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Factura Electrónica Abecé Factura Electrónica - www.dian.gov.co @DianColombia Facebook/diancol Dian Factura Electrónica ¿QUÉ ES LA FACTURA ELECTRÓNICA? Es, ante todo, una factura. Esto significa que tiene los mismos efectos legales que una factura en papel, se expide y recibe en formato electrónico. En otras palabras, es un documento que soporta transacciones de venta bienes y/o servicios y que operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas permitiendo el cumplimiento de las características y condiciones en relación con la expedición, recibo, rechazo y conservación. CARACTERÍSTICAS DE LA FACTURA ELECTRÓNICA Utiliza el formato electrónico de generación XML estándar establecido por la DIAN. Lleva la numeración consecutiva autorizada por la DIAN. Cumple los requisitos del 617 ET y discrimina el impuesto al consumo cuando es el caso. Incluye la firma digital o electrónica para garantizar autenticidad e integridad y no repudio de la factura electrónica, de acuerdo con la política de firma adoptada por la DIAN. Incluye el Código Único de Factura Electrónica CUFE.

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Factura Electrónica

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Factura Electrónica

¿QUÉ ES LA FACTURA ELECTRÓNICA?

Es, ante todo, una factura. Esto significa que tiene los mismos efectos legales que una

factura en papel, se expide y recibe en formato electrónico. En otras palabras, es un

documento que soporta transacciones de venta bienes y/o servicios y que operativamente

tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas permitiendo el

cumplimiento de las características y condiciones en relación con la expedición, recibo,

rechazo y conservación.

CARACTERÍSTICAS DE LA FACTURA ELECTRÓNICA

Utiliza el formato electrónico de generación XML estándar establecido por la DIAN.

Lleva la numeración consecutiva autorizada por la DIAN.

Cumple los requisitos del 617 ET y discrimina el impuesto al consumo cuando es el

caso.

Incluye la firma digital o electrónica para garantizar autenticidad e integridad y no

repudio de la factura electrónica, de acuerdo con la política de firma adoptada por la

DIAN.

Incluye el Código Único de Factura Electrónica CUFE.

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MODELO DE OPERACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA

El modelo de facturación fue adoptado en el país a través del Decreto 2242 de 2015,

compilado en el Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016, y su objetivo principal es la

masificación en el uso de la factura electrónica en Colombia, y, para ello, facilita la

interoperabilidad entre quienes facturan de forma electrónica y quienes adquieren bienes

que son facturados por ese medio, con los siguientes elementos:

Un formato estándar de generación de la factura en XML que para su construcción

utiliza el estándar UBL V2.0, el cual es de uso obligatorio para quienes facturan

electrónicamente.

Otros formatos estándar relacionados con el proceso de facturación son las notas

débito y crédito a través de las cuales se realizan ajustes a las facturas electrónicas

emitidas; estos formatos también tienen un formato estándar en XML y UBL V 2.0, e

igualmente son obligatorios.

La firma digital es elemento que permite garantizar la integridad, autenticidad y no

repudio de la factura electrónica.

Para aquellos adquirentes que no reciben el formato estándar electrónico de la factura

se expedirá una representación gráfica que contiene elementos técnicos como un código

QR.

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La DIAN dispone de un servicio electrónico para pruebas de habilitación, recepción de

ejemplares de factura electrónica, autorización de proveedores tecnológicos y un catálogo

con la información de los participantes en factura electrónica. Este modelo permite que

quienes deseen, pueden voluntariamente postularse para facturar electrónicamente.

También le otorga facultades a la DIAN para seleccionar a contribuyentes y/o sectores para

que facturen por este medio.

Esta modalidad de operación representa para las empresas una disminución del costo de

facturación, respecto de los sistemas de facturación en papel y por computador.

¿CÓMO SE PUEDE GENERAR UNA FACTURA ELECTRÓNICA?

Esto puede suceder a través de dos caminos diferentes:

A través de una solución de facturación electrónica dispuesta por el responsable de

facturar.

O por medio de los servicios de un proveedor tecnológico, de acuerdo con la

Normatividad relacionada: Decreto 2242 de 2015, compilado por el Decreto 1625 de

2016.

Actores de la Factura Electrónica

Facturador Electrónico

Adquirente

Proveedor Tecnológico

¿Quiénes facturan electrónicamente?

De un lado están los obligados a facturar seleccionados por la DIAN -mediante resolución

de carácter general-; por otro, están quienes voluntariamente decidan adoptar el modelo.

Tenga en cuenta

El parágrafo transitorio segundo de la Ley 1819 de 2016, establece que los obligados a

declarar y pagar IVA y el impuesto al consumo deberán expedir factura electrónica a partir

del 1 de enero del año 2019.

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PLAZOS PARA FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE

Para quienes seleccione la DIAN:

Las resoluciones expedidas por la DIAN por medio de las cuales se seleccionan los

obligados a facturar electrónicamente establecen una fecha a partir de la cual se debe

facturar, la cual no podrá ser inferior a tres (3) meses, después de su publicación en el

Diario oficial. Lo anterior, sin perjuicio del plazo adicional de tres (3) meses que otorga el

artículo 684-2 del Estatuto Tributario para que la DIAN pueda hacer exigible la facturación

electrónica. En conclusión, un facturador seleccionado por la DIAN para facturar

electrónicamente, como mínimo cuenta con 6 meses para iniciar.

Normatividad relacionada (Artículo 1.6.1.4.1.10 del Decreto 1625 de 2016).

Para quienes opten voluntariamente por habilitarse para facturar electrónicamente:

Luego de manifestar su interés de facturar electrónicamente, ingresando al Sistema Muisca

de la DIAN, dispondrá de tres meses para realizar las pruebas de habilitación del software

de facturación en el servicio dispuesto por la DIAN. Pasados los tres meses si no ha logrado

habilitar su solución de facturación, podrá volver a intentarlo las veces que lo requiera,

hasta lograrlo. Luego de superar satisfactoriamente dichas pruebas, y dentro de los tres

meses siguientes, la DIAN emitirá resolución de habilitación indicando la fecha a partir de

la cual está obligado a facturar electrónicamente. Desde esta fecha el habilitado a facturar

electrónicamente es obligado a facturar por este medio; sin embargo, la DIAN no podrá

hacer exigible este sistema de control hasta pasado tres meses de la fecha de obligatoriedad.

Normatividad relacionada (Artículo 684-2 de Estatuto Tributario)

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DOCUMENTOS QUE PUEDEN SER EMITIDOS ELECTRÓNICAMENTE

Los documentos que pueden ser emitidos electrónicamente, relacionados con la facturación

son:

Facturas

Notas Crédito

Notas Débito

Acuse de recibo

Normatividad relacionada (Decreto 2242 de 2015, compilado Decreto 1625 de 2016)

BENEFICIOS Y VENTAJAS

Los siguientes son algunos de beneficios que podrán tener quienes facturan

electrónicamente:

Eliminación de riesgo de pérdida de documentos físicos

Eficiente gestión documental

Cuidado y protección del medio ambiente

Consulta en línea.

Facilidad en las transacciones

Mejora la trazabilidad y seguridad de operaciones

Mejora la gestión de cobro

Ahorro en costos de impresión, despacho, y almacenamiento.

Procesos administrativos más rápidos y eficientes. Integración de procesos

misionales, logísticos, contables, financieros y administrativos.

Mejora la relación cliente/Proveedor.

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NORMATIVIDAD

En este espacio encontrará la normatividad relacionada con factura electrónica.

Estatuto Tributario

Artículo 511. Deber de entregar factura o documento equivalente.

Artículo 615. del Estatuto Tributario-obligados a expedir y entregar factura o

documento equivalente.

Artículo 616-1. Factura o documento equivalente.

Artículo 616-4. Proveedores autorizados, obligaciones e infracciones.

Artículo 617. Requisitos de la factura para efectos tributarios.

Artículo 618. La factura o documento equivalente, exigible por los adquirentes.

Artículo 684-2. La DIAN puede prescribir sistemas técnicos de control a

determinados contribuyentes o sectores.

Artículo 684-4. Sanciones aplicables a los proveedores autorizados.

Ley 962 de 2005. Artículo 26 - factura electrónica.

Decreto Único Tributario 1625 de 2016. Artículo 1.6.1.4.1.1. hasta el 1.6.1.4.1.20.

Resolución 000019 del 24 Febrero de 2016. Reglamentó el Decreto 2242 de 2015,

que fue compilado en el Decreto 1625 de 2016.

Resolución 0055 del 14 de julio de 2016. Reglamenta el servicio técnico de solicitud

de numeración de facturas.

Concepto 0907 del 16 de septiembre de 2016. Se pronuncia sobre el requisito de

activos fijos que debe acreditar un solicitante de autorización como proveedor

tecnológico.

Resolución 000010 del 6 de febrero de 2018.

Resolución 000072 del 29 de diciembre de 2017.

Listado Obligados Resolución 000072 del 29 de diciembre de 2017.

Factura Electrónica

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REQUISITOS

Los interesados en participar en el Modelo de Factura Electrónica previsto por la DIAN

deben pertenecer a uno de estos grupos:

Las personas naturales o jurídicas seleccionadas por la DIAN para expedir factura

electrónica o decidan acogerse de forma voluntaria.

Personas que, no siendo obligadas a facturar, opten por expedir factura electrónica.

En cualquiera de los casos, las personas naturales o jurídicas deberán surtir

procedimiento habilitación previsto en el artículo 1.6.1.4.1.10 del Decreto 1625 de

2016.

PROCEDIMIENTO DE HABILITACIÓN

Factura Electrónica

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Es el procedimiento establecido por la DIAN, a través del cual los sujetos

seleccionados por la DIAN para facturar electrónicamente o que optaron voluntariamente

por ello, realizan entre otras, las pruebas tecnológicas tendientes a demostrar que el

software que han dispuesto para facturar electrónicamente, cumple con las condiciones

técnicas de expedición (generación -entrega) de la factura electrónica, recibo, rechazo

Durante las pruebas de habilitación el interesado enviará facturas, notas débito y

crédito electrónicas al servicio web desarrollado por la DIAN, con información ficticia,

con el fin de comprobar que se ajustan a las condiciones técnicas fijadas por la DIAN

El interesado en facturar electrónicamente puede hacer las pruebas con un software

dispuesto directamente por él o seleccionando a un proveedor tecnológico previamente

autorizado por la DIAN

Guía de Usuario Externo Facturador Electrónico

AUTORIZACIÓN PROVEEDOR

Autorización de Proveedor tecnológico

Es el evento, en el sistema de Facturación Electrónica, que les otorga a los participantes,

denominados proveedores tecnológicos, autorización para ofrecer servicios inherentes a la

factura electrónica a los obligados a facturar y a los adquirentes, que así lo decidan. Para

poder obtener esta autorización un proveedor tecnológico deberá, entre otros requisitos,

surtir el procedimiento de habilitación.

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Listado de proveedores tecnológicos autorizados por la DIAN para prestar servicios

de Factura Electrónica

NÚMERO PROVEEDOR TECNOLÓGICO CIUDAD

1 ACEPTA S.A.S BOGOTÁ D.C.

2 ATEB COLOMBIA S.A.S BOGOTÁ D.C.

3 BIT CONSULTING S.A.S BOGOTÁ D.C.

4 BYTHEWAVE S.A.S MEDELLÍN

5 CADENA S.A LA ESTRELLA

6 CARVAJAL TECNOLOGIA Y SERVICIOS S.A.S CALI

7 COMERCIO ELECTRONICO EN INTERNET S.A CENET S.A BOGOTÁ D.C.

8 COMPUNET S.A CALI

9 COMPUTEC OUTSOURCING S.A.S BOGOTÁ D.C.

10 DATA EXPRESS LATINOAMAERICANA S.A.S BOGOTÁ D.C.

11 DBNET COLOMBIA SAS BOGOTÁ D.C.

12 DELCOP COLOMBIA S.A .S BOGOTÁ D.C.

13 DISTRIBUIDORA DE PAPELES S.A.S - DISPAPELES BOGOTÁ D.C.

14 DOMINA ENTREGA TOTAL S.A.S MEDELLÍN

15 ECOM S.A.S. CALI

16 EDICOM S.A S BOGOTÁ D.C.

17 EDX COLOMBIA S A S BOGOTÁ D.C.

18 EKOMERCIO ELECTRONICO S.A S BOGOTÁ D.C.

19 ESDINAMICO S.A.S BOGOTÁ D.C.

20 ESTRUCTURAS GERENCIALES S.A.S EGESA BOGOTÁ D.C.

21 F Y M TECHNOLOGY S.A.S BOGOTÁ D.C.

22 FACTURA1 S.A.S BOGOTÁ D.C.

23 FACTURE S.A.S CARTAGENA

24 FEBOS COLOMBIA S.A .S BOGOTÁ D.C.

25 GURUSOFT S.A.S BOGOTÁ D.C.

26 HERRAMIENTAS DE GESTION INFORMATICA S.A.S MEDELLÍN

27 HMT SAS BOGOTÁ D.C.

28 INDRA COLOMBIA LTDA BOGOTÁ D.C.

29 INNAPSIS APPFLOWS.A.S BOGOTÁ D.C.

30 JAIME TORRES C Y CIA S.A BOGOTÁ D.C.

31 NOVA CORP S.A.S BOGOTÁ D.C.

32 OASISCOM SAS BOGOTÁ D.C.

33 OLIMPIA MANAGMENT S.A BOGOTÁ D.C.

34 PAPERLESS S.A.S BOGOTÁ D.C.

35 PARADIGMA S.A.S BOGOTÁ D.C.

36 PLATAFORMA COLOMBIA SAS CALI

37 PRODUCTORA DE SOFTWARE S.A.S. PSL ITAGÜI

38 PROFESIONALES EN TRASACIONES ELECTRONICA S.A. PTESA BOGOTÁ D.C.

39 REDUNONET LTDA BOGOTÁ D.C.

40 SAPHETY TRANSFORMACIONES ELECTRONICAS S.A.S BOGOTÁ D.C.

41 SIGNATURE SOUTH CONSUSULTIN COLOMBIA S.A.S BOGOTÁ D.C.

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42 SIMBA SOFTWARE S.A.S BOGOTÁ D.C.

43 SISTEMA INTEGRADO MULTIPLE DE PAGOS ELECTRONICOS S.A BOGOTÁ D.C.

44 SISTEMAS DE INFORMACION EMPRESARIAL S.A CALI

45 SOCIEDAD CAMERAL DE CERTIFICACION DIGITAL CERTICAMARA S.A BOGOTÁ D.C.

46 SOCIEDAD DE EXPLOTACION REDES ELECTRONICAS Y SERVICIOS DE COLOMBIA S.A S

SERES S.A.S BOGOTÁ D.C.

47 SOFTWARE COLOMBIA SERVICIOS INFORMATICOS S.A.S BOGOTÁ D.C.

48 TELEINTE S.A.S BOGOTÁ D.C.

49 TERASYS S.A BOGOTÁ D.C.

50 THE FACTORY HKA COLOMBIA S.A.S BOGOTÁ D.C.

51 TRANSFIRIENDO S.A BOGOTÁ D.C.

52 VSDC S.A.S MEDELLÍN

Fecha de Corte: 30 de mayo de 2018

Guía de Usuario Externo Facturador Electrónico

INFORMACIÓN TÉCNICA

Aquí encontrará información técnica para definir y desarrollar las aplicaciones para factura

electrónica desde su creación como documento XML, su firma digital y su respectivo envío

a la DIAN. A continuación, se presenta la guía de usuario externo, mediante la cual se

podrá identificar paso a paso como ingresar a la factura electrónica en Colombia: Guía de

Usuario Externo Facturador Electrónico.

Anexos Técnicos

Esta documentación complementa la resolución 0019 de 2016 para definir los parámetros

técnicos que deben cumplir las aplicaciones desarrolladas por los interesados en Facturar de

forma Electrónica.

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Anexo Técnico 001. Formatos de los Documentos XML de Fac-e V2

Anexo Técnico 002. Política de Firma de los Doc-eXML V2

Anexo Técnico 003. Mecanismos Sistema Tecnico de Control V2

Anexo Técnico 004. Condiciones de Operatividad Tecnológica

Anexo Técnico 005. Servicio de Recepcion de Facturas Electronicas V2

Anexo Técnico 006. Servicio de Consulta Rangos Numeracion Facturacion V1

Resolución 00001 del 05 de enero de 2018. Por la cual se modifican los Anexos

Técnicos No. 001, 002, 003 y 005 de la Resolución 000019 del 24 de febrero 2016 y se

adiciona el anexo No 006.

Ubl-Invoice Referencias Cruzadas.

o Tomo 1

o Tomo 2

o Tomo 3

DOCUMENTOS DE APOYO

Paquete comprimido (.zip) con el WSDL para el servicio web de entrega de

documentos electrónicos a la DIAN

WebService para entregar Factura Electrónica. Paquete comprimido (.zip) con el

WSDL y XSD para el servicio web de consulta de resoluciones de facturación.

DIAN Consulta resoluciones Facturación - wsd

DIAN Consulta resoluciones Facturación - xsd - Paquete comprimido (.zip) con las

estructuras XSD que se deben utilizar para Factura Electrónica.

XSD DIAN UBL - XSD UBL2

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Ejemplos de apoyo:

Ejemplificación del response de la consulta. Histórico de publicaciones:

Histórico de Documentos Publicados

EJEMPLIFICACIONES XML

Estos documentos no fueron diseñados para obtener resultados de "factura exitosa" en el SIEFE de

la DIAN, están hechos para ejemplificar el uso de algunos elementos UBL.

• Invoice__DeliveryTerms__PaymentTerms_1dXf-s.xml

• Invoice__invoiceLine__paymentTerms__1dXf-s.xml

• Invoice__paymentTerms__invoicePeriod_pagoA90dias_1dXf-s.xml

• Invoice__paymentTerms__invoicePeriod_pagoA90dias3cuotas_1dXf-s.xml

• Invoice__paymentTerms__invoicePeriod_pagoDeContado_1dXf-s.xml

• Invoice__paymentTerms__invoicePeriod_pagoTC_1dXf-s.xml

• Invoice__paymentTerms__invoicePeriod_pagoVoucher_1dXf-s.xml

• Invoice__AccountingSupplierParty__mandatario_mandantes_1dXf-s.lst.html

• Invoice__AccountingSupplierParty__mandatario_mandantes_1dXf-s.xml

• Invoice__InvoiceTypeCode__contingencia_1dXf-c.xml

• Invoice__InvoiceTypeCode__OFEContingenciaID_1dXf-c.xml

Ejemplificación de CUFE

Ejemplificaciones específicas

Facturas de contingencia

Facturas de exportación

Facturas de mandatos

Facturas firmadas

Notas Crédito y Notas Débito

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GLOSARIO

• Autorizar (proveedor tecnológico): Es el evento en el sistema de Facturación

Electrónica, que le otorga a los participantes denominados proveedores tecnológicos,

autorización para ofrecer sus servicios a los obligados a facturar y a los adquirentes, que así

lo decidan. Para poder obtener esta autorización un Proveedor tecnológico deberá surtir en

primer lugar el procedimiento de habilitación previsto en el Decreto 1625 de 2016 y la

Resolución 000019 del 24 de febrero de 2016. Obtenida la correspondiente habilitación por

parte de la DIAN, deberán presentar solicitud a la DIAN, acreditando como mínimo los

requisitos establecidos en el mencionado Decreto.

• Adquirente: Persona natural o jurídica que adquiere bienes y/o servicios y tiene la

obligación de exigir factura o documento equivalente.

• Catálogo de Participantes: Servicio dispuesto en el sistema informático de facturación

electrónica desarrollado por la DIAN, donde se encuentra la identificación básica e

información de los Facturadores Electrónicos, Proveedores tecnológicos y adquirentes que

reciban factura en formato electrónico.

• Código Único de Factura Electrónica (CUFE): Corresponde a un valor alfanumérico

obtenido a partir de la aplicación del procedimiento con datos de factura establecido en el

anexo 3 de la Resolución 019 de 2016, permite identificar de forma única una factura. Este

código adicionalmente incluye la clave de contenido técnico de control generada y

entregada por la DIAN.

• Factura Electrónica: Es el documento que soporta transacciones de venta de bienes y/o

servicios y que operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o

soluciones informáticas que permiten el cumplimiento de las características y condiciones

que se establecen en el Decreto 1625 de 2016 y la Resolución 000019 del 24 de febrero de

2016 en relación con la expedición, recibo, rechazo y conservación. La expedición de la

factura electrónica comprende la generación por el obligado a facturar y su entrega al

adquirente.

• Habilitar: Es el evento en el sistema de facturación electrónica a través del cual se le

otorga a los participantes identificados como Obligados a facturar electrónicamente la

facultad de facturar de forma electrónica, cuando cumplan los requisitos establecidos por la

DIAN según el Decreto 1625 de 2016 y la Resolución 000019 del 24 de febrero de 2016.

• Obligado a facturar electrónicamente: Persona natural o jurídica -en el ámbito del

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Decreto 1625 de 2016- y que como tal debe facturar electrónicamente en las condiciones

establecidas en el mismo.

• Proveedor tecnológico: Persona natural o jurídica, previamente autorizada por la DIAN,

que podrá prestar servicios de facturación electrónica a los obligados a facturar por este

medio, o a los adquirentes que opten por recibirla en formato electrónico.

• XML (Extensible Markup Language): Es el lenguaje de marcas que permite la

organización y el etiquetado de documentos electrónicos. Es una adaptación del estándar

SGML (Standard Generalized Markup Language). Esto quiere decir que XML no es un

lenguaje en sí mismo, sino un sistema que permite definir lenguajes de acuerdo a las

necesidades.

Mesa de ayuda Línea de atención: 6079999 Extensiones: 907439 - 907441 - 907442

Correo Electrónico: [email protected]

Sede principal: Bogotá, Carrera 8 Nº 6C - 38 Edificio San Agustín; PBX (57+1) 6079999;

PBX (57+1) 3824500; fax (57+1) 6079450

Fuente: http://portal.dian.loc/fizcalizacioncontrol/herramienconsulta/FacturaElectronica/Paginas/default.aspx

PREGUNTAS FRECUENTES

https://www.dian.gov.co/fizcalizacioncontrol/herramienconsulta/FacturaElectronica/Factura%20Electrnica/Pregun

tas_Frecuentes_Factura_Electronica.pdf

Factura Electrónica

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Abecé Factura Electrónica

¿Qué es la factura electrónica?

Es, ante todo, una factura. Esto significa que tiene los mismos efectos legales que una factura en papel. Se expide y recibe en

formato electrónico. En otras palabras, es un documento que soporta transacciones de venta bienes y/o servicios y que operati-

vamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas permitiendo el cumplimiento de las

características y condiciones en relación con la expedición, recibo, rechazo y conservación.

Características de la Factura Electrónica

• Utiliza el formato electrónico de generación XML estándar establecido por la DIAN.

• Lleva la numeración consecutiva autorizada por la DIAN.

• Cumple los requisitos del Estatuto Tributario y discrimina el impuesto al consumo cuando es del caso.

• Incluye la firma digital o electrónica para garantizar autenticidad e integridad y no repudio de la factura electrónica, de acuer- do

con la política de firma adoptada por la DIAN.

• Incluye el Código Único de Factura Electrónica CUFE

¿Quiénes facturan electrónicamente?

De un lado están los obligados a facturar seleccionados por la DIAN -mediante resolución de carácter general-; por otro, están

quienes voluntariamente decidan adoptar el modelo.

¿Cuántos proveedores tecnológicos han sido autorizados a la fecha por la DIAN?

A la fecha, 28 Proveedores Tecnológicos se encuentran autorizados por la DIAN, para prestar sus servicios de Factura

Electrónica.

¿Es obligatorio o necesario que las empresas interesadas en facturar electrónicamente

acudan a los proveedores tecnológicos?

No es obligatorio que las Empresas interesadas en facturar electrónicamente contraten los servicios de proveedores tecnológicos. Si una

Empresa está interesada en facturar electrónicamente sus operaciones, ésta tiene la libertad de desarrollar su propia solución

tecnológica, adquirirla, licenciarla, etc, para facturar electrónicamente de manera directa.

A partir del 01 de enero de 2019, ¿qué pasará con los documentos equivalentes a la

factura y la factura electrónica?

Sin perjuicio de la obligación de facturar electrónicamente por parte de los responsables del IVA y el Impuesto Nacional al Consumo, el

Gobierno Nacional podrá reglamentar la factura de venta y los documentos equivalentes, indicando los requisitos que deban

aplicarse para cada sistema de facturación, o adicionando los que considere pertinentes, así como señalar el sistema de facturación

que deban adoptar los obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.

En este momento, la DIAN se encuentra preparando reglamentación adicional que abordará de manera puntual todos estos temas.

Factura Electrónica

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Para seguir avanzando en el tema

¿qué tiene previsto la DIAN en el segundo semestre de 2017 y durante 2018?

Segundo semestre de 2017

• Se pondrá a disposición de las micro y pequeñas empresas una solución gratuita que permitirá a estos contribuyentes generar y

descargar sus facturas electrónicas , para la realización de sus operaciones comerciales.

• Los estudios sectoriales de riesgo que darán lugar a la selección de algunos contribuyentes que deberán facturar electrónicamente en

2017 y 2018.

• Los estudios y análisis necesarios para acondicionar tecnológicamente a la DIAN para evolucionar el actual modelo de factura

electrónica, de acuerdo a lo establecido en la pasada reforma tributaria.

En 2018

• Se implementará la validación de las facturas electrónicas por parte de la DIAN o de proveedores autorizados por esta.

• Se adaptará la infraestructura tecnológica de la entidad para la evolución del modelo de facturación electrónica.

• Se expedirán resoluciones de seleccionados para facturar electrónicamente.

• Se seguirá promoviendo la voluntariedad y sus beneficios.

¿Se han previsto alianzas o convenios con gremios para fortalecer y facilitar la

implementación de la facturación electrónica en el país?

La DIAN ha prestado toda la atención y colaboración a las que han mostrado interés en promover el uso de la factura electrónica y

facilitar su adopción entre sus empresas vinculadas. Es de anotar que algunas agremiaciones han realizado una labor importante,

llevando a cabo actividades de socialización y sensibilización para la adopción de la factura electrónica, lo que contribuye enorme-

mente a su masificación.

Principales avances de la facturación electrónica en el país

En los dos últimos años, se destacan como avances en la Facturación Electrónica, los siguiente: • Empréstito gestionado por la DIAN con el BID. Se obtuvieron los recursos necesarios para abordar el impulso y masificación de la

factura electrónica desde la Entidad.

• Adopción del formato (XML) y lenguaje (UBL) estándar, garantizando la interoperabilidad entre los facturadores electrónicos.

• Puesta a disposición de los contribuyentes una plataforma tecnológica idónea para que sean remitidas a la DIAN las facturas electró-

nicas.

• AAdopción de las condiciones técnicas que debían cumplir quienes facturen electrónicamente.

• La reforma tributaria de 2016 (Ley 1819) elevó la categoría de la factura electrónica a una factura de venta propiamente dicha y se

otorgaron amplias facultades al gobierno para reglamentarla, junto con los demás sistemas de facturación.

• Se han implementado estrategias de uso de los datos, a través de herramientas de Business Inteligente que buscan optimizar la

trazabilidad y el control fiscal por parte de la Entidad.

•Se ha dado un paso fundamental en la automatización de las operaciones comerciales y en la relación entre contribuyentes y

administración tributaria a través del uso de las nuevas tecnologías.

• Se ha expedido la normatividad para masificar e impulsar el uso de la Factura Electrónica en Colombia. Con la expedición de la Ley

1819 de 2016, se evoluciona el modelo para un sistema de validación previa a la expedición y operación en tiempo real de la Factura

Electrónica. Ya han iniciado su proceso de facturación varios contribuyentes de manera voluntaria y empresas que están prestando los

servicios de factura electrónica como proveedores.