionales por intercambio de servicios, proteja los intereses de los asegurados.j. Requerir a las Empresas de Seguros - que incluye a las Empresas de Seguros que oferten la cobertura del SOAT y a las Asociaciones de Fondos Regionales y Provinciales contra Accidentes de Trnsito (AFOCAT), toda la informacin que estime pertinente siempre que se encuentre vinculada a los procesos de aseguramiento y de prestaciones de salud.k. Conocer y resolver como primera y segunda instancia los reclamos, quejas y denuncias sobre todos aquellos temas vinculados a su competencia, en relacin a las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestin de IPRESS, pblicas, privadas o mixtas.l. Conocer y resolver como primera y segunda instancia los reclamos, quejas y denuncias sobre todos aquellos temas vinculados a su competencia, en relacin a las Empresas de Seguros que oferten coberturas de salud, que incluye a las que ofertan la cobertura del SOATy a las Asociaciones de Fondos Regionales y Provinciales contra Accidentes de Trnsito (AFOCAT).m. Imponer a las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestin de IPRESS vinculadas al Sistema Nacional de Salud, los tipos de sanciones que correspondan sealados en el Artculo 11 del Decreto Legislativo N 1158.n. Imponer a las Empresas de Seguros y las Asociaciones de Fondos Regionales y Provinciales contra Accidentes de Trnsito (AFOCAT) las sanciones que correspondan de acuerdo al Artculo11 del Decreto Legislativo N 1158.El Peruano 524958 Martes 10 de junio de 2014o. Informar a la SBS sobre aquellas sanciones aplicadas a las AFOCATs y Empresas de Seguros.p. Dictar las medidas correctivas establecidas en el artculo 14 del Decreto Legislativo N 1158 y supervisar su implementacin.q. Dictar las medidas correctivas establecidas en la Ley N 29571 Cdigo de Proteccin y Defensa del Consumidor, que resulten aplicables a su mbito de competencia y supervisar su implementacin.r. Imponer las multas coercitivas previstas en el artculo 15 del Decreto Legislativo N 1158.