diario oficial 14 de abril

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I CUERPO S U M A R I O LEYES, REGLAMENTOS Y DECRETOS DE ORDEN GENERAL Núm. 41.131.- Año CXXXVIII - Nº 815.596 (M.R.) Ejemplar del día .................$200.- (IVA incluido) Atrasado .............................$400.- (IVA incluido) Edición de 20 páginas Santiago, Martes 14 de Abril de 2015 Director: Carlos Orellana Céspedes Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: +56 2 24863600 Dirección: Dr. Torres Boonen 511, Providencia, Santiago Miembro de la Red de Diarios Oficiales Americanos Consultas Telefónicas: +56 2 24863601 Consultas E-mail: consultas@diarioficial.cl Atención a Regiones: zonanorte@diarioficial.cl zonasur@diarioficial.cl Normas Generales PODER LEGISLATIVO Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEY NÚM. 20.826 REVOCA LA NACIONALIDAD CHILENA CONCEDIDA POR GRACIA A DON JOHN JOSEPH REILLY Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en mociones refundidas de los Honorables Diputados señores Ricardo Rincón González, Fuad Chahin Valenzuela, Marcelo Chávez Velásquez, Iván Flores García, Juan Moreno Cornejo, Sergio Ojeda Uribe, Guillermo Ceroni Fuentes, Pepe Auth Stewart, Cristián Campos Jara, Daniel Farcas Guendelman, Ramón Farías Ponce, Jorge Insunza Gregorio de las Heras, Enrique Jaramillo Becker, Tucapel Jiménez Fuentes, Felipe Letelier Norambuena y Marco Antonio Núñez Lozano, Proyecto de ley: Artículo único.- Revócase la nacionalidad chilena, concedida por especial gracia, al sacerdote irlandés John Joseph Reilly L.C., otorgada en virtud de la ley N° 20.311.”. Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 8 de abril de 2015.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior. LEY NÚM. 20.827 ESTABLECE LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA MUNDIAL DEL AGUA EL 22 DE MARZO DE CADA AÑO Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en moción de los Honorables Senadores señor Francisco Chahuán Chahuán, señoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D’Albora y señores Víctor Pérez Varela y Jorge Pizarro Soto, Proyecto de ley: Artículo único.- Conmemórase el 22 de marzo de cada año como el “Día Mundial del Agua”.”. Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 8 de abril de 2015.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario deI Interior. Normas Generales PODER LEGISLATIVO MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Ley número 20.826.- Revoca la nacionalidad chilena concedida por gracia a don John Joseph Reilly ...... P.1 Ley número 20.827.- Establece la conmemoración del Día Mundial del Agua el 22 de marzo de cada año .... P.1 PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE HACIENDA Servicio de Impuestos Internos Dirección Nacional Extracto de resolución número 37 exenta, de 2015, que autoriza uso de documentos tributarios en papel a contribuyentes de la Región de Atacama y de las comunas de Antofagasta y Taltal ............................ P.2 Extracto de resolución número 38 exenta, de 2015, que reorganiza las unidades que conforman el Departamento de Delitos Tributarios del Departamento Subdirección Jurídica y establece ámbitos de competencia...................................... P.2 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño Decreto número 256, de 2014.- Nombra Consejeros Titulares y Suplentes del Consejo Directivo de la Fundación Empresarial Comunidad Europea-Chile.................... P.2 MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Salud Pública Solicitud de complementación.- El texto del presente decreto publicado el 11 de febrero de 2015 omite algunas de sus partes, lo que se subsana con el siguiente texto completo, que deja sin efecto la anterior publicación ............................................ P.2 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo Resolución número 1.752 exenta, de 2015.- Modifica resolución N° 555 exenta, de 2015, que llama a postulación en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto supremo N° 49, de 2011, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, tipología de construcción en nuevos terrenos, para los damnificados por el incendio del mes de abril de 2014 que afectó a la comuna de Valparaíso, en el sentido que indica ..................................................... P.4 MINISTERIO DE AGRICULTURA Servicio Agrícola y Ganadero V Región de Valparaíso Resolución número 801 exenta, de 2015.- Establece regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis Capitata W.) en los lugares que indica ................................. P.5 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental IX Región de la Araucanía Extracto de resolución número 79 exenta, de 2015, que notifica resolución de calificación ambiental Estudio de Impacto Ambiental Central Hidroeléctrica Doña Alicia ..................................................... P.6 OTRAS ENTIDADES BANCO CENTRAL DE CHILE Tipos de cambio y paridades de monedas extranjeras para efectos que señala ................................................. P.6 Tipo de cambio dólar acuerdo para efectos que señala .............................. P.6 MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO Decreto alcaldicio número 3.099, de 2015.- Promulga modificación del Plan Regulador Comunal de San Antonio, en los Sectores Portuarios Sur y Norte ....................................... P.7 MUNICIPALIDAD DE CHIGUAYANTE Decreto alcaldicio número 864, de 2015.- Deja sin efecto declaratorias de utilidad pública de terrenos destinados a circulaciones, plazas y parques ........................................ P.18

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Diario Oficial 14 de abril

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Page 1: Diario Oficial 14 de abril

ICUERPO

S U M A R I O

LEYES, REGLAMENTOS Y DECRETOS DE ORDEN GENERAL

Núm. 41.131.-Año CXXXVIII - Nº 815.596 (M.R.)

Ejemplar del día .................$200.- (IVA incluido)Atrasado .............................$400.- (IVA incluido)

Edición de 20 páginasSantiago, Martes 14 de Abril de 2015

Director: Carlos Orellana CéspedesSitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: +56 2 24863600Dirección: Dr. Torres Boonen 511, Providencia, Santiago

Miembro de la Red de Diarios Oficiales Americanos

Consultas Telefónicas: +56 2 24863601Consultas E-mail: [email protected]ón a Regiones: [email protected] [email protected]

Normas Generales

PODER LEGISLATIVO

Ministerio del Interior y Seguridad Pública

LEY NÚM. 20.826

REVOCA LA NACIONALIDAD CHILENA CONCEDIDA POR GRACIA A DON JOHN

JOSEPH REILLY

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en mociones refundidas de los Honorables Diputados señores Ricardo Rincón González, Fuad Chahin Valenzuela, Marcelo Chávez Velásquez, Iván

Flores García, Juan Moreno Cornejo, Sergio Ojeda Uribe, Guillermo Ceroni Fuentes, Pepe Auth Stewart, Cristián Campos Jara, Daniel Farcas Guendelman, Ramón Farías Ponce, Jorge Insunza Gregorio de las Heras, Enrique Jaramillo Becker, Tucapel Jiménez Fuentes, Felipe Letelier Norambuena y Marco Antonio Núñez Lozano,

Proyecto de ley:

“Artículo único.- Revócase la nacionalidad chilena, concedida por especial gracia, al sacerdote irlandés John Joseph Reilly L.C., otorgada en virtud de la ley N° 20.311.”.

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 8 de abril de 2015.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.

LEY NÚM. 20.827

ESTABLECE LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA MUNDIAL DEL AGUA EL 22 DE MARZO DE

CADA AÑO

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en moción de los Honorables Senadores señor Francisco Chahuán Chahuán, señoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D’Albora y señores Víctor Pérez Varela y Jorge Pizarro Soto,

Proyecto de ley:

“Artículo único.- Conmemórase el 22 de marzo de cada año como el “Día Mundial del Agua”.”.

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 8 de abril de 2015.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario deI Interior.

Normas Generales

PODER LEGISLATIVO

MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Ley número 20.826.- Revoca la nacionalidad chilena concedida por gracia a don John Joseph Reilly ......P.1

Ley número 20.827.- Establece la conmemoración del Día Mundial del Agua el 22 de marzo de cada año ....P.1

PODER EJECUTIVO

MINISTERIO DE HACIENDA

Servicio de Impuestos InternosDirección Nacional

Extracto de resolución número 37 exenta, de 2015, que autoriza uso de documentos tributarios en papel a contribuyentes de la Región de Atacama y de las comunas de Antofagasta y Taltal ............................P.2

Extracto de resolución número 38 exenta, de 2015, que reorganiza las unidades que conforman el Departamento de Delitos Tributarios del Departamento Subdirección Jurídica y establece ámbitos de competencia ...................................... P.2

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño

Decreto número 256, de 2014.- Nombra Consejeros Titulares y Suplentes del Consejo Directivo de la Fundación Empresarial Comunidad Europea-Chile .................... P.2

MINISTERIO DE SALUD

Subsecretaría de Salud Pública

Solicitud de complementación.- El texto del presente decreto publicado el 11 de febrero de 2015 omite algunas de sus partes, lo que se subsana con el siguiente texto completo, que deja sin efecto la anterior publicación ............................................ P.2

MINISTERIO DE VIVIENDAY URBANISMO

Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo

Resolución número 1.752 exenta, de 2015.- Modificaresolución N° 555 exenta, de 2015,

que llama a postulación en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto supremo N° 49, de 2011, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, tipología de construcción en nuevosterrenos,paralosdamnificadosporelincendio del mes de abril de 2014 que afectó a la comuna de Valparaíso, en el sentido que indica ..................................................... P.4

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Servicio Agrícola y Ganadero V Región de Valparaíso

Resolución número 801 exenta, de 2015.- Establece regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis Capitata W.) en los lugares que indica ................................. P.5

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

Servicio de Evaluación Ambiental IX Región de la Araucanía

Extracto de resolución número 79 exenta, de 2015, que notifica resolución de calificaciónambientalEstudiodeImpactoAmbiental Central Hidroeléctrica Doña Alicia ..................................................... P.6

OTRAS ENTIDADES

BANCO CENTRAL DE CHILE

Tipos de cambio y paridades de monedas extranjeras para efectos que señala .................................................P.6

Tipo de cambio dólar acuerdo para efectos que señala ..............................P.6

MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO

Decreto alcaldicio número 3.099, de 2015.- Promulga modificación del Plan Regulador Comunal de San Antonio, en los Sectores Portuarios Sur y Norte .......................................P.7

MUNICIPALIDAD DE CHIGUAYANTE

Decreto alcaldicio número 864, de 2015.- Deja sin efecto declaratorias de u t i l idad públ ica de te r renos destinados a circulaciones, plazas y parques ........................................P.18

Page 2: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 2 Martes 14 de Abril de 2015 Nº 41.131

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Hacienda

Servicio de Impuestos InternosDirección Nacional

AUTORIZA USO DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS EN PAPEL A CONTRIBUYENTES DE LA REGIÓN DE ATACAMA Y DE LAS

COMUNAS DE ANTOFAGASTA Y TALTAL

Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº 37, de 7 de abril de 2015, que señala:

Autoriza el uso de documentos tributarios en papel a los contribuyentes de la Región de Atacama y de las comunas de Antofagasta y Taltal.

El texto íntegro de esta resolución está publicado en el sitio Web del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII mes de abril de 2015.

REORGANIZA LAS UNIDADES QUE CONFORMAN EL DEPARTAMENTO DE DELITOS TRIBUTARIOS DEL DEPARTAMENTO SUBDIRECCIÓN JURÍDICA Y ESTABLECE

ÁMBITOS DE COMPETENCIA

Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº 38, del 8 de abril de 2015, que reorganiza las unidades que conforman el Departamento de Delitos Tributarios del Departamento Subdirección Jurídica y establece ámbitos de competencia.

El texto íntegro de esta resolución está publicado enlaOficinaVirtualdelServiciodeImpuestosInternosen internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII en abril de 2015.

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo

SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO

NOMBRA CONSEJEROS TITULARES Y SUPLENTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FUNDACIÓN EMPRESARIAL COMUNIDAD

EUROPEA - CHILE

Núm. 256.- Santiago, 16 de diciembre de 2014.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10 y en el

inciso 1° del artículo 35 de la Constitución Política de la República; en la ley N° 19.186, que autorizó al Estado de Chile para participar en la creación de la Fundación Empresarial Comunidad Europea - Chile y en el Estatuto de dicha Fundación; en la ley N° 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado; y en la resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1.- Que en virtud de lo previsto en el artículo 15 del Estatuto de la Fundación Empresarial Comunidad Europea - Chile, cuya versión refundida consta en la escritura pública otorgada con fecha 15 de octubre de 2008, ante el Notario Humberto Santelices Narducci, el Consejo Superior Directivo estará formado inicialmente por ocho miembros denominados consejeros. Todos ellos serán designados por el Presidente de la República de Chile. Los Consejeros serán nombrados por períodos de cuatroaños,pudiendoserreelegidosindefinidamenteen sus cargos.

2.- Que la última designación de consejeros titulares y suplentes se realizó a través del decreto supremo N°314, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, del año 2009.

3.- Que, encontrándose cumplido el período de cuatro años de todos los consejeros titulares y suplentes, y no habiéndose realizado una designación posterior, corresponde por medio del presente decreto supremorenovarlatotalidaddelosmiembrosafinderegularizar la integración del Consejo Directivo de la Fundación Empresarial Comunidad Europea - Chile, en conformidad a la ley.

Decreto:

Artículo 1°.- Nómbrase, en calidad de consejeros titulares del Consejo Superior Directivo de la Fundación Empresarial Europea - Chile, por el período de cuatro años, a las siguientes personas:

1. Manuel Bagnara Vivanco, RUT N°10.885.838-92. Margarita del Rosario Sepúlveda Reyes, RUT

N°6.609.921-03. Carlos Eduardo Vicente Rogelio Caruz Middleton,

RUT N°4.335.906-14. Osvaldo Carlos Germán Puccio Huidobro, RUT

N°6.374.833-15. Andrés Claudio Pennycook Castro, RUT

N°12.047.531-26. Verónica Kunze Neubauer, RUT N°8.362.349-77. José María Castil lero Guijarro, RUT

N°14.638.966-K8. Frederik Robert Louis Janssens, RUT

N°22.199.673-9.

Artículo 2°.- Nómbrase, en ca l idad de consejeros suplentes de los titulares designados en el artículo anterior, respectivamente a las siguientes personas:

1. David Omar Barrera Jiménez, RUT N°8.675.278-62. Jorge Quintanilla Maldonado, RUT N°12.695.272-43. María Eugenia Wagner, RUT N°7.107.202-94. Leopoldo Domingo Reyes Aranis, RUT

N°5.892.838-05. Gonzalo Arenas Valverde, RUT N°6.409.413-06. Roberto Paiva Reinero, RUT N°7.254.592-37. Alberto Cordero di Montezemolo, RUT

N°14.599.523-K8. Jacek Markowski, RUT N°20.010.369-6.

Artículo 3°.- La designación de los consejeros, designados en los artículos precedentes, producirá sus efectosdesdeelmomentoenquesenotifiquealConsejoDirectivo de la Fundación Empresarial Comunidad Europea - Chile.

Anótese, tómese razón, publíquese y notifíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Luis Felipe Céspedes Cifuentes, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.

Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Katia Trusich Ortiz, Subsecretaria de Economía y Empresas de Menor Tamaño.

Ministerio de Salud

SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

SOLICITUD DE COMPLEMENTACIÓN

El texto del presente decreto publicado el 11 de febrero de 2015 omite algunas de sus partes, lo que se subsana con el siguiente texto completo, que deja sin efecto la anterior publicación.

MODIFICA DECRETO N°5 DE 2010, DEL MINISTERIO DE SALUD, REGLAMENTO SOBRE APLICACIÓN AÉREA DE PLAGUICIDAS

Núm. 120.- Santiago, 24 de junio de 2014.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 1º, 2º, 89 letra a), 90, 91 y 92 y en el Libro Décimo del Código Sanitario, aprobado por decreto con fuerza de ley N° 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en los artículos 65 y 68 de la ley Nº16.744; en la ley N°20.308; en los artículos 4º, 7º y 12 del DFL N°1 de 2005, del Ministerio de Salud y teniendo presente las facultades que me confiereelartículo32Nº6delaConstituciónPolítica del Estado, y

Considerando: La necesidad de poner al día las normas sobre aplicación aérea de plaguicidas para preservar la salud de quienes ejecutan estas acciones y de las personas que se pueden ver afectadas por las mismas,

Page 3: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de Abril de 2015 Cuerpo I - 3

Decreto:

Modifícase el decreto Nº5, de 2010, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre aplicación aérea de plaguicidas, en la forma que a continuación se indica:

1.-Agrégaseenelartículo2º,aladefinicióndeFranja de seguridad, la siguiente frase a continuación del punto, que se sustituye por una coma: “medidos desde el borde exterior del área sensible hasta el área de aplicación”.

2.-Sustitúyeseenelartículo2ºladefinicióndeperíodo de reentrada, por la siguiente:

“Período de reentrada: Tiempo mínimo que debe transcurrir entre la aplicación del plaguicida y el momento en que las personas pueden ingresar al lugar tratado sin elementos de protección personal, según la rotulación del plaguicida aplicado”.

3.- Agréganse en el artículo 2°, las siguientes definiciones:

“Plaguicida de uso agrícola: Compuesto químico, orgánico o inorgánico o sustancia natural que se utilice en el medio ambiente para combatir malezas, enfermedades o plagas potencialmente capaces de producir daños en el hombre, animales, plantas, semillas y objetos inanimados. Se considerarán tales el producto formulado y las sustancias activas con las que se formulan con aptitudes insecticidas, reguladores de crecimiento de insectos, agentes sofocantes, acaricidas, nematicidas, molusquicidas, rodenticidas, lagormorficidas,fumigantes,fungicidas,bactericidas,desinfectantes, viricidas, microbicidas, preservantes de madera, alguicidas, herbicidas, defoliantes, desecantes, fitorreguladores, coadyuvantes, antitranspirantes, atrayentes, feromonas, aleloquímicos, repelentes, recubrimientos protectores de cultivos, inductores de resistencia y otros que se empleen en las actividades agrícolas y forestales”.

“Sistema de aplicación de plaguicidas: Conjunto de elementos que se ocupan en la aplicación de estos productos,talescomoestanque,flexiblesdeconexión,barra de aplicación y demás que sean necesarios”.

4.- Agrégase al artículo 3° lo siguiente:

“f) Lista de los equipos para aplicación de pesticidas;g) Listado de aeronaves destinadas a la aplicación

de pesticidas, yh) Listado de personal que se dispondrá para efectuar

la mezcla, carga y aplicación de los plaguicidas, con indicación de que solamente se contratarán personas con capacitación requerida y salud compatible con la actividad, de conformidad con el protocolo de vigilancia de trabajadores expuestos a plaguicida, contenido en la resolución Nº150 de 2014 del Ministerio de Salud.

i) Indicación del responsable técnico. Una vez que la empresa entre en funcionamiento deberá comunicar a la Secretaría Regional Ministerial de Saludrespectiva,laidentificacióndelapersonaque cumple esta función.

Los responsables técnicos deberán contar con título de técnico de nivel superior de una carrera dealomenos4semestresacadémicos,cuyoperfilesté orientado a la biología y hábitat de las plagas, además de la capacitación especial que se establece en el artículo 4º”.

5.- Sustitúyese el artículo 4º por el siguiente:

“Artículo 4º.- Todos los trabajadores que apliquen o manipulen plaguicidas deberán tener capacitación adecuada a sus labores que incluya, a lo menos, los siguientes contenidos:

- Almacenamiento, mezcla y carguío de plaguicidas en aeronaves.

- Efectos nocivos de los plaguicidas para la salud de las personas y el medio ambiente, especialmente de aquellos usados por vía aérea.

- Prevención de riesgo y manejo de emergencias en distintas etapas del ciclo de aplicación.

El piloto y el responsable técnico, además, deberán contar con capacitación en los siguientes temas:

- Medidas de seguridad a adoptarse en la aplicación aérea y prevención de deriva.

- Procedimientos de aplicación, métodos de determinación de la franja de seguridad, procedimientos de vuelos apropiados para la aplicación.

- Características de la pulverización, incluyendo equipos de aplicación, factores ambientales que contribuyen a la deriva y medidas para controlarla.

- Componentes más importantes de un sistema de dispersión de sólidos y líquidos.

La capacitación referida debe haber sido provista por un organismo reconocido por el Ministerio de Educación, por una entidad reconocida por el SENCE o por alguno de los organismos administradores de la ley N°16.744”.

6.- Agrégase en el inciso primero del artículo 8° antes del punto final, la siguiente frase: “y la identificacióndelpiloto”.

7.- Sustitúyense los incisos segundo y tercero del artículo 8°, por los siguientes:

“La empresa aplicadora deberá mantener, tanto en sus instalaciones como en el terreno a tratar, las hojas de datos de seguridad de los productos a utilizar, las que deberán estar siempre disponibles para la Autoridad Sanitaria.

Alanotificacióndeunaaplicaciónaéreadeberáadjuntarse un plano de ubicación del lugar, una fotografía aérea o imágenes satelitales actualizadas con escala de 1:20.000 como máximo, proporcionando lascoordenadasUTMogeográficasdelpolígonoylasdemásreferenciasgeográficasquepuedanaportarparasu evaluación. Dicho plano debe incluir la zona objetivo, las franjas de seguridad y sus deslindes precisando en detalle las áreas sensibles, accesos al predio, además de un ejemplar del volante informativo que se entregará a la población conforme al artículo 13 de este reglamento. Cuando corresponda, deberá presentar la resolución de calificaciónambientalfavorable”.

8.- Agréganse en el artículo 10, los siguientes incisos segundo y tercero nuevos:

“Los responsables técnicos deberán estar presentes en las faenas de aplicación de plaguicidas a lo menos en las etapas de mezcla y carguío, cuando sean ejecutadas por la empresa aplicadora, y en el de entrega del lugar luego de la aplicación.

Corresponderá a dichos empleados de la empresa prestadora del servicio asegurar que las aplicaciones se efectúen en forma segura y técnicamente adecuada, velando por la protección de la salud de las personas y del ambiente. Al momento del término de la aplicación deberánentregarasuclienteuncertificado,consufirma,en que se indique la fecha y hora de inicio y término de la misma, el producto aplicado, la plaga a controlar y el período de reingreso”.

9.- Agrégase en el artículo 12, a continuación de supuntofinal:“Encasodegrandesextensionesdemás de 50 hectáreas y topografía compleja, se deberá realizar más de una medición. La empresa aplicadora deberá llevar un registro de las mediciones realizadas de la velocidad del viento”.

10.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 15 por el siguiente:

“Artículo 15.- Las aeronaves deberán contar con instrumentos que entreguen un registro de los datos efectivos de vuelo y de la aplicación”.

11.- Sustitúyese en el artículo 17 la frase: “en el artículo 72 letra g) del decreto Nº101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.” por la siguiente: “el protocolo de vigilancia epidemiológica de trabajadores expuestos a plaguicidas, aprobado por resolución Nº150, de 2014, del Ministerio de Salud”.

12.- Sustitúyese el artículo 19 por el siguiente:

“Artículo 19.- El proveedor del plaguicida, sea éste el dueño del predio o la empresa aplicadora, tiene la responsabilidad de la eliminación de los desechos de plaguicidas no utilizados y de los generados por el sistema de impermeabilización, así como de los envases vacíos, utensilios y recipientes utilizados en la preparación de la mezcla conforme a lo dispuesto

Page 4: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 4 Martes 14 de Abril de 2015 Nº 41.131

en el decreto Nº148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre manejo de residuos peligrosos, o el que lo reemplace”.

Disposiciones transitorias

Artículo 1° transitorio.- El presente decreto entrará en vigencia 30 días después de la fecha de su publicaciónenelDiarioOficial.

Artículo 2° transitorio.- Las empresas aplicadoras tendrán un plazo de un año, contado desde su entrada en vigencia, para implementar la exigencia del artículo 15 de este reglamento de contar con instrumentos que registren los datos de vuelo. Mientras no cuenten con estos aparatos, será de su responsabilidad la demarcación de los límites de la zona de tratamiento y de la franja de seguridad mediante banderolas de tamaño y color que sean visibles desde el aire, las que en ningún caso podrán estar sujetas por personas.

Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Helia Molina Milman, Ministra de Salud.

Transcribo para su conocimiento decreto Af. N°120 de 24-06-2014.- Saluda atentamente a Ud., Jaime Burrows Oyarzún, Subsecretario de Salud Pública.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO

MODIFICA RESOLUCIÓN N° 555 EXENTA, DE 2015, QUE LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS H A B I TA C I O N A L E S D E L F O N D O SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DECRETO SUPREMO N° 49, DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA CON PROYECTO HABITACIONAL, TIPOLOGÍA DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, PARA LOS DAMNIFICADOS POR EL INCENDIO DEL MES DE ABRIL DE 2014 QUE AFECTÓ A LA COMUNA DE VALPARAÍSO, EN

EL SENTIDO QUE INDICA

(Resolución)

Santiago, 17 de marzo de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 1.752 exenta.- Visto:

a) El D.S. N° 49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;

b) El DS N° 947, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 14 de abril de 2014,

publicadoenelDiarioOficialdel16deabrilde2014, que señala como zona afectada por catástrofe derivada de incendio a las comunas de Valparaíso y Viña del Mar y dispone medidas que indica;

c) La resolución exenta N° 3.052, de fecha 26 de mayode2014,publicadaenelDiarioOficialdel30demayode2014,ysusmodificaciones,ylaresolución exenta N° 554, de fecha 27 de enero de2015,publicadaenelDiarioOficialdel30deenero de 2015, ambas Vivienda y Urbanismo, que dispusieron llamados especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales regulados por el DS N° 1 y el DS N° 49, ambos de Vivienda yUrbanismode2011,paralosdamnificadosporel incendio del mes de abril de 2014 que afectó la comuna de Valparaíso;

d) La resolución exenta N° 555 (V. y U.), de fecha 27 de enero de 2015, que llama a postulación en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, tipología de construcción en nuevos terrenos, para los damnificadosporelincendiodelmesdeabrilde2014 que afectó a la comuna de Valparaíso;

Considerando:Lanecesidaddemodificaralgunasde las condiciones del llamado especial relativas a la postulación de los proyectos habitacionales destinados afamiliasdamnificadasdelincendioocurridoenlacomuna de Valparaíso en el mes de abril del año 2014, dicto la siguiente,

Resolución:

Modifícase la resolución exenta N° 555 (V. y U.), de 2015, en el siguiente sentido:

1. Agrégasealfinaldelresuelvo1lasiguientefrase:“, y 30 de abril de 2015.”.

2. Elimínase el resuelvo 2, pasando el 3 a ser 2, y así consecuentemente.

3. Modifícase el nuevo resuelvo 2 en el siguiente sentido:

1) Sustitúyanse los literales a), b), c) por los siguientes:

“a) Entre el 1° y 10 de abril y el 1° y 10 de mayo de 2015, el SERVIU organizará una exposiciónparaquelosdamnificadospuedanconocerlosproyectoscalificadosparasuposterior inscripción.

b) Concluida laexposiciónaqueserefiereelliteral anterior, las familias podrán vincularse alosproyectoscalificados.

c) El Director del SERVIU de Valparaíso dictará una resolución, sancionando la selección de los proyectos habitacionales, los que deberán contar con al menos un 50% de familias

damnificadasinscritas.Estas resoluciones deberán ser informadas a la División de Política Habitacional del MINVU”.

2) Agrégase el siguiente literal d), pasando el actual d) a ser e):

“d) Podrán también inscribirse en los proyectos calificados,familiasdamnificadasquehayansidobeneficiadasdeunsubsidiohabitacionalen la modalidad de Adquisición de Viviendas nuevas o usadas de los llamados especiales dispuestos por las resoluciones N° 3.052, de 2014, y N° 554, de 2015, ambas de Vivienda y Urbanismo, en caso que el subsidio habitacional no haya sido aplicado al momento de la inscripción, debiendo devolverelcertificadodesubsidioobtenidoen virtud de las resoluciones señaladas.

Asimismo, podrán inscribirse en los proyectos calificadoslasfamiliasbeneficiadasdeunsubsidio del DS N° 49 (V. y U.), de 2011 en los mismos llamados antes señalados, en las modalidades de Construcción en Sitio Propio yDensificaciónPredialenCondominios,enaquellos casos en que SERVIU determine que su aplicación por esa modalidad no es técnica o legalmente factible, en cuyo caso, en forma previa a la inscripción, deberá ceder su terreno al SERVIU.”.

4. Modifícase el nuevo resuelvo 13 por el siguiente: “13. Para la obtención del Subsidio Diferenciado

a la Localización, los proyectos deberán cumplir con las condiciones señaladas en el Artículo 5 del DS N° 49 (V. y U.), de 2011, presentando la totalidad de los antecedentes requeridos al ingreso del proyecto al SERVIU. Mediante resolución fundada, el Secretario Regional Ministerial de Valparaíso visará la aplicación de este subsidio, pudiendo aceptar hasta un 10% de tolerancia en las distancias a equipamiento y servicios establecidas en las letras d) a la h) del artículo señalado. Podrá además eximir de uno o más requisitos, según sea pertinente. Esta resolución deberá ser sancionada amástardaralmomentodelacalificacióndelproyecto.”.

5. Agrégase el siguiente resuelvo 14: “14. Las Entidades Patrocinantes que desarrollen

y presenten proyectos para el presente llamado, tendrán derecho a percibir un incremento de un 40% en los honorarios correspondientes a los servicios de las áreas A1, A2, A3, C2 y C3, establecidos enlaresolución420(V.yU.),de2012,quefijaprocedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social a programa de vivienda aprobado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011. Con todo, las Entidades Patrocinantes que se acojan a esta disposición deberán efectuar el diagnóstico del grupo patrocinado al que alude el inciso cuarto del artículo 72 del DS N° 49

(V. y U.), de 2011, a más tardar al terminar el primer mes de iniciada la ejecución de las obras.”.

Page 5: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de Abril de 2015 Cuerpo I - 5

6. Modificaseelnuevoresuelvo16porelsiguiente: “16. Para la adquisición del terreno, el SERVIU

de la Región de Valparaíso podrá otorgar anticipos a cuenta del pago de los subsidios por el valor total del mismo, cuando el proyecto se encuentre selecionado. En estos casos, el dominio del terreno debe quedar inscrito a nombre del referido SERVIU”.

Anótese, comuníquese y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Romero Álvarez, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.

Ministerio de Agricultura

Servicio Agrícola y Ganadero V Región de Valparaíso

E S T A B L E C E R E G U L A C I O N E S CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.)

EN LOS LUGARES QUE INDICA

(Resolución)

Núm. 801 exenta.- Valparaíso, 8 de abril de 2015.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley N° 18.755, Orgánica delServicioAgrícolayGanaderoysusmodificacionesposteriores; el decreto ley N° 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución exenta N° 3.513 del Servicio Agrícola y Ganadero, de fecha 7 de diciembredelaño1995,publicadaenelDiarioOficialel 13 de diciembre del mismo año y sus posteriores modificaciones;laresoluciónN°1.600,delaContraloríaGeneral de la República que establece la exención del trámite de toma de razón y las facultades que invisto como Directora Regional Transitoria y Provisional en virtud de la resolución afecta N° 260 de fecha 1 de octubre de 2014.

Considerando:

1. Que por resolución exenta N° 3.513, de fecha 7 de diciembre del año 1995, bajo el epígrafe: “Declara a Chile como país libre de Ceratitis capitata (Wied)”, se proclamó a nuestro país como territorio libre de la plaga de los vegetales conocida como “Mosca del Mediterráneo” (Ceratitis capitata Wied).

2. Que con fecha 7 de abril de 2015, se detectó la presencia de dos ejemplares (adultos) del insecto correspondiente a la plaga señalada precedentemente, en el área urbana de la comuna de San Esteban, Provincia de Los Andes.

3. Que en virtud de lo mandatado en el numerando tercero del acto administrativo ya individualizado,

el Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitariasqueseannecesariasparaelcontrolyerradicación de esta plaga.

4. Que habida consideración a lo anterior, debe entenderse por área reglamentada, aquella en que las plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, que ingresan, se mueven dentro y provienen de la misma, están sujetas a medidas fitosanitarias.

5. Que para el caso de la “Mosca del Mediterráneo” (Ceratitis capitata Wied), dicha área reglamentada, correspondeaunasuperficiecubiertaporunradiode7,2 km., alrededor de las detecciones.

6. Que conforme a las motivaciones ya señaladas, es que

Resuelvo:

1. Establécese a partir del 8 de abril de 2015, como área reglamentada, el polígono de 12 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a continuación:

DATUM: WGS 84 (HUSO 19)

N° vértice E N 1 348968 6375292 2 352704 6376053 3 356305 6374799 4 358760 6371882 5 359382 6368120 6 357996 6364569 7 354990 6362223 8 351254 6361462 9 347653 6362716 10 345198 6365633 11 344576 6369395 12 345962 6372947

El polígono que determina el área reglamentada, incorpora parcialmente las siguientes comunas de la Provincia de Los Andes: San Esteban, Los Andes y Calle Larga y de la Provincia de San Felipe: Santa María y San Felipe.

Todos los productos vegetales hospederos de “Mosca del Mediterráneo” producidos en el área reglamentada, los cuales hayan sido embalados y/o inspeccionados hasta el día 7 de abril de 2015, no estarán afectos a las medidas de cuarentena establecidas en esta resolución.

2. Dispóngase la ejecución de las siguientes medidasfitosanitariaseneláreareglamentada:

a) Recolección y posterior destrucción por fuego o enterramiento de los frutos caídos.

b) Descarga de los frutos de plantas hospedantes y destrucción de los mismos.

c) Poda de los árboles para facilitar las pulverizaciones, oconfinesdecontrolfitosanitario.

d) Remoción del suelo bajo la proyección de la copa de los árboles y aplicación de insecticida al suelo.

e) Inmovilización de frutos hospederos del área reglamentada definida en el número 1 de la presente resolución, salvo autorización expresa del Servicio, previo tratamiento cuarentenario para la destrucción de estados de desarrollo del insectouotrascondicionesfijadasporelServicio.

f) Aplicación de cebo-insecticida sobre el follaje, en la dosis y frecuencia que este Servicio determine.

g) Aplicación de insecticidas sistémicos, en plantas con frutos susceptibles de ser atacados por la plaga, en la dosis y frecuencia que este Servicio determine.

h) El Servicio podrá establecer puestos de control fitosanitariomóvilesytransitorios,dentroofueradel área reglamentada.

Page 6: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 6 Martes 14 de Abril de 2015 Nº 41.131

i) El Servicio podrá determinar acciones de inspección,verificacióndeorigenycorroboracióndelacondiciónfitosanitariaencentrosdeacopiodeproductos hortofrutícolas u otros. Los propietarios de estas instalaciones deberán dar las facilidades a los inspectores SAG para la realización de las mismas.

j) Otras medidas que el Servicio determine.

3. Si hubiesen huertos de fruta hospedera de “Mosca del Mediterráneo”, ubicados dentro del área reglamentada,estaránsujetosalasmedidasfitosanitarias.Los productores involucrados deberán inscribirse en la OficinaSAGLosAndes,señalandounaestimacióndesu producción por especie, variedad y uso a la que se destinará, a contar del día 8 de abril del presente año.

4. Los medios de transporte con productos vegetales hospederos de la “Mosca del Mediterráneo” producidos fuera del área reglamentada y que transiten por ésta, deberán cumplir con condiciones de resguardo u otras que el Servicio determine.

5. Los productos hospederos de “Mosca del Mediterráneo”, producidos dentro del área reglamentada, cuyo destino sea consumo para mercado nacional fuera de ésta, deberán ser sometidos a un tratamiento cuarentenario aprobado para el control de “Mosca del Mediterráneo”, el cual deberá ser realizado en una cámara autorizada por el Servicio, la que deberá estar dentro del área reglamentada.

6. Toda partida que haya sido sometida al tratamiento cuarentenario, estará amparada por un certificadodetratamiento,visadoporunfuncionarioSAG autorizado para realizar dicha acción.

7. Los productos hospederos de “Mosca del Mediterráneo” producidos dentro del área reglamentada, cuyo destino sea un proceso industrial fuera de ésta, deberá cumplir con los requisitos evaluados y aprobados por el Servicio.

8. Los productos de exportación hospederos de la “Mosca del Mediterráneo”, obtenidos, embalados, despachados y que transiten por el área reglamentada delimitada en el número 1, deberán cumplir con las condiciones establecidas por los mercados de destino u otras que el Servicio Agrícola y Ganadero determine.

9. Los productos hospederos de “Mosca del Mediterráneo” que provengan del área libre, y que ingresen bajo condiciones de resguardo al área reglamentada,mantendránsucondiciónfitosanitaria,sólo si éstos se mantienen en lugares evaluados y aprobados por el Servicio.

10. El transporte de los productos de exportación hospederos de la “Mosca del Mediterráneo” desde el área reglamentada, con destino a embarque en los puertos marítimos, terrestres o aéreos y de aquellos que

transiten por el área reglamentada, deberán efectuarse bajo las condiciones de resguardo que autorice el Servicio Agrícola y Ganadero.

11. Las medidas fitosanitarias podrán ser mantenidas por el Servicio en concordancia con los ciclos biológicos de la plaga.

12.DispóngaselanotificacióndelapresenteresoluciónenelDiarioOficialyenlosperiódicosdemayor circulación de la Región.

13. Las infracciones a la presente resolución serán sancionadas según lo dispone el decreto ley 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Francisca Herrera Monasterio, Directora Regional (TyP) Dirección Regional de Valparaíso.

Ministerio del Medio Ambiente

Servicio de Evaluación Ambiental IX Región de la Araucanía

N O T I F I C A C I Ó N R E S O L U C I Ó N D E CALIFICACIÓN AMBIENTAL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL “CENTRAL

HIDROELÉCTRICA DOÑA ALICIA”

(Extracto)

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 53 incisofinaldelReglamentodelSistemadeEvaluaciónde Impacto Ambiental, cuyo texto refundido, coordinado ysistematizadofuefijadoenelartículo2ºdeldecretosupremo Nº 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se comunica a las personas naturales y jurídicas que presentaron observaciones durante la evaluación ambiental del Estudio de Impacto Ambiental “Central Hidroeléctrica Doña Alicia”, sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por el titular Hidroeléctrica Doña Alicia S.A., que mediante resolución exenta Nº 79, de fecha 6 de abril de 2015, la Comisión de Evaluación Ambiental de laRegióndelaAraucaníacalificódesfavorablementeel proyecto individualizado. Las referidas personas naturales y jurídicas disponen de 30 días, contados desdelapresentenotificación,parapresentarrecursode reclamación ante el Comité de Ministros, según lo dispuesto en los artículos 20 y 29 inciso 4º de la Ley Nº 19.300.

El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en:

- Servicio de Evaluación Ambiental, Región de la Araucanía, ubicado en calle Vicuña Mackenna Nº 224 de la ciudad de Temuco.

- Ilustre Municipalidad de Curacautín, ubicada en calle Serrano Nº 055, de la ciudad de Curacautín.

- Además, podrá accederse a la resolución a través del sitio www.sea.gob.cl.

Ricardo Moreno Fetis, Director Regional (S) del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de la Araucanía.

OTRAS ENTIDADES

Banco Central de Chile

TIPOS DE CAMBIO Y PARIDADES DE MONEDAS EXTRANJERAS PARA EFECTOS DEL NÚMERO 6 DEL CAPÍTULO I DEL COMPENDIO DE NORMAS DE CAMBIOS INTERNACIONALES Y CAPÍTULO II.B.3. DEL COMPENDIO DE NORMAS FINANCIERAS AL

14 DE ABRIL DE 2015

Tipo de Cambio $ Paridad Respecto (Nº6 del C.N.C.I.) US$

DOLAR EE.UU. * 621,10 1,0000DOLAR CANADA 493,01 1,2598DOLAR AUSTRALIA 470,74 1,3194DOLAR NEOZELANDES 462,16 1,3439DOLAR DE SINGAPUR 452,43 1,3728LIBRA ESTERLINA 911,10 0,6817YEN JAPONES 5,17 120,1200FRANCO SUIZO 636,05 0,9765CORONA DANESA 87,91 7,0653CORONA NORUEGA 76,84 8,0832CORONA SUECA 70,51 8,8084YUAN 99,77 6,2251EURO 656,69 0,9458WON COREANO 0,57 1098,3000DEG 849,43 0,7312

* Tipo de cambio que rige para efectos del Capítulo II.B.3. Sistemas de reajustabilidad autorizados por el Banco Central de Chile (Acuerdo Nº05-07-900105) del Compendio de Normas Financieras.Santiago, 13 de abril de 2015.- Juan Pablo Araya

Marco, Ministro de Fe.

TIPO DE CAMBIO PARA EFECTOS DEL NÚMERO 7 DEL CAPÍTULO I DEL COMPENDIO DE NORMAS DE CAMBIOS

INTERNACIONALES

Eltipodecambio“dólaracuerdo”aqueserefiereel inciso primero del Nº7 del Capítulo I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales fue de $788,51 por dólar, moneda de los Estados Unidos de América, para el día 13 de abril de 2015.

Santiago, 13 de abril de 2015.- Juan Pablo Araya Marco, Ministro de Fe.

Page 7: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de Abril de 2015 Cuerpo I - 7

Municipalidad de San Antonio

PROMULGA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE SAN ANTONIO, EN LOS SECTORES PORTUARIOS SUR Y NORTE

San Antonio, 19 de marzo de 2015.- Esta alcaldía decretó hoy lo que sigue:Núm. 3.099.- Vistos: 1) Lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y

Construcciones (DS Nº458 (V. y U.), del 18 de diciembre de 1975, publicada en el DiarioOficialNº29.431del13.04.76),enespecialloestipuladoensuartículo43;2) Lo dispuesto en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (DS Nº47 (V.yU.),del16deabrilde1992,publicadaenelDiarioOficialNº34.270del19.05.92), en especial lo estipulado en su artículo 2.1.11.; 3) La circular ordinaria Nº0935 de fecha 1 de diciembre del 2009, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo MINVU (DDU 227), que instruye respecto de la formulación y ámbito de acción de los Planes Reguladores Comunales; 4) la circular ordinaria Nº0254 de fecha 8 de abril del 2011, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo MINVU (DDU 247), que adjunta la “Guía para la Evaluación Ambiental Estratégica de los Planes Regionales de Desarrollo Urbano, Planes Reguladores Intercomunales, Planes Reguladores Comunales y Planes Seccionales”; 5) Lo dispuesto en la ley Nº20.417, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia SEGPRES, del 12 de enero del 2010; y publicada enelDiarioOficialNº39.570defecha26.01.10;quecreaelMinisteriodelMedioAmbiente MMA, el Servicio de Evaluación Ambiental SEA y la Superintendencia delMedioAmbienteSMA,modificandolaleyNº19.300del01.03.94,publicadaenelDiarioOficialNº34.810del09.03.94deBasesdelMedioAmbienteLBMA;en especial lo estipulado en el artículo Primero que agrega al artículo 7º el párrafo 1ºbis,queestablecequelasmodificacionessustancialesalosinstrumentosdeplanificaciónterritorialcomunalvigente,quetenganimpactosobreelmedioambienteo la sustentabilidad, siempre deberán someterse a la evaluación ambiental estratégica EAE, y que este proceso estará a cargo del municipio respectivo; 6) Lo dispuesto enlaleyNº19.300,defecha1demarzode1994,publicadaenelDiarioOficialNº34.810 del 09.03.94 de Bases del Medio Ambiente LBMA; en su Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental SEIA DS. Nº30 de fecha 27 de marzode1997,publicadoenelDiarioOficialNº35.731del03.04.97;yenelDSNº30defecha27.03.97,publicadoenelDiarioOficialNº35.731del03.04.97,Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental SEIA, cuyo texto fuemodificadoporelDSNº95del21.08.98(DiarioOficialNº37.428del07.12.02del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República SEGPRES), en cuyoartículo2,sefijasutextorefundido,coordinadoysistematizado;SobreBasesdel Medio Ambiente, y en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental,fijadomedianteDSNº40defecha30.10.12.,publicadoenelDiarioOficialNº40.632del12.08.13.queapruebaelReglamentodelSistemadeEvaluaciónde Impacto Ambiental, del Ministerio del Medio Ambiente; 7) lo dispuesto en la “ModificaciónalPlanReguladorIntercomunaldeValparaísoincorporandoelSatéliteBorde Costero Sur” PIV-SBC Sur, que incluye a la Comuna de San Antonio (aprobada por resolución Nº31-4 afecta, de fecha 27 de febrero del 2006 del Gobierno Regional deValparaíso;publicadaenelDiarioOficialNº38.446defecha24.04.06;ysucalificaciónambientalfavorableatravésdelaresoluciónexentaNº136defecha22de julio del 2002 de la Comisión Regional del Medio Ambiente COREMA de la Región de Valparaíso; 8) Lo dispuesto en el Plan Regulador Comunal de San Antonio PRCSA 2006 (aprobado por el decreto alcaldicio Nº2.906 de fecha 7 de junio del 2006 IMSA, informado favorablemente a través del Ord. Nº0793 del 2 de junio del 2006 de la SEREMI. de V. y U. de la Región de Valparaíso; publicado en elDiarioOficialNº38.494del21.06.06;ysucalificaciónambientalfavorableatravés de la resolución exenta Nº179 de fecha 30 de agosto del 2004 de la Comisión Regional del Medio Ambiente COREMA V Región Valparaíso; y la siguiente relación pormenorizada del proceso de Evaluación Ambiental Estratégico EAE, hasta la obtención de la comunicación ministerial de cumplimiento de los contenidos mínimos de su Informe Ambiental, como asimismo, de la elaboración del proyecto urbanístico hasta su aprobación municipal y ministerial; las etapas de diseño o elaboración del Plan, de convocatoria a participar de los órganos de la Administración del Estado, de confección del Informe Ambiental, de observaciones de las respectivas instancias ministeriales,denotificacióndelapropuestaysusefectosalasorganizacionesterritoriales legalmente constituidas que estén involucradas y especialmente a los vecinos afectados, de inicio y término de la consulta y/o participación pública, de difusión pública y exposición de la proposición, de consulta al Concejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de San Antonio COSOC, de recepción e informe sintetizado de las observaciones efectuadas por la Comunidad, de análisis y resolución acerca de ellas por parte del H. Concejo Municipal de San Antonio, de respuesta a los interesados yfinalmentedeaprobacióndelPlanhastasudecretode

término, que conforman el proceso seguido en estricto apego a la legislación vigente precitada: 9) La sesión ordinaria Nº36 de fecha 20 de diciembre del 2006, del H. Concejo Municipal, ocasión en la cual el Sr. Alcalde informó a los señores Concejales que se habían iniciado conversaciones con la Empresa Portuaria San Antonio EPSA, respecto de la situación del Proyecto Expansión Sur, tendiente al ordenamiento urbanodelsectoryqueseestabaunificandocriteriosconelequipotécnicomunicipalparadesarrollarlainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal vigente; 10) El Acuerdo Nº123 S.O. 36/2009, del H. Concejo Municipal, tomado en la sesión ordinaria Nº16 de fecha 3 de junio del 2009, mediante la cual sediolaanuenciafavorablealainiciativademodificacióndelinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,dandocoherenciaaloinformadoporelSr.Alcaldesegún lo señalado en el Visto 9); 11) El Memorándum Nº63 de fecha 04.12.12. A. Urbana, del arquitecto Asesor Urbanista; a través del cual remite el Estudio consensuadodelainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal por la Mesa Técnica municipal a la Dirección de la Secretaría Comunal dePlanificaciónSECPLA;12)Lodispuestoenelartículo2.1.12.delaOrdenanzaGeneral de Urbanismo y Construcciones, que establece que a contar del inicio de laelaboracióndelproyectodeuninstrumentodeplanificaciónterritorial,losmunicipios deberán solicitar la asesoría técnica tanto de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo como de la Comisión Regional del Medio Ambiente, con el objetivo de uniformar criterios respecto de los parámetros técnicos y medioambientales que se deberán contemplar y concordar procedimientos en formapreviaaldespachooficialdelproyectorespectivohaciatalesinstanciaspararequerir su pronunciamiento; lo que se materializó mediante el Ordinario Nº08 de fecha 4 de enero del 2013 IMSA, ingresado el 09.01.13 a la SEREMI de V. y U. de la Región de Valparaíso y el Ordinario Nº09 de fecha 4 de enero del 2013 IMSA, ingresado el 08.01.13. a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, remitiéndose copia en formato papel y digital del Estudio; 13) El decreto alcaldicio Nº71 de fecha 7 de enero del 2013 IMSA; que dispone el inicio del proceso de Evaluación Ambiental Estratégico (EAE), convoca a los órganos delaAdministracióndelEstadoconcompetenciasectorialyfijalasreunionesdetrabajo de los Servicios Públicos; en estricta relación a lo estipulado en el Visto 5), cuando señala en su artículo Primero agregando al artículo 7º, el párrafo 1º bis, que lasmodificacionessustanciales,alosinstrumentosdeplanificaciónterritorialcomunalvigente, que tengan impacto sobre el medio ambiente o la sustentabilidad, siempre deberán someterse a la Evaluación Ambiental Estratégica, y que este proceso estará a cargo del municipio respectivo; 14) La realización de la 1º Reunión de Trabajo de los órganos convocados de la Administración del Estado con atingencia en la iniciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,porel D.A. Nº71/2013 IMSA, el viernes 18 de enero del 2013, en Salón de Reuniones delH.ConcejoMunicipal,ubicadoenelEdificioConsistorialemplazadoenlaAv.Ramón Barros Luco Nº1881, 2º piso, Barrancas, comuna de San Antonio; 15) El ordinario Nº130420/13 de fecha 1 de febrero del 2013, de la Subsecretaría Ministerial del Ministerio del Medio Ambiente en Santiago; mediante el cual informa las recomendaciones para el desarrollo del proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica EAE del Estudio; 16) el ordinario Nº345 de fecha 11 de febrero del 2013 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Regional Valparaíso (Folio 792 del 18.02.13.), en respuesta al Ord. Nº08/2013 IMSA; mediante el cual formula observaciones a la proposición urbanística y medioambiental, haciendo extensivas las sugerencias a lo planteado a través del Ord. Nº2.698 del 03.12.12. y al Ord. Nº222 del 30.01.13., ambos de dicha instancia ministerial, relativos a otra iniciativa demodificaciónalPlanReguladorComunaldeSanAntonioendesarrolloparalelo;17) El Acuerdo S.O. Nº128, del H. Concejo Municipal, tomado en la sesión ordinaria Nº18 de fecha 22 de mayo del 2013, mediante el cual se resolvió que la iniciativa demodificacióndelinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,sigueencursoparaleloalainiciativadeModificaciónGlobalPRC:“EstudioAnálisisOperacional,DiagnósticoyProposiciónparamodificarelPlanReguladorComunaldeSanAntonio2006”,iniciadoconcofinanciamientosectorialministerialymunicipal,enagostodel 2013; 18) La realización de la 2º Reunión de Trabajo de los órganos convocados delaAdministracióndelEstadoconatingenciaenlainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,porelD.A.Nº71/2013IMSA,eljueves 4 de julio del 2013, en Salón de Reuniones del H. Concejo “Mario Rubio Rubio”,ubicadoenelsegundopisodelEdificioConsistorialemplazadoenlaAv.Ramón Barros Luco Nº1881, Barrancas, comuna de San Antonio; 19) la realización de la 3º Reunión de Trabajo de los órganos convocados de la Administración del Estadoconatingenciaenlainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorial comunal, por el D.A. Nº71/2013 IMSA, el jueves 25 de julio del 2013, en Salón de Reuniones del H. Concejo “Mario Rubio Rubio”, ubicado en el segundo pisodelEdificioConsistorialemplazadoenlaAv.RamónBarrosLucoNº1881,Barrancas, comuna de San Antonio; 20) la recepción de observaciones por parte de los órganos convocados de la Administración del Estado con atingencia en el Estudio; a través de los siguientes documentos:

Page 8: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 8 Martes 14 de Abril de 2015 Nº 41.131

a) Ord. Nº130420 del 1 febrero 2013 del SEREMI del Medio Ambiente;b) Ord. 345 del 11 de febrero 2013 del SEREMI de Vivienda y Urbanismo; c) Ord. Nº1.198 de 26 de febrero de 2013 de la Subsecretaría para las

Fuerzas Armadas;d) Carta s/nº del 5 de abril de 2013 de SECTRA.; ye) Ord. Nº326 del 16 de agosto de 2013 de la SEREMI del Medio Ambiente;

21) el ordinario Nº2.402 de fecha 8 de octubre del 2013 IMSA, a través del cual retira el expediente del Informe Ambiental del Estudio, ingresado por el ordinario Nº2.346 de fecha 3 de octubre del 2013 IMSA, a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, para subsanar observaciones; en virtud de lo informado por el ordinario Nº326 del 16.08.13 de la SEREMI, del Medio Ambiente Regional Valparaíso; 22) el ordinario Nº2.459 de fecha 18 de octubre del 2013 IMSA, a través del cual se reingresa el Informe Ambiental del Estudio, a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, para observaciones en virtud de lo establecido en el numeral 5.5.3 de la circular Ord. Nº0254 del 08.04.11. (DDU 247); 23) el ordinario Nº134237 de fecha 8 de noviembre del 2013, de la Subsecretaría Ministerial del Ministerio del Medio Ambiente en Santiago al Sr. Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso; mediante el cual informa que el Informe Ambiental cumple con los contenidos mínimos de la Evaluación Ambiental Estratégica EAE y hace sugerencias, que aún así permiten proseguir con el proceso de difusión pública; 24) el ordinario Nº417 de fecha 11 de noviembre del 2013, del Sr. Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente; a través del cual remite el Ord. Nº134237/13 de la Subsecretaría del Ministerio del Medio Ambiente, mediante el cual se informa que el Informe Ambiental cumple con los contenidos mínimos de la Evaluación Ambiental Estratégica EAE y hace sugerencias, que aún así permiten proseguir con el proceso de difusión pública; 25) el Memorándum Nº072 de fecha 26.11.13. A. Urbana, del arquitecto Asesor Urbanista; a través del cual remite el Estudio consensuadodelainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal, por la Mesa Técnica municipal a la Dirección de la Secretaría Comunal de PlanificaciónSECPLA;26)elordinarioNº83defecha27.11.13delaDireccióndelaSecretaríaComunaldePlanificaciónSECPLA;medianteelcualremiteelEstudiodelainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunaly solicita la dictación de decreto alcaldicio que inicia el proceso de su difusión pública; 27) El decreto alcaldicio Nº9.484 de fecha 27.11.13. IMSA, que inicia el proceso de participación y/o consulta ciudadana, exposición pública y recepción de observaciones fundadas por parte de los interesados, habiéndose recepcionado la comunicación ministerial de cumplimiento mínimo de los contenidos del Informe AmbientaldesuEvaluaciónAmbientalEstratégicadelainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal;enestrictasujeciónalodispuestoen el artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; 28) El proceso de despacho del Estudio completo, en formato papel y digital a través de cartascertificadasdistribuidasporCorreosdeChile,alassiguientesorganizacionesterritorialesaledañasaláreaafectadelainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,porsectores:

• Sector Sur:

1. Ord. Nº2.563 del 29.11.13. IMSA; a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de San Antonio UNCOSAN;

2. Ord. Nº2.564 del 29.11.13. IMSA; a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Llolleo UNCOLLO;

3. Ord. Nº2.565 del 29.11.13. IMSA; a la Unidad Vecinal Nº18 “Barros Luco”;

4. Ord. Nº2.566 del 29.11.13. IMSA; a la Unidad Vecinal Nº20 “Brisamar”;5. Ord. Nº2.567 del 29.11.13. IMSA; a la Unidad Vecinal Nº21

“Tejas Verdes”;

• Sector Norte:

6. Ord. Nº2.568 del 29.11.13. IMSA; a la Unidad Vecinal Nº1 “Canteras”;7. Ord. Nº2.569 del 29.11.13. IMSA; a la Unidad Vecinal Nº1 “El Coral”;8. Ord. Nº2.570 del 29.11.13. IMSA; a la Unidad Vecinal Nº1 “Alto

Faro Panul”; y9. Ord. Nº2.571 del 29.11.13. IMSA; a la Unidad Vecinal Nº2 “Alto Cerro

Alegre”; todo lo que consta en comprobante de Correos de Chile; 29) Las publicaciones mediáticas del proceso de difusión pública dispuestas por elDecretoAlcaldicioNº9.484defecha27.11.13.IMSAmodificadoporelD.A.Nº9.820 del 09.12.13. IMSA y el D.A. Nº1.613 del 31.01.14. IMSA, en estricta

sujeción a lo dispuesto en el inciso segundo, numeral 1, segunda oración, del artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en un medio de prensa escrita local y nacional, en semanas distintas, se publicó el “Aviso a la Comunidad” con las fechas y lugares de la realización de las AudienciasPúblicasydelaexposicióndelEstudiodemodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal:

• Primer Aviso a la Comunidad:

i) Diario La Tercera, del viernes 06.12.13, página 51; primera publicación D.A. Nº 9.484/13 IMSA; y

ii) Diario El Líder de San Antonio, del viernes 06.12.13., página 14, primera publicación D.A. Nº9.484/13 IMSA.

• Segundo Aviso a la Comunidad:

i) Diario El Líder de San Antonio, del martes 10.12.13., página 7, segunda publicación D.A. Nº9.484/13 IMSA;

ii) Diario La Tercera, del lunes 09.12.13, página 33, segunda publicación D.A. Nº9.484/13 IMSA; y

iii) Diario El Líder de San Antonio, del domingo 08.12.13., página 3, segunda publicación D.A. Nº9.484/13 IMSA; y

• Tercer Aviso a la Comunidad:

i) Diario La Tercera, del lunes 10.02.14., página 20, segunda publicación delD.A.Nº1.613/14IMSAquemodificaelD.A.Nº9.484/13IMSAyreagenda III Audiencia Pública;

ii) Diario El Líder de San Antonio, del lunes 10.02.14., página 3, segunda publicaciónD.A.Nº1.613/14IMSAquemodificaelD.A.Nº9.484/13IMSA y reagenda III Audiencia Pública; y

iii) Diario El Líder de San Antonio, del viernes 07.02.14., página 3, primera publicaciónD.A.Nº1.613/14IMSAquemodificaelD.A.Nº9.484/13IMSA y reagenda III Audiencia Pública; 30) el decreto alcaldico Nº9.820

del09.12.13.IMSAquemodificaelD.A.Nº9.484/13IMSAsóloenlorelativoasu Punto Nº2, donde establece las fechas de publicaciones mediáticas; 31) El Acuerdo Nº108 S.O. 14/2014, tomado en la sesión ordinaria Nº14, de fecha miércoles 14 de mayo del 2014, del H. Concejo Municipal de San Antonio, mediante el cual se da aprobaciónalainiciativademodificacióndelinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal; 32) el decreto alcaldicio Nº9.579 de fecha 11.11.14. IMSA por el cual se apruebalainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal; 33) el ordinario Nº2.083 de fecha 11.11.14. IMSA, (ingresado el 12.11.14.), mediantelacualingresalainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorial comunal para revisión ministerial, aprobada por el D.A. Nº9.579/2014 IMSA; 34) el ordinario Nº2.090 de fecha 11.11.14. IMSA, (ingresado el 12.11.14.), mediante la cual remite el decreto de término D.A. Nº9.579/14. IMSA, a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, regional Valparaíso; 35) el decreto alcaldicioNº9.820del09.12.13.IMSAquemodificaelD.A.Nº9.484/13IMSAsóloen lo relativo a su Punto Nº2, donde establece las fechas de publicaciones mediáticas; 36) la realización de la I Sesión del Concejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de San Antonio COSOC, correspondiente a la sesión ordinaria Nº11/2013, realizada el martes 10 de diciembre del 2013 a las 18:00 horas; en el Salón de Reuniones del H. Concejo Municipal; donde se expuso el Estudio y se consultó la opinión de ese cuerpo colegiado; según consta en acta respectiva; 37) ElCertificadoNº34defecha11dediciembredel2013,delaSecretariaMunicipalSrta. Carolina Pavez Cornejo, que da fe de la realización de la I Audiencia Pública efectuada dentro del proceso de difusión pública y/o participación ciudadana del Estudio, el día martes 10 de diciembre del 2013, a las 10:00 horas, en el Salón de ReunionesdelH.ConcejoMunicipal,ubicadoenelsegundopisodelEdificioConsistorial (Av. Ramón Barros Luco Nº1881, Barrancas; San Antonio), donde se expusoalaComunidadlainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorial comunal, según lo dispuesto en el decreto alcaldicio Nº9.484 de fecha 27.11.13.IMSA;38)ElCertificadoNº35defecha11dediciembredel2013,delaSecretaria Municipal Srta. Carolina Pavez Cornejo, que da fe de la realización de la II Audiencia Pública efectuada dentro del proceso de difusión pública y/o participación ciudadana del Estudio, el día miércoles 11 de diciembre del 2013, a las 15:00 horas, en el Salón de Reuniones del H. Concejo Municipal, ubicado en el segundopisodelEdificioConsistorial(Av.RamónBarrosLucoNº1881,Barrancas;SanAntonio),dondeseexpusoalaComunidadlainiciativademodificaciónal

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de Abril de 2015 Cuerpo I - 9

instrumentodeplanificaciónterritorialcomunal, según lo dispuesto en el decreto alcaldicioNº9.484defecha27.11.13.IMSA;39)elCertificadoNº1defecha13deenero del 2014, de la Secretaria Municipal Srta. Carolina Pavez Cornejo, que da fe delarealizacióndelaexposiciónpúblicadelainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,porunplazodetreintadías,comprendidoentreel jueves 12 de diciembre del 2013 y hasta el viernes 10 de enero del 2014, ambas fechasinclusive,enelprimerpisodelhallcentraldelEdificioConsistorial(Av.Ramón Barros Luco Nº1881, Barrancas; San Antonio), donde expuso a la Comunidad ensendospaneleslatotalidaddelEstudio,segúndetalleenelmismocertificado;según lo dispuesto en el decreto alcaldicio Nº9.484 de fecha 27.11.13. IMSA; 40) eldecretoalcaldicioNº1.613del31.01.14.IMSA,quemodificaelD.A.Nº9.484/13IMSA sólo en lo relativo a su Punto Nº4, donde establece la fecha de realización de la III Audiencia Pública y dispone las publicaciones mediáticas del mismo; 41) elCertificadoNº36defecha10defebrerodel2014,delaSecretariaMunicipalSrta.Carolina Pavez Cornejo, que da fe de la realización de la III Audiencia Pública efectuada dentro del proceso de difusión pública y/o participación ciudadana del Estudio, el día lunes 10 de febrero del 2014, a las 10:00 horas, en el Salón de ReunionesdelH.ConcejoMunicipal,ubicadoenelsegundopisodelEdificioConsistorial (Av. Ramón Barros Luco Nº1881, Barrancas; San Antonio), donde se informó a la Comunidad sobre las observaciones fundadas presentadas a la iniciativa demodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,segúnlodispuestoen el decreto alcaldicio Nº9.484 de fecha 27.11.13. IMSA; 42) la realización de la II Sesión del Concejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de San Antonio, correspondiente a la sesión ordinaria Nº2/2014, realizada el martes 11 de febrero del 2014 a las 17:30 horas; en el Salón de Reuniones del H. Concejo Municipal; donde se informaron las observaciones recepcionadas; según consta en acta respectiva; 43) El Informe Sintetizado de fecha 5 de marzo del 2014, del arquitectoAsesorUrbanistaadscritoalaSecretaríaComunaldePlanificaciónSECPLA, Sr. Miguel Ross Rozas; que da cuenta de las observaciones fundadas recepcionadasimpugnandolaproposiciónde“ModificaciónalPlanReguladorComunal de San Antonio, en los Sectores Portuarios Sur y Norte”, en el contexto de su proceso de Evaluación Ambiental Estratégico dispuesto por el decreto alcaldicio Nº71 de fecha 07.01.13. IMSA; y en el marco de su proceso de difusión pública y/o participación ciudadana dispuesto por el decreto alcaldicio Nº9.484 de fecha 27.11.13. IMSA,modificadoporelD.A.Nº9.820del09.12.13.IMSAyelD.A.Nº1.613del31.01.14. IMSA; elaborado en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo, numeral 5, segunda oración, del artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y expuesta en la sesión ordinaria Nº08, de fecha miércoles 19 de marzo del 2014 del H. Concejo Municipal por parte del Asesor Urbanista; que en conclusión de los considerandos expuestos concluye que: “Habida exposición de las observaciones presentadas que no constituyen reparos de fondo y detallada la argumentación técnica que las aclara, desdice y responde, esta Asesoría Urbana sugiere sean desestimadas en su totalidad”; y en consecuencia aprobar la proposición delainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,para proseguir su tramitación aprobatoria ministerial procedente; e informar de ello a los interesados; 44) La sesión ordinaria Nº08, de fecha miércoles 19 de marzo del 2014 del H. Concejo Municipal en la cual se tomaron los acuerdos en relación al Estudio: Acuerdo Nº48 S.O. 08/2014: “El Concejo municipal por unanimidad de los Srs. Concejales presentes en la sala, aprueba desestimar de la presentación de Graneles de Chile de las observaciones presentadas al Plano Regulador de la comuna de San Antonio”; Acuerdo Nº49 S.O. 08/2014: “El Concejo municipal por unanimidad de los Srs. Concejales presentes en la sala, aprueba desestimar de la presentación de Puerto PANUL de las observaciones presentadas al Plano Regulador de la comuna de San Antonio”; Acuerdo Nº50 S.O. 08/2014: “El Concejo municipal por 7 votos de desestimación y un voto de acogida del Concejal Esteban Hinojosa Huencho, aprueba desestimar de la presentación del Sr. César Contreras de las observaciones presentadas al Plano Regulador de la comuna de San Antonio”; Acuerdo N° 51 S.O. 08/2014: “El Concejo municipal por 7 votos de desestimación y un voto de acogida del Concejal Esteban Hinojosa Huencho, aprueba desestimar de la presentación de la Srta. María Francisca Alvarado de las observaciones presentadas al Plano Regulador de la comuna de San Antonio”; y Acuerdo Nº52 S.O. 08/2014: “El Concejo municipal por 5 votos de desestimación y 3 votos de acogida de los señores Concejales Manuel Meza Hinojosa, Esteban Hinojosa Huencho y Jorge Jorquera Castro, aprueba desestimar de la presentación de la Comunidad de Río Maipo de Tejas Verdes de las observaciones presentadas al Plano Regulador de la comuna de San Antonio”; 45) La sesión ordinaria Nº14, de fecha miércoles 14 de mayo del 2014 del H. Concejo Municipal en la cual se tomó el Acuerdo Nº108 S.O.14/2014, que por seis votos a

favor y dos votos de rechazo de los Srs. Concejeros don Manuel Meza Hinojosa y donOsvaldoEstebanHinojosaHuencho,aprobaronlainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunaldenominada:Estudio“Modificacióndel Plan Regulador Comunal de San Antonio, en los Sectores Portuarios Sur y Norte”; 46) El ordinario Nº1.411 de fecha 12 de agosto del 2014 IMSA a través del cual se informó lo resuelto por el H. Concejo Municipal según el Acuerdo Nº49 S.O. 08/2014, a los Srs. Puerto Panul S.A. en orden a desestimar las observaciones fundadas ingresadas bajo el Folio 324 del 24.01.14. (9H55) mediante el Ord. Nº550/2014 de fecha 21.01.14.; 47) el ordinario Nº1.412 de fecha 12 de agosto del 2014 IMSA a través del cual se informó lo resuelto por el H. Concejo Municipal según el Acuerdo Nº50 S.O. 08/2014, al Sr. César Contreras Toro, en orden a desestimar las observaciones fundadas ingresadas bajo el Folio 390 del 27.01.14. (10H20); 37) el ordinario Nº1.413 de fecha 12 de agosto del 2014 IMSA a través del cual se informó lo resuelto por el H. Concejo Municipal según el Acuerdo Nº52 S.O. 08/2014, a los Srs. Comunidad de Río Maipo: Junta de Vecinos Nº21 “Huracán La Boca”, Sindicato de Pescadores y Actividades Conexas Boca del Maipo, Club Deportivo Río Maipo, Junta de Vecinos Unión “Tejas Verdes Nº21”, Adulto Mayor Boca del Maipo, Adulto Mayor San Julián, Murgas y Comparsas Tejas Verdes y Asamblea Ciudadana San Antonio, en orden a desestimar las observaciones fundadas ingresadas bajo el Folio 392 del 27.01.14. (10H50); 48) El Ordinario Nº1.414 de fecha 12 de agosto del 2014 IMSA a través del cual se informó lo resuelto por el H. Concejo Municipal según el Acuerdo Nº51 S.O. 08/2014, a la Sra. María Francisca Alvarado Flores en orden a desestimar las observaciones fundadas ingresadas bajo el Folio 394 del 27.01.14. (11H25); 49) el ordinario Nº1.415 de fecha 12 de agosto del 2014 IMSA a través del cual se informó lo resuelto por el H. Concejo Municipal según el Acuerdo Nº48 S.O. 08/2014, a los Srs. Graneles de Chile S.A. en orden a desestimar las observaciones fundadas ingresadas bajo el Folio 396 del 27.01.14. (13H25) mediante el Ord. Nº551/2014 de fecha 27.01.14.; 50) el ordinario Nº2.083 de fecha 11.11.14. IMSA (ingresado el 12.11.14.), mediante el cual se ingresa el proyecto aprobado a revisión de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo; 51) el ordinario Nº42 de fecha 09.01.15. SEREMI. V. y U. regional Valparaíso, a través del cual se informa con observaciones el proyecto; 52) El ordinario Nº0153 de fecha 29.01.15. IMSA (ingresado el 29.01.15.), mediante el cual se reingresa el proyecto corregido en virtud de las observaciones efectuadas por el Ord. Nº42/2015 SEREMI. V. y U.; 53) el ordinario Nº334 de fecha 02.02.15 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (S) SEREMI. V. y U. de la Región de Valparaíso (Folio 463 de fecha 04.02.15.), por el cual se remiteelinformefavorablealproyectode“ModificacióndelPlanReguladorComunal de San Antonio, en los Sectores Portuarios Sur y Norte”, quedando esa aprobación condicionada a la corrección de los alcances de forma indicados en los puntos x y xii; 54) el ordinario Nº0269 de fecha 17.02.15. IMSA, (ingresado el 20.02.15.), mediante el cual se reingresan los documentos del proyecto corregidos subsanando los puntos x y xii del Ord. Nº334/2015 SEREMI. V. y U.; 55) el ordinario Nº569 de fecha 26.02.15 del Sr. Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (Folio 873 del 02.03.15.), a través del cual se informan favorablemente las medidas adoptadas para subsanar los alcances efectuados por el Ord. Nº334/2015 SEREMI. V. y U.; 56) la proposición medio ambiental y urbanística de la iniciativa demodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,denominada:Estudiode“ModificacióndelPlanReguladorComunaldeSanAntonio,enlosSectores Sur y Norte”; compuesta de los siguientes documentos:

• Informe Ambiental:

i) Diagnóstico Ambiental; yii) Anexos:

Anexo 1: Descripción de proyecto Plataforma Logística San Antonio PLISA y Puerto a Gran Escala PGE;

Anexo 2: Reuniones enfoque metodológico Evaluación Ambiental Estratégica EAE;

Anexo 3: Reuniones ampliadas con los Servicios Públicos;Anexo 4: Reuniones con los Servicios Públicos;Anexo 4.1.: Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo

Región de Valparaíso;Anexo 4.2.: Gobernación Marítima de San Antonio;Anexo 4.3.: Gobernación Provincial de San Antonio;Anexo 4.4.: Servicio Nacional de Pesca SERNAPESCA;

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 10 Martes 14 de Abril de 2015 Nº 41.131

Anexo 4.5.: Servicio Nacional de Turismo SERNATUR;Anexo 4.6.: Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de

Valparaíso;Anexo 4.7.: Secretaría Regional Ministerial de Obras Púbicas

Región de Valparaíso;Anexo 4.8.: Servicio Agrícola y Ganadero SAG;Anexo 4.9.: Comisión Nacional Forestal CONAF;Anexo 5: Diagnóstico Ambiental Estratégico detallado;Anexo 6: Reuniones con la Comunidad;Anexo 6.1.: Colegio de Arquitectos;Anexo 6.2.: Unión Comunal Juntas de Vecinos de San Antonio;Anexo 6.3.: Juntas de Vecinos Sector Sur;Anexo 6.4.: Juntas de Vecinos Sector Norte;Anexo 6.5.: Manifestaciones de apoyo;Anexo 6.6.: Sindicato de Trabajadores de Pescadores Artesanales

y Actividades Conexas La Boca del Maipo (STI);Anexo 7: Antecedentes formales del proceso de la Evaluación

Ambiental Estratégica EAE; yAnexo 8: Plano Regulador Comunal.

• Plan:

i) Memoria Explicativa;ii) Ordenanza Local; yiii) Plano MPS 01 Usos de Suelo a Escala 1:10.000; yiv) Anexos a la Memoria Explicativa:

- Informe Vial; - Informe Socio Productivo y Cultural “La Caleta Boca del Maipo”; - Informe de Factibilidad de Aguas Lluvias; - Informe de Riesgos; - Estudio de Análisis Vial Plan de Desarrollo Puerto San Antonio. Informe

Final; y

Anexo 2: Tablas de censos de aves.

- Informe Nº1 - 2012 ENE 12. - Informe Nº2 - 2012 FEB 12. - Informe Nº3 - 2012 MAR 12. - Informe Nº4 - 2012 ABR 12. - Informe Nº5 - 2012 MAY 12. - Informe Nº6 - 2012 JUN 12; y - Informe Nº7 - 2012 JUL 12; 57) Lasatribucionesquemeconfierela

Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, de fecha 29 de marzo de 1988 (D.O. Nº33.035 del 31.03.88), cuyo texto refundido, coordinado ysistematizadosefijóenelDFLNº1,del09.05.06(Interior)(D.Of.Nº38.523del 26.07.06); 58) el decreto alcaldicio Nº9.694 de fecha 4 de diciembre del 2013, de la I. Municipalidad de San Antonio, que nombra Secretario Municipal; y 59) el decreto alcaldicio Nº9.325 de fecha 6 de diciembre del 2012, de la I. Municipalidad de San Antonio, por el cual asume el cargo de Alcalde Titular don Omar Vera Castro.

Considerando:

1. Lo dispuesto en el artículo 43 de Ley General de Urbanismo y Construcciones (DS Nº458 (V. y U.) del 18 de diciembre de 1975, publicada en el Diario OficialNº29.431del13.04.76);yenartículo2.1.11desuOrdenanzaGeneralde Urbanismo y Construcciones (DS Nº47 (V. y U.), del 16 de abril de 1992, publicadaenelDiarioOficialNº34.270del19.05.92);

2. El ordinario Nº569 de fecha 26.02.15 del Sr. Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (Folio 873 del 02.03.15.), a través del cual se informan favorablemente las medidas adoptadas para subsanar los alcances efectuados por el Ord. Nº334/2015 SEREMI V. y U.; y el ordinario Nº334 de fecha 02.02.15 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo SEREMI V. y U. de la Región de Valparaíso (Folio 463 de fecha 04.02.15.), por el cual se remite el informe favorable al proyecto de “ModificacióndelPlanReguladorComunaldeSanAntonio,enlosSectoresPortuarios Sur y Norte”;

3. Lo dispuesto en la circular ordinaria Nº0254 de fecha 8 de abril del 2011, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo

MINVU (DDU 247), que adjunta la “Guía para la Evaluación Ambiental Estratégica de los Planes Regionales de Desarrollo Urbano, Planes Reguladores Intercomunales, Planes Reguladores Comunales y Planes Seccionales”; y

4. El ordinario Nº134237 de fecha 8 de noviembre del 2013, de la Subsecretaría Ministerial del Ministerio del Medio Ambiente en Santiago al Sr. Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso; mediante el cual informa que el Informe Ambiental cumple con los contenidos mínimos de la Evaluación Ambiental Estratégica EAE:

Decreto:

1. Déjeseestablecidoqueelexpedientedelainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,denominadaproyectoPlan:“ModificacióndelPlanReguladorComunaldeSanAntonio,enlosSectoresPortuarios Sur y Norte”, aprobado por decreto alcaldicio Nº9.579 de fecha 11 de noviembre del 2014 IMSA, según Acuerdo Nº108 S.O.14/2014 adoptado por el H. Concejo Municipal en la sesión ordinaria Nº14/2014 de fecha 14 de mayo del 2014; e informado favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, de la Región de Valparaíso, mediante el Ord. Nº334 de fecha 2 de febrero del 2015 SEREMI V. y U. y el ordinario Nº569 de fecha 26 de febrero del 2015 del Sr. Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, está conformado por los siguientes documentos:

a) Memoria Explicativa; b) Estudio de Factibilidad;c) Ordenanza Local;d) Plano; ye) Informe Ambiental.

2. Cúmplase en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° quáter, del párrafo 1 bis, del Título II, de la Ley Nº19.300, Sobre Bases del Medio Ambiente; modificadaporlaLeyNº20.417,publicadaenelDiarioOficialNº39.570defecha 26.01.10; a lo establecido en el numeral 5.5.5. “Decreto de término”, de la circular ordinaria Nº0254 de fecha 8 de abril del 2011, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo MINVU (DDU 247), que adjunta la “Guía para la Evaluación Ambiental Estratégica de los Planes Regionales de Desarrollo Urbano, Planes Reguladores Intercomunales, PlanesReguladoresComunalesyPlanesSeccionales”;yfinalmenteacordealoseñalado en el numeral 7, del ordinario Nº134237/13 de fecha 8 de noviembre del 2013 del Ministerio del Medio Ambiente, mediante el cual se informó que el Informe Ambiental cumple con los contenidos mínimos de la Evaluación Ambiental Estratégica EAE; informando lo siguiente:

• PROCESO DE ELABORACION DEL PLAN El Plan se desarrolló en etapas secuenciales que culminaron con el

procesodeaprobacióndelainiciativademodificacióndelinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunalyqueconsistenenlasactividadesque se describen a continuación:

1. Etapa 1: Metodología Aplicada Se formularon los criterios de sustentabilidad, objetivos

ambientales,sedefinieronyconvocaronaparticiparenlaetapade elaboración y revisión del Plan, para que se integraran a findegarantizarunaactuacióncoordinada,deacuerdoasusrespectivos ámbitos de acción a los siguientes órganos de la Administración del Estado de la Región de Valparaíso; en el proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica EAE:

• Gobernación Provincial de San Antonio;• Ministerio de Defensa Nacional; Subsecretaría de Fuerzas

Armadas (de Marina); • Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;

Secretaría Regional Ministerial de Economía;• Ministerio de Desarrollo Social; Secretaría Regional

Ministerial de Desarrollo Social;• Ministerio de Educación; Secretaría Regional Ministerial

de Educación; Consejo de Monumentos Nacionales;• Ministerio de Salud; Secretaría Regional Ministerial de

Salud; Departamento de Acción Sanitaria DAS Provincial San Antonio;

Page 11: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de Abril de 2015 Cuerpo I - 11

• Ministerio de Obras Públicas; Secretaría Regional Ministerial de OO.PP.; Superintendencia de Servicios Sanitarios; Superintendencia de Electricidad y Combustibles SEC;

• Ministerio de Vivienda y Urbanismo; Secretaría Regional Ministerial de V. y U.;

• Ministerio de Agricultura; Secretaría Regional Ministerial de Agricultura; Servicio Agrícola y Ganadero SAG; Corporación Nacional Forestal CONAF;

• Ministerio de Minería; Secretaría Regional Ministerial de Minería; Servicio Nacional de Geología y Minería SERNAGEOMIN; Dirección Regional Zona Central;

• Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes; Secretaría Regional Ministerial deT.yT.;SecretaríadePlanificacióndeTransporteSECTRA;“Programa de Vialidad y Transporte Urbano”;

• Ministerio de Bienes Nacionales; Secretaría Regional Ministerial de Bs. Ns.;

• Ministerio del Medio Ambiente; Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente; Servicio de Evaluación Ambiental; y

• Servicio Nacional de Turismo.

2. Etapa 2: Diagnóstico De la información obtenida, se analizaron las carencias y

problemas ambientales relevantes de la comuna, se presentó un diagnóstico ambiental estratégico que fue considerado en la elaboración del Plan.

3. Etapa 3: Formulación y Selección de Alternativas Se formularon escenarios de desarrollo de la actividad portuaria

en el territorio de la comuna y se elaboraron diferentes estudios de apoyo para la evaluación y selección de las alternativas propuestas.

4. Etapa 4: Diseño y Elaboración del Plan Sediseñarondiferenteszonificacionesdelterritorioportuario,

teniendo en consideración los criterios de sustentabilidad y objetivos ambientales, teniendo en consideración las actividades portuarias que desarrollan en la ciudad.

LavisióndedesarrolloquedóreflejadaenlaMemoriaExplicativa,Ordenanza Local y en el Plano.

5. Etapa 5: Proceso de Consulta y Aprobación del Plan El Informe Ambiental y el Plan se sometió a un amplio proceso de

consulta ciudadana en diferentes instancias, tanto en la Comunidad como en los organismos del Estado.

ElInformeAmbientalfuefinalmenteinformadofavorablementemediante Ord. Nº 134237/13 de fecha 8 de noviembre del 2013 de la Subsecretaría del Ministerio del Medio Ambiente.

• CONSULTA PÚBLICA La consulta pública se inició mediante la Primera Audiencia Pública en

el marco del proceso de difusión y participación ciudadana del Plan que se realizó el día 10 de diciembre del 2013, donde el municipio expuso lainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,denominadaproyectoPlan:“ModificacióndelPlanReguladorComunal de San Antonio, en los Sectores Portuarios Sur y Norte”, ocasión en que se analizó la propuesta y los antecedentes que componen elexpedientedelinstrumentodeplanificaciónterritorialaludido,incluyendoel respectivo Informe Ambiental.

Losdocumentosqueformanpartedelainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunalprecitada(MemoriaExplicativa y todos sus anexos, Ordenanza Local, Plano e Informe Ambiental) fueron expuestos y quedando a disposición del público en dependenciasdeHallCentraldelEdificioConsistorialdelaI.Municipalidadde San Antonio (Av. Ramón Barros Luco Nº1881, Barrancas/San Antonio), por un período de treinta días corridos, entre el jueves 12 de diciembre del 2013 y hasta el viernes 10 de enero del 2014.

El día miércoles 11 de diciembre del 2013 se realizó la Segunda Audiencia Pública, en el marco de difusión pública y de participación ciudadana del Plan, ocasión en que también se analizó la propuesta y los antecedentes quecomponenelexpedientedelinstrumentodeplanificaciónterritorialaludido, incluyendo el respectivo Informe Ambiental.

El día lunes 10 de febrero del 2014 se llevó a efecto de la Tercera Audiencia Pública en el marco de difusión pública y de participación ciudadana del

Plan; ocasión en que se expusieron las observaciones fundadas formuladas y presentadas por los interesados, que estimaron convenientes acerca de la iniciativa del Plan.

Los contenidos de las principales observaciones recibidas fueron:

i) Ingreso Folio Nº324 de fecha 24 de enero del 2014, de la Empresa Puerto Panul S.A.:

a. Normas urbanísticas, propuestas para la Zona Ferroviaria (ZF);b. Normas urbanísticas propuestas para la Zona Portuaria (ZP);c. Normas urbanísticas para la Zona de Desarrollo Turístico y

Transporte (ZDTT); yd. Normas urbanísticas propuestas para la Zona Área Verde

Portuaria (AVP);

ii) Ingreso Folio Nº390 de fecha 27 de enero del 2014, del Sr. César Contreras Toro:

a. Observación referida al Impacto Ambiental;b. Participación ciudadana; yc. Identidad Local;

iii) Ingreso Folio Nº392 de fecha 27 de enero del 2014, de la Comunidad Río Maipo y otros:

a. Observación que dice relación a la Memoria Explicativa del Plan;

b. Con relación a la playa y el Decreto Supremo Nº130/2010 MTT; y

c. Con relación al Plan Regulador Comunal de San Antonio 2006, de los usos de suelo, porcentajes de usos de suelo del bordecostero,rolintegradordelinstrumentodeplanificaciónterritorial comunal vigente y análisis de espacios de uso público del borde costero;

iv) Ingreso folio Nº394 de fecha 27 de enero del 2014, de la Srta. María Francisca Alvarado Flores:

a. Comentarios sobre el desarrollo económico y la calidad de vida de los pescadores artesanales del sector Tejas Verdes; y

b. Observación al ensanchamiento de la calle Víctor Cruz Martínez; y

v) Ingreso Folio Nº396 de fecha 27 de enero del 2014, de Empresa Graneles Chile S.A.:

a. Observación referida normas urbanísticas propuestas para la Zona Ferroviaria (ZF); y

b. Normas urbanísticas propuestas para la Zona Portuaria (ZP).

Los acuerdos adoptados por el H. Concejo Municipal de San Antonio sobre las observaciones recibidas de parte de la Comunidad fueron los siguientes:

El día miércoles 19 de marzo del 2014, se analizó en la sesión ordinaria Nº08/2014 del H. Concejo Municipal, cada una de las cinco presentaciones conobservacionesrecibidasalainiciativademodificacióndelinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal;tomándoselassiguientesresolucionesde ese cuerpo colegiado:

i) Ingreso folio Nº324 de fecha 24 de enero del 2014, de la Empresa Puerto Panul: Acuerdo Nº49 S.O. 08/2014: “El Concejo Municipal por unanimidad de los Srs. Concejales presentes en la sala, aprueba desestimar de la presentación de Puerto PANUL de las observaciones presentadas al Plano Regulador de la comuna de San Antonio”;

ii) Ingreso Folio Nº390 de fecha 27 de enero del 2014, del Sr. César Contreras Toro: Acuerdo Nº50 S.O. 08/2014: “El Concejo Municipal por 7 votos de desestimación y un voto de acogida del Concejal Esteban Hinojosa Huencho, aprueba desestimar de la presentación del Sr. César Contreras de las observaciones presentadas al Plano Regulador de la comuna de San Antonio”;

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 12 Martes 14 de Abril de 2015 Nº 41.131

iii) Ingreso folio Nº392 de fecha 27 de enero del 2014, de la Comunidad Río Maipo y otros: Acuerdo Nº52 S.O. 08/2014: “El Concejo Municipal por 5 votos de desestimación y 3 votos de acogida de los señores Concejales Manuel Meza Hinojosa, Esteban Hinojosa Huencho y Jorge Jorquera Castro, aprueba desestimar de la presentación de la Comunidad de Río Maipo de Tejas Verdes de las observaciones presentadas al Plano Regulador de la comuna de San Antonio”;

iv) Ingreso folio Nº394 de fecha 27 de enero del 2014, de la Srta. María Francisca Alvarado Flores: Acuerdo Nº51 S.O. 08/2014: “El Concejo Municipal por 7 votos de desestimación y un voto de acogida del Concejal Esteban Hinojosa Huencho, aprueba desestimar de la presentación de la Srta. María Francisca Alvarado de las observaciones presentadas al Plano Regulador de la comuna de San Antonio”; y

v) Ingreso folio Nº396 de fecha 27 de enero del 2014, de Empresa Graneles Chile S.A.: Acuerdo Nº48 S.O. 08/2014: “El Concejo Municipal por unanimidad de los Srs. Concejales presentes en la sala, aprueba desestimar de la presentación de Graneles de Chile de las observaciones presentadas al Plano Regulador de la comuna de San Antonio”.

En consecuencia, habiéndose expuesto en el seno del H. Concejo Municipal de San Antonio, el Informe Sintetizado de las observaciones fundadas recepcionadas por parte del arquitecto asesor urbanista Sr. Miguel Ross Rozas, en que se analizaban sus fundamentos, explicaban sus alcances y se sugería desestimarlas por no constituir reparos de fondo y detallada la argumentación técnica que lasaclaraba,desdecíayrespondía,parafinalmentesugerirsedesestimaranen su totalidad por parte del H. Concejo Municipal, quien según la votación precitada desestimó todas las observaciones recibidas.

• CONTENIDO DEL INFORME AMBIENTAL El Informe Ambiental se ha estructurado de la siguiente forma: En el Capítulo 1 “RESUMEN EJECUTIVO”, se incorporan en forma

sintetizada las etapas del proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica delainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,denominadaproyectoPlan:“ModificacióndelPlanReguladorComunal de San Antonio, en los Sectores Portuarios Sur y Norte”.

En el Capítulo 2, “DESCRIPCIÓN GENERAL Y OBJETIVOS DEL PLAN”, se hace referencia a los contenidos generales y ámbito de acción delinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,enconcordanciaconla visión de desarrollo para la comuna de San Antonio.

Se incluye en el enfoque metodológico utilizado, las etapas y plazos en que fuedesarrolladoelPlan,conjuntamenteconelpropósitodelamodificacióndel Plan, que ha tenido por objetivo general: “Lograr un equilibrio en las relaciones urbanas de la comuna de San Antonio, particularmente entre el puerto y la ciudad, y fomentar un desarrollo territorial armónico de los distintos actores y actividades comunales.”

En el Capítulo 3, “ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO CONVOCADOS Y PARTICIPANTES EN LA ELABORACIÓN DEL PLAN, Y LOS INSTRUMENTOS Y ESTUDIOS CONSIDERADOS”, se indican los instrumentos y estudios consultados en la elaboración del Plan.

En el Capítulo 4, “CRITERIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE CONSIDERADO PARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN”, se generó a partir de una revisión de los instrumentos regionales y comunales entre otros.

En el Capítulo 5, “OBJETIVOS AMBIENTALES DE LA PROPUESTA DEL PLAN”, se establecieron a partir de Diagnóstico Ambiental Estratégico, los objetivos ambientales (3) para la comuna de San Antonio.

En el Capítulo 6 “EL DIAGNÓSTICO AMBIENTAL ESTRATÉGICO”, donde se incluye un análisis de los aspectos ambientales relevantes de la modificacióndelPlan,loscualesserefierena:6.1.Carenciadeáreasverdesoderecreacióneineficientemantencióndelaexistente;6.2.DeficienteOfertaTurísticaydebajoestándar;6.3.Dificultaddedesarrollodelaactividad pesquera de la Boca Sur del Río Maipo, generada por acciones naturales y antrópicas; 6.4. Deterioro de las lagunas de Llolleo generadas por acciones naturales y antrópicas; 6.5. Falta de resguardo del ecosistema asociado a la desembocadura del Río Maipo; y 6.6. Molestias por material en suspensión por actividades portuarias en el sector Norte.

En el Capítulo 7 “EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA”, contempló el diseño de alternativas que consideró los criterios de desarrollo sustentable y objetivos ambientales establecidos. La evaluación cumple con

los criterios de sustentabilidad y mediante la metodología de evaluación aplicada, se obtuvo que la alternativa seleccionada es la número 2, que correspondeefectuarunamodificacióndelPlanenlossectoresnorteysur de la zona portuaria.

En el Capítulo 8, “LA FORMA EN QUE EL DISEÑO DEL PLAN CONSIDERA LOS EFECTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS Y EVALUADOS”; se muestran los efectos ambientales y sus alcances para cada uno de ellos.

En el Capítulo 9, “PROPUESTA DE PLAN DE SEGUIMIENTO DE LAS VARIABLES AMBIENTALES QUE SON AFECTADAS PRODUCTO DELPLAN”;seindicanlosefectosambientalesidentificadosylasvariables ambientales de seguimientos para la implementación del Plan.

En el Capítulo 10, “CRITERIOS E INDICADORES DE SEGUIMIENTO DESTINADOS A CONTROLAR LA EFICACIA DEL PLAN”, en este punto se señalan los criterios e indicadores.

En el Capítulo 11 se señalan los “CRITERIOS E INDICADORES DE REDISEÑO A CONSIDERAR PARA LA REFORMULACIÓN DEL PLAN AMEDIANOOLARGOPLAZO”.SeestablecenloscriteriosdefinidosparaelseguimientodestinadoacontrolarlaeficienciadelPlan;y

En el Capítulo 12 “PARTICIPACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Y LA COMUNIDAD”, donde se indican las reuniones ampliadas con los servicios públicos.

• CONSIDERACIONES AMBIENTALES Y DE DESARROLLO SUSTENTABLE QUE INCORPORA EL PLAN EN SU DICTACIÓN

A. Criterio de Sustentabilidad El Criterio de Desarrollo Sustentable considerado para la

formulacióndelainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal,denominadaproyectoPlan:“ModificacióndelPlanReguladorComunaldeSanAntonio,enlos Sectores Portuarios Sur y Norte”, consideró una dimensión económica, social y ambiental:

“La comuna de San Antonio de acuerdo a su vocación ciudad – puerto, promoverá una relación armónica entre las actividades portuarias y los espacios públicos en torno al borde costero; favoreciendo la gestión y ocupación del territorio comunal en forma compacta y diversa, a través de la reasignación de los espacios existentes; generando nuevos espacios públicos y áreas verdes para recreación, turismo y esparcimiento; permitiendo conservar los activos económicos de la ciudad y la creación de nuevas actividades, consolidando la identidad portuaria de la comunidad”.

B. OBJETIVOS AMBIENTALES DE LA PROPUESTA DEL PLAN Los Objetivos Ambientales surgidos a partir de la detección de

los problemas ambientales de la Comuna de San Antonio fueron los siguientes:

Objetivo 1: Resguardar las áreas naturales existentes en el sector Sur, mediante la asignación de usos de suelo más restrictivos en la nueva Zona Especial 6 (ZE6) que reemplaza la Zona Especial 4 (ZE4), permitiendo únicamente el desarrollo de actividad recreacionales, de área verde y de investigacióncientífica.

Objetivo 2: Fomentar la generación de espacios públicos de recreación, circulación de la población y aumentar áreas de esparcimiento en el borde costero, recuperando estas áreas para uso de la Comunidad, mediante la limitación de las actividades permitidas en la Zona de Desarrollo Turístico (ZDT), Zona de Desarrollo Turístico y Transporte (ZDTT) y Área Verde Portuaria (AVP)ausosdesueloafinesaestepropósito.

Objetivo 3: Mantener las condiciones naturales de áreas aledañas no intervenidas por la actividad portuaria, tales como las actuales Zona de Protección 2 (ZP2), Zona Especial 4 (ZE4) y una porción de la Zona de Deportes y Recreación (ZD), mediante la concentración de los usos de suelo portuarios en la nueva Zona Portuaria Exclusiva (ZPE).

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• CRITERIOS E INDICADORES DE SEGUIMIENTO DESTINADOS A CONTROLAR LA EFICACIA DEL PLAN

ConelobjetodepodercontrolarelgradodeeficaciadelPlanimplementado,se efectuará un seguimiento de los siguientes aspectos:

i) Aumento de niveles de ruido y material particulado por incremento de actividades portuarias en el sector sur.

ii) Aumento de actividades turísticas en el borde costero: porcentaje de turistas que visitan nuevas áreas públicas, número de visitantes (registro de ingreso) a áreas públicas nuevas (conteo verano y vacaciones de invierno/número de visitantes a áreas públicas nuevas (conteo en verano y vacaciones de invierno) del período anterior *100; y

iii) ii) Reconversión de las actividades del borde costero de acuerdo a losusodesuelodefinidos:porcentajedereconversióndelosusosdesuelo(superficiereconvertida/superficieafectaamodificacióndel Plan*100).

• CRITERIOS E INDICADORES DE REDISEÑO QUE SE DEBERÁN CONSIDERAR PARA LA REFORMULACIÓN DEL PLAN

Finalmente respecto a los criterios e indicadores de rediseño a considerar para la reformulación del Plan a mediano o largo plazo, se considerarán los siguientes valores objetivos:

i) Quenoseproduzcaunaumentosignificativodelasactividadesturísticas en el borde costero: igual o menor al 15%; y

ii) Baja tasa de reconversión del borde costero de acuerdo a los usos desuelodefinido:igualomenoral15%.

3. Promúlgaseoficialmentelainiciativademodificaciónalinstrumentodeplanificación territorial comunal aprobada denominada: Estudio Plan: “ModificacióndelPlanReguladorComunaldeSanAntonio,enlosSectoresPortuarios Sur y Norte”.

4. Publíquese el presente decreto alcaldicio y la Ordenanza Local íntegra de la “ModificacióndelPlanReguladorComunaldeSanAntonio,enlosSectoresPortuariosSuryNorte”,enelDiarioOficialdelaRepúblicadeChile;fechaapartirdelacual,seiniciarálegalmentelaentradaenvigenciadelamodificaciónalinstrumentodeplanificaciónterritorialcomunal.

5. ArchíveseelplanoylaOrdenanzaLocaldela“ModificacióndelPlanReguladorComunal de San Antonio, en los Sectores Portuarios Sur y Norte”, en el Conservador de Bienes Raíces de San Antonio; y remítase copia de ellos a la División de Desarrollo Urbano DDU del Ministerio de Vivienda y Urbanismo MINVU, a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo SEREMI regional Valparaíso, a la Dirección de Obras Municipales de San Antonio, para su aplicación y a la Asesoría Urbana adscrita a la Secretaría Comunal de PlanificacióndelaI.MunicipalidaddeSanAntonio.

Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Omar Vera Castro, Alcalde.- Carolina Pavez Cornejo, Secretaria Municipal.

MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE SAN ANTONIO

EN LOS SECTORES PORTUARIOS SUR Y NORTE

ORDENANZA LOCAL

SECPLA / ASESORÍA URBANA16 de Febrero de 2015

CAPÍTULO IDisposiciones generales

Artículo 1.- Las disposiciones de la presente Ordenanza Local contienen las normasreferentesazonificación,usosdelsuelo,superficiepredialmínima,condicionesdeedificación,deurbanización,riesgos,vialidadydemásnormasurbanísticas,queregirándentrodeláreaterritorialdelapresentemodificacióndelPlanReguladorComunaldeSanAntonio(PRC),graficadaenelPlanoMPS01.

ElterritoriodeaplicacióndeestamodificacióndelPRCcorrespondealáreaurbana comprendida y delimitada por las poligonales cerradas cuyas descripciones se encuentranenelArtículo2deestaordenanzayquesegraficaenelPlanoMPS01.

CAPÍTULO IIDescripción del área regulada

Artículo 2.-LasáreasafectasdelapresentemodificaciónalPRCquedandefinidasporlospuntosytramosqueconformanlaspoligonalesparalazonaSur(Puntos: 75-76-77-78-79-80-81-82-83-84-85-86-87-88-89-90-75) y para la zona Norte (Puntos: 91-92-93-94-95-96-97-98-99-100-101-102-103-104-105-106-107-108-109-110-111-112-113-114-115-91),graficadosenelPlanoMPS01.

Lospuntosdeláreadeaplicacióndelapresentemodificaciónestándefinidosen coordenadas U.T.M. (Universal Transversal de Mercator, según Datum 56).

La descripción de los puntos y tramos para el Sector Sur son las siguientes:

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 14 Martes 14 de Abril de 2015 Nº 41.131

agen

Y la descripción de los puntos y tramos para el Sector Norte son los siguientes:

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de Abril de 2015 Cuerpo I - 15

CAPÍTULO IIIZonificación, usos de suelo y normas especiales

Artículo 3.-EláreaterritorialdelapresentemodificaciónalPlanReguladorComunal de San Antonio está conformada por las siguientes zonas, de acuerdo a lograficadoenelPlanoMPS01.

I. SECTOR SUR:

o Zona ZPE: Zona Portuaria Exclusiva.o Zona AVP: Área Verde Portuaria.o Zona ZE6: Zona Especial 6, Área Natural y Recreacional Asociada

a Borde Ribereño.

II. SECTOR NORTE:

o Zona ZDT: Zona de Desarrollo Turístico.o Zona ZDTT: Zona de Desarrollo Turístico y Transporte.o Zona AVP: Área Verde Portuaria.

Artículo 4.- Los usos de suelo permitidos y/o prohibidos y las condiciones desubdivisiónpredialylasnormasdeedificaciónquelessonaplicables,sonlassiguientes:

SECTOR SURZONA ZPE : ZONA PORTUARIA EXCLUSIVA

Usos de suelo permitidos : Infraestructura de transporte, tales como, vías y estaciones ferroviarias, terminales de transporte terrestre, recintos marítimos o portuarios, incluyendo aquellas complementarias al proceso de transferencia, manipulación y almacenamiento de carga.

Infraestructura sanitaria, tales como plantas de captación, distribución y/o tratamiento de agua potable o de aguas servidas, de aguas lluvias, estaciones exclusivas de transferencia de residuos, todasellascalificadascomoinofensivaso molestas, complementarias a las actividades portuarias.

Infraestructura energética, tales como centrales de generación o distribución de energía, de gas y de telecomunicaciones, gasoductos, oleoductos, todas ellas calificadascomoinofensivasomolestas,complementarias a las actividades portuarias.

Actividades productivas, solo instalaciones de impacto similar al industrial, tales como grandes depósitos, talleres o bodegas industriales, calificados como inofensivos y molestos, y sus instalaciones complementarias.

Equipamiento de las siguientes clases; Científico; Comercio, sólo locales comerciales, estaciones o centros de servicio automotor, restaurantes y fuentes de soda; Culto y Cultura, sólo centro de convenciones, exposiciones y difusión de toda especie; Deporte, solo gimnasios; Educación, sólo centros de capacitación; Salud, sólo policlínicos; Seguridad; y Servicios,sólooficinas,centrosdepago,bancos,financieras,ycentrosmédicosodentales.

Áreas verdes, regida por artículo 2.1.31 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Usos de suelo Prohibidos : Todos los usos de suelo no mencionados precedentemente, en especial (i) los rellenos sanitarios y lugares de disposición finalderesiduos;(ii)lasindustrias;(iii)centros comerciales, grandes tiendas, supermercados, mercados, bares y discotecas; (iv) cárceles; y (v) los equipamientos de servicios no señalados expresamente como permitidos.

Condiciones de Subdivisión Predial:Superficiepredialmínima :2.500m2.Condiciones de Edificación:Coeficientedeocupacióndesuelo : 0,6Coeficientedeconstructibilidad :2.0Sistema de agrupamiento : Aislado.Distanciamientos mínimos : Según Ordenanza General de Urbanismo

y Construcciones. Adosamiento : No se permite.Rasante : 70° en todos los deslindes, incluidos todos

los cuerpos salientes no habitables, como por ejemplo: grúas, antenas, chimeneas, mangas transportadoras, etc. de acuerdo al artículo 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 16 Martes 14 de Abril de 2015 Nº 41.131

Alturamáximadelaedificación : Determinada por la aplicación de rasantes.Cierros : 2,50 m. de altura.Antejardín mínimo : 5 m. Estacionamientos :Elestándardeestacionamientosedefinirá

según el destino, de acuerdo al artículo 10 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de San Antonio 2006.

ZONA AVP : ZONA ÁREA VERDE PORTUARIA Esta área se ubica al norte de la Zona

ZE6 y al oriente de la Zona ZPE, según segraficaenelplanoMPS01,yestádestinada a área verde privada regida por artículo 2.1.31 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Usos de Suelo Permitidos : Área verde.Usos de Suelo Prohibidos : Todos los usos de suelo no mencionados

precedentemente.Condiciones de Subdivisión Predial:Superficiepredialmínima :2.500m2.

ZONA ZE6 : ZONA ESPECIAL 6, ÁREA NATURAL Y RECREACIONAL ASOCIADA A BORDE RIBEREÑO

Usos de Suelo Permitidos : Equipamiento de las siguientes clases: Científico; Comercio, sólo kioscos; Esparcimiento, sólo parques botánicos; Seguridad, sólo del tipo retenes.

Áreas verdes, regida por artículo 2.1.31 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Espacios públicos.Usos de Suelo Prohibidos : Todos los usos de suelo no mencionados

precedentemente. Se prohíben expresamente los equipamientos de servicios.

Condiciones de Subdivisión Predial:Superficiepredialmínima :2.500m2.

Condiciones de Edificación:Coeficientedeocupacióndesuelo :0.05Coeficientedeconstructibilidad :0.02Sistema de agrupamiento : Aislado Distanciamientos mínimos : 5 m. Adosamiento : No permite.Rasante : 70° en todos los deslindes, de acuerdo al

artículo 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Alturamáximadelaedificación :10.50m.Cierros : 2,50 m. de altura.Antejardín mínimo : 5 m. Estacionamientos :Elestándardeestacionamientosedefinirá

según el destino, de acuerdo al artículo 10 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de San Antonio 2006.

SECTOR NORTEZONA ZDT : ZONA DE DESARROLLO

TURÍSTICOUsos de suelo permitidos : Residencial, sólo hotel.Equipamiento de las siguientes clases : Científico; Comercio, sólo del tipo

locales comerciales, restaurantes, bares, fuentes de soda, discotecas, comercio

kioscos, Culto y Cultura; Deporte, sólo gimnasios, piscina, saunas y baños turcos; Esparcimiento, sólo del tipo parque de entretenciones; Salud, sólo policlínicos; Seguridad; y Servicios.

Áreas verdes, regida por artículo 2.1.31 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Espacios públicos.Usos de Suelo Prohibidos : Todos los usos de suelo no mencionados

precedentemente. En especial, se prohíben (i) las grandes tiendas, supermercados y mercados; y (ii) cárceles y centros de detención.

Condiciones de Subdivisión Predial : Superficiepredialmínima :1.500m2.Condiciones de Edificación :Coeficientedeocupacióndesuelo :0.5Coeficientedeconstructibilidad :2.0Sistema de agrupamiento : Aislado.Distanciamientos : 8 m. Adosamiento : No se permite.Rasante : 70° en todos los deslindes.Alturamáximadelaedificación :Segúnrasante.Cierros : 2,00 m. de altura máxima.Antejardín mínimo : 5 m.Estacionamientos : De acuerdo al artículo 10 de la Ordenanza

Local del Plan Regulador Comunal de San Antonio 2006.

ZONA ZDTT : ZONA DE DESARROLLO TURÍSTICO Y TRANSPORTE

Usos de suelo permitidos : Residencial, sólo hotel. Infraestructura de transporte, tales como,

vías y estaciones ferroviarias, terminales de transporte terrestre, recintos marítimos o portuarios, pero exclusivamente para instalaciones de atención de cruceros, embarcacionesdeturismo,científicaseinstalaciones complementarias.

Equipamiento de las siguientes clases : Científico; Comercio, sólo del tipo locales comerciales, restaurantes, bares, fuentes de soda, discotecas, comercio kioscos, Culto y Cultura; Deporte, sólo gimnasios, piscina, saunas y baños turcos; Esparcimiento, sólo del tipo parque de entretenciones; Salud, sólo policlínicos; Seguridad; y Servicios.

Áreas verdes, regida por artículo 2.1.31 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Espacios públicos.Usos de Suelo Prohibidos : Todos los usos de suelo no mencionados

precedentemente. En especial, se prohíben (i) las grandes tiendas, supermercados y mercados; y (ii) cárceles y centros de detención.

Condiciones de Subdivisión Predial : Superficiepredialmínima :1.500m2.Condiciones de Edificación :Coeficientedeocupacióndesuelo :0.5Coeficientedeconstructibilidad :2.0Sistema de agrupamiento : Aislado.Distanciamientos mínimos : 5 m.Adosamiento : No se permite.Rasante : 70° en todos los deslindes.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de Abril de 2015 Cuerpo I - 17

Alturamáximadelaedificación :Segúnrasante.Cierros : 2,00 m. de altura máxima.Antejardín mínimo : 5 m.Estacionamientos :Elestándardeestacionamientosedefinirá

según el destino, de acuerdo al artículo 10 de Ordenanza Local del PRC vigente.

ZONA AVP : ZONA ÁREA VERDE PORTUARIA Esta área se ubica en el Sector Norte según

segraficaenelplanoMPS01,yestádestinada a área verde privada regida por artículo 2.1.31 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Esta zona se subdivide en dos sectores: (1) sector 1, ubicado entre los puntos 104 a 114 del plano MPS 01; y 2) sector 2, ubicado entre los puntos 92 y 104 graficadoenelplanoMPS01.

Usos de Suelo Permitidos : Área verde.Usos de Suelo Prohibidos : Todos los usos de suelo no mencionados

precedentemente.Condiciones de Subdivisión Predial :Superficiepredialmínima :2.500m2.

CAPÍTULO IVÁreas de riesgo

Artículo 5.- Enelterritorioreguladoporestamodificaciónseestablecenlassiguientes áreas afectas por riesgo de origen natural, potencialmente amenazadas porfenómenosnaturales,lasquesegraficanenelPlanoMPS01:

o Área de riesgo inundable por tsunami (AR-T)o Área de riesgo por inundación recurrente (AR-IR)o Área de riesgo por remoción en masa (AR-RM)

Artículo 6.- El área potencialmente inundable por tsunami coincide con todos losterrenosreguladosporestamodificacióndelPRC,yparaefectosdeautorizarproyectos en las distintas zonas del mismo, deberá darse cumplimiento al artículo 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en cuanto a adoptar las medidas que mitiguen los efectos del riesgo de tsunami.

Artículo 7.- El área de riesgo por inundación recurrente corresponde al sector colindanteconladesembocaduradelríoMaipograficadoenelPlanoMPS01,yeláreaderiesgoderemociónenmasacorrespondealsectorpuntualgraficadoenel mismo plano, y para efectos de autorizar proyectos en las citadas áreas, deberá darse cumplimiento al artículo 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en cuanto a incorporar las obras de ingeniería o de otra índole suficientesparasubsanaromitigarlosefectosdelosriesgosseñalados.

Artículo 8.- En las áreas de riesgo señaladas en los artículo 5 a 7 anteriores, se podrán desarrollar proyectos de acuerdo a las normas urbanísticas indicadas en el artículo 4 de esta Ordenanza, una vez que se hubieren incorporado las obras de ingenieríaodeotraíndolesuficientesparasubsanaromitigarlosefectosquedanorigen al establecimiento de las áreas de riesgo, sujetándose para ello a lo dispuesto en el artículo 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

CAPÍTULO VNormas especiales

Artículo 9.- Las normas generales de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de San Antonio 2006, seguirán vigentes dentro del área regulada por esta Ordenanza Local, en la medida que no sean incongruentes o incompatibles con ella.

A mayor abundamiento, tendrán plena vigencia dentro del área de aplicación de lapresentemodificación,lanormativacontenidaenelCapítuloIIIdelaOrdenanzaLocal del Plan Regulador Comunal de San Antonio 2006.

CAPÍTULO VIVialidad comunal

Artículo 10.-MediantelapresentemodificacióndelPlanReguladorComunalde San Antonio 2006, se incorpora a la vialidad estructurante comunal la siguiente vía,segúnsurespectivaclasificaciónenvirtuddelodispuestoenelArtículo2.3.2.de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones:

VÍAS COLECTORAS

IMAGEN

Artículo Transitorio. Se deja establecido que normas urbanísticas aplicables para la Zona de Desarrollo Turístico y Transporte y aquellas aplicables para el sector 2 de la Zona Área Verde Portuaria ubicada en el Sector Norte, tienen una vigencia diferida, empezando a regir a partir del 1° de enero del año 2030, rigiendo hasta dicha fecha las normas actualmente vigentes.

Firmas aprobatorias.- Omar Vera Castro, Alcalde.- Miguel Ross Rozas, Asesor Urbanista.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 18 Martes 14 de Abril de 2015 Nº 41.131

Municipalidad de Chiguayante

DEJA SIN EFECTO DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA DE TERRENOS DESTINADOS A CIRCULACIONES, PLAZAS Y PARQUES

Núm. 864.- Chiguayante, 6 de abril de 2015.- Vistos: Estos antecedentes: Decreto alcaldicioNº637,publicadoenelDiarioOficialeldía4dejuliodelaño2003,queaprobóelPlanReguladorComunaldeChiguayante;lamodificaciónalPlanReguladorComunal de Chiguayante según decreto alcaldicio Nº 749, publicado en el Diario Oficialeldía28dejuliode2006;lamodificaciónalPlanReguladorsegúndecretoalcaldicioNº1.512,publicadoenelDiarioOficialeldía18denoviembrede2009;lamodificaciónalPlanReguladorsegúndecretoalcaldicioNº179,publicadoenelDiarioOficialeldía4defebrerodelaño2010;laLeyNº19.939,publicadaenelDiarioOficialeldía13defebrerode2004;laLeyNº20.331,publicadaenelDiarioOficialeldía12defebrerode2009;laLeyNº20.791,publicadaenelDiarioOficialel día 29 de octubre de 2014, que entre otros reemplaza los contenidos del artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y en su artículo transitorio faculta a las municipalidades a dejar sin efecto las declaratorias de utilidad pública para circulaciones, plazas y parques existentes con anterioridad a las disposiciones de las leyes Nos19.939y20.331,yenusodelasfacultadesquemeconfierenlosartículos 12 y 63 de la Ley Orgánica de Municipalidades,

Decreto:

1.- Déjense sin efecto las declaratorias de utilidad pública de los terrenos que fueron destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, con anterioridad a las disposiciones de la Ley Nº 19.939, contenidas, para este caso, en elPlanReguladorComunaldeChiguayantepublicadoenelDiarioOficialel4dejulio de 2003 y de acuerdo a la siguiente nómina:

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de Abril de 2015 Cuerpo I - 19

2.- Déjense sin efecto las declaratorias de utilidad pública de los terrenos que fueron destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, con anterioridad a las disposiciones de la Ley Nº 20.331, contenidas, para este caso, en elPlanReguladorComunaldeChiguayantepublicadoenelDiarioOficialel28dejulio de 2006 y de acuerdo a la siguiente nómina:

Lo anterior, sin perjuicio de aquellas declaratorias de utilidad pública de terrenos destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, que mantienen su vigencia con posterioridad a la publicación de la Ley Nº 20.791.

3.-PublíqueseelpresentedecretoenelDiarioOficialdelaRepública.

4.- Archívese el presente decreto en el Conservador de Bienes Raíces respectivo como parte integrante de los antecedentes del Plan Regulador Comunal vigente de Chiguayante.- José Antonio Rivas Villalobos, Alcalde.- Lisandro Tapia Sandoval, Secretario Municipal.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 20 Martes 14 de Abril de 2015 Nº 41.131

LEYES, REGLAMENTOS Y DECRETOS DE ORDEN GENERAL

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Publicaciones Judiciales

Juicios de Quiebras

C

Comercial e Industrial Tamahuel .......P.3

E

East - Ampuero ................................ P.3

P

Pinturas Revor S.A. - Emiliano Lepe Caballero y Compañía Limitada .......... P.3

S

Sarika S.A. ...................................... P.4

Muertes Presuntas

Cruzat Pizarro Ernesto ..................... P.4

IICUERPO

Núm. 41.131.-Año CXXXVIII - Nº 815.596 (M.R.)

Ejemplar del día .................$200.- (IVA incluido)Atrasado .............................$400.- (IVA incluido)

Edición de 8 páginasSantiago, Martes 14 de abril de 2015

DECRETOS, NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR, PUBLICACIONES JUDICIALES Y AVISOS

DECRETOS, NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR, PUBLICACIONES JUDICIALES Y AVISOS

S U M A R I O

Normas Particulares

PODER EJECUTIVO

MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Subsecretaría del Interior

Decreto número 587 exento, de 2015.- Autoriza circulación de vehículos en los términos que señala .......................P.1

Decreto número 588 exento, de 2015.- Autoriza circulación de vehículo en los términos que señala......................P.2

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño

Asociaciones Gremiales

Asociación Gremial de Transporte Escolar y Turismo Treslomas ............................ P.2

MINISTERIO DE JUSTICIA

Entidades Religiosas de Derecho Público

Comunidad Cristiana Carismática I m p a c t o d e D i o s / M i n i s t e r i o Evangelismo y Restauración en Tiempo de Gracia.................................. P.2

Solicitud de rectificación.- Iglesia Evangélica Efeso - Iquique .................. P.3

Normas Particulares

PODER EJECUTIVO

Ministerio del Interior y Seguridad Pública

SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR

AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA

Santiago, 18 febrero de 2015.- Hoy se decretó lo que sigue:Núm. 587 exento.- Visto: El oficio Nº 106, de 22 de enero 2015, del Director

de la Oficina Nacional de Emergencia; lo dispuesto en el decreto ley Nº 799, de 1974, del Ministerio del Interior; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el oficio circular Nº 26, de abril de 2003, de los ministerios de Hacienda e Interior y Seguridad Pública; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando: Las exigencias de las labores que cumple la Oficina Nacional de Emergencia y los requerimientos de movilización para la realización de las mismas, muchas de las cuales se desarrollan más allá del horario hábil y en días sábado en la tarde, domingo y festivos,

Decreto:

Artículo único: Autorízase la circulación en horas inhábiles y días sábado en la tarde, domingo y festivos a los vehículos de la dotación de la Oficina Nacional de Emergencia que se individualizan:

1. Vehículo : Camioneta Marca : Nissan Modelo : Navara Lux LE MT (DL1323) Año : 2015 Color : Blanco Motor : YD25804068B Chassis : MNTVCUD40E6602648 Placa única : GZPZ89.2. Vehículo : Camioneta Marca : Nissan Modelo : Navara Lux LE MT (DL1323) Año : 2015 Color : Blanco Motor : YD25804475B Chassis : MNTVCUD40E6602655 Placa única : GZPZ90.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Ministro del Interior y Seguridad Pública (S).

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mario Ossandón Cañas, Subsecretario del Interior (S).

Avisos

Agrícola Industrial Lo Valledor AASA S.A. ......................................... P.6

Aguas Trufulco S.A. ...................... P.4

Comerc i a l y Agr í co la So l de Melozal S.A. ...................................... P.6

Frigorífico y Matadero Codecar S.A.C. e I........................................... P.7

GTD AF S.P.A. .....................Pp. 5 y 7

Holding and Trading S.A. .............. P.7

Ingeniería y Sis temas Tecnológicos S.A. .................................................... P.7

M i n i s t e r i o d e O b r a s P ú b l i c a s . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . P p . 4 , 5 y 6

San Isidro S.A. ............................... P.7

Servicio de Salud Iquique .............. P.4

Sociedad Educacional Alexander Fleming S.A. ...................................... P.6

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 2 Martes 14 de abril de 2015 Nº 41.131

AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA

Santiago, 18 de febrero de 2015.- Hoy se decretó lo que sigue:Núm. 588 exento.- Visto: El oficio N° 59, de 14.01.2015, de la Gobernación

de la Provincia de Valdivia; lo dispuesto en el decreto ley N° 799, de 1974, y sus modificaciones; el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el oficio circular N° 26, de abril de 2003, de Hacienda y de Interior, y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando: Que atendidas las exigencias propias de la gestión de la Unidad de Pasos Fronterizos, dependiente de la Gobernación Provincial de Valdivia, y los requerimientos de movilización para el cumplimiento de las mismas, parte de las cuales se desarrollan más allá del horario hábil y en días sábados en la tarde, domingos y festivos,

Decreto:

Artículo único: Autorízase la circulación en horas inhábiles y días sábados en la tarde, domingos y festivos, al vehículo de la dotación del Servicio de Gobierno Interior asignado a la Gobernación de Valdivia, para uso de la Unidad de Pasos Fronterizos, que a continuación se individualiza:

Vehículo : CamionetaMarca : NissanModelo : Navara Lux LE 4X4 2.5Año : 2015Color : PlateadoN° chassis : MNTVCUD40E6603924N° motor : YD25871850BI.R.V.M. : GYVW 16-7Placa Fiscal : GYVW 16-7.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Ministro del Interior y Seguridad Pública (S).

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mario Ossandón Cañas, Subsecretario del Interior (S).

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo

SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO

Asociaciones Gremiales

ASOCIACIÓN GREMIAL DE TRANSPORTE ESCOLAR Y TURISMO TRESLOMAS

(Extracto)

En Concepción, a 1 de marzo 2015, en presencia del Ministro de Fe, don Ernesto Valenzuela Norambuena, Abogado Notario Público de Concepción, se constituyó la “Asociación Gremial de Transporte Escolar y Turismo Treslomas”, con domicilio en la ciudad de Concepción, Región del Biobío. Objetivo: El objeto de la Asociación será promover la racionalización, desarrollo y protección de la actividad común de sus asociados, cual es la actividad de Transporte Escolar y Turismo. Directorio: Presidenta: Silvia Vidal Sepúlveda; Vicepresidente: Héctor Pérez Anabalón; Tesorera: Luisa Rosas Araneda; Secretario: César Pulgar Durán; Directora: María Eugenia Vidal Medina. Asistieron a la constitución de la Asociación Gremial un total de 32 personas naturales. Fue inscrita en el Registro Especial de Asociaciones Gremiales en la Secretaría Regional Ministerial de Economía Región del Biobío, bajo el Nº 563-8.

Ministerio de Justicia

Entidades Religiosas de Derecho Público

(Extractos)

COMUNIDAD CRISTIANA CARISMÁTICA IMPACTO DE DIOS

Enrique Tornero Figueroa, Notario Público, titular 49º Notaría Santiago, Phillips 433, certifica: Redujo escritura pública 15-09-2014, ante mí, Acta Constitución “Comunidad Cristiana Carismática Impacto de Dios” y rectificación 14-01-2015, Registro Público Nº3410 03-10-2014. Constituyentes: Juan Palominos M., Alicia Urquieta G., Juana Contreras V., Eduardo Troncoso C., Evelyn Orosco S., María Barrera E., Sebastián González E, Ana Hernández Q., Erna Reyes O., Ana Díaz G., Juan Palominos U., Diego Palominos U. Domicilio: Los Litres Nº134, San Vicente de Tagua Tagua, Rancagua, VI Región. Objeto: Predicar evangelio Jesucristo. Principios de Fe: Cree en la Biblia como sagradas escrituras única e infalible palabra de Dios, contiene verdad absoluta, autoridad doctrinal, constituye una inagotable fuente de salvación y enseñanza para todo el mundo; En Él único Dios verdadero creador y conservador de todas las cosas, así visible e invisibles, Trinidad de Dios, Padre, Hijo y Espíritu Santo, Jesús unigénito Hijo de Dios, murió y resucitó para perdón de pecados por su sangre, Dones y Bautismo del Espíritu Santo, Salvación por gracia mediante la fe, Matrimonio institución creada por Dios, para preservación y felicidad género humano, simboliza unión mística entre Cristo e Iglesia, deber ser monogámica, heterosexual e indisoluble. Desaprobamos Divorcio, conforme las Sagradas escrituras, excepto conforme 1º Cor. 7:13 y 15, casar parejas mismo sexo está en contra de principios doctrinales de la Iglesia, repudiamos cualquier acto matrimonial que tenga que ver con personas del mismo sexo. No importando si alguno de los participantes haya cambiado de sexo mediante intervención quirúrgica, no se le casará; todos fundamentos de fe inspirados en Sagradas escrituras. Directorio: compuesto por 4 personas, Presidente(a) representante legal, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, 1º y 2° Director, Atribuciones: Dirigir Iglesia, velar se cumplan Estatutos, administrar sus bienes; Citar Asambleas; Redactar Reglamentos; cumplir acuerdos Asambleas; Rendir cuenta ante Asamblea de inversiones de fondos y marcha de Iglesia.

MINISTERIO EVANGELISMO Y RESTAURACIÓN EN TIEMPO DE GRACIA

Eugenio Camus Mesa, Notario Público Puente Alto, Balmaceda 403, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, 14/11/2014, se redujo a escritura pública acta de constitución y probación de estatutos de persona jurídica de derecho público de conformidad a ley Nº 19.638, complementada por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 30/12/2014, y cuyo extracto es el sgte: Nombre: “Ministerio Evangelismo y Restauración en Tiempo de Gracia”; Domicilio: Avenida Zapadores Nº 1230, Conchalí; Registro Público: Registro de Ministerio de Justicia Nº 3.450, de 17/11/2014; Constituyentes: Ramón Elías Beltrán Urbina.- Paola del Carmen Vargas Salazar.- Denisse del Pilar Delgado Valladares.- Yasna Nivenka Guajardo de la Puente.- Yolanda Edith Avendaño Elgueta.- Juan Carlos Delgado Quiroz, Marisol del Carmen Valladares Zurita, Alejandra de la Paz Delgado Quiroz, Boris Rodolfo Flores Flores, Rodrigo Alberto Olivares Valenzuela, Stephanie Danitza Lobos Guajardo, Juana María Aurelia Vergara del Canto, Claudio Ignacio Lara Medel, Yanette del Carmen Urra Ortega, Lorena Paola Ruiz Vega, Ana Isabel Lagos Manríquez, Jaquelin de las Mercedes Valladares Zurita, Francisca del Pilar Concha Lillo, Miguel Ángel Zelada Martínez, Delia Rosa Zurita Navarrete, Carolina Francisca Espinoza Concha, Dantther Wilson Vargas Sanhueza, Juan Josué Delgado Valladares, Jeannette Karina Zúñiga Muñoz, Margarita del Carmen Bruna Cerón.- Elementos Esenciales, Fundamentos, Principios de Fe: I.- Creemos en Dios Padre, en Jesucristo su Unigénito Hijo y en el Espíritu Santo, El cual se da a conocer como un solo Dios. II.- Creemos en la Santa Palabra de Dios, la aceptamos como regla infalible de fe y de conducta, que es superior a la razón y a la conciencia, sin

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de abril de 2015 Cuerpo II - 3

contrariar a ésta. Creemos también en la inspiración de ésta. Constituyéndose Las Sagradas Escrituras como las que dan testimonio de Jesucristo. III.- Creemos en el nacimiento virginal y santo de Jesús; Creemos en su muerte, sepultura y resurrección de entre los muertos conforme a las escrituras. IV.- Creemos en el perdón y en la limpieza de nuestros pecados por medio de la Sangre de nuestro Señor Jesucristo. V.- Creemos en el arrepentimiento de parte del pecador haciendo uso de su libre albedrío y no por imposición. VI.- Creemos en dones impartidos por el Espíritu Santo a su Iglesia y en la sanidad divina por la obra redentora de Cristo Jesús en la Cruz. VII.- Creemos en el arrebatamiento de la Iglesia. VIII.- Creemos en la segunda venida de Cristo como Rey de Reyes y Señor de Señores. IX.- Creemos en los sacramentos instaurados por nuestro Señor Jesucristo y están establecidos en la palabra de Dios: El Bautismo en las aguas y la Cena del Señor. X.- Creemos en las ceremonias instauradas por Dios y que cada ser humano debe realizar para bendición en esta vida que son: Presentación de los niños, el Matrimonio entre un hombre y una mujer. XI.- Creemos que Jesucristo es el único mediador entre Dios y los hombres. XII.- Creemos en la base bíblica de ofrendas y primicias por amor. Duración: indefinido; Autoridades y Órganos Eclesiásticos: A) Directorio Eclesiástico. Autoridad máxima, a cargo de las actividades temporales de orden económico, administrativos y financieros del Ministerio, siendo el Presidente el representante judicial y extrajudicial de la persona jurídica, lo componen 5 Ministros integrantes del Ministerio de Carácter Ordenados; Su duración será de carácter perpetuo. El ingreso de nuevos Ministros de Carácter Ordenados, deberá contar con la aprobación unánime y exclusiva del Directorio Eclesiástico. El directorio de la iglesia se eligió en asamblea general, en la cual cada miembro sufragó a mano alzada, aprobándose en forma unánime y sin objeciones; B) Conferencias Generales Ordinarias y Extraordinarias. La componen la totalidad de los miembros en plena comunión del Ministerio que tienen derecho a voz y voto; las Ordinarias se efectuán una vez al año, las Extraordinarias, cada vez que el Directorio Eclesiástico lo solicite. C) Comisiones de Disciplina y Revisora de Cuentas. La componen 3 Ministros de este Ministerio, designados por el Directorio Eclesiástico. Su función será sancionar las faltas de los miembros del Ministerio en el ámbito religioso y se propondrá al Directorio Eclesiástico la sanción que proceda según el caso. D) Comisión Revisora de Cuentas. 3 Miembros del Ministerio designados por el Directorio Eclesiástico. Su función será: a.- Revisar trimestralmente los libros de contabilidad y los comprobantes de egresos e ingresos, que el tesorero deberá presentar.- b.- Supervisar la marcha de la tesorería y el estado de sus finanzas y dar cuenta al Directorio Eclesiástico de cualquier irregularidad que notaren, para adoptar de inmediato las medidas que correspondan para evitar daño al Ministerio.- c.- Comprobarán la exactitud de los inventarios.- d.- Elevar en forma anual un informe de las finanzas del Ministerio, el cual se presentará en conferencia.- e.- Esta Comisión, se atendrá a las labores y cometidos en la base de este artículo, y no tendrá ninguna influencia en la labor administrativa. Demás estipulaciones escritura extractada. Puente Alto, 8 de abril del 2015.

SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN

IGLESIA EVANGÉLICA EFESO - IQUIQUE

(Extracto)

Mónica Venegas de la Fuente, Notario Público, Suplente Titular, María Antonieta Niño de Zepeda Parra, A. Pinto 555, Iquique, certifico: Se rectifica error Extracto de Iglesia Evangélica Efeso - Iquique, constituida por escritura 07/10/2014, ante mí, conforme Ley 19.638, domiciliada Lincoyán Nº 1694, Comuna Iquique, inscrita Registro Público Nº 3427 de 21/10/2014, Ministerio Justicia, publicado Diario Oficial 03/03/2015. Sentido señalar atribuciones de Órganos de Administración: Órganos administración Iglesia Evangélica Efeso - Iquique: Obispo Presidente, Conferencia Anual, Consejo Directivo, Iglesias y Juntas de Oficiales. Obispo Presidente, atribuciones concede presente estatuto dirigir, orar, apacentar grey de Dios, visitar, supervisar, y decidir sobre asuntos relativos a Palabra, ministración, ordenación presbíteros, pastores, diáconos y diaconizas, y todo aquella misión iglesia establezca cada una Conferencias anuales, convocar y presidir Conferencias Anuales, firmar actas, designar miembros Consejo Directivo, supervisar funcionamiento departamentos misión integral, nombrar representantes ante organismos nacionales, internacionales. Conferencia anual, compuesta por Obispo Presidente, presbíteros y pastores, miembros Consejo Directivo, representantes Departamentos, Ministerios y Servicio comunidad;

atribuciones: Fijar bases institucionales y políticas generales Iglesia; Sesionar forma ordinaria, como entidad religiosa Derecho Público; Nombrar miembros, oficiales, pastores, ordenar diáconos, presbíteros y otros ministerios afines; Aprobar cuenta Consejo Directivo; Entregar estudio misión y discipulado cristiano a todos asistentes. Consejo Directivo, compuesto por Presidente cargo ejercido por Obispo, Vicepresidente, Secretario(a) y Tesorero(a), atribuciones: Dirigir y administrar bienes Iglesia; Dictar, aprobar, y publicar reglamentos necesarios funcionamiento. Iglesia; Cumplir y hacer cumplir acuerdos Conferencia Anual; Rendir cuenta Conferencia Anual actividades y gestiones realizadas durante año en curso; Resolver situaciones disciplina. Como administrador bienes sociales Consejo Directorio estará facultado para representar iglesia a través Obispo Presidente y la representará judicial y extrajudicialmente con todas atribuciones estatutos le señalen. Iglesias y Juntas Oficiales, atribuciones, cumplir misión asignada, coordinar actividades, resolver asuntos locales. Demás estipulaciones escritura extractada.- Iquique, 6 abril 2015.

Publicaciones Judiciales

Juicios de Quiebras

NOTIFICACIÓN

29º Juzgado Civil de Santiago, en juicio de Quiebra Caratulado “Comercial e Industrial Tamahuel / Comercial e Industrial Tamahuel” rol C-5248-2009. Con fecha 16 de marzo de 2015, el tribunal resolvió a fojas 3455: A lo principal, por verificado crédito en periodo extraordinariamente por don Juan Carlos Contreras Poblete, hasta por la suma de $16.901.349. Al primer otrosí, téngase por alegado privilegio. Al segundo otrosí, téngase por acompañados, con citación. Al tercer, cuarto y quinto otrosí, téngase presente.

NOTIFICACIÓN

Santiago, seis de abril de dos mil quince. 15º Juzgado Civil de Santiago, en Juicio de Quiebras caratulado “East / Ampuero”, Rol C-11916-2013, con fecha 7 de agosto de 2014 el Tribunal resolvió: “Por cumplido lo ordenado y por acompañados los documentos, conforme a lo establecido en el artículo 133 del Libro IV del Código de Comercio. Proveyendo derechamente la presentación de fojas 376: A lo principal: Téngase por verificado extraordinariamente crédito por el compareciente Luis Córdova Morales, por el monto de $4.549.403 (cuatro millones quinientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos tres pesos), con esta fecha y para todos los efectos legales. Notifíquese. Al primer otrosí: Téngase por alegada la preferencia invocada. Al segundo otrosí: Ténganse por acompañados los documentos, con citación. Al tercer otrosí: Téngase por acompañada minuta explicativa conforme a lo dispuesto en el artículo 133 del Libro IV del Código de Comercio. Al cuarto y quinto otrosíes: Téngase presente lo que fuere legalmente pertinente. Al sexto otrosí: Téngase presente patrocinio y poder conferido”.

NOTIFICACIÓN

25º Juzgado Civil de Santiago Quiebra Pinturas Revor S.A / Emiliano Lepe Caballero y Compañía Limitada Rol C-19344-2013. Resolución fecha 27 de marzo de 2015 autoriza publicación extracto sentencia declaratoria quiebra. Santiago 5/12/2014 se declara quiebra como deudor artículo 43 Nº1 Libro IV Código Comercio Sociedad Emiliano Lepe C. y Compañía Limitada, Rut Nº 78.894.947-6, del giro de su denominación, representada legalmente por don Emiliano Lepe Caballero, ambos domiciliados Claudio Gay Nº 1963, Santiago. Desígnase Síndico Provisional Titular Juan Enrique Silva Silva y Síndico Provisional Suplente María Loreto Ried Undurraga. Síndico designado incautará, bajo inventario todos bienes fallida, sus libros y documentos. Jefe Unidad Policial más cercana prestará auxilio de la Fuerza

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 4 Martes 14 de abril de 2015 Nº 41.131

Aguas Trufulco S.A.

JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

CITACIÓN

El Directorio de Aguas Trufulco S.A. cita a una Junta General Ordinaria de Accionistas la cual se celebrará en primera citación el día sábado 25 de abril del año 2015, a las 10:30 horas, en la Parcela Nº 174, Loteo Trufulco, Km 17, camino Pucón-Huife. De no cumplirse con el quorum establecido en la ley o los estatutos, se celebrará la Junta en segunda citación con los accionistas que se encuentren presentes o representados, el mismo día a las 11:00 horas, en la misma dirección.

Las materias a tratar serán las siguientes:

1. Análisis del actual estado patrimonial de la compañía;2. Actualización del registro de accionistas y emisión de nuevos títulos de acción;3. Renovación del Directorio y nombramiento de uno nuevo de la confianza de los

accionistas, y4. Otras materias de interés social.

EL DIRECTORIO

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

DIRECCIÓN DE ARQUITECTURAREGIÓN METROPOLITANA

PROPUESTA PÚBLICAOBRA:

REPOSICIÓN DE LA SUBCOMISARÍA SAN BERNARDO CENTRO

ID: 1152-9-LP15FINANCIAMIENTO: Dirección de Logística - Fisco - Carabineros de Chile.TIPO DE CONTRATO: Pago Contra Recepción sin reajuste, sin anticipo.REQUISITOS EXIGIDOS A CONTRATISTAS: Registro de Obras Mayores 6.O.C. Segunda Categoría o superior.ENTREGA DE ANTECEDENTES: A partir del 14.04.2015 hasta el 08.06.2015 en la Oficina de Partes de la Dirección Regional Metropolitana, ubicada en calle Bombero Salas N°1351, 3° piso.VALOR ANTECEDENTES: $ 10.000.- IVA incluido.CONSULTAS: Hasta el 12.06.2015.ACLARACIONES: Hasta el 23.06.2015.RECEPCIÓN DE LOS SOBRES DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DOCUMENTOS ANEXOS: El 03.07.2015 a las 11:00 horas.APERTURA DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y DOCUMENTOS ANEXOS: El 03.07.2015 a las 11:00 horas.APERTURA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA: El 20.07.2015 a las 11:00 horas.LUGAR: Auditorio de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas calle Bombero Salas N°1351, 1° piso, Santiago.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASREGIÓN METROPOLITANA

Pública con facultades allanamiento y descerrajamiento con sola exhibición copia autorizada sentencia. Oficinas Correos, Telégrafos y afines entregarán Síndico correspondencia y despachos telegráficos dirigidos fallido. Acumúlense todos juicios contra fallida pendientes ante otros Tribunales cualquier jurisdicción, salvo excepciones legales. Adviértase público no debe pagar ni entregar mercaderías a la fallida, so pena nulidad pagos y entregas. Personas tengan bienes o papeles fallida, deberán ponerlos a disposición Síndico dentro 3º día, bajo pena ser tenidos encubridores o cómplices quiebra. Acreedores República tienen plazo 30 días, desde publicación sentencia, presenten documentos justificativos créditos, bajo apercibimiento afecten resultados juicio sin nueva citación. Acreedores fuera República, 30 días, aumentado emplazamiento comparezcan con documentos justificativos de sus créditos, bajo mismo apercibimiento. Inscríbase quiebra en Registro Interdicciones y Prohibición Enajenar Conservador de Bienes Raíces Santiago y correspondientes inmuebles fallida. 1ª junta de acreedores realizará 35º día hábil desde publicación sentencia, en Tribunal, 10:00 horas y si recayere sábado, al día siguiente hábil misma hora. Pronunciada por 8ª Sala Corte Apelaciones Santiago, presidida Ministro Javier Aníbal Moya Cuadra e integrada Ministra Jenny Book Reyes y abogado integrante Joel Arturo González Castillo. Autoriza ministro de fe Iltma. Corte Apelaciones Santiago. Conforme.- Secretaría.

NOTIFICACIÓN

25º Juzgado Civil de Santiago Quiebra Pinturas Revor S.A. / Emiliano Lepe Caballero y Compañía Limitada Rol C-19344-2013. Por resolución de fecha 27 de marzo de 2015 se tuvo por acompañada acta de incautación e inventario de bienes de la fallida, la que se tendrá por aprobada si no fuere objetada dentro del plazo legal. Conforme.- Secretaría.

NOTIFICACIÓN

27º Juzgado Civil de Santiago, en juicio de Quiebra caratulado “Sarika S.A. / Sarika S.A.” rol C-3722-2013. Con fecha 13 de febrero de 2015, fojas 1095, se rectifica el nombre de la verificante aludida a fojas 727 como “Juana Hildago Osorio Martínez” por “Juana Hilda Osorio Martínez”, que con fecha 30 de diciembre de 2013 el tribunal resolvió a fojas 727: Téngase por presentado y por verificado Extraordinariamente el crédito de doña Juana Hilda Osorio Martínez, por la suma total de $384.288, más reajustes e intereses. Al primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, téngase por acompañados con citación. Al tercer otrosí, téngase por acompañada con conocimiento. Al cuarto otrosí, téngase presente. Al quinto otrosí, téngase presente.

Muertes Presuntas

MUERTE PRESUNTA

El Primer Juzgado de Letras de Santra Cruz, en autos, Rol V-66-2011, en autos sobre declaración de muerte presunta, caratulados “Rojas Peñaloza”, se ha ordenado citar a don Ernesto Cruzat Pizarro, cuyo último domicilio fue sector asentamiento Los Maquis s/n, comuna de Palmilla, en segunda citación, bajo apercibimiento de ser declarado presuntamente muerto.- Fernando Vilches Duarte, Secretario.

Servicio de Salud Iquique

ARSENAL FARMACOLÓGICO Y TERAPÉUTICO BÁSICO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DE LA

REGIÓN DE TARAPACÁ

Servicio de Salud Iquique informa:

Que mediante resolución Nº 125 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de Tarapacá, se Aprueba el Arsenal Farmacológico y Terapéutico Básico para los Establecimientos de Atención Primaria de Salud, ubicados en el territorio de competencia del Servicio de Salud Región de Tarapacá.

El cual se encontrará disponible en la página del Servicio de Salud Iquique, www.saludiquique.cl.

LUIS LÓPEZ CABRERA Director (TyP) Servicio de Salud Iquique

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de abril de 2015 Cuerpo II - 5

GTD AF S.P.A.

CITACIÓN A JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS

De conformidad con los estatutos, cítase a los señores accionistas de sociedad “GTD AF S.P.A.” a Junta General Ordinaria, a celebrarse el día jueves 30 de abril de 2015, a las 11:15 horas, en Av. Alonso de Córdoba N° 5670, oficina 1202, Las Condes, a objeto de llevar a cabo la Junta Ordinaria de Accionistas correspondiente al primer cuatrimestre del año 2015, y pronunciarse sobre las siguientes materias:

1.- Aprobación acta Junta anterior; 2.- Examen de la situación de la sociedad; pronunciarse sobre memoria, balance y estados financieros, e informe del Revisor de Cuentas correspondientes al ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2014; 3.- Resolver destino y distribución de utilidades del ejercicio y políticas sobre reparto de dividendos; 4.- Designación de un Revisor de Cuentas ejercicio 2015; 5.- Otras materias de competencia de la Junta. La documentación que será revisada en la reunión será enviada próximamente según disponibilidad.

Accionistas con derecho a participar en la Junta:

Podrán participar en la Junta los titulares de acciones inscritas en el Registro de Accionistas con 5 días hábiles de anticipación a la fecha de la Junta que se convoca. La calificación de los poderes que procediere se efectuará el mismo día fijado para la celebración de la Junta, a la hora en que ésta se inicie.

LA ADMINISTRACIÓN

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

DIRECCIÓN DE VIALIDADREGIÓN DE LA ARAUCANÍA

LICITACIÓN PÚBLICAOBRA:

FNDR Nº 7/2015 “MEJORAMIENTO CAMINO BÁSICO INTERMEDIOLOS YUGOS - MARTÍNEZ DE ROZAS, TRAMO DM 0.000 AL DM 20.950,

COMUNA DE FREIRE, PROVINCIA DE CAUTÍN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA”

Nº SAFI: 234.534 ID: Nº 2261-11-LP15REQUISITOS PARTICIPANTES: Adquirir antecedentes de licitación e inscripción vigente en Registro 3 O.C., en Segunda Categoría o superior.PLAZO: 360 días.PRESUPUESTO OFICIAL: $2.636.838.263.ENTREGA DE ANTECEDENTES: La entrega de los antecedentes se realizará desde el 14 y hasta el 27 de abril de 2015 en la Dirección de Vialidad Región de la Araucanía, ubicada en calle Bulnes Nº 897, 3er piso, oficina 301, previa presentación de la factura de compra de los antecedentes.VALOR ANTECEDENTES: $60.000 IVA inc. Mayor información, consultar página www.mercadopublico.cl a partir del 14 de abril de 2015.CONSULTAS: Hasta las 14 horas del día 30 de abril de 2015.RESPUESTAS Y ACLARACIONES: 5 de mayo de 2015.APERTURA PROPUESTA TÉCNICA: 13 de mayo de 2015 a las 11:30 horas, en la sala de reuniones del edificio MOP, ubicado en calle M. Bulnes Nº 897, 1er piso, Temuco.APERTURA PROPUESTA ECONÓMICA: 20 de mayo de 2015 a las 11:00 horas, en la sala de reuniones del edificio MOP, ubicado en calle M. Bulnes Nº 897, 1er piso, Temuco.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASIX REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICASREGIÓN DE LOS LAGOS

LICITACIÓN PÚBLICACONSULTORÍA:

ASESORÍA DE INSPECCIÓN FISCAL PARA LA OBRA“CONSTRUCCIÓN RED PRIMARIA DE AGUAS LLUVIA, COLECTOR

TRANSVERSAL N° 3 DE ALERCE, REGIÓN DE LOS LAGOS”

N° SAFI: 234.759 ID Mercado Público: N° 817-2-LP15.REQUISITOS PARTICIPANTES: Empresas consultoras inscritas en el siguiente registro del Registro General de Consultores del MOP.Área: Inspecciones.Especialidad: 7.2 Obras Hidráulicas, de Riego y Sanitarias.Categoría: 2ª Categoría o Superior.PRESUPUESTO OFICIAL: $84.525.150 (IVA incluido).PLAZO: 510 días corridos.ENTREGA DE ANTECEDENTES: La entrega de los antecedentes se realizará desde el 14 al 20 de abril de 2015 en la Dirección de Obras Hidráulicas Región de Los Lagos, ubicada en calle O’Higgins 451, piso 6, previa presentación de la factura de compra de los antecedentes.VALOR ANTECEDENTES: $20.000 (IVA incluido). Mayor información, consultar página www.mercadopublico.cl a partir del 14 de abril de 2015.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASX REGIÓN DE LOS LAGOS

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

DIRECCIÓN DE ARQUITECTURAREGIÓN METROPOLITANA

LICITACIÓN PÚBLICACONSULTORÍA:

ASESORÍA A LA INSPECCIÓN FISCAL DE REVISIÓNDE DISEÑO DE ESCENOTECNIA, DEL PROYECTO

“CONSTRUCCIÓN CENTRO GABRIELA MISTRAL, ETAPA 2”

CÓDIGO BIP Nº 30310626-0 ID Nº 1152-8-LE15 (www.mercadopublico.cl)REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES: Podrán participar todos los profesionales que cumplan con la expertise requerida en los Términos de Referencia de Bases Administrativas.FINANCIAMIENTO: Fondos Sectoriales.PRESUPUESTO OFICIAL: $20.000.000.- impuesto incluido.TIPO DE CONTRATO: Suma alzada, sin reajuste, sin anticipo.ENTREGA DE ANTECEDENTES: Los antecedentes podrán ser retirados a partir del 14.04.2015 hasta el día 16.04.2015 en Oficina de Partes de la Dirección Regional Metropolitana de Arquitectura, ubicada en calle Bombero Salas Nº 1351, 3º piso, Santiago Centro.VALOR ANTECEDENTES: Sin costo.CONSULTAS: Los participantes podrán formular consultas por escrito hasta el día 17.04.2015, en Oficina de Partes de la Dirección Regional Metropolitana de Arquitectura, ubicada en calle Bombero Salas Nº 1351, 3º piso, Santiago Centro.RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES: Los participantes podrán retirar las respuestas y/o aclaraciones a partir del 20.04.2015, en Oficina de Partes de la Dirección Regional Metropolitana de Arquitectura, ubicada en calle Bombero Salas Nº 1351, 3º piso, Santiago Centro.RECEPCIÓN DE PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA Y APERTURA DE PROPUESTA TÉCNICA: El día 23.04.2015 a las 12 AM.APERTURA DE PROPUESTA ECONÓMICA: El día 28.04.2015 a las 12 AM.LUGAR: Auditorio de Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, calle Bombero Salas Nº 1351, 1º piso, Santiago Centro.

SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASREGIÓN METROPOLITANA

Page 26: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 6 Martes 14 de abril de 2015 Nº 41.131

Sociedad Educacional Alexander Fleming S. A.

JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS

CITACIÓN

Cítase a Junta Ordinaria de Accionistas para el día miércoles 30 de abril de 2015, a las 18:00 horas, en el domicilio de la Sociedad, ubicado en la ciudad de Santiago, calle Avenida Alexander Fleming N° 7315, comuna de Las Condes, con el objeto que se pronuncie acerca de las siguientes materias:

1.- Aprobación de la Memoria, Balance General y Estados Financieros, correspondientes al ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2014.

2.- Elección Directorio 2015-2017.3.- Designar auditores externos.4.- Determinar dieta del Directorio.5.- Demás materias propias de Junta Ordinaria de Accionistas.

CALIFICACIÓN DE PODERES

La calificación de poderes se efectuará el mismo día de celebración de la Junta, hasta antes del inicio de ésta.

Las Condes, 9 de abril de 2015.

EL DIRECTORIO

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICASREGIÓN DE LOS LAGOS

LICITACIÓN PÚBLICAOBRA:

“CONSERVACIÓN DE RIBERAS DE CAUCES NATURALES:RÍO RAYAS, COMUNA DE CHAITÉN, REGIÓN DE LOS LAGOS”

N° SAFI: 231.996 ID Mercado Público: N° 817-3-LP15.PRESUPUESTO OFICIAL: $176.537.095 (IVA incluido).REQUISITOS PARTICIPANTES: Empresas contratistas inscritas en los siguientes Registros y Categorías del Registro de Obras Menores del MOP.REGISTROS Y CATEGORÍAS: 21 OM Categoría A o superior, o su equivalente en el Registro de Obras Mayores.PLAZO: 150 días corridos.ENTREGA DE ANTECEDENTES: La entrega de los antecedentes se realizará desde el 14 al 21 de abril de 2015 en la Dirección de Obras Hidráulicas Región de Los Lagos, ubicada en calle O’Higgins 451, piso 6, previa presentación de la factura de compra de los antecedentes.VALOR ANTECEDENTES: $20.000 (IVA incluido). Mayor información, consultar página www.mercadopublico.cl a partir del 14 de abril de 2015.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASX REGIÓN DE LOS LAGOS

Comercial y Agrícola Sol de Melozal S.A.

CITACIÓN A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

Por acuerdo del Directorio, se cita a los Sres. Accionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas de Comercial y Agrícola Sol de Melozal S.A., a celebrarse el día lunes 27 de abril de 2015, a las 19:00 horas, en calle Coronel Pereira N° 72, oficina 901, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.

Las materias a tratar en dicha Junta son aquellas que conforme a la ley y los estatutos corresponden ser conocidas y tratadas en Junta General Ordinaria de Accionistas y que no sean propias de las Juntas Extraordinarias de Accionistas, en especial las siguientes:

1. Examen de la situación de la Sociedad.2. Aprobación o rechazo de la memoria anual, del balance, de los estados y demos-

traciones financieras, al 31 de diciembre del año 2014.3. Distribución de las utilidades y/o reconocimiento de pérdidas.4. Elección de miembros del Directorio.5. Designación de Inspectores de Cuentas o Auditores Externos.6. Todas las materias que sean de competencia de esta clase de Juntas y de interés

social.

Podrán participar en la Junta de Accionistas los titulares de acciones de la Sociedad inscritos como tales en el Registro de Accionistas al inicio de la misma.

La calificación de poderes, si procediere, se efectuará el mismo día de la Junta, a la hora en que ésta deba iniciarse.

EL PRESIDENTE

Agrícola Industrial Lo Valledor AASA S.A.Sociedad Anónima Cerrada

JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS

CITACIÓN

Por acuerdo del directorio de fecha 2 de abril de 2015, se modifica la fecha de convocatoria a Junta Ordinaria de Accionistas, convocándose ahora para el día 29 de abril de 2015, a las 9:00 horas, en las oficinas de la Sociedad, ubicadas en Los Conquistadores 1700, piso 18-A, Comuna de Providencia, Santiago, con el objeto de pronunciarse sobre las siguientes materias:

a) Exámenes de la situación de la Sociedad, Memoria, Balance, Estados Financieros e Informe de los Auditores Externos de la Sociedad al ejercicio 2014 y anteriores que no hubiesen sido aprobados en junta ordinaria de accionistas.

b) Dividendos;c) Elección de Directores;d) Diario para publicaciones sociales, ye) Tratar cualquier otro asunto de interés social, de competencia de esta Junta.

Tendrán derecho a participar en la Junta, los titulares de acciones que se encuentren inscritos en el registro de accionistas de la Sociedad al momento de iniciarse ésta. La calificación de poderes se practicará el mismo día de la Junta a la hora de su inicio.

PRESIDENTE

Page 27: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.131 Martes 14 de abril de 2015 Cuerpo II - 7

San Isidro S.A.Sociedad Anónima Cerrada

CITACIÓN A JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS

Por acuerdo del directorio de fecha 3 de febrero de 2015 cítese a Junta Ordinaria de Accionistas (la “Junta”) de San Isidro S.A. (la “Sociedad”), para el día 29 de abril de 2015 a las 11:00 horas en las oficinas de la Sociedad, ubicadas en Los Conquistadores 1700, piso 18-A, Comuna de Providencia, Santiago, con el objeto de pronunciarse sobre las siguientes materias:

a) Exámenes de la situación de la Sociedad, Memoria, Balance, Estados Financieros e Informe de los Auditores externos de la Sociedad al ejercicio 2014 y anteriores que no hubiesen sido aprobados en junta ordinaria de accionistas.

b) Elección de Directores;c) Diario para publicaciones sociales; yd) Tratar cualquier otro asunto de interés social, de competencia de esta Junta.

Tendrán derecho a participar en la Junta, los titulares de acciones que se encuentren inscritos en el registro de accionistas de la Sociedad al momento de iniciarse ésta. La calificación de poderes se practicará el mismo día de la Junta a la hora de su inicio.

PRESIDENTE

Holding and Trading S.A.

JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS

Por acuerdo del Directorio de la sociedad Holding and Trading S.A. se cita a Junta Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día 28 de abril de 2015 a las 9:00 horas en el domicilio de calle Amunátegui 178, piso 7, Santiago, con el objeto de tratar las siguientes materia:

1.- El examen de la situación de la sociedad y del informe de los Auditores Externos, y la aprobación o rechazo de la memoria, del balance, de los Estados y demos-traciones Financieras presentadas por los administradores de la sociedad.

2.- La distribución de las utilidades del ejercicio.3.- La designación de los Auditores Externos.4.- En general, cualquier materia de interés social que no sea propia de Junta Ex-

traordinaria de Accionistas.

Tendrán derecho a participar en la Junta, las acciones inscritas con cinco días hábiles de anticipación a la celebración de la Junta.

EL GERENTE

Ingeniería y Sistemas Tecnológicos S.A.

JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

CITACIÓN

Cítase a Junta General Ordinaria de Accionistas de “Ingeniería y Sistemas Tecnológicos S.A.”, Insytec S.A., para el 30 de abril de 2015, a las 12:00 horas, en calle Doctor Sótero del Río Nº 326 oficina 1206, Santiago, para tratar: Aprobación Memoria y Balance del ejercicio 2014; distribución de utilidades y reparto de dividendos del ejercicio 2014; y otras materias propias de la Junta Ordinaria.

EL PRESIDENTE

GTD AF S.P.A.

CITACIÓN A JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

A solicitud de socios cuyas acciones superan el 25% de las acciones de la sociedad válidamente emitidas con derecho a voto de conformidad a sus estatutos, cítase a los señores accionistas de sociedad “GTD AF S.P.A.” a Junta General Extraordinaria, a celebrarse el día jueves 30 de abril de 2015, a las 10:15 horas, en Av. Alonso de Córdoba N°5670, oficina 1202, Las Condes; a objeto de aprobar modificación de estatutos sociales. La documentación que será revisada en la reunión será enviada próximamente según disponibilidad.

Accionistas con derecho a participar en la Junta:

Podrán participar en la Junta los titulares de acciones inscritas en el Registro de Accionistas con 5 días hábiles de anticipación a la fecha de la Junta que se convoca. La calificación de los poderes que procediere se efectuará el mismo día fijado para la celebración de la Junta, a la hora en que ésta se inicie.

LA ADMINISTRACIÓN

GTD AF S.P.A.

CITACIÓN A JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS

A solicitud de socios que representan más de un 25% de las acciones válidamente emitidas, cítase a los señores accionistas de sociedad “GTD AF S.P.A.” a Junta General Ordinaria, a celebrarse el día jueves 30 de abril de 2015 a las 09:15 horas, en Av. Alonso de Córdoba N°5670, oficina 1202, Las Condes, a objeto de subsanar el no haberse llevado a efecto la Junta Ordinaria de Accionistas correspondiente al primer cuatrimestre del año 2014, y pronunciarse sobre las siguientes materias:

1.- Aprobación acta Junta anterior; 2.- Examen de la situación de la sociedad; pronunciarse sobre memoria, balance y estados financieros, correspondientes al ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2013; 3.- Resolver destino y distribución de utilidades del ejercicio y políticas sobre reparto de dividendos; 4.- Designación de un Revisor de Cuentas para el ejercicio 2014; 5.- Otras materias de competencia de la Junta.

La documentación que será revisada en la reunión será enviada próximamente según disponibilidad.

Accionistas con derecho a participar en la Junta:

Podrán participar en la Junta los titulares de acciones inscritas en el Registro de Accionistas con 5 días hábiles de anticipación a la fecha de la Junta que se convoca. La calificación de los poderes que procediere se efectuará el mismo día fijado para la celebración de la Junta, a la hora en que ésta se inicie.

Frigorífico y Matadero Codecar S.A.C. e I.

JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

Cítase a los accionistas para el día 30 de abril de 2015 a las 15.00 horas en Avda. Independencia 2668, comuna Independencia, Santiago, a Junta General Ordinaria, con los siguientes objetos: 1.- Pronunciarse sobre la Memoria y Balances Ejercicio 2014 2.- Designar Inspectores de Cuentas. 3.- Considerar la distribución de utilidades. 4.- Elección de Directorio. 5.- Informar sobre operaciones relacionadas previstas en el art. 44, de la Ley sobre Sociedades Anónimas. 6.- Varios. Pueden participar en Junta los titulares de acciones, inscritas en registro, con 5 días de anticipación. La calificación de poderes se practicará el mismo día de la junta, a la hora en que esta deba iniciarse.

EL DIRECTORIO

Page 28: Diario Oficial 14 de abril

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 8 Martes 14 de abril de 2015 Nº 41.131

DECRETOS, NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR, PUBLICACIONES JUDICIALES Y AVISOS