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PÁGINA 12/272 D M A MANUAL DE PROCEDIMIENTOS 31 03 2003 MANPRO-60000-CTR CNDA-EO PROCEDIMIENTOS

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Manual de procedimientos

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  • PGINA 12/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    PROCEDIMIENTOS

  • PGINA 13/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A QUEJAS

  • PGINA 14/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    PROCEDIMIENTO: RECEPCIN, REGISTRO, SEGUIMIENTO

    Y DICTAMEN DE QUEJAS

  • PGINA 15/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    REA RESPONSABLE

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A QUEJAS

    PROCEDIMIENTO RECEPCIN, REGISTRO, SEGUIMIENTO Y DICTAMEN DE QUEJAS

    60022-001-2002

    OBJETIVO Dar atencin y desahogo a las quejas que han sido presentadas por la ciudadana o que hayan sido captadas a travs del sistema de buzones que al efecto se tienen instalados en el Estado de Mxico. Dentro del marco jurdico de competencia de la Contralora del Poder Legislativo y aplicando estrictamente las disposiciones legales vigentes POLTICAS

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    - La recepcin de trmites de quejas, puede ser en forma directa de la ciudadana, a travs del sistema de buzones instalados en todo el Estado de Mxico o a travs de las autoridades federales, estatales y municipales.

    - Todo trmite de quejas, que sea recibido, deber tener un anlisis previo, a fin de determinar

    si es de la competencia de la Contralora del Poder Legislativo. - Invariablemente, se considerar que una queja procede cuando sta presuma la no

    observancia de una o ms de las 31 fracciones del Artculo 42 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Pblicos del Estado y Municipios.

    - Todo trmite de queja, que se considere improcedente deber contener un informe, que

    explique detalladamente su improcedencia. Invariablemente, este informe deber contar con la autorizacin del Subdirector y con conocimiento de C. Contralor.

    - Las quejas que sean determinadas como procedentes, debern de contar con un expediente y

    radicarse en el Libro de Gobierno. - Toda informacin relacionada con los trmites de quejas, deber ser tratada con absoluta

    confidencialidad. - Los expedientes, estarn debidamente resguardados y habr un estricto control para su

    manejo. - El trato que el personal de a otros servidores pblicos, con motivo de la relacin laboral,

    deber ser respetuoso, diligente, imparcial y recto.

  • PGINA 16/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO RECEPCIN, REGISTRO, SEGUIMIENTO Y DICTAMEN DE QUEJAS

    60022-001-2002

    A C T I V I D A D R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Departamento de Atencin a Quejas Quejoso Departamento de Atencin a Quejas

    1

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    Recibe el trmite de queja directamente de la ciudadana, mediante el sistema de buzn de quejas de las dependencias Federales, Estatales o Municipales. Admitido el trmite, efecta anlisis lgico jurdico, a fin de determinar: si el trmite es de su competencia o si existen elementos que pudieran configurar responsabilidad administrativa en contra de algn servidor pblico de eleccin popular o del propio Poder Legislativo. Determina si procede o no. Si la improcedencia es por incompetencia; el trmite, se remite a la autoridad competente. O, si la improcedencia se debe a falta de elementos, se elabora acuerdo y se archiva. Si el trmite procede, se registra en el libro, se radica y se abre un expediente. Se inicia el procedimiento administrativo disciplinario. Elabora citatorio a fin de que acuda el quejoso y ratifique, rectifique o ampli su queja. Recibe citatorio; acude y ratifica, acude y desiste o no acude. Si se desiste el quejoso, o no asiste; se levanta el acta administrativa correspondiente, se elabora acuerdo y se archiva el expediente. Si el quejoso ratifica: se contina el procedimiento administrativo disciplinario. Se cita y otorga la garanta de audiencia al servidor pblico presuntamente responsable.

  • PGINA 17/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO RECEPCIN, REGISTRO, SEGUIMIENTO Y DICTAMEN DE QUEJAS

    60022-001-2002

    A C T I V I D A D R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Servidor Pblico Presuntamente Responsable Departamento de Atencin a Quejas Subdireccin de Responsabilidades Administrativas Departamento de Atencin a Quejas Subdireccin de Responsabilidades Administrativas Presidencia de la Gran Comisin Subdireccin de Responsabilidades Administrativas Departamento de Atencin a Quejas

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    Acude a la garanta de audiencia y ofrece pruebas a su favor. Admite las pruebas ofrecidas por el Servidor Pblico presuntamente responsable y continua el procedimiento en sus etapas de desahogo de pruebas y de alegatos. Se integran al expediente las pruebas admitidas, se desahogan, valoran y se elabora el proyecto de resolucin. El cual es turnado al Subdirector de Responsabilidades Administrativas. Recibe proyecto de resolucin y analiza. Aprueba o hace observaciones. Hace observaciones y regresa el proyecto de resolucin al Departamento de Quejas. Aplica observaciones, corrige y regresa el proyecto de resolucin al Subdirector de Responsabilidades Administrativas. Verifica correcciones y remite el proyecto al Contralor, para que este a su vez lo enve a la Presidencia de la Gran Comisin para que autorice. Recibe proyecto de resolucin, lo revisa y emite la resolucin correspondiente. Remite a la Contralora para que contine su trmite. Recibe la resolucin y turna al Departamento de Quejas. Recibe resolucin y procede a dar cumplimiento al ejecutar la resolucin.

  • PGINA 18/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO RECEPCIN, REGISTRO, SEGUIMIENTO Y DICTAMEN DE QUEJAS

    60022-001-2002

    A C T I V I D A D R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Departamento de Atencin a Quejas

    22

    23

    Notifica al servidor pblico. Y en su caso, atiende las inconformidades derivadas de las resoluciones impugnadas, llevando a cabo la presentacin de promociones judiciales ante los Tribunales Federales. Da cumplimiento a la resolucin emitida por los Tribunales Federales. Fin.

  • PGINA 19/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO RECEPCIN, REGISTRO, SEGUIMIENTO Y DICTAMEN DE QUEJAS

    60022-001-2002

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A QUEJAS QUEJOSO

    SERVIDOR PBLICO PRESUNTAMENTE RESPONSABLE

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Inicio

    Recibe el trmite de queja de la ciudadana, mediante elsistema de buzn de quejasde las dependenciasFederales, Estatales o Municipales.

    A

    Admitido el trmite, efectaanlisis lgico jurdico, a finde determinar; si el trmitees de su competencia o siexisten elementos quepudieran configurarresponsabilidad administrativa en contra dealgn servidor pblico deeleccin popular o del propioPoder Legislativo.

    Determina Si procede

    o No

    Si noprocede porincompetencia; eltrmite seremite a laautoridad competente. Si noprocede, por falta deelementos, se elaboraacuerdo yse archiva.

    Si procede: se registraen el libro,se radica yse abre unexpediente. Se inicia elprocedimiento adminis-trativo disciplinario.

    NO SI

  • PGINA 20/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO RECEPCIN, REGISTRO, SEGUIMIENTO Y DICTAMEN DE QUEJAS

    60022-001-2002

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A QUEJAS QUEJOSO

    SERVIDOR PBLICO PRESUNTAMENTE RESPONSABLE

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Se cita al quejoso a efectoque ratifique, rectifique oampli su queja.

    Acude a la garanta deaudiencia y ofrece pruebasa su favor.

    A

    Recibe citatorio y bien,puede acudir y ratificar.

    Si el quejoso asiste yratifica, se contina con elprocedimiento administrativo disciplinario. Se cita y otorga la garantade audiencia al servidorpblico denunciado.

    B

    Acude y

    Ratifica?

    SI NO

    Si se desiste el quejoso, ono asiste; se levanta el actaadministrativa correspondiente, seelabora acuerdo y archivael expediente.

  • PGINA 21/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO RECEPCIN, REGISTRO, SEGUIMIENTO Y DICTAMEN DE QUEJAS

    60022-001-2002

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A QUEJAS

    SUBD. DE RESP. ADMINISTRATIVAS

    PRESIDENCIA DE LA GRAN COMISIN

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    NO SI

    Se integran al expedientelas pruebas admitidas, sedesahogan, valoran y seelabora el proyecto deresolucin. El cual esturnado al Subdirector deResponsabilidades Administrativas.

    B

    Recibe proyecto deresolucin, la revisa yemite la resolucincorrespondiente, Remite ala Contralora para quecontine su trmite.

    Aplica observaciones,corrige y regresa elproyecto de resolucin a laSubdireccin deResponsabilidades Administrativas.

    Admite las pruebasofrecidas por el ServidorPblico presuntamenteresponsable y continua elprocedimiento en susetapas de desahogo depruebas y de alegatos.

    Recibe proyecto deresolucin y analiza; haceobservaciones o en sucaso aprueba.

    Aprueba?

    Hace observaciones yregresa elproyecto deresolucin al Depto.de Quejas.

    Remite elproyecto alContralor, para que asu vez loturne a laPresidencia de la GranComisin yautorice.

    C

  • PGINA 22/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO RECEPCIN, REGISTRO, SEGUIMIENTO Y DICTAMEN DE QUEJAS

    60022-001-2002

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A QUEJAS

    SUBD. DE RESP. ADMINISTRATIVAS

    PRESIDENCIA DE LA GRAN COMISIN

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    C

    Recibe la resolucin y turna al Departamento de Quejas.

    Recibe la resolucin yprocede a darcumplimiento aejecutar la resolucin.

    Da cumplimiento a laresolucin emitida porlos TribunalesFederales.

    Fin

    Notifica al servidorpblico. Y en su caso,atiende lasinconformidades derivadas de lasresoluciones impugnadas, llevando acabo la presentacin depromociones judicialesante los TribunalesFederales.

  • PGINA 23/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS

  • PGINA 24/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    PROCEDIMIENTO: REGISTRO Y CONTROL DE EXPEDIENTES

  • PGINA 25/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    REA RESPONSABLE

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS

    PROCEDIMIENTO REGISTRO Y CONTROL DE EXPEDIENTES

    60023-001-2002

    OBJETIVO Registrar, controlar y resguardar los expedientes de procedimientos administrativos instaurados, originados por denuncia a servidores pblicos del Poder Legislativo y de Eleccin Popular Municipal. POLTICAS

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    - Se integrarn todos los documentos generados por una denuncia para crear el expediente correspondiente, del servidor pblico que se encuentra bajo un procedimiento.

    - Los datos que debern contener los expedientes por denuncia en contra de servidores

    pblicos del Poder Legislativo y de Eleccin Popular Municipal son los siguientes: No. econmico, emisin del acuerdo de radicacin.

    - Todos los expedientes originados se registrarn en el Libro de Gobierno, los cuales contarn

    con los siguientes datos: No. Expediente, Ao, Municipio o Dependencia, Fecha de Inicio, Denunciantes, Servidor Pblico, Asunto, Fecha de Terminacin, Fecha de Resolucin y Resultado, Recurso, Observaciones y Fecha de Remisin del Expediente al Archivo.

    - Todos los datos del Libro de Gobierno se capturarn y actualizarn en el Sistema

    correspondiente. - El registro y control de los expedientes estar a cargo del Departamento de Atencin a

    Denuncias, quien se encargar de manejar con absoluta discrecin y responsabilidad dicha informacin.

    - Todos los procedimientos administrativos instaurados que culminen su desahogo, se enviarn

    al Archivo General del Poder Legislativo a los expedientes correspondientes.

  • PGINA 26/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO REGISTRO Y CONTROL DE EXPEDIENTES

    60023-001-2002

    A C T I V I D A D R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Departamento de Atencin a Denuncias

    1

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    6

    Recibe denuncia en contra de los servidores pblicos del Poder Legislativo o de Eleccin Popular Municipal. Analiza denuncia, los elementos de sta, determina la competencia de la Contralora y si es procedente. Registra denuncia en el Libro de Gobierno con los datos correspondientes, abre expediente y radica con el nmero progresivo que corresponda. Inicia proceso para la Instauracin del Procedimiento Administrativo Disciplinario. Desahogada la denuncia, Notifica la resolucin al servidor pblico, integra todos los documentos generados en el expediente correspondiente. Archiva y enva al Archivo General del Poder Legislativo los expedientes desahogados. Fin.

  • PGINA 27/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO

    REGISTRO Y CONTROL DE EXPEDIENTES 60023-001-2002

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Inicio

    Recibe denuncia en contra de los servidorespblicos del Poder Legislativo o de EleccinPopular Municipal.

    Analiza denuncia, los elementos de sta,determina la competencia de la Contralora ysi es procedente.

    Registra denuncia en el Libro de Gobiernocon los datos correspondientes, abreexpediente y radica con el nmero progresivoque corresponda.

    Inicia proceso para InstauracinProcedimiento Administrativo Disciplinario.

    Desahogada la denuncia, Notifica laresolucin al servidor pblico, integra todoslos documentos generados en el expedientecorrespondiente.

    Archiva y enva al Archivo General del PoderLegislativo, los expedientes desahogados.

    Fin

    Si

    No Procede?

    Archiva

  • PGINA 28/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    PROCEDIMIENTO: INSTAURACIN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO POR DENUNCIA, A SERVIDORES PBLICOS

    DEL PODER LEGISLATIVO Y DE ELECCIN POPULAR MUNICIPAL

  • PGINA 29/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    REA RESPONSABLE

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS

    PROCEDIMIENTO INSTAURACIN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

    DISCIPLINARIO POR DENUNCIA, A SERVIDORES PBLICOS DEL PODER LEGISLATIVO Y DE ELECCIN POPULAR MUNICIPAL

    60023-002-2002

    OBJETIVO Emitir una resolucin para determinar la inexistencia de responsabilidad administrativa o imponer sancin al servidor pblico denunciado. POLITICAS

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    - La Ley de Responsabilidades de los Servidores Pblicos del Estado y Municipios, la Ley Orgnica Municipal del Estado de Mxico y el Cdigo de Procedimientos Administrativos del Estado de Mxico, sern la base legal fundamental para Instaurar el Procedimiento Administrativo Disciplinario por Denuncia, en contra de servidores pblicos del Poder Legislativo, incluyendo diputados y de Eleccin Popular Municipal.

    - La Presidencia de la Gran Comisin y la Contralora, sern las dependencias encargadas de

    iniciar, ejecutar, fincar o radicar el Procedimiento Administrativo Disciplinario por Denuncia, en contra de servidores pblicos del Poder Legislativo y de Eleccin Popular Municipal.

    - La Instauracin del Procedimiento Administrativo Disciplinario por denuncia en contra de

    servidores pblicos del Poder Legislativo y de Eleccin Popular Municipal, se iniciar de forma directa y/o escrita de parte de un ciudadano, de oficio por parte de la Contralora y de manera oficial de parte de una institucin gubernamental.

    - Las siguientes instituciones gubernamentales podrn realizar una denuncia ante la Contralora

    del Poder Legislativo, en contra de un servidor pblico de Eleccin Popular Municipal o del propio Poder Legislativo, incluyendo diputados: Secretara de la Contralora, Contadura General de Glosa, Comisin de Derechos Humanos del Estado de Mxico, etc.

  • PGINA 30/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO INSTAURACIN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

    DISCIPLINARIO POR DENUNCIA, A SERVIDORES PBLICOS DEL PODER LEGISLATIVO Y DE ELECCIN POPULAR MUNICIPAL

    60033-002-2002

    A C T I V I D A D R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Departamento de Atencin a Denuncias Servidor Pblico Departamento de Atencin a Denuncias

    1

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    4

    5

    6

    7

    8

    Recibe denuncias presentadas en contra de servidores pblicos de Eleccin Popular Municipal y del Poder Legislativo. Estudia y analiza elementos de la denuncia, a fin de determinar la competencia de esta instancia y si es procedente tal denuncia. Registra la denuncia en el Libro de Gobierno, con los siguientes datos: No. Expediente, Ao, Municipio o Dependencia, Fecha de Inicio, Denunciantes, Servidor Pblico, Asunto, Fecha de Terminacin, Fecha de Resolucin y Resultado, Recurso, Observaciones y Fecha de Remisin del Expediente al Archivo. Elabora e integra expedientes, as como el acuerdo de radicacin del Procedimiento Administrativo Disciplinario con el nmero progresivo correspondiente. Elabora citatorio y notifica al servidor pblico el da, mes y hora para llevar a cabo la garanta de audiencia. Recibe citatorio y notificacin, acude en la fecha y hora sealada, se lleva a cabo el desahogo de la garanta de audiencia a la que tiene derecho, ofrece pruebas y formula alegatos. Recibe al servidor pblico y se desahoga la garanta de audiencia, se admiten y desahogan las pruebas que ofrezca, siempre y cuando su naturaleza lo permita, caso contrario, se seala da y hora para el desahogo de la probanza pendiente. No habiendo diligencia alguna pendiente de realizar, se cierra el procedimiento y se turnan los autos a resolucin.

  • PGINA 31/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO INSTAURACIN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

    DISCIPLINARIO POR DENUNCIA, A SERVIDORES PBLICOS DEL PODER LEGISLATIVO Y DE ELECCIN POPULAR MUNICIPAL

    60033-002-2002

    A C T I V I D A D R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Departamento de Atencin a Denuncias

    9

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    12

    13

    14

    Estudia y valora las constancias que integran los expedientes, as como la elaboracin del proyecto de resolucin, pudiendo resolver con inexistencia de responsabilidad o fincar la responsabilidad administrativa que se le imputa, de acuerdo a los elementos de prueba aportados por el servidor pblico. Enva dicho proyecto a la oficina de la Contralora del Poder Legislativo, a travs de la Subdireccin de Responsabilidades Administrativas, para que ste lo remita a la oficina de la Presidencia de la Gran Comisin para la emisin de la resolucin. Recibe resolucin emitida por el Presidente y Secretario de la Gran Comisin, por conducto de la Contralora, a travs de la Subd. de Respon. Administrativas y notifica al servidor pblico la resolucin correspondiente. En caso de sancin econmica, concluido el plazo para cumplimentar la resolucin y de no cumplirlo el servidor pblico, se remite informe a la Secretara de Finanzas y Planeacin para que inicie el procedimiento coactivo de ejecucin, toda vez que la sancin econmica se convierte en un crdito fiscal a favor del erario estatal. Atiende y tramita los recursos de inconformidad que se plantean en contra de las resoluciones dictadas; as como los amparos promovidos y lleva a cabo la cumplimentacin de la sentencia emitida por los tribunales federales. Integra los documentos correspondientes y enva mediante oficio los expedientes al Archivo General del Poder Legislativo. Fin.

  • PGINA 32/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO INSTAURACIN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

    DISCIPLINARIO POR DENUNCIA, A SERVIDORES PBLICOS DEL PODER LEGISLATIVO Y DE ELECCIN POPULAR MUNICIPAL

    60033-002-2002

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS SERVIDOR PBLICO

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Inicio

    A

    No

    Si

    Elabora e integra expedientes, ascomo el acuerdo de radicacin delProcedimiento AdministrativoDisciplinario con el nmeroprogresivo correspondiente.

    Procede?

    Recibe denuncias presentadas encontra de servidores pblicos deEleccin Popular Municipal y delPoder Legislativo.

    Estudia y analiza los elementos dela denuncia, a fin de determinar lacompetencia de la Contralora y sies procedente.

    Registra la denuncia en el Libro deGobierno con los datoscorrespondientes.

  • PGINA 33/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO INSTAURACIN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

    DISCIPLINARIO POR DENUNCIA, A SERVIDORES PBLICOS DEL PODER LEGISLATIVO Y DE ELECCIN POPULAR MUNICIPAL

    60033-002-2002

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS SERVIDOR PBLICO

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Elabora citatorio y notifica al servidorpblico el da, mes y hora para llevara cabo la garanta de audiencia.

    A

    B

    Estudia y valora las constancias queintegran los expedientes, as como laelaboracin del proyecto deresolucin, pudiendo resolver coninexistencia de responsabilidad ofincar la responsabilidadadministrativa que se le imputa, deacuerdo a los elementos de pruebaaportados por el servidor pblico.

    Recibe citatorio y notificacin, acude en la fecha y hora sealada, se lleva a cabo el desahogo de la garanta de audiencia a la que tiene derecho, ofrece pruebas y formula alegatos.

    Recibe al servidor pblico y sedesahoga la garanta de audiencia,se admiten y desahogan las pruebasque ofrezca, siempre y cuando sunaturaleza lo permita, caso contrario,se seala da y hora para eldesahogo de la probanza pendiente.

    No habiendo diligencia algunapendiente de realizar, se cierra elprocedimiento y se turnan los autosa resolucin.

  • PGINA 34/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO INSTAURACIN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

    DISCIPLINARIO POR DENUNCIA, A SERVIDORES PBLICOS DEL PODER LEGISLATIVO Y DE ELECCIN POPULAR MUNICIPAL

    60033-002-2002

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS SERVIDOR PBLICO

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Recibe resolucin emitida por elPresidente y Secretario de la GranComisin, por conducto de laContralora, a travs de laSubdireccin de ResponsabilidadesAdministrativas y notifica al servidorpblico la resolucincorrespondiente.

    B

    En caso de sancin econmica,concluido el plazo para cumplimentarla resolucin y de no cumplirlo elservidor pblico, se remite informe ala Secretara de Finanzas yPlaneacin para que inicie elprocedimiento coactivo de ejecucin,toda vez que la sancin econmicase convierte en un crdito fiscal afavor del erario estatal.

    Enva dicho proyecto a la oficina dela Contralora del Poder Legislativo,a travs de la Subdireccin deResponsabilidades Administrativas,para que ste lo remita a la oficinade la Presidencia de la GranComisin para la emisin de laresolucin.

    C

  • PGINA 35/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO INSTAURACIN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

    DISCIPLINARIO POR DENUNCIA, A SERVIDORES PBLICOS DEL PODER LEGISLATIVO Y DE ELECCIN POPULAR MUNICIPAL

    60033-002-2002

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS SERVIDOR PBLICO

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Fin

    B

    Atiende y tramita los recursos deinconformidad; as como losamparos promovidos y lleva acabo la cumplimentacin de lasentencia, emitida por lostribunales federales.

    Integra los documentoscorrespondientes y envamediante oficio los expedientesdesahogados al Archivo Generaldel Poder Legislativo.

  • PGINA 36/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS POR

    RESPONSABILIDAD RESARCITORIA

  • PGINA 37/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    PROCEDIMIENTO: RECEPCIN Y REGISTRO DE LAS

    DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD RESARCITORIA QUE EMITE LA

    CONTADURA GENERAL DE GLOSA O LA SECRETARA DE LA CONTRALORA DEL

    GOBIERNO DEL ESTADO

  • PGINA 38/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    REA RESPONSABLE

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD

    RESARCITORIA

    PROCEDIMIENTO RECEPCIN Y REGISTRO DE LAS DENUNCIAS POR

    RESPONSABILIDAD RESARCITORIA QUE EMITE LA CONTADURA GENERAL DE GLOSA O LA SECRETARA DE LA CONTRALORA

    DEL GOBIERNO DEL ESTADO 60024-001-2002

    OBJETIVO Incoar Procedimiento Administrativo Resarcitorio a servidores pblicos del Poder Legislativo y disciplinario proveniente de responsabilidades resarcitorias, a servidores pblicos de eleccin popular.

    POLTICAS

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    - Toda iniciacin del Procedimiento Administrativo Resarcitorio ser mediante denuncia o de oficio, en contra de servidores pblicos del Poder Legislativo.

    - Las denuncias antes mencionadas, por su naturaleza pueden provenir de la Contadura General de Glosa y/o por la Secretara de la Contralora del Gobierno del Estado, dependiendo del carcter del Recurso, los que pueden ser Federales, Estatales o Municipales.

  • PGINA 39/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENO RECEPCIN Y REGISTRO DE LAS DENUNCIAS POR

    RESPONSABILIDAD RESARCITORIA QUE EMITE LA CONTADURA GENERAL DE GLOSA O LA SECRETARA DE LA CONTRALORA

    DEL GOBIERNO DEL ESTADO 60024-001-2002

    A C T I V I D A D

    R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Departamento de Atencin a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria Servidor Pblico Departamento de Atencin a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria

    1

    2

    3

    4

    Recibe de la Contadura General de Glosa y/o de la Secretara de Contralora del Gobierno del Estado, la resolucin por resarcitoria emitida en contra de algn servidor pblico de eleccin popular municipal o denuncia por irregularidades en el manejo de recursos de un servidor pblico del Poder Legislativo. Inmediatamente se radica bajo un nmero consecutivo y se elabora oficio de citacin de garanta de audiencia al servidor pblico presuntamente responsable, sealndosele da y hora para el desahogo de la misma, dicha citacin es realizada personalmente. Recibe notificacin en donde se le hace de su conocimiento el da, el lugar y la hora en que se llevara a cabo la audiencia correspondiente, as como de las supuestas infracciones en las que incurri, de sta manera se le informa de que en el desahogo de dicha audiencia, por ser procedimiento de carcter sumario, se desahogaran las etapas de ofrecimiento, admisin y desahogo de pruebas as como la de Alegatos. Si se presenta el servidor pblico a la audiencia se desahoga la misma en trminos de la Legislacin aplicable. En caso de que el servidor pblico no se presente, deber de justificar en su tiempo dicha inasistencia, otorgndole la autoridad nuevo trmino para el desahogo de la misma, apercibindosele de que en caso de no comparecer tendr por perdido su derecho para ejercerlo con posterioridad y se continuar con la secuela procedimental.

  • PGINA 40/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENO RECEPCIN Y REGISTRO DE LAS DENUNCIAS POR

    RESPONSABILIDAD RESARCITORIA QUE EMITE LA CONTADURA GENERAL DE GLOSA O LA SECRETARA DE LA CONTRALORA

    DEL GOBIERNO DEL ESTADO 60024-001-2002

    A C T I V I D A D

    R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Departamento de Atencin a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria Presidencia de la Gran Comisin Departamento de Atencin a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria

    5

    6

    7

    8

    9

    10

    Si en la fecha sealada para el desahogo de la etapa de ofrecimiento y desahogo de pruebas, el servidor pblico ofreciera alguna documental con carcter de superveniente, testimoniales, confesionales, periciales, inspeccin, la autoridad sealar nuevo trmino para el desahogo de las mismas, el cual no deber de exceder de diez das hbiles. Una vez concluida la etapa probatoria de inmediato inicia la etapa de Alegatos, en donde el servidor pblico manifestara lo que ha su derecho convenga. Concluidas dichas etapas se formula proyecto de resolucin para remitirlo a la Presidencia de la Gran Comisin, a efecto de que dicte la resolucin correspondiente. Recibe expediente y lo analiza para dictar una resolucin que conforme a derecho proceda, remite la resolucin a la Contralora y sta a su vez a la Subdireccin de Responsabilidades Administrativas, para que el departamento notifique al servidor pblico. Notifica al servidor pblico de manera personal el sentido de la resolucin a efecto de cumplimentar la misma dentro del trmino que se le conceda. En el supuesto de que se le d cumplimiento a la resolucin, se turnar el comprobante necesario y el expediente a la Subdireccin de Responsabilidades Administrativas para que sea de su conocimiento y se archive como asunto total y definitivamente concluido.

  • PGINA 41/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENO RECEPCIN Y REGISTRO DE LAS DENUNCIAS POR

    RESPONSABILIDAD RESARCITORIA QUE EMITE LA CONTADURA GENERAL DE GLOSA O LA SECRETARA DE LA CONTRALORA

    DEL GOBIERNO DEL ESTADO 60024-001-2002

    A C T I V I D A D

    R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Departamento de Atencin a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria

    11

    12

    En caso de incumplimiento a la sancin por parte del servidor pblico, se remitir el caso a la autoridad competente a efecto de que se haga efectiva a travs del Procedimiento Administrativo de Ejecucin. Recibe de la autoridad competente mediante oficio el cumplimiento de la sancin por parte del servidor pblico, el cual se turna a la Subdireccin de Responsabilidades Administrativas para su conocimiento y se archiva el expediente total y de manera definitiva. Fin.

  • PAGINA 42/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO

    RECEPCIN Y REGISTRO DE LAS DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD RESARCITORIA QUE EMITE LA CONTADURA

    GENERAL DE GLOSA O LA SECRETARA DE LA CONTRALORA DEL GOBIERNO DEL ESTADO

    60024-01-2002

    DEPARTAMENTO DE

    ATENCIN A DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD

    RESARCITORIA SERVIDOR PBLICO PRESIDENCIA DE LA GRAN COMISIN

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Inicio

    Recibe de Contadura General deGlosa y/o de la Secretara deContralora del Gobierno del Estado,la resolucin por resarcitoria fincadaen contra de algn servidor pblico deeleccin popular municipal.

    Radica bajo nmero consecutivo y seelabora oficio de citacin de garantade audiencia al servidor pblicopresuntamente responsable,sealndosele da y hora para eldesahogo de la misma, dicha citacines realizada personalmente.

    Recibe notificacin y se le sealafecha y lugar en que se llevar acabo la audiencia correspondiente,as como de las supuestasinfracciones en las que incurri, endicha audiencia por serprocedimiento sumario se ofrecer,admitir y desahogar la etapaprobatoria, as como la de Alegatos.

    Espera en la fecha sealada alservidor pblico para que tengaverificativo la garanta de audiencia.

    A

  • PAGINA 43/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO

    RECEPCIN Y REGISTRO DE LAS DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD RESARCITORIA QUE EMITE LA CONTADURA

    GENERAL DE GLOSA O LA SECRETARA DE LA CONTRALORA DEL GOBIERNO DEL ESTADO

    60024-01-2002

    DEPARTAMENTO DE

    ATENCIN A DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD

    RESARCITORIA SERVIDOR PBLICO PRESIDENCIA DE LA GRAN COMISIN

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Se presenta el servidor pblico a la audiencia?

    A

    Se procede adesahogar laaudiencia en trminosde la Legislacinaplicable.

    Si No

    B

    1

    El servidor pblico tendr que justificaren su oportunidad dicha inasistencia,otorgando la autoridad nuevo trminopara el desahogo de la audiencia,apercibindosele que en caso de nocomparecer tendr por perdido su derecho para ejercerlo conposterioridad y se continuar con lasecuela procedimental.

  • PAGINA 44/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO

    RECEPCIN Y REGISTRO DE LAS DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD RESARCITORIA QUE EMITE LA CONTADURA

    GENERAL DE GLOSA O LA SECRETARA DE LA CONTRALORA DEL GOBIERNO DEL ESTADO

    60024-01-2002

    DEPARTAMENTO DE

    ATENCIN A DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD

    RESARCITORIA SERVIDOR PBLICO PRESIDENCIA DE LA GRAN COMISIN

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    El servidor pblico presenta

    pruebas supervenientes?

    B

    SI NO

    La autoridad sealarnuevo trmino para eldesahogo de las mismas,el cual no deber deexceder de diez dashbiles.

    Una vez concluida la etapaprobatoria inicia la etapa deAlegatos, en donde el servidorpblico manifestar lo que a suderecho convenga.

    Concluidas dichas etapas se remitirel expediente a la Presidencia de laGran Comisin a efecto de que dictela resolucin correspondiente.

    Recibe expediente y lo analiza paradictar una resolucin, que conformea derecho proceda y remite laresolucin al Departamento deAtencin a Denuncias porResponsabilidad Resarcitoria paraque notifique al servidor pblico y led cumplimiento.

    Notifica al servidor pblico de manerapersonal el sentido de la resolucin aefecto de cumplimentar la mismadentro del trmino que se le conceda.

    C

    1

  • PAGINA 45/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO

    RECEPCIN Y REGISTRO DE LAS DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD RESARCITORIA QUE EMITE LA CONTADURA

    GENERAL DE GLOSA O LA SECRETARA DE LA CONTRALORA DEL GOBIERNO DEL ESTADO

    60024-01-2002

    DEPARTAMENTO DE

    ATENCIN A DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD

    RESARCITORIA SERVIDOR PBLICO

    SUBDIRECCIN DE RESPONSABILIDADES

    ADMINISTRATIVAS

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    C

    Cumple con la sancin el

    servidor pblico?

    Si

    Se turna el comprobantenecesario y el expediente a laSubdireccin deResponsabilidades Administrativas para que seade su conocimiento y searchive.

    Recibe el comprobante de que seha dado cumplimiento a laresolucin, as como el expediente,los registra y archiva como asuntototal y definitivamente concluido.

    Es remitido el caso a la autoridadcompetente a efecto de que sehaga efectiva la sancin a travsdel Procedimiento Administrativode Ejecucin.

    No

    Recibe mediante oficio de laautoridad competente, elcumplimiento de la sancin por partedel servidor pblico, ste se turna a laSubdireccin de ResponsabilidadesAdministrativas para su conocimientoy se archiva el expediente.

    Fin

    Recibe el comprobante de que seha dado cumplimiento a laresolucin, as como elexpediente, los registra y archivade manera definitiva.

  • PGINA 46/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

    RESARCITORIO

  • PGINA 47/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    REA RESPONSABLE

    DEPARTAMENTO DE ATENCIN A DENUNCIAS POR RESPONSABILIDAD

    RESARCITORIA

    PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO RESARCITORIO

    60024-002-2002

    OBJETIVO Resarcir los daos causados a recursos del Poder Legislativo como consecuencia del incumplimiento a contratos celebrados con el mismo por personas fsicas o morales, as como a servidores pblicos que por su negligencia repercuta en daos a recursos pblicos.

    POLTICAS

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    - Fincamiento de pliego preventivo de responsabilidades a personas fsicas o morales, que al celebrar un contrato con el Poder Legislativo incumplan el mismo y tenga como consecuencia un perjuicio en contra de recursos de la Institucin.

    - Fincamiento de pliego preventivo a Servidores Pblicos del Poder Legislativo que por

    incumplimiento a sus atribuciones ocasionen un dao o lesin a recursos de la Institucin.

  • PGINA 48/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO RESARCITORIO

    60024-002-2002

    A C T I V I D A D

    R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Departamento de Atencin a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria Subdireccin de Control y Evaluacin Departamento de Atencin a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria

    1

    2

    3

    4

    5

    6

    Recibe las denuncias de las dependencias del Poder Legislativo y del Comit de Adquisiciones, Enajenaciones y Arrendamientos, en contra de personas fsicas o morales que por incumplimiento a Contratos celebrados con la Institucin originen un dao o lesin causado a sus recursos. Se abre un periodo de informacin previa, a efecto de conocer las circunstancias del caso y determinar el fincamiento de un pliego preventivo y en su caso definitivo de responsabilidades. Solicita por escrito apoyo a la Subdireccin de Control y Evaluacin a efecto de realizar los trabajos de auditora y remitir el dictamen tcnico en cuanto al dao y los montos lesionados. Recibe solicitud por escrito y realiza el trabajo solicitado, una vez que termina emite el dictamen tcnico en cuanto al dao y los montos lesionados al patrimonio del Poder Legislativo y lo turna a la Subdireccin de Responsabilidades Administrativas, para que sta a su vez, remita al Departamento de Atencin a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria. Una vez conocido el dictamen tcnico, finca a persona fsica o moral responsable, los pliegos definitivos de responsabilidades. Cita a la persona fsica o moral a su garanta de audiencia, hacindole de su conocimiento los resultados del dictamen tcnico y fincndole la responsabilidad resarcitoria.

  • PGINA 49/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO RESARCITORIO

    60024-002-2002

    A C T I V I D A D

    R E A R E S P O N S A B L E N D E S C R I P C I N

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Departamento de Atencin a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria Presidencia de la Gran Comisin Subdireccin de Responsabilidades Administrativas Persona Fsica o Moral Subdireccin de Responsabilidades Administrativas

    7

    8

    9

    10

    11

    Dentro de la garanta de audiencia se ofrecern, admitirn y desahogarn las pruebas a efecto de valorar el alcance de las mismas, posteriormente se realizara un proyecto de resolucin que ser remitido al Subdirector, para que a su vez previa revisin, se remita al C. Contralor y se haga llegar por su conducto a la Presidencia de la Gran Comisin, para que resuelva lo conducente. Recibe el proyecto de resolucin que emite el Departamento de Atencin a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria y determina el monto que deber de imponerse a la persona fsica o moral mediante la resolucin que realice la misma, que turnar a la Contralora para proveer su ejecucin. Recibe la resolucin y notifica a la persona fsica o moral a efecto de dar cumplimiento con la misma. Recibe notificacin y le da cumplimiento a la resolucin turnando el comprobante necesario a la Subdireccin de Responsabilidades Administrativas. Recibe comprobante de que la persona fsica o moral ha cumplido con la resolucin impuesta y archiva el documento en el expediente correspondiente. Fin.

  • PAGINA 50/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO

    PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO RESARCITORIO 60024-02-2002

    DEPARTAMENTO DE

    ATENCIN A DENUNCIAS POR

    RESPONSABILIDAD RESARCITORIA

    SUBDIRECCIN DE CONTROL Y

    EVALUACIN

    SUBDIRECCIN DE RESPONSABILIDADES

    ADMINISTRATIVAS PRESIDENCIA DE LA

    GRAN COMISIN

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    Inicio

    Se abre un periodo deinformacin previa, a efectode conocer las circunstanciasdel caso y determinar elfincamiento de un pliegopreventivo y en su casodefinitivo deresponsabilidades.

    Solicita por escrito apoyo ala Subdireccin de Control yEvaluacin a efecto derealizar los trabajos deauditoria y remitir eldictamen tcnico en cuantoal dao y los montoslesionados.

    Recibe solicitud porescrito y realiza eltrabajo solicitado, unavez que termina emite eldictamen tcnico encuanto al dao y losmontos lesionados alpatrimonio del PoderLegislativo y lo turna alDepartamento deAtencin a Denunciaspor ResponsabilidadResarcitoria para que led el cursocorrespondiente.

    A

    Recibe denuncias de lasdependencias del PoderLegislativo y del Comitde Adquisiciones,Enajenaciones yArrendamientos, en contrade personas fsicas omorales que porincumplimiento a contratoscelebrados con lainstitucin originen undao o lesin causado asus recursos.

  • PAGINA 51/272D M A

    M A N U A L D E P R O C E D I M I E N T O S

    31 03 2003

    PROCEDIMIENTO

    PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO RESARCITORIO 60024-02-2002

    DEPARTAMENTO DE

    ATENCIN A DENUNCIAS POR

    RESPONSABILIDAD RESARCITORIA

    SUBDIRECCIN DE CONTROL Y EVALUACIN

    SUBDIRECCIN DE RESPONSABILIDADES

    ADMINISTRATIVAS PRESIDENCIA DE LA

    GRAN COMISIN PERSONA FSICA

    O MORAL

    MANPRO-60000-CTR CNDA-EO

    A

    Una vez conocido eldictamen tcnico,finca a la personafsica o moralresponsable, lospliegos definitivos deresponsabilidades.

    Cita a la persona fsica o moral a su garanta de audiencia, hacindole de su conocimiento los resultados del dictamen tcnico y fincndole la responsabilidad resarcitoria.

    Dentro de laaudiencia seofrecern, admitirn ydesahogarn laspruebas, a efecto devalorar el alcance delas mismas,posteriormente serealizar un proyectode resolucin, queser remitido aPresidencia de laGran Comisin paraque resuelva loconducente.

    Recibe el proyectode resolucin ydetermina lasancin que deberimponerse a lapersona fsica omoral mediante laresolucin querealice, turnndola ala Subdireccin deResponsabilidades Administrativas paraque la notifique alinculpado.

    Recibe la resolucin ynotifica a la persona fsicao moral a efecto de darcumplimiento con lamisma.

    Recibe notificaciny le da elcumplimiento a lasancin, turnando elcomprobante necesario a laSubdireccin deResponsabilidades Administrativas.

    Recibe comprobante deque la persona fsica omoral ha cumplido con lasancin impuesta yarchiva el documento en elexpediente correspondiente.

    Fin.