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Page 1: Entre LAPROCURADURÍAGENERALDELANACIÓN, representada …

CONTRATO NO. 179- I i I DE 2018 - ARRIENDO - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA ©EHERAL DE LA NACIÓN Y AURA NELLY ÓRTIZ MURCIA.

Entre LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, representada por LILIANA GARCÍALIZARAZQ, mayor de edad, vecina de esta dudad, identificada con ¡a cédula de ciudadanía No,52.557.86? de Bogotá, quien-actúa en calidad de Secretaría General, según consta en el DecretoNo. 1725 dei2de abril de 2018yActade Posesión No. 00217del 11 de abrí! ds 2018, debidamente

facultada piara celebrar contratos según Resolución No. 200 dsl 17 de mayo del 2017, expedidapor el Procurador General de la Nación, de una parte, quien encelante se denominará como IAARRENDATARIA, y de la otra AURA NELLY ORTiZ MURCiA, persona natural, identificada concédula da ciudadanía No. 26.548.91-S: de PitaiHo, propietaria del inmueble objeto de este contrato,segúrusl Certifleado de Tradición de Matricula Inmobiliaria No. 206-79827 de feoha 06 de julio de2018 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pitalito, quien en adelante y para losefectos de este contrato se denominará como LA ARRENDADORA, hemos contenido suscribir elpresante contrato de arriendo, previas ías siguientes consideraciones: 1) Que de conformidad conlo consagrado ert él Decreto Ley 262 de 2000, artículo 64, numeral 3, ia División Administrativa déIá Entidad ARRENDATARIA evaluó la necesidad (fe tomar en arrendamiento un bien inmueble,para el funcionamiento de la Procuraduría 271 Judicial I Penal de Pitalito, para lo cual, de acuerdo

con ei Decreto 1082 de 2015, articulo 2.2.1.1.2.1.1 elaboró el documento de estudios previos, enei que determinó las condiciones especificas del bien y conforme al análisis efectuado recomendóaceptar la oferte' presentada por la señora Aura Nelly Ortiz Murcia, propietaria del inmueble ubicadogn la Calle 13 No. 2-E8 Apto: 103, Torre 1 "Uftanizadón Toms de te Alhambra" de Pítate- HuBa,por ser ia que cumple con ¡as especificaciones requeridas por ¡a Entidad, es favorable para teentidad y suple sus necesidades. 2) Que por tratarse de arrendamiento de bienes inmuebles, lamodalidad de selección de! contratista corresponde a la Contratación Directa, de conformidad conte dispuesto en la Ley 1150 de 2007, artículo 2°, numeral 4°, litera! I, en concordancia con ei Decreto1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.4.11, normas que determinan c|ue la modalidad da selección decontratación directa procede en el arrendamiento de inmuebles. 3} Que la señora Aura Nelly OrfizMurcia se encuentra habilitada para contratar con el estado, en razón a que no se encuentravinculada en ei Sistema Registro Nacional de Medidas Correotivas RNMC de la Policía Nacionalde Colombia como miradores de ia Ley 1801 de 2016. Pin de validación interno: 3363377 de! 29de agosto de 20m Adietonalments, dé acuerdo con si certificado expedido por ¡a ContralonaGeneral de iá República si 29 de agosto de 2018, con código de verificación28548812*80829165050 así como lo señalado en e! certificado ordinario No. 114582082 expedido

" el 29 de agosto de 2Q18rpor el Jefe de la División Cerrtro de Atención al Público (CAP) de teProcuraduría General de la Nación, la propietaria y NO se encuentra reportada corno responsablefiscal ni registran sanciones & inhabilidades. 4) Que en atención a lo dispuesto por el Decreto 108/de-2015 articulo22 1 2,1 4.1., la Procuraduría General de la Nación expidió el acto admirasu-ativoaue ¡uséca la contratación bajo la modalidad de contratación directa. 5} Que ei presente contratose regirá por tes Leyes 80 de 1983 y 1150 de 2007, sus normas reglamentarias, por lasdisposiciones civiles y comerciales y tea estipulaciones previstas en ¡as siguientes «áusuias:PRIMERA-OBJETO- LA ARRENDADORA entrega a «tilo de arriendo y la ARRENDATARIAri3te~íra2^r©sádó~«Mo, un inmueble ubicado en la Calle 13 No. 2-58 Apto: 103 Torre 1«Ufhanizatíón Toms de ¡a AlframbiW de Pitalito- Hulla, en adelante el inmueble, con destine> a^funcionamiento de te Procuraduría 271 Judicial I Penal, ubicada en dicho municipio. PARÁGRAFOPRIMERO1 El área construida <teí inmueble que se arrienda es de 4157 M2, cuyos linderos seencuentran descritos en la Escritura Pública No. 1070 del 10 de Julio de 2013 * la Notaría Prnerade Prtálito - Hulla, registrada en el Certificado de Tradición de la matrícula inmobiliaria 208-7982?,de la Oneitts de Registro de Instrumentos Públicos dé Pitalifo, impreso el 05 de julio de 2018 yárea de acuerdo a lo señalado en ia oferta, en el concepto deihGrjipo de Inmuebles_de 31 de julrode 2018 y el estudio de títulos de fecha 24 de agosto de 2018. PARÁGRAFO SEGUNDO. LAARRENDATARIA podrá destinar e! inmueble para el tetonamente ds otra (s) dependencia (s),siempre y cuando no se modifiquen las condiciones pactadas en el presente contrato. §£gM£e&w» h * „ Q canon mensual por el arriendo del inmueble es la suma de

MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS M/CTEI§l||¡t6sWlÍfATQeHO ML QUIMENT06 NOVENTA Y TRE{$778 593>, sin IVA, teniendo en cuenta que te Procuraduría General de la Nación por ser unaEntidad pública no es responsable de! ÍVA y LA ARREM0ADORA del inmueble por pertenecer a!

1Secretaria General Carrera 5" No. 15-80 Piso 7 Pbx 5878750 Ex 10786-10727

wwvv.procuraduria.gov,co

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CQMTRATO Na 179- 116 DE 3MÍ18 - ARRIENDO - CELEBUADO. ENTRE IjAPROCURADURÍA-GENERAL DE LA NACIÓN Y AURA NELLY ORTIZ MURCIA.

régimen simplificado, no están obligados a facturar este impuesto, monto que LA

ARRENDATARIA pagará a LA ARRENDADORA, mediante consignación efectuada en ia cuenta

que para el efecto éste suministre. TJRCERA - VALOR: Para todos los efectos legales y flscaiesel valor del contrato es por la suma de TRES MILLONES CIENTO CATORCE MIL TRESCIEMTOSSETENTA Y DOS PESOS MÍCTE ($3.114.372), sin IVA, valor que corresponde a 3,99 SMMLVpara e! ano 2018. CUARTA..- PLAZO Y .LUGAR PE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución delcontrato es de cuatro (4) meses eorstados a partir de la fecha ds entrega física del inmueble, previalegalización del contrato y vencimiento del que se encuentra en ejecución, sin que exceda e! 31 de

diciembre de 2018. El contrato se ejecutará en la Calle 13 No. 2-58 Apto: 103, Torre 1 "UibanizmiónToms de !a Alhamhm" da Pítalo- Hulla. PARÁGRAFO; Las circunstancias que impidan laejecución oportuna del objeto del contrato deberán ser comunicadas por escrito y en formainmediata a ¡a Entidad ARRENDATARIA - Secretaría General para que se adopte la decisiónsobre eí particular. CjfWrA.-gcmEQA: EL INMUEBLE objeto de arriendo deberá ser entregadopor LAARRENDADORA a la ARRENDATARIA, mediante acta a inventario, que se suscribirá una

vez cumplidos ios requisitos de. legalización de! contato. SEXTA - APROPIARONPEESUPUeSTAL Y PtAM DE APOJJ¡SJG.jQJj§S: Et valor de este contrato se cancelará con

recursos provenientes dei presupuesto da la actual vigencia, con «argo ai Certificado dedisponibilidad presupuesta! Nú. 66418 expedido el 01 de agosto de 201 ffpor la Coordinadora de!Grupo de Ejecución Presupuesta! de ¡a División Financiera de la Entidad. La necesidad seencuentra contemplada en el Piante Adquisiciones de la Entidad, según certificado No. 2018-230,expedido ei 01 de agosto de 2018 por e\ administrador de! pian. SiPTiMA-FORMA DE PAGO:LAARRENDATARIA cancelará el valor del contrato en fotma mensual. El pago se efectuará dentro

de ios treinta (30) días calendarios siguientes a ta fecha en !a que la supervisión dei contratoradique definitivamente en la División Financiera - Grupo de Cuentas de la Procuraduría Generalde la Nación, la factura y/o el documento respectivo de cobro, con los respectivos soportes, junto

cor» el reporte de pago de ia Planilla integrada de Liquidación de Aportes - PILA de LAARRENDADORA, previa revisión y aprobación de ios documentos entregados por LAARRENDADORA. Ei proceso de aceptación de la factura y/o documento de cobro se surtirá en un

término no mayor a tres (3) días hábiles siguientes a le fecha de su entrega por parte de LAARRENDADORA, periodo en el cual la supervisión realizará ias reclamaciones en contra de su

contenido, bien sea mediante ia devolución de la misma, o por medio de reclamo escrito dirigido alemisor o tenedor de ia factura y/o cuente de cobro. Este documento deba ir acompañado de la

certificación que expida ia supervisión dei contrato, de la certificación que acredite el pago por partede LA ARRENDADORA de los aportes al Sistema de Seguridad Sosia! Integral y parafiscatesconforme a lo previsto en ias normas aplicables sobre la materia. PARÁGRAFO PRIMERO: Entodo caso el pago del contrato, se encuentra sujeto a la disponibilidad del PAC. PARÁGRAFOSEGUNDO- Si en el Departamento del Huila o en ei municipio de Pitante se encuentra vigentealgún tipo de estampía, LA ARRENDADORA deberá demostrar dicho pago o en caso contrario,LA ARRENDATARIA procederá a realizar el descuento respectivo. PARÁGRAFO TERCERO:

Con ei fin de dar cumplimiento a las obligaciones tributarias de! orden nacional, departamental ymunicipal en caso que sea procedente. LA ARRENDADORA deberá discriminar en la factura o

cuenta de cobro el vater dei servido. PARÁGRAFO CUARTO: Cuando LA ARRENDATARIA nocancele a LA ARRENDADORA ias sumas pactadas, dentro de los treinta (30) días calendariossiguientes a la fecha de su causación, reconocerá como intereses de mora el incremento mensualpromedio dei índice de Precios al Consumidor certificados por ei DAÑE entre el 1° de enero y el 31de diciembre del año anterior. OCTAVA - OBLIGACIONES DE LA ARRENDADORA: 1) Entregara LA ARREMATARÍA el inmueble dado en arrendamiento en buen estado de servicio, seguridad

y sanidad y poner a su disposición ios servicios, bienes o usos conexos y ios adicionalesconvenidos, previa elaboración de un acta de inventario firmada por IA ARRENDADORA y elsupervisor del contrato. 2) Mantener en el inmueble ios bienes y servicios conexas y adicionalesen Í5uen estado de servicio para el fin convenido en e! contrato y garantizar durante todo el término

do! contrato el uso y Qoce exclusivo y pacífico dei inmueble por parte de LA ARRENDATARIA. 3)Presentar mensualrnente ios documentos para ei pago de! canon de manera oportuna junto conI08 que acrediten el pago de IOS aportes al Sistema de Beguridad Social Integra! y parafisegies o

Secretarla General Cepera 5a No. tS-80 Piso 7 Pbx 5873750 Ex 10706 - «72?

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CONTRATO No. 179- % 1 I DE 2818 - ARRIENDO - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA HACIÓiS Y AURA NELLY GRTI2 MURCIA.

certificar la causa! de exclusión de aportes. 4) Librar a LA ARRENDATARIA de toda turbación oembarazo en e¡ goce del inmueble arrendado. 5) Entregar el inmueble con tos servicios públicos,

impuestos y demás cargos o pagos ai día, 8) Reaiizar las reparaciones o mejoras necesarias eft

tiempo oportuno, de conformidad con So estabíecido en ei Artículo 1985 de! Código Civil. 7} Efectuar

fas reparaciones focaüvas si los deterioros que las han hecho necesarias provienen de fuerza

mayor o caso fortuito o de mala candad del írtmue&ie arrendado. 8) Rembolsar a LA

ARRENDATARIA ei costo de iás reparaciones indispensables no locativas que ésta haya

efectuado en el inmueble, siempre que LA ARRENDATARIA no las haya hecho necesarias por su

cuipa y que haya dado ftoíieia a LA ARftENDAPQRA lo más pronto, para que ¡as hiciese por sucuenta. El valor de ¡as reparaciones se rembolsará conforme a ia facturación que para este efecto

le presente LA ARRENDATARIA. 8) informar a LA ARRENDATARIA sobre la configuración detnhabifíd&t sobrsyínísnte a la suscripción de! contrato. 10) Mantener ia reserva y confidencialidadsobre la información que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. M3VÍ8!Ji_;

OBLtGACiONES PE LAARRENDATARIA: 1) Utilizar ei inmueble arrendado para el fin contratadoy en todo caso darle el uso al que ia coáa está naturalmente destinada. 2) Conservar et Inmueble

objeto de! contrato en buen estado, salvo el deterioro norma! derivado de su uso. 3} Efectuar ¡asreparaciones ¡ocath/as, entendidas como parte de la obligación de mantener ei inmueble en elestado qye los recibió sin ser responsable de los deterioros que de! tiempo y uso iegftímos o d®

fuerza mayor o oaso fortuito ó de ia mala calidad del inmueble por su vetustez, por ia naturalezadé! suelo o por defectos de construcción se causen. 4) Pagar el prepio o renta dentro del plazo

pactado, asf como Sos sen/icios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, aseo y gas

los cuales de conformidad con la oferta deben ser asumidos por LA ARRENDATARIA. 5) Permitiren cualquier tiempo y previa concertación con el supervisor del contrato, las visitas de LAARRENDADORA e de su representante, para constatar el estado y la conservación deS inmuebleu otras circunstancias que sean de su interés, siempre y cuando dichas visitas no afecten iacontinuidad regular del servicio a cargo de LA ARRENDATARIA. PARÁGRAFO; LAARREMATARÍA podrá realizar mejoras útiles y adaptaciones previo consentimiento de LA

ARRENDADORA y quedará autorizada para retirarlas sin detrimento de ¡a cosa arrendada amenos que LA ARRENDADORA esté dispuesta a abonarle el costo de los materiales,considerándolos por separado. DÉCIMA - AVISO OE TERMiNACIÓM ANTJCIBAISA: Las partasen cualquier tiempo podrán dar por terminado e! presente contrato, antes de su vencimiento, previo

aviso escrito dado por una de ellas, con anticipación no inferior a un (1) mes. PARÁGRAFO: LAARRENDATARIA deberá ponerse a paz y salvo por todo concepto al entregar el inmueblearrendado. DfcjMAPgipRA ■ RESTITUCIÓN DEL INMUEBLE; Dentro del día hábil siguientea la fecha de terminación del contrato, LA ARRENDATARIA restituirá eS inmueble s LAARRENDADORA en el mismo estado en que te fue entregado saivo el deterioro natural causado

por el uso y goce legítimos. 5^Wá^JGHSEft-=^ÍgV?aQ8 PÚBLICOS Y,CjjgT&JBEAPJMQMI§ÍTRM¡jÓN: Los servicios públicos de acueducto, energía, alcantarillado no están incluíaosen el valor del canon de acuerdo con ¡a propuesta de LA ARRENDADORA del 04 de julio de 2018y se pagarán por parte de LA ARRENDATARIA con cargo al Certificado de DisponibilidadPrésuBuestal ctue para el efecto expida e¡ Grupo de Ejecución Presupueste!. No se pagan expensasde administración. DÉCIMA TERCERA - CESIÓN;: LA ARRENDADORA y LA ARRENDATARIAno podrán ceder en todo o en parte los derechos y obligaciones que cada una de efla emanen delpresente contrato sin ia autorización expresa de la otra parte y sin que eiio implique modificaciónde tes otras sláusulas contractuales. La cesión será válida una vez haya sido notificada y aceptadapor ¡a otra parte, para ello la parte cadente debo remitir sí documento de cesión que llevará anotadoe! traspaso de la misma, con la designación y firma de! cesionario y la firma del cederte. jD§S§|A.CUARTA - CONTROVERSIAS Las diferencias que se originen en este contrato se resolverán enSÍ^SfñTñTarñiáblemeñte", si no es posible se llevará a cabo una audiencia de conciliacióncelebrada ante ei Ministerio Público. En caso de controversia litigiosa la jurisdicción competente esla Contencioso Administrativa. DÉCIMA QUINTA - PENAL PESajABJAs En caso de presentarsepor parte de LA ARRENDADORA incumplimiento parcial, total y/o se decíans por parte tíe un juezla terminación del contrato, ésta pagará a título de cláusula pena! pecuniaria, una euma equivatenfs

ai diez por ciento (10%) de! vaior total de! contrató. PARÁGRAFO; La suma resultante de ia

Secretaría Genera! Carrera 5" No. 15-60 Piso 7 Pte 5878780 Ex 10796 -1OT27sgcretariaaeneral®.DrDcüduria.aov.oo www.prGciiraduria.genf.co

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CONTRATO No. 179-

Í

$ DE 201S - ARRIENDO - CELEBRADO ENTRE LACONTRATO No. 179

PROCURADURÍA SEMERAL DE LA NACIÓN Y AURA NELLY ORT1Z MURCIA.

cláusula pena! se hará efectiva directamente por LA ARREMDATARIA, pudiendo acudir para elefecto al respectivo descuento dei valor o saldo del contrato, o a cualquier otro medio para obtenerel pago incluido el proceso ante !a jurisdicción coaeiiva. En todo caso se tendrá en cuenta !oconsagrado en e! articulo 86 de ia Ley 1474 de 2011, y el Decreto 1082 de 2015, o ¡as normas quelos modifiquen, sustituyan o adicionen. DÉCIMA SEXTA .-. INHABILIDADES EISS^ffiálSiyBáaill LA ARRENDADORA declara bajo la gravedad de juramento, que seentiende prestado con ia firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de iascausales de Inhabilidad, incompatibilidad y prohibiciones par® contratar ai tenor de So consagrado

en ia Constitución, la Ley, y en especial ias contempladas en los artículos 8° de ia Ley 80 de 1893y 18 de la Ley 1150 de 2007. nggmiAjggPTTMA.. PRe\ffiNCIÓM DE LAVADO PE ACTIVOS Y

F|i^g¿CI»i_ML_TCR^B^iO: LA ARRENDADORA manifiesta bajo la gravedad de

juramento, que se eniende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos quecomponen su patrimonio no provienen tSe lavado de activos, financiación dei terrorismo,

narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad üic'rta y que ios dinerosrecibidos como pago de esta contrato, no serán destinados a ninguna de ias actividades antes

descritas. DÉCIMA...OCTAVA - SUPERVISiÓN Y..QPMftOL SE .LA EJECUCIÓN DELgONTRATjQ; La Dirección, Control y Coordinación del contrato, por parte de LAARRENDATARIAestará a cargo del Coordinador Administrativo de la Procuraduría Regional del Hulla, o quien hagasus weces, quien tendrá a su cargo las funciones señaladas en ia Ley 1474 de 2011 y el Manualds Contratación de ia Entidad y las demás normas que lo adicionen, modifiQuen o comptemeriíen.

¡iiiuwL.w¡MW!. ; ir»rt»r.^^ftfa»ü«, LA ARRENDADORA deberán cumplir con lascSSoiones al Sistema General de Seguridad Social Integral conforme a lo previsto en las normas

aplicables sobre la materia. En el evento que LAARRENDADORA se encuentre incursa en algunade las causales de exoneración previstas en la ley, deberán hacer esta manifestación por escrito.PARÁGRAFO PRIMERO: IA ARRENDADORA debe allegar estos documentos para ia firma del

contrato y es condición indispensable para el trámite de ¡os pagos que se deriven «Je la ejecución.Para el efecto LA ARRENDADORAdeben presentarte al supervisor de! contrato, la documentaciónque acredite el cumplimiento de! mismo. VIGÉSIMA - MQEKMIP&B: Será obligación de LAARRENDADORA mantener libre a LA ARRENDATARIA, de cualquier daño o perjuicio originado

en reclamaciones de terceros que se deriven de sus actuaciones o ds las de sus subcontratistas odependiente». vigggMA_PgjMERA - LEaALJZACIÓM: Para todos los efectos legales a quehubiere (Mgar se entenderá que el presente contrato queda legalizado con la suscripción de ias

partes contratantes y la expedición del registro presupuesta! de compromiso. VIQiSÜASEGyMDA - EJEpljCIÓN: La ejecución dei presente conteto podrá efectuarse una vez seeneuentrelegalizafio el mismo y se efectúe Sa entrega de! inmuebte objeto de arrendamiento.

VIGÉSIMATiEyíCERA-UQUiDACiÓW: La liquidación del presente contrato, se llevará a cabo bajoios parámetros establecidos en tos artículos 60 ele ía Ley 80 de 1983, modificado por el articulo217 dei Decreto Ley 019 de 2012 y 11 de ia Ley 1150 de 2007. La liquidación por mutuo acuerdo

podrá efectuarse dentro de los ocho (8) meses siguientes a la feeha de terminación del pía» dsicontrato. En aqueiios casos en que el contrátete no se presente a ia liquidación previa notificacióno convocatoria que ie haga la Entidad, o ias partes no ¡leguen a un acuerdo sobre su contenido, laEntidad tendrá ia facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, deconformidad con !o dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo ContenciosoAdministrativo. VjgÉgWACUARTA - NOTIFICACIQMSSt Los avisos, solicitudes, comunicacionesy notificaciones que las Partes deban hacer «n desarrollo de! presente contrato, deben constar por

escrito y se entenderán debidamente efectuadas soto si se entregan personalmente o por correo■na y direcciones indicadas a continuación'

LA ARRENDATARIA*PROCURAOURIA GEMERAi. DE LA NACIÓN

Nombre: LILIANA GARCÍA LIZARAZGCargo: Secretarla GeneralDirección: Carrera S No. 15-80 Piso 7 - Bogotá, D.C.Teléfono: 5878750 extensión 10703

LA ARRENDADORA

Nombre: AURA RELLY ORTIZ MURCIA

G.C. No. 28.548.S12DireccBn: Calle 13 No. 2 - 58 Apto 401 Torres de

la Alharnbra

Ce!: .3112B19S34

Secretaria Gerarai Carrera 6a Mo. 15-80 Piso 7 Pbx S878760 Ex 10796 -1072?lieo «<ww.procuraduna.gav.CQ

Page 5: Entre LAPROCURADURÍAGENERALDELANACIÓN, representada …

CONTRATO NO. 179- "' * BE 2018 -ARRIENDO - CELEBBAttO ENTRÉ LAPROCURADURÍA GENERAL DI LA NACIÓN YAURA NELLY ORTiZ MURCIA,

Supervisión

Nombre: Alvaro SitaCargo: Coordinador Administrativo de la Procuraduría

Regional del Hulla

Dirección, Calle ? No. 3 - 87 Piso 5 oficina 50S Edifican

Banco Popular. Neiva - Huíia

Teléfono: 5878750 extensión 8211S

Carrea electrónico: [email protected]

I [email protected]

eieetrónico:

VIGÉSIMA QUINTA - BQMOLIOs Para los efectos legales del presente contrato, (as Partesacuerdan CGrno...4«raéi1i¿np ciudad de Bogotá, D. C. Para constancia se firma el presente

dted"' i

i GENERAL DE LA NACIÓNLUANA SARCIA LSZARÁZQ

Secretar¡s Genera!

IJl ARRENDADORA,

AURAWELLY 0RTÍZ MURCIA

C.G. No. 2S.648.S12

Secretoria General Carrera 5a Mo. 15-80 Piso 7 Pbx 56787S0 Ex 10796 - 10727seeretáriaaeneral^BrócudUriagov.eo www.pracuraduria.gov.co

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