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INT 101 Acuerdos de Integración y Globalización Apunte del Alumno Elena Beyer 2007

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INT 101

Acuerdos de Integración y Globalización

Apunte del Alumno

Elena Beyer

2007

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III APUNTE ACUERDOS DE INTEGRACIÓN Y GLOBALIZACIÓN

INT 101 Acuerdos de Integración y Globalización © 2007 Universidad de Las Américas 2

Instituciones del MERCOSUR y participación de Chile en dicho Tratado El MERCOSUR es un tratado que combina los tradicionales protocolos y declaraciones del Derecho Internacional, con normas propias obligatorias dictadas por las instituciones que toman las decisiones del bloque (derecho comunitario), recomendaciones no obligatorias dictadas por los órganos auxiliares, e incluso acuerdos de concertación social regional. Organismos de MERCOSUR El MERCOSUR posee tres organismos decisorios:

1.- El Consejo del Mercado Común (CMC). Es el órgano superior del MERCOSUR, y el encargado de conducir políticamente el proceso integrativo y de toma de decisiones con el fin de asegurar que se cumplan los objetivos establecidos en el Tratado de Asunción. Lo integran los ministros de Relaciones Exteriores y de Economía de los Estados miembros. La presidencia se ejecuta de tal manera que cada seis meses se rotan los candidatos. El CMC se congrega cada vez que lo considera pertinente y al menos una vez por semestre con la participación de los presidentes de los Estados Partes.

2.- El Grupo Mercado Común (GMC) es el órgano del MERCOSUR autorizado para tomar decisiones y su génesis es intergubernamental. El GMC realiza labores de corte ejecutivo y lo componen 4 miembros titulares y cuatro alternos por país, escogidos por los respectivos Gobiernos. Entre los ministerios que no pueden faltar es el de Relaciones Exteriores, Economía (o equivalentes), y de los Bancos Centrales. Dentro de las responsabilidades que le cabe al GMC, se encuentran:

• Custodiar el cumplimiento del Tratado de Asunción, de sus Protocolos y de los acuerdos firmados en su marco;

• Tomar las medidas que se requieran para que se cumplan todas las decisiones que tome el CMC, junto con crear las condiciones necesarias para que existan grupos de trabajo que laboren para que el MERCOSUR progrese;

• Negociar acuerdos en nombre del MERCOSUR con terceros países, grupos de países y organismos internacionales.

3.- La Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM), es el órgano facultado para ayudar al GMC y para custodiar la aplicación de los instrumentos de política comercial común acordados por los Estados Partes para que la Unión Aduanera se cumpla debidamente, así como dar seguimiento y revisión a los temas relacionados con las políticas comerciales conjuntas, con el comercio dentro de MERCOSUR y con terceros países.

Todas las normas que se fijan en los Acuerdos de las reuniones tanto de CMC como de GMC y CCM, son de aplicación obligatoria para los países miembros (Protocolo de Ouro Preto, artículo 42). Dichas normas obligatorias del MERCOSUR se deciden por

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unanimidad de cada uno de los países miembros y sin que falte ninguno (artículo 37 del Protocolo de Ouro Preto).

Chile y MERCOSUR El Mercado Común del Sur (Mercosur) nació el 26 de marzo de 1991, cuando Brasil, Argentina, Uruguay y Paraguay firmaron el Tratado de Asunción. El principal fin de dicho pacto era la creación de una zona de libre comercio entre las naciones mencionadas. Para Chile, el 2006 se cumplieron 10 años de la firma de este Tratado, dando lugar a lo que se conoce como el primer Acuerdo de Complementación Económica (ACE Nº 35) que suscribiera MERCOSUR con un tercer país. El objetivo de MERCOSUR ha sufrido cambios con el paso del tiempo, puesto que en un principio su interés era sólo comercial; sin embargo, se ha avanzado hacia una asociación de índole política. Donde más se visualiza esta integración política es en la propia afiliación de Chile al Mecanismo de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR, que como tal no es parte directa del ACE sino que atañe a una instancia propia del bloque. Chile se hizo parte de este mecanismo desde que se materializara su participación en la segunda reunión sobre diálogo político entre los Estados Partes consumada en Asunción, Paraguay, el 23 de julio de 1997. A posteriori, este aparato se transformó en el Foro de Consulta y Concertación Política del cual Chile también forma parte y cuyo objetivo es organizar la relación bilateral. El ACE y, dentro de él, la zona de libre comercio, considera la puesta en marcha de un Programa de Liberación Comercial, en otras palabras, de liberación arancelaria que beneficia al total de los productos oriundos de los territorios de las Partes que suscriben el Tratado. Tales desgravaciones deben darse año a año, de manera gradual y automática. Se aplican a partir de los gravámenes vigentes para terceros países. Casi el 100% de los sectores a los que se aplica la liberación se vio beneficiada desde el 1º de octubre de 1996 hasta el 1º de enero del año 2004. En materia de comercio de bienes, el Acuerdo desarrolla tratos especiales para el área agropecuaria y automotriz. Con relación a estos productos, Chile dio su palabra y se comprometió a no incluir nuevos productos en el Sistema de Bandas Precios, ni a alterar los mecanismos o aplicarlos de forma tal que implique un deterioro de las condiciones de acceso para el MERCOSUR. El Acuerdo Chile-MERCOSUR vislumbra además el tratamiento de servicios, inversiones, regímenes de comercio exterior, defensa de los consumidores e integración física. De manera similar, manda que, en lo que a transportes se refiere, se manejarán según lo dispuesto en el Convenio de Transporte Internacional Terrestre del Cono Sur y sus modificaciones posteriores. Un tema no menor es el que se refiere a la investigación científica y tecnológica, área en la que el Acuerdo pone especial énfasis, puesto que manifiesta el compromiso de estimular el desarrollo de acciones conjuntas orientadas a la ejecución de proyectos de cooperación para la investigación en tales materias.

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Con respecto a la liberación del comercio de servicios y la búsqueda de un Acuerdo que respalde tal requerimiento, es que los equipos negociadores de Chile y MERCOSUR se reunieron los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2006 en Brasilia, capital de Brasil (ACE Nº 35). Actualmente, casi un 98% del comercio de bienes entre Chile y MERCOSUR tiene arancel cero. Gracias al ACE Nº 35, los productos chilenos ingresan a los mercados de los países integrantes del Bloque en posiciones mucho más ventajosas que los competidores de terceros países. Webliography Dirección general de relaciones Económicas internacionales www.direcon.cl Portal informativo del MERCOSUR http://www.merco-sur.net/index.htm