rta minagricultura plan nacional de desarrollo

10
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31 Código Postal Nro.11711 Bogotá D.C. Doctor GUSTAVO AMADO LOPEZ Secretario General COMISION QUINTA Cámara de Representantes Congreso de la República Ciudad Asunto: Respuestas a la proposición No. 013 de 2012 Rad. 20123130309462 Respetado doctor Amado López: De manera atenta, le envío las respuestas a la proposición No. 013 de 2012, acerca de la declaratoria de inexequibilidad, por parte de la Corte Constitucional de los artículo 60, 61 y 62 de la Ley 1450 de 2011 y del censo Nacional Agropecuario”, presentada por los Honorables Representantes Sandra Villadiego Villadiego, Alfredo Molina Triana, Adolfo León Santibánez y Marcela Amaya Gracia. Recibida en este Ministerio el día 286 de septiembre de 2012. Cordialmente, JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural AHM

Upload: congreso-visible

Post on 07-Mar-2016

215 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

Respuesta del Ministerio de Agricultura al cuestionario propuesto por la Comisión Quinta de Cámara en la proposición 13 de 2012 sobre las alternativas y consecuencias de la declaratoria de inexequibilidad, por parte de La Corte Constitucional de los artículos 60, 61 y 62 de la Ley 1450 de 2011, “Plan Nacional de Desarrollo” y sobre el estado del Censo Nacional Agropecuario. 31 de octubre de 2012

TRANSCRIPT

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31

Código Postal Nro.11711

Bogotá D.C. Doctor GUSTAVO AMADO LOPEZ Secretario General COMISION QUINTA Cámara de Representantes Congreso de la República Ciudad

Asunto: Respuestas a la proposición No. 013 de 2012 Rad. 20123130309462

Respetado doctor Amado López: De manera atenta, le envío las respuestas a la proposición No. 013 de 2012, acerca de la “declaratoria de inexequibilidad, por parte de la Corte Constitucional de los artículo 60, 61 y 62 de la Ley 1450 de 2011 y del censo Nacional Agropecuario”, presentada por los Honorables Representantes Sandra Villadiego Villadiego, Alfredo Molina Triana, Adolfo León Santibánez y Marcela Amaya Gracia. Recibida en este Ministerio el día 286 de septiembre de 2012. Cordialmente, JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural AHM

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31

Código Postal Nro.11711

RESPUESTAS A LOS CUESTIONARIOS No. 013 DE 2012 1. Rinda un informe sobre las alternativas y consecuencias de la

declaratoria de inexequibilidad, por parte de la Corte Constitucional

de los artículos 60, 61 y 62 de la Ley 1450 de 2011 “PLAN NACIONAL

DE DESARROLLO”.

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural aún no conoce el texto completo de la Sentencia C-644 de 2012 proferido por la H. Corte Constitucional, y será sólo hasta ese momento que podrán realizarse los análisis pertinentes sobre los mecanismos, alternativas y consecuencias que posibiliten tener soluciones frente a la declaración de inexequibilidad de la Honorable Corte Constitucional. No obstante, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural considera que las cifras de inversión extranjera que reporta el Banco de la República1 en el sector de la agricultura, caza, silvicultura y pesca, han sido históricamente bajas y que lo invertido en el primer trimestre de 2012, no representan un incremento sustancial frente al comportamiento histórico objeto de la medición. Lo anterior en un sector que necesita de inversión para lograr sistemas de producción eficientes, un campo moderno y tecnificado.

1 http://www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_s_externo.htm

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31

Código Postal Nro.11711

TOTALSector

Petrolero

Subtotal

Resto de

Sectores

Agricultura

Caza,

Silvicultura y

Pesca

Minas y

Canteras

(incluye

carbón)

ManufacturerasElectricidad,

Gas y AguaConstrucción

Comercio,

Restaurantes y

Hoteles

Transportes,

Almacenamiento y

Comunicaciones

Servicios

Financieros y

Empresariales 1/

Servicios

Comunales

2005 p I TRIM 890 173 717 3 565 39 10 25 75 36 -46 10

II TRIM 1.612 431 1.181 1 533 418 -29 40 77 5 116 21

III TRIM 977 270 707 2 520 255 -231 44 74 16 35 -9

IV TRIM 6.773 250 6.523 0 539 4.800 -1 38 79 964 142 -38

TOTAL 10.252 1.125 9.127 6 2.157 5.513 -251 146 305 1.021 246 -16

2006 p I TRIM 1.199 348 851 -3 423 197 -5 38 107 137 -29 -13

II TRIM 1.786 590 1.196 -1 321 203 -69 46 121 428 140 6

III TRIM 1.666 529 1.137 2 484 222 8 48 121 92 157 2

IV TRIM 2.006 528 1.477 10 554 181 -74 23 175 403 196 8

TOTAL 6.656 1.995 4.661 8 1.783 803 -141 156 523 1.061 464 4

2007 p I TRIM 2.059 663 1.396 14 -3 877 6 48 247 69 131 7

II TRIM 2.226 1.282 944 4 -84 263 -27 60 281 60 377 10

III TRIM 2.364 710 1.654 12 535 424 16 46 98 121 393 9

IV TRIM 2.400 679 1.721 10 652 303 -74 56 177 165 418 14

TOTAL 9.049 3.333 5.716 40 1.100 1.867 -79 210 803 414 1.319 40

2008 p I TRIM 2.860 754 2.106 7 638 329 11 80 446 325 256 14

II TRIM 2.547 1.261 1.286 12 110 578 45 92 158 127 145 18

III TRIM 2.605 597 2.008 12 664 407 49 129 208 212 299 27

IV TRIM 2.584 792 1.792 9 387 434 51 79 236 189 395 13

TOTAL 10.596 3.405 7.192 41 1.798 1.748 156 380 1.049 853 1.095 72

2009 p I TRIM 2.232 542 1.691 4 414 546 40 53 65 181 375 14

II TRIM 2.807 921 1.886 8 1.001 302 31 54 153 155 166 15

III TRIM 1.245 695 550 7 736 -535 76 67 138 71 -50 41

IV TRIM 854 271 583 9 874 308 -1.124 88 239 -59 229 19

TOTAL 7.137 2.428 4.709 28 3.025 621 -977 262 594 348 720 88

2010 p I TRIM 1.725 603 1.122 5 500 149 26 65 11 63 292 12

II TRIM 1.891 676 1.215 19 308 292 -140 61 77 102 460 35

III TRIM 2.025 638 1.387 26 596 209 65 80 96 31 269 14

IV TRIM 1.105 864 241 16 351 6 85 91 35 -621 231 47

TOTAL 6.746 2.781 3.965 67 1.755 656 36 297 220 -425 1.252 108

2011 p I TRIM 3.523 1.263 2.260 23 661 348 123 108 266 688 48 -5

II TRIM 3.046 1.686 1.361 60 632 49 148 91 241 274 -62 -72

III TRIM 3.816 1.213 2.603 36 504 98 96 99 1.070 475 323 -98

IV TRIM 2.912 963 1.949 36 749 44 118 64 549 311 94 -15

TOTAL 13.297 5.125 8.173 154 2.546 539 485 362 2.127 1.748 404 -191

2012 p I TRIM 3.657 1.049 2.607 37 608 342 419 50 417 371 333 30

Fuente: Banco de la República, Subgerencia de Estudios Económicos - Balanza de Pagos

pr: Provisional. p: Preliminar

1/ Comprende las actividades auxiliares de la intermediación financiera y las actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler

AÑO

FLUJOS DE INVERSION EXTRANJERA DIRECTA EN COLOMBIA SEGÚN ACTIVIDAD ECONOMICA

USD Millones

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31

Código Postal Nro.11711

En el contexto, se destaca que el sector Agropecuario requiere de inversiones tanto públicas como de origen privado que permitan dinamizar no solamente la producción alimentaria del país, sino también los modelos en los cuales requiere construirse el desarrollo humano y social, para superar los desequilibrios de las regiones rurales más desfavorecidas del país. El sector agropecuario requiere por tanto importantes inversiones en infraestructura y en dotación de bienes públicos, así como en mejoras del suelo e incorporación de tecnologías que permitan optimizar la gestión agronómica, medioambiental y económica de la tierra y que favorezcan primordialmente, el capital humano, en contextos no regresivos, con posibilidad de incorporar a los actores del desarrollo rural en el desarrollo de proyectos que generen empleo, una agricultura sostenible y a su vez, el cierre de la brecha entre lo urbano y lo rural. Los sectores de infraestructura y servicios están abiertos a la inversión tanto extranjera como nacional en el país, lo cual ha representado importantes aportes a la economía nacional. El sector agropecuario, con los direccionamientos y la planeación adecuada, puede aportar en igual forma para lograr un agro eficiente y tecnificado. El sector agrícola necesita modernizarse y se deben construir nuevos modelos donde se maneje la inversión bajo modelos modernos de agricultura. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural considera que la inversión extranjera y nacional se debe encausar de tal manera que se logre un buen manejo de la misma, para lograr eficiencia, productividad y tecnificación del agro colombiano, de tal manera que se promuevan proyectos productivos que generen empleo, producciones eficientes y economías de escala. Lo anterior requiere de soluciones jurídicas que dependen del fallo de la Honorable Corte Constitucional. Finalmente, el Ministerio cree que la inversión nacional y extranjera en el campo es necesaria y por esa razón una vez conozca el fallo de la Honorable Corte Constitucional procederá a analizar las distintas alternativas, junto con las otras Carteras del Gobierno Nacional, para plasmar soluciones y evitar desincentivar la inversión en el sector agropecuario.

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31

Código Postal Nro.11711

Consecuencias Antes del fallo de la Corte Constitucional, mediante el cual se declaró inexequibles los artículos 60, 61 y 62 del Plan Nacional de Desarrollo – Ley 1450 de 2011, es preciso manifestar que ante la Secretaría Técnica de la Comisión de Proyectos Especiales de Desarrollo Agropecuario y Forestal, se presentó un total de una (1ª) solicitud, según el siguiente detalle:

Reforestadora del Sinú-Refosinú- Radicado No. 20121124755 del 19/07/2012. Solicitante Luis Enei Fuentes- Director Reforestadora del Sinú, Sucursal Colombia.

De acuerdo a lo anterior, el proyecto referido no fue aprobado; toda vez que fue devuelto en virtud del fallo de la Corte Constitucional. Así las cosas, el proyecto contemplado por Reforestadora del Sinú consideraba lo siguiente:

- Plantaciones de rápido crecimiento de Eucalyptus spp. en la Costa Caribe, y plantas industriales de astillado, con miras a la exportación de fibra para el abastecimiento de fábricas de celulosa en Asia, Europa y EEUU.

- La adquisición de 42.000 has, que se consolidarían en un período de

6 años.

- En materia de generación de empleo, describía la generación de 700 empleos directos y 3.000 indirectos.

- No aplicó a ninguno de los dos criterios de preferencia: Proyectos

asociativos o de alianzas público privadas.

- Ubicación geográfica del proyecto: Departamentos de: Antioquia (zona Urabá Norte, municipios de Arboletes, Turbo, San Pedro de Urabá, Necoclí, Apartadó), Córdoba (Zona costanera, zona alta del Sinú y Zona alta del centro, municipios de: Tierralta, Canalete, Valencia, Tierralta y Montería); Bolívar (Serranía Montes de María, municipios

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31

Código Postal Nro.11711

de: El Carmen de Bolívar, San Juan Nepomuceno, San Jacinto y María La Baja.

- Refosinú presentó relación de 44 predios, que corresponden a los

baldíos adjudicados, que hacen parte del PEDAF, para un total de 2712 hectáreas.

Alternativas El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural acata el fallo de la Honorable Corte Constitucional, pero no comparte la Sentencia, de la cual aún estamos a la espera del texto de la misma. Como posibles soluciones, esta Cartera considera que se deben adoptar soluciones de carácter jurídico y posiblemente de carácter legislativo para poder regular y darle estabilidad jurídica a los proyectos agropecuarios y forestales que se buscan constituir a futuro, pero que utilizan bienes que tienen un origen Baldío, que fueron adjudicados inicialmente como Baldíos, con los fines previstos en el artículo 64 de la Constitución Política. Dicho artículo de la Carta Política busca promover el acceso progresivo de la propiedad a los trabajadores agrarios. Igualmente esta Cartera considera que se debe buscar mejorar el ingreso y la calidad de vida de los campesinos. Procurar el abastecimiento alimentario de la población colombiana, generar inversión y empleo en el sector rural, desarrollar tecnología, innovación y transferencia tecnológica e investigación y desarrollo del campo, evitando la proliferación de los fenómenos de la microfundización de la propiedad y la concentración de tierras improductivas de predios rurales. Bajo las premisas anteriores, se considera que las posibles soluciones deben ir encaminadas a establecer un marco jurídico que permita el fomento de proyectos agropecuarios y forestales, que reúnan una serie de condiciones mínimas, teniendo en cuenta que el origen de algunos de los predios donde se adelante, fue baldío. Dichas condiciones pueden ir orientadas a que estos proyectos se desarrollen en las áreas geográficas que determine el Gobierno Nacional,

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31

Código Postal Nro.11711

para poder preservar los recursos naturales y que exista un desarrollo sostenible y armónico del medio ambiente. Igualmente, se debe dotar de infraestructura apta para el desarrollo del proyecto y se debe contribuir al abastecimiento alimentario de la población colombiana, de tal forma que se aumente la oferta de bienes agrícolas o agroindustriales. Debe ser un modelo que permita mejorar el ingreso y calidad de vida de la población campesina. Básicamente se debe superar esa visión en virtud de la cual al campesino se le titula un territorio que le permite sostener una familia, y se debe buscar nuevos modelos por ejemplo asociativos o donde participen del proyecto, que le permitan mejorar su calidad de vida y su propio ingreso. Lo anterior bajo modelos asociativos con buenas prácticas agrícolas. Se deben fomentar nuevos modelos agrícolas que le permitan generar nuevas oportunidades de trabajo, especialmente a las mujeres campesinas. La Corte Constitucional ha sido enfática en la importancia de que la tierra le pertenezca al campesino. Se debe buscar figuras jurídicas y un modelo mediante el cual el campesino sin necesidad de enajenar su propiedad, pueda participar o asociarse en estos proyectos agroproductivos y forestales. Igualmente, estos proyectos asociativos se pueden condicionar a la mejora de los suelos rurales, al igual que la preservación de la fauna y la flora en las zonas donde se desarrollen los mismos. Los modelos asociativos deben contar con una autorización del Gobierno Nacional, teniendo en cuenta estudios que presenten los interesados de adelantar los proyectos, donde se muestre que se cumplen los objetivos antes mencionados. Además, el Gobierno puede condicionar esa inversión nacional o extranjera, de tal manera que se conduzca a unos niveles mínimos de inversión social, generación de empleo y donde se determine en qué productos agrícolas y forestales se podrán adelantar estos proyectos. Finamente, se podrán incluir requisitos como condicionar un porcentaje de la producción al abastecimiento alimentario.

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31

Código Postal Nro.11711

Las anteriores probables propuestas se deben enmarcar bajo un esquema de seguimiento por parte del Gobierno Nacional para que efectivamente se cumplan los compromisos adquiridos en el desarrollo de estos proyectos agroproductivos y forestales. Finalmente, se debe facultar al Gobierno Nacional para poder dar por terminado un proyecto de esta naturaleza en caso de no cumplirse lo pactado. Las anteriores son algunas de las posibles propuestas como solución ante el fallo de la Honorable Corte Constitucional, que como bien se mencionó, todavía se está a la espera del texto de la Sentencia. 2. Informar el estado del Censo Nacional Agropecuario.

TERCER CENSO NACIONAL AGROPECUARIO –CNA 2013 Tras 43 años de no realizarse un Censo Nacional Agropecuario – CNA en nuestro país, el Gobierno colombiano, en cabeza del DANE, realizará entre agosto y diciembre de 2013, el tercer ejercicio estadístico para el sector rural a nivel nacional. Este CNA de 2013, se convierte en la recopilación de información de datos del sector agropecuario más importante de las últimas cuatro décadas, con lo cual se estructurará el Sistema Estadístico Agropecuario Colombiano. El objetivo general de esta investigación que se realizará entre agosto y diciembre de 2013 es el de proporcionar información estadística estratégica, georreferenciada y actualizada del sector agropecuario, acuícola, forestal y de aspectos ambientales, con el fin de estructurar el Sistema Estadístico Agropecuario, base para la formulación, seguimiento y evaluación de las políticas y el desarrollo rural colombiano. Las etapas establecidas del CNA, son las siguientes:

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31

Código Postal Nro.11711

Tomado de página oficial CNA. www.dane.gov.co/cna

El DANE acaba de concluir la tercera prueba piloto que se realizó el pasado mes de septiembre en los siguientes municipios: La Unión (Nariño), Fredonia (Antioquia), Guavatá (Santander), Lérida (Tolima), Pailitas (Cesar) y Paz de Ariporo (Casanare). Estas pruebas se desarrollaron con el objetivo de evaluar aspectos de capacitación, cartografía, operativo en campo, aplicación del formulario temático, sensibilización y otros temas administrativos. Por ser el DANE el directo responsable de la ejecución del CNA, para una mayor información acerca del mismo por favor comunicarse con: Pagina web: http://www.dane.gov.co/cna Gerente del Censo: Carlos Téllez Correo electrónico: [email protected] Dirección: DANE Carrera 59 No. 26-70 Interior I-CAN Teléfono: Conmutador (571)5978300 ext 2014

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural República de Colombia

Dirección Nueva: Avenida Jiménez N° 7A-17 / Dirección Antigua: Avenida Jiménez No. 7 – 65 PBX: 334 11 99 www.minagricultura.gov.co Recepción Correspondencia: Dirección Nueva: Carrera 8 N° 12B – 31/ Dirección Antigua: Carrera 8 N° 13 – 31

Código Postal Nro.11711

Ciudad: Bogotá D.C. Colombia, Sur América