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202
CONFERENCISTA: JORGE HERNAN ZULUAGA POTES INFORMACION EXOGENA EN MEDIOS ELECTRÓNICOS AÑO GRAVABLE 2013

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CONFERENCISTA: JORGE HERNAN ZULUAGA POTES

INFORMACION EXOGENA

EN MEDIOS ELECTRÓNICOS AÑO

GRAVABLE 2013

2

INFORMACION AÑO GRAVABLE 2013 ARTICULOS 623 A 631-1 DEL E.T.

FUNDAMENTO LEGAL:

RESOLUCION 273 de diciembre/10

Entidades Financieras: Arts. 623, 623-1 y

623-2

Cámaras de Comercio: Art. 624 E.T.

Bolsa , comisionistas de bolsa: Arts.

625 y 628 E.T

3

INFORMACION AÑO GRAVABLE 2013 ARTICULOS 623 A 631-1 DEL E.T.

FUNDAMENTO LEGAL:

RESOLUCION 273 de diciembre/10

Registraduría : Arts. 627 E.T.

Notarios: Art. 629 E.T.

Personas que elaboran facturas: Art.

629-1 E.T

4

INFORMACION AÑO GRAVABLE 2013 ARTICULOS 623 A 631-1 DEL E.T.

FUNDAMENTO LEGAL:

RESOLUCION 273 de diciembre/10

Cruce de terceros : Art. 631 E.T.

Grupos económicos : Art. 631-1 E.T.

Convenios: Art 58 ley 863/03

5

ARTICULO 1. Sujetos obligados a presentar información

por el año gravable 2013.

a) Las personas naturales y asimiladas, que en el año gravable

2012 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos

millones de pesos ($500.000.000).

b) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás

entidades públicas y privadas obligadas a presentar

declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o

de ingresos y patrimonio, que en el año gravable 2012 hayan

obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos

($100.000.000).

OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013

6

C) TODAS LAS ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO, LOS FONDOS DE

INVERSIÓN, LOS FONDOS DE VALORES, LOS FONDOS MUTUOS DE

INVERSIÓN, CARTERAS COLECTIVAS, (PARA LOS FONDOS Y

CARTERAS COLECTIVAS, TÉNGASE EN CUENTA EL DECRETO 2555

DE 2010, QUE RECOGIÓ Y REEXPIDIÓ LAS NORMAS DEL SECTOR

FINANCIERO, ASEGURADOR Y DEL MERCADO DE VALORES), LOS

FONDOS DE PENSIONES DE JUBILACIÓN E INVALIDEZ, LOS

FONDOS DE EMPLEADOS, LAS COMUNIDADES ORGANIZADAS Y

LAS DEMÁS PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS, SUCESIONES

ILÍQUIDAS Y SOCIEDADES DE HECHO QUE EFECTUARON

RETENCIONES EN LA FUENTE, DURANTE EL AÑO GRAVABLE 2013,

INDEPENDIENTEMENTE DEL MONTO DE LOS INGRESOS

OBTENIDOS.

OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013

7

D) LOS CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES QUE DURANTE

EL AÑO GRAVABLE 2013 HUBIEREN EFECTUADO

TRANSACCIONES ECONÓMICAS, SIN PERJUICIO DE LA

INFORMACIÓN QUE DEBAN SUMINISTRAR LOS CONSORCIADOS

DE LAS OPERACIONES INHERENTES A SU ACTIVIDAD

ECONÓMICA EJECUTADAS DIRECTAMENTE POR ELLOS.

E) LAS PERSONAS O ENTIDADES QUE ACTUARON COMO

MANDATARIOS O CONTRATISTAS, DURANTE EL AÑO

GRAVABLE 2013, EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES

EJECUTADAS EN DESARROLLO DE CADA UNO DE LOS

CONTRATOS DE MANDATO O DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA.

OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013

8

F) Las personas o entidades que actuaron en condición de “operador” o

quien haga sus veces, en condición de “solo riesgo” o poseedoras

del título minero, en los contratos de exploración y explotación de

hidrocarburos, gases y minerales, independientemente del monto de

sus ingresos.

G) Las Sociedades Fiduciarias que durante el año 2013

administraron patrimonios autónomos y encargos fiduciarios.

H) Los entes públicos del nivel nacional y territorial de los

órdenes central y descentralizado contemplados en el artículo

22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar

declaración de ingresos y patrimonio

OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013

9

I) Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los

órganos que financien gastos con recursos del Tesoro

Nacional, no enunciados en los literales b), o h) del presente

artículo, independiente de la cuantía de ingresos obtenidos

J) Las personas naturales y asimiladas, obligadas a presentar

declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de

ingresos y patrimonio, que hayan recibido ingresos para

terceros, cuando la suma de los ingresos propios mas los

ingresos recibidos para terceros, en el año 2013, sea superior

a quinientos millones de pesos ($500.000.000).

OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013

10

Nota: Para efectos de establecer la

obligación de informar prevista en la presente

resolución, los INGRESOS BRUTOS,

incluyen todos los ingresos ordinarios y

extraordinarios, de conformidad con lo

establecido en el artículo 26 del Estatuto

Tributario.

OBLIGADOS A ENVIAR INFORMACION Art. 19 RES. 273/2013

11

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

A) Las personas naturales y asimiladas, que

en el año gravable 2011 hayan obtenido

ingresos brutos superiores a quinientos

millones de pesos ($500.000.000). están

obligadas a suministrar la información de que

tratan los literales b), c), e), f), g), h), i) y k)

del artículo 631 del Estatuto Tributario.

12

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

B) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del

impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio,

que en el año gravable 2011 hayan obtenido ingresos brutos superiores a

cien millones de pesos ($100.000.000), están obligadas a suministrar la

información de que tratan los literales b), c), e), f), g), h), i) y k) del

artículo 631 del Estatuto Tributario.

Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas con ánimo de lucro, las

cooperativas y los fondos de empleados, obligadas a presentar declaración del

impuesto sobre la renta y complementarios, adicionalmente, deben

suministrar la información de que trata el literal a) del artículo 631 del

Estatuto Tributario.

13

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

C) Las personas o entidades enunciadas en el literal c) del

artículo 1 de la presente Resolución, están obligadas a

suministrar la información de que trata el literal b) y e) del

artículo 631 del Estatuto Tributario de conformidad con lo

establecido en el artículo 4 de esta Resolución.

D) Las entidades enunciadas en el literal d) del artículo 1 de la

presente Resolución, Consorcios y Uniones Temporales,

están obligadas a suministrar la información de que tratan

los literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto

Tributario.

Lo anterior sin perjuicio de la información que deban suministrar los

consorciados o asociados, si cumplen los topes establecidos en el artículo 1 de la

presente Resolución, de las operaciones inherentes a su actividad económica.

14

E) En los contratos de exploración y explotación de

hidrocarburos, gases y minerales, las personas o entidades que

actuaron en condición de "operador" o quien haga sus veces,

deberán informar el valor total de las operaciones inherentes a la

cuenta conjunta, de igual manera las personas o entidades que

actuaron en condición de "solo riesgo" y las personas o entidades

poseedoras de títulos mineros, deberán informar el valor total de

las operaciones, suministrando la información de que tratan los

literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto Tributario,

de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la

presente Resolución.

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

15

F ) Las personas o entidades que actuaron como mandatarios o

contratistas, están obligadas a suministrar la información de que

tratan los literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto

Tributario, relacionada con las operaciones inherentes a las

actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos

de mandato o de administración delegada, de conformidad con lo

establecido en el artículo 14 de la presente Resolución.

Lo anterior sin perjuicio de la información que deba suministrar

el mandatario o administrador si cumple los topes establecidos

en el artículo 1 de la presente Resolución, de las operaciones

inherentes a su actividad económica.

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

16

G) Las sociedades fiduciarias que durante el año 2013 administraron

patrimonios autónomos y/o encargos fiduciarios, deberán informar bajo su

propio NIT y Razón Social el valor patrimonial de los derechos fiduciarios,

las utilidades causadas, el valor de los ingresos recibidos con cargo a cada

uno de los fideicomisos, los pagos o abonos en cuenta realizados con

recursos del fideicomiso y las retenciones practicadas, de conformidad con

lo establecido en el artículo 15 de la presente Resolución.

Lo anterior sin perjuicio de la información que deba suministrar la

fiduciaria en relación con las operaciones propias.

H) Los entes públicos del nivel nacional y territorial, de los órdenes

central y descentralizado, señalados en el literal h) del artículo 1 de la

presente Resolución, están obligados a suministrar la información de que

tratan los literales b) y e) del artículo 631 del Estatuto Tributario, de

conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la presente Resolución.

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

17

j) Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los órganos

que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, no enunciados

en los literaleS, b) o h) del presente artículo, deberán suministrar la

información de que tratan los literales b) y e) del artículo 631 del

Estatuto Tributario, de conformidad con lo establecido en el artículo 16

de la presente Resolución.

K) Las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades

y asimiladas y demás entidades públicas y privadas, obligadas a

presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o

de ingresos y patrimonio, señaladas en el literal J) del artículo 1 de la

presente Resolución, están obligadas a suministrar la información de

que trata el literal g) del artículo 631 del Estatuto Tributario, de

conformidad con lo establecido en artículo 17 de la presente

Resolución.

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

18

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

Información a reportar por la fracción del año gravable. Las personas naturales que cancelen su registro mercantil o terminen sus actividades y las personas jurídicas y asimiladas, y demás entidades que se liquiden durante el año y que para la fecha de expedición de la presente Resolución no hayan cancelado el Registro Único Tributario y cumplan los requisitos para estar obligados a reportar la información de que trata el artículo 631 del Estatuto Tributario, deberán informar antes de la cancelación del Registro Único Tributario, por la fracción de año con el contenido y las características técnicas señalados en esta resolución.

19

COMO SE INFORMA:

FORMATO: a cuatro dígitos 0000

CONCEPTO: a cuatro dígitos 0000

•Cada clase de información se reporta en un FORMATO

•Cada tipo de información se reporta en un concepto

La información se debe reportar en archivo xml

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

20

EJEMPLO:

Información de pagos y abonos en cuenta :

FORMATO 1001

Tabla 1 – Conceptos

5001

Salarios y demás pagos laborales

5002

Honorarios

5003

Comisiones

5004

Servicios

5005

Arrendamientos

5006

Intereses y Rendimientos Financieros

5007

Compra de activos movibles

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

21

2. Formato del Archivo

El formato de Información de socios y accionistas, contiene

un documento XML, que está compuesto por dos

elementos complejos: Encabezado y Contenido, las cuales

se deben enviar en el orden enunciado.

Encabezado

Contenido Información 1

Contenido Información 2

...

Contenido Información N

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

22

1. El documento XML debe cumplir con la

especificación 1.0 Tercera edición.

2.2. El conjunto de caracteres utilizado en el

documento XML debe ser el alfabeto latino No. 1: “ISO-

8859-1”.

3.3. El archivo debe contener un documento XML

bien formado y valido de acuerdo al esquema XSD que

incluye en esta especificación técnica.

44. El archivo debe contener un elemento único

elemento raíz llamado “mas”, que a su vez contendrá

toda la información del archivo, tanto el encabezado

como los registros.

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

23

XML ejemplo

A continuación se incluye un ejemplo de un archivo XML bien formado para esta especificación técnica.

<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?>

<mas xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:noNamespaceSchemaLocation="1010.xsd">

<Cab>

<Ano>2001</Ano>

<CodCpt>1</CodCpt>

<Formato>1010</Formato>

<Version>6</Version>

<NumEnvio>1</NumEnvio>

<FecEnvio>2005-12-17T09:30:47-05:00</FecEnvio>

<FecInicial>2004-01-01</FecInicial>

<FecFinal>2004-12-31</FecFinal>

<ValorTotal>2055000000</ValorTotal>

<CantReg>3</CantReg>

</Cab>

<socios tdoc="31" nid="79852741" dv="5" apl1="Vasquez" apl2="Mariño" nom1="Juan" >

nom2="Alberto" dir="Calle 12 78 12" dpto="11" mun="1" val="10000000" vpar="2000000"/>

<socios tdoc="31" nid="444444444" dv="4" apl1="Heinz" apl2="Walter" nom1="Rizzo" dir="Cra 13 28-10" dpto="11" mun="1" val="2000000000" vpar="400000000"/>

<socios tdoc="31" nid="5920133" dv="4" apl1="Rojas" apl2="Moreno" nom1="Matusalen" nom2="Alejandro" dir="Diag 78 89 91" dpto="5" mun="1" val="45000000" vpar="90000000"/>

</mas>

24

Formato del Encabezado

El encabezado del archivo viene en el elemento “Cab”

y contiene los siguientes datos, todos de carácter

obligatorio:

(*) Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si es

necesario informar más de 5000 registros, se fraccionará

la información en archivos de 5000 registros o menos.

TIPO DE INFORMACIÓN A REPORTAR Art. 20 RES. 273/2013

25

ETIQUETA

DENOMINACION CASILLA

TIPO

LONGITUD CAMPO

VALIDACIONES

OBSERVACIONES

Ano

Año de envío

Int

4

Formato AAAA

CodCpt

Concepto

Int

2

1 = Inserción 2 = Reemplazo

Formato

Código del formato

Int

5

Información de socios y accionistas = 1010

Versión

Versión del formato

Int

2

Versión = 6

NumEnvio

Número de envío

Int

8

Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN

Consecutivo de envío por año.

FecEnvio

Fecha de envío

DateTime

19

Debe ser la fecha calendario.

Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS

FecInicial

Fecha Inicial

Date

10

Debe ser la fecha calendario.

Los registros corresponden mínimo ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD

FecFinal

Fecha Final

Date

10

Debe ser la fecha calendario.

Los registros corresponden máximo a ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD

ValorTotal

Valor Total

double

20

Corresponde a la sumatoria de la casilla “val” (Valor patrimonial acciones o aportes al 31 de diciembre) de los registros reportados.

CantReg

Cantidad de registros

Int

4

Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si se deben reportar más de 5000 registros se fraccionara la información en archivos de 5000 registros o menos.

Cantidad de registros reportados en el contenido.

26

CÓMO SE DEBE REPORTAR LA INFORMACIÓN ANEXOS RESOLUICIONES

Formato del Contenido

•En el contenido del archivo se deben incluir tantos registros como se

informó en la cabecera en el campo “Cantidad de registros”.

•Cada registro reportado debe mantener la misma estructura

previamente explicada y usada para la cabecera.

•El contenido del archivo viene en el elemento “socios” y se deben

incluir los siguientes datos para cada transacción reportada.

27

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación del Socio o Accionista

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del Accionista

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del Accionista

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del Accionista

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del Accionista

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del Accionista

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

dpto Código del Departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

mun Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

pais País de Residencia o domicilio

int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

val Valor patrimonial acciones o aportes al 31 de diciembre

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

por Porcentaje de participación

double 20 Siempre debe diligenciarse. Para valores con parte decimal, se debe diligenciar el valor sin separación decimal. Ejemplo: - Para el valor 12.78915, diligencie 1278915. - Para el valor 0.000001 diligencie 1. - Para el valor 100% diligencie 100. El porcentaje de participación máximo es 100%.

dec Porcentaje de participación (posición

decimal)

int 2 Siempre debe diligenciarse Diligencie el número de posiciones decimales

para el valor de la casilla anterior, contada desde la derecha del valor de la casilla. El valor de esta casilla puede ser máximo 20. Ejemplo: - Para el valor 12.78915, diligencie 5. - Para el valor 0.000001 diligencie 6. - Para el valor 100% diligencie 0. En caso de no tener valor decimal diligencie 0 (Cero).

28

CÓMO SE DEBE REPORTAR LA INFORMACIÓN ANEXOS RESOLUICIONES

Validaciones Generales

1. El archivo debe contener todos los campos definidos para el

encabezado y estos campos deben estar correctamente diligenciados.

2. La información del contenido del archivo debe corresponder al

esquema XSD entregado.

3. Los atributos que registran valores numéricos, se reportan con

valores numéricos positivos, sin signos ni puntuaciones, según lo

reportado por el informante o en su defecto con cero (0).

4. Los campos que corresponden a fechas, deben contener fechas

validas en cuanto a año, mes, y día.

29

CÓMO SE DEBE REPORTAR LA INFORMACIÓN ANEXOS RESOLUICIONES

Validaciones del Encabezado

1. Los campos concepto, formato y versión, deben venir diligenciados

con los valores estipulados en las especificaciones técnicas,

2. Año de envío, debe ser el año calendario.

3. Numero de envío, debe ser un número consecutivo por año para

todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN.

4. Fecha de envío, debe ser la fecha calendario, en formato AAAA-MM-

DDTHH:MM:SS.

5. Cantidad de registros, debe ser igual a la cantidad de registros

reportados en el contenido, que como máximo puede ser 5000 registros.

6. Valor total, corresponde a la sumatoria de la casilla “val” (Valor

patrimonial acciones o aportes al 31 de diciembre) de los registros

reportados.

17/06/11 30

Socios ó accionistas, comuneros y/o cooperados de la respectiva

entidad, que posean acciones y/o aportes superiors a $5.000.000.oo

con indicación del valor patrimonial a 31 de diciembre de 2.013 de las

acciones ó aportes y el valor porcentual de participación.

El valor patrimonial de las acciones y/o aportes debe ser informado

utilizando el valor intrínseco fiscal =

Patrimonio Liquido ó Patrimonio Liquido

# Acciones en circulación # de cuotas o partes de intéres social

Tratándose de aportes a cooperativas el monto a reportar será el

valor del aporte más su revalorización, Para los comuneros, el valor

patrimonial de sus derechos se establece de acuerdo con el

porcentaje de participación dentro del patrimonio líquido cuando el

valor a reportar resulte negativo, deberá informarse con valor cero

“0“

SOCIOS O ACCIONISTAS COMUNEROS Y/O COOPERADOS Lit a) art. 631. Art. 21 Res. 273/2013

SOCIOS O ACCIONISTAS COMUNEROS Y/O COOPERADOS Lit a) art. 631. Art. 21 Res. 273/2013

El valor de las participaciones o dividendos pagados o

abonados en cuenta en calidad de exigibles durante el

período, y el valor que del fondo de protección de

aportes creado con el remanente que fue pagado o

abonado en cuenta al cooperado, en el caso de las

cooperativas, deben ser reportados en el FORMATO

1001 versión 9 Pagos y abonos en cuenta y Retenciones

practicadas.

32

SOCIOS O ACCIONISTAS Lit a) art. 631. Art. 21 Res. 273/2013

COMO SE INFORMA:

FORMATO: 1010 ANEXO 8

Versión: 9

Acciones ó aportes: Un campo

Porcentaje de participación: Un campo

% participación posición decimal: Un campo

Los campos tipo de documento y Número de identificación forman

una llave única para este formato y no debe repetirse

33

SOCIOS Ó ACCIONISTAS DEL EXTERIOR

Valor: acumulado de acciones o aportes En

registro individual.

N.I.T.: Clave fiscal de su país.

Tipo Documento: 42

Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta

NIT 444449000

Tipo de documento: 43

País: De residencia

SOCIOS O ACCIONISTAS Lit a) art. 631. Art. 21 Res. 273/2013

17/06/11 JORGE HERNAN ZULUAGA

POTES

34

ETIQUETA

DENOMINACION CASILLA

TIPO

LONGITUD CAMPO

VALIDACIONES

OBSERVACIONES

Ano

Año de envío

Int

4

Formato AAAA

CodCpt

Concepto

Int

2

1 = Inserción 2 = Reemplazo

Formato

Código del formato

Int

5

Información de socios y accionistas = 1010

Versión

Versión del formato

Int

2

Versión = 6

NumEnvio

Número de envío

Int

8

Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN

Consecutivo de envío por año.

FecEnvio

Fecha de envío

DateTime

19

Debe ser la fecha calendario.

Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS

FecInicial

Fecha Inicial

Date

10

Debe ser la fecha calendario.

Los registros corresponden mínimo ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD

FecFinal

Fecha Final

Date

10

Debe ser la fecha calendario.

Los registros corresponden máximo a ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD

ValorTotal

Valor Total

double

20

Corresponde a la sumatoria de la casilla “val” (Valor patrimonial acciones o aportes al 31 de diciembre) de los registros reportados.

CantReg

Cantidad de registros

Int

4

Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si se deben reportar más de 5000 registros se fraccionara la información en archivos de 5000 registros o menos.

Cantidad de registros reportados en el contenido.

35

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación del Socio o Accionista

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del Accionista

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del Accionista

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del Accionista

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del Accionista

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del Accionista

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

dpto Código del Departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

mun Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

pais País de Residencia o domicilio

int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

val Valor patrimonial acciones o aportes al 31 de diciembre

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

por Porcentaje de participación

double 20 Siempre debe diligenciarse. Para valores con parte decimal, se debe diligenciar el valor sin separación decimal. Ejemplo: - Para el valor 12.78915, diligencie 1278915. - Para el valor 0.000001 diligencie 1. - Para el valor 100% diligencie 100. El porcentaje de participación máximo es 100%.

dec Porcentaje de participación (posición

decimal)

int 2 Siempre debe diligenciarse Diligencie el número de posiciones decimales

para el valor de la casilla anterior, contada desde la derecha del valor de la casilla. El valor de esta casilla puede ser máximo 20. Ejemplo: - Para el valor 12.78915, diligencie 5. - Para el valor 0.000001 diligencie 6. - Para el valor 100% diligencie 0. En caso de no tener valor decimal diligencie 0 (Cero).

36

BEFICIARIOS DE PAGOS O ABONOS EN CUENTA (Causación) QUE

CONSTITUYAN COSTO O DEDUCCION O DEN DERECHO DE

IMPUESTO DESCONTABLE INCLUIDA LA COMPRA DE ACTIVOS

FIJOS ó MOVIBLES:

IGUALMENTE, DEBERÁN SUMINISTRARSE LOS PAGOS EN

CUENTA (CAUSACIÓN) QUE NO FUERON SOLICITADOS

FISCALMENTE COMO COSTO O DEDUCCIÓN, SEGÚN EL

CONCEPTO CONTABLE A QUE CORRESPONDAN.

Indicando el valor de las retenciones en la fuente practicadas o

asumidas a título de renta e IVA, autorretenciones y timbre,

según el concepto a que corresponda en el FORMATO 1001

versión 9 Pagos y abonos en cuenta y Retenciones practicadas,

de la siguiente manera:

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

37

Las personas o entidades enunciadas en el literal C) de los

artículos 19 y 20 de la presente Resolución, agentes de retención,

deberán informar la totalidad de las operaciones realizadas por

pagos o abonos en cuenta y retenciones en la fuente practicadas, en

el concepto a que correspondan, sin tener en cuenta el valor

mínimo a reportar señalado en el Parágrafo 1 del presente artículo.

El valor de Retención en la fuente practicada por Renta, Retención

en la fuente asumida por Renta, Retención en la fuente practicada a

responsables del Régimen común, Retención en la fuente por

concepto de IVA asumida Régimen Simplificado y Retención en

la fuente practicada por IVA a no domiciliados, son de obligatorio

diligenciamiento con el valor correspondiente, en caso de no tener

ningún valor, diligenciar cero (0).

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

38

Los pagos o abonos en cuenta (causación) que

constituyan costo o deducción o den derecho a impuesto

descontable, deben ser diligenciados en la columna de

pagos o abonos en cuenta deducibles, y los pagos o

abonos en cuenta (causación) no solicitados fiscalmente

como costo o deducción, según el concepto contable a

que correspondan, deben ser diligenciados en la columna

de pagos o abonos en cuenta no deducibles.

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

39

Asalariados (salarios, honorarios, comisiones, servicios y demás

pagos y acumulados >s a $ 10.000.000

Se debe reportar el pago efectuado directamente al trabajador en

el año 2013

En el caso de salarios, prestaciones sociales y demás pagos laborales devengados por

el trabajador, se debe reportar el valor efectivamente pagado en el año gravable 2013.

Demás pagos como:

Aportes parafiscales, aportes obligatorios para salud y fondo de

pensiones, cargos diferidos, adquisición de activos fijos,

adquisición de activos movibles, honorarios, comisiones, servicios,

donaciones, rendimientos financieros, arrendamientos, impuestos,

amortizaciones, otros costos.

>s a $ 500.000

40

Asalariados (salarios, honorarios, comisiones, servicios y demás pagos y

demás pagos acumulados >s a $ 10.000.000

EJEMPLO: A CAMILO JARAMILLO, le efectuaron los siguientes pagos:

COMPRA DE MATERIA PRIMA $ 900.000.

HONORARIOS $ 800.000.

SALARIOS 9.000.000

TOTAL 10.700.000.

EN ESTE CASO SE DEBE REPORTAR ASI:

FORMATO 1001

CONCEPTO 5007 900.000

5002 800.000

5001 9.000.000

41

EL VALOR MINIMO A REPORTAR POR CADA BENEFICIARIO ES DE

$500.000 NO OBSTANTE AL DISCRIMINAR POR CADA CONCEPTO, LOS

VALORES A REPORTAR SEAN MENORES.

EJEMPLO: A ANDREA GOMEZ , le efectuaron los siguientes pagos:

COMPRA DE MATERIA PRIMA $ 300.000

HONORARIOS $ 400.000

TOTAL 700.000

EN ESTE CASO SE DEBE REPORTAR ASI:

FORMATO 1001

CONCEPTO 5007 300.000

5002 400.000

42

Los pagos que acumulados por beneficiario por todo concepto que sean menores a quinientos mil pesos ($500.000), se informarán en un solo registro:

NIT: 222222222

Razón social CUANTÍAS MENORES

Tipo documento 43

Dirección: Informante

FORMATO: 1001. ANEXO 2

CONCEPTO: QUE CORRESPONDA

EL INFORMANTE PODRA REPORTAR LOS PAGOS O ABONOS INFERIORES A DICHA CUANTIA CUMPLIENTO CON LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS

43

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

PAGOS O ABONOS EN CUENTA DEL EXTERIOR

Valor: acumulado del pago o abono en cuenta En

registro individual.

N.I.T.: Clave fiscal de su país.

Tipo Documento: 42

Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta

NIT 444449000

Tipo de documento: 43

País: De residencia

44

Las entidades del régimen tributario especial, deberán

reportar la totalidad de los egresos efectuados en el año

gravable 2013, de las actividades desarrolladas en

cumplimiento de su objeto social.

De conformidad con los conceptos y montos establecidos

INFORMACION DE LAS ENTIDADES DEL

RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL,

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

45

CARGOS DIFERIDOS

Cuando se trate de erogaciones efectuadas por el informante

que tengan el carácter de cargos diferidos o gastos pagados por

anticipado, se debe informar el valor del pago o abono

registrado en dichas cuentas.

INFORMACION DE LAS ENTIDADES NO

CONTRIBUYENTES QUE NO ESTÁN OBLIGADAS A

PRESENTAR DECLARACIÓN DE INGRESIOS O PATRIMONIO

deberán informar el valor total de los egresos diligenciándolos en

la columna de pagos o abonos en cuenta deducibles y diligenciar

cero (0) en la columna de pagos o abonos en cuenta no deducibles.

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

46

Los pagos correspondientes a los aportes parafiscales y fondos de

pensiones obligatorios se deben reportar en cabeza de las entidades

autorizadas para recaudar estos rubros. Reportar los valores deducibles

del empleador en la columna pagos o abonos en cuenta deducibles y los

aportes correspondientes al empleado, se deben diligenciar en la

columna de pagos o abonos en cuenta no deducibles, según

correspondan.

Las autorretenciones deberán ser reportadas bajo el NIT del informante,

diligenciando el valor en la columna de pagos o abonos en cuenta no

deducibles y cero (0) en la columna de pagos y abonos en cuenta deducibles.

Parágrafo 14. El valor correspondiente al impuesto sobre las ventas

llevado como mayor valor del costo o gasto, se debe informar en el FORMATO 1001 versión 9.

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

47

El valor base de retención sobre ingresos de tarjetas débito

y crédito, el valor de enajenación de activos fijos de

personas naturales ante oficinas de tránsito y otras

autoridades, el valor acumulado de la devolución de pagos

o abonos en cuenta correspondientes a operaciones de años

anteriores que fueron anuladas rescindidas o resueltas, el

valor base de las retenciones practicadas a título de

impuesto de timbre y el valor base de las devoluciones de

retenciones a título de impuesto de timbre, se deben

reportar en la columna de pagos o abonos en cuenta no

deducibles y diligenciar cero (0) en la columna de pagos o

abonos en cuenta deducibles.

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

48

Las entidades públicas que celebren contratos de

construcción y de obra, suministro, consultoría, prestación

de servicios y concesión, deberán informar el valor de los

pagos o abonos en cuenta que correspondan al contrato

efectivamente realizado y recibido durante el año gravable

2013.

Sin importar que corresponda a contratos celebrados en años

anteriores, en el concepto correspondiente.

INFORMACION PARA ENTIDADES PÚBLICAS

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

49

Las autorretenciones a título de impuesto sobre la renta e

Impuesto sobre la Renta para la equidad CREE deberán ser

reportadas bajo el NIT del informante, diligenciando el valor en la

columna de pagos o abonos en cuenta no deducibles y cero (0) en la

columna de pagos y abonos en cuenta deducibles.

El valor de las Retenciones en la fuente practicadas por el Impuesto

sobre la renta para la equidad CREE, entre los meses de mayo y agosto

de 2013 (antes de que iniciara la autorretención general de este

impuesto), se debe reportar según el concepto contable a que

corresponda en la columna de retenciones practicadas a título de CREE

y son de obligatorio diligenciamiento con el valor correspondiente, en

caso de no tener valor, diligenciar cero (0).

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

50

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

Los pagos o abonos en cuenta y retención

en la fuente se deben reportar en

FORMATO 1001, Versión 9 ,Anexo 1

según el CONCEPTO a que corresponda

51

ETIQUETA

DENOMINACION CASILLA

TIPO LONGITUD CAMPO

VALIDACIONES OBSERVACIONES

Ano Año de envío Int 4

Formato AAAA

CodCpt Concepto Int 2 1 = Inserción 2 = Reemplazo

Formato Código del formato

Int 5 Pagos o abonos en cuenta = 1001

Versión Versión del formato

Int 2 Versión = 6

NumEnvio Número de envío

Int 8 Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN

Consecutivo de envío por año.

FecEnvio Fecha de envío datetime

19 Debe ser la fecha calendario.

Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS

FecInicial Fecha Inicial Date 10 Debe ser la fecha calendario.

Los registros corresponden mínimo ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD

FecFinal Fecha Final Date 10 Debe ser la fecha calendario.

Los registros corresponden máximo a ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD

ValorTotal Valor Total Double 20 Corresponde a la sumatoria de la casilla “pag” (Pago o Abono en

cuenta) de los registros reportados.

CantReg Cantidad de registros

int 4 Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si se deben reportar más de 5000 registros se fraccionara la información en archivos de 5000 registros o menos.

Cantidad de registros reportados en el contenido.

Pagos o abonos en cuenta Lit e) art. 631. Art. 22 Res. 273/2013

52

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD

CRITERIOS

cpt Concepto int 4 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.

tdoc Tipo de documento int 2 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.

nid Número identificación string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.

dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

dpto Código departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

mun Código municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

pago Pago o abono en cuenta deducible

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

pnded Pago o abono en cuenta NO deducible

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

ided IVA mayor valor del costo o gasto deducible

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

inded IVA mayor valor del costo o gasto no deducible

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

retp Retención en la fuente practicada Renta

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

reta Retención en la fuente asumida Renta

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

comun Retención en la fuente practicada Iva Régimen común

double

20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

simp Retención en la fuente asumida IVA Régimen Simplificado

double

20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

ndom Retención en la fuente practicada Iva no domiciliados

double

20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

ndom Retención en la fuente practicada CREE

ndom 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

ndom Retención en la fuente Asumida CREE

ndom 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

53

INFORMACION DE RETENCIONES EN LA FUENTE QUE LE

PRACTICARON A TITULO DE RENTA Y DE IMPUESTO SOBRE

LAS VENTAS.

De acuerdo con lo establecido en el literal c) del artículo 631 del

Estatuto Tributario, los obligados a presentar información, deberán

suministrar los apellidos y nombres o razón social e identificación de

cada una de las personas o entidades que les hubieren practicado

retención en la fuente en el año gravable 2013, con indicación del

concepto y el valor de la retención que le practicaron:

FORMATO 1003 VERSION 7 ANEXO 2

según el concepto a que corresponda

Retenciones en la fuente que le practicaron Lit c) art. 631. Art. 23 Res. 273/2013

54

Retenciones en la fuente que le practicaron Lit c) art. 631. Art. 23 Res. 273/2013

a. Salarios prestaciones y demás pagos laborales en el concepto 1301.

b. Ventas en el concepto 1302.

c. Servicios en el concepto 1303.

d. Honorarios en el concepto 1304.

e. Comisiones en el concepto 1305.

f. Intereses y rendimientos financieros en el concepto 1306.

g. Arrendamientos en el concepto 1307.

h. Otros conceptos en el concepto 1308.

i. Impuesto sobre las ventas en el concepto 1309.

j. Retención por impuesto CREE 1300

55

Retenciones en la fuente que le practicaron Lit c) art. 631. Art. 23 Res. 273/2013

j. Retención por dividendos y participaciones, en el concepto 1310.

k. Retención por enajenación de activos fijos de personas naturales

ante oficinas de tránsito y otras entidades autorizadas,

en el concepto 1311.

l. Retención por ingresos de tarjetas débito y crédito, en el concepto 1312.

m. Retención por loterías, rifas, apuestas y similares, en el concepto 1313.

n. Retención por impuesto de timbre, en el concepto 1314.

56

ETIQU

ETA

DENOMINACIO

N CASILLA

TIPO LONGITUD

CAMPO

VALIDACIONES OBSERVACIONES

Ano Año de envío int 4

Formato AAAA

CodCpt

Concepto int 2 1= Inserción 2= Reemplazo

Formato

Código del formato

int 5 Retenciones en la fuente que le practicaron = 1003

Versión

Versión del formato

int 2

Versión = 6

NumEnvio

Número de envío

int 8 Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN

Consecutivo de envío por año.

FecEnvio

Fecha de envío

datetime 19 Debe ser la fecha calendario.

Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS

FecInicial

Fecha Inicial Date 10 Debe ser la fecha calendario.

Los registros corresponden mínimo ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD

FecFinal

Fecha Final date 10 Debe ser la fecha calendario.

Los registros corresponden máximo a ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD

ValorTotal

Valor Total double 20 Corresponde a la sumatoria de la casilla “ret” (Retención en la fuente que le practicaron) de los registros reportados.

CantReg

Cantidad de registros

int 4 Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si se deben reportar más de 5000 registros se fraccionara la información en archivos de 5000 registros o menos.

Cantidad de registros reportados en el contenido.

57

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del Informado

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 Siempre debe informarse.

dpto Código del Departamento

int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. Siempre debe informarse.

mcpo Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. Siempre debe informarse.

valor Valor acumulado del pago o abono sujeto a Retención en la fuente

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe informarse.

ret Retención en la fuente que le practicaron

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe informarse.

58

INFORMACION DE LOS DESCUENTOS TRIBUTARIOS

SOLICITADOS.

NO SE INFORMAN

Descuentos tributarios Lit d) art. 631.

59

Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013 INFORMACION DE INGRESOS RECIBIDOS EN EL AÑO

Conforme con lo dispuesto en el literal f) del artículo 631 del Estatuto

Tributario, los obligados a presentar información, deberán suministrar

apellidos y nombres o razón social, identificación y país de residencia o

domicilio de cada una de las personas o entidades, nacionales o extranjeras,

de quienes se recibieron ingresos, cuando el valor acumulado del ingreso

obtenido por el año gravable 2013 hubiese sido igual o superior a un millón

de pesos ($1.000.000)

indicando el valor total de los ingresos brutos recibidos, el valor de las

devoluciones, rebajas y descuentos,

especificando el origen de los ingresos recibidos por operaciones de

Consorcios o Uniones Temporales, o en Contratos de Mandato y/ o

Administración Delegada, o en Contratos de Exploración y Explotación de

Minerales, o en Contratos de Fiducia y los ingresos recibidos a través de

terceros.

60

Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013

INFORMACION DE INGRESOS RECIBIDOS EN EL AÑO

Diligenciar en la columna de Ingresos brutos recibidos por

operaciones propias la totalidad de los ingresos sin incluir los

Ingresos a través de Consorcios o Uniones Temporales, Ingresos a

través de contratos de mandato o administración delegada, Ingresos a

través de contratos de exploración y explotación de minerales,

Ingresos a través de Contratos de Fiducia e Ingresos recibidos a

través de terceros.

Diligenciar en la columna de Devoluciones, rebajas y descuentos, el

valor correspondiente a la totalidad de las Devoluciones, rebajas y

descuentos.

61

Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013

Las columnas de Ingresos brutos recibidos por operaciones propias,

Ingresos a través de Consorcio o Uniones temporales, Ingresos a

través de contratos de mandato o administración delegada, Ingresos a

través de contratos de exploración y explotación de minerales,

Ingresos a través de contratos de Fiducia, Ingresos recibidos a

través de terceros y Devoluciones, rebajas y descuentos, son de

obligatorio diligenciamiento con el valor correspondiente, en caso de

no tener ningún valor, diligenciar cero (0).

En la información de los ingresos recibidos a través de Consorcios o

Uniones temporales, Contratos de mandato o administración

delegada, Contratos de Exploración y Explotación de Minerales,

Contratos de Fiducia y los recibidos a través de terceros, se debe

reportar la identificación, nombres y apellidos, razón social y país de

los terceros que administraron el contrato.

62

Los ingresos se reportan en FORMATO 1007. V.8 ANEXO 6

- Ingresos brutos operacionales. 4001.

- Ingresos no operacionales. 4002.

- Intereses y rendimientos financieros. 4003.

- Ingresos por intereses correspondientes a

créditos hipotecarios 4004

Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013

63

INGRESOS OBTENIDOS DEL EXTERIOR.

Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013

Valor: acumulado del pago o abono en cuenta En

registro individual.

N.I.T.: Clave fiscal de su país.

Tipo Documento: 42

Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta

NIT 444449000

Tipo de documento: 43

País: De residencia

64

El valor mínimo a reportar por cada persona de quien se recibieron ingresos

es de un millón de pesos ($1.000.000), no obstante que al discriminar por

concepto los valores a reportar, estos sean menores.

Sin embargo a opción del informante podrán reportarse los ingresos

menores a dicha cuantía, cumpliendo con las especificaciones técnicas

establecidas.

Los ingresos obtenidos en los cuales no sea posible identificar al adquirente

de los bienes o servicios (documentos equivalentes o sustitutivos de la

factura) y los ingresos menores a un millón de pesos ($1.000.000), se

informarán en un solo registro con NIT 222222222 y razón social

“CUANTIAS MENORES” en el concepto a que correspondan.

Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 24 Res. 273/2013

65

ETIQUETA

DENOMINACION CASILLA

TIPO LONGITUD CAMPO

VALIDACIONES OBSERVACIONES

Ano Año de envío Int 4

Formato AAAA

CodCpt Concepto Int 2 1 = Inserción 2 = Reemplazo

Formato

Código del formato

Int 5 Ingresos recibidos = 1007

Versión Versión del formato

Int 2 Versión = 6

NumEnvio

Número de envío

Int 8 Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envié a la DIAN

Consecutivo de envío por año.

FecEnvio

Fecha de envío

DateTime 19 Debe ser la fecha calendario.

Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS

FecInicial

Fecha Inicial Date 10 Debe ser la fecha calendario.

Los registros corresponden mínimo ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD

FecFinal

Fecha Final Date 10 Debe ser la fecha calendario.

Los registros corresponden máximo a ésta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD

ValorTotal

Valor Total double 20 Corresponde a la sumatoria de la casilla “ing” (Ingresos brutos

recibidos) de los registros reportados.

CantReg

Cantidad de registros

Int 4 Se enviarán archivos con máximo 5000 registros; si se deben reportar más de 5000 registros se fraccionara la información en archivos de 5000 registros o menos.

Cantidad de registros reportados en el contenido.

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

cpt Concepto int 4 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.

tdoc Tipo de documento int 2 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.

nid Número identificación string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.

dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio

int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

ipro Ingresos brutos recibidos por operaciones propias

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

icon Ingresos a través de Consorcio o Uniones temporales

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

iman Ingresos a través de contratos de mandato o administración delegada

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

iexp Ingresos a través de exploración y explotación de minerales

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

ifid Ingresos a través de fiducia

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

iter Ingresos recibidos a través de terceros

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

dev Devoluciones, rebajas y descuentos

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

67

I.V.A. descontable Lit D) art. 631. Art. 25 Res. 273/2013

I.V.A. DESCONTABLE

Se debe informar el valor del impuesto sobre las ventas descontable, incluido el valor del impuesto sobre las ventas resultante en devoluciones, en ventas anuladas, rescindidas o resueltas correspondientes al año gravable 2013. EL VALOR DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS DESCONTABLE

CORRESPONDIENTE AL VALOR DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS

GENERADO DE LAS VENTAS DEVUELTAS, ANULADAS, RESCINDIDAS

O RESUELTAS DEL AÑO GRAVABLE 2013, SE INFORMARÁ TAL COMO

FUE REPORTADO CON OCASIÓN DEL IMPUESTO GENERADO.

FORMATO 1005 VERSION 7 ANEXO 4

68

IMPUESTO A LAS VENTAS DESCONTABLE PRESTADO POR

PERSONAS SIN DOMICILIO O RESIDENCIA EN EL PAIS

Ingresos recibidos Lit f) art. 631. Art. 25 Res. 273/2013

Valor: Impuesto a las ventas descontable prestado

por personas sin domicilio o residencia en el

pais

N.I.T.: Clave fiscal de su país.

Tipo Documento: 42

Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta

NIT 444449000

Tipo de documento: 43

País: De residencia

69

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

vimp Impuesto descontable double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

ivade IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

70

I.V.A. Generado Lit D) art. 631. Art. 25 Res. 273/2013

IMPUESTO GENERADO.

El valor del impuesto generado de operaciones donde el

valor acumulado del ingreso hubiese sido igual o superior a

un millón de pesos ($1.000.000) y el valor del impuesto

sobre las ventas recuperado en devoluciones en compras

anuladas, rescindidas o resueltas, correspondientes al año

gravable 2013, indicando los apellidos y nombres o razón

social e identificación de cada uno de los terceros en el

FORMATO 1006. VERSION 7 ANEXO 5

71

I.V.A. Generado Lit D) art. 631. Art. 25 Res. 273/2013

IMPUESTO GENERADO.

El Impuesto sobre las Ventas generado en operaciones donde no sea posible identificar al adquirente de los bienes o servicios por el sistema de facturación que se utilice o el que corresponda a operaciones acumuladas por tercero inferiores a un millón de pesos ($1.000.000), se informará acumulado en un solo registro con identificación 222222222, razón social “CUANTIAS MENORES” y tipo documento 43.

72

I.V.A. Generado Lit D) art. 631. Art. 25 Res. 273/2013

IMPUESTO GENERADO CON NO RESIDENTES.

Valor: acumulado del IVA generado de

operacioones con personas o entidades sin

residencia.

N.I.T.: Clave fiscal de su país.

Tipo Documento: 42

Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta

NIT 444449000

Tipo de documento: 43

País: De residencia

73

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

tdoc Tipo de documento int 2 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.

nid Número identificación string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.

dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

imp Impuesto generado double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

iva IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

74

INFORMACION DEL SALDO DE LOS PASIVOS A 31 DE

DICIEMBRE DE 2013.

Conforme con lo establecido en el literal h) del artículo 631 del Estatuto

Tributario los obligados a presentar información, deberán informar cada

uno de los acreedores por pasivos de cualquier índole cuando:

El saldo acumulado por acreedor a 31 de diciembre del año gravable

2013 sea igual o superior a cinco millones de pesos ($5.000.000).

Si, el saldo total de los pasivos a 31 de diciembre de 2013, es superior a

quinientos millones de pesos ($500.000.000) deberá informarse cada

uno de los acreedores con saldos acumulados superiores a un millón de

pesos ($1.000.000).

FORMATO 1009 VERSION 7 ANEXO 08

Pasivos Lit h) art. 631. Art. 10 Res. 273/2013 Pasivos Lit h) art. 631. Art. 26 Res. 273/2013

75

- El valor del saldo de los pasivos con proveedores, en el concepto

2201.

- El valor del saldo de los pasivos con compañías vinculadas accionistas y socios,

2202.

- El valor del saldo de las obligaciones financieras.

2203.

- El valor del saldo de los pasivos por impuestos, gravámenes y tasas.

2204.

Pasivos Lit h) art. 631. Art. 26 Res. 273/2013

76

- El valor del saldo de los pasivos laborales incluido el cálculo actuarial.

2205 con el NIT del informante.

- El valor del saldo de los demás pasivos.

2206.

- El valor del saldo de los pasivos determinado por el cálculo actuarial.

2207 con el NIT del informante.

- Valor de los pasivos exclusivos de las compañías de seguros

2209

-Valor de los pasivos respaldados con documentos de fecha cierta

2208

Pasivos Lit h) art. 631. Art. 26 Res. 273/2013

77

PASIVOS DEL EXTERIOR.

Valor: acumulado de los acreedores En

registro individual.

N.I.T.: Clave fiscal de su país.

Tipo Documento: 42

Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta

NIT 444449000

Tipo de documento: 43

País: De residencia

Pasivos Lit h) art. 631. Art. 26 Res. 273/2013

78

El saldo mínimo a reportar por cada acreedor es de cinco millones de pesos

($5.000.000) ó un millón de pesos ($1.000.000) no obstante que al discriminar el

saldo por concepto, los valores a reportar sean menores.

Cuantías menores

NIT: 222222222

Razón social CUANTÍAS MENORES

Tipo documento 43

Dirección: Informante

FORMATO: 1009. ANEXO 9

CONCEPTO: QUE CORRESPONDA

Sin embargo a opción del informante podrán reportarse los pasivos menores a dicha

cuantía cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas.

79

ATRIBUTO

DENOMINACION CASILLA

TIPO

LONGITUD

CRITERIOS

cpt

Concepto

int

4

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc

Tipo de Documento

int

2

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid

Número de Identificación

String

20

Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv

Digito de Verificación

int

1

Si se conoce debe diligenciarse

apl1

Primer Apellido del Deudor

string

60

En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2

Segundo Apellido del Deudor

string

60

En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1

Primer Nombre del Deudor

string

60

En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2

Otros Nombres del Deudor

string

60

En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz

Razón Social del Deudor

string

450

En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir

Dirección

string

200

En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

dpto

Código del Departamento

int

2

Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse mun

Código del Municipio

int

3

Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse país

País de Residencia o domicilio

int

4

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

sal

Saldo cuentas por pagar al 31 de diciembre

20

El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

80

INFORMACION DE LOS DEUDORES DE CREDITOS

ACTIVOS A 31 DE DICIEMBRE DE 2013.

Conforme con lo establecido por el literal i) del artículo 631 del Estatuto

Tributario, los obligados a presentar información, deberán informar cada uno de

los deudores por concepto de créditos activos, cuando:

El saldo acumulado por deudor a 31 de diciembre del año gravable 2013, sea

igual o superior a cinco millones de pesos ($5.000.000).

Si, el saldo total de los créditos a 31 de diciembre de 2013, es superior a

quinientos millones de pesos ($500.000.000) deberá informarse cada uno de los

deudores con saldos acumulados superiores a un millón de pesos ($1.000.000).

FORMATO 1009. VERSION 7 ANEXO 7

Deudores Lit h) art. 631. Art. 27 Res. 273/2013

81

-El valor total del saldo de las cuentas por cobrar a clientes.

Concepto 1315.

- El valor total del saldo de las cuentas por cobrar a accionistas,

socios y compañías vinculadas.

Concepto 1316.

- El valor total de otras cuentas por cobrar.

Concepto 1317.

- El valor total del saldo fiscal de la provisión de cartera.

Concepto 1318, Identificándolo con el NIT del Deudor

.

Deudores Lit h) art. 631. Art. 27 Res. 273/2013

82

DEUDORES DEL EXTERIOR.

Valor: acumulado de los deudores En

registro individual.

N.I.T.: Clave fiscal de su país.

Tipo Documento: 42

Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta

NIT 444449000

Tipo de documento: 43

País: De residencia

Deudores Lit h) art. 631. Art. 27 Res. 273/2013

83

El saldo mínimo a reportar por cada deudor es de cinco millones de pesos

($5.000.000) ó un millón de pesos ($1.000.000) no obstante que al discriminar el

saldo por concepto, los valores a reportar sean menores.

Cuantías menores

NIT: 222222222

Razón social CUANTÍAS MENORES

Tipo documento 43

Dirección: Informante

FORMATO: 1009. ANEXO 9

CONCEPTO: QUE CORRESPONDA

Sin embargo a opción del informante podrán reportarse los deudores menores a

dicha cuantía cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas.

84

ATRIBUTO

DENOMINACION CASILLA

TIPO

LONGITUD

CRITERIOS

cpt

Concepto

int

4

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc

Tipo de Documento

Int

2

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid

Número de Identificación

string

20

Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv

Digito de Verificación

int

1

Si se conoce debe diligenciarse

apl1

Primer Apellido del Deudor

string

60

En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2

Segundo Apellido del Deudor

string

60

En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1

Primer Nombre del Deudor

string

60

En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2

Otros Nombres del Deudor

string

60

En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz

Razón Social del Deudor

string

450

En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir

Dirección

string

200

En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

dpto

Código del Departamento

int

2

Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse mun

Código del Municipio

int

3

Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse país

País de Residencia o domicilio

int

4

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

sal

Saldo cuentas por Cobrar al 31 de diciembre

double

20

El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

85

INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA NI GANANCIA

OCASIONAL

VALOR TOTAL SOLICITADO COMO RENTA EXENTA EN EL AÑO

GRAVABLE 2013.

COSTOS Y DEDUCCIONES

COMPENSACIONES

FORMATO 1011. VERSION 7. ANEXO 11

Valor del inventario inicial del

FORMATO 1011. ANEXO 10

Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013

86

FORMATO 1011 ANEXO 11

EFECTIVO, ACTIVOS FIJOS, INVENTARIOS, GANADEROS,

INGRESOS NO CONSTITUTIVOS, RENTAS EXENTAS, COSTOS Y

DEDUCCIONES

Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013

ATRIBUTO

DENOMINACION CASILLA

TIPO

LONGITUD

CRITERIOS

cpt

Concepto

int

4

Siempre debe informarse. De acuerdo a los definidos por resolución.

sal

Saldos al 31 de diciembre

double

20

Siempre debe informarse. El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas.

87

Saldo a 31 de Diciembre de 2013 de las cuentas

corrientes y/o ahorro que posea en el país, indicando el

saldo acumulado por entidad financiera la razón social y

NIT de la entidad financiera.

FORMATO 1012 ANEXO 11 Concepto 1110

Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013

88

CUENTAS DEL EXTERIOR.

FORMATO 1012 VERSION 7 ANEXO 12 Concepto 1115

Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013

Valor: Saldo de las cuentas corrientes y/o

de ahorros solo registro.

N.I.T.: Clave fiscal de su país.

Tipo Documento: 42

Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta

NIT 444449000

Tipo de documento: 43

País: De residencia

89

Valor Patrimonial a 31 de diciembre de 2013 de las inversiones

FORMATO 1012 ANEXO 12

El valor patrimonial de los bonos.

Concepto 1200.

El valor patrimonial de los certificados de depósito.

Concepto 1201.

Valor patrimonial de los títulos

Concepto 1202.

Valor patrimonial de los derechos fiduciarios.

Concepto 1203.

Valor patrimonial de las demás inversiones poseídas.

Concepto 1204.

Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013

90

INVERSIONES DEL EXTERIOR.

Valor: Saldo de las cuentas corrientes y/o

de ahorros solo registro.

N.I.T.: Clave fiscal de su país.

Tipo Documento: 42

Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta

NIT 444449000

Tipo de documento: 43

País: De residencia

Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013

91

Razón social y NIT de las sociedades anónimas o asimiladas limitadas o asimiladas, en las cuales es socio o accionista con indicación del valor patrimonial de las acciones o aportes poseídos a 31 de Diciembre de 2013.

FORMATO 1012 versión 7,

concepto 1205.

Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013

92

SOCIEDADES DE LAS CUALES ES SOCIO O ACCIONISTA DEL

EXTERIOR.

Valor: Sociedad del exterior

N.I.T.: Clave fiscal de su país.

Tipo Documento: 42

Sí no existe clave fiscal: Comenzando en NIT 444444001 hasta

NIT 444449000

Tipo de documento: 43

País: De residencia

Informacion declaraciones Lit k) art. 631. Art. 28 Res. 273/2013

93

ATRIBUTO

DENOMINACION CASILLA

TIPO

LONGITUD

CRITERIOS

cpt

Concepto

int

4

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc

Tipo de Documento

int

2

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid

Número de Identificación

String

20

Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv

Digito de Verificación

int

1

Si se conoce debe diligenciarse

apl1

Primer Apellido del Informado

string

60

En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2

Segundo Apellido del Informado

string

60

En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1

Primer Nombre del Informado

string

60

En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2

Otros Nombres del Informado

string

60

En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz

Razón Social del Informado

string

450

En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

país

País de Residencia o domicilio

int

4

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

val

Valor al 31 de diciembre de 2005

double

20

El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

94

Las operaciones ejecutadas a través de Consorcios o Uniones

Temporales que constituyan costo o deducción para los consorciados o

para los miembros de las Uniones Temporales, deberán ser informadas

por quién haya sido escogido para el cumplimiento de la obligación de

expedir factura, conforme con las opciones establecidas en el artículo

66 de la Ley 488 de 1.998 y artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, con

indicación de los apellidos y nombres o razón social, identificación y

dirección de cada uno de los terceros, de la siguiente manera:

En ningún caso la información reportada por el

consorcio y/o unión temporal deberá ser informada por

el consorciado o asociado

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013

95

Los pagos o abonos en cuenta que constituyan

costo o deducción para los consorciados o

miembros del consorbcio y las retenciones

practicadas durante el año gravable 2013

FORMATO 1043 VERSION 9 ANEXO 13

Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en

el artículo 22 de la presente Resolución.

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA

con Concepto

tdoc Tipo de documento

nid Número identificación informado

dv Dígito de Verificación

apl1 Primer apellido del informado

apl2 Segundo apellido del informado

nom1 Primer nombre del informado

nom2 Otros nombres del informado

raz Razón social informado

dir Dirección

dpto Código departamento

mun Código municipio

pais País de Residencia o domicilio

pag Pago o abono en cuenta

iva IVA mayor valor del costo o gasto

pract Retención en la fuente practicada RENTA

asum Retención en la fuente asumida RENTA

comun Retención en la fuente practicada Iva Régimen común

simpl Retención en la fuente asumida Régimen Simplificado

nodom Retención en la fuente practicada Iva no domiciliados

tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado

nid2 Identificación consorciado o asociado

97

El valor de los ingresos brutos recibidos y las devoluciones

rebajas y descuentos, se informará en

FORMATO 1045 ANEXO 19 VERSION 8

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 24 de esta Res.

Concepto 4010.

En ningún caso la información reportada por el consorcio y/o

unión temporal deberá ser informada por el consorciado o

asociado

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

con Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio

int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

ing Ingresos brutos recibidos

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

dev Devoluciones, rebajas y descuentos

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nid2 Identificación consorciado o asociado

string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.

99

El valor del impuesto sobre las ventas descontable y el valor del

impuesto sobre las ventas resultante en devoluciones, en compras

anuladas, rescindidas o resueltas correspondientes al año gravable

2013, se informará en el:

FORMATO 1585 ANEXO 20 VERSION 1

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 25 de esta Res.

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO

LONGITUD

CRITERIOS

tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

desc Impuesto descontable double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

iva IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nid2 Identificación consorciado o asociado

string 20 Siempre debe diligenciarse.

Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.

101

El valor del impuesto generado y el valor del impuesto sobre las

ventas recuperado en devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o

resueltas correspondientes al año gravable 2013, se informará en el:

FORMATO 1586 ANEXO 21 VERSION 2

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 25 de esta Res.

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

gene Impuesto generado double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

iva IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nid2 Identificación consorciado o asociado

string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.

103

El valor del saldo de los deudores por concepto de

créditos activos a 31 de diciembre de 2013 se informará

en el:

FORMATO 1587 ANEXO 22 VERSION 1

Concepto 1370,

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 27 de

esta Res.

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 2732/013

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

cpto Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

dpto Código dpto int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

mun Código mcp int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio

int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

cobrar Saldo cuentas por cobrar al 31 de diciembre

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nid2 Identificación consorciado o asociado

string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.

105

El valor del saldo de los pasivos a 31 de diciembre de 2013

se informará en el:

FORMATO 1588 ANEXO 23 VERSION 1

Concepto 1588

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 26 de la

presente Resolución

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

cpto Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

tdoc Tipo de documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

dpto Código dpto int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

mun Código mcp int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio

int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

pagar Saldo cuentas por pagar al 31 de diciembre

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

tdoc2 Tipo documento consorciado o asociado

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nid2 Identificación consorciado o asociado

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

107

Los pagos o abonos en cuenta y la retención en

la fuente practicada por el consorcio o unión

temporal, en virtud de contratos celebrados en

desarrollo de convenios de cooperación y

asistencia técnica con organismos

internacionales, serán reportados por la entidad

pública o privada que celebró el convenio.

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES art. 631. Art. 29 Res. 273/2013

108

En los contratos de exploración y explotación de

hidrocarburos, gases y minerales, las personas o

entidades que actuaron en condición de "operador" o

quien haga sus veces, deberán informar el valor total

de las operaciones inherentes a la cuenta conjunta, de

igual manera las personas o entidades que actuaron en

condición de "solo riesgo", deberán informar el valor

total de las operaciones, y las personas o entidades

poseedoras de un título minero deberán informar el

valor total de las operaciones

CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE

HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES

art. 631. Art. 30 Res. 273/2013

109

Los pagos o abonos en cuenta que constituyan costo o deducción y las retenciones en la fuente practicadas durante el año.

FORMATO 1046 VERSION 9 ANEXO 16

Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en el artículo 22 de la presente resolución.

CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE

HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES

art. 631. Art. 30 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION

CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

con Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del informado

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

dpto Código del Departamento

int

2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

mun Código del Municipio

int

3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio

int 4 De acuerdo a los definidos por resolución.

Siempre debe diligenciarse.

pag Pago o Abono en cuenta double

20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

iva IVA mayor valor del costo o gasto

double 20

El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

rpren Retención en la fuente practicada RENTA

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

raren Retención en la fuente asumida RENTA

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

rprc Retención en la fuente practicada IVA Régimen común

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

rars Retención en la fuente asumida Régimen Simplificado

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

rpind Retención en la fuente practicada IVA no domiciliados

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

tdoc2 Tipo del documento del asociado

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nid2 Identificación del asociado

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

111

Valor de los ingresos brutos Recibidos , devoluciones,

rebajas y descuentos:

FORMATO 1048 VERSIÓN 8 ANEXO 25

Concepto 4050.

Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en el artículo 24 de la presente resolución.

CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE

HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES

art. 631. Art. 30 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

con Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

ing Ingresos brutos recibidos double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

dev Devoluciones, rebajas y descuentos

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

tdoc2

Tipo de documento del asociado

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nid2 Identificación del asociado string 20 Siempre debe diligenciarse.

Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.

113

El valor del impuesto sobre las ventas descontable,

incluido el valor del impuesto sobre las ventas resultante

en devoluciones, en compras anuladas, rescindidas o

resueltas correspondientes al año gravable 2013.

FORMATO 1049 VERSION 7 ANEXO 26

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 25 de la

presente resolución

CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE

HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES

art. 631. Art. 30 Res. 273/2013

114

El valor del impuesto generado incluido el valor

del impuesto sobre las ventas recuperado en

devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o

resueltas correspondientes al año gravable 2013.

FORMATO 1050 VERSION 7 ANEXO 27

CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE

HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES

art. 631. Art. 30 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

tdoc Tipo de Documento int 2

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación string 20

Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1

Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado string 60

En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado string 60

En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado string 60

En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado string 60

En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del informado string 450

En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

val Valor al impuesto generado double 20

El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

viva

Valor del IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas

double 20

El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

tdoc2 Tipo de documento del asociado int 2

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nid2 Identificación del asociado string 20

El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

116

El valor del saldo de los deudores a 31 de Diciembre de

2013 se informará en el

FORMATO 1051 VERSION 8 ANEXO 28

concepto 1350.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 27 de la

presente resolcución.

CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE

HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES

art. 631. Art. 30 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por

resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por

resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas

o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si

se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural

siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y

si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural

siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y

si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica

siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea

Colombia siempre debe diligenciarse.

dpto

Código del Departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

mun

Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por

resolución. Siempre debe diligenciarse.

sal Saldo cuentas por Cobrar al 31 de diciembre

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

tdoc2 Tipo del documento del asociado int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nid2 Identificación del asociado string 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

118

El valor del saldo de los pasivos a 31 de Diciembre de

2013

FORMATO 1052 VERSION 8 ANEXO 29

Concepto 2250

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 26 de la

presente resolución.

.

CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE

HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES

art. 631. Art. 30 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

dpto Código del Departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda.

En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

mun Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda.

En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

sal Saldo cuentas por Pagar al 31 de diciembre

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

tdoc2 Tipo del documento del asociado int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nid2 Identificación del asociado string 20

Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

120

Las operaciones donde el operador se reporta como asociado o en la condición de

“solo riesgo”, deberá diligenciar el tipo de documento y número de identificación

del operador en las casillas correspondientes a la información de los asociados

para cada operación.

Tanto el operador o quien haga sus veces como el asociado, informarán las

operaciones propias de su actividad económica diferentes a las de la cuenta

conjunta, de acuerdo con las demás obligaciones establecidas en los artículos 1 y

2 de la presente Resolución.

De igual manera las personas o entidades que actuaron en condición de “solo

riesgo” y las personas o entidades poseedoras de un título minero, informarán las

operaciones propias de su actividad económica diferentes a las informadas en el

presente artículo, de acuerdo con las demás obligaciones establecidas en los

artículos 1 y 2 de la presente Resolución.

CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE

HIDROCARBUROS GASES Y MINERALES

art. 631. Art. 30 Res. 273/2013

121

CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013

En los Contratos de Mandato o de Administración Delegada, las

personas o entidades que actuaron como Mandatarios o

Contratistas deberán informar el valor de las operaciones

realizadas en el año gravable 2013 inherentes a las actividades

ejecutadas en desarrollo de cada uno de los Contratos de

Mandato o de Administración Delegada, con indicación de los

apellidos y nombres o razón social identificación y dirección de

cada uno de los terceros, identificación y nombre o razón social

del mandante o contratante de la siguiente manera:

122

Los pagos o abonos en cuenta y retenciones

practicadas durante el año gravable 2013 se deben

informar en el

FORMATO 1016 VERSIÓN 9 ANEXO 14

Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en

el artículo 22 de la presente Resolución.

CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

cpt Concepto int 4 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.

tdoc Tipo de documento int 2 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.

nid Número identificación string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.

dv Dígito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

dpto Código dpto int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

mun Código mcp int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio

int 4 De acuerdo a los definidos en la resolución. Siempre debe diligenciarse.

pag Pago o abono en cuenta double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

iva IVA mayor valor del costo o gasto

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

prac Retención en la fuente practicada Renta

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

asum Retención en la fuente asumida Renta

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas.

Siempre debe diligenciarse.

comun Retención en la fuente practicada Iva Régimen común

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

simpl Retención en la fuente asumida IVA Régimen Simplificado

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

ndom Retención en la fuente practicada Iva no domiciliados

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

tdocm Tipo de documento del mandante o contratante

int 2 Siempre debe diligenciarse. De acuerdo a los definidos en la resolución.

nitm Identificación del mandante o contratante

string 20 Siempre debe diligenciarse. Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco.

apl1m Primer apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2m Segundo apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1m Primer nombre del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2m Otros nombres del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

razm Razón social del mandante o contratante

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

124

El valor de los ingresos brutos recibidos se informará

en

FORMATO 1017 VERSION 8 ANEXO 15

Concepto 4040.

Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en el

artículo 24 de la presente Resolución

CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica Siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

ing Ingresos brutos recibidos double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

des Devoluciones, rebajas y descuentos

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse.

tdocm Tipo de documento del mandante o contratante

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nitm Número de identificación del mandante o contratante

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dvm Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se

conoce debe diligenciarse.

apl1m Primer Apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2m Segundo Apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1m Primer Nombre del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2m Otros Nombres del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

razm Razón Social del mandante o contratante

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

126

El valor del impuesto sobre las ventas

descontables, incluido el valor del impuesto

sobre las ventas resultante en devoluciones en

ventas anuladas, rescindidas o resueltas

correspondientes al año gravable 2013.

FORMATO 1054 VERSION 8 ANEXO 30

CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

tdoc Tipo de Documento int 2

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación string 20

Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1

Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado string 60

En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado string 60

En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado string 60

En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del informado string 450

En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

impd Impuesto descontable double 20

El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

ivar

IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas

double 20

El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

tdocm Tipo de documento del mandante o contratante

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

nitm Número de identificación del mandante o contratante

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

apl1m Primer Apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2m Segundo Apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1m Primer Nombre del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2m Otros Nombres del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

razm Razón Social del mandante o contratante

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

17/06/11 JORGE HERNAN ZULUAGA

POTES

128

El valor del impuesto generado, incluido el

valor del impuesto sobre las compras

recuperado en devoluciones en ventas

anuladas, rescindidas o resueltas

correspondientes al año gravable 2013

FORMATO 1055 VERSION 8 ANEXO 31

CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013

DENOMINACION CASILLA Tipo de Documento

Número de Identificación

Digito de Verificación

Primer Apellido del informado

Segundo Apellido del informado

Primer Nombre del informado

Otros Nombres del informado

Razón Social del informado

Valor del impuesto generado y el IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas Tipo de documento del mandante o contratante Número de identificación del mandante o contratante Digito de Verificación

Primer Apellido del mandante o contratante Segundo Apellido del mandante o contratante Primer Nombre del mandante o contratante Otros Nombres del mandante o contratante Razón Social del mandante o contratante

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

tdoc Tipo de Documento

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación

int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del informado

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

igen Impuesto generado

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

irec

IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas

double 20

El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

tdocm Tipo de documento del mandante o contratante

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nitm Número de identificación del mandante o contratante string 20

Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

apl1m Primer Apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2m Segundo Apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1m Primer Nombre del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2m Otros Nombres del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

razm Razón Social del mandante o contratante

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

130

El valor del saldo de los pasivos a 31 de Diciembre de

2013 se informará en

FORMATO 1027 VERSION 8 ANEXO 17

Concepto 2240.

CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer nombre del in formado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros nombres del Informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200

En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

dpto Código del Departamento int 2

Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

mun Código del Municipio int 3

Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

pais País de Residencia o domicilio

int 4

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

sal Saldo a 31 de diciembre double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

tdocm Tipo de documento del mandante o contratante

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nitm Número de identificación del mandante o contratante

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dvm Digito de verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1m Primer apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2m Segundo apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1m Primer nombre del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2m Otros nombres del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

razm Razón social del mandante o contratante

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

132

El valor del saldo de los deudores a 31 de Diciembre

de 2013 se informará en

FORMATO 1018 VERSION ANEXO 16

Concepto 1340.

CONTRATOS DE MANDATO Ó ADMINISTRACIÓN DELEGADA art. 631. Art. 31 Res. 273/2013

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

cpt Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200 En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

dpto Código del Departamento int 2 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

mun Código del Municipio int 3 Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse

pais País de Residencia o domicilio

int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

sal Saldo al 31 de diciembre double

20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

tdocm Tipo de documento del mandante o contratante

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nitm Número de identificación del mandante o contratante

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dvm Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1m Primer Apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2m Segundo Apellido del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1m Primer Nombre del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2m Otros Nombres del mandante o contratante

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

razm Razón Social del mandante o contratante

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

134

INGRESOS RECIBIDOS PARA TERCEROS art. 631. Art. 34 Res. 273/2013

Conforme a lo dispuesto en el literal g) del artículo 631 del Estatuto Tributario, las

personas o entidades que recibieron ingresos para terceros, deberán suministrar

apellidos y nombres o razón social, identificación y país de residencia o domicilio

de cada una de las personas o entidades nacionales o extranjeras, de quienes

recibieron ingresos para terceros y los apellidos y nombres o razón social,

identificación, dirección y país de residencia o domicilio de cada una de las

personas o entidades nacionales o extranjeras a cuyo nombre se recibieron los

ingresos de la siguiente manera:

La información deberá ser suministrada en el FORMATO 1647, Versión 1, con el

concepto 4070.

La información aquí señalada no debe ser suministrada por el beneficiario del

ingreso, quien únicamente reportara la información del intermediario a través del

cual recibió el ingreso.

ATRIBUTO DENOMINACION CASILLA TIPO LONGITUD CRITERIOS

con Concepto int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

tdoc Tipo de Documento int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid Número de Identificación string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

dv Digito de Verificación int 1 Para el tipo de documento 31 – Nit, si se conoce debe diligenciarse.

apl1 Primer Apellido del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2 Segundo Apellido del informado

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1 Primer Nombre del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2 Otros Nombres del informado string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

raz Razón Social del informado string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

pais País de Residencia o domicilio int 4 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

ing Ingresos recibidos para terceros

double 20 El valor debe ser positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas. Siempre debe diligenciarse

tdoc2 Tipo de documento del tercero beneficiario ingreso

int 2 De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse

nid2 Identificación del tercero beneficiario ingreso

string 20 Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Siempre debe diligenciarse

apl1i Primer apellido del tercero beneficiario ingreso

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

apl2i Segundo apellido del tercero beneficiario ingreso

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

nom1i Primer nombre del tercero beneficiario ingreso

string 60 En caso de ser una Persona Natural siempre debe diligenciarse.

nom2i Otros nombres del tercero beneficiario ingreso

string 60 En caso de ser una Persona Natural y si se conoce debe diligenciarse.

razi Razón social del tercero beneficiario ingreso

string 450 En caso de ser una Persona Jurídica siempre debe diligenciarse.

dir Dirección string 200

En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

cdpt Código dpto

int 2

Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

cmcp Código mcp

int 3

Código DANE Numérico, debe incluir los ceros a la izquierda. En caso que el País de residencia sea Colombia siempre debe diligenciarse.

paist País de residencia o domicilio int 4

De acuerdo a los definidos por resolución. Siempre debe diligenciarse.

136

SOCIEDADES FIDUCIARIAS art. 631. Art. 32 Res. 273/2013

Las Sociedades Fiduciarias deberán informar bajo su propio NIT y razón social, la totalidad de los Patrimonios Autónomos y encargos fiduciarios administrados durante el año 2013, con los siguientes datos: La información de los fideicomisos (Patrimonios autónomos y encargos fiduciarios) que administran indicando la identificación del fideicomitente o fiduciante, apellidos y/o nombre o razón social, la dirección la identificación o número del fideicomiso o encargo fiduciario FORMATO 1013 ANEXO 30 de la siguiente manera:

137

Valor total de los rendimientos y/o utilidades causadas en el año gravable y el valor patrimonial de los derechos fiduciarios

Fideicomiso Inmobiliario. Concepto 1010. Fideicomiso de administración. Concepto 1020. Fideicomiso de garantía. Concepto 1030. Otros Fideicomisos. Concepto 1040. Los rendimientos y/o utilidades pagados o abonados en cuenta, cuando el beneficiario es diferente al fideicomitente. Concepto 1050

SOCIEDADES FIDUCIARIAS art. 631. Art. 32 Res. 273/2013

DENOMINACION CASILLA Concepto

Tipo de Documento

Número de Identificación

Digito de Verificación

Primer Apellido del Fideicomitente o fiduciante Segundo Apellido del Fideicomitente o fiduciante Primer Nombre del Fideicomitente o fiduciante Otros Nombres del Fideicomitente o fiduciante Razón Social del Fideicomitente o fiduciante Dirección

Código del Departamento

Código del Municipio

País de Residencia o domicilio

Valor patrimonial de los derechos fiduciarios Utilidades causadas en el año

Número del Fideicomiso

138

Información de los pagos o abonos en cuenta

con recursos del fideicomiso, identificando al

fideicomitente.

Los pagos o abonos en cuenta realizados con

recursos del patrimonio autónomo

FORMATO 1014 ANEXO 31

Teniendo en cuenta los conceptos establecidos

en el artículo 4 de la presente Resolución.

SOCIEDADES FIDUCIARIAS art. 631. Art. 32 Res. 273/2013

DENOMINACION CASILLA

Concepto

Tipo de Documento

Número de Identificación

Digito de Verificación

Primer Apellido del informado

Segundo Apellido del informado

Primer Nombre del informado

Otros Nombres del informado

Razón Social del informado

País de Residencia o domicilio

Ingresos brutos recibidos con cargo al fideicomiso y/o patrimonio autónomo Identificación del fideicomiso y/o patrimonio autónomo

139

Información de los pagos o abonos en cuenta con

recursos del fideicomiso, identificando al

fideicomitente.

Las retenciones practicadas durante el año

gravable 2013.

FORMATO 1015 ANEXO 32

Teniendo en cuenta los conceptos establecidos en

el artículo 5 de la presente Resolución.

SOCIEDADES FIDUCIARIAS art. 631. Art. 32 Res. 273/2013

DENOMINACION CASILLA Concepto

Tipo de Documento

Número de Identificación

Digito de Verificación

Primer Apellido del Informado

Segundo Apellido del Informado

Primer Nombre del Informado

Otros Nombres del Informado

Razón Social del Informado

Dirección

Código del Departamento

Código del Municipio

País de Residencia o domicilio

Valor del pago

Pagos o abonos en cuenta que no constituyan costo o deducción Identificación del fideicomiso

140

SECRETARIOS GENERALES art. 631. Art. 33 Res. 273/2013

Los secretarios Generales de los órganos que

financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, o

quienes hagan sus veces, deberán informar los pagos

efectuados en el año gravable 2013 en cumplimiento

del Decreto 1738 de 1998,

141

Los pagos o abonos en cuenta y las retenciones

practicadas

FORMATO 1056 ANEXO 33

Teniendo en cuenta los conceptos establecidos

en el artículo 22 de la presente Resolución.

SECRETARIOS GENERALES art. 631. Art. 33 Res. 273/2013

DENOMINACION CASILLA Concepto

Tipo de Documento

Número de Identificación

Digito de Verificación

Primer Apellido del Informado Segundo Apellido del Informado Primer Nombre del Informado Otros Nombres del Informado Razón Social del Informado

Dirección

Código del Departamento

Código del Municipio

País de Residencia o domicilio Valor base de retención

Retención en la fuente practicada Identificación del fideicomiso

142

PLAZOS PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN art. 631. Art. 36 Res. 273/2013

GRANDES CONTRIBUYENTES:

ÚLTIMO DÍGITO FECHA

3 21 de Abril de 2014

4 22 de Abril de 2014

5 23 de Abril de 2014

6 24 de Abril de 2014

7 25 de Abril de 2014

8 28 de Abril de 2014

9 29 de Abril de 2014

0 30 de Abril de 2014

1 5 de Mayo de 2014

2 6 de Mayo de 2014

143

PLAZOS PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN

PERSONAS JURÍDICAS Y ASIMILADAS Y PERSONAS

NATURALES: ÚLTIMOS DÍGITOS FECHA

26 a 30 7 de Mayo de 2014

31 a 35 8 de Mayo de 2014

36 a 40 9 de Mayo de 2014

41 a 45 12 de Mayo de 2014

46 a 50 13 de Mayo de 2014

51 a 55 14 de Mayo de 2014

56 a 60 15 de Mayo de 2014

61 a 65 16 de Mayo de 2014

66 a 70 19 de Mayo de 2014

71 a 75 20 de Mayo de 2014

76 a 80 21 de Mayo de 2014

81 a 85 22 de Mayo de 2014

86 a 90 23 de Mayo de 2014

91 a 95 26 de Mayo de 2014

96 a 00 27 de Mayo de 2014

01 a 05 28 de Mayo de 2014

06 a 10 29 de Mayo de 2014

11 a 15 30 de Mayo de 2014

16 a 20 3 de junio de 2014

21 a 25 4 de Junio de 2014

144

FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.

art. 631. Art. 48 Res. 273/2013

Forma y sitios de presentación de la información.

La información a que se refiere la presente Resolución

debe ser presentada en forma virtual utilizando los

servicios informáticos electrónicos de la Dirección de

Impuestos y Aduanas Nacionales, haciendo uso de la

firma digital, respaldada con certificado digital emitido

por la DIAN, incluyendo los obligados del literal d) del

artículo 1 de la presente resolución.

145

FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.

art. 631. Art. 49 Res. 273/2013

Procedimiento previo a la presentación de la información a través de los servicios informáticos electrónicos. Los responsables de presentar la información en forma virtual haciendo uso del mecanismo de firma digital, deberán cumplir en forma previa el siguiente procedimiento: a) Inscribir o actualizar, de ser necesario, el Registro Único Tributario del informante incluyendo la responsabilidad Informante de exógena, y su correo electrónico. Las personas jurídicas o demás entidades deben actualizar el Registro Único Tributario incluyendo al representante legal a quien se le asignará el mecanismo de firma con certificado digital.

146

FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.

art. 631. Art. 49 Res. 273/2013

El representante legal deberá inscribir o actualizar, de ser necesario, su Registro Único Tributario personal, conforme al artículo 2 de la Resolución 1767 de 2007 de la DIAN, informando su correo electrónico e incluyendo la responsabilidad 22, obligados a cumplir deberes formales a nombre de terceros. c) Adelantar, de ser necesario, el trámite de emisión y activación del mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital de la DIAN, mínimo con tres días hábiles de antelación al vencimiento del término para informar y siguiendo el procedimiento señalado en la Resolución 12717 de 2005 de la DIAN.

147

FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.

art. 631. Art. 49 Res. 273/2013

La DIAN emitirá el mecanismo de firma con certificado digital a la persona natural que a nombre propio o en representación del contribuyente, responsable, agente retenedor, o declarante, deba cumplir con la obligación de presentar información de manera virtual. Para tal efecto deberá darse cumplimiento al procedimiento señalado en la Resolución 12717 de 2005. El mecanismo de firma con certificado digital debe solicitarse personalmente o a través de apoderado debidamente facultado o por interpuesta persona con autorización autenticada, presentada ante las respectivas Administraciones de la DIAN y/o en los lugares habilitados para tal efecto. Para las personas jurídicas o las demás entidades debe señalarse expresamente la persona a quien se le hará entrega del mecanismo de firma digital.

148

FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.

art. 631. Art. 49 Res. 273/2013

Los obligados, personas naturales y representantes legales de las personas jurídicas y demás entidades a quienes a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución la DIAN, les haya asignado previamente el mecanismo de firma con certificado digital, no requieren la emisión de un nuevo mecanismo. Cuando la DIAN lo autorice, podrá utilizarse firma digital respaldada con certificado digital emitido por entidades externas.

149

FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.

art. 631. Art. 50 Res. 273/2013

CONTINGENCIA

Cuando por inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los

servicios informáticos electrónicos y, en consecuencia, el obligado

no pueda cumplir con la presentación de la información a que se

refiere la presente Resolución en forma virtual, deberá acercarse a

la administración o puntos habilitados por la DIAN llevando la

información en unidades extraíbles USB y el archivo de firma

digital para su respectiva presentación. Si en todo caso no es

posible la presentación virtual por el obligado, se seguirá el

procedimiento establecido por la DIAN para la presentación

presencial.

150

FORMA Y SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION.

art. 631. Art. 50 Res. 273/2013

El obligado a informar deberá prever con suficiente anticipación el adecuado funcionamiento de los medios requeridos para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones. En ningún caso, los eventuales daños en su sistema y/o equipos informáticos, falta de conexión, el no agotar los procedimientos previos a la presentación de la información, como el trámite de Inscripción o actualización en el Registro Único Tributario y/o de la activación del mecanismo de firma digital, la pérdida de la clave secreta por quienes deben cumplir con la obligación de informar en forma virtual o la solicitud de cambio o asignación con una antelación no inferior a tres días hábiles al vencimiento, constituirán causales de justificación de la extemporaneidad en la presentación de la información.

151

Cuando no se suministre la información dentro de los

plazos establecidos, cuando el contenido presente errores

de carácter técnico, o no corresponda a lo solicitado,

habrá lugar a la aplicación de las sanciones contempladas

en el artículo 651 del Estatuto Tributario.

SANCIONES.

art. 631. Art. 47 Res. 273/2013

152

FORMATOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.

art. 631. Art. 37 Res. 273/2013

La información a que se refiere la presente Resolución, deberá enviarse teniendo en

cuenta las especificaciones técnicas contenidas en los formatos establecidos en los

anexos No. 01 al No.34 adjuntos, los cuales hacen parte integral de esta Resolución. Para diligenciar la casilla de tipo de documento del tercero, se debe utilizar la siguiente codificación: 11. Registro civil de nacimiento 12. Tarjeta de identidad 13. Cédula de ciudadanía 21. Tarjeta de extranjería 22. Cédula de extranjería 31. NIT 41. Pasaporte 42. Tipo de documento extranjero 43. Documento definido para información exógena

OBLIGADOS:

La Sociedad Controlante o matriz de cada Grupo Empresariales inscrito en el Registro Mercantil debe presentar la información del Artículo 631-1 del E.T., a partir del año gravable 1.999.

RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS

Art. 260 Código de Comercio

Una sociedad será subordinada o controlada cuando su poder de decisión se encuentre sometido a la voluntad de otra u otras personas que serán su matriz o controlante, bien sea directamente, caso en el cual aquella se denominará filial o con el concurso o por el intermedio de las subordinadas de la matriz, en cuyo caso se llamará subsidiaria.

RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS

Información a suministrar

La matriz o controlante deberá remitir en medios magnéticos, los estados financieros consolidados junto con sus respectivos anexos, en la forma prevista en los artículos 26 a 44 de la ley 222/95. Cuando la controlante o matriz de un grupo no se encuentre domiciliada en el país, la información debe ser suministrada por la sucursal o subordinada que tenga el mayor patrimonio neto.

RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS

Información a suministrar

Cuando en un grupo económico o empresarial sea carácter no societario, quien debe cumplir la obligación será la sociedad que tenga el mayor patrimonio neto.

RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS

157

Información de los estados financieros consolidados, la cual se debe presentar en el FORMATO 1034, Versión 6, el cual se adopta por medio de la presente Resolución:

b) Activo corriente, en el concepto 1000.

c) Activo no corriente, en el concepto 1011.

d) Pasivo corriente, en el concepto 2000.

e) Pasivo no corriente, en el concepto 2001.

f) Interés minoritario de Balance, en el concepto 2002.

g) Patrimonio, en el concepto 3000.

h) Ingresos Operacionales, en el concepto 4100.

i) Costo de Ventas, en el concepto 6000.

j) Gastos operacionales de administración, en el concepto 5100.

k) Gastos operacionales de Ventas, en el concepto 5200.

l) Otros ingresos no operacionales, en el concepto 4200.

m) Otros egresos no operacionales, en el concepto 5300.

n) Utilidad antes de impuesto de renta, en el concepto 5301

o) Interés minoritario de resultados, en el concepto 5302.

p) Utilidad neta, en el concepto 5304

q) Impuesto de renta, en el concepto 5305

r) Pérdida neta, en el concepto 5306.

RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS

158

a) Información de las compañías subordinadas nacionales, la cual se debe presentar en el FORMATO 1035 versión 06, el cual se adopta por medio de la presente Resolución: - Identificación de la Subordinada - Dígito de Verificación - Nombre o razón social de la subordinada - Dirección - Código departamento - Código Municipio - Actividad económica

RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS

159

a) Información de las compañías subordinadas del exterior, la cual se debe presentar en el FORMATO 1036, versión 7, el cual se adopta por medio de la presente Resolución:

• Identificación de la Subordinada • Nombre o razón social de la subordinada • Código de País En el caso de las subordinadas del exterior la casilla

identificación se debe diligenciar con el número, código o clave de identificación fiscal o tributaria que se utiliza, en su país de residencia o domicilio, sin guiones, puntos o comas, conforme a la codificación de países contenida en el RUT. En el caso de que en ese país no se utilice dicho código o clave fiscal, se debe identificar con el NIT 444444001 hasta 444444900 tipo documento 43.

RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS

160

PLAZO PARA PRESENTAR LA INFORMACION. De acuerdo a lo establecido en el artículo 631-1 del Estatuto Tributario, la información deberá ser presentada a más tardar el 30 de junio del año inmediatamente siguiente al año gravable que se está informando.

30 DE JUNIO DE 2013

RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS

161

Forma de presentación de la información.

La información a que se refiere la presente Resolución debe ser

presentada en forma virtual utilizando los servicios informáticos

electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,

haciendo uso de la firma digital respaldada con certificado digital

emitido por la DIAN.

RESOLUCION 273/2013 GRUPOS ECONOMICOS

162

QUIENES ESTAN OBLIGADOS.

LOS BANCOS Y DEMAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO ORGANISMOS COOPERATIVOS DE GRADO SUPERIOR INSTITUCIONES AUXILIARES DEL COOPERATIVISMO COOPERATIVAS MULTIACTIVAS E INTEGRALES FONDOS DE EMPLEADOS CON ACTIVIDADES FINANCIERAS

INFORMACION FINANCIERA

163

QUE DEBEN INFORMAR •- APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL Y NIT DE LOS CUENTA

HABIENTES Y/O AHORRADORES. •- NUMERO CUENTA CORRIENTE Y/0 AHORRO •- VALOR ACUMULADO DE LOS MOVIMIENTOS DE NATURALEZA CREDITO (CONSIGNACIONES).

•- UBICACIÓN DE LA ENTIDAD A LA QUE PERTENECE LA CUENTA. •- NIT DE LOS TITULARES SECUNDARIOS Y/O FIRMAS AUTORIZADAS.

CUENTAS CORRIENTES Y/O AHORRO

ART. 623 Lit a Art.. 1. Resolución 273/2013

ARTICULO 623 Literal a) Movimiento crédito Saldo a 31-12-2013

164

Aunque al discriminar por cuenta, los valores a reportar sean menores; con indicación del valor del movimiento efectuado durante el año por cada una de las cuentas. Adicionalmente, deberá informarse, el número de titulares secundarios y/o firmas autorizadas, independientemente que a 31 de diciembre, dichas cuentas se encuentren canceladas.

FORMATO 1019 ANEXO 35

CUENTAS CORRIENTES Y/O AHORRO

DENOMINACION CASILLA

Tipo de Documento

Número de Identificación

Digito de Verificación

Primer Apellido del titular

Segundo Apellido del Titular

Primer Nombre del Titular

Otros Nombres del Titular

Razón Social Titular

Dirección

Código del Departamento

Código del Municipio

Total movimiento en cuentas

Corrientes y/o Ahorro

Numero de Cuenta

Numero de titulares secundarios y/o

firmas autorizadas

Tipo de cuenta

165

CUENTAS CORRIENTES Y/O AHORRO

Del total de créditos efectuados en la (s) cuenta (s) de un titular, la entidad

obligada a enviar la información, deberá descontar el valor correspondiente a

los cheques devueltos y el de los traslados o transferencias entre cuentas de un

mismo titular, incluidos los traslados o transferencias entre cuentas individuales y de ahorro colectivo, realizados en la misma entidad.. La información se debe consolidar separadamente por cada cuenta y deberán informar la identificación de la totalidad de las personas o entidades que figuren como titulares principales y secundarios de las cuentas corrientes y/o de ahorro; como la de quienes sin tener tal calidad, son autorizados para realizar operaciones en relación con la respectiva cuenta.

166

CERTIICADOS A TERMINO,FIJO U OTROS DEPÓSITOS

Indicando para cada título del saldo inicial, los intereses causados, el movimiento de las inversiones efectuadas durante el año, el saldo a 31 de Diciembre de 2013, el número del documento o certificado y el número de títulos secundarios, independientemente que a 31 de Diciembre dichos títulos se hubieren cancelado. FORMATO 1020, Versión 6 ANEXO 36

DENOMINACION CASILLA

Tipo de Documento

Número de identificación

Digito de Verificación

Primer Apellido del titular

Segundo Apellido del Titular

Primer Nombre del Titular

Otros Nombres del Titular

Razón Social Titular

Dirección

Código del Departamento

Código del Municipio

Saldo Inicial

Inversiones efectuadas durante

el año

Rendimientos Causados

Saldo a 31 de Diciembre

Numero de Titulo y/o Contrato

Numero de Titulares Secundarios

La información se debe consolidar separadamente por cada título y deberán informar la identificación de la totalidad de las personas o entidades que figuren como titulares secundarios de los certificados de depósito y/o cualquier otro(s) depósito(s).

167

INVERSIONES EN CARTERAS COLECTIVAS, FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN ART. 623 E.T. Art.. 2. RESOLUCION 273/2013

La información se debe consolidar separadamente por cada título o contrato y deberán informar la

identificación de la totalidad de las personas o entidades que figuren como titulares secundarios de

los títulos o contratos.

Los administradores de carteras colectivas, fondos mutuos de inversión y demás fondos

administrados por sociedades vigiladas por la Superintendencia Financiera, deberán bajo su

propio NIT informar según lo dispuesto en el literal a) del artículo 623 del Estatuto Tributario,

los siguientes datos de sus inversionistas y/o participes, relativos al año gravable 2013:

Apellidos y nombres o razón social, identificación y dirección de cada uno de los inversionistas

y/o partícipes y/o ahorradores que durante el año, se les haya suscrito a su favor uno o más

contratos y/o ahorros, con indicación para cada inversionista y/o partícipe y/o ahorrador, del

valor del saldo inicial, el valor de las inversiones y/o ahorros efectuados en el año, los

rendimientos y/o utilidades causados, el saldo a 31 de diciembre de 2013, el número del título,

documento o contrato, número de titulares secundarios, y el tipo de fondo, independientemente

que a 31 de diciembre dichos títulos y/o contratos se hubieren cancelado.

FORMATO 1021 VERSIÓN 6

168

FONDOS DE PENSIONES, RESPECTO A AHORROS VOLUNTARIOS ART. 623 E.T. Art.. 3. RESOLUCION 273/2013

Los fondos de pensiones deberán informar, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 623 del Estatuto Tributario, los siguientes datos de las personas que efectuaron ahorros voluntarios de pensiones, relativos al año gravable 2013: Apellidos y nombres o razón social, identificación y dirección de cada uno de los ahorradores, con indicación del valor del saldo inicial, los ahorros efectuados en el año, el valor de los retiros efectuados en el año, gravados y no gravados, los rendimientos y/o utilidades causadas y el saldo a 31 de diciembre de 2013, independientemente que a 31 de diciembre dichos ahorros se hubieren retirado totalmente.

FORMATO 1022 VERSION 7 ANEXO 38

En los casos en los cuales no se hubieren efectuado

retiros se debe diligenciar este valor con cero.

DENO MINACIO N CASILLA

Tipo de Documento

Número de Identificación

Digito de Verificación

Primer Apellido del Ahorrador

Segundo Apellido del

Ahorrador

Primer Nombre del Ahorrador

Otros Nombres del Ahorrador

Razón Social Ahorrador

Dirección

Código del Departamento

Código del Municipio

Saldo Inicial

Ahorro efectuado durante el

año

Retiros efectuados durante el

Año

Rendimientos Causados

Saldo a 31 de Diciembre

169

CONSUMOS CON TARJETAS CRÉDITO ART. 623 E.T. Art.. 4. RESOLUCION 273/2013

Consumos, avances o gastos con tarjetas crédito,

cuando el valor anual acumulado sea superior a

veinte millones de pesos ($ 10.000.000), aunque al

discriminar por tarjeta los valores a reportar sean

menores, con indicación del valor total del

movimiento efectuado durante el año.

FORMATO 1023 ANEXO 39

Clase de tarjeta

Tarjeta de crédito principal = 1

Tarjeta de crédito amparada = 2

Tarjeta de crédito empresarial = 3

DENO MINACIO N CASILLA

Clase de Tarjeta

Tipo de Documento

Número de identificación

Tarjetahabiente

Digito de Verificación

Primer Apellido del Tarjeta

Habiente

Segundo Apellido del Tarjeta

Habiente

Primer Nombre del Tarjeta

Habiente

Segundo Nombre del Tarjeta

Habiente

Razón Social Tarjeta Habiente

Dirección

Código del Departamento

Código del Municipio

Adquisiciones, consumos,

avances o gastos con tarjeta

de crédito

Numero Tarjeta

170

VENTAS A TRAVÉS DEL SISTEMA DE TARJETAS CRÉDITO ART. 623 E.T. Art.. 5. RESOLUCION 273/2013

ventas o prestación de servicios y, en general, hayan recibido ingresos a través del sistema de tarjetas de crédito, cuando la cuantía sea superior a diez millones pesos ($10.000.000) con indicación del valor total del movimiento acumulado de las ventas y/o prestación de servicios efectuados durante el año y el valor del Impuesto sobre las ventas. FORMATO 1024 ANEXO 40

DENO MINACIO N CASILLA

Nit

Digito de Verificación

Primer Apellido del Informado

Segundo Apellido del

Informado

Primer Nombre del Informado

Otros Nombres del Informado

Razón Social del Informado

Dirección

Código del Departamento

Código del Municipio

Valor movimiento

Total IVA facturado

171

PRESTAMOS OTORGADOS ART. 623 E.T. Art.. 6. RESOLUCION 273/2013

Préstamos cuyo valor anual acumulado sea superior a veinte millones de

pesos ($10.000.000), con indicación de la clase de préstamo y del monto

acumulado por préstamo, no obstante al discriminar por préstamo, los

valores parciales a reportar sean menores.

FORMATO 1026 ANEXO 41

Se debe utilizar la siguiente codificación:

1. Préstamos comerciales

2. Préstamos de consumo

3. Préstamos hipotecarios.

4. Otros préstamos.

172

INFORMACION A SUMINISTRAR POR DIFERENCIAS PRESENTADAS EN LOS ESTADOS FINANCIEROS Y LA DECLARACION DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS

ART. 623 E.T. Art.. 7. RESOLUCION 273/2013

FORMATO 1025 anexo 42

Para informar las diferencias presentadas, se debe utilizar la

siguiente codificación, según el concepto a que corresponda:

Utilidad antes de impuesto vs. renta liquida. 1001.

Utilidad antes de impuesto vs. perdida liquida. 1002.

Perdida antes de impuesto vs. renta liquida. 1003.

Perdida antes de impuesto vs. perdida liquida. 1004.

Patrimonio contable vs. patrimonio liquido. 1005.

Patrimonio contable negativo vs. patrimonio liquido. 1006.

DENO MINACIO N CASILLA

Código

Nit

Digito de Verificación

Primer Apellido del

Informado

Segundo Apellido del

Informado

Primer Nombre del

Informado

Otros Nombres del

Informado

Razón Social del Informado

Valor Contable

Valor Fiscal

173

QUE DEBEN INFORMAR • LAS SOCIEDADES CREADAS:

N.I.T.

RAZÓN SOCIAL DIRECCIÓN DEL DOMICILIO SOCIAL CÓDIGO DEPTO - MUNICIPIO VALOR DEL CAPITAL SUSCRITO O SOCIAL FECHA DE CREACIÓN SOCIOS

FORMATO 1038 ANEXO 43

CAMARAS DE COMERCIO

ARTICULO 624 E.T. RESOLUCION 273/2013

174

QUE DEBEN INFORMAR •LAS SOCIEDADES LIQUIDADAS N.I.T. RAZON SOCIAL FECHA LIQUIDACIÓN

FORMATO 1039 ANEXO 44

CAMARAS DE COMERCIO

ARTICULO 624 E.T. RESOLUCION 273/2013

175

QUE DEBEN INFORMAR LAS PERSONAS O ENTIDADES QUE EFECTUARON ENAJENACIONES DE BIENES O DERECHOS, DE CUALQUIER CUANTÍA FORMATO 1032 ANEXO 51

NOTARIOS ARTICULO 629 E.T., RESOLUCION 273/2013

176

BOLSAS DE VALORES ARTICULO 625 E.T., RESOLUCION 273/2013

Las Bolsas de Valores deberán informar por el año gravable 2.012, de cada uno de los Comisionistas de Bolsa el valor acumulado de las adquisiciones y enajenaciones efectuadas durante el respectivo año gravable. FORMATO 1041, versión 6.

22/03/2014 177

BOLSAS DE VALORES ARTICULO 625 E.T., RESOLUCION 273/2013

QUE DEBEN INFOMAR 1. Nit del comisionista de bolsa. 2.. Dígito de verificación 3. Razón social 4.Dirección. 5. Código departamento. 6. Código municipio. 7. Valor anual acumulado de las adquisiciones. 8. Valor anual acumulado de las enajenaciones. 9. Valor de las comisiones pagadas a los comisionistas. 10. Valor de la retención en la fuente practicada al comisionista.

178

QUE DEBEN INFORMAR:

LAS PERSONAS O ENTIDADES QUE EFECTUARON A TRAVES DE ELLOS, ENAJENACIONES O ADQUISICIONES DE ACCIONES Y DEMAS

PAPELES TRANSADOS EN BOLSA SUPERIORES A

$10.000.000.

FORMATO 1042 ANEXO 46

INFORMACION DE LOS COMISIONISTAS

ART. 628 E.T. RESOLUCION 273/2013

JORGE HERNAN ZULUAGA

POTES

179

QUE DEBEN INFORMAR: 1. Número Identificación del tercero a nombre de quien se efectuaron las operaciones. 2. Dígito de verificación. 3. Apellidos y Nombre o razón social del tercero a nombre de quien se efectuaron las operaciones. 4. Dirección 5. Código departamento. 6. Código municipio. 7. Valor de las adquisiciones 8. Valor de las enajenaciones. Las transacciones realizadas con los bonos pensionales no deben reportarse.

INFORMACION DE LOS COMISIONISTAS

180

LOS TIPOGRAFOS Y LITOGRAFOS QUE ELABOREN FACTURAS DE VENTA DEBEN INFORMAR: •APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL Y NIT DEL CLIENTE •EL PREFIJO DE LAS FACTURAS •INTERVALO DE NUMERACION ELABORADA •FECHA DE ELABORACION

FORMATO 1037 ANEXO 50

INFORMACION DE TIPOGRAFOS Y LITOGRAFOS

ART. 629-1 E.T. RESOLUCION 273/2013

181

MARCO LEGAL:

ARTICULO 651 DEL ESTATUTO

TRIBUTARIO.

RESOLUCION 27374/2.005

RÉGIMEN SANCIONATORIO

182

1. NO SUMINISTRAR INFORMACION.

2. NO SUMINISTRAR LA INFORMACION

DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO.

3. INFORMACION CUYO CONTENIDO

PRESENTE ERRORES.

4. NO CORRESPONDA A LO SOLICITADO.

183

Una multa de hasta 412.275.500 (año 2.014)

1. Hasta 5% del valor de las sumas respecto de las

cuales no se suministro la información exigida, se

suministró en forma errónea o se hizo en forma

extemporánea.

2. Cuando no sea posible establecer la base para

tasarla o la información no tuviere cuantía, hasta el

0.5% de los ingresos netos, si no existieren ingresos

hasta el 0.5% del patrimonio bruto del año

inmediatamente anterior.

Art. 651 E.T.

184

RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005

ARTICULO 1. Graduación de la sanción cuando existe base para imponerla.

.La sanción de que trata el inciso segundo del literal a) del artículo 651 del

Estatuto Tributario se aplicará en forma gradual de acuerdo con la conducta

en la cual incurrió el contribuyente o el obligado, según el caso, teniendo en

cuenta el tope máximo establecido en el citado literal y los criterios que a

continuación se enuncian:

a) Cuando se trate de la información exigida y no suministrada, se aplicará

el cinco por ciento (5%), del total de la sumatoria de la información no

suministrada.

b) Cuando se trate de la información suministrada en forma extemporánea,

se aplicará el cinco por ciento (5%), del total de la sumatoria de la

información suministrada en forma extemporánea.

185

RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005

c) Cuando se trate de la información suministrada por la persona o entidad obligada, pero sin el cumplimiento de las características técnicas exigidas en las resoluciones que para tal efecto emite la DIAN, la sanción será del cuatro por ciento (4%) del valor total suministrado en forma errónea.

d) Cuando se trate de la información reportada por las personas o entidades obligadas a suministrarla, pero presente errores de contenido se aplicará una sanción del tres por ciento (3%) sobre el monto de los registros errados.

186

RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005

Articulo 2. Graduación de la sanción cuando no sea posible

establecer la base para imponerla o la información no tuviere

cuantía. La sanción de que trata el inciso segundo del literal a) del

artículo 651 del Estatuto Tributario, se aplicará en forma general

sobre el valor de los ingresos netos del periodo por el cual se

solicita la información, ; si no existieren ingresos sobre el

patrimonio bruto del contribuyente o declarante, correspondiente

al año inmediatamente anterior o al que figure en la última

declaración del impuesto sobre la renta o de ingresos y

patrimonio, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) Si la información suministrada en forma extemporánea, se

aplicará el medio por ciento (0.5%) de los ingresos netos o del

patrimonio bruto.

187

RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005

b) Si la información exigida es suministrada por la persona o

entidad obligada, pero no cumple con las especificaciones técnicas

establecidas, la sanción es del cero punto cuatro por ciento (0.4%)

de los ingresos netos o del patrimonio bruto.

c) Si la información reportada por la persona o entidad obligada

presenta errores de contenido, la sanción es del cero punto tres por

ciento (0.3%) de los ingresos netos o del patrimonio bruto.

188

RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005

Articulo 3. Procedimiento sancionatorio. Cuando la

sanción por no informar se imponga mediante

resolución independiente, la administración deberá

enviar previamente, a la persona o entidad sancionada

el correspondiente pliego de cargos, indicándole los

motivos para aplicar la sanción, otorgándole el

término de (1) mes para responder

189

RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005

La sanción a que se refiere el literal a) del artículo 651 del

Estatuto Tributario, se reducirá al diez por ciento (10%) de la

suma determinada si la omisión es subsanada antes de que se

notifique la imposición de la sanción; o al veinte por ciento

(20%) de tal suma, si la omisión es subsanada dentro de los

dos (2) meses siguientes a la fecha en que se notifique la

resolución que impone la sanción. Para tal efecto, en uno y

otro caso, se deberá presentar ante la oficina que está

conociendo de la investigación, un memorial de aceptación de

la sanción reducida en el cual se acredite que la omisión fue

subsanada así como el pago o acuerdo de pago de la misma.

190

RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005

Parágrafo 1. Cuando la información presentada cumpla las características técnicas, pero en la verificación posterior se detecten errores de contenido tales como NIT errados, valores que no correspondan a su realidad económica, registros duplicados, cuando no informe un tercero estando obligado, cuando informe terceros con los cuales no realizó ninguna transacción, entre otros, independientemente que la persona o entidad informante presente corrección, se deberá proferir el respectivo pliego de cargos por errores de contenido en la información y la sanción se graduara conforme con el literal d) del artículo 1º. de la presente resolución.

191

RESOLUCIÓN 27374 DE 2.005

Parágrafo 2. La información que no cumpla con las características técnicas establecidas en la respectiva Resolución que reglamenta la información a reportar, generará rechazo caso en el cual se deberá proferir el respectivo pliego de

cargos.

Parágrafo 3. Cuando se profiera un pliego de cargos por no enviar información y como respuesta al mismo se presente la información con errores, este hecho constituirá una infracción diferente a la inicialmente sancionada, debiendo proferirse un nuevo pliego de cargos por parte de la Administración, sin que ello conlleve al rechazo de la reducción de la sanción inicialmente impuesta.

ARTICULO 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución No.2004 de 1997.

192

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

1. ¿Qué es un archivo XML?

Un archivo XML es un conjunto de registros magnéticos en un

estándar específico. Se basan en documentos de texto plano en

los que se utilizan etiquetas para delimitar los elementos de un

documento. XML define estas etiquetas en función del tipo de

datos que está describiendo y no de la apariencia final que

tendrán en pantalla o en la copia impresa, además de permitir

definir nuevas etiquetas y ampliar las existentes.

Estos archivos al estar en este estándar permiten fácil

intercambio entre los sistemas informáticos.

193

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

2. ¿Qué es un esquema XSD?

Un esquema XSD es la descripción de la

estructura de la información contenida en un

archivo XML y de sus reglas, por ej.

Longitud, tipo, obligatoriedad.

Se requiere para que los sistemas que

transmiten o reciben archivos XML puedan

validar la conformación de estos archivos.

194

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES 3. ¿Qué especificaciones concretas de XML se deben

seguir y en dónde encontrarlas?

Se debe utilizar la especificación XML 1.0 Tercera edición,

la cual se puede encontrar en la dirección .

4. ¿Qué caracteres especiales pueden contener los

archivos XML?

Solamente se recibirán caracteres que formen parte del

conjunto de caracteres ISO-8859-1, los caracteres que por

alguna razón no formen parte de este conjunto no deben

ser incluidos en los archivos.

195

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

5. ¿Cómo se identifica que un esquema

corresponde a una determinada versión y

tipo de archivo XML?

El nombre y el encabezado del archivo

contienen la versión y el tipo de archivo,

adicionalmente la solicitud de envío de archivos

también la incluye. El esquema por su parte

incorpora un elemento de documentación que

indica el formato que describe.

196

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

6. ¿Cómo se puede estar seguro que los archivos XML están

bien formados y son válidos antes de ser enviados a la

DIAN?

Al validarlos con el esquema XSD correspondiente se garantiza

que los archivos están bien formados, la validez del contenido

solamente se conocerá luego de ser procesados por la DIAN.

7. ¿Los esquemas de validación serán entregados a los

usuarios?

Los archivos esquema de cada uno de los formatos están

incluidos en las especificaciones técnicas y estarán publicados

para su descarga a través de Internet.

197

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

8. ¿Existe algún límite en el tamaño de los

archivos a transmitir?

Dado que cada archivo no puede contener más

de 5.000 registros, el tamaño del archivo no

debe ser superior a 5 MB (mega bytes), que

corresponde a los formatos más grandes.

198

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

9. ¿De qué manera la DIAN dará a conocer

modificaciones a las especificaciones

técnicas, como también a los esquemas de

validación?

Las modificaciones a las especificaciones

técnicas, que incluyen los formatos y sus

esquemas, deben publicarse mediante una

resolución.

199

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

10. ¿Qué tipo de apoyo o ayudas tendrá el usuario

final, para la generación de su información en los

formatos establecidos (información de software de

terceros, software DIAN, editores XML,

validadores/editores XSD, convertidores XML, etc.)?

La DIAN brindará una herramienta llamada “Prevalidador

de datos para presentación de información por envío de

archivos” la cual tiene por objeto facilitar el proceso de

generación de los archivos XML, adicionalmente podrá

utilizarla para validar archivos XML generados a través de

otras herramientas. Esta herramienta se dará a conocer en

versión de prueba próximamente.

200

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES 11. Como los campos de nombres, apellidos y

razón social no son obligatorios, según las

especificaciones técnicas, ¿puede no informarlos?

Las especificaciones técnicas indican que no es

obligatorio cuando el informado es una persona

jurídica, ya que en este caso el campo a diligenciar es

razón social, pero si es una persona natural deberá

diligenciar apellidos y nombres. En todo caso las

resoluciones correspondientes indican la

obligatoriedad de informar los campos de acuerdo con

cada caso particular.

201

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

14. ¿En el artículo 5° de la Resolución 10147 de

2005, relativo a información de retenciones en la

fuente practicadas, aplica la cuantía mínima para

informar?

No aplica la cuantía mínima, se deben informar todos y

cada uno de los pagos sobre los cuales se practicó la

retención en la fuente, conforme con las

especificaciones técnicas indicadas en el anexo 03 que

es parte integral de la Resolución 10147/2005.

202

CONFERENCISTA: JORGE HERNAN ZULUAGA POTES

INFORMACION EXOGENA

EN MEDIOS ELECTRONICOS AÑO

GRAVABLE 2013