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LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 19.880

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LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO19.880

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IMPORTANCIA DE ESTA LEY: 1.- Define el concepto de acto administrativo y señala sus rasgos característicos. 2.- Establece una normativa base que regula el procedimiento administrativo. 3.- Otorga participación a los administrados en la generación de los actos administrativos que les conciernen. 4.- Consagra derechos de las personas frente a la Administración. 5.- Se establecen plazos dentro de los cuales la Administración ha de pronunciarse. 6.- Regula los efectos del silencio administrativo, tanto el positivo como el negativo.

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¿ A qué procedimientos se aplica la ley?Al que tiene por objeto generar actos administrativos, no a los simples hechos que no se traducen en un acto jurídico formal.¿Qué ocurre con los procedimientos regulados por leyes especiales?Dichos procedimientos se rigen por las normas específicas de la materia, complementadas por las normas generales de esta ley en los aspectos no previstos en las primeras .3

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¿ A QUE TIPO DE ORGANISMOS SE APLICA? A todos los que integran la Administración del Estado, con excepción del Banco Central y de las empresas públicas, es decir a: MinisteriosIntendenciasGobernacionesServicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. Contraloría General de la República Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública Gobiernos regionales Municipalidades 4

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Fundamentos de la ley:La Administración no siempre responde en forma oportuna a los requerimientos planteados por los administrados.Los procedimientos administrativos son lentos, caracterizados por plazos excesivos o incluso indeterminados.Se requiere disponer de plazos acordes con los procesos de modernización del Estado.No existía una ley que fijara las bases de los procedimientos que rigen los actos de la Administración Pública, lo que explica la multiplicidad de procedimientos aplicables, teniendo algunos regulación legal y otros en tanto se sometían a las prácticas y doctrinas del servicio respectivo, con la consiguiente inseguridad para el ciudadano.

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Fundamentos de la ley.. .Lo anterior ha llevado a que sean la doctrina y la jurisprudencia de la Contraloría General de la República las que definan algunos aspectos fundamentales, como es el de los plazos para la Administración.

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Características de la ley:Es una ley general porque fija pautas comunes en relación al procedimiento administrativo.Es una normativa supletoria pues rige en defecto de procedimientos especiales que eventualmente existan en un determinado servicio u organismo público.

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¿ QUE ES UN ACTO ADMINISTRATIVO?Es la decisión formal (escrita) que emite un órgano de la Administración y que contiene una declaración de voluntad, realizada en el ejercicio de una potestad pública (poder especial de que goza la Administración).Ejemplos: nombramiento de un funcionario, otorgamiento de una pensión de jubilación, la imposición de una sanción.También son actos administrativos otras declaraciones que no importan una manifestación de voluntad sino de juicio, constancia o conocimiento que realizan los órganos administrativos.Ejemplos: dictámenes (declaraciones de juicio) y certif icados o constancias (declaraciones de conocimiento).

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Forma de los actos administrativos. Los actos administrativos decisorios (declaraciones de voluntad) pueden tomar la forma de decretos supremos (si los dicta el Presidente de la República o un Ministro por orden de aquél) o de resoluciones (si los dictan otras autoridades administrativas dotadas de poder de decisión).

Características de los actos administrativos. Se presume su legalidad. Gozan de imperio ( pueden imponerse a los particulares aun contra su voluntad ). Son ejecutorios (pueden ejecutarse de oficio por la autoridad administrativa, salvo orden de suspensión dispuesta por otra autoridad competente).

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¿ QUE ES EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO? Es la sucesión de actos de tramitación vinculados entre sí que emanan de la propia Administración y, en su caso, de los particulares interesados, teniendo por finalidad producir un acto administrativo terminal (decisión). Consta de tres etapas:IniciaciónInstrucciónFinalización

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PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO1) ESCRITURACION: la tramitación y los actos generales deben constar por escrito o al menos expresarse en un soporte electrónico.2) GRATUIDAD DE LAS ACTUACIONES: como regla general, los interesados no deben pagar por las actuaciones de los órganos administrativos.3) CELERIDAD: los órganos deben actuar de oficio.4) CONCLUSIVO: el procedimiento está destinado a obtener una declaración de voluntad de la Administración.5) ECONOMIA PROCEDIMENTAL: han de evitarse los trámites dilatorios y, en lo posible, resolver en un solo acto los trámites que admitan impulso simultáneo. 11

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PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO …7) CONTRADICTORIEDAD: los interesados pueden presentar alegaciones, documentos en defensa de sus intereses, objetar defectos de tramitación y, en general, efectuar cualquier otro señalamiento que convenga a a sus derechos.8) IMPARCIALIDAD: debe actuarse con objetividad y probidad, respetando el derecho de los administrados. Los actos desfavorables y los que resuelvan recursos deben fundarse y motivarse.8) ABSTENCION: deben excusarse de intervenir los funcionarios incumbentes en el procedimiento de que se trate.12

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PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO …NO FORMALIZACIÓN: debe propenderse a la simplicidad en los procedimientos.INEXCUSABILIDAD: la Administración está obligada a pronunciarse cada vez que es requerida su actuación, y si el asunto no es de su competencia, enviará de inmediato los antecedentes a la autoridad que deba conocer según el ordenamiento jurídico, informando de ello al interesado.IMPUGNABILIDAD: se consagran los recursos de reposición, jerárquico y de revisión, sin perjuicio del derecho de los afectados de acudir a los tribunales de justicia.TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS. 13

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¿Quiénes pueden intervenir en el procedimiento?Pueden hacerlo los interesados, considerándose como tales:1. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses individuales o colectivos.2. Los que sin haberlo iniciado tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que se adopte en el procedimiento.3. Aquellos cuyos intereses, individuales o colectivos, puedan ser afectados por la decisión y se apersonen en el procedimiento antes de la dictación del acto terminal.Los participantes en el procedimiento pueden hacerlo a través de apoderados, a quienes deben habilitar mediante poder conferido por escritura pública o documento privado suscrito ante notario. 14

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Una novedad de la ley es que, además de las personas capaces de obrar por sí mismas, tendrán capacidad para actuar en el procedimiento administrativo los menores de edad en cuanto al ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento respectivo, sin la asistencia de su representante legal.15

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PLAZOS DEL PROCEDIMIENTO Una modificación trascendente que la ley introduce en el sistema de procedimiento administrativo es que establece plazos obligatorios para el trámite de los asuntos, los que son vinculantes tanto para los funcionarios como para los particulares interesados. Se establecen distintos plazos según la actuación. Así:El traslado de una solicitud, documento o expediente desde el funcionario que lo reciba en el organismo respectivo a la oficina encargada de darle trámite, deberá hacerse dentro de las 24 horas siguientes a su recepción.Las providencias de mero trámite deben dictarse por quien deba hacerlo, dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de la solicitud , documento o expediente. 16

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Los informes, dictámenes y otras actuaciones análogas deben evacuarse dentro del plazo de 10 días, contado desde la petición de la diligencia.Las decisiones definitivas deben dictarse dentro de 20 días contados desde que, a petición del interesado, se certif ique que el acto se encuentra en estado de resolverse.El conjunto del procedimiento administrativo, desde su inicio hasta la fecha de la decisión final, no podrá exceder de 6 meses, salvo caso fortuito o fuerza mayor.17

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DERECHOS DE LAS PERSONAS FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN.1. Conocer el estado de la tramitación de los procedimientos y obtener copia autorizada de los documentos que rolan en el expediente y la devolución de los originales.2. Identificar a las autoridades y al personal al servicio de la Administración bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.3. Eximirse de presentar documentos que no correspondan al procedimiento o que ya se encuentren en poder de la Administración.4. Acceder a los actos administrativos y sus documentos en los términos previstos en la ley. 18

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DERECHOS…5. Ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. Se deben otorgar facilidades a los interesados para la intervención de éstos en los actos de instrucción del procedimiento.6. Formular alegaciones y aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, los que deberán ser considerados al redactar la propuesta de resolución. 19

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DERECHOS….7. Exigir las responsabilidades de la Administración Pública y del personal a su servicio cuando así corresponda legalmente.8. Obtener información acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.9. Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes.

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NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.¿ Qué actos se notifican? Se notifican a los interesados aquellos actos de efectos individuales, conteniendo su texto íntegro, a más tardar en los 5 días siguientes a aquél en que haya quedado totalmente tramitado el acto administrativo. Se realiza por carta certificada o podrá hacerse personalmente en ciertos casos.¿Qué actos se publican? Se publican en el Diario Oficial : Los que contengan normas de general aplicación o que miren al interés general, los que interesaren a un número indeterminado de personas, los que afectaren a personas cuyo paradero fuere ignorado, los que ordenare publicar el Presidente de la República y cuando la ley ordene especialmente este trámite. 21

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REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.- INVALIDACIÓN: de oficio o a petición de parte, la autoridad podrá invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los 2 años, contados desde la notificación o publicación del acto.- Interpuesta una reclamación ante la Administración, no podrá deducir igual pretensión el mismo reclamante ante los Tribunales de Justicia. Planteada la reclamación, se interrumpe el plazo para ejercer la acción jurisdiccional.- La interposición de los recursos administrativos no suspenderá la ejecución del acto impugnado, salvo que de cumplirse el acto recurrido pudiere causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere en caso de acogerse el recurso.

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RECURSOS DE REPOSICIÓN Y JERÁRQUICO.El recurso de reposición se interpondrá en el plazo de 5 días ante el órgano que dictó el acto que se impugna; en subsidio puede interponerse el recurso jerárquico.Si no se deduce reposición, el recurso jerárquico debe presentarse para ante el superior jerárquico de quien hubiere dictado el acto impugnado, dentro de los 5 días siguientes a su notificación.No procede el recurso jerárquico contra los actos del Presidente de la República, de los Ministros de Estado, de los alcaldes y de los jefes superiores de los servicios públicos descentralizados. En todos estos casos el recurso de reposición agota la vía administrativa. 23

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La autoridad llamada a pronunciarse sobre los recursos antedichos cuenta con un plazo no superior a 30 días para resolverlos.24

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Este recurso procede en contra de los actos administrativos firmes, debiendo interponerse ante el superior jerárquico o la autoridad que los hubiere dictado (según el caso) cuando concurra alguna de las circunstancias que indica el artículo 60 y dentro del plazo de un año, que se computa de manera distinta de acuerdo a la causal invocada.25

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN.

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Los actos administrativos pueden ser revocados por el órgano que los dicta, salvo en las situaciones que consigna el artículo 61, como por ejemplo cuando se trata de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente.26

REVISIÓN DE OFICIO POR LA ADMINISTRACIÓN.

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Este procedimiento se aplica cuando razones de interés público lo aconsejen. Puede ordenarse de oficio o a petición del interesado. La particularidad es que al acogerse a esta modalidad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario se reducen a la mitad, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.No cabe recurso alguno en contra de la decisión que ordene la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento. 27

PROCEDIMIENTO DE URGENCIA.

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SILENCIO POSITIVO.La ley establece que transcurrido el plazo legal para resolver acerca de una solicitud que haya originado un procedimiento sin que la Administración se pronuncie sobre ella, el interesado puede denunciar el incumplimiento ante la autoridad que debía resolver el asunto, requiriéndole una decisión acerca de su solicitud . Si esa autoridad no se pronuncia en el plazo de 5 días, contados desde la recepción de la denuncia, la solicitud del interesado debe entenderse aceptada.El interesado podrá pedir que se certifique que su solicitud no ha sido resuelta dentro del plazo legal. Dicho certificado será expedido sin más trámite. 28

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SILENCIO NEGATIVO.Debe entenderse rechazada una solicitud que no sea resuelta dentro del plazo legal cuando ella afecte el patrimonio fiscal. Se aplica además esta norma a los casos en que la Administración actúa de oficio, cuando debe pronunciarse sobre impugnaciones o revisiones de actos administrativos o cuando se ejercita por alguna persona el derecho de petición consagrado en la Constitución Política. El interesado puede pedir que se certif ique que su solicitud no ha sido resuelta dentro del plazo legal y desde la fecha de expedición del certificado empiezan a correr los plazos para interponer los recursos que procedan. 29

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Los actos administrativos que concluyan por aplicación de lasdisposiciones sobre silencio administrativo, tendrán losmismos efectos que aquéllos que culminaren con una resolución expresa de la Administración, desde la fecha de la certificación respectiva .30

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO.