comprobantes de pago 2011

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COMPROBANTES DE PAGO

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COMPROBANTES DE PAGO 1DOCUMENTOS CONSIDERADOS COMPROBANTES DE PAGOFacturas. Boletas de venta. Recibos por honorarios. Liquidaciones de compra. Tickets o cintas emitidas por mquinas registradoras. Documentos autorizados en num.6 del art.4R.C.P Otros documentos expresamente autorizados.

FACTURA Es uncomprobante depago que acreditala transferencia deun bien y servicios.

FACTURA

Sujetos del IGV que tenganDerecho a crdito fiscal.El usuario lo solicite para sustentar costo o gasto tributario.Operaciones realizadas con Unidades Ejecut. Del Sector Pblico

El sujeto del Nuevo RUS lo solicite para sustentar crdito deducible.Cundo emitirla? EXPORTACIN

Cuando seEntregueel bien o seefecte elpago, loprimero.En Transferencia de bienes Muebles

En la fecha del retiro de bienes (de acuerdo a la Ley IGV).En Transferencia de bienes Inmuebles

Cuando se percibe el ingreso o se firme el contrato , lo primero.En la 1era. venta del constructor, en la fecha que se perciba el ingreso, por el monto total o parcial recibido.En caso de naves y aeronaves, en la fecha del contrato.

PRESTACIN DE SERVICIOS

Requisitos mnimos INFORMACION IMPRESADatos de identificacin del obligado (razn social, direccin, RUC).Denominacin del C/P: FACTURA. Numeracin: Serie y nmero correlativo .Datos de la imprentaNmero de autorizacin SUNAT.Destino de original y copias.

INFORMACIN NO NECESARIAMENTE IMPRESA

Nombre o razn social y RUC del adquirente.Descripcin del bien vendido o servicio prestado.Precio unitario del bien vendido o servicio prestado.Valor de venta de los bienes vendidos o servicio prestado.Monto discriminado de los tributos que gravan la operacin.Importe total de la venta o servicio prestado.Nmero de la Gua de Remisin.Fecha de emisin.

25/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 11

Apellidos o denominacin o razn social del titularNombre Comercial (si tuviera)Direccin del principalDireccin del establecimientoApellidos y nombres denominacin o social del usuarioRUC del comprador o usuarioBien, vendido, indicandola cantidad o tipo de servicio prestadoApellidos y denominacin o social, Nombre comercial y RUC la imprenta RUC de imprentaN de autorizacin impresin Fecha de impresin de los comprobantesFecha de VencimientoEMISOREMISORSUNATEjemplos de Facturas 13El 15 de febrero Comercial Alexandra S.A.C con RUC N 20102030401 con domicilio en Jirn Puno N 437 Lima compra a comercial Importaciones S.A.C con RUC N 203040505001 con direccin Av. Cuba 750 Lima, la siguiente mercadera:10 Radiograbadoras Marca Sonny c/u S/. 280.00.12 Televisores marca Sonny c/u S/. 586.00.La venta se realiz al crdito con el 4% de inters. PRCTICA N 1 FACTURA25/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 14

IMPORTACIONES SACAv. Cuba 750 Lima203040505001Comercial Alexandra SAC2010203040115 Jirn Puno N 437 Lima02 2010 12 10 Radiograbadoras Marca SonnyTelevisores marca Sonny280.00 586.002,800.007,032.00332 9,832.004% Inters 393.281,942.8012,168.08Doce mil ciento sesenta y ocho15El 15 de enero de 2009, Distribuidora Navarrete S.A.C, con RUC N 20102030401 domicilio en AV. Bolognesi 230 Lima, compra a Comercial Santa Mnica SAC,RUC N 20030506021 con direccin Jirn las Palmeras 123 Callao, la siguiente mercadera:

900 Millares de Papel Bond de 80 gr. c/m a s/.67.23800 Doc. Cajas papel carbn Pelikan. c/d a s/.42.02500 Cientos de cuadernos 100 h. rayado c/u a s/.33.61100 Cientos Block Cuadriculado c/u a s/.25.20.

Nota:La empresa concede un descuento del 5% del valor de compra.Gastos de envo 3%.

PRCTICA N 2 FACTURA25/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 16

0238 20030506021FACTURA SANTA MONICA Jirn las Palmeras 123 Callao Distribuidora Navarrete S.A.C20102030401AV. Bolognesi 230 15 01 09 900 Millares de Papel Bond de 80 gr. c/m 67.23 800 Docenas Cajas papel carbn Pelikan 42.02 33,616.00 60,507.00

S/.113,448.00 5,672.40 3,233.27 111,008.87 21,091.69 132,100.55 Cientos cuadernos 100 h. rayado c/u 33.61 1 6,805.00100 Cientos Block Cuadriculado c/u 25.20 2,520.00 5316BOLETA DE VENTA

25/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 18

BOLETA DE VENTAEs un comprobante de pago que se emite en operaciones comerciales con consumidores o usuarios finales.Quines deben entregar boleta de venta?Todos aquellos que vendan bienes o presten servicios a consumidores finales.Ejemplo: En bodegas restaurantes, farmacias,zapateras, ferreteras, etc.Aquellos bajo el Nuevo RUS.

Existe un monto mnimo para su emisin?

No. Sin embargo, si el monto de la venta nosupera los cinco nuevos soles no hayobligacin de entregar esta boleta, salvo queel comprador lo solicite. El vendedor deber llevar un control diario,emitiendo una boleta de venta al final del dapor el importe total de estas operaciones.

Cuando el importe de ventay/o servicio prestadosupere 1/2 UIT poroperacin ser necesarioidentificar al comprador ousuario, consignando en elcomprobante sus apellidosy nombres completos, direccin y N del DNI. Desde el 01/03/2009 se reduce a S/. 700 por operacin el importe a partir del cual ser necesario identificar alcomprador o usuario,consignando en el comprobante susapellidos y nombres yN del su documento de identidad.

Debe identificarse al comprador o usuario? Permiten ejercer el derecho al crdito fiscal ?No. Las Boletas de Ventano permiten ejercer elderecho al crdito fiscal, nisustentar gasto o costopara efecto tributario,salvo en los casossealados expresamentepor la ley.

LA BOLETA DE VENTASe emite en original y una copia:Al Adquirente o usuario (cliente) se le entrega la copiaEl original queda para el emisor (vendedor), como constancia de la operacin de venta realizada.No tiene un tamao mnimo sealado por la norma.

RECIBO POR HONORARIOS

RECIBO PORHONORARIOSEs un comprobante de pago que permite sustentar costo o gasto de deducible para efectos tributarios.Estn obligados a emitir recibos por honorarios, toda persona natural que preste servicios a travs del ejercicio individual de cualquier profesin, arte, ciencia y oficio.RECIBO POR HONORARIOS RECIBO POR HONORARIOS En el ejercicio de una profesin: Abogados, ingenieros, contadores, mdicos, profesores, etc.

En el ejercicio de una ocupacin:Pintores, gasfiteros, electricistas, albailes, ebanistas, etc.

Otros: sealados por la norma legal.EMITEN RECIBOS POR HONORARIOSEn qu casos deben emitirse?

Por la prestacin deservicios a travsdel ejercicioIndividual de cualquier profesin, arte, ciencia u oficio. Por todo otro servicio que genere rentas de 4 categora, salvo lo establecido en el inciso 1.5 del numeral 1 del Artculo 7 del reglamento de C/P.

Cundo debe entregarse el Recibo por Honorarios ?En el momento enque se perciba laretribucin y por elmonto de la misma.

S, debe consignarse el monto discriminado de las retencin que afecten dicha operacin (Impuesto a la Renta: 10 %) y que ser realizada por quien utiliza el servicio.

Se debe consignar la retencin efectuada en el Recibo por Honorarios?

Estos comprobantes tienen efectos tributarios ?

Pueden ser utilizados a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

EMISIN DE RECIBOS CON O SIN RETENCINRECIBOS CON RETENCIN

RECIBOS SIN RETENCIN25/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 34

En este caso, no se efecta retencin dado que el monto no supera S/.1,500.00, segn lo establecido por la ley.Ejemplos de Recibo por Honorarios EMISIN DE RECIBOS POR HONORARIOSEl Sr. Marco Panta Garca con RUC. N 13456298686, domiciliado en Calle 11 N 489, San Jos Piura, ha prestado servicios de albailera por el importe de 1,200, a Comercial Hora Buena SRL con RUC N 23451874744, el recibo se emite el 13 de Mayo del 2010.EMISIN DE RECIBOS POR HONORARIOSLa empresa Per Pacifico SAC , con RUC N 20564325612, ha recibido los servicios profesionales del Ingeniero Luis Palacios Prez, con RUC N 14356242521, con domicilio en Jr. Los Claveles 240 Chiclayo, por Elaboracin Proyecto habitacional, por el cual se han pactado honorarios de S/. 8,000; los mismos que han sido cancelados a la culminacin del servicio (20-02-2011)

LIQUIDACIONES DE COMPRALIQUIDACIONES DE COMPRA Es un documento que acredita las adquisiciones que efecten las personas naturales o jurdicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho y otros entes colectivos a productos y/o acopiadoras (Persona Natural) de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal, actividad de productos silvestres, minera. Siempre que stas no otorguen comprobante de pago por estar imposibilitados de obtener nmero de RUC.

Quines pueden emitir Liquidaciones de Compra?

Los contribuyentes del Rgimen General y del Rgimen Especial del Impuesto a la Renta que realizan operaciones con vendedores que no estn inscritos en el RUC.

EN QU CASOS SE PERMITE LA EMISIN DE L/C.?

nicamente se permite la emisin cuando el vendedor es una persona natural productora y/o acopiadora de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y de extraccin de madera, de productos silvestres, minera aurfera artesanal, artesana y desperdicios y desechos metlicos y no metlicos, desechos de papel y desperdicios de caucho.Siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de N de RUC.

Permiten ejercer el derecho a crdito fiscal?Las Liquidaciones de Compra permiten ejercer el derecho al crdito fiscal siempre que el IGV sea retenido y pagado por el comprador ( PDT - 617 - Otras retenciones ) quien acta como agente de retencin. Para ello el monto de retencin deber sealarse detalladamente en el comprobante de pago para que surta los efectos tributarios mencionados.

CMO SE SOLICITA LA AUTORIZACIN DE IMPRESIN?

Al igual que cualquier otro comprobante de pago, mediante la presentacin del Formulario N 816 en cualquier imprenta conectada al sistema SOL e inscrita en la SUNAT.La nica diferencia es que el contribuyente que necesite emitir este comprobante, previamente deber afectarse a IGV-Retenciones.

EN QU MOMENTO SE DEBEN ENTREGAR?En el momento en que se entregue el bien o se efecte el pago, lo que ocurra primero, pudindose entregar antes que ocurran estas situaciones.

EN CUNTAS COPIAS DEBER EMITIRSE?

Este comprobante deber constar de una original y dos copias, el original debe decir "Comprador" quedar con el adquirente de los bienes, la segunda llamada "Vendedor" con la persona que ceda los bienes o productos y la ltima copia "SUNAT" tambin se queda con el comprador para su respectivo control.

Ejemplos de Liquidaciones de compra

TICKETS O CINTAS EMITIDAS POR MAQUINAS REGISTRADORASTickets o cintas emitidas por mquinas registradoras Es un comprobante de pago que se emite en operaciones que se realizan con consumidores o usuarios finales (contribuyentes del RUS), permitiendo de este modo formar parte del costo o del gasto para efectos tributarios.

En qu caso se emiten los Tickets?

Adems slo pueden ser emitidos en Moneda nacional.

En operaciones con consumidores finales. En operaciones realizadas por los sujetos del Rgimen nico Simplificado.Permiten ejercer derecho al crdito fiscal ?

No permitirn ejercer el derecho al crdito fiscal, crdito deducible, ni sustentarn gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos que la ley lo permita.Sustentarn crdito fiscal, gasto o costo para efecto tributario o crdito deducible, siempre que:Se exigen requisitos para las mquinas registradoras que expidan los Tickets?S, las mquinas registradoras deben ser de "programa cerrado"; es decir, aquel que no permita modificaciones o alteraciones de los programas de fbrica, tales como modificacin de datos en la fecha y hora de la emisin, nmero de maquina registradora, nmero correlativo autogenerado, nmero correlativo de totales Z ( total ventas del da ) y gran total ( total de ventas desde que se inici el uso de la mquina registradora).

Las mquinas registradoras deben registrar en la cinta testigo la informacin relativa a todas las operaciones realizadas. La cinta testigo no deber ser detenida por ningn medio y/o concepto durante el funcionamiento de la mquina registradora; caso contrario los Tickets no son considerados como comprobantes de pago.

Se exigen requisitos para las mquinas registradoras que expidan los Tickets?

LA NOTA DE Dbito25/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 59Se emite para recuperar costos o gastos incurridos por el vendedor con posteridad a la emisin de la factura o boleta de venta, como puede ser cobros a clientes por moras.Solo podrn ser emitidos al mismo adquirente para modificar comprobante de pago otorgado con anterioridad.NOTA DE DBITO Excepcionalmente, el adquiriente o usuario podr emitir una Nota de Dbito como documento sustentatorio de las penalidades impuestas por incumplimiento contractual del proveedor, segn conste en el respectivo Contrato. Debern contener los mismos requisitos y caracterstica de los comprobantes de pago en relacin a los cuales se emitan.

NOTA DE DBITOLa N/D es un documento que se emite para modificar un comprobante de pago por los siguientes conceptos:DATOS DE LA NOTA DE DBITOFecha, Nombre y domicilio del comerciante que la emite. Nombre y domicilio de la persona a cuyo cargo se extiende. Nmero de la N/D. Naturaleza del cargo e importe

MODELO DE NOTA DE DBITO

ORIGINAL Y DOS COPIAS

La nota de Dbito Como mnimo se extiende por duplicado: el original se enva a la persona que debe cargar con su importe.

25/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 65

LA NOTA DE CRDITOEs un documento que se emite para modificar un comprobante de pago, por los siguientes conceptos :Por la anulacin de venta parcial o total del comprobante de pago emitido con anterioridad.Por el descuento, y rebajas concedidos fuera de factura.por devolucin.Por precios facturado de mas.Para modificar o anular una nota de dbito.NOTA DE CReDITOLa nota de Crdito debe tener las mismas caractersticas del documento que modifica, se debe indicar claramente a que comprobante de pago se aplica y el concepto del porque se emite.Ejemplo: El 28/02/10 a Comercial Alexandra S.A.C le devuelven 01 radiograbadora, por fallas de fbrica, que corresponde a la venta segn factura 002-05641 del 23-01-2010. El cliente fue Per EIRL, con RUC , con domicilio en Jr. Ica 340 Paita. Agregue los datos necesarios que falten.

NOTA DE CREDITODatos de la Nota de CrditoNombre y domicilio de quien la emite.Nombre y domicilio de la persona para quien se extiende. N de la nota de crdito.Naturaleza del crdito e importe

MODELO DE NOTA DE CRDITO

La N/C se extiende, por lo menos, en duplicado: el original se enva a su beneficiario, quien con su contabilizacin registra la disminucin de su deuda o una partida a nuestro cargo. El duplicado queda en poder del comerciante que la ha emitido, para la contabilizacin del crdito a favor de su cliente.Nota de Crdito72CANTIDADDESCRIPCIONP.UNITARIOTOTAL1Radiograbadora

280.00Int. 4%280.0011.20Sub. Total291.20IGV 19%55.33TOTAL S/.346.53Son: Trescientos cuarenta y seis con 53/100 Nuevos SolesNOTA DE CRDITORUC: 20304050501 001 - 0125DOCUMENTO QUE MODIFICANOMBRE: FacturaNro.: 001- 01256FECHA: 15/02/20IMPORTACIONES SAC

Calle Amazomas 21325/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 73

GUIA DE REMISIN 25/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 75

Es un comprante de pago legalmente autorizado por la SUNAT, que se emite para el traslado de bienes y servicios a su destino de origen.GUIA DE REMISINGUIA DE REMISIN Este documento se extiende por duplicado o triplicado segn la necesidad de la empresa, por lo general es prctico que sea un talonario con 3 copias una queda en el talonario para la empresa que vende, la otra es entregada al cliente junto con las mercaderas; y la tercera es devuelta con la firma de conformidad del cliente, en el que certifica haber recibido conforme.No es vlida para efectos tributarios, no registra montos, slo las cantidades de los productos.

TIENE EFECTOS TRIBUTARIOS ?MembreteNumeracin correlativaLugar y fechaNombre del compradorDireccin del clienteDetalle de los artculosCantidadPrecio unitario y totalFirma del vendedorFirma del cliente.

Requisitos de una Gua de Remisin

Con la gua de remisin se materializa el derecho del vendedor y la obligacin del comprador.Al comprador le sirve para controlar las mercaderas recibidas con la nota de pedido.Al vendedor le sirve para constatar que el comprador recibi conforme.A la empresa de transporte le sirve para constatar que el transportista entreg las mercaderas.El que emite es el remitente ya sea persona natural o jurdica, el que enva el bien.El documento se debe emitir un original y 3 copias.El transportista est en la obligacin de conservar una copia para SUNAT y para mantener una copia en archivo.

Importancia Original: Para el comprador.

Duplicado: Para el vendedor (firmado por el comprador).

Triplicado: Para la empresa de transporte (firmado por el comprador).Formas de emisin

OBLIGADOS A EMITIR GUAS DE REMISINCuando el traslado se realice bajo la modalidad del transporte privado.

Cuando el traslado se realice bajo la modalidad del transporte pblico.Cuando el traslado se realice bajo la modalidad del transporte privado, la G/R deber ser emitida por:El propietario o poseedor de los bienes al inicio del traslado, con ocasin de su transferencia, prestacin de servicios que involucra o no transformacin del bien, cesin en uso, remisin entre establecimientos de una misma empresa y otros.

Cuando el traslado se realice bajo la modalidad del transporte privado, la G/R deber ser emitida por:El prestador de servicios en casos tales como: mantenimiento, reparacin de bienes, servicios de maquila, etc.; slo si las condiciones contractuales del servicio incluyan el recojo o la entrega de los bienes en los almacenes o en el lugar designado por el propietario o poseedor de los mismos.Cuando el traslado se realice bajo la modalidad del transporte privado, la G/R deber ser emitida por:La agencia de aduana, cuando el propietario o consignatario de los bienes le haya otorgado mandato para despachar, definido en la Ley General de Aduanas y su reglamento.

Cuando el traslado se realice bajo la modalidad del transporte privado, la G/R deber ser emitida por:El Almacn Aduanero o responsable, en el caso de traslado de bienes considerados en la Ley General de Aduanas como mercanca extranjera trasladada desde el puerto o aeropuerto hasta el Almacn Aduanero

Cuando el traslado se realice bajo la modalidad del transporte privado, la G/R deber ser emitida por:El Almacn Aduanero o responsable, en el caso de traslado de bienes considerados en la Ley General de Aduanas como mercanca nacional, desde el Almacn Aduanero hasta el puerto o aeropuerto.

Cuando el traslado se realice bajo la modalidad del transporte privado, la G/R deber ser emitida por:El consignador en el caso de traslado de bienes dados en consignacin.

87Cuando el traslado se realice bajo la modalidad del transporte pblico:Se emitirn dos guas de remisin.Se emitir una sola gua de remisin a cargo del transportista.Se emitirn dos guas de remisin.

Una por el transportista, en los casos sealados en los numerales del presente artculoOtra por el propietario o poseedor de los bienes al inicio del traslado o por los sujetos sealados en los numerales 1.2 a 1.6 del presente artculo.

Se emitir una sola gua de remisin a cargo del transportista, tratndose de bienes pertenecientes a:Sujetos no obligados a emitir comprobantes de pago o gua de remisin.Las personas naturales a que se refiere el numeral 3 del artculo 6 del presente Reglamento. Las personas obligadas a emitir recibos por honorarios. Sujetos del Rgimen nico Simplificado.

GUA DE REMISIN DEL REMITENTEINFORMACIN IMPRESA INFORMACIN NO NECESARIAMENTE IMPRESA. 91INFORMACIN IMPRESAApellidos y nombres, o denominacin o razn social. los contribuyentes que generen rentas de tercera categora debern consignar su nombre comercial, si lo tuvieran.

Direccin del establecimiento donde est localizado el punto de emisin. Podr consignarse los diversos establecimientos que posee el contribuyente.Nmero de RUC.Denominacin del documento: GUA DE REMISIN REMITENTE.Numeracin: serie y nmero correlativo.Datos de la imprenta o empresa grfica que efectu la impresin.

INFORMACIN IMPRESAFecha de vencimiento, deber consignarse en forma visible precedida de la frase: "Emisin vlida hasta....."Nmero de autorizacin de impresin otorgado por la SUNAT, el cual ser consignado junto a los datos de la imprenta o empresa grfica.Destino del original y copias: INFORMACIN IMPRESADireccin del punto de partida, excepto si el mismo coincide con el punto de emisin del documento.Direccin del punto de llegada.Datos de identificacin del destinatario.Datos de identificacin de la unidad de transporte y del conductor.Datos del bien transportado

INFORMACIN NO NECESARIAMENTE IMPRESAINFORMACIN NO NECESARIAMENTE IMPRESANumeracin de la factura, liquidacin de compra, boleta de venta o ticket, cuando se trate de traslado por venta o compra.Fecha de inicio del traslado. Costo mnimo que corresponda al tramo del servicio contratado, el mismo que ser calculado de acuerdo a las normas que emita el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

INFORMACIN NO NECESARIAMENTE IMPRESA25/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 97

25/03/07Eco. Arturo Malque Yaipen 98

EJEMPLOS DE GUIA DE REMISIN