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Altos de Vivaceta II Página 1 REGLAMENTO INTERNO CONDOMINIO ALTOS DE VIVACETA II

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Altos de Vivaceta II Página 1

REGLAMENTO INTERNO

CONDOMINIO

ALTOS DE VIVACETA II

Altos de Vivaceta II Página 2

Santiago, Noviembre 2013

Estimados:

El comité de administración en conjunto con los delegados de cada torre han estudiado un

reglamento interno para nuestro condominio el cual tiene por finalidad normar las

actividades a modo de que todos sean respetados en sus derechos y regularizados sus

deberes.

Este reglamento tiene por finalidad crear las instancias para que nadie sea vulnerado en sus

derechos y reglamentar el uso de los espacios comunes.

En él se detallan las actividades que están sujetas a horarios debido a que generen ruido ó

alguna situación que afecten la calidad de vida dentro del recinto.

Invitamos a leer el presente reglamento y por el bien de todos respetar las normas

establecidas.

Como toda norma tiene su excepción, estas deben ser autorizadas por el comité de

Administración ó en votación general de la totalidad de la asamblea.

Este reglamento deberá ser revisado cada dos años a partir de la fecha de implementación,

por el comité de Administración.

Altos de Vivaceta II Página 3

Sección A – Áreas Comunes.

Se entiende por áreas comunes donde cualquier residente puede transitar libremente.

1.- Las áreas comunes y los recintos de esparcimiento están establecidas para ser utilizadas

por los residentes del condominio. Se permite su utilización por invitados, en cantidad

moderada, sólo con la compañía del copropietario respectivo y la autorización del conserje

de turno o el mayordomo. En ningún caso, personas ajenas al Edificio pueden ser una

molestia o un entorpecimiento para el uso de sus recintos por parte de los residentes.

Siempre tendrán prioridad de uso de los recintos de esparcimiento los residentes del

edificio. Se entiende por residentes a aquellas personas que viven en el edificio, sean éstos

propietarios o arrendatarios.

2.- No podrán hacer uso de estos recintos el personal de servicio del edificio, ni el personal

de servicio dependiente de los residentes, salvo como acompañante de los niños residentes

en las salas en que especialmente les esté permitido su ingreso.

3.- Tomando en consideración que estos recintos pertenecen a todos los copropietarios, las

personas que los utilicen deberán tener especial cuidado en su correcta utilización y

conservación. Los daños y deterioros que se produzcan, que no correspondan a fallas o

hechos fortuitos, serán de responsabilidad del residente que haya hecho uso de ellos o haya

solicitado su uso, y consecuentemente, los costos de reparación en que se incurra por este

motivo serán de su exclusivo cargo, los que serán agregados a sus expensas comunes. El

personal responsable de turno del condominio deberá dejar constancia de lo anterior en el

Libro correspondiente. El comité de administración calificará las situaciones de daños

producidos por falla o hecho fortuito.

4.- En las áreas comunes se deberá tener especial cuidado en no producir ruidos molestos

de ninguna especie y no podrán utilizarse radios, equipos de música, compact disc,

televisores o computadores con alto volumen. Todo lo anterior, sin perjuicio de los

acuerdos que adopte el Comité de Administración del Edificio para situaciones concretas.

Sin perjuicio de lo indicado en el Reglamento de Copropietarios, sobre ruidos molestos.

5.- El cuidado de las áreas verdes es de especial cuidado de la comunidad por lo que no

debe hacer daño a las plantas, se solicita especial atención a los padres ya que es

habitualmente recurrente este punto cuando los niños están jugando no se percatan de ello.

6.- Además se solicita a los padres instruir a sus hijos en no sacar los regadores ó aspersores

del sistema de regadío como así también el daño que se produce con las luminarias que

normalmente se dañan por mover los postes y los golpes de pelotas.

7.- Está absolutamente prohibido ocupar con muebles u otros objetos áreas de espacios

comunes, de cualquier piso y en cualquiera de las torres.

8.- Se prohíbe arrojar papeles, colillas de cigarros u otros objetos en los espacios comunes y

desde las terrazas o ventanas de los departamentos o pasillos del condominio.

9.- No se permite lavar los vehículos con agua de las áreas comunes, de acuerdo a esto la

administración sancionará a los que infrinjan esta norma.

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Sección B – Estacionamientos.

1.- En las áreas de estacionamientos está prohibido almacenar o dejar transitoriamente

cualquier objeto o desperdicio, modificar su señalética, realizar algún cierre perimetral de

cualquier tipo. Vale decir, estos son solo para dejar automóviles y no se pueden utilizar

como bodega. Si esto ocurriera, el personal del condominio está autorizado para retirarlos.

2.- Los estacionamientos son para el uso exclusivo de los residentes del departamento al

cual pertenece el respectivo estacionamiento. Está prohibido usar un estacionamiento que

no le corresponda o estacionarse en estacionamientos de visitas, de discapacitados, en zonas

de circulación, como también lo está el estacionarse sobre la vereda del frontis. Los

estacionamientos de visita y de discapacitados, son para uso temporal de invitados o de

discapacitados, y no para dejar autos estacionados permanentemente o por períodos largos.

3.- Los estacionamientos de visitas son de exclusiva utilización de visitas por un límite de 4

hrs libres de pago, si la visita que exceda ese tiempo será cobrado a un canon $ 1.000

adicionales por cada hora.

4.- Las normas de estacionamiento rigen las 24 hrs de lunes a domingos y festivos.

Sección C – Mascotas.

1.- Se acepta la tenencia responsable de animales en los departamentos. En ningún caso

debe molestar a los vecinos, no deben generar ruidos y olores molestos, que perturben la

tranquilidad de los copropietarios. Los perros no deben circular solos por el condominio,

estos deben ser sacados con correa y la suciedad que estos generen deben ser retiradas

inmediatamente del lugar por el dueño del animal y además no deben generar destrozos en

los espacios comunes. Los animales como Perros y Gatos deben tener su collar de

identificación. El personal a cargo en el momento en que se detecte alguna anomalía con

respecto a este punto, tendrá todas las atribuciones para actuar y notificar al residente. Se

prohíbe el ingreso de visitas con mascotas.

Sección D - Ingreso personal ajeno al condominio.

1.- Toda persona ajena que desee acceder al condominio, deberá identificarse con el

Conserje o personal de turno. Nadie podrá ingresar más allá de la sala de guardia sin el

consentimiento previo dado por una persona responsable del departamento al cual la

persona desea acceder. En el caso de estar esperando visitas, se podrá dar aviso a

conserjería con anterioridad, en cuyo caso el personal, una vez identificada las visitas, las

deberá dejar entrar, avisando al departamento de su arribo. En caso de no existir un aviso

previo, el personal deberá avisar al departamento de la presencia de la visita, permitiendo

su acceso sólo una vez autorizado por el respectivo departamento. En situaciones

calificadas, al ser solicitado por el correspondiente departamento, se permitirá el acceso al

recinto de manera permanente a personas determinadas, en cuyo caso no será

imprescindible avisar al departamento al momento del ingreso. Los funcionarios de

cualquier empresa que preste servicio a algún departamento o a la Comunidad, deberán

identificarse con su cédula de identidad en Conserjería, y el personal deberá dejar

constancia de su ingreso, motivo de la visita, y egreso en el Libro de Novedades.

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2.- No se permitirá el acceso al recinto de la Comunidad de vendedores, encuestadores,

camiones de mudanza, etc., con excepción de quienes sean autorizados por algún

departamento en particular, en cuyo caso tendrá acceso solamente al referido lugar. En

estas situaciones se solicitará al departamento avisar a conserjería al momento de retirarse

la visita, a fin de evitar que acceda directamente a otros departamentos. En caso de ocurrir

algún problema en otro departamento o recinto del edificio por no haberse dado este aviso,

será responsable el residente del departamento que autorizó la entrada de la persona, de las

molestias o destrozos que el extraño ocasione.

3.- No se permitirá el ingreso al condominio de aquellas personas que no hayan sido

debidamente registradas. El propietario asume la responsabilidad por los daños a las

instalaciones comunes en que incurriere su arrendatario las que serán incluías en los gastos

comunes correspondiente a su departamento.

4.- El personal que presta servicios en los departamentos, ya sea en forma permanente o

temporal, debe ser registrado en Conserjería, a fin de autorizar su ingreso al Edificio. No se

permitirá el ingreso de personal que no cumpla este requisito. Sera responsabilidad del

residente, el avisar oportunamente el término de autorización de acceso para una

determinada persona.

5.- Es responsabilidad del propietario comunicar por escrito y registrar en conserjería el

nombre de su arrendatario (o de las personas que usarán el departamento aunque no sean

arrendatarios) y de los respectivos acompañantes, con el fin de mantener el control del

condominio.

Sección E - Uso de Piscinas.

Ver anexo 1 – Reglamento uso de Piscinas

Sección F – Uso sala de Eventos.

Ver anexo 2 – Reglamento sala de eventos

Ver anexo 3 – Check List

Sección G – Conserjes y personal de servicio.

1.- La correspondencia será recibida en conserjería, por lo que el personal externo no tendrá

acceso al interior del recinto de la comunidad. Lo anterior será válido incluso para la

correspondencia certificada, en cuyo caso, el personal que reciba la correspondencia deberá

dejar constancia mediante su firma en el acta correspondiente. El personal del condominio

deberá dejar de inmediato la correspondencia recibida en el casillero del departamento

correspondiente y avisar al copropietario de su existencia. Será obligación de cada residente

preocuparse de solicitar la entrega de la correspondencia de su casillero y en ningún caso el

conserje está autorizado para dejar su puesto de trabajo para repartir la correspondencia

recibida.

2.- El personal del Condominio trabaja para toda la Comunidad, por lo que tienen

estrictamente prohibido realizar labores o encargos a algún residente en particular durante

sus horarios de trabajo.

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Sección H – Balcones y Ventanas.

1.- Se permite solo usar parrillas eléctricas ó a gas para asados en la terraza de los

departamentos. Las parrillas a carbón son muy peligrosas por las chispas que emanan del

mismo.

2.- Se prohíbe colgar ropa (sábanas, toallas, ropa, traperos etc.) en las barandas de los

balcones. Solo utilizar tendederos en forma ordenada.

3.- Se prohíbe lavar las terrazas con exceso de agua, por ejemplo usando mangueras o

baldes, ya que esta cae a los departamentos inferiores ocasionando molestias y problemas

de aseo (se sugiere limpiar solo con trapo húmedo).

4.- Las protecciones en las ventanas deben ser autorizadas por el comité de Administración.

Sección I – Mudanzas.

1.- El propietario de un departamento y/o estacionamiento que haya sido vendido o

arrendado, tendrá la obligación de informar por escrito a la Administración los nombres de

los nuevos dueños o arrendatarios y el día de ingreso de estos al condominio. Las mudanzas

deberán ser autorizadas previamente por la Administración con la debida antelación. El

horario para realizar las mudanzas será de 09:00 a 20:00 hrs., de lunes a sabado.

Excepcionalmente el conserje de turno podrá autorizar el ingreso en días domingos o

festivos, pero no la salida. Cualquier deterioro que se produzca durante los movimientos

propios de una mudanza, deberán ser de inmediato anotados en el libro de novedades,

exigiéndose que firmen dicha anotación las personas a cargo de la mudanza, para

posteriormente cargar al propietario los gastos de la reparación.

Sección J – Uso de los Juegos, bicicletas, patines y pelotas.

1.- Los juegos son de uso exclusivo para niños y no para adultos.

2.- Se solicita precaución para los que utilicen bicicletas y patines en las calles interiores ya

que estas son utilizadas por todos los transeúntes.

3.- Se solicita precaución en el uso de pelotas con el fin de no dañar ventanas, plantas, áreas

verdes, iluminación. El personal a cargo en el momento en que se detecte alguna anomalía

con respecto a este punto, tendrá todas las atribuciones para actuar y notificar al residente.

Sección K – Libro de Novedades.

1.- En la conserjería deben dejar por escrito sus comentarios, reclamos o sugerencias sobre

la marcha general del condominio. También puede informárselas directamente al

mayordomo y/o conserje, quien se las hará saber al Administrador o a quien corresponda.

Se solicita se debe dejar claramente estampada la fecha, el nombre y el número de

departamento de quien realiza el comentario y Nº de celular o red fija para comunicarse en

caso de ser necesario.

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Sección L – Ruidos Molestos.

1.- Están prohibidos los trabajos con ruidos molestos en los departamentos, entre las 19:00

hrs. a 09:00 sábado hasta 16.00 hrs suspendiendo los ruidos por día domingo hasta 09.00

hrs. de los días Lunes e igualmente para los días festivos, y para los días de semana desde

las 21:00 hrs. a las 09:00 hrs. del día siguiente hábil. Todo lo anterior es sin perjuicio de

que los propietarios deberán informar al mayordomo si efectuarán trabajos, la fecha y su

horario estimado.

2.- A los copropietarios que realicen eventos en sus departamentos solo se les permitirá

hasta las 12:00 am. Luego a este horario, deberán tener un volumen moderado en su equipo

de música y en el tono de voz de la conversación. De no respetar los horarios y la buena

convivencia el responsable de turno se debe comunicar con el departamento que esté

generando ruidos molestos e informarle el no cumplimiento. De no acatar en la primera

instancia se facultará al responsable del turno a cursar una multa que será incluida en los

gastos comunes correspondientes.

3.- Se debe guardar compostura y respetar a los demás, manteniendo el volumen de sus

equipos de música a cualquier hora de día.

4.- Se permitirá reuniones tertulias hasta las 02:00 am días viernes, sábado y festivos, no

obstante, no se podrá emitir ruidos molestos en los espacios comunes, así como tampoco,

en el interior de los hogares en horas destinadas al descanso.

5.- Se permite el uso de maquinarias eléctricas que originen ruidos molestos de lunes a

viernes hasta después de las 19:00 hrs. Los sábados, hasta las 16:00 hrs y Los domingos y

festivos no se podrá realizar este tipo de trabajos.

6.- Los ruidos molestos emanados desde las terrazas de los residentes en horario destinado

a descanso, serán sancionados por la administración en las debidas multas. Dado la mala

acústica del condominio el ruido se amplifica y las pequeñas conversaciones se escuchas el

los demás departamentos.

Sección M – Castigos y Multas.

1.- El comité de Administración podrá imponer multas a los copropietarios, residentes

(incluso por problemas con visitas) que no cumplan este reglamento interno.

2.- No está permitido insultar al personal interno, sean estos guardias, mayordomo,

conserjes y/o personal de servicio.

3.- El no pago de los gastos comunes, faculta al comité de Administración a prohibir el uso

de la sala de eventos y el uso de Piscinas.

4.- El no cumplimiento de este reglamento tendrá una multa de 1UF, que será incluida en

los gastos comunes correspondiente al departamento.

Por reincidencia la multa será de 2 UF y así sucesivante.

El Comité de Administración dentro de sus facultades, supervisará y velará por el buen

funcionamiento del Edificio, de manera que se cumpla el Reglamento de Copropiedad y

este Reglamento Interno.

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Como procedimiento para cursar las multas, se avisará una vez para advertir la falta, si

después de esto la persona involucrada sigue sin cumplir el reglamento interno se cursará

inmediatamente la multa.

Sección N - Basura

1.- La basura debe ser depositada en bolsas plástica y cerrada.

El excremento de los animales deberá depositarse en bolsas plásticas y dobles de

preferencia.

Los cartones y vidrio, botellas y cajas deberán depositarse en los shaff ecológicos para que

sean retirados por el personal de aseo.

Se prohíbe dejar basura el los pasillos de los pisos del condominio ya que será multado a

los residentes que lo hagan en las correspondiente UF que el comité determine.

Sección O – Niños

1.- Los niños pueden jugar en las áreas verdes, sin causar daño en esos espacios.

Para juegos de pelota, solo se podrá jugar con pelotas livianas y de goma, siempre y cuando

no se haga daño a las áreas comunes.

Los adultos responsables de ellos responderán por deterioren pasto y/o plantas.

2.- Los niños podrán jugar hasta horas prudentes respetando el descanso de los residentes

que tienen que trabajar al día siguiente, esta acción será encomendada a los guardias de

seguridad.

Sección P – Mantenimiento

1. Queda prohibido manipular las maquinas de bombas de aguas , paneles eléctricos

que alimentan todas las instalaciones externas de los departamentos, sistemas de

riegos, extintores, timer de luces, y otros que sean de uso comunitario.

2. Todos daño que sea causado a la propiedad común, a excepción de los causados por

desgaste natural de los elementos incorporados al condominio, será responsabilidad

de quien lo cause, debiendo cancelar a la administración el costo de la reparación.

3. No lanzar desperdicios, colillas de cigarro, cenizas, envoltorios, salivas, líquidos

varios, pinturas ó cualesquier otro, en los espacios comunes ó en los espacios

colindantes.

4. Los daños causados por visitantes, serán de responsabilidad de los que los acojan

5. Cualquier infracción referente a este punto será multado con UF 1 en los gastos

comunes.

6. No es permitido dejar artículos de uso personal en los espacios comunes, de ser así

será multado por la administración y en un plazo de 72 hrs. serán eliminados a la

basura.

p. Comité de Administración

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Sr. Presidente

Sr. Sr.

Fernando Carter Del Buono Administrador

Anexo 1

REGLAMENTO USO DE LA PISCINA

Para conocimiento de todos los usuarios del recinto de la Piscina, se ha acordado el

siguiente reglamento:

1. Esta debe ser exclusivamente utilizada por los señores residentes del edificio, en horario

de Lunes a Domingo entre las 11:00 hrs. y las 20:00 hrs. Quedará excluido el día en que

las piscinas tengan las mantenciones correspondientes. El cual será cada día lunes.

2. El residente deberá avisar previamente en la conserjería su interés en ingresar visitas a

la piscina, un máximo de 2 visitas por día de lunes a jueves, dejando exclusividad para

los días viernes, sábado y domingo para uso exclusivo de los residentes del condómino.

El ingreso al recinto se hará conjuntamente con el residente, y quedara registrada la

visita.

3. No será permitido la entrada de comidas, latas, botellas, y elementos de alimentación al

sector de la piscina.

4. La seguridad de los niños en la piscina es de responsabilidad exclusiva de sus padres y

no de la comunidad, así como de su comportamiento dentro del recinto. La Comunidad

no cuenta con servicio de salvavidas.

5. Queda estrictamente prohibido:

Fumar en todo el recinto de la piscina.

Consumir alimentos de cualquier tipo.

Consumir bebidas alcohólicas de cualquier tipo.

Entrar al recinto cualquier envase de cristal.

Ingresar al sector de piscinas con calzado (zapatos, zapatillas, etc)

Correr, practicar juegos, desórdenes, escándalos y riñas, que puedan alterar el orden

y tranquilidad de los usuarios.

La presencia de mascotas en el sector de la piscina.

6. Los Niños/Bebés que aún utilizan pañales pueden ingresar a la piscina con pañales para

el agua.

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7. No se permitirá el uso de la piscina para aquellos que tengan gastos comunes impagos

8. Es OBLIGACIÓN de todos los residentes respetar al personal de conserjería quien

debe controlar el cumplimiento de este reglamento interno

9. Se requiere cada persona debe pasar por las duchas antes de ingresar al sector de

piscinas.

10. Se prohíbe el uso de gorro y poleras dado que esta medida atenta contra la salud de

niños y adulto, por los altos índices de rayos UV, sólo se puede ingresar al agua con el

respectivo traje de baño y en lo posible con los bloqueadores que correspondan.

11. Se sancionará con multa de UF 1 a cualquier persona que infrinja las normas de la

piscina y serán cargadas en su próximo gasto común.

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACION

Anexo 2

REGLAMENTO USO SALA DE EVENTOS

1. La sala Multiuso es un bien común de libre uso y disposición de cualquier residente

del condominio, sea copropietario ó arrendatario.

2. La sala de eventos tiene asignado mobiliario para su funcionamiento, por lo que

debe ser cuidado por quien hace uso de esta.

3. La sala de eventos tendrá un valor de $ 5.000 por jornada, teniendo en cuenta que

el día tendrá 2 jornadas.

4. No se cobrará la sala de eventos para usos tales como reuniones del comité de

administración y eventos a beneficios para las personas que viven en el condominio.

5. El uso de sala multiuso deberá ser informado a la conserjería para verificar

disponibilidad y registro de la reserva.

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6. Cualquier destrozo o daño que realiza en el espacio físico de la sala de eventos, o

en otros lugares del edificio, será cobrada al Residente que la utilizó, junto a los

gastos comunes.

7. La sala sólo puede ser solicitada por un adulto residente en el condominio.

8. Esta debe ser reservada con la debida anticipación, en la conserjería del edificio.

9. El máximo de personas autorizadas para permanecer durante el evento en dicha sala

es de 30 personas.

10. El horario de uso es el sgte:

Domingo a Jueves: Desde las 10:00 hrs hasta las 22:00 hrs.

Viernes: Desde las 10:00 hasta las 12:00

Sábado: Desde las 10:00 hrs hasta las 02:00 hrs.

11. Las jornadas serán de 10:00 hrs hasta 16:00 hrs y de las 17:00 hasta los límites ya

establecidos

12. Queda prohibido el uso de la sala para actividades religiosas.

13. En los horarios establecidos se debe mantener el orden, la seguridad del edificio y el

ruido no debe molestar a los residentes.

14. El uso de la sala puede tener un costo asignado con el fin de hacer mejoras internas

al área.

15. La sala deberá ser entregada y devuelta con su respectivo Check-List.

16. El no cumplimiento de dichas normas de sana convivencia, facultará a la conserjería

a suspender el evento programado.

17. Además el residente que solicite la sala multiuso deberá firmar un formulario

comprometiéndose a dejar el mismo en las mismas condiciones en la cual fue

recibido. Junto con el inventario de la sala multiuso.

18. No se permitirá el uso de la sala multiuso a aquellos residentes que tengan gastos

comunes impagos.

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACION

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Anexo 3

CHECK-LIST SALA DE EVENTOS

Chequeo 1

Usuario Sala

Depto.

Fecha y Hora inspección

Responsable del chequeo 1

Puntos a revisar Pre Post 1º ¿El piso de sala se encuentra limpio? Si No Si No

2º ¿Los vidrios se encuentran limpios? Si No Si No

3º ¿Los baños se encuentran limpios? Si No Si No

4º ¿Tienen sus papeleros correspondientes? Si No Si No

5º ¿Tienen su porta toallas correspondientes? Si No Si No

6º ¿Las cerraduras de los baños se encuentran en buen estado? Si No Si No

7º ¿La cerradura de acceso principal se encuentra en buen estado? Si No Si No

8º ¿El horno de la cocina se encuentra en buen estado? Si No Si No

9º ¿Los quemadores de la cocina se encuentran en buen estado? Si No Si No

10º ¿Los muebles de la cocina se encuentran en buen estado? Si No Si No

11º ¿Los tiradores de la cocina se encuentran en buen estado? Si No Si No

12º ¿El quincho se encuentra limpio, sin cenizas? Si No Si No

13º ¿La iluminación se encuentra en buen estado? Si No Si No

14º ¿El sector de piscinas, se encuentra apto para utilizar? Si No Si No

Observaciones

_______________________________________________________________

Responsable del chequeo 2

Fecha y Hora inspección

Recepción conforme