procedimiento penal ordinario

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-PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO -INICIO Y DESARROLLO DE LA INVESTIGACION -REGIMEN PROBATORIO DE ACUERDO AL Código Orgánico Procesal Penal. AUTORA: GENESIS CABRILES DERECHO PROCESAL PENAL II SECCION C Profesor. Franklin Yanes

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Procedimiento penal ordinario segun codigo procesal penal Venezolano 2012

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Page 1: Procedimiento Penal Ordinario

-PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO

-INICIO Y DESARROLLO DE LA

INVESTIGACION

-REGIMEN PROBATORIO DE ACUERDO AL

Código Orgánico Procesal Penal.

AUTORA: GENESIS CABRILES

DERECHO PROCESAL PENAL II SECCION CProfesor. Franklin Yanes

Page 2: Procedimiento Penal Ordinario

PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Art 26 CRBV:

Garantiza el Derecho de acceso a los órganos de administración de justicia con el fin de hacer valer derechos e intereses.

Art 49 CRBV:

Garantías del debido proceso, el cual debe prevalecer en todas las actuaciones judiciales y administrativas.

Defensa y asistencia jurídica

Presunción de Inocencia

Derecho a ser oído

Derecho a un juez natural

Protección ante la cosa juzgada

Confesión sin coacción

Art 57 CRBV:

El proceso como instrumento fundamental para la realización de justicia.

Procedimiento breve, oral y publico.

Page 3: Procedimiento Penal Ordinario

PROCEDIMIENTO ORDINARIO

De oficio (Notician criminis: La autoridad se entera del hecho punible) Art 265, 266 copp.

Inicia:

Por Denuncia (De persona que tenga conocimiento de la comisión de un hecho punible) Art 267 copp

Por Querella (presentada por escrito por la persona con calidad de victima, con el fin de exhortar al Ministerio publico a que inicie el proceso) Art 274, 27, 276, 278 copp.

Por Denuncia (De persona que tenga conocimiento de la comisión de un hecho punible) Art 267 copp.

Page 4: Procedimiento Penal Ordinario

Tiene como Finalidad establecer la verdad de los hechos (Art 13 copp)

PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Controlado por los órganos jurisdiccionales (tribunales)

A través de jueces naturales, independientes, autoritarios y autónomos, que tienen Obligación de decidir (Art 4, 5,6, 7 copp)

Debate Oral y publico (art 14 y 15 copp)

Regido por el principio de Inmediación y concentración (art 16 y 17 copp)

Prepara el juicio oral y publico (art 262 copp)

FASE PREPARATORIA

Recolecta elementos de convicción para fundar la acusación (art 262 copp)

El fiscal ordena iniciar la investigación sobre el hecho punible (art 282 copp)

Busca esclarecer la verdad de los hechos El ministerio publico mediante la

investigación debe dejar constancia de los elementos que sirvan para fundar la inculpación o exculpación del imputado (art 263 copp)

La practica de investigaciones conducentes a la determinación de un hecho punible debe ser efectuada por los órganos de policía de investigaciones penales, dando conocimiento y siguiendo la dirección del Ministerio publico. Art 113, 114, 115, 119 copp.

Page 5: Procedimiento Penal Ordinario

Los órganos de investigación penal deben efectuar diligencias con el fin de:

PROCEDIMIENTO ORDINARIOFASE PREPARATORIA

Identificar autores y participes

Hacer constar en actas policiales la información obtenida

Informar en un lapso de 12 horas al fiscal del Ministerio publico el resultado de las investigaciones

Esta etapa constituye una garantía para el correcto desarrollo del proceso

Una vez individualizado el individuo el Ministerio publico consta de 8 meses para concluir la investigación.

El ministerio publico luego de concluida su investigación debe proceder a:

Acusar ante el juez de control cuando tenga fundamentos y elementos de convicción que establezca la responsabilidad penal del imputado Art 308 copp

Solicitar el archivo fiscal cuando el resultado de la investigación sea insuficiente para demostrar la responsabilidad penal del imputado, cesara toda medida cautelar interpuesta contra esté. Art 297 copp

Solicitar al juez el sobreseimiento de la causa, el cual pone fin al proceso y produce los efectos de la cosa juzgada. Art 300, 301, 302, 303, 305,306 copp.

Page 6: Procedimiento Penal Ordinario

PROCEDIMIENTO ORDINARIO

FASE INTERMEDIAPresentada la acusación el juez citara a las partes a una audiencia oral Art 309 copp

Las partes expondrán los fundamentos de sus peticiones.

El imputado puede solicitar ser oído

El juez debe informar sobre las medidas de prosecución del proceso

Art 313copp. El juez debe tomar una decisión e indicar:

Si admite total o parcialmente la acusación y ordenar la apertura del juicio Dictar el sobreseimiento

Si hay un defecto de forma en la acusación el cual debe ser subsanado

Decidir sobre medidas cautelares

Aprobar acuerdos reparatorios

Acordar la suspensión condicional del proceso

Sentenciar si se admiten los hechos Decidir sobre la legalidad de las pruebas

La decisión por la cual el juez admite la acusación debe dictarse ante las partes, cumpliendo con las características que indica el Art 314 copp.

Page 7: Procedimiento Penal Ordinario

El juez debe cumplir con el principio de inmediación estipulado en el art 16 copp y 315 copp.

El juez se retira de la sala con el fin de la elaborar la sentencia y convocara a las partes para imponerlos del contenido de ésta. La sentencia debe contener los requisitos del Art 346 copp

Se debe llevar un registro preciso de todo lo acontecido durante el juicio

Publico y en los casos del Art 316 copp a puertas cerradas

Presencia ininterrumpida del juez

PROCEDIMIENTO ORDINARIOFASE DE JUICIO

CARACTERISTICAS: Luego de Incorporadas las pruebas al juicio las partes podrán exponer sus conclusiones sin leer escritos, y también tendrán derecho a replicar, y luego se declara cerrado el debate

Los testigos y expertos declaran bajo juramento

El imputado puede declarar por voluntad propia

El juez es el director del proceso

Oralidad

Debe ser continuo sin interrupciones en el menor numero de días posible

Art 316 a 352copp.

Sentencia Absolutoria: Ordena la libertad del imputado y lo declara inocente. Art 348 copp.

Sentencia Condenatoria: establecerá penas, medidas de seguridad, obligaciones, multas, costas correspondientes según el caso. Art 349copp

Page 8: Procedimiento Penal Ordinario

Los Elementos de convicción o pruebas deben ser obtenidos por un medio licito

Se podrán probar todos los hechos y circunstancias de interés para la correcta resolución del caso

REGIMEN PROBATORIO

Las pruebas deben referirse directa o indirectamente al objeto de la investigación

Existen a su vez inspecciones de vehículos siempre que se cumpla con el supuesto establecido en el Art 193 copp

Las inspecciones también pueden ser realizadas a personas cuando existan motivos suficientes para presumir que oculta algún elemento relacionado con un hecho punible. Art 191 copp

Se debe cumplir con la cadena de custodia que constituye una garantía legal que indica el manejo adecuado de los elementos de convicción con el fin de evitar su modificación, alteración o contaminación, siguiendo lo indicado en el Art 182 copp

Debe Realizarse una Inspección judicial Art 186 copp

Distintos medios de prueba

El Ministerio publico es el encargado de ordenar , dirigir y supervisar todo lo relacionado con la investigación y la acción penal. Art 16 Ord Ley Orgánica del Ministerio Publico.

El cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas (CICPC) Art 10 Ley de CICPC.

A su vez puede solicitar apoyo a

Tiene competencia para: Practicar diligencias ordenadas por el MP Desarrollar policías de prevención y

orientación para reducir la perpetración de delitos.

Entre otras establecidas en el Art 11 Ley de CICPC.

Page 9: Procedimiento Penal Ordinario

El allanamiento se ejecuta cuando la inspección o registro se deba realizar en una casa, oficina, comercio, el cual debe estar autorizado expresamente por el juez art 196 copp

Para el Levantamiento e identificación de cadáveres en casos de muerte violenta la policía debe realizar una inspección corporal preliminar con el fin de tratar de identificar al occiso. Art 200copp

En las muertes por accidentes de transito si no esta presente la policía puede efectuar el levantamiento un Oficial de Transito auxiliado por un medico forense. Art 201

Las intercepciones de comunicaciones se pueden efectuar con autorización del juez durante el curso de la investigación. Art 204, 205 copp

El testimonio es obligatorio para toda persona que se cite por el tribunal con el fin de que contribuya a esclarecer la verdad en cuanto sepa del hecho punible investigado. Art 208 copp

La Experticia tiene el fin de descubrir o valorar un elemento de convicción la cual requiere conocimientos o habilidades en algún oficio. Art 223, 225 copp

REGIMEN PROBATORIO

Los órganos de apoyo a la investigación penal son policial estadales, municipales, contraloría, saime, cuerpo de bomberos, cuerpos policiales de inteligencia, fuerza armada nacional, entre otros facultados por la ley. Art 14 Ley CICPC.

Page 10: Procedimiento Penal Ordinario

REGIMEN PROBATORIO

Los órganos de apoyo a la investigación penal son policial estadales, municipales, contraloría, saime, cuerpo de bomberos, cuerpos policiales de inteligencia, fuerza armada nacional, entre otros facultados por la ley. Art 14 Ley CICPC.

Page 11: Procedimiento Penal Ordinario

La ley es la razón, libre de pasión..!

Page 12: Procedimiento Penal Ordinario

Bibliografía

Código Orgánico Procesal Penal Venezolano 2012