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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

DIARIO OFI CIAL

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 403 SAN SALVADOR, LUNES 7 DE ABRIL DE 2014 NUMERO 66

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

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ORGANO LEGISLATIVO

Decreto No. 645.- Disposiciones Especiales y Transitorias

para la Adquisición de Bienes y Servicios para Contribuir al

Control de la Roya en el Parque Cafetero de El Salvador. ........

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Decreto No. 38.- Reformas al Reglamento para la Aplicación

de la Ley de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma. .........

RAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 349.- Se autoriza la construcción de una

estación de servicio que se denominará “Uno Santa Elena”. .....

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-2148.- Creación, nominación y

funcionamiento del Centro Infantil El Desarrollo de los Niños..

Acuerdo No. 15-0059.- Se reconoce la validez académica de

los estudios realizados por Walter Edgardo Méndez Ramírez. .

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 56-D y 128-D.- Autorizaciones para ejercer

la profesión de abogado en todas sus ramas. .............................

Acuerdos Nos. 171-D (75).- Autorizaciones para ejercer

las funciones de notario. ............................................................

INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 4.- Ordenanza Transitoria de Exención de

Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos,

a favor del municipio de Zacatecoluca. .....................................

Decreto No. 5.- Reformas al presupuesto municipal de la

ciudad de San Miguel. ................................................................

DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

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Decreto No. 12.- Reforma a la Ordenanza de Tasas por

Servicios Municipales, de la municipalidad de La Unión. ........

Estatutos de las Asociaciones Comunales “Administradora

del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable, Salud, Medio

Ambiente y Saneamiento Básico “Ríos de Bendición”” y

“Comunidad El Cóbano del Cantón Llanos de Achichilco” y

Acuerdos Nos. 1 y 12, emitidos por las Alcaldías Municipales de

Sesori y San Vicente, aprobándolos y confi riéndoles el carácter

de persona jurídica. ....................................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Aviso de Inscripción ........................................................

Título Municipal ..............................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Disolución y Liquidación de Sociedades .......................

Revocatoria de Poder ......................................................

Título Municipal ..............................................................

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Título de Predio Urbano .................................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

Marca de Producto ..........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Balance de Liquidación ..................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Marca de Fábrica ............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Título Municipal ..............................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE SALUD

DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS

Listado Ofi cial de Medicamentos de Obligatoriedad de

Existencias en el Sistema Nacional de Salud. ...........................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 645.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad a lo establecido en el Art. 101, inciso segundo de la Constitución de la República, es deber del Estado promover el desarrollo económico y social mediante el incremento de la producción, la productividad y la racional utilización de los recursos.

II. Que la Ley de Sanidad Vegetal y Animal le atribuye al Ministerio de Agricultura y Ganadería, la responsabilidad del diagnóstico y vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades en vegetales y animales; el control cuarentenario de vegetales y de sus productos y subproductos; así como la prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades vegetales.

III. Que las condiciones climáticas que afectaron al país, a la región y al mundo en los últimos tiempos, propiciaron el desarrollo de plagas de importancia económica y cuarentenaria, como es el caso de la Roya del Cafeto, cuyas condiciones de humedad favorecieron el desarrollo y proliferación del hongo.

IV. Que la roya del cafeto es una enfermedad destructiva por los daños que provoca al follaje de los cafetos y consecuentemente, en las pérdidas económicas al reducirse la cantidad y calidad de las cosechas; por lo que es preciso impulsar acciones efi cientes a corto plazo para su control y erradicación, así como la prevención de rebrotes.

V. Que para lograr las fi nalidades establecidas en los considerandos precedentes, es necesario realizar procesos ágiles para la adquisición de bienes y servicios que contribuyan al control de la roya en el parque cafetero de El Salvador.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Agricultura y Ganadería,

DECRETA las siguientes:

DISPOSICIONES ESPECIALES Y TRANSITORIAS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA CONTRIBUIR AL CONTROL DE LA ROYA EN EL PARQUE CAFETERO DE EL SALVADOR

Art. 1.- El presente Decreto tiene por objeto facilitar la adquisición de bienes y servicios para contribuir al control de la roya en el parque cafetero

de El Salvador.

Art. 2.- Las disposiciones del presente Decreto son de carácter especial y transitorio, por lo que no le serán aplicables las disposiciones establecidas

en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.

El Ministerio de Agricultura y Ganadería, en adelante MAG, a fi n de asegurar la transparencia y competencia en la adquisición de bienes y

servicios, deberá someterse al siguiente procedimiento especial:

a) Créase el Comité de Compras, en adelante denominado "Comité", el cual tendrá como objetivo ejecutar las acciones conducentes a la

optimización y racionalización de los recursos asignados a la adquisición de bienes y servicios, para contribuir al control de la roya en el

parque cafetero de El Salvador.

b) El Comité estará integrado de la siguiente manera: el Director de la ofi cina de Adquisiciones y Contrataciones del MAG; el Director General

de Sanidad Vegetal, DGSV y un asesor del Despacho Ministerial, quienes deberán ser nombrados mediante Acuerdo Ejecutivo en el Ramo

de Agricultura y Ganadería.

c) El Comité tendrá las siguientes funciones:

i. Aprobar las especifi caciones técnicas de bienes y servicios a adquirir en la ejecución de las disposiciones del presente Decreto.

ii. Aprobar los criterios de evaluación para la adjudicación y compra de bienes y servicios.

iii. Publicar al menos en dos medios de mayor circulación escrita, los avisos para presentación de ofertas; también se podrán realizar

invitaciones directas a proveedores de bienes y servicios a adquirir en el marco del presente procedimiento especial.

iv. Resolver las consultas y observaciones con los proveedores.

v. Realizar la apertura, evaluación y recomendación de las mejores ofertas.

Para procesos de adquisiciones cuyo monto sea superior a cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América, el Comité deberá

realizar las adquisiciones, a través del mecanismo bursátil de la Bolsa de Productos y Servicios de El Salvador, BOLPROS.

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

d) El Comité deberá hacer constar sus decisiones mediante Acta y elevará su recomendación sobre la adjudicación al titular del MAG, quien será el responsable de adoptar la decisión defi nitiva.

e) Una vez adjudicada la adquisición, el titular instruirá para que se elaboren los contratos correspondientes, los cuales serán fi rmados por él, en representación del MAG.

f) Cualquier aspecto no regulado en este procedimiento, será resuelto por el titular del MAG, mediante resolución razonada.

Art. 3.- El MAG podrá administrar, a través de este Decreto, recursos provenientes de las siguientes fuentes de fi nanciamiento:

a) Recursos presupuestarios que se asignen del Fondo General, para los fi nes establecidos en este Decreto.

b) Recursos de Cooperación no Reembolsable.

c) Recursos de préstamos suscritos por el Estado que se destinen para estos fi nes.

d) Cualquier otro recurso que sea destinado para los propósitos del presente Decreto.

Para formalizar la asignación de los fondos antes indicados, para los fi nes del presente Decreto, el Ministro de Agricultura y Ganadería deberá

emitir un Acuerdo en el Ramo de Agricultura y Ganadería.

Art. 4.- Los benefi ciarios de los bienes y servicios adquiridos en el marco del presente Decreto, serán seleccionados por el MAG, en coordinación

con el Consejo Salvadoreño del Café, lo cual quedará documentado mediante un listado fi rmado por los titulares de ambas instituciones.

Art. 5.- El MAG podrá donar los bienes adquiridos mediante este Decreto, a los productores de café benefi ciados dentro del marco de las acciones

implementadas para el control integral de la Roya del cafeto en las zonas cafetaleras de El Salvador. Dicha donación deberá documentarse mediante

acta de entrega.

Art. 6.- Exonérase al MAG del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, IVA, por las adquisiciones

que realice de bienes y servicios, de conformidad con lo establecido en el presente Decreto.

Art. 7.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial y sus efectos durarán hasta el treinta y uno

de diciembre de dos mil catorce.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil catorce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES,

PRESIDENTE.

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,

PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN,

TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE.

CARLOS ARMANDO REYES RAMOS,

QUINTO VICEPRESIDENTE.

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL,

PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDO SECRETARIO.

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA, JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA,

TERCERA SECRETARIA. CUARTO SECRETARIO.

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ, ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA,

QUINTA SECRETARIA. SEXTO SECRETARIO.

FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE, JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ,

SÉPTIMO SECRETARIO. OCTAVO SECRETARIO.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE ECONOMÍA

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil catorce.-

PUBLÍQUESE,

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

Presidente de la República.

PABLO ALCIDES OCHOA QUINTEROS,

Ministro de Agricultura y Ganadería.

DECRETO No. 38.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 455, de fecha 21 de octubre de 1965, publicado en el Diario Ofi cial No. 206, Tomo No. 209, del 11

de noviembre del mismo año, se emitió la Ley Orgánica de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma;

II. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 101, de fecha 8 de noviembre de 1974, publicado en el Diario Ofi cial No. 209, Tomo No. 146, de esa

misma fecha, se emitió el Reglamento para la Aplicación de la Ley de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma;

III. Que de conformidad a los Artículos 11 de la Ley arriba enunciada y 10 del Reglamento relacionado en el considerando anterior, la Junta

Directiva de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma tiene a su cargo el Gobierno de la Comisión, constituyéndose en la autoridad su-

prema de la CEPA, teniendo a su cargo la dirección administrativa, fi nanciera y técnica de las empresas que operan bajo su dependencia;

IV. Que habida cuenta del dinamismo y especialidad de las actividades y operaciones que realiza la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma,

es indispensable contar con un marco legal aplicable, adecuado y moderno que posibilite el que la citada institución disponga de la agili-

dad necesaria para aspectos tales como, la toma de decisiones administrativas y operativas, en especial en cuanto a la gestión del Recurso

Humano que le permita poder operar con los más altos estándares de calidad; siendo necesario a tales efectos, la regulación del tema de la

delegación de las potestades administrativas internas institucionales; lo que conlleva a introducir las pertinentes reformas al Artículo 10 del

Reglamento anteriormente referido, para la regulación específi ca de la delegación por parte de la Junta Directiva de CEPA de las facultades

a que se refi ere el Artículo 10 en comento.

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA las siguientes:

REFORMAS AL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE LA COMISIÓN EJECUTIVA PORTUARIA AUTÓNOMA

Art. 1.- Sustitúyese en el Art. 10, el inciso segundo y adiciónase un tercer inciso, de la siguiente manera:

"Con el propósito de facilitar la gestión del Recurso Humano de la Comisión, la Junta Directiva podrá delegar las atribuciones administrativas y

operativas que considere pertinentes en el Presidente de la Junta Directiva y/o en el Gerente General y en especial, los nombramientos, contrataciones,

suspensiones, traslados, ascensos, permutas, incrementos y nivelaciones, sustituciones, destituciones o despidos de todo el personal de CEPA.

Dicha delegación deberá hacerse constar en acuerdos de carácter temporal y debidamente motivados.".

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de abril de dos mil catorce.

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,Presidente de la República.

JOSÉ ARMANDO FLORES ALEMÁN,Ministro de Economía.

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACUERDO No. 349.-

San Salvador, 24 de marzo de 2014.-

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:

Vistas las diligencias promovidas por el señor Pedro Lorenzo Mena Alvarenga, mayor de edad, Ingeniero Civil, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, quien actúa en su calidad de Apoderado Especial Administrativo de la sociedad "UNOPETROL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA", que puede abreviarse "UNOPETROL EL SALVADOR, S. A." o "UNOPETROL, S. A.", relativas a obtener autorización para construir una Estación de Servicio que se denominará "Uno Santa Elena", en la que proyectan instalar tres tanques subterráneos de doble contención uno de diez mil galones americanos que utilizarán para almacenar gasolina regular, uno de ocho mil galones americanos que utilizarán para almacenar gasolina superior y uno de ocho mil galones americanos que utilizarán para almacenar aceite combustible diesel, en un inmueble ubicado frente al redondel Luis Poma, entre la Avenida El Pepeto Sur y Calle Llama del Bosque Oriente, Urbanización Madreselva III, municipio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad; y,

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la personería con la que actúa el Apoderado Especial Administrativo de la citada sociedad, y la disponibilidad del inmueble en el que se pretende realizar la construcción de la citada Estación de Servicio, tal como lo establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento de Aplicación.

II. Que en acta de inspección No. 0436_AV, realizada el día catorce de marzo de dos mil catorce, se practicó Inspección Previa de Construcción, comprobándose que la dirección del inmueble es la que se consignó en la solicitud y en los planos presentados, asimismo que las colindancias del inmueble coinciden con las presentadas en los planos, siendo por lo tanto apto para el desarrollo del proyecto de construcción.

III. Que se ha verifi cado el cumplimiento legal y técnico que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento de Aplicación, siendo procedente acceder a lo solicitado.

POR TANTO:

De conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero, 13 literales a), b) y c) de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, y 67 y 69 de su Reglamento de Aplicación, este Ministerio,

ACUERDA:

1°) AUTORIZAR a la sociedad "UNOPETROL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA", que puede abreviarse "UNOPETROL EL SALVADOR, S. A." o "UNOPETROL, S. A.", para que construya una Estación de Servicio que se denominará "Uno Santa Elena", en la que instalarán tres tanques subterráneos de doble contención: uno de diez mil galones americanos que utilizarán para almacenar gasolina regular, uno de ocho mil galones americanos que utilizarán para almacenar gasolina superior y uno de ocho mil galones americanos que utilizarán para almacenar aceite combustible diesel, en un inmueble ubicado frente al redondel Luis Poma, entre la Avenida El Pepeto Sur y Calle Llama del Bosque Oriente, Urbanización Madreselva III, municipio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad.

2°) La titular de la presente autorización queda obligada a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento de Aplicación.

b) Para la construcción deberá cumplir con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente y demás leyes aplicables.

3°) La titular de la autorización deberá aceptar por escrito el presente Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial, dentro de los OCHO DÍAS HÁBILES siguientes al de su notifi cación.

4°) La titular de la presente autorización deberá iniciar la construcción de la Estación de Servicio que se denominará "Uno Santa Elena", inmediatamente después de publicado el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial, y fi nalizar en los ciento veinticinco días calendario subsiguientes.

5°) La titular de la autorización deberá comunicar por escrito a la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas, con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se realizarán las pruebas de hermeticidad de los tanques y sus tuberías, a efecto de que Delegados de la misma testifi quen la calidad de los mismos, de conformidad al Artículo 10 letra B- literal "d)" del Reglamento para la Aplicación de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo.

6°) Una vez construida la Estación de Servicio, la titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

7°) El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

COMUNÍQUESE. JOSÉ ARMANDO FLORES ALEMÁN, MINISTRO.

(Registro No. F000271)

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-2148.

San Salvador, 12 de noviembre de 2013.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educativos ofi ciales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12, 79, 80 y 108 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación. En tal sentido, la creación y funcionamiento de los centros educativos privados, se autoriza por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado; así mismo se autoriza el uso del nombre requerido, de acuerdo con los requisitos establecidos reglamentariamente; III) Que de conformidad a los Artículos 1 y 8 del Reglamento para la Nominación de Centros Educativos emitido según Decreto Ejecutivo Número Diez, en el Ramo de Educación, de fecha quince de enero de dos mil trece, publicado en Diario Ofi cial Número Cincuenta y Ocho, Tomo Trescientos Noventa y Nueve de fecha dos de abril de dos mil trece, en este instrumento se establece el procedimiento y requisitos para la nominación de los Centros Educativos públicos y privados del país, así como la sustitución del nombre de los mismos de conformidad a la Ley General de Educación; IV) Que el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, conoció sobre la solicitud presentada por la señora Evelyn Mariella Aguilar León, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad No. 00499393-8, actuando en su calidad de Persona Natural, en la cual solicitó: a) Autorización para la CREACIÓN, NOMINACIÓN Y FUNCIONAMIENTO de un centro educativo privado, para que funcione en Calle Las Azucenas, No. 17, Colonia La Sultana II, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con el Nivel de Educación Parvularia, en jornada matutina; b) Reconocer como Directora a la profesora EVELYN MARIELLA AGUILAR LEÓN, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad No. 00499393-8, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con el Número de Identifi cación Profesional 0110463, como Profesora Docente Nivel dos guión cero cero siete; c) Reconocer a la señora Evelyn Mariella Aguilar León, como persona autorizada por el Ministerio de Educación para brindar servicios educativos en el centro educativo en mención; V) Que según la documentación presentada y verifi cados que fueron los requisitos de ley, se llevó a cabo la visita de verifi cación por Delegados de este Ministerio, con fecha 15 de octubre de 2013, habiéndose constatado que cumplen con los requisitos básicos de funcionamiento, en cuanto a la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado, para que funcione en el lugar solicitado con el Nivel de Educación Parvularia, con las Secciones de 4 y 5 años, en jornada matutina, y se deniega la Sección de 6 años, ya que no cuenta con el aula para atenderla, en el centro educativo en mención; VI) Que habiéndose sometido dicha solicitud al conocimiento de la Comisión Nominadora de Centros Educativos de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento para la Nominación de Centros Educativos, ésta emitió dictamen favorable según Resolución No. 05/2013 de fecha 11 de octubre de 2013, en el Punto No. 3, se autorizó el nombre CENTRO INFANTIL EL DESARROLLO DE LOS NIÑOS; VII) Que después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos de ley, el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, con fecha 31 de octubre de 2013 emitió resolución por medio de la cual se autoriza la creación, nominación y funcionamiento del centro educativo privado denominado CENTRO INFANTIL EL DESARROLLO DE LOS NIÑOS, asignándole el código No. 10378. De igual forma se autorizó el reconocimiento como Directora a la profesora EVELYN MARIELLA AGUILAR LEÓN, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad No. 00499393-8, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con el Número de Identifi cación Profesional 0110463, como Profesora Docente Nivel dos guión cero cero siete, desempeñando dicho cargo según las obligaciones establecidas en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de la carrera Docente, en lo que compete como centro educativo privado; así también se reconoció a la señora Evelyn Mariella Aguilar León, como persona autorizada por el Ministerio de Educación para brindar servicios educativos a través del centro educativo en mención. POR TANTO de confor-midad a lo antes expuesto, con base a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del órgano Ejecutivo y Artículos 1, 12, 79, 80 y 108 de la Ley General de Educación, Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente, Artículo 36 del Reglamento de la misma y en uso de las facultades legales antes citadas, ACUERDA: 1) Confi rmar en todas sus partes la resolución de fecha 31 de octubre de 2013, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se autoriza a partir del 3 de enero de 2014, la CREACIÓN, NOMINACIÓN Y FUNCIONAMIENTO del centro educativo privado con el nombre de CENTRO INFANTIL EL DESARROLLO DE LOS NIÑOS, para que funcione en la siguiente dirección: Calle Las Azucenas, No. 17, Colonia La Sultana II, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con el Nivel de Educación Parvularia, con las Secciones de 4 y 5 años, en jornada matutina, asignándole el código No. 10378; 2) DENEGAR la Sección de 6 años, ya que no cuenta con el aula para atenderla; 3) RECONOCER COMO DIRECTORA a la profesora EVELYN MARIELLA AGUILAR LEÓN, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad No. 00499393-8, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con el Número de Identifi cación Profesional 0110463, como Profesora Docente Nivel dos guión cero cero siete y a la señora Evelyn Mariella Aguilar León, como PERSONA AUTORIZADA por el Ministerio de Educación, para brindar servicios educativos a través del centro educativo privado en mención, quedando bajo la supervisión continua para el cumplimiento de las demás disposiciones establecidas en la Ley General de Educación; 4) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE.

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F000443)

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 15-0059.

San Salvador, 9 de enero 2014.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado WALTER EDGARDO

MÉNDEZ RAMÍREZ, solicitando que se le reconozca el grado académico de DOCTOR EN MEDICINA, obtenido en la ESCUELA LATINOA-

MERICANA DE MEDICINA, en la REPÚBLICA DE CUBA, el día 16 de octubre de 2013; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20

de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en los mismos a este Ministerio; II) Que

de conformidad al Art. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior

en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratifi cado por la Asamblea

Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Ofi cial No. 235, Tomo No. 253 de

fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación

presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 7 de enero de

2014, ha emitido el dictamen favorable para la incorporación por reconocimiento del Título Académico mencionado en el romano uno; POR TANTO:

Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior y demás instrumen-

tos legales. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de DOCTOR EN MEDICINA, realizados por WALTER EDGARDO

MÉNDEZ RAMÍREZ, en la República de Cuba; 2°) Tener por incorporado a WALTER EDGARDO MÉNDEZ RAMÍREZ, como DOCTOR EN

MEDICINA, en nuestro país; 3°) El presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser

tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario

Ofi cial. COMUNÍQUESE.

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F000326)

ACUERDO No. 56-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha diecio-

cho de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARLENI SIOMARA DIAZ GUZMAN, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-

tivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. ESCOLÁN.- S. L. RIV. MÁRQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R.

M. FORTÍN H.- RICARDO A. ZAMORA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F000282)

ACUERDO No. 128-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho

de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado LEONARDO PEREZ DIAZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y

PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- S. L. RIV. MÁRQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R. M. FORTÍN H.- RICARDO A. ZAMORA.-

JUAN M. BOLAÑOS S.- DUEÑAS.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000361)

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ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: LUIS ALONSO ALVAREZ. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E .S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000455)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JEANNE MARIE AMAYA ARAUJO. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000439)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: FABIAN ALVARADO RIVERA. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000437)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARTHA CARLOTA MARIA ALVARENGA ORANTES. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000415)

ACUERDO No.171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: IRIS IVETTE ALVARENGA FLORES. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000423)

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MAURICIO ALCIDES ALVARADO. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M .REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000424)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JUAN FRANCISCO ALVARADO ESCALANTE. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L .R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000488)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MIGUEL ANGEL AMAYA. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000344)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: EMMA LETICIA AMAYA GOMEZ. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J .B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000349)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ALICIA AMAYA VALENCIA. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000350)

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ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: KAREN ROSMERY AGUILAR SIGARAN. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-F.MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000351)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesiona-les; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: FRANCISCO EVELIO ALVARENGA GOMEZ. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E .S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R.GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000352)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MILTON EVELIO AMAYA DIAZ. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000358)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSE ANACLETO ALVARENGA NAVARRETE. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000440)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: OSCAR ORLANDO ALFEREZ SALGUERO. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D .L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000452)

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACUERDO No.171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: NEHEMIAS GIOVANNI ALVARADO PEREZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000454)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: FREDDY SCOTT AGUILAR.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000382)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CARLOS ANTONIO ALVARENGA RIVERA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000383)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARTA GUADALUPE ALVAREZ RIVERA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000388)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de marzo de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JUAN RENE ALVARADO GONZALEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000389)

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CLAUDIA LISSETTE ALVARADO BONILLA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000390)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: EVER ALEXANDER AMAYA JUAREZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000391)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JUAN JOSE ALVARENGA NAVAS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000397)

ACUERDO No.171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JESSICA GISELLA AMAYA ARAUJO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000400)

ACUERDO No.171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSE ISAAC ALVARADO GUADRON.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000381)

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: LORENA ELIZABETH ALVARADO DE BLANDON.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000379)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARGARITO AMAYA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000300)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CAROLINA BEATRIZ AMAYA POLANCO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000301)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: KARLA MARIA ALVARADO BONILLA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000304)

ACUERDO No.171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARIA AZUCENA ALVARADO CAÑAS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000302)

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: KARLA MARÍA ALVERGUE.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000314)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MANUEL ALEXANDER ALVARADO CARPIO.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000311)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CARLOS ALBERTO ALVARENGA SANTOS.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000313)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ARACELI ALFARO RAMÍREZ.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000429)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSÉ MIGUEL ÁLVAREZ.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉN-DEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000433)

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARTHA RUTH ALVARADO BELTRÁN.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000411)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: KARLA VANESSA ALVARADO VALDES.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000325)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSÉ ALBERTO ALVARENGA HERNÁNDEZ.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000329)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: EDWIN OSWALDO ÁLVAREZ FLORES.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000322)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: VÍCTOR MANUEL ACEVEDO CALDERÓN.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000328)

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: EVA YOLANDA ÁLVAREZ MÉNDEZ.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000323)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARVIN ALEJANDRO ALVARADO GUEVARA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000321)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: DAVID ERNESTO ALVARADO MANZANARES.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000324)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARTA MARGARITA ALVARENGA MELGAR.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000367)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: KARLA EMELY ÁLVAREZ BONILLA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000375)

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercido de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARÍA RITA ALVARADO DE FLORES.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000299)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSÉ ANTONIO AMAYA GUZMÁN.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉN-DEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000279)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARIELA STHEFANY AMAYA ROSALES.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000266)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: HUGO EDGARDO AMAYA ROSALES.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L .C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000265)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSÉ ISRAEL ALVARENGA ORELLANA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.-PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000272)

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CARLOS ALBERTO ALVARADO SERRANO.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000286)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: SEBASTIANA CRISTABEL ALVARENGA GUTIÉRREZ.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000284)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.-Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CARLOS HUMBERTO ALVARADO GONZÁLEZ.- COMUNÍQUETE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000315)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JACQUELINE DEL CARMEN AMAYA COLATO.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000317)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CARLA YASENIA ALVARADO DE ESCOBAR.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000320)

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: EVENOR ALONZO BONILLA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000264)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aproba-do el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSÉ EDUARDO ALVARENGA CAMPOS.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000274)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOHANNA ELIZABETH ÁLVAREZ CARAVANTES.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000275)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ELMER ALVARADO LARA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉN-DEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000256)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: NICOLÁS ALVARADO FUENTES.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉN-DEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000261)

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ACUERDO No.171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que

se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JULIO CESAR AGUILAR ZAMORA. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-

F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN

M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F000249)

ACUERDO No.171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RENE ANTONIO AMAYA ROMERO. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-

F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN

M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F000255)

ACUERDO No.171-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSE RODRIGO AGUILAR GONZALEZ. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-

F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN

M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F000288)

ACUERDO No.171-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-

ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-

nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios

que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: HAZEL MARGARITA AMAYA GUERETTA. COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA

G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S.

RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000289)

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACUERDO No.171-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: HUGO ERNESTO ALVARADO LOPEZ. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-

F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN

M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F000290)

ACUERDO No.171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-

ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-

nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios

que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JULIO BLADIMIR ALVARADO MARTINEZ. COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA

G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S.

RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000291)

ACUERDO No.171-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-

ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-

nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios

que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: DENNIS SANTIAGO ALVARADO GONZALEZ. COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA

G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S.

RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000292)

ACUERDO No. 171-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ELIS ALVARADO ZABALA. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.

B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R.

ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000295)

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ACUERDO No.171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-

ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-

nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios

que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: YANETH MARISELA ALVARADO FLORES. COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA

G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S.

RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000294)

ACUERDO No.171-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado

el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de

notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes

profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de

notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSE NELSON ALVARENGA HENRIQUEZ. COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA

G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S.

RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000296)

ACUERDO No.171-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-

ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-

nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios

que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: EDUARDO ALFONSO ALVARENGA MARTIR. COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA

G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S.

RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000297)

ACUERDO No.171-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: LUIS RICARDO ALVARADO PALACIOS. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-

F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN

M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F000298)

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACUERDO No. 171-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ADA LEYDI AMAYA ABREGO. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.-

J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J.

R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS AVENDAÑO

(Registro No. F000337)

ACUERDO No. 171-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi ca-

ción efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesio-

nales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios

que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MAURICIO ENRIQUE ALVAREZ SALMERON. COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA

G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S.

RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F000340)

ACUERDO No. 171-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce. Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSE FREDY ALVARADO. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.

B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R.

ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. C000605)

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INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

DECRETO No. 4-2013.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,

CONSIDERANDO:

I. Que la realidad económica a nivel nacional en los últimos años ha debilitado la capacidad de pago de la mayoría de los habitantes y par-

ticularmente la de aquellos que tienen obligaciones tributarias a favor del municipio de Zacatecoluca, situación que los ha convertido en

sujetos morosos de los tributos municipales;

II. Que es urgente que el Gobierno Municipal de la ciudad de Zacatecoluca, incremente sus ingresos, mediante el cobro de las tasas e impuestos

municipales, con el fi n de mantener la prestación de los servicios públicos y la seguridad económica de sus habitantes, promoviendo en los

contribuyentes, una cultura de pago de los tributos y así disminuir el índice de morosidad existente;

III. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del Municipio, es conveniente otorgar incentivos tributarios con

carácter transitorio, que estimulen a los contribuyentes al pago de sus deudas tributarias municipales;

IV. Que en la Sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia con número de referencia 812-99 de fecha

26 de junio de 2003; el Alto Tribunal estableció que los Municipios tienen facultades de exención de intereses y multas provenientes de

deudas por impuestos a favor del Municipio, facultad que será ejercida a través de Decretos Municipales Transitorios; y,

V. Que los municipios son autónomos en lo económico, técnico y administrativo y regularán las materias de su competencia por medio de

Ordenanzas Municipales.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y legales, a la base de los artículos: 86 inciso tercero, 203 y 204 ordinales 3° y 5° de la Constitución

de la República; 1, 3, 6-A, 30 números 4 y 32 del Código Municipal;

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS

PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS E IMPUESTOS

A FAVOR DEL MUNICIPIO DE ZACATECOLUCA.

Art. 1.- Se concede un plazo de tres meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obliga-

ción tributaria municipal, que adeuden tasas e impuestos al Municipio de Zacatecoluca, puedan acogerse a los benefi cios de la presente Ordenanza,

consistente en la exención del pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas, o que sean atribuibles a los

contribuyentes.

Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera

de las siguientes condiciones:

a) Aquellos que, estando califi cados en el Registro de Contribuyentes del Municipio, se encuentren en situación de mora de las tasas e im-

puestos municipales;

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b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia

de la presente ordenanza;

c) Los contribuyentes por tasas e impuestos que se encuentren en proceso de cobro judicial, iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza

y se sometan a la forma de pago establecida en esta Ordenanza;

d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas e impuestos, hayan suscrito el correspondiente

convenio de pago;

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial fi rme, en el proceso ejecutivo por

parte de la Municipalidad, y se acojan a los benefi cios de esta Ordenanza; y

f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal, que tengan bienes inmuebles en el Municipio, que reciben uno o más servicios

municipales, y que por cualquier motivo, no los hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes.

Los contribuyentes deberán acogerse a los benefi cios de esta Ordenanza, en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de su vigencia.

Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los benefi cios de la presente Ordenanza, deberán solicitarlo a la Sección de Cuentas

Corrientes del Municipio, con un plazo no mayor de tres meses, contados a partir de la entrada en vigencia de esta Ordenanza.

Art. 4.- Podrán gozar de los benefi cios que establece esta Ordenanza, los contribuyentes que realicen en un solo acto, el pago total de lo adeudado,

en el plazo de tres meses a que se refi ere el artículo 1; así como también, aquellos contribuyentes que suscriban convenios de pago de conformidad a

los plazos regulados en la presente Ordenanza.

Art. 5.- A los contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas, cuya capacidad económica no permita el pago total de lo adeudado al

Municipio y que el monto total de la deuda sea a juicio del Municipio, considerablemente elevada, podrán acceder a planes de pago de acuerdo a su

capacidad económica y gozarán de los benefi cios de esta ordenanza.

Para obtener el benefi cio que establece el inciso anterior, se deberá suscribir un convenio de pago entre el Municipio y el contribuyente; el cual

debe suscribirse dentro del plazo de vigencia de esta Ordenanza y pagar de inmediato la primera cuota.

Los planes de pago a los que se refi ere este artículo, no podrán ser mayores de doce meses, tanto para personas naturales y jurídicas. Dichos

plazos están relacionados al monto adeudado, y la cantidad de cuotas mensuales que se pacten mediante convenio de pago, se determinarán conforme

a lo establecido en los siguientes literales:

PLANES DE PAGOS DE CUENTAS DE TASAS MUNICIPALES DE PERSONAS NATURALES:

a) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es hasta $100.00, el plan de pagos podrá ser hasta de tres cuotas;

b) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $100.01, hasta $500.00, el plan de pagos podrá ser hasta de seis cuotas;

c) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $500.01, hasta $1,000.00, el plan de pagos podrá ser hasta de nueve cuotas;

y,

d) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $1,000.01, en adelante, el plan de pagos podrá ser hasta de doce cuotas.

A las cuotas se les debe adicionar el mes en curso.

PLANES DE PAGOS DE CUENTAS DE IMPUESTOS MUNICIPALES DE PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS Y TASAS

MUNICIPALES DE PERSONAS JURÍDICAS:

a) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es hasta $500.00, el plan de pagos podrá ser hasta de tres cuotas;

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b) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $500.01, hasta $1,000.00, el plan de pagos podrá ser hasta de seis cuo-

tas;

c) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $1,000.01, hasta $5,000.00, el plan de pagos podrá ser hasta de nueve

cuotas; y

d) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $5,000.01, en adelante, el plan de pagos podrá ser hasta de doce cuotas.

A las cuotas se les debe adicionar el mes en curso.

Art. 6.- Los benefi cios de este Decreto, cesarán de inmediato en el caso de incumplimiento de dos cuotas del plan de pagos, pactado con el

Municipio y en consecuencia, se hace exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare que cumplirse. La fuerza mayor o el caso

fortuito deberán ser califi cados por el Concejo Municipal, para que opere como excepción.

Art. 7.- Se autoriza al Jefe de Registro y Control Tributario de la Municipalidad para que aplique los benefi cios de esta Ordenanza en los casos de

personas de escasos recursos económicos que soliciten planes de pago, pero que requieran un plazo mayor, el cual podrá otorgarse hasta de 18 meses

de plazo. Se autoriza asimismo al Jefe de Registro y Control Tributario a aplicar los benefi cios de esta Ordenanza en pagos parciales que no cubran

la totalidad de la mora, que sean solicitados por contribuyentes de escasos recursos económicos, de manera que puedan abonar a la deuda tributaria.

Art. 8.- La presente Ordenanza entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE ZACATECOLUCA, a los veintiséis días del mes de marzo del dos mil trece.

FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA,

Alcalde Municipal.

MANUEL ANTONIO DE JESÚS CARBALLO GONZÁLEZ, OSGUALDO ARTURO MORENO,

Síndico Municipal Primer Regidor Propietario.

SANTOS RAQUEL SARMIENTO AYALA, TITO DIOMEDES APARICIO,

Segunda Regidora Propietaria. Tercer Regidor Propietario.

ALMA GLADIS SOSA DE LÓPEZ, DENNY ALEXANDER CHICAS CÁRCAMO,

Cuarta Regidora Propietaria. Quinto Regidor Propietario.

ZORINA ESTHER MASFERRER ESCOBAR, ÓSCAR MORENO RODRÍGUEZ,

Sexta Regidora Propietaria. Séptimo Regidor Propietario.

JOSEFA GIL DE VALDEZ, JULIO ANDRÉS SOTO,

Octava Regidora Propietaria. Noveno Regidor Propietario.

REINA ISABEL REYES, JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS,

Décima Regidora Propietaria. Secretario Municipal.

(Registro No. F000393)

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(Registro No. F000387)

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

DECRETO NÚMERO DOCE:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA UNIÓN, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN.

CONSIDERANDO:

I. Que por Decreto Municipal número 5, de fecha 05 de junio de mil novecientos noventa y siete, publicada en el Diario Ofi cial número 114, Tomo 335, de fecha 23 de julio de 1997, se emitió la Ordenanza de Tasas por Servicios Municipales, del municipio de La Unión.

II. Que a la Ordenanza relacionada en el considerando anterior se le han hecho diferentes reformas, siendo la última la aprobada mediante Decreto Municipal número 9, de fecha 8 de julio de 2013, publicada en el Diario Ofi cial número 149 , Tomo 400, de fecha 16 de agosto de 2013.

III. Que las relaciones entre la municipalidad y los contribuyentes demanda una actualización en algunas disposiciones de la referida Ordenanza, con el propósito de generar certeza jurídica y claridad en la aplicación de las mismas para ambas partes.

IV. Que de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 203. Inciso 1º, y 204, Numeral 1 de la Constitución de la República, Artículo 6-A del Código Municipal y Art. 2 de la Ley General Tributaria Municipal, se sientan las bases o principios generales para que los municipios ejerciten su competencia y autonomía, en la creación, modifi cación y supresión de tasas, por medio de ordenanzas que serán de obligatorio cumplimiento una vez entren en vigencia.

V. Que por las razones antes expuestas, se hace necesario reformar la ordenanza relacionada en el considerando primero del presente Decreto;

POR TANTO

En uso de sus facultades Constitucionales el Concejo Municipal de La Unión, Departamento de La Unión.

DECRETA las siguientes:

REFORMAS A LA ORDENANZA DE TASAS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE LA UNIÓN, EMITIDA POR DECRETO MUNICIPAL NÚMERO 5, DE FECHA 05 DE JUNIO DE 1997, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL

NÚMERO 114, TOMO 335, DE FECHA 23 DE JULIO DE 1997.

Artículo 1.- Refórmese el Art. 3, en sus numerales 2.4, 2.6, 19-35 y 19.36 de la siguiente manera:

CUOTAS O TARIFAS POR SERVICIOS

No. 2.- ASEO

2.4.- Para Empresas Instituciones Públicas y Privadas, Industrias y otras similares que soliciten el traslado y disposición fi nal de desechos comunes, no tóxicos pagarán por cada tonelada o fracción .……………………………………………… ...... $ 80.00

Se agrega un numeral más así:

2.6.- Por traslado y disposición fi nal de desechos comunes, no tóxicos provenientes de embarcaciones en puerto, por cada tonelada o fracción………........................................................................................................................................……..................$ 200.00

No. 19.- LICENCIAS

19-35.- Por el uso del suelo y el espacio aéreo utilizado para el mantenimiento de postes del tendido telefónico, televisión por cable, ubicados en calles, aceras, plazas, parques, predios baldíos, sitios públicos municipales y caminos vecinales, dentro del Municipio, por cada uno al mes …………………………………….…………………….............................................................….....$ 1.50

19-36.- Por el uso del suelo y el espacio aéreo utilizado, para el mantenimiento de postes destinados al Tendido Eléctrico, ubicados en calles, aceras, plazas, parques, predios baldíos, sitios públicos, Municipales y caminos vecinales y otros similares dentro del Municipio, por cada uno al mes……………………………..…………......................................................…………….....$ 4.00

Cuando el poste esté siendo utilizado por más de una empresa o sociedad, cada una de ellas pagará la tarifa del inciso anterior por cada poste.

Artículo. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA UNIÓN, a los 18 días del mes de marzo del año dos mil catorce.

EZEQUIEL MILLA GUERRA, RICARDO ANTONIO VIERA FLORES,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

EDWIN OSWALDO ALVAREZ FLORES

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F000327)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL

ADMINISTRADORA DEL SISTEMA DE

ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE,

SALUD, MEDIO AMBIENTE Y SANEAMIENTO

BÁSICO, QUE SE DENOMINA: "RÍOS DE BENDICIÓN"

PARA EL DESARROLLO DE LOS CASERÍOS EL

COYOL, MAZATEPEQUE, JOCOTILLO, SAN JORGE,

QUEBRACHITO Y SANTA ROSITA, DEL CANTÓN

MAZATEPEQUE, DEL MUNICIPIO DE SESORI,

EN EL DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL

TÍTULO I

DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN,

DOMICILIO Y FINES

CAPÍTULO I

CONSTITUCIÓN, NATURALEZA, DENOMINACIÓN

Y DOMICILIO

Art. 1.- Constitúyese la Asociación Comunal Administradora del Sistema de abastecimiento de agua Potable, Salud, Medio Ambiente y saneamiento básico para el desarrollo de los Caseríos El Coyol, Mazatepeque, Jocotillo, San Jorge, Quebrachito, y Santa Rosita y que se denominará: "RÍOS DE BENDICIÓN" y que se podrá abreviar: ACASAPMAT, con participación directa de los Asociados(as) abasteci-dos por el sistema de agua potable, con autonomía y patrimonio propio, de utilidad pública, sin fi nes de lucro, apolítica partidista, de carácter no religioso y que en el texto de los presentes Estatutos se denominará "La Asociación".

Art. 2.- La Asociación estará regida por la Constitución Política de la República de El Salvador, el Código Municipal, estos Estatutos, Reglamento Interno y otras leyes que se apliquen a los fi nes para lo que fue creada.

Art. 3.- La Asociación establece su domicilio en el Cantón Maza-tepeque, Municipio de Sesori, Departamento de San Miguel, por tiempo indefi nido. La cobertura geográfi ca de su gestión inicial comprende los Caseríos El Coyol, Mazatepeque, Jocotillo, San Jorge, Quebrachito y Santa Rosita, todos del Cantón Mazatepeque, previo estudio socioeconómico y el diseño técnico. Quedando facultada para ampliar su cobertura geo-gráfi ca de su gestión a otras comunidades.

CAPÍTULO II

FINES

Art. 4.- La fi nalidad de la Asociación es la gestión integral del recurso hídrico, incluyendo entre sus responsabilidades: administrar el sistema de abastecimiento de agua potable, promover acciones en salud, protección y sostenibilidad del medio ambiente, la educación de su población y el saneamiento básico; así como también la gestión y administración de otros recursos para fortalecer la inversión social, en benefi cio de la población que reside en el área geográfi ca de su domici-lio.

Art. 5.- Para lograr el fi n propuesto, se plantean los siguientes objetivos específi cos:

a) Administrar, operar y mantener efi cientemente los recursos de la Asociación con transparencia y sostenibilidad de la misma.

b) Suministrar efi cientemente el servicio de agua potable a los usuarios bajo normas de calidad y cantidad, establecidas y reconocidas por las instancias reguladoras del país y por estándares de calidad universales.

c) Incrementar la cobertura del servicio de agua y saneamiento previo a la elaboración de estudios de factibilidad técnica hidráulica, legal, social, económica y ambiental.

d) Facilitar los medios para que los asociados ejerzan contraloría social en la administración y los servicios que presta la Aso-ciación.

e) Proponer al Concejo Municipal de Sesori la emisión y aprobación de Ordenanzas que permitan proteger los recursos naturales, entre ellos los recursos hídricos, con especial énfasis en las áreas de infl uencia y recarga de los mantos acuíferos desde donde se abastece el o los sistemas administrados por la Asociación.

f) Elaborar, coordinar y ejecutar planes administrativos, de operación, mantenimiento, de salud y medio ambiente, de educación y otros relacionados con los fi nes de la Asocia-ción.

g) Promover y monitorear en los usuarios/as el cumplimiento del manejo adecuado de las aguas usadas, los desechos sólidos y disposición de excretas.

h) Promover y apoyar el cumplimiento de los derechos de la niñez en el acceso a la salud y a la educación.

i) Constituir y mantener un fondo con recursos propios y otros generados a través de la gestión administrativa, destinados exclusivamente a acciones de salud, medio ambiente y educación, orientados a la población que reside en el área geográfi ca de los proyectos bajo su administración.

j) Gestionar proyectos que complementen y fortalezcan la gestión de la Asociación para la sostenibilidad de los servicios prestados y de la Asociación misma.

k) Participar en los planes de desarrollo en el ámbito local y regional, para establecer alianzas y/o convenios con gobiernos locales y otras instituciones gubernamentales, no gubernamen-tales e instituciones internacionales que promuevan acciones afi nes a sus objetivos.

l) Fomentar el espíritu de solidaridad a través de acciones en-caminadas al apoyo de las familias identifi cadas con algún nivel de vulnerabilidad.

m) Promover la participación de mujeres y hombres, en la toma de decisiones y acciones, así como promover la participación equitativa de ambos sexos, en los puestos directivos de la Asociación.

n) Hacer alianzas con otras organizaciones que operan sistemas de agua en el municipio o fuera de éste, a fi n de fortalecer la capacidad de gestión a nivel local o regional.

o) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno de la Asociación y Planes de Trabajo.

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TÍTULO II

DE LOS(AS) ASOCIADOS(AS), CALIDAD, DERECHOS

Y DEBERES

CAPÍTULO I

CALIDAD DE LOS(AS) ASOCIADOS(AS)

Art. 6.- Los Asociados(as) podrán ser:

a) Fundadores(as).

Son Asociados(as) Fundadores(as): Todas aquellas personas que

conformaron la Primera Acta de Constitución de la Asociación.

b) Activos(as).

Son Asociados(as) Activos(as): Todas aquellas personas usuarias,

propietarias de por lo menos una acometida domiciliar del sistema

de agua potable, que por su voluntad estén registradas en el Libro de

Asociados(as) que la Asociación lleva para tal fi n y hayan cumplido los

procedimientos establecidos en el Reglamento Interno.

c) Honorarios(as).

Son Asociados honorarios: Todas aquellas personas que por

reconocimiento de la Asamblea General, se les otorgue esa calidad de

Asociado.

CAPÍTULO II

DERECHOS DE LOS(AS) ASOCIADOS(AS)

FUNDADORES Y/O ACTIVOS

Art. 7.- Son derechos de los(as) Asociados(as):

a) Participar con voz y voto en Asambleas Generales.

b) Presentar Iniciativas y sugerencias a la Asamblea General,

Junta Directiva y Junta de Vigilancia; en lo referente a la

gestión de la Asociación.

c) Retirarse voluntariamente como Asociado(a) cuando así lo

solicitare por escrito, sin perder el derecho como usuario(a)

del sistema de agua.

d) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva y Junta

de Vigilancia.

e) Convocar a la Asamblea General para exponer sus inquietudes

o hechos que les estén afectando, siempre que su petición

esté respaldada al menos por un 30% de los Asociados(as),

canalizando dicha convocatoria por escrito a través de la

Junta Directiva.

f) Recurrir ante la Junta Directiva o la Junta de Vigilancia,

Asamblea General, Gobierno Local u otra instancia respectiva

cuando sus derechos como Asociado(a) les sean violentados

por procedimientos previstos y no previstos en los presentes

Estatutos.

g) Solicitar ante la Administración de la Asociación y recibir

oportunamente, información de su situación como Asociado(a)

y/o usuario(a).

h) Emitir un solo voto, aun cuando posean más de una acome-

tida domiciliaria de agua, en todos los procesos de toma de

decisiones.

Art. 8.- Son Deberes de los(as) Asociados(as):

a) Asistir puntualmente a las reuniones que sean convocadas

por la Junta Directiva.

b) Proteger y hacer uso racional del agua y de los recursos

naturales.

c) Cancelar las tarifas por el servicio de agua potable dentro

de los plazos establecidos en el Reglamento Interno de la

Asociación.

d) Cuidar las obras y denunciar ante la Junta Directiva o Junta

de Vigilancia, cualquier daño a la infraestructura del sistema

de abastecimiento de agua potable.

e) Participar activamente en las actividades de salud u otros

proyectos que impulse la Junta Directiva.

f) Abstenerse y denunciar cualquier situación que ponga en

riesgo la gestión de la Asociación y especialmente la salud

de la población.

g) Aceptar y cumplir acuerdos tomados por Junta Directiva, y

Asamblea General.

h) Cumplir el convenio como usuario del servicio de agua con

la Asociación.

i) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos.

CAPÍTULO III

USUARIOS(AS) NO ASOCIADOS

Art. 9.- Usuarios(as) no Asociados: Es aquella persona que hace uso

del servicio de agua y que no desea estar registrado(a) como Asociado(a);

teniendo derecho a voz y no así a voto en la toma de decisiones de la

Asociación.

Art. 10.- Son derechos de los(as) Usuarios(as) no Asociados:

a) Ser admitido(a) previa solicitud ante la Junta Directiva

como Asociado(a) después de cumplir los procedimientos

establecidos en el Reglamento Interno de la Asociación.

b) Recibir el servicio de agua en iguales condiciones que el

prestado a los Asociados.

c) Solicitar y recibir oportunamente, información de su situación

como usuario(a).

d) Participar activamente en las actividades de salud y medio

ambiente u otros proyectos que impulse la Junta Directiva.

e) Hacer reclamos a la administración de la Asociación por

insatisfacción en el servicio de agua que recibe.

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Art. 11.- Son deberes de los(as) Usuarios(as) no Asociados:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y el Regla-

mento Interno.

b) Proteger y hacer uso racional del agua y recursos naturales.

c) Cancelar las tarifas por el servicio de agua potable dentro

de los plazos establecidos en el Reglamento Interno de la

Asociación.

d) Cumplir el convenio como usuario del servicio de agua con

la Asociación.

CAPÍTULO IV

DEL RETIRO DE LA CALIDAD DE ASOCIADO(A)

Art. 12.- Los(as) Asociados(as) podrán ser suspendidos(as) de su

calidad de Asociados(as) por acuerdo emitido por mayoría simple de

votos en Asamblea General y previa audiencia de el(la) Asociado(a)

ante la Junta Directiva.

Se consideran causales de retiro temporal o defi nitivo como

Asociado(a), las siguientes:

a) Por incumplimiento de los presentes Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación.

b) Mala conducta y acciones de el(la) Asociado(a) que se traduzca

en perjuicio grave de la Asociación o del sistema de abaste-

cimiento de agua potable, la salud y el medio ambiente.

c) Obtener por medios fraudulentos, benefi cio de la Asociación,

o utilizar recursos de la misma para sí o para terceros.

d) Por la pérdida de sus derechos civiles que lo inhabiliten en

el libre desempeño como ciudadano.

Art. 13.- Los Asociados(as) tienen derecho al recurso de apelación

cuando se les retira su calidad de Asociado(a) temporal o defi nitivamente.

Podrá apelar a la Asamblea General; cuando la suspensión y su causal

no esté prevista en los presentes Estatutos, ni en el Reglamento Interno;

sin perjuicio que tiene el Asociado(a) de acudir a otras instancias com-

petentes.

TÍTULO III

DE LA ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN, VIGILANCIA Y

OPERACIÓN DE LA ASOCIACIÓN

CAPÍTULO I

DE LA ORGANIZACIÓN

Art. 14.- La Organización de la Asociación, estará conformada

por: La Asamblea General, la Junta Directiva, la Junta de Vigilancia y

la Unidad Administrativa - Operativa.

CAPÍTULO II

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 15.- La Asamblea General está conformada por todos los(as) Asociados(as) Activos(as), registrados en el Libro de Asociados(as) de la Administración, legalmente convocados y reunidos, constituyen la autoridad máxima de "la Asociación".

Art. 16.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Decidir la Constitución de la Asociación.

b) Aprobar la creación o modifi cación de los Estatutos y Regla-mento Interno.

c) Acordar la solicitud del Acuerdo Municipal de la creación de la Asociación al Concejo Municipal de Sesori por medio del representante legal.

d) Elegir de acuerdo a lo estipulado en estos Estatutos y Regla-mento Interno, sus representantes para la Asamblea General, Junta Directiva y Junta de Vigilancia.

e) Si algún integrante de la Junta Directiva, Junta de Vigilancia y/o Asociado(a) es destituido(a), renuncia o fallece se elegirá su sucesor(a) de acuerdo a los procedimientos descritos en el Reglamento Interno.

f) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupuesto, en Asamblea General de Asociados(as).

g) Velar que la conformación de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia tenga representación igualitaria de mujeres y hombres.

h) La Asamblea a través de sus Asociados(as) activos podrá ejer-cer contraloría de la Administración de la Asociación, según los mecanismos estipulados en el Reglamento Interno.

i) Monitorear y evaluar el trabajo de los integrantes de la Junta de Vigilancia.

j) Acordar la disolución de la Asociación por el incumplimiento de los fi nes para la que fue creada, según estos Estatutos.

k) La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces al año, y Extraordinariamente, cuando la Junta Directiva o Junta de Vigilancia, lo considere necesario.

l) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno y todo lo que se deriven de éstos.

Art. 17.- Las resoluciones de la Asamblea General se acordarán por mayoría simple (la mitad más uno) de los votos de los(as) Asociados(as) inscritos(as) asistentes, salvo en lo referente a la disolución de la Aso-ciación que se deberá contar con la aprobación de las tres cuartas partes de los(as) Asociados(as) inscritos.

Art. 18.- En la Asamblea General Ordinaria, se tratarán los asun-tos comprendidos en la agenda aprobada por el pleno. En la Asamblea General Extraordinaria, sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la misma no se desarrollarán.

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Art. 19.- Las convocatorias a Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria, se harán por medio de un aviso escrito, al menos con

ocho días de anticipación, indicándose el lugar, día y hora que ha de

celebrarse. Si en la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por

falta de quórum mayoría simple de Asociados(as), ésta se llevará a

cabo ocho días después de convocada la primera, en este último caso,

las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que

formalmente convocados no asistieron, y para una Extraordinaria tres

días después de la convocatoria.

CAPÍTULO III

DE LA DIRECCIÓN DE LA ASOCIACIÓN:

JUNTA DIRECTIVA

Art. 20.- La Junta Directiva estará integrada inicialmente por

cinco personas con Cargos Titulares, número que será ampliado en al

menos un representante por cada comunidad o sector que se incorpore y

dependiendo del análisis previo del diseño técnico y socio económico y

sobre la representatividad y cobertura del servicio y tomando en cuenta

el perfi l para cargos directivos.

Art. 21.- Los Cargos Titulares de la Junta Directiva, son los si-

guientes:

a) Coordinador(a) de Gestión

b) Coordinador(a) Legal

c) Coordinador(a) de Finanzas

d) Coordinador(a) Social, Salud y Medio Ambiente.

e) Coordinador de Mantenimiento.

Art. 22.- Los cargos titulares de la Junta Directiva serán ocupados

por personas que hayan sido electas en Asamblea General de Asociados.

Los cargos deben alternarse entre mujeres y hombres para cada período

de gestión.

La distribución de los cargos de la Junta Directiva será defi nida

democráticamente entre sus integrantes en sesión de Junta Directiva,

considerando las fortalezas, habilidades y conocimientos que se requieran

para el desempeño en cada uno de los cargos.

Art. 23.- La estructura organizativa de la Junta Directiva es de

orden horizontal donde todos y cada uno de sus integrantes poseen los

mismos derechos y deberes en la toma de las decisiones de la Asociación;

sin embargo, cada integrante de la Junta será el referente de un área

de responsabilidad para asegurar el buen desempeño de las funciones

generales descritas en estos Estatutos y funciones específi cas descritas

en el Reglamento Interno.

Art. 24.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente al menos

una vez por mes, y Extraordinariamente cuando sea necesario para dar

resolución a los problemas derivados de la administración, operación y

mantenimiento del proyecto.

Art. 25.- Las personas integrantes de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia que representan a la comunidad, serán electas para un período de dos años, las que podrán ser reelectas para un período más las veces que la Asamblea General lo determine.

Los cargos directivos de ambas Juntas, se sugiere que al menos en un 50% de los directivos salientes, con buen testimonio y capacidad reconocida, continúen dentro de ambas juntas, quedando sujetos a competir juntamente con los nuevos directivos, para los distintos cargos directivos. Para el caso de la primera Junta Directiva y Junta de Vigilancia, serán sometidos a elección al fi nal de los primeros dos años. Ambos eventos de elección o reelección serán en un solo acto.

Art. 26.- Los cargos en la Junta Directiva y Junta de Vigilancia serán ad-honorem; sin embargo gozarán de una dieta, viáticos o retribución establecida por acuerdo de la Asamblea de Asociados(as) y expresada en el Reglamento Interno de la Asociación, además cuando el(la) Directivo(a) trabaje en actividades ofi ciales fuera del Municipio, podrá otorgársele un viático, según tabla prevista en el Reglamento Interno.

Art. 27.- Los integrantes de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia si deciden participar como aspirante a un cargo público vía un partido político, deben renunciar o solicitar permiso a su actual cargo, pudiendo incorporarse o no a sus funciones después de fi nalizados el proceso electoral y de acuerdo a los resultados del mismo proceso.

Art. 28.- Los requisitos para ser integrante de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia son:

a) Mayor de 21 años.

b) Ser benefi ciario del Proyecto.

c) Residir en el área de cobertura del sistema de agua adminis-trado por la Asociación.

d) Habilidades de escritura y lectura, buenas relaciones interpersonales y liderazgo basado en principios.

e) Ser una persona reconocida por su buena conducta y valores personales.

f) Ser Asociado(a).

g) Estar solvente con la Asociación.

h) Estar en pleno goce de sus derechos civiles.

i) Estar en plenitud de sus capacidades mentales.

j) Poseer espíritu de servicio.

k) Participación voluntaria.

Art. 29.- De la elección de nuevos integrantes de la Junta Direc-tiva y Junta de Vigilancia; tres meses antes de cumplir su período, la Junta Directiva convocará a la Asamblea General para elegir los(as) sucesores(as), respetando los procesos de elección establecidos en estos Estatutos y el Reglamento Interno.

Art. 30.- De la suspensión temporal o defi nitiva de un(a) integrante de la Junta Directiva. Las sanciones por incumplimiento a estos Estatutos estarán reguladas en el Reglamento Interno.

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Para proceder a la suspensión temporal o defi nitiva de un integrante de la Junta Directiva por faltar sin justifi cación a dos reuniones Ordinarias y/o Extraordinarias consecutivas programadas, por incumplimiento de sus funciones, por promover acciones que atenten contra las gestiones que desarrolla la Asociación y por expresiones públicas y/o privadas que atente contra la honorabilidad de alguno de sus colegas coordinadores(as) y miembros de la Junta de Vigilancia. Será la Junta de Vigilancia quien investigue y documente el caso, otorgando el derecho de defensa de la persona implicada; la resolución fi nal o suspensión temporal, lo defi nirá la Junta Directiva a sugerencia de la Junta de Vigilancia.

Art. 31.- La Junta Directiva, sobre la base de sus atribuciones:

a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y lo propondrá a la Asamblea General para su aprobación.

b) Elaborar la propuesta de Reglamento Interno y propondrá a la Asamblea General para su aprobación.

c) Elaborar y proponer modifi caciones necesarias a los Estatutos y Reglamento Interno a la Asamblea de Asociados para su revisión y posterior aprobación por la Asamblea General.

d) Tramitar la obtención de la Personalidad Jurídica de la Aso-ciación conforme a lo establecido por la Constitución de la República y Código Municipal.

e) Convocar a la Asamblea General a reuniones Ordinarias y Extraordinarias.

f) Coordinar y establecer las negociaciones de los contratos y/o convenios necesarios con el objetivo de fortalecer la gestión local o regional del recurso hídrico, con los gobiernos locales, las instituciones del Estado, organizaciones internacionales, organizaciones no gubernamentales o entidades privadas u otras asociaciones.

g) Velar que los fondos obtenidos a través del sistema de abaste-cimiento de agua potable sean aplicados para la sostenibilidad del mismo y la ejecución de acciones relativas a los fi nes de la Asociación dentro de sus comunidades, tomando en consideración el inciso "y" de este artículo.

h) Hacer cumplir los derechos y deberes de los Asociados(as) y usuarios, contemplados en los presentes Estatutos.

i) Informar a las autoridades correspondientes de la violación a las Normas de Salud y Ley de Medio Ambiente, por la población.

j) Autorizar y controlar los gastos de la administración y operación del sistema de agua en representación de la Aso-ciación.

k) Contratar al personal califi cado, necesario para la Unidad Administrativa/Operativa de la Asociación y autorizará y/o gestionará los recursos para capacitaciones dirigidas a la Junta Directiva, empleados, asociados(as) y usuarios(as) en temas o áreas que sean requeridas para el buen desarrollo de sus funciones o actividades que contribuyan a la salud y medio ambiente.

l) Contratar servicios externos de asistencia técnica, que forta-lezcan la capacidad de gestión de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia, así como, aquellos servicios especializados necesarios para mantener o mejorar el servicio de agua a las familias usuarias.

m) Analizar las solicitudes y autorizar las nuevas conexiones domiciliarias de conformidad con la recomendación técnica respectiva y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento Interno y ordenará la clausura de aquellas conexiones de usuarios que no cumplan con las disposiciones de dicho Reglamento.

n) Presentar a la Asamblea de Asociados(as) la(s) propuesta(s) de ampliación del sistema de agua, cuando éstas sean en áreas geográfi cas fuera del Municipio o cuando se trate de incorporar a la Asociación un nuevo sistema de agua potable para su administración.

o) Para el retiro de montos fi nancieros que sobrepasen dos veces el presupuesto mensual deberán ser aprobados por la Asamblea de socios, según procedimientos establecidos en el Reglamento Interno.

p) Establecer sanciones y multas defi nidas en el Reglamento Interno a Asociados(as) y/o usuario(as) que no cumplan con las normas y procedimientos de la Administración.

q) Elaborar la propuesta para la modifi cación de la tarifa por el servicio de agua, cuando la situación económica de la Aso-ciación lo amerite; por aumentos en los costos de operación u otras disposiciones de Ley que los lleven a tal determina-ción y lo presentará a la Asamblea de Asociados en primera instancia y a la Asamblea General para su aprobación.

r) Elaborar y ejecutar el Plan y Presupuesto Anual para la ope-ración, mantenimiento y administración del o los sistemas de Agua Potable, Salud, Saneamiento Básico y Educación.

s) Solicitar las auditorías internas a la administración cada seis meses y/o anualmente, a través de la Municipalidad (Corte de Cuentas) y en su defecto a través de una fi rma auditora externa.

t) Supervisar los registros, controles, reportes y procedimientos contables, el orden de los archivos del control de pago de servicio de agua potable, cuotas de conexión, reconexión, desconexión y listado de usuarios(as).

u) Gestionar y recibir donaciones y aportes para los fi nes de la Asociación, provenientes de fondos gubernamentales, internacionales o privados.

v) Resolver en Asamblea General todas las situaciones ex-cepcionales no previstas en los presentes Estatutos o en el Reglamento Interno.

w) Presentar la revisión del Plan de Trabajo y el Presupuesto Anual y posterior aprobación de Asamblea General en Sesión Ordinaria.

x) Presentar a consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión Ordinaria, la Memoria Anual de los resultados de su gestión y el Informe Financiero correspondiente a ese período.

y) Asegurar que los fondos monetarios de la Asociación sean manejados a través de las Instituciones Financieras formales establecidas en la Banca del País, garantizando que éstos sean utilizados para lograr la sostenibilidad del proyecto.

z) La Junta Directiva apoyará porque cada benefi ciario del agua cumpla con los compromisos y obligaciones descritos en los Estatutos de las ADESCOS existentes en los Caseríos benefi ciados.

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aa. La Junta Directiva convocará dos veces al año a la Directiva de las ADESCOS existentes en los Caseríos benefi ciados para planifi car actividades conjuntamente.

bb. No autorizar la venta o enajenación de acometidas exclusiva-mente por constituir un bien familiar, pudiéndose transferir si existe disolución del hogar, hacia la persona que quede responsable de la custodia de los menores de edad.

Art. 32.- Funciones Generales de los(as) integrantes de Junta Directiva:

La funciones generales asignadas a cada coordinador(a), deben ser interpretadas como funciones orientadoras, las que no se limitan sólo al marco de estos estatutos y reglamento sino que pueden desarrollar otras funciones no descritas en éstos. Las funciones designadas para cada coordinador (a), son complementarias al trabajo de equipo que la Junta Directiva desarrolla.

a. Coordinador/a General y de Gestión:

a) Promover el trabajo en equipo de la Junta Directiva, para el cumplimiento del Plan Anual de acuerdo a los fi nes de la Asociación.

b) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento Interno.

c) Representar legalmente a la Asociación, en ausencia del coordinador legal. Gestionar proyectos y programas que contribuyan al cumplimiento de los objetivos de la misma.

d) Establecer buenas relaciones Institucionales con orga-nismos gubernamentales y no gubernamentales para ser más efi ciente en sus gestiones.

e) Liderar y fortalecer los nexos de coordinación con las instituciones como el Gobierno Municipal, con el nivel local del Ministerio de Salud y Ministerio de Educación y todas aquellas instituciones de gobierno central con presencia en el municipio; con el propósito de comple-mentar actividades que se traduzcan en bienestar de la población benefi ciaria del o los sistemas administrados por la Asociación.

f) Autorizar los egresos del presupuesto certifi cado en actas de Junta Directiva y Asamblea General.

g) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resolucio-nes y aprobación de proyectos gestionados de la Junta Directiva y Asamblea General.

h) Promover que la niñez sea privilegiada impulsando acciones en salud y educación, que la Asociación desarrolle.

i) Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva, y Asamblea General.

b. Coordinador/a Legal:

a) Representar Legalmente a la Asociación.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y Asamblea General.

c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento Interno.

d) Asentar todos los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y Asamblea General y solicitar las fi rmas de los demás integrantes de la Junta Directiva en los libros respectivos.

e) Estar informado de toda la correspondencia enviada y recibida e informar a la Junta Directiva.

f) Firmar toda documentación emitida por la Junta Di-rectiva.

g) Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva, y Asamblea General.

h) En ausencia de él será el/la Coordinador (a) de Gestio-nes quien lo sustituirá para representar a la Asociación legalmente.

i) Asesorar legalmente a la Junta Directiva, y a la Asamblea General, en todos aquellos aspectos concernientes a la aplicación de los Estatutos y Reglamento Interno.

c. Coordinador/a de Finanzas:

a) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones fi nancieras de la Junta Directiva y Asamblea General.

b) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento Interno.

c) Supervisar y retroalimentar el desempeño del Administrador(a) y de los demás empleados.

d) Asegurar que la contabilidad sea formal, se mantenga en orden y actualizada.

e) Autorizar los egresos del presupuesto, certifi cado en actas de Junta Directiva.

f) Coordinar actividades administrativas con el Administrador(a).

g) Elaborar el Presupuesto Anual de los gastos de acuerdo a los planes de actividades a desarrollar, con los demás integrantes de la Junta Directiva.

h) Analizar con la Junta Directiva la tendencia fi nanciera de la Asociación, identifi cando aquellas áreas que sean consideradas como críticas o que ponen en riesgo la solvencia fi nanciera de la Asociación.

d. Coordinador/a Social, Salud y Medio Ambiente:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento Interno.

b) Impulsar, apoyar al Ministerio de Salud, en el segui-miento y/o ejecución de la estrategia de la casa del agua saludable, atención integral de nutrición en la comunidad y otras estrategias que sean en benefi cio de los asociados(as) usuarios y no usuarios del sistema de agua potable.

c) Coordinar y monitorear al personal contratado en las áreas de Salud y Medio Ambiente, para promover y desarrollar actividades del Plan de Salud y Medio Ambiente.

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d) Facilitar un espacio dentro de las instalaciones de la ofi cina comunitaria de la asociación, para personal responsable del Ministerio de Salud local, para coordi-nar, desarrollar planes y actividades de salud, para los usuarios y no usuarios del sistema de agua potable.

e) Coordinar Planes, Programas y Proyectos con Institu-ciones Gubernamentales y no Gubernamentales afi nes de la protección de la salud y medio ambiente.

f) Fortalecer y promover la formación de grupos de apoyo: brigadistas y voluntarias consejeras, para coordinar y operativizar las actividades del Plan Anual correspon-diente.

g) Promover dentro de la Junta Directiva y con la pobla-ción, acciones concretas de protección de los recursos naturales en el área de infl uencia del o los sistemas de agua y saneamiento que la Asociación administra, con especial énfasis en las áreas de recarga hídrica (micro cuencas) donde se encuentran las fuentes de agua que abastecen el o los sistemas de agua bajo su administra-ción.

h) Dar seguimiento a la disposición adecuada de las excretas humanas, al manejo adecuado de las aguas servidas y al manejo de la basura a nivel de los hogares en área de infl uencia del o los sistemas que la asociación adminis-tra.

i) Coordinar y apoyar con el nivel local del Ministerio de Salud, a través del director de la Unidad de salud y de los promotores (as) de salud responsables, todas aquellas actividades encaminadas a mejorar la salud de la población usuaria y no usuaria del sistema de agua, incluyendo aquellas actividades que resultan comple-mentarias a las ya abordadas por la Asociación.

j) Elaborar, gestionar y desarrollar programas de capa-citación al personal bajo su coordinación relacionados a salud y ambiental.

k) Promover que los(as) niños(as) sean privilegiadas y privilegiados con los servicios de salud promovidos por la Asociación.

l) Asegurar que las sugerencias escritas en el permiso ambiental, para la explotación del recurso hídrico establecido por el Ministerio de Medio Ambiente se cumplan.

m) Elaborar un Plan de Trabajo operativo con su respectivo Presupuesto.

n) Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y Asamblea General.

e. Coordinador/a de Operaciones y Mantenimiento:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y el Reglamento Interno.

b) Coordinar y monitorear el personal contratado en el área de operación y mantenimiento del proyecto de agua.

c) Elaborar el Plan de Trabajo y operativo con su respectivo Presupuesto.

d) Ser el responsable directo del mantenimiento preventivo

y correctivo del sistema de abastecimiento de agua

potable en coordinación con el personal empleado.

e) Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta

Directiva y Asamblea General.

CAPÍTULO IV

DE LA CONTRALORÍA DE LA ASOCIACIÓN:

JUNTA DE VIGILANCIA.

Art. 33.- La Junta de Vigilancia estará integrada inicialmente por

cinco personas representantes de la comunidad, integrando por lo menos

un miembro adicional por cada nuevo sistema que sea administrado por

la Asociación. El proceso de elección se describe en el Reglamento

Interno.

El período de elección de las personas que integran la Junta de

Vigilancia, será cada dos años. Los cargos directivos de la Junta de

Vigilancia, se sugiere que al menos en un 50% de los directivos salien-

tes, con buen testimonio y capacidad reconocida, continúen dentro de

ambas juntas, quedando sujetos a competir juntamente con los nuevos

directivos, para los distintos cargos directivos.

El rol de la Junta de Vigilancia es dar seguimiento a todo lo

actuado por la Junta Directiva de la Asociación, especialmente en lo

relativo al cumplimiento a los Estatutos y Reglamento Interno. La Junta

de Vigilancia será de carácter propositivo, proactivo y constructivo, y

mantendrá informado a los(as) Asociados de todo lo actuado por la Junta

Directiva.

Esta Junta tendrá acceso a toda la información, libros y registros que

lleva la Junta Directiva de la Asociación, previa solicitud por escrito.

La Junta de Vigilancia está facultada para solicitar a la Junta

Directiva, las reuniones con los coordinadores/as o con alguno/a en

particular, según el tema o asunto de interés.

Art. 34.- La Junta de Vigilancia estará conformada por cinco Cargos

Titulares, que son los siguientes:

a) Contralor(a) de Gestión.

b) Contralor(a) Social.

c) Contralor(a) de Finanzas.

d) Contralor de Salud y Medio Ambiente.

e) Contralor de Operación y Mantenimiento.

Estos cargos pueden variar según las necesidades y cambios que

se originen en Junta Directiva de la Asociación.

Art. 35.- La Junta de Vigilancia se reunirá Ordinariamente una vez

al mes, y Extraordinariamente las veces que sea necesario, convocada

por el(la) Contralor Social o cuando lo solicitasen por escrito las otras

personas integrantes, sólo la presencia total de sus integrantes establece

el Quórum, las resoluciones se tomarán por mayoría simple. Todos los

acuerdos deberán registrarse en el Libro de Actas.

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Art. 36.- La Junta de Vigilancia, sobre la base de sus atribucio-nes:

a) Monitorear y evaluar el trabajo de la Junta Directiva como de la efi ciencia de las personas que representan los cargos dentro de ella y hacer las recomendaciones pertinentes a los mismos, a la Asamblea General.

b) Informar a la Asamblea General, de cualquier situación que surja dentro de la Junta Directiva o de los cargos asignados que vayan en contra de los intereses de la Asociación.

c) Informar a la Asamblea General, de las gestiones positivas que la Asociación está desarrollando, a fi n de que los Asociados puedan conocer la gestión de la Junta Directiva.

d) Solicitar a la Junta Directiva cualquier informe que crea conveniente relacionado con la gestión que ésta desarrolla.

e) Vigilar que los gastos mensuales de la Asociación no excedan de lo aprobado en Asamblea General.

f) Dar Visto Bueno para que se someta a cualquier plaza que esté fuera del Presupuesto Anual que sea necesaria para la Administración de la Asociación.

g) Exigir las auditorías cuando la Junta Directiva no ha cumplido con esta función o no ha dado fe del rendimiento de cuentas y se considera en riesgo la administración.

h) Vigilar que la Junta Directiva facilite los medios para cumplir con los derechos de los(as) Asociados(as) y usuarios(as) del sistema de agua.

i) Cumplir los mecanismos de contraloría para la Administración de la Asociación que están establecidos en el Reglamento Interno.

j) Solicitar a la Asamblea General la destitución de integrantes Directivos cuando éstos hayan violado estos Estatutos.

k) Asegurar que la conformación de la Junta Directiva y la Junta de vigilancia sea igualitaria en número de hombres y mujeres.

l) Monitorear que la Junta Directiva cumpla sus acuerdos y resoluciones tomadas en Asamblea General.

m) Proponer a la Asamblea General la disolución de la Asocia-ción, siguiendo los procedimientos descritos en el Título de la Disolución de la Asociación en estos Estatutos y en el Reglamento Interno.

n) Además de las responsabilidades de fi scalización y contraloría, la Junta de Vigilancia también podrá ejercer acciones de apoyo a la Junta Directiva, a la Asamblea General para el cumplimiento de los objetivos de la Asociación.

Art. 37.- Funciones Generales de las personas que integran la Junta de Vigilancia

Contralor(a) de Gestión:

a) Representar a la Junta de Vigilancia cuando le sea solicitada su participación.

b) Velar porque se cumplan los acuerdos de Asamblea General, Junta Directiva y de la misma Junta de Vigilancia.

c) Participar en la elaboración del Presupuesto Anual de la Asociación, con la Junta Directiva de la Asociación.

d) Informar a la Asamblea General de cualquier situación que surja dentro de la Junta Directiva o de los cargos asignados que vaya en contra de los intereses de la Asociación.

e) Elaborar el Plan Anual de la Junta de Vigilancia con su Presupuesto junto al resto de integrantes.

f) Monitorear y evaluar el trabajo del(a) Coordinador(a) de Salud y Medio Ambiente de la Junta Directiva.

g) Realizar otras funciones que le sean encomendadas por acuerdo de la Junta de Vigilancia y General.

h) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.

i) Participar en actividades relacionadas a los fi nes de la Aso-ciación.

Contralor(a) Social:

a) Elaborar y llevar el archivo de Actas y toda documentación relacionada a las actividades de Junta de Vigilancia.

b) Tener a disposición el Registro de las personas Asociadas.

c) Monitorear y evaluar el trabajo del coordinador(a) de Gestión y coordinador(a) de Finanzas de la Junta Directiva.

d) Vigilar que el servicio de agua se preste con calidad y can-tidad.

e) Promover en la Junta Directiva que la cobertura de agua llegue a todos los hogares en donde existe red de distribución del servicio de agua, sino hay acceso también promover que se busquen los mecanismos para ampliarla, previo análisis técnico y socio económico.

f) Participar en actividades relacionadas a los fi nes de la Aso-ciación.

g) Elaborar el Plan Anual de la Junta de Vigilancia con su Presupuesto junto al resto de integrantes.

h) Coordinar con el(la) Administrador(a) la elaboración y distribución de convocatorias para Asamblea General.

i) Realizar otras funciones que le sean encomendadas por acuerdo de la Junta de Vigilancia y Asamblea General.

j) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

Contralor(a) de Finanzas:

a) Representar judicialmente los intereses de los (as) usuarios(as) del sistema de agua, apegado a los Estatutos y Reglamento Interno.

b) Emitir informes fi rmados por los integrantes de la Junta de Vigilancia de los hallazgos en la Administración que deben corregirse por la Junta Directiva

c) Monitorear y evaluar el trabajo de los(as) Coordinador(a) Legal y coordinadores(as) de Finanzas, de la Junta Directi-va.

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d) Solicitar auditorías cuando la Junta Directiva no ha cumplido con esta responsabilidad y porque se considera que la admi-nistración de la Asociación está en riesgo.

e) Da seguimiento a la Junta Directiva, para que ésta cumpla y/o supere observaciones que resulten en los informes de auditorías.

f) Da seguimiento a las gestiones de tipo administrativo y fi nanciero que realiza la Junta Directiva.

g) Da seguimiento a quejas y resoluciones que han sido planteadas por los usuarios a la Junta Directiva.

h) Monitorear que el personal empleado cumple con sus fun-ciones y que la Junta Directiva les otorga sus prestaciones de acuerdo al Reglamento de Trabajo y contratos establecidos con cada empleado(a).

i) Realizar otras funciones que le sean encomendadas por acuerdo de la Junta de Vigilancia y Asamblea General.

j) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

k) Participar en actividades relacionadas a los fi nes de la Aso-ciación.

Contralor Social, Salud y medio ambiente:

a) Representar a la Junta de Vigilancia cuando le sea solicitada su participación

b) Elaborar y ejecutar dentro del Plan de Anual el Presupuesto para campañas de reforestación.

c) Velar porque se cumplan los acuerdos de la Asamblea General, Junta Directiva y la misma Junta de Vigilancia.

d) Elaborar el Plan Anual y Presupuesto en el área de salud.

e) Monitorear y evaluar el trabajo del coordinador en salud y medio ambiente.

f) Realizar otras funciones que le sean encomendadas por la Junta Directiva.

g) Participar en actividades relacionadas a los fi nes de la Aso-ciación.

h) Elaborar y presentar dentro del Plan Anual un Presupuesto para campañas de limpieza.

i) Vigilar las zonas de recarga del proyecto para evitar la tala de árboles en dichas áreas.

j) Promover y vigilar actividades afi nes de la Asociación refe-rente a la reforestación y tala indiscriminada de árboles.

Contralor de Operación y Mantenimiento:

a) Representar a la Junta de Vigilancia cuando le sea solicitada su participación.

b) Participar en la elaboración del Presupuesto Anual en el área de operación y mantenimiento del proyecto.

c) Monitorear que el personal empleado en el área, cumpla con todas sus funciones con prontitud y efi ciencia.

d) Monitorear y evaluar el trabajo del bombero de la Asocia-ción.

e) Monitorear y evaluar el trabajo del coordinador de operación y mantenimiento de la Junta Directiva.

f) Monitorear los trabajos de reparación de tuberías del proyec-to.

g) Vigilar que el servicio del agua se preste con calidad y cantidad sufi ciente.

CAPÍTULO V

DE LA OPERACIÓN DE LA ASOCIACIÓN

Art. 38.- La Unidad Administrativa /Operativa, será la responsable de la coordinación de los recursos fi nancieros, humanos y materiales de la Asociación, a través de un(a) Administrador(a) con experiencia y formación académica acorde a rol y funciones a desempeñar y dos fontaneros para atender la parte operativa.

Art. 39.- La defi nición de la política de personal contratado o a ser contratado por la Asociación estará a cargo de la Junta Directiva, especifi cando la estructura salarial, la evaluación del desempeño, las prestaciones y otras condiciones sobre las relaciones de trabajo y el desa-rrollo del recurso humano; lo cual constará en el Reglamento Interno.

Art. 40.- Los tipos de contratos que celebrará la Asociación serán: Contratos por Servicios Eventuales, Contratos por Servicios Profesionales y Contratos por Tiempo Defi nido, bajo los procedimientos establecidos en el Reglamento Interno y al Código de Trabajo.

Art. 41.- Corresponderá al administrador la responsabilidad de velar porque se hagan efectivos los términos de contratación de cada empleado y el cumplimiento de las normas reglamentarias que en materia de personal haya establecido la Asociación. Además, deberá participar en reuniones de Junta Directiva a solicitud de ésta, dándole el derecho a voz pero no a voto.

Art. 42.- No podrán ser empleados de la Asociación, quienes sean cónyuges o parientes en primero grado de consanguinidad y afi nidad, de la Junta Directiva, Junta de Vigilancia y de los(as) empleados(as) de la Asociación.

TÍTULO IV

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES

DE LA ASOCIACIÓN

CAPÍTULO I

DEL FONDO PATRIMONIAL DE LA ASOCIACIÓN

Art. 43.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Activos corrientes.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-mente; y todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos.

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c) Ingresos netos provenientes de los fondos no patrimonia-les.

d) Los bienes que han sido transferidos para su administración defi nitiva sin reciprocidad.

e) Fondos provenientes de otras actividades.

Art. 44.- La Asociación es propietaria de todo el Sistema de Abas-tecimiento de Agua Potable, descrito en escritura pública de donación.

Art. 45.- Todos aquellos bienes que le hayan sido entregados en comodato por la Municipalidad, o aquellos que hayan sido transferidos bajo concesión por cualquier otra institución, no serán considerados Patrimonio de la Asociación, sin embargo podrán ser utilizados para sus fi nes.

Art. 46.- Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio no podrán ser enajenados, donados, vendidos, alquilados o concedidos, por constituir un bien social, excepto en los casos especifi cados en el reglamento interno.

Art. 47.- La Asociación deberá llevar los registros contables exi-gidos por las leyes correspondientes y necesidades propias de la misma; al fi nal de cada año se harán los estados fi nancieros que demuestren la situación fi nanciera y de operación del correspondiente período.

CAPÍTULO II

DE LAS APORTACIONES NO PATRIMONIALES

Art. 48.- Las aportaciones no Patrimoniales estarán constituidos por:

a) Fondos provenientes del pago por servicio de agua (Tarifa)

b) Aportaciones por instalación de nuevas acometidas.

c) Aporte económico por derechos de conexión.

d) Aportaciones por desconexión y reconexión.

e) Multas por mora.

f) Multas por conexiones ilegales.

g) Fondos por fi anzas.

h) Los bienes que han sido transferidos de forma temporal o defi nitiva por otra institución.

i) Sistemas de agua que hayan sido transferidos para su administración, a menos que los documentos legales que respaldan esa concesión exprese que esos pasan a ser parte de su patrimonio.

CAPÍTULO III

DE LOS EGRESOS DE LA ASOCIACIÓN

Art. 49.- Los egresos de la Asociación:

a) Gastos operativos, administrativos y de mantenimiento.

b) Inversiones por ampliaciones y mejoras.

c) Gastos eventuales e imprevistos, de acuerdo a los establecidos

en el Reglamento Interno.

TÍTULO V

DE LA DISOLUCIÓN

CAPÍTULO ÚNICO

Art. 50.- La disolución de la Asociación podrá acordarse por las

causales siguientes: por incumplimiento de los fi nes para los que fue creada

o por la imposibilidad manifi esta de realizarlos, por el incumplimiento de

los Estatutos y el Reglamento Interno y por la disminución en el número

de asociados /as que lleguen a un número menor de veinticinco.

Art. 51.- La disolución de la Asociación podrá ser acordada en

sesión extraordinaria de Asamblea General, con la asistencia del 90%

de los Asociados(as) Activos, y con la votación favorable de las tres

cuartas partes de los Asociados(as) debidamente registrados en el libro

respectivo.

Art. 52.- La Junta de Vigilancia tiene la facultad de proponer en

Asamblea General Extraordinaria, la disolución de la Asociación por las

causales antes mencionadas. En tal caso, la Asamblea General deberá

nombrar una Comisión de Asociados(as) que investigue las razones.

Dicha comisión dispondrá de 30 días para elaborar el informe y emitir

su fallo.

Art. 53.- Al disolverse y liquidarse la Asociación, los bienes de

cualquier naturaleza no serán distribuidos directa o indirectamente entre

sus Asociados(as), sino que pasarán a la Municipalidad de Sesori, para su

custodia temporal y en un período de 60 días, esta municipalidad junto a

la comisión formada de Asamblea General de Asociados organizarán una

nueva entidad administradora, de acuerdo a los intereses mayoritarios

de los usuarios(as) del servicio de abastecimiento de agua y de acuerdo

a las regulaciones y leyes vigentes en el país.

Art. 54.- Agotados los recursos de la creación de una nueva ad-

ministración, con pruebas testimoniales escritas de los procesos que se

siguieron y que los resultados no fueron favorables, según el artículo

anterior, la municipalidad de Sesori y los usuarios(as) del sistema de

agua, podrán solicitar la intervención de una institución u organización

que les apoye en la organización de la nueva entidad administradora.

Art. 55.- Sí la Asociación se disuelve deberán crearse los docu-

mentos legales que garanticen la liquidación de la misma y conservará

su Personalidad Jurídica hasta el momento de la liquidación.

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

TÍTULO VI

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO ÚNICO

Art. 56.- Para modifi car los presentes Estatutos será necesario la asistencia de al menos el 90% de los Asociados(as) Activos registrados, y el voto favorable de al menos las tres cuartas partes. En Asamblea General Extraordinaria para tal efecto, además deberá seguir todos los procedimientos legales efectuados en la constitución de la Asociación, lo cual se describe en el Reglamento Interno.

Art. 57.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado y/o modifi cado o derogado por la Junta Directiva, Junta de Vigilancia y aprobado con la asistencia de al menos el cincuenta por ciento más uno de los(as) Asociados(as) Activos(as) y con la aprobación de las tres cuartas partes de los asistentes en Asamblea General en sesión Extraordinaria.

Art. 58.- La Asociación llevará sus libros de Registros de Asociados(as), de usuarios(as), Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, Actas de Junta de Vigilancia, Libros y Registros Contables.

Art. 59.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de Sesori, durante los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, Junta de Vigilancia, la Nómina de los Asociados(as), informe de las sustituciones o ratifi caciones de las mismas.

Art. 60.- La Asociación queda facultada para asumir la administra-ción temporal o defi nitiva de otros sistemas de abastecimiento de agua y saneamiento en el futuro, considerados como viables, sin que esto ponga en riesgo su capacidad de prestación de servicio de la gestión actual. En tal caso, la asociación evaluará la actualización de la reglamentación interna.

Art. 61.- Las situaciones que no sean solventadas por la Asociación, serán resueltas con el apoyo de la municipalidad de Sesori, organismos locales, nacionales o internacionales según sea la situación.

Art. 62.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

CERTIFICA: Que a las páginas 63 a la 68 del Libro de Actas y Acuerdos Municipales que lleva esta Alcaldía en el corriente año, se

encuentra la que literalmente dice: ACTA NUMERO OCHO.- Sesión

Extraordinaria celebrada por el Concejo Municipal de la ciudad de Sesori,

departamento de San Miguel, a las nueve horas del día veinticuatro de

marzo de dos mil catorce: Convocada y presidida por el señor Alcalde

Municipal don René Alexander Portillo; con asistencia de los señores:

José Luis Amaya, Síndico Municipal; Santos Leonel Cañas Aragón, Pri-

mer Regidor Propietario; José René Nolasco Guevara, Segundo Regidor

Propietario; Francisco Omar Portillo Vásquez, Tercer Regidor Propietario;

Francisco Leonel Vásquez Machado, Cuarto Regidor Propietario; José

Salvador Rivera Machado, Quinto Regidor Propietario; Paz Navarrete,

Sexto Regidor Propietario; Daysi Morena Lemus de Amaya, Primer

Regidor Suplente; Carmen Josué Reyes Ventura, Segundo Regidor Su-

plente; José Gabriel Ortiz Coreas, Tercer Regidor Suplente; Polidecto

Zelaya Vásquez, Cuarto Regidor Suplente; Blanca Etelvina Vásquez de

Lizama, Secretaria Municipal con el objeto de tratar asuntos de mucha

importancia. Abierta la sesión la Secretaria dio lectura del acta anterior,

la que fue aprobada sin observaciones. Después de deliberar sobre los

puntos a tratar en esta sesión, en uso de las facultades que le confi ere la

ley, este Concejo Municipal emite los acuerdos siguientes: ACUERDO

MUNICIPAL No. 1: Vistos los Estatutos de la Asociación Comunal

Administradora del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable, Salud,

Medio Ambiente y Saneamiento Básico, que se denomina: “Ríos de

Bendición” y que se podrá abreviar: “ACASAPMAT” para el Desarrollo

de los Caseríos El Coyol, Mazatepeque, Jocotillo, San Jorge, Quebra-

chito, y Santa Rosita, del Cantón Mazatepeque, Sesori, Departamento

de San Miguel, compuestos de SESENTA Y DOS (62) Artículos y no

encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la

República, al orden público, ni a las buenas costumbres, de conformidad

al numeral 23 del artículo 30, en relación con los artículos 118 y 119

del Código Municipal vigente, Acuerda: Aprobarlos en todas sus partes

y conferirles el carácter de Personalidad Jurídica. PUBLIQUESE.- No

habiendo más que hacer constar se da por terminada la presente que fi r-

mamos.- R.A.PORTILLO; J.L.AMAYA; S.L.CAÑAS.; J.R.NOLASCO;

F.O.PORTILLO V.; F.L.VASQUEZ; J.S.RIVERA M.; P.N.; DAYSI

MORENA LEMUS DE AMAYA; C. J. R. V; J. G. O. C; POLIDECTO

ZELAYA V.; B. E. V. DE LIZAMA.- SRIA.- RUBRICADAS.

Es conforme con su original con el cual se confrontó y para remitirlo

a donde corresponde se expide la presente en la Alcaldía Municipal de

Sesori, uno de abril de dos mil catorce.

RENÉ ALEXANDER PORTILLO,

ALCALDE MUNICIPAL.

BLANCA ETELVINA VÁSQUEZ DE LIZAMA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F000380)

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL COMUNIDAD EL COBANO DE CANTON

LLANOS DE ACHICHILCO DEL MUNICIPIO DE

SAN VICENTE, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.

CAPITULO UNO

DENOMINACION, DURACION, DOMICILIO,

SIMBOLOGIA, FINES Y METAS

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el ordenamiento legal, municipal y todas las demás disposiciones legales aplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el desarrollo de los Planes, Programas y Proyectos de interés social, cultural y económico; es de carácter apolítico, no religioso y no lucrativo; y se denominará ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL CO-MUNIDAD EL COBANO, la cual podrá abreviarse "ADESCOCEC", que en los presentes Estatutos se llamará La Asociación.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos pre-vistos en Ordenanzas y Reglamentos Municipales y estos Estatutos.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será COMUNIDAD EL COBANO, CANTON LLANOS DE ACHICHILCO DEL MUNICIPIO DE SAN VICENTE, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.

Art. 4.- Esta Asociación tendrá como distintivo un sello, de for-ma circular, en su interior se lee: Asociación de Desarrollo Comunal Comunidad El Cóbano, Cantón Llanos de Achichilco, Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente. En el centro un dibujo del volcán la cual representa que somos Vicentinos, la fi gura de un árbol que signifi ca la relación con el medio ambiente y el sol de la esperanza y un buen porvenir.

Art. 5. - Los fi nes de la Asociación son de carácter general.

Son fi nes generales:

a) La formación del hombre y la mujer en lo que respecta a educación, salud y economía, medio ambiente y deporte; la obra física será considerada como un medio y proyección que la Asociación aprovechará para el logro de lo primero en este literal.

b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de sus miembros y todos los habitantes de la comunidad.

c) Impulsar y participar en programas de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fi n de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.

d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, juntamente con el Concejo Municipal, otros Organismos Gubernamentales e Instituciones Autónomas, Privadas y/o persona jurídica que participan en programas y proyectos de benefi cio comunal.

Art. 6.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo a un Plan de Trabajo, aprobado por la Alcaldía Municipal de San Vicente, el desarrollo del hombre, la mujer, la niñez, la Juventud y la Tercera edad, es lo primero, procurando su formación integral espontánea, por medio de la educación, la cultura, la economía, la salud y el deporte; incentivando la democratización, factor indispensable para la buena armonía de la ciudadanía.

La obra física será producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las Instituciones Estatales, Empresas Privadas e Instituciones Internacionales. La Asociación se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo lo siguiente:

1.- Proyecto de legalización de inmueble.

2.- Proyecto gestión para la construcción de viviendas.

3.- Proyecto de introducción de agua potable.

4.- Introducción de alumbrado público.

5.- Pavimentación de Calle y Pasajes de toda la Comunidad.

6.- Construcción y equipamiento de clínica comunal.

7.- Gestión de letrinas.

8.- Construcción de casa comunal.

9.- Gestión de centro de esparcimiento y recreación.

CAPITULO DOS

DE LOS SOCIOS

Art. 7.- La calidad de los socios será: Fundadores, Activos y Ho-norarios.

Todos deben ser mayores de dieciocho años, residentes en la comunidad y adquirir el compromiso de ayudar a la misma:

a) Son Socios Fundadores: Todas las personas que fi rmaron el Acta de Constitución de la Asociación y gozarán de los derechos y obligaciones que estos Estatutos señalan.

b) Son Socios Activos : Todas las personas que reúnan los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindades colindantes inmediatas, que hayan residido en este lugar por un periodo no menor de un año.

c) Son Socios Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o/a propuesta de la Junta Directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación o Comunidad.

Art. 8.- Son derechos de los Socios Activos:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Generales Ordinarias.

c) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva.

d) Retirarse voluntariamente de la Asociación, presentando su justifi cación por escrito ante la Asamblea General.

e) Gozar de los servicios y privilegios que brinde la Asocia-ción.

f) Todos los demás que le confi eren estos Estatutos, el Regla-mento Interno y otras leyes aplicables.

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Art. 9.- Son deberes de los Asociados:

a) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación.

b) Asistir con puntualidad a las Asambleas Generales para las cuales hayan sido convocados con anterioridad, o hacerse representar en ellas en caso de no poder asistir.

c) Contribuir económicamente al sostenimiento de la Asocia-ción.

d) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que se les encomendare.

e) Fomentar el espíritu de servicio entre los Asociados.

f) Cumplir estos estatutos y demás reglamentos y obedecer las disposiciones de las Asambleas Generales y Junta Directiva, siempre que sean relacionados con los fi nes de la Asocia-ción.

Art. 10.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

CAPITULO TRES

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 11.- El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 12.- La Asamblea General será el máximo organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de Socios Activos, pudiendo haber representación de Socios; pero cada Socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría simple de los presentes o representados.

Art. 13.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces al año con intervalos de seis meses, y Extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez miembros afi liados a la Asociación.

Art. 14.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Socios; en las Asambleas Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos compren-didos en la convocatoria, y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la agenda será nula.

Art. 15.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los Socios con quince días de anticipación para la primera, y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará acabo el día siguiente a la misma hora y lugar indicado con los Socios que concurran. En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aún para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

Art. 16.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Conocer de la Memoria Anual presentada por la Junta Di-rectiva, aprobándola o desaprobándola.

c) Destituir por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la cali-dad de miembros a los que hubieran renunciado, fallecido o pierdan su calidad de socios.

d) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-te.

e) Otorgar la calidad de Socio Honorario.

f) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.

g) Aprobar el Plan de Trabajo Anual y el Presupuesto corres-pondiente.

h) Acordar la aprobación o modifi cación de los presentes Estatutos a iniciativa de la Junta Directiva, o a solicitud del 60% de los socios, como mínimo y someterlos a la aprobación del Concejo Municipal,

i) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que sean necesarios.

j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos que se dictaren.

CAPITULO CUATRO

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 17.- La Junta Directiva será integrada por once miembros electos en la Asamblea General por votación nominal y pública.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Secretario de Actas, un Tesorero, un Síndico y cinco Vocales.

Art. 18.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años, los miembros directivos sólo podrán ser reelectos por un período más, total o parcial.

Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince días, y Extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presi-dente; para que la sesión sea válida, deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente o quien haga las veces, tendrá voto de calidad.

ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 20.- Son Atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar el Reglamento Interno de la Asociación y someterlo a la aprobación de la Asamblea General.

b) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los Socios.

c) Autorizar y controlar la inversión provechosa y útil de los recursos económicos de la Asociación.

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d) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales e imprevistas que se presenten y cuya solución no está con-templada en los Estatutos o Reglamentos Internos.

e) Tomar las medidas necesarias para la aplicación de los Reglamentos y de cualquier otra disposición emanada de la Asamblea General.

f) Resolver amistosamente por sí o por medio de una Comisión Especial nombrada al efecto, los casos de diferencia que surjan entre los Socios.

g) Presentar a la Asamblea General la Memoria Anual de La-bores.

h) Convocar a los socios a sesiones de Asamblea General Or-dinaria y Extraordinaria.

i) Vincularse con el Concejo Municipal, Organismos Estatales y entidades privadas, que sus principios sean democráticos y hagan labor de Desarrollo Comunal.

j) Informar a la Asamblea General en la fecha previamente acordada, las actividades que desarrolla y presentar el Plan de Trabajo, anexando el presupuesto respectivo y dar informes a los Organismos que cooperan.

k) Velar porque el Patrimonio de la Asociación, sea aplicado adecuadamente en la consecución de sus fi nes.

l) Autorizar y controlar los gastos que afecten los recursos económicos de la Asociación.

m) Tomar las medidas necesarias y correctivas para el cum-plimiento y aplicación de las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA

JUNTA DIRECTIVA

Art. 21.- Funciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Firmar los documentos de pago de Tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el Presupuesto Anual.

c) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea General y presentar los informes correspondientes.

d) Representar legalmente a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.

Art. 22.- Funciones del Vicepresidente:

a) Colaborar en todas las funciones del Presidente.

b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente, ya sea temporal o defi nitivamente.

c) Ejecutar las funciones que el Presidente le delegue.

d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.

e) Colaborar en la elaboración de la Memoria Anual de Labo-res.

f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-tan.

Art. 23.- Funciones del Secretario General:

a) Mantener una campaña permanente de afi liación y presentar informes a la Junta Directiva.

b) Recibir las solicitudes de ingreso de nuevos Asociados y darlas a conocer a la Junta Directiva y Asamblea General.

c) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señalen el Reglamento Interno.

d) Llevar un registro actualizado de los Socios.

Art. 24.- Funciones del Secretario de Actas:

a) Llevar los Libros de Actas y Acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, en las cuales se haga constar las actuaciones de la Asociación.

b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

c) Convocar a las sesiones de la Junta Directiva y girar las convocatorias para Asamblea General.

Art. 25.- Funciones del Tesorero:

a) Llevar el registro de inventario general de bienes muebles e inmuebles.

b) El Tesorero será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación.

c) Llevar los libros de contabilidad o cuentas de las mismas y se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación.

d) Dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en cada sesión, del estado económico de la misma.

e) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si los hubiere.

f) Recolectar la cuota de los Asociados.

g) Elaborar el anteproyecto del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y la Asamblea General.

h) En todos los casos los gastos serán autorizados con su fi r-ma.

i) Los fondos serán depositados en una Institución Bancaria o Crediticia.

j) Las fi rmas del Presidente y Tesorero de la Asociación serán requeridas para todo tipo de retiro de fondos.

k) Responder solidariamente con el Presidente por el Patrimonio los fondos de la Asociación.

Art. 26.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representar Judicial y Extrajudicialmente los intereses de la Asociación en todo lo relacionado a sus bienes, derechos y obligaciones.

b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus labores.

c) Asesorar a los Asociados conforme a lo establecido en las leyes vigentes y darles asistencia legal.

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Art. 27.- Funciones de los Vocales:

a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.

b) Desempeñar las comisiones que les designen la Asamblea General y la Junta Directiva.

c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad, en caso de suspensión temporal de algún miembro Directivo, la Junta Directiva designará de entre los Vocales quien debe desempeñar las funciones del suspendido por el tiempo que dure la suspensión.

DEL COMITE DE VIGILANCIA

Art. 28.- El Comité de Vigilancia será electo en la Asamblea General Extraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva, y se constituirá con tres miembros; el período de funciones del Comité iniciará y concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.

Art. 29.- Las funciones del Comité de Vigilancia serán de contro-lar; tendrá acceso a todos los libros, facturas y otros documentos para realizar su función. Recibirá denuncias de los Asociados contra la Junta Directiva.

Una vez recibida una denuncia, el Comité iniciará una investigación, el resultado éste, será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado.

Art. 30.- El Comité de Vigilancia tendrá la facultad de convocar a reunión Extraordinaria y hacer propuestas de destitución de la Junta Directiva en pleno o individualmente.

DE COMITES DE APOYO LOCAL

Art. 31.- La Asociación tendrá la potestad de crear Comités de Apoyo Local, que vendrán a benefi ciar el desarrollo integral de la Comunidad. Dichos Comités estarán regulados por la misma Asociación, y al menos un miembro de la Junta Directiva formará parte de ellos, excluyendo al Presidente de la Asociación. Dichos Comités serán electos consecutiva-mente después de reestructurado la Junta Directiva y su período fi naliza cuando termina el de la Junta Directiva.

Art. 32.- La Asociación acordó la creación de los siguientes Comités de Apoyo:

a) Comité de Medio Ambiente.

b) Comité de Salud.

c) Comité de Recreación y Deportes.

d) Comité de Educación.

e) Comité de Formación Profesional.

f) Comité de agua.

g) Comité de Emergencia Comunal.

h) Y otros que benefi cien a la Comunidad.

Cada uno de ellos creará sus respectivos Reglamentos Internos.

CAPITULO CINCO

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 33.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) El monto de las contribuciones que aporten los Socios.

b) Las herencias, donativos y legados que reciba la Asocia-ción.

c) Los fondos recaudados de actividades programadas y reali-zadas.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos.

Art. 34.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta aportará el cinco por ciento para formar el Fondo de Reserva a fi n de incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación. La que llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.

CAPITULO SEIS

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 35.- La Asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas partes de los Socios así lo dispongan en Asamblea General, y en tal caso los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el Concejo Municipal lo destinará a Programas de Desarrollo Comunal preferen-temente en la localidad del domicilio de la Asociación, mientras no se realice su inversión el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal Jurisdiccional.

CAPITULO SIETE

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION

DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

Art. 36.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones a las Ordenanzas, Reglamentos Municipales y estos Estatutos.

Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientes anomalías:

a) Por mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.

b) Por negarse sin motivo justifi cado a cumplir los cargos de elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea General o Junta Directiva.

c) Por promover actividades políticas, religiosas o antidemocráticas y de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.

d) Por obtener benefi cios por medio del fraude, para sí o para terceros que afecten a la Asociación.

e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asociación.

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Art. 37.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General, podrán ser suspendidos temporal o defi nitivamente según la gravedad del caso.

La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva. En caso de la suspensión defi nitiva fuera confi rmada, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refi ere el inciso anterior,

Art. 38.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una Comisión de dos de sus miembros, y juntamente con el Comité de Vigilancia, ellos investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá.

Art. 39.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de confor-midad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, por lo menos un número de cinco Asociados podrán pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:

a) El nombramiento dentro de los mismos, de la comisión investigadora.

b) Convocar a la Asamblea General que conocerá sobre la sus-pensión en base a los informes de la Comisión Investigadora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de miembros cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el inciso anterior, en todos los casos de este artículo, será la Asamblea General la que resuelva sobre la suspensión temporal o defi nitiva de los miembros. Y en la misma sesión elegirá y dará posesión por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los Directivos suspendidos.

Art. 40.- De las resoluciones establecidas por la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse el recurso de revisión, ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso.

CAPITULO OCHO

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 41.- Los Directivos o Socios que retengan o secuestren la documentación, bienes muebles e inmuebles, (Libros de Actas y Contabilidad, Diarios Ofi ciales, Sello, Listados de Socios y dinero en efectivo o libretas de cuentas de ahorro), propiedad de la Asociación, se sancionará de forma administrativa y se demandará judicialmente ante las autoridades competentes.

Art. 42.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso propor-cionará al Concejo Municipal cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación.

Art. 43.- Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en forma defi nitiva.

Art. 44.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de la Nueva Junta Directiva deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el Plan de Trabajo correspondiente y la nómina de la Nueva Junta Directiva.

Art. 45.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno en Asamblea General, podrá acordar la entrega de certifi cados, diplomas o medallas al mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestran espíritu de servicio a favor de la Asociación y de la comunidad.

Art. 46.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será sometido por la Junta Directiva a la Asamblea General para su aprobación.

Art. 47.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de sesiones del Concejo Municipal, ACTA NUMERO ONCE, en sesión Ordinaria de fecha veintiuno de marzo del año dos mil catorce, se encuentra el acuerdo que literalmente dice:

ACUERDO NUMERO DOCE: Vistos los Estatutos de la ASO-CIACION DE DESARROLLO COMUNAL DE LA COMUNIDAD EL COBANO DEL CANTON LLANOS DE ACHICHILCO, Jurisdic-ción de San Vicente, Departamento San Vicente, que podrá abreviarse "ADESCOCEC", que consta de 47 Artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al orden pú-blico, ni a las buenas costumbres, de ningún otro derechos establecidos en la Constitución de la República, de conformidad con los Artículos 30 numeral 23 y 119 del Código Municipal, este Concejo Municipal ACUERDA: Aprobar los Estatutos antes mencionados y conceder a dicha Entidad el carácter de persona Jurídica. Certifíquese para su publicación en el Diario Ofi cial respectivo. PUBLIQUESE.

Es conforme con su original con el cual se confrontó y para que sirva de legal notifi cación, se extiende la presente a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil catorce.

MARIO FLORES PLATERO,

ALCALDE MUNICIPAL INTERINO.

LIC. MANUEL DE JESUS PORTILLO QUINTANILLA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F000281)

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas de esta fecha, se ha declarado a MARÍA EUGENIA MOLINA Viuda DE MARROQUIN, mayor de edad, Estudiante, del domicilio de Turín, con residencia en Colonia San José, Tercera Calle Poniente, Bock F, casa número diecisiete Cantón El Jobo, con Documento Único de Identidad nú-mero cero dos millones seiscientos veinticuatro mil trescientos cincuenta y uno- uno y NIT número cero uno cero tres- trece once ochenta- ciento cuatro – seis; ANA LUISA VALIENTE Viuda DE MARROQUIN de ochenta y un años de edad, ama de casa, del domicilio de Turín, con residencia en Barrio La Unión, Avenida Central Norte, número veintisiete, con Documento Único de Identidad número cero cero quinientos sesenta y nueve mil quinientos veintiuno- seis, y NIT número cero uno doce- trece cero tres treinta y dos-cero cero uno- tres y los menores KARLA MARÍA y JOSÉ HUMBERTO ambos de apellidos MARROQUIN MOLINA, de trece y diez años de edad respectivamente, estudiantes del domicilio de Turín, con residencia en Colonia San José, Tercera Calle Poniente, Bock F, casa número diecisiete, Cantón El Jobo, con números de NIT en su orden: cero uno cero uno- cero seis cero siete noventa y nueve- ciento uno- tres, y cero uno doce-quince cero siete cero dos – ciento uno tres; HEREDEROS DEFINITIVOS abintestato con Benefi cio de Inventario del causante HUMBERTO MARROQUIN VALIENTE, quien fue de treinta y seis años de edad, Empleado, fallecido siete de mayo del año dos mil doce, siendo la población de Turín del departamento de Ahuachapán, su último domicilio; la señora María Eugenia Molina Viuda de Marroquín en calidad de cónyuge y como representante legal de sus menores hijos Karla María Marroquín Molina y José Humberto Marroquín Molina, y la señora Ana Luisa Valiente Viuda de Marroquín como madre del causante.

Confi érasele a los HEREDEROS DECLARADOS, en el carácter dicho LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVAS de la sucesión con las facultades de ley.

Lo que se Avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las nueve horas y quince minutos del día veinte de marzo del año dos mil catorce. LIC. JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. HUGO ALCIDES MARTÍNEZ SANTILLANA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 376

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

LICENCIADO MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Ter-cero de lo Civil y Mercantil, de Santa Ana: De conformidad al artículo 1163 CC, al público en general.

HACE SABER: Que se han promovido por la Licenciada Julia Lisseth Pineda Castro, Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada con Benefi cio de Inventario, sobre los bienes que a su defunción dejara

el causante señor Jonathan Josué Rodríguez Hernández, quien falleció

sin haber dejado testamento, el día quince de agosto del año dos mil

trece, siendo éste su último domicilio, y este día se tuvo por aceptada la

herencia antes referida y se nombró como administradores y represen-

tantes interinos con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente de dicha sucesión, al señor Saúl Rigoberto Rodríguez

Barrera, y señora Ana Ruth Hernández Repreza, en calidad de padres

sobrevivientes del causante antes mencionado.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presen-

tarse a este Tribunal las personas que se crean con derecho a la herencia

que a su defunción dejara el referido causante.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, de la ciudad

de Santa Ana, a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil catorce.

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA. LIC. CLAUDIA VANESSA

SILVA DE AREVALO, SECRETARIA INTERINA DEL JUZGADO

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.

Of. 3 v. alt. No. 377-1

AVISO DE INSCRIPCIÓN

AVISO DE INSCRIPCIÓN

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-

CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO

DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos

16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero

de su Reglamento.

HACE SABER: Que la "ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE

AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO DE EMPLEADOS DEL GRUPO

PAILL, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", que se abrevia "ACO-

PAILL, de R.L.", con domicilio legal en el Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, ha sido INSCRITA en el Registro

Nacional de Asociaciones Cooperativas bajo el número, VEINTISÉIS

folios cuatrocientos nueve frente a folios cuatrocientos veintitrés frente

del Libro CUADRAGÉSIMO de Registro e Inscripción de Asociaciones

Cooperativas de AHORRO Y CRÉDITO, que lleva el Registro Nacional

de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DEL

FOMENTO COOPERATIVO, San Salvador, a los dieciocho días del

mes de marzo de dos mil catorce.

MISAEL EDGARDO DIAZ,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES

COOPERATIVAS.

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DE-PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "SAN LUIS AGUACAYO" DE RESPONSABILI-DAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA "ACOPASLA" DE R.L.. con domicilio en el municipio de Suchitoto, departamento de Cuscatlán, obtuvo su personalidad jurídica el día catorce de marzo del año dos mil catorce, e inscrita en el libro ciento dieciocho de Registro que esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Dos mil novecientos treinta y dos del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial el asiento y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.

NOTIFÍQUESE.

Santa Tecla, a los dos días del mes abril del año dos mil catorce.

LIC. ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO,

JEFA SECCIÓN JURÍDICA.

Of. 1 v. No. 379

TÍTULO MUNICIPAL

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN RAFAEL CEDROS, DEPARTAMENTO DE CUSCATLÁN.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado José Alirio Beltrán García, mayor de edad, abogado, de los domicilios de San Salvador y de Cojutepeque, con documento único de identidad número: cero dos millones noventa mil novecientos cincuenta y dos guión cinco; quien ha sido comisionado por la Señora Procuradora General de la República, en su calidad de Defensor Público de la misma, tal como lo comprueba con la Credencial que en original y copia presentó, para que actúe en nombre y representación de JOSÉ CRISTÓBAL ÁNGEL ALFARO, de cuarenta años de edad, soltero, comerciante, del domicilio de San Rafael Cedros, y con residencia en Barrio Concepción por el Tiangue, con Documento Único de Identidad número cero dos millones doscien-tos veintitrés mil doscientos cincuenta y cuatro guión dos, con número de Identifi cación Tributaria cero novecientos tres guión cero once mil setenta y dos guión ciento uno guión dos. Inicie y fenezca las respectivas diligencias de TITULO Municipal, a favor del expresado señor, respecto a un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Calvario, San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, de una extensión superfi cial de NOVECIENTOS VEINTISÉIS METROS CON CUARENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS EQUIVALENTES A MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO PUNTO DIECISÉIS VARAS CUA-DRADAS, según plano de levantamiento topográfi co y certifi cación de la denominación catastral extendida el día doce de marzo del año dos mil trece, por la Unidad de Catastro del Centro Nacional del Registros

y Levantamiento realizado por el Ingeniero Civil ERNESTO IVAN CAÑAS AYALA, describiendo las medidas técnicas de la siguiente manera: AL ORIENTE: de punto uno a punto dos, rumbo Sur quince grados treinta y ocho minutos cincuenta y nueve segundos Este, distancia dos punto cero cinco metros. Lindero defi nido por un cerco construido de alambre de púas, limita con la propiedad del señor Meneleo Díaz. AL SUR: formado por cinco tramos, el primero de punto dos a punto tres, rumbo Sur cuarenta y nueve grados cero nueve minutos doce segundos Oeste, distancia dieciocho punto cuarenta y dos metros, el segundo punto tres a punto cuatro, rumbo Sur cincuenta y cinco grados cuarenta y un minutos cero un segundos Oeste, distancia seis punto setenta metros, el tercero de punto cuatro a punto cinco, rumbo Sur sesenta y dos grados cero siete minutos catorce segundos Oeste, distancia trece punto cuarenta y cinco metros, el cuarto de punto cinco a apunto seis, rumbo Sur sesenta y siete grados catorce minutos once segundos Oeste, distancia siete punto noventa y seis metros, el quinto del punto seis a punto siete, rumbo sur sesenta grados cuarenta y ocho minutos treinta y ocho segundos Oeste, distancia nueve punto once metros, Lindero defi nido por un cerco construido con alambre de púas, Limita con la propiedad de la señora Francisca Cruz, calle antigua a Cojutepeque de por medio, AL PONIENTE: de punto siete a punto ocho, rumbo Norte diecisiete grados cuarenta y dos minutos veintiocho segundos Oeste, distancia veintinueve punto treinta y cuatro metros, Lindero defi nido por cerco construido por alambre de púas. Limita con propiedad de la señora Juana Leonor Ventura y del señor Manuel de Jesús Díaz. AL NORTE: de punto ocho a punto uno, rumbo Norte ochenta y seis grados once minutos trece segundos Este, distancia cincuenta y cinco punto catorce metros lindero defi nido por un cerco construido con alambre de púas. Limita con propiedad del Estado de El Salvador, Ministerio de Obras Públicas. El inmueble descrito posee un área de NOVECIENTOS VEINTISÉIS METROS CUADRADOS CUARENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS equivalentes a MIL TRESCIENTAS VEINTICINCO PUNTO DIECISÉIS VARAS CUADRADAS, el terreno en referencia no se encuentra en proindivisión con ninguna otra persona, no es predio sirviente ni dominante, no tiene nombre especial alguno y lo obtuvo mi representado, por compra que le hizo en dos momentos, en un primer momento compra una porción de terreno, al señor Eusebio Antonio García, el día dos de marzo del año dos mil cinco, ante los ofi cios Notariales de la Licenciada Tilsa Anabella Escobar, y en una segunda ocasión realiza otra compraventa de otra porción de tierra que realizó contiguo a la anterior, el día veintidós de septiembre del año dos mil once, adquiriendo por compraventa que le hizo al señor José Alejandro Corvera Flores, ante los servicios notariales de la Licenciada Damaris Argentina Vásquez Cornejo, de manera de que ambas porciones de terreno forman un solo cuerpo, y sumada la posesión de los tradentes juntamente a la que ha ejercido mi representado data más de diez años, de ejercer la posesión. No omite manifestar que la posesión ejercida de parte de su representado es quieta, pacífi ca e ininterrumpida, ejerciendo su representado desde la fecha de la adquisición hasta la actualidad de verdadero dueño, tales como habilitarlo, cercarlo, limpiarlo, y además la vecindad sabe que él es el dueño, y lo valora en la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS DÓLARES AMERICANOS.

Se avisa al público para efectos de ley.

Alcaldía Municipal de San Rafael Cedros, veintiocho de marzo de dos mil catorce. DINA CONCEPCIÓN ARÉVALO CHICAS, AL-CALDESA MUNICIPAL. HUGO VALMORE JUÁREZ SÁNCHEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 380-1

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

ACEPTACION DE HERENCIA

LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las catorce horas del día diez de marzo del año dos mil catorce.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, siendo la Ciudad de Olocuilta, Departamento de La Paz, su último domicilio, el día dieciocho de Junio del año dos mil trece, dejó el causante ELISEO SÁNCHEZ SÁNCHEZ o ELISEO SÁNCHEZ, de parte de la señora ROSA SÁNCHEZ PACHECO, en su calidad de hija del de cujus en mención.-

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-partamento de San Salvador, a las once horas y quince minutos del día diecisiete de marzo de dos mil catorce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.-

Of. 3 v. alt. No. 359-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las catorce

horas cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora DORA

ALICIA POLANCO, de la Herencia Intestada, dejada a su defunción

por la menor MARISOL DEL CARMEN POLANCO, quien falleció el

día veintisiete de febrero de mil novecientos setenta y uno, en Cantón

Zapotitán, jurisdicción de Ciudad Arce, siendo esa ciudad su último

domicilio; en concepto de madre de la causante.

Confi riéndosele a la aceptante expresada en el concepto indicado,

la administración y representación interina de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las catorce horas cincuenta minutos del día trece de febrero del año dos

mil catorce.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.-

Of. 3 v. alt. No. 360-3

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cinco

minutos de este día, se ha declarado a la señora MARIA ANGELICA

CORDOVA FLORES, heredera abintestato con benefi cio de inventario de

los bienes que a su defunción dejó la señora MARIA GLADIS FLORES

DE CORDOVA o MARIA GLADIS FLORES CORDOVA o MARIA

GLADIS FLORES, quien fue de cuarenta y nueve años de edad, ofi cios

domésticos, casada, salvadoreña, originaria de San Cayetano Istepeque

de este Departamento, y del domicilio de Cantón San José Cerro Grande,

jurisdicción de San Cayetano Istepeque, de este mismo Departamento,

habiendo fallecido a las veintidós horas cuarenta y cinco minutos del día

diez de enero del año dos mil siete, en el Hospital Rosales de la ciudad

de San Salvador, siendo el Cantón San José Cerro Grande, jurisdicción

de San Cayetano Istepeque de este Departamento el lugar de su último

domicilio, en concepto de hija de la causante y como cesionaria del

derecho hereditario que en esta sucesión les correspondía a los señores

Rodolfo Flores, Saira Isabel Córdova Flores y Felipe Vinicio Córdova

Flores, el primero como padre de la causante y los demás en concepto

de hijos de la misma causante.

Confi érese a la heredera declarada la administración y representación

defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticinco

días del mes de marzo del año dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.-

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

GLENDA YAMILETH BAIRES ESCOBAR, JUEZA SUPLENTE PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas con el NUE: 01129-13-CVDV-1CM1-236-04; por resolución de las catorce horas con siete minutos del día diecinueve de marzo del año dos mil catorce, SE HA DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO y con Benefi cio de Inventario, al señor OSCAR DIONI-CIO RODRIGUEZ conocido por OSCAR DIONISIO RODRIGUEZ, de cincuenta y seis años de edad, Comerciante, del domicilio de la ciudad y departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad número: Cero cero seiscientos dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho - cuatro; y con Número de Identifi cación Tributaria: Mil trescientos tres - doscien-tos cincuenta mil trescientos cincuenta y siete - cero cero uno- ocho; en calidad de cesionario del derecho hereditario que le corresponde al señor ABEL ANDRES BLANCO MARROQUIN y WILSON ABEL BLANCO TICAS, en sus conceptos de cónyuge e hijo sobreviviente de la causante, señora ANA ELSY TICAS DE BLANCO conocida por ANA ELSY TICAS LOPEZ, quien fue de cuarenta y nueve años de edad, Costurera, casada, originaria de Quelepa, departamento de San Miguel, y fue del domicilio de Quelepa, departamento de San Miguel, y falleció a las nueve horas del día dieciocho de septiembre del dos mil once, en el Barrio Concepción de la Villa de Quelepa, departamento de San Miguel; declaratoria que se hizo, habiendo transcurrido más de quince días hábiles después de la tercera publicación en el Diario Ofi cial, sin que persona alguna se haya presentado haciendo oposición a las presentes diligencias.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel, a las catorce horas con once minutos del día diecinueve de marzo de dos mil catorce.- LICDA. GLENDA YAMILETH BAIRES ESCOBAR, JUEZA SUPLENTE PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.- LIC. HECTOR ANTONIO VILLATORO JOYA, SECRETARIO INTERINO.-

1 v. No. C000618

MIGUEL ROBERTO MARTINEZ NOLASCO, Notario, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, con ofi cina ubicada en Calle J. Francisco López, Número dieciocho, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída a las catorce horas del día diez de febrero del corriente año, en su concepto de esposa e hija sobreviviente del causante JORGE DUGO HUEZO, se ha declarado a la señora CELIA REYES DE HUEZO, y a la señorita ROXANA MARICELA HUEZO REYES, herederas defi nitivas con benefi cio de inventario, de los bienes que a su defunción dejara el señor JORGE DUGO HUEZO, quien fue de cincuenta y ocho años de edad, Comerciante, casado, originario y del domicilio de esta ciudad, quien falleció a las ocho horas veinte minutos del día trece de junio de dos mil trece, en el Hospital Guadalupano de esta ciudad, a consecuencia de "INSUFICIENCIA RENAL CRONICA TERMINAL", con asistencia médica a la hora del fallecimiento, según Constancia Médica extendida por la Doctora Ana Lidia Benítez de Cruz, siendo en esta ciudad su último domicilio; habiéndoseles conferido a la señora Celia Reyes de Huezo y a la señorita Roxana Maricela Huezo Reyes, la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se le avisa al público para los efectos de la ley.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil catorce.

LIC. MIGUEL ROBERTO MARTINEZ NOLASCO,

NOTARIO.

1 v. No. C000619

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas de este día, se han declarado herederas abintestato y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida el día once de abril de dos mil tres, en Cantón Las Marías, Jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio; dejó la señora MARIA EDUARDA NOLASCO, conocida por MARIA EDUARDA NOLASCO DE VILLA-NUEVA, EDUARDA NOLASCO y por EDUARDA NOLASCO DE VILLANUEVA, quien fue de setenta y tres años de edad, viuda, ofi cios domésticos, hija de Nicolasa Nolasco y de padre ignorado, originaria de Cantón Las Marías, Jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a las señoras MARIA JUANA VILLANUEVA DE GUEVARA, MARIA LUCINDA VILLANUEVA DE BOLAÑOS, TEODOSIA VILLANUEVA DE BOLAINEZ y NICOLASA VILLANUEVA VIU-DA DE BOLAÑOS, en calidad de hijas de la causante y en su carácter personal.

Habiéndosele conferido a las herederas la administración y repre-sentación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los demás efectos de ley.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil catorce.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.-

1 v. No. C000625

ERNESTO VILLACORTA REYES, Notario, del domicilio de esta ciudad, con ofi cina Notarial establecida en edifi cio 1147, local número CUATRO- B, Centro de Gobierno, sobre Séptima Avenida Norte de la ciudad de San Salvador; al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas con treinta minutos del día treinta de marzo del año dos mil catorce, se ha declarado HEREDERAS DEFINITIVAS con Bene-fi cio de Inventario, en sus calidades de cónyuge e hija sobrevivientes

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respectivamente, de la Herencia Intestada del señor MARIO ANTONIO RODRIGUEZ GONZALEZ, quien falleció a las diecinueve horas con treinta minutos del día veintiuno de septiembre del año dos mil trece; siendo su último domicilio el municipio de Apopa, departamento de San Salvador; a las señoras ANA MARTINEZ DE RODRIGUEZ y JULIA CRISTINA RODRIGUEZ CALLES, en sus calidades de cónyuge e hija sobrevivientes del causante y se les confi rió a las herederas declaradas, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION antes mencionada.

Librado en la ofi cina Notarial del Licenciado Ernesto Villacorta Reyes, a las quince horas con treinta minutos del día uno de abril del año dos mil catorce.

LIC. ERNESTO VILLACORTA REYES,

NOTARIO.

1 v. No. C000628

LICENCIADO CESAR AUGUSTO MERINO, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cina en Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, Edifi cio Niza, local número doscientos dieciocho, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas del día veintisiete de marzo de dos mil catorce, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA INTESTADA, con benefi cio de inventario, del señor JOSE MARIA AGUILAR, quien falleció el día cinco de abril de dos mil doce, siendo su último domicilio esta ciudad, a la señora MARIA VENICIA SORTO BENITEZ, en su concepto de CONVIVIENTE SOBREVIVIENTE del causante y como cesionaria de los derechos que le correspondían a la señora LUCIA OTILIA ARGUETA AGUILAR, en su concepto de hija del causante; y se le confi rió a la heredera declarada, LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en las ofi cinas del Notario Licenciado CESAR AUGUSTO MERINO, a las quince horas del día veintisiete de marzo de dos mil catorce.

LIC. CESAR AUGUSTO MERINO,

NOTARIO.

1 v. No. F000250

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y treinta minutos de este día, se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, al señor JOSE ROMEO MEJIA, como padre de la causante, en la herencia intestada que la señorita YESICA MERCEDES MEJIA MARTINEZ, dejó al fallecer el día veinticinco de marzo del año dos mil trece, en la Colonia El Cocal, de esta ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio.

Confi riéndosele al heredero declarado, la Administración y Repre-sentación Defi nitiva de la Sucesión, con las facultades de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: USULUTAN, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil catorce.- LIC. JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.-

1 v. No. F000268

DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DEL JUZ-GADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución pronunciada por este juzgado, a las diez horas y quince minutos del día catorce de febrero del presente año, se han declarado herederos con benefi cio de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción por el señor AQUILES ANTONIO DEL-GADO COLORADO, conocido por AQUILES ANTONIO DELGADO BRIZUELA, ocurrida el día diez de julio del año pasado, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, a los señores SUSANA GUADALUPE VIDES DE DELGADO, JUAN JOSE JULIO DELGADO VIDES, MA-RIA JOSE DELGADO VIDES, SUSANA MARIA DELGADO VIDES, MELISSA MARIA DELGADO VIDES, y MARTA JUDITH COLO-RADO DE DELGADO, conocida por MARTA JUDITH BRIZUELA DE DELGADO, por MARTA JUDITH COLORADO URQUILLA, y por MARTA JUDITH COLORADO, y FEDERICO AQUILES JUAREZ, conocido por FEDERICO AQUILES DELGADO JUAREZ, por FEDE-RICO AQUILES DELGADO, y por AQUILES DELGADO JUAREZ, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente, los siguientes cuatro, en calidad de hijos del de cujus, y los últimos en calidad de padres del causante; y se ha conferido a los herederos declarados, la administración y la representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas del día catorce de marzo de dos mil catorce.- DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.-

1 v. No. F000303

LICENCIADA MAURA YANETT MORAN CASTANEDA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas siete mi-nutos del día veinte de marzo del año dos mil catorce. Se ha declarado herederos defi nitivos abintestato con benefi cio de inventario a los señores SONIA PATRICIA SALAMANCA MARTINEZ y al señor MIGUEL ANTONIO SALAMANCA MARTINEZ, en calidad de hijos de la causante señora CLAUDIA MARIA MARTINEZ DE SALAMANCA conocida por CLAUDIA MARIA MARTINEZ ROMERO, fallecida a las veinte horas treinta minutos del día veintidós de febrero de dos diez, en el Cantón La Salina, Puerto Parada, Caserío El Limón, del de-partamento de Usulután, siendo su último domicilio el de Ahuachapán; además de declarados herederos en calidad de hijos de la causante, a la señora SONIA PATRICIA SALAMANCA MARTÍNEZ, se le nombra

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

en calidad de cesionaria del derecho hereditario, que le correspondía a la señora Sonia Guadalupe Romero de Martínez, en calidad de madre de la causante y a MIGUEL ANTONIO SALAMANCA MARTINEZ, se le nombra en calidad de cesionario del derecho hereditario que le correspondía al señor José Miguel Martínez Velásquez, en calidad de padre de la causante.

Confi éresele la administración y representación defi nitiva de la sucesión, a los herederos declarados señores SONIA PATRICIA SALAMANCA MARTINEZ y al señor MIGUEL ANTONIO SALAMANCA MARTINEZ.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE AHUACHAPÁN, a las quince horas cincuenta minutos del día veinte de marzo de dos mil catorce.- LIC. MAURA YANETT MORAN CASTANEDA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.-

1 v. No. F000366

CARLOS HUMBERTO MENCIA PAULER, Notario de este domicilio, con despacho Notarial ubicado en primera Avenida Norte y Diecinue-ve Calle Poniente, Edifi cio Niza, local doscientos trece, Barrio San Miguelito, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día diecisiete de marzo de dos mil catorce, se ha declarado a los señores Ángela López Marroquín, Víctor Antonio Marroquín López, Marta Lidia López Marroquín, Luis Roberto López Marroquín, Pedro Oswaldo López Marroquín, Rubén de Jesús López Marroquín, y Xiomara Concepción López Marroquín, herederos defi -nitivos con benefi cio de inventario de la herencia testamentaria que ha su defunción dejara el señor JOSÉ MANUEL LÓPEZ, conocido por VÍCTOR MANUEL LÓPEZ, en concepto de hijos sobrevivientes del causante; habiéndoseles concedido la administración y representación defi nitivas de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el veinte de Marzo de dos mil catorce.

LIC. CARLOS HUMBERTO MENCIA PAULER,

NOTARIO.

1 v. No. F000368

GLENDA YAMILETH BAIRES ESCOBAR, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución a las quince horas con tres minutos del día dieciocho de octubre del año dos mil trece, en las dili-gencias de Aceptación de Herencia Intestada, con el NUE: 00403-13-

DV-1CM1/120-04; se ha declarado herederas defi nitivas con benefi cio de inventario, a las señoras Enma María Batres Álvarez, de diecinueve años de edad, del domicilio de San Antonio Silva, Departamento de San Miguel, con DUI número cero cuatro ocho siete cuatro cero dos tres - ocho; y NIT uno cuatro uno siete - dos tres cero nueve nueve tres - uno cero uno - cinco; y Sonia Angela Teyes de Batres, de veinticuatro años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Antonio Silva, Depar-tamento de San Miguel, con DUI número cero tres ocho cinco dos cuatro cero uno - dos; con NIT uno dos uno siete - dos ocho cero nueve ocho siete - uno cero ocho - nueve; en calidad la primera de hija y la segunda en calidad de esposa sobreviviente de los bienes que a su defunción dejó el causante, señor Humberto Batres Aguilar, quien fue de cuarenta y tres años de edad, del domicilio de San Antonio Silva, Departamento de San Miguel, falleció a las ocho horas con quince minutos del día cuatro de noviembre del año dos mil doce, a consecuencia de Insufi ciencia Renal Crónica, sin asistencia médica, por haber transcurrido más de quince días desde la tercera y última publicación del edicto respectivo, sin que persona alguna se haya presentado, haciendo oposición o alegando mejor derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel, a las doce horas con cuarenta y siete minutos del día veinte de marzo del año dos mil catorce.- LICDA. GLENDA YAMILETH BAIRES ESCO-BAR, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE DE SAN MIGUEL.- LIC. HECTOR ANTONIO VILLATORO JOYA, SECRETARIO INTO.-

1 v. No. F000407

JOSE LUIS RODRIGUEZ MIRANDA, notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Sexta Calle Oriente, número doscientos vein-titrés edifi cio Julia L. de Duke, local trescientos seis, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las dieciséis horas y treinta minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil trece, se ha declarado al señor Jorge Alberto Quintanilla Bonilla, en su calidad de hijo y en concepto de heredero universal de los bienes dejados por la causante; se ha declarado heredero defi nitivo, con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción en esta ciudad, siendo su último esta ciudad, el día nueve de junio del año dos mil doce, dejara la señora Blanca Tula Bonilla de Quintanilla conocida por Blanca Tula Bonilla viuda de Quintanilla.

Habiéndosele concedido la representación y administración defi -nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil trece.

JOSE LUIS RODRIGUEZ MIRANDA,

NOTARIO.

1 v. No. F000418

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-

TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, al público para los

demás efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince

horas de este día, se han declarado herederas abintestato y con benefi cio

de inventario de la herencia intestada de los bienes que a su defunción

acaecida, el día quince de noviembre de dos mil once, en San Salvador,

siendo Sensuntepeque, Departamento de Cabañas su último domicilio;

dejó la señora MARÍA CARMEN ZAVALA VIUDA DE AMAYA

conocida por MARÍA CARMEN ZAVALA, CARMEN ZAVALA,

MARÍA CARMEN ZAVALA DE AMAYA, CARMEN ZAVALA

DE AMAYA y por MARÍA DEL CARMEN ZAVALA VIUDA DE

AMAYA, quien fue de noventa y cinco años de edad, viuda, de ofi cios

domésticos, hija del señor Carmen Zavala y de la señora Nicolasa Castro

conocida por Nicolasa Castro Calles y por Nicolasa Castro Viuda de

Zavala, originaria de Ciudad Dolores, Departamento de Cabañas, a las

menores CECILIA DEL CARMEN y KAREN MARICELA, ambas de

apellidos AMAYA HERNÁNDEZ, por derecho de representación de su

padre señor GILBERTO AMAYA ZAVALA conocido por GILBERTO

AMAYA, quien fue hijo de la causante, representadas legalmente por

su madre señora GLORIA ELIZABETH HERNÁNDEZ, y ésta repre-

sentada por el Licenciado JOSÉ MATIAS HERNÁNDEZ ZAVALA,

como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele

conferido a las herederas la administración y representación DEFINITIVA

de la sucesión. La cual ejercerán conjuntamente con los señores ROSA

MARÍA AMAYA DE LARREYNAGA, LUIS ALONSO AMAYA

ZAVALA, MANUEL DE JESÚS AMAYA ZAVALA, MARÍA REINA

AMAYA DE ROMERO, ANA CELINA AMAYA MENDOZA conocida

por ANA CELINA AMAYA, JOSÉ DOLORES AMAYA MENDOZA

conocido por JOSÉ DOLORES AMAYA, ELIZABETH AMAYA DE

HERNÁNDEZ, JESÚS ANTONIO AMAYA MENDOZA conocido

por JESÚS ANTONIO AMAYA, MARÍA ANTONIA AMAYA DE

HERNÁNDEZ y MARÍA HILDA CASTRO CALLES DE AMAYA

conocida por MARÍA HILDA CASTRO, los tres primeros en calidad

de hijos de la causante, los siguientes seis por derecho de representa-

ción de su padre señor GILBERTO AMAYA ZAVALA conocido por

GILBERTO AMAYA, quien fue hijo de la causante, y la última por

derecho de transmisión del señor SALVADOR AMAYA ZAVALA

conocido por SALVADOR AMAYA, quien fue hijo de la causante,

herederos anteriormente ya declarados.

Lo que avisa al público, para los demás efectos de Ley.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

veintiocho días del mes de marzo de dos mil catorce. Enmendado-

quince-Vale. Entrelíneas -Viuda de Zavala. Vale. LIC. JOSÉ ÁNGEL

POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. HUGO

ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F000419

MARÍA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio, con

ofi cina en Diecinueve Calle Poniente, Número Trescientos Veinticinco,

de esta ciudad, al público.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las siete horas del día veinticinco de marzo de dos mil catorce, se ha

declarado a la señora Lidia Carolina Meléndez de Marroquín, de vein-

tinueve años de edad, estudiante, del domicilio de Soyapango, de este

departamento, heredera defi nitiva con benefi cio de inventario, de los

bienes que a su defunción dejó la señora Marina Álvarez Mata, quien

falleció a las seis horas y cuarenta minutos del día diecisiete de junio

del año dos mil trece, en el Hospital General del Seguro Social, en su

concepto de hija sobreviviente de la causante; habiéndosele concedido

la Representación y Administración Defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, a los veintiséis días del mes de marzo

de dos mil catorce.

MARÍA LETICIA RIVAS AGUILAR,

NOTARIA.

1 v. No. F000430

MARÍA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio,

con oficina en Diecinueve Calle Poniente, Número Trescientos

Veinticinco, ciudad, al público.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las siete horas del día veinticuatro de marzo de dos mil catorce, se ha

declarado a Blanca Estela Pérez Juárez, de treinta y cinco años de edad,

empleada, del domicilio de Los Ángeles, Estado de California, Estados

Unidos de América, heredera defi nitiva con benefi cio de inventario, de

los bienes que a su defunción dejó Ángela de la Guardia Juárez Ramos,

conocida por María Ángela Juárez Ramos y por María Angélica Juárez

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

Ramos, fallecida a las catorce horas y cinco minutos del veintiocho de

marzo de dos mil doce, en el Hospital Nacional Rosales, de esta ciudad,

en su concepto de hija sobreviviente de la causante y como cesionaria de

los derechos hereditarios que les correspondían a María Ángela Ramos

de Juárez, José Antonio Maravilla Alas, Juan Pablo Campos Juárez,

Alex Wilfredo Juárez y Meylin Rosibel Pérez Juárez, la primera como

madre sobreviviente, el segundo como cónyuge y los tres últimos en

su calidad de hijos de la referida causante; habiéndosele concedido la

Representación y Administración Defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, a los veinticinco días del mes de marzo

de dos mil catorce.

MARÍA LETICIA RIVAS AGUILAR,

NOTARIA.

1 v. No. F000432

MARÍA ELENA PÉREZ ANAYA, JUEZA DE LO CIVIL INTERINA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Juzgado, a las

diez horas con cincuenta minutos del día veinticuatro de marzo de dos

mil catorce, se ha declarado heredero defi nitivo, abintestato, con bene-

fi cio de inventario, de los bienes dejados a su defunción por la causante

señora MARÍA NILDA LÓPEZ DE GARCÍA, quien fue de cincuenta y

cuatro años de edad, ama de casa, fallecida el día tres de octubre de dos

mil siete en Hospital Zacamil de San Salvador, siendo Quezaltepeque

su último domicilio, al señor JOSÉ MARIO GARCÍA MENJÍVAR, de

sesenta y siete años de edad, jornalero, de este domicilio, en el concepto

de cónyuge sobreviviente y como cesionario de los derechos hereditarios

que en la referida sucesión les correspondían a los señores GRACIELA

ELIZABETH GARCÍA LÓPEZ, de cuarenta años de edad, empleada,

de este domicilio, JESÚS MARITZA GARCÍA DE CRUZ, conocida

tributariamente por JESÚS MARITZA GARCÍA LÓPEZ, de cuarenta

años de edad, estudiante, de este domicilio, MARIO ELDER GARCÍA

LÓPEZ, de treinta y cuatro años de edad, estudiante, de este domicilio

y MARÍA GRACIELA LÓPEZ VIUDA DE LÓPEZ conocida tribu-

tariamente por MARÍA GRACIELA LÓPEZ DE LÓPEZ, de ochenta

años de edad, doméstica, de este domicilio, en el concepto de hijos de

la causante los primeros y madre sobreviviente la última.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las diez

horas y cinco minutos del día veinticinco de marzo de dos mil catorce.

LICDA. MARÍA ELENA PÉREZ ANAYA, JUEZA DE LO CIVIL

INTA. LIC. EFRAÍN EDGARDO AVELAR BERMÚDEZ, SECRE-

TARIO INTO.

1 v. No. F000442

JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas

con cincuenta y cinco minutos del día cuatro de marzo del año dos mil

catorce, en las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi ca-

das con el NUE 01332-13-DV-1CM1/250-03; se ha declarado heredera

defi nitiva con benefi cio de inventario, a la señora MIRNA ELIZABETH

VILLATORO VILLALTA, de treinta y nueve años de edad, Secretaria,

del domicilio de la ciudad y departamento de San Miguel, con Documento

Único de Identidad número: Cero dos millones ochocientos treinta y ocho

mil novecientos trece- cinco; y con Número de Identifi cación Tributaria:

Mil doscientos diecisiete-doscientos treinta mil seiscientos setenta y

tres-ciento dos-seis, en concepto de hija sobreviviente de la causante

señora Rosa Elizabeth Villalta Navas c/p Rosa Elizabeth Villalta, a su

defunción ocurrida el día quince de marzo del año dos mil nueve, en

el Hospital Clínica San Francisco de la ciudad y departamento de San

Miguel, a la edad de sesenta años, Empleada, soltera, originaria y del

domicilio de San Miguel; de Nacionalidad Salvadoreña, hija de Ramón

de la Cruz Villalta y de Balbina Pastora Navas; por haber transcurrido

más de quince días desde la tercera y última publicación del edicto res-

pectivo, sin que persona alguna se haya presentado haciendo oposición

o alegando mejor derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Miguel, a las doce horas con cinco minutos del día cuatro de marzo del

año dos mil catorce. LIC. JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ,

JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

LICDA. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA

DE ACTUACIONES.

1 v. No. F000448

JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas y

seis minutos de este día, se ha DECLARADO a la señora EVELIN

JEANMILETH JACO MARTÍNEZ, HEREDERA DEFINITIVA

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

ABINTESTATO, con benefi cio de inventario del señor, SANTOS

MARTÍNEZ ZUNA conocido por SANTOS MARTÍNEZ SUNA y

por SANTOS MARTÍNEZ SUMA, quien fue de setenta y ocho años

de edad, agricultor, fallecido a las veintitrés horas y veinte minutos del

día cuatro de enero del año dos mil siete, en el Hospital Nacional San

Juan de Dios de Santa Ana, siendo la Población de El Refugio, de este

Distrito su último domicilio, en concepto de hija del causante y además

como cesionaria del derecho hereditario, que le correspondía a las

señoras, MARGOTH ANTONIA JACO DE MURGAS y YOLANDA

ARACELY MARTÍNEZ JACO, como hijas del de cujus; se le ha

conferido a la heredera declarada, en el carácter dicho la administración

y representación defi nitivas de la sucesión con las facultades de ley.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-

tes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las diez

horas y treinta minutos del día diecinueve de marzo del año dos mil

catorce. LIC. JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. HUGO ALCIDES MARTÍNEZ

SANTILLANA, SECRETARIO.

1 v. No. F000450

LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE DE ESTE DISTRITO.

AVISA: Que por resolución de las doce horas del día trece de

marzo de dos mil catorce, ha sido declarada heredera defi nitiva expre-

samente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada

por el Causante señor Joaquín García, quien fue conocido por Joaquín

García Pérez, fallecido el día siete de abril del año dos mil nueve, en

jurisdicción de San Pedro Nonualco, Departamento de La Paz, siendo

la Villa de San Antonio del Monte de este Departamento, el lugar de

su último domicilio, a la señora Rosa Melia Álvarez viuda de García

conocida por Rosa Mélida Álvarez, en su concepto de Cónyuge sobre-

viviente y además como cesionaria de los Derechos Hereditarios que

en la referida sucesión les correspondían a los señores Francisca Pérez

de García, Rafael Antonio, Ana Isabel, Norma Elizabeth, Patricia, Luis,

todos de apellidos García Álvarez, y Reina de los Ángeles García de

Reyes, en su concepto de madre e hijos, todos del referido Causante.

Y se le ha conferido a la heredera declarada la administración y

representación defi nitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas veinticinco minutos

del día trece de marzo del año dos mil catorce. LIC. LUIS ANTONIO

BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LICDA.

MIRIAM ELIZABETH REYES DE MARTÍNEZ, SECRETARIO

INTERINO.

1 v. No. F000451

EL INFRASCRITO NOTARIO, al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de las once horas del día diez de

enero del corriente año, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO,

con benefi cio de Inventario a REY DE MERCEDES CARRANZA y

MANUEL DE JESÚS CARRANZA, como hijos de la causante. En la

sucesión intestada que dejó la señora MARÍA CRISTINA CARRANZA,

al fallecer el día quince de marzo del año dos mil doce, en California,

Estados Unidos de América, y esa ciudad su último domicilio, y de

Nacionalidad Salvadoreña, confi riéndole a los herederos declarados la

Administración y representación Defi nitiva de dicha sucesión, con las

facultades y restricciones de ley.

Librado en mi ofi cina Notarial, ubicada en Primera Avenida Norte

número uno, Usulután, a los diez días del mes de enero del año dos mil

trece.

DR. CARLOS HUMBERTO REYES MÓNICO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F000458

WILFREDO MEDRANO AGUILAR, Notario, de este domicilio con

ofi cina situada en Séptima Avenida Norte, Número Mil Ciento Cuarenta

y Siete, Local Once, Centro de Gobierno, San Salvador, departamento

de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día veinticinco de febrero del año dos mil catorce,

se ha declarado a las señoritas WENDY SUSANA MEJÍA MENJÍVAR

y MARGORI LISSETH MEJÍA MENJÍVAR, HEREDERAS DEFINI-

TIVAS con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción, en

el Municipio de San Salvador, departamento de San Salvador, su último

domicilio dejara la señora María Margoth Menjívar de Mejía, el día seis

de enero del dos mil catorce, en su calidad de herederas universales

abintestatas e hijas sobrevivientes de la causante, habiéndole concedido

la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día dos de abril del año dos mil catorce.

LIC. WILFREDO MEDRANO AGUILAR,

NOTARIO.

1 v. No. F000464

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

LICENCIADO DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE

CHALATENANGO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída

a las ocho horas y treinta minutos del día treinta y uno de marzo

del presente año, SE HA DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO

DE LOS BIENES DEJADOS POR EL CAUSANTE SEÑOR JESÚS

SILVANO GONZÁLEZ, quien fue de cuarenta y un años de edad,

soltero, agricultor en pequeño, originario y del domicilio de Citalá,

Departamento de Chalatenango, hijo de Salvadora González, quien

falleció a las diecisiete horas del día tres de mayo de dos mil trece, en el

Cantón Llano de la Virgen de la jurisdicción de Citalá, a José Mauricio

González Galdámez y los menores Jesús Emerson, Erick Alberto, Melita

Isabel y Heiman Obeth, todos de apellidos González Portillo, quienes son

representados legalmente por la señora Victoria Isabel Portillo Chávez,

todos en sus calidades de hijos.

Confi érese a los aceptantes la administración y representación

defi nitiva de la sucesión. Fíjense y publíquense los edictos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Chalatenango, a los treinta y un días del mes de marzo del dos mil

catorce. LIC. DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA. LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,

SECRETARIA.

1 v. No. F000467

GENNY SHILA RAMÍREZ DE ARÉVALO, JUEZ DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las

quince horas del día siete de enero del año dos mil catorce, se han de-

clarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que a su defunción defi rió el causante señor HÉCTOR BER-

NASCONI DRAGO, quien falleció en la ciudad de Mejicanos, el día

veintiocho de noviembre de dos mil diez, siendo su último domicilio la

ciudad de Ilopango, al señor JORGE DRAGO MONTOYA, portador

de su Documento Único de Identidad número 01634257-5 y Tarjeta de

Identifi cación Tributaria 0614-190870-001-6, en su calidad de hijo del

de cujus, de forma conjunta con el heredero defi nitivo declarado señor

CARLOS HÉCTOR DRAGO MEDRANO, portador de su Documento

Único de Identidad número 02869745-7 y Tarjeta de Identifi cación

Tributaria 0614-291261-006-2 en concepto de hijo sobreviviente del

causante.

CONFIÉRASE a los herederos declarados la administración y

representación conjunta y defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Soyapango, a las doce horas

veinte minutos del día diecisiete de marzo de dos mil catorce. LICDA.

GENNY SHILA RAMÍREZ DE ARÉVALO, JUEZA DE LO CIVIL (2).

LIC. LUIS ROBERTO REYES ESCOBAR, SECRETARIO INTO.

1 v. No. F000472

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo

Civil y Mercantil de Santa Ana: DE CONFORMIDAD AL INCISO

SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1165 DEL CÓDIGO CIVIL, al público

en general.

AVISA: Se han promovido por el Licenciado FRANCISCO

EDGARDO MONGE GALDÁMEZ, Diligencias de Aceptación de

Herencia Intestadas con Benefi cio de Inventario sobre los bienes que a

su defunción dejara el señor DIONICIO DE LOS DOLORES CORLETO

SANDOVAL, quien falleció a las dieciséis horas con cuarenta y cinco

minutos del día dos de julio de dos mil diez, siendo su último domicilio

el municipio de San Antonio Pajonal, departamento de Santa Ana,

habiéndose nombrado este día como HEREDERO de los bienes,

derechos y obligaciones transmisibles que de manera INTESTADA dejara

el referido causante, al señor ÓSCAR RONAL CORLETO LINARES,

en su carácter de hijo sobreviviente del causante en comento.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciu-

dad de Santa Ana, el día veinticinco de marzo de dos mil catorce. LIC.

MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA. LICDA. ELIDA ZULEIMA

MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

1 v. No. F000473

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

RICARDO FIGUEROA, Notario, del domicilio de Mejicanos, De-

partamento de San Salvador, con Ofi cina Jurídica, situada en Calle

Magisterial, Block "H", Residencial Santa María II, casa número veinte,

Mejicanos, con Número telefónico: veintidós setenta y dos noventa y

dos noventa.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por reso-

lución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas y treinta minutos

del día veinte del mes de marzo del año dos mil catorce, se ha DECLA-

RADO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO, con benefi cio de

inventario, del Causante señor FRANCISCO BATRES, quien falleció

a las dos horas treinta minutos del día siete de febrero del año dos mil

trece, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad de Santa

Ana, del domicilio de Izalco, siendo esta ciudad su último domicilio,

y originario de El Congo, Departamento de Santa Ana, a la señora

CATALINA BATRES COLINDRES, en el concepto de hermana del

Causante.

Y se le confi rió a la heredera declarada, la Administración y Re-

presentación Defi nitiva de la Sucesión.

Librado en la ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador,

a los dos días del mes de abril del año dos mil catorce.

RICARDO FIGUEROA,

NOTARIO.

1 v. No. F000480

LIC. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA

PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE SAN FRAN-

CISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.

AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las

doce horas de este día, se ha DECLARADO HEREDERO DEFINI-

TIVO y con benefi cio de inventario a JOSE REYNALDO SARAVIA

ZUNIGA, de 46 años de edad, Agricultor, originario y del domicilio

de Sociedad Departamento de Morazán, con Documento Único de

Identidad Número 04246251-5, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

Número 1323-211167-001-5; de la herencia que en forma intestada

dejó el causante JOSE ANTONIO ZUNIGA ALVAREZ, conocido por

JOSE ANTONIO ZUNIGA, quien fue de 64 años de edad, jornalero,

originario y del domicilio de Sociedad, Departamento de Morazán, hijo

de Celestino Zúniga y Luisa Álvarez; quien falleció a las 12 horas y 20

minutos del día 30 de junio 1997, en el Hospital San Juan de Dios de la

ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio la ciudad de Sociedad

Departamento de Morazán; en concepto de hijo del referido causante.

Se ha conferido al mencionado heredero en la calidad expresada,

la administración y representación DEFINITIVA de dicha Sucesión.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,

departamento de Morazán, a las doce horas y cinco minutos del día vein-

ticuatro de marzo de dos mil catorce.- LICDA. ALICIA JEANNETTE

ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA SUPLENTE.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO

DE ZUNIGA, SECRETARIA.

1 v. No. F000487

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

KARLA BEATRIZ SIGÜENZA RIVERA, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina Notarial, situada en Final Calle Balber, Centro Comercial

Guadalupano, segundo nivel, Local dos- dos, Frente al Parque Central,

San Juan Opico, Departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas

del día dos de diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que

dejara el Causante, señor VENANCIO MIRANDA, a su defunción

ocurrida, a las catorce horas con quince minutos, el día veintiuno de

febrero del año dos mil dos, en el Cantón Copapayo, Jurisdicción

de Suchitoto, departamento de Cuscatlán, a la edad de ochenta y dos

años, Agricultor, originario de San Antonio de la Cruz, departamento

de Chalatenango, siendo su último domicilio la ciudad de Suchitoto,

departamento de Cuscatlán, de Nacionalidad Salvadoreña, siendo hijo

de MARIA MIRANDA, ya fallecida, sin dejar Testamento alguno; a la

señora JACINTA LUCIA MIRANDA ORTEGA, en su calidad de hija

sobreviviente del causante, y cesionaria de los Derechos Hereditarios

del señor JACOBO VENANCIO MIRANDA ORTEGA.

Habiéndosele conferido la administración y representación interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina de la suscrita Notario. San Juan Opico, a los

veintidós días del mes de enero del año dos mil catorce.

KARLA BEATRIZ SIGÜENZA RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. C000609

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domici-

lio de San Salvador, con Ofi cina Ubicada en Primera Calle Oriente,

Número Catorce, Barrio Los Desamparados, de la ciudad de Ilobasco,

Departamento de Cabañas.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las quince horas treinta minutos del día veinticuatro de marzo del año

dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad

de Ilobasco, Departamento de Cabañas, el día treinta y uno de mayo de

dos mil trece, dejó el señor RAFAEL HILARIO PEÑA RODRIGUEZ,

de parte de la señora ELIZABETH LUCINDA RECINOS DE PEÑA o

ELISABETH LUCINDA RECINOS DE PEÑA, en concepto de cónyuge

sobreviviente del causante.

Habiéndose conferido la administración interina y representación de

la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de Ilobasco, a los un días del mes de abril del

año dos mil catorce.

ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA,

NOTARIO.

1 v. No. C000629

ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domici-

lio de San Salvador, con Ofi cina Ubicada en Primera Calle Oriente,

Número Catorce, Barrio Los Desamparados, de la ciudad de Ilobasco,

Departamento de Cabañas.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída,

a las catorce horas cuarenta minutos del día veinte de enero del año dos

mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la Herencia Testamentaria, que a su defunción ocurrida en

la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, el día siete de

septiembre del año dos mil catorce, dejó el señor DESIDERIO MIGUEL

ANGEL GONZALES PEREZ o DESIDERIO MIGUEL ANGEL

GONZALEZ PEREZ y por MIGUEL ANGEL GONZALEZ, de parte de

las señoras SANTOS CLETA RIVERA hoy viuda DE GONZALEZ, y

FRANCISCA VIDES DE GAMEZ, quien es conocida por FRANCISCA

BERFALIA VIDES y BERFALIA VIDES, en su concepto de Herederas

Testamentarias del causaste.

Habiéndose conferido la administración interina y representación

de la Sucesión Testamentaria, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de Ilobasco, a los un día del mes de abril del año dos mil catorce.

ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA,

NOTARIO.

1 v. No. C000630

CESAR ARMANDO VELASQUEZ, Notario, del domicilio de Texistepeque, Departamento de Santa Ana, con Ofi cina ubicada en Co-lonia Mira-Flores, Uno-A de la ciudad de Texistepeque, departamento de Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintinueve de marzo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la he-rencia intestada que a su defunción, ocurrida el día diecinueve de abril de mil novecientos noventa y seis, en el Cantón San Miguel, Jurisdic-ción de Texistepeque, dejó la señora MARIA ALICIA SANDOVAL SANDOVAL; de parte de la señora MARIA ISABEL SANDOVAL ACEVEDO, en su concepto de hija de la causante.

Habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión intestada citada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.

Librado en la ciudad de Texistepeque, Departamento de Santa Ana, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil catorce.

CESAR ARMANDO VELASQUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F000241

MIGUEL ANGEL DERAS MONTES, Notario, de este domicilio, con Ofi cina situada en Condómino Héroes Norte, tercera planta, local tres- catorce, Boulevard de Los Héroes, Frente entrada Anexo Hospital Benjamín Bloom, en la Ciudad de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas cinco minutos del día veintiocho de marzo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor MILTON OMAR

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

CRUZ CRUZ, quien falleció a las veintidós horas y veinte minutos del

día doce de agosto de dos mil trece, a la edad de treinta y ocho años de

edad, a consecuencia de Enfermedad Común con Asistencia Médica, en

el Hospital Nacional Rosales, de esta Ciudad, siendo su último domicilio

esta Ciudad, quien fue originario de Santo Domingo, Departamento de

San Vicente, por lo tanto Salvadoreño por Nacimiento, soltero, Agricultor,

con Documento Único de Identidad número cero dos seis cero dos uno

tres siete-cinco; y Número de Identifi cación Tributaria un mil cinco-cero

dos doce setenta y cuatro-ciento uno-cuatro; hijo de ROSA CRUZ y de

EUGENIO CRUZ, ya fallecido, sin haber formalizado testamento alguno,

de parte del señor LLIN ADALBERTO CRUZ CRUZ; representado en

las presentes diligencias por el Licenciado Juan José Cañas Comayagua;

en su concepto de hermano sobreviviente del causante y como cesionario

de los Derechos Hereditarios en Abstracto que le correspondían a la

señora Rosa Cruz viuda de Cruz.

Habiéndosele conferido la Administración y Representa Interina

de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Librado en mi Bufete Notarial. San Salvador, a los veintiocho días

del mes de marzo de dos mil catorce.

DR. MIGUEL ANGEL DERAS MONTES,

NOTARIO.

1 v. No. F000413

DELMY ELENA ARAUJO GARCIA, Notario, de este domicilio, con

Ofi cina ubicada en la Calle Colima, Número ochocientos cuarenta y

ocho, Colonia Miramonte, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las diecisiete horas con treinta y cinco minutos del día primero de

abril de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara la

señora ROSA MARTINEZ GARCIA, conocida por ROSA MARTINEZ,

ROSA MARTINEZ GARCIA DE PEREZ y ROSA MARTINEZ DE

PEREZ; quien fuera de cincuenta y ocho años de edad, casada, Pensionada,

originaria de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, Salvadoreña,

siendo la Ciudad de Soyapango, su último domicilio; quien falleciera

a las ocho horas y treinta minutos del día veintisiete de febrero de dos

mil doce, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de la

Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, sin haber

dejado testamento alguno; hija de los señores Catalina García, conocida

por Catalina García de Martínez, María Catalina García de Martínez y

María Catalina Martínez y de Pablo Martínez; ambos ya fallecidos; de

parte del señor JOSE SIMEON PEREZ BELTRAN, en su condición de

cónyuge sobreviviente de la Causante y de Cesionario de los Derechos

Hereditarios en Abstracto que correspondían a los señores MARIA

JESUS MARTINEZ MARTINEZ, JUAN PABLO PEREZ MARTINEZ

y ANA GLORIA PEREZ MARTINEZ, hijos de la causante.

Habiéndosele conferido la administración y representación inte-

rina de la Sucesión, con las facultades y restricciones inherentes a los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia para que se presenten a las Ofi cinas

de la suscrita Notario, en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina de la suscrita Notario.- En San Salvador, a

los dos días de abril de dos mil catorce.

DELMY ELENA ARAUJO GARCIA,

NOTARIO.

1 v. No. F000422

LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES, Notario, del domicilio de San

Salvador, con Ofi cina en Avenida Hermanos Marín, número Uno Bis,

San Martín, de este departamento, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las trece horas del

día doce de marzo de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA,

que a su defunción ocurrida el día veinticuatro de julio de dos mil once,

en Edmonton, Alberta, Canadá, siendo su último domicilio Edmonton,

Alberta Canadá, Norteamérica, dejó el causante JOSÉ FELIPE GARCÍA;

conocido por JOSÉ MANUEL GARCIA y JOSÉ MANUEL RODAS

GARCÍA, de parte de la señora MARINA BERTILA REYES DE

GARCÍA, conocida por MARINA BERTILIA REYES DE GARCÍA,

en concepto de cónyuge.

Confi riéndole la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN

INTERINA DE LA SUCESIÓN CON LAS FACULTADES Y RESTRIC-

CIONES DE LOS CURADORES DE LA HERENCIA YACENTE.

Y se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

En consecuencia se CITA por este medio a todos los que se crean

con derecho a la referida Herencia para que se presenten a la Ofi cina

en el término de quince días, contados desde la última publicación del

presente edicto.

Librado en la Ofi cina de la Notario LIDIA GLADYS ROSALES

FUENTES, en la ciudad de San Martín, Departamento de San Salvador,

a los veintiséis días del mes de marzo de dos mil catorce.

LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. F000463

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES, Notario, del domicilio de San

Salvador, con Ofi cina en Avenida Hermanos Marín, número Uno Bis,

San Martín, de este departamento, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las trece horas del

día tres de marzo de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA, que

a su defunción ocurrida el día dieciséis de diciembre de dos mil once, en

Hospital Nacional San Bartolo, Ilopango, de este departamento, siendo

su último domicilio la ciudad de San Martín, de este departamento, dejó

la causante CRESCENCIA BELTRÁN DE LÓPEZ, conocida por HOR-

TENCIA BELTRÁN DE LÓPEZ, de parte de la señora MERCEDES

MARÍA LOPÉZ BELTRÁN, en concepto de hija.

Confi riéndole la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN

INTERINA DE LA SUCESIÓN CON LAS FACULTADES Y RESTRIC-

CIONES DE LOS CURADORES DE LA HERENCIA YACENTE.

Y se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

En consecuencia se CITA por este medio a todos los que se crean

con derecho a la referida Herencia para que se presenten a la Ofi cina

en el término de quince días, contados desde la última publicación del

presente edicto.

Librado en la Ofi cina de la Notario LIDIA GLADYS ROSALES

FUENTES, en la ciudad de San Martín, de este departamento, a los

veintisiete días del mes de marzo de dos mil catorce.

LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. F000465

LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES, Notario, del domicilio de San

Salvador, con Ofi cina en Avenida Hermanos Marín, número Uno Bis,

San Martín, de este departamento, para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día doce de junio de dos mil trece, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la HERENCIA

INTESTADA que a su defunción ocurrida el día tres de mayo de dos

mil seis, en Cantón San José Primero, San Martín, siendo su último

domicilio en San Martín, de este departamento, dejó el causante señor

JOSÉ ÁNGEL VÁSQUEZ ESCOBAR, conocido por JOSÉ ÁNGEL

VÁSQUEZ, de parte de los señores ANDRÉS, MARÍA AMALIA,

PEDRO, FIDEL ALONSO, todos de apellidos VÁSQUEZ MEJÍA y

MARÍA LUCÍA VÁSQUEZ VÁSQUEZ, en concepto de hijos sobre-

vivientes del causante.

Confiriéndoles a los aceptantes la ADMINISTRACIÓN Y

REPRESENTACIÓN INTERINA DE LA SUCESIÓN CON LAS

FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA

HERENCIA YACENTE.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

Ley.

En consecuencia se CITA por este medio a todos los que se crean

con derecho a la referida Herencia para que se presenten a la Ofi cina

en el término de quince días, contados desde la última publicación del

presente edicto.

Librado en la ciudad de San Martín, a los seis días del mes de enero

de dos mil catorce.

LIDIA GLADYS ROSALES FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. F000468

BERNARDO RAUDA MURCIA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina

en Veinticinco Avenida Norte y Calle Gabriela Mistral, Edifi cio Boston,

local doscientos uno, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las doce horas del día veinticuatro de marzo del presente año, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Ayutuxtepeque, de

este Departamento, el día doce de abril de mil novecientos noventa y

cuatro; dejó el causante ANTONIO MANZANO; a la señora GLADIS

DELIA ASCENCIO MANZANO, en calidad de hija sobreviviente.

Por lo tanto confi érase a la aceptante la administración y represen-

tación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todos los que se crean con derecho a

la referida Sucesión para que se presenten a mi Ofi cina en el término de

quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del

presente edicto.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veinticinco días del

mes de marzo de dos mil catorce.

DR. BERNARDO RAUDA MURCIA,

NOTARIO.

1 v. No. F000469

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

BERNARDO RAUDA MURCIA, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Veinticinco Avenida Norte y Calle Gabriela Mistral, Edifi cio Boston, Local Doscientos Uno, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las trece horas del día veinticuatro de marzo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en Tonacatepeque, de este Departamento, el día veintidós de febrero de dos mil trece; dejó la causante MARGARITA MÁRTIR DE JUAREZ; a la señora EVA GLORIA JUAREZ MÁRTIR, en calidad de hija sobreviviente; por lo tanto confi érase a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia: se citan a todos los que se crean con derecho a la referida sucesión; para que se presenten a mi ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinticinco días del mes de marzo de dos mil catorce.

DR. BERNARDO RAUDA MURCIA,

NOTARIO.

1 v. No. F000470

JUAN JOSÉ ARTIGA CÁCERES, Notario, del domicilio de Soyapango, con ofi cina ubicada en Colonia Lomas del Río dos, Pasaje "A", Número trece, Soyapango.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diecisiete horas del día quince de marzo del año dos mil catorce, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Nacional Rosales, de la Ciudad de San Salvador, el día dieciséis de noviembre del dos mil diez, dejó la señora VIRGINIA CISNEROS DE REYES, de parte del señor FERNANDO REYES CRUZ, en su calidad de cónyuge de la Causante y como cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión le corresponden a las señoras MARTA FELÍCITA CISNE-ROS y MARÍA ESTELA CISNEROS REYES, habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina en mención en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del suscrito Notario. En la ciudad y Depar-tamento de Chalatenango, a los treinta y un días del mes de marzo del año dos mil catorce.

JUAN JOSÉ ARTIGA CÁCERES,

NOTARIO.

1 v. No. F000485

ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Jueza de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta minutos del día veintiocho de marzo de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor JOSÉ BAUDILIO HER-NÁNDEZ, quien falleció el día dieciocho de agosto de dos mil diez, en el Hospital Amatepec de la ciudad de Soyapango, departamento de San Salvador, siendo la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de las señoras ROSARIO LEONOR HERNÁNDEZ MERCADO y PAULA REBECA MERCADO HERNÁNDEZ, conocida por PAULA REBECA MERCADO DE MARROQUÍN y por PAULA REBECA MERCADO HERNÁNDEZ, en concepto de herederas testamentarias; y se les ha conferido conjun-tamente a las aceptantes, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las nueve horas cuarenta minutos del día veintiocho de marzo de dos mil catorce. LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ÁNGELA VERÓNICA GUERRA HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000632-1

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ (1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con cinco minutos de este día; se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora TEODORA PINEDA conocida por DORA PINEDA JAIME, quien fue de sesenta y seis años de edad, ama de casa, falleció el día quince de mayo de mil novecientos noventa y ocho, siendo Delgado el lugar de su último domicilio, de parte de los señores RENÉ GONZÁLEZ PINEDA, quien es de cincuenta y tres años de edad, Electromecánico, con Documento Único de Identidad número 02995221-6 y con Número de Identifi cación Tributaria 0614-050560-106-6; FRANCISCO GONZÁLEZ PINEDA, quien es de cuarenta y nueve años de edad, Mecánico, con Documento Único de Identidad número 01036963-4 y con Número de Identifi cación Tributaria 0614-270564-107-3 y EDGARDO GONZÁLEZ PINEDA, quien es de treinta y nueve años de edad, Obra de banco, con Documento Único de Identidad número 03367723-4 y con Número de Identifi cación Tributaria 00614-220973-139-9, como hijos de la Causante TEODORA PINEDA conocida por DORA PINEDA JAIME. Confi riéndoseles a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Siendo representados los aceptantes por el Licenciado EDGAR PÉREZ, con Número de Identifi cación Tributaria 1111-090360-003-1.

Publíquese el edicto de Ley.

JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, JUEZ (1), a las diez horas con diez minutos del día tres de febrero del año dos mil catorce. LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ (1) DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO. LIC. JORGE ROBERTO BURGOS GON-ZÁLEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000319-1

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

JOSÉ HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y veinte minutos del día veintiuno de enero del dos mil catorce, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante GERARDO CARLOS LINARES CRUZ, quien fue de treinta y cinco años de edad, casado, quien falleció el día cinco de agosto del dos mil once, en Los Ángeles California de los Estados Unidos de América, de parte de la señora JUANA GUADALUPE REYES DE LINARES, en su calidad de cónyuge sobreviviente y Cesionaria de los Derechos Hereditarios de los señores GERARDO LINARES RODRÍGUEZ y NIMIA EDITA CRUZ, conocida por MIMIA EDITA CRUZ, estos últimos en sus calidades de padres del causante antes mencionados, y los menores GERARDO CARLOS LINARES REYES y MARIANA ANDREA LINARES REYES, en sus calidades de hijos del causante, através de su madre y representante legal señora JUANA GUADALUPE REYES DE LINARES.

Confi érese a los aceptantes en el carácter antes indicado la admi-nistración y representación INTERINA de la sucesión Intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y se CITA a los que se crean con derecho a la referida herencia a deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publi-cación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las diez horas y veinte minutos del día veintiuno de enero del dos mil catorce. LIC. JOSÉ HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000353-1

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas y veinte minutos del día cinco de marzo del corriente año. Se declaró heredero expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a la una hora con cuarenta minutos del día veinticinco de julio del año dos mil once, en el Caserío San José, del Cantón Santa Clara, de la jurisdicción de Pasaquina, de este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio; dejó el causante Elmer Julián Reinosa Mendoza, de parte del señor Víctor Alfredo Reinoza, conocido por Víctor Alfredo Reinosa, en concepto de padre sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1° C.c. Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-mento de La Unión, a los siete días del mes de marzo de dos mil catorce. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000364-1

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por reso-lución proveída por este Juzgado, a las doce horas treinta minutos del día catorce de enero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las catorce horas cero minutos del día trece de octubre del año dos mil trece, en el Caserío Los Trozos, Cantón Los Arenales, jurisdicción de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, siendo la ciudad de Acajutla, su último domicilio, dejó el señor MANUEL DE JESÚS PINEDA CÁNDIDO, de parte de los señores IRMA CONCEPCIÓN ARRIOLA DE PINEDA y JORGE ALBERTO PINEDA ARRIOLA, en su calidad de cónyuge e hijo respectivamente, y además como cesionarios del derecho hereditario que le correspondía a la señora Cecilia Dolores Cándido de Pineda, en su calidad de madre del expresado causante; por lo que se les ha conferido a dichos aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia o que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las catorce horas treinta minutos del día catorce de enero del año dos mil catorce. LICDA. MELIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ELSA CORALIA RAMÍREZ LEIVA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000449-1

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas veinticinco minutos del día treinta y cinco de marzo de dos mil catorce, se ha teni-do por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ DE JESÚS SERPAS GUANDIQUE o JOSÉ DE JESÚS GUANDIQUE SERPAS; o JOSÉ DE JESÚS GUANDIQUE, o JOSÉ GUANDIQUE, quien fue de noventa y cuatro años de edad, agricultor, fallecido el día veinticinco de enero de dos mil catorce, siendo el municipio de Chapeltique, el lugar de su último domicilio, de parte de los señores BLANCA LIDIA GUANDIQUE DE CAÑAS o BLANCA LIDIA GUANDIQUE CARBALLO, GLORIA DE LA PAZ GUANDIQUE CARBALLO DE ORTIZ o GLORIA DE LA PAZ GUANDIQUE CARBALLO, ÁNGELA LAUDE GUANDIQUE CARBALLO, GERMAN HU-RIEL GUANDIQUE CARBALLO, JOSÉ NOEL GUANDIQUE CARBALLO; y EDIS ALCIDES GUANDIQUE CARBALLO, como hijos sobrevivientes del causante; confi riéndose en el carácter indicado la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL; San Miguel, a las doce horas veintiocho minutos del día treinta y uno de marzo de dos mil catorce. LICDA. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA.

3 v. c. No. F000445-1

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

HERENCIA YACENTE

LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas dieciséis minutos del día cuatro de noviembre de dos mil trece, se ha declarado yacente la herencia que dejó el señor OLIVERIO ENRIQUE ROSALES, fallecido a las veintitrés horas del día veintiocho de marzo de dos mil trece, en Cantón Chancuyo, Colonia Santa Mónica , Ahuachapán, siendo su último domicilio Ahuachapán. Habiéndose nombrado Curador de la Herencia Yacente, para que represente a la sucesión del mencionado causante, al Licenciado CARLOS ARMANDO AGUILAR RINCAN, a quien se le hizo saber su nombramiento y previa aceptación y juramentación, se le discernió el mismo por resolución de las doce horas diez minutos del día veintitrés de enero de dos mil catorce.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las doce horas once minutos del día veintitrés de enero de dos mil catorce. LIC. DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000365-1

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina, se ha presentado por sí y por escrito la Licenciada DELMY BEATRIZ VÁSQUEZ GONZÁLEZ, mayor de edad, de este domicilio, solicitando se expida a su favor TÍTULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Calvario, sin número, de esta población, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS, y se describe así: Al NORTE, linda con Rosa Elena Martínez de Rojas y Gilberto Morán Martínez; al ORIENTE, linda con Juan Armando González Morán; al PONIENTE, linda con solar de Marcelino Morán; y al SUR, linda con Josefi na Carpio Martínez y Josefa Hernández de Hernández. El inmueble descrito no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas o derechos reales, ni está en proindivisión con nadie. Lo valúa en la cantidad de MIL DÓLARES. Lo hubo por compra que hizo a la señora Paz González de Vásquez, quien es mayor de edad, y de este domicilio. Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Francisco Chinameca, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil catorce. ELIEZER MARTÍNEZ CORTEZ, ALCALDE MUNICIPAL. REINA GUADALUPE ARÉVALO ROSAS, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F000371-1

TÍTULO SUPLETORIO

LA SUSCRITA NOTARIO GLADIS ELENA ORTEGA COLOCHO.

HACE SABER: Que a su ofi cina Notarial ubicada en Final Calle Bálber, Centro Comercial Guadalupano, Segundo Nivel, Local Dos- Cinco, frente al Parque Central de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, ha comparecido el señor BOANERGE ANTONIO VARELA MEDRANO, de treinta y cinco años de edad, Comerciante, de este domicilio y departamento, portador de su Documento Único de Identidad número: cero un millón trescientos noventa mil quinientos cincuenta y tres-seis; y con Número de Identifi cación Tributaria: cero quinientos quince- cero noventa mil setecientos setenta y ocho- ciento cinco- cuatro. MANIFESTANDO: Ser dueño y actual poseedor de buena fe, en forma quieta, pacífi ca, continúa e interrumpida, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Pedro Mártir, sin número, jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, MARCADO CATAS-TRALMENTE COMO PARCELA NÚMERO: MIL SESENTA Y NUEVE, DEL MAPA O SECTOR CATASTRAL: CERO QUINIENTOS QUINCE R ONCE; DE UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE MIL NOVENTA Y NUEVE PUNTO SIETE MIL VEINTISIETE METROS CUADRADOS, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE, en dos tiros, el primero de veinticuatro metros y el segundo de trece metros, linda con terreno de José Cipriano Sánchez y Mercedes Mancía de Urbina, calle de por medio; AL ORIENTE, mide cuarenta y tres metros y linda con terreno de Daniel de Jesús Urbina y José Cipriano Sánchez; AL SUR, mide veintiocho metros cincuenta centímetros y linda con terreno de Boanerge Antonio Varela Medrano y Remberto Adilio Antonio Varela Guardado, calle de por medio; AL PONIENTE, mide diecisiete metros y linda con Saraí Delmi Urbina de Trinidad, calle de por medio. Del cual solicita TÍTULO SUPLETORIO. Presentando la Certifi cación de la Denominación Catastral respectiva. Todos los colindantes son del Domicilio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie, y no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, y lo adquirió el compareciente por compraventa que de forma verbal le hizo su padre, el señor: SANTOS LEÓN VARELA PALMA, mayor de edad, Agricultor en pequeño, de este domicilio y departamento, portador de su Documento Único de Identidad Número: cero un millón ciento cuarenta y dos mil trescientos quince-seis, y con Número de Identifi cación Tributaria: cero quinientos quince- ciento veinte mil cuatrocientos cuarenta y cuatro- cero cero uno- tres; según Escritura Número CIENTO SETENTA Y OCHO, otorgada a las catorce horas con treinta minutos del día veintiuno de julio del año dos mil once, ante los ofi cios Notariales de CARLOS ORLANDO AVILA ESPINOZA; posesión que ha ejercido el compareciente, y que data por más de diecio-cho años consecutivos, en forma quieta, y pacífi ca y no interrumpida. El inmueble lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi ofi cina Notarial.

Librado en San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a los trece días del mes de enero del año dos mil catorce. DOY FE.

GLADIS ELENA ORTEGA COLOCHO,NOTARIA.

1 v. No. C000610

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

EDGARDO ANTONIO MOLINA MORALES, Notario, con Ofi cina en

Avenida Hermanos Marín, Uno Bis, San Martín, de este departamento,

al público.

HACE SABER: Que se ha presentado el señor LORENZO ELIAS

AGUILAR MARTÍNEZ, de treinta y ocho años de edad, Empleado,

del domicilio de Oratorio de Concepción, departamento de Cuscatlán,

con Documento Unico de Identidad Número cero dos seis ocho seis

cero tres ocho-nueve, con Número de Identifi cación Tributaria cero

nueve cero cuatro-uno uno cero ocho siete cinco-uno cero uno-uno;

SOLICITANDO TITULO SUPLETORIO a su favor, de un terreno de

naturaleza rústico, situado en el Caserío San Antonio Cantón Palacios,

jurisdicción de Oratorio de Concepción, Departamento de Cuscatlán, de

un área de MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS PUNTO CERO SEIS

METROS CUADRADOS, de las medidas siguientes: AL ORIENTE:

línea de cincuenta y siete metros, linda con Juan Sacaría Pérez; AL

NORTE: línea de veintisiete metros, treinta y seis centímetros, linda con

Juan Zacarías Pérez; AL PONIENTE: cincuenta y siete metros, noventa

y siete centímetros, con Francisco y Porfi rio Hernández Urquilla; AL

SUR: diecisiete metros veinte centímetros, con María Haydee Machado

Constanza, calle vecinal de por medio. Lo posee sin proindivisión con otras

personas y lo obtuvo por compra que le hizo a la señora Juana Amparo

Martínez viuda de Aguilar. No es predio dominante ni sirviente. Y se

pone en conocimiento del público para los efectos de Ley y si alguien

con interés desea alegar igual o mejor derecho deberá hacerlo dentro de

los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso.

Librado en mi Ofi cina Profesional, a los dos días del mes de abril

de dos mil catorce.

EDGARDO ANTONIO MOLINA MORALES,

NOTARIO.

1 v. No. F000471

MIGUEL ÁNGEL COREAS BENAVIDES, Notario, con Ofi cina Jurídica,

situada en Primera Calle Oriente, y Cuarta Avenida Norte, Número dos,

Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán.

HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario, se ha presentado

el señor SAMUEL ANTONIO ALFARO DELGADO, de veinticinco

años de edad, estudiante, del domicilio de esta ciudad, con Documento

Único de Identidad Número: CERO TRES SIETE UNO CUATRO

TRES UNO CINCO- SEIS, y con Número de Identifi cación Tributaria:

CERO NOVECIENTOS TRES- CERO SIETE CERO CUATRO OCHO

SIETE- CIENTO UNO- CUATRO, en nombre y representación del

señor VÍCTOR MANUEL ALFARO BONILLA, solicitando TÍTULO

SUPLETORIO, previo los trámites de ley, de un terreno rústico, situa-

do en los suburbios del Barrio San Juan de la ciudad de Cojutepeque,

departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial de TRES MIL

NUEVE PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS.-

Dicho inmueble no es dominante ni sirviente y lo estima en DIEZ MIL

DÓLARES, de la descripción siguiente: LINDERO NORTE: cincuenta

y ocho punto treinta y tres metros, linda con terrenos de José Jesús

Menjívar Peña, hoy José Abelino López Pérez, cerco de alambre de por

medio; LINDERO ORIENTE: cincuenta y cuatro punto cero uno metros,

linda con terreno de Mariano Carpio Ayala, hoy con Oscar Antonio

Reyes y Julia Beltrán, calle de por medio que conduce a San Ramón,

de un ancho promedio de siete metros de por medio. LINDERO SUR:

cincuenta y cuatro punto ochenta y ocho metros, linda con terreno de

Arcadio Carpio Hernández, hoy Araceli del Carmen Reyes, cerco de

alambre de por medio, LINDERO PONIENTE: cuarenta punto treinta

y tres metros, linda con terreno de Maximiliano Ayala Mejía, quebrada

de invierno de por medio. Lo que se hace del conocimiento del público,

para los efectos de ley.

Librado en la Ciudad de Cojutepeque, a los quince días del mes

de enero de dos mil trece.

LIC. MIGUEL ÁNGEL COREAS BENAVIDES,

NOTARIO.

1 v. No. F000474

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado el Licencia-

do PEDRO ANTONIO FUENTES REYES, mayor de edad, Abogado

de este domicilio; en calidad de Apoderado General Judicial del señor

ISAIAS CALDERÓN ESPINAL, de cincuenta y cuatro años de edad,

comerciante, de este domicilio; solicitando se le extienda a su poderdante

TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en

el Cantón La Paz, Jurisdicción de Bolívar, Departamento de La Unión,

de la capacidad superfi cial de CUATRO MIL CINCUENTA Y TRES

PUNTO CERO UN METROS CUADRADOS, equivalente a CINCO

MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PUNTO CERO CINCO

VARAS CUADRADAS, de las medidas y linderos siguientes: LINDERO

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

NORTE partiendo del vértice Nor Poniente está formado por un tramo

con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sureste ochenta y

cuatro grados cuarenta y nueve minutos cincuenta y tres segundos con

una distancia de cuarenta y dos punto cero seis metros; colindando con

terrenos de ARISTIDES CALDERÓN, con CARRETERA BOLIVAR/

SAN JOSÉ LA FUENTE de por medio.- LINDERO ORIENTE partiendo

del vértice Nor Oriente está formado por siete tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Sureste cero un grados cero tres mi-

nutos cuarenta y un segundos con una distancia de treinta y cinco punto

cuarenta y cinco metros; Tramo dos, Suroeste cero cinco grados cero tres

minutos treinta segundos con una distancia de siete punto diez metros;

Tramo tres, Suroeste diecinueve grados treinta y tres minutos diecisiete

segundos con una distancia de seis punto setenta metros; Tramo cuatro,

Suroeste veintinueve grados cero ocho minutos veintisiete segundos con

una distancia de cuarenta y uno punto cincuenta metros; Tramo cinco,

Suroeste once grados quince minutos cero dos segundos con una distancia

de veintiuno punto treinta metros; Tramo seis, Suroeste trece grados

cincuenta y siete minutos cincuenta segundos con una distancia de tres

punto noventa metros; Tramo siete, Suroeste dieciocho grados cero tres

minutos cincuenta y un segundos con una distancia de dos punto quince

metros; colindando con terrenos de RENE HERNÁNDEZ, CLEOFAS

HERNÁNDEZ, HORACIO ALVAREZ, con CAMINO VECINAL

de por medio.- LINDERO SUR partiendo del vértice Sur Oriente está

formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Suroeste ochenta grados catorce minutos cincuenta y siete segundos

con una distancia de ocho punto cero cero metros; Tramo dos, Noroeste

ochenta y siete grados trece minutos cuarenta y cuatro segundos con

una distancia de doce punto cincuenta metros; colindando con terrenos

de SUCESIÓN MARTINA ESPINAL, con cerco de púas.- LINDERO

PONIENTE partiendo del vértice Sur Poniente está formado por un tramo

con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noreste cero tres

grados dieciséis minutos cincuenta y un segundos con una distancia de

ciento dieciséis punto cincuenta y tres metros; colindando con terrenos

de SUCESIÓN MARTINA ESPINLA, con cerco de púas. Así se llega

al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción.- Dicho

terreno lo valúa en la suma de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, y lo adquirió por compraventa de

posesión hecha a la señora MACLOVIA VILLATORO, el día catorce de

enero de mil novecientos noventa y cinco. Y a la señora ANA DELMIS

ÁLVAREZ o ANA DELMIRA ÁLVAREZ, el veintinueve de diciembre

de mil novecientos ochenta y nueve.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los seis días del mes

de junio del dos mil trece. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000607-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

PEDRO ANTONIO FUENTES REYES, como Apoderado General Judi-

cial con Cláusula Especial de la señora MARIA DE LA PAZ JOYA DE

CALDERON, de cincuenta y cinco años de edad, Ama de Casa, Originaria

y del domicilio de Bolívar, Departamento de La Unión, solicitando se

le extienda a su Representada TITULO SUPLETORIO, de un terreno

de naturaleza rústica, de la Capacidad superfi cial de QUINIENTOS

OCHENTA Y SEIS PUNTO DOCE METROS CUADRADOS, equi-

valentes a OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO SESENTA

Y DOS VARAS CUADRADAS, ubicado en el Cantón La Paz, Jurisdic-

ción de Bolívar, Departamento de La Unión, de las medidas y linderos

siguientes: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor Poniente está

formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Sureste cuarenta y nueve grados cincuenta y dos minutos cuarenta

y seis segundos con una distancia de doce punto noventa y cinco metros,

Tramo dos, sureste cincuenta y seis grados treinta y un minutos treinta y

tres segundos con una distancia de doce punto cuarenta y cuatro metros,

colindando con terrenos de Guillermo Villatoro Rosales, con quebrada

de invierno de por medio; LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice

Nor Oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, suroeste treinta y seis grados cero dos minutos

once segundos con una distancia de once punto noventa y siete metros,

tramo dos sureste cincuenta y ocho grados cincuenta y cuatro minutos

cuarenta y tres segundos con una distancia de doce punto cincuenta metros;

colindando con terrenos de José Edgar Brand Moreira, ahora Amalia

Calderón, con cerco de púas; LINDERO SUR: Partiendo del vértice sur

oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias,

tramo uno noroeste setenta y dos grados cuarenta y nueve minutos cero

cero segundos con una distancia de diecisiete punto veintisiete metros,

colindando con terrenos de José Edgardo Brand Moreira ahora Amalia

Calderón y José Santos Joya Villatoro, ahora con Carlos García con cerco

de púas; LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice sur poniente está

formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias, tramo uno

noreste veintitrés grados diecinueve minutos cincuenta y siete segundos

con una distancia de trece punto diez metros; tramo dos noreste treinta

y un grados cuarenta y un minutos doce segundos con una distancia de

dieciséis punto setenta metros, colindando con terrenos de Francisco

Joya Villatoro y Martín Joya ahora de Margarita Rosales y Ovidio García

Joya, con calle de por medio, así se llega al vértice nor poniente, que es

donde se inicia la descripción; valuándolo en la suma de CINCO MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió

por compraventa de posesión que le hizo a la señora ADELA JOYA, el

día veinte de abril del año dos mil trece.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco días

del mes de febrero de dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000608-1

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,

AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

HUGO ROSENDO VLADIMIR HERNANDEZ, mayor de edad, Abo-

gado, del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, con

Documento Único de Identidad número cero cero setecientos cuatro mil

cuatrocientos veinticuatro-uno; con Tarjeta de Abogado número once mil

novecientos diez; y Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos

seis-ciento ochenta mil trescientos setenta y siete-ciento dos-cuatro; en

su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del

señor JOSE EVELIO RIVAS ORELLANA, de treinta y un años de edad,

Jornalero, del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas,

con Documento Único de Identidad número cero cuatro millones ciento

noventa y cuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro-cinco; y Número

de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis-ciento ochenta mil

trescientos ochenta y dos-ciento cuatro-ocho; solicitando se le extienda

TITULO SUPLETORIO, a favor del referido señor, de un inmueble

de naturaleza Rústica situado en Cantón Chunte, de la Jurisdicción de

Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial

según su antecedente de OCHENTA METROS CUADRADOS, pero

en realidad es de UN MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE PUNTO

CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a UN

MIL SETECIENTOS UNO PUNTO OCHENTA Y SIETE VARAS

CUADRADAS; Que tiene las siguientes medidas y colindancias; LIN-

DERO NORTE: Formado por dos tramos con los siguientes rumbos

y distancias: Tramo uno, con una distancia de dieciocho punto treinta

y cinco metros; colindando con propiedad de la señora ALBERTINA

AGUILAR, con Zanjuela de por medio; Tramo dos, con una distancia de

siete punto setenta y ocho metros; colindando con propiedad de la señora

JUANA AGUILAR, con Zanjuela de por medio; LINDERO ORIENTE:

Formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, con una distancia de cuarenta y tres punto ochenta y nueve me-

tros; Tramo dos, con una distancia de veintiocho punto sesenta y siete

metros; Tramo tres, con una distancia de cinco punto cero tres metros;

colindando con propiedad del señor JOSE NAPOLEON VELASCO,

con Calle Nacional que conduce hacia el Cantón Providencia de por

medio; LINDERO SUR: Formado por dos tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, con una distancia de cuatro punto cero

nueve metros; Tramo dos, con una distancia de tres punto noventa y un

metros; colindando con propiedad de la señora JUANA ZAVALA DE

CRUZ, con Calle Nacional que conduce hacia el Cantón Providencia

de por medio; y LINDERO PONIENTE: Formado por dos tramos con

los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, con una distancia de

dieciséis punto ochenta y tres metros; Tramo dos, con una distancia

de cincuenta y siete punto diez metros; colindando con propiedad del

señor FRANCISCO QUINTEROS MARTINEZ, con tela metálica de

la porción que se describe de por medio. Lo adquirió, por compraventa

que hizo al señor JUAN ANTONIO CASTRO BARRERA, en el año dos

mil doce. Y lo valora en DOCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los catorce días

del mes de enero de dos mil catorce. LIC. JOSE ANGEL POSADA CIS-

NEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. HUGO ERNESTO

MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000624-1

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,

AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licen-

ciado HUGO ROSENDO VLADIMIR HERNANDEZ, mayor de edad,

Abogado, del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas,

con Documento Único de Identidad número cero cero setecientos cuatro

mil cuatrocientos veinticuatro-uno, con Tarjeta de Abogado número

once mil novecientos diez; y número de Identifi cación Tributaria cero

novecientos seis-ciento ochenta mil trescientos setenta y siete-ciento

dos-cuatro; en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula

Especial del señor PAULINO MARTINEZ MERCADO, de cincuenta

años de edad, motorista, de este domicilio, con Documento Único de

Identidad número cero un millón doscientos ochenta mil quinientos

treinta y dos-siete; y Número de Identifi cación Tributaria cero no-

vecientos seis-doscientos veinte mil seiscientos sesenta y tres-ciento

uno-tres; solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, a favor

del referido señor, de un inmueble de naturaleza Rústica situado en

Cantón Tempisque, de la Jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento

de Cabañas, de una extensión superfi cial de DOS MIL SEISCIENTOS

OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, y de sus colindancias

siguientes: AL ORIENTE: un tiro de cuarenta metros linda con terreno

de Ronald Rivas, divididos por una calle de tres metros de ancho; AL

NORTE: un tiro de cuarenta y nueve metros, linda con terreno de Isabel

Rodríguez Mauricio, hoy con el señor Sebastián Aparicio Rodríguez

Castro, divididos por mojones de piedra en línea recta; AL PONIENTE:

un tiro de cuarenta y cuatro metros, linda con terreno de Rosa Rodríguez

Mauricio, separados por una quebradita de invierno y mojones de piedra;

y AL SUR: un tiro de setenta y nueve metros, linda en parte con María

Nelsida Mauricio, sigue lindando con Timoteo Mauricio continúa con

Guillermina Mauricio y fi nalmente con Adrián Mauricio. Les divide cerco

de alambre de la parcela que se describe. Lo adquirió por compraventa

que le hizo al señor Miguel Angel Rodríguez Mauricio, en el año dos

mil trece. Y lo valora en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los nueve días

del mes de diciembre de dos mil trece. Entrelíneas.al.vale.enmendado.

cinco.vale. LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA. LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000626-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,

AL PÚBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licencia-

do HUGO ROSENDO VLADIMIR HERNANDEZ, mayor de edad,

Abogado, del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas,

con Documento Único de Identidad número cero cero setecientos cuatro

mil cuatrocientos veinticuatro-uno; con Tarjeta de Abogado número

once mil novecientos diez; y Número de Identifi cación Tributaria cero

novecientos seis-ciento ochenta mil trescientos setenta y siete-ciento

dos-cuatro; en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula

Especial de la señora MARIA CLEMENTINA MELENDEZ AMAYA,

de cincuenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, de este domici-

lio, con Documento Único de Identidad número cero cero quinientos

cincuenta mil cuatrocientos cincuenta y siete-cero; y Número de Iden-

tifi cación Tributaria cero novecientos seis-ciento veinte mil trescientos

sesenta y dos-ciento tres-siete; solicitando se le extienda TITULO

SUPLETORIO, a favor de la referida señora, de dos inmuebles, de

naturaleza Rústica situados en Cantón San Gregorio de esta jurisdicción,

con una Extensión Superfi cial de las descripciones siguientes; PRIMER

INMUEBLE: de una extensión superfi cial de VEINTIDÓS MIL OCHO-

CIENTOS OCHENTA Y UNO PUNTO CERO TRES METROS

CUADRADOS, equivalentes a TRES MANZANAS DOS MIL SETE-

CIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO DIECIOCHO VARAS CUA-

DRADAS; de las distancias y linderos siguientes; LINDERO NORTE:

No cuenta con lindero Norte por ser de forma triangular y termina en

vértice; LINDERO ORIENTE: Formado por veintidós tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, con una distancia de diez

punto sesenta y cinco metros; Tramo dos, con una distancia de nueve

punto sesenta y tres metros; Tramo tres, con una distancia de once

punto cuarenta y tres metros; Tramo cuatro, con una distancia de siete

punto veintitrés metros; Tramo cinco, con una distancia de ocho punto

setenta y un metros; Tramo seis, con una distancia de seis punto cin-

cuenta y tres metros; Tramo siete, con una distancia de seis punto

treinta y ocho metros; Tramo ocho, con una distancia de dos punto

treinta y ocho metros; Tramo nueve, con una distancia de catorce pun-

to veintidós metros; Tramo diez, con una distancia de tres punto sesen-

ta y tres metros; Tramo once, con una distancia de siete punto doce

metros; Tramo doce, con una distancia de nueve punto cero nueve

metros; Tramo trece, con una distancia de veintiséis punto ochenta

metros; Tramo catorce, con una distancia de diecisiete punto catorce

metros; Tramo quince, con una distancia de diez punto cuarenta y cua-

tro metros; Tramo dieciséis, con una distancia de ocho punto ochenta y

tres metros; Tramo diecisiete, con una distancia de siete punto setenta

y dos metros; Tramo dieciocho, con una distancia de cuatro punto doce

metros; Tramo diecinueve, con una distancia de cinco punto treinta

metros; Tramo veinte, con una distancia de diez punto sesenta y ocho

metros; Tramo veintiuno, con una distancia de catorce punto cero cinco

metros; Tramo veintidós, con una distancia de diez punto setenta y un

metros; colindando con propiedad del señor SANTOS ORELLANA

dividido parte por cerco de alambre de púas y cerco de piedra de por

medio; LINDERO SUR: Formado por treinta y cinco tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, con una distancia de un

punto treinta y cinco metros; Tramo dos, con una distancia de seis

punto treinta y un metros; Tramo tres, con una distancia de cuatro

punto sesenta y ocho metros; Tramo cuatro, con una distancia de cuatro

punto treinta y cuatro metros; Tramo cinco, con una distancia de cuatro

punto sesenta y siete metros; Tramo seis, con una distancia de siete

punto sesenta y siete metros; Tramo siete, con una distancia de ocho

punto setenta y ocho metros; Tramo ocho, con una distancia de trece

punto cincuenta y cuatro metros; Tramo nueve, con una distancia de seis

punto treinta metros; Tramo diez, con una distancia de nueve punto

cincuenta metros; Tramo once, con una distancia de seis punto veintidós

metros; Tramo doce, con una distancia de siete punto cuarenta y dos

metros; Tramo trece, con una distancia de seis punto setenta y seis

metros; Tramo catorce, con una distancia de cinco punto trece metros;

Tramo quince, con una distancia de dos punto noventa y cuatro metros;

Tramo dieciséis, con una distancia de siete punto veinte metros; Tramo

diecisiete, con una distancia de ocho punto cuarenta y cinco metros;

Tramo dieciocho, con una distancia de ocho punto cuarenta metros;

Tramo diecinueve, con una distancia de siete punto doce metros; Tramo

veinte, con una distancia de once punto catorce metros; Tramo veintiu-

no, con una distancia de quince punto cincuenta y nueve metros; Tramo

veintidós, con una distancia de dieciocho punto cincuenta y cuatro

metros; Tramo veintitrés, con una distancia de nueve punto sesenta y

cinco metros; Tramo veinticuatro, con una distancia de un punto cero

seis metros; Tramo veinticinco, con una distancia de cuatro punto se-

tenta y ocho metros; Tramo veintiséis, con una distancia de cuatro

punto noventa y cuatro metros; Tramo veintisiete, con una distancia de

dos punto cincuenta y cinco metros; Tramo veintiocho, con una distan-

cia de siete punto treinta y siete metros; Tramo veintinueve, con una

distancia de ocho punto setenta y dos metros; Tramo treinta, con una

distancia de tres punto setenta y dos metros; Tramo treinta y uno, una

distancia de tres punto noventa y un metros; Tramo treinta y dos, con

una distancia de diez punto cincuenta y dos metros; Tramo treinta y tres,

con una distancia de nueve punto cuarenta y un metros; Tramo treinta

y cuatro, con una distancia de tres punto ochenta y cinco metros; Tramo

treinta y cinco, con una distancia de tres punto cero cinco metros; co-

lindando con porción DOS propiedad de la señora MARIA CLEMEN-

TINA MELENDEZ AMAYA, y propiedad del señor PEDRO

RODRIGUEZ con Calle Nacional que de Sensuntepeque conduce hacia

Cantón Nombre de Dios de por medio; LINDERO PONIENTE: Forma-

do por treinta y un tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, con una distancia de dos punto treinta y cinco metros; Tramo dos,

con una distancia de dos punto treinta y siete metros; Tramo tres, con

una distancia de nueve punto cuarenta y un metros; Tramo cuatro, con

una distancia de nueve punto noventa y dos metros; Tramo cinco, con

una distancia de once punto setenta y ocho metros; Tramo seis, con una

distancia de ocho punto ochenta y dos metros; Tramo siete, con una

distancia de ocho punto treinta y nueve metros; Tramo ocho, con una

distancia de seis punto noventa y cuatro metros; Tramo nueve, con una

distancia de cuatro punto treinta metros; Tramo diez, con una distancia

de tres punto sesenta metros; Tramo once, con una distancia de tres

punto ochenta y tres metros; Tramo doce, con una distancia de dos

punto setenta y un metros; Tramo trece, con una distancia de doce

punto noventa y siete metros, Tramo catorce, con una distancia de

veintinueve punto sesenta y dos metros; Tramo quince, con una distan-

cia de nueve punto treinta y ocho metros; Tramo dieciséis, con una

distancia de tres punto setenta y tres metros; Tramo diecisiete, con una

distancia de siete punto cero un metros; Tramo dieciocho, con una

distancia de cinco punto noventa y cuatro metros; Tramo diecinueve,

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

con una distancia de siete punto setenta y seis metros; Tramo veinte,

con una distancia de tres punto cuarenta y cinco metros; Tramo veintiu-

no, con una distancia de tres punto dieciocho metros; Tramo veintidós,

con una distancia de dos punto treinta y nueve metros; con una distancia

de cuatro punto ochenta y cinco metros; Tramo veinticuatro, con una

distancia de dieciséis punto cero ocho metros; Tramo veinticinco, con

una distancia de dieciocho punto cero un metros; Tramo veintiséis, con

una distancia de cuatro punto noventa y ocho metros; Tramo veintisie-

te, con una distancia de cinco punto veintiún metros; Tramo veintiocho,

con una distancia de cuatro punto sesenta y seis metros; Tramo veinti-

nueve, con una distancia de dos punto noventa y tres metros; Tramo

treinta, con una distancia de siete punto cincuenta y siete metros; Tramo

treinta y uno, con una distancia de once punto cuarenta y nueve metros;

colindando con propiedad del señor PEDRO RODRIGUEZ con cerco

de alambre de púas de por medio; colindando. SEGUNDO INMUEBLE:

de una extensión superfi cial de TRES MIL CUATROCIENTOS CIN-

CUENTA Y SEIS PUNTO CUARENTA Y UN METROS CUADRA-

DOS, equivalentes a CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y

CINCO PUNTO CUARENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, de

las distancias y linderos siguientes; LINDERO NORTE: Formado por

veintiséis tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,

con una distancia de uno punto cero un metros; Tramo dos, con una

distancia de cinco punto cincuenta y un metros; Tramo tres, con una

distancia de dos punto ochenta y dos metros; Tramo cuatro, con una

distancia de siete punto cero cuatro metros; Tramo cinco, con una dis-

tancia de trece punto setenta y un metros; Tramo seis, con una distancia

de seis punto noventa y siete metros; Tramo siete, con una distancia de

diez punto doce metros; Tramo ocho, con una distancia de diecinueve

punto sesenta metros; Tramo nueve, con una distancia de cinco punto

setenta y ocho metros; Tramo diez, con una distancia de siete punto

sesenta metros; Tramo once, con una distancia de ocho punto cero

siete metros; Tramo doce, con una distancia de once punto cincuenta y

tres metros; Tramo trece, con una distancia de doce punto veintidós

metros; Tramo catorce, con una distancia de siete punto veintitrés metros;

Tramo quince, con una distancia de cinco punto veintiún metros; Tramo

dieciséis, con una distancia de uno punto noventa y ocho metros; Tramo

diecisiete, con una distancia de cinco punto veintisiete metros; Tramo

dieciocho, con una distancia de seis punto noventa y cinco metros;

Tramo diecinueve, con una distancia de siete punto setenta y seis metros;

colindando con porción UNO propiedad de la señora MARIA CLE-

MENTINA MELENDEZ AMAYA con Calle Nacional que de

Sensuntepeque conduce hacia Cantón Nombre de Dios de por medio;

Tramo veinte, con una distancia de seis punto cincuenta y seis metros;

Tramo veintiuno, Norte sesenta y tres grados veintiún minutos cuaren-

ta y siete segundos Este con una distancia de diez punto setenta y nueve

metros; Tramo veintidós, con una distancia de trece punto cero ocho

metros; Tramo veintitrés, Norte sesenta y tres grados treinta y un minu-

tos catorce segundos Este con una distancia de uno punto noventa y

cinco metros; Tramo veinticuatro, con una distancia de tres punto cero

seis metros; Tramo veinticinco, con una distancia de siete punto sesen-

ta y tres metros; Tramo veintiséis, con una distancia de trece punto

noventa y cinco metros; colindando con propiedad del señor SANTOS

ORELLANA con Calle Nacional que de Sensuntepeque conduce hacia

Cantón Nombre de Dios de por medio; LINDERO ORIENTE: Formado

por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,

con una distancia de doce punto cuarenta y tres metros; Tramo dos, con

una distancia de seis punto noventa y cuatro metros; Tramo tres, con

una distancia de cinco punto cero cinco metros; Tramo cuatro, con una

distancia de nueve punto ochenta y siete metros; colindando con pro-

piedad del señor MARTIR AMAYA con zanjuela de invierno de por

medio; LINDERO SUR: Formado por treinta tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, con una distancia de ocho punto no-

venta y ocho metros; Tramo dos, con una distancia de tres punto cin-

cuenta y un metros; Tramo tres, con una distancia de trece punto

treinta y un metros; Tramo cuatro, con una distancia de seis punto cero

cuatro metros; Tramo cinco, con una distancia de ocho punto setenta y

cuatro metros; Tramo seis, con una distancia de cinco punto cuarenta y

cinco metros; Tramo siete, con una distancia de tres punto noventa y

cinco metros; Tramo ocho, con una distancia de dos punto treinta metros;

Tramo nueve, con una distancia de tres punto ochenta y un metros;

Tramo diez, con una distancia de dos punto sesenta y ocho metros;

Tramo once, con una distancia de dos punto sesenta y cinco metros;

Tramo doce, con una distancia de dos punto ochenta y seis metros;

Tramo trece, con una distancia de tres punto cuarenta metros; Tramo

catorce, con una distancia de dos punto diecinueve metros; Tramo

quince, con una distancia de dos punto dieciocho metros; Tramo dieci-

séis, con una distancia de dos punto trece metros; Tramo diecisiete, con

una distancia de dos punto cero un metros; Tramo dieciocho, con una

distancia de dos punto veintiún metros; Tramo diecinueve, con una

distancia de seis punto cuarenta y tres metros; Tramo veinte, con una

distancia de cuatro punto setenta y dos metros; Tramo veintiuno, con

una distancia de cuatro punto cincuenta y cuatro metros; Tramo veinti-

dós, con una distancia de cuatro punto ochenta y un metros; Tramo

veintitrés, con una distancia de siete punto catorce metros; Tramo vein-

ticuatro, con una distancia de diecisiete punto treinta metros; Tramo

veinticinco, con una distancia de diez punto setenta y un metros; Tramo

veintiséis, con una distancia de diez punto treinta y dos metros; Tramo

veintisiete, con una distancia de veintiún punto ochenta y ocho metros;

Tramo veintiocho, con una distancia de treinta y un punto cincuenta y

cinco metros; Tramo veintinueve, con una distancia de once punto once

metros; Tramo treinta, con una distancia de cuatro punto noventa y seis

metros; colindando con propiedad del señor MARTIR AMAYA con

zanjuela de invierno de por medio; y LINDERO PONIENTE: Formado

por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,

con una distancia de cuatro punto setenta y cuatro metros; Tramo dos,

con una distancia de dos punto cincuenta y nueve metros; Tramo tres,

con una distancia de dos punto ochenta y dos metros; Tramo cuatro, con

una distancia de dos punto cero seis metros; Tramo cinco, con una

distancia de dos punto ochenta y ocho metros; colindando con propiedad

del señor PEDRO RODGRIGUEZ con cerco de alambre de púas de por

medio: Lo adquirió por compraventa de hecho que le hizo su madre

señora CARMEN AMAYA. Y ambos inmuebles los valora en CINCO

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERI-

CA

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los nueve días

del mes de diciembre de dos mil trece. LIC. JOSE ANGEL POSADA

CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ER-

NESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000627-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2014133210

No. de Presentación: 20140196201

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado YASMIN

ELENA MEJIA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de

EVEREST, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: EVEREST, S. A.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

FINCA LOS ALPES

Consistente en: las palabras FINCA LOS ALPES, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA AL CULTIVO, COMER-

CIALIZACION DE CAFE, AROMATIZANTES Y SABORIZANTES

DE CAFE, BEBIDAS A BASE DE CAFE, CAFE SIN TOSTAR.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000403-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2014133509

No. de Presentación: 20140196851

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

ARACELY RETANA MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la EXPRE-

SION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión La Casa del Postre porque hecho

en casa sabe mejor y diseño. La marca a la que hace referencia la

presente expresión o señal de publicidad comercial es LA CASA DEL

POSTRE, inscrita al Número 00039 del libro 00223 de Marcas, que

servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES

SOBRE:PRODUCTOS ELABORADOS A BASE DE HARINAS Y

PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN Y PRODUCTOS

DE PASTELERIA.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de febrero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000435-1

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA

El presidente de la Junta Directiva de la sociedad "GEMA INDUSTRIAL,

S. A. DE C. V.", de este domicilio, de conformidad a la cláusula dé-

cima cuarta del pacto social vigente, por este medio CONVOCA a los

señores accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE

ACCIONISTAS, que por los puntos a tratar es de naturaleza ordinaria,

la cual se celebrará el día Lunes veintiséis de Mayo del año dos mil

catorce, a partir de las quince horas, en 25 Calle poniente No. 949-A, y

17 Avenida Norte, Colonia Layco, San Salvador, para conocer y resolver

la siguiente agenda:

1.- Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General, Estado de Resultados, El Estado de Cambios en el Patrimonio y el Informe del Auditor Externo del ejercicio económico 2013, a fi n de probar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas.

2.- Nombramiento del Auditor Financiero y fi jación de sus emolumentos.

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

3.- Aplicación de los Resultados Económicos del Ejercicios del 1° de Enero al 31 de Diciembre de 2013.

Para que la JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, se considere

legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberán estar

presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones

que forman el capital social y las resoluciones se tomarán por la mayoría

de los votos correspondientes a las acciones presentes.

En el caso de que por falta de quórum necesario para la celebración

de la junta en el lugar, hora y fecha expresada, el presidente de la junta

directiva, por este mismo medio CONVOCA a los señores accionistas

para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS,

en segunda convocatoria para la celebración de misma junta a las catorce

horas del día martes veintisiete de Mayo de dos mil catorce, en el mismo

lugar, la cual se considerará válidamente constituida, cualquiera que sea

el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por

mayoría de los votos presentes.

San Salvador, a los dos días del mes de Abril de dos mil catorce.

GERARDO MARTINEZ HOFER.

3 v. alt. No. C000612-1

CONVOCATORIA

El infrascrito Director Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad

BLANQUEADORES Y DESINFECTANTES, S. A. DE. C. V., de

conformidad con su pacto social, por este medio CONVOCA, a sus accio-

nistas para que concurran a Celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA

Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, el día 05 de Mayo del

año 2014, a las nueve horas, en sus ofi cinas en Colonia San Antonio y

Avenida Las Delicias, número 4-B, de la Ciudad de Soyapango, con el

objeto de conocer y resolver la siguiente Agenda:

1) Verifi cación del Quórum.

2) Aprobación de la Agenda.

3) Lectura del Acta anterior.

4) Presentación y Resolución sobre la Memoria de Labores de

la Junta Directiva y de los Estados Financieros del Ejercicio

2013.

5) Dictamen e informe del Auditor Externo Ejercicio 2013.

6) Dictamen e informe del Auditor Fiscal Ejercicio 2013.

7) Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio del 2014

y aprobación de sus emolumentos.

8) Nombramiento del Auditor Fiscal para el Ejercicio del 2014

y aprobación de sus emolumentos.

9) Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y que

sea de la competencia de esta Junta Directiva conforme a la

Ley o Pacto Social.

El Quórum necesario para celebrar esta Junta General es las tres

cuartas partes del Capital Social.

En caso de no haber Quórum en la fecha y hora señalada se convoca

por segunda vez para las nueve horas del día seis de Mayo en el mismo

lugar y se celebrará la Junta con cualquiera que sea el número de acciones

presentes o representadas y se tomarán resoluciones por mayoría.

Soyapango, 31 de marzo del 2014.

MARIA ESTELA MORENO DE VELASQUEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C000613-1

CONVOCATORIA

Se convoca a los señores accionistas de HOLCIM EL SALVADOR,

S. A. DE C. V., para celebrar sesión de Junta General Extraordinaria y

Ordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo a las 8:30 horas del día

Viernes 02 de Mayo de 2014, en primera convocatoria, en las ofi cinas

de la sociedad situadas en calle Holcim y Avenida El Espino, Urbani-

zación Madreselva, Antiguo Cuscatlán, y en segunda convocatoria a las

8:30 horas del día Sábado 03 de Mayo de 2014 en el mismo lugar, para

deliberar y resolver los temas de la siguiente Agenda:

AGENDA

a) Verifi cación del Quórum.

b) Lectura y Aprobación de las Actas Anteriores, Extraordinaria

y Ordinaria.

PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO

1) Modifi cación al Pacto Social de la Sociedad.

2) Designación de ejecutor especial, en caso de ser aprobado el

punto anterior.

PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO

1) Memoria de Labores de la Administración, Balance General,

Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio

e Informe del Auditor Externo, todos correspondientes al

Ejercicio Económico anual que fi nalizó el 31 de diciembre

de 2013.

2) Aplicación de Resultados de 2013 y Reservas correspondientes

a resultados de ejercicios anteriores.

3) Nombramiento de Junta Directiva y fi jación de sus emolu-

mentos.

4) Elección del Auditor Externo para el ejercicio de 2014 y

fi jación de sus emolumentos.

5) Elección del Auditor Fiscal para el ejercicio de 2014 y fi jación

de sus emolumentos.

6) Autorización que establece el art. 275 del código de comer-

cio.

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

Para los puntos de carácter extraordinario de la agenda podrán ser

conocidos en primera convocatoria por las tres cuartas partes del total

de las acciones que conforman el capital social o sea 58,633,350 accio-

nes presentes y/o representadas e igual número de acciones para tomar

resoluciones. Si fuese en segunda convocatoria será necesario la mitad

más una del total de acciones presentes y/o representadas que componen

el capital social y para tomar resoluciones las tres cuartas partes de las

acciones presentes y/o representadas. .

Todos los puntos de carácter ordinario de la agenda podrán ser

conocidos en primera convocatoria, por la mitad más una del total de

las Acciones que conforman el capital social o sea 39,088,901 accio-

nes, presentes o representadas, y se tomará resolución con el voto de la

mayoría de las acciones presentes y/o representadas. Si la Junta General

Ordinaria se reunieren en la segunda fecha de la convocatoria, estos puntos

podrán conocerse cualquiera que sea el número de acciones presentes

y/o representadas, y se tomará resolución con el voto favorable de la

mayoría de las acciones presentes y/o representadas.

Antiguo Cuscatlán, 02 de abril de 2014.

ATENTAMENTE,

RAFAEL ALVARADO CANO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C000616-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Telesis, S. A. de C. V. Convoca a los accionistas

de la Sociedad a sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas,

que deberá celebrarse a las 15:00 horas del día 29 de abril del 2014 en

primera convocatoria, en Hotel Real Intercontinental, Salón Jacarandas,

Boulevard de Los Héroes, Avenida Sisimiles, Colonia Miramonte de

esta ciudad, o en segunda convocatoria a las 15:00 horas del día 30 de

abril de 2014, en el mismo lugar ya mencionado de no haber quórum

necesario en la primera fecha.

La agenda a desarrollar será la siguiente:

AGENDA

1. Establecimiento y Comprobación del quórum.

2. Lectura y aprobación del acta anterior.

3. Conocer y aprobar o desaprobar la Memoria anual de labores correspondiente a las actividades desarrolladas durante el ejercicio económico 2013.

4. Conocer y aprobar o desaprobar el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de Flujo de efectivo y el Estado de Cambios en el Patrimonio del periodo económico del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013.

5. Informe del Auditor Externo.

6. Aplicación de resultados.

7. Nombramiento del Auditor Externo, su suplente y fi jación de sus honorarios para el ejercicio económico 2014.

8. Nombramiento del Auditor Fiscal, su suplente y fi jación de sus honorarios para el ejercicio económico 2014.

9) Autorización especial requerida por el Art. 275, numeral III

del Código de Comercio.

10) El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General Ordinaria de Accionistas que será de la mitad más una del total de las acciones, o sea 53,259 acciones presen-tes o representadas en primera convocatoria y en segunda convocatoria se establecerá la sesión cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas

San Salvador, 24 de marzo del año dos mil catorce.

ING. ROBERTO ANTONIO GOODALL,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C000649-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la sociedad TRANSPORTISTAS ASOCIADOS

DEL NORTE DE SAN MIGUEL, S. A. DE C. V., que se puede abreviar

TADENSAM, S. A. DE C. V.

Por este medio convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas,

a celebrarse a las 9:00 horas del día Miércoles 30 de Abril de 2014, en

el Restaurante Mamá Gallina, situado en la Av. Roosevelt Nte. y 2ª. Cl.

Pte. N° 303 de la Ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel,

en la cual se tratará la siguiente agenda:

1. Establecimiento del quórum.

2. Lectura y Aprobación del Acta Anterior.

3. Presentación de Memoria de Labores del Periodo del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2013.

4. Presentación de Estados Financieros.

5. Informe de Auditor Externo.

6. Aplicación de Utilidades.

7. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-

rarios.

8. Varios.

Para celebrar la Junta General Ordinaria, deberá estar presente la

mitad más una de las acciones que tengan derecho a voto y las resolu-

ciones se tomarán por la mayoría de los votos presentes. Caso no hubiere

quórum a la hora y fecha señalada se cita en segunda convocatoria, en el

mismo lugar y hora el día Miércoles 07 de Mayo de 2014, requiriéndose

en este caso para tratar la agenda de cualquier número de acciones.

San Miguel, 03 de abril de 2014.

JOSE ANGEL PORTILLO MEDRANO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C000653-1

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014. SOCIEDAD PRODUCTOS EMBUTIDOS EL CHORY

S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA ASAMBLEA ORDINARIA

El Administrador Único Propietario de la SOCIEDAD " PRODUCTOS EMBUTIDOS EL CHORY, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "PRODUCTOS EMBUTIDOS EL CHORY S.A. DE C.V." de conformidad con la cláusula Décima del Pacto Social de la Sociedad y artículos 228, 229, 230, 237 del Código de Comercio; CONVOCA a todos los accionistas en pleno goce de sus derechos, para que asistan a la Sesión de Junta General Ordinaria, a celebrarse el día veintisiete de abril del 2014, a partir de las 10:00 horas en Primera Convocatoria; y de no alcanzarse el quórum legal requerido, en Segunda Convocatoria el día veintiocho de abril del 2014, a partir de las 10:00 horas, en las instalaciones del Bufete Girón, Girón y Morales ubicado en Final Calle Nueva número dos, Pasaje 2, casa 1-B, San Salvador.

Quórum para Junta General Ordinaria:

El quórum para la Junta General Ordinaria requiere de los siguientes requisitos:

En la hora y fecha de la Primera Convocatoria deberán estar pre-sentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar y las resoluciones se tomarán válidamente con la mayoría de votos presentes. En la Segunda Convocatoria, el día veintiocho de abril del 2014, se realizará con los socios que asistan o estén representados y que estén inscritos en el Libro de Registro de Accionistas. Para tomar resoluciones se hará con simple mayoría de los votos presentes.

La agenda a desarrollar será la siguiente:

1. Comprobación del quórum y apertura de la Sesión de Junta General.

2. Lectura y Aprobación de la Agenda a tratar.

3. Lectura de acuerdos de Acta anterior número 22 del 24 de febrero del 2014.

4. Puntos de Carácter Ordinario.

a) Informe de la Memoria de Labores.

b) Presentación de Balance General y Estados de Resultado del año 2013 y su aprobación.

c) Informe de auditor externo del ejercicio 2013.

d) Nombramiento y Remoción de Administradores y Auditor Externo y sus emolumentos.

5. Aplicación de Resultados.

6. Cierre de la Junta General Ordinaria de Accionistas.

San Salvador, 2 de abril del año 2014.

SEGUNDO ORTÍZ DEODANES

ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C000654-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE

ACCIONISTAS DE BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S. A.

Estimados accionistas:

La Junta Directiva del Banco Citibank de El Salvador, Sociedad

Anónima, convoca a sus accionistas a celebrar Junta General Ordinaria de

Accionistas en sus ofi cinas ubicadas en el Edifi cio Pirámide Citi, situado

en el kilómetro diez y medio de la Carretera a Santa Tecla, Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, a celebrarse en primera convocatoria, a las

once horas del día martes trece de mayo de dos mil catorce. El quórum

necesario para realizar sesión en primera convocatoria, será de la mitad

más una de todas las acciones de la sociedad. Para tomar resoluciones

válidas se requerirá el voto de la mayoría de las acciones presentes o

representadas. De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca en

segunda fecha para el día miércoles catorce de mayo de dos mil catorce,

en la misma hora y lugar. En este caso, el quórum necesario para realizar

sesión en segunda convocatoria será cualquiera que sea el número de

acciones presentes y representadas, y sus resoluciones se tomarán por la

mayoría de los votos de los accionistas presentes o representados.

La Agenda a desarrollar será la siguiente:

VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM

ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO.

I. DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS.

II. INFORME DE GOBIERNO CORPORATIVO.

La documentación e información relativa a los puntos considerados

en la agenda, estarán a disposición de los Accionistas en la ofi cina de

Atención al Accionista, ubicada en Edifi cio Pirámide Citi, Km.10½,

Carretera a Santa Tecla, teléfono 2212-3655.

Santa Tecla, veintisiete de marzo de dos mil catorce.

JUAN ANTONIO MIRÓ LLORT,

DIRECTOR EJECUTIVO

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR.

3 v. alt. No. F000386-1

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

DE LA ASOCIACIÓN CONDOMINIO QUINIENTOS QUINCE.

La Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CONDOMINIO QUINIENTOS

QUINCE, que se abrevia ASOCIACIÓN 515, en virtud de lo establecido

en el Artículo nueve, de los Estatutos de la Asociación, por este medio

convoca a todos sus miembros, para que concurran a la ASAMBLEA

GENERAL DE ASOCIADOS, en la que se tratarán asuntos de carácter

ordinario, a llevarse a cabo en TERCERA CONVOCATORIA, a las

dieciocho horas con treinta minutos del día seis de mayo del presente año,

en las instalaciones situadas en Avenida La Capilla, Número Quinientos

Quince, Colonia San Benito, de esta ciudad y Departamento, con el objeto

de deliberar y resolver los siguientes puntos de agenda:

1) Verifi cación de acreditaciones.

2) Verifi cación y establecimiento de Quórum.

3) Lectura del acta de la sesión anterior.

4) Memoria de Labores de la Administración al ejercicio

económico cerrado al 31 de diciembre de dos mil trece y su

aprobación o improbación.

5) Propuesta, elección y nombramiento de la Junta Directiva.

6) Nombramiento del Auditor y determinación de su período

de labores.

7) Puntos Varios

8) Cierre.

Se hace la aclaración que no obstante haber sido convocados en

PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA y no haberse obtenido el

quórum necesario para la celebración de las mismas, se ha procedido a

convocar por TERCERA VEZ y la Asamblea General, de conformidad al

Artículo 9 de los Estatutos de la misma se tendrá por legalmente instalada

y será válida cualquiera que sea el número de miembros presentes y/o

representados. Habrá resolución con la simple mayoría de votos de los

presentes, todo ello de acuerdo a las leyes generales y a los Estatutos.

En la ciudad de San Salvador, a los veintiocho días del mes de

marzo de dos mil catorce.

LUISA MARGARITA GRANADOS DE STOCKAND,

SECRETARIA DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F000549-1

SUBASTA PÚBLICA

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por la Licenciada LIDIA MARÍA VALDEZ DE LU, en su calidad de

Apoderado General Judicial del BANCO DAVIVIENDA SALVA-

DOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, antes denominado BANCO

HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, BANCO HSBC,

SOCIEDAD ANÓNIMA, se autoriza vender en pública subasta el bien

inmueble embargado en el presente Juicio, en este tribunal y es el

siguiente: Inmueble de naturaleza urbana, marcado con el número TRECE

de la senda DOS, del PROYECTO URBANÍSTICO BOSQUES DE

LA PAZ IV, jurisdicción de Ilopango, Departamento de San Salvador,

de un área de NOVENTA Y TRES PUNTO CERO SEIS METROS

CUADRADOS, cuya descripción técnica es la siguiente: AL NORTE:

cinco punto veinticinco metros; AL ORIENTE: diecisiete punto setenta y

tres metros; AL SUR: cinco punto veinticinco metros y AL PONIENTE:

diecisiete punto setenta y tres metros. Inscrito a favor del demandado

señor JOSÉ LEONEL MÁRQUEZ GUEVARA, inscrito bajo la Matrícula

SEIS CERO DOS TRES CUATRO DOS OCHO SEIS - CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas

del día veinte de febrero de dos mil catorce. LIC. EDGAR ORLANDO

ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA ESTELA

SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000336-1

JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ TERCERO DE FAMILIA DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN, MIGUEL, al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por ejecución promovida primeramente por

el Licenciado FERNANDO ARISTIDES GARAY ANDRADE,

continuado por los Licenciados MARIO ALEXANDER QUEZADA

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

PEÑA y JUAN ANTONIO GÓMEZ GÓMEZ, y por último por el Licen-

ciado JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ MONTANO, como apoderado general

judicial de la SOCIEDAD AUTO FÁCIL SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse AUTOFÁCIL S.A. DE

C.V., del domicilio de San Salvador y representada legalmente por el

señor CARLOS ERNESTO BOZA DELGADO, en contra del señor JOSÉ

JAIME ESCOBAR ORELLANA, a efecto de que le cancele cantidad de

dólares, intereses y costas procesales. Se venderá en pública subasta en

este Juzgado, en día y hora que oportunamente se indicará el inmueble

siguiente: Un lote de terreno de naturaleza rústica identifi cado en su

respectivo antecedente como LOTE NÚMERO CIENTO SESENTA Y

NUEVE, porción DOS situado en Cantón Los Horcones, Jurisdicción de

Mercedes Umaña, Departamento de Usulután, de la capacidad superfi cial

de DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE PUNTO VEIN-

TICUATRO METROS CUADRADOS, compuesto por doce tramos

así: AL NORTE: un tramo de treinta punto ochenta y cuatro metros, al

ORIENTE, cinco tramos de ocho punto cuarenta y cuatro metros, trece

punto ochenta y tres metros, siete punto veinticinco metros, veinticinco

punto sesenta y nueve metros, ocho punto doce metros, AL SUR: cinco

tramos de cuatro punto cincuenta y nueve metros, diecisiete punto ochenta

metros, diecisiete punto cincuenta metros, catorce punto noventa y seis

metros, veinte punto setenta y tres metros; AL PONIENTE, un tramo

de cincuenta punto sesenta y tres metros. En el inmueble así descrito se

encuentra construida actualmente una casa de sistema mixto de quince

punto cincuenta metros de ancho por veintitrés punto setenta metros de

largo, con una área construida de TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE

PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, techo de duralita,

paredes de ladrillo embarnizado, piso de ladrillo; inmueble que se encuentra

inscrito a favor del señor JOSÉ JAIME ESCOBAR ORELLANA, en

proindivisión equivalente al CINCUENTA POR CIENTO en el Centro

Nacional de Registros, Segunda Sección de Oriente, bajo la matrícula

número SIETE CINCO CERO SEIS DOS OCHO OCHO NUEVE

GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO en el asiento TRES de

Propiedad del Departamento de Usulután.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA: San Miguel,

a las nueve horas y veinticinco minutos del día trece de marzo de dos mil

catorce. DR. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000447-1

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO

La Caja de Crédito de Zacatecoluca, Sociedad Cooperativa de R.L.

de C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en 1 Av. Sur No. 4,

Barrio San José, Zacatecoluca, Departamento de La Paz, se ha presentado

el titular del CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO Número

04311 solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por CIENTO

DIEZ MIL 00/100 DÓLARES US$110,000.00.

Se hace del conocimiento del público en general para los efectos

legales del caso que transcurridos treinta días de la tercera publicación

de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

Zacatecoluca, 02 de abril de 2014.

SANTANA GERARDO IRAHETA SERRANO,

CAJA DE CRÉDITO DE ZACATECOLUCA.

TEL. 2334-0474.

3 v. alt. No. C000614-1

AVISO

RADIO PARTS DE CENTRO AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse RADIO PARTS, S.A.

DE C.V., o RAPARTS, S.A. DE C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas 13a. Avenida Sur No. 321,

San Salvador, se ha presentado el señor ARMANDO SALVADOR DÍAZ

BRIZUELA, propietario de cuarenta acciones comunes y nominativas

de la sociedad antes mencionada, notifi cando el extravío del Certifi cado

respectivo, por lo que de acuerdo a lo establecido en el Art. 932 del

Código de Comercio, solicita la reposición de dicho certifi cado el cual

ampara la propiedad de cuarenta acciones comunes y nominativas en la

sociedad antes indicada.

Por lo anterior, se hace del conocimiento del público en general,

para los efectos legales, que transcurridos treinta días después de la

tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se

procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, diecinueve de marzo de dos mil catorce.

ARMANDO SALVADOR DÍAZ BRIZUELA,PRESIDENTE DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. C000620-1

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

AVISO

RADIO PARTS DE CENTRO AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse RADIO PARTS, S.A. DE C.V., o RAPARTS, S.A. DE C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas 13a. Avenida Sur No. 321, San Salvador, se ha presentado el señor JOSÉ ARMANDO DÍAZ LIEVANO REYNAD, propietario de diecinueve mil novecientas sesenta acciones comunes y nominativas de la sociedad antes mencionada, notifi cando el extravío del certifi cado respectivo, por lo que de acuerdo a lo establecido en el Art. 932 del Código de Comercio, solicita la reposición de dicho certifi cado el cual ampara la propiedad de diecinueve mil novecientas sesenta acciones comunes y nominativas en la sociedad antes indicada.

Por lo anterior, se hace del conocimiento del público en general, para los efectos legales, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, diecinueve de marzo de dos mil catorce.

ARMANDO SALVADOR DÍAZ BRIZUELA,

PRESIDENTE DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. C000621-1

AVISO

LA INFRASCRITA ADMINISTRADOR ÚNICO EN FUNCIONES DE GALAXY SEGURIDAD DINÁMICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse GALAXY SEGURIDAD DINÁMICA, S.A. DE C.V., de conformidad con lo establecido en el artículo 931 y siguientes del Código de Comercio vigente.

AVISA: Que se ha recibido solicitud de la señorita Sandra Isabel Barahona Quintanilla para que se le reponga el certifi cado de acciones que le corresponde como accionista de la sociedad, y que ampara quinientas (500) acciones nominativas de un valor de Once Dólares de los Estados Unidos de América con cuarenta y tres centavos de dólar cada una. Todo según consta en el Libro de Registro de Accionistas de la sociedad a folio tres. El certifi cado de acciones extraviado y de mi propiedad es el número dos (2).

Por lo que se pone de conocimiento a fi n de que se presente a las ofi cinas de la sociedad aquel que se sienta con mejor derecho que el ya manifestado por poseer el certifi cado de acciones perdido.

San Salvador, veinte de marzo de dos mil catorce.

LICDA. SANDRA ISABEL BARAHONA QUINTANILLA,

ADMINISTRADOR ÚNICO EN FUNCIONES.

3 v. alt. No. C000623-1

AVISO

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km. 10 carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 004PLA200000185, solicitando la

reposición de dicho CERTIFICADO por NUEVE MIL CUATROCIEN-

TOS NOVENTA Y SEIS 33/100 (US$9,496.33)

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SANTA ANA, lunes, 24 de marzo de 2014.

SILVIO G. BELLOSO,

Banco Citibak de El Salvador, Sociedad Anónima

Agencia Santa Ana Centro.

3 v. alt. No. F000347-1

AVISO

LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO

VICENTINA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA "ACCOVI de

R.L."

AVISA: Que en su agencia San Vicente se ha presentado el señor

JOSÉ GIOVANNI MARTÍNEZ ARÉVALO, propietario del certifi cado

a plazo No. 018095 del depósito a plazo cuenta No. 62001038968

aperturado el 18 de noviembre de dos mil cinco a 180 días prorrogables,

solicitando la reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conoci-

miento público para efectos de reposición del certificado relacionado

conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, la cooperativa no recibe oposición alguna, se procederá

a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Vicente, 02 de abril de 2014.

MARLENE PORTILLO,

JEFE DE AGENCIA SAN VICENTE

ACCOVI de R.L.

3 v. alt. No. F000482-1

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE SOCIEDADES

La Infrascrita Secretaria de la Junta General Ordinaria y Extraordina-ria de Accionistas de la Sociedad CORPORACION DEL FUTURO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia CORFUSA, S.A. DE C.V., de este domicilio.

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Ac-cionistas que legalmente lleva la sociedad, se encuentra asentada el Acta Número DIECINUEVE de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día dieciocho de septiembre de dos mil trece, y en la que consta que en sus Puntos Número TRES y CUATRO, que textualmente dicen: "PUNTO TRES: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD. El Presi-dente informa a los accionistas que a pesar del acuerdo tomado en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en fecha veintinueve (29) de octubre del año dos mil nueve (2009), asentada en el Acta No. 16 (Dieciséis) del Libro de Actas que legalmente lleva la Sociedad, en el cual se acordó unánimemente la disolución y liquidación de la So-ciedad de conformidad con la causal IV del Artículo 187 del Código de Comercio, esta disolución y liquidación no pudo completarse debido a atrasos involuntarios en la gestión de los requisitos para la disolución y liquidación de una Sociedad, llegando la caducidad del plazo sin que se hubiere realizado, razón por la que nuevamente, en este acto se somete a la consideración y aprobación de los accionistas acordar la disolución y liquidación de la Sociedad de conformidad con la causal IV del Artículo 187 del Código de Comercio.

Luego de haber sido discutido ampliamente este punto, por una-nimidad de votos de los accionistas presentes, se acuerda Disolver y Liquidar la Sociedad de conformidad con la causal IV del Artículo 187 del Código de Comercio.

PUNTO CUATRO: NOMBRAMIENTO DEL LIQUIDADOR Y FIJACIÓN DE SUS EMOLUMENTOS. En vista que se procederá a disolver y liquidar la Sociedad, según lo establece el Pacto Social en su cláusula TREINTA Y CINCO, se acuerda por unanimidad nombrar como Liquidador al señor Carlos Ernesto Reyes Benítez, quien es mayor de edad, Ingeniero Industrial, de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, República de El Salvador, quien deberá practicar la liquidación de la Sociedad dentro del plazo máximo de DOS (2) AÑOS, contado a partir de la inscripción en el Registro de Comercio de la certifi cación del acuerdo de disolución anteriormente tomado por los accionistas. El Liquidador no recibirá emolumentos por su gestión.

Asimismo, se acordó instruir al Liquidador nombrado a fi n de que: a) Procure que la liquidación se lleve a cabo en el menor lapso de tiempo posible, sin detrimento de la recuperación económica de los accionistas; y b) En el caso de encontrar actos que violen el orden jurídico, civil, penal, mercantil, etc., hacerlo del conocimiento de las autoridades co-rrespondientes."

Hago constar que el liquidador ha aceptado expresamente el cargo para el cual ha sido nombrado.

San Salvador, dieciocho de septiembre de dos mil trece.

MARIANA ELIZABETH NOCHEZ PALACIOS GUERRERO,

SECRETARIA.

1 v. No. C000611

REVOCATORIA DE PODER

JOSÉ MIGUEL VÁSQUEZ LÓPEZ, Notario, del domicilio de Ayutuxtepeque, con ofi cina situada en Prolongación 75 Avenida Norte, Centro Escalón II, Segunda Planta, Local 2-7, Colonia Escalón, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas treinta minutos del día veintiocho de marzo del pre-sente año, se ha hecho constar de la imposibilidad de notifi car, por no haberlo encontrado al señor BENEDICTO ANTONIO PERLERA, mayor de edad, Abogado, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, portador de su Tarjeta de Identifi cación del Órgano Judicial diecinueve mil quinientos ochenta y seis, y Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos dieciséis - ciento noventa mil doscientos setenta y uno - ciento dos - uno, de las Diligencias de Revocatoria de los Poderes otorgados a su favor por el señor JOSÉ SALVADOR ALVARENGA ORELLANA, de treinta y siete años de edad, de na-cionalidad Salvadoreña, Agricultor en Pequeño, del domicilio de San Francisco Menéndez, Departamento de Ahuachapán, con Documento Único de Identidad Número cero cinco millones trescientos doce mil cuatrocientos veintinueve - tres; quien las ha promovido en contra del referido profesional.

En consecuencia, por este medio y de acuerdo a los Artículos 23 y 5 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, se le notifi ca a BENEDICTO ANTONIO PERLERA, de las generales ya relacionadas de la Revocatoria de los Poderes Generales Judiciales siguientes: El Primero, otorgado a las dieciséis horas con treinta y nueve minutos del día diecisiete de febrero de dos mil catorce, ante los Ofi cios del Notario ERICK ROMMEL ORELLANA OSORIO, siendo la Escritura Número CUARENTA Y SEIS de Folios SETENTA Y CINCO FRENTE al Folio SETENTA Y SEIS FRENTE del Libro DIECISIETE de dicho Notario; y el Segundo, otorgado a las diez horas con diez minutos del día veintiuno de febrero de dos mil catorce, ante los Ofi cios del Notario ERICK ROMMEL ORELLANA OSORIO, siendo la Escritura Número CUARENTA Y OCHO de Folios SETENTA Y SIETE VUELTO al Folio SETENTA Y NUEVE FRENTE del Libro DIECISIETE de dicho Notario; y de cualquier otro que le pudiese haber conferido el señor JOSÉ SALVADOR ALVARENGA ORELLANA. Dichos Poderes Generales Judiciales han sido revocados en virtud de Escritura Pública de Revocatoria de Poderes perteneciente al Número Siete, del Libro Cinco, otorgada por el señor JOSÉ SALVADOR ALVARENGA ORELLANA, ante mis ofi cios notariales a las nueve horas del día veintisiete de marzo de dos mil catorce, en vista de que el Licenciado BENEDICTO ANTONIO PERLERA, no le ha proporcionado a su mandante la información sobre los asuntos por los cuales el referido profesional estaba gestionando a favor de su poderdante.

Librado en la ofi cina del Notario JOSÉ MIGUEL VÁSQUEZ LÓPEZ. En la Ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día veintiocho de marzo de dos mil catorce.

LIC. JOSÉ MIGUEL VÁSQUEZ LÓPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F000258

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE

MANUEL ANGEL ARIAS, de cuarenta y siete años de edad, empleado,

de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: cero tres

cinco tres cero cuatro cinco siete - ocho; y con Número de Identifi cación

Tributaria: Un mil ciento quince - cero once mil ciento sesenta y seis-

ciento dos - seis; para promover ante el señor Alcalde Municipal de

Mercedes Umaña, departamento de Usulután; la solicitud de TITULO

MUNICIPAL, de un inmueble de naturaleza urbano, situado en el Barrio

El Calvario, de esta ciudad, Distrito de Berlín, Departamento de Usulután.

Dicho inmueble es de un área de: CIENTO VEINTIOCHO PUNTO MIL

OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS.- De

las colindancias especiales siguientes: ORIENTE: Doce metros, quince

centímetros, linda con María Leonor Durán de Valencia, pared de ladrillo

de por medio, NORTE: Doce metros cero dos centímetros, linda con

María Dolores Gaitán Sandoval, calle de por medio, PONIENTE: Doce

metros quince centímetros, linda con José Remberto Morales Ayala,

Daniel Morales y José Atilio Morales Gaitán, cerco de alambre de por

medio; Y AL SUR: Doce metros, cero dos centímetros, linda con Paz del

Carmen Morataya de López, cerco de alambre de por medio. El inmueble

descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales

de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie; no es ejidal,

baldío ni comunal.

El inmueble en mención no está en proindivisión con persona

alguna y lo ha tenido de forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, y ha

consistido en mejorarlo, habitarlo, todo esto sin pedirle consentimiento

a nadie, o sea que durante todo ese tiempo ha ejercido sobre él actos de

verdadero dueño, sin que ninguna persona le haya disputado su posesión

y reconociéndolo como tal todos su deudos, amigos y vecinos de su

domicilio.-

Y lo estima en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- El cual lo

adquirió en el año dos mil diez por compra que le hiciere a su hermano

JUAN CARLOS ANGEL ARIAS, quien todavía vive, mayor de edad,

jornalero, y de este domicilio, su hermano a su vez adquirió el inmueble

por compra que le hiciere en el año mil novecientos noventa y siete, a la

señora MARIA DEL ROSARIO VASQUEZ, quien todavía vive, mayor

de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio; por lo tanto la posesión

de la señora MARIA DEL ROSARIO VASQUEZ, y de su hermano JUAN

CARLOS ANGEL ARIAS, más la que él tiene de poseer el inmueble,

suman más de los diez años que exige la ley para titular. Y por carecer

de documento inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la segunda sección de Oriente; tal como se prueba con la Certifi cación

de la Ficha Catastral que se agrega a las presentes diligencias, vengo ante

su digna autoridad a que de conformidad a lo establecido en el artículo

uno de la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos, a promover TITULO

DE PROPIEDAD a mi favor sobre el inmueble antes descrito.

Los colindantes son todos de este domicilio, por lo que hacen del

conocimiento del público para los efectos de ley.

Dado en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Mercedes Umaña,

a las catorce horas, del día uno de abril del año dos mil catorce.- LIC.

JUAN JOSE ROMERO COREAS, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.

HERBERTH MAURICIO BENITEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F000441-1

TITULO DE PREDIO URBANO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que MARÍA CARMEN QUINTEROS AMA-

YA, de cincuenta y cuatro años de edad, doméstica, del domicilio de

Sensuntepeque y Documento Único de Identidad número cero uno dos

cuatro uno cuatro cinco seis - seis y número de Identifi cación Tributaria

cero nueve cero seis - dos nueve cero cinco cinco nueve - uno cero dos -

siete; y de conformidad al Artículo Uno de la Ley sobre Títulos de Predios

Urbanos; solicita título de un inmueble de naturaleza Urbana situado

en FINAL 1ª CALLE ORIENTE SALIDA A CIUDAD DOLORES,

COLONIA LAS BRISAS, BARRIO LOS REMEDIOS de la ciudad de

Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial

de CIENTO VEINTINUEVE PUNTO NOVENTA Y NUEVE METROS

CUADRADOS, que mide y linda: Al Norte: seis punto treinta y ocho

metros, colindando con propiedad de María Rosa Quinteros Amaya,

con muro de por medio; AL ORIENTE: Tres tramos: tramo uno: cuatro

punto setenta y seis metros, tramo dos: tres punto veintiséis metros,

tramo tres: diez punto treinta y cuatro metros, colindando con propiedad

de Raúl Antonio Quinteros Amaya, dividido por pared de la porción

que se describe y parte por cerco de alambre de púas de por medio; AL

SUR: Siete punto ochenta y nueve metros, colindando con Instituto

Nacional de los Deportes de El Salvador (INDES-POLIDEPORTIVO),

con quebrada de por medio; AL PONIENTE: Formado por dos tra-

mos: tramo uno: seis punto setenta y nueve metros; tramo dos: nueve

punto ochenta y ocho metros colindando con propiedad de Mercedes

Quinteros de Leiva, dividido por cerco de alambre de púas y parte por

pared del colindante de por medio. El inmueble antes descrito lo estima

en TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE

AMÉRICA, no es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni gravámenes

de ninguna naturaleza a favor de terceros y lo adquirió por compra que

hizo a Mercedes Quinteros Amaya, según Escritura otorgada a su favor

a las nueve horas diez minutos del día veinticuatro de julio de dos mil

siete, ante los ofi cios notariales del Licenciado Carlos Antonio Montal-

vo; la posesión ha sido de forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, sin

proindivisión con terceros y unida a la de su antecesor suman más de

diez años consecutivos.

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a

catorce de marzo de dos mil catorce.- ING. JESUS EDGAR BONILLA

NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL.- ROSALINA CUÉLLAR

ECHEVERRÍA, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F000427-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO PRIMERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL JUEZ TRES, DEL CENTRO JUDI-

CIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL, SAN

SALVADOR.

HACE SABER: Que en este Juzgado de conformidad a los artí-

culos 186 y 462 C.P.C.M., se tramita Juicio Ejecutivo Civil; clasifi cado

bajo la referencia 06754-13-CVPE-1CM3 (E-190-13-6) promovido por

la Licenciada ALMA SONIA MEJÍA MATAMOROS, con Número de

Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-doscientos cincuenta y

un mil ciento sesenta y uno-cero cero tres-ocho; actuando como Apoderada

General Judicial con Cláusula Especial CECILIA SUAREZ conocida por

CECILIA CARDENAL DE SUAREZ, con Número de Identifi cación

Tributaria nueve mil seiscientos quince-ciento noventa y un mil ciento

cuarenta y nueve-cero cero dos-cero; contra el demandado señor ANTO-

NIO ANDRADE SÁNCHEZ, de sesenta y un años de edad, comerciante,

de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero dos

millones novecientos cuarenta mil setecientos cincuenta y nueve-seis; y

Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-doscientos

cincuenta mil ochocientos cincuenta y uno-cero cero tres-cero; residente

en Barrio Lourdes, Avenida Peralta, Número un mil ciento diez, de la

Ciudad y Departamento de San Salvador, ahora de residencia y domicilio

ignorado. Fundamentando su pretensión en documento consistente en

un Mutuo Hipotecario por la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; otorgado el día veintiuno de

diciembre del año dos mil diez, ante los ofi cios notariales de la Licenciada

Alma Sonia Mejía Matamoros.

Lo que se hace saber al demandado señor ANTONIO ANDRADE

SÁNCHEZ; que tiene un plazo de diez días hábiles contados a partir

de la presente publicación para contestar la demanda incoada en su

contra, de conformidad a los artículos 169 y 462 C.P.C.M., debiendo

comparecer al proceso mediante abogado, a quien deberá otorgar poder

en legal forma, Artículos 66 y 67 Código Procesal Civil y Mercantil;

asimismo se le hace saber al demandado antes mencionado; que de no

hacerlo el proceso continuará sin su presencia, nombrando un Curador

para que lo represente aun en fase de ejecución forzosa.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: San Salvador, a las quince horas del día veinticuatro de

marzo del año dos mil catorce.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFAN-

TOZZI FLORES, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,

JUEZ TRES SUPLENTE.- LICDA. TERESA DE JESUS VASQUEZ

VASQUEZ, SECRETARIA.-

1 v. No. C000615

MARÍA ÁNGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las doce horas con cuarenta y cuatro minutos del día veintinueve de mayo

del año dos mil doce, se admitió la demanda en el Proceso Ejecutivo de

referencia 12-PE-163-J2, promovido por el BANCO DE AMÉRICA

CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO

DE AMÉRICA CENTRAL, S.A., institución bancaria, del domicilio de

San Salvador, con dirección en Alameda Roosevelt y cincuenta y cinco

Avenida Norte, Torre El Salvador (IPSFA), tercer nivel, San Salvador,

a través de su representante procesal, Licenciado MARVIN ALEXIS

ROMERO REYES, con ofi cina en la misma dirección antes señalada;

en contra de CLAUDIA NOEMY ESCOBAR RAMIREZ, mayor de

edad, empleada, del domicilio de San Salvador, con Documento Único

de Identidad 02691411-2, y con Número de Identifi cación Tributaria

0601-120980-102-0, actualmente de domicilio ignorado; razón por la

cual se procede a EMPLAZAR por medio de este edicto a la referida

señora, para que comparezca a este Juzgado a manifestarse en cuanto a

su defensa, contestando la demanda incoada en su contra dentro de los

DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente día a la tercera

publicación de este edicto, para lo cual deberá nombrar abogado que la

represente, de conformidad a lo establecido en el Art. 67 CPCM, y si

en caso careciere de recursos económicos para sufragar la contratación

de abogado particular, puede solicitar a la Procuraduría General de la

República le designe un abogado gratuitamente para que la represente

en este proceso, Art. 75 CPCM. Caso contrario, una vez transcurrido el

plazo antes señalado se le nombrará un Curador Ad Lítem para que la

represente en el proceso, de conformidad al artículo 186 CPCM; el cual

continuará sin su presencia.

Lo que se hace de conocimiento público, para los efectos de ley

correspondientes.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las once horas con cuarenta y tres minutos del día veinte de

febrero de dos mil catorce.- LICDA. MARÍA ÁNGELA MIRANDA

RIVAS, JUEZA "2" SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE SAN SALVADOR.- LIC. LUIS HECTOR ALBERTO PEREZ

AGUIRRE, SECRETARIO DE ACTUACIONES.-

1 v. No. C000617

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por este medio el Juzgado Tercero de lo

Civil y Mercantil, de San Miguel, EMPLAZA a los demandados señores

ANA GLADIS PORTILLO, mayor de edad, estudiante, de este domici-

lio; y LUIS ALFREDO ZELAYA, mayor de edad, estudiante, de este

domicilio; ambos de paradero ignorado; en relación al expediente con

No. 01083-13-CVPC-3CM1/20-C1, del proceso común de prescripción

adquisitiva extraordinaria de dominio, promovido por el Licenciado

WALTER IVAN MARQUEZ ESCOBAR, con tarjeta de abogado

número veinticinco mil setenta y nueve, en calidad de apoderado de la

señora MARINA ISABEL SOLORZANO, mayor de edad, de ofi cios

domésticos, con documento único de identidad número cero tres millo-

nes doscientos setenta y un mil doscientos treinta y seis guión seis, con

número de identifi cación tributaria un mil doscientos diecisiete guión

cero cuarenta mil novecientos treinta y ocho guión ciento uno guión dos;

en contra de los señores ANA GLADIS PORTILLO, mayor de edad,

estudiante, de este domicilio; y LUIS ALFREDO ZELAYA, mayor de

edad, estudiante, de este domicilio, quienes deberán presentarse a este

Juzgado dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados después

de la tercera y última publicación del edicto en un periódico de mayor

circulación nacional, según lo dispuesto en el artículo 186 CPCM, bajo

pena que de no hacerlo se les nombrará un curador AD LITEM, para

que los represente y se continúe el proceso sin su presencia.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL, San Miguel: A las nueve horas treinta y ocho minutos del día

catorce de enero de dos mil catorce.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO

DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.

IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO DE ACTUA-

CIONES.-

1 v. No. C000622

OSCAR ANTONIO SÁNCHEZ BERNAL, JUEZ INTERINO (1)

PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las once horas y treinta y cuatro minutos del día diecinueve de diciem-

bre de dos mil trece, y rectifi cada mediante resolución de once horas y

veintiocho minutos de esta misma fecha, EMPLAZA en legal forma a

la señora MARLENA LYNETTE SÁNCHEZ DE PINEDA, mayor de

edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de Santa Tecla, departamento

de La Libertad, con Documento Único de Identidad número cero dos

millones cuatrocientos sesenta y seis mil ciento treinta y seis - cinco y

Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce - doscientos

veintiún mil ciento setenta y cinco - ciento diecinueve - cuatro, de la

demanda incoada en su contra por SCOTIABANK EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de San Salvador, con Número

de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-doscientos cincuenta

y un mil ciento setenta y dos - cero cero uno - cuatro, por medio de su

Apoderada General Judicial con Cláusulas Especiales, Licenciada NORA

ELIZABETH HERRERA CARPIO, con Tarjeta de Abogado número

cuatro mil setecientos sesenta y ocho, quien presentó los siguientes

documentos en original: a) Testimonio de Escritura Matriz de Línea

de Crédito No Rotativa, otorgada a las quince horas y cuarenta y cinco

minutos del día nueve de junio de dos mil ocho, ante los ofi cios notariales

del Licenciado MOISÉS FRANCISCO ALFARO CHINCHILLA, por

la señora MARLENA LYNETTE SÁNCHEZ DE PINEDA, por la can-

tidad de NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($91,341.00),

a favor de la sociedad SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA. b) Certifi cación de Saldos y Fluctuación de Intereses del

Crédito otorgado a título de Apertura de Crédito Simple o No Rotativa, a

nombre de la señora MARLENA LYNETTE SÁNCHEZ DE PINEDA,

por un monto adeudado de capital de NOVENTA Y UN MIL TRESCIEN-

TOS CUARENTA Y UN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA ($91,341.00), extendida por el Licenciado WALTER

ANDRÉS PICHE COREAS, Contador General, con el Visto Bueno del

señor DIONISIO ISMAEL MACHUCA MASSIS, Gerente General, el

día trece de febrero de dos mil trece. c) Testimonio de Escritura Matriz de

Primera Hipoteca Abierta, otorgada a las quince horas y cuarenta y cinco

minutos del día nueve de junio de dos mil ocho, ante los ofi cios notariales

del Licenciado MOISÉS FRANCISCO ALFARO CHINCHILLA, por

parte de la señora MARLENA LYNETTE SÁNCHEZ DE PINEDA,

por la cantidad de NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y

NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

($96,149.00), a favor de la sociedad SCOTIABANK EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA, debidamente inscrita en el Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas, Cuarta Sección del Centro el día veintisiete

de febrero de dos mil nueve. d) Título valor, consistente en un Pagaré a

la Vista sin Protesto por la cantidad de VEINTICINCO MIL DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($25,000.00), suscrito por

la señora MARLENA LYNETTE SÁNCHEZ DE PINEDA; a la orden

de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, S.A.

Para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles, contados a partir del día

siguiente de efectuadas las publicaciones conteste la demanda incoada

en su contra y pueda preparar la defensa de sus derechos o intereses le-

gítimos, caso contrario el proceso continuará sin su presencia, conforme

lo señalan los Arts. 181 y 182, ambos del CPCM. Haciéndole a su vez

la advertencia sobre la procuración obligatoria conforme lo establecen

los Arts. 67, 68, 69 y 75 todos del CPCM.

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

Lo anterior ha sido ordenado en el Proceso Ejecutivo Civil, clasi-

fi cado bajo el NUE: 01364-13-MRPE-1CM1 y Ref. 70-EM-02-13.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las once horas y treinta y dos minutos del día cuatro de

febrero de dos mil catorce.- LICENCIADO OSCAR ANTONIO

SANCHEZ BERNAL, JUEZ INTERINO (1) PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL.- LICENCIADA FLORINDA GARCIA RIVERA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.-

1 v. No. F000246

CARLOS SÁNCHEZ LÓPEZ, JUEZ SUPLENTE DE PRIMERA

INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ILOBASCO, DEPARTA-

MENTO DE CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día

cinco de los corrientes, EMPLAZA en legal forma, a la demandada señora

MARÍA ELENA ALVARADO VIUDA DE ALVARADO, de cincuenta

y siete años de edad, enfermera auxiliar, del domicilio de Ilobasco, de-

partamento de Cabañas, con Número de Identifi cación Tributaria un mil

seis-ciento treinta mil ochocientos cincuenta y seis-ciento uno-nueve,

de la demanda incoada en su contra por el Banco DAVIVIENDA SAL-

VADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, con Número de Identifi cación

Tributaria cero seiscientos catorce-ciento setenta mil novecientos noventa

y cuatro- cero cero uno- cinco, por medio de su Apoderada General

Judicial Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, de

cuarenta y dos años de edad, Abogada, del domicilio de San Salvador,

con Telefax número veintidós noventa y ocho noventa y dos sesenta y

cinco; quien presentó los siguientes documentos: Fotocopia certifi cada

del Testimonio de Escritura Pública de Poder General Judicial con

Cláusulas Especiales; Original de Testimonio de Escritura Pública de

Mutuo; Testimonio de Escritura de Primera Hipoteca Abierta otorgada

ante los ofi cios Notariales de la Licenciada Sandra Jeannette Rodríguez

Pocasangre, el día catorce de octubre de dos mil nueve, por la señora

MARÍA ELENA ALVARADO VIUDA DE ALVARADO, a favor del

Banco DAVIVIENDA SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, por

la cantidad de ONCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA ($11,000.00), debidamente inscrito en el Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, con sede en

la ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad, en el Sistema de

Folio Real a la Matrícula número TREINTA CERO SIETE OCHENTA

VEINTISIETE-CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento CINCO;

para que en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día

siguiente de efectuadas las publicaciones, conteste la demanda incoada

en su contra y pueda preparar la defensa de sus derechos o intereses le-

gítimos, caso contrario el proceso continuará sin su presencia, conforme

lo señalan los Artículos 181 y 182, ambos del Código Procesal Civil y

Mercantil.

Haciéndole a su vez, la advertencia sobre la procuración obliga-

toria conforme lo establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75, todos del Código

Procesal Civil y Mercantil.

Lo anterior ha sido ordenado en el Proceso Ejecutivo clasifi cado

bajo la Referencia: 1-PE- 2011.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Ilobasco,

departamento de Cabañas, a las quince horas veinte minutos del día cinco

de septiembre de dos mil trece.- LIC. CARLOS SÁNCHEZ LÓPEZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. OSCAR ARMANDO

LÓPEZ SÁNCHEZ, SECRETARIO INTERINO.-

1 v. No. F000247

LICENCIADA MARIA ELENA CONDE GARCÍA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: A los demandados CARLOS ERNESTO LÓPEZ

PORTILLO, de treinta y seis años de edad, Empleado, del domicilio de

Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, con Documento

Único de Identidad número cero uno ocho cuatro cuatro cinco cuatro siete-

seis y con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatro uno seis- cero

cinco cero siete siete seis- uno cero uno- tres; y a la demandada IRMA

ARACELY ESCOBAR DE LOPEZ, de cuarenta años de edad, empleada,

del domicilio de Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, con

Documento Único de Identidad número cero uno cero seis nueve tres

cinco seis-dos y con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatro uno

seis- dos dos cero cinco siete dos - uno cero uno- cinco; que el Licenciado

ANGEL RAUL MONTES HERNÁNDEZ, quien puede ser localizado

en su ofi cina profesional ubicada en Alameda Roosevelt, entre cuarenta

y siete y cuarenta y nueve Avenida Sur, Edifi cio Integral, San Salvador,

y en el telefax dos dos cinco cero - seis cero uno nueve, en su calidad de

Apoderado General Judicial con cláusula Especial de la SOCIEDAD DE

AHORRO Y CREDITO APOYO INTEGRAL SOCIEDAD ANONIMA,

que puede abreviarse SOCIEDAD DE AHORRO Y CREDITO APOYO

INTEGRAL S.A. o SAC INTEGRAL, S.A., ha promovido demanda en

su contra en el Proceso Ejecutivo marcado bajo la referencia PE-29-13,

por lo cual los demandados deberán comparecer a más tardar en el plazo

de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última

de las publicaciones a que hace referencia el Art. 186 Inc. 3° CPCM., a

contestar la demanda promovida en su contra, so pena de nombrarle un

curador ad lítem para que los represente en dicho proceso.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las quince horas con cuarenta minutos del día doce de marzo

del año dos mil catorce.- LICDA. MARIA ELENA CONDE GARCÍA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.-

LICDA. MONICA ALEJANDRA RIVAS ARGUETA, SECRETARIA

DE ACTUACIONES.-

1 v. No. F000343

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA (1) PRIME-

RO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las

diez horas y dos minutos del día diecisiete de enero de dos mil catorce.

Notifi ca el decreto de embargo para que le sirva de legal emplazamiento

al señor WILLIAM MANCÍA MUNGUÍA, mayor de edad, Comerciante,

de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero tres

siete cuatro cinco nueve tres cinco-tres, con Número de Identifi cación

Tributaria cero seiscientos catorce-cero diez mil ciento sesenta y nueve-

ciento uno-cero; de la demanda incoada en su contra por el BANCO

DAVIVIENDA SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA o BANCO

DAVIVIENDA, SOCIEDAD ANÓNIMA o BANCO SALVADOREÑO,

SOCIEDAD ANÓNIMA indistintamente que puede abreviarse BANCO

DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S.A., BANCO DAVIVIENDA, S.A.

o BANCO SALVADOREÑO, S.A. o BANCOSAL, S.A., Institución

Bancaria, del domicilio de San Salvador, con Número de Identifi ca-

ción Tributaria cero seiscientos catorce-ciento setenta mil novecientos

noventa y cuatro-cero cero uno-cinco, promovida por la Licenciada

NELLY MARLENE MORENA REYES, mayor de edad, abogada, de

este domicilio, con Tarjeta de Abogado número tres mil cuatrocientos

noventa y dos, con dirección en: Edifi cio Servimedic, Segunda Planta,

Colonia Médica, de esta ciudad; quien presentó los siguientes documen-

tos: Original: a) Testimonio de Escritura Matriz de Mutuo Hipotecario,

otorgado a las doce horas del día treinta de junio del año dos mil once,

ante los ofi cios notariales de la Licenciada AMPARO DEL CARMEN

ARIAS SORTO, por el señor WILLIAM MANCÍA MUNGUÍA, por la

cantidad de CIENTO TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA

Y CINCO DÓLARES CON VEINTIOCHO CENTAVOS DE DOLAR

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, ($131,835.28),a favor de

la sociedad BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNI-

MA, que puede abreviarse BANCO HSBC SALVADOREÑO S.A.; b)

Testimonio de Escritura Matriz de Primera Hipoteca Abierta, otorgado

a las doce horas del día treinta de junio del año dos mil once, ante los

ofi cios notariales de la Licenciada AMPARO DEL CARMEN ARIAS

SORTO, por el señor WILLIAM MANCÍA MUNGUÍA, por la cantidad

de CIENTO TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y

CINCO DÓLARES CON VEINTIOCHO CENTAVOS DE DÓLAR

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($131,835.28), a favor

de la sociedad BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓ-

NIMA, que puede abreviarse BANCO HSBC SALVADOREÑO S.A.,

debidamente inscrito en el Centro Nacional de Registros, Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas Primera Sección del Centro, el día veintinueve

de mayo de dos mil doce, bajo la matrícula número SEIS CERO UNO

OCHO DOS UNO CERO DOS – CERO CERO CERO CERO CERO,

bajo el asiento CATORCE; c) Certifi cación Contable de Saldo Deudor

y Variabilidad de tasa de Intereses de fecha treinta de enero del presente

año, del Crédito Hipotecario con referencia número siete cero nueve uno

tres nueve cero nueve ocho, por un saldo deudor de capital de CIENTO

TREINTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN DÓLARES CON

SIETE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA ($130,871.07), extendida por la Licenciada LEILA VICTO-

RIA SANTOS MORENO, Contadora General, con el Visto Bueno del

Ingeniero GERARDO JOSÉ SIMÁN SIRI, Gerente General del BANCO

DAVIVIENDA SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA o BANCO

DAVIVIENDA, SOCIEDAD ANÓNIMA o BANCO SALVADOREÑO,

SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO DAVIVIENDA

SALVADOREÑO, S.A., o BANCO DAVIVIENDA S.A., o BANCO

SALVADOREÑO, S.A., o BANCOSAL, S.A., antes BANCO HSBC,

SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA. Fotocopias certifi cadas:

Testimonio de Escritura Matriz de Poder General Judicial, otorgado el

día cinco de diciembre de dos mil doce, ante los ofi cios notariales del

Licenciado RICARDO BATISTA MENA, a favor de la Licenciada

NELLY MARLENE MORENO REYES y otros. Para que en el plazo

de DIEZ DÍAS hábiles contados a partir del día siguiente de efectuadas

las publicaciones conteste la demanda incoada en su contra y pueda

preparar la defensa de sus derechos o intereses legítimos, caso contrario

el proceso continuará sin su presencia, conforme lo señalan los Arts. 181

y 182 numeral 4° ambos del CPCM. Haciéndole a su vez la advertencia

sobre la procuración obligatoria conforme lo establecen los Arts. 67, 68,

69 y 75 todos del CPCM. Lo anterior ha sido ordenado en el Proceso

Ejecutivo Mercantil, clasifi cado bajo el NUE. 00832-13-MRPE-1CM1

y Ref.: 41- EM-02-13.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las diez horas y veinte minutos del día diecisiete de enero

de dos mil catorce. LICDA. KARLA MARÍA REGINA MURCIA

CARRILLO, JUEZA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.

LICDA. FLORINDA GARCÍA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUA-

CIONES.

1 v. No. F000402

LIC. JOSÉ HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, Juez Uno del distrito judicial

de Mejicanos, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que en este Tribunal se ha iniciado proceso ejecu-

tivo mercantil por el Licenciado JOAQUÍN EDUARDO CARDENAS

CARDENAS, como apoderado de BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD

ANÓNIMA, en contra del señor FERNANDO TICAS MOLINA, mayor

de edad, estudiante, siendo su último domicilio conocido La Palma,

Departamento de Chalatenango, con DUI No. 03097005-7 y NIT 0301-

041174-101-6, juicio en el cual se les ha buscado en los diferentes lugares

de residencia y no pudiendo haberlo ubicado, se le hace saber por este

medio que se encuentra proceso pendiente de ejecución en su contra

promovido por el Licenciado JOAQUIN EDUARDO CARDENAS

CARDENAS, como apoderado de BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD

ANÓNIMA, reclamándole la cantidad de OCHO MIL OCHOCIENTOS

TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON CINCUENTA CENTAVOS

DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, en concepto

de capital, a un interés convencional del 7.90% anual sobre saldos insolutos

e interés moratorio adicionales del 5% anual sobre saldo desde el día

diecinueve de septiembre de dos mil doce en adelante; que se desconoce

si el señor FERNANDO TICAS MOLINA se encuentra en el territorio

nacional o fuera de él, que de conformidad con el Art. 186 CPCM pide

se le notifi que el decreto de embargo el cual equivale al emplazamiento

por medio de edicto al referido demandado, para que en un plazo de

diez días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto

se apersone a este tribunal o de lo contrario se les nombrará un Curador

ad lítem que los represente en el proceso que se sigue en este tribunal

bajo la referencia 65-pem-13-7-j1.

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas

y quince minutos del día siete de marzo de dos mil catorce. LIC. JOSÉ

HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ UNO DE LO CIVIL. LICDA.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F000408

NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: A los demandados, sociedad DARDANO SOSA,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de

San Salvador, con Número de Identifi cación Tributaria 0614-232798-

105-0, en calidad de deudora principal, representada Legalmente por

el señor OBED EUTINIO AMAYA VALLADARES, y este último,

señor OBED EUTINIO AMAYA VALLADARES, mayor de edad, del

domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con Documento

Único de Identidad número 00872317-3 y Número de Identifi cación

Tributaria 0606-080466-001-4, en su carácter personal, en calidad de

fi ador y codeudor solidario; que han sido demandados en Proceso Eje-

cutivo Civil, registrado bajo la referencia 12-PE-298-4CM2 (2), en esta

sede judicial por la sociedad AUTOFACIL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse AUTOFACIL, S.A. DE

C.V., comerciante social, del domicilio de San Salvador, Departamento

de San Salvador, con Número de Identifi cación Tributaria 0614-120797-

101-9, por medio de su Apoderado General Judicial con Cláusula Especial,

Licenciado FRANCISCO RENATO RIVAS TORRES, con Número de

Identifi cación Tributaria 0614-031065-006-0, quien puede ser localiza-

do en: Ofi cinas de AUTOFACIL, S.A. DE C.V., ubicadas en Colonia

Miramonte, Avenida Los Andes y Calle Cerro Verde, San Salvador,

Departamento de San Salvador; acción promovida contra los demandados,

sociedad DARDANO SOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, representada legalmente por el señor OBED EUTINIO

AMAYA VALLADARES, y este último, señor OBED EUTINIO

AMAYA VALLADARES, también en su carácter personal, en calidad

de fi ador y codeudor solidario, hasta por la cantidad de NUEVE MIL

SETECIENTOS DIECINUEVE DÓLARES CON TREINTA Y DOS

CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

en concepto de capital adeudado; más el interés convencional del TRECE

PUNTO CINCUENTA POR CIENTO ANUAL, y el interés moratorio

del TRES PUNTO SETENTA Y CINCO POR CIENTO MENSUAL,

ambos intereses calculados a partir del día treinta y uno de marzo del año

dos mil doce, hasta su completo pago, transe o remate; así como por las

costas procesales que genere la presente instancia. Siendo el documento

base de la acción entablada un Documento Privado Autenticado de Re-

conocimiento de Obligación; y por no haber sido posible determinar el

paradero de los relacionados demandados, se le emplaza por este medio;

previniéndoseles a los mismos para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS

HÁBILES contados a partir del día siguiente de la última publicación

de este edicto en un periódico de circulación diaria y nacional, o la del

Diario Ofi cial en su caso, se presente a este Tribunal ubicado en: 79 Av.

Sur, Final Av. Cuscatlán, Block "K", Etapa III, Colonia Escalón, San

Salvador, a contestar la demanda y a ejercer su derecho. Si no lo hicieren

el proceso continuará sin su presencia y se procederá a nombrarles un

curador ad lítem, para que los represente en el mismo, de conformidad

al Art. 186 CPCM. Se advierte a los demandados que de conformidad

al Art. 67 CPCM, todas las actuaciones deberán realizarse por medio

de Procurador y en caso de carecer de recursos económicos sufi cientes

podrán solicitar la asistencia de la Procuraduría General de la República,

tal como lo estipula el Art. 75 del mismo cuerpo legal.

Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL: San Salvador, a las doce horas y diez minutos del día dieciocho de

marzo de dos mil catorce. LIC. NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ,

JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. MÓNICA

SILVIA PARADA DE CENTENO, SECRETARIA.

1 v. No. F000446

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE SAN SALVADOR, LICENCIADA PATRICIA IVONNE INGLÉS

AQUINO, al público en general:

HACE SABER: Que la señora DALILA ABARCA GARCÍA,

fue demandada en el proceso ejecutivo mercantil número 63-EM-13-

3CM1, por el FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO

FINANCIERO, entidad cesionaria de la ASOCIACIÓN DE AHORRO Y

PRÉSTAMO ATLACATL, SOCIEDAD ANÓNIMA, con domicilio en

Primera Calle Poniente y Séptima Avenida Norte, Edifi cio Banco Central

de Reserva, San Salvador, por medio de su apoderado general judicial

Licenciado LUIS EDUARDO CASTRO RAMÍREZ, quien puede ser

ubicado en Centro Comercial Loma Linda, Local uno-C, Colonia San

Benito, San Salvador, quien reclama a favor de su poderdante en virtud

del título ejecutivo que corre agregado al presente proceso consistente en

un MUTUO GARANTIZADO CON HIPOTECA, la cantidad de TRES

MIL OCHENTA Y UN DÓLARES CON CUARENTA Y TRES CEN-

TAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Posteriormente a la fecha en que se inició el referido juicio se

presentó el Licenciado LUIS EDUARDO CASTRO RAMÍREZ, en el

carácter antes expresado manifestando que se ignora el paradero de la

demandada señora DALILA ABARCA GARCÍA, por lo que solicitó

que se emplazara a la misma para que compareciera a estar a derecho,

de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil.

En consecuencia, se previene a la demandada señora DALILA

ABARCA GARCÍA, que si tuviere apoderado, procurador u otro

representante legal o curador en el país, se presente a este tribunal a

comprobar dicha circunstancia dentro de los diez días siguientes a la

tercera publicación de este aviso.

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las diez

horas y cincuenta y cinco minutos del día once de marzo de dos mil

catorce. LICDA. PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN SALVADOR. LIC.

OSCAR ANTONIO DÍAZ, SECRETARIO.

1 v. No. F000462

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014134281

No. de Presentación: 20140198254

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIA

ISABEL PASTOR GUZMAN, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de ZERO POINT, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: ZERO POINT, S.A. DE C.V., de nacio-

nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

ZERO POINT

Consistente en: las palabras ZERO POINT, que al idioma castellano

se traduce como PUNTO CERO, que servirá para: AMPARAR: CAFE.

Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000606-1

No. de Expediente: 2014134257

No. de Presentación: 20140198215

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS MAS

MENDOZA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de INVER-

SIONES TEXTILES MAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras TAMARA FOR THE OPERATIONAL

ATHLETE y diseño, donde las palabras FOR THE OPERATIONAL

ATHLETE al idioma castellano se traduce como Para el Atleta Operacio-

nal, que servirá para: AMPARAR: CAMISAS Y ROPA EN GENERAL

PARA UNIFORMES. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000631-1

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

No. de Expediente: 2014133224

No. de Presentación: 20140196247

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado GILBERTO

LEONEL CASTILLO, en su calidad de APODERADO de MEDIPRO-

DUCTS, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra BACTERIOTAL, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS

PARA USO HUMANO, TONICOS Y RECONSTITUYENTES, DES-

INFECTANTES E HIGIENIZANTES, SUSTANCIAS GERIATRICAS

Y DIETETICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de marzo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000369-1

No. de Expediente: 2014132929

No. de Presentación: 20140195637

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de ABSORMEX CMPC TISSUE, S.A. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Melpaper y diseño, que servirá para:

AMPARAR: DISPENSADORES NO METALICOS PARA TOALLAS

DE PAPEL, PARA PAPEL HIGIÉNICO Y PARA JABÓN LIQUIDO.

Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de enero del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000376-1

No. de Expediente: 2014132926

No. de Presentación: 20140195634

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de ABSORMEX CMPC TISSUE, S.A. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Melpaper y diseño, que servirá para:

AMPARAR: DISPENSADORES METÁLICOS PARA TOALLA DE

PAPEL, PARA PAPEL HIGIÉNICO Y PARA JABÓN LIQUIDO.

Clase: 06.

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

La solicitud fue presentada el día veintiuno de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de febrero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000377-1

No. de Expediente: 2013130155

No. de Presentación: 20130189803

CLASE: 06, 19, 37.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LILA

JAMINA TRABANINO DUCH, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de CONSTRUCCIONES Y AGRICULTURA, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CONSTRUA-

GRO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

FESSIC

Consistente en: la palabra FESSIC, que servirá para: AMPARAR:

METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATERIALES DE

CONSTRUCCION METALICOS; CONSTRUCCIONES TRANSPOR-

TABLES METALICAS; MATERIALES METALICOS PARA VIAS

FERREAS; CABLES E HILOS METALICOS NO ELECTRICOS;

ARTICULOS DE CERRAJERIA Y FERRETERIA METÁLICOS;

TUBOS Y TUBERIAS METALICOS; CAJAS DE CAUDALES;

PRODUCTOS METALICOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS

CLASES; MINERALES METALIFEROS. Clase: 06. Para: AMPARAR:

MATERIALES DE CONSTRUCCION NO METALICOS; TUBOS

RIGIDOS NO METALICOS PARA LA CONSTRUCCION; ASFAL-

TO, PEZ Y BETUN, CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES NO

METALICAS, MONUMENTOS NO METALICOS. Clase: 19. Para:

AMPARAR: CONSTRUCCION, REPARACION; SERVICIOS DE

INSTALACION. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de septiembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de septiembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000421-1

No. de Expediente: 2013128006

No. de Presentación: 20130186383

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO

de GAMA COSMETICS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: GAMA COSMETICS, S.A. DE C.V., de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Anven MATISSE, donde la palabra

Matisse se traduce al castellano como Matis, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS CAPILARES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000431-1

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACEPTACION DE HERENCIA

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal

a las diez horas y diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó el causante señor JOSE ANGEL MOLINA RIVAS,

ocurrida el día cinco de agosto del año dos mil trece, en el Hospital

Guadalupano de esta Ciudad, siendo su último domicilio el Municipio

de San Emigdio, jurisdicción del Departamento de La Paz, de parte del

señor CARLOS MOLINA PEREZ, en su calidad de hijo del causante

antes referido.

Habiéndosele conferido al aceptante la administración y represen-

tación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el

término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas

y veinte minutos del día doce de febrero del año dos mil catorce.-

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE

ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029889-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.-

HACE SABER : Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las once horas y once minutos del día diez de enero del presente año;

se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MARIA JULIA

MEDINA DE CERON, quien fue de cincuenta años de edad, costurera,

casada, fallecida el día nueve de diciembre del año dos mil siete, siendo

la ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de la señora MARIA

JULIA CERON MEDINA, de veintidós años de edad, soltera, estudiante,

del domicilio de Ciudad Delgado, en calidad de hija de la causante.-

Y se le confi rió a la aceptante en el carácter indicado, la adminis-

tración y representación interina de los bienes de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

Ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y

veinte minutos del día diez de enero del año dos mil catorce.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F029911-2

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA IDALIA

ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al Público para los efectos de

ley;

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas cinco

minutos de este mismo día, dictada en las Diligencias Varias de Acep-

tación de Herencia, clasifi cadas en este Juzgado con el NUE: 00166-

14-DV-1CM1-13/14(1); se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, de parte de los señores RICARDO ALONSO

ESCOBAR VÁSQUEZ y SOLEDAD INES ESCOBAR DE ALVAREZ,

la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora ALE-

JANDRINA CASTANEDA, conocida por MARÍA ALEJANDRINA

CASTANEDA ESCOBAR, MARÍA ALEJANDRINA ESCOBAR y

ALEJANDRINA CASTANEDA ESCOBAR, quien según certifi cación

de partida de defunción, fue de noventa y cinco años de edad, Ofi cios

Domésticos, soltera, siendo su último domicilio en Barrio Nuevo, de

esta Jurisdicción y de este departamento; fallecida en Barrio Nuevo, de

esta ciudad, a las diez horas treinta minutos del día quince de octubre de

dos mil trece; en su calidad de hijos sobrevivientes de la causante, por

medio de su Apoderado General Judicial, Licenciado Gerardo José Juárez

García; a quienes se les nombra INTERINAMENTE representantes y

administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con

igual o mejor derecho a la herencia de que se trata, para que en el plazo

de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto,

comparezcan a deducirlo a este Juzgado, ubicado en Cuarta Avenida

Sur, entre Once Calle Poniente y Calle José Mariano Méndez Poniente,

número Cuarenta y Uno de esta ciudad.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,

catorce de marzo del año dos mil catorce. LIC. THELMA IDALIA

ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F029917-2

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con quince

minutos del día veintisiete de marzo del presente año, dictada por

este Juzgado, se ha tenido por aceptada y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que a su defunción dejó el causante AUDULIO

MONGE FLORES, quien falleció a las doce horas con veinte minutos

del día veintiuno de Diciembre del dos mil doce, en Cuarta Calle Orien-

te, Casa número treinta y cuatro, Barrio San Antonio, de esta ciudad,

siendo esta ciudad de Chalatenango, su último domicilio; de parte de

los señores MARIA PAZ FLORES VIUDA DE MONGE, AUDULIO

MONGE FLORES, LILIAM YANETH MONGE DE QUEVEDO Y

LEIDY ELIZABETH MONGE DE FRANCO, la primera en su calidad

de cónyuge sobreviviente del causante y los demás en sus calidades de

hijos sobrevivientes del citado causante.

Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las once horas del día veintisiete de marzo del dos mil catorce. LIC.

MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRE-

TARIO.

3 v. c. No. F000084-2

TITULO DE PROPIEDAD

La infrascrita Alcaldesa Municipal,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor

MOISES LOPEZ ORTIZ, de treinta y tres años de edad, albañil, del

domicilio de Santa María Ostuma, departamento de La Paz, con Do-

cumento Único de Identidad número cero tres uno tres siete uno tres

siete guión nueve, y Número de Identifi cación Tributaria cero ocho

uno ocho guión tres uno cero ocho ocho cero guión uno cero dos guión

dos, solicitando se extienda a su favor título de propiedad de un terreno

de naturaleza rústica, ejidal, situado en el Cantón Concepción de esta

jurisdicción, compuesto según su solicitud de QUINIENTOS SESENTA

Y NUEVE PUNTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS

de superfi cie, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide

treinta y uno punto setenta y tres metros y linda con propiedad de Iglesia

Conferencia Evangélica de las Asambleas de Dios Corporación Privada

de Utilidad Pública y con Alfonso Antonio Rodas. AL ORIENTE, mide

dieciséis punto ochenta y dos metros, lindando con María Luisa Rodas

de Escobar, camino vecinal de por medio. AL SUR, mide treinta y dos

punto treinta y tres metros y linda con propiedad de Yanner Rodas

Portillo, y AL PONIENTE, mide dieciocho punto ochenta y dos metros

y linda con propiedad de Alfonso Antonio Rodas. Dicho terreno no es

predio sirviente ni dominante y no tiene cargas ni derechos reales que

pertenezcan a terceras personas.

Lo hubo por compra que hizo al señor Yanner Rodas Portillo.

Lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ES-

TADOS UNIDOS DE AMERICA. Todos sus colindantes son de este

domicilio.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Santa María Ostuma, veinticinco de marzo de

dos mil catorce. LICDA. ELSA ANTONIA GUEVARA DE MELCHOR,

ALCALDESA MUNICIPAL.- JUAN ANTONIO CALERO AVALOS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F029948-2

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2014132994

No. de Presentación: 20140195806

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ENRIQUE

ALBERTO PORTILLO PEÑA, en su calidad de APODERADO de

UNIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: la palabra unigas y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA CO-

MERCIALIZACIÓN DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000564-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

"INVERSIONES BARES Y CERVECERÍAS SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia

"INVERSIONES BARCE S.A. DE C.V.",

La ADMINISTRADORA ÚNICA PROPIETARIA de la Sociedad

"INVERSIONES BARES Y CERVECERÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE," que se abrevia "INVERSIONES BARCE

S.A. DE C.V.", CONVOCA a sus accionistas a la Junta General Ex-

traordinaria, a celebrarse en las instalaciones de la sociedad, ubicada

en COLONIA Y PASEO MIRALVALLE Y AVENIDA FLORENCIA

NÚMERO 25, San Salvador, Departamento de San Salvador, lugar donde

deben hacerse el depósito de las acciones y podrán hacerlo de forma

anticipada desde un día antes de la primera convocatoria quienes serán

recibidas por mi persona, ésta se celebrará a las quince horas del día

VIERNES 25 DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, a las catorce horas

(2:00 pm), en primera convocatoria si existiera las tres cuartas partes de

acciones. De no haber quórum en la hora señalada, se convoca para las

quince horas (3:00 pm) en segunda convocatoria, en el mismo lugar.

Con los accionistas que estuvieren presentes.

La agenda a desarrollar, será la siguiente:

I. Establecimiento de Quórum;

II. Informe de Administración de la Sociedad período compren-

dido entre Julio 2013 a Marzo 2014, por la Administradora

Única Propietaria;

III. Presentación de Informes Contables. Enero- Marzo 2014;

IV. Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus emo-

lumentos;

V. Acuerdo de disolución o Venta de acciones de la sociedad;

VI. Puntos Varios.

Para que la Junta General se considere legalmente reunida en primera

convocatoria, deberán estar presentes las tres cuartas de las acciones. En

segunda convocatoria, con los miembros que asistan y en ambos casos,

las resoluciones se tomarán por mayoría absoluta de votos.

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

San Salvador, a los veintiséis días del mes de marzo de dos mil

catorce.

PATRICIA MARGARITA PÉREZ DE CABRERA,

ADMINISTRADORA ÚNICA PROPIETARIA.

3 v. alt. No. C000548-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de INVERSIONES DIVERSAS, S. A. DE C. V.,

convoca a los señores accionistas para celebrar Junta General Ordinaria,

la que se llevará a cabo a las nueve horas del día miércoles siete de

mayo de dos mil catorce, en las ofi cinas principales de Molinos de El

Salvador, S. A. de C.V., situadas en Boulevard del Ejército Nacional,

50 Ave. Norte y 9a. Calle Oriente, San Salvador; para conocer y resolver

sobre los temas contenidos en la siguiente AGENDA:

1. Establecimiento del quórum.

2. Lectura y Aprobación del acta de sesión anterior.

3. Presentación para aprobación de la Memoria de la gestión

administrativa de la Junta Directiva, del ejercicio comprendido

del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil

trece.

4. Presentación para aprobación del Balance General al treinta

y uno de diciembre de dos mil trece, Estado de Resultados y

Estado de Cambios en el Patrimonio de la Sociedad, corres-

pondiente al periodo comprendido del uno de enero al treinta

y uno de diciembre de dos mil trece.

5. Informe del Auditor Externo.

6. Aplicación de Resultados.

7. Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente

y Auditor Fiscal.

8. Asignación de emolumento para el Auditor Externo y Auditor

Fiscal.

QUÓRUM PRIMERA FECHA. Para que haya quórum en la

primera fecha que señale la convocatoria para que se reúna la Junta

General Ordinaria, se necesitará la concurrencia de más del cincuenta

por ciento del total de las acciones del capital social. Y el acuerdo

correspondiente deberá de adoptarse con el voto de la mitad más uno

de las acciones presentes o representadas en la sesión.

QUÓRUM SEGUNDA FECHA. Si no hubiere quórum en la hora

y fecha estipuladas, se convoca por segunda vez para las nueve horas

del día jueves ocho de mayo de dos mil catorce, en el mismo lugar. Para

tratar los temas de la Agenda, el quórum se formará con cualesquiera que

sea el número de acciones presentes o representadas en dicha reunión, y

para formar resolución será necesario el voto favorable de la mitad más

una de las acciones presentes o representadas.

San Salvador, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil

catorce.

INVERSIONES DIVERSAS, S. A. DE C. V.

ADOLFO SALUME ARTIÑANO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C000549-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de MOLINOS DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V.,

convoca a los señores accionistas para celebrar Junta General Ordinaria,

la que se llevará a cabo a las ocho horas del día miércoles siete de mayo

de dos mil catorce, en las ofi cinas principales de la Sociedad, situadas

en Boulevard del Ejército Nacional, 50 Ave. Norte y 9a. Calle Oriente,

San Salvador; para conocer y resolver sobre los temas contenidos en la

siguiente AGENDA:

1. Establecimiento del quórum.

2. Lectura y Aprobación del acta de sesión anterior.

3. Presentación para aprobación de la Memoria de la gestión

administrativa de la Junta Directiva, del ejercicio comprendido

del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil

trece.

4. Presentación para aprobación del Balance General al treinta

y uno de diciembre de dos mil trece, Estado de Resultados

y Estado de Cambios en el Patrimonio, correspondiente al

período comprendido del uno de enero al treinta y uno de

diciembre de dos mil trece.

5. Informe del Auditor Externo.

6. Aplicación de Resultados.

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

7. Elección de Junta Directiva y Asignación de sus emolumen-

tos.

8. Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente

y Auditor Fiscal.

9. Asignación de emolumento para el Auditor Externo y Auditor

Fiscal.

10. Autorizaciones requeridas por el inciso tercero y cuarto del

Artículo Doscientos Setenta y Cinco del Código de Comer-

cio.

QUÓRUM PRIMERA FECHA. Para que haya quórum en la

primera fecha que señala la convocatoria para que se reúna la Junta

General, se necesitará la concurrencia de más del cincuenta por ciento

del total de las acciones del capital social. Toda resolución en las Juntas

Generales se formará con el voto de la mitad más uno de las acciones

presentes o representadas en la sesión.

QUÓRUM SEGUNDA FECHA. Si no hubiere quórum en la hora

y fecha estipuladas, se convoca por segunda vez para las ocho horas del

día jueves ocho de mayo de dos mil catorce, en el mismo lugar. Para

tratar los temas de la agenda, el quórum se formará con cualesquiera que

sea el número de acciones presentes o representadas en dicha reunión, y

para formar resolución será necesario el voto favorable de la mitad más

una de las acciones presentes o representadas.

San Salvador, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil

catorce.

MOLINOS DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V.

ADOLFO SALUME ARTIÑANO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C000550-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de FUNDACIÓN MOLSA, convoca a los señores

Miembros para celebrar Junta General Ordinaria, la que se llevará a cabo

a las siete horas con cincuenta minutos del día miércoles siete de mayo

de dos mil catorce, en las ofi cinas principales de Molinos de El Salvador,

S. A. de C. V., situadas en Boulevard del Ejército Nacional, 50 Avenida

Norte y 9a. Calle Oriente, San Salvador; para conocer y resolver sobre

los temas contenidos en la siguiente AGENDA:

1. Establecimiento del quórum.

2. Lectura y Aprobación del Acta de Sesión anterior.

3. Presentación para aprobación de la Memoria de la gestión

administrativa de la Junta Directiva, del ejercicio comprendido

del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil

trece.

4. Presentación para aprobación del Balance General al treinta

y uno de diciembre de dos mil trece, Estado de Resultados

y Estado de Cambios en el patrimonio de la Fundación,

correspondiente al período comprendido del uno de enero al

treinta y uno de diciembre de dos mil trece.

5. Informe del Auditor Externo.

6. Nombramiento de Auditor Externo.

7. Asignación de emolumento para el Auditor Externo.

QUÓRUM Y MAYORÍA NECESARIA PARA LOS ACUER-

DOS QUE SE TOMEN EN JUNTA GENERAL ORDINARIA. El

quórum requerido para que pueda instalarse la Junta en la hora y día

indicados para tratar y resolver los temas de carácter Ordinario de la

Agenda, será la concurrencia de más del cincuenta por ciento del total de

los Miembros de la Fundación. Y en segunda convocatoria con cualquiera

que sea el número de miembros presentes o representados que asistan y

se tomará resolución con el voto de la mitad más uno de los miembros

asistentes.

Si no pudiera llevarse a cabo la Junta General Ordinaria en primera

convocatoria, por falta de quórum, se convoca por este mismo medio

para que se reúna la Junta en segunda convocatoria, en el mismo lugar,

a las siete horas con cincuenta minutos del día jueves ocho de mayo de

dos mil catorce.

San Salvador, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil

catorce.

FUNDACIÓN MOLSA

ADOLFO SALUME ARTIÑANO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F029893-2

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

BALANCE DE LIQUIDACIÓN

3 v. alt. No. F029967-2

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2014133002

No. de Presentación: 20140195816

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ENRIQUE ALBERTO PORTILLO PEÑA, en su calidad de APODERADO de UNIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra unigas y diseño, que servirá para: AMPARAR: VENTA Y DISTRIBUCION DE GAS LICUADO DE PETROLEO. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA

3 v. alt. No. C000561-2

No. de Expediente: 2014132996

No. de Presentación: 20140195809

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ENRIQUE ALBERTO PORTILLO PEÑA, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

UNIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra unigas y diseño, que servirá para: AMPARAR: VENTA Y DISTRIBUCION DE GAS LICUADO DE PETROLEO. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA

3 v. alt. No. C000562-2

No. de Expediente 2014133005

No. de Presentación: 20140195820

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ENRIQUE ALBERTO PORTILLO PEÑA, en su calidad de APODERADO de UNIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras unigaz SEGURIDAD PRIMERO y diseño, que servirá para: AMPARAR: VENTA Y DISTRIBUCION DE GAS LICUADO DE PETROLEO. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA

3 v. alt. No. C000563-2

No. de Expediente: 2013130956

No. de Presentación: 20130191126

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS AL-

FONSO MENDEZ RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de

BAKERY INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: BKY, S. A. DE C. V., de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión bky consultores y diseño, que servirá

para: AMPARAR: GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES, TA-

LES COMO: ASESORAR O SEA ACONSEJAR A LOS CLIENTES

SOBRE UN DETERMINADO NEGOCIO EN QUE PUEDEN INVER-

TIR, VENDERLES LAS MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO

QUE REQUIERA EL NEGOCIO, YA SEA DIRECTAMENTE O EN

CALIDAD DE INTERMEDIARIA E INSTRUIRLOS EN EL USO DE

LA MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO QUE ADQUIERAN.

Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de octubre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000578-2

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

No. de Expediente: 2014133484

No. de Presentación: 20140196750

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n)presentado TANIA

ANA LUISA CEDILLOS MORENO, en su calidad de APODERADO

de FUNDACION PLENUS ESTRATEGIAS PARA LA INCLUSION

SOCIAL Y EL DESARROLLO, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras PLENUS ESTRATEGIAS PARA LA

INCLUSION SOCIAL Y EL DESARROLLO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS JURIDICOS. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt No. F029913-2

No. de Expediente: 2014133063

No. de Presentación: 20140195898

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DAVID

EDGARDO BARAHONA PONCE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras ART-SHIRT DESIGN INDUSTRIES

y diseño, se traduce al castellano como: Industria de diseño artístico

para camisas, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE VENTA

A TERCEROS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029941-2

No. de Expediente: 2013131446

No. de Presentación: 20130192356

CLASE: 35, 37.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se han presentado FRANCISCO

JOSE FERMAN GOMEZ y FRANCISCO JOSE FERMAN, en su cali-

dad de APODERADOS de LA CASA DEL REPUESTO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LA CASA

DEL REPUESTO, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la frase LCR LA CASA DEL REPUESTO y diseño,

que servirá para: AMPARAR: LA VENTA, MERCADEO Y PROMO-

CION DE TODO TIPO DE REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA

TODO TIPO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Clase: 35. Para:

AMPARAR: TODO TIPO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y

REPARACIÓN DE TODO TIPO DE VEHICULOS AUTOMOTORES.

Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029965-2

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014132999

No. de Presentación: 20140195813

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ENRIQUE

ALBERTO PORTILLO PEÑA, en su calidad de APODERADO de

UNIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra unígas y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: GAS LICUADO DE PETROLEO. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000560-2

No. de Expediente: 2014132995

No. de Presentación: 20140195808

CLASE: 04.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ENRIQUE

ALBERTO PORTILLO PEÑA, en su calidad de APODERADO de

UNIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra unigas y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: GAS LICUADO DE PETROLEO. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de marzo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000565-2

No. de Expediente: 2014133004

No. de Presentación: 20140195818

CLASE: 04.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ENRIQUE

ALBERTO PORTILLO PEÑA, en su calidad de APODERADO de

UNIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la frase Subsigas unigas y diseño, que servirá para:

AMPARAR: GAS LICUADO DE PETROLEO. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de marzo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000566-2

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

No. de Expediente: 2014133007

No. de Presentación: 20140195822

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ENRIQUE

ALBERTO PORTILLO PEÑA, en su calidad de APODERADO de

UNIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras unigas SEGURIDAD PRIMERO y

diseño, que servirá para: AMPARAR: GAS LICUADO DE PETRÓLEO.

Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000567-2

No. de Expediente: 2014132997

No. de Presentación: 20140195811

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ENRIQUE

ALBERTO PORTILLO PEÑA, en su calidad de APODERADO de

UNIGAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra unigas y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: GAS LICUADO DE PETRÓLEO. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000568-2

No. de Expediente: 2013131632

No. de Presentación: 20130192737

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado XIOMARA

ELIZABETH RAMIREZ DE VELASQUEZ, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

VUSQUA' S

Consistente en: la palabra VUSQUA' S, que servirá para: AM-

PARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE

SOMBRERERIA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de marzo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029906-2

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

ACEPTACION DE HERENCIA

LICDA. MISANILLAS REYES CASTILLO DE ORELLANA, Jueza

de Primera Instancia, Interina de este Distrito Judicial: al público para

los efectos de ley

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las nueve

horas del día cuatro de febrero de dos mil catorce; SE HA TENIDO POR

ACEPTADA expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción ocurrida el día cuatro de octubre de mil

novecientos ochenta, dejó el señor JULIO MARTINEZ siendo su último

domicilio Santo Domingo, Departamento de San Vicente, de parte de la

señora MARIA ANGEL COMAYAGUA conocida por MARIA AN-

GELA COMAYAGUA Y ANGELA COMAYAGUA, mayor de edad,

ama del casa, del domicilio de Santo Domingo, departamento de San

Vicente, quien posee Documento Único de Identidad: cero dos millones

doscientos nueve mil ochocientos cincuenta y tres- dos y Tarjeta de

Identifi cación Tributaria: mil cinco-ciento ochenta mil ciento cuarenta y

nueve- ciento uno- seis, en calidad de hija del causante y cesionaria de los

derechos hereditarios de la señora MARIA ELEUTERIA MARTINEZ

DE CORVERA, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de

Santo Domingo, departamento de San Vicente, quien posee Documento

Único de Identidad número: cero dos millones ochocientos trece mil

doscientos cincuenta y nueve- seis y Tarjeta de Identifi cación Tributaria:

mil cinco- doscientos trescientos treinta y nueve- ciento uno- tres; quien

es representado por el abogado CARLOS CAMPOS MARTINEZ; confi -

riéndosele a la aceptante la administración y representación INTERINA

de la sucesión, en los conceptos antes relacionados, con las facultades y

restricciones de ley.

Juzgado de Primera Instancia de San Sebastián, Departamento de

San Vicente, a las diez horas del día cuatro de febrero de dos mil catorce.

LICDA. MISANILLAS REYES CASTILLO DE ORELLANA, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA, SUPLENTE. BR. BESSY CECILIA

FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000508-3

ALMA YOLANDA GALINDO MORALES, Notario, del domicilio de

San Salvador, con ofi cina ubicada en Primera Calle Poniente, número

dos mil novecientos cuatro, Condominio Monte María, Edifi cio "A",

Tercer Nivel, número Tres, de la ciudad de San Salvador, al público

para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día siete de marzo del año dos mil catorce, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte

de las señoras ROXANA ELIZABETH RAMOS CASTRO, EDELMA

BEATRIZ RAMOS CASTRO, XENIA VERALICE RAMOS CASTRO

y MINDY ZULEYMA RAMOS CASTRO, en concepto de hijas sobre-

vivientes de la HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejara

el señor RICARDO ANTONIO RAMOS, ocurrida en esta ciudad, a las

siete horas y veinte minutos del día nueve de junio del año dos mil trece,

habiéndoseles conferido la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada

ofi cina en el término de quince días, contados a partir del día siguiente

a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario Alma Yolanda Galindo Morales,

en la ciudad de San Salvador, a las once horas del día diez de marzo del

año dos mil catorce.

LICDA. ALMA YOLANDA GALINDO MORALES,

NOTARIO.

3v. alt. No. F029500-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

LICENCIADA MAURA YANETT MORAN CASTANEDA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos del día veinticinco de febrero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida a las veinte horas cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de abril de dos mil once, en el Parqueo de la Unidad de Salud de Cara Sucia, San Francisco Menéndez, siendo su último domicilio el de la ciudad de Ahuachapán, dejó el señor JULIO CANIZALEZ conocido por JULIO CESAR CANIZALEZ, de parte de la señora MARIA ESPERANZA LINARES DE CANIZALEZ, en carácter de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión le correspondían a los señores CESAR EDGARDO CANIZALEZ LINARES, JOSE HUMBERTO CANIZALEZ LINARES, ANA CECILIA CANIZALEZ DE RECINOS, MARLENE DEL CARMEN CANIZALEZ LINARES DE RAMÍREZ y AIDA XIOMARA CANIZALEZ LINARES, todos en calidad de hijos del causante; a quien se ha nombrado interinamente representante y administradora de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para que los que se crean con derecho se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente de la tercera publicación del presente edicto.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas treinta y dos minutos del día veinticinco de febrero de dos mil catorce.- LICDA. MAURA YANETT MORAN CASTANEDA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F029518-3

ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTE-RINO DE APOPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez horas y diecisiete minutos del día diez de febrero del presente año; SE TUVO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BE-NEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA QUE A SU DEFUNCIÓN DEJÓ EL SEÑOR JORGE ERNESTO CENTENO MORAN, de cuarenta y tres años de edad, Ingeniero Mecánico, Casado, fallecido el día diez de mayo del año dos mil trece, siendo la Ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de los señores: CANDIDA LUZ MENJIVAR DE CENTENO, de cuarenta años de edad, Licenciada en Enfermería, de domicilio de Apopa; JORGE CENTENO GUARDADO, de sesenta y siete años de edad, Comerciante, del domicilio de Apopa; y LUZ DE MARIA MORAN DE ALVARADO, de sesenta años de edad, Modista, del domicilio de San Marcos, y residente actualmente en los Estados Unidos de América; y de los menores: JAVIER ERNESTO CENTENO MENJIVAR, de dieciséis años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa; y DIEGO ALEJANDRO CENTENO MENJIVAR, de quince años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa; la primera en calidad de cónyuge sobreviviente; el segundo y la tercera como padres del causante; y los dos restantes en calidad de hijos del de Cujus.

Y se les confi rió a los aceptantes en el carácter indicado la admi-nistración y representación interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente; debiendo los menores: JAVIER ERNESTO CENTENO MENJIVAR y DIEGO ALEJANDRO CENTENO MENJIVAR, ejercer sus derechos por medio de su Representante Legal, señora CANDIDA LUZ MENJIVAR DE CENTENO.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y veinticinco minutos del día diez de febrero del año dos mil catorce.- LICENCIADO ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F029524-3

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las nueve horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor CANDELARIO HERNANDEZ, ocurrida el día dieciocho de junio del año de mil novecientos sesenta y uno, en el Cantón Tecoluco, jurisdicción de San Pedro Perulapán, de este Departamento, de parte de la señora MARIA JULIA LÓPEZ DE VENTURA, KARINA HERNANDEZ LOPEZ y FELIX HERNANDEZ LÓPEZ, la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente y los demás como hijos del referido causante.

Habiéndoseles conferido a los aceptantes la administración y re-presentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia, para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horas y treinta minutos del día diecinueve de marzo del año dos mil catorce.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F029525-3

LIC. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público y para los efectos de ley.

HACE SABER: Que mediante resolución pronunciada por este Tribunal, a las quince horas y cincuenta y ocho minutos del día trece de marzo de dos mil catorce; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante FELIPE ALVARADO LOPEZ , quien falleció a las trece horas y veinte minutos del día uno de mayo del año dos mil trece, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador; siendo la población de La Laguna, Departamento de Chalatenango, su último domicilio; de parte de la señora PAULINA LOPEZ VIUDA DE ALVARADO, en su calidad de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de las señoras María Cristina López viuda de Alvarado y Eriselda Lizeth Alvarado López, la primera en la calidad de madre y la segunda en la calidad de hija sobreviviente del causante en mención.

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

Habiéndosele conferido a la señora PAULINA LOPEZ VIUDA DE ALVARADO, la administración y representación interina de la su-cesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil catorce.- LIC. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. JOSE NOE ZUNIGA FUENTES, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F029537-3

EL LICENCIADO MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA. DE CONFORMIDAD A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1163 DEL CÓDIGO CIVIL, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en esta sede Judicial se han promovido por la Licenciada Blanca Amparo Cubas Avendaño, diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, con Benefi cio de Inventario sobre los bienes que a su defunción dejara la señora Irma de Jesús Aldana, fue conocida por Irma Aldana, Irma de Jesús Aldana de Vásquez e Irma de Jesús Aldana viuda de Vásquez, quien fuera de sesenta y nueve años de edad, doméstica, soltera, originaria de Coatepeque, departamento de Santa Ana, fallecida el día veintidós de febrero del año dos mil nueve, en Coatepeque, depar-tamento de Santa Ana, sin haber otorgado testamento, siendo la ciudad de Santa Ana, su último domicilio; y este día, en expediente referencia DV-10-14-CIII, se tuvo por aceptada la herencia de parte de los señores: Alejandro Enrique Vásquez Aldana y Oscar Emilio Aldana Medina; y de las señoras María Elena Aldana Varela, Marta Luz Aldana de López, Esperanza Elizabeth Aldana de Medina, y María del Carmen Medina Aldana, confi riéndoseles la administración y representación interina de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, lo que se hace del conocimiento público para que se presenten a este juzgado, la o las personas que se crean con derecho a la herencia que dejara la referida causante dentro de los quince días posteriores, a la tercera publicación de este edicto.

Santa Ana, doce de marzo del año dos mil catorce.- LICDO. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DE ACTUACIONES.-

3 v. alt. No. F029559-3

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las catorce horas cinco minutos del día trece de marzo del presente año.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada por la señora ENA GARCIA VASQUEZ, conocida por ENA GARCIA, fallecida el día veintisiete de noviembre del año dos mil trece, siendo la ciudad de Juayúa, el lugar de su último domicilio, de parte de la señora ANA LILIAN GARCIA DE MARTINEZ, en concepto de hija de la causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas quince minutos del día dieciocho de marzo del dos mil catorce.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. MIRIAM ELIZABETH REYES DE MARTINEZ, SRIO INTO.-

3 v. alt. No. F029573-3

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las catorce horas treinta minutos del día trece de marzo del presente año. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada por el señor José Antonio Juárez Morán, fallecido el día dos de julio del año dos mil trece, siendo el Cantón El Almendro, Sonzacate, el lugar de su último domicilio, de parte de los señores Isaac Antonio Juárez Navarrete, Gloria Elizabeth Juárez Navarrete y Ester Alba Juárez de Shico conocida por Ester Alba Juárez Navarrete, en concepto de hijos y como cesionarios de los derechos que le correspondían al señor FAUSTO JUÁREZ, como padre, del causante.

Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las doce horas quince minutos del día dieciocho de marzo del dos mil catorce.- LIC. LUIS AN-TONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. MIRIAM ELIZABETH REYES DE MARTINEZ, SRIO INTO.-

3 v. alt. No. F029574-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con bene-fi cio de inventario, la herencia testamentaria que dejó la señora Mariana de Jesús Lovos, conocida por Mariana Lovos, y por Mariana de Jesús Lovos Martínez, quien falleció el día veinticuatro de enero de dos mil once, en Rancho Santa Margarita, Condado de Orange, California, de los Estados Unidos de América, siendo la ciudad de El Carmen, Dis-trito y Departamento de La Unión, su último domicilio, de parte de los señores REYES ABDULIO LOVOS, EMISAEL LOVOS, y FEBES LISETH LOVOS, en calidad de herederos testamentarios e hijos de la causante.

Y se les ha conferido a dichos aceptantes en el carácter indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los doce días del mes de marzo de dos mil catorce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F029581-3

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez de lo Civil Interino de este distrito judicial.

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó GABRIEL MENDOZA, que falleció el día cinco de enero de dos mil nueve, en la colonia La Esperanza de esta ciudad, Departamento de La Paz, su último domicilio, por parte de JUAN ANTONIO VILLALTA MENDOZA, en concepto de hijo del causante; y se ha nombrado al aceptante interinamente, administrador y representante de la sucesión.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes, a la tercera publicación de este aviso se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintiséis días del mes de marzo de dos mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F029594-3

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a las nueve horas del día catorce de marzo de dos mil catorce. Se declaró herederos expresamente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que al fallecer el día trece de agosto del año dos mil trece, en el Caserío Guanacastillo, del Cantón Lajitas, de la jurisdicción de Polorós, de este distrito, Depar-tamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante Benbenuto Morales Romero o Benbenuto Morales o Benvenuto Morales, de parte de los señores Toribio Morales Santos, y Catalina Morales de Zavala, en concepto de hijos sobrevivientes del referido causante, de conformidad con el Artículo 988, Numeral 1° C.C.

Se les confi ere a los herederos declarados en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil catorce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F029596-3

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las catorce horas del día cinco de marzo del dos mil catorce. Se declaró heredera expresamente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que al fallecer el día siete de julio del año de mil novecientos ochenta y ocho, en la ciudad de Pasaquina, de este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante Trinidad García, de parte de la señora Lorena del Carmen García de Canales, en concepto de nieta sobreviviente del referido causante, de conformidad con el artículo 988 numeral 2° C.C.

Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho, la ad-ministración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los siete días del mes de marzo de dos mil catorce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F029597-3

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las diez horas, del día cuatro de marzo de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida el día veintitrés de enero del año dos mil, en la ciudad de El Carrizal, departamento de Chalatenango, dejó el causante OSCAR EDGARDO ROBLES SANTOS, siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, de parte de los señores NAZARIO MARTIR ROBLES AYALA conocido por JOSE NAZARIO ROBLES AYALA y HERMINIA SANTOS CASTRO conocida por FERMINA SANTOS, en sus calidades de padres sobrevivientes del causante.

Y se les confi rió a los aceptantes la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas cuarenta minutos del día catorce de marzo de dos mil catorce.- LIC. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL (2).- LIC. LUIS ROBERTO REYES ESCOBAR, SECRETARIO INTO.-

3 v. alt. No. F029602-3

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

JOSÉ HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPÁN.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las doce horas del día doce de marzo del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el causante JONAS PLEITEZ ROSALES, quien fue de cuarenta y un años de edad, agricultor, fallecido el día cuatro de diciembre de dos mil dos, siendo la ciudad de Metapán su último domicilio; de parte de la señora MARÍA DEL ROSARIO BARRIENTOS CENTENO. La expresada aceptante lo hace en calidad de CESIONARIA del derecho hereditario que les correspondía a las señoras CRISTINA LISSETH y ANA CECILIA, ambas de apellidos PLEITEZ BARRIENTOS, como hijas del referido causante, habiéndose conferido a ésta la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas con quince minutos del día veinte de marzo de dos mil catorce. LIC. JOSÉ HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029615-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince minutos del día trece de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó JUAN GILBERTO CARRANZA, quien falleció el día dieciséis de octubre de dos mil once, en la Colonia Santa Isabel de esta ciudad, su último domicilio, por parte de JUAN GILBERTO CARRANZA CARRANZA, en concepto de hijo del causante. Nómbrese al aceptante interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia , para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, trece de marzo del dos mil catorce. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, JUEZ DE LO CIVIL, INTO. JORGE ALBERTO RODRÍ-GUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029620-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once horas treinta y seis minutos de este día se ha tenido por aceptada expre-samente y con benefi cio de inventario la herencia intestada del causante, señor JOSÉ SALVADOR MIRANDA, conocido por SALVADOR MIRANDA, SALVADOR MIRANDA MENDOZA y JOSÉ SALVA-

DOR MIRANDA MENDOZA, quien falleció el día treinta y uno de enero de dos mil cinco, en el Hospital Divina Providencia de la Ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores EMILIA FLORES DE MIRANDA, JULIA RIVE-RA HERRARTE, DINORA DEL CARMEN RIVERA MIRANDA, JUANA DEL TRÁNSITO RIVERA MIRANDA, EMILIA FLORES DE MIRANDA, CIRO ALFREDO MIRANDA FLORES, BEATRIZ EUGENIA MIRANDA FLORES, MARCELINA JANNETTE MIRANDA DE BENÍTEZ, DAVID FRANCISCO MIRANDA FLO-RES, ABEL ALFONSO MIRANDA FLORES y JAIME MAURICIO MIRANDA FLORES, la primera, en su calidad de cónyuge sobreviviente del de cujus, y también por Derecho de Transmisión por el Derecho que en la presente mortual le correspondería al señor ALEJANDRO EMILIO MIRANDA FLORES, como hijo del de cujus; a la segunda, por Derecho de Transmisión que en esta mortual le correspondería al señor ROBERTO MIRANDA RIVERA, como hijo del causante; y, los restantes, en su calidad de hijos del de cujus; y, en dicho carácter se les confi ere interinamente la administración y representación de la sucesión con las formalidades y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.

LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas cincuenta minutos del día tres de marzo de dos mil catorce. LIC. FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRI-MERO DE LO CIVIL. LICDA. CARMEN GUADALUPE NÚÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029622-3

LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-PLENTE DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las ca-torce horas treinta minutos del día trece de marzo del presente año. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por la señora María Alicia González de Corea, fallecida el día diez de abril de mil novecientos ochenta y nueve, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores Max Edgardo Corea González y Rodolfo Humberto González, en concepto de hijos de la causante.

Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas quince minutos del día veinticuatro de marzo del dos mil catorce. LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LICDA. MIRIAM ELIZABETH REYES DE MARTÍNEZ, SECRE-TARIO INTO.

3 v. alt. No. F029628-3

LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, Juez de lo Civil Interino, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por acep-tada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante JUANA DE JESÚS ARIAS ARÉVALO conocida por JUANA DE JESÚS ARIAS ARÉVALO BARAHONA,

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y por JUANA JESÚS ARIAS, quien falleció el día diecinueve de junio de dos mil trece, en el Hospital San Bartolo, Ilopango, San Salvador, siendo Zacatecoluca, su último domicilio, por parte de FLOR ALICIA ARIAS ARÉVALO, MARÍA VICTORIA ARIAS DE SALAZAR, MARÍA VICTORIA ARIAS ARÉVALO, GUADALUPE ARIAS ARÉVALO, MIRTALA ISABEL ARIAS ARÉVALO, JOSÉ DAVID ARIAS ARÉVALO y CARLOS ALEXANDER ARIAS ARÉVALO, en concepto de hijos de la referida causante. Nómbrase a los aceptantes interinamente, administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las diez horas y diez minutos del día tres de marzo de dos mil catorce. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, JUEZ DE LO CI-VIL INTERINO. JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029634-3

LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, Juez de lo Civil Interino, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante BERNARDINO DOMINGUEZ, que falleció el día tres de agosto de dos mil cuatro, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador, habiendo tenido como su último domicilio la ciudad de El Rosario, departamento de La Paz; por parte de la señora IRMA ARACELY DOMINGUEZ HERNÁNDEZ, en concepto de hija del causante, y además como cesionaria de los derechos hereditarios que en tal sucesión correspondían a los señores JOSÉ ALIRIO HERNÁNDEZ DOMINGUEZ, SANTOS MATILDE HERNÁNDEZ DOMINGUEZ, LUZ PATRICIA HERNÁNDEZ DOMINGUEZ y LUCÍA HERNÁNDEZ DOMINGUEZ, todos como hijos del mismo causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cuatro de marzo de dos mil catorce. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. JORGE ALBERTO RO-DRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029635-3

LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, Juez de lo Civil Interino, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó la causante SUSANA FLORES conocida por SUSANA FLORES RODRÍGUEZ, quien falleció el día cuatro de marzo de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón San Miguel Obrajuelo, de San Rafael Obrajuelo, su último domicilio, por parte de ROSA FLORES RODRIGUEZ o ROSA FLORES, en concepto de hija de la referida causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las once horas y cua-

renta minutos del día diez de marzo de dos mil catorce. LIC. ROBERTO

MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, JUEZ DE LO CI-

VIL INTERINO. JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029636-3

TÍTULO DE PROPIEDAD

LA SUSCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE PERQUÍN.

HACE DEL CONOCIMIENTO: Que a esta Alcaldía se ha pre-

sentado la Licenciada DAYSI ELIZABETH CARRANZA RIVERA,

mayor de edad, Abogado de la República, del domicilio de San Miguel,

con carnet de Abogado número dieciséis mil setecientos quince; quien

actúa en carácter de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial

de la señora ALBA JOVITA GUEVARA VIUDA DE ARGUETA,

de setenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de

Perquín, departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad

Número: cero cero seis ocho dos uno tres tres-uno y Número de Identifi -

cación Tributaria: un mil trescientos dieciséis-veintisiete cero cuatro tres

ocho-cero cero uno-cinco; y solicita se le extienda Título de Propiedad

de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio El Centro, mu-

nicipio de Perquín, distrito de Jocoaitique, departamento de Morazán,

de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO

METROS CUARENTA Y SEIS CENTÍMETROS CUADRADOS, con

las medidas y linderos siguientes: al NORTE: consta de un tramo recto

con una distancia de trece metros cero cuatro centímetros, colinda con

Parque Municipal de Perquín, calle pública de por medio; al ORIENTE:

consta de cuatro tramos rectos: el primero con una distancia de ocho

metros sesenta centímetros; segundo con una distancia de un metro

setenta centímetros, colinda con inmueble propiedad de Chinda Sorto,

calle pública de por medio; tercero con una distancia de seis metros

ochenta y nueve centímetros; y cuarto tramo, con una distancia de tres

metros setenta y cuatro centímetros, colinda con inmueble propiedad

de Daysi Estelia Varela de Sorto, calle pública de por medio; al SUR:

consta de un tramo recto con una distancia de quince metros noventa

centímetros, colinda con el resto del inmueble; al PONIENTE: consta

de cuatro tramos: el primero con una distancia de cinco metros treinta

centímetros; segundo con una distancia de seis metros cuarenta y nueve

centímetros; tercero con una distancia de cero punto cuarenta y cinco

centímetros; y cuarto tramo con una distancia de ocho metros sesenta

centímetros, colinda con inmueble propiedad del señor Juvenal Guevara;

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

en dicho inmueble está construida una casa de sistema mixto con todos sus

accesorios y servicios básicos. La señora ALBA JOVITA GUEVARA

VIUDA DE ARGUETA, adquirió dicho inmueble por compraventa

de posesión material que realizó al señor Lorenzo Justiniano Guevara,

mayor de edad, agricultor, del domicilio de Perquín, ya fallecido, según

testimonio de escritura pública de compraventa anexa a la solicitud.

Se hace del conocimiento público conforme al artículo 3 de la Ley Sobre Títulos de Predios Urbanos, para efectos legales.

Alcaldía Municipal de Perquín, departamento de Morazán, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil catorce. MARÍA SANTOS MIRIAM RODRÍGUEZ RAMOS DE CHICAS, ALCALDESA MUNICIPAL. LIC. FREDI OMAR GUZMÁN RAMOS, SECRE-TARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F029582-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licen-ciado JOSÉ EDILBERTO VELÁSQUEZ GÓMEZ, en su calidad de Apoderado Legal que comprueba con el Testimonio de Escritura Pública de Poder General, en nombre y representación del señor RIGOBERTO HERNÁNDEZ BONILLA, de cuarenta y cinco años de edad, Empleado, del domicilio de Polorós, Departamento de La Unión, con residencia en Barrio Nuevo, portador de su Documento Único de Identidad número cero cuatro dos cero uno tres cero uno-cinco y con Tarjeta de Identifi ca-ción Tributaria número catorce once-veinticuatro cero nueve sesenta y siete-ciento dos-seis; en donde viene a promover Diligencias de Título de Propiedad de un terreno de naturaleza urbana ubicado en el Barrio Nuevo, jurisdicción de Polorós, Departamento de La Unión, de la ca-pacidad superfi cial de DOSCIENTOS VEINTE PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: mide veintitrés metros, colindando con casa y solar del señor Catalino Canales Santos, cerco de alambre de por medio; AL NORTE: mide once metros, colinda con casa de José Flavio Martínez Escobar, calle pública de por medio; AL PONIENTE: mide diecisiete metros, diez centímetros con solar de Saturnino Hernández; y AL SUR: mide once metros, con solar y casa de la señora Marcelina Canales, calle pública de por medio y cerco de piña propio, hasta llegar donde comenzó; en dicho terreno existe una casa de habitación construida de adobe y teja con servicio de agua potable; el predio anteriormente relacionado no es dominante ni sirviente; no tiene carga, ni derecho real que pertenezca a otra persona, con quien hubiera proindivisión; lo estima junto con sus construcciones en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; lo adquirió por compraventa que le hiciera el señor Hernán Bonilla Rodríguez, según Escritura Pública otorgada el día veintidós de noviembre del año dos mil trece.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Publíquese por tres veces alternas en el Diario Ofi cial.

Librado en Alcaldía Municipal de Polorós, Departamento de La Unión, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil catorce. AMERTO ROMERO RÍOS, ALCALDE MUNICIPAL. NANCY JEANNETTE GUEVARA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F029598-3

TITULO SUPLETORIO

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado José Edilberto Velásquez Gómez, Abogado, del domicilio de la ciudad de San Miguel, como Apoderado General Judicial del señor Cristino Maldonado Martínez, quien es de cincuenta años, empleado, solicitando titulo supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío Agua Blanca, Cantón Molino, Jurisdicción de Concepción de Oriente, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de Dos mil trescientos veintinueve metros, cincuenta y nueve decímetros cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: al Oriente: cuarenta metros, doce centímetros, con propiedad de Francisco Mendoza, cerco de alambre propio de por medio; al Norte: cuarenta y seis metros, ochenta y un centímetros, con propiedad de la señora María Victoria Maldonado, cerco de malla ciclón de por medio; al Poniente: cincuenta y siete metros sesenta y ocho centímetros, con propiedad del señor Leónidas Maldonado Arias, calle pública de por medio que conduce de Concepción de Oriente hacia El Sauce, y al Sur: cuarenta y ocho metros, cuarenta y ocho centímetros, con propiedad de la señora Rosa Bonilla, cerco de piña de por medio propio; existe construida una casa paredes de ladrillo, techo de tejas, de trece varas de largo por seis varas de ancho. Valúa dicho inmueble en la cantidad de Tres mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América, y lo adquirió en el año mil novecientos noventa, por donación informal hecha por el señor Leónidas Maldonado Arias.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los once días del mes de marzo del año dos mil catorce. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029595-3

JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPÁN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó la señora VERONICA CALDERÓN VALLE, mayor de edad, de ofi cios domés-ticos, de este domicilio, solicitando que se extienda a su favor TITULO SUPLETORIO de UN inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón El Despoblado, Caserío El Despoblado de la comprensión de Santa Rosa Guachipilín, de un área superfi cial de SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS VEINTINUEVE DECÍMETROS TREINTA Y SEIS CENTÍMETROS CUADRADO, que LINDA: al NORTE, Santos Vi-centa Rosales García y Juan José Aguilar Herrera; AL ORIENTE, con Pedro Antonio Calderón Valle; Al SUR, con Cipriano Aguilar Flores; y AL PONIENTE, con Marcos de Jesús Cartagena.- Dicho inmueble no es dominante ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, ni posee cargas reales que respetar y lo valúa en la suma de CINCO MIL DÓLARES.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con treinta y seis minutos del día trece de marzo del año dos mil catorce. LIC. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 2002025649

No. de Presentación: 20140197064

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ANTONIO BERNABE RODEZNO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO CONSTENLA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Hatillo, 100 metros al este de la Clínica del Seguro Social, Costa Rica, de nacionalidad COSTA-RRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00235 del Libro 00185 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra Lovel y diseño; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil catorce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000486-3

No. de Expediente: 2001016338

No. de Presentación: 20130194681

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de NOVARTIS AG, del domicilio de CH-4002 Ba-silea, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00105 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "XOMARIST", en letras mayúsculas tipo corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil catorce.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000489-3

No. de Expediente: 2000002353

No. de Presentación: 20110161577

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN. SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LA CITY, del domicilio de 160 Avenue Paul Vaillant Couturier, 93120 La Courneuve, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00037 del Libro 00145 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS LA CITY EN LETRAS MAYUSCULAS Y DE TRAZO GRUESO Y ABAJO UNA LINEA QUEBRADA HORIZON-TALMENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000503-3

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

MARCAS DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2012118448

No. de Presentación: 20120168441

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de HI-TEK OFFICE SRL, de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

WELDER

Consistente en: la palabra WELDER, que se traduce al caste-llano como SOLDADOR, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ARTÍCULOS DE METALES PRECIOSOS O DE CHAPADO NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; JOYERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS, RELOJERÍA E INS-TRUMENTOS CRONOMÉTRICOS. Clase: 14.

La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de julio del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000502-3

No. de Expediente: 2012121944

No. de Presentación: 20120175093

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ABSORMEX CMPC TISSUE, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ECOPEL PREMIER

Consistente en: las palabras ECOPEL PREMIER las cuales se traducen del idioma inglés al castellano como ecopel principal, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNA-CIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERIA O PARA USO DOMESTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EX-CEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA, ESPECIALMENTE PAPEL HIGIÉNICO, SERVILLETAS DE PAPEL, ROLLOS DE PAPEL PARA LIMPIEZA, PAÑUELOS (DE BOLSILLO) DESECHABLES DE PAPEL, MANTELES DESECHABLES DE PAPEL, TOALLAS DESECHABLES DE PAPEL, PAÑUELOS FACIALES DE PAPEL, TOALLAS DE COCINA DE PAPEL. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029600-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2013129488

No. de Presentación: 20130188797

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de DUTRIZ HERMANOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DUTRIZ HERMANOS, S.A. DE C.V., de

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nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la frase MEDIA CAFE LA PRENSA GRAFICA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICA-DA A LA PRODUCCIÓN, VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDI-MENTOS); ESPECIAS; HIELO.

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029564-3

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE AC-CIONISTAS DE INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S.A. de C.V.

La Junta Directiva de la sociedad Inversiones Médicas San Francisco, Sociedad Anónima de Capital Variable.

CONVOCA: A los señores accionistas a celebrar sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse a las diecinueve horas del día veinticinco de abril de dos mil catorce, en el Auditórium "Dr. René Rodríguez Amaya", del Hospital San Francisco, situado en Avenida Roosevelt Norte # 408, en el Departamento y Ciudad de San Miguel. La cual se desarrollará de acuerdo a la siguiente agenda:

1. Establecimiento y comprobación del Quórum.

2. Lectura y aprobación del acta anterior.

3. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva del ejercicio económico dos mil trece.

4. Lectura de los Estados Financieros del ejercicio económico del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013 para su aprobación.

5. Informe del Auditor Externo sobre los Estados Financieros del ejercicio dos mil trece.

6. Aplicación de Resultados del Ejercicio 2013.

7. Otros puntos de interés a los accionistas.

8. Nombramiento del Auditor Externo Financiero y Fijación de sus Emolumentos.

9. Nombramiento del Auditor Fiscal y Fijación de sus Emolu-mentos.

El Quórum necesario para la convocatoria será con la asistencia y representación de la mitad más una de las acciones que conforman el Capital Social, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes.

En caso de no haber Quórum en la fecha y hora indicada, por este medio, quedan convocados los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria el mismo día, mes y año, y en el mismo lugar, a las diecisiete horas con treinta minutos, debiendo celebrarse la sesión con cualquier número de acciones presentes y las resoluciones se tomarán por mayoría.

San Miguel, a los veinticinco días del mes de marzo de dos mil catorce.

DR. ROMAN ALFARO GUTIERREZ,

SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. C000498-3

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE AC-CIONISTAS DE SERVICIOS MEDICOS SAN FRANCISCO, S.A. de C.V.

La Junta Directiva de la sociedad Servicios Médicos San Francisco, Sociedad Anónima de Capital Variable.

CONVOCA: A los señores accionistas a celebrar sesión de Junta

General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse a las diecinueve horas

del día dieciséis de mayo de dos mil catorce, en el Auditórium "Dr.

René Rodríguez Amaya", del Hospital San Francisco, situado en Avenida

Roosevelt Norte # 408, en el Departamento y Ciudad de San Miguel. La

cual se desarrollará de acuerdo a la siguiente agenda:

1. Establecimiento y comprobación del Quórum.

2. Lectura y aprobación del acta anterior.

3. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de la Junta

Directiva del ejercicio económico dos mil trece.

4. Lectura de los Estados Financieros del ejercicio económico del

1 de enero al 31 de diciembre de 2013 para su aprobación.

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

5. Informe del Auditor Externo sobre los Estados Financieros

del ejercicio dos mil trece.

6. Aplicación de Resultados del Ejercicio 2013.

7. Otros puntos de interés a los accionistas.

8. Nombramiento del Auditor Externo Financiero y Fijación de

sus Emolumentos.

9. Nombramiento del Auditor Fiscal y Fijación de sus Emolu-

mentos.

El Quórum necesario para la convocatoria será con la asistencia

y representación de la mitad más una de las acciones que conforman

el Capital Social, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos

presentes.

En caso de no haber Quórum en la fecha y hora indicada, por

este medio, quedan convocados los accionistas para celebrar la Junta

General Ordinaria el mismo día, mes y año; en el mismo lugar, a las diecisiete horas con treinta minutos, debiendo celebrarse la sesión con

cualquier número de acciones presente y las resoluciones se tomarán por

mayoría.

San Miguel, a los veinticinco días del mes de marzo de dos mil

catorce.

DR. JOSE EFRAIN RUIZ CASTILLO,

SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. C000499-3

CONVOCATORIA

El suscrito Director Presidente y Representante Legal de la Sociedad

TERRA SAN BENITO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, que puede abreviarse TERRA SAN BENITO, S.A. DE C.V.,

en base a lo establecido en el Art. 230 del Código de Comercio.

CONVOCA: A Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Ac-

cionistas a celebrarse a partir de las diez horas del día veintitrés de abril de dos mil catorce, en las ofi cinas ubicadas en la Sesenta y Siete

Avenida Sur, Pasaje Dos, Número Veintiséis, Colonia Escalón, de la

ciudad de San Salvador, de la República de El Salvador.

El quórum legal necesario para celebrar los puntos ordinarios en

primera convocatoria será de la mitad más uno partes de las acciones

que componen el capital social y tengan derecho a voto y para adoptar

resoluciones será válido con la mayoría de los votos presentes. El

quórum legal necesario para celebrar los puntos extraordinarios en

primera convocatoria será de la de las tres cuartas partes de las acciones

que componen el capital social y tengan derecho a voto y para adoptar

resoluciones será válido con igual proporción. De no haber quórum legal

en la fecha señalada se convoca por segunda vez para el día veinticuatro de abril de dos mil catorce, a las once horas en el mismo lugar. El

quórum legal necesario para celebrar los puntos ordinarios en segunda

convocatoria será válido con cualquier número de acciones presentes

y las resoluciones se tomarán con la mayoría de los votos presentes. El

quórum legal necesario para celebrar los puntos extraordinarios en segunda

convocatoria será de la mitad más uno de las acciones que componen el

capital social y tengan derecho a voto y para formar resoluciones será

válido con el voto favorable de las tres cuartas partes de las acciones

presentes. La agenda a desarrollar será la siguiente:

PUNTOS ORDINARIOS

1. Comprobación de Quórum.

2. Lectura del acta anterior.

3. Aprobación de la Memoria de Labores de los años 2010,

2011, 2012, 2013.

4. Aprobación de los estados Financieros de los años 2010,

2011, 2012, 2013.

5. Lectura del informe del Auditor Externo de los años 2008,

2009, 2010, 2011, 2012, 2013.

6. Nombramiento de Nueva Junta Directiva.

7. Nombramiento y Emolumentos correspondientes de los

Auditores Fiscal y Externo para los años 2011, 2012, 2013

y 2014.

8. Distribución y Aplicación de Utilidades.

PUNTOS EXTRAORDINARIOS

1. Aumento de Capital Social por capitalización de cuentas por

Pagar.

2. Designación de Ejecutos Especial.

San Salvador, veintiocho de marzo de dos mil catorce.

FRANCISCO JULIAN ERNESTO RUIZ SINIBALDI,

DIRECTOR PRESIDENTE

REPRESENTANTE LEGAL.

"TERRA SAN BENITO, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE"

3 v. alt. No. F029879-3

SUBASTA PÚBLICA

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

Tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDALGO,

en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE RESPON-

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SABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero, intereses

legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta

de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Lotifi cación El Espino,

Polígono M, lote número tres, de la Jurisdicción de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, inmueble que posee una extensión su-

perfi cial de trescientos cincuenta punto cero metros cuadrados, de las

medidas perimetrales siguientes: Norte, una distancia de dieciséis punto

cero siete metros, Oriente, distancia de veintiuno punto noventa metros,

Sur, dos tramos, tramo uno, distancia de uno punto setenta y uno metros,

tramo dos, distancia de catorce punto treinta y seis metros, Poniente,

distancia de veintiuno punto noventa metros, inscrito bajo la Matrícula

número TRES CERO UNO UNO OCHO CERO TRES TRES-CERO

CERO CERO CERO CERO, bajo el asiento número UNO, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, La

Libertad.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a las

ocho horas y cuarenta minutos del día uno de octubre del dos mil trece.-

LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL LOHENGRIN

CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029527-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

Tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDALGO,

en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero, intereses

legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en Pública Subasta

de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Lotifi cación El Espino,

Polígono M, lote número dos, de la Jurisdicción de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, inmueble que posee una extensión su-

perfi cial de trescientos cincuenta punto cero metros cuadrados, de las

medidas perimetrales siguientes: Norte, una distancia de dieciséis punto

cero siete metros, Oriente, distancia de veintiuno punto noventa metros,

Sur, dos tramos, tramo uno, distancia de uno punto setenta y uno metros,

tramo dos, distancia de catorce punto treinta y cinco metros, Poniente,

distancia de veintiuno punto noventa metros, inscrito bajo la Matrícula

número TRES CERO UNO UNO OCHO CERO TRES DOS-CERO

CERO CERO CERO CERO, bajo el Asiento número UNO, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas, de la Cuarta Sección del Centro, La

Libertad.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a

las ocho horas y treinta y seis minutos del día uno de octubre del dos

mil trece.- LIC. JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS,

JUZGADO DE LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL

LOHENGRIN CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029529-3

JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en,

este Tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ

HIDALGO, en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION

COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de

dinero, intereses legales y costas procesales, se ha ordenado la venta

en Pública Subasta de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en

Lotifi cación El Espino, Polígono M, lote número uno, de la Jurisdicción

de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, inmueble que

posee una extensión superfi cial de cuatrocientos dieciocho punto cinco

metros cuadrados, de las medidas perimetrales siguientes: Norte, dos

tramos, tramo uno, longitud de curva de siete punto diecisiete metros,

con un radio de cinco punto cero cero metros, tramo dos, una distancia

de catorce punto sesenta y seis, Oriente, distancia de veintiuno punto

noventa metros, Sur, dos tramos, tramo uno, distancia de uno punto

setenta y uno metros, tramo dos, distancia de dieciocho punto cero

cinco metros, Poniente, con una distancia de diecisiete punto sesenta y

tres metros, inscrito bajo la Matrícula número TRES CERO UNO UNO

OCHO CERO TRES UNO-CERO CERO CERO CERO CERO, bajo

el Asiento número UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Cuarta Sección del Centro, La Libertad.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a

las ocho horas y treinta y cuatro minutos del día uno de octubre del dos

mil trece.- LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS,

JUZGADO DE LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL

LOHENGRIN CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029550-3

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDAL-

GO, en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPE-

RATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero,

intereses legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública

subasta de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Lotifi cación

El Espino, Polígono G, lote número ocho, de la jurisdicción de Anti-

guo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, inmueble que posee una

extensión superfi cial de trescientos cuarenta y nueve punto cuarenta y

cinco metros cuadrados, de las medidas perimetrales siguientes: Norte,

distancia de catorce punto sesenta y ocho metros, Oriente, distancia de

veintiuno punto noventa metros, Sur, distancia de dieciséis punto cero

cuatro metros, Poniente: distancia de veintiuno punto noventa metros,

inscrito bajo la matrícula número TRES CERO UNO UNO OCHO

CERO CERO OCHO-CERO CERO CERO CERO CERO, bajo el

asiento número UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e hipotecas de

la Cuarta Sección del Centro, La Libertad.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a las

ocho horas y veintiséis minutos del día uno de octubre del dos mil trece.

LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL LOHENGRIN

CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029551-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDALGO,

en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero, intereses

legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta

de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Lotifi cación El Espino,

Polígono G, lote número cinco, de la jurisdicción de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, inmueble que posee una extensión su-

perfi cial de trescientos cincuenta punto cero metros cuadrados, de las

medidas perimetrales siguientes: Norte, distancia de doce punto cero siete

metros, Oriente, distancia de treinta y dos punto ochenta y seis metros,

Sur, dos tramos, tramo uno distancia de seis punto cuarenta y seis metros,

tramo dos, cuatro punto ochenta y uno metros, Poniente, distancia de

veintinueve punto cincuenta y cinco metros, inscrito bajo la matrícula

número TRES CERO UNO UNO OCHO CERO CERO CINCO-CERO

CERO CERO CERO CERO, bajo el asiento número UNO, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, La

Libertad.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a las

ocho horas y veintidós minutos del día uno de octubre del dos mil trece.

LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL LOHENGRIN

CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029552-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDAL-

GO, en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPE-

RATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero,

intereses legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública

subasta de un inmueble de naturaleza urbana ubicado en lotifi cación El

Espino, Polígono G, lote número cuatro, de la jurisdicción de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, inmueble que posee una

extensión superfi cial de trescientos cincuenta punto cero cero metros

cuadrados, con las medidas perimetrales siguientes: Norte, distancia

de trece punto sesenta y uno metros, Oriente, distancia de veintiuno

punto cincuenta y cinco metros, Sur, distancia de doce punto setenta

y uno metros, Poniente, distancia de veinticinco punto ochenta y dos

metros, inscrito bajo la matrícula número TRES CERO UNO UNO

OCHO CERO CERO CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro, La Libertad, bajo el asiento número UNO.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a

las ocho horas y veinte minutos del día uno de octubre del dos mil trece.

LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL LOHENGRIN

CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029553-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDALGO,

en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero, intereses

legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta

de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en lotifi cación El Espino,

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Polígono L, lote ONCE jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento

de La Libertad, inmueble que posee una extensión superfi cial de ciento

cincuenta punto cero metros cuadrados, de las medidas perimetrales

siguientes: Norte: distancia de dieciocho punto veinte metros, Oriente:

dos tramos, tramo uno, distancia de uno punto cincuenta y nueve metros,

tramo dos, distancia de seis punto sesenta y tres metros, Sur: distancia

de dieciocho punto cuarenta y ocho metros, Poniente: distancia de ocho

punto veintiséis metros, inscrito bajo la matrícula número TRES CERO

UNO UNO SIETE NUEVE NUEVE SIETE-CERO CERO CERO CERO

CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección

del Centro, bajo el asiento número UNO.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a las

ocho horas y dieciséis minutos del día uno de octubre del dos mil trece.

LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL LOHENGRIN

CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029554-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDALGO,

en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE RESPONSABI-

LIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero, intereses legales

y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta de un

inmueble de naturaleza urbana, ubicado en lotifi cación El Espino, Polígono

L, lote número diez, jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento

de La Libertad, inmueble que posee una extensión superfi cial de ciento

cincuenta punto cero metros cuadrados, de las medidas perimetrales

siguientes: Norte: distancia de dieciocho punto cuarenta y ocho metros,

Oriente: dos tramos, tramo uno, distancia de dos punto cero cinco metros,

tramo dos, distancia de seis punto cero cinco metros, Sur: Distancia de

dieciocho punto setenta y seis metros, Poniente: distancia de ocho punto

trece metros, inscrito bajo la matrícula número TRES CERO UNO UNO

SIETE NUEVE NUEVE OCHO-CERO CERO CERO CERO CERO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, de la Cuarta Sección del

centro, bajo el asiento número UNO.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a las

ocho horas y dieciocho minutos del día uno de octubre del dos mil trece.

LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL LOHENGRIN

CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029555-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDALGO,

en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero, intereses

legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta

de un inmueble de naturaleza urbana ubicado en Lotifi cación El Espino,

Polígono M, lote número cuatro, de la jurisdicción de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, inmueble que posee una extensión superfi -

cial de trescientos cincuenta punto cero metros cuadrados, de las medidas

perimetrales siguientes: Norte, una distancia de dieciséis punto cero siete

metros, Oriente, distancia de veintiuno punto ochenta y nueve metros,

Sur, dos tramos, tramo uno, distancia de uno punto setenta y dos metros,

tramo dos, distancia de catorce punto treinta y cinco metros, Poniente,

distancia de veintiuno punto noventa metros, inscrito bajo la Matrícula

número TRES CERO UNO UNO OCHO CERO TRES CUATRO-CERO

CERO CERO CERO CERO, bajo el asiento número UNO, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, La

Libertad.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a

las ocho horas y cuarenta y dos minutos del día uno de octubre del dos

mil trece. LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS,

JUZGADO DE LO LABORAL DE SANTATECLA.- LICDA. HAZEL

LOHENGRIN CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029557-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en

este tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ

HIDALGO, en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION

COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de

dinero, intereses legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en

pública subasta de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Finca

El Espino, lotifi cación El Espino, Polígono F, lote UNO, jurisdicción de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, inmueble que posee

una extensión superfi cial de trescientos cincuenta punto cero metros

cuadrados, de las medidas perimetrales siguientes: Norte, distancia de

trece punto veinte metros; Oriente: distancia de veinticuatro punto setenta

y dos metros; Sur: distancia de catorce punto trece metros; Poniente: seis

tramos, tramo uno, distancia de cinco punto dieciocho metros, tramo dos

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

distancia de seis punto cero cinco metros, tramo tres distancia de dos

punto cero cinco metros, tramo cuatro distancia de seis punto sesenta y

tres metros, tramo cinco distancia de uno punto cincuenta y nueve metros,

tramo seis, distancia de siete punto cero nueve metros, inscrito bajo la

matrícula número TRES CERO UNO UNO SIETE NUEVE NUEVE

DOS-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, bajo el asiento número

UNO.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a

las ocho horas y doce minutos del día uno de octubre del dos mil trece.

LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL LOHENGRIN

CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029558-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDALGO,

en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero, intereses

legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta

de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Lotifi cación El Espino,

Polígono H, lote número tres, de la jurisdicción de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, inmueble que posee una extensión su-

perfi cial de trescientos cuarenta y nueve punto cuarenta y cinco metros

cuadrados, de las medidas perimetrales siguientes: Norte, distancia de

dieciséis punto cuatro metros, Oriente, distancia de veintiuno punto

noventa metros, Sur, distancia de dieciséis punto cero cuatro metros,

Poniente, distancia de veintiuno punto noventa metros, inscrito bajo la

matrícula número TRES CERO UNO UNO OCHO CERO UNO TRES-

CERO CERO CERO CERO CERO, bajo el asiento número UNO, del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro, La Libertad.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a

las ocho horas y treinta minutos del día uno de octubre de dos mil trece.

LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL LOHENGRIN

CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029571-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDALGO,

en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero, intereses

legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta

de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Lotifi cación El Espino,

Polígono H, lote número dos, de la jurisdicción de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, inmueble que posee una extensión su-

perfi cial de trescientos cuarenta y nueve punto cuarenta y cinco metros

cuadrados, de las medidas perimetrales siguientes: Norte, distancia de

dieciséis punto cero cuatro metros, Oriente, distancia de veintiuno punto

noventa metros, Sur, distancia de dieciséis punto cero cuatro metros,

Poniente, distancia de veintiuno punto noventa metros, inscrito bajo

la matrícula número TRES CERO UNO UNO OCHO CERO UNO

DOS-CERO CERO CERO CERO CERO, bajo el asiento número UNO

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro, La Libertad.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a las

ocho horas y veintiocho minutos del día uno de octubre del dos mil trece.

LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL LOHENGRIN

CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029575-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDALGO,

en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero, intereses

legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta

de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Finca El Espino,

Lotifi cación El Espino, Polígono L, lote número DOCE, Jurisdicción de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, inmueble que posee

una extensión superfi cial de ciento veintitrés punto cincuenta y siete

metros cuadrados, con las medidas perimetrales siguientes: Norte, dos

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

tramos, tramo uno con longitud de curva de siete punto diecisiete metros

con un radio de cinco punto cero cero metros; tramo dos, distancia de

trece punto cincuenta y nueve metros, Oriente: distancia de siete punto

cero nueve metros, Sur: distancia de dieciocho punto veinte metros,

Poniente: distancia de dos punto setenta y seis metros, inscrito bajo la

matrícula número: TRES CERO UNO UNO SIETE NUEVE NUEVE

SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas, de la Cuarta Sección del Centro, bajo el asiento número

UNO.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a las

ocho horas y catorce minutos del día uno de octubre del dos mil trece.

LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL LOHENGRIN

CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029576-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDALGO,

en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero, intereses

legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta

de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Lotifi cación El Espino,

Polígono I, lote número seis, de la jurisdicción de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, inmueble que posee una extensión su-

perfi cial de trescientos cincuenta y uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados, de las medidas perimetrales siguientes: Norte, distancia de

diecisiete punto setenta y ocho metros, Oriente, distancia de veintiuno

punto noventa metros, Sur, seis tramos, tramo uno, distancia de uno punto

setenta y cuatro metros, tramo dos, distancia de cero punto cincuenta

y seis metros, tramo tres, longitud de curva de siete punto ochenta y

cuatro metros, con un radio de cinco punto cero cero metros, tramo

cuatro distancia de cinco punto cero cero metros, tramo cinco longitud

de curva de siete punto ochenta y cuatro metros con un radio de cinco

punto cero cero metros, tramo seis distancia de cero punto cincuenta

metros, Poniente, distancia de veintiuno punto noventa metros, inscrito

bajo la matrícula número TRES CERO UNO UNO OCHO CERO DOS

SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO, bajo el asiento número UNO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, de la Cuarta Sección del

Centro, La Libertad.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a

las ocho horas y treinta y dos minutos del día uno de octubre del dos

mil trece. LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS,

JUZGADO DE LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL

LOHENGRIN CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029577-3

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por el Licenciado RAUL ALFREDO VELASQUEZ HIDAL-

GO, en su carácter personal, en contra de la ASOCIACION COOPE-

RATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA EL ESPINO DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA, reclamándole cantidad de dinero,

intereses legales y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública

subasta de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Lotifi cación

El Espino, Polígono G, lote número seis, de la jurisdicción de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, inmueble que posee una

extensión superfi cial de trescientos cincuenta y uno punto cincuenta y

cuatro metros cuadrados, de las medidas perimetrales siguientes: Norte,

tres tramos, tramo uno, distancia de cero punto veintiséis metros, tramo

dos distancia de doce punto setenta y uno metros, tramo tres, distancia

de cuatro punto ochenta y uno metros, Oriente, distancia de veintiuno

punto noventa metros, Sur, seis tramos, tramo uno, distancia uno punto

setenta y cuatro metros, tramo dos, distancia de cero punto cincuenta

y seis metros, tramo tres, con longitud de curva de siete punto ochenta

y cuatro metros, con un radio de cinco punto cero cero metros, tramo

cuatro, distancia de cinco punto cero cero metros, tramo cinco, longitud

de curva de siete punto ochenta y cuatro metros con un radio de cinco

punto cero cero metros, tramo seis, distancia de cero punto cincuenta

metros, Poniente, distancia veintiuno punto noventa metros, inscrito bajo

la matrícula número TRES CERO UNO UNO OCHO CERO CERO

SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO, bajo el asiento número UNO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro, La Libertad.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a

las ocho horas y veinticuatro minutos del día uno de octubre del dos

mil trece. LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS,

JUZGADO DE LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL

LOHENGRIN CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029578-3

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia METAPAN, se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 1220505002 del Depósito a Plazo Fijo,

aperturado el 21 de Abril de 2014, a 360 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado, conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 26 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F029508-3

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia LA FUENTE, se ha presentado el pro-

pietario del certifi cado No. 24743 del Depósito a Plazo Fijo, aperturado

el 17 de agosto de 2012, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado, conforme a los artículos 486

y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 26 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F029509-3

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia LA FUENTE, se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 1723477634 del Depósito a Plazo Fijo,

aperturado el 22 de Diciembre de 2013, a 180 días prorrogables, solici-

tando la reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento

público para efectos de reposición del certifi cado relacionado, conforme

a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 26 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F029511-3

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE, se ha presentado

el propietario del certifi cado No. 498430 del Depósito a Plazo Fijo,

aperturado el 18 de enero de 2008, a 90 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado, conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 26 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F029513-3

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia UNICENTRO, se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 7795471736 del Depósito a Plazo Fijo,

aperturado el 10 de Febrero de 2005, a 360 días prorrogables, solicitan-

do la reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento

público para efectos de reposición del certifi cado relacionado, conforme

a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 26 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F029514-3

AVISO

LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO

VICENTINA, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA "ACCOVI de

R.L"

AVISA: Que en su agencia METROCENTRO, se ha presentado la

señora DINA ISABEL CORTEZ , propietario del certifi cado a plazo No.

46545 del depósito a plazo cuenta No. 61-009-000114-7, aperturado

el 04 DE MARZO DE 2013, a 180 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado, conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, la cooperativa no recibe oposición alguna, se procederá

a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 27 de marzo de 2014.

LICDA. DANNY CAROL ARIAS ESCOTO,

JEFE DE AGENCIA METROCENTRO.

"ACCOVI DE R.L."

3 v. alt. No. F029652-3

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

IDALIA FLORIBEL SÁNCHEZ RAJO, conocida por IDALIA FLORI-

BEL SÁNCHEZ DE AYALA, mayor de edad, Abogado del Domicilio

de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, portadora de su Tarjeta

de Abogado número doce mil cuatrocientos setenta y siete; en su cali-

dad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la señora

ISABEL AZUCENA HERNANDEZ DE MARQUEZ, solicitando se le

extienda TITULO MUNICIPAL A FAVOR de su representada; sobre

un terreno de naturaleza urbana, situado en el Barrio Roma, Ciudad

Barrios, Departamento de San Miguel, con una Capacidad Superfi cial

de SETECIENTOS VEINTINUEVE METROS CUADRADOS; de las

medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: Mide cuarenta y tres

metros, colinda con la señora María Dolores Villalta, brotones de izote

y zanjo de por medio; AL PONIENTE: Mide cuarenta y tres metros,

colinda con el solar de la vendedora señora María Francisca Gómez

Lovo, brotones de izote; AL NORTE: Mide once metros, colinda con

el terreno del señor Neftalí Armando Portillo, calle de por medio; AL

SUR: Mide once metros, colinda con terreno de la misma vendedora

María Francisca Lovo. Actualmente en el inmueble descrito se encuentra

una casa de sistema mixto y contiene los servicios básicos necesarios,

con un área de construcción de seis metros de largo por cuatro metros

de ancho. Y el titulante lo adquirió por compra venta de Posesión Ma-

terial que le hizo a la señora MARIA FRANCISCA GOMEZ LOVO; el

referido inmueble no es dominante ni sirviente, no está en proindivisión

con nadie o de ajena pertenencia y lo valora en la suma de TRES MIL

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que hago del conocimiento público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,

a los cuatro días del mes de marzo de dos mil catorce.- RENE WILFREDO

GOMEZ ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL.- FLOR ESTELA

RIVAS DE QUINTANILLA, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F029565-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licen-

ciado JOSE SAUL CARRANZA POSADA, actuando en su concepto

de Apoderado General Judicial, del señor TARCICIO DE JESUS

HERNANDEZ PEREZ, de cuarenta y nueve años de edad, Sastre,

del domicilio Gualococti, Departamento Morazán, solicitando Título

Municipal de propiedad, a favor de su mandante, sobre un inmueble

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

de naturaleza rústica hoy urbano, situado en el Barrio El Calvario de

este Municipio, distrito de Osicala, Departamento de Morazán, de la

Capacidad Superfi cial de DOS MIL CUATRO PUNTO TREINTA Y

CINCO METROS CUADRADOS, que tiene, mide y linda: LINDERO

NORTE: Está formado por ocho tramos con los siguientes rumbos y

distancias: Del mojón uno al mojón dos, con rumbo norte sesenta y un

grados cero seis minutos cero siete segundos este y una distancia de

cuatro punto setenta metros, del mojón dos al mojón tres, con rumbo norte

cincuenta y cuatro grados cincuenta y un minutos diecisiete segundos

este y una distancia de ocho punto ochenta y ocho metros, del mojón

tres al mojón cuatro, con rumbo norte cincuenta y ocho grados cincuenta

minutos diecisiete segundos este y una distancia de siete punto sesenta

y un metros; del mojón cuatro al mojón cinco, con rumbo norte sesenta

grados cuarenta y dos minutos cincuenta y ocho segundos este y una

distancia de ocho punto diecisiete metros, del mojón cinco al mojón seis,

con rumbo norte sesenta y un grados cincuenta minutos cuarenta y tres

segundos este y una distancia de cinco punto cuarenta y nueve metros;

del mojón seis al mojón siete, con rumbo norte cincuenta y seis grados

veintiocho minutos once segundos este y una distancia de cinco punto

trece metros, del mojón siete al mojón ocho, con rumbo norte cincuenta

y seis grados cuarenta y un minutos diecinueve segundos este y una dis-

tancia de cinco punto sesenta y cuatro metros; del mojón ocho al mojón

nueve, con rumbo norte cincuenta y siete grados veintiocho minutos

diez segundos este y una distancia de veinticuatro punto cuarenta y tres

metros, colindado en estos tramos con inmueble propiedad de Rodolfo

Vásquez, actualmente con Alicia Vásquez de Molina, con lindero de

cerco de púas, llegando así al vértice noreste. LINDERO ORIENTE:

Está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: del

mojón nueve al mojón diez, con rumbo sur treinta y dos grados treinta y

cinco minutos cuarenta y cinco segundos este y una distancia de veintitrés

punto noventa y cinco metros, del mojón diez al mojón once, rumbo sur

veintinueve grados veinticinco minutos treinta y seis segundos este y

una distancia de treinta punto cero cinco metros, colinda en estos tramos

con inmueble de Salvador Barahona Hernández, con lindero de cerco

de púas, llegando así al vértice sureste. LINDERO SUR: Está formado

por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Del mojón once

al mojón doce, con rumbo norte ochenta y dos grados cincuenta y tres

minutos cero nueve segundos oeste y una distancia de cuarenta y dos

punto cero nueve metros; del mojón doce al mojón trece, con rumbo sur

ochenta y dos grados cincuenta y dos minutos cero nueve segundos oeste

y una distancia de treinta y tres punto treinta y seis metros; colinda en

estos tramos con inmueble propiedad de Rosa Martínez, hoy Alcaldía

Municipal de Gualococti, departamento de Morazán, pared de bloque

de concreto y una calle principal de por medio e inmueble propiedad de

Ovidio Wilfredo Solís, con lindero sin materializar y calle municipal de

por medio, llegando así al vértice suroeste. LINDERO PONIENTE: Está

formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Del mojón

trece al mojón catorce, con rumbo norte veintinueve grados cuarenta y

tres minutos dieciocho segundos oeste y una distancia de siete punto

dieciocho metros; del mojón catorce al mojón quince, con rumbo norte

cincuenta y seis grados cuarenta y tres minutos cuarenta y un segundos

oeste y una distancia de dos punto sesenta y cuatro metros; del mojón

quince al mojón uno, con rumbo norte ochenta y cuatro grados veintiséis

minutos cuarenta y cuatro segundos oeste y una distancia de seis punto

cincuenta y uno metros; colinda en estos tramos con inmueble propiedad

de Tarcicio de Jesús Hernández, actualmente con María Olimpia Solís

de Pérez, con linderos sin materializar y con quebrada de por medio,

llegando así al vértice noroeste. Actualmente existe una casa de sistema

mixto con todos sus accesorios y servicios.-El inmueble descrito no es

predio dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales de

ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna persona; este

inmueble su demandante lo posee por haberlo adquirido de compra venta

de posesión Material por parte del señor Neftalí Alonso Díaz Solís, en el

año dos mil cinco, y quien lo poseyó quince años consecutivos, en forma

quieta, pacífi ca, e ininterrumpida, hasta la fecha de su cesión.- Que el

inmueble que trata de titular su poderdante, lo valúa en la cantidad de

CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-

CA.

Los colindantes son todos de este domicilio, por lo que se avisa al

público para efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Gualococti, Departamento de Morazán, a los

tres días del mes de marzo de dos mil Catorce.- CARLOS ANTONIO

DIAZ DIAZ, ALCALDE MUNICIPAL.- WENDY YESSENIA CRUZ

HERNANDEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F029583-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor Efraín

Antonio Villalobos Baños, de cincuenta y cinco años de edad, Sacerdote,

con domicilio en la Ciudad de Santa Ana, portador de su Documento

Único de Identidad Número cero un millón setecientos treinta y tres

mil quinientos treinta y ocho - cinco, con Número de Identifi cación

Tributaria cero doscientos diez - cero ochenta mil cuatrocientos cincuenta

y ocho - cero cero cuatro - siete, actuando en Nombre y Representación

en su calidad de apoderado Especial de la Diócesis de Sonsonate, como

lo comprueba con la escritura pública de poder Especial, en el que se

da fe de la personería de Monseñor Constantino Barrera Morales, de

cuarenta y nueve años de edad, Sacerdote, portador de su Documento

Único de Identidad Número cero cero ciento cuarenta y dos mil seis-

cientos setenta y ocho - ocho, con Número de Identifi cación Tributaria

cero novecientos ocho - ciento ochenta y un mil doscientos sesenta y

tres - ciento uno - cinco, en su calidad de Obispo Titular de la Diócesis

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de Sonsonate, con Número de Identifi cación Tributaria cero trescientos

quince - cero veinte mil seiscientos ochenta y seis - cero cero uno - cua-

tro, la cual consta en el Diario Ofi cial Número ciento sesenta y ocho,

Tomo doscientos noventa y seis, que contiene el Decreto Legislativo

Número setecientos cuarenta y dos, de fecha once de septiembre de mil

novecientos ochenta y siete, en cuyo artículo veintiséis se reconoció la

Constitución y Personería Jurídica de la Iglesia Católica Apostólica y

Romana en El Salvador, solicitando se le extienda Título Municipal de

Propiedad de un Inmueble de Naturaleza Urbano, situado en el Barrio La

Cruz, Cuarta Avenida Norte y Primera Calle Oriente Número seis, de la

Ciudad de Armenia Departamento de Sonsonate, en el cual se encuentra

funcionando el Centro Escolar Católico San José, a favor de la Diócesis

de Sonsonate, de una extensión superfi cial de setecientos treinta y uno

punto setenta y nueve metros cuadrados, equivalentes a un mil cuarenta

y siete punto cero cuatro varas cuadradas, cuya descripción técnica es

la siguiente: LINDERO NORTE, partiendo del mojón número uno con

rumbo Sur ochenta y seis grados doce minutos veintiocho segundos Este

y una distancia de treinta punto veintidós metros se llega al mojón dos,

lindando en este tramo con propiedad de Javier Cerna, con Propiedad de

la Alcaldía Municipal de Armenia, Primera Calle Oriente de por medio;

LINDERO ORIENTE, del mojón número dos con rumbo Sur cero cinco

grados cuarenta y un minutos treinta y un segundos Oeste y una distancia

de veintitrés punto setenta y un metros se llega al mojón número tres,

lindando por este tramo con propiedad de Orlando de Jesús Monterrosa,

pared de por medio; LINDERO SUR, del mojón número tres con rumbo

Norte ochenta y cinco grados veinticinco minutos diecinueve segundos

Oeste y una distancia de treinta y un metros se llega al mojón número

cuatro, lindando por este tramo con propiedad de Haydee Leticia Ba-

rahona, pared de por medio; LINDERO PONIENTE, del mojón número

cuatro con rumbo Norte cero cuatro grados diecinueve minutos dieciocho

segundos Este y una distancia de veintidós punto cero cuatro metros se

llega al mojón número cinco, del mojón número cinco con rumbo Norte

cincuenta y un grados veintiún minutos cincuenta y tres segundos Este y

una distancia de uno punto ochenta y tres metros se llega al mojón Número

uno que es donde dio inicio la presente descripción, lindando en estos

tramos con la Iglesia Parroquial de Armenia, Propiedad de la Diócesis

de Sonsonate, Cuarta Avenida Norte de por medio.- Su representada

es poseedora de buena Fe en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida

desde hace cincuenta años aproximadamente de dicho inmueble.- Todos

los colindantes del inmueble descrito son de este domicilio.- El Predio

descrito no es dominante ni sirviente, no tiene ninguna carga, ni derecho

real que pertenezca a otra persona o que deba respetarse y no se encuentra

en proindivisión con nadie, además contiene construcciones de sistema

mixto y techo de duralita.- Este inmueble lo adquirió la Diócesis por

posesión material y carece de Título de Propiedad.

El inmueble descrito su representada lo valora en la Cantidad de

DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE

AMERICA.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-

tes.

Alcaldía Municipal de Armenia, a trece días del mes de marzo del

año dos mil catorce.- LIC. YASMIN KARINA MARTINEZ TORRES,

SECRETARIA MUNICIPAL.- ING. CARLOS ALBERTO MOLINA

LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL DE ARMENIA.-

3 v. alt. No. F029587-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor Efraín

Antonio Villalobos Baños, de cincuenta y cinco años de edad, Sacerdote,

con domicilio en la Ciudad de Santa Ana, portador de su Documento

Único de Identidad Número cero un millón setecientos treinta y tres

mil quinientos treinta y ocho - cinco, con Número de Identifi cación

Tributaria cero doscientos diez - cero ochenta mil cuatrocientos cincuenta

y ocho - cero cero cuatro -siete, actuando en Nombre y Representación

en su calidad de apoderado Especial de la Diócesis de Sonsonate, como

lo comprueba con la escritura pública de poder Especial, en el que se

da Fe de la personería de Monseñor Constantino Barrera Morales, de

cuarenta y nueve años de edad, Sacerdote, portador de su Documento

Único de Identidad Número cero cero ciento cuarenta y dos mil seis-

cientos setenta y ocho - ocho, con Número de Identifi cación Tributaria

cero novecientos ocho - ciento ochenta y un mil doscientos sesenta y

tres - ciento uno - cinco, en su calidad de Obispo Titular de la Diócesis

de Sonsonate, con Número de Identifi cación Tributaria cero trescientos

quince - cero veinte mil seiscientos ochenta y seis - cero cero uno - cua-

tro, la cual consta en el Diario Ofi cial número ciento sesenta y ocho,

Tomo doscientos noventa y seis, que contiene el Decreto Legislativo

número setecientos cuarenta y dos, de fecha once de Septiembre de mil

novecientos ochenta y siete, en cuyo artículo veintiséis se reconoció la

Constitución y Personería Jurídica de la Iglesia Católica Apostólica y

Romana en El Salvador, solicitando se le extienda Título Municipal de

Propiedad de un Inmueble de Naturaleza Urbano, situado en el Barrio

La Cruz, entre la segunda Avenida Norte y Cuarta Avenida Norte y

entre la Primera Calle Oriente y la Calle Alberto Masferrer, de la Ciu-

dad de Armenia, Departamento de Sonsonate, en el cual se encuentra

edifi cada la Iglesia Parroquial de Armenia, conocida como Parroquia

San Silvestre, de una extensión superfi cial de cinco mil ochenta y uno

punto dos mil seiscientos cuarenta y seis metros cuadrados, equivalentes

a siete mil doscientos setenta punto dos mil setecientos treinta y cuatro

varas cuadradas, cuya descripción técnica es la siguiente: LINDERO

NORTE, partiendo del mojón número uno con rumbo Sur ochenta y

seis grados veinticuatro minutos cuarenta y siete segundos Este y una

distancia de ochenta y cuatro punto noventa y cuatro metros se llega al

mojón número dos, lindando en este tramo con propiedad de Riselda

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

Miguel de Sigüenza, con propiedad de OPERADORA DEL SUR S.A.

DE C.V., con propiedad de la Alcaldía Municipal de Armenia, con

Propiedad de los señores Reina Esperanza Cortez de García, y Oscar

Francisco García Lemus, y con propiedad de María Alicia Velásquez,

Primera Calle Oriente de por medio; LINDERO ORIENTE, del mojón

número dos con rumbo Sur cero cuatro grados cuarenta y dos minutos

cero tres segundos Oeste y una distancia de sesenta y uno punto sesenta

y dos metros se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con

propiedad de la Diócesis de Sonsonate en la cual se encuentra el Centro

Escolar Católico San José, con propiedad de Haydee Leticia Barahona,

con propiedad de Ana Gladis Núñez Funes, con propiedad de Leticia

Rodríguez Murcia de López, y con propiedad de Douglas Edgardo

Avilés Mancía, Cuarta Avenida Norte de por medio; LINDERO SUR,

del mojón número tres con rumbo Norte ochenta y dos grados Cuarenta

y dos minutos cero dos segundos Oeste y una distancia de ochenta siete

punto noventa y cuatro metros se llega al mojón número cuatro, lindando

por este tramo con propiedad de Jorge Antonio Marroquín Rugamas,

con propiedad de Mario Francisco Menjívar Lima, con propiedad de

Gloria Francisca Pérez, con propiedad de Sara Guadalupe Montes de

Esquivel, con propiedad de SINAI EDITORES E IMPRESORES S.A.

DE C.V., y con propiedad de Marina Teresa Paz de Pérez, Calle Alberto

Masferrer de por medio, LINDERO PONIENTE, del mojón número

cuatro con rumbo Norte cero siete grados cuarenta y un minutos treinta

y un segundos Este y una distancia de cincuenta y seis punto cero seis

metros se llega al mojón número uno, que es donde dio inicio la presente

descripción, lindando en este tramo con el Parque Central de la Ciudad

de Armenia, propiedad de la Alcaldía Municipal de Armenia, segunda

avenida Norte de por medio.- Su representada es poseedora de buena fe,

en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida desde hace cincuenta años

aproximadamente de dicho inmueble. Todos los colindantes del inmueble

descrito son de este domicilio.- El predio descrito no es dominante ni

sirviente, no tiene ninguna carga, ni derecho real que pertenezca a otra

persona o que deba respetarse y no se encuentra en proindivisión con

nadie, además contiene construcciones de sistema mixto y techo de

duralita. Este inmueble lo adquirió la Diócesis por posesión material y

carece de Título de Propiedad.

El inmueble descrito su representada lo valora en la Cantidad de

VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE

AMERICA.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-

tes.

Alcaldía Municipal de Armenia, a trece días del mes de marzo del

año dos mil catorce.- LIC. YASMIN KARINA MARTINEZ TORRES,

SECRETARIA MUNICIPAL.- ING. CARLOS ALBERTO MOLINA

LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL DE ARMENIA.-

3 v. alt. No. F029588-3

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2013132053

No. de Presentación: 20130193963

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO

JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de Fashion

TV LLC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS.

FASHION TV

Consistente en: las palabras FASHION TV, que se traduce al

castellano como Moda Tv, que servirá para: AMPARAR: DIFUSIÓN

DE PROGRAMAS DE TELEVISIÓN. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día cuatro de diciembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029601-3

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014133060

No. de Presentación: 20140195892

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARICELA

DE JESÚS OVIEDO RAMÍREZ, en su calidad de APODERADO

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

de MED PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO.

Consistente en: las palabras IBUVANZ MEDPHARMA, que

servirá para: AMPARAR: ANTIRREUMÁTICO Y ANALGÉSICO,

NO ESTEROIDES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000482-3

No. de Expediente: 2014133059

No. de Presentación: 20140195890

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARICELA

DE JESÚS OVIEDO RAMÍREZ, en su calidad de APODERADO

de MED PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO.

Consistente en: la palabra NITAZIDA, que servirá para: AMPA-

RAR: ANTIPARASITARIO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000483-3

No. de Expediente: 2014133057

No. de Presentación: 20140195887

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARICELA

DE JESÚS OVIEDO RAMÍREZ, en su calidad de APODERADO

de MED PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO.

Consistente en: la palabra DINIVANZ, que servirá para: AMPA-

RAR: ANTIASMATICO, EXPECTORANTE. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000484-3

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

No. de Expediente: 2014133058

No. de Presentación: 20140195889

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARICELA

DE JESÚS OVIEDO RAMÍREZ, en su calidad de APODERADO

de MED PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

Consistente en: la palabra TUSIVANZ, que servirá para: AMPA-

RAR: EXPECTORANTE. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de febrero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000485-3

No. de Expediente: 2014134009

No. de Presentación: 20140197757

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ERNESTO

ANTONIO BERNABE RODEZNO, en su calidad de APODERADO de

SAVIA INTERNATIONAL CO., LTD, de nacionalidad SURCOREA-

NA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra SMOOTHIA, que servirá para: AMPA-

RAR: CERVEZAS, AGUAS MINERALES, GASEOSAS Y OTRAS

BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS,

SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000487-3

No. de Expediente: 2013131738

No. de Presentación: 20130192908

CLASE: 34.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

de Philip Morris Brands Sàrl, de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO,

DOUBLE BEYOND

Consistente en: la frase DOUBLE BEYOND, que se traduce al

castellano como doble más allá, que servirá para: AMPARAR: TABA-

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

CO, PROCESADO O SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TABACO,

INCLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO

PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO

PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y

CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO

DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO (NO PARA USO MEDICO);

ARTICULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE

CIGARRILLOS Y TUBOS PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA

CIGARRILLO, ESTUCHES PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRI-

LLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE BOLSILLO PARA

ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES, FOSFOROS. Clase:

34.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000488-3

No. de Expediente: 2013132251

No. de Presentación: 20130194413

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

de Philip Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las letras ROG, que servirá para: AMPARAR:

TABACO, PROCESADO O SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TA-

BACO, INCLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS,

TABACO PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS,

TABACO PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN

POLVO Y CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y

CLAVO DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO (NO PARA USO

MÉDICO); ARTÍCULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO

EL PAPEL DE CIGARRILLOS Y TUBOS PARA CIGARRILLOS,

FILTROS PARA CIGARRILLO, ESTUCHES PARA TABACO,

CAJAS DE CIGARRILLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE

BOLSILLO PARA ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES,

FÓSFOROS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000490-3

No. de Expediente: 2013132249

No. de Presentación: 20130194409

CLASE: 34.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

de Philip Morris Brands Sàrl, de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Malboro y diseño, que servirá para:

TABACO, PROCESADO O SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TA-

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

BACO, INCLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS,

TABACO PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS,

TABACO PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN

POLVO Y CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y

CLAVO DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO (NO PARA USO

MÉDICO); ARTÍCULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO

EL PAPEL DE CIGARRILLOS Y TUBOS PARA CIGARRILLOS,

FILTROS PARA CIGARRILLO, ESTUCHES PARA TABACO,

CAJAS DE CIGARRILLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE

BOLSILLO PARA ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES,

FÓSFOROS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000491-3

No. de Expediente: 2014132569

No. de Presentación: 20140194906

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de PHILIP MORRIS GLOBAL BRANDS INC., de nacio-

nalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: las palabras MARLBORO CLASSICS, se traduce al

castellano la palabra Classics como: Clásicos, que servirá para: AMPA-

RAR: JUEGOS, JUGUETES; NAIPES; ARTICULOS DE GIMMASIA

Y DEPORTE; DECORACIONES PARA ARBOLES DE NAVIDAD;

BICICLETAS JUGUETES INFANTILES. Clase: 28.

La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de enero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000492-3

No. de Expediente: 2014132760

No. de Presentación: 20140195294

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

de Philip Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: TABA-CO, PROCESADO O SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TABACO, INCLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO (NO PARA USO MÉDICO); ARTÍCULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE CIGARRILLOS Y TUBOS PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA CIGARRILLO, ESTUCHES PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRI-LLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE BOLSILLO PARA ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES, FÓSFOROS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de enero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000493-3

No. de Expediente: 2013132348

No. de Presentación: 20130194601

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS ANDROMACO S.A. que se abrevia: LABORA-TORIOS ANDROMACO, S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ABLALZAR

Consistente en: la palabra ABLALZAR, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000494-3

No. de Expediente: 2014132598

No. de Presentación: 20140194970

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: DISEÑO, que servirá para: AMPARAR: PREPA-RACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000495-3

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

No. de Expediente: 2012123510

No. de Presentación: 20120177742

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de KOREA CONTAINER POOL CO., LTD, de nacionalidad COREANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

FOLDCON

Consistente en: la palabra FOLDCON, que servirá para: AMPARAR: LOS RECIPIENTES DE METAL PARA EL ALMACENAMIENTO O EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS; PALETS METÁLICOS PARA EL ALMACENAMIENTO O EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS, CAJAS DE METAL PARA EL ALMACENAMIENTO DE MERCAN-CÍAS; TANQUES METÁLICOS PARA EL ALMACENAMIENTO DE MERCANCÍAS; METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; MATERIALES METÁLICOS PARA VÍAS FÉRREAS. Clase: 06.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de julio del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000504-3

No. de Expediente: 2012119596

No. de Presentación: 20120170149

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO GUILLERMO BENDEK PANAMEÑO, en su calidad de APODERA-DO ESPECIAL de Prajia R & D Venture Co., Ltd., de nacionalidad TAIWANESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,

Consistente en: la expresión c c i l u y diseño que servirá para: AMPARAR: CAMISAS, PANTALONES Y FALDAS, PIJAMAS, CHAQUETAS, OVEROLES, TRAJES INFORMALES; ABRIGOS, VESTIDOS, CHALECOS, TRAJES FORMALES, JEANS, TRAJES

DE BAÑO, CAMISETAS, ROPA INTERIOR, ZAPATOS DE VESTIR; SANDALIAS, ZAPATILLAS, ZUECOS, ZAPATOS DEPORTIVOS, BOTAS, BOTAS DE ESQUI, SUELAS DE ZAPATO; GORRAS, SOMBREROS, GORROS PARA NADAR, BUFANDAS, CINCHOS DE CUERO, CALCETINES, GUANTES; TODO LO ANTERIOR PARA USO DE HOMBRE, MUJERES Y NIÑOS. ROPA PARA BEBES. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000505-3

No. de Expediente: 2014133870

No. de Presentación: 20140197523

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TRINIDAD DE JESUS PONCE DE ROSALES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras SANTA FE CUISINE, donde la palabra CUSINE al idioma castellano se traduce como COCINA, que servirá para: AMPARAR: UTENSILIOS PARA USOS DOMESTICOS Y CULINARIOS. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029548-3

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

No. de Expediente: 2014133524

No. de Presentación: 20140196874

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CESAR ROBERTO TRUJILLO MENENDEZ, en su calidad de APODERADO de TIGSA EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TIGSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,

Consistente en: la palabra Ferticrédito y diseño, que servirá para: AMPARAR: FERTILIZANTES Y NUTRIENTES PARA EL SUELO. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029556-3

No. de Expediente: 2013129489

No. de Presentación: 20130188799

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de DUTRIZ HERMANOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DUTRIZ HERMANOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la frase MEDIA CAFE LA PRENSA GRAFICA y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TÉ, CACAO Y SUCE-

DÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029562-3

No. de Expediente: 2012121290

No. de Presentación: 20120173693

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de CHEMO RESEARCH, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

BELINDA

Consistente en: la palabra BELINDA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS Y DIETÉTICOS PARA USO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diez de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029603-3

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

No. de Expediente: 2012121829

No. de Presentación: 20120174893

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL FRANCISCO PEREZ BENITOA, en su calidad de APODERADO de RODRIGUEZ, CACERES Y COMPAÑIA, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ROCA ALTA

Consistente en: las palabras ROCA ALTA, que servirá para: AMPARAR: CAFE ORO CALIDAD SHG. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dos de octubre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de diciembre del año dos mil trece.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029648-3

No. de Expediente: 2012121830

No. de Presentación: 20120174894

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL FRANCISCO PEREZ BENITOA, en su calidad de APODERADO de RODRIGUEZ, CACERES Y COMPAÑIA, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ORO GLORIOSO

Consistente en: las palabras ORO GLORIOSO, que servirá para: AMPARAR: CAFE ORO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dos de octubre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil trece.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029649-3

No. de Expediente: 2013126275

No. de Presentación: 20130183214

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL FRANCISCO PEREZ BENITOA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de RODRIGUEZ, CACERES Y COMPAÑIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,

ROCA AZUL

Consistente en: las palabras ROCA AZUL, que servirá para: AMPARAR: CAFE GOURMET. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de diciembre del año dos mil trece.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029650-3

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE SALUD

DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Abril de 2014.

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 403

Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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