las diferencias entre las afp y la onp

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  • 8/16/2019 Las Diferencias Entre Las AFP y La ONP

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    Las diferencias entre las AFP y la ONP ¿cómo decidir?

    Sábado, 14 de noviembre del !1"

     

    TU DINERO•

    • 1#$1%

    &ientras en la ONP se re'(iere a)ortar )or veinte a*os )ara acceder a (na)ensión, en las AFP no e+iste tiem)o mnimo- La ONP tiene (na )ensiónmnima de S.- 41" y (na má+ima de S.- /"#0 en las AFP no e+iste lmites-

    •  2eet

    • !in3om)artir

     odo n(evo trabaador en )lanilla debe decidir entre a)ortar a (na AFP o ala ONP- Para reali5ar (na b(ena elección la )ersona debe tener claro lasdiferencias entre estos dos sistemas de )ensiones-

    6on5alo 7ernal, 8erente comercial de AFP Habitat, re9ere '(e la )rimera ymás im)ortante diferencia es saber cómo se ase8(ra la )ensión-

    :+)lica '(e si se decide )or la ONP, el trabaador deberá lle8ar a la edad de (bilación de ;" a*os y a*os y 11 meses no tendrá derec

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    e otro lado, si decide a9liarse a (na AFP, no e+iste (n tiem)o mnimo dea)ortes a reali5ar )ara 8o5ar de (na )ensión- =Bna ve5 '(e Bd- lle8(e a laedad le8al de (bilación el cálc(lo se

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    Para dic0o fin, reciben los aportes, propiedad de los trabajadores,invirti1ndolos bajo las modalidades permitidas por Le. Las operacionesde las AFP se encuentran bajo el control supervisión delaSuperintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

    Las AFP administran + tipos de Fondos &Fondo de Pensiones "ipo ) oFondo de Protección de Capital2 Fondo de Pensiones "ipo 3 o Fondo dePreservación de Capital2 Fondo de Pensiones "ipo 4 o Fondo 5i#to2 Fondo de Pensiones "ipo 6 o Fondo de Apreciación del Capital'. A lafec0a, el Fondo ) no se encuentra activo, est7 pendiente lare!lamentación por parte de la S8S.Las caracter9sticas principales del Fondo de cada afiliado son:• Son propiedad ;nicamente de cada trabajador.

    • Constituen masa 0ereditaria• Son inembar!ables.

    Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo del PerúPara otros usos de este término, véase Ministerio de Trabajo.

    Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleodel Perú

    Información

    Acrónimo MINTRA

    Tipo Ministerio

    Fundación 30 de abril de 1949

    Ámbito   Nacional

    Sede Avenida Salaverry 655 - Distrito de es!s

    Mar"a - #i$a

    http://www.sbs.gob.pe/0/home.aspxhttps://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_de_Trabajohttps://es.wikipedia.org/wiki/Ministeriohttps://es.wikipedia.org/wiki/30_de_abrilhttps://es.wikipedia.org/wiki/1949https://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_de_Jes%C3%BAs_Mar%C3%ADahttps://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_de_Jes%C3%BAs_Mar%C3%ADahttps://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_de_Jes%C3%BAs_Mar%C3%ADahttps://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_de_Jes%C3%BAs_Mar%C3%ADahttps://es.wikipedia.org/wiki/Limahttps://es.wikipedia.org/wiki/Limahttp://www.sbs.gob.pe/0/home.aspxhttps://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_de_Trabajohttps://es.wikipedia.org/wiki/Ministeriohttps://es.wikipedia.org/wiki/30_de_abrilhttps://es.wikipedia.org/wiki/1949https://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BAhttps://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_de_Jes%C3%BAs_Mar%C3%ADahttps://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_de_Jes%C3%BAs_Mar%C3%ADahttps://es.wikipedia.org/wiki/Lima

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    Ministro Daniel Ma%rate Ro$ero

    Dependiente de &oder '(ec%tivo

    )*onse(o de Ministros+

    Entidad superior &residente del *onse(o de Ministros

    Sitio eb

    ,,,$intra.ob/e

    editar datos en i2idata

    /l Ministerio de ra!a"o y Pro#oción del $#pleo del Per% es el ór!ano del /stadoPeruano para la rama de empleo tiene sede en Lima, Per;. Su actual 5inistro es (aniel5aurate  

    • 3

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    empresas, fomentar la previsión social, promover la formación profesional2 as9 como velarpor el cumplimiento de las Bormas Le!ales la mejora de las condiciones laborales, en unconte#to de di7lo!o concertación entre los actores sociales el /stado.

    Organización=editar >

    •  Alta (irección

    •  Asesor9a "1cnica

    • Procurador9a

    • Enspector9a Enterna

    •  Auditor9a /#7menes /speciales

    • Enspecciones e Envesti!aciones

    Ministros de Trabajo=editar >Para una lista de los ministros de "rabajo del Per;, v1ase:  5inistro de "rabajo Promocióndel /mpleo del Per;.

    Órganos adscritos al Ministerio=editar >

    • Se!uro Social de Salud &/SSAL('

    • Superintendencia Bacional de Fiscalización Laboral &SBAFEL'

    • Consejo Bacional de "rabajo Promoción del /mpleo

    • Consejo Bacional de Se!uridad Salud en el "rabajoL

    a %ficina de Bormalización Previsional &P' es un %r!anismo P;blico "1cnico /specializado del Sector de /conom9a Finanzas, Due tiene a su car!o laadministración del Sistema Bacional de Pensiones &SBP' a Due se refiere el (ecretoLe B 3---), as9 como el

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    Acrónimo SNAI#

    Tipo r.anis$o t7cnico es/eciali8ado

    Ámbito  &er!

    Sede Av Salaverry 655

    )#i$a+

    Superintendente

    !acional

    scar :;$e8 *astro1

    Dependiente de Ministerio de Traba(o y &ro$oci;n del

    '$/leo

    Sitio eb

    ,,,s%na

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    /fectivamente, todo trabajador puede pactar mejoras económicas mejores condicioneslaborales con su empleador, este acuerdo siempre debe constar por escrito. 

    1u2 !ene3icios la!orales tiene un tra!a"ador de una Micro $#presa0

     Los trabajadores de una micro empresa tienen derec0o a los si!uientes derec0os laborales:

      Los trabajadores conductores tienen derec0o a ser ase!urados al Sistema Ente!ral de SaludSES, a car!o del 5inisterio de Salud, este es un sistema semicontributivo, es decir, el /stadoasume el *)J de este se!uro el empleador el otro *)J.

      Los trabajadores conductores tienen derec0o a ser ase!urados al Sistema Bacional dePensiones, o al Sistema Privado de Pensiones &AFP', sin embar!o una nueva posibilidad elSistema de Pensiones Sociales &SPS' tiene como objeto otor!ar pensiones con lascaracter9sticas similares al de la modalidad de renta vitalicia familiar del Sistema Privado de

    Pensiones &SPP', sólo a los trabajadores conductores de las microempresas Due seencuentren bajo los alcances de la Le. /l SPS es e#cluente del SPP del Sistema Bacionalde Pensiones &SBP' de cualDuier otro r1!imen previsional e#istente.

      "iene derec0o a una Kornada m7#ima de )G 0oras o +G 0oras semanales.  "iene derec0o a 4+ 0oras continuas de descanso f9sico.  /n caso de despido arbitrario tiene derec0o a una indemnización eDuivalente a 3)

    remuneraciones diarias por cada ao de trabajo, con un tope de -) remuneraciones diarias.  "iene derec0o cuando menos a una remuneración m9nima vital &SI.*).)) nuevos soles', sin

    embar!o el Consejo Bacional de "rabajo, podr9a establecer montos inferiores al 59nimo ital."iene derec0o a 3* d9as de vacaciones, por cada ao de trabajo o su parte proporcional,pudiendo reducir de los 3* a d9as con la debida compensación económica."iene derec0o a !ozar de los feriados establecidos en el

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    parte de un sindicato.  "iene derec0o a !ozar de los feriados establecidos en el

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    !eneral o el Due corresponda, a efectos de contar con el re!istro definitivo. encidodic0o plazo sin presentar la información no proceder7 el re!istro definitivo.

     /l 5"P/ verificar7 la correcta aplicación de los re!9menes laborales aplicables a las 5P/.

    Para aco!erse al r1!imen laboral de la microempresa, las juntas o asociaciones oa!rupaciones de propietarios o inDuilinos en r1!imen de propiedad 0orizontal o condominio0abitacional deben solicitar su inscripción en el

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    4.4. HISTORIA DE LAS MYPES EN EL PERÚ Se explica que en la década de los 80

    se plantearon propuestas de pequeñas y micro empresas. • En 1990 que se hace

    visible el aporte de las micro y pequeñas empresas tanto a la economía como el

    desarrollo nacional. • Hasta ese entonces, las micro y pequeña empresas eranconsideradas como una estrategia de sobre vivencia en los sectores populares.

    5.5. CARACTERÍSTICAS DE LAS MYPES MICROEMPRESA NÚMERO DETRABAJADORES De uno (1) hasta diez (10) trabajadores inclusive. VENTAS

    ANUALES Hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT)

    (*) PEQUEÑA EMPRESA NÚMERO DE TRABAJADORES De uno (1) hasta cien

    (100) trabajadores inclusive. VENTAS ANUALES Hasta el monto máximo de

    1,700Unidades Impositivas Tributarias (UIT)(*)

    6.6. TIPOS DE MYPES empresa individual tipos de empresa empresas socientarias

    7.7. IMPORTANCIA DE LAS MYPES EN PERÚ

    8.8. VENTAJAS DE LAS MYPES FRENTE A LAS GRANDES EMPRESASMejor

    atención al cliente: las MyPES suelen estar más cerca de sus clientes, lo que les

    permite conocer mejor sus necesidades, gustos y preferencias.Mejor acceso a

    información del mercado: el tamaño de su mercado y la cercanía con sus clientes,

    les permite a las MyPES conocer mejor a su público.Mayor capacidad de

    innovación: las MyPES tienen la ventaja de poder innovar constantemente.

    9.9. BENEFICIOS Y LOGROS DE LAS MYPES EN EL ESTADO PERUANO

    θactualmente juegan un rol muy importante en la economía no sólo del Perú, sino

    en todos los países del mundo, generando más empleos que las empresas

    grandes o el propio Estado.θLas Micro y pequeñas empresas están tomando

    poderío en la economía nacional; por la mayor concentración de la actividad

    productiva en la capital y las ciudades más grandes (Trujillo, Chiclayo, Arequipa,Cusco, Piura) y por el crecimiento constante de las zonas rurales del país.

    10.10. LA FORMALIZACIÓN DE LA MYPES EN EL PERÚϖConstituye tu empresa en

    72 horas.ϖTen a tus trabajadores en planilla.ϖAccede a beneficios: salud y

    pensiones.ϖTributa de la manera más sencilla.ϖFirma contratos con el Estado.

    ϖAccede a un mejor financiamiento para tu empresa

    11.11. NORMAS LEGALES DE LAS MYPES SEGÚN EL ESTADO PERUANOLey N°

    28015 - Publicada el 03 de julio de 2003 Ley de Promoción y Formalización de la

    Micro y Pequeña Empresa.Decreto Supremo N° 009-2003-TR - Publicado el 09

    de septiembre de 2003.Decreto Legislativo N° 1086 - Publicado el 28 de junio de

    2008Decreto Supremo N° 007-2008-TR - Publicado el 30 de septiembre de 2008Decreto Supremo N° 008-2008-TR - Publicado el 30 de septiembre de 2008

    Resolución de Superintendencia N° 187-2008/SUNAT - Publicado el 25 de

    Octubre de 2008.12.12. DERECHOS LABORALES BENEFICIOS MICROEMPRESA PEQUEÑA

    EMPRESA REMUNERACIÓN RMV RMV JORNADA-HORARIO 8 HORASDIARIAS O 48 SEMANALES 8 HORAS DIARIAS O 48 SEMANALES DESCANSO

    SEMANAL 24 HORAS 24 HORAS VACACIONES 15 DIAS AL AÑO 15 DIAS AL

    AÑO CTS NO APLICA ½ SUELDO POR AÑO GRATIFICACIONES NO APLICA 2

    GRATIFICACIONES DE ½ SUELDO C/U UTILIDADADES NO APLICA SI APLICA,

    BASE LEGAL D.L. N°892 ASIGNACIÓN FAMILIAR NO APLICA NO APLICADESPIDO ARBITRARIO O INJUSTIFICADO 10 REMUNERACIONES DIARIAS

    http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-4-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-4-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-5-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-5-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-6-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-6-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-7-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-7-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-8-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-8-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-9-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-9-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-10-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-10-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-11-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-11-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-12-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-12-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-4-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-5-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-6-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-7-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-8-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-9-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-10-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-11-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-12-638.jpg?cb=1412253928

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    POR AÑO. TOPE 90 REMUNERACIONES 20 REMUNERACIONES DIARIAS POR

    AÑO. TOPE 120 REMUNERACIONES.

    13.13. FORMALIDADES PARA ACOGERSE AL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL DE

    LA MICROEMPRESA14.14. ¿EL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL ES APLICABLE A TODOS LOS

    TRABAJADORES DE LAS MICROEMPRESAS?15.15. 4 de Julio del 2003 NO SE APLICA debido a que ya tenia relación laboral antes

    de la entrada en vigencia de la norma SE APLICA debido a que NO tenia relación

    laboral antes de la entrada en vigencia de la norma

    16.16. ¿SE HA PREVISTO ALGÚN CASO EN EL QUE NO SE GENERE UNA

    RELACIÓN LABORAL? En el caso de microempresas no constituidas como

    personas jurídicas, en las que laboren parientes consanguíneos hasta el segundo

    grado, no se genera una relación laboral, salvo pacto en contrario. Tampoco

    genera una relación laboral la prestación de servicios por parte del cónyuge; en

    este caso, no cabe pacto contrario.

    17.17. ¿QUE OCURRE SU LA MYPE PIERDE ALGUNOS DE SUS REQUISITOS

    CONSTITUTIVOS? • La empresa cuyo nivel de ventas o el número de trabajadores

    promedio de dos (2) años consecutivos supere el nivel de ventas o el numero detrabajadores límites establecidos en la presente ley para clasificar a una empresa

    como micro o pequeña empresa, podrá conservar por un (1) año calendario elrégimen laboral especial correspondiente. Luego de este periodo, la empresa

    pasará definitivamente al régimen laboral que le corresponda.

    18.18. • Los empleadores y trabajadores pueden pactar mejores condiciones

    laborales, respetando el carácter esencial de los derechos comprendidos en el

    régimen laboral especial, siendo potestativo el plazo de vigencia de dicho pacto¿EN EL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL PUEDEN PACTARSE MEJORES

    CONDICIONES?

    19.19. EL EMPLEADOR ESTA OBLIGADO A PAGAR UNA REMUNERACIÓN POR

    EL SERVICIO PRESTADO, ¿PERO ESTA DEBE SER POR LO MENOS UNA

    REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL? Los trabajadores comprendidos en el régimenlaboral especial de las micro y pequeñas empresas tienen derecho a percibir por su

    trabajo por lo menos una remuneración mínima vital. Si el trabajo supone unservicio menor a la jornada ordinaria máxima (8 horas diarias o 48 horas

    semanales), es posible el pago proporcional de la remuneración (por ejemplo si

    labora 3 horas diarias)20.20. Los trabajadores comprendidos en el régimen laboral especial de las micro y

    pequeñas empresas tienen derecho a percibir por su trabajo por lo menos una

    remuneración mínima vital. Si el trabajo supone un servicio menor a la jornada

    ordinaria máxima (8 horas diarias o 48 horas semanales), es posible el pago

    proporcional de la remuneración (por ejemplo si labora 3 horas diarias).

    21.21. CASO PRÁCTICO TRABAJADOR DE UNA PEQUEÑA EMPRESA CON

    REMUNERACIÓN VARIABLE MENSUAL, QUE LABORÓ TODO EL PERÍODO

    COMPUTABLE. Fecha de ingreso: 26.04.2010 Período computable: 01.11.2011 al

    30.04.2012 ( 6 meses) Remuneración mensual: S/. 750.00 Asignación familiar: S/.

    75.00 Alimentación principal: S/. 160.00 Cálculo de remuneración computable

    http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-13-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-13-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-14-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-14-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-15-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-15-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-16-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-16-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-17-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-17-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-18-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-18-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-19-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-19-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-20-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-20-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-21-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-21-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-13-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-14-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-15-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-16-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-17-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-18-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-19-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-20-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-mic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  • 8/16/2019 Las Diferencias Entre Las AFP y La ONP

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    Remuneración mensual: S/. 750.00 Asignación familiar: S/. 75.00.00 Alimentación

    principal: S/. 160.00 TOTAL S/. 985.00

    22.22. La jornada máxima legal prevista en la Constitución Política del Perú es de

    ocho (08) horas diarias o de cuarenta y ocho (48) horas semanales. Se entiendecomo horas semanales, aquellas comprendidas en un período de siete (07) días,

    no obstante, se puede establecer por Ley, por Convenio o decisión unilateral delempleador, una jornada menor a la máxima legal. Jornada de trabajo La jornada de

    trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador se encuentra a disposición del

    empleador a fin de cumplir con la prestación de servicios a la que se encuentra

    obligado en virtud del contrato de trabajo celebrado. Horario de trabajo El horario

    de trabajo es la medida de la jornada, es decir, determina con exactitud la hora de

    ingreso y de salida en cada día de trabajo.

    23.23. El empleador puede modificar el horario de trabajo sin alterar el número de

    horas trabajadas. Si la modificación colectiva del horario es mayor a una hora y la

    mayoría de los trabajadores no estuviese de acuerdo, los trabajadores podrán

    acudir a la Autoridad Administrativa del Trabajo para que se pronuncie sobre la

    procedencia o no de la medida adoptada. El empleador tiene las siguientes

    atribuciones o facultades: • Establecer la jornada ordinaria de trabajo, diaria osemanal. • Reducir o ampliar el número de días de la jornada semanal de trabajo,

    para lo cual puede prorratear las horas dentro de los restantes días de la semana,dichas horas serán consideradas como parte de la jornada de trabajo. • Establecer

    y modificar horario de trabajo.

    24.24. REQUISITOS PARA QUE EL TRABAJADOR ADQUIERA ESTE DERECHO El

    empleador deberá observar que el trabajador cumpla el record previsto en las

    normas del régimen laboral común de la actividad privada (deberá laborar un añocalendario y cumplir con un mínimo de días laborados) TIEMPO DE GOCE El

    trabajador tendrá derecho, como mínimo a quince días calendario de descanso por

    cada año de servicios completo. REDUCCIÓN DEL DESCANSO VACACIONAL El

    descanso vacacional puede ser reducido de quince a 7 días, con la respectiva

    compensación de ocho días de remuneración. El acuerdo de remuneración deberáconstar por escrito

    25.25. Los trabajadores de una microempresa no tienen derecho a CTS. Lostrabajadores de una pequeña empresa sí tienen derecho al pago de media

    remuneración al año por dicho concepto. Así, se computarán en razón de 15

    remuneraciones diarias por año completo de servicios, hasta alcanzar un máximode 90 remuneraciones diarias.

    26.26. CALCULO DE CTS

    27.27. CASO N°1:TRABAJADOR DE UNA PEQUEÑA EMPRESA CON

    REMUNERACIÓN VARIABLE MENSUAL QUE LABORÓ TODO EL PERÍODO

    COMPUTABLE Los trabajadores de la pequeña empresa si tienen derecho a la

    CTS. En este caso se les otorga el equivalente a 15 remuneraciones diarias por

    año completo de servicios, hasta alcanzar un máximo de 90 remuneraciones

    diarias, con arreglo al régimen común, es decir, supletoriamente se aplicará el D.S.

    Nº 001-97-TR. • Tiempo computable: 6 meses • Remuneración: Básico : S/. 675.00

    Comisiones: Noviembre 480.00 Diciembre 490.00 Enero 460.00 Febrero 470.00Marzo 410.00 Abril 450.00 Total S/. 2760.00 • Gratificación Navidad 2011: S/.

    http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-22-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-22-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-23-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-23-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-24-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-24-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-25-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-25-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-26-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-26-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-27-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-27-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-22-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-23-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-24-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-25-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-26-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-27-638.jpg?cb=1412253928

  • 8/16/2019 Las Diferencias Entre Las AFP y La ONP

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    600.00 • Bonificación extraordinaria 9% 54.00 (Ley Nº 29351) 2. PEQUEÑA

    EMPRESA

    28.28. a) Remuneración computable Las comisiones son computables para la

    determinación de la CTS por ser remuneración principal, conforme al D.S. Nº 001-97-TR, para ello se considera el promedio de lo percibido en el periodo. La

    gratificación por Navidad es remuneración de periodicidad semestral, por lo quesegún el artículo 18º del D.S. Nº 001-97-TR es computable a razón de un sexto de

    lo percibido en el semestre respectivo. De acuerdo al artículo 3º de la Ley Nº

    29351, cuya vigencia fue ampliada hasta el 31.12.2014 mediante Ley Nº 29714, la

    bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable. Si la

    remuneración computable para los trabajadores de una pequeña empresa es 15

    remuneraciones diarias por año laborado tenemos: Básico S/. 675.00 Promedio

    comisiones: S/. 2760,00 / 6 460.00 1/6 Gratificación Navidad: 100.00 1235.00

    Luego el equivalente a 15 días de remuneración es: S/. 1235.00 / 30 x 15 = S/.

    617.50 b) CTS a depositar Siendo el tiempo computable 6 meses tenemos que el

    monto a depositar es: Por los meses: S/. 617.500 / 12 x 6 = S/. 308.75

    29.29. REMUNERACIÓN FIJA MENSUAL QUE NO LABORÓ TODO EL PERIODO

    COMPUTABLE INFORMACIÓN: • Fecha de ingreso: 26.02.2012 • Periodo porliquidar: 26.02.2012 al 30.04.2012 • Tiempo computable: 2 meses y 4 días •

    Remuneración: Básico : S/. 675.00 Movilidad supeditada a la 130.00 asistencia alcentro de trabajo • Gratificación Navidad 2011: S/. 337.50 • Bonificación

    extraordinaria 9% 30.38 (Ley Nº 29351) Determinar el monto de la CTS a depositar.

    30.30. a) Remuneración computable El artículo 7º de la Ley de Productividad y

    Competitividad Laboral aprobado por D.S. Nº 003-97-TR señala que no constituyen

    remuneración para ningún efecto legal los conceptos establecidos en los artículos19º y 20º del D.S. Nº 001-97-TR, entre ellos encontramos a la movilidad supeditada

    a la asistencia al centro de trabajo. Si la remuneración computable para los

    trabajadores de una pequeña empresa es 15 remuneraciones diarias por año

    laborado tenemos: Básico S/. 675.00 1/6 Gratificación Navidad: 56.25 Total S/.

    731.25 Luego el equivalente a 15 días de remuneración es: S/. 731.25 / 30 x 15 =S/. 365.63 b) CTS a depositar Siendo el tiempo computable 2 meses y 4 días,

    tenemos que el monto a depositar es: Por los meses: S/. 365.63 / 12 x 2 = S/.60.94 Por los días: S/. 365.63 / 360 x 4 = 4.06 Total S/. 65.00

    31.31. GRATIFICACIONES LEGALES MICROEMPRESA NO TIENEN DERECHO

    PEQUEÑA EMPRESA TIENEN DERECHO DE MEDIA REMUNERACION PORCONCEPTO DE GRATIFICACIONES LEGALES, EN LA PRIMERA QUINCENA DE

    JULIO Y DICIEMBRE.

    32.32. UTILIDADES EL REPARTO DE UTILIDADES SOLO ES OBLIGATORIO EN

    LAS EMPRESAS QUE GENERAN RENTAS DE TERCERA CATEGORÍA Y

    RESULTADOS ECONÓMICOS POSITIVOS. SOLO LAS EMPRESAS CON MÁS

    DE 20 TRABAJADORES ESTÁN OBLIGADAS A REPARTIR UTILIDADES.

    EXCLUIDOS: MICROEMPRESA Seguro de Vida Participación en las utilidades de

    la empresa Compensación por tiempo de servicios (CTS). Gratificaciones legales

    de fiestas patrias y navidad.

    http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-28-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-28-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-29-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-29-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-30-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-30-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-31-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-31-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-32-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-32-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-28-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-29-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-30-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-31-638.jpg?cb=1412253928http://image.slidesharecdn.com/rgimenlaboralespecialdelamicroypequeaempresamype-141002124352-phpapp02/95/rgimen-laboral-especial-de-la-micro-y-pequea-empresa-mype-32-638.jpg?cb=1412253928

  • 8/16/2019 Las Diferencias Entre Las AFP y La ONP

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    33.33. PEQUEÑA EMPRESA los trabajadores pertenecientes a las pequeñas

    empresas si tienen derecho a este beneficio legal. En este sentido, son aplicables

    las disposiciones del régimen común que regulan el pago de utilidades legales.

    34.34. EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO CAUSAS JUSTAS FallecimientoExtinción de la entidad contratante Renuncia Mutuo disenso Invalidez absoluta

    permanente o sobreviniente Resolución arbitraria o injustificada Inhabilitaciónadministrativa, judicial o política por más de tres meses Vencimiento del plazo

    contractual

    35.35. INDEMNIZACIÓN MICROEMPRESA Para el trabajador de la microempresa

    dicha indemnización equivale a diez (10) remuneraciones diarias por cada año

    completo de servicios, con un máximo de noventa (90)remuneraciones diarias.

    PEQUEÑA EMPRESA En el caso de los trabajadores de las pequeñas empresas,

    la indemnización por despido injustificado es equivalente a (20) remuneraciones

    diarias por cada año completo de servicios, con un máximo de (120)

    remuneraciones diarias.

    36.36. ¿QUÉ SUCEDE SI UN EMPLEADOR DESPIDE A UN TRABAJADOR DEL

    RÉGIMEN GENERAL CON LA FINALIDAD EXCLUSIVA DE SER REEMPLAZADO

    POR OTRO DENTRO DEL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL?, Y, ¿HASTACUANDO EL TRABAJADOR PODRÍA RECLAMAR POR TAL HECHO? Si un

    empleador despide a un trabajador del régimen general con la finalidad exclusivade reemplazarlo por otro dentro del régimen laboral especial, tendrá que pagar a

    dicho trabajador una indemnización especial equivalente a dos (2) remuneraciones

    mensuales por cada año laborado. Las fracciones de año se abonan por dozavos y

    treintavos, según corresponda. Esta causal deja a salvo las demás causales

    previstas en el régimen laboral general, así como su indemnizacióncorrespondiente. El trabajador podrá reclamar hasta (30) después del producido

    despido, correspondiéndole la carga de la prueba respecto de la finalidad acotada.

    37.37. SEGURIDADSOCIAL Nuevo Régimen de las MYPEs La nueva Ley de MYPE

    de las microempresas SIS Conductores y trabajadores Creado SPS No superen 40

    años de edad Afiliación OBLIGATORIA38.38. TRASLADO DE UN RÉGIMEN PREVISIONAL A OTRO AMNISTÍA LABORAL

    Y DE SEGURIDAD SOCIAL SNP SPP SPS Recursos acumulados Rentabilidad delos mismos Beneficio Regularización de obligaciones - Multas - Otras sanciones

    Nuevo Régimen de MYPE

    39.39. SANCIONES ADMINISTRATIVAS Incumplimiento de condiciones previstaspara el RLE MULTA Si el empleador comete simulación o fraude SANCIONES

    PREVISTAS EN LA LEGISLACIÓN VIGENTE MINISTERIO DE TRABAJO Y

    PROMOCIÓN DEL EMPLEO

    40.40. BENEFICIOS ADICIONALES Exonerado del 70% de los derechos de pago

    previstos en el TUPA del MTPE. El empleador acogido a este régimen laboral

    especial puede: Posibilidad de contratar con el ESTADO y participar en los

    programas de promoción de este.

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  • 8/16/2019 Las Diferencias Entre Las AFP y La ONP

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