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Conversatorio en Colegio de
Contadores Privados sobre
Precios de Transferencia
Dirección General de Tributación
13 de octubre de 2016
Rafael Bonilla Vindas
Ricardo Caballeros Vela
Erosión de la Base Imponible mediante el
traslado de beneficios
Tarifa
0%
Tarifa
5%
Tarifa
30%
La cuestión de los precios de transferencia
Fuente: http://www.imagui.com/a/mapa-mundi-c85a7yBXe
¿Qué es un precio de
transferencia ?
MatrizPaís A
Subsidiaria 1País B
Subsidiaria 2País C
Insumos Bienes
Un precio de transferencia en términos muy simples, es el precio al que pactan al realizar sus transacciones empresas que pertenecen a un mismo grupo económico
En el esquema se tiene que la subsidiaria 1 adquiere insumos de empresas independientes, elabora un producto y lo vende a la Subsidiaria 2, la cual lo distribuye a terceros y paga a la Matriz regalías por el uso de la marca.
Distribución a terceros
En el caso particular, se presentan precios de transferencia en las ventas de la Subsidiaria 1 a la 2 y en el pago de regalías a la casa matriz.
Es el precio mediante el cual
una empresa vende un producto
o presta un servicio a una
empresa del mismo grupo
económico.
Concepto de precios de transferencia
Es el precio mediante el cual una empresa vende un
producto o presta un servicio a una empresa del mismo
grupo económico.
Principio Arm´s length: El precio pactado entre
empresas vinculadas debe ser similar al que se pacta o se
hubieran pactado entre empresas independientes.
El rol de la OCDE*
*Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
En el año 1979 La OCDE a través de su Comité de Asuntos Fiscales,publicó el documento “Precios de Transferencia y empresasmultinacionales” en el que desarrolló el principio de “Plenacompetencia” conocido por su nominación en inglés “arm´s length”
En el año 1984 La OCDE publica el documento “Precios deTransferencia y Empresas Multinacionales – Tres Cuestiones Fiscales”y en el año 1993 emite el documento “Aspectos Fiscales de losPrecios de Transferencia en Empresas Multinacionales: Lasdisposiciones propuestas por Estados Unidos.”
En el año 1995 el Comité de Asuntos Fiscales (CAF) aprueba las“Guías de precios de transferencia para Empresas Multinacionales yAdministraciones Fiscales”. Estas guías fueron modificadas en unanueva versión aprobada por el CAF en el año 2010. Estas últimasestán a la fecha vigentes.
La OCDE continúa proponiendo y publicando documentos que hagan más transparente y eficiente el manejo de Precios de Transferencia.
Estructura de las Guías o Directrices de la
OCDE.
Capítulo Tema
I El principio de Plena Competencia
IIMetodología para la determinación de Precios de Transferencia
III Análisis de comparabilidad
IVProcedimientos administrativos destinados a evitar y resolver las controversias en materia de precios de transferencia
V Documentación
VIConsideraciones específicas aplicables a activos intangibles
VIICuestiones de aplicación específica a los servicios intragrupo
VIII Acuerdos de reparto de costos
IXReestructuración de empresas y precios de transferencia
Además se incluyen 7 anexos que abordan temas específicos relacionados con algunos de los capítulos.
El principio de plena competencia (Arm´s
Length)*.“(Cuando) …dos empresas (asociadas) estén, en susrelaciones comerciales o financieras, unidas porcondiciones aceptadas o impuestas que difieran de las quesería acordadas por empresas independientes, losbeneficios que habrían sido obtenidos por una de lasempresas de no existir dichas condiciones , y que de hechono se han realizado a causa de las mismas, podrán incluirseen los beneficios de esa empresa y someterse a imposiciónen consecuencia”
*Apartado 1 del Artículo 9 del Modelo de Convenio Tributario de la OCDE.
Principio Arm´s length: El precio
pactado entre empresas vinculadas debe
ser similar al que se pacta o se hubieran
pactado entre empresas independientes.
Los métodos propuestos por la OCDE
1- El método del Precio Comparable no Controlado. (CUP)*
A
BC
BPaís Z
País W
D C
*Comparable Uncontrolled Price
En el supuesto de que la compañía bajo estudio, también denominada testeada sea A, en el esquema superior existe un comparable interno que es el precio de las transacciones realizadas entre A y C. El precio de las transacciones realizadas entre D y C es un comparable externo.
Empresas vinculadas
Empresas NO vinculadas
Comparable interno
Comparable externo
Métodos Tradicionales basados en las operaciones
2- El método del Precio de reventa (RPM)*
Los métodos propuestos por la OCDE
A B C
País Z País W
Empresas vinculadas
Empresa NO vinculadas
En este método no necesariamente se comparan precio sino que lo que se acostumbra es comparar márgenes brutos. El primer paso es determinar la Utilidad Bruta para posteriormente establecer un indicador de Utilidad Bruta/Ventas.
*Resale Price Method
3- El método del Costo Incrementado (CP)*
Los métodos propuestos por la OCDE
A B C
País Z País W
Empresas vinculadas
Empresa NO vinculadas
Al igual que en el método del Precio de Reventa, en este método tampoco se comparan precios, sino, que lo que se acostumbra es comparar márgenes brutos. El primer paso es determinar la Utilidad Bruta para posteriormente establecer un indicador de Utilidad Bruta/Costo.
*Cost Plus
II. Desafío para la A.T. Mejoramiento constante de la
técnica
• Análisis de Comparabilidad y Métodos de Valoración Artículos 5 y 6
Fuente: Seminario OCDE sobre la implementación de legislación de precios de
transferencia, México 2012.
* Además se incluye una
variante del Precio
Comparable
estableciendo la
valoración mediante
cotización internacional.
Criterios de vinculación
Artículo 4, inciso a) Decreto 37898-H
ADirija o Controle o posee al menos el 25% de capital y
derechos de voto*
B
Personas físicas o jurídicas* Alguno países utilizan el 50% en vez del 25%
Art.4, inciso b) Decreto 37898-H
A B
Dirigidas o controladas por cinco o menos personas, o que estas personas posean en su conjunto, directa o indirectamente , al menos el 25% de la participación en el capital social o lo derechos de voto de
ambas empresas
Criterios de vinculación
A B
Constituyen una misma unidad de decisión. Se presume unidad de decisión cuando una persona jurídica sea socia o partícipe de otra y se
encuentre en relación con ésta en que:
Posea mayoría de derechos de
voto
Nombrar o destituir la
mayoría del OA
Disponga de la mayoría de
derechos de voto
Haya seleccionado. con sus votos
mayoría del OA
Mayoría de OA de la dominada sean
ejecutivos de dominante
Art.4, inciso c) Decreto 37898-H
A los efectos de este apartado, también se considera que una persona física posee una participación en el capital
social o derechos de voto, cuando la titularidad de la participación, directa o indirectamente, corresponde al
cónyuge o persona unida por relación de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad hasta el
cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado.
Otros criterios de vinculación:
• Contratos de colaboración empresarial – Contratos de asociación
en participación. Las partes participen directa o indirectamente de
más del 25% de la utilidad.
• Distribuidores o agentes exclusivos.
• Establecimientos permanentes.
Se presume que existe vinculación, en los términos de la Ley del
Impuesto sobre la Renta, cuando una persona o entidad tenga su
residencia en una jurisdicción extraterritorial que no tenga facultades
suficientes, según la legislación de ese país, para intercambiar
información de relevancia fiscal con la Administración Tributaria
costarricense.
• Las jurisdicciones de baja o nula tributación.
Criterios de vinculación
Vinculación por consanguinidad y afinida
en diferentes normativas
latinoamericanas*
País Vinculación
Chile4to grado de
consanguinidad
Ecuador4to grado de
consanguinidad
México4to grado de
consanguinidad
El Salvador4to grado de
consanguinidad
República Dominicana2do grado de
consanguinidad
Guatemala4to grado de
consanguinidad
* fuente. Análisis comparativo realizado por CIAT y leyes de Guatemala y El Salvador sobre PT
Fuente: tratado de las personas, Alberto Brenes Córdoba
Criterios de vinculación
(80x25)/100= 20% (80x40)/100= 32%
Según OCDE, no es pertinente realizar ese tipo decálculos , de ahí que en el caso del esquema anterior, lasdos empresas subsidiarias de Int. Paint INC, sonvinculadas a Global Paint.
Según algunos países (ejemplo El Salvador )
Dirija o Controle o posee al menos el 25% de capital y derechos de voto
El Análisis de Comparabilidad
Factores que determinan la comparabilidad.
1. Características de los bienes y servicios.
2. Análisis Funcional.
3. Términos Contractuales.
4. Circunstancias Económicas.
5. Estrategias de Negocios.
1. Características de los bienes y servicios.
•Las diferencias en las características específicas de los bienes o
servicios explican, al menos en parte, las diferencias en el precio
de mercado.
•La similitud en las características de los bienes o servicios
transferidos será más relevante cuando se comparen precios y
menos relevante cuando se comparen márgenes de utilidad.
•Transferencia de bienes tangibles:
Características físicas
Calidad y confiabilidad
Disponibilidad y el volumen de la oferta
• Investigación y desarrollo
• Control de calidad
• Facturación y cobranza
• Distribución
• Venta de producto
• Capacitación
• Garantías
• Desarrollo de fórmulas
• Patentes, marcas y nombres
• Regalías
• Proceso de ingeniería
• Asistencia Técnica
• Control de inventarios
• Riesgos
• Mercadotecnia
• Manufactura
| Factores que influyen en la Comparabilidad
2. Análisis Funcional.
2. Análisis Funcional.
Funciones Desarrolladas
Activos utilizados
Riesgos Asumidos
2. Análisis Funcional.
• Funciones:
• Diseño de producto
• Determinación de precios de venta
• Proveedores
• Desarrollo de funciones de publicidad
• Funciones de venta
2. Análisis Funcional.
• Funciones:
• Diseño de producto
• Determinación de precios de venta
• Proveedores
• Desarrollo de funciones de publicidad
• Funciones de venta
2. Análisis Funcional.
• Activos:
• Activos propios
• Especialización de los activos utilizados
• Inventario
• Intangibles
• Información de las principales cuentas de activo
2. Análisis Funcional.
• Riesgos:
• Precio de los insumos
• Precios de venta
• Capacidad de producción
• Riesgo de mercado
• Variaciones cambiarias
• Inventarios
• Garantías
3. Términos Contractuales.
•Los términos contractuales de las operaciones definen generalmente, de
forma expresa o implícita, cómo se reparten las responsabilidades, riesgos y
utilidades entre las partes.
•En las relaciones comerciales entre empresas independientes, las diferencias
de intereses entre las partes aseguran que éstas intenten normalmente hacer
respetar los términos del contrato, que sólo serán ignorados o modificados si
resulta de interés para ambas partes.
• Esta divergencia de intereses puede que no exista en el caso de empresas
asociadas, es necesario examinar si la conducta de las partes es conforme
con las condiciones del contrato o si ésta indica que no se han seguido o si
son simuladas.
3.Términos Contractuales.
•Los términos contractuales que se pueden considerar incluyen los siguientes
ejemplos:
a. La forma de retribución
b. Condiciones de pago o arreglos relacionados con el financiamiento
c. Volumen de compra o venta
d. Alcance y términos de garantía
e. Derechos a actualizaciones, revisiones o modificaciones
f. Duración de licencias importantes, contratos u otros acuerdos, y
terminación o derechos de renegociación
g. Transacciones colaterales o relaciones de negocios en marcha entre el
comprador y el vendedor, incluyendo acuerdos para proporcionar
servicios auxiliares o subsidiarios
h. Extensión de los términos de crédito y pago
4. Circunstancias Económicas.
•Los precios de plena competencia pueden variar entre mercados diferentes
incluso para operaciones referidas a unos mismos bienes o servicios.
•Para lograr la comparabilidad se requiere que los mercados en que operan las
empresas independientes y las asociadas sean comparables.
•Las circunstancias económicas que pueden ser relevantes para determinar la
comparabilidad de los mercados son, por ejemplo:
Localización geográfica
Tamaño de los mercados
4. Circunstancias Económicas.
Grado de competencia
Posición competitiva de los compradores y vendedores
Disponibilidad (el riesgo) de bienes y servicios sustitutos
Niveles de oferta y demanda en el mercado en su totalidad, así como en
determinadas regiones
El poder de compra de los consumidores
La naturaleza y magnitud de la regulación del mercado por el Estado
Los costos de producción
Los costos de transporte
El nivel de mercado (mayoreo o menudeo)
Fecha de la operación.
5. Estrategias de negocios.
Se consideran estrategias de negocios aquellas acciones de la empresa
tendientes a mejorar sus beneficios en un periodo futuro.
innovación y el desarrollo de nuevos productos,
el grado de diversificación,
la aversión al riesgo,
la valoración de los cambios políticos,
la incidencia de las leyes laborales vigentes y en proyecto,
modalidades de penetración e incremento de participación en los
mercados
5. Estrategias de negocios.
Entre los elementos a considerar al analizar las estrategias de negocios
están:
El periodo durante el cual la estrategia está vigente, el cual debe ser
razonable considerando la industria y producto en cuestión.
Si las acciones de la empresa son consistentes con la estrategia
implementada.
Si las expectativas de obtener un beneficio positivo al implementar una
estrategia justifica los costos incurridos durante el periodo que dure la
implementación de la estrategia.
La declaración Informativa
de Precios de Transferencia
El Decreto 37898-H como fuente
normativa de la declaración
informativa de PPTT
Artículo 8.
Obligados:
a) Que realicen operaciones nacionales o
transfronterizas con empresas vinculadas y
b) Se encuentren clasificados como grandes
contribuyentes o grandes empresas territoriales, o
que sean personas o entidades que se encuentren
bajo el régimen de zona franca.
Mediante resolución se indicarán las disposiciones
generales sobre esta declaración informativa.
Publicación de aviso para
consulta del proyecto de
Declaración Informativa de
conformidad con el artículo 174
del CNPT
Primera publicación del aviso realizada en la Gaceta
No. 132 del Viernes 8 de julio de 2016.
Segunda publicación del aviso realizada en la Gaceta
No. 133 del lunes 11 de julio de 2016.
Finalmente la Declaración de Precios de Transferencia fue
establecida mediante la Resolución No. DGT-R- 044-2016
publicada en el Alcance Digital No. 182 del día 13 de
setimbre de 2016.
Documentos a emitir para implementar la
Declaración Informativa de Precios de
Transferencia
ANEXO No. 1 Formato con numeración y descripción de
las casillas
ANEXO No. 2 Instrucciones de llenado de cada una de
las casillas
Una resolución en la que se disponen seis artículos
relacionados con:
Art. 1. Planteamiento la declaración de PPTT.
Art. 2. Definición de los obligados.
Art. 3. Establecimiento de la periodicidad.
Art. 4. El uso de medios electrónicos.
Art. 5. Sanciones por incumplimiento.
Art. 6. Vigencia
Estructura de la Declaración
Informativa (seis secciones)
Sección Descripción
A(casillas 1-6) Identificación
B(casillas 7-14) Información General de las Operaciones
C(casillas 15-19) Operaciones sobre bienes tangibles
D(casillas 21-23) Operaciones derivadas del uso de intangibles
E(Casillas 24-31) Operaciones financieras
F(Casillas 32-39) Operaciones de prestación de servicios
Casilla No. 40 ----> Firma del representante
Legal Casilla No. 41 ----> Fecha
SECCION A
(Identificación)
SECCION B (Información
General sobre las Operaciones)
DESPLEGAB
LE
DESPLEGAB
LE
DESPLEGAB
LE
DESPLEGAB
LE
DESPLEGAB
LE
SECCION C (Operaciones
sobre bienes tangibles)
SECCION D (Operaciones
derivadas de intangibles)
DESPLEGAB
LE
DESPLEGAB
LE
DESPLEGAB
LE
DESPLEGAB
LE
SECCION E (Operaciones
sobre bienes tangibles)
DESPLEGAB
LE
DESPLEGAB
LE
SECCION F (Operaciones
financieras)
DESPLEGAB
LEDESPLEGAB
LE
DESPLEGAB
LE
DESPLEGAB
LE
Art- 83 CNPT, Incumplimiento en el
suministro de información
No presentar la declaración informativa en el
plazo establecido, se sanciona con 2% sobre
los ingresos brutos.
Mínimo 10 salarios base,
Máximo 100 salarios base.
Por cada error, 1% del salario base por
cada registro incorrecto.
El régimen
sancionatorio
Muchas Gracias
TABLA No.
2
Criterio de cálculo de la
comisión