contabilidad de seguros

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UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS ESCUELA DE CONTADURÍA PÚBLICA CONTABILIDAD DE DE SEGUROS “PLAN Y ESQUEMA DE CONTABILIDAD DE LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS EN EL SALVADOR”

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Análisis de la contabilidad en las entidades de seguros

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Page 1: Contabilidad de Seguros

UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

ESCUELA DE CONTADURÍA PÚBLICA

CONTABILIDAD DE DE SEGUROS

“PLAN Y ESQUEMA DE CONTABILIDAD DE LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS EN EL SALVADOR”

Page 2: Contabilidad de Seguros

CONTENIDO

INTRODUCCION ...................................................................................................................................... 1

I. ANÁLISIS DEL ENTORNO ................................................................................................................. 2

A. A nivel internacional .................................................................................................................... 2

B. A nivel nacional ............................................................................................................................ 2

C. Sociedades de Seguros y la contabilidad ..................................................................................... 5

II. MARCO TEÓRICO ............................................................................................................................ 7

A. Consideraciones iniciales ............................................................................................................. 7

B. Diferencias significativas .............................................................................................................. 9

C. Manual de contabilidad de las Sociedades de Seguros ............................................................. 11

D. Normativa aplicable a la contabilidad de seguros ..................................................................... 15

III. CASO PRACTICO ....................................................................................................................... 19

IV. BIBLIOGRAFIA. .......................................................................................................................... 23

Page 3: Contabilidad de Seguros

1

INTRODUCCION

En el desarrollo de la temática abordada para realizar la investigación acerca de cómo esta

integrado El Plan y Esquema de Contabilidad de las Sociedades de Seguros que operan dentro

del territorio Salvadoreño, estudio que fue realizado por etapas, desarrollando primeramente

la parte correspondiente al Análisis del Extorno, seguido del Marco Teórico, Los Resultados de

la Investigación hasta finalizar con el Caso Practico.

En el desarrollo del Análisis del Entorno nos enfocamos al estudio de las entidades

gubernamentales y no gubernamentales que están relacionadas con la actividad que

desarrollan las Sociedades de Seguros.

En el Marco Conceptual se contemplo la normativa técnica contable que regula el registro de

las operaciones de dichas entidades.

En la parte correspondiente a los resultados de la investigación, se hizo uso de un cuestionario

de preguntas abiertas el cual fue dirigido a los representantes de cada una de las Compañías

Aseguradoras que se tomaron como muestra para efecto de nuestro estudio.

Finalmente para el desarrollo del caso practico, parte en la cual fue de mayor atención ya que

se tenia que desarrollar una propuesta que sirviera como guía para poder comprender y

diferenciar las aplicaciones contable en base a NIC‐NIFF 4 y la Normativa señalada por la

Superintendencia del Sistema Financiero que están siendo aplicada en la actualidad por todas

las Sociedades de Seguros que operan en El Salvador, existiendo ya una Normativa Contable

Internacional adoptada en el año 2002 por El Consejo de Vigilancia de La Contaduría Pública

Page 4: Contabilidad de Seguros

2

I. ANÁLISIS DEL ENTORNO

El desarrollo del análisis del entorno ha sido necesario implementar una metodología

investigativa, por que necesitaba conocer lo que realmente estaban aplicando las Sociedades

de Seguro constituidas en El Salvador, Las Sucursales de Sociedades Extranjeras y las

Asociaciones Cooperativas.

A. A nivel internacional

A nivel internacional en el año 1973 se toma el acuerdo fundación del Comité de Normas

Internacionales de Contabilidad (IASC por su siglas en inglés) integrado por representantes de

los organismos profesionales de contabilidad de Australia, Canadá, Francia, Alemania, Japón,

México, Países Bajos, Reino Unido / Irlanda, y Estados Unidos. En 2001 se da a conocer la

sustitución del IASC por el nuevo nombre de Consejo de Normas internacionales de

Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés); el nuevo consejo asume las principales

responsabilidades del anterior comité en relación con la emisión de las normas internacionales

de contabilidad (NIC) denominándolas Normas Internacionales de Información Financiera

(NIIF) junto con sus interpretaciones especificas para cada norma; las NIC y sus

interpretaciones existentes son adoptadas por el IASB. La versión oficial de los textos es el

idioma Inglés, sin embargo para el idioma castellano el Consejo autorizó al Instituto Mexicano

de Contadores Públicos a realizar la traducción del texto.

B. A nivel nacional

A partir de julio de 1996 en el marco del desarrollo de la IV Convención Nacional de

Contadores, patrocinada por la Asociación de Contadores Públicos de El Salvador, el Colegio de

Contadores Públicos Académicos de El Salvador, y la Corporación de Contadores de El

Salvador; bajo el Lema “La armonización contable y unidad gremial: Un reto imperativo ante

la globalización”, se someten a revisión las 18 NCF, y se adicionan 10 más (de la 19 a la 28);

Page 5: Contabilidad de Seguros

3

procediendo a su legitimación de acuerdo con las conclusiones generales de la IV Convención.

A partir de entonces se conocen las 28 NCF, que si bien no contaban con un respaldo legal, sí

se tenía la “legitimación” por parte del gremio.

La complejidad de los mercados, y los constantes cambios y modalidades de participar en la

actividad económica, ahora bajo un esquema de globalización e internacionalización de las

economías; y el surgimiento de nuevos elementos que guían el reconocimiento, medición y

revelación de las partidas en los estados financieros, han sido el mejor indicador de las

limitaciones técnicas contenidas en nuestra normativa nacional.

Conscientes de tal situación, el Consejo de Vigilancia de la Contaduría Pública y Auditoría, con

fecha 2 de septiembre de 1999, tomó acuerdo, que en su segundo párrafo literalmente dice:

II‐ En la preparación de los estados financieros deberán usarse Normas Internacionales de

Contabilidad dictadas por el Comité de normas internacionales de Contabilidad (IASC) y/o

aquellas regulaciones establecidas por este Consejo.

Sin embargo, aún se encontraban vigentes las disposiciones del Código de Comercio, que en

sus artículos 443 y 444 establecían cuales deberían de ser la partidas que conformaban los

estados financieros, y cuales las bases de estimación y valoración; lo cual era discordante y

hasta contrario con el contenido de las normas contables. Representando para empresarios y

contadores, una verdadera polémica al momento de preparar los estados financieros que

tenían que responder tanto a las demandas de información de los inversionistas y demás

usuarios de la información (técnico), como a los requerimientos legales establecidos en

nuestras leyes mercantiles.

Desde el año 2000 El Salvador se viene orientando hacia la adopción de las NIIF; no obstante,

una falta de preparación de las partes interesadas ha ocasionado que la adopción sea

postergada en varias oportunidades.

Es hasta el 1 de abril de 2000, en que entran en vigencia las nuevas disposiciones contenidas

en los artículos 443 y 444 del Código de Comercio y las nuevas atribuciones del Consejo de

Vigilancia contenidas en la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría, con que se inicia la

armonización de la infraestructura legal de materia mercantil, con la normativa técnica

contable.

Page 6: Contabilidad de Seguros

4

Con estas nuevas atribuciones y facultades, el Consejo de Vigilancia de la Profesión de

Contaduría Pública y Auditoría, el día 5 de diciembre de 2000 toma el siguiente acuerdo:

1. Las Normas Internacionales de Contabilidad, como base general para la preparación y

presentación de los estados financieros de las diferentes entidades, serán de aplicación

obligatoria a partir de los ejercicios contables que inician en o después del 1 de enero de

2002.

Creándose con ello la primera exigencia que integra aspectos técnicos y aspectos legales de

materia mercantil.

Hasta abril de 2001 la Fundación del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad

(IASCF) había encomendado el trabajo de emitir Normas Contables Internacionales al Comité

de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC), mismos hechos que dan lugar en esa fecha

a su transformación, cambiando la constitución de esta y estableciéndose como Junta de

Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Dicho organismo da continuidad al desarrollo

del esquema normativo internacional, el cual se denomina en forma genérica Normas

Internacionales de Información Financiera (NIIF).

Por lo tanto las NIC así como las interpretaciones de éstas llamadas SIC, continúan siendo

vigentes, y es la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) quien decide si las

mantiene, las modifica o las deroga.

Cuando se hace referencia genérica a las NIIF, debe entenderse que se habla del esquema

normativo internacional en su conjunto, antes llamado NIC. En los casos en los que se haga

referencia especifica a alguno de los documentos que integran dicho esquema, éstos se

identificaran por su nombre particular y original: NIC o NIIF, según sea el caso.

Tratando de ajustar los términos contables, se podría decir que las Normas son similares a las

leyes, y las Interpretaciones son como los reglamentos de las leyes.

Pese a los constantes y diversos eventos de divulgación y capacitación desarrollados por el

gremio profesional, el Consejo de Vigilancia, y otras instituciones dedicadas a la capacitación;

no se logró una cobertura aceptable en el sector profesional ni en el sector empresarial. Ante

esta situación el Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría, emite

acuerdo de fecha 1 de enero de 2002.

Page 7: Contabilidad de Seguros

5

• En el cual amplia el plazo de obligatoriedad para la entrada en vigencia de las Normas

Internacionales de Contabilidad, hasta el ejercicio económico que comienza el 1 de

enero de 2004; estableciendo requisitos de divulgación en los estados financieros

correspondientes al cierre de los ejercicios 2002 y 2003, se les solicitó a las empresas

que “mostraran las diferencias existentes entre las prácticas de contabilidad de ese

momento y las Normas Internacionales de Contabilidad, incluyendo su cuantificación”.

En noviembre de 2002, y dada la atribución de promover la educación continuada de los

Contadores Públicos, que la Ley le concede, el Consejo de Vigilancia, llevó a cabo el “Congreso

de Contadores”, con el lema “Las NIC`s, su análisis y aplicación en El Salvador”

En el 2002 se reconstituyó el antiguo Comité de Interpretaciones (SIC), con la nueva

denominación de Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información

Financiera (CINIIF).

C. Sociedades de Seguros y la contabilidad

En relación a las Normas Internacionales de Información Financiera, como marco de

referencia para la preparación de los estados financieros, se aplican con algunas adaptaciones

específicas para el sector de seguros, que se desarrollan en las normativas correspondientes

para su aplicación en el contexto económico y entorno legal del país.

La normativa complementaria para la aplicación de la base contable se considera integrada

por: el Sistema Contable para las sociedades de Seguros (SCSS) y las Normas Contables

especiales: Normas Contables de Bancos (NCB), Normas Contables para Sociedades de Seguros

(NCS).

Es importante destacar que el utilizar un método determinado de contabilidad, para la

preparación de los estados financieros, según la guía publicada por la Superintendencia, no

significa distanciamiento de los estándares internacionales, sino la selección apropiada y

necesaria para el sector en su entorno económico y legal que delimita sus operaciones.

Uno de los fundamentos al generar un marco de tratamientos contables para las entidades

aseguradoras, de la Superintendencia es cambiar lo que es necesario y prudente, así como

mantener la continuidad en función de la legalidad de los preceptos establecidos en las leyes

que regulan aspectos contables.

Page 8: Contabilidad de Seguros

6

ACTUALIDAD DEL PLAN DE CONTABILIDAD DE LAS ENTIDADES ASEGURADORAS DESDE EL

PUNTO DE VISTA DE LA OPINION PROFESIONAL DE UN ESPECIALISTA EN LA MATERIA1 .

La contabilidad y la Normativa Técnica

Las entidades aseguradoras deben organizar y registrar las operaciones contables, según la

normativa emitida por la Superintendencia, lo cual se considera el deber ser, pues las

entidades aseguradoras están obligadas por ley2 a aplicarlas.

Sin embargo, a la Superintendencia le es deseable que los estados financieros, se presentasen

en base a NIC‐NIIF, el inconveniente principal es que existe una especie de vacío de poder en

cuanto a hacer forzosa la aplicación antes mencionada, porque las entidades esperan una

resolución con fuerza de ley de parte de la Superintendencia que los obligue, y la

Superintendencia afirma que no está entre sus atribuciones emitir tal resolución, no obstante

la Superintendencia en su normativa manifiesta que ésta está acorde a Normativa Contable

Internacional (Objetivos del Manual de Contabilidad Para Sociedades de Seguros) pero que se

inclina hacia los criterios más conservadores (Preparación de Estados Financieros del Manual

de Contabilidad para Sociedades de Seguros).

La principal discrepancia entre Normativa Internacional (Principalmente NIIF 4 “Contratos de

Seguros”) y la Normativa Técnica aplicable a las entidades aseguradoras, es que las entidades

no reconocen separadamente los instrumentos financieros de seguro de los instrumentos

financieros de inversión, para comenzar a aplicar la NIIF 4, primero debe realizarse una prueba

de adecuación de pasivos, con valores discrecionales que contengan los productos financieros

segregados de los productos de seguros y luego aplicar NIC 39, para la separación de Activos;

dentro de esta separación se aplicarían las distintas reglas de valuación en ella mencionadas y

que escapan al alcance de este documento.

¿Por qué razón se menciona el ejemplo anterior? Porque de las entidades aseguradoras

1 Basada en entrevista realizada al Lic. Wilfredo Ávila Orantes, autor del libro “PROCESO TÉCNICO CONTABLE DE OPERACIONES DE SEGUROS (VERSIÓN EL SALVADOR) REVISADO AL MES DE ENERO DE 2004”, realizada el jueves 3 de abril de 2008, en las instalaciones de la Superintendencia.

2 Según entrevista realizada al Lic. Jorge Villanueva, Contador General de compañía de seguros “La Centroamericana, S.A.”

Page 9: Contabilidad de Seguros

7

ninguna realiza la separación de instrumentos financieros, ni mucho menos la reclasificación

de activos. ¿Aplican NIIF las aseguradoras en El Salvador? La respuesta es no, no se aplica la

Fase I de la NIIF 4, y por ende no hay base para aplicar en su momento la Fase II de la NIIF 4.

Responsabilidad de los formadores contables en El Salvador

Primeramente, las Universidades de El Salvador, no tienen entre sus expectativas formar

contadores que apliquen NIIF como normativa fundamental, esa falta de formación hace que

en el caso de las aseguradoras los contadores no aplican la normativa internacional simple y

llanamente porque no la conocen.

Responsabilidad de los Contadores

La responsabilidad primordial que los contadores tienen respecto de la aplicación de NIIF es

que deben constantemente actualizarse.

II. MARCO TEÓRICO

A. Consideraciones iniciales

LEGALIZACIÓN PARA APLICACIÓN DE NIIF

El proceso de conversión luego de la inicialización del proceso desde 1999 El Consejo de

Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría, emite un nuevo acuerdo con fecha

12 de diciembre de 2003, donde se plantea un plan escalonado para la implementación de las

Normas Internacionales de Información Financiera, de acuerdo a las características propias de

las empresas y entidades sujetas a adoptar tal normativa, lo cual permitirá un ambiente

flexible y practico en dicho proceso de acuerdo a la clasificación hecha de las empresas por

parte de la Comisión Nacional para la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE), La

implementación y clasificación se detalla a continuación:

1. Las empresas que emiten títulos valores que se negocian en el mercado de valores, así como

los Bancos del sistema y los conglomerados de empresas autorizados por la Superintendencia

del Sistema Financieros deberán presentar sus primeros estados financieros con base a

Normas Internacionales de Información Financiera, por el ejercicio que inicia el 1 de enero de

2004, otorgándoles un periodo de doce meses a partir de esa fecha para completar el proceso

de adopción.

Page 10: Contabilidad de Seguros

8

2. Los Intermediarios Financieros no Bancarios, las Sociedades de Seguros, las Asociaciones y

Sociedades Cooperativas, que no emitan títulos valores que se negocian en el mercado de

valores, presentaran sus primeros estados financieros con base a Normas Internacionales de

Información Financiera, por el ejercicio que inicia el 1 de enero de 2005, otorgándoles un

periodo de veinticuatro meses a partir del 1 de enero de 2004 para completar el proceso de

adopción.

3. Las Organizaciones no lucrativas (ONGs) que reciben fondos del exterior para cumplir con su

finalidad y aquellas que realizan actividades de intermediación financiera, presentaran sus

primeros estados financieros con base a Normas Internacionales de Información Financiera,

para el ejercicio que inicia el 1 de enero de 2005, otorgándoles un periodo de veinticuatro

meses a partir del 1 de enero de 2004 para completar el proceso de adopción.

4. La mediana y pequeña empresa, según la clasificación de la CONAMYPE tendrán la

obligación de presentar sus primeros estados financieros con base a Normas Internacionales

de Información Financiera por el ejercicio que inicia el 1 de enero de 2006, otorgándoles un

periodo de treinta y seis meses, contados a partir del 1 de enero de 2004, para completar su

proceso de adopción.

5. Las Micro‐empresas, según la clasificación de la CONAMYPE, no estarán afectas a esta

regulación, pero podrán adoptar las Normas Internacionales de Información Financiera en

forma voluntaria, cuando así lo estimen conveniente a sus intereses.

Las disposiciones legales que regulaban la actividad de seguros, fianzas y de su intermediación

y comercialización, eran insuficientes para contribuir a fortalecer un mercado dinámico,

transparente y organizado; Además que el desarrollo de la actividad de seguros y fianzas en

forma eficiente y competitiva requiere de la participación de sociedades debidamente

autorizadas, con adecuada dotación de capital y cobertura patrimonial para responder en

situaciones imprevistas y con una organización que preste un servicio eficiente que

proporcione la información necesaria para el público en general; Inclusive las sociedades

dedicadas a la actividad afianzadora estaban excluidas de las regulaciones aplicables a las

instituciones integrantes del sistema financiero; Y las sociedades de seguros debían fomentar

la masificación del seguro en beneficio del público en general. Por ello se decretó la ley de

sociedades de seguros y su reglamento.

Page 11: Contabilidad de Seguros

9

B. Diferencias significativas

Principales Diferencias significativas que las aseguradoras encuentran entre las normas

contables emitidas por la Superintendencia y las Normas Internacionales de Información

Financiera

El entorno actual de apertura y globalización requiere que el país cuente con un sistema

financiero moderno y eficiente, capaz de insertarse en el nuevo orden económico de manera

competitiva, atendiendo criterios técnicos de especialización en el campo de los seguros sean

cuales fueran los ramos que exploten.

De conformidad al Manual de Contabilidad emitido por la Superintendencia del Sistema

Financiero, los estados financieros de los bancos deben ser preparados con base a las Normas

Internacionales de Información Financiera (NIIF) y las Normas Contables emitidas por la

Superintendencia del Sistema Financiero; estas prevalecen en caso de existir conflicto con las

NIIF.

La Administración de las aseguradoras ha considerado que, las principales diferencias respecto

a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y las Normas Contables emitidas

por la Superintendencia del Sistema Financiero, generalmente son las siguientes:

1) Las normas para la contabilización de las inversiones vigentes no están en total

conformidad con la NIIF 39, siendo las principales diferencias:

a) Las inversiones no se tienen valuadas de acuerdo a la clasificación que establecen las NIIF,

las cuales son las siguientes: instrumentos financieros a su valor razonable a través de pérdidas

y ganancias, inversiones disponibles para la venta, e inversiones mantenidas al vencimiento;

las NIIF requieren que las inversiones sean clasificadas para determinar el método de valuación

que le corresponde.

b) Las inversiones adquiridas a descuento son presentadas a su valor nominal y el descuento se

incluye en los otros pasivos; las NIIF requieren que sean presentadas a su valor neto.

c) No se están realizando todas las divulgaciones relacionadas con el uso de los instrumentos

financieros, por ejemplo:

i) Los objetivos y políticas concernientes a la gestión de los riesgos financieros, incluyendo su

política respecto a la cobertura, desglosada para cada uno de los tipos principales de

Page 12: Contabilidad de Seguros

10

transacciones previstas.

ii) La información sobre la naturaleza de los riesgos cubiertos, tales como riesgo de crédito,

mercado, moneda y riesgo de la tasa de interés.

2) Los revalúos de activo fijo realizados son aprobados por la Superintendencia del Sistema

Financiero a solicitud de la aseguradora y no son actualizados periódicamente; las NIIF

requieren que los revalúos de activo fijo sean actualizados periódicamente para reflejar los

valores justos de mercado de los bienes revaluados.

9

Page 13: Contabilidad de Seguros

11

3) La aseguradora no registra impuestos diferidos; las NIIF requieren el reconocimiento de estos

cuando la base de valuación fiscal de los activos y pasivos difiere de los registros

financiero‐contables.

Actualmente las compañías de seguros legalmente constituidas deben elaborar los siguientes

estados financieros: Balance General, Estado de Resultados, El estado de flujo de efectivo, y

estado de cambios en el patrimonio, los cuales deben prepararse con base a Normas

Internaciones de Información Financiera (NIIF) y las Normas contables emitidas por la

Superintendencia del Sistema Financiero las cuales prevalecen cuando existe conflicto con las

primeras, no obstante en caso de existir situaciones no previstas en esas normas, se aplicara la

alternativa mas conservadora de las NIF.

Es importante mencionar que las notas a los estados financieros son parte integral de los

mismos, (inc. 2do. del art. 9 “NCS‐011” Normas para la constitución de las reservas técnicas de las

sociedades de seguros), además estos deben publicarse en dos diarios de mayor circulación en los

primeros sesenta días de cada año, según el art. 87 de la Ley de Sociedades de Seguros, y

plasmado en las normas para la publicación de los estados financieros de las sociedades de

seguros (NCS‐016).

Se puede concluir que la diferencia entre los estados financieros de antes y los actuales es que

según reformas en al catálogo de cuentas, cambió la estructura de estos. También en la

actualidad están orientándose según Normas Internacionales de Información Financiera.

C. Manual de contabilidad de las Sociedades de Seguros

CATALOGO DE CUENTAS

Naturaleza y Definición:

El sistema contable debe tener un catálogo de cuentas, el cual viene a representar la

estructura dentro del cual se registra de manera uniforme las operaciones que afectan la

contabilidad.

Catálogo de cuenta se define como “un listado que incluye el número y nombre de cada una de

Page 14: Contabilidad de Seguros

12

las cuentas que son usadas en el sistema de contabilidad de una entidad económica”, es decir

que es un índice que muestra los nombres de las cuentas y su número en el mayor.

Importancia:

El catálogo de cuentas contiene el detalle del sistema de codificación y denominación de los

distintos niveles de agregación de las cuentas, para identificar ramos y riesgos, nomenclatura de

las cuentas desagregadas y ordenadas, de acuerdo a las diferentes clases, en rubros, cuentas

y subcuentas.

Todo ente económico utiliza un catálogo de cuentas como parte de su sistema contable, sin

embargo las compañías de seguros , utilizan el catálogo de cuentas preparado por la

Superintendencia del Sistema Financiero, con el propósito de uniformar el registro contable de las

operaciones que realizan y obtener estados financieros que reflejen la situación

económico‐financiera y que constituyan un instrumento útil para la toma de decisiones por

parte de los accionistas, administradores e interesados.

Principales Modificaciones

Como ya se ha mencionado a partir del 1 de enero del año 2000, se modificó el catálogo de

cuentas para las compañías de seguros, tales modificaciones se detallan a continuación:

1) Cuentas de Ingresos y Gastos:

Las compañía de seguros, clasificaban contablemente las cuentas de resultado acreedoras y

deudoras por tipo de operación hasta llegar al producto, es decir que el control contable era por

tipo de operación, ya sea seguro directo, reaseguro tomado, coaseguro tomado y estos a su vez

se subdividían en productos como vida ( individual, vida colectivo), daños ( incendio,

automotores) y fianzas ( fidelidad, garantía y motoristas) etc., situación que fue modificada con las

reformas emitidas por la Superintendencia del Sistema Financiero, y en la actualidad se

establece el control contable por producto, ello significa que dentro de esta agrupación se

engloba el tipo de operación, considerando primas producto de seguros de vida individual,

subdividiéndose este a su vez en seguros directo, reaseguro tomado y coaseguro tomado.

2) Estructura del catálogo de cuentas:

Page 15: Contabilidad de Seguros

13

Con anterioridad a la Superintendencia del Sistema Financiero le interesaba sobremanera la

colocación de los fondos que las compañías de seguros captaban, razón por la cual las

inversiones temporales en acciones, títulos valores, bonos, que son de fácil realización, eran

consideradas , dentro de la estructura del catálogo bajo el rubro 11‐ Inversiones en Títulos

Valores ; en el rubro 12‐ Préstamos y descuentos que comprendían prestamos personales,

prendarios, hipotecarios y otros; tomando en cuenta este criterio era codificado el resto de

rubros. Actualmente como parte de los nuevos lineamientos dictados por la Superintendencia

del Sistema Financieros a través de la normativa elaborada, cambia la visión de lo que se

consideraba como realizable, en la actualidad el rubro 11 considera las disponibilidades (caja y

bancos ) , seguido de las inversiones financieras tanto en valores emitidos por el estado como los

emitidos por el banco central, acciones, certificados de inversión, bonos ,etc. que se

controlan bajo el rubro 12 – Inversiones Financieras. La Superintendencia del Sistema

Financiero ha considerado los criterios de grado de realización y exigibilidad los que ha

aplicado tanto para el activo como para el pasivo.

Los detalles antes mencionados han dado origen a la nueva estructura del catálogo de cuentas

respecto del orden de las cuentas dentro del activo, pasivo, patrimonio, gastos, ingresos,

contingentes y compromisos, cuentas de control, cuentas de control por contra. Por

consiguiente es una nueva forma de presentar la información del Balance.

3) Sistema de Codificación y denominación:

Otro elemento importante a considerar, es el sistema de denominación por contemplar

distintos niveles de agregación, distinguiendo los siguientes:

Elemento: Se Identifica con el primer dígito

Rubro: Se Identifica con el segundo dígito

Cuenta: Se identifica con el tercero y cuarto digito

Subcuenta: Se Identifica con el quinto y sexto digito 69

Page 16: Contabilidad de Seguros

14

Tipo de Moneda: Se identifica con el séptimo dígito

Subcuenta: Se identifica con el octavo y noveno digito o con el décimo y

Décimo primero, según corresponda.

Siempre la codificación ha sido numérica, pero en la actualidad se agregó de manera fija el

séptimo digito para indicar el tipo de moneda, que puede ser cero (0), cuando no interese

distinguir la clase de moneda que representa la cuenta, por la operación o transacción

efectuada, (1) representa moneda nacional y (2) moneda extranjera.

4) Provisión por primas por cobrar

Esta reforma modificó el proceso para el cálculo de la provisión para primas vencidas, es decir que

no se anula el cause de la prima cuyo período de gracia exceda de 30 días, como dictaba el

procedimiento anterior (anulación del cause de las primas de seguros y fianzas por cobrar que

excedían el periodo de gracia). El procedimiento actual consiste en aplicar porcentajes

específicos a la cartera de primas por cobrar clasificada por antigüedad de saldos de acuerdo a los

establecidos en la cuenta 1499 del capitulo III Descripciones contables del Manual de

Contabilidad de Sociedades de Seguros.

5) Constitución de las Reservas técnicas:

La constitución de las reservas permite ajustar los ingresos registrados por las sociedades de

seguros, provenientes de las primas. La necesidad de ajustar dichos ingresos es para evitar que se

reflejen en los estados financieros ingresos no devengados, siendo una norma contable el

reconocimiento de gasto e ingresos aplicando el concepto de devengado. 71

Anteriormente en el activo se presentaban las reservas a cargo de reaseguradores y en el

pasivo las reservas a cargo de la compañía. Actualmente se registran en el pasivo, es decir que se

contabiliza la reserva neta.

Con la entrada en vigencia a parir del año 2000 de la nueva normativa emitida por la

Superintendencia del Sistema Financiero; se producen cambios significativos en:

1. El Catálogo de Cuentas: experimenta cambios en cuanto a cuentas de ingresos y gastos,

Page 17: Contabilidad de Seguros

15

estructura, el sistema de codificación y denominación.

2. Los Estados Financieros de las compañías de seguros en la actualidad son preparados con base

a Normas Internacionales de Información Financiera y las normas contables emitidas por la

Superintendencia del Sistema Financiero.

3. Reservas técnicas: Para las Reservas de riesgos en curso: Cambio en el método de cálculo. En las

Reservas Matemáticas: cambio en cuanto a la forma del registro contable. En las Reservas de

siniestros: para los seguros de vida las reservas de siniestros reportados se constituirán con el

monto de la liquidación que sea flexible según condiciones de las pólizas. Y por último en las

Reservas de previsión: Cambio en el cálculo

4. Las Inversiones: La ley de sociedades de seguros, establece en el art. 34 en que deben

invertir y el monto de inversión para las aseguradoras.

5. Provisión por riesgo país, que se estableció como política contable a partir del año 2003.

D. Normativa aplicable a la contabilidad de seguros

Normativa Técnica Aplicable

NORMATIVA EMITIDA POR LA SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO

1. Normas para la Reclasificación Contable de los Préstamos y Contingencias de las

Sociedades de Seguros. (NCS‐006)

2. Normas para el Registro Contable de las Operaciones de Reporto Bursátil que

Realizan las Sociedades de Seguros. (NCS‐007)

3. Normas para Contabilizar Revalúos de los Inmuebles de Sociedades de Seguros.

(NCS‐008)

4. Normas para el Reconocimiento Contable de Pérdida en Préstamos y Cuentas por

Cobrar de Sociedades de Seguros (NCS‐009).

5. Normas para la Contabilización de los Activos Extraordinarios de las Sociedades de

Seguros (NCS‐010)

6. Normas para la Constitución de las Reservas Técnicas de las Sociedades de

Seguros (NCS‐011)

Page 18: Contabilidad de Seguros

16

7. Normas para la Constitución de las Reservas de los Seguros Previsionales

Derivados del Sistema de Ahorro para Pensiones (NCS‐012)

8. Normas para la Contabilización de Intereses de las Operaciones Activas de las

Sociedades de Seguros (NCS‐013)

9. Normas para la Contabilización de las Comisiones sobre Préstamos de las

Sociedades de Seguros (NCS‐014)

10. Normas para la elaboración de Estados Financieros de las Sociedades de Seguros

NCS‐015.

11. Normas para la Publicación de Estados Financieros de las Sociedades de Seguros

NCS‐016.

12. Normas para la Contabilización de las Inversiones Accionarias Permanentes de las

Sociedades de Seguros NCS‐017.

13. Normas para la Contabilización y Valorización de los Títulos Valores de la Cartera de

Inversiones de las Sociedades de Seguros NCS‐018.

14. Instructivo Para Constituir y Operar Nuevas Sociedades de Seguros (NPS1‐01)

15. Normas de para la Auditorías Externas de Bancos y Sociedades de Seguros (NPB2‐

05)

16. Reglamento de la Unidad de Auditoría Interna de Bancos, Financieras y Sociedades de

Seguros (NPB2‐04)

17. Normas para el Cálculo del Patrimonio Neto Mínimo de las Sociedades de Seguros

(NPS3‐01)

18. Normas para el Control de la Diversificación de las Inversiones de las Sociedades de

Seguros (NPS3‐02)

19. Normas Sobre Créditos a Personas Vinculadas con una Sociedad de Seguros

(NPS3‐03)

20. Procedimiento de Recolección de Información para el Registro Público de

Accionistas de Bancos, Financieras y Sociedades de Seguros (NPB4‐12).

21. Procedimiento para la Recolección de Datos del Sistema Central de Riesgos y

Deudores Relacionados (NPB4‐17).

22. Instructivo para la Recolección de Información para el Sistema Contable Estadístico de

Compañías de Seguros (NPS4‐01).

Page 19: Contabilidad de Seguros

17

23. Instructivo sobre la Transferencia de Acciones de Sociedades de Seguros (NPS4‐

03)

24. Instructivo para el Depósito de Pólizas de Seguros por Parte de las Sociedades de

Seguros. (NPS4‐04)

25. Instructivo para el Registro de Entidades que Promuevan y Coloquen en Forma

Masiva Pólizas de Seguros.(NPS4‐05)

26. Instructivo Seguros. la enajenación y Adquisición de Bienes por Sociedades de

Seguros (NPS4‐06)

27. Instructivo para la Tenencia de Activos Extraordinarios de Sociedades de Seguros.

(NPS4‐07)

28. Instructivo para Autorizar Aumentos de Capital Social de las Sociedades de

Seguros (NPS4‐08).

NORMATIVA INTERNACIONAL APLICABLE

Según la guía emitida por la Superintendencia del Sistema Financiero, Las Normas

Internacionales de Contabilidad aplicables a entidades fiscalizadas son las siguientes:

1. Presentación de Estados Financieros (NIC 1)

2. Existencias (NIC 2)

3. Estados de Flujo de Efectivo (NIC 7)

4. Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores (NIC 8)

5. Hechos posteriores a la Fecha del Balance (NIC 10)

6. Contratos de Construcción (NIC 11)

7. Impuesto a las Ganancias (NIC 12)

8. Información Financiera por Segmentos (NIC 14)

9. Propiedad, Planta y Equipo (NIC 16)

10. Arrendamientos (NIC 17)

11. Ingresos (NIC 18)

12. Beneficios a los empleados (NIC 19)

13. Efectos de las Variaciones en los Tipos de Cambio de la Moneda Extranjera (NIC 21)

14. Costos por intereses (NIC 23)

Page 20: Contabilidad de Seguros

18

15. Información a revelar sobre Partes Relacionadas (NIC 24)

16. Contabilización e información financiera sobre planes de beneficios por retiro (NIC

26)

17. Estados financieros consolidados y separados (NIC 27)

18. Contabilización de las inversiones en empresas asociadas (NIC 28)

19. Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias (NIC 29)

20. Información financiera sobre los intereses en negocios conjuntos (NIC 31)

21. Instrumentos Financieros: Presentación e Información a Revelar (NIC 32)

22. Ganancias por Acción (NIC 33)

23. Información Financiera Intermedia (NIC 34)

24. Deterioro del Valor de los Activos (NIC 36)

25. Deterioro del Valor de los Activos (NIC 36)

26. Activos intangibles (NIC 38)

27. Instrumentos financieros; reconocimiento y medición (NIC 39)

28. Propiedades de Inversión (NIC 40)

29. Pagos Basados en acciones (NIIF 2)

30. Combinación de Negocios (NIIF 3)

31. Contratos de Seguros (NIIF 4)

32. Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones discontinuadas

(NIIF5)

Normativa Legal Aplicable

Las compañías de seguros son instituciones reglamentadas porque operan dinero del público, y a

diferencia de los Bancos, son captadoras de primas derivadas del ingreso no consumido por

los asegurados que tienen capacidad para comprar seguros. Captan Pequeñas cantidades

(Primas) y pagan sumas importantes (Sumas aseguradas).

Dentro de las principales disposiciones que regulan la actividad encontramos:

• Código de Comercio.

• Ley de Sociedades de Seguros.

• Reglamento de la Ley de Sociedades de Seguros.

Page 21: Contabilidad de Seguros

19

• Ley de la Superintendencia del Sistema Financiero.

• Ley contra el Lavado de Dinero y activos.

• Ley de Integración Monetaria.

III. CASO PRACTICO

Situación Actual del Reconocimiento de Pasivos.

Normas para la Constitución de las Reservas Técnicas de las Sociedades de Seguros (NCS‐011).

2. Normas para la Constitución de las Reservas de los Seguros Previsionales Derivados del

Sistema de Ahorro para Pensiones (NCS‐012)

3. Catálogo y Manual de Cuentas de Sociedades de Seguros.

4. Código de Comercio de El Salvador

Art. 1497.‐ Los planes que combinen el seguro y el ahorro se regirán por las disposiciones de la

capitalización respecto de las materias siguientes: condiciones de retiro, caducidad y

rehabilitación; tabla de valores de rescate; préstamos con garantía de la póliza y préstamos

automáticos para la cancelación de primas vencidas. La reserva matemática de estos contratos

se formará con la reserva técnica para la mortalidad y la matemática correspondiente al

ahorro; le serán aplicables las demás disposiciones referentes a la reserva matemática de los

contratos de capitalización contenidas en la ley especial.

Los resultados del cálculo de las reservas causan un débito en la cuenta de gastos y un crédito a la

cuenta del pasivo.

Cuentas que afectan una Provisión.

• Cta. 2101 Obligaciones por Siniestros

En esta cuenta se registran las obligaciones de la sociedad con los asegurados por

valores pendientes de pago por siniestros ocurridos, derivados de los distintos ramos y

riesgos de seguros y fianzas, incluyendo las rentas y pensiones contratadas a pagarse en

Page 22: Contabilidad de Seguros

20

plazo determinado, prestaciones transitorias de invalidez, pensiones por invalidez y

sobrevivencia y gastos de sepelio.

• Cta. 2102 Deposito por Operaciones de Seguros

En esta cuenta se registran los importes recibidos por la sociedad a asegurados, para

cubrir las primas de las pólizas de seguros y fianzas, y otros depósitos.

• Cta.2109 Otras Obligaciones con Asegurados.

En esta cuenta se registran los importes por pagar por la sociedad a asegurados sobre

pólizas, por concepto de valores acumulados de dividendos, cupones y bonos, así

como premios ganados por los asegurados y otras obligaciones derivadas de los

contratos de seguros y fianzas.

Cuentas que afectan Reservas.

• Cta. 2201 Reservas Técnicas de Seguros.

En esta cuenta se registra la reserva para seguros que cubre los riesgos de vida,

determinada con base a normas emitidas por la Superintendencia.

• Cta. 2202 Reserva Matemáticas de Seguros Previsionales, Rentas y Pensiones.

En esta cuenta se registra la reserva para seguros que cubre los riesgos previsionales, los

cuales se calculan con base a normas emitidas por la Superintendencia.

• Cta. 2203 Reservas por Riesgos en Curso de Accidentes y Enfermedad.

En esta cuenta se registra la reserva para seguros que cubre riesgos en curso de

enfermedades y accidentes, los cuales se calculan con base a normas emitidas por la

Superintendencia.

• Cta. 2204 Reservas por Riesgos en Curso de Incendio y Líneas Aliadas.

Page 23: Contabilidad de Seguros

21

En esta cuenta se registra la reserva para seguros que cubre los riesgos de incendios y

líneas aliadas, con base a normas emitidas por la Superintendencia.

• Cta.2205 Reserva para riesgos en curso de automotores

En esta cuenta se registra la reserva para seguros que cubre los riesgos en curso de

automotores, los cuales se calculan con base a normas emitidas por la

Superintendencia.

• Cta. 2206 Reserva para riesgos en curso de otros seguros generales

En esta cuenta se registra la reserva para seguros que cubre los riesgos en curso de otros

seguros generales, los cuales se calculan con base a normas emitidas por la

Superintendencia.

Efectos de utilizar la Norma sobre Contratos de Seguros NIIF 4

1. Presentar todas las primas como ingreso sería consistente con prácticas existentes para

muchos contratos. Por otra parte, si los dividendos (pago que da la aseguradora al

asegurado si el siniestro no ocurre) del asegurado son tratados como un gasto, sería

consistente el contabilizar la prima relacionada como ingreso, sin embargo no estaría de

acuerdo a las cuentas bancarias por depósitos recibidos, y las cuentas de fondos poseídos

de los clientes.

2. Presentar todas las primas como recibos de depósito crearía consistencia entre un

componente de deposito incorporado en un contrato de seguro y un deposito

independiente. Evitaría la necesidad de separar contratos de seguro en un componente de

depósito y un componente de seguro. También haría innecesario determinar cuando

la prima es ganada.

No obstante, sería significante cambiar la práctica actual. También lo haría mas difícil

establecer el uso común de indicadores de ejecución para contratos de daños, tales como

Page 24: Contabilidad de Seguros

22

proporción de siniestros (gastos por siniestros divididas por primas ganadas), proporción

de gastos (gastos divididos por primas de ganancias) y proporción combinadas

(gastos de demandas mas gastos) divididas por primas.

3. Un planteamiento presentaría primas como deposito para aquellos contratos que son más

probables de contener más componentes de depósito significativos, y presentan primas

para todos los otros contratos de seguro como ingreso. Dentro cada clase de contratos,

tratando todas las primas en la misma manera serían relativamente simples. Sin embargo, el

comité necesitaría definir cuando un asegurador usaría la presentación de depósito (tal vez

contratos de seguro de vida, o contratos de larga duración), el comité no ha identificado

otra razón para marcar limites entre clases diferentes de contratos de seguro.

Un componente de depósito, es aquel que se halla incluido en una póliza de seguros, pero

que no tiene asociado un componente de riesgo significativo. Estos contratos son los

conocidos como Seguros y Reaseguros Financieros, Soluciones Alternativas de Riesgo

(Alternative Risk Solutions) y denominaciones similares. Para

evitar contabilizaciones no adecuadas, la norma establece que sea obligatoria la disociación

de dichos componentes del contrato de seguro cuando:

• La aseguradora pueda valorar el componente de depósito en forma separada.

• Las políticas contables de la aseguradora no requieran que reconozca todos los

derechos y obligaciones del componente de depósito. Esto

significa que si la aseguradora entra en un contrato con una reaseguradora, mediante

el cual por ejemplo, la entidad aseguradora tiene derecho a recibir una compensación

por pérdidas que luego debe devolver en años futuros y las políticas contables locales le

permiten reconocer esa compensación como un ingreso sin reconocer la obligación

resultante, la disociación será obligatoria y deberá valuar ese componente de acuerdo a la

norma sobre instrumentos financieros (NIC 39).

4. Para evitar especificar un limitante arbitrario entre diferentes clases de contratos de

seguro, el comité podría permitir a los aseguradores elegir para cada clase de

contratos de seguro entre presentar ingreso y presentación depósito, tal vez sujeto a

algunas restricciones. Esto permitiría a los aseguradores seleccionar lo que ellos

consideren como la presentación más apropiada en cada caso, pero podría debilitar la

Page 25: Contabilidad de Seguros

23

comparación.

5. Otra forma de evitar las desventajas de posibles límites arbitrarios es separar todas las

primas en un recibo de depósito y componentes de ingreso. Esto proveería,

consistencia entre componentes independientes y componentes incorporados

similares en un contrato extenso. Sin embargo, desagrupar podría ser costoso para

desempeñarse, y tal vez arbitrario si hay interdependencias significantes entre

componentes.

6. Se tendría que modificar las bases legales que regulan la forma de contabilizar los

pasivos específicamente las reservas para riesgos en curso, y el Código de Comercio de El

Salvador en la parte que se refiere a las reservas, porque la Norma Prohíbe las

provisiones para potenciales siniestros no incurridos en la fecha de cierre (provisiones de

estabilización y catástrofes).

7. Las políticas contables actuales requerirán que las Aseguradoras reconozcan los

derechos y obligaciones derivadas de los contratos con componentes de depósito; se

revelara este hecho expresando tasas garantizadas, montos y otros vinculados a dichos

contratos.

IV. BIBLIOGRAFIA.

• Arnaldo Alvarado‐Superintendencia de banca, seguros y afps de Perú Aspectos relevantes de la normativa de las empresas del sistema de seguros en el Perú

http://www.sbs.gob.pe/PortalSBS/InfPublico/niif/11_Aspectos_relevantes_sistema_as

egurador.pdf

• Consejo de vigilancia de la profesión de contaduría pública y auditoría “Guía de orientación para la aplicación de las normas de información financiera

adoptadasen el salvador“

Febrero de 2005

http://www.auditoresyasesores.com.sv/downloads/guia_orientacion_nics.pdf

• Ernesto Rios‐División Regulación de Seguros Aplicación de IFRS

Octubre 2007

http://www.svs.cl/sitio/publicaciones/doc/ifrs/present_ernesto_rios.pps

Page 26: Contabilidad de Seguros

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• Gutiérrez Martín y Asociados Efectos prácticos en la aplicación de las NIIF San José, Costa Rica 23 de noviembre del 2007

http://www.nicniif.org/foro2007/memorias/costar/8._Efectos_practicos_en_la_aplica

cion_de_NIIFs.ppt

• International Accounting Standard Board

Norma Internacional de Información Financiera 4, Año 2006.

• José Luis Maestro Martínez

Las normas internacionales de contabilidad en el ámbito asegurador.

http://www.revistasice.com/cmsrevistasICE/pdfs/ICE_833_55‐

68 FE295EBCFDABB8FC11D2B88263BC22BE.pdf

• Ministerio de Economía y Hacienda de España.

Documento marco de la dirección general de seguros y fondos de Pensiones sobre el

régimen contable de las entidades Aseguradoras relativo a la ifrs 4

http://www.dgsfp.mineco.es/profesionales/documentos/DOCUMENTO%20MARCO%2

0%20‐%20IFRS4.pdf

• Osorio Ruiz, Erik Mauricio Proceso de implementación de NIC o NIIF http://www.monografias.com/trabajos52/procesos‐nic‐niif/procesos‐nic‐niif.zip

• Raúl Casado García Las NIC y el Plan Contable de Entidades Aseguradoras.

http://www.mapfre.com/ccm/content/documentos/fundacion/cs‐

seguro/libros/103.pdf

• Rubén González Oporto‐Superintendencia del Sistema Financiero El Salvador Adopción de

principios internacionales de contabilidad (ifrs)

http://www.svs.cl/sitio/publicaciones/doc/Seminario_%20Assal/Presentacion_Ruben_

Gonzalez.pps

• Fernando Solís Soberón Implicaciones de los Estándares de Contabilidad para los Sectores Asegurador y Afianzador

http://portal.cnsf.gob.mx/pls/portal/docs/PAGE/CNSF/SUPERIOR/ACERCA_DE_LA_CNS

F/EVENTOS/EVENTOS_2004/FERNANDO%20SOLIS.PDF

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• Stuart Miller Kari Keipi‐ Banco Interamericano de Desarrollo

Estrategias e instrumentos financieros para la gestión del riesgo de desastres en

América Latina y el Caribe

Serie de informes técnicos del Departamento de Desarrollo Sostenible

http://idbdocs.iadb.org/wsdocs/getdocument.aspx?docnum=1037264