programa para la implantaciÓn de un mÉtodo de registro de las actividades de control...

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Final Referencia AGJ/tcj Pág. 1 de 33 PROGRAMA PARA LA IMPLANTACIÓN DE UN MÉTODO DE REGISTRO DE LAS ACTIVIDADES DE CONTROL Y CORRECTIVAS REALIZADAS POR EL NIVEL LOCAL SOBRE ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS. ( FICHA-HISTORIA )

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PROGRAMA PARA LA IMPLANTACIÓN DE UN MÉTODO DE REGISTRODE LAS ACTIVIDADES DE CONTROL Y CORRECTIVAS REALIZADAS POREL NIVEL LOCAL SOBRE ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS.

( FICHA-HISTORIA )

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INDICE

I. -JUSTIFICACIÓN

II. -ANTECEDENTES

III. -AMBITO DE APLICACIÓN

IV. -OBJETIVOS

V. -DOCUMENTACIÓN

A.- MODELO FICHA-HISTORIA

B.- MODELO FICHA EVALUACIÓN Y ANALISIS DE FICHA-HISTORIA

VI.-METODOLOGÍA DE TRABAJO

VII.-CRONOGRAMA DE ACTUACIONES

ANEXOS

Anexo I.- Guía de cumplimentación de Ficha-Historia de establecimientos

alimentarios.

Anexo II.- Modelo de Ficha-Historia de establecimientos alimentarios.

Anexo III.- Modelo de ficha evaluación y análisis de fichas-historia de

establecimientos alimentarios.

Anexo IV.- Criterios a seguir para la utilización del Libro de Control Sanitario de

Establecimientos Alimentarios.

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I.- JUSTIFICACIÓN

El Real Decreto 50/1993, de 15 de enero, por el que se regula el Control

Oficial de los productos alimenticios y el Real Decreto 1397/1995, de 4 de agosto,

por el que se aprueban medidas adicionales sobre el Control Oficial de productos

alimenticios, recogen en su articulado la necesidad de hacer controles durante toda

la cadena productiva sobre los productos alimenticios con la finalidad de prevenir

riesgos para la Salud Pública.

Por otro lado, el Real Decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el que se

establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios, señala las

normas generales de higiene durante la preparación, fabricación, transformación,

envasado, almacenamiento, transporte, distribución, manipulación y venta o

suministro al consumidor de los productos alimenticios, así como los métodos de

verificación del cumplimiento de dichas normas.

Finalmente, el Reglamento (CE) Nº 178/2002, de 28 de enero, por el que se

establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se

crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos

relativos a la seguridad alimentaria, establece en el apartado 2 del artículo 17:

“Los Estados miembros velarán por el cumplimiento de la legislación

alimentaria, y controlarán y verificarán que los explotadores de empresas

alimentarias y de empresas de piensos cumplen los requisitos pertinentes de la

legislación alimentaria en todas las etapas de la producción, la transformación y la

distribución.

Para tal fin, mantendrán un sistema de controles oficiales y llevarán a cabo

otras actividades oportunas, incluida la información al público sobre la inocuidad y

los riesgos de los alimentos y los piensos, la vigilancia de la inocuidad de alimentos

y piensos y otras actividades de control que cubran todas las etapas de la

producción, la transformación y la distribución. ...”

Para poder realizar adecuadamente las funciones de Control Oficial que la

normativa española y comunitaria exhorta a desarrollar a los Servicios Oficiales de

Salud Pública es fundamental contar con unos profesionales bien formados,

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adecuadamente dotados y que desarrollen sus actuaciones siguiendo unos criterios

lo más uniformes posible.

Teniendo en cuenta estas tres premisas, debe señalarse, que para llevar a

cabo estas funciones es fundamental contar con un sistema eficaz e uniforme en

toda Castilla-La Mancha de registro de los controles oficiales realizados en los

establecimientos alimentarios.

El objetivo principal de la Ficha-Historia que se presenta en este documento

es precisamente el dotar a los inspectores sanitarios de un sistema documental y de

registro en el que plasmar las actuaciones realizadas, y que pueda servir, en la

medida de lo posible, para unificar los criterios de actuación y el sistema de registro

en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

Paralelamente, y como consecuencia, esta unificación de criterios y de

registros de actuaciones permitirá incrementar el conocimiento de las actuaciones

realizadas por los inspectores sanitarios en los establecimientos alimentarios, con lo

que se podrá mejorar la planificación de la verificación y el control en los mismos por

parte de los Servicios Oficiales de Inspección así como del Servicio de Sanidad

Alimentaria.

II. ANTECEDENTES

En 1997 la Delegación Provincial de Sanidad de Albacete, en plan piloto y

ante la necesidad especificada, implantó una estrategia para el control oficial de los

establecimientos alimentarios, que giraba en torno a la utilización de una Ficha-

Historia para cada establecimiento, en la que, de forma sucinta, se anotaran todas

las incidencias que en las distintas visitas de control iban sucediéndose.

Los fines principales de este plan eran:

-disponer de una herramienta que permitiera a cualquier miembro del

equipo conocer la historia del establecimiento.

-permitir la evaluación del trabajo realizado, comparación de las medidas

adoptadas, etc..., a fin de establecer la estrategia más adecuada para la

optimización de resultados.

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El modelo de documento de registro que se adoptó vino determinado por la

similitud que se encontró entre lo que pretende el equipo de sanitarios en los

establecimientos alimentarios de su Distrito (eliminar los "males" de cada

establecimiento utilizando remedios proporcionados) y lo que pretende un equipo de

salud en la atención de su paciente (eliminar los "males" de los pacientes utilizando

métodos proporcionados).

Por ello, se ideó un documento similar a una historia clínica en la que se

anotasen y guardasen todos los incidentes, correcciones, análisis, etc..., que a lo

largo de la vida se producen en ese establecimiento.

III.- AMBITO DE APLICACIÓN

El ámbito de aplicación de esta forma de registro será en TODOS LOSESTABLECIMIENTOS FIJOS OBJETO DE CONTROL OFICIAL (se excluyen los

establecimientos de venta ambulante).

En los mataderos, no debe utilizarse en el "cada día", sino solo cuando se

realicen controles no rutinarios (p.e. revisión de requisitos previos).

Asimismo, y a efectos de que las actuaciones quedaran efectivamente

registradas, el uso de los Libros de Control Sanitario de Establecimientos

Alimentarios se extenderá a todo tipo de establecimientos (excluidos los

correspondientes a la venta ambulante).

IV.- OBJETIVOS

Principal

Incrementar la calidad de los Servicios Oficiales de Inspección.

Secundarios

1.-Implantación de un sistema uniforme de registro y refrendo documental de las

actuaciones realizadas a nivel local sobre los establecimientos alimentarios.

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2.-Mejora en la recogida de datos de las actuaciones realizadas por los Servicios

Oficiales de Inspección.

3.- Unificación de criterios en las actuaciones de los Servicios Oficiales de

Inspección

4.-Mejora en la planificación, verificación y control oficial de los establecimientos

alimentarios.

5.-Aumentar el conocimiento de la situación en que se encuentren los diferentes

sectores alimentarios.

V.- DOCUMENTACIÓN

A este programa se adjunta la siguiente documentación:

-Guía de cumplimentación de Ficha-Historia de establecimientos

alimentarios (Anexo I).

-Modelo de Ficha-Historia de establecimientos alimentarios (Anexo II).

-Modelo de ficha evaluación y análisis de fichas-historia de

establecimientos alimentarios (Anexo III).

-Criterios a seguir en la utilización del Libro de Control Oficial de

establecimientos alimentarios (Anexo IV).

A. MODELO DE FICHA- HISTORIA:

En el encabezamiento figura:

-Área de Salud: se deberá corresponder con el ámbito provincial, excepto

en Toledo que se dividirá en dos Áreas ( Toledo y Talavera de la Reina).

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-Distrito

-ZBS

-Razón Social

-Nombre comercial

-Dirección

-Localidad

-Código o Clave (de las ya establecidas previamente).

Posteriormente, se especifican los apartados de los controles oficiales

efectuados con incidencias, detallándose medidas adoptadas y corrección, en los

siguientes apartados:

-Autorización

-Etiquetado y marca de salubridad

-Requisitos previos:

-Potabilidad de agua

-Instalaciones y programa de mantenimiento

-Higiene de manipuladores y programas de formación

-Higiene de las instalaciones. Programa de limpieza y

desinfección

-Programa de desinsectación y desratización

-Trazabilidad

-Entradas y salidas de productos y transporte

-Autocontrol basados en sistema APPCC:

-Control de temperaturas

-Control de almacenamiento

-General (Procesos tecnológicos)

-Muestras oficiales

-Otros apartados

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Respecto a las "medidas adoptadas", se podrá actuar de la siguiente

manera, identificándose con las siglas:

- AL: advertencia del inspector

- AS: advertencia de entidad superior

- PS: propuesta de sanción

- PCP: propuesta de cierre preventivo

- IC: inmovilización cautelar

- LP: liberación del producto

- DP: destrucción del producto

- TMO: toma de muestra orientativa

- TMR: toma de muestra reglamentaria

B MODELO DE FICHA EVALUACIÓN Y ANÁLISIS DE FICHAS-HISTORIA DEESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS.

Se utiliza la ficha al objeto de introducir en una base informática las

actuaciones realizadas, y así, poder valorar principalmente:

- La situación de los diferentes sectores alimentarios.

- calidad y cantidad en las actuaciones de los Servicios Oficiales de

Inspección

Esta ficha es un cuadro donde en la parte vertical se reflejan los apartados de

la Ficha-Historia y en la parte horizontal el número de incidencia, sobre la actuación

realizada en los siguientes apartados:

-número de deficiencias detectadas

-número de advertencias del inspector

-número de advertencias de entidad superior

-número de propuestas de sanción

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-número de propuestas de cierres preventivos

-número de inmovilizaciones cautelares

-número de liberalizaciones de producto

-número de destrucciones de producto

-número de deficiencias corregidas

-número de tomas de muestras

VI.- METODOLOGÍA DE TRABAJO

Se realizaran las siguientes actuaciones:

Ø En una "Primera fase", solo se aplicará el programa a aquellos

establecimientos que sean objeto de control oficial por los Servicios

Oficiales Veterinarios. Tras la reestructuración de los Servicios Oficiales

Farmacéuticos, se realizará una "segunda fase" donde se incluirá la

totalidad de establecimientos del ámbito de aplicación.

Ø Se abrirá una Ficha-Historia por cada establecimiento alimentario que

se tenga censado (se puede aprovechar la primera visita que se haga

en el año), con independencia de coexistencia de varias actividades o

incluso varios números de Registro General Sanitario de Alimentos (

R.G.S.A. ) con diferente clave. En la numeración se reflejará la

ACTIVIDAD PRINCIPAL, referenciandose también las otras actividades

que realice.

Ø Se trabajará con el criterio de que "lo que no esté escrito no estáhecho", por ello, en cada visita que se haga al establecimiento, por la

razón que fuere (excepto en mataderos), se harán las anotaciones que

procedan en la Ficha-Historia y con carácter general, además con otro

refrendo documental ( Libro de Control Sanitario de Establecimientos

Alimentarios,Actas de Inspección o Informes Sanitarios).

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Ø Con periodicidad mensual, los Jefes de Distrito extraerán la información

del programa informático ( cuando éste sea aportado, habiéndose

comprometido la Unidad de Desarrollo Informático de esta Consejería

que lo tendría elaborado para el mes de junio del 2003) mediante la

Ficha de Evaluación, para realizar un estudio y evaluar las actuaciones

y actividades ejecutadas. Si como resultado de este estudio y

evaluación se considera oportuno se adoptarán medidas correctoras

necesarias para subsanar las deficiencias detectadas. Finalmente, esta

información ya tratada, será remitida a los distintos miembros del

equipo del Distrito y a la Delegación Provincial de Sanidad

correspondiente.

Ø Igualmente, y con periodicidad trimestral, en las Delegaciones

Provinciales de Sanidad se realizará una evaluación de los datos de

todos los Distritos, remitiéndose a la Consejería de Sanidad un informe

cada seis meses.

Ø En el Servicio de Sanidad Alimentaria de la Dirección General de Salud

Pública y Participación se estudiarán los informes remitidos por las

Delegaciones Provinciales de Sanidad, al objeto de subsanar posibles

anomalías detectadas y utilizar los datos para una adecuada

planificación de actuaciones. Periódicamente se elaborarán y remitirán

informes de evaluación del seguimiento del Programa de Ficha-Historia

hacia las Delegaciones Provinciales de Sanidad e Instituto de Ciencias

de la Salud.

Ø Todos los establecimientos objeto de control oficial deben disponer de

Hoja de Libro de Control Sanitario de Establecimientos Alimentarios,

(excluidos los establecimientos de venta ambulante), reflejando en

ellos, los apartados donde se realiza inspección por el inspector

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actuante (no limitándose a reseñar que reúne condiciones higiénico-

sanitarias) así como, reflejar los documentos generados en la

inspección, si los hubiera (p. e. Referencia de actas de inspección

levantadas, actas de toma de muestras, informes emitidos, etc.).

VII.- CRONOGRAMA DE ACTUACIONES

Desde los Servicios Centrales, con la base documental generada por la

Delegación Provincial de Sanidad de Albacete y el Grupo de Trabajo constituido al

efecto, se elabora un Programa documental de actuaciones para su implantación.

En la segunda quincena del mes de enero de 2003 se remite a las

Delegaciones Provinciales de Sanidad y al Instituto de Ciencias de la Salud de

Talavera de la Reina(Toledo) el citado Programa.

Una vez recibido por las Delegaciones Provinciales de Sanidad y el Instituto

de Ciencias de la Salud, se establecerá una reunión en la primera quincena defebrero de 2003, para darlo a conocer a los Servicios Oficiales de Inspección (en

primera fase únicamente a los Servicios Veterinarios Oficiales), al objeto de su

puesta en marcha a partir del 1 de marzo de 2003. En ésta reunión se informará

que hasta nuevas instrucciones, solamente se deberán de familiarizarse con esta

documentación, mediante la aplicación documental de esta programa, sin necesidad

de remitir los datos que se deriven de las actuaciones realizadas.

En caso de detectar los Servicios Oficiales de Inspección alguna deficiencia

en la ejecución de la documentación del programa, se deberá de poner en

conocimiento de la Delegación Provincial correspondiente o Instituto de Ciencias de

la Salud, y su traslado a los Servicios Centrales por éstas, con el fín de realizar las

posibles modificaciones, y así mejorar la documentación definitiva a utilizar.

Desde el Servicio de Sanidad Alimentaria, con la colaboración de la Dirección

General de Informática, se está elaborando un programa informático para que sea

utilizado en el desarrollo de estas actuaciones. Una vez elaborado, se instalará,

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teniendo acceso desde todas las ubicaciones de los Distritos (en una primera fase) y

en los Mataderos de Gran Capacidad (con posterioridad, en una segunda fase).

A partir de su instalación, el personal de las Delegaciones Provinciales de

Sanidad y el Instituto de Ciencias de la Salud mantendrán una segunda reunión con

los Servicios Veterinarios Oficiales para explicarles el funcionamiento del programa

informático, y, al igual que en la documentación, con el objeto de familiarizarse y

corregir posibles deficiencias. Tras este periodo de adaptación, que no superará los

tres meses, se remitirán posteriormente instrucciones para su puesta en marcha

definitiva.

Desde los Servicios Centrales se harán las gestiones para dotar del material

necesario (carpetillas de establecimientos, Ficha-Historia, carpetas colgantes para

archivo y archivadores) así como medios (p.e. ordenadores) para poder ejecutar

este programa.

Servicio de Sanidad Alimentaria

Dirección General de Salud Pública y Participación

Consejería de Sanidad

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Anexo I: Guía de cumplimentación de Ficha-Historia de establecimientos

alimentarios.

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GUIA PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA-HISTORIA DE ESTABLECIMIENTOSALIMENTARIOS

Modelo de Ficha-Historia de establecimientos alimentarios.

El modelo de ficha adoptado va introducido en una carpetilla de

establecimiento en el que, junto a la ficha, se han de guardar todos los documentos

que se generan en el establecimiento (actas, copias del libro de visitas,

comunicaciones, análisis, etc.). En esta carpetilla hay diferentes datos, a rellenar en

la apertura de la ficha, relativos a la identificación del establecimiento y a la actividad

del mismo, utilizando las claves específicas en el Registro General Sanitario de

Alimentos – R.G.S.A. – y, en su caso, los códigos que ya se venían utilizando y que

en su día implantó Coordinación Regional Veterinaria.

Respecto a la ficha propiamente dicha, se cumplimentará una sola ficha

por establecimiento aunque en el mismo coincidan varias actividades y consta

de:

Un primer cuerpo en el que se identifica el establecimiento y su actividad.

Un segundo apartado en el que se anotan las fechas de aquellas visitas que

se hacen.

Un tercer apartado destinado a anotar las deficiencias que se detecten y

consecuentemente, las medidas que se adopten hasta su corrección, que en

definitiva es el objetivo último.

Y finalmente una relación de las siglas a utilizar como abreviaturas de las

acciones realizadas.

Respecto a los apartados Requisitos previos y Autocontroles basados enAPPCC, ya se han tenido en cuenta en esta Ficha-Historia, pero se establecerán

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instrucciones específicas para la adaptación de cada uno de ellos en la misma,

mediante Programas específicos.

Uso y Archivo.

La utilización de la Ficha-Historia será en cada visita que se realice y en todos

los establecimientos fijos alimentarios (se excluye la venta ambulante) objeto de

control, incluidos los mataderos y también aquellos de visita muy frecuente, pero con

la salvedad de que en estos casos, solo se utilizará cuando el motivo de la

inspección sea un control no rutinario. (Por ejemplo, en los mataderos no se utilizará

la ficha aquellos días en los que el inspector se limite a la inspección ante y post-

mortem, pero sí cuando haga revisión de requisitos previos, autocontroles, etc..).

Dado que la filosofía de trabajo en la que nos basamos es que “ lo que noestá escrito, no se ha hecho”, en cada visita de inspección se actuará de la forma

habitual, pero siempre habrá que dejar constancia escrita utilizando el “Libro de

Control Sanitario de Establecimientos Alimentarios" y con levantamiento de acta o no

según proceda.

Los libros de control sanitario de establecimientos alimentarios se extenderán

a todos los establecimientos, excluida la venta ambulante.

El archivo de las Fichas-Historia será en las dependencias que los Servicios

Oficiales de Inspección, pero en todo caso, el Distrito tendrá conocimiento del lugar y

de la forma de archivo.

Modo de cumplimentar la Ficha-Historia.

Se aconseja llevar la Ficha-Historia a los lugares donde se va a hacer la

inspección.

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Si se produce CAMBIO DE TITULAR, se modificará manteniendo los

antecedentes.

En el segundo apartado se anota, de forma correlativa, la fecha en que se

está realizando la visita de control ó inspección y si no se detecta ninguna

incidencia, no es necesario anotar nada más en la ficha.

Por el contrario, las incidencias que se detecten se anotarán, utilizando el

lenguaje que cada Inspector considere más útil para él, dentro de los distintos

apartados que la ficha contiene y que pasamos a detallar:

1. - Autorización:

Se incluirán deficiencias tales como “falta de Registro General Sanitario de

Alimentos”, “falta de Licencia Municipal de Apertura”, etc.

2. - Etiquetado y marca de salubridad:

Se incluirán las deficiencias de falta de etiquetado, así como los defectos que

en el contenido del mismo se detecten. Así mismo, las deficiencias que en el uso de

la marca de salubridad se observen.

3. - Requisitos previos:

3.A. - Programa de potabilidad de agua:

Se incluirán en este apartado la falta de programa de potabilidad de agua o

los defectos que se detecten en la verificación o validación del mismo.

3.B. - Instalaciones y programa de mantenimiento:

Se incluirán las deficiencias ligadas a que los locales o los sistemas de

mantenimiento de temperatura sean inadecuados, por cualquier anomalía en los

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mismos, como por ejemplo: por insuficientes, pequeños, paredes o suelos en mal

estado, etc.

También incluirán las deficiencias por ausencia del utillaje preceptivo (mesas,

desinfectores, etc.) o necesario, así como por mala conservación o falta de

idoneidad de los materiales con las que están construidos.

Así mismo, se incluirá el incumplimiento del requisito previo de instauración y

cumplimiento de un programa de mantenimiento.

3.C.- Higiene de Manipuladores y programas de formación:

Se incluyen las deficiencias por defectos en la indumentaria de trabajo, así

como cualquier práctica de manejo de alimentos que conlleve riesgo de

contaminación de los mismos.

Se incluye la falta de los correspondientes certificados de formación y/o

carné de manipulador en todo el personal que manipule alimentos.

3.D. - Higiene de las instalaciones. Programa de Limpieza-Desinfección:

Se incluirán las deficiencias higiénicas tanto de locales como de utillaje.

Así mismo, se incluirá la falta de programa de limpieza y desinfección o los

defectos que se detecten en la verificación o validación de los mismos.

3.E.- Programa de desinsectación y desratización:

Se incluirán en este apartado la falta de programa de desinsectación y

desratización o los defectos que se detecten en la verificación o validación de los

mismos.

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3.F. - Trazabilidad:

Se incluirán las deficiencias que en este aspecto se observen y que supongan

incumplimiento de normativa legal.

3.G. - Entradas-Salidas de productos y transporte:

Se incluirán las deficiencias en el amparo documental de los productos

(D.A.C., facturas, etc. )

Así mismo, se incluirán deficiencias que se observen en los vehículos de

transporte, tanto por la naturaleza del propio vehículo, como por su estado de

conservación y limpieza y por su capacidad de mantener las temperaturas

adecuadas.

4. - Autocontroles basados en A.P.P.C.C.:

4.A. - Control de Temperaturas:

Se refiere a aquellas situaciones en las que los alimentos, no se conservan a

la temperatura adecuada.

4.B. - Control de Almacenamiento:

Se incluye cualquier deficiencia en el almacenamiento distinta de la

temperatura, que ya ha sido contemplada en el apartado anterior. Por ejemplo:

Estiba inadecuada, productos incompatibles, etc.

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4.C. - General (Procesos tecnológicos):

Se incluyen deficiencias en el proceso tecnológico de elaboración que

comprometan la seguridad del alimento. Por ejemplo: Esterilización inadecuada,

envasado defectuoso, etc.

5. - Muestras Oficiales:

Se incluirán las tomas de muestras, así como, las actuaciones generadas

como consecuencia de los resultados analíticos.

6. - Otros apartados:

Se incluirán aquellas deficiencias que no tengan cabida en ninguno de los

apartados anteriores.

A continuación, en las columnas correspondientes a “medidas adoptadas” se

anotará la fecha y la medida que el Inspector estima como más apropiada, utilizando

las siglas correspondientes y cuyo significado es el siguiente:

AI: Advertencia del inspector. Se refiere a la nota escrita, que el inspector deja en el

establecimiento haciendo constar alguna deficiencia y la obligación de corregirla

(normalmente esta nota escrita es la correspondiente copia del libro de control

oficial de establecimientos alimentarios o de un acta).

AS: Advertencia entidad superior. Se refiere al escrito que el establecimiento recibe

de una instancia superior, como consecuencia de la notificación por escrito de

los Servicios Oficiales de Inspección o a iniciativa de ésta entidad superior,

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donde se advirtierte de alguna deficiencia que debe corregir (normalmente será

de la Delegación, de la Jefatura de Distrito de Salud y se producirá porque así lo

solicite el inspector).

PS: Propuesta de sanción. Llevará aparejada un acta y un escrito de

acompañamiento del Jefe de Distrito dirigido a la Degación Provincial de

Sanidad correspondiente, proponiendo la incoación de expediente sancionador.

PCP: Propuesta de cierre preventivo. Llevará aparejada un acta y un escrito de

acompañamiento del Jefe de Distrito dirigido a la Degación Provincial de

Sanidad correspondiente, proponiendo el cierre preventivo del

establecimiento.

IC: Inmovilización cautelar.

LP: Liberación de producto.

DP: Destrucción de producto.

TMO: Toma de muestra orientativa.

TMR: Toma de muestra reglamentaria.

CO: Corregido.

Se deberá tener presente la Ley 8/2000, de 30-11-2000, de Ordenación

Sanitaria de Castilla- La Mancha para determinadas actuaciones de las medidas

adoptadas ( inmovilización cautelar, liberación del producto, destrucción del

producto).

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Respecto a las deficiencias observadas en visitas anteriores, si procede, se

comprobará si han sido corregidas, en cuyo caso se anotará la fecha en la columna

correspondiente a corregido; y se destacará toda la fila ( por ejemplo, utilizando un

rotulador fluorescente ).

Si por el contrario no han sido corregidas, se anotará en la siguiente columna

de medidas adoptadas aquella que en esta ocasión, el inspector considere más

oportuno. Y así sucesivamente.

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ANEXO II.- Modelo de Ficha-Historia de establecimiento alimentarios.

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SERVICIOS OFICIALES DE INSPECCIÓN

CONTROL OFICIALDE ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOSAREA DE SALUD DE ……………………….. DISTRITO ……………………………….. Z.B.S.……………………..…………

RAZÓN SOCIAL................................................................................. NOMBRE COMERCIAL..............................................DIRECCIÓN .................................................................................................. LOCALIDAD…………………............................CÓDIGO/CLAVE PRINCIPAL.............................. OTROS/AS................................................….............................................

FECHAS DE CONTROLES OFICIALES EFECTUADOS EN EL ESTABLECIMIENTO1º 2º 3º 4º 5º

6º 7º 8º 9º 10º

11º 12º 13º 14º 15º

16º 17º 18º 19º 20º

21º 22º 23º 24º 25º

26º 27º 28º 29º 30º

DETALLE DE CONTROLES OFICIALES CON INCIDENCIAS EFECTUADOS EN EL ESTABLECIMIENTO

1. - AUTORIZACIONES MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

2. – ETIQUETADO Y MARCA DE SALUBRIDAD MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

3.- REQUISITOS PREVIOS

3.A.- PROGRAMA DE POTABILIDAD DE AGUA MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

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3.B.- INSTALACIONES Y PROGRAMA DE MANTENIMIENTO MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

3.C.- HIGIENE DE MANIPULADORES Y PROGRAMA DE FORMACION MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

3.D.- HIGIENE INSTALACIONES. PROGRAMA DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

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3.E.- PROGRAMA DE DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

3.F.- TRAZABILIDAD MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

3.G.- ENTRADAS/SALIDAS DE PRODUCTOS Y TRANSPORTE (PROVEEDORES) MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

4.- AUTOCONTROLES (A.P.P.C.C.)

4.A.- CONTROL DE TEMPERATURAS MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

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4.B.- CONTROL DE ALMACENAMIENTO MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

4.C – GENERAL (PROCESOS TECNOLÓGICOS) MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

5.- MUESTRAS OFICIALES TIPO DEMUESTRA MEDIDAS ADOPTADAS OBSERVACIONES

6. – OTROS APARTADOS MEDIDAS ADOPTADAS CORREGIDO

MEDIDAS: AI: Advertencia del inspector AS: Advertencia entidad superior PS: Propuesta de sanciónPCP: Propuesta de cierre preventivo IC: Inmovilización cautelar LP: Liberación de productoDP: Destrucción de producto TMO: Toma de muestra orientativaTMR: Toma de muestra reglamentaria CO: Corregido

(Anótese en la casilla correspondiente las SIGLAS Y FECHA)

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Anexo III Ficha para evaluación y análisis de Fichas-Historia de

establecimientos alimentarios.

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ÁREA DE SALUD DE ………………………….......................………………… DISTRITO …………........................……………………............................................................

Z.B.S.……………………..……....…........….................................…....……… LOCALIDAD……….....….................................................. Nº DE FICHA ..............................

CÓDIGO/CLAVE ................... RAZÓN SOCIAL...................................................................................DIRECCIÓN..............................................................................….….

CÓDIGO DEL INSPECTOR (o inspectores, en su caso) ........................................................................................ FECHA/S DE INSPECCIÓN .........................................

ACTUACIONES

Nº d

ede

ficie

ncia

sde

tect

adas

Nº d

ead

verte

ncia

s de

lin

spec

tor

Nº d

ead

verte

ncia

sen

tidad

sup

erio

r

Nº d

epr

opue

stas

de

sanc

ión

Nº d

epr

opue

stas

de

cier

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reve

ntiv

o

Nº d

ein

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ilizac

ione

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ares

Nº d

elib

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ione

s de

prod

ucto

Nº d

ede

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ccio

nes

de p

rodu

cto

Nº d

ede

ficie

ncia

sco

rreg

idas

Nº d

e to

mas

de

mue

stra

s

1.- AUTORIZACIONES

2.- ETIQUETADO Y MARCA DE SALUBRIDAD

3.A.- PROG. POTABILIDAD DE AGUA

3.B.- INSTALACIONES Y PROG. MANTENIMIENTO

3.C.- HIGIENE DE MANIPULADORES Y PROG.FORMACIÓN

3.D.- HIGIENE INSTALACIONES, PROG. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN

3.E.- PROG. DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN

3.F.- TRAZABILIDAD

3.-

REQ

UIS

ITO

S P

REV

IOS

3.G.- ENTRADAS/SALIDAS DE PRODUCTOS Y TRANSPORTE(PROVEEDORES)

4.A.- CONTROL DE TEMPERATURAS

4.B.- CONTROL DE ALMACENAMIENTO4.-

AU

TOC

ON

-TR

OLE

S(A

PPC

C)

4.C.- GENERAL (PROCESOS TECNOLÓGICOS)

TOMA DE MUESTRAS REGLAMENTARIA

TOMA DE MUESTRAS ORIENTATIVA5.-

MU

ESTR

AS

OFI

CIA

LES

ACTUACIONES POR RESULTADOS DE T. MUESTRAS

6.- OTROS APARTADOS

TOTALES

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ANEXO IV: Criterios a seguir en la utilización de los "libros de control

sanitario de establecimientos alimentarios"

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CRITERIOS A SEGUIR PARA LA UTILIZACIÓN DEL LIBRO DE CONTROLSANITARIO DE ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS

El reflejo documental de las inspecciones efectuadas en los establecimientos

de alimentación por los Servicios Oficiales de Inspección se realizará (además de en

actas e informes sanitarios) mediante la Ficha Historia del establecimiento y el Libro

de Control Sanitario de Establecimientos Alimentarios. Para recordar los criterios a

seguir sobre estos últimos y para que se hagan llegar a los Farmacéuticos Oficiales

de Salud Pública, a continuación se exponen refundidas y revisadas las

instrucciones de utilización de los Libros de Control Sanitario de Establecimientos

Alimentarios:

1.-Todos los establecimientos objeto de Control Oficial deben disponer de Hojas del

Libro de Control Sanitario de Establecimientos Alimentarios, excepto en venta

ambulante.

2.-No obstante, únicamente se entregarán los Libros de Control Sanitario de

Establecimientos Alimentarios, debidamente diligenciados, en los establecimientos

que dispongan de número de Registro General Sanitario de Alimentos, de

Autorización Sanitaria de Funcionamiento, o en aquellos que por sus características

requieran de una mayor frecuencia de inspección.

3.-En los establecimientos a los que por su menor frecuencia de inspección no se

facilite un Libro de Control Sanitario propio, con el objeto de dejar constancia al

responsable del mismo de los controles e indicaciones que por parte de los Servicios

de Inspección se hagan, se cumplimentará y se entregará una Hoja de Control

Sanitario1.

1 Para ello el inspector contará con un Libro de Control Sanitario sin diligenciar e irá arrancando las hojascorrespondientes a cada inspección, entregando al responsable del establecimiento el original y quedándose conla copia de color amarillo.

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4.-El Libro de Control Sanitario permanecerá en el establecimiento sometido a

control.

5.-El Libro de Control Sanitario tan solo podrá ser consultado o retirado del

establecimiento por las personas especialmente acreditadas por la Consejería de

Sanidad y sus Delegaciones Provinciales, las cuales podrán hacer las copias de las

hojas que fueran de su interés.

6.-El gerente o persona responsable del establecimiento está obligado a facilitar la

consulta de este Libro a las personas a que se refiere el apartado anterior,

debidamente acreditadas, y a los Inspectores Oficiales de Salud Pública encargados

del control habitual.

7.-Cada vez que el Inspector Oficial de Salud Pública responsable del control

sanitario del establecimiento realice una visita oficial estará obligado a cumplimentar

la hoja correspondiente del Libro, reseñando los controles efectuados durante la

inspección2.

8.-El Inspector Oficial, después de cumplimentar en el Libro los controles

efectuados, decidirá, en función de las deficiencias detectadas, si es necesario

extender algún otro documento: acta de inspección, informe sanitario o acta de toma

de muestras.

9.-La firma del representante de la empresa en el Libro de Control significa

únicamente que se da por enterado de la visita y que ha sido informado del

resultado.

2 En el caso de los Mataderos, al utilizarse ya otros Libros para el reflejo de las actividades habituales deinspección ante y post-mortem, únicamente se cumplimentará el Libro de Control Sanitario de Establecimientos

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10.-Los Jefes de Distrito transmitirán a los Servicios Oficiales de Inspección bajo su

responsabilidad, lo que se pretende con estos Libros y que hay que reflejar en ellos

los controles que el inspector realiza en esas visitas de inspección programadas a

las industrias y no limitarse a reseñar que la industria reúne condiciones higiénico-

sanitarias.

11.-Los Libros se entregarán al responsable del establecimiento, y la diligencia la

firmará el Jefe de Distrito o el Inspector Oficial responsable del establecimiento por

orden de aquél, y las copias se remitirán a la Delegación Provincial de Sanidad,

donde se archivarán.

12.-Los Libros diligenciados permanecerán en las industrias una vez realizada la

inspección y cumplimentada la hoja del Libro correspondiente. La copias amarillas3

se enviarán al Jefe de Distrito junto con la documentación que mensualmente se les

remite.

13.-El Jefe de Distrito comprobará qué tipo de controles se han realizado, y en

comunicación con la Delegación Provincial de Sanidad, irá dando las instrucciones

precisas para conseguir que los controles que se realicen sean los adecuados y que

a su vez queden reflejados de manera clara y coherente.

14.-Desde la Delegación Provincial de Sanidad correspondiente se establecerá un

"sistema de supervisión” de los controles que realizan los Servicios Oficiales de

Inspección y de cómo se cumplimentan los Libros, para lo que procederá de la

manera siguiente:

Alimentarios cuando se efectúen otro tipo de controles.3 Se estudiará la posibilidad de que los Libros de Control Sanitario dispongan de hojas autocopiativas portriplicado.

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a.-Se elegirá al azar una serie de establecimientos.

b.-Se solicitará a los Jefes de Distrito, las copias de las hojas cumplimentadas

de los Libros de esos establecimientos durante un plazo de tiempo

determinado, por ejemplo tres meses.

c.-Según lo detectado, propondrá las modificaciones oportunas que

comunicará a los Jefes de Distrito y a los Servicios Oficiales de Inspección.

d.- Semestralmente comunicará la Delegación Provincial de Sanidad al

Servicio de Sanidad Alimentaria de la Dirección General de Salud Pública y

Participación, en informe detallado, los resultados de la evaluación realizada.

(En las primeras fases sería conveniente que la evaluación se hiciera

conjuntamente con los Jefes de Distritos, para que entre ambos se detectaran los

defectos e implantar las correcciones adecuadas, con el fin de que las conclusiones

las saque al mismo tiempo el Jefe de Distrito y así, pueda revertirlas más

directamente en sus compañeros.)