personas y bienes dih 2 de octubre-2014

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UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO Maestría en Derecho Constitucional y Gobernabilidad CATEDRA: DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Categorías Básicas de Personas y Bienes Prof. MG Wagner SORIA Medina Año Académico 2014

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  • UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO

    Maestra en Derecho Constitucional y Gobernabilidad CATEDRA: DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

    Categoras Bsicas de Personas y BienesProf. MG Wagner SORIA MedinaAo Acadmico 2014

  • FUERZAS ARMADASSon todas las Unidades organizadas, entrenadas y equipadas que estn bajo un Comando responsable de la conducta de sus subordinados.Pueden ser profesionales o irregulares.

  • FUERZA IRREGULAR NO GUBERNAMENTAL O DE OPOSICINSe aplica en Conflicto Armado No Internacional (CANI) y deben cumplir las siguientes condiciones:Controlar una parte del Territorio del Estado.Conducir operaciones militares sostenidas y concertadas.

  • FUERZA IRREGULAR NO GUBERNAMENTAL O DE OPOSICION

    Respetar el DIH.Tener un lder que responda por ellos.Llevar abiertamente las armas.Llevar uniforme.

  • COMBATIENTES

    Cualquier miembro de las Fuerzas Armadas, excepto el personal sanitario y religioso.

  • COMBATIENTES (SITUACIONES DE EXCEPCIN)

    Los combatientes deben llevar uniforme. Sin embargo, cuando situaciones de combate inusuales les impiden hacerlo, no pierden su estatuto de combatiente, siempre y cuando porten sus armas a la vista: durante todo el enfrentamiento militar; ydurante el tiempo en que sean visibles para el enemigo, movimientos hacia o desde lugar de combate.

  • LEVANTAMIENTO EN MASALos habitantes de un territorio no ocupado que, al acercarse el enemigo, toman las armas espontneamente y en masa, para oponer resistencia a las fuerzas invasoras, se consideran combatientes si: Portan las armas a la vista Cumplen las normas del DIH.

  • TERRORISTASLos Delincuentes Terroristas no tienen estatuto de COMBATIENTES ni de PPG (PW).Son considerados y tratados como delincuentes comunes.No gozan de la proteccin del DIH.Tampoco los NNTT.

  • ESPAS

    Son personas que, actuando clandestinamente o con pretensiones falsas, consiguen informacin en territorio de una de las partes beligerantes, con propsito de comunicarla al enemigo (ENO). Quienes sean capturados realizando espionaje no tienen estatuto de PG, no pueden ser castigados sin juicio. Un miembro de FFAA uniformado que rene informacin en territorio ocupado no es considerado espa.

  • MERCENARIOSPersonas que toman parte en un Conflicto Armado por beneficio personal y no son miembros de ningn ejrcito.No tienen derecho al Estatuto de PPG POW.No deben ser sancionados sin previo juicio.

  • MILITARES NO COMBATIENTES

    El personal sanitario y religioso tiene estatuto especial y no son combatientes. Ellos al igual que sus instalaciones y transportes sanitarios estn protegidos contra los ataques y no pueden ser PG.Su condicin protegida no puede ser usada para encubrir operaciones militares.

  • CIVILESPersona civil es toda persona que no pertenece a las FFAA y que no toma parte en un levantamiento en masa.Deben ser protegidos de ataques.En caso de duda, se considera que sta es civil.La presencia de combatientes aislados en poblacin civil, no quita a la poblacin de su estatus protegido.

  • BIENES CIVILESBien civil es todo bien que no sea objetivo militar; Pueden convertirse en objetivos militares (puentes, casas usadas por defensores).En caso de duda, se considerar que es de carcter civil.

  • No son considerados PPG, sino RETENIDOS.Actividades que realiza: bsqueda, recojo, traslado, diagnstico y tratamiento de heridos o enfermos.Constitudo tambin por personal que opera instalaciones,transporte y material de sanidad.

  • SERVICIOS SANITARIOSLos establecimientos y medios de transporte sanitarios pueden estar custodiados por un piquete, por centinelas o una escolta, pero NO pueden oponerse a la captura del establecimiento o del medio de transporte.

  • PERSONAL RELIGIOSO

    Tiene estatuto de protegido y no debe ser atacado.Usa el emblema y porta un documento de identidad especial.Puede ser retenido para cubrir necesidades espirituales de ambas fuerzas, pero no como PG.

  • PROTECCION CIVILSon todas las actividades relativas a la proteccin organizada de la poblacin civil contra peligros de las hostilidades.Estn protegidos por el DIH.El signo distintivo es un tringulo azul sobre fondo de color naranja.

  • OBJETIVOS MILITARES Son objetivos militares:Las FFAA, excepto el servicio sanitario, el personal religioso y los objetos de culto;Los establecimientos, construcciones y posiciones de las FFAA y su material.Los bienes que, por su naturaleza, ubicacin y finalidad, contribuyan eficazmente a la accin militar.Los bienes cuya destruccin, captura o neutralizacin ofrecen una ventaja militar.Un objetivo militar sigue sindolo aunque en el mismo haya personas civiles, las cuales comparten el peligro.

  • SERVICIOS SANITARIOS

    El DIH otorga el mismo estatuto a los servicios sanitarios militares y civiles, y a los heridos, enfermos y nufragos militares y civiles. Todos son protegidos por el emblema (Cruz Roja o Media Luna Roja). El signo debe ser visible (Iluminacin nocturna, visibilidad infrarroja, etc)Puede portar armas ligeras para proteccin.(Personal Heridos, enfermos).

  • PROTECCION CIVILLas personas, vehculos y establecimientos que porten el distintivo no pueden ser atacados.Personal de Proteccin Civil pueden portar armas ligeras para su defensa o mantener el orden.(PNP,BOMBEROS. DEFENSA CIVIL).

  • BIENES CULTURALESSon los bienes de gran valor cultural o de importante significacin religiosa;

    Son las obras de arte, monumentos histricos y lugares de culto que constituyen el patrimonio cultural y espiritual de los pueblos.

    Ellos gozan de proteccin total, la cual no debe ser retirada y no requieren de identificacin especial.

  • BIENES CULTURALESExisten otros bienes culturales, independientes cuyo valor seglar o religioso le otorga proteccin General o Especial. Estos debern de ser reconocidos por ambas partes.

  • Bienes Culturales Proteccin GeneralSigno distintivo: escudo azul y blanco.

  • Bienes Culturales Proteccin EspecialSigno distintivo: tres escudos azul y blanco ms pequeos.

  • Bienes Culturales Personal y TransportePersonal de Bienes Culturales: personal encargado de proteccin y salvaguarda de Bienes Culturales, gozan de proteccin general o especial. Pueden portar armas ligeras.Transporte de Bienes Culturales: utilizado para movilizacin de bienes culturales y esta bajo proteccin especial.

  • FUERZAS PELIGROSASUna represa, un dique o una central de energa nuclear que, si es objeto de ataque, puede liberar fuerzas peligrosas, y causar graves prdidas entre poblacin civil.Son protegidas pero puede ser atacadas -Necesidad militar;Hay restricciones sobre el armamento defensivo.

  • BANDERA BLANCAEnemigo fuera de combate (rendicin, herido, nufrago, paracaidista en peligro) NO SERA ATACADO.Tambin puede interpretarse como bandera de parlamento o tregua.

  • ZONAS PROTEGIDASEstablecidas para proteger de las hostilidades a las personas.Incluyen hospitales, zonas de seguridad neutrales y desmilitarizadas, y localidades no defendidas.Instaladas por la ms alta autoridad;Los detalles y normas son publicadas.Una localidad no defendida, abierta a la ocupacin, no debe ser atacada (Derecho Consuetudinario).

  • VICTIMAS DE CONFLICTOS ARMADOS

  • HERIDOSS Y ENFERMOSSon todas las personas militares y civiles que debido a un traumatismo, una enfermedad u otro trastorno fsico o mental, tengan necesidad de asistencia o de atencin mdica.

  • HERIDOS Y ENFERMOSSe deben de abstener de todo acto de hostilidad.El trmino Herido o Enfermo se aplica tambin a las parturientas, a los recin nacidos y a los invlidos.

  • Personas militares o civiles vctimas de un amarraje forzoso o de la cada en el mar, ro u otro curso de agua. No pueden ser atacadas. II PG.Los combatientes tienen la responsabilidad de buscarlos y recogerlos.Despus del rescate, los militares son PPG. NUFRAGOS

  • Los PPG son combatientes enemigos capturados slo en Conflictos Armados Internacionales CAI- (aplicacin del III CG).En otro tipo de Conflicto son combatientes capturados o ilegtimos y tienen como mnimo la proteccin especificada en el artculo 3, comn de los 4 CG, y en el Protocolo II si ste es aplicable. Prisioneros de Guerra Y CAPTURADOS

  • Son responsabilidad del Estado adversario.Tiene derecho al respeto de su persona y honor.Tiene la obligacin de indicar: nombre y apellido, grado, Nserie, y fecha de nacimiento. No obligado a proporcionar otra informacin.Derecho a comunicar su situacin a sus familiares a travs del CICR.PRISIONEROS DE GUERRA

  • Personas capturadas que no tienen Estatuto de PG.Se puede capturar a personal no combatiente, como periodistas, que por sus funciones se encuentren en zona de operaciones sin la debida autorizacin.Estatus de Combatientes ilegtimos. DETENIDOS Y CAUTIVOS

  • Las familias tienen el derecho a conocer la suerte de sus miembros.Las partes en conflicto deben tomar medidas para buscar y recoger a los muertos y evitar que sus cuerpos sean saqueados. DESAPARECIDOSY MUERTOS

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